1. Características del Antiguo Régimen. 2. La Guerra de Sucesión y la nueva dinastía de los Borbones.

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1 TEMA 1. CARACTERÍSTICAS POLÍTICAS, SOCIALES Y ECONÓMICAS DEL ANTIGUO RÉGIMEN. LA POLÍTICA CENTRALIZADORA DE LOS BORBONES. La expresión Antiguo Régimen define el sistema político, jurídico, social y económico existente en Europa y, por tanto, en España entre los siglos XVI y XVIII (Edad Moderna). Constituido en sus características básicas durante el reinado de los Reyes Católicos y consolidado con los Austrias, sus estructuras resultarían inapropiadas a las transformaciones sociales y económicas producidas en el siglo XVIII. En este contexto, tras la Guerra de Sucesión, la nueva dinastía de los Borbones impuso en España el modelo francés de monarquía absoluta, adoptando una política centralizadora y una serie de medidas reformistas para la modernización del país, apoyadas en los principios de la Ilustración. 1. Características del Antiguo Régimen. a) Política basada en la monarquía absoluta. El rey era fuente de todo poder (soberanía de origen divino), a pesar de estar limitado por los fueros de los distintos reinos peninsulares y los privilegios de los estamentos. En el s. XVIII, el despotismo ilustrado, cuyo máximo representante en España fue Carlos III, se caracterizaba por la utilización del absolutismo real para promover reformas sociales y económicas: todo para el pueblo, pero sin el pueblo. b) Sociedad estamental, jurídicamente desigual, configurada por tres estamentos: nobleza y clero (privilegiados) y tercer estado (burguesía, campesinado, no privilegiado). Los privilegios sociales eran muy variados: la reserva de los altos cargos de la Administración, el Ejército o la Iglesia; la exención de impuestos y el poder percibir derechos feudales, o el cobro del diezmo por la Iglesia. El privilegio impedía la promoción social del tercer estado. c) Economía reglamentada y eminentemente agraria. La tierra era la base de la riqueza, no obstante, gran parte de la propiedad quedaba fuera del mercado por la amortización: bienes vinculados de la nobleza y bienes en manos muertas de la Iglesia y de los municipios. La estructura de la propiedad impedía el progreso de las técnicas agrarias y se daban crisis cíclicas de subsistencia. El trabajo artesanal estaba controlado por los gremios y el comercio regulado (tasas a las mercancías, monopolios a compañías privilegiadas, peajes y aduanas internas), lo que perjudicaba el desarrollo comercial. La financiación estatal era insuficiente para los gastos de la corona y el déficit se compensaba con deuda pública. Los impuestos eran generalmente sobre el consumo y, además, los estamentos privilegiados no estaban obligados a contribuir, por lo que se hacía necesaria una reforma fiscal basada en la renta. 2. La Guerra de Sucesión y la nueva dinastía de los Borbones. a) La Guerra de Sucesión Española ( ) estalló tras la muerte de Carlos II sin descendencia. Fue un conflicto dinástico a nivel europeo entre Austrias, cuyo aspirante el Archiduque Carlos, hijo del Emperador Leopoldo I, fue apoyado por Inglaterra y Holanda; y Borbones, con Felipe de Anjou, a quien Carlos II nombró sucesor en su testamento, apoyado por su abuelo Luis XIV de Francia. Pero también fue una guerra civil en la que la Corona de Aragón apoyó a Carlos de Habsburgo, mientras que Castilla se alineó con Felipe de Anjou, candidatos que representaban dos modelos de estados: el pactista de los Austrias, que respetaba las instituciones forales de los reinos; y el centralista y uniformizador de los Borbones, importado del absolutismo francés. Felipe V pasó por dificultades cuando las tropas del Archiduque Carlos entraron por dos veces en Madrid, pero obtuvo importantes victorias en Almansa (1707), Brihuega y Villaviciosa (1710). La muerte de Leopoldo I y de su hijo mayor, hizo que Carlos heredara el título imperial, perdiendo el apoyo de Inglaterra, partidaria del equilibrio europeo, lo que propició el fin del conflicto mediante la Paz de Utrecht (1713). Cataluña siguió resistiendo hasta la toma de Barcelona el 11 de septiembre de 1714, defendida por el conseller en cap Rafael Casanova. Por el Tratado de Utrecht (1713), Flandes y los territorios italianos de España pasaron a Austria. El Reino Unido salió muy beneficiado, se apoderó de Gibraltar y Menorca y obtuvo concesiones en el comercio con Indias (el navío de permiso y el asiento de negros). En España, Felipe V remodeló el ordenamiento político y jurídico de los Reinos de la Corona de Aragón por derecho de conquista mediante los Decretos de Nueva Planta. b) La nueva dinastía de los Borbones y sus ministros reformistas. Los Borbones impusieron en España el modelo del absolutismo francés, y la política exterior estuvo ligada a la francesa mediante los Pactos de Familia, intentando recuperar los territorios perdidos en Utrecht, sobre todo tras el segundo matrimonio de Felipe V con Isabel de Farnesio (interés por obtener territorios para sus hijos). Los primeros Borbones se rodearon de ministros eficaces, destacando José Patiño con Felipe V ( ) y el Marqués de la Ensenada con su hijo y sucesor Fernando VI ( ), que pusieron en práctica importantes reformas. Su hermanastro Carlos III ( ), fue el mejor ejemplo del despotismo ilustrado en España, decisivo para el desarrollo de las políticas reformistas. Cuando accedió al trono era rey de Nápoles y trajo ministros italianos. Pero tras el Motín de Esquilache, sus nuevos ministros Campomanes y Floridablanca, abordaron con prudencia cuestiones económicas y sociales apenas afrontadas anteriormente. Fue el mejor alcalde de Madrid. Historia de España. 2º Bachillerato. Crisis del Antiguo Régimen 1

