Frente a dicha resolución AUC interpuso recurso de alzada que fue estimado por el Pleno en su resolución de 17 de junio de 2014.
|
|
- José María Torregrosa Lagos
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 1 Resolución de 13 de mayo de 2014, de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima parcialmente la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación (en lo sucesivo, AUC ) contra una publicidad de la que es responsable la mercantil Nestlé España S.A.. La Sección estimó parcialmente la reclamación presentada por AUC y declaró que la publicidad radiofónica reclamada infringía la norma 2 del Código de Conducta Publicitaria de Autocontrol. Frente a dicha resolución AUC interpuso recurso de alzada que fue estimado por el Pleno en su resolución de 17 de junio de Resumen de la Resolución: Asociación de Usuarios de la Comunicación vs. Nestlé España S.A. (Asunto: Meritene ) Resolución de 13 de mayo de 2014, de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima parcialmente la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación (en lo sucesivo, AUC ) contra una publicidad de la que es responsable la mercantil Nestlé España S.A.. La reclamación se formula frente a una publicidad sobre el producto Meritene difundida en radio, y en segundo lugar, contra una publicidad del mismo producto emitida en televisión e Internet. El Jurado entendió que la publicidad difundida en radio, al incluir la expresión me lo recomendó Manolo, el farmacéutico contravenía la norma 2 del Código de Conducta Publicitaria de Autocontrol en relación con el artículo 12 del Reglamento (CE) número 1924/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos (R.1924/2006) y en relación con los apartados a) y c) del art de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de Seguridad Alimentaria y Nutrición. En cambio, acordó la Sección que el uso de las expresiones Ayuda a mantener fuertes y activos a nuestros mayores y Ayúdate tú también a mantenerte fuerte y activo toda la vida con Meritene incluidas en las piezas reclamadas no contravenía la norma 2 del Código de Conducta, ni por ende el artículo 3.1 del Código Ético de Confianza Online, en relación con el artículo 13.3 del R.1924/2006 ni con el Reglamento (UE) número 432/2012 de la Comisión de 16 de mayo de 2012 por el que se establece una lista de declaraciones autorizadas de propiedades saludables de los alimentos distintas de las relativas a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños (en adelante, R.432/2012). Recurso de alzada Frente a dicha resolución AUC interpuso recurso de alzada que fue estimado por el Pleno en su resolución de 17 de junio de 2014, al entender que las declaraciones realizadas en los anuncios resultan susceptibles de transmitir al consumidor un significado que no coincide con el de las declaraciones de propiedades saludables autorizadas.
2 2 Texto completo de la Resolución del Jurado: Asociación de Usuarios de la Comunicación vs. Nestlé España S.A. (Asunto: Meritene ). En Madrid, a 13 de mayo de 2014, reunida la Sección Segunda del Jurado de Autocontrol, Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial, presidida por Dª. María José Morillas Jarillo, para el estudio y resolución de la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación, contra una publicidad de la que es responsable la entidad Nestlé España S.A., emite la siguiente RESOLUCIÓN I.- Antecedentes de hecho. 1.- El pasado día 28 de abril de 2014, la Asociación de Usuarios de la Comunicación (en adelante, AUC ) presentó una reclamación frente a una publicidad de la que es responsable la compañía Nestlé España S.A. (en adelante Nestlé). 2.- La reclamación se formula, en primer lugar, frente a una publicidad del producto Meritene difundida en radio, y en segundo lugar, contra una publicidad del mismo producto emitida en televisión e internet. En el anuncio difundido en radio se escucha una conversación entre dos mujeres: Mujer 1: María, De dónde vienes tan cargada, se te ha olvidado el carrito de la compra?. María: No mujer, es que ahora como bien y he empezado a tomar Meritene cada día. Mujer 1: Meri quién?. María: Meritene. Me lo recomendó Manolo, el farmacéutico y ya no necesito el carrito. Voz en off: Meritene es un suplemento nutricional rico en proteínas, vitaminas y minerales que ayuda a mantener fuertes y activos a nuestro mayores. ( ). Nestlé a gusto con la vida. En el anuncio difundido tanto en televisión como internet, comenzamos viendo a la conocida modelo Martina Klein hablando con su tío y sujetando el producto promocionado en sus manos. Además, apreciamos cómo el tío consume el producto promocionado y sube en brazos a un niño. En ese instante se marcan los músculos de su brazo. A lo largo del anuncio escuchamos: Martina: Y, Cómo está mi tío favorito?. Tío: Suerte de ti cielo. Me sentía sin ganas de nada y todo por no comer todas las proteínas que tenemos que comer. Voz en off: Meritene es un suplemento nutricional rico en proteínas, vitaminas y minerales, pensado especialmente para los adultos. Martina: Ayúdate tú también a mantenerte fuerte y activo toda la vida con Meritene. 3.- En su escrito de reclamación, AUC sostiene que los anuncios reclamados infringen la legislación vigente, y por ende, el Código de Conducta Publicitaria de Autocontrol (en adelante Código). La reclamante indica que vulnera las siguientes normas: el artículo 3 de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad; el artículo 5 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal; el artículo 5.1 y 5.4 del Real Decreto 1487/2009, de 26 de septiembre, relativo a los complementos alimenticios; el artículo 4 del Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba la Norma General de etiquetado, presentación y publicidad de los
