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TÉRMINOS DE REFERENCIA ENTIDAD CONTRATANTE: DENOMINACIÓN: FUENTE DE FINANCIAMIENTO: MODALIDAD DE CONTRATACIÓN: FORMA DE ADJUDICACIÓN: SEDE DE TRABAJO: Ministerio de Planificación del Desarrollo Unidad Ejecutora del PROMARENA. Consultor Individual de Línea Director Nacional Plan Vida PEEP. Recursos provenientes con cargo a la partida presupuestaria 25280 del Presupuesto aprobado del Proyecto Plan Vida PEEP. Procedimiento Requerido por el Financiador FIDA. Por el total La Paz CANTIDAD DE CONSULTORES: Uno (1) 1. ANTECEDENTES El Convenio de Préstamo 800 BO fue suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA) para el financiamiento del Proyecto Plan VIDA PEEP de Erradicación de la Extrema Pobreza. El Proyecto Plan VIDA - PEEP, para la implementación de la política gubernamental de erradicación de la extrema pobreza parte, en su concepción, de la Constitución Política del Estado (CPE), orientándose a coadyuvar en una de las principales obligaciones del Estado Plurinacional de Bolivia, la eliminación de la pobreza y la exclusión social y económica. El Ministerio de Planificación del Desarrollo (MPD) ejecuta el proyecto Plan VIDA PEEP de Erradicación de la Extrema Pobreza a través de la Unidad Ejecutora del Proyecto de Recursos Naturales (PROMARENA), con la finalidad de lograr el desarrollo rural con identidad cultural, mediante la identificación y fortalecimiento de las potencialidades productivas del área del Proyecto con gestión integral comunitaria. 2. OBJETIVOS DE LA CONSULTORIA 2.1. OBJETIVO GENERAL Dirigir la ejecución del Proyecto Plan Vida PEEP según las políticas y lineamientos estipulados en el Convenio de Financiamiento (Préstamo 800-BO) y en la norma legal nacional. 2.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 2.2.1. Implementar el Proyecto en el marco del Convenio de Financiamiento (Préstamo 800-BO) y en la norma legal nacional.

2.2.2 Gestionar la aprobación de los Programas Operativos Anuales y Presupuesto con las instancias que correspondan. 2.2.3 Cumplir y hacer cumplir de manera adecuada, eficaz y eficiente, en sus aspectos técnicos, financieros, administrativos y operativos la ejecución de las actividades programadas en los Planes Operativos Anuales y los presupuestos aprobados para cada gestión, contribuyendo al logro de los resultados esperados del Proyecto, en el marco de la normativa nacional y del Convenio de Financiamiento (Préstamo 800 BO). 2.2.4. Implementar y generar los instrumentos normativos del Proyecto para garantizar su correcto funcionamiento. 2.2.5. Hacer cumplir los lineamientos y estrategias técnicas de la gestión del Proyecto. 2.2.6. Representar al Proyecto en sus actos Técnicos, Administrativos, Financieros y Legales hasta el grado de las competencias otorgadas por la Máxima Autoridad Ejecutiva del Ministerio de Planificación del Desarrollo ante autoridades del Gobierno, FIDA y otras organizaciones públicas y privadas. 3. ALCANCE 3.1 Planificar, ejecutar y evaluar las Operaciones Anuales en los aspectos físico y financiero y presentar a las instancias respectivas, en el marco del Convenio de Préstamo 800-BO 3.2 Informar los resultados físicos y financieros del Proyecto oportunamente ante las instancias del Ministerio de Planificación del Desarrollo y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola. 3.3 Presentar los Estados Financieros anuales auditados ante las instancias del Ministerio de Planificación del Desarrollo y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola dentro los plazos establecidos. 4. ACTIVIDADES A DESARROLLAR POR EL (LA) CONSULTOR(A) El/la consultor(a) realizará las siguientes actividades, siendo éstas enunciativas y no limitativas: a) Representar al Proyecto PV PEEP ante las autoridades del Gobierno, FIDA y otras organizaciones públicas, privadas y organismos internacionales. b) Suscribir convenios con entidades públicas, privadas y organizaciones territoriales de base del área de intervención para lograr el cumplimiento de los objetivos del Proyecto, de acuerdo a lo establecido en el Convenio de Financiamiento (Préstamo 800-BO). c) Suscribir contratos administrativos, cuando corresponda. d) Representar legalmente en todos los actos vinculados a la coordinación, ejecución y coejecución del Proyecto, en el marco del Convenio de Financiamiento (Préstamo 800-BO) y la normativa legal Nacional. e) Cuando corresponda, delegar a través de Resolución Administrativa- facultades de aprobación de Proyectos y otras actividades para el cumplimiento de las metas del Proyecto PV - PEEP. f) Controlar el adecuado cumplimiento de los procedimientos para la aprobación de proyectos financiados por el Proyecto PV-PEEP en sus diferentes instancias. g) Controlar el cumplimiento del Manual de Operaciones del Proyecto.

