Programa de ayudas a contratos de prácticas para personas jóvenes en centros de trabajo de empresas vascas en el exterior 2013 Enpresetarako Zerbitzuen Arloa Área de Servicios a la Empresa Julio de 2013
Misión: Impulsar la inserción laboral de personas jóvenes desempleadas, con titulación o cualificación y sin previa o con breve experiencia laboral, incluyendo la contratación un periodo de aprendizaje en centros de trabajo en el exterior de empresas radicadas en la CAPV. Facilitar la adquisición de experiencia y cualificación, adaptada a las necesidades de las empresas internacionalizadas. Apoyar al tejido empresarial de la CAPV que está realizando un importante esfuerzo de internacionalización, y que precisa de personas cualificadas técnica y profesionalmente. Directrices Integradas Europa 2020, Conseguir una población activa cualificada que responda a las necesidades del mercado laboral promoviendo la calidad del trabajo y el aprendizaje permanente (Directriz 8)
Características de la persona destinaria (1): Joven, de edad igual o inferior a 34 años. Desempleada e inscrita como demandante de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Se incluye a aquellas personas demandantes de empleo que estén contratadas en otra empresa mediante contratos temporales con jornada igual o inferior al 33%, siempre que desempeñen puestos de trabajo de, al menos, dos niveles por debajo de su cualificación. Residente en la Comunidad Autónoma Vasca. Disponga de una titulación universitaria, de formación profesional de grado medio o superior, otras titulaciones oficialmente reconocidas como equivalentes o certificado de profesionalidad.
Características de la persona destinaria (2): Cuente con las competencias lingüísticas requeridas por la empresa para el correcto desempeño de su trabajo. No disponga de experiencia laboral previa superior a 6 meses en puesto/s similar/es al que se vaya a desempeñar. No haya transcurrido más de 5 años, 7 años cuando sea una persona con discapacidad, desde la terminación o convalidación de los estudios. Esta limitación no se aplicara en el caso de contratos en prácticas formalizados con personas jóvenes menores de 30 años. No tenga relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, con el/la empresario/a o con quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad, así como la que se produzca con estos últimos.
Requisitos de la empresa beneficiaria (1) : Empresa privada o público-privada radicada en la CAPV, que cuenten con: centros de trabajo, empresas participadas o empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial ubicadas en el exterior acuerdos de colaboración o contratos de prestación de servicios con empresas ubicadas en el exterior que se hallen en procesos de implantación en el exterior. Con domicilio social y fiscal o centro de trabajo radicado en la CAPV. No se halle participada más de un 50% por una o varias Administraciones Públicas. Acredite que no se ha producido destrucción de empleo en el puesto de trabajo, para el que se produce la nueva contratación, durante un periodo de 1 año anterior a la nueva contratación y durante el periodo que dure la contratación subvencionada.
Requisitos de la empresa beneficiaria (2): Comunique la representación legal de los trabajadores de la empresa, la intención de contratar mediante contrato en prácticas, con indicación del puesto a ocupar y periodo de la contratación. Esté al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. No esté sancionada ni penal ni administrativamente, ni inhabilitada legalmente para la obtención de subvenciones o ayudas públicas. No tenga pendiente de terminación cualquier procedimiento de reintegro o sancionador.
Características del contrato: La duración mínima del contrato será de 12 meses y deberá ser a jornada completa. Las personas contratadas deberán prestar sus servicios en centros de trabajo radicados en el exterior de España garantizándose, en todo caso, una estancia mínima de 9 meses, salvo que la empresa acredite dificultades para la obtención de la autorización administrativa correspondiente, en cuyo caso podrá reducirse dicha estancia a 7 meses. Las contrataciones deberán referirse a puestos de trabajo acordes a la formación académicoprofesional de la persona contratada. En el contrato se hará constar la obligación de la empresa o entidad beneficiaria de abonar al joven 350 mensuales durante su primer año de estancia efectiva en el extranjero, en concepto de dietas de alojamiento y manutención, al margen de la cantidad que le pudiera corresponder por estos conceptos en virtud de lo dispuesto en el convenio colectivo o de empresa de aplicación. En todo caso, el contrato en prácticas deberá ajustarse a lo dispuesto en el artículo 11.1 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 488/98 del 27 de Marzo.
Ayudas a la contratación: Subvencionable el coste de los gastos salariales y de Seguridad Social del contrato en prácticas durante los primeros 12 meses de su vigencia (hasta el 31 de Octubre de 2014.) Subvencionable el coste correspondiente a las dietas de alojamiento y manutención de los jóvenes contratados, con 350 euros mensuales, durante los primeros 12 meses de su vigencia, hasta el 31 de Octubre de 2014, excluidos los periodos intermedios en que el joven no resida en el extranjero. Los gastos derivados de la gestión y obtención del visado o autorización administrativa correspondiente, así como la contratación de un seguro médico complementario, en los casos que se prevea necesario, con un máximo de 450 euros por persona contratada.
Normativa: Resolución de 19 de junio de 2013 del Director General de Lanbide Servicio Vasco de Empleo ( BOPV Nº 128, de 5 de julio de 2013) y RESOLUCIÓN de 8 de julio de 2013, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se corrige la Resolución de 19 de junio de 2013 ( BOPV Nº 138, de 19 de julio de 2013) Plazo de presentación de solicitudes: 30 de septiembre de 2013. Dotación presupuestaria: 4.420.000.- Las ayudas están sujetas al régimen de mínimis (Reglamento nº 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006), por el que ninguna ayuda total de mínimis concedida a una empresa superará los 200.000 euros en un periodo de tres ejercicios fiscales consecutivos. Forma de pago: 80% de la subvención concedida, tras la formalización de los contratos previstos en el plan de contratación de la empresa. 20% restante o la cantidad que resulte de la justificación, tras la finalización del período subvencionado.
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