3 3 productos alimenticios; el artículo 44 de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de Seguridad Alimentaria y Nutrición; y ya por último, el Reglamento (CE) número 1924/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos (en adelante, R.1924/2006). Por todo ello, AUC entiende que existe una infracción del principio de legalidad del Código de Conducta de Autocontrol y del Código Ético de Confianza Online y solicita al Jurado de la Publicidad que declare ilícita la publicidad reclamada y requiera a Nestlé, el cese o rectificación inmediatos de las piezas publicitarias reclamadas. 4.- Trasladada la reclamación a Nestlé, esta compañía ha presentado escrito de contestación en el que se opone a las pretensiones de la reclamante en los siguientes términos: En primer lugar, Nestlé alega que el anuncio reclamado difundido en televisión, con fecha 24 de enero de 2012, obtuvo Copy Advice favorable (Doc. Nº1), y afirma que su publicidad cumple perfectamente con la legislación aplicable. En segundo lugar, en lo que se refiere al anuncio difundido en radio, Nestlé indica, respecto a la utilización de la alegación Me lo recomendó Manolo el farmacéutico, que al tratarse Meritene de un complemento alimenticio, que cumple estrictamente con la normativa específica que le resulta de aplicación, y con todos los requerimientos descritos en los artículos 5 y 8.1 del R.1924/2006, resulta lícito incluir en su comunicación comercial determinadas declaraciones de propiedades saludables que, al tiempo, acreditan la veracidad de las alegaciones de tipo objetivo. Nestlé añade, además, que el canal habitual de venta del producto Meritene son las propias oficinas de farmacia. Finalmente, manifiesta que el contexto o el entorno simpático y coloquial en el que se desarrolla la conversación del anuncio de radio reclamado, incluido el nombre, informal o coloquial del vecino farmacéutico, (Manolo), hacen decaer la presunción de ilicitud de la aseveración examinada, pues carece de todo rigor exigible, debiéndose enmarcar en un banal simulacro de conversación vecinal, sin atisbo científico de ningún tipo. Finalmente, Nestlé indica que la difusión de las comunicaciones comerciales reclamadas ya ha finalizado. Por todo ello, Nestlé solicita la desestimación de la reclamación presentada y que se declare la licitud de las piezas publicitarias reclamadas. II.- Fundamentos deontológicos. 1.- A la vista de la reclamación presentada, corresponde a esta Sección analizar las publicidades reclamadas a la luz de la norma 2 del Código que recoge el principio de legalidad en los siguientes términos: La publicidad debe respetar la legalidad vigente y de manera especial los valores, derechos y principios reconocidos en la Constitución. En primer lugar y tratándose el producto promocionado de un complemento alimenticio, dicha norma debe ponerse en relación con el R.1924/2006. Este Reglamento tiene por objeto establecer el régimen jurídico aplicable a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en la publicidad de alimentos, con el fin de garantizar un funcionamiento eficaz del mercado a la vez que proporciona un elevado nivel de protección de los consumidores.
4 4 De conformidad con el art. 1.2 del R.1924/2006, el mismo se aplica a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables efectuadas en las comunicaciones comerciales, entendiendo por declaraciones de propiedades saludables cualquier declaración que afirme, sugiera o dé a entender que existe una relación entre una categoría de alimentos, un alimento o uno de sus constituyentes, y la salud (artículo 2.2.5). Por su parte, el art se refiere de forma más específica a las declaraciones de propiedades saludables distintas de las relativas a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños, y en particular establece que tendrán la consideración de declaraciones de propiedades saludables distintas de las relativas a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños aquellas que describan o se refieran a: a) la función de un nutriente o de otra sustancia en el crecimiento, el desarrollo y las funciones corporales, o b) las funciones psicológicas y comportamentales, o c) sin perjuicio de la Directiva 96/8/CE, al adelgazamiento, al control de peso, a una disminución de la sensación de hambre, a un aumento de la sensación de saciedad, o a la reducción del aporte energético de la dieta, y que figuren en la lista prevista en el apartado 3 podrán efectuarse, sin someterse al procedimiento de autorización establecido en los artículos 15 a 18, siempre que: i) se basen en datos científicos generalmente aceptados, y ii) sean bien comprendidas por el consumidor medio. Pues bien el R.1924/2006 condiciona la utilización de estas declaraciones de propiedades saludables a su inclusión en una lista comunitaria de declaraciones permitidas (artículo 13.3). En este sentido, el artículo 1 del Reglamento (UE) Nº 432/2012 de la Comisión, de 16 de mayo de 2012, por el que se establece una lista de declaraciones autorizadas de propiedades saludables de los alimentos distintas de las relativas a la reducción de riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños (en adelante, R.432/2012 ), dispone que: 1. En el anexo del presente Reglamento se establece la lista de declaraciones de propiedades saludables que pueden atribuirse a los alimentos a la que se hace referencia en el artículo 13, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 1924/ Podrán emplearse las declaraciones de propiedades saludables contempladas en el apartado 1 en relación con los alimentos siempre que cumplan las condiciones establecidas en el anexo. 2.- A la luz de los preceptos mencionados no cabe duda de que el R.1924/2006 resulta aplicable a las publicidades reclamadas, ya que en las mismas se incluyen las siguientes alegaciones: Ayuda a mantener fuertes y activos a nuestro mayores y Ayúdate tú también a mantenerte fuerte y activo toda la vida con Meritene, y éstas son subsumibles en el supuesto del anteriormente citado artículo 13.1.a). Dicho esto, corresponde en este punto al Jurado analizar si las mencionadas alegaciones Ayuda a mantener fuertes y activos a nuestros mayores, incluida en la pieza difundida en radio, y Ayúdate tú también a mantenerte fuerte y activo toda la vida con Meritene, incluida en los anuncios emitidos en televisión e internet, son declaraciones de propiedades saludables autorizadas por el mencionado R.432/2012. Pues bien, y tal y como ha podido comprobar esta Sección, teniendo en cuenta los minerales y vitaminas que aparecen reflejados en la composición nutricional del etiquetado aportado por la parte reclamada (Doc. Nº 2), podemos concluir que para tales vitaminas y minerales dichas declaraciones de propiedades saludables se encuentran dentro de las alegaciones validadas bajo el mencionado R.432/2012. En efecto, según ha podido constatar el Jurado, el R. 432/2012 autoriza, para varios de los componentes presentes en el producto que se