h) Aprobar las modificaciones presupuestarias intrainstitucionales. i) Emitir Resoluciones Administrativas, cuando corresponda. j) Coordinar con los actores sociales involucrados en la ejecución del Proyecto. k) Autorizar, en todos los casos, las solicitudes de inicio de los procesos de contratación de obras, bienes, servicios y consultorías. l) Controlar el cumplimiento de los aspectos técnicos, legales, administrativos y financieros del Proyecto PV-PEEP, en el marco de las disposiciones establecidas en el Convenio de Financiamiento, Préstamo No. 800-BO y de la normativa legal Nacional, mediante una dirección eficaz, eficiente y transparente. m) Controlar que los procesos de contratación y adquisición de bienes y servicios se encuentren enmarcados en la normativa legal nacional vigente y en el Convenio de Financiamiento (Préstamo No. 800-BO). n) Controlar la correcta administración de los recursos financieros asignados al Proyecto PV PEEP. o) Solicitar la inclusión y exclusión de firmas autorizadas ante la MAE, para la cuenta designada. p) Autorizar la apertura de cuentas fiscales para el manejo de los recursos del Proyecto PV - PEEP. q) Solicitar los recursos económicos, ante los organismos financiadores, para la ejecución de las actividades previstas en los programas operativos anuales del Proyecto. r) Hacer cumplir los términos establecidos en los convenios, contratos y acuerdos con terceros. s) Aprobar y hacer cumplir la programación operativa anual y sus modificaciones, para el cumplimiento de los objetivos y metas del Proyecto PV PEEP, en cada ejercicio fiscal. t) Controlar que las actividades técnicas, financieras, administrativas y legales del Proyecto PV - PEEP se cumplan de forma eficaz y eficientemente, en el marco de la Programación Operativa Anual. u) Cumplir la programación y ejecución oportuna de las auditorías a los estados financieros del Proyecto PV PEEP al término de cada ejercicio fiscal y remitir los resultados a las instancias del MPD/ORP y del FIDA, de acuerdo a normativa legal nacional y del Convenio de Financiamiento (Préstamo No. 800-BO). v) Aprobar y autorizar el cronograma de desembolsos, en función de la programación realizada por las Oficinas Regionales. w) Verificar que las actividades de la programación de operaciones anual del Proyecto PV PEEP se enmarquen en el Convenio de Financiamiento (Préstamo No. 800-BO) y en la normativa legal nacional. x) Aprobar el Presupuesto del Proyecto PV-PEEP y sus modificaciones en cada ejercicio fiscal, asegurando su presentación oportuna ante las instancias correspondientes. y) Aprobar los informes de avance físicos - financieros del Proyecto PV PEEP y asegurar su presentación oportuna ante las instancias correspondientes. z) Solicitar las No Objeciones del FIDA, cuando se requiera. aa) Efectuar los eventos de rendición pública de cuentas ante las organizaciones sociales, en el marco de la transparencia de la gestión del Proyecto. bb) Aprobar los Estados Financieros de gestión del Proyecto PV-PEEP. cc) Solicitar y autorizar las gestiones administrativos y financieros ante el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. dd) Solicitar y autorizar diversas gestiones ante instancias públicas, privadas y de la cooperación. ee) Administrar y autorizar la creación de perfiles en el SIGMA.

