':"., >,,.~ "''"'»'""'-~"'~~ ""~ - >;:('~ ~' ~._~ ~ "'" ~,~ Autoridad 'Nacional '"X,' del Agua.. Lima,

Documentos relacionados
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N ANA-DGCRH

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N O S-S ANA-DGCRH

03~ ANA-DCERH RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº. Lima, 1 Z MAR 2018 VISTO:

Autoridad Nacional del Agua ANA-DGCRH. Lima, 1 6 MAR 2016

Autoridad Nacional del Agua ANA-DGCRH. Lima, 1 7 MAR 2016

RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº j/ ANA-DCERH. Lima, 1 O JUL 2018 VISTO:

Lima, 2 3 SET Que, el numeral del artículo 137 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado p r

esocución (DirectoraC N 2 ^ Y AN A-AAA-CAÑETE -FORTALEZA «s m im J&ANA Autoridad Nacional del Agua VISTO:

Funciones y competencias de la ANA en la certificación ambiental DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LOS RECURSOS HIDRICOS

Que, mediante Resolución Directora! Nº ANA-DGCRH, se resuelve:

TALLER: MEJORA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD DEL AGUA EN LAS CUENCAS PILOTO

REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA EL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIONES REUSO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS

OPORTUNIDADES DE MEJORA EN LA FORMULACIÓN DE EXPEDIENTES DE VERTIMIENTO Y REUSO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS - SECTOR MINERÍA

III. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS

Pribunal Nacional del esolución de

RESOLUCiÓN DIRECTORAL N 0\:,) ANA-DGCRH

III. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS

Que, no encontrándose conforme la recurrente interpone recurso de reconsideración contra la precitada resolución alegando que:

ACCIONES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA EN EL PROCESO DE FORMALIZACION DE LA PEQUEÑA MINERIA Y MINERIA ARTESANAL

RESOLUCIÓN N ANA/TNRCH

RESOLUCIÓN N ANAITNRCH Lima, 0 7 A

Autorizaciones de Vertimiento y Reuso de Aguas Residuales Tratadas (R.J. N ANA)

Se crea con Decreto Legislativo No. 997 (12 de marzo de 2008) Ley de Recursos Hídricos Ley No (30 de marzo de 2009)

DECRETO SUPREMO Nº EM

Los desafíos del marco institucional del Perú para la gestión sostenible de las aguas residuales. Lucia Ruiz Ostoic

Tratamiento y reúso de aguas residuales

DECRETO SUPREMO N MINAM APRUEBA DE LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES (LMP) DE EFLUENTES PARA TODAS LAS ACTIVIDADES DEL SUB SECTOR INDUSTRIA.

AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA (ANA) DIRECCION DE GESTION DE CALIDAD DE LOS RECURSOS HIDRICOS

EVALUACIÓN DE LOS MONITOREOS DE LA CALIDAD DE LOS EFLUENTES DE LAS PLANTAS DE TRATAMIENTO DE

NIVELES MAXIMOS PERMISIBLES PARA EFLUENTES LIQUIDOS PRODUCTO DE ACTIVIDADES DE EXPLOTACION Y COMERCIALIZACION DE HIDROCARBUROS

Con la opinión favorable de la Directora General de Hidrocarburos,

REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA EL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIONES DE VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS

Santiago, 2 1 MAR 2016

Energía. Minería. Agricultura. Saneamiento. Pesca. Segundo trimestre del año 2020 Ministerio de Defensa Defensa Cuarto trimestre del año 2020

AUTORIZACIONES DE REUSO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Y GESTION INTEGRADA DE LOS RECURSOS HIDRICOS

AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Y GESTION INTEGRADA DE LOS RECURSOS HIDRICOS

Aprueban Reglamento para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento y Reúso de Aguas Residuales Tratadas RESOLUCION JEFATURAL Nº ANA

Lima, 13 de marzo de 1997

PRE DICTAMEN TEXTO SUSTITUTORIO

CONTAMINACIÓN POR AGUAS RESIDUALES Y SU IMPACTO EN LOS ECOSISTEMAS MARINO COSTEROS

FORO DEL AGUA Y MINERIA PERSPECTIVAS SOBRE USO DE AGUA EN EL SECTOR MINERO METALÚRGICO

CONTENIDO MÍNIMO DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DETALLADO EN EL MARCO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL GLOBAL PROYECTO: PROYECTOS DE CENTRALES TERMICAS

INFORME ESTADÍSTICO ANUAL DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS AMBIENTALES MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO

ANEXO 6.3 CONTENIDO MÍNIMO DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DETALLADO EN EL MARCO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL GLOBAL

