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3 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de República de Panamá CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Dirección Nacional de Métodos y Sistemas de Contabilidad PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO Y CONTROL DE LA SUBCUENTA DE BIENESTAR Y MOTIVACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL FONDO DEL SERVIDOR PÚBLICO DEL REGISTRO PUBLICO DE PANAMA Abril de 2017

4 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de REPÚBLICA DE PANAMÁ CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIRECCIÓN SUPERIOR FEDERICO A. HUMBERT Contralor General NITZIA R. DE VILLARREAL Subcontralora General CARLOS A. GARCÍA MOLINO Secretario General DIRECCIÓN NACIONAL DE MÉTODOS Y SISTEMAS DE CONTABILIDAD ELY BROKAMP I. Directora FELIPE ALMANZA Subdirector DEPARTAMENTO DE PROCEDIMIENTOS DE FONDOS Y BIENES PÚBLICOS PRÓSPERO ROSAS C. Jefe ROMELIO NÚÑEZ Supervisor ANTONIA PÉREZ A. Analista de Procedimientos de Fondos y Bienes Públicos LORENA GONZÁLEZ R. Correctora de Estilo

5 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de DIRECCIÓN NACIONAL DE AUDITORÍA GENERAL MARIBEL T. DE RODRÍGUEZ Directora DIRECCIÓN NACIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA LUTZIA FISTONIC B. Directora Encargada DIRECCIÓN NACIONAL DE FISCALIZACIÓN GENERAL GERARDO GUARDIA U. Director Encargado

6 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de REGISTRO PÚBLICO DE PANAMÁ DIRECCIÓN SUPERIOR ERASMO ELÍAS MUÑOZ MARÍN Director General GISEL OLMEDO Subdirectora PATRICIA ARIAS CERJACK Secretaria General OFICINA DE PLANIFICACIÓN OLIMPIA POLO Directora DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS YELENA ABAD Directora

7 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de EQUIPO TÉCNICO ROSANNA ACRICH Jefa de Oficina de Recursos Humanos Delia Rodríguez Subjefa FRANCISCA DE CASTILLO Jefa de Compras y Proveeduría LINDA VEGA Jefa de Tesorería NURIA A. DE SÁENZ Analista Administrativa IVETH DE CHORRES Jefa de Contabilidad

8 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de ÍNDICE INTRODUCCIÓN I. GENERALIDADES A. Objetivo del Procedimiento B. Base Legal C. Ámbito de Aplicación D. Consideraciones Previas II. III. NORMAS GUBERNAMENTALES DE CONTROL INTERNO APLICADAS A. Normas Generales B. Normas Específicas PROCEDIMIENTOS A. Autorización por Reconocimiento de Becas, Capacitación, Confección de Uniforme, Comportamiento Sobresaliente, Gastos del Centro Infantil, Insumos de la Clínica Institucional o según las leyes de Equiparación de personas con discapacidad o Enfermedades Degenerativas. Mapa de Proceso B. Autorización por Reconocimiento Anteojos, Muerte o Siniestro. Mapa de Proceso C. Adquisición de Bienes o Servicios. Mapa de Proceso D. Emisión de la Orden de Compra Mapa de Proceso E. Trámite de Gestión de Cobro Mapa de Proceso RÉGIMEN DE FORMULARIOS GLOSARIO Y SIGLAS

9 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de INTRODUCCIÓN La Contraloría General de la República, a través de la Dirección Nacional de Métodos y Sistemas de Contabilidad, en coordinación con la Dirección de Planificación del Registro Público de Panamá, en uso de las atribuciones conferidas por la ley, han desarrollado el documento denominado PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO Y CONTROL DE LA SUBCUENTA DE BIENESTAR Y MOTIVACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS, DEL FONDO DEL SERVIDOR PÚBLICO DEL REGISTRO PÚBLICO DE PANAMA. El presente documento define los diferentes procedimientos que lo componen y desarrollan los controles internos con la finalidad de propiciar un alto nivel de comprensión sobre las responsabilidades y acciones operativas de cada uno de los actores involucrados en el mismo. El cumplimiento apropiado de las pautas aquí presentadas, permitirá garantizar resultados óptimos y oportunos a nuestros usuarios, así como un ejercicio transparente orientado al buen uso y manejo de los Fondos Públicos. Este producto está compuesto por tres capítulos: Capítulo I, sobre las generalidades; Capítulo II, de las normas de control interno aplicables y el Capítulo III, expone y desarrolla los procedimientos propios, objeto de regulación para el uso de fondos y bienes públicos. No obstante, el permanente cambio en el quehacer gubernamental, obliga a que los diferentes entes se mantengan en constantes ajustes, a los que no escapan las normas y procedimientos; por consiguiente, valoramos el interés de los usuarios, en presentar a la Dirección Nacional de Métodos y Sistemas de Contabilidad de la Contraloría General de la República, recomendaciones, que luego de ser debidamente analizadas y aprobadas, conlleven a modificaciones que lo fortalezcan. CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Dirección Nacional de Métodos y Sistemas de Contabilidad

