SOLICITUD PERSONA FÍSICA CORREDOR DE SEGUROS

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1 SOLICITUD PERSONA FÍSICA CORREDOR DE SEGUROS Instancia a presentar en el Registro de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera de la Consejería de Economía, y Hacienda, sito en la c/ Tomás Miller, 38-3ª planta Las Palmas de Gran Canaria, o en el Registro General de la Consejería de Economía y Hacienda, sito en el Edificio Prodamer. Avda 3 de Mayo, Santa Cruz de Tenerife. (Modelo orientativo a partir del 12 de diciembre de 2006) D., de nacionalidad, N.I.F. / N.I.E., con domicilio profesional en, provincia de, C.P., calle, nº, piso, letra, puerta, y domicilio a efectos de notificaciones en, provincia de, C.P., calle, nº, piso, letra, puerta, y con teléfono, fax, y correo electrónico / web. - Marcar para señalar como medio preferente o consentir su utilización como medio de notificación fax Primero: Solicita la inscripción como corredor de seguros, persona física, en el Registro administrativo especial de mediadores de seguros, corredores de reaseguros y de sus altos cargos, de la Comunidad Autónoma de Canarias, conforme a lo dispuesto en la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados. Segundo: Aporta, para la verificación de lo establecido en la citada Ley 26/2006, y en particular, en su artículo 27 y siguientes, la siguiente documentación: 1.- Fotocopia compulsada o legalizada del N.I.F. o N.I.E. 2.- Declaración expresa del ámbito de actuación del corredor. 3.- Acreditación de haber superado un curso de formación o prueba de aptitud en materias financieras y de seguros privados. 4.- Acreditación de la honorabilidad comercial y profesional. 5.- Seguro de responsabilidad civil profesional u otra garantía financiera, con cobertura en todo el territorio del Espacio Económico Europeo. 6.- Documentación acreditativa de la capacidad financiera. 7.- Programa de actividades y de formación de empleados y auxiliares externos. 8.- Declaración de incompatibilidades. 9.- Documento acreditativo del ingreso de la Tasa por inscripción registral. Tercero: Se compromete a aportar con carácter inmediato ante la Dirección General del Tesoro y Política Financiera la documentación acreditativa de las modificaciones que, en su caso, se produjeran en las circunstancias y documentos que se presentan para la obtención de la inscripción registral. En, a de de. (firma) ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA. CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. C-PF. 1

2 Nota explicativa sobre la forma de acreditar los requisitos establecidos en el artículo 27 de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados, por las personas físicas que quieran acceder al ejercicio de la actividad de correduría de seguros: 1.- Identificación. Se aportará fotocopia legalizada o compulsada 1 del N.I.F. del solicitante, y en el caso de solicitantes no nacionales del correspondiente N.I.E o pasaporte. 2.- Ámbito de actuación. Declaración responsable, conforme al Anexo 1, que acredite que el ámbito geográfico en el que se pretende realizar las operaciones de mediación de seguros se limita a la Comunidad Autónoma de Canarias. 3.- Acreditación de haber superado un curso de formación o prueba de aptitud en materias financieras y de seguros privados. (art b) Deberá aportarse certificado emitido por el responsable de la dirección del curso de formación correspondiente al Grupo A (Anexo I, Resolución de 28 de julio de 2006, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se establecen los requisitos y principios básicos de los programas de formación para los mediadores de seguros, corredores de reaseguros y demás personas que participen directamente en la mediación de los seguros y reaseguros privados, en adelante Resolución de Formación), o alternativamente, certificado emitido por el Consejo General de los Colegios de Mediadores de Seguros Titulados en el caso de haber superado una prueba de aptitud en materias financieras y de seguros privados. De acuerdo con la citada resolución, podrá también acreditarse el cumplimiento del requisito de formación exigido a los corredores de seguros (Grupo A) aportando alguna de la siguiente documentación: - Fotocopia compulsada del diploma de Mediador de Seguros Titulado o, en su caso, del título de Agente y Corredor de Seguros. 4.- Acreditación de la honorabilidad comercial y profesional. (art d) Podrá acreditarse el cumplimiento de este requisito mediante la presentación de declaración responsable firmada por el solicitante y por cada una de las personas que como empleados o auxiliares participen directamente en la mediación de los seguros, acreditativa de haber venido observando una trayectoria personal de respeto a las leyes mercantiles u otras que regulen la actividad económica y la vida de los negocios, así como a las buenas prácticas comerciales, financieras y de seguros, conforme al Anexo Seguro de responsabilidad civil profesional. (art e y Resolución de 23 de septiembre de 2008, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones) Se exigirá un seguro de responsabilidad civil profesional que cubra todo el territorio del Espacio Económico Europeo u otra garantía financiera y que será de al menos un millón ciento veinte mil doscientos euros ( ) por siniestro y, en suma, un millón seiscientos ochenta mil trescientos euros ( ) para todos los siniestros correspondientes a un determinado año. Para la acreditación del cumplimiento de este requisito podrá presentarse: Original o copia legalizada de la póliza de seguro de Responsabilidad Civil profesional, que contenga las condiciones generales, especiales en su caso, y las particulares, acompañada de la fotocopia del recibo de pago de prima que acredite su vigencia. Alternativamente, para iniciar la tramitación del expediente bastará la presentación en original del documento por el que una entidad aseguradora asuma por escrito el compromiso de aceptar la cobertura del riesgo y de emitir la póliza de seguro para el caso de que se conceda al solicitante 1 La compulsa se realizará por el funcionario competente en el momento de la presentación de los documentos originales. C-PF. 2