5 5 promociona, las alegaciones contribuye al mantenimiento de los huesos en condiciones normales, contribuye al funcionamiento normal del sistema inmunitario, contribuye al metabolismo energético normal y ayuda a disminuir el cansancio y la fatiga. En consecuencia, dado que, a nuestro juicio, el mensaje que transmiten las alegaciones controvertidas se encuentra en su conjunto englobado en las alegaciones aprobadas, este Jurado concluye que no cabe entender que, en el caso que nos ocupa, se hayan empleado declaraciones de propiedades saludables no autorizadas, por lo que procede desestimar la reclamación en este punto. 3.- Concluido lo anterior, y en relación con el anuncio reclamado difundido a través de internet, hemos de completar el análisis deontológico acudiendo al Código Ético de Confianza Online. Este Código dispone en su artículo 3.1 que La publicidad en medios electrónicos de comunicación a distancia deberá ser conforme a la ley aplicable, leal, honesta y veraz, en los términos en que estos principios han sido desarrollados por el Código de Conducta Publicitaria de Autocontrol y por el Código de Práctica Publicitaria de la Cámara de Comercio Internacional. Pues bien, dado que este Jurado no ha apreciado una vulneración del principio de legalidad en el anuncio difundido a través de Internet, tampoco puede apreciar, en relación con dicha pieza, una infracción del art. 3.1 del Código Ético de Confianza Online. 4.- Por otro lado, y únicamente en relación con la pieza publicitaria difundida en radio, el principio de legalidad debe ser puesto, a su vez, en relación con el artículo 12 del R.1924/2006, el cual establece una serie de condiciones específicas en el uso de determinadas declaraciones de propiedades saludables. En particular, indica lo siguiente: No se autorizarán las siguientes declaraciones de propiedades saludables: ( ) c) las declaraciones que hagan referencia a recomendaciones de médicos individuales u otros profesionales de la salud y otras asociaciones no mencionadas en el artículo 11. A la vista del tenor de esta norma, la mención realizada en la pieza radiofónica reclamada Me lo recomendó Manolo, el farmacéutico, supone una recomendación de un profesional de la salud en los términos establecidos en el citado precepto. Por todo ello, cabe considerar en este punto infringida la citada norma 2 del Código en relación con el apartado c) del artículo 12 del citado R.1924/ Adicionalmente, en relación también con la pieza publicitaria difundida en radio, este Jurado debe indicar que el principio de legalidad debe ser puesto, también, en relación con los apartados a) y c) del art de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición que prohíbe, en el mismo sentido y en el marco de la publicidad de alimentos o complementos alimenticios: a) la aportación de testimonios de profesionales sanitarios o científicos, reales o ficticios, o de pacientes reales o supuestos, como medio de inducción al consumo, así como la sugerencia de un aval sanitario o científico; ( ) c) La referencia a su uso en centros sanitarios o a su distribución a través de oficinas de farmacia. Pues bien, la pieza publicitaria radiofónica infringiría el principio de legalidad en relación con el apartado a) trascrito, en la medida en que en la misma se incluye -tal como se ha puesto de relieve en el fundamento anterior la mención Me lo recomendó Manolo, el farmacéutico, expresión que traslada un mensaje de inducción al consumo del complemento alimenticio
6 6 promocionado por parte de un profesional de la salud. Igualmente, esta mención debe entenderse contraria al apartado c), toda vez que en el mismo se prohíbe hacer referencia a la distribución del producto promocionado en farmacias. En atención a todo lo hasta aquí expuesto, la Sección Segunda del Jurado de Autocontrol ACUERDA 1º.- Estimar parcialmente la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación frente a unas piezas publicitarias de las que es responsable la mercantil Nestlé España S.A. 2º.- Declarar que la publicidad radiofónica reclamada, infringe la norma 2 del Código de Conducta Publicitaria de Autocontrol. 3º.- Instar al anunciante a la rectificación de la publicidad radiofónica reclamada.
Frente a dicha resolución AUC interpuso recurso de alzada que fue estimado por el Pleno en su resolución de 17 de junio de 2014.
1 Resolución de 13 de mayo de 2014, de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima parcialmente la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación (en lo sucesivo, AUC )
Más detallesResumen de la Resolución: AUTOCONTROL (CNMC) vs. Laboratorios Actafarma, S.L. Sarcodyn
1 Resolución de 29 de julio de 2015 de la Sección Segunda del Jurado por la que se resuelve el procedimiento iniciado de oficio contra una publicidad de la que es responsable la mercantil Laboratorios
Más detallesResumen de la Resolución: Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) vs. Aves Nobles y Derivados, S.L. (Casa Matachín) Pavo Prensa
1 Resolución de 14 de enero de 2016 de la Sección Segunda del Jurado de AUTOCONTROL, por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) contra una publicidad
Más detallesFrente a dicha resolución el particular interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno en su Resolución de 11 de septiembre de 2014.
