ESTADOS UNIDOS - MEDIDAS QUE AFECTAN A LAS BEBIDAS ALCOHOLICAS Y DERIVADAS DE LA MALTA

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1 16 de marzo de INTRODUCCION ESTADOS UNIDOS - MEDIDAS QUE AFECTAN A LAS BEBIDAS ALCOHOLICAS Y DERIVADAS DE LA MALTA Informe del Grupo Especial adoptado el 19 de junio de 1992 (DS23/R - 39S/242) 1.1 El 7 de marzo y el 16 de abril de 1991, el Canadá celebró consultas con los Estados Unidos de conformidad con el párrafo 1 del artículo XXIII sobre las medidas relativas a la cerveza, el vino y la sidra importados. Como en las consultas no se llegó a una solución mutuamente satisfactoria de estas cuestiones, el Canadá solicitó el establecimiento de un grupo especial del GATT al amparo de lo dispuesto en el párrafo 2 del artículo XXIII para que examinara el asunto (documento DS23/2, de 12 de abril de 1991). 1.2 En su reunión de los días 29 y 30 de mayo de 1991, el Consejo acordó establecer un grupo especial y autorizó a su Presidente a designar al Presidente y a los miembros del Grupo Especial, previa consulta con las partes interesadas (C/M/250, página 41). 1.3 El mandato dado al Grupo Especial fue el siguiente: "Examinar a la luz de las disposiciones pertinentes del Acuerdo General, el asunto sometido a las PARTES CONTRATANTES por el Canadá en el documento DS23/2 y formular conclusiones que ayuden a las PARTES CONTRATANTES a hacer recomendaciones o resolver sobre la cuestión, conforme a lo dispuesto en el párrafo 2 del artículo XXIII." Las partes convinieron posteriormente en que se incluyera en el citado mandato una referencia a los documentos DS23/1, DS23/2 y DS23/3 (DS23/4). 1.4 En virtud de la autorización del Consejo y después de conseguir el acuerdo de las partes interesadas, el Presidente del Consejo decidió que la composición del Grupo Especial sería la que se indica a continuación (DS23/4): Presidente: Sr. Julio Lacarte-Muró Miembros: Sra. Yvonne Choi Sr. Ernst-Ulrich Petersmann 1.5 El Grupo Especial celebró reuniones con las Partes los días 1 y 2 de octubre y 2 de diciembre de El Grupo Especial oyó a las delegaciones de Australia, la CEE y Nueva Zelandia el 2 de octubre de 1991, y presentó su informe a las Partes en la diferencia el 7 de febrero de ELEMENTOS DE HECHO 2.1 La estructura reglamentaria actual del mercado estadounidense de bebidas alcohólicas surge de la derogación de la Decimoctava Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, por la que se había establecido el régimen de prohibición. La Vigésimo primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, adoptada en 1933, derogó la Decimoctava Enmienda previendo además lo siguiente:

2 - 2 - "Por la presente Enmienda quedan prohibidos en todos los Estados, territorios y posesiones de los Estados Unidos el transporte y la importación de bebidas alcohólicas para entrega o uso en ellos de manera incompatible con las leyes de los mismos." Poco después, el Congreso aprobó la Ley Federal de Administración de Alcoholes que exige, entre otras cosas, que los mayoristas dispongan de un permiso federal de base y prohíbe que los proveedores tengan intereses en los establecimientos de venta al por menor y realicen muchas de las prácticas comerciales que antes del Régimen de Prohibición estaban relacionadas con el sistema de "tied house" (puntos de venta minoristas vinculados a un proveedor exclusivo). Además, el Gobierno Federal aplica impuestos especiales de consumo a las bebidas alcohólicas. 2.2 Cada uno de los Estados posee facultades legislativas y reglamentarias independientes y, en respuesta a la Vigésimo primera Enmienda, cada uno de ellos promulgó textos legales que establecen la base sobre la cual pueden venderse las bebidas alcohólicas. Además de regular la venta y distribución de las bebidas alcohólicas dentro de sus fronteras para el bien común, los Estados gravan con impuestos especiales de consumo dichas bebidas. Todos ellos han adoptado un triple sistema según el cual se mantienen independientes la producción, la distribución mayorista y la venta al por menor del alcohol. Algunos Estados hacen una excepción para las fábricas de cerveza y bodegas de su demarcación. Productos 2.3 Las medidas que el Grupo Especial tenía que examinar se aplican a la cerveza, el vino y la sidra. En el Código Fiscal de los Estados Unidos (Internal Revenue Code), de 1991, (subparte D, artículo 5052 del subtítulo E) se entiende por cerveza "las cervezas de todos los tipos (beer, ale, porter, stout) y otras bebidas fermentadas similares (con inclusión del producto similar saké) de cualquier nombre o descripción, que contengan un 0,5 por ciento o más de alcohol por volumen, elaboradas o producidas, en su totalidad o en parte, de malta o de cualquier sucedáneo de ella". La cerveza está clasificada en la partida arancelaria del Cuadro XX del Arancel de Aduanas de los Estados Unidos, con la designación "cerveza de malta" y el derecho a ella aplicable está consolidado al tipo de 1,6 centavos por litro. 2.4 El vino natural se define en el subtítulo E (artículo 5381) del Código Fiscal como "... el producto del jugo o mosto de uvas sanas y maduras, o de otro fruto sano y maduro, obtenido por los procesos de vinificación que puedan estar autorizados y cuyo contenido total de extractos sólidos sea superior al 21 por ciento en peso". El vino se clasifica en la partida arancelaria 2204, que tiene diversas subpartidas en función del tipo del vino, su contenido alcohólico y la capacidad del contenedor. Están consolidados los tipos arancelarios aplicados a todas las líneas arancelarias. 2.5 En el Código Fiscal, la sidra tiene consideración de vino. Las medidas fiscales vigentes para el vino en virtud de ese Código se aplican también a "todas las sidras excepto la producida con manzanas en lugares distintos de las bodegas bajo control aduanero y sin utilización de conservantes" (artículo 5042). La sidra se designa en el cuadro XX del Arancel de Aduanas de los Estados Unidos (partida ) como "sidra, sea o no espumosa" y el derecho que se le aplica está consolidado al tipo de 0,4 centavos por litro. El Canadá posee derechos de primer negociador respecto de esta concesión. 2.6 Las cuestiones que debía examinar el Grupo Especial se referían a las siguientes prácticas, federales y de los Estados, relativas a la cerveza, el vino y la sidra:

3 - 3 - Impuesto especial federal 2.7 En virtud de la Ley General de Reajuste del Presupuesto, de 1990, (denominada en adelante "la Ley") el impuesto especial de consumo aplicado a la cerveza pasó de 9 a 18 dólares por barril. Sin embargo, la Ley no modificó el tipo inferior vigente de 7 dólares por barril para los primeros barriles producidos por las fábricas de cerveza estadounidenses cuya producción anual no supere los 2 millones de barriles. De este tipo inferior no pueden beneficiarse las cervezas importadas. 2.8 En virtud de las disposiciones de la Ley se aumentaron también en 0,90 dólares por galón los impuestos especiales de consumo aplicados al vino, pero se introdujo por vez primera una bonificación para el vino procedente de los pequeños productores estadounidenses. En la Ley se prevé una bonificación de hasta 0,90 dólares por galón para el vino producido en determinadas bodegas de los Estados Unidos por productores estadounidenses cuya producción anual no supere los galones de vino. La bonificación se concede sobre la base de una escala móvil, en función de los niveles reales de producción. La bonificación máxima de 90 centavos por galón se concede para los primeros galones de vino destinados a consumo o a venta. La bonificación se reduce un 1 por ciento por cada galones en que la producción supere los galones en el año civil. A esta bonificación no tienen acceso los vinos importados. En la Ley se establece que la bonificación puede hacerse efectiva en el momento del pago del impuesto, como si aquélla constituyera una reducción del tipo de éste. 2.9 En virtud de la Ley se aumentó en 9 dólares por galón el impuesto especial de consumo aplicado al vino mantenido en existencias para venta. Sin embargo la Ley prevé que para el vino producido por los pequeños productores estadounidenses ese incremento fiscal se reduzca en la cuantía de la bonificación prevista para esos mismos pequeños productores, como antes se ha expuesto. El vino importado no es acreedor a ninguna reducción. Medidas fiscales especiales de los distintos Estados 2.10 Varios Estados prevén diferencias del impuesto especial de consumo basadas en la producción anual. Los Estados de Nueva York y Rhode Island, y el Commonwealth de Puerto Rico, conceden una exención del impuesto especial de consumo o un tipo inferior del mismo para una determinada cantidad de cerveza elaborada por las fábricas de sus respectivos territorios. En el Estado de Oregón, se aplica una exención del impuesto especial de consumo a una cantidad limitada del vino vendido por los productores estadounidenses cuya producción anual de bebidas alcohólicas sea inferior a galones En los Estados de Kentucky, Minnesota, Ohio y Wisconsin, se concede una bonificación del impuesto especial de consumo basada en la producción anual para determinadas cantidades de cerveza vendidas por fabricantes cuya producción anual no supere un nivel especificado. En Kentucky y Ohio, solamente tienen acceso a la bonificación las fábricas de cerveza de estos Estados En Alabama, Georgia, Nebraska y Nuevo México, el tipo del impuesto especial de consumo se basa en el origen del producto. Estos Estados prevén tipos impositivos inferiores, o una exención fiscal, para el vino producido por las bodegas de esos Estados o nacionales. Iowa aplica un impuesto especial de consumo en el nivel mayorista; solamente los "vinos locales" pueden venderse directamente al por menor y en el caso de ellos no se aplica ningún impuesto especial de consumo Michigan, Ohio y Rhode Island establecen el trato del impuesto especial de consumo sobre la base del empleo de ingredientes locales. En el Estado de Mississippi se aplica un tipo impositivo inferior a los vinos para cuya fabricación se utiliza una determinada variedad de uva.