10 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de I. GENERALIDADES A. Objetivo del Procedimiento Establecer los mecanismos y procedimientos administrativos y financieros; así como los controles internos que son inherentes a las operaciones legalmente establecidas para el manejo de la subcuenta financiera de Bienestar y Motivación, del Fondo del Servidor Público del Registro Público de Panamá, para garantizar un desarrollo eficientes, eficaz y transparente de la gestión; para mantener una cultura de rendición de cuenta. B. Base Legal Constitución Política de la República de Panamá de 1972, Artículo 280, modificada por los Actos Reformatorios de 1978, por el Acto Constitucional de 1983 y los Actos Legislativos Núm.1 de 1993, Núm.2 de 1994 y Núm.1 de 27 de julio de 2004 y Núm.2 de 26 de octubre de Ley Núm.32 de 8 de noviembre de 1984, Por la cual se adopta la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, (Artículos Núms.1 y 36). Ley Núm.3 de 6 de enero de 1999, Por la cual se crea la Entidad Autónoma denominada Registro Público de Panamá y se dictan otras disposiciones. Ley Núm.42 de 27 de agosto de 1999, Por la cual se establece la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad. Ley Núm.38 de 31 de julio de 2000, Que aprueba el Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Administración, regula el Procedimiento Administrativo General y dicta disposiciones especiales. Ley Núm.59 de 28 de diciembre de 2005, Que adopta normas de protección laboral para las personas con enfermedades, crónicas, involutivas y/o degenerativas que produzcan discapacidad laboral. Texto Único de la Ley Núm.22 de 27 de junio de 2006, Que regula la Contratación Pública, con las reformas aprobadas por la Ley 35 de 2006, Ley 2 de 2007, Ley 21 de 2008, Ley 41 de 2008, Ley 80 de 2009, Ley 12 de 2010, Ley 30 de 2010, Ley 66 de 2010, Ley 48 de Ley Núm.4 de 25 de febrero de 2010, Que reforma la Ley 12 de 1998, que desarrolla la Carrera del Servicio Legislativo, y dicta otras disposiciones. Ley Núm.15 de 31 de mayo de 2016, Que reforma la Ley 42 de 1999, que establece la equiparación de oportunidades para las personas con Discapacidad. Decreto Núm.214-DGA, de 8 de octubre de 1999, Por el cual se emiten las Normas de Control Interno Gubernamental para la República de Panamá. Decreto Núm DMySC de 26 de junio de 2007, Por el cual se crea el Departamento de Procedimientos de Fondos y Bienes Públicos en la Dirección Nacional de Métodos y Sistemas de Contabilidad, de la Contraloría General de la República.

11 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de Decreto Núm DMySC de 10 de abril de 2014, Por el cual se actualiza y formaliza la Estructura Orgánica de la Dirección Nacional de Métodos y Sistemas de Contabilidad de la Contraloría General de la República y se le otorga el carácter de Dirección Nacional. Resolución No. JD de 25 de febrero de 2010, Aprueba el Reglamento Interno del Personal del Registro Público de Panamá. Resolución JD-170 del 11 de agosto de 2010, La cual crea el Fondo del Funcionario y se reglamenta el pago de bonificaciones por productividad a los Servidores Públicos del Registro Público de Panamá. Resolución JD-189 de 14 de septiembre de 2011, Por la cual se modifica la Resolución No. JD-170 del 11 de agosto de 2010, la cual crea el Fondo del Funcionario y se reglamenta el pago de bonificaciones por productividad a los Servidores Públicos del Registro Público de Panamá. Resolución JD , de 3 de septiembre de 2015, Por la cual se ratifica la Resolución No. JD de 12 de septiembre de 2012, por la cual se modifico Resolución No.JD-170 de 11 de agosto de 2010, la cual crea en Fondo del Funcionario y se reglamenta el pago de bonificaciones por productividad a los Servidores Públicos del Registro Público de Panamá. Resolución No. JD , de 3 de septiembre de 2015, Por la cual se modifica el artículo 2 de la Resolución No. JD de 14 de diciembre de 2011, y el cual modificaba el artículo 5 de la Resolución No. JD-170 de 11 de agosto de 2010 y el artículo 3 de la Resolución No. JD de 14 de diciembre de 2011, el cual modificaba el artículo 6 de la Resolución No. JD-170 de 11 de agosto de Resolución No. JD , de 25 de noviembre de 2015, Por la cual se aprueba la Estructura Orgánica y Funcional del registro Público de Panamá. Resolución No. DG , de 06 de enero de 2016, Por la cual se aprueba el Instructivo de Procedimientos Administrativos y Fiscales, para el Manejo y Control de la Subcuenta de Bienestar y Motivación de los Servidores Públicos, del Fondo del Servidor Público del Registro Público de Panamá. C. Ámbito de Aplicación A todos los Servidores Públicos del Registro Público de Panamá. D. Consideraciones Previas La Cuenta del Fondo del Servidor Público, es la suma asignada para los incentivos a los funcionarios, y está dividida en dos partes:

12 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de Bono de Productividad 90% Programa de Bienestar y Motivación 10% Total 100% Estos serán acrecidos mensualmente por las siguientes fuentes de ingresos: El 1% de la programación mensual de la Institución, ingreso en concepto de Calificación, Registro y Certificación, cuando haya alcanzado la meta presupuestada. El 20% de los excedentes mensuales, de ingresos en concepto de Calificación, Registro y Certificación. El 30% de los ingresos mensuales, en concepto de pagos por alteración de turno. Del 100% de los recursos depositados mensualmente en la Cuenta, el 90% de los dineros serán distribuidos semestralmente entre todos los funcionarios del Registro Público de Panamá, mediante el pago de un Bono que se denomina Bono de Productividad y el 10% para el Programa de Bienestar y Motivación ; además, será acrecido por los montos del Bono de Productividad calculados y no pagados a los Servidores Públicos de la institución, producto de su baja productividad. Los Incentivos del Programa de Bienestar y Motivación, van dirigidos a todos aquellos servidores públicos que brindan su servicio en el Registro Público; a continuación se detalla los reconocimientos aprobados por Junta Directiva: 1. Asistencia económica inmediata por situaciones de emergencias, siniestros, muerte imprevista del funcionario, cónyuge o pareja debidamente registrada, y familiares hasta segundo grado de consanguinidad. 2. Reconocimiento a los funcionarios, que demuestren de manera consistente, comportamientos sobresalientes de acuerdo a los valores. 3. Formación y capacitación para todas las áreas de la institución. 4. Becas para estudios primarios, media, premedia y universitaria, en este último caso, necesariamente debe estar dirigida a estudios de grado y postgrado, que guarden relación con el giro de actividad institucional, administrativa en general o vinculadas al cargo del funcionario. 5. Subsidio para anteojos. 6. Confección de uniformes para los colaboradores. 7. Gastos del Centro de Orientación Infantil y Familiar (C.O.I.F), que incluyen sin limitarse, gastos de alimentación (almuerzo y merienda, uniformes de los menores (suéter y jeans), compras de materiales didácticos, con la finalidad de beneficiar a los menores. 8. Compra de insumos, para la Clínica Institucional del Registro Público de Panamá, que brinda servicios de Medicina General y Odontología. 9. Otras acciones, de conformidad a lo que dispone la Ley No.42 de 27 de agosto de 1999, Por la cual se establece la equiparación de oportunidades, para las personas con discapacidad y la Ley No.59 de 28 de diciembre de 2005, Que adopta normas de protección laboral para las personas con enfermedades crónicas, involutivas y/o degenerativas que produzcan discapacidad laboral.

