ATENCIÓN DE RECLAMOS ADMINISTRATIVOS (PAGO DE PRESTACIONES O DIFERENCIAS SALARIALES)

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Transcripción:

DIFERENCIAS SALARIALES) MS.NC.LI.08.01 MINISTERIO DE SALUD DE COSTA RICA - NIVEL CENTRAL ÁREA DE GESTIÓN: LIDERAZGO INSTITUCIONAL INGA. VIVIAN SALAZAR CALVO PREPARADO POR: UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS LIC. LUIS FONSECA MURILLO LIC. OSCAR ÁLVAREZ SALAZAR VALIDADO POR : REVISADO POR: DIRECCIÓN DE DESARROLLO HUMANO DIVISIÓN ADMINISTRATIVA UNIDAD DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL MBA. ALONZO HERNÁNDEZ MONTERO MBA. SANDRA BARRIENTOS ESCOBAR ING. MAINOR ARAYA GONZÁLEZ LIC. FRANCISCO ÁLVAREZ LEANDRO APROBADO POR: DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD DRA. ILEANA HERRERA GALLEGOS VERSIÓN Nº: 1 FECHA DE EMISIÓN: OCTUBRE 2013

PÁGINA 1 DE 20 1. Introducción En la Ley General de Control Interno, N 8292, Gaceta N 169 del 04 de setiembre del 2002, se establecieron una serie de disposiciones y conceptos para que la Administración activa desarrolle su actividad dentro de un marco siempre de legalidad, eficiencia, objetividad y transparencia. Para ello se crean mecanismos de control, que permitan valorar y evaluar su actividad, a la vez que le asegura un mejor desarrollo y entendimiento de cada función que debe estar acorde con sus objetivos, misión y visión. Por lo anteriormente descrito, se deben definir los pasos a seguir para la correcta atención de los reclamos administrativos relativos a pago de prestaciones y diferencias salariales interpuestos por los funcionarios y exfuncionarios de la Institución, promoviendo la previa instrucción procesal del expediente y demostración de los hechos y/o acciones atribuidos, con amplia participación de las partes, a efecto de emitir un fallo apoyado en la legalidad y procedimiento del acto, que permita ejercer una justicia administrativa eficaz, transparente y objetiva. Cabe señalar, que el reclamo administrativo es el elemento indispensable que da inicio al procedimiento administrativo, conforme lo establece la Ley General de Administración Publica. 2. Objetivo Atender la solicitud de reclamo administrativo presentado por los interesados, analizando y resolviendo la solicitud de forma efectiva y oportuna. 3. Productos Producto final: - Solicitudes de reclamos administrativos resueltos. Producto medio: - Estudios técnicos del reclamo administrativo - Resolución de pago de prestaciones 4. Alcance Ministerio de Salud de Costa Rica en su nivel de gestión central 5. Definiciones En el procedimiento se hará referencia a los siguientes términos que se recomienda consultar en este documento.

PÁGINA 2 DE 20 Reclamo administrativo: Resolución Reclamo Administrativo: SIAF: 6. Referencias Constitución Política de la Republica de Costa Rica. _Articulo 146 Ley de Control Interno. Ley No. 8292 Código de trabajo. 16. Ed. San José, C.R : IJSA, Julio del 2003. Artículos 28; 29 reformado mediante el Artículo 88 de la Ley de Protección al Trabajador; 85 Inciso e) y 153. Estatuto del Servicio Civil y su Reglamento_ Articulo 29 Ley General de Administración. - Ley No. 6227 de 2 de mayo de 1978, Titulo Quinto Código Penal No. 4573. Artículos 359, 360 y 365.

