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Transcripción:

EDYSEGUROS SEGUROS OPTATIVOS El cliente podrá contratar a través de Financiera EDYFICAR seguros adicionales, cuya cobertura, exclusiones, vigencia y demás condiciones constarán en el respectivo Certificado de Seguros que le será entregado con cargo de recepción, autorizando a Financiera EDYFICAR a cargar el importe de la(s) prima(s) correspondiente(s) al monto del préstamo otorgado, lo que constará detallado en la Hoja Resumen y Cronograma de Pago respectivo. Actualmente Financiera EDYFICAR ofrece los siguientes seguros y microseguros: 1. Seguro Negocio Protegido, producto de Pacifico Seguros Generales, empresa distinta a Financiera Edyficar 2. Seguro de Vida Protección Financiera, producto de Pacifico Seguros de Vida, empresa distinta a Financiera Edyficar 3. Microseguro Individual de Accidentes Familia Protegida, producto de Pacifico Seguros Generales, empresa distinta a Financiera Edyficar 4. Microseguro Individual de Accidentes Familia Protegida-Plan familiar, producto de Pacifico Seguros Generales, empresa distinta a Financiera Edyficar. 1. NEGOCIO PROTEGIDO: Qué cubre el seguro? Es un seguro destinado a proteger únicamente los bienes que se encuentran dentro del local o locales y que sean de propiedad del asegurado hasta por el monto de su préstamo (suma asegurada). Cubre las existencias tales como: mercadería, muebles, máquinas, equipos de oficina, de comunicación, mobiliario, útiles, enseres, herramientas, instrumentos y maquinaria en general frente a daños ocasionados por: - Incendio y/o rayo. - Desastres naturales: lluvias, inundaciones y huaycos. - Huelga, conmoción civil, asonada, daño malicioso, vandalismo, sabotaje y terrorismo. - Daños ocasionados directamente por agua y/o humo. Requisitos: - Ser cliente de Financiera EDYFICAR. - Tener un negocio propio, cuya actividad no se encuentre fuera de la cobertura de la póliza. Cómo adquirir el Seguro? El Seguro se solicita en el momento de la evaluación crediticia o en el desembolso del préstamo. Costos: La prima del seguro se calcula en función al monto del préstamo. Por ejemplo, si un préstamo es de S/. 3,000 a 12 meses, la prima del Seguro Negocio Protegido será de S/. 3.30 mensual, equivalente a una prima total de S/. 39.60 anual.

Rango del Préstamo Tasa de seguro Deducible mensual % (en caso de siniestro) De: S/. 0 a S/. 1,000 0.22 % S/. 50.00 De: S/. 1,001 a S/. 3,000 0.11 % S/. 150.00 De: S/. 3,001 a S/. 10,000 0.07 % S/. 300.00 De más de: S/. 10,000 0.05 % S/.500.00 Condiciones y características: - Ser persona natural, obtener un crédito en Financiera EDYFICAR y no encontrarse dentro de los giros de negocio excluidos - Ser propietario de un negocio, cuya actividad o giro no esté excluida de la cobertura del seguro o no este inmerso en las exclusiones de la póliza. Exclusiones Negocio Protegido: - El dolo, culpa grave o negligencia inexcusable del asegurado, sus dependientes, especialmente de los responsables de la seguridad de los bienes asegurados; y/o a la inobservancia total o parcial de las medidas preventivas y de seguridad existentes en la fecha de la contratación del Seguro y de las exigidas por las Condiciones Particulares de la Póliza. - Guerra, invasión, acto de enemigo extranjero, hostilidades u operaciones de guerra, declarada o no; insurrección, rebelión, sedición, revolución, conspiración, poder militar o usurpación del poder o cualquier otro evento o causa que determine la proclamación o el mantenimiento de la ley marcial o el estado de sitio. - Material para armas nucleares; y la emisión de radiaciones ionizantes o contaminación por la radioactividad de cualquier combustible nuclear o de cualquier desperdicio proveniente de la combustión de dicho combustible. Para los efectos de este apartado, se entiende por combustión, cualquier proceso de fisión nuclear que se sostiene por sí mismo. - Incendio de plantaciones, bosques, selvas, monte bajo, praderas, pampas y malezas o fuego empleado para el despeje del terreno; así como los provenientes de fermentación, vicio propio, calefacción o la desecación a que hubieran sido sometidos los objetos asegurados. Cultivos, plantaciones, cosechas de pie. - Los daños y/o desperfectos que sufran los aparatos eléctricos y/o sus accesorios por una causa inherente a su funcionamiento o por variación en la provisión de energía, a menos que provoquen incendio; en cuyo caso sólo quedarán cubiertas las pérdidas o daños producidos por tal incendio. - Robo de objetos asegurados antes, durante y/o después del incendio. La interrupción de la explotación comercial o industrial, así como los restantes daños y/o pérdidas indirectas o consecuenciales. - Pérdidas o daños causados por humedad atmosférica, llovizna o relente, así como los producidos por efecto de plagas, de toda especie, inclusive moho y/u hongos. - En cuanto se refiere al seguro contra daños por lluvia se excluye los bienes a la intemperie. En cuanto se refiere al seguro contra daños por inundación se excluyen los bienes en el campo abierto. - En caso de pérdidas o daños directamente por agua, se excluye el costo de reparar el desperfecto que originó la pérdida o daño ocasionado.