13 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de Para acogerse algún reconocimiento debe cumplir con los siguientes requisitos: Requisitos para reconocimiento por Anteojos Nota dirigida al Director General, debidamente firmada por el peticionario. Receta médica original, expedida por un Optómetra u Oftalmólogo de la Caja de Seguro Social o Clínica Privada; los documentos deben estar debidamente sellados y firmados por el facultativo, código del médico y la cotización respectiva. Presentar original y copia de la Cédula de Identidad Personal por ambos lados. Se reconocerá las facturas fiscales o cotización, de acuerdo a evaluación socioeconómica. Requisitos para reconocimiento por Muerte Nota dirigida al Director General, debidamente firmada por el peticionario. Presentar original y copia de la Cédula de Identidad Personal, por ambos lados. Certificado de Defunción del Tribunal Electoral. Certificado de nacimiento del pariente y del funcionario relacionado. Se reconocerá las facturas fiscales o cotización, de acuerdo a evaluación socioeconómica. Requisitos para reconocimiento por Siniestro Nota dirigida al Director General, debidamente firmada por el peticionario. Presentar original y copia de la Cédula de Identidad Personal por ambos lados. Fotos del siniestro.

14 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de II. NORMAS GUBERNAMENTALES DE CONTROL INTERNO APLICADAS A. Normas Generales El Titular de la institución, será responsable del establecimiento, desarrollo, revisión y actualización de una adecuada estructura de control interno. La aplicación de los métodos y procedimientos, al igual que la calidad, eficacia del control interno, también será responsabilidad de cada uno de los servidores públicos según funciones. El titular de cada organismo o a quien el delegue, será responsable de velar que todas las instancias involucradas en el proceso cumplan a cabalidad con toda la responsabilidad que le corresponde. El Fondo del Servidor Público, Subcuenta de Bienestar y Motivación de los Servidores públicos, permanecerá bajo la Administración de la Oficina Institucional de Recursos Humanos. Todas las erogaciones se harán con su desglose de Ingresos y Egresos, de acuerdo los procedimientos establecidos por ley. Los funcionarios que están autorizados para firmar y refrendar los desembolsos, con cargo al Fondo del Servidor Público, deben recibir mensualmente, dentro de los cinco (5) primeros días el mes, el Informe del Movimiento Financiero con el detalle respectivo, de lo utilizado al mes anterior de la Subcuenta del Programa de Bienestar y Motivación, por parte del Departamento de Tesorería, este último remitirá el mismo a la Dirección General, Secretaría General, Dirección de Administración y Finanzas, Oficina Institucional de Recursos Humanos y la Oficina de Auditoría Interna. Las solicitudes por asistencia económica como: muerte, siniestros y anteojos, requieren de evaluación socioeconómica, por parte de la Trabajadora Social de la institución, para el trámite correspondiente. Las adquisiciones de bienes y servicios que realice el Registro Público de Panamá, con recursos de la Subcuenta de Bienestar y Motivación de los Servidores Públicos, del Fondo del Servidor Público, se ajustarán a los procedimientos establecidos en la Ley de Contrataciones Públicas, vigente. Antes de adjudicar un acto público, se debe verificar que el proveedor no se encuentre inhabilitado, para contratar con el Estado. Para los proyectos educativos, referentes a estudios superiores, se requiere de la aprobación de la Junta Directiva, para iniciar trámite. La Oficina de Auditoría Interna o la Unidad autorizada, deberá revisar periódicamente los documentos sustentadores, con el fin de determinar si los precios pagados sobrepasan o no, los precios corrientes del mercado. El manejo financiero de la subcuenta estará sujeto a la aplicación de la Ley Núm.56 de 17 de septiembre de 2013, que crea el Sistema Nacional de Tesorería y la Cuenta Única del Tesoro.

15 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de La Contraloría General, verificará las operaciones del Fondo y la Subcuenta, de forma previa y posterior, independientemente de los programas de trabajo que ejerza la Unidad de Auditoría Interna del Registro Público. Para todos los casos se ejercerá el refrendo, de la Contraloría General de la República. B. Normas Especificas B-1 En el Área de Tesorería Ejecuta el manejo y control de la Subcuenta de Bienestar y Motivación del Fondo del Servidor Público, para esta acción, el (la) Director(a) de Administración y Finanzas y el Jefe(a) de Contabilidad, certifican mediante memorando el saldo disponible a la fecha del Programa. Realiza el registro y control de las solicitudes que afectan el Fondo, certificando la disponibilidad financiera, para la adquisición de Bienes y Servicios al Departamento de Compras y Proveeduría. El Departamento de Tesorería, tiene la responsabilidad, de entregar mensualmente o cuando se solicite el Informe de Saldo en libros de la Subcuenta, a los funcionarios responsables de autorizar los desembolsos. Implementar medidas de seguridad adecuadas para la emisión de cheques, custodia de fondos, valores, cartas, fianzas y otros, así como respecto a la seguridad física de fondos y otros valores bajo custodia. Establecer procedimientos y controles adicionales que eviten el retiro no autorizado, en la subcuenta financiera. Girar cheques en orden correlativo y cronológico, del Fondo del Servidor Público. Usar sellos protectores, a los montos asignados en el cheque. Custodiar los cheques en cartera y no utilizados, en lugares con cerraduras confiables y con llave. La compra de bienes o prestación de servicios sujetos a entrega posterior, deben requerir de los proveedores, la presentación de los requisitos exigidos por ley. Toda factura, debe contar con sellos y firmas del funcionario autorizado de la Sección de Almacén, como constancia de recibo de bienes y servicios; además, del recibido a satisfacción del solicitante y la Oficina Institucional de Recursos Humanos, de lo contrario, será rechazada cuando se presente para el pago correspondiente. Todos los comprobantes que sustenten un pago, deben llevar el sello de Pagado. El sello de Pagado, debe indicar lo siguiente: Fondo del Servidor Subcuenta de Bienestar y Motivación y número de la cuenta bancaria, con el objeto de evitar errores o duplicidad en su

