Guía Informativa Nº 2. Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados Parte del Mercosur, Bolivia y Chile.
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- María Antonia Piñeiro Alvarado
- hace 8 años
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1 Guía Informativa Nº 2 Estado Plurinacional de Bolivia Ministerio de Gobierno Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados Parte del Mercosur, Bolivia y Chile MIGRACION Sólo quejas y denuncias migracion.bolivia@mingobierno.gob.bo migracion.comunicacion@gmail.com
2 INDICE Guía Informativa Nº 2 Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados Parte del Mercosur, Bolivia y Chile Publicación de la Dirección General de Migración Av. Camacho casi esq. Bueno Telf.: (591-2) La Paz - Bolivia Lic. Cosset Estenssoro Torricos Directora General de Migración Elaboración Jefatura de Comunicación y Relaciones Públicas Diseño y Composición: Yecid J. Miranda Aparicio Responsable del Área de Comunicaciones Enero 2013 Qué es el Mercosur? - Estados Asociados - Actualidad del Mercosur - Bolivia en el Mercosur Normas de la ciudadana y ciudadano del Mercosur - Circulación de personas - Cooperación consular - Educación - Facilidades en la frontera Viajar por países del Mercosur Hacer turismo por países del Mercosur - Bolivia Acuerdo sobre Residencia para nacionales de los Estados Parte del Mercosur, Bolivia - Chile - Objeto - Ámbito de Aplicación - Normas generales sobre entrada y permanencia Derecho de los Inmigrantes y de los miembros de sus familias con la obtención de la residencia legal - Igualdad de Derechos Civiles - Reunión Familiar - Derecho a transferir remesas - Derecho de los hijos de los migrantes - Trato igualitario con nacionales Promoción de medidas relativas a condiciones legales de migración y empleo en las partes
3 Requisitos para acceder a la Residencia en Bolivia - Requisitos para residencia temporal de dos años - Mercosur - Requisitos para Residencia Permanente Mercosur Direcciónes de Migración a nivel nacional QUÉ ES EL MERCOSUR? Es un proceso de integración regional creado en 1991 por Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay como instrumento para ayudar y facilitar la integración de las economías de los países miembros con el resto del mundo. El MERCOSUR tiene por objetivo consolidar la integración política, económica y social entre los países que lo integran, fortalecer los vínculos entre los ciudadanos de los países miembros, a fin de mejorar su calidad de vida, incorporando en su marco al sector productivo para incrementar su competitividad a nivel regional e internacional. 4 El Mercado Común implica la libre circulación de bienes, servicios y factores productivos; el establecimiento de un arancel externo común; la adopción de una política comercial común; la coordinación de políticas macroeconómicas y sectoriales y la armonización de legislaciones nacionales para lograr el fortalecimiento del proceso de integración. 5
4 Estados Asociados Con el propósito de afianzar las relaciones con los países de América latina, el MERCOSUR ha suscripto acuerdos de libre Comercio con el estado Plurinacional de Bolivia (1996), la República de Chile (1996), la República del Perú (2003), la República de Colombia (2004), la República de Ecuador (2004) y la República Bolivariana de Venezuela (2004), países que revisten por tal motivo el carácter de estados asociados. Actualidad del MERCOSUR En el marco de la consolidación del proceso de integración latinoamericana, con fecha 4 de julio de 2006, se aprobó el Protocolo de adhesión de la república Bolivariana de Venezuela al MERCOSUR, lo que motiva un proceso de transformación de país asociado a estado Parte del MERCOSUR. En la reunión efectuada el 30 de julio de 2012 en Brasilia, los países plenos determinaron entonces dar el visto bueno a la fina incorporación de Venezuela como miembro pleno, la cual se hizo efectiva el 12 de agosto de Bolivia en el Mercosur Bolivia dio el primer gran paso, el 7 de diciembre de 2012, para convertirse en el sexto miembro pleno del Mercosur al firmar el protocolo de adhesión al bloque que integran Argentina, Brasil, Uruguay, Venezuela y Paraguay (suspendido desde junio de 2012 mientras no se reponga el orden democrático establecido). En la declaración final de la cumbre realizada en Brasilia, el bloque expresó su gran satisfacción con la firma del Proceso de Adhesión del Estado Plurinacional de Bolivia al Mercosur, que contribuye para todo el proceso de integración de Sudamérica. Nos hemos convencido de que no es tan importante depender de los mercados de Europa, China o Norteamericano; es