3 por esta Dirección General la inscripción en el Registro administrativo especial de mediadores de seguros, corredores de reaseguros y de sus altos cargos, de la Comunidad Autónoma de Canarias. 6.- Capacidad financiera. (art.27.1.f y Resolución de 23 de septiembre de 2008, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones) Deberá acreditarse que se dispone de capacidad financiera que alcance el cuatro por ciento (4) del total de las primas anuales percibidas en los últimos doce meses, sin que pueda ser inferior a dieciséis mil ochocientos tres euros ( ) y pudiendo acreditarse mediante la contratación de un seguro de caución o de un aval. Para ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 21.3.g) y la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 26/2006, de 17 de julio, deberá presentar la siguiente documentación acreditativa 1 de la contratación de un seguro de caución por una entidad aseguradora, o de un aval emitido por una entidad financiera, a efectos de protección de la clientela, en concreto: 1. Declaración responsable de la capacidad financiera conforme al Anexo Documento de contratación de la póliza o del aval, donde se haga constar las condiciones de ese contrato de seguro o aval, tales como: objeto del contrato, entidad aseguradora o avalista, cobertura e importe, período de validez, condiciones y cláusulas de cancelación. El cumplimiento de este requisito se dispensará cuando el solicitante acredite que se encuentra en alguno de los siguientes supuestos: A) Si ha pactado, de forma expresa, con las entidades aseguradoras que los importes abonados por la clientela se ingresarán directamente, a través de domiciliación bancaria, en cuentas abiertas a nombre de aquéllas, e igualmente, que las cantidades abonadas en concepto de indemnizaciones se entregarán directamente por las entidades aseguradoras a los tomadores de seguros, asegurados o beneficiarios, en cuyo caso deberá aportar, certificación 2 emitida por las entidades aseguradoras, con las que se encuentre operando, en la que se haga constar los términos de los acuerdos que haya suscrito con las mismas. B) Si se ofrece al tomador del seguro una cobertura inmediata entregando el recibo emitido por la entidad aseguradora, y estableciendo que las cantidades abonadas en concepto de indemnizaciones se entregarán directamente por las entidades aseguradoras a los tomadores de seguros, asegurados o beneficiarios, debiendo aportar en ese caso declaración responsable en la que se haga constar tal compromiso asumido con los tomadores de seguros. 7.- Programa de actividades y de formación. (art g y Resolución de Formación) Programa explicativo de la actividad a desarrollar, para lo cual se ajustará al esquema fijado en el Anexo 4, incluyendo, en su caso, el programa de formación que se aplicará cuando vayan a contratarse los servicios de empleados o auxiliares externos que hayan de asumir funciones que supongan una relación más directa con los posibles tomadores de seguros y asegurados en materia de asesoramiento y mediación. 8.- Declaración de incompatibilidades. (art h) Declaración firmada por el solicitante de la autorización en la que manifieste no incurrir en los supuestos de incompatibilidades establecidos en el artículo 31 de la Ley 26/2006, de 17 de julio, pudiendo cumplimentar a tal efecto el modelo que se adjunta como Anexo Tasa por inscripción de mediadores de seguros en el Registro administrativo especial de la Comunidad Autónoma de Canarias. (Ley 5/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2009) A partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2008, estará vigente esta tasa autonómica dentro de cuyo hecho imponible se incluye la inscripción registral de corredor de seguros, persona física, por un importe de 62,42 euros. 1 y 2 En original o copia legalizada o debidamente compulsada. C-PF. 3

