1 RESOLUCION Nº: 004/00 ASUNTO: ACREDITAR la carrera de Maestría en Ciencia y Tecnología de Materiales, Universidad Nacional de Mar del Plata, Facultad de Ingeniería. Buenos Aires, 4 de enero de 2000 Carrera Nº 3.057/98 VISTO: la Ley 24521, en sus artículos 44, 45, 46 y 47, la Resolución 1168/97 del Ministerio de Educación, la Ordenanza 013/97 de la CONEAU, la Resolución 076/98 de la CONEAU, y la solicitud de acreditación que presentó la Universidad Nacional de Mar del Plata, Facultad de Ingeniería para la carrera de Maestría en Ciencia y Tecnología de Materiales, los perfiles de categorización, y lo actuado por el Comité de Pares que tuvo a su cargo efectuar recomendaciones de acreditación y por haberse solicitado, de categorización, y CONSIDERANDO: Que con relación a los aspectos institucionales y generales: La maestría se inserta en una estructura que cuenta con una carrera de grado afín y un doctorado en la misma temática. Fue creada en 1983 y tuvo una expansión importante durante los primeros años desarrollando a partir de la misma las carreras de grado y de doctorado mencionadas. La pertinencia y relevancia de la carrera son claras en el marco de lo anteriormente mencionado y de la importancia de la problemática.
2 Se han suscrito un conjunto de convenios que se encuentran vigentes y resultan de relevancia para el desarrollo de la carrera. Estos convenios, a la vez, manifiestan la inserción del cuerpo docente en el medio académico nacional e internacional. Se cuenta con proyectos FOMEC aprobados destinados específicamente al mejoramiento de la carrera. Que, con relación al perfil de la carrera, organización académica y plan de estudios: La carrera se encuentra dirigida por un coordinador y por una comisión académica de posgrado comunes a la maestría y al doctorado, ambas instancias son de alto nivel científico y académico. Los objetivos de la carrera y el perfil del graduado que se plantean son los adecuados en términos generales pero adolecen de cierta especificidad que permita diferenciarlos más claramente de los previstos para el doctorado. El plan de estudio es amplio y cubre los requerimientos de formación en el área, con una exigencia de no menos de 540 horas de clases. Para graduarse se exige a los alumnos la aprobación de los cursos y la realización de una tesis de maestría. Se encuentra reglamentado el funcionamiento de una comisión de seguimiento que evalúa anualmente la actividad del alumno y la planificación del trabajo para cada año. Se observa una buena estructura de carrera con mecanismos adecuados de seguimiento y control. Que con relación a las tesis, trabajos integradores, trabajos finales,
3 proyectos u obras: Los requisitos para la presentación de la tesis son claros y adecuados. No se encuentra reglamentada la inclusión de miembros externos a la universidad en los tribunales responsables de la evaluación de las tesis. Se han aprobado hasta la fecha siete tesis, casi la mitad de ellas en los primeros cinco años. Este número se considera bajo para una carrera que cuenta ya con dieciséis años. La calidad de la tesis presentada es adecuada para el nivel de posgrado que se está evaluando. Que con relación al cuerpo académico: El cuerpo docente se encuentra integrado por veintisiete profesores estables. De ellos diecinueve han alcanzado el título máximo y acreditan amplios antecedentes en las respectivas áreas profesionales con una actividad muy fecunda en investigación y desarrollo. El cuerpo docente de este posgrado es el mismo que el de la carrera de doctorado. Se estima que en su conjunto los miembros del plantel docente están altamente calificados para el desempeño de sus funciones, contando con amplios antecedentes y competencias académicas y profesionales. Las actividades implementadas para mejorar la actividad docente resultan adecuadas. La evaluación del desempeño docente se lleva a cabo en forma permanente a través de un espacio de formación docente específico.
4 Que con relación a las actividades de investigación, asistencia técnica, consultoría, transferencia, pasantía vinculadas con los objetivos del posgrado: La actividad científica y tecnológica de los docentes que integran el posgrado es intensa y de alto nivel. Está directamente relacionada con los objetivos de la carrera y el contenido de los cursos. La integración entre los proyectos de investigación y la participación de estudiantes de la carrera es completa para los estudiantes que se han graduado. Se señala una importante actividad de transferencia en temas vinculados a los proyectos de investigación y al contenido del posgrado. Se desarrollan actividades de extensión a través del Instituto de Investigaciones en Ciencias y Tecnología de Materiales (INTEMA) de la propia universidad de significativa presencia en el medio, con el cual se mantiene una estrecha relación. Que con relación a los alumnos y graduados: Los requisitos de admisión son claros y rigurosos. La tasa de productividad es baja, desde el año 1988 a la fecha se ha graduado un alumno en 1990, dos en 1996 y uno en 1997. El flujo de ingresantes es irregular, en 1995 no hubo ingresantes, en 1996 ingresó sólo un alumno y en 1997 nuevamente no se registró ningún ingreso. Los recursos disponibles y facilitados por la universidad para promover el desarrollo de las actividades académicas por parte de los alumnos son significativos.
5 Que con relación a la infraestructura y equipamiento: A través del INTEMA y del Departamento de Materiales se recibe todo el apoyo académico y logístico necesarios para el funcionamiento del posgrado. La carrera cuenta con una biblioteca actualizada de sistema abierto con colecciones de relevancia para el posgrado. Se destaca la informatización y el acceso generalizado a INTERNET. Los espacios físicos y laboratorios son adecuados para las tareas que se llevan a cabo. Por ello, LA COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA RESUELVE: Artículo 1º.- ACREDITAR la carrera de Maestría en Ciencia y Tecnología de Materiales de la Universidad Nacional de Mar del Plata, Facultad de Ingeniería. Artículo 2º.- CATEGORIZAR a la mencionada Maestría como A. Artículo 3º.- RECOMENDAR: - Revisar la orientación y los objetivos de la carrera con el propósito de lograr mayor diferenciación respecto del doctorado. - Promover el incremento del número de egresados de la carrera. - Reglamentar la inclusión de un miembro externo en los tribunales de tesis.
6 Artículo 4º.- Regístrese, comuníquese, archívese. RESOLUCION Nº 004 CONEAU - 00