importante ampliar el mercado regional, es la mejor garantía para evitar cualquier crisis económica financiera que pueda venir de otros continentes. Por eso saludamos nuestra adhesión al Mercosur. Evo Morales Ayma Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia. El protocolo suscrito indica que Bolivia ya pasa a ser miembro con voz en las cumbres del Mercosur, aunque no con voto, el cual tendrá una vez que se complete el proceso de adhesión. La adhesión se procesará en un plazo de hasta cuatro años. Ecuador también ha sido invitado a adherir al Mercosur, analiza la posibilidad y el primer trimestre del 2013 podría tomar una decisión al respecto. El Mercosur es también un proyecto político, social y cultural que busca integrar a sus ciudadanos y fortalecer las capacidades de los estados miembros desde un enfoque regional. Ref.: 6 7
5 COOPERACION CONSULAR A fin de que todo ciudadano del MERCOSUR pueda acceder a la protección y asistencia consular en el mayor número de países posible, se aprobó un mecanismo de cooperación según el cual los nacionales del MERCOSUR, Bolivia y Chile que se encuentren en el territorio de terceros Estados que no cuenten con representación diplomática o consular de su país, pueden solicitar esa representación a los restantes países mencionados. En la actualidad, dicha asistencia consiste en: a) permitir la utilización de la dirección postal de la oficina consular para la recepción de la correspondencia privada del ciudadano, b) brindar orientaciones en materia de asistencia médica y jurídica, c) brindar asistencia humanitaria en el caso de personas accidentadas o en situaciones de emergencia, informando al respecto a las autoridades del País de origen del ciudadano, d) informar a las autoridades del País de origen del ciudadano en casos de accidentes, prisión, fallecimientos o catástrofes y e) auxiliar en la localización de ciudadanos del MERCOSUR. 8 NORMAS DE LA CIUDADANA Y CIUDADANO DEL MERCOSUR CIRCULACIÓN DE PERSONAS Teniendo en cuenta que la evolución progresiva de la integración implica un espacio regional donde puedan circular libremente los ciudadanos y residentes de los Estados Partes, el MERCOSUR ha adoptado, desde 1991, normas destinadas a garantizar la mayor fluidez en el tránsito de sus ciudadanos en la región. La asistencia también puede involucrar colaboración en la obtención de documentos de viaje, en coordinación con las autoridades del País de origen del ciudadano. EDUCACIÓN La educación tiene una importancia fundamental en el MERCOSUR para el desarrollo de los Estados que lo integran, contribuyendo a superar los desafíos planteados por el avance científico y tecnológico así como la transformación productiva. Por medio de este Protocolo, los Países del MERCOSUR: Reconocen los estudios de educación primaria y media no técnica completos o incompletos cursados en un Estado Parte a fin de permitir la continuación de los mismos en cualquiera de los otros. Otorgan validez a los certificados expedidos por las instituciones oficialmente reconocidas por cada país en las mismas condiciones que el país de origen establece para los cursantes o egresados de dichas instituciones. Reconocen los estudios de nivel medio técnico completos o incompletos cursados en un Estado Parte a fin de permitir la continuación de los mismos en cualquiera de los otros Estados Partes. Otorgan validez a los certificados expedidos por las instituciones oficialmente reconocidas por cada país en las mismas condiciones que el país de origen establece para los cursantes o egresados de dichas instituciones. Establecen que la institución que revalidará el certificado proporcionará un módulo informativo complementario sobre las leyes y normas vigentes en ese país para el ejercicio de la profesión correspondiente. 9
6 Reconocen los títulos universitarios de grado otorgados por las universidades reconocidas de cada país al sólo efecto de la prosecución de estudios de postgrado. Consideran títulos de grado los obtenidos en cursos con un mínimo de cuatro años o dos milsetecientas horas cursadas. Acuerdan que el ingreso se regirá por los mismos requisitos de admisión aplicados a los estudiantes nacionales. FACILIDADES EN LA FRONTERA Es interés de los Estados Partes del MERCOSUR acelerar el proceso de facilitación del tránsito de personas y del comercio, por considerarlo un avance importante en el proceso de integración. VIAJAR POR PAÍSES DEL MERCOSUR Los Estados Partes del MERCOSUR están caracterizados por innumerables variedades geográficas y poseen como principales atractivos el clima agradable y paisajes sorprendentes. Debido a su gran diversidad