COMUNICADO DE PRENSA



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COMUNICADO DE PRENSA EL CONTROL DE SEGURIDAD DE LAS INSTALACIONES DE GAS Y LAS OBLIGACIONES DE MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES TÉRMICAS (CALEFACCIÓN Y CLIMATIZACION) Ante las informaciones que recientemente se están difundiendo en distintos medios de comunicación en relación con la existencia de fraudes en las inspecciones y revisiones de las instalaciones existentes en las viviendas, algunas veces con contenido erróneo, como Asociación empresarial que representa a las empresas instaladoras y mantenedoras de la provincia de Granada creemos necesario trasladar a los consumidores y usuarios, así como a la ciudadanía en general, las siguientes consideraciones que deben contribuir a aclarar las dudas que se puedan tener. Es frecuente que muchos usuarios tengan dudas a la hora de distinguir entre las INSPECCIONES Y REVISIONES DE SU INSTALACIÓN DE GAS, y las obligaciones relacionadas con el mantenimiento de la INSTALACIÓN TÉRMICA (calefacción, climatización, etc.). Para intentar aclarar esta cuestión debemos comenzar por señalar que ambas operaciones son diferentes, tienen distinto alcance, están reguladas en distintas normas, dado que afectan a diferentes tipos de instalación y son competencia de diferentes tipos de empresas. I.- EL CONTROL DE LA SEGURIDAD DE LAS INSTALACIONES DE GAS Por lo que se refiere a las instalaciones de gas, siempre deben ser objeto de un control periódico cada 5 años. Su objeto es determinar si la instalación de gas se encuentra en las adecuadas condiciones de seguridad y cumple la normativa vigente. Dependiendo del tipo de instalación el control periódico se llamará: a) INSPECCIÓN: si se trata de una instalación que está conectada a una red de distribución de gas canalizado (sea este gas natural o GLP, como el butano o propano) b) REVISIÓN: si la instalación no está conectada a una red de distribución, como ocurre con las instalaciones alimentadas por bombonas de butano/propano o con depósitos de gas a granel. Estos son los casos que más problemas ocasionan a los usuarios, por la proliferación de estafas que se vienen conociendo, llevadas a cabo por desaprensivos cuando no por auténticas redes organizadas de estafadores. En ambos casos inspección y revisión las operaciones fundamentales de control son idénticas y se realizan cada 5 años. No obstante existen las siguientes diferencias entre una y otra:

En el caso de la inspección. - Solo la puede hacer la compañía distribuidora del gas - Será ella quien se ponga en contacto con el usuario cada cinco años para comunicarle cuándo pasará a realizar la inspección - Se cobra siempre a través de la factura del gas. - Si de la inspección resultan defectos, el usuario tendrá un plazo para solventar la incidencia con una empresa instaladora o servicio técnico de su elección, y comunicarlo a la compañía distribuidora. En el caso de la revisión: - La puede hacer cualquier empresa instaladora habilitada de gas - Es el usuario quien tiene que solicitarla cada cinco años a la empresa de su elección - Su importe se abonará directamente a la empresa contratada por usuario que haya realizado la revisión. En consecuencia, debe quedar claro que en las instalaciones de gas no conectadas a una red de distribución (las que se alimentan con botellas de butano/propano), LA REVISIÓN DE LAS MISMAS LA PUEDE REALIZAR CUALQUIER EMPRESA INSTALADORA DE GAS LEGALMENTE HABILITADA. Por tanto, no se puede transmitir el mensaje a los usuarios y consumidores de que solo los instaladores vinculados a las compañías suministradoras de butano pueden realizar esa revisión. Cualquier empresa instaladora, en posesión de la habilitación y del carné correspondiente, puede realizarla tal y como se indica en el Reglamento Técnico de distribución y Utilización de Combustibles Gaseosos y sus Instrucciones Técnicas correspondientes, aprobado por RD 919/2006, de 28 de julio (véase en concreto la ITC-ICG-09, apartado 2.1.1.). El usuario o el titular de la instalación es libre en estos casos de requerir a cualquier empresa instaladora de gas, sin que tenga que ser obligatoriamente aquella que se encuentre vinculada a la compañía distribuidora de las bombonas. Y toda empresa instaladora habilitada legalmente deberá disponer de un seguro obligatorio de responsabilidad civil, independientemente del seguro de accidentes que ofrezca la compañía suministradora de las botellas de butano/propano. En todo caso, sea cual sea la empresa que realice la revisión, siempre deberá entregar al cliente un certificado de la revisión según un modelo normalizado, y que en su caso incluirá un informe de las anomalías detectadas (si es el caso). II.- OBLIGACIONES DE MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES TÉRMICAS (CALEFACCIÓN Y CLIMATIZACION) Frente a los controles periódicos (inspección o revisión) de las instalaciones de gas, que se limitan a indicarnos si en un momento concreto la instalación tiene o no alguna anomalía, la normativa vigente establece para el usuario la obligación de llevar a cabo un

