LINEAMIENTOS INTERNOS PARA LA OPERACIÓN DEL RECONOCIMIENTO A LA CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA
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- Gabriel Valenzuela Castillo
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1 LINEAMIENTOS INTERNOS PARA LA OPERACIÓN DEL RECONOCIMIENTO A LA CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA
2 CONTENIDO 1. Presentación 2. Definiciones 3. Marco Normativo 4. Objetivo 5. Ámbito de aplicación 6. Lineamientos Generales 6.1 De la Convocatoria 6.2 Del lanzamiento de la Convocatoria 6.3 De la difusión de la Convocatoria 6.4 De la ampliación de la Convocatoria 6.5 De la recepción de trabajos 6.6 Del registro de trabajos 6.7 De la invitación al Jurado 6.8 Del aviso a las y los candidatos ganadores/as 6.9 De la entrega de premios 7. Modificaciones 8. Transitorios
3 1. Presentación El Reconocimiento a la Conservacion de la Naturaleza se instituyó en junio del 2002 en el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2001 con el fin de reconocer la participación de diversos sectores, grupos e individuos en la conservación de la naturaleza en México. El Acuerdo antes señalado establece en su Artículo Segundo que la organización, promoción y difusión del Reconocimiento a la Conservación de la Naturaleza estará a cargo de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a través de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 73 fracciones XII y XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Dirección General de Desarrollo Institucional y Promoción tiene entre sus atribuciones, coordinar los programas, proyectos y actividades de comunicación y divulgación de la Comisión Nacional así como aquellas relativas al fortalecimiento de la cultura para la conservación en las áreas naturales protegidas y sus zonas de influencia; así como coordinar los proyectos, programas y acciones de difusión que fomenten el desarrollo institucional, la conservación de las áreas naturales protegidas, sus zonas de influencia, de las áreas de refugio para proteger especies acuáticas así como la conservación de especies y poblaciones en riesgo, sujetas a programas de conservación de la Comisión, con la participación que corresponda a las demás unidades administrativas de la Secretaría. Asimismo, dentro del Manual de Organización Especifico de la Dirección General de Desarrollo Institucional y Promoción, se prevé como una función específica de la misma supervisar el proceso de convocatoria, recepción de trabajos y entrega de premios de reconocimiento a la conservación de la naturaleza. El reconocimiento está dirigido a la ciudadanía que haya realizado acciones y/u obras relevantes y comprobables en beneficio de la conservación de la naturaleza, tales como protección, manejo, restauración y difusión en beneficio de la conservación de los ecosistemas y su biodiversidad en las Áreas Naturales Protegidas de México y sus zonas de influencia y en Regiones Prioritarias para la Conservación; así como vinculados a la preservación de especies en riesgo. El certamen incluye cinco categorías que abarcan la Individual, Organizaciones civiles, Académica y/o investigación, Comunicación masiva, Empresarial y Autoridades municipales.
4 De acuerdo con lo establecido en el Acuerdo por el que se instituye el Reconocimiento a la Conservación de la Naturaleza, así como el Acuerdo por el que se modifica el mismo, publicados en el Diario Oficial de la Federación los días 27 de noviembre de 2001 y el 18 de julio de 2012, respectivamente, el Reconocimiento a la Conservación de la Naturaleza será entregado cada año, durante la última semana de octubre, en el marco de las actividades que lleven a cabo la sociedad civil y los tres órdenes de gobierno para celebrar la Semana Nacional por la Conservación. La normatividad para el otorgamiento de los premios está incluida en la Convocatoria la cual se emite cada año de conformidad con el Artículo Segundo del Acuerdo citado en el que establece que la Convocatoria se emitirá anualmente con los requisitos, términos y procedimientos para su otorgamiento. En la Convocatoria se describe las categorías que podrán participar, los requisitos, los plazos, la forma de entrega de las propuestas, los premios para los ganadores, los criterios del Jurado para seleccionar los trabajos ganadores, así como la difusión de los resultados. En virtud de lo antes señalado y a fin de operar con mayor eficiencia y transparencia el proceso para el otorgamiento del Reconocimiento a la Conservación de la Naturaleza a cargo de la Dirección de Comunicación y Cultura para la Conservación, la cual forma parte de la Dirección General de Desarrollo Institucional y Promoción y con fundamento en los artículos 19 fracciones I, XVI y XXIII, 43 último párrafo y 73 fracciones XII y XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales se emiten los presentes lineamientos internos, para su aplicación. 2. Definiciones Para estos lineamientos internos del Reconocimiento a la Conservación de la Naturaleza se entenderá por: I. CLUNI: Clave Única de Inscripción al Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil II. Comprobante de domicilio: Recibo de pago de servicios, como son: agua, luz eléctrica, teléfono o impuesto predial, con no más de seis meses de antigüedad. En el caso de poblaciones indígenas donde no sea posible obtener los documentos antes señalados, se podrá presentar como comprobante de domicilio, una constancia otorgada por la autoridad competente.