1 Resolución de 23 de julio de 2014 de la Sección Quinta del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por un particular, contra una publicidad de la que es responsable la mercantil Nestlé
Más detallesFrente a dicha resolución, Stadium Innovation S.L. interpuso recurso de alzada que fue
1 Resolución de 14 de septiembre de 2017 de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación contra una publicidad de la que
Más detallesResumen de la Resolución: Asociación de Usuarios de la Comunicación vs Legumbres Luengo, S.A. Legumbres Luengo. Web
1 Resolución de 14 de septiembre de 2017 de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación contra una publicidad de la que
Más detallesDictamen de 15 de octubre de 2015 de la Sección Cuarta del Jurado por el que expresa su
1 Dictamen de 15 de octubre de 2015 de la Sección Cuarta del Jurado por el que expresa su parecer sobre una publicidad de la que es responsable la mercantil Soria Natural, S.A. - Homeosor. La Sección concluyó
Más detallesResumen de la Resolución: AUC vs. CIDIFAR S.L. (Laboratorios Anroch) Silipeptan Forte Plus. Radio
Resolución de 7 de junio de 2018, de la Sección Tercera del Jurado de AUTOCONTROL, por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación ( AUC ) frente a una publicidad
Más detallesResumen de la Resolución: AUC vs. Toro Loco, S.L. ( Toro Loco Energy Drink )
1 Resolución de 11 de abril de 2013 de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima parcialmente la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación contra una publicidad de
Más detallesResumen de la Resolución: Asociación de Usuarios de la Comunicación Audiovisual vs Laboratios Zomec, S.L. Amor Plus y Pasion Plus Prensa
1 Resolución de 7 de septiembre de 2017 de la Sección Primera del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC), contra la mercantil Laboratorios
Más detallesResumen de la Resolución: Particular vs Angelini Farmacéutica, S.A. (Farma-Lepori) Pastillas Juanola
Resolución de 14 de enero de 2016 de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable la mercantil Angelini
Más detallesResumen de la resolución Asociación de Usuarios de la Comunicación vs. Empresa Juver Alimentación, S.A.U. Juver Fruta + Leche
1 Resolución de 24 de enero de 2013, de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación contra una publicidad de la que es
Más detallesResumen de la Resolución: Revisión de Copy Advice Reckitt Benckiser España, S.L.U. Airborne Celebrity III
1 Resolución de 20 de octubre de 2016 de la Sección Tercera del Jurado de la Publicidad de Autocontrol, por la que se estima la solicitud de revisión del informe previo (Copy Advice) de fecha 3 de octubre
Más detallesResumen de la Resolución: Asociación de Usuarios de la Comunicación vs. Casa Santiveri, S.L. ( Florase Colesterolo Radio )
1 Resolución de 15 de diciembre de 2015 de la Sección Primera del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación frente a una publicidad de la que
Más detallesResumen de la Resolución: Laboratorios Actafarma, S.L. vs. Nutrición Center 1985, S.L. ( YNC25 )
1 Resolución de 11 de abril de 2013 de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por Laboratorios Actafarma, S.L. contra una publicidad de la que es responsable la mercantil
Más detallesFrente a dicha resolución, Stadium Innovation S.L. interpuso recurso de alzada que fue
1 Resolución de 14 de septiembre de 2017 de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación contra una publicidad de la que
Más detallesResumen de la Resolución: AUC vs. Siete Cuarenta Natural, S.L. Refix. Internet
Resolución de 19 de abril de 2018, de la Sección Primera del Jurado, por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) contra una publicidad de la que
Más detallesResumen de la Resolución: Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) vs. Mercadona, S.A. Natillas de Chocolate Hacendado
1 Resolución de 17 de septiembre de 2015 de la Sección Primera del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación contra una publicidad de la
Más detallesResumen del Dictamen: Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) vs. Opko Health Spain, S.L.U. Modeline Dermo
1 Dictamen de 15 de octubre de 2015 de la Sección Cuarta del Jurado por el que expresa su parecer sobre una publicidad de la que es responsable la mercantil Opko Health Spain, S.L.U. La Sección concluyó
Más detallesResolución de 16 de marzo de 2017 de la Sección Tercera del Jurado de
Resolución de 16 de marzo de 2017 de la Sección Tercera del Jurado de AUTOCONTROL por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) contra la publicidad
Más detallesResumen de la Resolución: Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) vs Torrons Vicens, S.L. Vicens Sport. Prensa/Web
1 Resolución de 7 de septiembre de 2017 de la Sección Primera del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación contra una publicidad de la que
Más detallesResumen de la Resolución: Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) vs. Laboratorios Diafarm, S.A. Roha-Max Prensa
1 Resolución de 8 de octubre de 2015 de la Sección Sexta del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación contra una publicidad de la que es responsable
Más detallesResumen de la Resolución: Particular vs. Vodafone España S.A.U. Paquetes de Televisión
1 Resolución de 25 de noviembre de 2016 de la Sección Quinta del Jurado por la que se estima parcialmente la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable la mercantil
Más detallesResumen de la Resolución: AUC vs. Eye Inversiones (Teletienda Directo.com) ( Alcachofa de Laón Arti Bliss )
1 Resolución de 18 de octubre de 2013 de la Sección Quinta del Jurado de Autocontrol por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación frente a una publicidad
Más detallesFrente a dicha resolución el particular interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno en su Resolución de 11 de septiembre de 2014.