- Pérdidas o daños que resulten de la suspensión total o parcial del trabajo, o del retraso o interrupción o suspensión de cualquier procedimiento u operación. (Lucro Cesante). - Pérdidas o daños ocasionados en el acto y/o durante el desposeimiento permanente o temporal que resulte de la confiscación, requisición o incautación por cualquier autoridad legalmente constituida. - Pérdidas o daños ocasionados en el acto o durante el desposeimiento permanente o temporal de cualquier edificio, como consecuencia de la ocupación ilegal de dicho edificio por parte de cualquier persona o personas. - Pérdidas o daños ocasionados o a consecuencia de terremoto, maremoto (tsunami), salida del mar, marejada y oleaje. - El proceso de mano de obra defectuosa. Bienes excluidos: - La edificación o inmueble donde se encuentren los bienes del asegurado o el negocio. - Explosivos, aparatos pirotécnicos y similares. - Dinero en efectivo, bonos, billetes de banco, papeletas de empeño, acciones, valores, títulos, vouchers de tarjetas de crédito o débito, libretas de ahorro, cheques, letras de cambio, letras hipotecarias, pagarés y títulos valores en general, así como cualquier otro documento representativo de créditos, garantías, bienes o dinero. - Colecciones de cualquier naturaleza, tales como, pero no únicamente, las numismáticas o de estampillas o sellos; así como el valor atribuido a los bienes por razones sentimentales, por afición, antigüedad u otro motivo. - Los bienes no pertenecientes al asegurado, aunque se encuentren bajo su custodia en virtud de un contrato de depósito o en comisión o en consignación o por cualquier otro título. - Relojes de uso personal, perlas, piedras preciosas, metales preciosos (en bruto, semielaborados o bajo la forma de joyas, monedas, lingotes, medallas u otro modo de presentación con propósito de comercialización), platería; pieles; cuadros, pinturas, dibujos y, en general las obras de arte, muebles u objetos que tengan valor artístico, científico o histórico. - El costo de restitución de la documentación o información contable o estadística o de cualquier otra índole; la información contenida en cualquier sistema de procesamiento de datos; manuscritos, planos, dibujos, modelos, moldes, sellos y otros elementos similares. - Cualquier vehículo de propiedad de, u operado por el asegurado, el arrendatario o el tenedor del interés asegurado, a menos que esté expresamente incluido dentro de los valores declarados. - Animales vivos. Procedimiento en caso de siniestro: Ante la ocurrencia del siniestro, el asegurado está en la obligación de comunicar el siniestro por escrito de manera inmediata a Financiera EDYFICAR, quien tramitará el pago de la indemnización correspondiente ante la compañía,dicha comunicación escrita deberá ser efectuada mediante el llenado del formulario de Reporte de Siniestro.. Esta comunicación tendrá el mismo efecto que si hubiera sido presentada ante la compañía.