SISTEMA INTEGRADO BUENAVENTURA

ACCIONES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA (ANA) EN EL MARCO DEL PROCESO DE MINERIA INTEGRAL (IGAC E IGAFOM)

Autoridad Nacional del Agua. Lima, EXP. TNRCH CUT N IMPUGNANTE MATERIA ÓRGANO UBICACIÓN POLÍTICA

--A:Útoridad N-adional - del "Sua - 0Q ANA-DGCRH

El Río Rímac: uso eficiente y sostenible del Agua

ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL

RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE FISCALIZACIÓN ELÉCTRICA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº

VISTOS, el Informe N VIVIENDA-VMCS-DGAA y el Informe N VIVIENDANMCS-DGAA-DEIA, y;

RETRIBUCION ECONOMICA LEY DE RECURSOS HIDRICOS LEY N 29338

lontroversias Hídricas

Resolución de Secretaría General N 0':f:Z., EFA/SG

PREGUNTAS FRECUENTES DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS AMBIENTALES AGRARIOS DIRECCIÓN DE GESTIÓN AMBIENTAL AGRARIA

Autoridad Nacional del Agua

RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE FISCALIZACIÓN ELÉCTRICA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº

Aprueban Reglamento para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento y Reúso de Aguas Residuales Tratadas RESOLUCION JEFATURAL Nº ANA

R.M. N PRODUCE RESOLUCIÓN MINISTERIAL N PRODUCE

Funciones y Competencias en las acciones de Fiscalización Ambiental en Aguas Residuales. (27 de setiembre de 2016)

La Nueva Ley de Recursos Hídricos del Perú. Abg. Yury Pinto Asesor de Alta Dirección Autoridad Nacional del Agua Perú

/ TRAMITADA 16 ASO 201D OFICIAL DE PARTES N" 3940/2006. REPUBLlCA DE CHILE SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS. .

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO

INTERCAMBIO DE EXPERIENCIAS EN GESTIÓN DE RECURSOS HÍDRICOS ENTRE PERÚ Y BOLIVIA

Taller: Mejora de Gestión de la Calidad del Agua en las Cuencas Piloto

Oportunidades de Mejora en la formulación de expedientes de vertimiento y reuso de aguas residuales tratadas

RESOLUCIÓN N ANA/TNRCH

Autoridad Nacional del Agua. "Año del buen servicio al ciudadano" EXP. TNRCH CUT IMPUGNANTE MATERIA ÓRGANO UBICACIÓN POLÍTICA

EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO AMBIENTAL (EDA) DEL PERU Capítulo del agua

N2 Q2-H /GOBIERNO REGIONAL PIURA DR

DIRECCIÓN NACIONAL DE SANEAMIENTO. CONTENIDO PARA LA ELABORACIÓN DE PAMAs EN PROYECTOS DE SANEAMIENTO

N9 O'-í /GOBIERNO REGIONAL PIURA DR

Autoridad Nacr del Agua. Lima, 21 JUL 2015 EXP. TNRCH CUT IMPUGNANTE MATERIA ÓRGANO UBICACIÓN POLÍTICA

RESOLUCIÓN No SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE CONSIDERANDO:

CALIDAD DE LOS RECURSOS HÍDRICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL

RESOLUCIÓN N ANA/TNRCH Lima, 0 4 MAR

Aprueban modelo de contrato de estabilidad administrativa ambiental para la actividad minero-metalúrgica RESOLUCION MINISTERIAL Nº EM-VMM

Coordinación General de Recaudación y Fiscalización

RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE FISCALIZACIÓN DE GAS NATURAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN N

RESOLUCIÓN 1813 DE (Agosto 8)

CONTENIDO MÍNIMO DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DETALLADO EN EL MARCO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL GLOBAL

INTRODUCCIÓN

Taller: Mejora de Gestión de la Calidad del Agua en las Cuencas Piloto

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL

MODIFICAN TIPIFICACIÓN DE INFRACCIONES Y ESCALA DE MULTAS Y SANCIONES DE OSINERG

f... Chite t~ DNI Nº , en calidad de Presidenta de la Junta Administradora de Servicios de S)""'ªº"1t~ ~"'.og MI e. 11! ANA/AAA XII.UV.