2 3. La política centralizadora de los Borbones. Las reformas promovidas por los Borbones tuvieron como finalidad consolidar el poder absoluto de la monarquía, introduciendo la centralización (las medidas de gobierno debían proceder del rey y de sus ministros) y la uniformidad (las medidas debían aplicarse a todos los súbditos por igual). Para ello impulsaron las siguientes medidas: a) La reform a del Gob iern o y d e la Adm inistración. Se reformó la Administración central. Los consejos, controlados por la nobleza, fueron relegados, pasando el Consejo de Castilla a ser de todo el Reino; y los secretarios de despacho ( ministros ) serían técnicos preparados con gran poder de decisión. Floridablanca creó la Junta Suprema de Estado, precedente del Consejo de Ministros. Se racionalizó la Administración territorial con la división del Reino en provincias, cuyos órganos de poder eran controlados por el gobierno: audiencias, máxima autoridad judicial; intendentes, con atribuciones administrativas y fiscales; capitanes generales, con funciones militares; y corregidores que gobernarían los ayuntamientos. Felipe V aplicó los Decretos de Nueva Planta en Valencia, Aragón, Mallorca y Cataluña, que supusieron la desaparición de la Corona de Aragón, cuyos reinos fueron transformados en provincias; los virreyes fueron suprimidos, así como sus fueros, las Cortes, las aduanas, el sistema fiscal y monetario; y la lengua catalana fue recluida a la esfera privada. En su lugar se imponían las leyes, instituciones y cargos de Castilla. En contrapartida, todos los súbditos de la corona podían acceder a los cargos públicos y se creó un mercado nacional que favoreció su economía. Sin embargo, las provincias vascas y Navarra, que apoyaron a Felipe V, conservaron sus fueros. Se establecieron unas Cortes únicas que reunían a procuradores de toda España (excepto Navarra), que solo se convocaban con motivo de la jura del heredero, siendo ignoradas las peticiones de los procuradores. Las reformas militares perseguían crear un ejército permanente mediante el reclutamiento de voluntarios, levas obligatorias y sistema de quintas, para la defensa de España; y una Armada poderosa que defendiera la ruta de las Indias y los intereses españoles en el Mediterráneo, cuya bandera se convertiría en la bandera española. b) El control sobr e la Iglesia : la política regalista de los Borbones. Se plasmó en la firma del Concordato con la Santa Sede (1753) por el que la Corona tenía el derecho de patronato universal (presentación de candidatos a Obispos); además, la Hacienda Real recibiría parte de los beneficios eclesiásticos (diezmos, bulas). Esta política regalista culminó con la expulsión de los Jesuitas (1767) por Carlos III, debido a su falta de sometimiento a la autoridad real, aunque en el fondo era por su oposición a las reformas y su control de la enseñanza. También se limitó la actuación de la Inquisición. c) La intervención del Estado en la econom ía y la sociedad. Los Borbones pretendieron la mejora del bienestar de los súbditos que diera estabilidad social y el incremento de los recursos fiscales para abordar los gastos estatales, mediante estas reformas, no siempre llevadas con éxito: Hacienda: el Catastro del Marqués de la Ensenada se hizo para establecer una contribución sobre la renta; se crea el Banco de San Carlos (fomento industria y comercio); se emiten vales reales (papel moneda) y Lotería. Agricultura: con Carlos III hubo intentos de reforma agraria (Jovellanos Informe sobre la Ley Agraria ), se limitaron los intereses de la Mesta y se colonizaron nuevas tierras en Sierra Morena por el intendente Olavide (La Carlota). Industria: se limitó el poder de los gremios para liberalizar la producción; se crearon reales fábricas (vidrios de La Granja, porcelana del Buen Retiro); y monopolios del Estado, como la Real Fábrica de Tabacos de Sevilla. Comercio: mejora de las infraestructuras: construcción del Canal de Castilla (para transporte y regadío), y diseño de una red radial de carreteras procedentes de Madrid; libre comercio de cereales que provocó una subida de precios y el Motín de Esquilache (1766); liberalización del comercio colonial, la Casa de Contratación se trasladó a Cádiz y posteriormente se suprimió el monopolio gaditano (1765), lo que proporcionó prosperidad a Cataluña. Sociedad: se mantuvieron los privilegios de la nobleza y los derechos señoriales, pero como novedades, se abría la nobleza al talento y al dinero y se le instó a desarrollar un trabajo productivo, declarando honestas las profesiones manuales y el comercio (1783). d) La Ilustr ación, b ase intelectual d e las reform as. El Estado fue el motor de la modernización, reformó los planes académicos, fomentó las Ciencias y la Medicina y se crearon Academias y Universidades. Surgieron Sociedades Económicas de Amigos del País para la difusión de las ciencias útiles y el impulso de la aplicación práctica de reformas agrarias para mejorar la productividad. 4. Conclusión. El final del Antiguo Régimen. Carlos IV ( ), hijo y sucesor de Carlos III, intentó continuar su política reformista y autoritaria. Pero el intento de modernización económica y social del país manteniendo la estructura de poder absolutista tenía los días contados. Su reinado, que coincidió con la Revolución Francesa, marcó el inicio de la crisis del Antiguo Régimen y, por tanto, el fin de la sociedad estamental y de la monarquía absoluta. Historia de España. 2º Bachillerato. Crisis del Antiguo Régimen 2

3 TEMA 1. CARACTERÍSTICAS POLÍTICAS, SOCIALES Y ECONÓMICAS DEL ANTIGUO RÉGIMEN. LA POLÍTICA CENTRALIZADORA DE LOS BORBONES. HISTORIA DE ESPAÑA. 2º Bachillerato. ALUMNO/A Fecha Responde al tema y analiza y justifica la relación con el mismo de los siguientes documentos: Documento 1: DECRETO DE NUEVA PLANTA de Aragón y Valencia Considerando haber perdido los reinos de Aragón y Valencia y todos sus habitantes por la rebelión que cometieron, faltando enteramente así al juramento de fidelidad que me hicieron como a su legítimo Rey y Señor, todos los fueros, privilegios, exenciones y libertades que gozaban y que con tan liberal mano se les habían concedido, sí por mi como por los señores reyes mis predecesores, en esta monarquía se añade ahora la del derecho de conquista (...) y considerando también que uno de los principales tributos de la soberanía es la imposición y derogación de las leyes (...) He juzgado por conveniente, sí por esto como por mi deseo de reducir todos mis reinos a la uniformidad de unas mismas leyes, usos, costumbres y tribunales, gobernándose igualmente por las leyes de Castilla, tan loables y plausibles en todo el universo, abolir y derogar enteramente (...) todos los referidos fueros y privilegios, prácticas y costumbres hasta aquí observadas en los referidos reinos de Aragón y Valencia, siendo mi voluntad que éstos se reduzcan a las leyes de Castilla (...) Buen Retiro, a 29 de junio de 1707 Documento 2: Asalto final a Barcelona el 11 de septiembre de 1714 Historia de España. 2º Bachillerato. Crisis del Antiguo Régimen 3

