Licitación Pública Nacional número - 1. DECLARACIONES. 1.1 "EL TRIBUNAL" declara que:

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1 CONTRATO No. TSJDF/DEI/10/1 4 CONTRATO NÚMERO TSJDF/DEI/10/14, DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE DE "SOPORTE EN LA OPERACIÓN DEL SISTEMA INTEGRAL DE E GESTIÓN TRIBUNAL RECURSOS (SIGER)", QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, L SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, REPRESENTADO POR LA LICENCIADA ELBA TRIANA GÓMEZ, DIRECTORA EJECUTIVA DE RECURSOS MATERIALES; Y, POR LA OTRA, "SISTEMAS, INFORMÁTICA, TELECOMUNICACIONES Y ESPECIALIDADES EN COMPUTO, S.A. DE C.V.", REPRESENTADA POR EL C. ANTONIO MAGAÑA PEÓN MARTÍNEZ, EN SU CARÁCTER DE APODERADO LEGAL. EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO, LAS PARTES SERÁN DENOMINADAS COO "EL TRIBUNAL" Y "EL PRESTADOR DEL SERVICIO" RESPECTIVAMENTEM MISMAS QUE SE OBLIGAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS. 1. DECLARACIONES. 1.1 "EL TRIBUNAL" declara que: De conformidad con lo dispuesto por los artículos 122, apartado c), Base Cuarta, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8, fracción III, 76 y 85 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; y, 1 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal es la institución a la que compete la administración e impartición de justicia en el fuero común en la Ciudad de México, teniendo asignado para ello el istrito Federal Presupuesto de Egresos que la Asamblea Legislativa del Diones determina anualmente, de conformidad con las disposic legales aplicables al efecto De conformidad con el artículo 182 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal a la Oficialía Mayor le corresponde ejercer directamente o por conducto de sus Direcciones Ejecutivas las facultades y obligaciones en materias de: programación, presupuesto, planeación administrativa y organización, Tecnologías de la Información, recursos materiales y servicios generales, Administración y Desarrollo de Personal, materia general y las demás que le confiera el Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal y las que le señalen las disposiciones legales y reglamentarias relativas. or los artículos 133 Contitucional, s 2el De conformidad con lo previsto p cuerdo General 36-36/2012, emitido por fracción I, inciso a), 35 y 45 del A Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, en sesión d e fecha 28 en la Gaceta (veintiocho) de agosto de 2012 (dos mil doce) y publicado Oficial del Distrito Federal el día 8 (ocho) de octubre del mismo año, a Licitación Pública Nacional número - través del procedim iento de

2 CONTRATO No. TSJDF/DEI/10114 TSJDF/LPN-010/2014, referente a la contratación del Servicio para el "Soporte en la Operación del Sistema Integral de Gestión de Recursos (SIGER), mediante el fallo respectivo, se adjudicó a "El Prestador del Servicio" la contratación de los servicios señalados en la cláusula primera de este contrato Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 28 del Acuerdo General 36-36/2012, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, para cubrir las erogaciones que implica el cumplimiento de este contrato, cuenta con la disponibilidad de recursos necesarios del Presupuesto de Egresos del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, para el ejercicio fiscal del año 2014 (dos mil catorce) y con la disponibilidad de recursos presupuestales que autorizó el Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal mediante Acuerdo 11-48/2013 en sesión plenaria de fecha 22 (veintidós) de octubre del 2013 (dos mil trece), con número de partida 3271 "Soporte en la Operación del Sistema Integral de Gestión de Recursos (SIGER)" La Licenciada Elba Triana Gómez, interviene en la firma de este contrato en su carácter de Directora Ejecutiva de Recursos Materiales, con base en el Acuerdo 44-17/2009, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, en sesión ordinaria celebrada el día 17 (diecisiete) de marzo de 2009 (dos mil nueve); y, en torno al oficio número OM/1698/2012, de fecha 08 (ocho) de octubre de 2012 (dos mil doce), emitido por el Titular de la Oficialía Mayor del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, por medio del cual delega al Titular de la Dirección Ejecutiva de Recursos Materiales, la firma de los contratos administrativos y contratos-pedido, fundándose para ello en lo estipulado por el artículo 15, párrafo penúltimo, del Acuerdo General 36-36/2012, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, en Sesión de fecha 28 (veintiocho) de agosto de 2012 (dos mil doce), publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 08 (ocho) de octubre del 2012 (dos mil doce) Señala como domicilio fiscal, el ubicado en la Avenida Niños Héroes Número 132 (ciento treinta dos), Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal, Código Postal (cero seis mil setecientos veinte), con Registro Federal de Contribuyentes número TSJ L Para los efectos que se deriven de la celebración y ejecución del presente contrato, señala como domicilio el ubicado en el primer piso del edificio marcado con el número 114 (ciento catorce), de la calle de Dr. Lavista, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal (cero seis mil cuatrocientos veinte), en esta Ciudad "EL PRESTADOR DEL SERVICIO" declara que: 9

3 CONTRATO No. TSJDF/DEI Es una empresa, legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas, según escritura pública número 108,108 (ciento ocho mil ciento ocho) de fecha 24 (veinticuatro) de noviembre del año 2004 (dos mil cuatro), pasada ante la fe del Licenciado J. Claudio Ibarrola Muro, Notario Público número 09 (nueve) de Tlalnepantla, Estado de México, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio adscrito a los municipios de Ecatepec y Coacalco, Estado de México, en el folio mercantil electrónico número 5958*3 (cinco mil novecientos cincuenta y ocho asterisco tres), de fecha 02 (dos) de diciembre del 2004 (dos mil cuatro). Asimismo cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes número SIT P Su objeto social es, entre otros: La compraventa, importación, exportación, enajenación, consignación, explotación, distribución, soporte, evaluación, estudio, fabricación, instalación, configuración, mantenimiento, capacitación y representación de toda clase de computadoras, equipos de procesamiento, transmisión, recepción y almacenamiento de voz, datos e imágenes, seguridad, sistemas de encriptamiento, así como sus componentes, partes y refacciones, además de cualquier sistema de cableado, seguridad y equipos electrónicos en general, conocidos o por conocerse. Cualquier servicio profesional o instalación de infraestructura, incluyendo la construcción y obra civil, para la instalación de cualquier tipo de red de cómputo, para voz, datos e imágenes, mediante el uso de cualquier tipo de cableado o enlaces inalámbricos El C. Antonio Magaña Peón Martínez, en su carácter de Administrador Único de la declarante, se identifica con Pasaporte Mexicano con número de folio G , expedido a su favor por la Secretaría de Relaciones Exteriores del Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, manifiesta que cuenta con las facultades necesarias para la suscripción del presente contrato, según consta en la escritura pública número 108,108 (ciento ocho mil ciento ocho) de fecha 24 (veinticuatro) de noviembre del año 2004 (dos mil cuatro), pasada ante la fe del Licenciado J. Claudio Ibarrola Muro, Notario Público número 09 (nueve) de Tlalnepantla, Estado de México, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de Ecatepec, Estado de México, en el folio mercantil electrónico número 5958*3 (cinco mil novecientos cincuenta y ocho asterisco tres) facultades que bajo protesta de decir verdad expresa que no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna, por lo que surten plenos efectos a la fecha de celebración del presente instrumento legal Cuenta con el personal capacitado, con los conocimientos suficientes, así s. como con los recursos indispensables y la experiencia necesaria para proporcionar el servicio señalado en la cláusula primera, objeto de este contrato Manifiesta que conoce y acepta el contenido del Acuerdo General 36-3

