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Transcripción:

1.DISPOSICIONES GENERALES CONSEJO DE GOBIERNO Decreto 80/2016, 22 dcembre, por el que se termnan las condcones a las que ha ajustarse la prórroga los Presupuestos Generales la Comundad Autónoma Cantabra para 2016. PREÁMBULO La elaboracón los Presupuestos Generales Cantabra para 2017, se ha vsto alterada por una sere crcunstancas ajenas al Goberno Cantabra, que hacen mposble cumplr el artículo 37.1 la Ley 14/2006, Fnanzas Cantabra don establece que el "El proyecto Ley Presupuestos Generales la Comundad Autónoma, ntegrado por el artculado con sus anexos y los estados ngresos y gastos, con el nvel vnculacón crédtos establecdo en el artículo 43 esta Ley, será remtdo al Parlamento antes l día trenta y uno octubre l año anteror al que se refera". Des la convocatora las eleccones Generales dcembre 2015, el Goberno España ha estado en funcones hasta prncpos l mes novembre 2016, lo que ha mpeddo la tramtacón los Presupuestos Generales l Estado para 2017 en el perodo tempo habtual. En estos momentos, el Goberno España está elaborando el Presupuesto para el ejercco 2017 con la certeza que, durante un perodo tempo ntermnado, berán prorrogarse los Presupuestos Generales l Estado 2016. Esta stuacón nterndad e ncertdumbre ha afectado, nevtablemente, al proceso elaboracón presupuestaro la Comundad Autónoma Cantabra, al no dsponer datos esencales para la correcta tramtacón los Presupuestos l ejercco 2017. En este sentdo, es mportante señalar que no fue hasta el día 6 octubre 2016 cuando el Mnstero Hacenda y Admnstracones Públcas comuncó los datos provsonales las Entregas a Cuenta l Sstema Fnancacón Autonómca para el 2017 que resultaron ser cfras prorrogadas las entregas a cuenta l ejercco 2016 junto el dato la Lqudacón l ejercco 2015. Amás, hasta la reunón l Consejo Polítca Fscal y Fnancera, l 1 dcembre 2016, no se aprobaron los objetvos Establdad Presupuestara (0,6% PIB), Deuda (24,0% PIB), n el dato relatvo a la regla gasto para el ejercco 2017 (2,1%). Sn estos datos, y la ncertdumbre en cuanto a la normatva o regulacón que suele contener la Ley Presupuestos Generales l Estado, en muchos casos normatva básca para el resto Admnstracones Públcas, en matera personal entre otras, el Goberno Cantabra ha trabajado en la elaboracón los presupuestos sn contar con la sufcente segurdad fnancera y jurídca que permtera artcular un documento presupuestaro con sufcente valz para afrontar los retos a los que se enfrenta la Comundad Autónoma Cantabra en el ejercco 2017. En estos momentos, ya es evnte que no es posble que el Proyecto Ley Presupuestos Generales Cantabra para 2017, pueda tramtarse en el Parlamento y entrar en vgor antes l 1 enero 2017. Ante esta stuacón, se hace necesaro, por tanto, prorrogar la vgenca l Presupuesto l ejercco 2016 tal y como recoge el artículo 56 l Estatuto Autonomía para Cantabra (Ley Orgánca 8/1981, 30 dcembre) don se establece que "S los presupuestos generales la Comundad Autónoma no fueran aprobados antes l prmer día l ejercco económco corresponnte, quedará automátcamente prorrogada la vgenca los anterores". En el msmo sentdo el artículo 38.1 la Ley 14/2006 Fnanzas Cantabra, contempla que la duracón esta prórroga presupuestara será hasta la aprobacón y publcacón los nuevos Presupuestos Generales en el Boletín Ofcal la Comundad Autónoma Cantabra. Pág. 3531 1/5