cultural, esos países son el escenario de fiestas populares y manifestaciones artísticas únicas. Durante todo el año brindan diversas opciones de entretenimiento a los visitantes, con la promesa de satisfacer todos los gustos. Cada vez más, turistas de todo el mundo deciden viajar por el Mercosur, atraídos por sus incontables bellezas y por la hospitalidad de su población. Prevé una progresiva simplificación de los procedimientos administrativos y operacionales de comercio exterior tendientes a agilizar el intercambio entre los Estados Partes e implementar las áreas de control integrado. HACER TURISMO POR PAÍSES DEL MERCOSUR - BOLIVIA - Las ciudadanas y ciudadanos del MERCOSUR tenemos derecho a ingresar a otro país miembro, en calidad de turistas, sin necesidad de visa ni pasaporte. Nota: Las Normas citadas guía sirven de referencia complementaria para fines informativos de la presente Guía, puede encontrar la totalidad del documento en la sifuiente dirección: Se considera turista a la persona que no realizará actividades remuneradas o lucrativas y que permanecerá por un tiempo sin interés de residencia en el país del MERCOSUR que visita. 11
7 Como ciudadana o ciudadano perteneciente a los estados parte y asociados, tienes derecho a viajar por los países del MERCOSUR con sólo presentar tu documento de identidad. Como Turista del MERCOSUR en Bolivia tienes DERECHO a: Ingresar a Bolivia sin ningún costo. Ser admitido por un período de hasta 30 días (prorrogables por dos períodos iguales y previa solicitud hasta 180 días) sin tener que someterte a controles adicionales. Recibir los mismos derechos que las y los ciudadanos nacionales. Como Turista del MERCOSUR en Bolivia tienes el DEBER de: Presentar tu documento de identidad (Cédula de Identidad o Pasaporte) para el registro migratorio. Llenar y llevar siempre contigo la Tarjeta Andina de Migraciones (TAM), que te será entregada al momento de ingresar a cualquier país miembro o asociado del MERCOSUR. La tarjeta -TAM- es de uso obligatorio para el ingreso y salida de Bolivia. Como Residente del MERCOSUR en Bolivia tienes DERECHO a: Recibir trato similar e igualdad de oportunidades que los ciudadanos nacionales. No ser discriminado por razones de nacionalidad, raza, sexo, credo, condición social u orientación sexual (Ley 045 Contra el racismo y toda forma de discriminación). La libre movilidad y establecimiento como trabajador bajo relación de dependencia, incluyendo los miembros de tu familia. Tener libre acceso a las instancias administrativas y judiciales para ejercer y defender tus derechos. Como Residente del MERCOSUR en Bolivia tienes el DEBER de: Registrarte como Trabajador MERCOSUR ante la dependencia correspondiente del Ministerio de Trabajo de Bolivia una vez que hayas suscrito tu contrato de trabajo. Realizar el trámite de la Cédula de Identificación para Extranjero 25 días hábiles después de obtener tu residencia. Nota.- En caso de extravío de la Tarjeta Andina de Migraciones deberás realizar la denuncia en oficinas de la Policía Turística y acudir con la denuncia a las oficinas de Migración del departamento donde te encuentres con un comprobante de viaje (pasajes de bus, boletos de avión) para proceder a su reposición
8 ACUERDO SOBRE RESIDENCIA PARA NACIONALES DE LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR BOLIVIA - CHILE El Acuerdo sobre Residencia para los Nacionales de los Estados Parte del Mercosur, Bolivia y Chile, fue suscrito en en Brasilia el 6 de diciembre de 2002, sancionada el Junio 9 de 2004, promulgada de Hecho en Julio 13 de 2004 y vigente desde el 28 de julio de A este Acuerdo pertenecen: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay. En el año 2011, Ecuador y Perú se adhirieron al Acuerdo sobre Residencia para los Nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR. La última adhesión fue la de Colombia a mediados de El Acuerdo establece los siguientes artículos *: OBJETO Los nacionales de un Estado Parte que deseen residir en el territorio de otro Estado Parte podrán obtener una residencia legal en este último, de conformidad con los términos de este Acuerdo, mediante la acreditación de su nacionalidad y presentación de los requisitos previstos. El Acuerdo se aplica a: ÁMBITO DE APLICACIÓN 1) Nacionales de una Parte, que deseen establecerse en el territorio de la otra, y que presenten ante la sede consular respectiva su solicitud de ingreso al país y la documentación que se determina en el articulado siguiente; 2) Nacionales de una Parte, que se encuentren en el territorio de otra Parte deseando establecerse en el mismo, y que presenten ante los servicios de