4 El Estado de Pennsylvania concede una bonificación fiscal sobre la compra de equipo de producción de cerveza a las fábricas nacionales que no superen unas determinadas dimensiones En el cuadro 1 se resumen las distintas medidas relativas al impuesto especial de consumo, que aplican los diversos Estados.

5 - 5 - CUADRO 1. TIPOS DEL IMPUESTO ESPECIAL Y BONIFICACIONES FISCALES TIPO APLICADO AL ESTADO PRODUCTO PRODUCTO ELABORADO TIPO APLICADO AL CONDICIONES PARA LA APLICACION DEL FUERA DEL ESTADO/ PRODUCTO ELABORADO TIPO CORRESPONDIENTE AL PRODUCTO EXTRANJERO EN EL ESTADO ELABORADO EN EL ESTADO (dólares/unidad) (dólares/unidad) Diferencias impositivas basadas en la producción anual Nueva York cerveza 0,21/galón 0, primeros barriles elaborados y vendidos o utilizados en el Estado, por año y por distribuidor-fabricante cuya sede principal de dirección se halle en el Estado de Nueva York. Oregón vino 0,65/galón 0, primeros galones de bebida alcohólica vendidos anualmente en Oregón por cada productor estadounidense cuya producción anual de bebidas alcohólicas (vino) sea inferior a galones. Puerto Rico cerveza con el 1,80/galón de vino 1,25 La producción total de cerveza en al año 1,5% o más de anterior, incluida la de los productores alcohol afiliados, ha de ser inferior a 31 millones 1,85/galón de vino de galones de vino. Todos los productores en contenedores de puertorriqueños cuya producción en el año más de 5 galones no haya superado los 31 millones de galones de vino tienen acceso al tipo inferior, independientemente de la producción total de los productores afiliados. Rhode Island cerveza 3,00/barril 0, primeros barriles elaborados y distribuidos en Rhode Island.

6 - 6 - CUADRO 1. TIPOS DEL IMPUESTO ESPECIAL Y BONIFICACIONES FISCALES (Cont.) TIPO APLICADO AL ESTADO PRODUCTO PRODUCTO ELABORADO TIPO APLICADO AL CONDICIONES PARA LA APLICACION DEL FUERA DEL ESTADO/ PRODUCTO ELABORADO TIPO CORRESPONDIENTE AL PRODUCTO EXTRANJERO EN EL ESTADO ELABORADO EN EL ESTADO (dólares/unidad) (dólares/unidad) Bonificación fiscal basada en la producción anual Kentucky cerveza 2,50/barril Bonificación Para un máximo de barriles vendidos del 50% o distribuidos anualmente por fabricante de cerveza del Estado. Minnesota cerveza con el 2,40/barril Bonificación primeros galones para todos los 3,2% de alcohol de hasta fabricantes que reúnan las condiciones y o menos 4,60/barril cuya producción anual sea inferior a cerveza con más 4,60/barril barriles, independientemente del del 3,2% de lugar en que estén radicados. alcohol en peso Ohio cerveza 3,50/barril Bonificación Para un máximo de 9,3 millones de botellas/latas galones/año vendidos en el Estado por los de 12 onzas fabricantes de él cuya producción anual o menos 0,00125/onza sea inferior a 31 millones de galones. (capacidad) de más de 0,0075/6 onzas 12 onzas (capacidad) Wisconsin cerveza 2,00/barril Bonificación primeros barriles de cerveza local del 50% procedentes de productores cuya producción sea inferior a barriles.

7 - 7 - CUADRO 1. TIPOS DEL IMPUESTO ESPECIAL Y BONIFICACIONES FISCALES (Cont.) TIPO APLICADO AL ESTADO PRODUCTO PRODUCTO ELABORADO TIPO APLICADO AL CONDICIONES PARA LA APLICACION DEL FUERA DEL ESTADO/ PRODUCTO ELABORADO TIPO CORRESPONDIENTE AL PRODUCTO EXTRANJERO EN EL ESTADO ELABORADO EN EL ESTADO (dólares/unidad) (dólares/unidad) Tipo del impuesto basado en el origen del producto Alabama vino 0,45/galón 0,05/galón primeros galones anuales producidos en "bodegas locales" del Estado. Georgia vino de mesa 0,40/litro 0,11 Vino producido en el Estado. vino generoso 0,67/litro 0,27 Iowa vino 1,75/galón 1,75/galón El impuesto se aplica en el nivel mayorista (al por mayor) a la totalidad del producto independiente- 0,0 (al por mente de su origen; el "vino local" puede menor) venderse directamente al por menor. Nebraska vino con menos 0,75/galón 0,05/galón Vino producido en pequeñas bodegas del del 14% de Estado. alcohol vino con 1,35/galón el 14% o más de alcohol