S ben, según lo ndcado anterormente, la prórroga presupuestara es un nstrumento jurídco aplcacón automátca y, por tanto, no requere acto alguno los pores ejecutvo o legslatvo que la claren, es obvo que, en la medda que se be garantzar un acuado funconamento los servcos públcos y la actvdad económco-fnancera todos los entes públcos la Comundad Autónoma Cantabra, se hace mprescndble regular las condcones o crteros aplcacón la prórroga presupuestara durante el perodo su vgenca. Por últmo, durante el perodo que dure la stuacón prórroga presupuestara sguen plenamente vgentes los prncpos báscos recogdos en la Ley Orgánca 2/2012, 27 abrl, Establdad Presupuestara y Sostenbldad Fnancera, bendo, por tanto, adoptarse las meddas necesaras para garantzar la no vulneracón los objetvos establdad presupuestara para el ejercco 2017. Por lo tanto, atenndo al artículo 120 la Ley Cantabra 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra, a propuesta l consejero Economía, Hacenda y Empleo, preva lberacón l Consejo Goberno en su sesón 22 dcembre 2016, DISPONGO Artículo 1. Objeto. El objeto este Decreto es regular los crteros aplcacón la prórroga los presupuestos generales la Comundad Autónoma Cantabra para 2016, s el 1 enero 2017 hasta la aprobacón y entrada en vgor la Ley Presupuestos Generales para 2017. Artículo 2. Prórroga l presupuesto. 1. Des el 1 enero 2017, y hasta la aprobacón y entrada en vgor la Ley Presupuestos Generales la Comundad Autónoma Cantabra para 2017, quedan prorrogados los crédtos ncales a nvel vnculacón los Presupuestos Generales para el año 2016 aprobados por la Ley 5/2015, 28 dcembre, en los térmnos establecdos por el presente Decreto. 2. La prórroga no afectará a los crédtos para gastos corresponntes a programas o actuacones que termnen en el ejercco 2016 o para oblgacones que se hayan extngudo en dcho ejercco. Artículo 3. Adaptacón las estructuras l presupuesto prorrogado. 1. La estructura orgánca l Presupuesto prorrogado se adaptará, sn alteracón la cuantía total, a la organzacón admnstratva en vgor el 1 enero 2017. 2. Las clasfcacones económca y por programas los ngresos y gastos l presupuesto prorrogado se adaptarán a las modfcacones que se hayan ntroducdo durante el ejercco 2016 y que resulten necesaras. 3. Corresponrá a la Dreccón General Tesorería, Presupuestos y Polítca Fnancera llevar a cabo las adaptacones las estructuras l presupuesto prorrogado que resulten necesaras. Artículo 4. Fnancacón los crédtos prorrogados. 1. Se prorrogan las prevsones ncales l estado ngresos ncludas en la Ley 5/2015, 28 dcembre, con excepcón las que se consren mposble realzacón y las que rven operacones enudamento que huberan sdo ncludas en la estmacón ncal los presupuestos para 2016. 2. Realzada la apertura la contabldad presupuestara conforme a los crédtos ncales l presupuesto ngresos para 2016, la Dreccón General Tesorería, Presupuestos y Polítca Fnancera revsará el estado ngresos que tendrá vgenca durante la prórroga en Pág. 3532 2/5

funcón las prevsones que se rven la lqudacón l presupuesto ngresos l ejercco prorrogado, los recursos procentes l sstema fnancacón autonómca y la prevsón fondos fnalstas. S el volumen ngresos estmados resultase nferor al prorrogado, se autorza al consejero Economía, Hacenda y Empleo a que proceda a la retencón crédtos en el presupuesto gastos por la totaldad la cantdad excedda, con el objeto preservar el equlbro presupuestaro. 3. Los crédtos precsos para hacer frente a las oblgacones enudamento que sea preceptvo reconocer se prorrogan según los compromsos adqurdos. Artículo 5. Establdad presupuestara y sostenbldad fnancera. Los crédtos prorrogados para 2017 berán dar cumplmento a los objetvos défct públco, uda públca y regla gasto establecdos por el Consejo Mnstros. Para el cumplmento tales objetvos se autorza al consejero Economía, Hacenda y Empleo para realzar las retencones crédtos necesaras. Artículo 6. Gestón crédtos durante la prórroga. 1. Durante la vgenca l perodo prórroga la gestón los crédtos se ajustará a lo establecdo en la Ley Cantabra 14/2006, 24 octubre, Fnanzas Cantabra. 2. Por lo que respecta a los compromsos gasto pluranual y a los expentes gasto antcpado, en caso que en el presupuesto prorrogado no haya crédto acuado o éste sea nsufcente, la seccón presupuestara corresponnte berá nstar la tramtacón las modfcacones presupuestaras que sean necesaras para asumr todos los compromsos adqurdos o ben proponer la modfcacón los expentes compromsos gasto vgentes que haya que ajustar. Durante la prmera quncena l mes enero 2017, la Dreccón General Tesorería, Presupuestos y Polítca Fnancera facltará a las dversas seccones presupuestaras una relacón los compromsos que no tengan cabda en los crédtos dsponbles resultantes la prórroga presupuestara para que estas seccones puedan nstar las modfcacones crédto que correspondan o el ajuste l expente gasto. En caso ncumplmento la oblgacón prevsta en el párrafo prmero l presente apartado, la Dreccón General Tesorería, Presupuestos y Polítca Fnancera podrá tramtar las modfcacones presupuestaras necesaras. Artículo 7. Tramtacón expentes gasto durante el período prórroga. 1. Durante el período vgenca la prórroga l presupuesto y hasta el límte l crédto ncal a nvel vnculacón aprobado en el Presupuesto 2016, la tramtacón expentes gasto se ajustará a los sguentes crteros: a) Los gastos personal con cargo al capítulo I, se ejecutarán con las remuneracones prevstas ndvdualmente para la categoría respectva y respetando las plazas dotadas y ocupadas a 31 dcembre 2016 y las comprometdas como consecuenca procesos seleccón o provsón puestos ncados con anterordad a la entrada en vgor l presente Decreto. b) Con cargo al capítulo II (gastos correntes en benes y servcos), se ejecutarán: Los gastos ordnaros funconamento precsos para la prestacón los servcos públcos. Los compromsos pluranuales contraídos en ejerccos anterores. Las oblgacones generadas en ejerccos anterores rvadas compromsos gasto bdamente adqurdos en el año 2016. Los compromsos, aprobacones y retencones crédto corresponntes a expentes tramtacón antcpada. Pág. 3533 3/5