4 TEMA 1. CARACTERÍSTICAS POLÍTICAS, SOCIALES Y ECONÓMICAS DEL ANTIGUO RÉGIMEN. LA POLÍTICA CENTRALIZADORA DE LOS BORBONES. ANTIGUO RÉGIMEN Siglos XVI, XVII y XVIII (Edad Moderna) EL LIBERALISMO Siglo XIX (Edad Contemporánea) POLÍTICA, caracterizada por: Monarquía Absoluta Soberanía real Poder absoluto POLÍTICA, caracterizada por: Monarquía Constitucional Soberanía nacional División de poderes SOCIEDAD ESTAMENTAL Grupos definidos por ley (privilegio) según su función: Privilegiados (nobleza y clero) y no privilegiado (tercer estado) Población = súbditos (sin derechos) SOCIEDAD DE CLASES Clases sociales según su nivel de riqueza Población = ciudadanos (derechos y deberes) ECONOMÍA REGLAMENTADA Predominio de la actividad agraria Propiedad amortizada Regulación de la actividad económica (mercantilismo, monopolios) ECONOMÍA LIBRE Transf. económicas (industrialización) Propiedad privada Libertad económica (ley de la oferta y la demanda) Goya está influido por el neoclasicismo y, sobre todo, por Velázquez. Lo más personal de sus retratos es la penetración psicológica (cómo es por dentro el personaje) y su subjetividad (qué opinión tiene del retratado). Esto lo puedes ver en esta pintura al óleo de Historia de España. 2º Bachillerato. Crisis del Antiguo Régimen 4

5 TEMA 1. CARACTERÍSTICAS POLÍTICAS, SOCIALES Y ECONÓMICAS DEL ANTIGUO RÉGIMEN. LA POLÍTICA CENTRALIZADORA DE LOS BORBONES. 1. FELIPE V ( ). Fue un rey melancólico en cuyo gobierno tuvieron gran intervención las reinas: su primera esposa María Luisa de Saboya y la princesa de los Ursinos, y su segunda esposa Isabel de Farnesio y el privado Alberoni. La llegada de Felipe V de Borbón, supuso la consagración de un arte oficial. El nuevo rey mandó construir lujosos palacios, añorando la Francia de Versalles: el de la Granja de San Ildefonso, rococó, con sus jardines versallescos; el de Aranjuez, más severo; y el Palacio Real de Madrid (foto), iniciado hacia 1738, en el que el neoclásico triunfó sobre el rococó. 2. FERNANDO VI ( ). Hijo de María Luisa de Saboya fue un rey inteligente y culto que sentó las bases para el gran reinado de su hermanastro Carlos. Destacó su ministro el Marqués de la Ensenada, que realizó el Catastro. 3. CARLOS III ( ). Hijo de Isabel de Farnesio, fue rey de Nápoles antes de ocupar el trono español. Considerado el mejor ejemplo de rey ilustrado, logró sacar a España de su decadencia ayudado por ministros eficaces, como el conde de Aranda, el conde de Floridablanca y Campomanes. Con Carlos III triunfó el neoclásico en el Museo de Ciencias Naturales, de Juan de Villanueva, hoy Museo del Prado; y en las reformas urbanísticas de Madrid, como la Puerta de Alcalá (foto) o las fuentes de Neptuno y de Cibeles (foto). Carlos III fue considerado el mejor alcalde de Madrid. 4. CARLOS IV ( ). Vivió una grave crisis interna por el impacto en España de la Revolución Francesa. Tuvo ministros competentes como Jovellanos y Cabarrús, pero se dejó llevar por el ambicioso Manuel Godoy. Historia de España. 2º Bachillerato. Crisis del Antiguo Régimen 5

6 TEMA 2. CRISIS DE LA MONARQUÍA BORBÓNICA. LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA Y LOS COMIENZOS DE LA REVOLUCIÓN LIBERAL. LA CONSTITUCIÓN DE Carlos IV, último exponente del despotismo ilustrado en España, accedió al trono en 1788, un año antes del estallido de la Revolución Francesa, cuyas ideas liberales expandirían por Europa los ejércitos de Napoleón. Así, tras la invasión de la Península, los españoles tuvieron que luchar en una guerra por su independencia, largo conflicto que produjo enormes desastres. No obstante, la ocupación francesa estimuló la revolución política, que marcaría el fin del Antiguo Régimen y sentaría las bases de un Estado liberal, plasmadas en la obra de las Cortes de Cádiz y la Constitución de Crisis de la monarquía borbónica. Carlos IV ( ) intentó continuar la política reformista de su padre Carlos III manteniendo sus ministros (Aranda, Floridablanca). No obstante, pronto se decantó por un valido, Manuel Godoy, quien, tras la Guerra de la Convención ( ) contra la Francia revolucionaria motivada por la ejecución de Luis XVI, firmó la Paz de Basilea, que le valió el título de Príncipe de la Paz. Al año siguiente promovió la alianza con Francia frente al Reino Unido mediante el Tratado de San Ildefonso (1796), que convertía a España en un satélite del país vecino, El Reino Unido sometió a España a un bloqueo marítimo que perjudicó su comercio y las comunicaciones con América y, además, aniquiló la Armada hispanofrancesa en Trafalgar (1805). Estos fracasos aumentaron la impopularidad de Godoy, ahora en manos de Napoleón, quien, tras el Tratado de Fontainebleau (1807), decidió emplear España como puente para someter a Portugal (aliado del Reino Unido). Para ello introdujo tropas en lugares estratégicos de la Península (en marzo de 1808 entraron en Madrid), provocando los recelos de Godoy. Godoy planeó entonces trasladar a los reyes a Andalucía y cuando se difundió la noticia, en marzo de 1808, estalló el Motín de Aranjuez, que obligó a Carlos IV a abdicar en su hijo Fernando VII. El que un monarca legítimo fuera derrocado en una revuelta popular desacreditó a la Monarquía y, ante esta situación, Napoleón reunió a ambos en Bayona, y les obligó a que renunciaran a la Corona, ofreciéndosela a su hermano José Bonaparte. 2. La Guerra de la Independencia ( ). a) La crisis de 1808: el inicio de la guerra y sus características. En Madrid se registraban constantes incidentes entre la población y las tropas francesas, y la orden de Napoleón de trasladar al resto de la familia real a Bayona, desató un motín popular el 2 de mayo de El pueblo combatió espontáneamente en la Puerta del Sol, mientras los oficiales de Artillería Daoiz y Velarde se sublevaban en el cuartel de Monteleón. Los soldados franceses ejercieron una represión muy dura (pinturas de Goya). Rápidamente se constituyeron Juntas Provinciales de Defensa, para organizar el levantamiento militar contra las tropas francesas, que pronto se unificaron en la Junta Suprema Central, presidida por Floridablanca; mientras muchos oficiales que no pudieron unirse a un ejército organizado, y civiles, formaron partidas guerrilleras. La guerra fue un episodio de un conflicto internacional más amplio iniciado por la Francia revolucionaria y continuado por Napoleón. Además, adquirió carácter de guerra civil, al enfrentar a los partidarios de las ideas de la Revolución francesa, llamados afrancesados, con aquellos españoles que se sentían amenazados por las reformas que pudieran llevar a cabo los franceses. b) Las etapas de la guerra de la Independencia. 1ª etapa (mayo - octubre 1808). El ejército francés fue incapaz de dominar la Península Ibérica. Numerosas ciudades (Zaragoza y Gerona) se rebelaron y fueron sitiadas. En las montañas del Bruch los somatenes catalanes cortaron el paso a los ejércitos napoleónicos; y por el sur, el general Dupont, tras saquear Córdoba, fue derrotado en Bailén en julio de 1808 por un improvisado ejército al mando del general Castaños. Las tropas de Napoleón que ocupaban Portugal se rindieron frente a los británicos en Sintra, cerca de Lisboa. 2ª etapa (octubre julio 1812). Ante los acontecimientos, Napoleón vino a España al frente de la Grande Armée, pasó Somosierra y recuperó el control de Madrid. Pero el ejército francés no pudo tomar Lisboa y Cádiz, protegidas por la marina británica, que se convirtieron en los dos focos de resistencia. El ejército francés era invencible en campo abierto, pero la guerra en España fue otra cosa, y durante esta etapa se incrementaron las guerrillas, cuadrillas improvisadas de militares huidos del ejército, bandoleros, aventureros, donde destacaron el Empecinado y el cura Merino, cuya lucha supuso el concepto de guerra total. 3ª etapa (julio ). La intervención de la armada y del ejército británicos, junto con el hostigamiento de las guerrillas, acabarían con la supremacía militar francesa, que, además, estaba siendo diezmada en la campaña de Rusia. Al mando del Duque de Wellington, británicos, portugueses y españoles, vencieron a los franceses en 1812 en la batalla de Arapiles (cerca de Salamanca) y en1813 en Vitoria y San Marcial. Tras la firma del Tratado de Valençay en diciembre de 1813, Napoleón reconoció a Fernando VII como rey de España. Historia de España. 2º Bachillerato. Crisis del Antiguo Régimen 6