PÁGINA 3 DE 20 7. Responsables Código Actividad de gestión Unidad Organizativa Responsable 8.1 Recibir reclamo administrativo 8.2 Registrar y asignar reclamo administrativo 8.3 Estudiar reclamo administrativo Regional Unidad de Apoyo Logístico Administrativo 8.4 Solicitar conformación de expediente personal legal del servidor para estudio 8.5 Recibir solicitudes de conformación de expediente legal Dirección de Desarrollo Humano 8.6 Solicitar expediente de personal a Unidad de Apoyo Logístico y Administrativo Dirección de Desarrollo Humano 8.7 Conformar expediente legal Dirección de Desarrollo Humano 8.8 Determinar elementos a considerar para el pago de prestaciones 8.9 Elaborar informe técnico del reclamo administrativo 8.10 Revisar informes técnicos del reclamo administrativo 8.11 Elaborar Resolución del reclamo administrativo asociado a pago de prestaciones

PÁGINA 4 DE 20 8.12 Enviar resolución o informe técnico del reclamo administrativo a Dirección de Asuntos Jurídicos 8.13 Recibir y revisar resoluciones de reclamos administrativos avaladas y firmadas 8.14 Registrar resolución en Sistema de Pagos y Planillas o en Sistema Integrado de Administración Financiera 8.15 Aprobar resolución en Sistema de Pagos y Planillas o en SIAF 8.16 Esperar envío de acuerdos de pago de prestaciones por parte de la Unidad Financiera 8.17 Recibir acuerdos de pago asociados a resoluciones de reclamos administrativos por prestaciones legales 8.18 Enviar documentos a expediente personal del servidor

PÁGINA 5 DE 20 8. Procedimiento 8.1. Recibir reclamo administrativo La debe recibir todo reclamo administrativo que, por pago de prestaciones y diferencias salariales, presenten los funcionarios o exfuncionarios, ante el eventual hecho de percibir una diferencia en el pago de su salario o bien ante la necesidad de reclamar el pago de sus prestaciones laborales. El reclamo administrativo, por constituirse como mecanismo de inicio de un proceso administrativo debe cumplir con los elementos informativos básicos, mismos que se incluyen en el formulario diseñado para estos efectos que se presentan en el anexo N 1 Solicitud de Reclamo Administrativo, por lo tanto, el funcionario debe presentar el citado formulario, así como, toda documentación de soporte que considere conveniente, siendo necesario se indique en el espacio de observaciones del formulario de Reclamos Administrativos una descripción de los documentos adjuntados. Los reclamos administrativos deben presentarse, en el, ante la, y en el Regional y Local, deben presentarse ante la Unidad de Apoyo Logístico y Administrativo de cada Dirección Regional. Se resalta que las citadas Unidades Organizativas deben velar por que el funcionario o ex funcionario apliquen el formulario correcto y brinden la información solicitada. Para el caso particular de reclamo administrativo por pago de prestaciones, mismas debidas a cese de funciones, despido (con o sin responsabilidad patronal), renuncia, pensión o por haber finalizado su nombramiento, la y/o Unidad de Apoyo Logístico Administrativo debe considerar que el exfuncionario dispone de un plazo de un año, a partir de la fecha de término de su contrato laboral, para proceder a presentar su reclamo administrativo, esto según lo establece el artículo 602 del Código de Trabajo. Ante el fallecimiento de un funcionario, serán los familiares directos del mismo quienes presenten el reclamo administrativo de pago de prestaciones, para lo cual dispondrán de un plazo de tres años tras declararse el fallecimiento del funcionario para ejecutar lo que corresponda, según lo establece el artículo 304 del Código de trabajo. Al finalizar el plazo máximo definido se da por terminado los deberes y derechos patronales hacia el servidor y/o familiares. Los reclamos administrativos presentados en el Regional, deben ser trasladados al dentro de las 3 días hábiles plazo definido por U.R.H. siguientes de haberse presentado ante la Unidad de Apoyo Logístico y Administrativo, lo anterior en consideración de la relevancia del proceso y en contemplación de que la es la única Unidad Organizativa responsable de asignar y ejecutar el estudio de los reclamos administrativos asociados a pago de diferencias salariales y pago de prestaciones.