5. SUPERVISIÓN ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA El(la) Consultor(a) prestará sus servicios bajo la supervisión del Viceministro de Inversión Pública y Financiamiento Externo a través de la Unidad de Administración de Programas -UAP dependiente de la Dirección General de Gestión del Financiamiento. 6. INFORMES El consultor deberá presentar un informe mensual sobre las actividades realizadas según lo establecido en los puntos 2, 3 y 4, y un informe final a la conclusión del contrato, como requisitos para la procedencia del pago. Los informes que presente el consultor deberán ser aprobados por el Viceministro de Inversión Pública y Financiamiento Externo (VIPFE) a través de la Unidad de Administración de Programas - UAP dependiente de la Dirección General de Gestión del Financiamiento. 7. PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE INFORMES El plazo de presentación de informe mensual es de hasta cinco (5) días hábiles después de la fecha de culminación de cada mes de prestación del servicio. La presentación del informe final del CONSULTOR es de hasta 10 (diez) días hábiles después de la finalización del plazo de ejecución del contrato. 8. LUGAR Y HORARIO DEL SERVICIO La consultoría se desarrollará en los ambientes de la Oficina Nacional de la Unidad Ejecutora del PROMARENA que ejecuta el Proyecto Plan Vida PEEP, a dedicación exclusiva cumpliendo los horarios de ingreso y salida dispuestos por el Proyecto. Asimismo, para el cumplimiento de las actividades establecidas en el presente TDR, el consultor podrá realizar viajes y prestar sus servicios fuera de la sede de trabajo, el costo de pasajes y viáticos será asumido por el Plan Vida. Los ambientes de las oficinas donde prestará sus servicios el(la) consultor(a) contratado(a) se declaran libres de contaminación por emisión de humo de tabaco, en aplicación al Art. 41 de la Ley de Medio Ambiente Nº 1333, situación que deberá ser aceptada y cumplida por el contratado. 9. PERFIL REQUERIDO DEL CONSULTOR 9.1 CONDICIONES MÍNIMAS (EVALUACIÓN CUMPLE/NO CUMPLE) Las condiciones mínimas que se detallan a continuación deben tener su respaldo certificado, emitido por entidad competente (adjuntar fotocopias simples al formulario de propuesta técnica). A. FORMACIÓN a) Licenciatura con Título en Provisión Nacional en Economía, Administración de Empresas, Ingeniería Agronómica o ramas vinculadas al área de Recursos Naturales.

B. CURSOS ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA a) Curso en gerencia de Proyectos. b) Curso en preparación y evaluación de Proyectos. C. EXPERIENCIA LABORAL PROFESIONAL GENERAL. Experiencia laboral profesional general de nueve (9) años en el sector público y/o privado. La experiencia laboral profesional general será evaluada a partir de la fecha de emisión del título en provisión nacional, únicamente con: I) Certificados de cumplimiento de contrato II) Contratos de Trabajo y/o III) Certificados de trabajo y/o IV) Otro (s) documento(s); donde especifique claramente las fechas de inicio y fin de los mismos. D. EXPERIENCIA LABORAL PROFESIONAL ESPECIFICA Experiencia laboral profesional específica de seis (6) años en el sector público en: En Proyectos de inversión en desarrollo agropecuario rural con Financiamiento Externo, dirigido a comunidades y familias pobres del área rural y manejo de equipos de trabajo multidisciplinarios. Desarrollo rural, producción y comercialización de productos agrícolas, pecuarios, artesanías, turísticos y de transformación con pequeños productores. Gestión de Proyectos y Programas de Inversión Pública. La calificación de años es acumulable, en una o indistintamente en las tres áreas requeridas La experiencia laboral específica se evaluará a partir de la emisión del título en provisión nacional, únicamente con: I) Certificados de cumplimiento de contrato II) Contratos de Trabajo y/o III) Certificados de trabajo, donde especifique claramente las fechas de inicio y fin de los mismos. 9.2. CONDICIONES ADICIONALES Las condiciones adicionales que se detallan a continuación deben tener su respaldo certificado, emitido por entidad competente (adjuntar fotocopias simples al formulario de propuesta técnica) y los puntajes asignados se detallan en el Cuadro de Condiciones Adicionales adjunto.

