RESUMEN PROVISIONAL DE LA NUEVA PAC 2015-2020 Actualizado a fecha 05/ 03/ 2014



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1 RESUMEN PROVISIONAL DE LA NUEVA PAC 2015-2020 Actualizado a fecha 05/ 03/ 2014 DESAPARECEN LOS DERECHOS DE PAGO ÚNICO PERO: Para percibir ayudas en 2015 en los conceptos cuantitativamente más importantes (pago base), es necesario haber sido perceptor de ayudas en 2013 o haber recibido asignación de la Reserva Nacional en 2014, o haber recibido una cesión o arrendamiento que cumpla ciertos requisitos. Para el cálculo de los importes se tiene en cuenta las ayudas percibidas en 2014 Aunque desaparecen los DPU, los importes percibidos, por cada agricultor, se tienen en cuenta para calcular las nuevas ayudas. Es decir, quién nada cobraba en 2014, nada le van a dar en 2015, salvo lo que le pudiera corresponder de la Reserva Nacional o un cambio de titularidad de la explotación. QUÉ TIPOS DE AYUDA Derechos de pago base (DPB) Pago verde Complemento por incorporación de jóvenes (una ayuda adicional por ha. cultivada) Ayudas acopladas a la producción: estas ayudas son en función de hectáreas cultivadas o cabezas de ganado declaradas. EL PAGO BASE Se destinará al mismo aproximadamente el 56% del presupuesto. Por lo tanto, y en general, su importe será muy inferior al de los antiguos DPU. (En principio, se estima que de media será algo más del 50% de lo que eran antes los derechos de pago único). DPU con el valor 2014 + 49,4% de nodriza con valor 2014 + programa rotación cultivos) x 0,559=Derechos Pago Base. Este pago se adaptará a una superficie que será lo declarado en la PAC de 2015 con el límite máximo de lo declarado en 2013. Sobre pastos, únicamente se asignarán derechos a explotaciones ganaderas dadas de alta en el REGA, con especies ganaderas compatibles con el uso de los pastos, y con una carga ganadera de al menos 0,20 UGM/ha. Si el ganado no aprovecha esos pastos, se ha de demostrar que se hacen labores de mantenimiento en los mismos. Se establece el criterio de CONVERGENCIA INTERNA. Al final de periodo (2019) todos los agricultores dentro de una región deberán cobrar al menos el 60% de la media. Además, las pérdidas individuales máximas serán del 30% para aquellos que estén por encima de la media. Entre el 60% y el 90% de la media se incrementará 1/3 de la diferencia. No percibirán derechos de pago base los productores de viñedo y frutas y hortalizas que no eran beneficiarios con anterioridad (en nuestro caso eran beneficiarios con anterioridad los que cobraban pago único por el arranque de viñas en su día o por los importes de la destilación). Pero la superficie de estos