104 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de marzo de 2017 / El Peruano

DECRETO SUPREMO Nº EF

CONTAMINACIÒN DEL RECURSO HÌDRICO EN LA CUENCA DEL TITICACA DERECHOS DE USO DE AGUA

MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA

RESOLUCIÓN DIRECTORAL No 46 2> ANA- AAA-CH.CH. lea, O 9 J\JH ,'\ ' \. ' i. '. ' 1. \ VISTO:

DECRETO SUPREMO Nro EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal b) del artículo 155ï ½ del Texto Unico Ordenado del

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA. DECRETO No El Presidente de la República de Nicaragua, CONSIDERANDO

EXPEDIENTE Nº /CAM DENUNCIADA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ISIDRO DENUNCIANTE : LIANG JIELING APROBACION DE INFORME

Transcripción:

Ministerio de Agricultura y Riego ':".,.------. >,,.~ "''"'»'""'-~"'~~ ""~ - >;:('~ ~' ~._~ ~ "'" ~,~ Autoridad 'Nacional '"X,' del Agua.. ' RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº )5) -2016-ANA-DGCRH VISTO: Lima, Z 8 JUN. 2DW El expediente ingresado con Código Único de Trámite N 47171-2016, presentado por el Apoderado de la empresa CONCESIONARIA DESALADORA DEL SUR S.A., identificada con Registro Único de Contribuyentes N 20556886726, con domicilio en la Calle Amador Merino Reyna Nº 267 - lnt. 902, distrito de San Isidro, Provincia y departamento de Lima; sobre autorización de vertimiento de aguas residuales industriales y domésticas tratadas proyectadas, provenientes del proyecto denominado "Provisión de Servicios de Saneamiento para los distritos del Sur de Lima - PROVISUR", y; CONSIDERANDO: Que, según establece el artículo 79º de la Ley N 29338, Ley de Recursos Hídricos, la Autoridad Nacional del Agua autoriza el vertimiento del agua residual tratada a un cuerpo natural de agua continental o marina, previa opinión técnica favorable de las Autoridades Ambiental y de Salud, sobre el cumplimiento de los Estándares de Calidad Ambiental (ECA-Agua) y Límites Máximos Permisibles (LMP); Que, el numeral 137.1 del artículo 137 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG y modificado por el Decreto Supremo N 023-2014-MINAGRI, señala que la Autoridad Nacional del Agua otorga autorizaciones de vertimientos de aguas residuales tratadas con las opiniones previas técnicas favorables de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria del Ministerio de Salud y de la autoridad sectorial competente; Que, con solicitud s/n presentada el 04.2016, el Apoderado de la empresa CONCESIONARIA DESALADORA DEL SUR S.A., solicitó autorización de vertimiento de aguas residuales industriales y domésticas tratadas proyectadas, provenientes del proyecto denominado "Provisión de Servicios de Saneamiento para los distritos del Sur de Lima - PROVISUR", ubicada en el distrito de Santa María del Mar, provincia y departamento de Lima; Que, en ese sentido, se verifica que el expediente administrativo cuenta con: a) La opinión técnica favorable de la Autoridad de Salud Ambiental, expresada mediante los Informes Nº 001842-2016/DEPA/DIGESA y Nº 1322-2016-DSB/DIGESA, remitido con Oficio N 001634-2016/DEPA/DIGESA de fecha 09.03.2016. b) El Informe Nº 849-2016/DSA/DIGESA, de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria del Ministerio de Salud, remitido con Oficio Nº 649-2016/DSA/DIGESA del 11.04.2016, sobre corrección de errores materiales de los Informes Nº 001842-2016/DEPA/DIGESA y Nº 1322-2016/DSB/DIGESA, referido a la categoría del cuerpo receptor del vertimiento y la denominación de la playa. e) El Estudio de Impacto Ambiental detallado del proyecto denominado "Provisión de Servicios de Saneamiento para los Distritos del Sur de Lima", expresada mediante la Resolución Directora! Nº 1073-2015-VIVIENDA-VMCS-DGAA, otorgado por la Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. d) La autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico para la obtención de licencia uso de agua de mar para desarrollar el proyecto "Provisión de Servicios de Saneamiento para los Distritos del Sur de Lima", otorgada mediante Resolución Directora! Nº 577-2016-ANA-AAA- CAÑETE-FORTALEZA.