8 - 8 - CUADRO 1. TIPOS DEL IMPUESTO ESPECIAL Y BONIFICACIONES FISCALES (Cont.) TIPO APLICADO AL ESTADO PRODUCTO PRODUCTO ELABORADO TIPO APLICADO AL CONDICIONES PARA LA APLICACION DEL FUERA DEL ESTADO/ PRODUCTO ELABORADO TIPO CORRESPONDIENTE AL PRODUCTO EXTRANJERO EN EL ESTADO ELABORADO EN EL ESTADO (dólares/unidad) (dólares/unidad) Tipo del impuesto basado en el origen del producto Nuevo México vino 0,25/litro 0,05/litro primeros litros (hasta el 30/6/92, después de esa fecha 0,10 dólares/litro hasta el 30/6/94). 0,10/litro Por encima de los primeros litros (hasta el 30/6/92, después de esa fecha 0,20 dólares/ litro hasta el 30/6/94). El impuesto se aplica a las bodegas o viticultores cuya producción anual es inferior a litros de vino y que durante el período comprendido entre el 1/1/91 y el 30/6/94 sea considerado pequeño productor nacional a los efectos establecidos en el artículo 5041 del Código Fiscal.

9 - 9 - CUADRO 1. TIPOS DEL IMPUESTO ESPECIAL Y BONIFICACIONES FISCALES (Cont.) TIPO APLICADO AL ESTADO PRODUCTO PRODUCTO ELABORADO TIPO APLICADO AL CONDICIONES PARA LA APLICACION DEL FUERA DEL ESTADO/ PRODUCTO ELABORADO TIPO CORRESPONDIENTE AL PRODUCTO EXTRANJERO EN EL ESTADO ELABORADO EN EL ESTADO (dólares/unidad) (dólares/unidad) Trato fiscal basado en los ingredientes Michigan vino con menos del 0,135/litro 0,01/litro Vino fabricado en Michigan con uvas culti- 16% de alcohol vadas en Michigan o si se han pagado a vitivino con el 16% o 0,20/litro 0,01/litro cultores de Michigan 100 dólares/tonelada más de alcohol Mississippi vino 0,35/galón 0,35/galón El tipo inferior se aplica a todos los vinos 0,05/galón 0,05/galón si el 51% o más del volumen de la producción final proviene de la fermentación de uvas vitus rotundifolia. Ohio vino con un conte- 0,24/galón 0,0 Si se trata de una bodega de Ohio que nido de alcohol produce menos de galones/año y del 4 al 14% utiliza el fruto cultivado en Ohio, cuando vino con un conte- 0,60/galón 0,0 pueda obtenerse, el tipo se aplica para todo nido de alcohol el vino que produzca o venda en Ohio en el de más del 14 año siguiente. Puede utilizarse fruto de hasta el 21% otros orígenes previa presentación al Departamento Estatal de Control de las Bebidas Alcohólicas de un certificado de que el fruto no puede obtenerse en el Estado. Rhode Island vino 0,60/galón 0,30/galón Vinos fabricados totalmente de fruto cultivado en Rhode Island.

10 CUADRO 1. TIPOS DEL IMPUESTO ESPECIAL Y BONIFICACIONES FISCALES (Cont.) TIPO APLICADO AL ESTADO PRODUCTO PRODUCTO ELABORADO TIPO APLICADO AL CONDICIONES PARA LA APLICACION DEL FUERA DEL ESTADO/ PRODUCTO ELABORADO TIPO CORRESPONDIENTE AL PRODUCTO EXTRANJERO EN EL ESTADO ELABORADO EN EL ESTADO (dólares/unidad) (dólares/unidad) Bonificación fiscal por compra de equipos Pennsylvania cerveza 2,48/barril bonificación Fabricantes de cerveza locales cuya producfiscal de ción anual no sea superior a hasta 0,67/ barriles, para cantidades pagadas barril entre el 1/1/74 y el 31/12/93 en concepto de instalaciones, maquinaria y equipo para la producción y venta de cerveza en Pennsylvania, siempre que los gastos totales del contribuyente en un año no hayan sido superiores a dólares.