4 CONTRATO No. TSJDF/DEI/ /2012, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal; asimismo declara que ni él, ni los integrantes de su representada, se encuentran en alguno de los supuestos previstos en los artículos 34 de dicho Acuerdo General, emitido por el mismo Órgano Colegiado Asimismo, manifiesta que se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales Señala como domicilio para todos los efectos legales que se deriven de la celebración y ejecución del presente contrato, el ubicado en: Vasco de Quiroga número 16 (dieciséis), Circuito Misioneros, Ciudad Satélite, Naucalpan de Juárez, Estado de México, Código Postal "EL TRIBUNAL" Y "EL PRESTADOR DEL SERVICIO", declaran que: Se reconocen mutuamente la personalidad y capacidad legal con que actúan al celebrar el presente contrato en el que expresan que no existe error, dolo o mala fe, por tanto, el mismo no se encuentra afectado por vicio alguno de consentimiento, ni la voluntad. Asimismo, que en el presente instrumento prevalece el orden público y el interés general que le es inherente a "El Tribunal". EN MÉRITO DE LO ANTES EXPUESTO, LAS PARTES SE OTORGAN Y SE OBLIGAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES: 2. CLÁUSULAS. PRIMERA (OBJETO DEL CONTRATO).- "El Prestador del Servicio" se obliga a prestar a "El Tribunal" el Servicio de "Soporte en la operación del Sistema Integral de Gestión de Recursos (SIGER)", en los términos y condiciones que precisan los anexos del presente contrato, mismos que debidamente suscritos por las partes se entienden como integrantes del mismo y que, en su orden, contienen las estipulaciones contractuales relativas a: ANEXO A: Descripción de los Bienes o Servicios. ANEXO B: Calendario de entrega. ANEXO C: Costo del servicio. SEGUNDA.- COSTO DEL SERVICIO.- Las partes convienen en que el costo tot I por el servicio contratado y al que se hace referencia en la cláusula que antecede, será por la cantidad de $8'421, (Ocho millones cuatrocientos veintiún mil seiscientos pesos 00/100 M.N.) Impuesto al Valor Agregado Incluido, 4

5 CONTRATO No. TSJDF/DEI/10114 compuesto por $7'260, (Siete millones doscientos sesenta mil pesos 00/100 M.N.) como costo, más $1'161, (Un millón ciento sesenta y un mil seiscientos pesos 00/100 M.N.) por concepto de Impuesto al Valor Agregado, monto que se liquidará en mensualidades vencidas y servicios recibidos del 01 (uno) de enero al 31 (treinta y uno) de diciembre del 2014 (dos mil catorce), de conformidad con los importes mensuales y totales establecidos en el Anexo "C" de este contrato. El precio determinado por el servicio es fijo y no podrá ser incrementado por ningún motivo durante la vigencia del presente contrato, siendo con ello obligatorio en su cumplimiento para ambas partes. Del precio estipulado, se descontarán los incumplimientos y penalizaciones a que se haga acreedor "El Prestador del Servicio". TERCERA (OBLIGACIONES DE "EL PRESTADOR DEL SERVICIO).- "El Prestador del Servicio" se obliga a prestar a "El Tribunal" el Servicio de "Soporte en la operación del Sistema Integral de Gestión de Recursos (SIGER)", de conformidad con los anexos "A", "B" y "C", descritos en la cláusula primera de este contrato, a través de personal especializado y con la experiencia necesaria para desarrollarlo. De igual forma, "El Prestador del Servicio" se compromete a que el servicio sea de la calidad requerida y ejecutado con la oportunidad pactada; así como de cualquier otra responsabilidad en que incurra, en los términos señalados en el contrato respectivo, de conformidad con el Código Civil para el Distrito Federal y el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. "El Prestador del Servicio", será responsable de los daños y perjuicios que se genere a "El Tribunal" o Terceros, como consecuencia del descuido, negligencia, falta de probidad u honradez, actos de violencia en que incurran "El Prestador del Servicio" y su personal; así como los accidentes producidos durante la prestación de los servicios, obligándose además a la reparación del daño y a las consecuencias legales que se generen. "El Prestador del Servicio" será responsable del transporte de equipo, material, insumos y productos terminados, necesarios para la realización del servicio, liberando a "El Tribunal", de cualquier responsabilidad derivada del manejo de los mismos; asimismo será "El Prestador del Servicio" el único responsable de las obligaciones laborales, civiles y de otra índole que se generen con su personal liberando a "El Tribunal" de cualquier obligación en este sentido. CUARTA (VERIFICACIÓN DEL SERVICIO).-La Dirección Ejecutiva de Informática de la Oficialía Mayor de "El Tribunal", será la Unidad Administrativa encargada de verificar el debido cumplimiento y ejecución de los servicios que se contratan a través del presente instrumento. "El Prestador del Servicio" señala a la C. Lucina Guadalupe Sánchez Quiroz, que ocupa el cargo de Líder de Proyecto, quien además fungirá como Supervisor General para coordinar todas las actividades durante la prestación del servicio y será responsable de la buena marcha de éste, siendo el enlace entre "El Tribunal" 5

