ORDEN TÉCNICA ESPECÍFICA DE PERSONAL OTORGAMIENTO DE LA BECA COMANDO DE PERSONAL PARA MEJOR PUNTAJE PROMEDIO DE LA P.S.U.

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Transcripción:

FUERZA AÉREA DE CHILE COMANDANCIA EN JEFE COMANDO DE PERSONAL P Ú B L I C O O.T.E.P. Nº II C 04 ORDEN TÉCNICA ESPECÍFICA DE PERSONAL OTORGAMIENTO DE LA BECA COMANDO DE PERSONAL PARA MEJOR PUNTAJE PROMEDIO DE LA P.S.U. 2010 Santiago, 25 de MARZO del 2010

FUERZA AÉREA DE CHILE COMANDANCIA EN JEFE COMANDO DE PERSONAL CLASIFICACIÓN: P Ú B L I C O SANTIAGO, 25 DE MARZO DE 2010 ORDEN TÉCNICA ESPECÍFICA DE PERSONAL O.T.E.P. Nº II - C- 04 OTORGAMIENTO DE LA BECA COMANDO DE PERSONAL, PARA MEJOR PUNTAJE PROMEDIO DE LA P.S.U. I.- PROPÓSITO. Establecer las disposiciones y procedimientos para la obtención y conservación de la beca Comando de Personal, destinada al hijo del personal de planta de la Fuerza Aérea de Chile, que obtenga el mejor puntaje promedio de la P.S.U., que considera las pruebas de Lenguaje y Matemáticas y que desee continuar estudios en organismos de educación superior reconocidos por el Estado. II.- ANTECEDENTES. A.- OF. CP. EM. "SEC" Nº S-38/ 1-62/ DBS/ de fecha 29.JUL.996. B.- OF. CP. EM. "SEC" Nº S- 47/ 1-02- A/ EMG.FA./ de fecha 06.SEP.996. III.- SITUACIÓN. A.- Esta beca tiene por objeto, premiar la excelencia académica del personal de planta de la Institución, que obtenga el mejor puntaje promedio de la P.S.U., que considera las pruebas de Lenguaje y Matemáticas. Este reconocimiento se materializará a través del pago del arancel de una carrera impartida por cualquiera de las instituciones de educación superior reconocidas oficialmente por el Estado, a elección del beneficiario. - 1 -

B.- La asignación por beca, será equivalente a 130 U.F. anuales y estará respaldada por la provisión de fondos que realiza la Dirección de Finanzas, mediante su solicitud en el anteproyecto de presupuesto respectivo. C.- La beca se mantendrá vigente hasta que el becado egrese de la carrera elegida, y mientras se cumplan los requisitos que establece la presente O.T.E.P. D.- Sólo una vez egresado el alumno que estaba en posesión de la beca, se podrá iniciar el proceso para otorgar nuevamente dicho beneficio. IV.- DISPOSICIONES. A.- El Comando de Personal, a través de la División de Bienestar Social, otorgará la citada beca, hasta la fecha de egreso de la carrera elegida por el becario. B.- Para postular a la beca Comando de Personal, se deberán reunir los siguientes requisitos: 1.- Ser chileno (a). 2.- No encontrarse procesado, ni haber sido condenado por crimen o simple delito de acción pública. 3.- Haber cumplido con las disposiciones de la ley de reclutamiento y movilización de las FF.AA, en su caso. 4.- Acreditar un puntaje mínimo de 700 puntos en la P.S.U. en las pruebas de Lenguaje y Matemáticas, para obtener el puntaje promedio esperado. 5.- Ser hijo del personal de planta de la Fuerza Aérea de Chile. - 2 -

C.- En el proceso de selección de postulantes a la beca en comento, sólo regirán los siguientes criterios: 1.- Ser hijo del personal de planta de la Fuerza Aérea de Chile. 2.- Haber obtenido el mejor puntaje de la P.S.U., del total de postulantes a la beca, el cual no podrá ser inferior a 700 puntos en las pruebas de Lenguaje y Matemáticas, consideradas en el puntaje promedio. D.- El becario para mantener el beneficio, estará sujeto a los derechos y obligaciones, señaladas en el anexo A y en el presente capítulo. E.- La obtención de esta beca no impide que el becario postule y obtenga otra beca, en tanto que esta última, no sea incompatible con las obligaciones que asuma el becario en la presente O.T.E.P. F.- El estudiante becado perderá automáticamente la beca otorgada, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: a.- Si el becado no cumple con las exigencias académicas que los cursos demanden, conforme a la reglamentación dispuesta por el organismo educacional respectivo. b.- Si el becado no informa documentadamente a la División de Bienestar Social, al término de cada período académico (semestral o anual), las calificaciones obtenidas. c.- Si el becado repite curso, durante el tiempo que esté gozando del beneficio. d.- Si el becado pierde, por cualquier circunstancia, su calidad de alumno de la carrera elegida. G.- El estudiante becado, no perderá el beneficio cuando ha debido suspender temporalmente sus estudios por enfermedad o incompatibilidad física que le impida proseguirlos, debidamente calificado por la comisión médica institucional. - 3 -