7 d) Los efectos de la guerra. Además de la destrucción y el elevado número de bajas producidas por la guerra, los fusilamientos, las represalias y la vida del guerrillero, marcaron un comportamiento de violencia desconocido hasta entonces. Sin embargo, la revolución política producida como consecuencia de la ocupación, intentó acabar con las estructuras del Antiguo Régimen y sentar las bases de un Estado liberal. 3. La revolución política: las Cortes de Cádiz. a) La convocatoria de las Cortes de Cádiz: posiciones ideológicas. José Bonaparte, antes de desplazarse a Madrid, convocó una Asamblea de Notables españoles para aprobar el Estatuto de Bayona (julio 1808), una carta otorgada, que creaba un régimen autoritario basado en un poder casi absoluto del rey, aunque reconocía algunos derechos individuales y libertades económicas. Para contrarrestar la acción política de José I, la Junta Suprema Central, que asumió la Regencia hasta que volviera Fernando VII, considerado como rey legítimo, se propuso como tareas prioritarias combatir a los franceses y convocar unas Cortes que redactaran una Constitución para el Reino. Las Cortes Constituyentes se reunieron en Cádiz (1810), libre de la ocupación francesa, en una sola Cámara que representaba a toda la nación, lo cual era una opción revolucionaria, pues en las Cortes del Antiguo Régimen se reunían los estamentos por separado. Los diputados en su mayoría eran clérigos, abogados, funcionarios y militares; también algunos nobles, comerciantes y propietarios; y tenían distintas posiciones ideológicas: Los absolutistas eran partidarios del sistema tradicional, basado en una Monarquía absoluta. Los jovellanistas abogaban por un compromiso entre la nación y el rey a través de unas Cortes estamentales. Los liberales eran partidarios de un sistema basado en la división de poderes y la soberanía nacional. b) Las medidas ado ptadas por las Cortes de Cádiz. Las Cortes de Cádiz promulgaron un conjunto de decretos de carácter programático con el fin de terminar con las trabas económicas y sociales del Antiguo Régimen y transformar a España en un Estado moderno: La supresión del régimen señorial. Se abolieron los derechos feudales y, por tanto, los señoríos jurisdiccionales. No obstante, se mantuvieron los señoríos territoriales y los antiguos señores feudales se convirtieron en propietarios de las tierras. La propiedad agraria apenas experimentó cambios. La nueva desamortización. Se aplicó a las propiedades de los afrancesados, de las órdenes militares disueltas y de los monasterios destruidos por la guerra; y a la mitad de las tierras municipales. Supresión de la Inquisición y sus bienes fueron adjudicados al Estado. Liberalismo económico: libertad para cercar fincas y supresión de la Mesta; libertad de industria mediante la supresión de los gremios; y libertad de comercio con la supresión de las aduanas interiores y de los peajes. Pero eran unas Cortes constituyentes cuya labor primordial sería la aprobación de una Constitución. 4. La Constitución española de a) Elaboración y promulgación de la Constitución de Cádiz. Agustín Argüelles y Diego Muñoz Torrero destacaron en la elaboración de la constitución, que estuvo influida por el pensamiento clásico español y la Constitución francesa de Se promulgó el día 19 de marzo de 1812, día de San José, por lo que es conocida popularmente como la Pepa. b) Los principios de la Constitución de Soberanía: residía en la nación, ejercida mediante sus representantes en Cortes, a las que pertenece el derecho de establecer las leyes que garanticen los derechos individuales de los ciudadanos. División de poderes, para evitar el despotismo: el legislativo residía en las Cortes unicamerales con el rey; el ejecutivo lo ostentaba el rey; y el judicial competía a los tribunales, que gozaban de independencia. Régimen político: era la Monarquía constitucional, en la que el rey con su Gobierno, era responsable ante la ley y ante las Cortes, por lo que el poder del monarca estaba muy limitado. Derechos individuales: aparecían a lo largo de la Constitución, tal vez para evitar dar apariencia revolucionaria: libertad civil, propiedad, igualdad ante la ley y fiscal, garantías penales y libertad de imprenta, entre otros. Sufragio: general masculino muy amplio (excluía solo a los sirvientes y a los vagabundos), pero era un sufragio indirecto. Además, era censitario para ser diputado, lo que determinó la preeminencia de la burguesía. Relaciones Iglesia-Estado: la religión oficial de la Nación española es la católica, apostólica y romana, y no se reconoce el principio liberal de la libertad de cultos. c) Valoración de la Constitución de Cádiz. Símbolo de libertad, por ser la primera Constitución española derivada de la soberanía nacional y orientada a consolidar los derechos y limitar el poder estatal, sirvió de fuente en el constitucionalismo hispanoamericano y europeo (Portugal, Nápoles), y se ha proyectado en el tiempo, pues, gran parte de sus artículos y su impronta liberal progresista se ha perpetuado en las sucesivas constituciones españolas, incluida la actual. Historia de España. 2º Bachillerato. Crisis del Antiguo Régimen 7