6 CONTRATO No. TSJDFIDEI/10/14 y "El Prestador del Servicio". A esta persona se le localizará las 24 (veinticuatro) horas del día durante el tiempo que dure la vigencia del presente contrato, en los teléfonos directos y , y el celular número , para atender las emergencias que puedan presentarse fuera del horario normal. "El Prestador del Servicio" señala los teléfonos números con 5 troncales y el numero local , para atender los reportes en los plazos descritos en el anexo "A" del presente contrato, generados por las distintas áreas de "El Tribunal", en horario de 08:00 a 18:00 horas de lunes a viernes. Este horario no es limitativo, por lo que se debe considerar la disponibilidad de horarios extraordinarios, incluyendo fines de semana y días festivos, aplicando para todos los inmuebles de "El Tribunal", ya que independientemente de los horarios de éstos, los servicios se deberán proporcionar en un horario de 24 (veinticuatro) horas (7 x 24 x 365). QUINTA (FORMA Y LUGAR DE PAGO).- "El Prestador del Servicio" presentará para el visto bueno de la Dirección Ejecutiva de Informática y validadas por la Dirección Ejecutiva de Recursos Materiales de la Oficialía Mayor de "El Tribunal", la factura o facturas para el pago correspondiente, anexando los documentos de soporte a que haya lugar y la demás documentación propia de la ejecución del contrato por parte de "El Prestador del Servicio". La factura o facturas de referencia, se limitarán a la cuantificación del costo mensual vencido y de los servicios que hayan sido prestados por "El Prestador del Servicio" a entera satisfacción de "El Tribunal", tomando como base de cálculo las cantidades precisadas en la cláusula segunda de este instrumento legal. "El Tribunal" cubrirá a "El Prestador del Servicio" la factura o facturas presentadas por éste a cobro, dentro de los veinte días naturales siguientes, contados a partir de la fecha de autorización del documento que corresponda al mes que haya vencido. El pago se hará en la Dirección de Recursos Financieros, ubicada en el primer piso del edificio marcado con el número 114 (ciento catorce), de la calle de Dr. Lavista, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06420, en esta Ciudad, mediante la entrega de cheque a la persona que "El Prestador del Servicio" acredite para este efecto, o mediante depósito vía banca electrónica a la cuenta que "El Prestador del Servicio" indique por escrito. "El Tribunal" queda autorizado para aplicar al importe de las facturas que "El Prestador del Servicio" le presente para pago, las deducciones que determine la legislación vigente. "El Prestador del Servicio", está igualmente de acuerdo en que si la documentación que ampare las mismas, no se ajusta a las disposiciones de orden fiscal o administrativo que resulten aplicables, "El Tribunal" no recibirá las facturas hasta en tanto no se complementen los documentos que le sean indicados. SEXTA (IMPUESTOS).- Salvo el caso de que existan deducciones que deban ser aplicadas por ley, cada una de las partes será responsable de los impuestos a su cargo. 6

7 CONTRATO No. TSJDF/DEI/10114 SÉPTIMA (PAGO EN EXCESO). - En caso de que "El Prestador del Servicio" reciba pago en exceso, está obligado a reintegrarlo a "El Tribunal" con sus respectivos intereses a partir de que se hagan exigibles los mismos, de conformidad con el artículo 68 fracción XV, del Acuerdo General 36-36/2012. OCTAVA (VIGENCIA). Las partes convienen en que el presente contrato tendrá - una vigencia del 01 (uno) de enero al 31 de diciembre del 2014 (dos mil catorce).- NOVENA (MODIFICACIONES AL OBJETO DEL CONTRATO).- Se podrá modificar el presente contrato vigente, mediante el convenio respectivo, siempre y cuando la operación se realice durante la vigencia del presente instrumento jurídico y no rebase en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del valor total del contrato y el precio unitario y demás condiciones de los servicios sean iguales a los inicialmente pactados, de conformidad con lo establecido en el artículo 72 del Acuerdo General 36-36/2012, en cuyo caso "El Prestador del servicio" debe presentar a la firma del convenio el ajuste de la fianza de cumplimiento correspondiente. "El Tribunal" podrá reducir la cantidad de servicios del presente contrato, por así convenir a sus intereses, previo convenio modificatorio durante la vigencia de este instrumento legal. "El Tribunal" previa autorización del Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, podrá otorgar prórrogas al tiempo de la prestación del servicio, de conformidad con el tercer párrafo del artículo 82 del Acuerdo General 36-36/ DÉCIMA (PENA CONVENCIONAL). - En caso de que "El Prestador del Servicio" incurra en atraso injustificado en el cumplimiento del servicio señalado en la cláusula primera de este contrato, en los términos de los anexos A, B y C se aplicará una pena convencional equivalente al monto que resulte de aplicar el 1% (uno por ciento) diario a la cantidad que importen los servicios dejados de prestar, antes de Impuesto al Valor Agregado; la acumulación de las penas convencionales, no excederá del importe de la garantía de cumplimiento del presente contrato y se descontarán al momento del cobro de la factura, o en su caso en la siguiente, conforme se establece en el artículo 81 en relación con el diverso artículo 82 del Acuerdo General 36-36/2012, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, y el numeral 1844 del Código Civil para el Distrito Federal de aplicación supletoria, en base a lo establecido por el artículo 6 del Acuerdo General 36-36/2012, por lo que desde este momento y en este acto "El Prestador del Servicio", autoriza a "El Tribunal", a descontar las cantidades que resulten por la aplicación de la pena convencional pactada, de los pagos que debe cubrir "El Tribunal" a "El Prestador del Servicio". DÉCIMA PRIMERA (RESCISIÓN ADMINISTRATIVA). - Las partes convienen en que "El Tribunal" podrá rescindir este contrato en cualquier momento, sin necesidad de declaración judicial, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo de "El Prestador del Servicio" estipuladas en este instrumento 7