V.- PROCEDIMIENTOS PARA LA OBTENCIÓN DE LA BECA. A.- Los interesados podrán recabar antecedentes sobre la postulación a la beca en comento, en el organismo de personal de las Brigadas Aéreas de provincia y en la División de Bienestar Social, para los interesados de Santiago y provincias cercanas. B.- Los postulantes a la beca residentes en Santiago y provincias cercanas, deberán presentar los antecedentes exigidos conforme a la letra A) precedente, y los que ha continuación se señalan, en la División de Bienestar Social. Los interesados de provincia, deberán entregar dichos antecedentes, en el organismo de personal de la respectiva Brigada Aérea: 1.- Declaración jurada notarial, de acuerdo a lo señalado en el Anexo B. 2.- Fotocopia autenticada de cartola con resultado de P.S.U. 3.- Certificado de nacimiento. 4.- Fotocopia carné identidad. 5.- Certificado de antecedentes. 6.- Certificado de situación militar al día, en su caso. VI.- RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES A.- Estado Mayor General (Dirección de Finanzas). Considerará en el respectivo presupuesto anual de la Fuerza Aérea, el monto de la beca Comando de Personal, la cual durará hasta el egreso de la carrera elegida por el becario. Lo anterior, considerando una asignación por beca equivalente a 130 U.F. anuales. - 4 -

B.- Comando de Personal. 1.- Comandancia a.- Efectuará la selección definitiva del candidato que por sus antecedentes sea beneficiado con la beca, conforme a los antecedentes proporcionados por la División de Bienestar Social, antes del 15 de febrero del año en que se otorgue la beca. b.- Comunicará a la División de Bienestar Social, antes del 20 de febrero del año respectivo, el resultado de la selección de la beca Comando de Personal, para que ésta elabore y presente la respectiva resolución. c.- Pondrá término anticipado a la beca, mediante Resolución fundada, cuando el becado incurra en el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que le son impuestas en la presente O.T.E.P. 2.- División de Bienestar Social. a.- Difundirá en los meses de octubre, noviembre y diciembre, del último año de la beca en curso, la información para la postulación a la beca siguiente. b.- Será responsable de entregar a los interesados de Santiago y provincias cercanas, los antecedentes sobre la citada beca. c.- Solicitará a la Dirección de Finanzas, incluir en el anteproyecto de presupuesto, las necesidades de financiamiento de la beca Comando de Personal. d.- Cerrará el proceso de postulaciones, el 20 de enero del año respectivo, recepcionando los antecedentes de las Brigadas Aéreas de provincia, hasta el 31 de enero de cada año. - 5 -

e.- Remitirá al Comando de Personal un cuadro resumen con la totalidad de los postulantes preseleccionados, consignando los puntajes obtenidos en las pruebas de Lenguaje y Matemáticas (Puntaje Promedio), por éstos en orden decreciente, antes del 10 de febrero del año que corresponda otorgar la siguiente beca. f.- Comunicará por carta certificada al postulante seleccionado, y a los que no resulten electos. g.- Tramitará la resolución de la FACH, que nomina al seleccionado a la beca, antes del 25 de febrero del año respectivo. Asimismo, deberá tramitar aquella que disponga su caducidad, con copia a la Dirección de Finanzas. h.- Remitirá al Estado Mayor General (O.T.A.I.P.), los antecedentes del seleccionado, a fin sean publicados en el Banner del Gobierno Transparente. i.- Ejecutará mensualmente, el pago de la beca Comando de Personal, al beneficiado por la citada beca. j.- Se encargará de que el postulante seleccionado, tome debido conocimiento de sus derechos y obligaciones como becado. k.- Controlará, semestral o anualmente, según corresponda el rendimiento académico del becado. l.- Llevará un estricto control de la carpeta de antecedentes personales del alumno becado, así como del proceso de selección respectivo. C.- Brigadas Aéreas de Provincia. 1.- Los organismos de personal de las Brigadas Aéreas de provincia, serán los responsables de entregar a los interesados, la información necesaria para el proceso de postulación a la beca Comando de Personal. - 6 -

2.- Verificarán que las postulaciones de los interesados, cumplan con los requisitos exigidos en la presente O.T.E.P. 3.- Darán término al proceso de postulaciones, con fecha 20 de enero del año respectivo. 4.- Remitirán los antecedentes de los postulantes a la División de Bienestar Social, antes del 31 de enero del año respectivo. VII.- VIGENCIA. La presente Orden Técnica Específica de Personal entra en vigencia a contar de la fecha de su publicación, dejando sin efecto la O.T.E.P. Nº III - L- 06 2004, Otorgamiento de la Beca Comando de Personal, para mejor puntaje de la P.S.U., para lo cual deberá, ser ampliamente difundida a todo el personal de la Institución e integrar el cargo Técnico de personal de la Unidad. RELACIÓN DE ANEXOS: Anexo "A": Deberes, obligaciones y derechos del becado. Anexo "B": Declaración jurada notarial. Anexo "C": Cronograma de actividades. - 7 -