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Transcripción:

RESAM PREGUNTAS FRECUENTES El siguiente documento tiene como finalidad dar respuesta a las preguntas frecuentes que puedan llegar a presentarse al momento de la utilización del registro. Se recuerda que además se encuentra disponible el Documento de Gestión donde se demuestra gráficamente y paso por paso las acciones a realizarse en el RESAM. 1. Qué significa RESAM? RESAM es el Registro Nacional de Personas Internadas por Motivos de Salud Mental (Resolución 961/2013). El mismo se incluyó dentro del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA). Este sistema es una herramienta que concentra la información correspondiente a las acciones sanitarias que se llevan a cabo en el territorio de la Nación Argentina. 2. Cómo surge el RESAM? El RESAM surge ante la necesidad de contar con información actualizada respecto del proceso de adecuación de los efectores de salud a los objetivos y principios expuestos en la Ley Nacional de Salud Mental N 26.657, con el fin de garantizar el cumplimiento de los derechos de los usuarios. 3. Qué tipo de información se registra en el RESAM? El registro contempla información relacionada a las siguientes dimensiones: Características sociodemográficas del usuario Situación habitacional Situación vincular Diagnóstico Condiciones de internación Situación judicial Características del egreso

4. Es obligatorio para la institución completar el RESAM? Si, deberá ser implementado en todos los establecimientos de salud con internación en salud mental y adicciones. El ingreso de los datos debe ser completo y oportuno. 5. En qué tipo de establecimientos deberá ser implementado? Dicho registro deberá ser implementado en todos los establecimientos de salud con internación en salud mental y adicciones del ámbito público, privado y de la seguridad social del país. 6. Quiénes pueden acceder a los datos nominalizados? En relación al mantenimiento y acceso a los datos personales y sensibles contenidos en los registros del SISA, se siguen las prescripciones jurídicas en materia de secreto profesional y derecho a la confidencialidad de la Ley 25.326 de protección de los datos personales. De esta manera, solo en el efector donde se registre la internación y el propio ciudadano podrán acceder a la información nominalizada. 7. Quién es el responsable de cargar los datos? Es el propio establecimiento el que designa quiénes serán los responsables de la carga. Puede realizar esta tarea cualquier profesional del ámbito de Salud Mental, las personas encargadas del área de estadística, etc. 8. El establecimiento debe cargar datos en el RESAM aunque tenga otros registros con variables similares? Sí, aunque se carguen datos en otros registros, el RESAM tiene variables específicas indispensables para evaluar la adecuación de los establecimientos a Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657. 9. Quién realiza las capacitaciones para la utilización del RESAM? Las capacitaciones iniciales son realizadas por el equipo de epidemiología de la Dirección Nacional de Salud Mental y Adicciones (DNSMyA) y el equipo del SISA. Sin embargo, aquellas jurisdicciones

y/o establecimientos que hayan sido capacitados, podrán hacerla extensiva a los establecimientos que se adhieran y a quienes no hayan podido capacitarse. Debe tenerse en cuenta que para realizarlas se deberá notificar con anterioridad (7 días) al equipo de epidemiología de la DNSMyA para acondicionar el entorno de prueba. 10. Cómo accedo al RESAM? Al RESAM se accede a través de la página web del SISA (sisa.msal.gov.ar). Se ingresa con un nombre de usuario y contraseña que deberá ser generado para cada persona. 11. Cuáles son los diferentes tipos de usuarios? a. Operadores de establecimiento: El perfil de operador de establecimiento es el que podrá cargar las internaciones, y hacer reportes de su institución. Tendrá asignados los siguientes permisos: - Acceso al padrón de ciudadanos. - Capacidad de crear la ficha del ciudadano. - Gestión y consulta del RESAM. b. Referentes/Operadores provinciales: El perfil de referente/operador provincial tiene acceso a los datos a nivel provincial. A su vez puede crear usuarios para los diferentes establecimientos de su provincia y crear reportes provinciales. Tendrá asignado los siguientes permisos: - Importar - Exportar - Gestión y consulta del RESAM - Acceso a tablas auxiliares - Red de establecimientos RESAM (consulta) - Red de establecimiento RESAM (gestión) - Red de profesionales RESAM (gestión) - Tablas auxiliares RESAM (consulta)

12. Quién se encarga de crear los usuarios? Los usuarios que tengan perfiles de referentes/ operadores provinciales serán creados por el equipo de epidemiología de la DNSMyA. Los usuarios con perfil de operadores de establecimiento podrán ser creados por los referentes de epidemiología en Salud Mental de cada provincia y también por el equipo de Epidemiología de la DNSMyA. 13. En el RESAM solo se cargan las internaciones? Sí, en el RESAM se cargan las internaciones por motivos de salud mental únicamente, quedando por fuera las prestaciones ambulatorias. 14. Se deben ingresar las internaciones de años anteriores? Si bien la decisión le corresponde a cada establecimiento, se sugiere que una vez que se haya comenzado con la carga de las internaciones actuales se prosiga con las de años anteriores, ya que esto permitiría contar con información acerca de las internaciones que se extienden en el tiempo y de los motivos por los cuales las personas persisten internadas. 15. Se pueden cargar las internaciones sin conexión a internet? No, sin conexión a internet no se pueden cargar las internaciones en la página web del SISA. Para los establecimientos que no tengan conexión al momento de realizar la carga existe una versión del formulario para imprimir, que permitirá relevar los datos y subir la información al SISA en otro momento. 16. En qué momentos se deben ingresar los datos en el RESAM? Se debe cargar la internación en el momento que ingresa la persona al establecimiento, y cuando se efectúa el egreso. Si la persona permanece internada por más de 2 meses, se deben actualizar los datos de la internación.

17. Por qué algunas de las categorías de respuesta no son congruentes con la Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657? Porque la esencia del registro es monitorear la realidad de las condiciones de internación, para de este modo poder orientar las acciones en consonancia con la Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657. 18. Al ingresar un DNI, los datos personales que trae el sistema de dónde son? Los datos personales provienen del RENAPER (Registro Nacional de las Personas). 19. Se puede ingresar al RESAM una persona que no tiene documento de identidad? Sí, se selecciona la opción Ciudadano Indocumentado y luego se cargan los datos del ingreso. 20. Cada cuánto debo actualizar los datos de la internación? Los datos se deben actualizar cada 60 días, como lo expresa el artículo 18 de la Ley Nacional de Salud Mental, que indica que las internaciones que se prolonguen por más de este plazo deben ser notificadas al órgano de revisión, explicitando si la internación en ese momento es voluntaria o no. Es por esto que el campo principal que debe actualizarse es el motivo por el cual la persona continúa internada. 21. Cuántas actualizaciones se permiten ingresar? No hay límite de actualizaciones. 22. La información de los reportes se puede exportar a otro programa? Sí, la información de los reportes se puede exportar a un archivo de Excel o a un PDF. 23. La base de datos completa se puede exportar para ser analizada en cualquier momento? Sí, la base de datos se puede exportar completa, para esto se accede desde los Sistemas Adicionales a la opción Exportar Datos, luego se selecciona RESAM y sección RESAM COMPLETA. 24. Cómo reportar errores o inconsistencias?

Si se detectara algún error o inconsistencia del registro, se puede reportar al soporte técnico del SISA o al equipo de epidemiología de la DNSMyA enviando un correo electrónico a episaludmental@gmail.com.