8 CONTRATO No. TSJDF/DEI/10114 responsabilidad para "El Tribunal". Por su parte "El Prestador del Servicio" únicamente podrá rescindir el presente acuerdo de voluntades mediante declaración judicial.- También serán causas de Rescisión Administrativa previo conocimiento de "El Tribunal" las siguientes: 1) Cuando a juicio de "El Tribunal", existan deficiencias graves en la realización de sus servicios. 2) 3) 4) 5) 6) 7) 8) 9) Si "El Prestador del Servicio" se encuentra en los supuestos señalados en la declaración Cuando a juicio de "El Tribunal" "El Prestador del Servicio" incurra en prácticas no éticas o ilegales. Cuando las autoridades fiscales detecten el incumplimiento de las obligaciones fiscales previstas en el Código Fiscal del Distrito Federal. Que "El Prestador del Servicio" intente por cualquier medio el cobro de alguna comisión, cuota, cargo u honorario adicional que no éste pactado en el presente contrato. Que "El Prestador del Servicio" recabe constancia de haber realizado los servicios a plena satisfacción de "El Tribunal", sin haberlos proporcionado efectivamente, haciéndolo deficientemente o incompletos. Que "El Prestador del Servicio" se declare en quiebra o suspensión de pagos o haga cesión a terceros en forma tal que puedan afectar los intereses de "El Tribunal", así como al cumplimiento del presente contrato. Cuando se realice el procedimiento de validación de fianzas generado por la Asociación de Compañías Afíanzadoras de México, S.A. y la fianza de garantía de cumplimiento no sea auténtica. -- Que "El Prestador del Servicio" no atienda de inmediato sus responsabilidades obrero-patronales de forma tal que puedan afectar los intereses de "El Tribunal." 10) Cuando "El Prestador del Servicio" suspenda unilateralmente la realización de sus servicios, no le preste la debida atención, seguimiento y continuidad, conforme a los términos convenidos en el presente contrato ) Cuando "El Prestador del Servicio" haga mal uso del mobiliario, equipo, instalaciones y demás recursos que sean puestos a su disposición por "El Tribunal" para el desarrollo del servicio que pacto. 12) "El Prestador del Servicio" realice y/o cometa en el interior de los espacios motivo del presente contrato cualquier conducta tipificada como delito, sin 8

9 CONTRATO No. TSJDF/DEI/10114 perjuicio de los que establezcan las disposiciones penales y legales aplicables y por realizar obras, trabajos o instalaciones no autorizados expresamente por "El Tribunal", así como por contratar menores de edad, contraviniendo las disposiciones legales aplicables al efecto y en especial la Ley Federal del Trabajo. "El Tribunal", podrá optar entre exigir el cumplimiento del contrato o bien llevar a cabo la rescisión del mismo, en cuyo caso "El Prestador del Servicio" estará obligado a pagar daños y perjuicios. En caso de que "El Tribunal" rescinda administrativamente el presente contrato se le notificará en forma personal a "El Prestador del Servicio" por conducto de su apoderado legal; asimismo, el procedimiento de rescisión iniciará dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a aquél en que se hubiere agotado el plazo para hacer efectivas las penas convencionales, salvo que a la solicitud por escrito de "El Prestador del Servicio" y por causas justificadas y excepcionales "El Tribunal", otorgará un plazo mayor para la prestación del servicio. Si "El Tribunal" considera que "El Prestador del Servicio" ha incurrido en alguna de las causas de rescisión que consagra el presente contrato, instrumentará la rescisión administrativa del presente documento contractual, conforme a lo dispuesto en el artículo 91 del Acuerdo General 36-36/2012, ajustándose a las formalidades del procedimiento previstas en el artículo 92 del citado Acuerdo General. Las partes convienen que DÉCIMA SEGUNDA (TERMINACIÓN ANTICIPADA).- el presente contrato resultará obligatorio para "El Prestador del Servicio" y voluntario para "El Tribunal", quien podrá darlo por terminado en forma anticipada en cualquier tiempo, siempre que exista para ello alguna de las causas previstas en los Artículos 89, 90, 94, 95 y 96 del Acuerdo General 36-36/2012. "El Tribunal" procederá a decretar la terminación anticipada del presente contrato, en términos de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 80 del Acuerdo General 36-36/2012, sin agotar el plazo para la aplicación de la pena convencional, previa autorización del Pleno, por causas debidamente justificadas y que de no procederse a la terminación del mismo se pudiera alterar la seguridad e integridad de las personas o el medio ambiente del Distrito Federal, o se afecte la prestación de los servicios públicos. Asimismo "El Tribunal" procederá a decretar la terminación anticipada del presente contrato, sin necesidad de la aplicación de penas convencionales, en los casos en que existan circunstancias que causen afectaciones a los intereses de "El Tribunal". Será causa de nulidad del DÉCIMA TERCERA (NULIDAD DEL CONTRATO).- presente contrato, cuando "El Prestador del Servicio", se encuentre en cualquiera de las hipótesis previstas en el artículo 2225 y demás relativos y aplicables del Código Civil para el Distrito Federal. 9

10 CONTRATO No. TSJDF/DE1/10114 DÉCIMA CUARTA (CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR).- Ninguna de las partes serán responsables por retraso o incumplimiento de este contrato, que resulten directa o indirectamente de caso fortuito o fuerza mayor. DÉCIMA QUINTA (RELACIONES LABORALES).- Las partes convienen en que "El Tribunal" no adquiere ninguna obligación, ni responsabilidad de carácter laboral con "El Prestador del Servicio", ni con el carácter de patrón sustituto o responsable solidario, ni tampoco de las obligaciones laborales que se deriven porque "El Prestador del Servicio" reconoce expresamente y acepta que es una relación de prestación de servicios por honorarios de carácter estrictamente civil, en términos de lo dispuesto por los artículos 2606 al 2615 del Código Civil para el Distrito Federal, sin que esa circunstancia implique relación laboral alguna o de subordinación en la prestación de sus servicios que otorgue el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, ni en términos de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, de tal manera que se excluye de los beneficios que a favor de los empleados de base otorga el artículo 123 aparado B) de la Constitución Federal y su Ley Reglamentaria. Asimismo, "El Prestador del Servicio" será responsable por la negligencia, impericia, dolo o mala fe en que incurran sus trabajadores, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1924 del Código Civil para el Distrito Federal. DÉCIMA SEXTA (GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO).- "El Prestador del Servicio" se obliga a otorgar a la firma del presente contrato, una garantía de cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, derivadas del presente contrato, mediante una fianza expedida por institución mexicana legalmente autorizada, equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total del presente contrato, antes del Impuesto al Valor Agregado, a favor del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, sin tachaduras, ni enmendaduras, sin engrapar ni engargolar, asimismo, deberá integrar en su redacción las siguientes estipulaciones: "LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA OTORGA SU CONSENTIMIENTO DE CONFORMIDAD AL ARTÍCULO 119 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS Y SE SOMETE EXPRESAMENTE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN LA FIANZA LOS ARTÍCULOS 93, 9LI, 95, 118 Y 128 DE LA LEY ANTES CITADA; NO TENDRÁ FECHA DE VENCIMIENTO." "TAMBIÉN AUTOMÁTICAMENTE OTORGA SU CONSENTIMIENTO DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS CITADOS, EN EL CASO DE PRÓRROGA O ESPERA CONCEDIDA POR EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL A "EL PRESTADOR DEL SERVICIO" LA PRESENTE GARANTÍA PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO TENDRÁ VIGENCIA DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN HASTA QUE SE DICTE RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE, Y SOLO PODRÁ SER CANCELADA MEDIANTE ESCRITO EXPEDIDO POR LA OFICIALÍA MAYOR DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, SIEMPRE Y CUANDO "EL PRESTADOR DEL SERVICIO" HAYA 10

