IMPACTO CAUSADO POR LAS MODIFICACIONES EN EL REGIMEN DE ZONA FRANCA María Cecilia Ibarra Septiembre 2011
ESTADO ACTUAL DE LAS ZONAS FRANCAS
Zonas Francas Permanentes Especiales SECTORES Industrial(Bebidas, cemento, placas de yeso, papel, cosméticos, metalmecánico, alimentos, acero, vidrio, refinería, energía, cerámica) TOTAL ZF 23 Agroindustrial Biocombustibles 6 agroindustrial azúcar, alimentos, café 6 Servicios (Cal Center, portuarios, salud,logísticos) 17 TOTAL 52
INCLUYE SERVICIOS PORTUARIOS*
CONLCUSIONES DE LA EXISTENCIA DEL REGIMEN DE Zonas Francas 1. ACEPTADO POR LA OMC Y POR LA OMA. 2. DEMOSTRANDO SU EFECTIVIDAD EN PAISES CENTROAMERICANOS, ASIATICOS, EUROPEOS, ETC. 3. ES VALIOSO COMO MOTOR EN EL DESARROLLO ECONOMICO E INDUSTRIAL EN LAS REGIONES. 4. PROMUEVEN LA INVERSION NACIONAL Y EXTRANJERA. 5. GENERA EMPLEO NUEVO, DIRECTO E INDIRECTO
Controles Zona Franca Los usuarios operadores como administradores del régimen sus accionistas, personas naturales y jurídicas, sus miembros de Junta directiva y sus mas altos ejecutivos, son investigados personal y profesionalmente por la DIAN para garantizar el conocimiento y la idoneidad como operadores del comercio exterior. la ZF otorgan póliza anual Cuentan con programas informáticos de control de inventarios. Hay presencia física de funcionarios de la DIAN en cada Zona Franca. Contratan auditorias externas anuales.
Las zonas francas realizan reportes en medio magnéticos y físico de todas las operaciones de entrada y de salida.(dian DANE) Los operadores realizan controles de verificación de clientes. El ingreso de nuevas empresas se estudia y verifica por los Usuarios Operadores. Se verifican los antecedentes de los socios y directicos de la nuevas empresas. Se aplican perfiles de riesgo sobre los usuarios. El ingreso, así como cualquier modificación de los usuarios es reportado a la DIAN. Sobre las operaciones sospechas se hacen reportes respectivos a la DIAN y a la UIAF.
MODIFICACIONES PLANTEADAS AL REGIMEN DE ZONAS FRANCAS
1.EN EL PROCESO DE DECLARATORIA
En la actualidad se establece la Aprobación del Plan Maestro de la Zona Franca por la Comisión Intersectorial y despues pasa a la DIAN a la obtención de la declaratoria mediante resolución. En el nuevo estatuto se establece solo la aprobación del Plan Maestro por parte del Mincomercio, se elimina el paso a la DIAN a quien se le deja el control del cumplimiento del Plan Maestro
2. DE LA ESCENCIA DE LAS ZONAS FRANCAS
Definición de nueva Inversión Aporte de recursos financieros que realiza la empresa representados en nuevos activos fijos reales productivos y terrenos que se vinculen directamente con la actividad productora de renta de los Usuarios de la Zona franca. Definición se debe alinear con los compromisos de inversión para los usuarios de las Zonas Francas Permanentes. Articulo 393-24 de decreto 2685 de 1999 en el cual se mencionan ACTIVOS TOTALES. (Aclaración en la Resolución 7310 del 2009, debe quedar a nivel de decreto)
Compromisos de Empleo Actualmente para los usuarios industriales que se califican en una ZFP, entre mayor es la cantidad de activos totales, el compromiso de empleo aumenta. Se debe tener en cuenta que existen empresas que son intensivas en tecnología. Una alternativa es que si aumenta la inversión en Activos fijos reales productivos, disminuya el compromiso de empleo..la generación de empleo directo y formal debe estar directamente relacionada con el proceso productivo o de prestación de servicios
Exclusividad Servicio ofrecido por el Usuario Industrial de Servicios deberá ser prestado exclusivamente dentro o desde el área declarada cono zona franca siempre y cuando no exista desplazamiento físico fuera de Zona Franca Permanente de quien presta el servicios. La exclusividad que menciona este articulo, debe ser de la Actividad productora de renta, no deben ser tenida en cuenta las actividades administrativas las cuales se podrían localizar fuera de las instalaciones de Zona Franca.