En todos los casos se deberán adjuntar los siguientes documentos, en original o copia legalizada, según corresponda: 1. Denuncia policial. 2. Declaración detallada de la pérdida. No obstante a lo anterior, la compañía tendrá siempre el derecho de solicitar cualquier otro antecedente o documento que acredite la preexistencia de los bienes siniestrados que estime necesarios para la evaluación del siniestro correspondiente. Desde la fecha en que el asegurado presente todos los documentos al contratante y/o Compañía de Seguros (a satisfacción de la compañía) esta tendrá como máximo 30 días útiles para emitir una comunicación al asegurado. En caso el asegurado se negara o no cumpliera con la entrega de los documentos solicitados podrá perder el derecho a la cobertura. Procedimiento de atención de reclamos: En caso el cliente desee presentar un reclamo, podrá hacerlo en la agencia de Financiera EDYFICAR de su localidad o a través de su central telefónica (01)202-8282 o a través de la central de información y ventas de Pacífico Seguros Generales al (01) 513-5000 o acercándose las oficinas de Pacífico Seguros Generales ubicadas en la Av. Juan de Arona N 830- San Isidro, Lima. En caso de persistencia del reclamo o queja, el asegurado podrá optar por los mecanismos de solución de controversias que considere adecuado para hacer prevalecer sus derechos. La compañía es la única y exclusiva responsable por el cumplimiento del íntegro de las estipulaciones contenidas en la póliza. Defensoría del asegurado: El asegurado y el beneficiario tienen derecho a acudir a la Defensoría del Asegurado, entidad que procura resolver las controversias que surjan entre ellos y la compañía, de acuerdo a los términos del Reglamento de la Defensoría del Asegurado. Su oficina está ubicada en la calle Arias Arangüez Nº 146, Urbanización San Antonio, distrito de Miraflores, Lima. Teléfono: 446-9158. Página web: www.defaseg.com.pe Lo señalado anteriormente es netamente informativo, prevaleciendo las condiciones de la Póliza de incendio N 6022985 de El Pacífico-Peruano Suiza Compañía de Seguros y Reaseguros, empresa distinta a Financiera EDYFICAR. Para mayor información de las condiciones de éste seguro revisar la Póliza de Incendio N 6022985 emitida por Pacífico Seguros Generales. Mayor información sobre los rangos de préstamo y montos de las primas en el tarifario publicado en esta página web, www.edyficar.com.pe

2. SEGURO DE VIDA PROTECCIÓN FINANCIERA: (PERSONAS NATURALES) En caso de fallecimiento o invalidez total y permanente, le otorgamos al cliente o a sus beneficiarios el monto del préstamo desembolsado. Cómo adquirir el Seguro? El seguro se solicita en cualquier momento de la evaluación crediticia o hasta el desembolso del préstamo. Requisitos: - Ser una persona natural que obtenga un crédito en Financiera EDYFICAR. - Tener entre 18 y 70 años de edad. Coberturas: - Vida: Cubre el fallecimiento del asegurado por causas naturales o accidentales. - Invalidez total y permanente por accidente: Se considera únicamente los siguientes casos: Descerebramiento que impida realizar trabajo alguno; fractura incurable de la columna vertebral; pérdida total de la visión de ambos ojos, ambas manos, ambos pies, o una mano y un pie. - Invalidez total y permanente por enfermedad (diagnosticada con posterioridad a los 6 meses de inicio de vigencia de la cobertura del seguro) Disminución física o intelectual, continua e interrumpida durante más de 6 meses, igual o superior a los 2/3 de su capacidad de trabajo, reconocida por la Compañía utilizando los criterios establecidos para el Sistema Privado de Pensiones. En caso de prepago total del crédito, la vigencia de las cobertura es mientras el crédito continue vigenet, en caso de prepago la cobertura caduca en la misma fecha que el crédito. Asimismo, en caso de ampliación de periodo de vigencia del crédito por cualquier causa, la vigencia de las coberturas finalizará en la fecha de término según el cronograma original de pagos, aprobado a la fecha de desembolso inicial. Suma asegurada: Monto equivalente a la suma del crédito inicial financiado por Financiera EDYFICAR, hasta un máximo de S/. 145,000. El pago de cualquiera de estas coberturas extingue el contrato de seguro. Beneficiarios: - Para la cobertura de Vida: Los designados en la solicitud de seguro. - Para las coberturas de Invalidez: El Asegurado. En caso de impedimento de éste, el beneficio será entregado a su cónyuge, curador o apoderado especial. Exclusiones:

- Enfermedad grave y/o crónica preexistente. - Suicidio o daños autoinflingidos. - Accidentes aéreos, excepto como pasajero de vuelo comercial sobre ruta sujeta a itinerario regular. - Participación activa en acto delictuoso, guerra, servicio militar o policial de cualquier índole; actos de guerrilla, rebelión, motín, conmoción contra el orden público, terrorismo, huelga o tumulto popular. - Participación de deportes notoriamente peligrosos como: inmersión submarina; montañismo; ala delta; paracaidismo; carreras de caballo, automóviles, motocicletas y lanchas (como piloto o acompañante). - SIDA/HIV. - Estado etílico o uso de drogas y/o estupefacientes. - La participación del asegurado en actos temerarios o actividades notoriamente peligrosas, que ponen en grave peligro su vida e integridad física. Adicionalmente se excluye la invalidez total y permanente por accidente a consecuencia de menoscabos físicos preexistentes o accidentes médicos tales como apoplejía, síncopes, edemas agudos, infartos al miocardio, trombosis, ataques epilépticos u análogos. Costos: La prima de seguro se calcula en función al plazo original del préstamo, multiplicando la tasa correspondiente por el monto original del préstamo. Duración Tasa por ciento Duración Tasa por ciento Duración Tasa por ciento Hasta 6 meses 0.26 De 43 a 48 meses 1.97 De 85 a 90 meses 3.77 De 7 a 12 meses 0.43 De 49 a 54 meses 2.23 De 91 a 96 meses 4.03 De 13 a 18 meses 0.69 De 55 a 60 meses 2.49 De 97 a 102 meses 4.29 De 19 a 24 meses 0.94 De 61 a 66 meses 2.74 De 103 a 108 meses 4.54 De 25 a 30 meses 1.20 De 67 a 72 meses 3.00 De 109 a 114 meses 4.80 De 31 a 36 meses 1.46 De 73 a 78 meses 3.26 De 115 a 120 meses 5.06 De 37 a 42 meses 1.71 De 79 a 84 meses 3.51 Las primas no incluyen IGV. En la actualidad, las pólizas de vida están exoneradas de IGV cuando el comprobante de pago es emitido a una persona natural residente en el Perú. Tener presente que: - El Seguro de Vida Protección Financiera que se contrate, no reemplaza al seguro de desgravamen. - La activación de la cobertura procederá desde el desembolso del préstamo y permanecerá durante la vigencia del mismo. - La prima total de este seguro será financiada por Financiera EDYFICAR, incluyéndose como parte del monto total de tu préstamo. - Contratar el Seguro de Vida Protección Financiera es optativo.

Procedimiento en caso de siniestro En caso de siniestro, el Asegurado o sus beneficiarios, deberán acercarse a cualquier oficina de Financiera Edyficar de su localidad y presentar la documentación indicada para cada cobertura o copia legalizada, dentro del plazo de prescripción establecido, que actualmente es de 10 años. En caso de fallecimiento natural o accidental: En Caso Invalidez Total y Permanente: Estado de cuenta de Crédito. Original o Copia legalizada de la Partida o Acta de Defunción. Certificado médico de defunción completo legalizado. Informe médico ampliatorio (formato de la Compañía). Copia de Documento Nacional de Identidad o Partida de Nacimiento del Asegurado. Confirmación formal del monto del crédito inicial desembolsado por parte del Banco Adicionalmente, en caso de Muerte Accidental, deberá presentar: Original o copia legalizada del Atestado policial Completo (o Carpeta Fiscal) Original o Copia legalizada del Protocolo o Acta de Necropsia Completo. Resultado del examen de dosaje etílico y toxicológico. Facilitar cualquier comprobación, incluso de dos (2) exámenes médicos por facultativos designados por la compañía y con gastos a cargo de esta. Original o Copia legalizada del Informe del médico tratante. Exámenes clínicos y demás elementos auxiliares que dispongan. Copia del Documento de Identidad. Confirmación formal de la suma del crédito inicial desembolsado por parte del Banco. Los demás que solicite la Compañía. Adicionalmente, en caso de Invalidez Total y Permanente por Accidente, deberá presentar: Atestado policial vinculado al accidente, de corresponder. A falta del mismo, documentos que demuestren las circunstancias en que se produjo el accidente que ocasiona la invalidez total y permanente del Asegurado. La Compañía de seguros podrá exigir documentos adicionales vinculados al siniestro, necesarios para la evaluación de la cobertura. En caso el Asegurado no estuviera de acuerdo con la respuesta brindada por la Compañía en atención a un siniestro podrá acudir a la Defensoría del Asegurado ubicada en Arias Aragüez Nº 146, Urbanización San Antonio, distrito de Miraflores, Lima-Perú (www.defaseg.com.pe) o al teléfono 446-9158. Cualquier consulta, podrá contactarse con la Central de Servicio al Asegurado de Pacífico Seguros de Vida: 0800-1-VIDA (0-800-1-8432) o acérquese a las oficinas de Pacífico Seguros de Vida ubicadas en Juan de Arona N 830, San Isidro Lima. Lo señalado anteriormente es netamente informativo, prevaleciendo las condiciones de la póliza N 39230 emitida por El Pacífico Vida Compañía de Seguros y Reaseguros S.A., empresa distinta a Financiera EDYFICAR.