11 CONTRATO No. TSJDF/DE CUMPLIDO TOTALMENTE CON LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN EL "CONTRATO'". DÉCIMA SÉPTIMA (GARANTÍA DE LOS SERVICIOS).- "El Prestador del Servicio" otorga una garantía por escrito, en el que garantiza el servicio descrito en la cláusula primera de este contrato, por un período no menor a un año, contado a partir de la fecha de conclusión del servicio. DÉCIMA OCTAVA (CARTA COMPROMISO).- "El Prestador del Servicio" otorga una carta compromiso para el cumplimiento del mantenimiento y soporte técnico por el periodo del 01 (uno) de enero al 31 (treinta y uno) de diciembre del 2014 (dos mil catorce). DÉCIMA NOVENA (CONFIDENCIALIDAD).- "El Prestador del Servicio" se obliga que por ningún motivo podrá divulgar o dar a conocer a terceros de forma directa o a través de interpósita persona, la información y documentación que le sea proporcionada por "El Tribunal", o aquella a la que tenga acceso. Dicha restricción será aplicable en forma permanente (perpetua). Asimismo, en caso de violación a dichas restricciones "El Prestador del Servicio", cubrirá a "El Tribunal" los daños y perjuicios que le hubiere causado, independientemente de la rescisión y las acciones legales, que en su caso procedan. VIGÉSIMA (PROPIEDAD INTELECTUAL).- "El Prestador del Servicio" será responsable en caso de que al suministrar los servicios a "El Tribunal" infrinja los derechos de terceros, sobre patentes, marcas o derechos de autor. Salvo que exista impedimento, los derechos de autor u otros derechos exclusivos, que se deriven de los servicios, invariablemente se constituirán a favor de "El Tribunal".- VIGÉSIMA PRIMERA (ANTICIPOS).- De conformidad con lo establecido por el artículo 68 fracción VII del Acuerdo General 36-36/2012, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, se requiere, en caso de haber anticipos, su porcentaje y su forma de amortización, sin embargo, por lo que respecta al presente contrato, no se otorga anticipo alguno. VIGÉSIMA SEGUNDA (GARANTÍA DEL ANTICIPO).- De conformidad con lo establecido por el artículo 68 fracción IX del Acuerdo General 36-36/2012, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, se requiere, en caso de haber anticipos, la forma y términos para garantizar los mismos, sin embargo, por lo que respecta al presente contrato, no se otorga anticipo alguno, por lo tanto no se presenta garantía del anticipo. VIGÉSIMA TERCERA (CESIÓN DE DERECHOS).- Los derechos y las obligaciones que deriven de la celebración del presente contrato, no podrán ser cedidos, enajenados o transmitidos total o parcialmente por "El Prestador del Servicio"; independientemente del título legal que se pretenda utilizar para ello; ya que, este contrato se adjudicó a "El Prestador del Servicio" en atención al procedimiento que especificó "El Tribunal" en el apartado del capítulo de

12 CONTRATO No. TSJDF/DEI/10/14 declaraciones. VIGÉSIMA CUARTA (JURISDICCIÓN E INTERPRETACIÓN).- Ambas partes convienen en que para el caso de que se susciten controversias con motivo de la interpretación y cumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente instrumento jurídico, se someterán al fuero y jurisdicción de los Tribunales del fuero común del Distrito Federal, en concordancia con lo establecido por los artículos 8 y 68 fracción XVII del Acuerdo General 36-36/2012; en consecuencia, desde ahora las partes renuncian a cualquier otro que sea distinto, en razón de sus domicilios presentes o futuros que pudieran corresponderles o por algún otro motivo de grado o materia. LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO Y ESTANDO DE ACUERDO LAS PARTES EN SU CONTENIDO, ALCANCE Y FUERZA LEGAL, LO FIRMAN DE PLENA CONFORMIDAD POR QUINTUPLICADO EN LA CIUDAD DE MÉXICO, SIENDO EL DÍA ONCE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE, QUEDANDO UN EJEMPLAR EN PODER DE "EL PRESTADOR DEL SERVICIO" Y LOS CUATRO RESTANTES EN PODER DE "EL TRIBUNAL", PARA LOS EFECTOS ADMINISTRATIVOS QUE LE SON CONVENIENTES. "EL TRIBUNAL" "ÁREA RE UIRENTE" L I -R AE LE BJAE ctriana uiva E - e CZ RMEURSOS E I RE MATERIALES DEL TRIBUNAL S ERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL M. C. O ERNESTO D I G i EZ SOSA DIRECTOR EJECUTIVO DE INFORMÁTICA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL "EL PRESTADOR DEL SE VICIO" "REVISIÓN TÉCNICA-JURÍDICA C. ANTONIO M GAN PEON MARTINEZ APODERADO LEGAL DE SISTEMAS, INFORMÁTICA, TELECOMUNICACIONES Y ESPECIALIDADES EN COMPUTO, S.A. DE C.V. LIC. ÁNGEL VELÁZQUEZ JUÁREZ DIRECTOR JURÍDICO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL 12