3. TIPOS DE ACTIVIDADES A RECONOCER COMO ZFP ESPECIAL
ZFP Especial: se autoriza a una empresa para que desarrolle sus actividades industriales o de servicios, siempre y cuando se trate de proyectos de alto impacto económico y social para el país. Pueden ser: Bienes Servicios Servicios de Salud Proyectos Agroindustriales Sociedades portuarias En el nuevo estatuto se establece para las: Agroindustriales. Servicios : Turismo, Salud y Portuarias.
4. EN LAS OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR EN LAS ZF
Mercancías En Grave Estado De Deterioro Artículo 528. Mercancías en grave estado de deterioro, descomposición, daño total o demérito absoluto. Sin perjuicio de la responsabilidad contractual del usuario operador con los depositarios de las mercancías que se hubieren introducido en la Zona Franca, aquellas que por un hecho ocurrido durante su permanencia en la respectiva zona, presenten grave estado de deterioro, descomposición, daño total o demérito absoluto, podrán ser destruidas bajo la responsabilidad del usuario operador. No se debe limitar la destrucción de bienes que por un hecho ocurrido durante su permanencia en la Zona Franca sufren deterioro, descomposición, daño total o demerito absoluto. Ej.: mercancías que durante el traslado a la Zona Franca sufren siniestros.
Exportación Definitiva La introducción a Zona Franca Permanente desde el Territorio Aduanero Nacional, de materias primas, partes, insumos y bienes terminados nacionales o en libre disposición, necesarios para el normal desarrollo de su objeto social a favor del Usuario Operador o Industrial de Bienes y de Servicios, siempre y cuando dicha mercancía sea efectivamente recibida por ellos. Incluir a los usuarios comerciales ya que estos son lugares donde se consolidan mercancías nacionales y del resto del mundo para exportación y son considerados como plataformas logísticas.
Ventas y Tránsitos Los depósitos francos pueden abastecerse de mercancías provenientes de zonas francas y no incluye otro tipo de depósitos como son los Aeronáuticos, de Apoyo Logístico Internacional, de Distribución Internacional y de Transformación Bajo Control Aduanero. TRANSITOS ADUANERO. Aclarar que la restricción establecida en el ultimo inciso del art 12 de Res 7002 del 2002,. No aplica para los bienes producido en las zonas francas. "lo dispuesto en este inciso, no se aplicara a las importaciones de este tipo de mercancías cuando las mismas son producidas al interior de las zonas Francas por los Usuarios Industriales de Bienes.
Ventas y Tránsitos Envió de fotocopias de los formularios a la DIAN.. Precisar que no es obligatorio el envió de fotocopias o copias de los formularios de movimientos de mercancías con sus anexos, salvo en procedimientos manuales o que no exista en la ZF procedimientos informáticos en línea que permitan consultar los movimientos diarios. En todo caso se mantiene la obligación de conservar los documentos por el tiempo que establece la legislación Aduanera.
Pólizas por Cesión de Derechos. Se establece la exigencia de una póliza para los casos de cesión de derechos. Los bienes bajo el régimen franco, están bajo la responsabilidad del Uoperador y su responsabilidad llega hasta garantizar el valor de los tributos. Los bienes sobre los que se hace cesión de derechos están dentro de la zona franca y no van a ser retirados de la misma. No debe exigirse garantía, ya que no existe riesgo por la perdida de los bienes. Esta garantía debería exigirse cuando la cesión implique un movimiento entre ZF de diferente jurisdicción, aunque seria pertinente verificar si existe otra póliza que garantice los tributos.
Nacionalización de Excedentes Nacionalización de excedentes y/o saldos de inventario. Los Usuarios Industriales de las zonas francas, en el desarrollo de su actividad, generan excedentes y /o saldos de inventario de las materias primas e insumos, que o pueden ser utilizado por el usuario, convirtiéndose en un inventario que genera sobrecostos y ocupando espacio en la bodega. Con el fin de reducir estos sobrecostos al mantener inventarios obsoletos para el usuario, sugerimos se permita a los usuarios industriales previa solicitud debidamente justificada ante el usuario operador, comercializar este tipo de inventarios.
Depósitos Algunas modificaciones: No área mínima depósitos privados proliferación Cambio en los parámetros de patrimonio líquido y garantías exigidas Se incluye una nueva modalidad de importación: régimen de depósito aduanero. No pago tributos aduaneros 1 año (prorrogable) de permanencia de las mercancías
G R A C I A S María Cecilia Ibarra Castillo Gerente Zona Norte Araujo Ibarra y Asociados S.A. TEL. (575) 3690866 mcibarra@araujoibarra.com