migración su solicitud de regularización y la documentación que se determina en el articulado siguiente. Este procedimiento se aplicará con independencia de la condición migratoria con la que hubiera ingresado el peticionante al territorio del país de recepción, e implicará la exención del pago de multas u otras sanciones más gravosas. NORMAS GENERALES SOBRE ENTRADA Y PERMAMENCIA 1. Las personas que hayan obtenido su residencia tienen derecho a entrar, salir, circular y permanecer libremente en territorio del país de recepción, previo al cumplimiento de las formalidades previstas por éste y sin perjuicio de restricciones excepcionales impuestas por razones de orden público y seguridad pública. * Los artículos mencionados sirven de referencia para fines informativos y en relación al objetivo de la presente guía, puede encontrar el documento en su totalidad en la página web - secretaria@mercosur.org.uy Asimismo, tienen derecho a acceder a cualquier actividad, tanto por cuenta propia, como por cuenta ajena, en las mismas condiciones que los nacionales de los países de recepción, de acuerdo con las normas legales de cada país. 15
9 DERECHOS DE LOS INMIGRANTES Y DE LOS MIEMBROS DE SUS FAMILIAS CON LA OBTENCIÓN DE LA RESIDENCIA LEGAL IGUALDAD DE DERECHOS CIVILES Los nacionales de las Partes y sus familias que hubieren obtenido residencia en los términos del presente Acuerdo gozarán de los mismos derechos y libertades civiles, sociales, culturales y económicas de los nacionales del país de recepción, en particular el derecho a trabajar; y ejercer toda actividad lícita en las condiciones que disponen las leyes; peticionar a las autoridades; entrar, permanecer, transitar y salir del territorio de las Partes; asociarse con fines lícitos y profesar libremente su culto, de conformidad a las leyes que reglamenten su ejercicio. REUNIÓN FAMILIAR A los miembros de la familia que no ostenten la nacionalidad de uno de los Estados Partes, se les expedirá una residencia de idéntica vigencia de aquella que posea la persona de la cual dependan, siempre y cuando presenten la documentación establecida y no posean impedimentos. DERECHO A TRANSFERIR REMESAS Los inmigrantes de las Partes, tendrán derecho a transferir libremente a su país de origen, sus ingresos y ahorros personales, en particular los fondos necesarios para el sustento de sus familiares, de conformidad con la normativa y la legislación interna en cada una de las Partes. DERECHO DE LOS HIJOS DE LOS MIGRANTES Los hijos de los inmigrantes que hubieran nacido en el territorio de una de las Partes tendrán derecho a tener un nombre, al registro de su nacimiento y a tener una nacionalidad, de conformidad con las respectivas legislaciones internas. Los hijos de los inmigrantes gozarán en el territorio de las Partes, del derecho fundamental de acceso a la educación en condiciones de igualdad con los nacionales del país de recepción. El acceso a las instituciones de enseñanza preescolar o a las escuelas públicas no podrá denegarse o limitarse a causa de la circunstancial situación irregular de la permanencia de los padres
10 TRATO IGUALITARIO CON NACIONALES Los inmigrantes gozarán en el territorio de las Partes, de un trato no menos favorable que el que reciben los nacionales del país de recepción, en lo que concierne a la aplicación de la legislación laboral, especialmente en materia de remuneraciones, condiciones de trabajo y seguros sociales. c) Mecanismos para la detección y penalización de personas individuales u organizaciones que lucren con los movimientos ilegales o clandestinos de trabajadores inmigrantes, cuyo objetivo sea el ingreso, la permanencia o el trabajo en condiciones abusivas de estas personas o de sus familiares; d) Las Pares intensificarán las campañas de difusión e información pública, a fin de que los potenciales migrantes conozcan sus derechos. PROMOCIÓN DE MEDIDAS RELATIVAS A CONDICIONES LEGALES DE MIGRACIÓN Y EMPLEO EN LAS PARTES Las Partes establecerán mecanismos de cooperación permanente tendientes a impedir el empleo ilegal de los inmigrantes en el territorio de la otra, a cuyo efecto adoptarán entre otras, las siguientes medidas: a) Mecanismos de cooperación entre los organismos de inspección migratoria y laboral, destinados a la detección y sanción del empleo ilegal de inmigrantes; REQUISITOS PARA ACCEDER A LA RESIDENCIA EN BOLIVIA Las ciudadanas y ciudadanos del MERCOSUR podemos trabajar, estudiar o residir en cualquier país miembro o asociado con los mismos derechos de un ciudadano nacional cumpliendo los requisitos para los trámites (según cada país). En Bolivia, según el Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados Parte del Mercosur, puedes realizar trámites para Residencia Temporal de 2 años o Residencia Permanente que te permite trabajar, estudiar o residir cumpliendo los siguientes requisitos: b) Sanciones efectivas a las personas físicas o jurídicas que empleen nacionales de las Partes en condiciones ilegales. Dichas medidas no afectarán los derechos que pudieran corresponder a los trabajadores inmigrantes, como consecuencia de los trabajos realizados en estas condiciones; 18 19
