1 _ DECRETO N 851 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I.- Que mediante Decreto Legislativo N 725, de fecha 30 de septiembre de 1999, publicado en el Diario Oficial N 208, Tomo N 345, del 9 de noviembre de! mismo año, se ratificó en todas sus partes el Convenio Marco relativo a la Ejecución de la Ayuda Financiera y Técnica y de la Cooperación Económica en El Salvador, en virtud del Reglamento ALA, suscrito el 17 de mayo de 1999 entre el Gobierno de la República de El Salvador y la Comunidad Europea, representada por la Comisión de las Comunidades Europeas, el cual en su artículo 3 establece que todo proyecto de cooperación seleccionado por la referida Comisión, puede dar lugar a un Convenio de Financiación específico entre la Comisión, actuando en nombre de la Comunidad Europea y el Gobierno de la República de El Salvador o las autoridades de los Entes Públicos mencionados en el artículo 6 del Convenio, que podrán ser: el Estado, las Administraciones Descentralizadas y las Comunidades Locales, entre otros. II.- III.- Que con fecha 10 de abril de 2002, fue suscrito entre la República de El Salvador y el Gran Ducado de Luxemburgo, el Acuerdo General de Cooperación entre ambos países, el cual fue ratificado por la Asamblea Legislativa mediante Decreto Legislativo N 869, de fecha 6 de junio de 2002, publicado en el Diario Oficial N 118, Tomo 355, del 27 del mismo mes y año. En base a dicho Acuerdo, con fecha 23 de marzo de 2012, el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo, representado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de la Inmigración y la Agencia Luxemburguesa para la Cooperación al Desarrollo (Lux - Development) y la República de El Salvador, suscribieron el Convenio de Financiación para desarrollar una operación del Fondo Común de Apoyo Programático (FOCAP), en apoyo al Programa Comunidades Solidarias, por un monto de 10,000,000.00 de Euros equivalentes a US$13,187,000.00 según el tipo de cambio publicado por el Banco Central de Reserva de El Salvador en esa fecha, al Fondo Común de Apoyo Programático y un monto máximo de 2,000,000.00 de Euros equivalentes a US$2,637,400.00 en forma de asistencia técnica gestionada directamente por Lux- Development, correspondiendo a la Secretaría Técnica y de Planificación de la Presidencia de la República coordinar la asignación de los fondos a las instituciones ejecutoras. Que el 29 de octubre de 2008, fue suscrito el Convenio Básico de Cooperación entre la República de El Salvador y el Reino de España, el cual fue ratificado por la Asamblea Legislativa mediante Decreto Legislativo N 863, de fecha 30 de abril de 2009, publicado en el Diario Oficial N 94, Tomo N 383, del 25 de mayo del mismo año; por lo que, con base a dicho Convenio Básico, con fecha 6 de julio de 2011, el Gobierno de la República de El Salvador, a través de los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Hacienda y la entonces Secretaría Técnica de la Presidencia de la República, suscribió con la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, AECID, el Convenio de Financiación para el apoyo programático al Programa Comunidades Solidarias, por un monto máximo de 16,000,000.00 de Euros equivalentes a US$23,077,280.00, según el tipo de cambio publicado por el Banco Central de Reserva de El Salvador en esa fecha, de los cuales 15,600,000.00
2 _ de Euros equivalentes a US$22,500,348.00 se destinaron para apoyo programático al Programa Comunidades Solidarias y 400,000.00 Euros equivalentes a US$576,932.00 para Asistencia Técnica al Programa, con una duración de 104 meses después de la llegada de los fondos; por lo que el período de ejecución finaliza el 31 de diciembre de 2019. IV.- V.- VI.- Que de acuerdo a lo estipulado en el Código de Conducta de Comunidades Solidarias y en el marco de las disposiciones administrativas de los respectivos convenios de financiación, la Secretaría Técnica y de Planificación de la Presidencia de la República, le asignó recursos al Ramo de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, por US$222,680.00, con el propósito de financiar la ejecución del Programa de Fortalecimiento de las capacidades asociativas para la generación de empleo intensivo en Comunidades Solidarias, a través de las Microempresas de Mantenimiento Vial, de los cuales US$42,685.00 provienen del Gran Ducado de Luxemburgo - FOCAP y US$179,995.00 de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo AECID- FOCAP. Que los recursos por $222,680.00 antes referidos, serán destinados para financiar la incorporación del Proyecto 5781 "Programa de Fortalecimiento de las Capacidades Asociativas para la Generación de Empleo Intensivo en comunidades Solidarias Urbanas, a nivel Nacional", cuyo objetivo es generar oportunidades de empleo digno y permanente con prioridad hacia los jóvenes en riesgo y familias en condición de pobreza, mediante la conformación de microempresas de mantenimiento vial que atenderán los derechos de vía de carreteras que pertenecen a la Red del FOVIAL. Que con el propósito que el Ramo de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano pueda hacer uso de los recursos antes referidos, se hace necesario una modificación a la Ley de Presupuesto vigente, votada mediante Decreto Legislativo N 590, de fecha 18 de enero de 2017, publicado en el Diario Oficial N 22, Tomo N 414, del 1 de febrero del mismo año, en los términos siguientes: en el Apartado II -INGRESOS, Rubro 22 Transferencias de Capital, Cuenta 224 Transferencias de Capital del Sector Externo, se incrementan las Fuentes Específicas 22403 De Gobiernos y Organismos Gubernamentales, con la cantidad de CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$42,685.00) y 22404 De Organismos Multilaterales, con la cantidad de CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$179,995.00) y en el Apartado III -GASTOS, en la parte que corresponde al Ramo de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, Unidad Presupuestaria 10 Programa de Apoyo a Comunidades Solidarias - PACSES, se incrementa la Línea de Trabajo 01 Asentamientos Urbanos Precarios y Empleo Intensivo en Obra Pública en Comunidades Solidarias, Rubro 62 Transferencias de Capital, con el monto de DOSCIENTOS VEINTIDÓS MIL SEISCIENTOS OCHENTA 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$222,680.00); asimismo, se modifica lo referente a la Asignación Presupuestaria por Rubro de Agrupación, Fuente de Financiamiento y Destino Económico y el Listado de Proyectos de Inversión Pública respectivo, incorporando el Proyecto con código 5781 antes relacionado, con el monto indicado.