16 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de utilización y proceder posteriormente a su archivo (Orden de Compra Institucional, Contratos, Gestión de Cobro, Facturas, Recibos, Cheques etc.). El (la) Director(a) de Finanzas y Jefe(a) de Contabilidad, emitirán una certificación indicando el saldo inicial del libro de la Subcuenta de Bienestar y Motivación de los Servidores Públicos, y entregarán el original al Jefe(a) del Departamento de Tesorería y copia a las Unidades Administrativas siguientes: Dirección General. Secretaría General. Oficina Institucional de Recursos Humanos. Oficina de Auditoría Interna. Oficina de Fiscalización de la Contraloría General de la República, en la Institución. B-2 En el Área Contabilidad La eficiencia de la organización contable, constituye un elemento de control interno, orientado a: Realizar operaciones, de acuerdo con las autorizaciones establecidas. Contabilizar oportunamente, el importe correcto en las cuentas apropiadas y en el período correspondiente. Controlar los activos, mediante registros y salvaguarda. Preparar la información financiera, conforme a lo indicado en la ley. Producir estados financieros requeridos por las leyes y las necesidades gerenciales. Las operaciones deben ser clasificadas, registradas y presentadas con oportunidad a los niveles de decisión pertinente. El registro inmediato de la información, es un factor esencial para asegurar la oportunidad y confiabilidad de la información. Este criterio es válido para todo el ciclo de vida de una operación y comprende: inicio y autorización, todos los aspectos del ciclo de vida de una operación mientras se ejecuta y anotación final en los registros contables pertinentes. Organizar y procesar la información contable, para producir los informes y los estados financieros que deberán presentarse en los plazos señalados. B-3 En el Área de Compras Para los trámites de bienes o servicios que se lleven a cabo, así como las demás actividades de gestión, tendrán presente el criterio de economía y transparencia.

17 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de La Administración tiene que impartir políticas necesarias, que permitan al personal encargado de los procesos, de adquisición de bienes o servicios adoptar criterios de economía en sus actividades. La adquisición económica, implica adquirir bienes o servicios en calidad y cantidad apropiada, y al menor costo posible. Asimismo, las actividades deben efectuarse asegurando los costos operativos mínimos, sin disminuir la calidad de los servicios brindados. Todas las Adquisiciones de Bienes y Servicios, estarán sujetas a lo indicado por la Ley de Contratación Publica vigente, que regula las contrataciones públicas. Los bienes que se adquieran deben ingresar a la Sección de Almacén, aún cuando la naturaleza física de los mismos requiera su ubicación directa en el lugar o dependencia que lo solicita, ello permitirá un control efectivo de los bienes adquiridos. B-4 Asistencia Económica por Anteojos El Registro Público de Panamá, en base a la Resolución JD-008 de 3 de septiembre de 2015, otorga el derecho a solicitar el beneficio para la compra de anteojos a los servidores del Registro Público, que confronten situaciones económicas. Reconocerá un monto máximo de setenta y cinco balboas, (B/.75.00), como valor a subvencionar por anteojo, que irá a nombre del proveedor de acuerdo a la cotización. Cualquier suma superior, al monto tope establecido deberá ser asumida por el interesado. El funcionario podrá reembolsar el pago de sus lentes cada dos (2) años, contados a partir de la fecha de la última solicitud pagada por la Institución, previo estudio socioeconómico emitido por la Trabajadora Social de la institución. B-5 Asistencia Económica por Educación Se reconocerá Subsidio Económico, previa evaluación socioeconómica. La asistencia social, que se establece dentro de los parámetros incluidos, facilita a profesionales que no cuentan con los recursos suficientes para superarse, estudios a nivel superior, tales como: Técnicos, Licenciaturas, Postgrados, Maestría y Doctorados. Para realizar carreras cortas como: Cursos, Diplomados, Seminarios, Congresos y Pasantías dentro del país, con la condición de que cuando culmine, debe seguir laborando en la institución, siempre regidos por la legislación del Instituto de Formación de Aprovechamiento de Recursos Humanos (IFARHU).

18 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de B-6 Asistencia Económica por Muerte El Registro Público, brindará asistencia económica por muerte del funcionario, cónyuge o pareja debidamente registrada y familiares hasta segundo grado de consanguinidad. El parentesco puede de ser de tres clases: por consanguinidad, por adopción o por afinidad. Parentesco en primer grado consanguinidad: padres e hijos. Parentesco en segundo grado de consanguinidad: abuelos, hermanos y nietos. El Registro Público, reconocerá un auxilio previa evaluación socioeconómica, a todos los funcionarios en los siguientes casos: La suma establecida para estos casos de acuerdo a la evaluación socioeconómica, será de Trescientos Balboas (B/ ). Se reconocerá contra cotización o facturas fiscales, las que no deben pasar de Trescientos Balboas (B/ ). Cualquier suma superior, al monto tope establecido, deberá ser asumida por el interesado. Toda erogación de este concepto debe cumplir con los trámites administrativos y financieros establecidos. Todos los servidores de la institución deben llenar una tarjeta testamentaria. Todos los documentos deben estar autenticados. Comunicar al Servidor Solicitante, el estado de su petición. B-7 Asistencia Económica por Siniestro La asistencia económica se realizará previa evaluación socioeconómica. Se reconocerá contra facturas fiscales, la que no debe pasar de Trescientos Balboas (B/ ). Cualquier suma superior, al monto tope establecido, deberá ser asumida por el interesado. Nota de la Corregiduría avalando el hecho y certificando que el funcionario vive en el lugar donde ocurrió el siniestro.