8 TEMA 2. CRISIS DE LA MONARQUÍA BORBÓNICA. LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA Y LOS COMIENZOS DE LA REVOLUCIÓN LIBERAL. LA CONSTITUCIÓN DE LA FRANCIA REVOLUCIONARIA Mejor ejemplo de revolución burguesa LA ESPAÑA DE CARLOS IV Actitud ante Rev. Fra. (relación con Francia) : ASAMBLEA NACIONAL Monarquía Constitucional NEUTRALIDAD CARLOS IV (Floridablanca y Aranda) : CONVENCIÓN (República) Luis XVI condenado guillotina El Terror (Robespierre) Fase exaltada BELIGERANCIA Godoy: fin Pactos Familia: Guerra de la Convención contra la Francia rev Paz de Basilea: Godoy Príncipe de la Paz : DIRECTORIO República burguesa: fase más moderada : ERA NAPOLEÓNICA - Consulado - Imperio SUMISIÓN A FRANCIA (Carlos IV y Godoy) 1796, Tratado S. Ildefonso: Contra Inglaterra Godoy dominado por Napoleón: Guerra de las Naranjas contra Portugal Derrota franco española de Trafalgar (1805) 1807, Tratado de Fontainebleau Historia de España. 2º Bachillerato. Crisis del Antiguo Régimen 8

9 TEMA 2. CRISIS DE LA MONARQUÍA BORBÓNICA. LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA Y LOS COMIENZOS DE LA REVOLUCIÓN LIBERAL. LA CONSTITUCIÓN DE Estos dos cuadros de 1814 sobre la Guerra de Independencia nos muestran una visión trágica, no heroica; y la ausencia de héroes conocidos y el protagonismo de gentes anónimas que han llegado al extremo de la violencia más brutal, acercaban a Goya al romanticismo. Los fusilamientos en la Moncloa el 3 de mayo de 1808, con el que Goya intentó perpetuar una de las más heroicas escenas de la Guerra de la Independencia contra el tirano de Europa, Napoleón. La escena representa un grupo de rebeldes que están siendo ejecutados por los fusiles de unos soldados sin rostro, situados de espaldas, destacando el condenado que bajo la luz cegadora abre los brazos en un gesto que es a la vez de terror, de desafío y de resignación. La maestría de Goya, ha hecho de su cuadro un símbolo de las víctimas de la violencia, no solo de la Guerra de la Independencia, sino de todos los tiempos y en todos los lugares. Crítica de las atrocidades de la guerra con una fuerte carga antibelicista. Historia de España. 2º Bachillerato. Crisis del Antiguo Régimen 9

10 TEMA 2. CRISIS DE LA MONARQUÍA BORBÓNICA. LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA Y LOS COMIENZOS DE LA REVOLUCIÓN LIBERAL. LA CONSTITUCIÓN DE HISTORIA DE ESPAÑA. 2º Bachillerato. ALUMNO/A Fecha Responde al tema y analiza y justifica la relación con el mismo de los siguientes documentos: Documento 1: Don Fernando VII, Rey de España y de las Indias y en su nombre la Suprema Junta. La Francia, o más bien su emperador Napoleón I, ha violado con España los pactos más sagrados; le ha arrebatado sus monarcas y ha obligado a éstos a abdicaciones y renuncias violentas y nulas manifiestamente; se ha hecho con la misma violencia dar el señorío de España para lo que nadie tiene poder; ha declarado que ha elegido rey de España, atentado el más horrible de que habla la historia; ha hecho entrar sus ejércitos en España apoderándose de sus fortalezas y capital y ha cometido con los españoles todo género de asesinatos, robos y crueldades inauditas; y para todo esto se ha valido no de la fuerza de las armas sino del pretexto de nuestra felicidad, ingratitud la más enorme a los servicios que la Nación Española le ha hecho; de la amistad en que estábamos, del engaño, de la traición, de la perfidia más horrible. Ha declarado últimamente que va a trastornar la Monarquía y sus leyes fundamentales y amenaza la ruina de nuestra Religión Católica, que desde el gran Recaredo conservamos los españoles y nos ha forzado a que para el remedio único de tan graves males, los manifestemos a toda la Europa y le declaremos la guerra. Documento 2: Dado en el Real Palacio del Alcázar de Sevilla, 6 de junio de 1808 Historia de España. 2º Bachillerato. Crisis del Antiguo Régimen 10

11 TEMA 2. CRISIS DE LA MONARQUÍA BORBÓNICA. LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA Y LOS COMIENZOS DE LA REVOLUCIÓN LIBERAL. LA CONSTITUCIÓN DE HISTORIA DE ESPAÑA. 2º Bachillerato. ALUMNO/A Fecha Responde al tema y analiza y justifica la relación con el mismo de los siguientes documentos: Documento 1: PRIMER DECRETO DE LAS CORTES REUNIDAS EN LA ISLA DE LEÓN (CÁDIZ) Los diputados que componen este Congreso, y que representan la Nación española, se declaran legítimamente constituidos en Cortes generales y extraordinarias, y que reside en ellas la soberanía nacional. Las Cortes generales y extraordinarias de la Nación española, congregadas en la real isla de León, conformes en todo con la voluntad general, pronunciada del modo más enérgico y patente, reconocen, proclaman y juran de nuevo por su único y legítimo rey al Señor D. Fernando VII de Borbón; y declaran nula y de ningún valor ni efecto la cesión de la corona que se dice hecha a favor de Napoleón, no sólo por la violencia que intervino en aquellos actos injustos e ilegales, sino principalmente por fallarle el consentimiento de la nación. No conviniendo queden reunidos el Poder legislativo, el ejecutivo y el judiciario, declaran las Cortes generales y extraordinarias que se reservan el ejercicio del poder legislativo en toda su extensión ( ). Real Isla de León, 24 septiembre de 1810 Documento 2: Extracción social de los diputados en las Cortes de Cádiz en 1811 Historia de España. 2º Bachillerato. Crisis del Antiguo Régimen 11