3 _ POR TANTO, en uso de sus facultades Constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Hacienda. DECRETA: Art. 1.- En la Ley de Presupuesto vigente, Sección -A PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO, se introducen las modificaciones siguientes: A. En el Apartado II - INGRESOS, Rubro 22 Transferencias de Capital, Cuenta 224 Transferencias de Capital del Sector Externo, se incrementan las Fuentes Especificas que se indican a continuación: 22403 De Gobiernos y Organismos Gubernamentales, así: Convenio de Financiación suscrito entre el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo, representado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de la Inmigración y la Agencia Luxemburguesa para la Cooperación al Desarrollo (Lux - Development) y la República de El Salvador, destinado a desarrollar una operación del Fondo Común de Apoyo Programático FOCAP, al Programa Comunidades Solidarias en El Salvador, según Acuerdo General de Cooperación entre ambos países, ratificado por la Asamblea Legislativa, mediante Decreto Legislativo N 869, de fecha 6 de junio de 2002,publicadoen el Diario Oficial N 118, Tomo N 355, del 27 del mismo mes y año. $42,685 22404 De Organismos Multilaterales, así: Convenio de Financiación de fecha 6 de julio de 2011, suscrito entre la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo - AECID y la República de El Salvador, destinado a desarrollar una operación del Fondo Común de Apoyo Programático(FOCAP),al Programa Comunidades Solidarias en El Salvador, según Convenio Básico suscrito entre ambas entidades, ratificado por la Asamblea Legislativa mediante Decreto Legislativo N 863, de fecha 30 de abril de 2009, publicado en el Diario Oficial N 94, Tomo 383, del 25 de mayo del mismo año. 179,995 B. En el Apartado III - GASTOS, en la parte correspondiente al Ramo de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, Unidad Presupuestaria 10 Programa de Apoyo a Comunidades Solidarias - PACSES, se incrementan las asignaciones de la Línea de Trabajo 01 Asentamientos Urbanos Precarios y Empleo Intensivo en Obra Pública en Comunidades Solidarias, con la cantidad de $222,680 y en el Listado de Proyectos de Inversión Pública, se incorpora el Proyecto 5781, con el mismo monto, así: Se incrementa el Proyecto 5385, con el monto siguiente:
4 _ 4. Asignación Presupuestaria por Rubro de Agrupación, fuente de Financiamiento y Destino Económico Unidad Presupuestaria y Cifrado Presupuestario Línea de Trabajo 62 Transferencias de Capital Total Gastos de Capital 10 Programa de Apoyo a Comunidades Solidarias PACSES 222,680 222,680 2017-4300-3-10-01-22-5 Donaciones Asentamientos Urbanos Precarios y Empleo Intensivo en Obra Pública en Comunidades Solidarias 222,680 222,680 Total 222,680 222,680 5. Listado de Proyecto de Inversión Pública Se incorpora el Proyecto 5781, con el monto siguiente: Código Proyecto 10 Programa de Apoyo a Comunidades Solidarias - PACSES 01 Asentamientos Urbanos Precarios y Empleo Intensivo en Obra Pública en Comunidades Solidarlas 5781 Programa de Fortalecimiento de las Capacidades Asociativas para la Generación de Empleo Intensivo en Comunidades Solidarias Urbanas, a nivel Nacional Fuente de Financiamiento Donaciones Meta Fisica 100% de Avance Ubicación Geográfica Fecha de Finalización Monto del Proyecto 222,680 222,680 A Nivel Nacional Dic/2017 222,680 Total 222,680 Los recursos que se incorporan mediante el presente Decreto Legislativo por valor de $222,680.00, deberán ser aplicados a la Fuente de Recursos 35 Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo, por $42,685.00 y Fuente de Recursos 69 Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), por $179,995.00. Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los ocho días del mes diciembre del año dos mil diecisiete. GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE, PRESIDENTE. LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA, PRIMERA VICEPRESIDENTA. DONATO EUGENIO VAQUERANO RIVAS, SEGUNDO VICEPRESIDENTE. JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ, TERCER VICEPRESIDENTE. RODRIGO ÁVILA AVILÉS, CUARTO VICEPRESIDENTE. SANTIAGO FLORES ALFARO, QUINTO VICEPRESIDENTE.
5 _ GUILLERMO FRANCISCO MATA BENNETT, RENÉ ALFREDO PORTILLO CUADRA, PRIMER SECRETARIO. SEGUNDO SECRETARIO. FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE, TERCER SECRETARIO. REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA, CUARTO SECRETARIO. JACKELINE NOEMÍ RIVERA ÁVALOS, QUINTA SECRETARIA. SILVIA ESTELA OSTORGA DE ESCOBAR, SEXTA SECRETARIA. MANUEL RIGOBERTO SOTO LAZO, SÉPTIMO SECRETARIO. JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ, OCTAVO SECRETARIO. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los doce días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete. PUBLÍQUESE, Salvador Sánchez Cerén, Presidente de la República. Juan Ramón Carlos Enrique Cáceres Chávez, Ministro de Hacienda. D. O. N 232 Tomo N 417 Fecha: 12 de diciembre de 2017 SO/adar 12-01-2018