5 III. CONANP: La Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas IV. CONAP: Consejo de Áreas Naturales Protegidas V. Convocatoria: Documento el cual contiene los requisitos, términos y procedimiento para participar en el certamen denominado Reconocimiento a la Conservación de la Naturaleza. VI. CURP: Clave Unica de Registro de Población VII. DOF: Diario Oficial de la Federación. VIII. Formato SIAFF: Es el documento de inscripción al Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF) para realizar los pagos de las dependencias de la administración pública federal IX. Identificación Oficial: Credencial para votar emitida por el Instituto Nacional Electoral o Instituto Federal Electoral, pasaporte vigente, licencia de manejo vigente y cartilla del Servicio Militar Nacional. X. (LGEEPA): Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. XI. Lineamientos internos: Los presentes Lineamientos Internos para la Ejecución del Reconocimiento a la Conservación de la Naturaleza, los cuales estarán disponibles en la página de internet de la CONANP XII. RFC: Registro Federal de Contribuyentes. 3. Marco normativo Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (DOF y sus reformas publicadas). Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (DOF y sus reformas publicadas). Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (DOF ). Ley Federal de Procedimiento Administrativo Manual de Organización Específico de la Dirección General de Desarrollo Institucional y Promoción Acuerdo mediante el cual se instituye el Reconocimiento a la Conservación de la Naturaleza (DOF )
6 Acuerdo por el que se modifica el artículo quinto del diverso mediante el cual se instituye el reconocimiento a la conservación de la naturaleza, publicado el 27 de noviembre de 2001 (DOF ). 4. Objetivo El presente documento tiene por objeto establecer los mecanismos y procedimientos internos para llevar a cabo las actividades de organización, promoción y difusión del Reconocimiento a la Conservación de la Naturaleza que permita a la Dirección General de Desarrollo Institucional y Promoción a través de la Dirección de Comunicación y Cultura para la Conservación una mayor eficiencia y transparencia en el proceso. 5. Ámbito de aplicación Los presentes Lineamientos son de observancia obligatoria para el personal de la CONANP que conforma la Dirección de Comunicación y Cultura para la Conservación encargada de la organización del certamen del Reconocimiento a la Conservación de la Naturaleza. 6. Lineamientos generales 6.1 De la Convocatoria De conformidad con el Artículo Segundo del Acuerdo por el que se instituye el Reconocimiento a la Conservación de la Naturaleza, publicado en el DOF el 27 de noviembre de 2001, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas emitirá anualmente las convocatorias para el Reconocimiento a la Conservacion de la Naturaleza, las cuales establecerán los requisitos, términos y procedimientos para su otorgamiento. 6.2 Del lanzamiento de la Convocatoria La Convocatoria del Reconocimiento a la Conservación de la Naturaleza deberá anunciarse durante julio y agosto. La Dirección de Comunicación y Cultura para la Conservación será el área responsable de dar a conocer las bases de este certamen a través de diversos mecanismos de comunicación, entre los que destacan la publicación de la Convocatoria en la página web de la Comisión, además de la
7 elaboración de diversos comunicados dirigidos a la ciudadanía y a la comunidad que integra la Comisión. Asimismo, también se considerará la posibilidad de que la difusión se realice a través de diarios de circulación nacional, de acuerdo con el presupuesto aprobado. 