19 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de III. PROCEDIMIENTOS A. Autorización de Memorando por reconocimiento para Becas, Capacitación, Confección de Uniforme, Comportamiento Sobresaliente, Gastos del Centro de Orientación Infantil, Insumos de la Clínica Institucional o según las Leyes de Equiparación de personas con discapacidad o Enfermedades Degenerativas 1. Registro Público de Panamá Oficina de Recursos Humanos Servidor(a) Designado del Programa Elabora memorando de Solicitud de Autorización, de acuerdo al tipo de reconocimiento, dirigido al Director General, para la viabilidad del bien o servicio peticionado, con su debida sustentación y remite al Jefe(a) de la oficina para firma. Jefe(a) de Recursos Humanos Verifica el memorando y la documentación sustentadora, de estar dentro de los parámetros exigidos, firma y entrega al Servidor Designado del Programa. Servidor(a) Designado del Programa Recibe y registra el memorando de Solicitud de Autorización, firmado con la documentación sustentadora y envía a la Dirección General. 2. Registro Público de Panamá Dirección General Secretaria Recibe y registra el memorando de Solicitud de Autorización, con documentación sustentadora y entrega al (la) Director(a) General. Director(a) General Recibe el Memorando de Solicitud de Autorización con documentación sustentadora y verifica, en base a la clasificación aprobada por la Junta Directiva, de estar correcto firma autorizando el trámite, remite a la secretaria. Secretaria Nota: De no aprobarse la Solicitud, debe enviarse a la Oficina Institucional de Recursos Humanos. Recibe y registra la salida del memorando de Solicitud de Autorización, con la documentación sustentadora, debidamente firmado y envía a la Oficina Institucional de Recursos Humanos.

20 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de Registro Público de Panamá Oficina de Recursos Humanos Servidor(a) Designado del Programa Recibe y registra el memorando de Solicitud de Autorización con documentación sustentadora, y entrega a la Jefatura. Jefe(a) de Recursos Humanos Recibe y verifica el memorando de Solicitud de Autorización, con documentación sustentadora firmada, verifica y autoriza la confección de la Solicitud de Bienes y Servicios. Servidor(a) Designado del Programa Recibe y registra el memorando de Solicitud de Autorización, con documentación sustentadora firmada, archiva e inicia el trámite de Solicitud de Bienes y Servicios.

21 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de MAPA DE PROCESOS AUTORIZACIÓN DE MEMORÁNDUM POR RECONOCIMIENTO PARA BECAS, CAPACITACIÓN, CONFECCIÓN DE UNIFORME, COMPORTAMIENTO SOBRESALIENTE, GASTOS DEL COIF, INSUMOS DE LA CLÍNICA INSTITUCIONAL O SEGÚN LAS LEYES DE EQUIPARACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD O ENFERMEDADES DEGENERATIVAS REGISTRO PÚBLICO DE PANAMÁ OFICINA DE RECURSOS HUMANOS 1 DIRECTOR GENERAL Elabora Memorando de Solicitud de Autorización por Reconocimiento, de acuerdo al bien o servicio del peticionario, con sudebida sustentación. 2 Recibe y firma Memorando de Solicitud de Autorización con documentación sustentadora y verifica en base a la clasificación aprobada por la Junta Directiva. Nota: De no autorizar la solicitud, igual se devuelve a la Oficina de Recursos Humanos. 3 Recibe y registra el Memorando de Solicitud por Reconocimiento Autorizado, con la documentación sustentadora. Autoriza la solicitud de bienes o servicios e inicia el trámite de adquisición solicitado.

22 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de B. Autorización de Nota de Reconocimiento por Anteojos, Muerte o Siniestros 1. Registro Público de Panamá Servidor(a) Público Solicitante Confecciona Nota de solicitud de Autorización por reconocimiento, dirigida al Director General del Registro Público, exponiendo la necesidad y adjunta los requisitos de acuerdo al reconocimiento solicitado. Nota: Los documentos se deben entregar en la Oficina de Recursos Humanos. 2. Registro Público de Panamá Oficina de Recursos Humanos Servidor(a) Designado del Programa Recibe y registra la Nota de Solicitud de Autorización por reconocimiento, con los requisitos exigidos e inicia el expediente debidamente foliado y remite al Jefe(a) de Recursos Humanos. Jefe(a) de Recursos Humanos Recibe y verifica la Nota de Solicitud de Autorización por reconocimiento y el expediente, de estar dentro de los parámetros exigidos, autoriza a la Trabajadora Social para realizar la evaluación socioeconómica y devuelve al Servidor Designado del Programa para su remisión a la Unidad de Trabajo Social. Servidor(a) Designado del Programa Recibe la Nota de Solicitud de Autorización por reconocimiento y el expediente, registra y envía a la Unidad de Trabajo Social para que realicen la evaluación socioeconómica. Unidad de Trabajo Social Recibe y verifica la Nota de Solicitud de Autorización y el expediente autorizado, por el Jefe(a) de Recursos Humanos. Realiza la evaluación socioeconómica, firma y envía con el expediente al Jefe(a) de la Oficina de Recursos Humanos. Jefe(a) de Recursos Humanos Recibe la Nota de Solicitud de Autorización, con el expediente y evaluación socioeconómica, verifica y firma, entrega al Servidor Designado del Programa, para su envío a la Dirección General. Nota: De no proceder la solicitud se archiva en el expediente y se le comunica al peticionario.

23 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de Servidor(a) Designado del Programa Recibe y registra Nota de Solicitud de Autorización y expediente completo, archiva copia de la documentación y envía a la Dirección General. 3. Registro Público de Panamá Dirección General Secretaria Recibe la Nota de Autorización y el expediente, registra y remite al Director General para firma. Director General Recibe la Nota de Solicitud de Autorización y el expediente, revisa, de estar correcto, firma autorizando el trámite y devuelve a la secretaria, para su envío a la Oficina de Recursos Humanos. Secretaria Nota: De no aprobarse la Solicitud, se devuelve el expediente a la Oficina de Recursos Humanos. Recibe y registra la salida de la Nota de Solicitud de Autorización y expediente, debidamente firmada y envía a la Oficina Institucional de Recursos Humanos. 4. Registro Público de Panamá Oficina de Recursos Humanos Servidor(a) Designado del Programa Recibe y registra la Nota de Solicitud de Autorización y expediente aprobada, para iniciar el trámite de la Solicitud de Bienes y Servicios.