PÁGINA 6 DE 20 8.2. Registrar y asignar reclamo administrativo. La debe registrar los reclamos administrativos en el sistema de ingreso de correspondencia, a efectos de resguardar la fecha exacta en que inicio el proceso administrativo. La, conforme corresponde al trámite de la correspondencia ingresada, debe trasladar los reclamos administrativos al Jefe de la el mismo día en que fueron admitidos, lo anterior a efectos de agilizar el trámite y promover una pronta respuesta al funcionario o exfuncionario que impuso su reclamo administrativo. El jefe de la debe revisar cada caso y debe asignar el reclamo administrativo al colaborador o colaboradores del equipo de administración de salarios e incentivos responsables del mismo. 8.3. Estudiar reclamo administrativo. La debe estudiar cada reclamo administrativo presentado, siendo indispensable ejecutar la revisión y análisis del expediente personal del funcionario o exfuncionario, así como, de la documentación aportada por el interesado como soporte del reclamo interpuesto. Si el reclamo administrativo corresponde a una diferencia salarial, la debe, previa instrucción procesal de expediente, calcular las diferencias salariales que logren ser evidenciadas o probadas, se pasa a la actividad 8.9. Si el reclamo administrativo corresponde a pago de prestaciones, la debe considerar que los reclamos asociados a ex funcionarios de Regional y local requieren conformar el expediente legal del servidor, mismo que consolida la mayor cantidad de información relativa a la vida laboral del funcionario, por lo tanto para estos casos se pasa a la actividad 8.4. 8.4. Solicitar conformación de expediente personal legal del servidor para estudio La, en atención de que se trata de un estudio de un reclamo administrativo por prestaciones de un ex funcionario, debe solicitar al Archivo de la Dirección de Desarrollo Humano la conformación del expediente legal del servidor, mismo que debe incluir la información completa de la vida laboral del funcionario. Esta solicitud debe realizarse por escrito para mantener el control de tiempos de cada actividad.

PÁGINA 7 DE 20 8.5. Recibir solicitudes de conformación de expediente personal legal El Archivo de la Dirección de Desarrollo Humano, al recibir las solicitudes de conformación de expedientes legales, debe ordenar las mismas por fecha de ingreso a efectos de mantener la prioridad correspondiente de cada caso y verificar la ubicación del ex funcionario, lo anterior en razón de que los expedientes de personal de exfuncionarios del nivel regional y local están bajo la custodia de la Unidad de Apoyo Logístico Administrativo, implicando esta situación que el Archivo de la Dirección de Desarrollo Humano debe realizar la solicitud a la Unidad de Apoyo Logístico Administrativo del traslado del expediente personal del ex funcionario, por lo tanto se pasa a la actividad 8.6. En esta caso de que la solicitud de conformación de expediente corresponda a un ex funcionario que se ubicaba en el nivel central, el expediente personal correspondiente está bajo la custodia del mismo Archivo, por ende no implica traslados adicionales solo el tramite respectivo a la consolidación de la información incluida en el mismo, se pasa a la actividad 8.7. 8.6. Solicitar expediente personal a Unidad de Apoyo Logístico Administrativo Para la conformación del expediente legal de exfuncionarios destacados en el nivel regional y local, el Archivo de la Dirección de Desarrollo Humano debe realizar la solicitud formal (mediante oficio) del traslado del mismo, indicando en el comunicado el fin del movimiento del expediente y solicitando se envíe el informe de vacaciones respectivo. La Unidad de Apoyo Logístico Administrativo dispone de cinco días hábiles para cumplir con la solicitud. 8.7. Conformar expediente legal El Archivo de la Dirección de Desarrollo Humano, al contar con el expediente de personal completo asociado a cada solicitud debe ordenar la información incluida en los expedientes de personal y debe proceder a enumerar cada hoja (Foliar) en orden cronológico en atención al proceso legal que implica el pago de prestaciones. En el caso del expediente personal enviado por la Unidad de Apoyo Logístico y Administrativo, el Archivo de la Dirección de Desarrollo Humano debe integrarlo con la documentación existente sobre el funcionario que se encuentra resguardada en el nivel central, y proceder a ejecutar la foliación correspondiente. Una vez que conformado el expediente legal, el Archivo de la Dirección de Desarrollo Humano debe trasladar el expediente al colaborador del equipo de administración de salarios e incentivos para dar inicio a las valoraciones propias del trámite de liquidación o pago de prestaciones.