adecuado mantenimiento de su INSTALACIÓN TÉRMICA, que según define el Reglamento de aplicación (aprobado por RD 1027/2007 de 20 de julio), son aquellas instalaciones fijas de climatización (calefacción, refrigeración y ventilación) y de producción de agua caliente sanitaria, destinadas a atender la demanda de bienestar térmico e higiene de las personas. El objeto por tanto de este mantenimiento no es determinar si la instalación funciona de manera segura, sino si la instalación funciona de manera correcta y eficiente, garantizando que se mantenga en uso el mayor tiempo posible. Varias son pues las notas que caracterizan esta obligación frente a las descritas en el apartado anterior: - De un lado ya no hablamos de instalación de gas, sino de instalación térmica que es aquella destinada a climatizar un espacio utilizado por personas para buscar un adecuado confort térmico (lo que incluye la producción de calor o de frío, es decir lo que habitualmente llamamos calefacción y aire acondicionado), que puede disponer tanto de generadores de frío y/o de calor, que además es la encargada de producir el agua caliente sanitaria para uso de la vivienda o local y que podrá estar alimentada por diferentes tipos de combustibles (no sólo gas, sino también gasóleo, carbón, biomasa, electricidad, solar térmica, geotérmica, etc ) - De otro lado, el mantenimiento no se limita a una mera revisión para que quede constancia del estado de la instalación, sino que implica la realización de una serie de operaciones de limpieza, ajuste e incluso sustitución de piezas o elementos como filtros o similares, de modo que se garantice que la instalación va a continuar funcionando de manera segura y eficiente, previniendo así posibles averías excepto aquellas que puedan producirse de manera sorpresiva o inesperada. - En tercer lugar, la periodicidad con que se deben realizar las operaciones de mantenimiento dependerá de las diferentes partes o elementos de la instalación, ya que no todos deben ser mantenidos con la misma periodicidad. Pues bien, como dice el Reglamento de las Instalaciones Térmicas en su artículo 25.5, el titular de la instalación será responsable, entre otras obligaciones, de que se realice el mantenimiento de la instalación por una empresa mantenedora habilitada de su libre elección. Y estas operaciones de mantenimiento y su periodicidad dependerán de las características específicas de la instalación. EN RESUMEN y a fin de evitar situaciones no deseadas, aconsejamos seguir las siguientes recomendaciones.

Si dispone de gas en su domicilio y su instalación está alimentada por gas natural o GLP canalizado: * verifique que su instalación es objeto de inspección por la compañía distribuidora de su zona cada 5 años. *Cualquier otra revisión o mantenimiento de la instalación de gas que le ofrezcan, es voluntario, por tanto no obligatorio. * La compañía distribuidora le avisará por escrito de la fecha de su próxima inspección con la suficiente antelación. * Los técnicos que se personen en su domicilio irán debidamente acreditados y NO podrán cobrar nada en dicho momento, ni le darán a firmar otra cosa que el acta de la inspección (no debe firmarse por tanto ningún contrato, albarán, factura o documento adicional). Si su instalación de gas está alimentada por bombonas o un depósito de su propiedad, será usted quien cada 5 años deberá llamar a la empresa instaladora de su elección y, en este caso, abonar el importe de la revisión. La posibilidad del consumidor de acudir a cualquier empresa instaladora de gas, le permitirá disponer de varios presupuestos y valoraciones escogiendo el que le parezca conveniente, con lo que conseguimos un mercado más competitivo en este sector. Y cualquier empresa instaladora a la que se requiera la revisión o cualquier otro tipo de trabajo en la instalación deberá facilitar al cliente un presupuesto previo. Si desea que su instalación térmica esté adecuadamente mantenida, contrate los servicios de mantenimiento con la empresa mantenedora de su elección, pero recuerde que no ejecutar estas operaciones no podrá implicar el corte de suministro u otra medida similar. Y si recibe amenazas o presiones de cualquier tipo por parte de personas que intenten forzarle a que lleve a cabo la revisión de su instalación, llame a la policía. Finalmente, en caso de duda, consulte con la compañía que le suministra el gas o las botellas de butano/propano, o con la ASOCIACION DE INSTALADORES DE GRANADA, 958 258504 / 958 255807, info@instaladoresgranada.com, donde podremos informarles de las empresas instaladoras asociadas más cercanas a su domicilio.

Sobre la Asociación Autónoma de Instaladores de Fontanería, Calefacción, Saneamiento, Gas, Protección contra incendios y Aire Acondicionado de Granada Esta Asociación empresarial fue fundada en el año 1977. Integra en la actualidad a más de 230 empresas instaladoras de los sectores de la fontanería, la climatización, las energías renovables y la protección contra incendios, repartidas por toda la provincia. Estas empresas efectúan instalaciones, mantenimiento y proyectos en los citados sectores. La actividad de LA ASOCIACION DE INSTALADORES DE GRANADA es impulsar, coordinar y promover acciones técnicas, sociales, económicas y formativas para todos sus asociados, además de proporcionarles servicios y defender sus intereses profesionales. Más información: Tfnos.: 958 258504 / 255807 e-mail: info@instaladoresgranada.com