1 Resolución de 23 de julio de 2014 de la Sección Quinta del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por un particular, contra una publicidad de la que es responsable la mercantil Nestlé
Más detallesResumen de la Resolución: Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) vs. Acta Farma, S.L. Revidox ADN. Radio
1 Resolución de 12 de mayo de 2016, de la Sección Tercera del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) frente a una publicidad de la
Más detallesResumen del Dictamen: AUC vs. Vega Carabaña S.L. Frutas y Verduras de Temporada. Prensa
Dictamen de 5 de diciembre de 2017, de la Sección Cuarta del Jurado de AUTOCONTROL, por el que expresa su parecer sobre la corrección deontológica de una publicidad de la que es responsable la empresa
Más detallesResumen de la Resolución: Particular vs. Nestlé España, S.A. Nidina 2. Hablemos de protección Internet 2
Resolución de 11 de octubre de 2017, de la Sección Primera del Jurado, por la que se desestima la reclamación presentada por un particular, contra una publicidad de la que es responsable la empresa Nestlé
Más detallesResolución de 6 de junio de 2013 de la Sección Primera del Jurado por la que se estima la
1 Resolución de 6 de junio de 2013 de la Sección Primera del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por un particular, contra una publicidad de la que es responsable la mercantil France
Más detallesResumen de la Resolución: AUC vs. Suplementos Solgar, S.L. Suplementos Solgar. Prensa
Resolución de 7 de junio de 2018, de la Sección Tercera del Jurado de AUTOCONTROL, por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) contra una publicidad
Más detallesRecurso de alzada de Casa Santiveri, S.L. vs Resolución de la Sección Primera de 15 de diciembre de 2015 (Asunto: Florase Colesterolo Radio )
1 Resolución de 15 de diciembre de 2015 de la Sección Primera del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación frente a una publicidad de la que
Más detallesResumen de la Resolución: AUC vs. Mi Gimnasio Nutrición Deportiva S.L. ( Amino X )
1 Resolución de 6 de junio de 2013 de la Sección Primera del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación contra una publicidad de la que es responsable
Más detallesResolución de 28 de enero de 2016, de la Sección Segunda del Jurado por la que se
Resolución de 28 de enero de 2016, de la Sección Segunda del Jurado, por la que se estima la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable la empresa Jazz Telecom,
Más detallesreclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación contra una publicidad de la que es responsable la mercantil Danone, S.A.
1 Resolución de 10 de junio de 2015 de la Sección Segunda del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación contra una publicidad de la que es
Más detallesla que se desestima la reclamación presentada por un particular a través de la Oficina
Resolución de 14 de diciembre de 2016, de la Sección Segunda del Jurado por la que desestima la reclamación presentada por un particular a través de la Oficina Municipal de Información al Consumidor de
Más detallesResumen de la Resolución: Asociación de Usuarios de la Comunicación vs Gallina Blanca, S.A.U. Caldo casero de pollo bajo en sal.
1 Resolución de 14 de septiembre de 2017 de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación contra una publicidad de la que
Más detallesResumen de la Resolución: AUC vs. Gimnasio Nutrición Deportiva, S.L. ( Vitargo )
1 Resolución de 23 de mayo de 2013 de la Sección Primera del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por AUC contra una publicidad difundida por la mercantil Gimnasio Nutrición Deportiva,
Más detallesResumen de la Resolución: AUC vs. Nutrición Center S.L. ( Homoforte )
1 Resolución de 18 de octubre de 2013 de la Sección Quinta del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación frente a una publicidad de la que es
Más detallesResumen de la Resolución: ASUNTO Nº: 176/R/SEPTIEMBRE 2013 AUC vs. LAMBERTS GESTION S.L. 5HTP PLUS
1 Resolución de 3 de octubre de 2013 de la Sección Sexta del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación contra una publicidad difundida por la
Más detallesResumen de la Resolución: Particular vs. Akamon Entertainment Millenium, S.L. Funny Creatures
Resolución de 14 de enero de 2016 de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por un particular frente a una publicidad de la que es responsable la compañía Akamon Entertainment
Más detallesResumen de la Resolución: Particular vs. Banco Popular Español Tarjeta Visa Aldeas Infantiles SOS
1 Resolución de 18 de septiembre de 2014 de la Sección Segunda del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable la mercantil
Más detallesResumen de la Resolución: Asociación de los Usuarios de la Comunicación (AUC) vs Buena Compra TV, S.L. Livera Seltzer
1 Resolución de 11 de septiembre de 2014 de la Sección Sexta del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) contra una publicidad de la
Más detallesFrente a dicha resolución, el particular interpuso recurso de alzada que fue. desestimado por el Pleno en su resolución de 19 de noviembre de 2015.
Resolución de 15 de octubre de 2015 de la Sección Cuarta del Jurado de AUTOCONTROL por la que se desestima la reclamación presentada por un particular frente a una publicidad de la que es responsable la
Más detallesResumen de la Resolución: Particular vs. Arkopharma Laboratorios S.A.U. Dieta de la Alcachofa Internet
Resolución de 26 de febrero de 2018 de la Sección Primera del Jurado de AUTOCONTROL, por la que se estima la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable la empresa
Más detallesResumen de la Resolución: ASACIR vs. Clínica Baviera S.A. Cirugía Refractiva. Resultados
Resolución de 24 de mayo de 2018, de la Sección Primera del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación Española de Afectados por Intervenciones de Cirugía Refractiva (ASACIR)
Más detallesFrente a dicha resolución, AUC interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno del Jurado en su resolución de 10 de septiembre de 2015.