12 TEMA 2. CRISIS DE LA MONARQUÍA BORBÓNICA. LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA Y LOS COMIENZOS DE LA REVOLUCIÓN LIBERAL. LA CONSTITUCIÓN DE Art. 3. Art. 4. Art. 12. Art. 14. Art. 15. Art. 16. Art. 17. Art. 27. Art. 92. Art. 1. La nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios. Art. 2. La nación española es libre e independiente, y no puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona. La soberanía reside esencialmente en la Nación y por lo mismo pertenece a esta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales (...). La Nación está obligada a conservar y proteger por leyes sabias y justas la libertad civil, la propiedad y los demás derechos legítimos de todos los individuos (...). La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica romana, única verdadera. La Nación la protege por leyes justas (...). El gobierno de la Nación española es una monarquía moderada y hereditaria. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey. La potestad de aplicar las leyes en las causas civiles y criminales reside en los tribunales (...). Las Cortes son la reunión de todos los diputados que representan a la Nación, nombrados por los ciudadanos en la forma que se dirá (...). Se requiere para ser elegido (...) tener una renta anual procedente de bienes propios (...). Art La persona del Rey es sagrada e inviolable y no está sujeta a responsabilidad (...). Art Todas las órdenes del Rey deberán ir firmadas por el secretario de despacho del ramo (...). Art En los negocios comunes, civiles y criminales, no habrá más que un solo fuero (...). Art En todos los pueblos de la monarquía se establecerán escuelas de primeras letras, en las que se enseñará a los niños a leer, escribir y el catecismo de la religión católica (...). Art Todos los españoles tienen libertad de escribir, imprimir y publicar sus ideas políticas, sin necesidad de licencias, revisión o aprobación anterior a la publicación (...). Alegoría de la Constitución de Goya Constitución Española de 19 de marzo de 1812 Salvador Viniegra: La Promulgación de Museo Histórico Municipal de Cádiz. Pintura historicista que representa la lectura de la Constitución ante el pueblo soberano y las autoridades en la plaza de San Felipe Neri, el día 19 de marzo: en la parte de la izquierda aparecen tipos populares idealizados, como expresión de la ciudadanía que forma la nación; en el estrado altas magistraturas y funcionarios del Estado; en el centro los blasones y escudos de los distintos reinos y territorios históricos de España; y, entre guirnaldas, se citan fechas y personajes claves en la lucha por la nueva sociedad liberal (1808, 1812, Daoiz, Velarde). Este cuadro, al margen de su valor estético, tenía como función inmortalizar y exaltar un hecho que ha sido considerado decisivo en la historia de España. Historia de España. 2º Bachillerato. Crisis del Antiguo Régimen 12

13 COM ENTARIO DEL ARTICULADO DE LA CONSTITUCIÓN DE Clasificación: El texto es una fuente histórica primaria de carácter público y naturaleza jurídica; obra de las Cortes de Cádiz, primeras no estamentales, destacando Agustín Argüelles y Diego Muñoz Torrero en su elaboración; promulgada el 19 de marzo de 1812 ( la Pepa ), en el Cádiz sitiado, en plena Guerra de la Independencia; y cuyo destinatario es el pueblo español (de España y los territorios de ultramar). Contexto: La revolución política: las Cortes de Cádiz (punto 2 del tema). Análisis : el texto presenta parte del articulado de la Constitución de 1812, donde aparecen principios como la soberanía nacional, la división de poderes, el reconocimiento de derechos, etc, que constituyen la base del sistema liberal. Comentario: en este articulado destacan los siguientes aspectos: - Soberanía nacional (art. 3), es decir, el poder reside en la nación, que ejerce su soberanía mediante sus representantes en Cortes, a las que pertenece el derecho de establecer las leyes que garanticen los derechos individuales de los ciudadanos. Rompe con la soberanía monárquica del Antiguo Régimen al establecer que la nación española es libre e independiente y no es patrimonio de los reyes (art. 2). - Forma de gobierno es la Monarquía constitucional (art. 14), en la que el rey, inviolable e irresponsable (art. 168), tiene limitadas sus iniciativas para evitar el absolutismo: - Derechos y deberes de los ciudadanos: aparece a lo largo de la Constitución, tal vez para evitar dar apariencia revolucionaria: libertad civil, propiedad y demás derechos legítimos (art. 4), igualdad ante la ley (art. 248), derecho a la educación (art. 366), libertad de imprenta (art. 371). Se reconoce la obligación de los españoles a observar las leyes y a contribuir con sus impuestos a la hacienda estatal. - División de poderes, para evitar el despotismo: el legislativo reside en las Cortes unicamerales con el rey - soberanía compartida- (art. 15); el ejecutivo corresponde al rey, que dirigía el gobierno (art. 16), pero con importantes limitaciones -sus órdenes deben ir validadas por los Ministros correspondientes (art. 225), no puede disolver las Cortes y solo tiene veto suspensivo transitorio durante dos años-; y el judicial compete exclusivamente a los tribunales que gozaban de independencia (art. 17). - El sufragio: aunque podían votar los hombres mayores de 25 años, era un sufragio indirecto (art. 27), los electores elegían a unos compromisarios y éstos a los diputados. Además, para ser diputado se exigía una renta procedente de bienes propios (art. 92), lo que determinó la preeminencia de la burguesía. - División nacional en provincias y se omite toda referencia a los territorios con fueros. No obstante, los regímenes forales de las provincias vascas y de Navarra no se derogaron explícitamente. - Relaciones Iglesia-Estado. La religión de la Nación española es la católica, apostólica y romana (art. 12). Este artículo refleja el peso de la religión católica en la mayoría de los españoles y de los eclesiásticos en las Cortes, impidiendo introducir el principio liberal de la libertad de cultos. Valoración: - Constitución de 1812 sustenta un sistema político liberal basado en la soberanía nacional y configura una nueva sociedad de clases, sustentada en los principios de libertad, igualdad y propiedad, y en la que se da el reconocimiento institucional de la superioridad de los más capaces (la burguesía), a quienes se reserva, mediante el sufragio censatario, la participación en el sistema político. - Ninguna constitución española ha tenido el alcance, la repercusión y la difusión de la Constitución de 1812: tuvo una gran irradiación fuera de nuestras fronteras, sirviendo de modelo en Portugal, Nápoles e Hispanoamérica, a la vez que ocupó brillantes páginas de escritores como Lord Byron en Inglaterra o Chateaubriand en Francia. - En España tuvo una agitada vida de seis años: , cuando aún no había acabado la Guerra de la Independencia; , tras el pronunciamiento de Riego y durante el Trienio Liberal; y , tras el Motín de los Sargentos de la Granja y hasta que se aprobó la Constitución de Además, el divorcio entre la clase política y un pueblo sin formación, que impresionado por la derrota francesa, aclamó el retorno de Fernando VII, facilitó la anulación de la obra gaditana. No obstante, la Constitución de Cádiz, se convirtió en un símbolo de libertad que marcó el camino de la ideología liberal a lo largo de todo un siglo. Historia de España. 2º Bachillerato. Crisis del Antiguo Régimen 13