4 ANEXO 1 DECLARACION RESPONSABLE DEL ÁMBITO TERRITORIAL D., de nacionalidad, N.I.F./N.I.E., Declara, bajo su responsabilidad, que la actividad de mediación como corredor de seguros, persona física, que realiza o pretende realizar se limita al territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias. Instancia a presentar en el Registro de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera de la Consejería de Economía, y Hacienda, sito en la c/ Tomás Miller, 38-3ª planta Las Palmas de Gran Canaria, o en el Registro General de la Consejería de Economía y Hacienda, sito en el Edificio Prodamer. Avda 3 de Mayo, Santa Cruz de Tenerife. (Modelo orientativo a partir del 12 de diciembre de 2006) En, a de de. (firma) ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA. CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. C-PF. 4

5 ANEXO 2 Instancia a presentar en el Registro de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera de la Consejería de Economía, y Hacienda, sito en la c/ Tomás Miller, 38-3ª planta Las Palmas de Gran Canaria, o en el Registro General de la Consejería de Economía y Hacienda, sito en el Edificio Prodamer. Avda 3 de Mayo, Santa Cruz de Tenerife. (Modelo orientativo a partir del 12 de diciembre de 2006) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE HONORABILIDAD D., de nacionalidad, N.I.F./N.I.E., Declaro, bajo mi responsabilidad, y a los efectos de acreditar el cumplimiento del requisito de honorabilidad comercial y profesional exigido por el artículo 27.1.d) de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación en seguros y reaseguros privados, haber venido observando una trayectoria personal de respeto a las leyes mercantiles u otras que regulen la actividad económica y la vida de los negocios, así como a las buenas prácticas comerciales, financieras y de seguros. Declaro, igualmente, no tener antecedentes penales por delitos de falsedad, violación de secretos, descubrimiento y revelación de secretos contra la Hacienda pública y contra la Seguridad Social, malversación de caudales públicos y cualesquiera otros delitos contra la propiedad, no hallarme inhabilitado para ejercer cargos públicos o de administración o dirección en entidades financieras, aseguradoras o de mediación de seguros o de reaseguros, ni haber sido suspendido por sanción firme para el ejercicio de la actividad de mediación conforme a lo previsto en el artículo 56 de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados, ni haber sido inhabilitado conforme a lo dispuesto en la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, ni incurrir en incapacidad o prohibición conforme a la legislación vigente. En, a de de. (firma) ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA. CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. C-PF. 5