3. MICROSEGURO INDIVIDUAL ACCIDENTES FAMILIA PROTEGIDA: Qué cubre el seguro? Este seguro protege al asegurado frente a casos de muerte accidental, invalidez total y permanente por accidente y/o desamparo súbito familiar 1 por una prima mensual equivalente a S/. 3.00. Es decir, si el asegurado tiene un accidente y fallece, o si él fallece en el mismo accidente con su cónyuge o conviviente declarada en la póliza, el seguro otorgará a sus beneficiarios una suma fija total de S/. 15,000.00. En caso quede en situación de invalidez total y permanente debido al accidente, el seguro le otorgará una suma fija total de S/. 5,000.00. Requisitos: Ser cliente de Financiera EDYFICAR. Tener entre 18 y 65 años de edad. Cómo adquirir el Seguro? El Seguro se solicita en cualquier momento de la evaluación crediticia o hasta en el momento previo al desembolso del préstamo. Coberturas: Coberturas: Suma asegurada Muerte Accidental S/. 15,000 Invalidez total y permanente por accidente. S/. 5,000 Desamparo súbito familiar S/. 15,000 (adicionales a los S/15,000 de muerte accidental) Ejemplo: Monto Plazo Prima mensual Prima total S/. 1,000.00 6 meses S/. 3.00 S/. 18.00 S/. 1,000.00 12 meses S/. 3.00 S/. 36.00 Condiciones y Características: Toda persona natural que obtenga un crédito en Financiera EDYFICAR y que no se encuentre comprendido dentro de las exclusiones de la póliza. Exclusiones del Microseguro Individual de Accidentes Familia Protegida: - Guerra, rebelión, revolución o golpe de Estado y radiación nuclear. - Huelga, motín y conmoción civil, daño malicioso, vandalismo y terrorismo. - Participación activa del asegurado en actos delictivos, subversivos o terroristas, o en actos violatorios de leyes. 1 Muerte del Asegurado y su cónyuge o conviviente declarado(a) en la póliza, en un mismo accidente

