Módulo Finanzas - IVA Información de usuario Release notes v. 8.5.7.0 a UNIT4 2010 Ref. Pfiv8571u.docx
Módulo Finanzas - IVA Tabla de contenido Tabla de contenido 1. Introducción... 1 2. Requerimientos... 1 2.1. Requerimientos de hardware...1 2.2. Requerimientos de software...1 3. Novedades... 1 3.1. Tratamiento fiscal...1 3.1.1. General... 1 3.1.1.1. Modelo 347...1 3.1.2. Declarados y documentos... 1 3.1.2.1. Documentos...1 3.1.2.1.1. Abrir...1 3.1.2.2. Actualización a IVA, 349 y 347...2 3.1.2.3. Abrir...2 3.1.2.4. Consulta de documentos...2 3.1.3. Gestión del IVA... 2 3.1.3.1. Modelo 349...2 3.1.3.1.1. Abrir...2 3.1.3.2. Modelo 347...3 3.1.3.2.1. Abrir...3 Página I
Módulo Finanzas - IVA v. 8.5.7.0 a 1. Introducción En este documento se describen los cambios que se producen en la aplicación al actualizar la versión del producto UNIT4 ekon. Módulo Finanzas IVA de la versión 8.5.7.0 a la versión 8.5.7.1. Las novedades que se añaden en cada versión de Release notes se indican en el documento mediante una separación con la versión correspondiente que aparece debajo del título de la novedad. 2. Requerimientos No se necesita ningún requerimiento especial. 2.1. Requerimientos de hardware Indicar el espacio libre necesario para poder realizar la instalación. 2.2. Requerimientos de software La versión 8.5.7.1 de UNIT4 ekon. Módulo Finanzas IVA necesita: karat versión 7.5.3.2. UNIT4 ekon. Módulo Común versión 8.5.3.1. UNIT4 ekon. Módulo Finanzas versión 8.5.7.1. 3. Novedades 3.1. Tratamiento fiscal 3.1.1. General 3.1.1.1. Modelo 347 Se deberá revisar la definición de las modalidades que se quieran utilizar en la Liquidación del 347 como Percepciones de transmisiones de inmuebles puesto que deberán marcar la opción de Clase de operación de transmisión de inmuebles. Si ya se hubiera realizado la actualización para el Modelo 347, deberá darse de baja y volver a lanzar el proceso para obtener los importes afectados. 3.1.2. Declarados y documentos 3.1.2.1. Documentos 3.1.2.1.1. Abrir Se permite la gestión de las Percepciones en metálico en las facturas de ventas registradas. Esta información se utilizará en la presentación del Modelo 347. Release notes Información de usuario Página 1
Módulo Finanzas - IVA v. 8.5.7.0 a 3.1.2.2. Actualización a IVA, 349 y 347 3.1.2.3. Abrir De acuerdo a los cambios legales realizados en el Modelo 349 de Declaración Recapitulativa de Operaciones Intracomunitarias para ejercicios posteriores al 2009, se revisa la aplicación para adecuarla a estos requerimientos:, se modifica el período de declaración, que con carácter general corresponderá a cada mes natural. No obstante, también podrá ser trimestral, anual y excepcionalmente bimestral, cuando concurran determinadas circunstancias establecidas en los apartados 2 y 4 del artículo 81 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido. En la actualización de los datos asociados a la liquidación del Modelo 347 se tienen en cuenta: las Percepciones en metálico indicadas en el documento fiscal para su consideración como Cantidades percibidas en metálico para los documentos de ventas. los documentos de ventas afectados por una modalidad en la que se haya marcado la opción de Operación de transmisión de inmuebles como Clase de operación, traspasarán el importe correspondiente como Transmisión de inmuebles. 3.1.2.4. Consulta de documentos Nuevo proceso que permitirá acceder a la consulta de los documentos fiscales definidos. Podrá restringirse el acceso a la información a partir de unos criterios de selección o condiciones aplicables desde la ventana. Desde la consulta se permitirá acceder al asiento (ir a la consulta asociada, modificar el asiento, visualizarlo o listarlo), siempre que la factura fiscal seleccionada esté relacionada con un apunte contable. 3.1.3. Gestión del IVA 3.1.3.1. Modelo 349 3.1.3.1.1. Abrir De acuerdo a los cambios legales realizados en el Modelo 349 de Declaración Recapitulativa de Operaciones Intracomunitarias para ejercicios posteriores al 2009, se revisa la aplicación para adecuarla a estos requerimientos: Se modifica el período de declaración, que con carácter general comprenderá las operaciones realizadas en cada mes natural, y se presentará durante los veinte primeros días naturales del mes inmediato siguiente al correspondiente período mensual. No obstante, la presentación podrá ser bimestral, trimestral o anual en los siguientes supuestos: 1. Bimestral: Si al final del segundo mes de un trimestre natural el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios que deban consignarse en la declaración recapitulativa supera 100.000 euros (a partir de 2012, el umbral se fija en 50.000 euros). 2. Trimestral: Cuando ni durante el trimestre de referencia ni en cada uno de los cuatro trimestres naturales anteriores el importe total de las entregas de bienes y prestaciones Release notes Información de usuario Página 2