6 ANEXO 3 Instancia a presentar en el Registro de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera de la Consejería de Economía, y Hacienda, sito en la c/ Tomás Miller, 38-3ª planta Las Palmas de Gran Canaria, o en el Registro General de la Consejería de Economía y Hacienda, sito en el Edificio Prodamer. Avda 3 de Mayo, Santa Cruz de Tenerife. (Modelo orientativo a partir del 12 de diciembre de 2006) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LA CAPACIDAD FINANCIERA D., de nacionalidad, N.I.F./N.I.E., Declaro que, a efectos de ejercer la actividad de mediación de seguros como corredor de seguros, persona física, acredito el requisito de la capacidad financiera previsto en el artículo 27.1.f) y la disposición transitoria tercera, de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados, conforme al siguiente cálculo de garantía a formalizar: -Si la memoria contempla la incorporación de cartera previa: Importe total de los pagos de recibos de las primas de seguros que, en su caso, se hayan percibido de los clientes en el año anterior o en los doce últimos meses anteriores a la constitución de la garantía... Opción 1: 4 del importe total -Si la memoria no contempla la incorporación de cartera previa: Opción 2: Importe mínimo ,00 IMPORTE DEL SEGURO DE CAUCIÓN O AVAL Cifra mayor entre la opción 1 y la opción 2.. Por este importe, he procedido a la contratación de: SEGURO DE CAUCIÓN con la entidad aseguradora, AVAL con la entidad financiera, Y adjunto a esta declaración el documento acreditativo -original o copia legalizada o debidamente compulsada- de la referida contratación del citado seguro de caución o aval. Declaro, igualmente, que me comprometo ante la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, a mantener actualizado el importe de la capacidad financiera, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.1.f) y la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados, a fin de conservar la inscripción en el Registro administrativo especial de mediadores de seguros, corredores de reaseguros y de sus altos cargos de la Comunidad Autónoma de Canarias. En, a de de. (firma) ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA. CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. C-PF. 6

7 ANEXO 4 I.- CONSIDERACIONES GENERALES. PROGRAMA DE ACTIVIDADES 1. Ámbito de actuación territorial: descripción de la estructura y del sector asegurador y de mediación en seguros en la zona; concreción del ámbito de actuación inicial y potencial del corredor. 2. Actividad de mediación previa del solicitante: descripción y condiciones bajo las que se desarrolló; forma de realizarla a partir de la inscripción registral; integración en la nueva estructura. 3. Otras actividades distintas a la de correduría de seguros que se pretenda iniciar o continuar desarrollando (con distinción entre actividad vinculada al seguro privado y actividad ajena al seguro privado): descripción detallada; explicación del modelo de gestión a aplicar para diferenciar actividades (vgr.: ingresos y gastos, documentación de giro o tráfico, dirección y empleados). 4. Relaciones con otros mediadores: - Información sobre si actuará bajo la dirección de otro corredor de seguros que asuma la total responsabilidad por sus actos, en cuyo caso deberá aportar la identificación del mismo. - Integración en asociaciones o agrupaciones. - Otras relaciones. II.- RAMOS Y RIESGOS. 1. Deberá detallar los ramos y riesgos en los que pretende desarrollar la actividad de correduría de seguros, especificando, desde el punto de vista de la actividad de mediación: - La descripción profesional de las principales características de los mismos. - Las peculiaridades en la gestión administrativa interna para cada uno de los ramos o grupos. - El proyecto de estrategia comercial en la distribución de cada ramo. - Gestiones a realizar en caso de siniestro. 2. Entidades aseguradoras en las que estima factible colocar los riesgos en los que se medie, indicando los motivos de su elección. III. - ESTRUCTURA DE LA ORGANIZACIÓN. 1.- MEDIOS PERSONALES: a) Organigrama; distinción entre funciones de administración, de dirección, técnicas y auxiliares; evolución prevista, para cada uno de los tres primeros ejercicios de la actividad, de la estructura y del personal en función del crecimiento del negocio. Identificación de cada una de las personas que ocupan los puestos y ejercen las funciones descritas, con identificación de sus conocimientos y cualificación profesional, para lo cual podrá cumplimentar el siguiente cuadro orientativo: NOMBRE Y APELLIDOS CARGO/ CATEGORÍA Grupo de Formación 1 Ejercicio de incorporación 2 Breve descripción de la formación o experiencia en el sector seguros 1 Grupo de Formación: Seleccionar A, B o C, según las categorías previstas en la Resolución de Formación de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. 2 Ejercicio de incorporación: Indicar 1º, 2º o 3º, según el ejercicio en que se prevea su incorporación a la estructura de la organización. C-PF. 7

