Semestre Enero Junio 2018

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Semestre Enero Junio 2018

Impuestos 1 a 1 Impuestos en la vida profesional Elementos de los impuestos Impuestos para: Personal con relación de trabajo (Dependientes) Personas morales Personas físicas independientes Obligaciones fiscales Doble tributación Facultades de auditoria Asignación de equipos para proyecto

Impuestos: Es la forma en la que los ciudadanos mexicanos contribuimos al gasto público Pueden ser impuestos y/o derechos Sistema tributario en México: Secretaría de Hacienda y Crédito Público, SHCP: Responsable del presupuesto de ingresos y egresos en México Responsable de la tesorería de la federación Servicio de Administración Tributaria, SAT: Responsable de la recaudación de impuestos federales Secretarías de Finanzas Estatales y/o municipales Responsables de la recaudación de impuestos locales

Normas Aplicables: Reglamentos locales (municipales, estatales) Legislación nacional, impuestos Código Fiscal de la Federación, CFF Ley del Impuesto al Valor Agregado, LIVA Ley del Impuesto Sobre la Renta, LISR Otras: Ley del Impuesto Especial sobre la Producción y Servicios, LIEPS Legislación nacional, seguridad social Ley Federal del Trabajo, LFT Ley del Seguro Social, LIMSS Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, LINFONAVIT Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro, LSAR Legislación internacional Tratados para evitar doble tributación

Persona física: Individuo susceptible de ser sujeto de derechos y obligaciones (Diccionario expansión) Persona moral/jurídica: Corporación, asociación o fundación de interés público y reconocida por ley. También lo es toda asociación de interés particular, ya sea civil o mercantil, a la que la ley concede personalidad propia independiente de la de sus asociados. Puede adquirir y poseer toda clase de bienes, contraer obligaciones y ejercitar acciones civiles o criminales conforme a sus normas constitutivas (Diccionario expansión)

Los impuestos son una parte sustancial (o más bien la más importante) de los ingresos públicos. Una contribución es una parte integrante de los ingresos públicos e incluye aportaciones de particulares como, por ejemplo, pagos por servicios públicos, de donaciones, multas, etc. En tercer lugar, los impuestos forman parte de las contribuciones y éstas a su vez forman parte de los ingresos públicos (Rosas Aniceto, Roberto Santillán. Teoría General de las Finanzas Públicas y el Caso de México. Escuela Nacional de Economía, México D.F. 1962. p)

Impuestos Aplicables: Impuesto Sobre la Renta: 30% Impuesto Sobre la Renta personas físicas: progresivo hasta 35% Impuesto al Valor Agregado: 16%

Todos los impuestos cuentan con 4 elementos: Sujeto: La persona que tiene la obligación de pagar un impuesto. Responde a la pregunta: Quién tiene la obligación? Objeto: La actividad que genera la obligación de pagar un impuesto. Responde a la pregunta Por qué tiene la obligación? Fuente: El lugar donde se generan las obligaciones de pagar un impuesto. Responde a la pregunta Dónde se generó la obligación? Base: El monto sobre el cual se tiene la obligación de pagar un impuesto, es similar al resultado de ingresos costos gastos. Responde a la pregunta Sobre qué monto se genera la obligación?

Sujeto: dependiendo si es persona física o moral (y el tipo de personalidad moral), se cuenta con diferentes obligaciones. P. ej. Las personas físicas con actividad empresarial y las Sociedades Civiles (SC) pagan impuestos sobre operaciones cobradas, en cambio, las Sociedades Anónimas (SA) pagan impuestos sobre las operaciones facturadas Objeto: dependiendo del objeto se definirá qué tipo de impuesto se debe pagar. P. ej. el tabaco paga IEPS, los alimentos no procesados no pagan IVA Fuente: la tasa de impuesto dependerá de la fuente donde se origine. P. ej. los ingresos por exportación no pagan IVA, los pagos por importación no generan IVA acreditable Base: Dependerá de cada tipo de cálculo: Ingresos Costos y Gastos = Base de impuesto

Impuestos Persona Física Persona Moral Retenciones por sueldos y salarios (Relación laboral) Pago de impuestos por venta de productos y/o prestación de servicios independientes Pago por venta de productos y/o prestación de servicios independientes

Sujeto: Empleado/a Persona física con actividad empresarial, o con prestación de servicios profesionales Empresario/a Objeto: Relación laboral Venta de un producto o servicio independiente Fuente: País donde se genera la relación laboral País donde se realiza la venta de un producto o servicio independiente Base: Retención de impuestos Resultado de la operación por la venta de un producto o servicio independiente

Impuestos Persona Física Persona Moral Retenciones por sueldos y salarios (Relación laboral) Pago de impuestos por venta de productos y/o prestación de servicios independientes Pago por venta de productos y/o prestación de servicios independientes

Relación de trabajo: Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario. (Ley Federal del Trabajo, Art. 20)