Módulo Finanzas - IVA v. 8.5.7.0 a de servicios que deban consignarse en la declaración recapitulativa sea superior a 100.000 euros. Otras modificaciones modelo 349 (grandes contribuyentes) Desaparece el registro tipo 0, dado que ya no se admiten declaraciones colectivas. La longitud de los registros pasa de 250 a 500. En el campo del PERIODO del registro tipo 1 y en el campo RECTIFICACIONES del registro tipo 2 se incrementa el número de valores para dar cabida al mensual ( 01 Enero. etc). La estructura de los diseños de registro se mantienen igual que antes y dentro de las posiciones 1-250, salvo en el del tipo 1 que se incluye un campo nuevo NIF DEL REPRESENTANTE LEGAL y el campo SELLO ELECTRÓNICO, se traslada al final. Los campos de Identificación se adaptan al RD 10655/2007. Tipo de registro 1: INDICADOR CAMBIO PERIODICIDAD EN LA OBLIGACIÓN DE DECLARAR (posición 186): En caso de que el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicio superen los 50.000 euros (en los ejercicios 2010 y 2011 este límite será de 100.000 ) en el segundo mes de cada trimestre (Febrero, Mayo, Agosto, Noviembre) deberá presentarse una declaración mensual por ese período en la que se incluirán las operaciones correspondientes a ese mes (segundo mes del trimestre) y al anterior (primer mes del trimestre). Se consignará: X: Si se corresponde con una declaración mensual con operaciones correspondientes a los dos primeros meses del trimestre Blanco: En cualquier otro caso. Se incrementan los posibles valores de la CLAVE DE OPERACIÓN, dado que desde el 1 de enero de 2010, se debe recoger la información sobre las denominadas prestaciones y adquisiciones intracomunitarias de servicios: S Prestaciones intracomunitarias de servicios realizadas por el declarante. I Adquisiciones intracomunitarias de servicios localizadas en el TAI realizadas por empresarios o profesionales establecidos en otros Estados Miembros cuyo destinatario es el declarante 3.1.3.2. Modelo 347 3.1.3.2.1. Abrir El único importe metálico que se gestiona en el proceso es el que está relacionado con las ventas normales y que se renombra por Cantidades percibidas en metálico. Se permitirá mostrar una consulta con los documentos fiscales en los que se haya informado este importe para la persona, ejercicio y declarado. Release notes Información de usuario Página 3
Módulo Finanzas - IVA Información de implantación Release notes v. 8.5.7.0 a UNIT4 2010 Ref. Documento1
Módulo Finanzas - IVA Tabla de contenido Tabla de contenido 1. Introducción... 1 2. Información... 1 3. Instalación... 1 3.1. Comprobaciones previas... 1 3.2. Procedimiento que se debe seguir... 1 4. Novedades... 1 4.1. Configuración... 1 4.1.1. Modelo 349... 1 4.1.1.1. Abrir... 1 Página I
Módulo Finanzas - IVA v. 8.5.7.0 a 1. Introducción En este documento se describen los cambios que el implantador debe conocer para manipular el producto navegando a través de los menús de la aplicación. 2. Información Este documento no contiene toda la información de la actualización, es una ampliación técnica de la contenida en la información de usuario. 3. Instalación 3.1. Comprobaciones previas Espacio libre suficiente. Se recuerda que es necesario realizar copias de seguridad antes de cualquier instalación. 3.2. Procedimiento que se debe seguir Ejecute el archivo PFI08571.eiz y siga las instrucciones que aparecen en pantalla. Es aconsejable ejecutar el Asistente de instalación una vez finalizada la copia de los archivos en el PC donde se instala, puesto que así se asegura no olvidar ninguno de los pasos necesarios. Para más información consulte el documento Herramientas de distribución. Asistente de Instalación. Manual de usuario. Se recuerda que es necesario realizar copias de seguridad antes de cualquier instalación. 4. Novedades 4.1. Configuración 4.1.1. Modelo 349 4.1.1.1. Abrir De acuerdo a los cambios legales realizados en el Modelo 349 de Declaración Recapitulativa de Operaciones Intracomunitarias para ejercicios posteriores al 2009, se permite especificar una periodicidad de tipo Mensual (M). Release notes Información de implantación Página 1