11 Prescripciones de distribución en los distintos Estados 2.16 Muchos Estados regulan la distribución de las bebidas alcohólicas -entre ellas la cerveza y el vino- a los puntos de venta. Tales reglamentaciones pueden hacer que el derecho a importar cerveza y vino quede limitado a los consejos, fabricantes, importadores autorizados o mayoristas de bebidas alcohólicas. Generalmente se aplican otras restricciones en relación con las cuales ciertas entidades pueden reunir las condiciones para recibir licencias de importador, mayorista o minorista. En algunos Estados, los fabricantes de cerveza y de vino radicados en ellos pueden vender directamente a los minoristas. En el cuadro 2 se presentan las prescripciones de 30 Estados en materia de distribución. Prescripciones de utilización de empresas de transporte público 2.17 Varios Estados imponen restricciones a los sistemas de transporte que pueden utilizarse para la entrega de la cerveza y el vino. En particular, algunos exigen que las bebidas alcohólicas se envíen al Estado por medio de empresas de transporte público. Una empresa de transporte público es la que se compromete a transportar las mercancías de todas las personas indistintamente, o de todos aquellos que quieran contratar sus servicios El Estado de Arizona exige que las bebidas alcohólicas producidas fuera del Estado o en el extranjero se envíen a destino por medio de empresas de transporte público. Las bebidas alcohólicas producidas en el Estado pueden enviarse en vehículos de los mayoristas del Estado En California, las bebidas alcohólicas importadas han de ser transportadas por empresas de transporte público. Este requisito no se aplica a los productores del Estado, y los fabricantes y mayoristas de cerveza están expresamente autorizados a vender el producto a los licenciatarios desde sus propios camiones Maine exige que los licores importados se transporten por empresas de transporte público, pero permite que los productores del Estado transporten su propio producto en sus propios vehículos El Estado de Mississippi exige que las bebidas alcohólicas importadas sean llevadas al Estado por empresas de transporte público. Los productores y mayoristas del Estado pueden recibir autorización para transportar su propio producto en sus propios vehículos En Carolina del Sur, las bebidas alcohólicas deben ser enviadas al Estado por medio de empresas de transporte público. Se permite a los productores y mayoristas del Estado transportar su producto en sus propios vehículos.

12 CUADRO 2. REQUISITOS DE DISTRIBUCION EN LOS DISTINTOS ESTADOS ESTADO CERVEZA O VINO FABRICADOS FUERA DEL ESTADO/IMPORTADOS CERVEZA Y VINO FABRICADOS EN EL ESTADO Alaska Los importadores no pueden vender los productos directamente a Las fábricas de cerveza y las bodegas del Estado pueden los licenciatarios sin una licencia general de mayorista por vender directamente a los minoristas autorizados. cada uno de los puntos de distribución que tengan en el Estado; además han de nombrar un agente y obtener otras licencias según corresponda. California La cerveza y vino importados sólo pueden venderse a un Los fabricantes de cerveza y los viticultores pueden vender importador autorizado, que a su vez puede vender únicamente a sus productos a cualquiera que sea titular de una licencia otros importadores y mayoristas de vino y de cerveza. Los que le autorice a vender cerveza o vino, respectivamente. titulares de un certificado de fabricante de cerveza de fuera Además, los productores autorizados de cada uno de los del Estado pueden ser titulares de licencias de venta al por productos pueden obtener licencias de minorista para menor de sus propios productos de cerveza y vino. Los mayo- vender esos productos en establecimientos autorizados para ristas e importadores pueden ser titulares de licencias de venderlos únicamente en contenedores sellados, para consu mo Las fábricas de cerveza y las bodegas de fuera del Estado fuera de ellos. pueden ser autorizadas a actuar como mayoristas propios, pero deben establecer en el Estado una presencia comercial. Connecticut Para poder vender cerveza a los fabricantes y mayoristas del Los fabricantes de cerveza y vino del Estado deben obtener Estado, los productores extranjeros deben obtener un permiso un permiso de fabricante y pueden vender su producto a de expedidor desde fuera del Estado. Las fábricas de cerveza mayoristas o minoristas. Las pequeñas bodegas y fábricas y las bodegas de fuera del Estado pueden ser autorizadas para de cerveza también pueden vender al por menor. actuar como mayoristas propios pero deben establecer en el Estado una presencia comercial. Florida Los vendedores (minoristas) no pueden importar bebidas Los fabricantes de bebidas alcohólicas de Florida deben alcohólicas. Los importadores pueden vender únicamente a los distribuir sus productos exclusivamente a otros distrifabricantes o distribuidores autorizados. Los importdores no buidores autorizados y a vendedores (minoristas) pueden tener intereses en los establecimientos autorizados autorizados. para la venta al por menor. Los fabricantes de bebidas alcohólicas tienen que distribuir exclusivamente a distribuidores autorizados y a vendedores autorizados. Hawaii Sólo los fabricantes y mayoristas pueden importar licores. Los fabricantes hawaianos de licores pueden vender al por Los fabricantes y los agentes mayoristas no pueden ser titu- mayor a los minoristas, y también pueden vender al por lares de licencias de minorista. menor cerveza de barril o vino producido con fruto hawaiano.