A. FORMACIÓN COMPLEMENTARIA a) Curso de Postgrado (Grado académico mínimo de Maestría) en alguna de las siguientes áreas: Economía, Administración de Empresas, Ingeniería Agronómica o ramas vinculadas al área de Gestión Rural, Recursos Naturales y Medio Ambiente. b) Curso de Postgrado (Grado académico mínimo de Diplomado) en alguna de las siguientes áreas: Economía, Administración de Empresas, Ingeniería Agronómica o ramas vinculadas al área de Gestión Rural, Recursos Naturales y Medio Ambiente. c) Curso de la Ley 1178. d) Curso de Administración de Bienes y Servicios. e) Curso de Responsabilidad por la Función Pública. f) Cursos de Windows Office (Excel, Word, Power Point). g) Curso Idioma Nativo. B. EXPERIENCIA LABORAL PROFESIONAL ESPECIFICA La misma se detalla en el cuadro de condiciones adicionales adjunto y se evaluará a partir de la emisión del título de la emisión del título en provisión nacional, únicamente con: I) Certificados de cumplimiento de contrato II) Contratos de Trabajo y/o III) Certificados de trabajo, donde especifique claramente las fechas de inicio y fin de los mismos. 10. CAPACITACIÓN El Consultor(a) podrá recibir capacitación técnica de acuerdo a las funciones a ser desempeñadas y la naturaleza del Programa, en tanto dure la relación contractual. Esta capacitación no incluirá la formación académica de pre y post grado. 11. SEGURO En cumplimiento a lo establecido en el Convenio de Financiamiento Préstamo 800-BO, el Personal del Esencial del Plan Vida PEEP, contará con un Seguro Contra los Riesgos de Enfermedad y Accidentes. 12. PAGO DE IMPUESTOS El pago de impuestos de ley es responsabilidad exclusiva del consultor, debiendo presentar una fotocopia de la declaración trimestral o factura mensual emitida a favor de la Entidad Contratante, caso contrario se retendrá los impuestos de acuerdo a normativa vigente. 13. APORTES AL SISTEMA INTEGRADO DE PENSIONES El pago de los aportes al Sistema Integral de Pensiones (Arts92 y 101 de la Ley N 065 de 10 de diciembre de 2010 y su Decreto Reglamentario), es responsabilidad exclusiva del consultor debiendo presentar las declaraciones de pago mensuales al Sistema Integral de Pensiones SIP, y la documentación de respaldo de acuerdo a disposiciones vigentes. 14. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Recursos provenientes con cargo a la partida presupuestaria 25280 del Presupuesto aprobado del Proyecto Plan Vida PEEP. 15. METODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACION Procedimiento Requerido por el Financiador FIDA. 16. CONFIDENCIALIDAD El/la consultor(a) deberá comprometerse a guardar absoluta confidencialidad sobre la información a la que tenga acceso durante y después de la ejecución del servicio. 17. PROPIEDAD INTELECTUAL La documentación que se produzca bajo los términos de esta consultoría será de propiedad exclusiva de la Institución, que tendrá los derechos exclusivos para implementarlos en las instancias que considere necesario. Este derecho continuará vigente aún concluida la relación contractual de las partes.