e) La aprobación del anteproyecto de derecho de uso de área acuática otorgada por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú, mediante Resolución Directora! Nº 0399-2015-MGP/DGCG. Que, mediante Carta GG-CODESUR-181-2016 de fecha 20.2016, Carta GG-CODESUR-209-2016 de fecha 01.06.2016 y Carta GG-CODESUR-234-2016 de fecha 17.06.2016, la empresa CONCESIONARIA DESALADORA DEL SUR S.A., presentó documentación complementaria a la solicitud de autorización de vertimiento de aguas residuales industriales y domésticas tratadas provenientes del proyecto denominado "Provisión de Servicios de Saneamiento para los distritos del Sur de Lima - PROVISUR"; Que, el Informe Técnico N 744-2016-ANA-DGCRH-EEIGA de fecha 20.06.2016, luego de la evaluación correspondiente, recomendó otorgar la autorización de vertimiento de aguas residuales industriales y domésticas tratadas proyectadas, provenientes del proyecto denominado "Provisión de Servicios de Saneamiento para los distritos del Sur de Lima - PROVISUR", ubicada en el distrito de Santa María del Mar, provincia y departamento de Lima, a favor de la empresa CONCESIONARIA DESALADORA DEL SUR S.A., por el plazo dos (02) años, sujeta a las siguientes obligaciones: a) Realizar los análisis de las aguas residuales industriales y domésticas tratadas y del cuerpo receptor, en un laboratorio cuyos métodos de ensayo se encuentran acreditados por INACAL. b) El muestreo, tanto de las aguas residuales industriales y domésticas tratadas como del cuerpo receptor, deberá ser realizado en una misma fecha, de acuerdo al "Protocolo Nacional de Monitoreo de la Calidad en Cuerpos Naturales de Agua Superficial", aprobado mediante Resolución Jefatura! N 010-2016-ANA. e) Los resultados deberán ser sistematizados, según formato publicado en la página web de la Autoridad Nacional del Agua y reportado junto con sus respectivos informes de ensayo escaneados, a la dirección electrónica reportes.monitoreo@ana.gob.pe, en un plazo no mayor de quince (15) días después de finalizado el trimestre de evaluación. Que, asimismo, el citado informe técnico señala que el cuerpo receptor del vertimiento proyectado de las aguas residuales industriales y domésticas tratadas es el "mar frente al distrito de Santa María del Mar", se aplicará la Clasificación del Cuerpo de Agua Marino-Costero aprobado mediante la Resolución Jefatura! Nº 030-2016-ANA de fecha 25.01.2016 según las precisiones dispuestas en el ítem XII referido a las recomendaciones; clasificándose este cuerpo receptor como Categoría 2: "Actividades Marinos Costeras", sub categoría C3: "Otras actividades"; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal Nº 682-2016-ANA-OAJ, opina se emita el acto administrativo que otorgue la autorización de vertimiento, de conformidad con la recomendación técnica formulada por la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos; Que, la empresa CONCESIONARIA DESALADORA DEL SUR S.A., ha cumplido con lo establecido en el Reglamento para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimientos y Reuso de Aguas Residuales Tratadas, aprobado mediante la Resolución Jefatura! Nº 224-2013-ANA de fecha 31.2013, y; Que, con el visto de la Oficina de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo establecido en el artículo 32º del Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado con el Decreto Supremo N 06-2010-AG;

SE RESUELVE: Código EF-1 ARTÍCULO 1º. Otorgar a la empresa CONCESIONARIA DESALADORA DEL SUR S.A., autorización de vertimiento de aguas residuales industriales y domésticas tratadas proyectadas, provenientes del proyecto denominado "Provisión de Servicios de Saneamiento para los distritos del Sur de Lima - PROVISUR", ubicada en el distrito de Santa María del Mar, provincia y departamento de Lima, según las siguientes condiciones: PlltffO DE VERTIMlÉNTO DE AGUAS ~ES1(?1)ALES 1RA T ADAS --.~,,;. ' C:oorilenadai UTM _;,Régimen :~ J;!>é -: : -;; ;i;t Volum.en Caudal., Descripción JWGS,84, Zona 18) de Tipo '0 1:;I 'Cl;!erp9 Se~ot Clás'itfüllc'ión 2\.W.>',...:. anuajxn:t3) (lis) ste J'-lorte jlescarga 1.~~?.~eptor ;;;?+1!!i!i: Agua residuales industriales Mar frente tratadas (Centro de 9 891 072 313,64 Industrial al distrito de Categoría 2, gravedad del difusor). 306 178 8 628 131 Continuo Saneamiento Santa Sub categoría Agua residuales domésticas María del C3 tratadas (Centro de 4199040 133, 15 Doméstico Mar gravedad del difusor). Total 14 090 112 446,79 ARTÍCULO 2º. La vigencia de la autorización de vertimiento será por el plazo de dos (02) años, contados a partir del inicio de operaciones del sistema de tratamiento de aguas residuales industriales y domésticas, la cual deberá ser comunicada a la Administración Local de Agua Chillón - Rímac - Lurín, con una anticipación de diez (10) días hábiles, y será renovable en virtud del cumplimiento de las obligaciones y de lo establecido en la Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento. ARTÍCULO 3º.- Precisar que el no iniciar el proyecto dentro del plazo igual al de la autorización de vertimiento de aguas residuales industriales y domésticas tratadas, es causal de caducidad de la autorización de vertimiento otorgada, de conformidad a lo establecido en el literal e, del numeral 143 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos - Ley Nº 29338 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, concordante con el literal e del numeral 28.2, del artículo 28º del Reglamento para el otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento y Reuso de Aguas Residuales Tratadas aprobado mediante Resolución Jefatura! N 224-2013- ANA. ARTÍCULO 4º. Disponer que la presente autorización que se otorga queda sujeta: 4.1 A la fiscalización de la Autoridad Nacional del Agua en cuanto al cumplimiento de las condiciones establecidas en el octavo considerando, conforme al cuadro siguiente: eli.f.íro DE CONTROl,.~ :l~vertimiento DE.AGUAS RESIDUALES TRÁJ'AóAS Código Caudal (I/~} CA-R-03 Agua residuales industriales y domésticas tratadas provenientes del proyecto denominado 'Provisión de Servicios de Saneamiento para los distritos del Sur de Lima - PROVISUR' (Arqueta) 307 233 8 629 054 446,79 Todos los establecidos en el D.S. N 003-2010- MINAM, Coliformes Totales. STO, Salinidad, Caudal y volumen acumulado. Compromiso del Instrumento de Gestión Ambiental. Reporte a la ANA: Trimestral.