24 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de MAPA DE PROCESOS AUTORIZACIÓN DE NOTA DE RECONOCIMIENTO POR ANTEOJOS, MUERTE O SINIESTRO REGISTRO PÚBLICO DE PANAMÁ SERVIDOR PÚBLICO OFICINA DE RECURSOS HUMANOS DIRECCIÓN GENERAL Confecciona Nota de Solicitud de Autorización por Reconocimiento, dirigida al Director General, detallando su necesidad y adjunta los requisitos de acuerdo a su solicitud. 2 Recibe nota de solicitud de Autorización por Reconocimiento y confecciona expediente. Autoriza a la Trabajadora Social, realizar la evaluación socioeconómica. 3 Registra la Nota de Solicitud de Autorización con elexpediente y firma autorizando. Nota. De no aprobarse se devuelve toda la documentación a la Oficina de Recursos Humanos. 4 Recibe y registra la Nota de Autorización y el expediente aprobado e inicia el trámite de Solicitud de Bienes y Servicios.

25 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de C. Adquisición de Bienes o Servicios 1. Registro Público de Panamá Oficina de Recursos Humanos Confecciona expediente con (Memorando o Nota de reconocimiento autorizada, solicitud del funcionario peticionario, documentos sustentadores, según corresponde) y Solicitud de Bienes y Servicios, con numeración diferente, a la numeración de las otras adquisiciones, detalla la información específica, cantidad de artículos que solicita sin especificar marcas, incluir garantías de ser necesario y nombre de la cuenta bancaria donde se cargara el gasto. Nota: El secuencial de la Solicitud de Bienes y Servicios lo llevara la Sección de Almacén, ejemplo: FS-001. Firma la Solicitud de Bienes y Servicios y envía con el expediente a la Sección de Almacén de la Dirección de Administración y Finanzas. 2. Registro Público de Panamá Dirección de Administración y Finanzas Verifica la solicitud de Bienes y Servicios, previamente firmada por el Jefe de Almacén, y de estar correcta firma, autorizando el trámite donde le corresponde; de lo contrario, devuelve a la oficina solicitante. 3. Registro Público Dirección de Administración y Finanzas Departamento de Compras y Proveeduría Verifica el expediente con la Solicitud de Bienes y Servicios e incorpora la documentación a la segunda fase iniciando el Expediente de Adquisición, debidamente foliado. Cotiza, según corresponda, de acuerdo a la Ley de Contratación Pública, vigente. Confecciona el Cuadro de Cotización, continúa el Expediente de Adquisición de Bienes y Servicios y remite a la oficina de Recursos Humanos. 4. Registro Público Oficina de Recursos Humanos Recibe y verifica el Expediente de Adquisición de la Subcuenta de Bienestar y Motivación del Fondo del Servidor Público, con la Solicitud de Bienes y Servicios, Cuadro de Cotización y las ofertas respectivas, analiza y selecciona el bien o servicio ofertado, que debe cumplir con los requerimientos solicitados, de estar correcto, firma en columna de la oferta que beneficie a la institución, si cumple con todo lo solicitado. El expediente debe ser trabajado en un tiempo no mayor de dos (2) días calendarios y se envía al Departamento de Compras y Proveeduría.

26 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de Registro Público Dirección de Administración y Finanzas Departamento de Compras y Proveeduría Recibe y registra en el libro de correspondencia y cuadro compartido, exclusivo para este fondo, el Expediente de Adquisición de la Subcuenta de Bienestar y Motivación del Fondo del Servidor Público, Solicitud de Bienes y Servicios, de estar correcto autoriza y confecciona el Memorando de Solicitud de Certificación de Disponibilidad financiera y envía al Departamento de Tesorería. 6. Registro Público Dirección de Administración y Finanzas Departamento de Tesorería Recibe y verifica el Expediente de estar completo, confecciona Memorando de Certificación Financiera, de la Subcuenta de Bienestar y Motivación del Fondo del Servidor Público, firma y envía al Departamento de Compras y Proveeduría. 7. Registro Público Dirección de Administración y Finanzas Departamento de Compras y Proveeduría Recibe y registra el expediente completo de Adquisición de la Subcuenta de Bienestar y Fondo del Servidor Público, con toda la documentación correspondiente, analiza y procede a realizar el trámite de adquisición, de acuerdo a lo establecido en el Texto Único de la Ley Núm.22 o de la Ley de Contratación Pública vigente, del cual se originará una Orden de Compra o Contrato de acuerdo al monto de la solicitud.

27 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de MAPA DE PROCESOS ADQUISICIÓN DE BIENES O SERVICIOS REGISTRO PÚBLICO DE PANAMÁ OFICINA DE RECURSOS HUMANOS DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y PROVEDURÍA DEPARTAMENTO DE TESORERÍA Confecciona expediente y Solicitud de Bienes y Servicios para la Adquisición. 4 Recibe y analiza el expediente de Adquisición y Firma dondele corresponde. 2 Verifica la Solicitud de Bienes y Servicios y autoriza. 5 Recibe, analiza el expediente, registra y confecciona Memorando de solicitud de partida. 3 Verifica e incorpora a la segunda fase el expediente de adquisición de bienes y servicios, cotiza y confecciona cuadro de cotizaciones. 6 7 Recibe, verifica y confecciona Memorando de certificación financiera. Recibe expediente completo y realiza la contratación, según corresponda, de acuerdo al monto dela adquisición.

28 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de D. Emisión de la Orden de Compra 1. Registro Público Dirección de Administración y Finanzas Compras y Proveeduría Con el expediente completo (Memorando o Nota de Solicitud de Autorización, Solicitud de Bienes y Servicios, Cotizaciones, Memorando de Certificación de Disponibilidad Financiera y otros) para la Adquisición de Bienes o Servicios por la Subcuenta de Bienestar y Motivación del Fondo del Servidor Público; procede a realizar el Acto Público, de acuerdo a la Ley de Contratación Pública, vigente. Adjudicado el acto, confecciona la Orden de Compra, y la misma debe contener: fecha, precios en forma unitaria y total, monto igual al ofertado, tipo de orden compra (contado o crédito), lugar, tiempo y forma de entrega. La Orden de Compra, debe ser firmada por los funcionarios autorizados, según su delegación de firma y remiten a la Dirección de Administración y Finanzas. 2. Registro Público Dirección de Administración y Finanzas Dirección Administrativa Recibe y registra el Expediente completo de la Adquisición de la Subcuenta de Bienestar y Motivación del Fondo del Servidor Público, con la Orden de Compra previamente firmada y de estar correcto, firman autorizando la misma. Remiten al Departamento de Tesorería. Nota: En el caso de la Orden de Compra al crédito, se envía a la oficina de Fiscalización General de la CGR, para su refrendo. 3. Registro Público Dirección de Administración y Finanzas Departamento de Tesorería Recibe, registra y verifica el expediente completo de Adquisición de la Subcuenta de Bienestar y Motivación del Fondo del Servidor Público, con la Orden de Compra y los documentos sustentadores. Realiza las afectaciones de la Subcuenta, de estar correcto sellan y generan el cheque.