PÁGINA 8 DE 20 8.8. Determinar elementos a considerar para el pago de prestaciones La, por tratarse de un reclamo por el pago de prestaciones legales, debe revisar el expediente personal legal del ex funcionario para así, determinar la cantidad total de años de servicio del funcionario y la cantidad de vacaciones disponibles a la fecha del cese, ya que ambos elementos mantienen un valor especifico a través del tiempo e implican consideraciones y cálculos puntuales para cada rubro. El colaborador de la debe atender los siguientes elementos esenciales a la hora de determinar el pago de prestaciones: Verificar en el Sistema de Pagos y Planillas que el ex funcionario no devenga salarios a la fecha del estudio, si devenga salarios se debe analizar si hay pago de más realizados o bien se registra el ingreso de este exfuncionario a otra institución. Elaborar certificación de que el funcionario no tiene deudas con la Institución y tampoco devenga salario, de devengar salario se debe analizar reingresos en otras entidades del gobierno, analizando plazos de reingresos y normativa asociado. Esta certificación debe incluir firma del responsable de quien realiza la revisión y estudio del caso. Realizar cálculos preliminares para determinar el salario promedio diario de los periodos de vacaciones que se le estén adeudando y elaborar un informe de los cálculos realizados incluyendo la firma del responsable de los mismos. La debe sustentar todo cálculo en los documentos incluidos dentro del expediente legal del servidor y en los datos que refleje el Sistema de Pagos y Planillas, ya que es esta información la que respalda el pago respectivo. 8.9. Elaborar informe técnico del reclamo administrativo. La debe elaborar un documento que justifique y refleje claramente los elementos estudiados y los cálculos realizados, por lo tanto, en caso de reclamos administrativos asociados a pago de prestaciones, la debe elaborar un informe técnico, considerando la certificación realizada y los cálculos preliminares. El informe técnico para este caso debe incluir: Calidades del exfuncionario, Tiempo laborado para la Institución, Clase de puesto y número de puesto, Código presupuestario asignado al puesto, Reporte de si el exfuncionario está incluido en el Régimen del Servicio Civil, Reseña histórica de nombramientos dentro de la Institución,

PÁGINA 9 DE 20 Número de acción de personal con detalle folio asociado a expediente personal, Cantidad de vacaciones si las tiene, Reporte de salario promedio diario Motivo del cese de funciones y la fecha del rige del cese, Cálculos preliminares de pago de prestaciones Fecha de informe y firmas del coordinador y responsable, En comprensión de que el informe es base para los cálculos finales que se registran en la resolución, se requiere de máximos cuidados con el cálculo de pago de prestaciones, por ende resulta indispensable contemplar datos del funcionario, número de resolución, cálculo de cesantía que incluye tiempo laborado, calculo de preaviso que incluye fecha de preaviso y fecha de recibido de la notificación, cálculo de vacaciones pendientes considerando días proporcionales o no. En caso que el funcionario tenga deudas pendientes con la Institución se le deben rebajar en este proceso. En los casos de reclamos administrativos por pago de diferencias salariales se elaborar un informe técnico detallado donde se evidencie los detalles del reclamo administrativo y los cálculos que sustentan la decisión tomada para el reclamo administrativo interpuesto. Una vez la ha elaborado el informe técnico de cada caso, debe facilitarle el documento a la jefatura, lo anterior a efectos de ejecute la verificación de la información presentada. En el anexo N 2 Informe técnico se presenta la un ejemplo de la estructura que debe mantener el un informe asociado a diferencias salariales. 8.10. Revisar informes técnicos del reclamo administrativo El jefe de la debe corroborar los datos incluidos en los documentos en aras de revisar los elementos considerados en el análisis del reclamo administrativo y validar las conclusiones o resoluciones presentadas. Si se determina que hay inconsistencias de importancia en el informe, el jefe de la Unidad de Recursos debe proceder con la devolución del mismo al colaborador responsable para su revisión, devolviéndose a la actividad 8.9. Si el informe esta conforme debe proceder según se indica a continuación: Si se trata de un informe técnico relativo a un reclamo administrativo por diferencias salariales se pasa a la actividad 8.12. Si se trata de un informe técnico relativo a un reclamo administrativo por pago de prestaciones se pasa a la actividad 8.11.