14 TEMA 3. LA ÉPOCA DE FERNANDO VII ( ). ENTRE EL ABSOLUTISMO Y EL LIBERALISMO. Presentación del tema: El reinado de Fernando VII ( ) supuso la anulación de las reformas liberales aprobadas en las Cortes de Cádiz y la restauración del absolutismo (reclamada por algunos sectores de la sociedad española, como refleja el documento 1 sobre el Manifiesto de los persas ), lo que provocó frecuentes conspiraciones contra el poder establecido que llevaron a un breve paréntesis liberal ( ). Ofreció un balance muy negativo, pues, además de precipitar la pérdida de las colonias americanas, inauguró una etapa de intolerancia y de represión por cuestiones ideológicas (como se refleja en el documento 2, que representa el Fusilamiento de Torrijos ), 1. La primera Restauración (Sexenio) absolutista ( ). a) La vuelta al absolutismo. (Contexto histórico del texto) Tras la derrota de Napoleón, se inició en Europa el periodo conocido como Restauración: los monarcas legítimos retornaron a sus tronos y restauraron los regímenes absolutistas. En 1814, Fernando VII regresó a España desde su exilio de Valençay (Francia), donde Napoleón le tenía retenido. Tanto los liberales como los absolutistas lo esperaban con impaciencia ( El Deseado ), y fue aclamado por el pueblo como símbolo de la paz y la legitimidad restablecidas después de la Guerra de la Independencia. Un representante de la Regencia acudió para recibirle con el texto de la Constitución. Pero el monarca recibió también presiones por parte de altos oficiales del ejército, de la Iglesia y de políticos conservadores (como el Manifiesto de los Persas ) para anular la Constitución de 1812 y disolver las Cortes, ahora en Madrid. Clasificación del texto: es el llamado Manifiesto de los Persas, una fuente histórica primaria, con temática de naturaleza política y carácter privado (tipo de texto), elaborado por 69 diputados absolutistas (autores) en Madrid el 12 de abril de 1814 (lugar y fecha) y que lo presentaron al rey Fernando VII (destinatario) cuando llegó a Valencia cuatro días después. Pretendían la restauración del absolutismo (finalidad). Análisis: el texto consta de cuatro párrafos que contienen estos términos e ideas fundamentales: - El 1 er párrafo expone el problema y habla de seis años de cautividad, aludiendo a la ocupación francesa. - El 2º y 3 er párrafos se refieren a la monarquía absoluta y su justificación frente al liberalismo. - En el 4º párrafo se pide la anulación de la Constitución (ley fundamental -régimen liberal-) y de las Cortes de Cádiz (no estamentales) y la recuperación de las basadas en la ley antigua (cortes estamentales). Comentario: en el Manifiesto los diputados absolutistas exponen a Fernando VII una visión negativa de los sucesos acaecidos durante lo que ellos llaman los seis años de cautividad, en los que España ha estado inmersa en la Guerra de Independencia y su rey Fernando VII retenido en Francia; y los comparan con una supuesta costumbre del pueblo persa (de ahí el nombre) de estar cinco días sin rey, durante los que se cometían todo tipo de atrocidades, que les hacía ver la necesidad de tener una autoridad fuerte. Frente al liberalismo, los firmantes reivindican el absolutismo, cuya concentración de poder podía suponer la forma de gobierno más eficaz, exponiendo una serie de justificaciones: - Por ser una doctrina subordinada a la ley divina y a las leyes tradicionales, que dan estabilidad al sistema. - En su origen, fue establecida por consentimiento de los demás hombres, que deciden dotarse de una autoridad (idea pactista -Hobbes-) o por derecho de conquista. - La autoridad que supone la opinión de los más sabios, como la mejor forma de gobierno, en la que el hombre no es menos libre que en una república o en una tiranía. - Los firmantes del Manifiesto identifican la monarquía absoluta con el orden y la obediencia y por ello el poder del rey ha de ser ilimitado A lo largo del documento se ataca la obra legislativa de las Cortes de Cádiz y la Constitución, identificándola con la revolución, y con la anarquía y el caos, y es por eso, que querían influir en el rey para que no jure la Constitución, restaure la monarquía absoluta, y recupere las instituciones tradicionales como las Cortes basada en la ley antigua; es decir unas Cortes con representación estamental. Valoración: El Manifiesto es una declaración de intenciones, de apoyo al rey para la vuelta al absolutismo, en la línea del despotismo ilustrado, lo que constituyó el fracaso del primer intento liberal en España. b) La obra del gobierno absolutista. Fernando VII aceptó la propuesta de los absolutistas y el 4 de mayo de 1814 dio un golpe de Estado al promulgar en Valencia un decreto que anulaba todas las reformas aprobadas en las Cortes, incluida la Constitución de Al decreto siguió la detención de los políticos liberales más importantes y la disolución de las Cortes por la fuerza. Numerosos liberales tuvieron que exiliarse huyendo de la persecución. Historia de España. 2º Bachillerato. Crisis del Antiguo Régimen 14