6.3 De la difusión de la Convocatoria La Convocatoria para obtener el Reconocimiento a la Conservación de la Naturaleza será difundida a través de diversos mecanismos, como comunicados de prensa, entrevistas en medios de comunicación, redes sociales, entre otros. La Dirección de Comunicación y Cultura para la Conservación solicitará vía electrónica el apoyo para la difusión de la misma tanto al área de staff de la oficina del Comisionado como a las Direcciones de Área, las Direcciones Regionales, las Subdirecciones de la Dirección de Comunicación y Cultura para la Conservación a los enlaces de comunicación y comunidad CONANP. Por medio de oficio firmado por el Director de Comunicación y Cultura para la Conservación se solicitará a los homólogos del Sector la publicación de la convocatoria en las páginas de internet en sus correspondientes instituciones. Además, la Convocatoria se enviará vía correo electrónico, a los diferentes directorios entre los que se cuentan: líderes de opinión, sector empresarial, gobierno federal y estatal, organizaciones civiles, Organizaciones No Gubernamentales e integrantes del Consejo de Áreas Naturales Protegidas, entre otros. 6.4 De la ampliación de la Convocatoria En caso de que el número de candidatos no cumpla con el mínimo requerido en la Convocatoria, para que el Jurado pueda seleccionar un ganador por categoría, la Dirección de Comunicación y Cultura para la Conservación podrá ampliar el plazo de recepción de trabajos establecido en la convocatoria respectiva, dicha ampliación podrá ser de sólo cinco días hábiles. El aviso de ampliación del plazo para la recepción de los trabajos, se realizará en forma oportuna en los diversos medios de comunicación donde fue difundida la Convocatoria.
8 Por lo anterior y a efecto de otorgar certeza a los participantes, los casos en que podrán ampliarse los plazos de la recepción de los trabajos, deberán quedar debidamente establecidos en las Bases Generales de las convocatorias respectivas. 6.5 De la recepción de trabajos El registro se realizará exclusivamente en línea y no se aceptarán postulaciones enviadas por correo físico ni el material de apoyo que acompañe éstas Es obligatorio que las postulaciones cuenten con los documentos requeridos (carta de postulación, documento en extenso y material de apoyo). El documento síntesis se genera automáticamente al final del registro en línea Registro en línea: en la dirección electrónica se deberá llenar todos los campos con la información requerida. El sistema proporcionará un número de folio y una ficha que servirá de comprobante Carta postulación o autopostulación. La persona y organización que postula o se autopostula, deberá incluir los datos personales del o la participante y/o institución (nombre completo, dirección, teléfonos y correo electrónico). Deberá incluir la trayectoria del o la participante, el tiempo que tiene de realizar acciones y/o proyectos en favor de conservación, preservación y restauración del equilibrio ecológico y protección del medio ambiente, incluyendo las Áreas Naturales Protegidas, las Regiones Prioritarias para la Conservación y sus zonas de influencia, así como las especies en riesgo y la categoría en la que participará. Se deberá llenar tal como lo requiere el formato de inscripción en línea: Documento síntesis. Documento no mayor a dos cuartillas donde se incluirá la información requerida de acuerdo con la categoría en la que se participa. El documento síntesis se genera automáticamente al final del registro en línea. Se deberá llenar tal como lo requiere el formato de inscripción en línea: Documento en extenso. Documento no mayor a cinco cuartillas con información relacionada con los objetivos, diagnóstico de la problemática enfrentada en términos de la importancia ambiental, social o económica; acciones concretas realizadas; procesos o metodologías aplicadas; resultados alcanzados y beneficiarios del proyecto, comprobables. Se deberá
9 llenar tal como lo requiere el formato de inscripción en línea: Material de apoyo. Son las evidencias que sustentan la información asentada en los documentos síntesis y extenso (pueden ser folletos, fotografías, videos, publicaciones y materiales didácticos, entre otros; y, si los hubiera, testimonios, cartas de apoyo y opiniones autorizadas que avalen las acciones y/o proyectos efectuados). Estos materiales deberán transferirse electrónicamente al momento de llenar el formato de inscripción en línea a la dirección: 1. El nombre de los archivos a enviar no deberá contener caracteres especiales (letras acentuadas, espacios en blanco, comas, guiones, espacios, signos de exclamación o interrogación, etc.). 2. El límite de espacio para cargar archivos es de 20 MB que se dividen en cuatro partes cada una con un límite de 5 MB. 3. Los formatos de archivos permitidos son: fotografías: jpeg, gif, png. Documentos: Excel, Word, PDF, Power Point. 