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Transcripción:

Ministerio de Desarrollo Social Dra. Alicia Kirchner Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia Lic. Paola Vessvessian Dirección Nacional de Políticas para Adultos Mayores Dra. Mónica Roqué

Igualdad y no Discriminación Los Estados Partes reafirman que las personas mayores son iguales ante la ley y que tienen derecho, sin ninguna discriminación, a igual protección e igual beneficio de la ley Imagen social de la vez- Concientización Concientizar a toda la sociedad, inclusive las familias, sobre las condiciones de las personas mayores y fomentar el respeto por los derechos y por la dignidad de las mismas Trabajar sobre las representaciones sociales que se tienen en relación al Adulto Mayor a fin de combatir estereotipos, prejuicios y prácticas nocivas en relación a las personas de edad;

Libertad Disfrutar el derecho a la libertad y seguridad de la persona Preservar y promover la libertad de expresión No ser privadas arbitrariamente de su libertad y que toda privación de libertad sea en conformidad con la ley, y que su condición de edad no justifique la privación de libertades y de no respeto de su autonomía

Accesibilidad Con el fin de facilitar a las personas mayor vivir con autonomía y participar plenamente en todos los aspectos de la vida, los Estados Partes deberán tomar las medidas apropiadas para asegurarles el acceso, en igualdad de oportunidad con las demás personas, al medio físico, al transporte, a la información y comunicación, inclusive a los sistemas de tecnologías de información y comunicación, así como a otros servicios e instalaciones abiertos al público, tanto en la zona urbana como la rural. Estas medidas, deberán incluir la identificación y la eliminación de obstáculos y barreras que impidan la accesibilidad,

Prevención de la Violencia, el Abuso y los Malos Tratos y Protección contra la Explotación Los Estados Partes deberán tomar todas las medidas apropiadas de naturaleza legislativa, administrativa, social, educacional u otras para prevenir y proteger a las personas mayores, tanto dentro como fuera de su hogar, contra todas las formas de explotación y violencia, incluyendo la violencia de género, abuso y malos tratos, en sus formas institucional, económica, familiar y social.

Autonomía e Inclusión Social Los Estados Partes de esta Convención reconocen el igual derecho de todas las personas mayores a vivir en comunidades como las demás personas, y deberán tomar medidas efectivas y apropiadas para facilitar a las personas mayores el pleno disfrute de este derecho y su plena inclusión y participación en la comunidad, asegurando que Las personas mayores pueden escoger su lugar de residencia o donde quieran vivir, en igualdad de condiciones que las demás personas,

Autonomía Personal e Inclusión Social Las personas mayores tengan Acceso a servicios de cuidados y apoyos domiciliarios, con el fin de garantizar su autonomía, y el derecho a residir en su hogar el mayor tiempo posible. Sean reconocidos los derechos de las personas de mayores en vivir junto con sus familiares, y/u otros vínculos significativos, si así lo desean

Autonomía Personal e Inclusión Social Sean reconocidas las obligaciones de los hijos mayores de edad de amparar a sus padres durante la vejez Sea asegurada para las personas de edad la preservación de sus vínculos familiares

Educación Los Estados Parte deberán asegurar un sistema educacional inclusivo en todos los niveles, así como el aprendizaje a lo largo de toda la vida El desarrollo máximo posible de la personalidad, de los talentos y de la creatividad de las personas mayores, así como sus habilidades físicas e intelectuales La participación de las personas mayores en el sistema de educación garantizando la enseñanza fundamental gratuita para todas las personas mayores que no tuvieron acceso en edades más tempranas

Salud Extender a las personas mayor la misma cobertura y calidad de programas y cuidados de salud gratuitos y accesibles que para las demás personas, a partir del enfoque de atención primaria de la salud, inclusive en el área salud mental, sexual y reproductiva y de programas de salud pública destinados la población en general; Propiciar que estos servicios de salud sean accesibles geográfica, económica y culturalmente, inclusive en las zonas rurales

Salud Exigir a los profesionales de salud una atención de la misma calidad para las personas mayores que para las otras personas Prohibir la discriminación contra las personas mayores en la provisión de cobertura de salud y seguros de vida públicos y privados Promover y propiciar la capacitación de los equipos interdisciplinarios de salud en la temática específica del adulto mayor a fin de asegurar la calidad de la atención de la salud de las personas de edad;

Salud Promover la creación de servicios de cuidados progresivos, (cuidados domiciliarios, centros de día, residencias, y cuidados paliativos) Garantizar el derecho de las personas mayor de morir con dignidad.

Trabajo, Empleo y Seguridad Social Proteger el derecho al trabajo de las personas mayores en igualdad con las demás, en condiciones justas y favorables, incluyendo iguales oportunidades e igual remuneración por trabajo de igual valor, condiciones seguras y saludables de trabajo, Los Estados Partes deberán asegurar que las personas de edad no serán esclavizadas y que serán protegidas en igualdad de condiciones que las demás personas, contra el trabajo forzado u obligatorio

Trabajo, Empleo y Seguridad Social Realizar programas que permitan a todos los trabajadores tener una protección social/seguridad social básica que comprenda, cuando fuera el caso, seguro de invalidez y asistencia en salud Promover la inclusión de los beneficios de la seguridad social por viudez independientemente del estado civil u orientación sexual de los convivientes

Trabajo, Empleo y Seguridad Social Elaborar y aplicar políticas con vista a asegurar que todas las personas dispongan de una vejez con protección económica y social suficiente, garantizándoles las mismas condiciones a las personas que trabajan en el sector informal Asegurar el igual acceso de las personas mayores a los programas y beneficios de jubilación, así como su movilidad en relación a los ingresos de los trabajadores activos

Protección Social Asegurar el acceso igualitario de las personas mayores a los servicios de agua potable y asegurar el acceso a los servicios apropiados de transporte, tratamiento de excretas y residuos; telecomunicación, etc.; Asegurar el acceso de las personas mayores a los programas de protección social y de reducción de la pobreza Asegurar el acceso de las personas mayores a los programas de vivienda sociales

Recreación, Ocio y Deporte Disfrutar del acceso a lugares o servicios de eventos culturales, tales como teatros, museos, cines, bibliotecas y servicios turísticos, así como el acceso a monumentos y lugares de importancia cultural nacional Los Estados Partes deberán tomar medidas apropiadas para que las personas mayores tengan la oportunidad de desarrollar y utilizar su potencial creativo, artístico e intelectual, no solamente en beneficio propio sino también para el enriquecimiento de la sociedad

Participación en la Vida Política y Pública Los Estados Partes deberán garantizar Que las personas mayores puedan participar efectiva y plenamente en la vida política y pública, en igualdad de condiciones con las demás personas, incluyendo el derecho y la oportunidad de votar y ser votadas La protección del derecho de las personas de edad al voto secreto en las elecciones y plebiscitos

Participación en la Vida Política y Pública Los Estados Partes deberán garantizar Las condiciones para que puedan ser candidatos a elecciones, ocupar cargos votados y desempeñar cualquier función pública en todos los niveles de gobierno, usando nuevas ayudas técnicas, si se requiere La libre expresión de la voluntad de las personas mayores como electores y, por lo tanto, siempre que sea necesario y a su solicitud, del permiso para que ellas sean asistidas en la votación por una persona de su elección

Participación en la Vida Política y Pública Los Estados Partes deberán garantizar La formación de organizaciones para representar a las personas de mayores en el nivel internacional, regional, nacional y local, y su afiliación a tales organizaciones. La conformación de consejos persona mayores que para el seguimiento de las políticas del sector