15 Finalmente, Fernando VII entró en Madrid aclamado por sus súbditos y procedió a restablecer las instituciones de 1808: se restauraron los consejos y la Inquisición, la jurisdicción señorial y sus privilegios, así como la organización gremial, y se suspendió la desamortización emprendida en c) Problem as d e la m onar quía ab solutista. Una gran inestabilidad en el Gobierno. Los ministros eran relevados continuamente, en especial el de Hacienda, debido a la influencia de la camarilla del rey y la incapacidad de gobernar con un sistema político obsoleto. Una crisis en la Hacienda estatal. La deuda del Estado, problema secular, se agravó con la Guerra de la Independencia. A ello se unió el proceso de emancipación de la América española, que privaba a la Corona de unos ingresos fundamentales. Además, resultaba imposible imponer un sistema tributario que garantizara al Estado los ingresos necesarios sin alterar los privilegios económicos y sociales de los diferentes grupos. La oposición política liberal. Al no poder expresarse públicamente, los liberales recurrieron a la conspiración, canalizada a través de sociedades secretas como la masonería; y a la rebelión militar, manifestada en los pronunciamientos, que serán una constante del siglo XIX. Tras varias sublevaciones fracasadas, la protagonizada por el oficial Rafael del Riego en Las Cabezas de San Juan (Sevilla) en enero de 1820, cuando se habían concentrado en Andalucía tropas para embarcar con destino a América, triunfó gracias al respaldo de la burguesía liberal gaditana y a que en otras localidades se produjeron insurrecciones militares que la secundaron (La Coruña, Zaragoza, Barcelona). 2. El Trienio Liberal ( ). a) El programa d el Gob ier no liber al. Tras el pronunciamiento de Riego, Fernando VII, firmó un decreto en marzo de 1820 en el que prometía jurar la Constitución de Se inició así el Trienio Liberal, una etapa de Gobierno en la que se intentaron aplicar las reformas aprobadas por las Cortes de Cádiz: Supresión definitiva del Tribunal de la Inquisición y la abolición del régimen señorial. Se reemprendió la desamortización, aplicándola a los mayorazgos, que fueron suprimidos. Se abordó una reforma eclesiástica para reducir el número de monasterios y órdenes religiosas; los bienes de las órdenes eliminadas se nacionalizaron y se vendieron; y el diezmo se redujo a la mitad. Se aprobó el Reglamento General de Instrucción Pública (primera legislación sobre enseñanza en España) y el primer Código Penal español. b) La división d el lib eralismo. Los liberales gobernaban y disponían de una milicia armada, pero empezaron a dividirse en dos facciones: Los liberales moderados o doceañistas, entre ellos Francisco Martínez de la Rosa, eran partidarios de aplicar las medidas aprobadas por las Cortes de Cádiz. Los liberales exaltados reivindicaban reformas más radicales. Fueron los organizadores de la revolución de 1820 y lideraron los primeros movimientos urbanos de signo liberal. Entre ellos figuraban el propio Riego y Juan Álvarez Mendizábal. Al mismo tiempo nacía la opinión pública. Las libertades constitucionales permitían el debate sobre la acción del Gobierno, canalizado a través de las sociedades patrióticas, que se reunían en los cafés y tenían como medio de expresión la prensa política. También se popularizaron canciones como el Trágala y el Himno de Riego. c) La oposición al régimen liber al. Durante este periodo surgió una oposición conservadora (absolutistas o realistas) al régimen liberal. El rey, cuyos poderes estaban limitados por la Constitución, se enfrentó a sus ministros y a las Cortes en varias ocasiones. Un sector del Ejército y de las élites del Antiguo Régimen lo apoyaban, al considerarlo cautivo de los liberales. La mayor parte del clero se oponía también a las reformas y a la desamortización; y el campesinado no simpatizaba con el liberalismo porque percibía que favorecía a los terratenientes y convertía a los labradores en simples asalariados. La contrarrevolución realista se manifestó en diversas rebeliones militares urbanas y en la organización de una guerra de guerrillas rural, muy activa en las zonas montañosas de Cataluña, País Vasco y Navarra. Pero el Gobierno constitucional fue derrocado por la intervención extranjera solicitada por Fernando VII y acordada por varios países en el Congreso de Verona. Francia organizó la expedición conocida como los Cien Mil Hijos de San Luis, que penetró en España en abril de 1823 y obligó al Gobierno a capitular. El segundo periodo de Gobierno liberal en España volvía a fracasar. Historia de España. 2º Bachillerato. Crisis del Antiguo Régimen 15

16 3. La Década Absolutista ( ). a) Las medidas reformistas del gobierno durante la Ominosa Década. La Década Absolutista, que los liberales denominaron Ominosa, restableció las instituciones de la monarquía absoluta; no obstante, incorporó algunos cambios en la organización del Estado y cierta modernización de la Administración, que realizó algunas medidas reformistas: Se instituyó el Consejo de Ministros como gobierno de la Corona, y se creó el ministerio de Fomento, destinado a promover la economía del país, que después de casi dos décadas comenzó a despegar. El Ministerio de Hacienda elaboró por primera vez en la historia de España, los presupuestos generales del Estado, y llevó a cabo una moderada liberalización económica. Se elaboró el Código de comercio (1829), y se creó el Banco Real de San Fernando (1829), heredero del Banco de San Carlos, y la Bolsa de Madrid (1831). Las medidas de represión contra los liberales fueron muy duras. Comenzaron a funcionar juntas de depuración para anular los nombramientos en la Administración realizados por los gobiernos anteriores, y se creó el cuerpo de los Voluntarios Realistas, una alternativa a la Milicia Nacional. Los liberales más significativos se exiliaron al extranjero, especialmente al Reino Unido; y, otros, fueron ejecutados, como Riego y el Empecinado (ahorcados), Mariana Pineda (garrote vil) y el general Torrijos (fusilado, como refleja la imagen). Identificación: - Tipo de imagen: pintura al óleo. - Tema: el fusilamiento de Torrijos, de naturaleza política e historicista (representa un tiempo pasado). - Autor: Antonio Gisbert, pintor de finales del siglo XIX, que por el tema representado, debió ser de tendencia política progresista. - Destinatario: el pueblo, pues el tema tiene carácter de difusión de la heroicidad de estos liberales. - Lugar y fecha del hecho representado: las playas de Málaga durante la Década Ominosa. Contexto: el fracaso del Trienio Liberal y la vuelta del absolutismo expuestos en el punto anterior, que trajeron una fuerte represión contra los liberales. Descripción de la imagen: el plano central resalta la importancia en la representación de los liberales que van a ser fusilados, frente a los soldados esperando el siguiente fusilamiento, que aparecen en un segundo plano. En el primer plano están los fusilados (como los fusilamientos de Goya). Comentario: el general Torrijos, general y ministro exiliado tras el fracaso del Trienio Liberal, en su vuelta a España fue traicionado y condenado a muerte. En la escena que representa el fusilamiento en las playas de Málaga, Torrijos coge de las manos a sus dos compañeros, a uno le están vendando los ojos un fraile, mientras otro le reza las oraciones últimas; otros con la mirada baja, pero en todos se aprecia la dignidad propia de los héroes. Torrijos como última voluntad pidió que no se le vendaron los ojos y que pudiera mandar abrir fuego al pelotón de fusilamiento, significando el valor del personaje principal. Valoración y significación histórica: este cuadro, al margen de su valor estético, tenía como función inmortalizar un hecho, exaltando la valentía y la defensa de la libertad de estos liberales, y condenar la represión y la violencia practicadas por el régimen absolutista de Fernando VII. b) La aparición de los carlistas y la muerte de Fernando VII. La oposición más beligerante contra los gobiernos de esta etapa no provino de los liberales, sino de los partidarios de un régimen absolutista total. Estos realistas exaltados se convirtieron en carlistas a causa del pleito desencadenado por la sucesión de Fernando VII. El hermano del rey, Carlos María Isidro, había sido el heredero al trono hasta el nacimiento en 1830 de su sobrina Isabel. Poco antes de su nacimiento, Fernando VII publicó la Pragmática Sanción, aprobada por Carlos IV en 1789, anulando la Ley Sálica establecida por Felipe V y restaurando el sistema de sucesión tradicional, en el que las hembras tenían preferencia sobre los varones de parentesco más lejano. Los carlistas consideraron esta decisión el resultado de una conspiración liberal y, en 1832, aprovechando la enfermedad del rey, presionaron para que reinara Carlos María Isidro. La reina María Cristina, se hizo cargo del Gobierno y decretó una amnistía que permitía el regreso de los liberales moderados exiliados. Fernando VII falleció en 1833, dejando una hija de tres años, y una España dividida con una Guerra Civil o Primera Guerra Carlista ( ) entre los partidarios de Carlos María Isidro (carlistas absolutistas) y los de la reina y su hija Isabel (isabelinos liberales). Historia de España. 2º Bachillerato. Crisis del Antiguo Régimen 16

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