1 Resolución de 16 de julio de 2015 de la Sección Segunda del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por AUC contra una publicidad de la que es responsable la mercantil Lactalis Nestlé
Más detallesFrente a dicha resolución Cableuropa, S.A.U., interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno en su Resolución de 26 de abril de 2012.
1 Resolución de 27 de marzo de 2012, de la Sección Quinta del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por la Unió de Consumidors de Catalunya contra una publicidad de la que es responsable
Más detallesResumen de la Resolución: Particular (Confianza Online) vs. Goldcar Spain S.L. ( Cargo en Oficina Premium. Internet )
Resolución de 23 de noviembre de 2017, de la Sección Sexta del Jurado de AUTOCONTROL, por la que se estima la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable la
Más detallesFrente a dicha resolución el particular interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno en su Resolución de 11 de septiembre de 2014.
1 Resolución de 15 de julio de 2014 de la Sección Segunda del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por un particular, contra una publicidad de la que es responsable la mercantil Sigma-Tau
Más detallesFrente a dicha resolución, AUC interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno del Jurado en su resolución de 10 de septiembre de 2015.
1 Resolución de 16 de julio de 2015 de la Sección Segunda del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por AUC contra una publicidad de la que es responsable la Corporación Alimentaria
Más detallesResolución de 1 de marzo de 2016, de la Sección Sexta del Jurado, por la que se
Resolución de 1 de marzo de 2016, de la Sección Sexta del Jurado por la que se estima parcialmente la reclamación presentada por un particular y trasladada al Jurado de Autocontrol por Confianza Online,
Más detallesResumen de la Resolución: Comisión Seguimiento PAOS vs Schweppes, S.A. Sunny Delight Web
1 Resolución de 12 de enero de 2017, de la Sección Sexta del Jurado por la que se ratifican las conclusiones alcanzadas por el Gabinete Técnico en su comunicación a Schweppes, S.A. sobre la página web
Más detallesResumen de la resolución: Particular (Queja Transfronteriza ASA) vs Mango On Line, S.A. Precio cazadora
1 Resolución de 16 de julio de 2015, de la Sección Segunda del Jurado, por la que se desestima la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable la compañía Mango
Más detallesResumen de la Resolución: AUC vs. Forsa Group Spain, S.L. Naturagra. de la que es responsable la compañía Forsa Group Spain, S.L.
1 Resolución de 4 de diciembre de 2012 de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación contra una publicidad de la que es
Más detallesResumen de la Resolución: Particular vs. Telefónica de España S.A.U. Internet, fijo y móvil desde 21,07 euros al mes + IVA.
Resolución de 21 de septiembre de 2017, de la Sección Quinta del Jurado, por la que se estima la reclamación presentada por un particular, contra una publicidad de la que es responsable la empresa Telefónica
Más detallesASUNTO Nº: 22/R/FEBRERO 2018 Particular vs. Arkopharma Laboratorios S.A.U. ( Dieta de la Alcachofa Internet )
ASUNTO Nº: 22/R/FEBRERO 2018 Particular vs. Arkopharma Laboratorios S.A.U. ( Dieta de la Alcachofa Internet ) En Madrid, a 26 de febrero de 2018, reunida la Sección Primera del Jurado de Autocontrol, Asociación
Más detallesConfianza Online ni la norma 14 del Código de Conducta Publicitaria de
Resolución de 26 de enero de 2017 de la Sección Segunda del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable la empresa Serimebel
Más detallesResolución de 16 de julio de 2015 de la Sección Segunda del Jurado por la que se
1 Resolución de 16 de julio de 2015 de la Sección Segunda del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por AUC contra una publicidad de la que es responsable la Agrupación de Cooperativas
Más detallesResumen de la Resolución: Nutrición Center 1985 S.L. vs. Laboratorios Actafarma S.L. ( Excess 500 Control, Obegrass Sobres, Admagra Forte )
1 Resolución de 13 de junio de 2013 de la Sección Quinta del Jurado por la que se estima parcialmente la reclamación presentada por la mercantil Nutrición Center 1985 S.L. contra una publicidad de la que
Más detallesResumen de la Resolución: Particular y Monarch Airlines (Transfronteriza - ASA) vs. Vacaciones edreams S.L.U. Precio Final
Resolución de 19 de noviembre de 2015 de la Sección Primera del Jurado de AUTOCONTROL, por la que se desestima la reclamación presentada por un particular y por la empresa Monarch Airlines en relación
Más detallesResumen de la Resolución: Particular (Confianza Online) vs United Arts Gmbh Lienzos
Resolución de 11 de febrero de 2016, de la Sección Tercera del Jurado, por la que se desestima la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable la empresa United
Más detallesResumen de la Resolución: Lactalis Puleva, S.L.U. vs. Danone, S.A. Danacol TV / Etiquetado
1 Resolución de 13 de diciembre de 2018, de la Sección Segunda del Jurado de AUTOCONTROL, por la que se estima parcialmente la reclamación presentada por la compañía Lactalis Puleva, S.L.U., contra una
Más detallesResumen de la Resolución: Asociación de Acceso Justo al Medicamento vs. Faes Farma, S.A. OtiFAES TaponOX Spray Ótico. Prensa
1 Resolución de 21 de noviembre de 2018, de la Sección Segunda del Jurado de AUTOCONTROL, por la que se desestima la reclamación presentada por la Asociación de Acceso Justo al Medicamento contra una publicidad
Más detallesResumen de la Resolución: Vodafone España S.A.U. vs. Telefónica de España S.A.U. ( Fusión + Fútbol con Premium. Internet )
Resolución de 12 de septiembre de 2018, de la Sección Sexta del Jurado de AUTOCONTROL, por la que se estima la reclamación presentada por la mercantil Vodafone España, S.A.U. contra una publicidad de la
Más detallesFrente a dicha resolución Bimbo España, S.A. interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno en su Resolución de 28 de abril de 2015.