29 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de Registro Público Dirección de Administración y Finanzas Dirección Administrativa Recibe, registra el expediente de Adquisición de la Subcuenta de Bienestar y Motivación del Fondo del Servidor Público, con la Orden de Compra al Contado, Cheque y documentos sustentadores, de estar todo correcto, firma el Comprobante del Cheque en la parte de autorizado y remite a la Dirección General. Nota: En el caso de Órdenes de Compra al crédito, luego de refrendadas por la Oficina de Fiscalización General de la CGR, se envían al Departamento de Compras, para la publicación de la misma y la distribución de copias a las Oficina de Contabilidad, Almacén y Tesorería. 5. Registro Público Dirección General Recibe, registra el Expediente de Adquisición de la Subcuenta de Bienestar y Motivación del Fondo del Servidor Público, con la Orden de Compra, Cheque y documentos sustentadores, de estar todo correcto firma y remiten a la Oficina de Fiscalización General de la CGR, para su refrendo. 6. Oficina de Fiscalización General de la CGR Recibe, registra el Expediente de Adquisición de la Subcuenta de Bienestar y Motivación del Fondo del Servidor Público, con la Orden de Compra y Cheque, realiza la revisión integral del documento y de estar correcto, refrendan la Orden de Compra y el Cheque, remiten al Departamento de Tesorería. 7. Registro Público Dirección de Administración y Finanzas Departamento de Tesorería Recibe, y registra el Expediente de Adquisición de la Subcuenta de Bienestar y Motivación del Fondo del Servidor Público, con la Orden de Compra y Cheque, debidamente refrendados. Nota: Si el bien es entregado en el Almacén, Tesorería custodiará la Orden de Compra al Contado y el Cheque, hasta su recepción.

30 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de Registro Público Dirección de Administración y Finanzas Compras y Proveeduría Recibe, registra y verifica el Expediente de Adquisición de la Subcuenta de Bienestar y Motivación del Fondo del Servidor Público, que lleva adjunto, la Orden de Compra al Contado aprobada y refrendada, con el resto de la documentación sustentadora del acto público. Envía copia de la Orden de Compra al Contado a las Oficinas de: Almacén, Tesorería y Recursos Humanos. Nota: Cuando se debe realizar la compra directamente en el comercio, se retira la Orden de Compra y cheque; tienen cinco (5) días hábiles para la adquisición.

31 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de MAPA DE PROCESOS EMISIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA REGISTRO PÚBLICO DE PANAMÁ COMPRA Y PROVEDURIA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA DEPARTAMENTO DE TESORERÍA DIRECCIÓN GENERAL OFICINA DE FISCALIZACIÓN DE LA CGR Realiza el acto publico, y adjudica. Confecciona y firma la orden de compra. 5 Recibe, registra, revisa, y firma autorizando el tramite. 2 Registra y revisa el expediente. Firma, autorizando laorden de compra. Nota: En caso de Ordenes de Compra al crédito, se envía a la Oficina de Fiscalización General de la CGR, para su refrendo. 6 Recibe, registra y revisa integralmente el expediente y firman la orden de compra y cheque, refrendando el trámite. 3 Registra y revisa expediente, realiza los registros contables y genera el cheque. 7 Recibe y registran el expediente debidamente refrendado. Nota: Si el bien se entrega en Almacén, custodian la orden de compra y el cheque hasta su recepción. 4 Registra y revisa el expediente con el cheque y firma en el comprobante del cheque. Nota: En Ordenes de Compra al crédito, después de refrendadas, se envían a Compra y Proveeduría. 8 Recibe el expediente de adquisición y envía copias de la orden de compra: Almacén, Tesorería y Oficina de Recursos Humanos. Nota: Cuando se debe realizar la compra en el comercio, se retira la orden de compra y cheque original y realizan la compra.

32 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de E. Trámite de la Gestión de Cobro 1. Registro Público Dirección de Administración y Finanzas Departamento de Tesorería Recibe la Gestión de Cobro, con los documentos sustentadores debidamente registrados. Verifica y continúa con el trámite de aprobación y pago de dicho documento. Envía la Gestión de Cobro con documentos sustentadores al Departamento de Contabilidad. 2. Departamento de Contabilidad Recibe la Gestión de Cobro, con los documentos sustentadores adjuntos. Realiza los registros contables pertinentes. Firma, como constancia de registros realizados. Envía, la Gestión de Cobro y documentos sustentadores a la Dirección de Administración y Finanzas. 3. Dirección de Administración y Finanzas Recibe y registra la Gestión de Cobro, firma autorizándola. Envía a la Oficina de Fiscalización General de la CGR. 4. Oficina de Fiscalización General de la CGR Recibe la Gestión de Cobro, realiza los registros correspondientes. Procede a la revisión integral del expediente de pago, de estar correcto, refrenda la Gestión de Cobro y envía al Departamento de Tesorería. 5. Departamento de Tesorería Recibe la Gestión de Cobro, y documentos sustentadores, debidamente firmados. Registra para iniciar el trámite de emisión del Cheque.