8 b) Auxiliares externos en la mediación (art. 8, Ley 26/2006). Número de auxiliares que pretenda contratar y evolución prevista para cada uno de los tres primeros ejercicios de la actividad; identificación y breve descripción de sus características profesionales. Funciones asignadas (sin incluir en ningún caso el asesoramiento al cliente). Retribución, grado de dedicación y exclusividad; en el supuesto de que no realicen la actividad en exclusiva, deberán describirse las otras actividades que desarrollan. Modelo de contrato a celebrar con los auxiliares externos. 2.- MEDIOS MATERIALES: a) Descripción de la oficina principal y posibles delegaciones donde se pretende desarrollar la actividad con carácter estable; régimen de utilización (propiedad, arrendamiento, cesión); localización. Podrá cumplimentar el siguiente cuadro orientativo: OFICINAS RÉGIMEN DE USO 1 BREVE DESCRIPCIÓN 2 LOCALIZACIÓN Oficina Principal Sucursal Primera 3 Sucursal Segunda 3 1 Régimen de uso: propiedad, arrendamiento, cesión gratuita, etc. 2 Descripción: situación, superficie, distribución, uso de las distintas dependencias, uso compartido con otras actividades, etc. 3 Cumplimentar en caso de que se prevea la apertura de sucursales durante los tres primeros ejercicios. b) Informática: Equipos y aplicaciones. - Régimen de utilización (propiedad, alquiler, cesión temporal, leasing, etc.). - Características técnicas, con especial incidencia en las aplicaciones específicas para la mediación de seguros. - Funciones encomendadas. - Otros usos a los que está destinada. c) Enumeración de otros medios materiales afectos al desarrollo de la actividad de correduría de seguros. Con respecto a los apartados b) y c), podrá cumplimentar el siguiente cuadro orientativo: OFICINAS Nº DE ORDENADORES OTROS MEDIOS 1 SOFTWARE ESPECÍFICO DE MEDIACIÓN 2 Oficina Principal Sucursal Primera Sucursal Segunda 1 Otros medios: impresoras, fax, fotocopiadoras, teléfonos, modem, scanner, etc. 2 Software: En el supuesto de que se prevea utilizar, indicar la aplicación informática específica que se prevé aplicar a la gestión de la actividad de correduría de seguros. C-PF. 8

9 3.- MECANISMOS ADOPTADOS PARA LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS POR QUEJAS Y RECLAMACIONES DE LA CLIENTELA: En cumplimiento del artículo 44 de la Ley 26/2006, de 17 de julio, deberá aportarse: - Información acerca de la persona que va a ser designada como titular del departamento o servicio de atención al cliente, y en su caso, del defensor del cliente, en concreto: Currículum vitae del titular, incorporando expresamente los detalles relativos a sus conocimientos y experiencia en funciones relacionadas con la actividad de mediación en seguros privados. Declaración responsable relativa a la honorabilidad comercial y profesional firmada por el titular del departamento o servicio de atención al cliente, haciendo constar que ha venido observando una trayectoria personal de respeto a las leyes mercantiles u otras que regulan la actividad económica y la vida de los negocios, así como a las buenas prácticas comerciales y financieras. Currículum vitae del defensor del cliente, en caso de haber sido designado conforme a la opción prevista en el artículo 45 de la Ley 26/2006, de 17 de julio, exponiendo las circunstancias que concurren respecto a su reconocido prestigio en el ámbito jurídico, económico o financiero. - Comunicación, una vez obtenida la inscripción registral como corredor de seguros, de la designación del titular del departamento o servicio de atención al cliente, o en su caso, del defensor del cliente, al Comisionado para la defensa del asegurado y del partícipe en fondos de pensiones, y de su elección como interlocutor del corredor de seguros ante ese órgano administrativo, el cual se encuentra adscrito a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Se recuerda al solicitante la posibilidad prevista legalmente de externalizar el desempeño de las funciones del departamento o servicio de atención al cliente, a través de otra persona o entidad de ámbito autonómico o nacional ajena a la estructura de su organización, siempre que el titular reúna los requisitos legalmente exigidos, en cuyo caso deberá integrar dicha opción en su proyecto empresarial, acompañando la documentación acreditativa pertinente. IV.- RELACIONES CON ENTIDADES ASEGURADORAS. 1. Condiciones que regularán las relaciones económicas, administrativas y comerciales con las distintas aseguradoras en las que estima factible colocar los riesgos, respetando en todo caso la independencia del corredor de seguros. A estos efectos podrán aportarse cuadros de comisiones, carta de condiciones, contratos tipo de las compañías para corredor de seguros, etc. 2. En caso de incorporación de cartera previa al proyecto, deberá aportarse acreditación documental, mediante certificaciones de las entidades aseguradoras, de la titularidad y el importe en primas de seguros de la misma. En el caso de haber venido ejerciendo la actividad de agencia de seguros, deberá presentar certificación en la que conste el consentimiento expreso de la entidad aseguradora para modificar la posición mediadora en dicha cartera (de agencia a correduría de seguros). 3. Sistema de retribución a percibir por el corredor, especificando si incluirá honorarios profesionales que se facturen directamente al cliente, conforme a lo previsto en el artículo 29.2 de la Ley 26/2006, de 17 de julio, no pudiendo percibirse de las entidades aseguradoras cualquier retribución distinta a las comisiones. C-PF. 9