13 CONTRATO NÚMERO: TSJDF/DEI/1 0/14 ANEXO "A" "Contratación del Servicio para el Soporte en la Operación del Sistema Integral de Gestión de Recursos (SIGER)" OBJETIVO Brindar mantenimiento y soporte en el aplicativo SAP, por medio del cual se lleva a cabo la Gestión de Recursos de "El Tribunal" durante el periodo del 1 de Enero al 31 de diciembre de ALCANCE Mantenimiento y soporte de SAP ECC versión 6.0 en "El Tribunal", Sistema de Gestión de Recursos, que incluye: 1. Finanzas a. Contabilidad Financiera i. Contabilidad General del Libro Mayor ii. Cuentas por Pagar iii. Cuentas por Cobrar b. Contabilidad de Activos Fijos i. Administración de Activos Fijos ii. Adquisición y Venta de Activo iii. Revaloracíón y Depreciación c. Contabilidad y Control de Costos i. Contabilidad de Centros de Costos d. Tesorería i. Tesorería Básica 2. Gestión Presupuestal a. Presupuestos del Sector Público b. Derivación Presupuestal 3. Recursos Materiales a. Adquisición de Bienes, Servicios y Activos b. Gestión de Inventarios a Nivel Almacén c. Recepción y Verificación de Facturas d. Planificación de Mantenimiento (Parque Vehicular) SERVICIOS I. GENERALES 1. Se asignará un ejecutivo de cuenta que será el único punto de contacto para la gestión de los servicios requeridos, así como la entrega de documentación 2. Se entregará procedimiento de escalación de problemas, con contactos y puestos de ejecutivos del proveedor 1

14 CONTRATO NÚMERO: TSJDF/DEI/10/14 ANEXO "A" "Contratación del Servicio para el Soporte en la Operación del Sistema Integral de Gestión de Recursos (SIGER)" 3. Se entregará procedimiento de soporte, que incluya la atención a fallas, ya sea en línea, telefónico y remoto II. MESA DE CONTROL (CENTRO DE ATENCIÓN TELEFÓNICA CAT) La Mesa de Control estará ubicada en las instalaciones de "El Prestador del Servicio" y será el único punto de contacto con el CAT institucional de "El Tribunal", cumplirá con las siguientes características: Se cuenta con un número y uno local en la Ciudad de México que cuenta con 5 líneas troncales para seguimiento del proyecto y de los reportes generados en el CAT institucional, los cuales serán canalizados a la Mesa de Ayuda para su atención. "El Prestador del Servicio" adquirirá las licencias necesarias para el uso y manejo de la herramienta de software tipo CRM con que cuenta el CAT institucional denominado Vtiger, a fin de que pueda interactuar con nuestra Mesa de Control con el CAT con el fin de supervisar y monitorear los niveles deservicio proporcionados. "El Prestador del Servicio" brindará un servicio con alta disponibilidad en un horario de lunes a viernes de las 24 horas los 365 días del año. Las funciones de la Mesa de Control estarán principalmente dirigidas a la recepción, seguimiento y administración de los reportes de soporte técnico generados por el CAT institucional a través de la herramienta de software. III. MESA DE AYUDA La Mesa de Ayuda será la encargada de asignar los reportes recibidos de la mesa de control, a los supervisores quienes mandarán a los técnicos para la atención de los reportes en sitio, siendo estos últimos los responsables de documentar la entrega satisfactoria del servicio por parte de los usuarios. La mesa de ayuda también dará solución remota y asesoría telefónica a los usuarios, manteniendo siempre un control de los niveles de servicio, en términos de calidad, eficiencia y asertividad. Para este fin estará conformada por: Coordinador de Mesa de Ayuda y de Mesa de Control Agentes de Mesa de Ayuda Acorde a lo especificado en la junta de aclaraciones "El Prestador del Servicio" se compromete a que la Mesa de Ayuda cuente con las licencias del CAT institucional denominado Vtiger para el registro, seguimiento, documentación y cierre de reportes, el cual debe cumplir con las siguientes características mínimas: Acceso vía Internet para el monitoreo, revisión y seguimiento de reportes. Permitirá a los usuarios registrados y autorizados por la Dirección Ejecutiva de Informática: - Acceder desde cualquier computadora vía Internet, - Exportar información para el análisis de la operación del servicio y, 2

15 CONTRATO NÚMERO: TSJDF/DEI/10/14 ANEXO "A" "Contratación del Servicio para el Soporte en la Operación del Sistema Integral de Gestión de Recursos (SIGER)" - Determinar niveles de servicio por caso, área, sitio, usuario o plataforma para identificar equipos reincidentes, cargas de trabajo por ingeniero de servicio, detectar áreas de oportunidad y establecer planes de acción en consecuencia. Disponibilidad de 8 x 5 Generará información no sólo de administración de problemas e incidentes, sino que también se dará a la tarea de aportar información en lo relativo a temas tecnológicos de interés para la mejora del servicio. Para realizar el monitoreo de los reportes y comprobar niveles de satisfacción de los usuarios, la Mesa de Ayuda el software Vtiger incorpora tableros de control que permiten la detección de fallas recurrentes o masivas, logrando así erradicarlas y encontrar un plan de mejora continua. En conjunto con la CAT Institucional actualizará la base de datos acerca de los nombres de los titulares de áreas, direcciones, números telefónicos y otros que solicite la Dirección Ejecutiva de Informática IV. SERVICIO DE SOPORTE TÉCNICO "El Prestador del Servicio" llevará a cabo el servicio a la configuración, parametrización y desarrollos realizados alrededor de SAP ECC, que permitan la continuidad de la operación del sistema SIGER, de acuerdo a lo siguiente: 1. Asistencia técnica por ingenieros certificados. 2. Sin límite de eventos. 3. Acceso a una base de conocimientos. 4. Servicio de soporte y notificaciones pro-activas. 5. Asesoría en la funcionalidad de SAP para las áreas usuarias de "El Tribunal". Las consultas incluirán el reporte para la verificación y análisis de errores, ayudando a determinar el origen de estos, así como la resolución de las dudas de carácter puntual relativas a funcionalidades y características propias de los productos objeto del servicio de soporte técnico. Las incidencias que se reporten serán clasificadas y atendidas conforme a los siguientes niveles de servicio: 1. Muy graves: aquellas que afectan el funcionamiento de los productos objeto del servicio de soporte técnico, impidiendo su uso. Tiempo de respuesta de 2 horas laborables para su atención remota. 2. Graves: aquellas que no impiden el uso de los productos objeto del servicio de soporte técnico pero pueden derivar en muy graves a corto plazo. Tiempo de respuesta de 4 horas laborables. 3. Leves: afectan al uso del producto objeto del servicio de soporte técnico pero si impedir la operación. Tiempo de respuesta de 8 horas laborables. Se integrará con el servicio de administración de conocimientos propio de "El Tribunal". Las incidencias muy graves serán atendidas vía remota en el tiempo especificado. 3