- Suicidio o lesiones inferidas al asegurado por sí mismo o por un tercero con su consentimiento. - Por acto delictivo contra el asegurado cometido en calidad de autor o cómplice por el beneficiario o heredero, dejando a salvo el derecho de los demás herederos legales si los hubiera. - Accidentes bajo los efectos del alcohol y/o drogas. Procedimiento en caso de siniestro: Ante la ocurrencia del siniestro, el asegurado o su beneficiario, está en la obligación de comunicar el siniestro por escrito de manera inmediata a Financiera EDYFICAR, quien tramitará el pago de la indemnización correspondiente ante la compañía. Dicha comunicación escrita deberá ser efectuada mediante el llenado del formulario de Reporte de Siniestro Esta comunicación tendrá el mismo efecto que si hubiera sido presentada ante la compañía. En todos los casos se deberá adjuntar los siguientes documentos, en original o copia legalizada, según corresponda. En caso de Muerte Accidental y Desamparo Súbito Familiar, se deberá presentar: - Copia del documento nacional de identidad del asegurado. - Copia del documento nacional de identidad del beneficiario. - Acta o certificado médico de defunción. - Protocolo de necropsia completo, con todos sus anexos. - Resultado del examen de dosaje etílico. - Resultado del análisis toxicológico. - Parte o atestado policial. - Testamento, resolución judicial o acta notarial de sucesión intestada debidamente inscrita en registros públicos, en caso que no se haya designado beneficiario en esta póliza. No obstante lo anterior, la compañía tendrá siempre el derecho de solicitar cualquier otro antecedente o documento que estime necesario para la evaluación del siniestro correspondiente. En caso que el beneficiario fuera menor de edad se deberá presentar los siguientes documentos: - Copia de DNI del menor - Partidas de Nacimiento del menor - DNI del Tutor del menor - Recibo de Servicios (Luz - Agua - Teléfono) En caso de invalidez total y permanente por accidente, se deberá presentar: - Copia del documento nacional de identidad del asegurado. - Resultado del examen de dosaje etílico emitido por la Policía Nacional del Perú, en el caso de accidentes de tránsito, en el que el asegurado era conductor del vehículo. - Certificado médico que señale la invalidez total y permanente del asegurado. Procedimiento de atención de reclamos: En caso el cliente desee presentar un reclamo, podrá hacerlo en la agencia de Financiera

EDYFICAR de su localidad o a través de su central telefónica (01)202-8282, o a través de la central de información y ventas de Pacífico Seguros Generales al (01) 513-5000 o acercándose las oficinas de Pacífico Seguros Generales ubicadas en la Av. Juan de Arona N 830- San Isidro, Lima. En caso de persistencia del reclamo o queja, el asegurado podrá optar por los mecanismos de solución de controversias que considere adecuado para hacer prevalecer sus derechos. La compañía es la única y exclusiva responsable por el cumplimiento del íntegro de las estipulaciones contenidas en la póliza. Defensoría del asegurado: El asegurado y/o el beneficiario tienen derecho a acudir a la defensoría del asegurado, entidad que procura resolver las controversias que surjan entre ellos y la compañía, de acuerdo a los términos del reglamento de la defensoría del asegurado. Su oficina está ubicada en la calle Arias Arangüez Nº 146, Urbanización San Antonio, distrito de Miraflores, Lima. Teléfono: 446-9158. Página web: www.defaseg.com.pe Lo señalado anteriormente es netamente informativo, prevaleciendo las condiciones de la póliza N 39230 de Pacífico Seguros Generales, empresa distinta a Financiera EDYFICAR. Para mayor información de éste seguro revisar su póliza Nº 39230, emitida por El Pacífico- Peruano Suiza Compañía de Seguros y Reaseguros. 4. MICROSEGURO ACCIDENTES FAMILIA PROTEGIDA PLAN FAMILIAR: Qué cubre el seguro? Este seguro protege al asegurado y su cónyuge frente a casos de muerte accidental, invalidez total y permanente por accidente y/o desamparo súbito familiar 2 por una prima mensual equivalente a S/. 4.50. Es decir, si el asegurado o su cónyuge tienen un accidente y fallecen, o si ambos fallecen en el mismo accidente, el seguro otorgará a sus beneficiarios una suma fija total de S/. 15,000.00 por cada asegurado. En caso quede en situación de invalidez total y permanente debido al accidente, el seguro le otorgará una suma fija total de S/. 5,000.00 a cada asegurado. Requisitos: El titular debe ser cliente de Financiera EDYFICAR. Tanto el titular como el conyuge deben tener entre 18 y 65 años de edad. Cómo adquirir el Seguro? El Seguro se solicita en cualquier momento de la evaluación crediticia o hasta en el momento previo al desembolso del préstamo. 2 Muerte del Asegurado y su cónyuge en un mismo accidente