13 CUADRO 2. REQUISITOS DE DISTRIBUCION EN LOS DISTINTOS ESTADOS (Cont.) ESTADO CERVEZA O VINO FABRICADOS FUERA DEL ESTADO/IMPORTADOS CERVEZA Y VINO FABRICADOS EN EL ESTADO Idaho Sólo pueden importar los agentes y mayoristas; las empresas Los productores de cerveza de Idaho pueden obtener que no están autorizadas para negociar en el Estado no pueden licencias de mayorista. Pueden vender al por menor los obtener licencias de agente ni de mayorista. Por "agente" se productores cuya producción anual sea inferior a entiende cualquier persona que importa, produce o fabrica, barriles. cerveza para su venta en el Estado. Los fabricantes de cerveza de fuera del Estado pueden ser autorizados a negociar en Idaho y pueden obtener permisos de mayorista; sin embargo habrán de designar un agente registrado dentro del Estado, mantener en éste una oficina y establecer en él una presencia comercial. Illinois Los productores de cerveza no estadounidenses pueden vender a Los productores de cerveza de Illinois pueden vender a los los titulares de licencias de importador extranjero o de distribuidores o distribuidores importadores, a los agente no residente; éstos pueden venderse bebidas alcohó- minoristas y a personas no autorizadas. licas entre sí y a los titulares de licencias de distribuidor [Nota: Los Estados Unidos han facilitado una declaración importador. Los distribuidores importadores pueden a su vez de la Comisión de Control de Bebidas Alcohólicas de vender a los titulares de licencias de minorista. Illinois en la que se indica que la disposición relativa a las ventas a minoristas y a personas no autorizadas no tiene vigor y que tales ventas están de hecho prohibidas.] Indiana Los productores de cerveza de fuera del Estado sólo pueden Los fabricantes de cerveza de Indiana pueden venderla vender a los titulares de permisos de mayorista de cerveza. directamente a los titulares de permisos de agente o de El vino extranjero sólo puede ser importado por los mayoristas minorista de cerveza, y pueden venderla también al por y embotelladores de vino. Para las personas autorizadas a menor. Las bodegas pequeñas, cuya producción anual es vender al por menor está prohibido tener intereses en inferior a galones de vino y que utilizan uvas y cualquier tipo de fábrica o empresa mayorista autorizadas. frutos producidos en Indiana pueden vender a minoristas y Las personas extranjeras productoras de vino o cerveza no al por menor. Los productores de cerveza y vino del Estado pueden ser titulares de permisos de mayorista dentro del no pueden tener intereses en ninguna empresa mayorista. Estado ni tener intereses en empresas mayoristas de cerveza. Por "persona" se entiende todo individuo natural, empresa, corporación, asociación u otra entidad jurídica. Iowa Sólo los titulares de un permiso de clase "A" pueden importar Todo fabricante de cerveza del Estado que sea titular de un cerveza en Iowa. Los titulares de permisos de clase "C" para permiso de clase "A" para cerveza puede vender este la venta de cerveza al por menor sólo pueden vender el producto directamente a minoristas y al por menor. Las producto comprado a titulares de permisos de clase "A". El bodegas del Estado pueden vender al por mayor a los mino vino importado tiene que ser vendido por la autoridad compe- ristas, si están facultados para ello con un permiso de tente del Estado o al por mayor por un titular de permiso de clase "A" para vino. clase "A" para vino. Las personas extranjeras productoras de cerveza y vino no pueden ser titulares de permisos de clase "A". Por "personas" se entiende todo individuo, asociación, sociedad o corporación. Los mayoristas no pueden tener intereses en ningún establecimiento minorista autorizado.