cultivos que se declare en la PAC en 2015 se tendrá en cuenta para calcular el número de derechos, entrando a computar como el resto de cultivos que forman parte de la superficie elegible. ASIGNACIÓN INICIAL DE DERECHOS Para asignar los derechos (DPB), se ha tenido que ser perceptor de ayudas directas en la solicitud única de 2013, o haber recibido asignación de la Reserva Nacional en 2014. Los derechos de pago base que se asignen en 2015 a cada beneficiario será igual al número de hectáreas admisibles que presente en su solicitud de 2015, o a las hectáreas admisibles que declaró en 2013, CUALESQUIERA MENOR. Un beneficiario podrá tener derechos de importes unitarios distintos si tiene superficies en más de una región. Los importes en euros por ha. de 2015= Importes de ayudas 2014/superficie admisible 2015 (o la de 2013 si ésta es menor). Y sobre esto se aplica la convergencia interna. En la Conferencia Sectorial de enero se aprobó incorporar para el cálculo de los derechos de pago de base, además de lo percibido como pago único, EL 49,4% de los importes percibidos de la ayuda a vaca nodriza y la ayuda complementaria (no la ayuda acoplada), así como lo percibido en ayudas del programa nacional de fomento de rotación de cultivos en tierras de secano. Para la CONVERGENCIA, se propone un modelo de regionalización basado en COMARCAS AGRARIAS en proporción a los pagos directos recibidos en las mismas en el 2013. Los importes de ayuda recibidos en cada comarca agraria se distribuyen entre cuatro tipos de superficies: secano/regadío/cultivos permanentes/pastos. Se establecerán unas 22/24 zonas agrupando comarcas y tipos de cultivo de semejante intensidad en la percepción de ayudas, y para ello se hará un rastreo de los derechos actuales para ver qué cultivo o producción ganadera los generó. De esto no se conocerá detalle al menos hasta el mes de junio. EL PAGO VERDE Es un complemento sobre los importes del pago básico. A esto se destinará el 30% de los importes de la PAC. No es una tarifa plana, sino que es un % del valor total de los derechos que el agricultor active cada año. El Pago Base más el Pago Verde pueden representar aproximadamente el 86% de los importes anteriores de Pago Único. Es OBLIGATORIO para agricultores con derechos de pago base. Consiste en: Diversificación de cultivos: los de menos de 10 ha. quedan exentos, entre 10 y 30 dos cultivos (el de más superficie que no supere el 75%) y más de 30 has. tres cultivos (el principal no supere el 75% y los dos principales que no superen el 95%). Conservación de pastos permanentes: si más del 75% de la superficie es de pastos o forrajes y el resto tiene menos de 30 has, ya se considera verde per se. 2

Creación de áreas de interés ecológico: Será al menos el 5% de las tierras de cultivo quedando exentas las explotaciones de menos de 15 hectáreas y cultivos permanentes. Las zonas de Red Natura y Producción ecológica son verdes per se. PAGO RÉGIMEN JÓVENES AGRICULTORES Un importe adicional a los jóvenes que se incorporen al campo, durante un máximo de 5 años. La pueden solicitar los que no tengan más de cuarenta años de edad en el momento de la solicitud y pueden haberse instalado en la actividad en los cinco años anteriores, aunque se reducirá el número de años del periodo de cobro en los transcurridos desde la instalación hasta la presentación de la solicitud. Los beneficiarios deberán reunir los mismos requisitos que cuando se solicita la ayuda de primera instalación por el programa de Desarrollo Rural. En principio esta ayuda consistirá en aumentar hasta el 25% el valor medio de los derechos de pago base que posea. Por dar una cifra orientativa, podría suponer un máximo de unos 3.000 euros por joven y año. Además de esto y de las ayudas del Programa de Desarrollo Rural, los jóvenes pueden solicitar derechos de pago básico a la R.N. si se cumplen los requisitos establecidos. AGRICULTOR ACTIVO Y ACTIVIDAD AGRARIA Los cambios que se vislumbran respecto a la situación actual son: Hay una lista negativa de solicitantes que no tendrá consecuencias prácticas en León. Se exigirá el cumplimiento de una actividad mínima en superficies mantenidas naturalmente, realizando al menos una actividad anual sobre una lista que se establezca, manteniendo la justificación de labores y gastos ocasionados. Los derechos en pastos exigirán carga ganadera, con mínimo 0,20 UGM/ha. Habrá medidas contra el abandono de superficies. Se evitará la declaración reiterada de no cultivo controlando incluso a nivel de parcela. Mayor control de lo declarado. En el conjunto de los ingresos agrarios la venta de productos no representará menos del 20% (la subvención menos del 80%). Este requisito se comprobará, en principio, con la declaración del IRPF del ejercicio 2014 (renta que se hace en 2015). El propio cumplimiento de los requisitos del pago verde puede corregir algunas situaciones no deseables. Los perceptores tendrán que cumplir sus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social. Respecto a la Seguridad Social, alta los jubilados que ingresen netos más de 9.034 euros año y alta como autónomos los asalariados que tengan una actividad significativa. 3