CA-01 CA-02 CA-C-01 Mar frente al distrito de Santa María del Mar, a 55 m al NO del punto CA- 306 128 8 628 157 +-------------- ---- - - ---l----+------1 Mar frente al distrito de Santa María del Mar, a 55 m al NE del punto CA- 306 199 8 628 188 05.... ---- Mar-fíeíl'te ard'isfrtto de Santa Maria CA-03 del Mar, a 55 m al E del punto CA- 306 232 8 628119 ------- Mar-tíeñ"te a distrito dé-sánta-maíra - CA-04 del Mar, a 55 m al SO del punto CA- 306 161 8 628 085 Mar-ifeñleaidistrito de Santa-Maria CA-05 del Mar, Centro de gravedad del 306 178 8 628 131 difusor. -- - - -- --- ---- ~-----+-----! CA-06 del Mar, a 500 mal NO del punto CA- Mar frente al disfriio de Santa María CA-07 del Mar, a 500 m al SO del punto CA- -- NONONOH"''"'"'"''N"-""""' _ 305 976 8 628 594 ---- 306 182 8 627 637 306 724 8 628 468 Categoría 2, Sub categoría C3 Categoria 2, Sub categoria e 1 ph, T ºC, Conductividad Eléctrica, 00, AyG, Coliformes Termotolerantes, Coliformes Totales, DBOs, STO, SST Cloruros y Salinidad. Compromiso del Instrumento de Gestión Ambiental. Reporte a la ANA: Trimestral. CA-C-02 CA-C-03 -,..,,_.., _ 306 817 8 628 310 306 900 8 628117,.. -- -..- ---- 4.2 A instalar un sistema de medición de caudal del vertimiento autorizado, instalación que deberá ser reportada en el primer reporte de monitoreo trimestral. 4.3 A pagar la retribución económica por el vertimiento de aguas residuales industriales tratadas por un volumen anual de 9 891 072 m3 y por el vertimiento de aguas residuales domésticas tratadas por un volumen anual de 4 199 040 m3. 4.4 El administrado, de ser el caso, comunicará si cumplió con lo establecido en el numeral 6.2 del artículo 6º del Decreto Supremo N 015-2015-MINAM, que Modifica los Estándares Nacional de Calidad Ambiental para Aguay establecen disposiciones complementarias para su aplicación. 4.5 La presente autorización queda sujeta a ser fiscalizada por la Autoridad Nacional del Agua, en cuanto al cumplimiento de las condiciones y obligaciones establecidas en la presente resolución. Para tal efecto, la empresa CONCESIONARIA DESALADORA DEL SUR S.A., deberá brindar las facilidades del caso. ARTÍCULO 5º. Notificar la presente Resolución a la empresa CONCESIONARIA DESALADORA DEL SUR S.A.

ARTÍCULO 6º.- Remitir copia de la resolución que se emita a SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA- SEDAPAL, a la Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria del Ministerio de Salud, a la Autoridad Administrativa del Agua Cañete - Fortaleza, a la Administración Local de Agua Chillón - Rímac - Lurín y a la Dirección de Administración de Recursos Hídricos para conocimiento y fines pertinentes.