La relación de trabajo es cuando una persona física trabaja de forma subordinada para un patrón. Las personas que trabajan bajo una relación de trabajo deberían (no siempre pasa) tener derecho a las siguientes prestaciones: IMSS SAR (Ahorro para el retiro) INFONAVIT Vacaciones (empezando por 6 días) Prima Vacacional (25% del salario de vacaciones) Aguinaldo de 15 días

Las personas que trabajan bajo una relación laboral están sujetas al pago de: ISR (impuesto sobre la renta), el cual está topado al 35% pero se paga de forma proporcional al nivel de ingreso. Sueldo 10,000.00 20,000.00 30,000.00 40,000.00 50,000.00 60,000.00 70,000.00 80,000.00 90,000.00 Retención ISR 923.27 2,995.56 5,263.25 7,765.88 10,765.88 13,765.88 16,765.88 19,927.32 23,127.32 Neto 9,076.73 17,004.44 24,736.75 32,234.12 39,234.12 46,234.12 53,234.12 60,072.68 66,872.68 % de impuesto 10% 18% 21% 24% 27% 30% 31% 33% 35% 100,000.00 90,000.00 80,000.00 70,000.00 60,000.00 50,000.00 40,000.00 30,000.00 20,000.00 10,000.00-1 2 3 4 5 6 7 8 9 Sueldo Retención ISR

La base para el pago de impuestos de personas contratadas con relación laboral es casi el ingreso bruto. Es decir, a diferencia de otros esquemas (persona moral o persona física con actividad independiente), no puede hacer deducciones. Existen ciertas deducciones que sí puede hacer una persona contratada con relación laboral. Se llaman deducciones personales, establecidas en el Art. 151 de la LISR. Estas deducciones deberán estar pagadas Estas deducciones pueden generar un saldo a favor de impuesto

Honorarios médicos Análisis clínicos Seguro de Gastos Médicos Mayores Compra de lentes Donativos Alquiler de aparatos de rehabilitación y prótesis Gastos funerarios Intereses por créditos hipotecarios Aportaciones voluntarias al SAR Transporte Escolar Colegiaturas (de 14 mil a 24 mil pesos) Están limitados al 15% de ingresos del contribuyente o a 5 salarios mínimos anualizados (aprox. 150 mil pesos)

Las obligaciones de una persona contratada como relación laboral son: Registrarse en el Registro Federal de Contribuyentes como personal asalariado Tramitar/mantener actualizada la FIEL (Firma Electrónica) Registrarse en el IMSS Presentar declaración anual de ISR a más tardar el 30 de abril del siguiente año que se declara (En abril de 2018 se presenta la declaración anual de 2017) Conservar todos sus recibos de nómina digitales (CFDI) Conservar todas las facturas (generadas a su nombre) de deducciones personales

El IMSS es una dependencia que obtiene sus recursos de tres fuentes: Empleados Empleadores Gobierno Un empleador deberá pagar una cuota extra al salario del empleado, misma que se pagará al IMSS A un empleado se le retendrá una cuota de IMSS El Gobierno dedicará parte del presupuesto para ser entregado al IMSS

Empleador Nombre del empleado Número de Seguridad Social Mes/quincena Días laborados 30 Salario diario 333.33 Percepciones Sueldo Días Monto 333.33 30 10,000.00 Retenciones IMSS -150 ISR -1000 Neto 8,850.00

Las personas físicas también podrán tener ingresos por: Venta de activos (coche, casa, etc) Dividendos Inversiones Arrendamientos También podrán tener y cuidar los depósitos en sus cuentas que no son un ingreso pero que el SAT podría identificar: Reembolsos Préstamos

Impuestos Persona Física Persona Moral Retenciones por sueldos y salarios (Relación laboral) Pago de impuestos por venta de productos y/o prestación de servicios independientes Pago por venta de productos y/o prestación de servicios independientes

Una persona moral pagará impuestos por la actividad económica que genere Normalmente pagará los siguientes impuestos: ISR 30% IVA 16% Cuotas patronales: IMSS, INFONAVIT, SAR Impuesto Sobre Nómina

Ingreso 10,000.00 IVA 1,600.00 Neto 11,600.00 ISR: Se realizan pagos provisionales mensualmente Ingresos acumulados 100,000.00 (x) Coeficiente de utilidad 25% (=) Base del impuesto 25,000.00 (x) Impuesto 30% (=) Total por pagar 7,500.00 Se realiza un pago anual Ingresos acumulados 100,000.00 (-) Costos y gastos acumulados 75,000.00 (=) Resultado (utilidad o pérdida) 25,000.00 (x) Impuesto 30% (=) Total por pagar 7,500.00 IVA: Se realizan pagos definitivos mensualmente Ingresos cobrados 70,000.00 IVA de ingresos cobrados 16% Total IVA cobrado 11,200.00 Gastos Pagados 50,000.00 IVA de gastos pagados 16% Total IVA pagado 8,000.00 IVA cobrado (ingreso) 11,200.00 (-) IVA pagado (deducción) 8,000.00 (=) IVA por pagar 3,200.00 No hay declaración anual