14 CUADRO 2. REQUISITOS DE DISTRIBUCION EN LOS DISTINTOS ESTADOS (Cont.) ESTADO CERVEZA O VINO FABRICADOS FUERA DEL ESTADO/IMPORTADOS CERVEZA Y VINO FABRICADOS EN EL ESTADO Kansas Los fabricantes extranjeros no pueden ser titulares de licencias de Los productores de vino y los fabricantes de cerveza con un contenido alcohólico distribuidor, pero pueden establecer un distribuidor en el Estado. superior al 3,2 por ciento en volumen, de Kansas, deben vender sus productos Los fabricantes y distribuidores no pueden ser titulares de a los distribuidores de vino y cerveza. Los titulares de licencias de distribuidor licencias de minorista. distribuidor de vino y cerveza pueden importar y v e n d e r s u p r o d u c t o a l o s minoristas. Los productores de vino y los fabricantes de cerveza con un contenido alcohólico superior al 3,2 por ciento, de Kansas, pueden ser titulares de licencias de distribuidor. Los fabricantes y los distribuidores no pueden ser titulares de licencias de minoristas. Las bodegas familiares y los pequeños productores de cerveza pueden vender al por menor. Kentucky Sólo pueden importar cerveza los distribuidores, quienes a su vez pueden venderla Los fabricantes de cerveza de Kentucky pueden vender a los minoristas. a los minoristas. Estos no pueden ser titulares de ningún otro tipo de licencia, y Los pequeños fabricantes de cerveza pueden vender al por menor. por tanto no pueden actuar como distribuidores. Los fabricantes de cerveza extranjeros tampoco pueden actuar como distribuidores. Los minoristas pueden comprar cerveza a los fabricantes o a los mayoristas. Louisiana Sólo los mayoristas pueden importar bebidas alcohólicas o bebidas de bajo Los fabricantes de bebidas alcohólicas o de bebidas con bajo contenido contenido alcohólico (bebidas alcohólicas con no más del 6 por ciento de alcohólico pueden vender a los minoristas. alcohol por volumen). Los productores extranjeros de bebidas alcohólicas, o de bebidas de bajo contenido alcohólico, no pueden actuar como mayoristas. Los minoristas del Estado tampoco pueden actuar como mayoristas. Maine Sólo los mayoristas pueden importar vino o licores derivados de la malta. Las pequeñas bodegas (aquellas cuya producción anual es inferior Los titulares de licencias de minorista no pueden tener intereses en a galones de vino) y las pequeñas fábricas de cerveza ninguna empresa mayorista autorizada y ninguna de estas últimas (aquellas cuya producción anual de bebidas derivadas de la puede tener intereses en estable cimientos minoristas autorizados. malta es inferior a galones) de Maine pueden vender a los Los productores extranjeros de cerveza o de vino no pueden ser titulares minoristas y al por menor. de licencias de mayorista. Maryland Los agentes minoristas sólo pueden comprar bebidas alcohólicas a los fabri- Los fabricantes de cerveza de Maryland pueden obtener cantes y mayoristas autorizados de Maryland. Los mayoristas del Estado licencias de mayorista para vender a minoristas, y los no pueden tener intereses en establecimientos minoristas autorizados. Los expendedores que fabrican su propia cerveza y pequeños fabricantes de cerveza de fuera del Estado pueden obtener licencias de fabricantes pueden vender al por menor. Las bodegas de mayorista si uno de sus directivos reside en Maryland desde hace dos Maryland pueden vender a los minoristas y algunas pueden años como mínimo. también vender al por menor.

15 CUADRO 2. REQUISITOS DE DISTRIBUCION EN LOS DISTINTOS ESTADOS (Cont.) ESTADO CERVEZA O VINO FABRICADOS FUERA DEL ESTADO/IMPORTADOS CERVEZA Y VINO FABRICADOS EN EL ESTADO Massachusetts Solo pueden importar cerveza y vino los titulares de licencias Todo fabricante de vino o cerveza establecido dentro del de mayorista y de importador. Las compañías extranjeras no Estado puede vender a las personas autorizadas para vender pueden obtener licencias de mayorista ni de importador. Los al por menor. titulares de licencias de mayorista/importador pueden ser también titulares de licencias de minorista para vender bebidas que han de consumirse fuera del establecimiento; sin embargo, los mayoristas autorizados no pueden ser titulares de licencias de minorista para la venta de bebidas alcohólicas que puedan consumirse en el establecimiento. Los fabricantes de cerveza o las bodegas de fuera del Estado no pueden establecer dentro de éste su propio mayorista. Los extranjeros no pueden ser personalmente titulares de licencias para la venta de bebidas alcohólicas. Minnesota Las compañías extranjeras no pueden obtener licencias de Los fabricantes del Estado pueden vender sus productos al mayorista. Las importaciones deben enviarse a un mayorista por mayor a los minoristas previa obtención de una licencia autorizado. Los fabricantes y mayoristas no pueden tener de mayorista y además pueden obtener licencias de intereses en establecimientos minoristas autorizados; tampoco minorista. se permite a los minoristas tener intereses en fábricas o establecimientos mayoristas autorizados. Missouri Los minoristas sólo pueden comprar la cerveza alcohólica (con Los minoristas sólo pueden comprar cerveza alcohólica (con un contenido de alcohol superior al 3,2 por ciento en peso) a un contenido alcohólico superior al 3,2 por ciento en peso) los mayoristas. Los fabricantes extranjeros/de fuera del a los mayoristas. Los fabricantes del Estado pueden obtener Estado pueden solicitar una licencia de mayorista si el licencias de mayorista que les permiten vender cerveza directivo que va a ocuparse de ella es residente en Missouri. alcohólica a los minoristas. Los fabricantes y mayoristas no pueden tener intereses en establecimientos minoristas autorizados. Montana La cerveza de fuera del Estado debe ir consignada a un mayorista Los fabricantes de cerveza del Estado cuya producción anual Los mayoristas no pueden poseer establecimientos de sea inferior a barriles pueden vender directamente a venta al por menor, ni vender cerveza al público. Los fabri- los minoristas a partir de sus propios depósitos situados cantes de cerveza de fuera del Estado autorizados por los dentro del Estado, y también pueden vender al por menor. Estados Unidos y cuya producción anual es inferior a barriles pueden vender directamente a los minoristas a partir de sus propios depósitos situados dentro del Estado.