1 Resolución de 14 de abril de 2015 de la Sección Segunda del Jurado por la que se resuelve el procedimiento iniciado de oficio contra una publicidad de la que es responsable la mercantil Bimbo España,
Más detallesAUTOCONTROL, por la que se desestima la reclamación presentada por un particular
Resolución de 3 de diciembre de 2018, de la Sección Segunda del Jurado de AUTOCONTROL, por la que se desestima la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable
Más detallesResolución de 23 de julio de 2014 de la Sección Quinta del Jurado por la que se estima
1 Resolución de 23 de julio de 2014 de la Sección Quinta del Jurado por la que se estima parcialmente la reclamación presentada por el Colegio de Odontólogos y Estomatólogos I Región contra una publicidad
Más detallesResumen de la Resolución: Particular vs. Fiat Chrysler Automobiles Spain, S.A. ( Fiat Station Wagon. Prensa )
1 Resolución de 15 de junio de 2017, de la Sección Segunda del Jurado por la que se resuelve la reclamación presentada por un particular frente a una publicidad difundida por Fiat Chrysler Automobiles
Más detallesResolución de 12 de junio de 2014 de la Sección Tercera del Jurado por la que se estima
1 Resolución de 12 de junio de 2014, de la Sección Tercera del Jurado por la que se estima parcialmente la reclamación presentada por el Colegio de Odontólogos y Estomatólogos I Región contra unas inserciones
Más detallesparecer sobre una publicidad de la que es responsable la compañía Naturhouse Health, S.A.
1 Dictamen de 26 de mayo de 2016 de la Sección Tercera del Jurado por el que expresa su parecer sobre una publicidad de la que es responsable la compañía Naturhouse Health, S.A. La Sección concluyó que
Más detallesFrente a dicha resolución el particular interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno en su Resolución de 11 de septiembre de 2014.
1 Resolución de 15 de julio de 2014 de la Sección Segunda del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por un particular, contra una publicidad de la que es responsable la mercantil Sigma-Tau
Más detallesfue desestimado por el Pleno en su resolución de 29 de septiembre de 2016.
Resolución de 29 de septiembre, de la Sección Sexta del Jurado, por la que se estima la reclamación presentada por un particular, contra una publicidad de la que es responsable la empresa Mutua Madrileña.
Más detallesResumen de la Resolución: Particular vs. Arkopharma Laboratorios S.A.U. Productos Arkopharma de Venta en Farmacia. Internet/TV
1 Resolución de 19 de abril de 2018, de la Sección Primera del Jurado por la que se resuelve la reclamación presentada por un particular frente a una publicidad de la que es responsable la empresa Arkopharma
Más detallesResumen de la Resolución: ASGECO vs. Nautalia Viajes, S.L. ( Nautalia )
1 Resolución de 12 de septiembre de 2013 de la Sección Tercera del Jurado por la que se estima la reclamación presentada la Asociación General de Consumidores contra una publicidad de la que es responsable
Más detallesResumen del Dictamen: AUC vs Dulcesol, S.L. Be Plus Prensa
1 Dictamen de 1 de octubre de 2018, de la Sección Quinta del Jurado, por el que expresa su parecer sobre la corrección deontológica de una publicidad de la que es responsable la empresa Dulcesol S.L. La
Más detallesKingdom contra una publicidad de la que es responsable la compañía Mango On Line, S.A.
1 Resolución de 8 de enero de 2015, de la Sección Sexta del Jurado por la que desestima la reclamación presentada por un particular a través de la Advertising Standards Authority for United Kingdom contra
Más detallesResumen de la Resolución: Auc Vs. Conicom, S.L. Pink Cow
1 Resolución de 18 de octubre de 2013 de la Sección Quinta del Jurado por la que se estima parcialmente la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación contra una publicidad
Más detallesResumen del Dictamen: Particular vs. Carrier-E Mobile, S.L. (Hits Mobile) Tarifa del 5 Internet
Dictamen de 30 de junio de 2016 de la Sección Cuarta del Jurado de AUTOCONTROL por el que expresa su parecer sobre la corrección deontológica de una publicidad de la que es responsable la entidad Carrier-E
Más detallesFrente a dicha resolución Vodafone interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno en su resolución de 5 de noviembre de 2015.
1 Resolución de 2 de octubre de 2015 de la Sección Sexta del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por un particular frente a una publicidad de la que es responsable la compañía Vodafone
Más detallesResolución de 21 de febrero de 2017 de la Sección Sexta del Jurado por la que se
Resolución de 21 de febrero de 2017 de la Sección Sexta del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable la empresa La Crida.
Más detallesResolución de 18 de enero de 2018, de la Sección Primera del Jurado de AUTOCONTROL, por la que se estima la reclamación presentada por un particular
Resolución de 18 de enero de 2018, de la Sección Primera del Jurado de AUTOCONTROL, por la que se estima la reclamación presentada por un particular frente a una publicidad de la que es responsable la
Más detallesResumen de la Resolución: Particular (Confianza Online) vs. Telefónica Móviles España, S.A.U. Llévate Fibra por 7,90 euros al mes.