PÁGINA 10 DE 20 Al finalizar la verificación, la, debe proceder con la devolución de los expediente personales de los servidores que interpusieron el reclamo administrativo al Archivo de la Dirección de Desarrollo Humano, lo anterior para su correspondiente resguardo. 8.11. Elaborar Resolución del reclamo administrativo asociado a pago de prestaciones La, fundamentada en el informe técnico asociado al reclamo administrativo debe elaborar la resolución correspondiente, esto previo el análisis de la normativa para cada caso. La resolución debe desarrollarse bajo la siguiente estructura: Encabezado: Incluye datos reflejados en Informe, Resultando: incluye resaltando fecha de ingreso y de cese y el motivo del cese, el número de acción de personal y folio, se toma en cuenta certificación, detalle del periodo y del monto del salario diario asociado, la cantidad de días de vacaciones y sus periodos, se debe indicar si en el último periodo de vacaciones se incluye días proporcionales. Así mismo, se declara detalles relativos al reclamos administrativo, quien lo presento, cuando y lo que se solicita y la referencia al artículo 602 el código de trabajo. Adicionalmente se debe incluir la referencia a la certificación realizada en donde conste que el funcionario no devenga salarios ni tiene deudas con la Institución. De tener deudas se debe incluir el monto y el detalle de lo referido en ese monto. Considerandos: Incluye mención a los artículos art 146 constitución, y se incluye la normativa específica para cada caso contempladas en el código de trabajo, la ley de protección al trabajador y reglamento al estatuto del Servicio Civil. Se debe hacer la anotación de que el pago por concepto de salario escolar y aguinaldo del periodo laborado se depositara en las fechas establecidas por Tesorería Nacional, así como también que se le depositara la cesantía, preaviso y vacaciones cuando corresponda. Se debe seguir el siguiente desglose en este punto: Cesantía: se indica el monto total a pagar por ese concepto (números y letras) y se hace la descripción de lo que se está pagando y su normativa. Preaviso: se indica el monto total a pagar por ese concepto (números y letras) y se hace la descripción de lo que se está pagando e indica número de oficio de notificación y su normativa Vacaciones: se indica el monto total a pagar por ese concepto (números y letras) y se hace la descripción de lo que se está pagando teniendo cuidado en el proceso de desglose de lo que corresponde a días proporcionales y su normativa. Sub total a pagar (cuando proceda por haber deudas): suma de cesantía, preaviso y vacaciones. Se especifica monto en números y letras

PÁGINA 11 DE 20 Deudas (de existir alguna): se indica el monto total a rebajar por ese concepto (números y letras) y se hace la descripción de lo que se está rebajando y referencia a su normativa vigente. Total a pagar: Monto en (#y letras) y resta a Subtotal el monto de la deuda ( # y letras) cuando proceda, se debe indicar la siguiente leyenda monto que es el resultado de rebajar al monto de prestaciones el rubro de la deuda por concepto de XXXX. Por tanto: esta sección hace referencia a quienes resuelven el proceso a saber: LA PRESINDENTA DE LA REPUBLICA Y LA MINISTRA DE SALUD Resuelve: Debe indicar el nombre de la exfuncionario, numero cuenta cliente, cantidad en letras y # y la descripción de lo que se está cancelando. Notifíquese: Incluye espacio de firmas de Presidenta y Ministro contemplando instrucciones de despachos a respecto a forma de presentación del nombre del firmante, así como, se debe verificar quien es el responsable de firmar en el momento, en caso de que no se encuentren los firmantes directos. Espacio para copias a interesados, importante consignar que en la copia de la interesada se debe indicar la dirección exacta y los números de teléfono donde se pueda localizar, Dirección de Asuntos Jurídicos,, Expediente Personal. Ver Anexo N 3 Ejemplo de Estructura de Una Resolución. 8.12. Enviar resolución o informe técnico del reclamo administrativo a Dirección de Asuntos Jurídicos. La debe enviar las resoluciones e informes técnicos asociados a los reclamos administrativos a la Dirección de Asuntos Jurídicos, pero siempre acatando las siguientes condiciones: La resolución de pago de prestaciones se transfiere por medios electrónicos (email), lo anterior, debido a que es un documento sujeto a revisiones y análisis por parte de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Institución, por el Despacho Ministerial y por Casa Presidencial. Se comprende que por intervenir varias instancias en el trámite el documento se mantiene digital.