Se defienden los principios de incrementar la productividad y de aumentar la legitimidad. REGIMEN DE AYUDA A LOS PEQUEÑOS PRODUCTORES Se aplicará directamente a quienes perciban menos de 1.250 euros en 2014. Están exentos del Geening y de la convergencia interna. Los perceptores de menos de 300 euros están excluidos del sistema de pagos a partir de 2017. Para facilitar la transición, en 2015 el límite será 100 euros y en 2016 será 200 euros. PAGOS ACOPLADOS La normativa permitía destinar hasta el 15% del presupuesto, unos 734 millones de euros anuales en España, para dar una ayuda directa y acoplada a diferentes producciones agrícolas o ganaderas. No obstante, la Conferencia Sectorial aprobó el 12,08% -585 millones-. Los sectores beneficiados implantados en Castilla y León serán: vacuno carne, nodrizas, ovino y caprino, vacuno de leche, remolacha azucarera, cultivos proteicos - incluye leguminosas, proteaginosas y oleaginosas- y legumbres de calidad. A título exclusivamente orientativo, se estima que estas ayudas acopladas pueden suponer: 12 /oveja 6 /cabra 75-100 por vaca nodriza 100 /vaca lechera 50 /ha. de proteaginosas (solo es posible en zonas de rendimientos superiores a 2 TM., por lo tanto en los secanos de la provincia de León, Sahagún y Esla Campos) 150 /ha. a las legumbres de calidad (salvo que se diferencie secano y regadío) 4,8 /TM de remolacha /ternero? en el cebo OTROS REGLAMENTOS Los derechos de plantación de viñedo se sustituyen a partir de 2016 por un sistema de autorizaciones administrativas gratuitas hasta 2030, con posibilidad de aplicar límites nacionales a las autorizaciones. Periodo transitorio de 5 años para transformar derechos en autorizaciones. Se elimina el régimen de cuotas lácteas a partir de abril de 2015. Se mantiene el sistema de cuotas de remolacha hasta 2017. DESARROLLO RURAL En principio nace con más presupuesto, pero se amplía a tres años más el periodo de ejecución (n+3). 4

En principio, la Junta presentará un nuevo programa que puede tener novedades respecto al anterior, pero donde se espera: Ayuda a zonas de montaña y zonas desfavorecidas Ayudas agroambientales (tienen que copar el 30% del presupuesto) para agricultores y/o ganaderos. HABRÁ CAMBIOS. Ayudas a Planes de Mejora que en los últimos años ya nos se habían convocadoe Incorporación de Jóvenes al campo. SE CONVOCAN DE NUEVO! Creación de infraestructuras de regadío (modernización y nuevos regadíos) Ayudas medioambientales que podrían incluir programas como la regeneración y mejora de los pastos, al margen de otras posibles relacionadas con la forestación. Ayudas a través de los Grupos de Acción Local. En buena lógica estas ayudas irán dirigidas, como hasta ahora, mayoritariamente a los agricultores profesionales cotizantes a la S.S. en la rama agraria. En el caso de Castilla y León, corresponden 969 millones de la UE para todo el periodo. Hay que poner otros tantos con financiación nacional, y el ministerio de Agricultura ha dicho que de la financiación nacional únicamente va a poner el 30% -antes el 50%- por lo que, de ser así, la Junta aportaría 657 millones y el ministerio de Agricultura 312. MODULACION Desaparece el concepto de modulación como lo conocíamos hasta ahora y que suponía un recorte, en estos últimos años, del 10% para importes superiores a 5.000 euros. Como el conjunto de ayudas directas de la PAC sufre un recorte del 10% respecto al periodo anterior, esta reducción de dinero no la notarán tanto los agricultores que antes cobraban importes altos y a la mayoría de lo que cobraban (a partir de 5.000 euros) se descontaba el 10% por la modulación. Es decir, el 10% que se pierde se compensa con el 10% que antes se descontaba sobre lo que teóricamente correspondía percibir. YA PARA ESTA CAMPAÑA 2014 SE HAN REDUCIDO LOS IMPORTES EL 8,64% (pago único y ayudas acopladas) y el 8,87% (vaca nodriza y prima nacional complementaria). Se mantiene el principio de disciplina financiera y se aplica ya desde el año 2013 también a nivel europeo. Es decir, si se sobrepasa el presupuesto europeo se recorta (2,5% en la PAC de 2013) y si se sobrepasa el presupuesto nacional se recorta (2,5 % en 2013 en España). No se aplica esta disciplina financiera a los pagos correspondientes a los 2.000 euros primeros. Se reducirá el 5% a los perceptores de más de 150.000 euros, sin tener en cuenta el pago verde, aunque se puede tener en cuenta el empleo generado. OTRAS CUESTIONES 1. COMPRA O CESIÓN DE DERECHOS Dado que los derechos (en número) se asignarán en 2015 con la superficie elegible declarada en 2015 (con el tope de la de 2013), y los importes se calcularán con los 5