Los expentes gasto que resulten acuerdos convaldacón rvados oblgacones generadas en ejerccos anterores. c) Los gastos fnanceros, con cargo al capítulo III, y los pasvos fnanceros, con cargo al capítulo IX, se ejecutarán aquellos rvados la cobertura l coste las operacones crédto y más la msma naturaleza. d) Con cargo al resto Capítulos l Estado Gastos (IV, VI, VII y VIII), se ejecutarán: Los compromsos pluranuales contraídos en ejerccos anterores. Las oblgacones generadas en ejerccos anterores rvadas compromsos gasto bdamente adqurdos en el año 2016. Los compromsos, aprobacones y retencones crédto corresponntes a expentes tramtacón antcpada. Los expentes gasto que resulten acuerdos convaldacón rvados oblgacones generadas en ejerccos anterores. Los compromsos rvados dsposcones, convenos y contratos programa que estuvesen en vgor el 31 dcembre 2016 y que supongan oblgacones en el 2017, así como aquellos compromsos bdamente adqurdos que se stnen a pensones, prestacones económcas, subvencones y ayudas a que el benefcaro tuvera recho el 1 enero 2017 o tracto sucesvo que se generen por cumplmento requstos establecdos en una norma legal. Los gastos fnancados con recursos fnalstas sempre que se acredte la exstenca l compromso fnancacón la Admnstracón o entdad cofnancadora. 2. Con la excepcón los supuestos recogdos en el punto anteror, solo podrán tramtarse nuevos expentes gasto en las sguentes stuacones: a) Expentes gasto por cuantía nferor a 100.000 euros en el Capítulo II. b) Expentes gasto rvados l cumplmento sentencas judcales, procedmentos responsabldad patrmonal, abono ntereses mora o naturaleza smlar. c) Expentes gasto que respondan a stuacones urgente e naplazable necesdad. En este caso el órgano gestor elaborará una memora justfcatva, solctando expresa autorzacón la Dreccón General Tesorería, Presupuestos y Polítca Fnancera antes la tramtacón l corresponnte expente gasto. Artículo 8. Dsposcones específcas para el resto Entes l Sector Públco la Comundad Autónoma Cantabra. 1. En cuanto a los Entes l Sector Públco la Comundad Autónoma Cantabra con presupuestos lmtatvos y que se fnancen con aportacones dneraras con cargo a los Presupuestos Generales Cantabra, ncluda la Unversdad Cantabra, berán adaptar, durante el perodo prorroga presupuestara, sus compromsos gasto a las aportacones ncalmente prevstas en los Presupuestos Generales 2016 y aplcando los crteros recogdos en los artículos anterores. 2. Los Entes l Sector Públco Empresaral y Fundaconal, asmsmo, acuarán su gestón económco-fnancera a los crteros establecdos en la presente norma para el resto Entes l Sector Públco la Comundad Autónoma Cantabra. 3. Para la tramtacón las aportacones dneraras los entes anterores, se requerrá autorzacón preva la Dreccón General Tesorería, Presupuestos y Polítca Fnancera. DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA Para la gestón los antcpos caja fja las Consejerías y Organsmos Autónomos, se consraran vgentes los Anexos las Órnes dctadas durante el ejercco 2016, en tanto se mantenga vgente la prórroga l presupuesto. Pág. 3534 4/5

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA Correspon al consejero Economía, Hacenda y Empleo dctar las dsposcones necesaras para el sarrollo, ejecucón e nterpretacón l presente Decreto. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA El presente Decreto entrará en vgor el 1 enero 2017. 2016/11453 Santanr, 22 dcembre 2016. El presnte l Consejo Goberno, Mguel Ángel Revlla Roz. El consejero Economía, Hacenda y Empleo, Juan José Sota Verdón. Pág. 3535 5/5