4. Videos. Las evidencias en video deberán cargarse al portal indicando la liga en el formato de registro. 5. Audios. Las evidencias en audio podrán presentarse por medio de algún podcast o archivo de audio (mp3, wav o windows media) indicando la liga en el formato de registro. 6. No se recibirá ningún documento en las oficinas de la CONANP. Como parte de la Convocatoria, se incluirá una leyenda donde manifieste que se da por entendido que los trabajos enviados son públicos y que se pueden difundir, sin fines de lucro a la sociedad. 6.6 Del registro de trabajos Para el registro de trabajos, la Dirección de Comunicación y Cultura para la Conservación elaborará un formato y una carpeta física y electrónica de cada postulación que contenga los documentos recibidos. 6.7 De la invitación al Jurado Para dar cumplimiento al Artículo Cuarto del Acuerdo por el que se instituye el Reconocimiento a la Conservación de la Naturaleza, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre del 2001, donde se especifica la conformación del Jurado, la Dirección de Comunicación y Cultura para la Conservación enviará
10 mediante oficio la invitación al Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales a presidir el Jurado para el otorgamiento del Reconocimiento. Este documento incluirá la especificación de que en caso de que el Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales no asista, puede nombrar en su representación a cualquier otro servidor público para que lo represente, con excepción de quienes conforman el jurado conforme al Acuerdo. De igual forma, la Dirección de Comunicación y Cultura para la Conservación emitirá los diversos oficios dirigidos a las y los integrantes del Jurado y les solicitará que por escrito confirmen su asistencia o, en su caso, nombren al funcionario/a que asistirá en su representación. 6.8 Del aviso a las y los candidatos ganadores/as La Dirección de Comunicación y Cultura para la Conservación informará a más tardar un día después de la deliberación del Jurado, a las personas que resultaron ganadores del Certamen. Este aviso se les hará a través de correo electrónico, y llamada telefónica. 6.9 De la entrega de premios La Dirección de Comunicación y Cultura para la Conservación incluirá en la Convocatoria el siguiente texto para la entrega de premios: En caso de resultar galardonada o galardonado se deberán enviar de manera completa y en una sola emisión los siguientes documentos: Si es Persona Moral 1.- Formato SIAFF. Debidamente requisitado y firmado. Enviarlo escaneado y en original (Adjunto). 2.- Acta Constitutiva. 3.- Poder Notarial. 4.- Identificación IFE representante legal 5.- Registro Federal de Contribuyentes 6.- Comprobante de Domicilio (3 meses de antigüedad) 7.- Currículum de la Sociedad (actualizado y firmado) 8.- Estado de cuenta bancario con CLABE Interbancaria (3 meses de antigüedad) 9. CLUNI (en caso de las organizaciones civiles) 10. Acta de Asamblea (en caso de ejidos)
11 11. Acta de cabildo (en caso de autoridades municipales) Si es Persona Física 1.- Formato SIAFF. Debidamente requisitado y firmado. Enviarlo escaneado y en original (Adjunto). 2.- Acta de Nacimiento 3.- Identificación oficial 4.- Comprobante de domicilio (3 meses de antigüedad) 5.- Registro Federal de Contribuyentes 6.- CURP 7.- Currículum Vitae (actualizado y firmado) 8.- Constancia de Estudios 9.- Estado de cuenta bancario con CLABE Interbancaria (3 meses de antigüedad). Para la entrega del premio es requisito indispensable la presentación de estos documentos. 7. Modificaciones La CONANP podrá modificar en cualquier momento los presentes Lineamientos Internos, previa justificación que para tal efecto se realice. Las modificaciones que se efectúen a dichos lineamientos entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en la página electrónica de la Comisión Nacional 8. Transitorios UNICO. Los presentes Lineamientos entrarán en vigor al día siguiente en la página web de la CONANP Dados en la Ciudad de México a los 20 del mes de julio de Dirección de Comunicación y Cultura para la Conservación
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