10 V.- PREVISIÓN DE INGRESOS Y GASTOS. Deberá aportar una previsión de ingresos y gastos para los tres primeros ejercicios de la actividad proyectada de correduría de seguros, que podrá cumplimentar de acuerdo a los siguientes cuadros orientativos que se pueden descargar en formato Microsoft Excel en la página web. 1. Composición actual de la cartera que se pretenda incorporar al proyecto empresarial: en el caso de pretender la incorporación de una cartera de seguros previa a su proyecto empresarial, que debe haber acreditado documentalmente (apartado IV), deberá explicarse su composición, pudiendo utilizar el siguiente cuadro orientativo: Entidad aseguradora Primas intermediadas Ramos () Vida No vida Comisiones ( ó ) T O T A L 2. Previsión del volumen total de negocio para los tres primeros ejercicios de actividad del corredor de seguros (cifras y justificación razonadas de las mismas): 2.1. Primas a intermediar correspondientes a la cartera por entidades aseguradoras (Cuadro orientativo). Denominación Entidad 1 Denominación Entidad 2 Denominación Entidad 3 etc Ejercicio 1 primas Ejercicio 2 primas Ejercicio 3 primas TOTALES C-PF. 10

11 2.2. Primas a intermediar correspondientes a la cartera por ramos (Cuadro orientativo). Ejercicio 1 primas Ejercicio 2 primas Ejercicio 3 primas RAMOS NO VIDA Accidentes Enfermedad Asistencia Sanitaria Autos (1) Transportes (2) Incendios y elementos naturales (3) Otros daños (seguros agrarios) Otros daños (robo u otros) Responsabilidad Civil en general Crédito Caución Pérdidas diversas Defensa jurídica (4) Asistencia Decesos Multirriesgo Hogar Multirriesgo comunidades Multirriesgo comercios Multirriesgo industriales Otros multirriesgos TOTAL NO VIDA RAMO DE VIDA Individual Colectivo TOTAL VIDA TOTAL VIDA Y NO VIDA 1) Autos: incluye los ramos 01, 03, 10 y 17 (este último sólo si va unido a la póliza de autos), regulados en el artículo 6 del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados 2) Transportes: incluye los ramos 04, 05, 06, 07, 11 y 12, regulados en el citado artículo 6 del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre. 3) Incluye todo riesgo de daño material. 4) Solamente las no incorporadas en Autos. C-PF. 11