33 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de MAPA DE PROCESOS TRAMITE DE LA GESTIÓN DE COBRO REGISTRO PÚBLICO DE PANAMÁ DEPARTAMENTO DE TESORERÍA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA OFICINA DE FISCALIZACIÓN DE LA CGR Recibe la Gestión de Cobro con los documentos sustentadores, verifica y envía a Contabilidad para su trámite Recibe la Gestión de Cobro y realiza los registros contables. Firma como como constancia del registro realizado. Recibe, registra y firma de autorizada la Gestión de Cobro. Recibe, registra, revisa de forma integral y firma, como constancia de refrendo de la Gestión de Cobro. Recibe, registra, la gestión de cobro y procede a la emisión del Cheque.

34 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de RÉGIMEN DE FORMULARIOS

35 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de Formulario Núm.1 REPÚBLICA DE PANAMÁ REGISTRO PÚBLICO DE PANAMÁ CUADRO DE COTIZACIONES Solicitud Núm. Día Mes Año Núm Proveedor Teléfono Fax Cant. Cantidad Descripción PRECIOS Unitario Total Unitario Total Unitario Total Firmas Autorizadas Cotizador Fecha Jefe de Compras Fecha Subtotal I.T.B.M.S. Total Observaciones:

36 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de Formulario Núm.1 CUADRO DE COTIZACIONES A. OBJETIVO: Dejar constancia escrita sobre las ofertas, precio, cantidad y calidad de los bienes y/o servicios requeridos, a efecto de que se seleccione al proveedor que presenta las mejores condiciones para la institución. B. ORIGEN: Departamento de Compras y Proveeduría. C. CONTENIDO: 1. Solicitud Núm.: Número de la Solicitud de Bienes y/o Servicios que origina las cotizaciones. 2. Fecha: Día, mes y año en que se hacen las cotizaciones. 3. Renglón: Número de renglón utilizado por cada Bien y/o Servicio cotizado. 4. Cantidad: Número de Bienes y/o Servicios que se cotizan. 5. Descripción: Detalle de las características de los Bienes y/o servicios cotizados. 6. Proveedor: Nombre o razón social de los Proveedores que participan en las cotizaciones. 7. Precios: Precio Unitario: Precio Total: Valor de cada unidad de los Bienes y/o Servicios cotizados. Resultado de la multiplicación del precio unitario por la cantidad de Bienes y/o Servicios cotizados. 8. Observaciones: Breve explicación que permita ampliar la información contenida en el documento. 9. Jefe(a) de Compras: Nombre y firma del funcionario responsable de la unidad de compras.

37 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de Cotizador: Nombre y firma del funcionario que efectuó las cotizaciones. D.DISTRIBUCIÓN: Original: Se adjunta al expediente.

38 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de Formulario Núm.2 REPÚBLICA DE PANAMÁ REGISTRO PÚBLICO DE PANAMÁ ORDEN DE COMPRA INSTITUCIONAL No. O/C No. SOLIC.B.S./FS FECHA PROVEEDOR FECHA DE VENCIMIENTO DEL PAZ Y SALVO NAL.: LUGAR Y FECHA DE ENTREGA: FORMA DE PAGO: VENCIMIENTO: R.U.C. DV PLAZO DE ENTREGA: TELEFÓNO Sírvase atender los bienes y servicios siguientes: RENGLÓN CANTIDAD UNIDAD DESCRIPCIÓN (CLASE DE ARTÍCULO, MARCA Y TAMAÑO) UNITARIO PRECIOS TOTAL SUBTOTAL I.T.B.M.S. DESCUENTO TOTAL DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y PROVEEDURÍA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS UNIDAD ADMINISTRATIVA SOLICITANTE CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA SECCIÓN DE ALMACÉN ACEPTO - FIRMA DEL PROVEEDOR FECHA FECHA

39 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de Formulario Núm.2 ORDEN DE COMPRA INSTITUCIONAL A. ORIGEN: Departamento de Compras y Proveeduría. B. OBJETIVO: Tener un control y registro de los Bienes y Servicios adquiridos. C. CONTENIDO: 1. No. O/C Número secuencial impreso. 2. No. SOLIC. B.S./FS Anotar del No. de la Solicitud de Bienes y Servicios del Fondo del Servidor público. 3. Fecha: Día, mes y año, de la confección de la O/C. 4. Teléfono: Indicar el número telefónico comercial, fax o correo electrónico. 5. Proveedor: Nombre completo del proveedor (persona natural o jurídico). 6. R.U.C. Código del Registro Único del Contribuyente. 7. D.V. Indicar el dígito verificador. 8. Vencimiento del Paz Anotar número y fecha de vigencia del paz y y Salvo Nacional: salvo nacional. 9. Lugar y fecha de entrega: Indicar el lugar y la fecha, en que se entregaran los bienes. 10. Forma de pago: Indicar si el pago es, al crédito o al contado. 11. Plazo de entrega: Indicar el día, mes y año de la entrega, la que debe ajustarse al horario regular de la institución. 12. Vencimiento: Indicar el día mes y año en que vence, el plazo de entrega. 13. Sírvase atender los bienes y servicios siguientes: Anotar si es un bien o servicio.

40 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de Renglón: Numeración por renglones utilizado para cada producto. 15. Cantidad: Cantidad de bienes o suministros. 16. Unidad: Indicar la medida a utilizar. 17. Descripción: (clase de artículos, marca y tamaño) Indicar nombre y especificación de lo solicitado. 18. Precio Unitario: Indicar el precio por unidad. 19. Precio Total: Indicar la operación matemática, multiplicación del precio unitario por la cantidad de artículos. 20. Subtotal: Resultado de la sumatorio del precio total sin el ITBMS. 21. I.T.B.M.S. Producto de la afectación del Servicio del 7%. 22. Descuento: De existir descuento se deduce del total. 23. Total: Sumatoria de la columna de precio total, más el impuesto de la transacción por el servicio. 24. Firma y Fecha: Firma y fecha, de los servidores públicos autorizados para firmar.

41 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de GLOSARIO Y SIGLAS

42 No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de GLOSARIO Acrecido: Del verbo acrecer, acrecentar algo en tamaño, cantidad o intensidad. Hacer una cosa mayor.

43 Powered by TCPDF ( No A Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de mayo de SIGLAS CGR: Contraloría General de la República. COIF: Centro de Orientación Infantil y Familiar. MEF: Ministerio de Economía y Finanzas. O/C: Orden de Compra

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