16 CONTRATO NÚMERO: TSJDF/DEI/1 0/14 ANEXO "A" "Contratación del Servicio para el Soporte en la Operación del Sistema Integral de Gestión de Recursos (SIGER)" V. NUEVAS VERSIONES VIO ACTUALIZACIONES "El Tribunal" tendrá derecho a las actualizaciones del producto SAP ECC y/o última versión; se entenderá por actualización, cualquier mejora de carácter no sustancial realizada sobre la funcionalidad o la tecnología del producto y deberá cubrir el licenciamiento correspondiente, así como las correcciones de errores propios de los productos según su naturaleza. De igual manera se realizarán las adecuaciones y/o actualizaciones que se requieran cuando se presente algún cambio o modificación a la normatividad que rige al Sistema de Gestión de Recursos (SIGER) de "El Tribunal". De acuerdo a lo especificado en junta de aclaraciones estas nuevas versiones y/o actualizaciones para aquellas que le apliquen a la versión SAP ECC 6.0, no aplicando para otras versiones, quedando fuera el Mantenimiento de las Licencias SAP que ofrece el fabricante SAP. VI. PERSONAL EN SITIO Para asegurar la continuidad, buen uso y operación del Sistema de Gestión de Recursos, se ofrece soporte en sitio, a nivel usuario final y a solicitud de "El Tribunal", de acuerdo a las siguientes funciones: Con el usuario final: Apoyo en la adaptación de procesos operativos. Mejoras de procesos. Asesoría en la creación de reportes. Asesoría en la consulta de datos. Solución de dudas. Guiar a los usuarios en integrar los procesos para ser utilizados en el sistema. Asesoría en minimizar la utilización de otras herramientas que realizan las mismas funciones del sistema. Incrementar la utilización de la herramienta por los usuarios principales. Analizar procesos importantes de su forma manual y que se puedan incorporar al sistema. Realizar el levantamiento de requerimientos para mejoras y nuevas funcionalidades. VII. ESPECIFICACIONES PARTICULARES 1. Cuando la solución a un reporte de soporte requiera la instalación de parches y/o actualizaciones a la infraestructura donde se encuentra funcionando el sistema (servidores, sistemas operativos, base de datos y/o SAP), se deberá apoyar para montar un laboratorio con infraestructura de "El Tribunal", para demostrar que la solución satisface el report. realizado. 4

17 CONTRATO NÚMERO: TSJDF/DEI/10/14 ANEXO "A" "Contratación del Servicio para el Soporte en la Operación del Sistema Integral de Gestión de Recursos (SIGER)" 2. Cuando la solución a un reporte requiera actividades por parte de "El Tribunal", este se deberá priorizar de común acuerdo por ambas partes y se cerrará hasta que se satisfaga la solución propuesta. 3. Cualquier solución a eventos de soporte que no pueda montarse un laboratorio de pruebas, se quedará abierto hasta que la solución sea comprobada. Asimismo el proveedor deberá asignar recursos para interactuar con el personal de la Dirección Ejecutiva de Informática que será responsable de aplicar y validar la solución, hasta que esta sea satisfactoria. VIII. ENTREGABLES 1. Reporte mensual de solicitudes de servicio de soporte técnico, detallando las actividades que se realizaron para resolver las solicitudes. 2. Reporte mensual de nuevas versiones y/o actualizaciones con manual descriptivo de las mejoras y manual de instalación, en caso de no existir una nueva versión o actualización en el periodo reportado, se integrará una carta manifestando que no existieron nuevas versiones y/o actualizaciones. 3. Reporte mensual de actividades de personal en sitio detallado, de acuerdo a los apoyos, asesorías, solicitudes, requerimientos, capacitación y/o procesos de operación que se atendieron. IX. GARANTÍA Se garantiza que el Servicio de Soporte en la operación del sistema Integral de Gestión de Recursos (SIGER) estará disponible 7 x 24 De la misma forma se garantizan todos los trabajos por un año a la conclusión del servicio. Se compromete al cumplimiento del mantenimiento y soporte técnico por el periodo del 1 de. Enero al 31 de Diciembre del

18 CONTRATO NÚMERO: TSJDF/DEI/10/14 ANEXO "A" "Contratación del Servicio para el Soporte en la Operación del Sistema Integral de Gestión de Recursos (SIGER)" DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE SOPORTE TÉCNICO WEB, TELÉFONO, FAX O CORREO ELECTRÓNICO Secuencia Actividad 1. El sistema de soporte le asigna el reporte a un técnico de atención. 2. El técnico de atención revisa el caso y procede a contactar al cliente. 3. Revisa si no falta información y procede a complementar el reporte. 4. Comienza a atender el reporte, dándole información al personal de cliente para solucionar el evento. 5. Si la solución es satisfactoria para el cliente procede a capturar el detalle de la solución en el reporte, procediendo a cerrarlo. 6. Si no ha encontrado una solución escala la situación a atención de segundo nivel. Responsable Mesa Ayuda de Técnico Mesa de Ayuda Técnico Mesa de Ayuda Técnico Mesa de Ayuda Técnico Mesa de Ayuda Técnico Mesa de Ayuda 7. Si la solución requiere acceso remoto o traslado al sitio del cliente, escala la situación a la atención de soporte en campo. Mesa Ayuda de 8. El sistema de soporte le asigna el reporte a un profesional de atención. Mesa Ayuda de 9. El profesional de atención revisa el caso y procede a contactar al cliente. Técnico en Sitio, 10. Revisa si no falta información y procede a complementar el reporte. Técnico Sitio en 11. Comienza a atender el reporte, dándole información al Técnico en 6