11 REQUISITOS PARA RESIDENCIA TEMPORAL DE DOS AÑOS - MERCOSUR El o la peticionante deberá presentar los siguientes documentos: a) Pasaporte valido y vigente o cédula de identidad o certificado de nacionalidad expedido por agente consular del país de origen del o la peticionante acreditado en Bolivia; b) Partida o Certificado de Nacimiento; c) Certificado de Matrimonio si corresponde; d) Certificado de Naturalización si corresponde; e) Certificado que acredite carencia de antecedentes judiciales y/o penales y/o policiales en el país de origen o en los que hubiera residido el o la peticionante durante los últimos cinco años anteriores a su arribo al país o su petición ante Consulado de su país de origen en Bolivia, según sea el caso. f) Declaración Jurada de carencia de antecedentes internacionales penales y policiales ante la Dirección General de Migración; a través de la aplicación del Formulario de Declaración Jurada emitido por la Dirección General de Migración. g) Certificado que acredite la carencia de antecedentes penales del o la peticionante que hubiera habitado en el país por cinco (5) años o más y que presenta ante la Dirección General de Migración, su solicitud de regularización, emitido por el Órgano Judicial de Bolivia- Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP) a nivel nacional. h) Constancia del pago de la tasa, a través del valorado denominado Residencia Temporal de 2 años para Nacionales de Estados Parte y Asociados del MERCOSUR. Valorada correspondiente: Bs. 912,00 CO-82-RTMERCOSUR2 Pago en cuenta recaudadora del Ministerio de Gobierno y TGE Agencias del Banco Unión LP y Sta. Cruz En el caso de peticionante que requieran antecedentes judiciales, penales y/o policiales del lugar donde hayan residido los últimos cinco años a través del Consulado de ese país en Bolivia, deberán acatar las normas y reglamentaciones de ese país para la obtención del mencionado certificado. Los certificados que acrediten carencia de antecedentes judiciales y/o penales y/o policiales deben ser de carácter nacional o federal, según sea el caso
12 REQUISITOS PARA RESIDENCIA PERMANENTE - MERCOSUR - El peticionante podrá obtener la Residencia Permanente, presentándose ante la Dirección General de Migración a nivel nacional, 90 días antes del vencimiento de la Residencia Temporal de 2 años, adjuntando los siguientes requisitos: a) Constancia de residencia Temporal de 2 años conforme a los términos del Acuerdo sobre residencia MERCOSUR; b) Pasaporte valido y vigente o cédula de identidad o certificado de nacionalidad expedido por el Agente Consular del país de origen del o la peticionante acreditado en Bolivia; c) Certificado que acredítela carencia de antecedente penales del peticionante emitido por el Órgano Judicial de Bolivia Antecedente Penales (REJAP), a nivel nacional; d) Contrato de trabajo o acreditación de medios de vida lícitos que permitan la subsistencia del peticionante y su grupo familiar conviviente; e) Constancia del pago de la tasa, a través del valorado denominado Residencia Permanente para Nacionales de Estados Parte y Asociados del MERCOSUR. Valorada correspondiente: Bs. 912,00 CO-83-RPMERCOSUR Pago en cuenta recaudadora del Ministerio de Gobierno y TGE Agencias del Banco Unión LP y Sta. Cruz Direcciones de Migración a nivel nacional OFICINA CENTRAL La Paz: Av. Camacho N Zona Central Central Telefónica (591) OFICINAS DISTRITALES Cochabamba: Av. Ballivián No. 722 entre calles La Paz y Oruro Teléfono: (591) Fax:(591) Tarija: Calle Ingavi esquina Rojas No. 789 Barrio El Molino Teléfono: (591) Fax: (591) Sucre: Calle Bustillos No. 284 Zona Central Teléfono: (591) Fax: (591) Potosí: Calle Calama No. 118 Teléfono:(591) Fax:(591) Santa Cruz: Av. Omar Chavez Ortiz esq. Ana Barba Teléfono: (591) Fax: (591) Beni: Av. Los Tajibos Nº 263 Tel/fax: (591) Pando: Av. Internacional Módulo Fronterizo No. 567 Teléfono:(591) Fax:(591) Oruro: Calle Soria Galvarro No Edif. Asunta Teléfono: (591) Fax: (591)
13 Dirección General de Migración C. Camacho casi esq. Bueno Nº 1480 Telf.: (591-2) La Paz - Bolivia
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