PÁGINA 12 DE 20 El informe técnico por pago de diferencias salariales se transfiere mediante oficio a la Dirección de Asuntos Jurídicos a efectos de que ellos revisen el documento y el reclamo administrativo interpuesto. En ambos casos la debe resguardar las fechas de envío o transferencia de los documentos, en atención a la relevancia del proceso y de conformidad con el control interno que debe prevalecer. 8.13. Recibir y revisar resoluciones de reclamos administrativos avaladas y firmadas La debe recibir por parte de la Dirección de Asuntos Jurídicos, las resoluciones de reclamos administrativos avaladas y firmadas. Dado que estas resoluciones son trasferidas por medios electrónicos ( email ) deben ser impresas a efectos de contar con el documento físico correspondiente. En caso de presentarse una resolución administrativa que deniega el pago asociado a un reclamo administrativo por diferencias salariales, la debe comunicar por escrito el resultado al funcionario interesado, adjuntado fotocopia de la resolución emitida, posteriormente se debe enviar la resolución del reclamo administrativo al expediente personal del funcionario resguardado en el Archivo de la Dirección de Desarrollo Humano, pasando entonces a la actividad 8.18. Se comprende que las resoluciones administrativas por pago de prestaciones son siempre afirmativas por responder a un derecho adquirido por el servidor, por lo que se sigue con la actividad 8.14, igual sucede para las resoluciones por diferencias salariales avaladas como procedentes. 8.14. Registrar resolución en Sistema de Pagos y Planillas o en Sistema Integrado de Administración Financiera, según corresponda La debe registrar los montos avalados para pago en los sistemas establecidos, lo anterior a efectos de concretar el pago respectivo dentro del siguiente corte de Tesorería Nacional o acuerdo de pago. Para lo anteriormente descrito, los colaboradores de la debe acatar las siguientes condiciones: Si es una resolución administrativa de pago de diferencias salariales debe ejecutar el registro en el Sistema de Pagos y Planillas. Si es una resolución administrativa de pago de prestaciones legales debe ejecutar el registro en el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF)

PÁGINA 13 DE 20 8.15. Aprobar resolución en Sistema de Pagos y Planillas o en SIAF El jefe de la, a efectos de verificar la correcta inclusión de los datos relativos a las resoluciones, debe ejecutar las siguientes acciones: Ingresar al Sistema de Pagos y Planillas; verificar que los registros relativos a pagos de diferencias salariales correspondan a los datos presentados en las resoluciones respectivas. Para estos efectos el jefe de la debe utilizar el Perfil de Aprobador del sistema y validar la información contra la resolución administrativa impresa. Ingresar al SIGAF y verificar que los registros relativos a los pagos por prestaciones correspondan a los datos presentados en las resoluciones respectivas. Para estos efectos el jefe de Recursos debe utilizar el Perfil de Aprobador del sistema y validar la información contra la resolución administrativa impresa. Para los casos relativos a pago de prestaciones, la debe recibir los comprobantes u acuerdos de pago, por lo tanto se pasa a la actividad 8.16 que implica la espera de los mismos. Los casos relativos a pagos de diferencias salariales, no requieren la emisión de acuerdos o comprobantes de pago por estar sometidos al registro en el Sistema de Pagos y Planillas, por ende, se pasa a la actividad 8.18. 8.16. Esperar envío de comprobantes de pago de prestaciones por parte de la Unidad Financiera La debe esperar que la Unidad Financiera, en atención a la solicitud expresa de la Dirección de Asuntos Jurídicos, proceda con la emisión de los comprobantes de transferencia de pago asociados a las resoluciones administrativas de pago de prestaciones. 8.17. Recibir comprobantes de pago asociados a resoluciones de reclamos administrativos La debe recibir las copias de los comprobantes de pago o transferencia asociados a resoluciones de reclamos administrativos por prestaciones legales y proceder con su resguardo respectivo de ambos documentos, procurando que las resoluciones administrativas impresas queden junto con los comprobantes respectivos. Los comprobantes de pago, por constituirse como documento probatorio del pago realizado a cada uno de los servidores incluidos en las resoluciones administrativas, deben ser incluidos en el

PÁGINA 14 DE 20 expediente personal de cada servidor. La Unidad Financiera debe remitir copias de los mismos a la. 8.18. Enviar documentos a expediente personal del servidor La debe enviar las resoluciones administrativas por diferencias salariales, las resoluciones administrativas por prestaciones y los acuerdos de pago asociados al Archivo de la Dirección de Desarrollo Humano; lugar donde se resguardan los expediente personales de los servidores. El colaborador del Archivo, de conformidad con las actividades propias del lugar, debe incluir cada documento dentro del expediente personal del servidor, concretándose de esta manera la actualización del expediente personal.