importes de ayudas cobrados en 2014 importes totales/ número hectáreas= importe por derecho-; los derechos de pago único adquiridos en 2014, al igual que los derechos de vaca nodriza, se tendrán en cuenta para calcular los importes de ayuda del año 2015. Pero esto tiene una serie de limitaciones según los casos. Cualquier cesión de una explotación o parte de ella (en 2014 cualquier cesión de DPU con tierras) irá acompañada de oficio de una cesión del límite individual de dicha superficie (cupo de superficie), desde el vendedor/arrendador al comprador/arrendatario. Por tanto, el cupo de superficie transferido será tenido en cuenta en el ajuste de la superficie declara en 2015 a la declarada en 2013. Todas las cesiones totales o parciales de una explotación que conlleve cesión de DPU y tierras, que se realicen en 2014 (hasta 15/05/2014) trasfieren todos los derechos y obligaciones del cedente: Si es para un nuevo agricultor, se le trasfiere de oficio con la cesión, la referencia de haber sido perceptor de ayudas directas en 2013, además de los DPU, las hectáreas y el cupo superficie 2013. Si es para un agricultor que hizo PAC en 2013 y ya tiene su propia referencia 2013, se le trasfiere con la cesión los DPU, las hectáreas y el cupo de superficie 2013. Los cesionarios de derechos, de cara a 2015, han de cumplir con las condiciones de la primera asignación de derechos de pago base, principalmente ser agricultor activo. Cesiones de derechos hechas en 2014 a.- Compraventa de derechos de pago único con tierras. Si el comprador no es nuevo, es decir, cobró ayudas en 2013, lo que ahora adquiere le sirve, además de para cobrar en 2014, para la asignación del Pago Base de 2015, incorporando cupo de superficie e importes. Si el comprador es nuevo en el sistema, con la cesión, de oficio, se trasmite al comprador la referencia de pagos de 2013 el cupo de superficies y el comprador incorpora los importes de los DPU activados. b.- Compraventa de derechos de pago único sin tierras. Si el comprador es nuevo en el sistema, únicamente le sirve para cobrar en 2014 y no sirven para asignar en 2015 derechos de Pago Base. Si el comprador no es nuevo, pues ya cobró ayudas en 2013, lo que adquiere le sirve para cobrar en 2014 y para el cálculo del valor unitario inicial y por tanto en el cálculo de los derechos de pago base de 2015. 2. DERECHOS ARRENDADOS En el 2014 no se producen cambios respecto a los derechos que están arrendados. En el 2015, estos derechos arrendados desaparecen, por lo tanto el arrendador los pierde. Los importes percibidos por el arrendatario, que es el agricultor que cultivaba las tierras, 6