19 CONTRATO NÚMERO: TSJDF/DEI/10/14 ANEXO "A" "Contratación del Servicio para el Soporte en la Operación del Sistema Integral de Gestión de Recursos (SIGER)" personal de cliente para solucionar el evento. Sitio 12. Si se requiere realiza un acceso remoto. Técnico en Sitio 13. Si la solución es satisfactoria para el cliente procede a capturar el detalle de la solución en el reporte, 14. FIN Técnico Sitio en DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE SOPORTE TÉCNICO PARA LA ASISTENCIA REMOTA Y EN SITIO Secuencia Actividad 1. El técnico o profesional de soporte que se le asigna un reporte y requiera acceso remoto contactará primeramente al cliente para solicitar dicha modalidad de atención. 2. Si el cliente aprueba el acceso remoto se procederá a documentar en el reporte, el proceso y acuerdos de acceso remoto. 3. Se iniciará la grabación de eventos en el equipo de cómputo donde se eralizará el acceso remoto. 4. El técnico o profesional accesará remotamente a Oracle del cliente para revisar el reporte levantado. Responsable Técnico Mesa de Ayuda / Técnico en Sitio Técnico Mesa de Ayuda / Técnico en Sitio Técnico Mesa de Ayuda / Técnico en Sitio Técnico Mesa' de Ayuda / Técnico en Sitio 5. Realizará los procesos de solución al reporte levantado. Técnico Mesa de Ayuda / Técnico en Sitio 6. Una vez que se resuelva el problema le pedirá al cliente que, Técnico Mesa 7

20 CONTRATO NÚMERO: TSJDF/DEI/10/14 ANEXO "A" "Contratación del Servicio para el Soporte en la Operación del Sistema Integral de Gestión de Recursos (SIGER)" haga una revisión y valoración. de Ayuda / Técnico en Sitio 7. Si el cliente aprueba la solución se procederá a terminar la grabación del evento. Si no seguirá aplicando los procesos de solución hasta encontrar una solución satisfactoria al cliente. 8. El técnico o profesional agregará la grabación del evento al reporte de soporte, procediendo a realizar la descripción de la solución y cerrar el reporte. Técnico Mesa de Ayuda / Técnico en Sitio Técnico Mesa de Ayuda / Técnico en Sitio 9. FIN DESCRIPCIÓN DEL PROCESO Y METODOLOGÍA PARA EL FUNCIONAMIENTO ÓPTIMO DEL SISTEMA SIGER MODIFICACIONES, AJUSTES Y NUEVAS FUNCIONALIDADES A LA PARAMETRIZACIÓN, CONFIGURACIÓN Y DESARROLLOS ALREDEDOR DE SAP METODOLOGÍA PARA NUEVA FUNCIONALIDAD La metodología propone la implementación de un proyecto de la mayoría de las soluciones de negocios basados en actividades definidas en unroadmap (Hoja de ruta). El roadmap de implementación (o Implementation Roadmap) es el más común de todos, y divide las actividades. y tareas en cinco fases principales: FASE 1: PREPARACIÓN INICIAL FASE 2: MAPA DE PRCESOS FASE 3: REALIZACIÓN FASE 4: PREPARACIÓN FINAL 8

21 CONTRATO NÚMERO: TSJDF/DEI/10/14 ANEXO "A" "Contratación del Servicio para el Soporte en la Operación del Sistema Integral de Gestión de Recursos (SIGER)" Fase 1: Preparación Inicial (Initial Preparation). Durante esta fase, el equipo del proyecto se entrenará en los fundamentos de mysap ERP y en el mapa de procedimientos de ASAP, se completará el plan del proyecto de alto nivel y se revisará el esquema del hardware necesario. El proyecto se iniciará oficialmente con una reunión de lanzamiento. Esta reunión no es exclusiva del equipo del proyecto y los consultores del implantador, sino que también para otros miembros clave de la empresa. Este arranque preparará un escenario propicio para el proyecto destacando la importancia de éste con los objetivos futuros de la compañía. Fase 2: Mapa de procesos (Business Blueprint). El propósito de la fase de Planos del Negocio (Business Blueprint) es entender las metas de el cliente y determinar los procesos de negocio necesarios para cumplir las mismas. En una reunión de Revisión Ejecutiva, se discutirán las metas del grupo, la estructura organizacional y los procesos de negocio de alto nivel. Otros requerimientos más detallados serán discutidos durante reuniones de trabajo de revisión de cada uno de los procesos de negocio. Las reuniones de Revisión Ejecutiva y de los procesos de negocio serán conducidas por los consultores del implantador. Para verificar que se entendieron apropiadamente los requerimientos del grupo y que se incluyó a todos los involucrados en el proyecto, se preparará un "Plano" del estado futuro y será presentado a sus ejecutivos para la aprobación del mismo. Este Plano consistirá en un diagrama de la estructura de la empresa, además del primer borrador de la definición de los procesos de negocio que se utilizará en su compañía; los dos se presentarán en forma escrita y de diagrama. Con la elaboración de los Planos se finalizará el alcance detallado del proyecto. Fase 3: Realización (Realization). Durante esta fase, el equipo del proyecto de su empresa y los consultores del implantador se separarán para terminar las actividades asignadas. El equipo del proyecto asistirá al entrenamiento de SAP de nivel 2 y 3. El entrenamiento de SAP se ha organizado alrededor de procesos de negocios. Durante el entrenamiento de nivel 2, el equipo del proyecto se hará más competente, y comenzará a modelar al sistema mysap ERP con base en los requerimientos de una compañía caso. El entrenamiento, también, proporcionará un entendimiento de la herramientas y ayudas de referencia del sistema; de igual manera, se realizará la integración de sus componentes. El entrenamiento de nivel 3 ayudará al equipo del proyecto a adquirir conocimientos en tópicos detallados dentro de los procesos de negocio. Mientras que el equipo del proyecto está en entrenamiento, los consultores del implantador configurarán los procesos de negocio definidos en los "planos aprobados". El sistema configurado reflejará la organización de el cliente y los catálogos maestros; y deberá soportar un flujo totalmente integrado de los procesos del sistema. Una revisión de los procesos de negocio de su empresa con el equipo del proyecto y con otros usuarios clave de cada uno de los procesos de negocio permitirá la retroalimentación y confirmación de los "planos aprobados". 9

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