PÁGINA 15 DE 20 9. Indicadores de gestión % de Reclamos administrativos por pago de prestaciones legales: (Cantidad total de reclamos administrativos por pago de prestaciones / Cantidad de reclamos administrativos interpuestos en la ) x 100. % de Reclamos administrativos por pago de diferencias salariales: (Cantidad total de reclamos administrativos por pago de diferencias salariales / Cantidad de reclamos administrativos interpuestos en la ) x 100.

PÁGINA 16 DE 20 10. Diagrama de Flujo Diagrama de Flujo Proceso de nivel 1: Reclamos Administrativos por prestaciones y diferencias salariales Código: MS Unidad organizativa: Elaborado por: DIRECCION DESARROLLO HUMANO Versión N 1 Fecha elaboración: Hoja 1 de 1 Actividades Unidad Organizativa Código Descripción Funcionario /Exfuncionario Unidad de Recursos Archivo de la Dirección de Desarrollo Humano Flujo información Detalle flujo de información Inicio 8.1 Presentar reclamo administrativo la URH debe recibir el reclamo administrativo para concretar el estudio para el pago de prestaciones, y reconocimiento de diferencias salariales 8.2 Recibir y asignar reclamo administrativo Aquí la URH recibe: Prestaciones y diferencias salariales 8.3 Estudiar reclamo administrativo Dos posibles escenarios según el tipo de reclamo administrativo, El reclamo administrativo es por pago de prestaciones? Si No 8.4 8.5 Solicitar conformación de expediente personal legal del servidor para estudio Recibir solicitudes de conformación de expediente legal Es conformación de expediente legal de un funcionario de nivel regional o local? Si No 8.6 Solicitar expediente personal a Unudad de Apoyo Logistico Administrativo 8.7 Conformar expediente legal 8.8 Determinar elementos a considerar para el pago de prestaciones 8.9 Elaborar informe técnico del reclamo administrativo 8.10 Revisar informes técnicos del reclamo administrativo El informe esta conforme y acorde al caso? No Es un informe técnico asociado a un recflamo administrativo por pago de prestaciones? Si No 8.11 Elaborar Resolución del reclamo administrativo por pago de prestaciones 8.12 8.13 Enviar resolución o informe técnico del reclamo administrativoa la Dirección de Asuntos Juridicos Recibir y revisar resoluciones de reclamos administrativos avaladas y firmadas La URH recibe resoluciones de pago de prestaciones y pago de diferencias salariales avaladas por Casa Presidencial, Despacho de Ministra y Asuntos Juridicos Se revisan firmas, detalles de legalidad y congruencia con documentos enviados Es una resolución a favor del reclamo No Si el reclamo administrativo es denegado se debe comunicar el resultado al administrativo? Si funcionario y proceder a mandar documentación a expediente personal 8.14 Registrar resolución en Sistema de Pagos y Planillas o en Sistema Integral de Administración Financiera 8.15 Aprobar resolución en Sistema de Pagos y Planillas o en SIAF La resolución responde a un reclamo administrativo por prestaciones? Si No 8.16 8.17 Esperar envio acuerdos de pago de prestaciones por parte de la Unidad Financiera Recibir acuerdos de pago asociados a resoluciones de reclamos administrativos por prestaciones Se queda en espera de que la Unidad Financiera emita copia de los comprbantes de pago 8.18 Enviar documentos a expediente personal del servidor Fin

PÁGINA 17 DE 20 11. Anexos ANEXO N 1 SOLICITUD DE RECLAMO ADMINISTRATIVO

PÁGINA 18 DE 20 ANEXO N 2 EJEMPLO DE INFORME TECNICO POR DIFERENCIAS SALARIALES

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PÁGINA 20 DE 20 ANEXO N 3 EJEMPLO DE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA POR PRESTACIONES