Coberturas: Coberturas: Suma asegurada Muerte Accidental S/. 15,000 Invalidez total y permanente por accidente. S/. 5,000 Desamparo súbito familiar S/. 15,000 Ejemplo: Condiciones y Características: Monto Plazo Prima mensual Prima total S/. 1,000.00 6 meses S/. 4.50 S/. 27.00 S/. 1,000.00 12 meses S/. 4.50 S/. 54.00 Toda persona natural que obtenga un crédito en Financiera EDYFICAR y que no se encuentre comprendido dentro de las exclusiones de la póliza. Exclusiones del Microseguro Individual de Accidentes Familia Protegida: - Guerra, rebelión, revolución o golpe de Estado y radiación nuclear. - Huelga, motín y conmoción civil, daño malicioso, vandalismo y terrorismo. - Participación activa del asegurado en actos delictivos, subversivos o terroristas, o en actos violatorios de leyes. - Suicidio o lesiones inferidas al asegurado por sí mismo o por un tercero con su consentimiento. - Por acto delictivo contra el asegurado cometido en calidad de autor o cómplice por el beneficiario o heredero, dejando a salvo el derecho de los demás herederos legales si los hubiera. - Accidentes bajo los efectos del alcohol y/o drogas. Procedimiento en caso de siniestro: Ante la ocurrencia del siniestro, el asegurado o su beneficiario, está en la obligación de comunicar el siniestro por escrito de manera inmediata a Financiera EDYFICAR, quien tramitará el pago de la indemnización correspondiente ante la compañía. Dicha comunicación escrita deberá ser efectuada mediante el llenado del formulario de Reporte de Siniestro Esta comunicación tendrá el mismo efecto que si hubiera sido presentada ante la compañía. En todos los casos se deberá adjuntar los siguientes documentos, en original o copia legalizada, según corresponda.

En caso de Muerte Accidental y Desamparo Súbito Familiar, se deberá presentar: - Copia del documento nacional de identidad de la persona que falleció - Copia del documento nacional de identidad del(os) beneficiario(os). - Acta o certificado médico de defunción. - Protocolo de necropsia completo, con todos sus anexos. - Resultado del examen de dosaje etílico. - Resultado del análisis toxicológico. - Parte o atestado policial. - Testamento, resolución judicial o acta notarial de sucesión intestada debidamente inscrita en registros públicos, en caso que no se haya designado beneficiario en esta póliza. No obstante lo anterior, la compañía tendrá siempre el derecho de solicitar cualquier otro antecedente o documento que estime necesario para la evaluación del siniestro correspondiente. En caso que el beneficiario fuera menor de edad se deberá presentar los siguientes documentos: - Copia de DNI del menor - Partidas de Nacimiento del menor - DNI del Tutor del menor - Recibo de Servicios (Luz - Agua - Teléfono) En caso de invalidez total y permanente por accidente, se deberá presentar: - Copia del documento nacional de identidad del asegurado. - Resultado del examen de dosaje etílico emitido por la Policía Nacional del Perú, en el caso de accidentes de tránsito, en el que el asegurado era conductor del vehículo. - Certificado médico que señale la invalidez total y permanente del asegurado. Procedimiento de atención de reclamos: En caso el cliente desee presentar un reclamo, podrá hacerlo en la agencia de Financiera EDYFICAR de su localidad o a través de su central telefónica (01)202-8282, o a través de la central de información y ventas de Pacífico Seguros Generales al (01) 513-5000 o acercándose las oficinas de Pacífico Seguros Generales ubicadas en la Av. Juan de Arona N 830- San Isidro, Lima. En caso de persistencia del reclamo o queja, el asegurado podrá optar por los mecanismos de solución de controversias que considere adecuado para hacer prevalecer sus derechos. La compañía es la única y exclusiva responsable por el cumplimiento del íntegro de las estipulaciones contenidas en la póliza. Defensoría del asegurado: El asegurado y/o el beneficiario tienen derecho a acudir a la defensoría del asegurado, entidad que procura resolver las controversias que surjan entre ellos y la compañía, de acuerdo a los términos del reglamento de la defensoría del asegurado. Su oficina está ubicada en la calle Arias Arangüez Nº 146, Urbanización San Antonio, distrito de Miraflores, Lima. Teléfono: 446-9158. Página web: www.defaseg.com.pe

Lo señalado anteriormente es netamente informativo, prevaleciendo las condiciones de la póliza N 39230 de Pacífico Seguros Generales, empresa distinta a Financiera EDYFICAR. Para mayor información de éste seguro revisar su póliza Nº 39230, emitida por El Pacífico- Peruano Suiza Compañía de Seguros y Reaseguros.