Resolución de 17 de mayo de 2018, de la Sección Sexta del Jurado, por la que se desestima la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable la empresa Telefónica
Más detallesResumen de la Resolución: Particular vs. Nostravanat, S.L.L. Akiwifi Urbano sólo 14,95 al mes para siempre
1 Resolución de 30 de marzo de 2016, de la Sección Tercera del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por un particular frente a una publicidad de la que es responsable la empresa Nostravant,
Más detallesResumen de la Resolución: Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) vs. African Tastes, S.L. Sasana Biltong. Prensa/Web
1 Resolución de 21 de junio de 2017 de la Sección Tercera del Jurado de AUTOCONTROL, por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación contra una publicidad
Más detallesResumen de la Resolución: AUC vs. Nutrición Center S.L. ( Homoforte )
1 Resolución de 18 de octubre de 2013 de la Sección Quinta del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación frente a una publicidad de la que es
Más detallesResolución de 25 de abril de 2013 de la Sección Tercera del Jurado por la que se desestima la
1 Resolución de 25 de abril de 2013 de la Sección Tercera del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por un particular, contra una publicidad de la que es responsable la mercantil France
Más detallesResumen de la Resolución: Centro de Enseñanzas Policiales, S.L. vs. Instituto de Centros Policiales S.L. ( Inespol )
Resolución de 1 de diciembre de 2016, de la Sección Tercera del Jurado, por la que se estima la reclamación presentada por Centros de Enseñanzas Policiales, S.L. (CENPOL) contra una publicidad de la que
Más detallesFrente a dicha resolución Bimbo España, S.A. interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno en su Resolución de 28 de abril de 2015.
1 Resolución de 14 de abril de 2015 de la Sección Segunda del Jurado por la que se resuelve el procedimiento iniciado de oficio contra una publicidad de la que es responsable la mercantil Bimbo España,
Más detallesResumen de la Resolución: Particular vs. Grandes Almacenes Fnac España S.A.U. Fnac
Resolución de 1 de diciembre de 2016, de la Sección Tercera del Jurado de AUTOCONTROL, por la que se estima la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable la
Más detallesResumen del Dictamen: Particular vs. Don Piso Franquicias S.L. Te regalamos el nuevo Iphone 7. Exterior. Internet
Dictamen de 30 de marzo de 2017, de la Sección Sexta del Jurado por el que expresa su parecer sobre la corrección deontológica de una publicidad de la que es responsable la empresa Don Piso Franquicias
Más detallesResumen de la Resolución PARTICULAR vs. COREGISTROS, S.L. ( PremiOK )
1 Resolución de 29 de mayo de 2014, de la Sección Primera del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por un particular, contra una publicidad de la que es responsable la mercantil Coregistros
Más detallesResumen de la Resolución del Jurado: Particular vs. Olivo Sastre Correduría de Seguros S. L. (Seguro Joven) Seguro Joven Ampliado
Resolución de 28 de enero de 2016 de la Sección Segunda del Jurado de AUTOCONTROL, por la que se desestima la reclamación presentada por un particular frente a una publicidad de la que es responsable la
Más detallesFrente a dicha resolución, AUC interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno del Jurado en su resolución de 10 de septiembre de 2015.
1 Resolución de 16 de julio de 2015 de la Sección Segunda del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por AUC contra una publicidad de la que es responsable la mercantil Lactalis Nestlé
Más detallesResumen de la Resolución: Particular (4) vs. Multiópticas S. Coop. Gafas Mó progresivas de alta gama
1 Resolución de 21 de mayo de 2015 de la Sección Quinta del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por varios particulares contra una publicidad de la que es responsable la entidad Multiópticas
Más detallesASOCIACIÓN DE USUARIOS DE LA COMUNICACIÓN.
1 Resolución de 5 de junio de 2014, de la Sección Primera del Jurado por la que se estima parcialmente la reclamación presentada por Asociación de Usuarios de la Comunicación contra unas inserciones en
Más detallesResumen de la Resolución: Calidad Pascual, S.A.U. vs. Resolución Sección Quinta de 21 de julio de 2016 (Asunto: Leche Desnatada 0% Pascual )
1 Resolución de 21 de julio de 2016, de la Sección Quinta del Jurado por la que se estima parcialmente la reclamación presentada por la mercantil Corporación Alimentaria Peñasanta, S.A. frente a una publicidad
Más detallesResumen de la Resolución: ASACIR vs. Clínica Coro S.A. Cirugía Refractiva. Resultados
Resolución de 24 de mayo de 2018 de la sección Primera del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación Española de Afectados por Intervenciones de Cirugía Refractiva (ASACIR)
Más detallesResumen de la Resolución: Particular vs. Mahou, S.A. y Viacom International Media Networks España, S.L.U. Alaska y Mario
Resolución de 20 de julio de 2017 de la Sección Cuarta del Jurado de la Publicidad de Autocontrol, por la que se desestima la reclamación presentada por un particular frente a una publicidad de Mahou S.A.
Más detallesResumen de la Resolución: Particular vs. Freedompop España, S.L. Samsung Galaxy S4 Solo 19,99 Envío Gratis. Internet
1 Resolución de 1 de octubre de 2018 de la Sección Quinta del Jurado de AUTOCONTROL por la que se estima la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable la empresa
Más detallesResolución de 5 de noviembre de 2015, de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima
1 Resolución de 5 de noviembre de 2015, de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación frente a una publicidad de la que
Más detalles