12 2.3. Previsión de Ingresos (comisiones, honorarios profesionales y otros ingresos derivados de la actividad de correduría de seguros), Gastos (personal; colaboradores en la mediación; informática; locales; formación continua; otros gastos), y cuantificación de resultados de los tres ejercicios (Cuadro orientativo). INGRESOS: Comisiones Honorarios profesionales Otros ingresos de la actividad de seguros TOTAL INGRESOS GASTOS: Sueldos y salarios Seguridad social a cargo de la empresa Arrendamiento de bienes inmuebles Comisiones cedidas a colaboradores Formación continua Informática Amortizaciones Seguros Otros gastos TOTAL GASTOS RESULTADOS (INGRESOS - GASTOS) Ejercicio 1 Ejercicio 2 Ejercicio 3 VI.-PROGRAMA DE FORMACIÓN. Se acompañará al proyecto el programa de formación que se comprometa a aplicar a aquellas personas que como empleados o auxiliares externos hayan de asumir funciones que supongan una relación más directa con los posibles tomadores del seguro y asegurados, consignando la correspondiente partida en el bloque de gastos de la previsión de los próximos tres ejercicios (apartado V.2.3). A estos efectos, respecto a los empleados que tengan atribuidas funciones de asesoramiento y asistencia a los clientes y participen directamente en la mediación de los seguros, se acreditará la superación del curso de formación exigido para el Grupo B (Anexo II de la Resolución de Formación), mediante presentación de un certificado emitido por el responsable de la dirección del curso, debiendo incluirse la previsión de su participación en los programas de formación continua que señala el apartado 8 de la mencionada resolución. En el caso de contar con auxiliares externos, o empleados que desempeñen funciones auxiliares de captación de clientes o de tramitación administrativa, deberá acreditarse que hayan superado el curso de formación previsto para el Grupo C (Anexo III), también mediante presentación del correspondiente certificado, o alternativamente, la previa realización de estudios en materias de seguros equivalentes a las previstas en el citado anexo o en su caso, experiencia de un año en el desempeño de funciones de similar naturaleza, y al igual que en el supuesto anterior, se exigirá su participación en los referidos programas de formación continua. C-PF. 12

13 VII.- PUBLICIDAD E INFORMACIÓN AL CLIENTE. 1. Sistemas de marketing y publicidad a emplear. 2. Formas de identificación frente a terceros en su actividad de mediación (nombre, anagrama, nombre comercial, etc.). 3. Menciones a incluir en la publicidad y en la documentación del giro y tráfico mercantil, de conformidad con el artículo 33 de la Ley 26/2006, de 17 de julio, en particular: - la expresión corredor de seguros ; - la clave de inscripción que le sea otorgada; - la circunstancia de tener concertado seguro de responsabilidad civil u otra garantía financiera; - disponer, en su caso, de capacidad financiera en los términos del artículo 27.1.f) de la citada ley. 4. Deberá presentarse información acerca de la forma en que se va a dar cumplimiento a la obligación de facilitar asesoramiento independiente con arreglo al criterio del análisis objetivo, en los términos recogidos en los artículos 26.1 y 42.4 de la mencionada Ley, debiendo informar igualmente al cliente de este hecho, y, en el caso de que para determinados riesgos no pueda realizarse el mismo, deberá justificarse ante el cliente. 5. Compromiso de informar asimismo al cliente de la posibilidad de presentar quejas y reclamaciones ante el Comisionado para la defensa del asegurado y del partícipe en fondos de pensiones, órgano adscrito a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Economía y Hacienda, conforme al procedimiento previsto en la normativa sobre protección del cliente de los servicios financieros, y siempre después de haberse formulado previamente por escrito ante el departamento o servicio de atención al cliente o, en su caso, ante el defensor del cliente. En, a de de. (firma) C-PF. 13

14 ANEXO 5 Instancia a presentar en el Registro de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera de la Consejería de Economía, y Hacienda, sito en la c/ Tomás Miller, 38-3ª planta Las Palmas de Gran Canaria, o en el Registro General de la Consejería de Economía y Hacienda, sito en el Edificio Prodamer. Avda 3 de Mayo, Santa Cruz de Tenerife. (Modelo orientativo a partir del 12 de diciembre de 2006) DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES D., de nacionalidad, N.I.F./N.I.E., Declaro, bajo mi responsabilidad que no ostento cargo ni desarrollo función alguna que pueda coaccionar la libre decisión de los interesados en orden a la contratación de seguros o elección de entidad aseguradora, así como que limite mi capacidad para ofrecer un asesoramiento objetivo respecto a las entidades aseguradoras que concurren en el mercado y a los distintos tipos de pólizas, coberturas y precios ofrecidos por aquéllas. Declaro, igualmente, que tampoco incurro en los supuestos de incompatibilidad contemplados en el artículo 31 de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados. En, a de de. (firma) ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA. CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. C-PF. 14

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