Una persona moral puede tener varios gastos deducibles, mismos que se deberán considerar para el pago de impuestos (ISR e IVA) Las personas morales podrán hacer deducible todo aquel gasto que deban incurrir para poder efectuar su operación Renta Luz Computadora Software Empleados Proveedores Viajes La base del impuesto serán los ingresos ( - ) las deducciones. Mientras más deducciones se paguen, menos impuesto se pagará Algunos gastos están topados. P. Ej. los coches pueden ser deducibles hasta 175,000 pesos La evasión de impuestos es ilegal No existe limitación de deducciones, como sí la existe con personas que están trabajando por el esquema de sueldos y salarios. Es decir, puede haber pérdidas.

Las obligaciones básicas de una persona contratada como relación laboral son: Registrarse en el Registro Federal de Contribuyentes Tramitar/mantener actualizada la FIEL (Firma Electrónica) Registrarse en el IMSS, al igual que a sus empleados Presentar declaraciones mensuales de: ISR IVA (pago e informativa DIOT) Contribuciones de seguridad social Impuestos locales ( ) a más tardar el día 17 del siguiente mes que se declara (en marzo 2018 se presenta declaración de febrero) Presentar declaración anual de ISR a más tardar el 30 de abril del siguiente año que se declara (En abril de 2018 se presenta la declaración anual de 2017) Mantener una contabilidad electrónica adecuada Emitir CFDI para reconocer sus ingresos Conservar información financiera en su domicilio fiscal Auditar información financiera (ingresos mayores a 100 millones, activos mayores a 79 millones, más de 300 empleados. Artículo 32 A, CFF)

La mayoría de las personas morales realizarán sus cálculos de impuestos conforme a lo que hayan facturado Las SC, AC, realizarán sus cálculos de impuestos conforme a lo que hayan facturado y cobrado

Impuestos Persona Física Persona Moral Retenciones por sueldos y salarios (Relación laboral) Pago de impuestos por venta de productos y/o prestación de servicios independientes Pago por venta de productos y/o prestación de servicios independientes

Persona Física Persona Moral

Generalmente tienen las mismas obligaciones que una persona moral, diferencias: Siempre realizan sus cálculos de impuestos con base en operaciones facturadas y pagadas Pueden emitir facturas o recibos de honorarios (híbrido entre factura y recibo de nómina) No tienen coeficiente de utilidad (para el cálculo de pagos provisionales) No tienen la obligación de generar contabilidad electrónica (a menos que cobren más de 2 millones de pesos)

Una persona moral pagará impuestos por la actividad económica que genere Normalmente pagará los siguientes impuestos: ISR 30% IVA 16% Cuotas patronales: IMSS, INFONAVIT, SAR Impuesto Sobre Nómina

Una persona moral puede tener varios gastos deducibles, mismos que se deberán considerar para el pago de impuestos (ISR e IVA) Las personas morales podrán hacer deducible todo aquel gasto que deban incurrir para poder efectuar su operación Renta Luz Computadora Software Empleados Proveedores Viajes La base del impuesto serán los ingresos ( - ) las deducciones. Mientras más deducciones se paguen, menos impuesto se pagará Las personas físicas independientes también podrán hacer deducibles las deducciones personales (seguro médico, etc.) Algunos gastos están topados. P. Ej. los coches pueden ser deducibles hasta 175,000 pesos La evasión de impuestos es ilegal No existe limitación de deducciones, como sí la existe con personas que están trabajando por el esquema de sueldos y salarios

Inscripción al RFC (por internet) FIEL (presencial) Alta y baja de obligaciones (por internet) Alta y baja de domicilios (por internet) Apertura de sucursales (por internet) Declaraciones (por internet) Pago de impuestos (por portal bancario) Opinión de cumplimiento (por internet)

Inicialmente: RFC FIEL R1 (inscripción RFC) R2 (cambios de domicilio) Usuario y clave de acceso al sitio de internet Mensualmente: Declaración + Papeles de trabajo de ISR, IVA Línea de captura ISR, IVA DIOT (Declaración Informativa de Operaciones con Terceros) Línea de captura + Papeles de trabajo de ISN, SAR, INFONAVIT, IMSS Contabilidad electrónica (en caso de estar obligado/a) Anualmente Declaración anual ISR Línea de captura ISR Las facturas personales de ingreso y gastos las deberá hacer el contribuyente (o quien le asista) Los pagos de líneas de captura los deberá hacer el contribuyente personalmente

México tiene tratados internacionales para evitar la doble tributación. La doble tributación se puede generar, p. ej. si prestas un servicio con fuente en USA pero la cobras en México Dónde pagas impuestos? Si no existiera tratado: en ambos países.

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