durante 2014, se tendrán en cuenta para el cálculo de sus derechos de pago base de 2015. Situaciones que se dan en arrendamientos de 2014. a.- El arrendador percibió ayudas en 2013 y por tanto tiene referencia 2013. De cara al 2015 si el arrendatario es nuevo en el sistema, con el arrendamiento, de oficio, se trasmite al arrendatario la referencia de los pagos 2013 y el cupo de superficie, incorporando el arrendatario los importes de los DPU activados y al finalizar el arrendamiento el arrendatario se queda con los derechos de pago base que se han generado. Si el arrendatario no es nuevo en el sistema, incorpora los importes de los DPU activados y recibe el cupo de superficie del arrendador y al finalizar el arrendamiento el arrendatario se queda con los derechos de pago base generados. b.- Arrendamientos de derechos de pago único con tierras, comunicados en 2014, de un arrendador que le ha cumplido el arrendamiento y se lo arrienda a otro arrendatario. Si el arrendatario es nuevo, además de cobrar los derechos en 2014, con el nuevo arrendamiento, de oficio, se le transmite al arrendatario la referencia pagos 2013 y el cupo superficie, el arrendatario incorpora los importes de los DPU y al finalizar el arrendamiento, el arrendatario se queda con los Derechos de Pago Base. Si el arrendatario no es nuevo, el arrendatario cobra los derechos en 2014 y tiene efectos en el cálculo de los derechos de pago base de 2015 (se trasfieren importes DPU y cupo superficie 2013). Al finalizar el arrendamiento, el arrendatario conserva el valor de los derechos de pago base. c.- Arrendador que habiendo vencido el contrato de arrendamiento, una vez que se le devuelven tierras y derechos por parte del arrendatario que cobró ayudas en 2013, solicita y cobra los derechos de pago único en 2014, de cara a 2015: Si este que era arrendador, y que es el propietario, es nuevo en el sistema, porque no cobró ayudas en 2013, oficio se le trasfiere el cupo superficies y la referencia de pagos 2013), e incorpora los importes de los DPU activados. Así, cobrará el importe de 2014 y los importes se tienen en cuenta para el cálculo de los derechos de pago base de 2015. Si el propietario y declarante (antes arrendador), no es nuevo en el sistema por haber cobrado PAC en 2013 aunque es un caso extraño, se trataría de alguien que tenía parte de su explotación arrendada con tierras y derechos y otra parte la seguía cultivando declarando el resto de tierras y derechos-, percibe sin mayor problema los pagos de 2014 y se tiene en cuenta para el cálculo de los derechos 7

de pago base de 2015, pues de oficio se trasmite los importes de los DPU y el cupo superficie. La situación descrita en este punto c) es similar a la que se daría si los derechos son del arrendatario, y al vencer el arrendamiento ahora en 2014, dicho arrendatario le vende o dona los derechos al arrendador o propietario de las tierras. En ningún caso podrá declarar derechos de pago en 2014 ni sucesivos, un arrendador ni su cónyuge- que haya recuperado tierras y derechos por vencimiento de contrato si estaba acogido al cese anticipado de la actividad agraria. 3. CESIONES DE DERECHOS EN 2014 POR CAMBIO DE TITULARIDAD. Los cambios de denominación o estatuto jurídico, fusiones y escisiones, herencias, transmisiones inter-vivos efectuados antes del 15 de mayo de 2014, el nuevo titular tendrá derecho a solicitar los derechos de pago base en 2015, en igualdad de condiciones que el titular original. 4. CREACION DE CONDICIONES ARTIFICIALES. CLÁUSULA DE ELUSIÓN. En el Real Decreto que se publique se establecerán disposiciones específicas para prevenir: La realización de operaciones especulativas en las trasferencias de explotación (tierras) y cambios de titularidad de las mismas. El incremento desmesurado del valor unitario de los derechos derivados de una disminución artificial en las hectáreas declaradas en 2015. Cualquier otra práctica que tenga por objeto el obtener o incrementar de manera artificial los derechos asignados. El cumplimiento irregular de la normativa en lo referente a la definición de agricultor activo y actividad agraria. León, 5 de marzo 2014 Normativa de aplicación: Reglamento (UE) 1307/2013 de 17 de diciembre de pagos directos. Reglamento (UE) 1306/2013 de 17 de diciembre sobre financiación, gestión y seguimiento de la PAC. Acuerdos en las conferencias sectoriales de Agricultura (MAGRAMA Y CC.AA.). Documentos FEGA. 8

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