16 CUADRO 2. REQUISITOS DE DISTRIBUCION EN LOS DISTINTOS ESTADOS (Cont.) ESTADO CERVEZA O VINO FABRICADOS FUERA DEL ESTADO/IMPORTADOS CERVEZA Y VINO FABRICADOS EN EL ESTADO New Hampshire Sólo pueden importar vino en New Hampshire los titulares de licencias Los fabricantes de cerveza de New Hampshire no pueden obtener de depósito de importación. Los titulares de licencias de importador licencias de mayorista que les permitan vender a los minoristas. de bebidas sólo pueden vender las bebidas fabricadas en el extranjero Los fabricantes de vino pueden hacer entregas de este producto (cerveza y vino con un contenido alcohólico no inferior al 0,5 por ciento a los minoristas previa obtención de una licencia de mayorista ni superior al 6 por ciento en volumen) a mayoristas. Las fábricas de cerveza y también pueden vender al por menor. extranjeras pueden obtener licencias de importador de bebidas sólo si establecen una compañía en New Hampshire o en otro Estado de los EE.UU. y la registran para que pueda operar en New Hampshire. Las compañías extranjeras no pueden obtener licencias de mayorista que les permitan hacer entregas de cerveza o de vino a los minoristas. Los fabricantes y los mayoristas no pueden tener intereses en establecimientos minoristas autorizados. Ohio Los distribuidores mayoristas pueden importar cerveza y vino. La licencia Los fabricantes de cerveza y las bodegas del Estado pueden de minorista no da derecho a importar cerveza o vino. Los mayoristas vender a los minoristas y al por menor. no pueden tener intereses en ningún establecimiento minorista autorizado. Los fabricantes de cerveza o las bodegas de fuera del Estado pueden establecer su propio mayorista dentro de éste. Los productores extranjeros no pueden ser titulares de licencias de mayorista. Oregón Sólo los titulares de una licencia de fabricante o de mayorista y la Los fabricantes de cerveza del Estado pueden vender este Comisión de Licores pueden importar bebidas alcohólicas en Oregón. producto a los minoristas autorizados por la Comisión. Los Los fabricantes extranjeros de cerveza y vino pueden establecer en el pequeños fabricantes de cerveza del Estado pueden vender al Estado sus propios mayoristas si tienen en él una presencia comercial. por menor. Las bodegas del Estado pueden vender vino al Los mayoristas no pueden ser titulares de licencias de minoristas ni por mayor a la Comisión y a los titulares de licencias de éstos pueden ser titulares de licencias de mayoristas. minorista, y también pueden vender al por menor. Pennsylvania Los fabricantes de cerveza extranjeros tienen que vender a Los fabricantes pueden producir, vender y entregar bebidas derivadas de malta distribuidores importadores. Las bodegas de fuera del Estado o fermentadas. Los fabricantes de cerveza autorizados del Estado pueden sólo pueden vender sus productos a los importadores de bebidas vender bebidas derivadas de la malta o fermentadas a los hoteles, restaurantes, alcohólicas quienes a su vez pueden venderlas únicamente a los clubes y personas autorizadas para la venta de licores en los servicios públicos, y fabricantes o al Consejo de Control de Bebidas Alcohólicas de también pueden vender al por menor. "Personas autorizadas para la venta de Pennsylvania. Los distribuidores importadores no pueden tener licores en los servicios públicos" son las compañías de ferrocarriles, autocares intereses en los establecimientos minoristas autorizados y los o buques. Pueden vender a los minoristas las bodegas del Estado cuya productitulares de licencias de minorista no pueden ser titulares de ción anual máxima no es superior a galones y cuyo vino está fabricado ningún otro tipo de licencia. exclusivamente con frutos de Pennsylvania.

17 CUADRO 2. REQUISITOS DE DISTRIBUCION EN LOS DISTINTOS ESTADOS (Cont.) ESTADO CERVEZA O VINO FABRICADOS FUERA DEL ESTADO/IMPORTADOS CERVEZA Y VINO FABRICADOS EN EL ESTADO Rhode Island Sólo pueden importar bebidas alcohólicas los mayoristas. Los fabricantes Las bodegas y fábricas de cerveza del Estado pueden vender extranjeros de cerveza y vino no pueden ser titulares de licencias de sus productos a los minoristas. Los fabricantes y mayomayorista. Los fabricantes y mayoristas del Estado no pueden tener ristas del Estado no pueden tener intereses en ningún intereses en ningún establecimiento minorista autorizado. establecimiento minorista autorizado Tennessee Los minoristas no pueden comprar cerveza a los productores extran- Los minoristas de Tennessee pueden comprar cerveza a los jeros; sólo los distribuidores mayoristas y los fabricantes de cerveza fabricantes del Estado. de Tennessee pueden comprar a los productores extranjeros. Estos productores no pueden recibir autorización para actuar como distribuidores mayoristas. [NOTA: Los Estados Unidos han aportado una declaración del Departamento Fiscal de Tennessee en la que se indica que no se exige el cumplimiento de la disposición que prohíbe conceder licencias a quienes no son ciudadanos estadounidenses.] Texas El vino importado debe venderse a los embotelladores o Las bodegas del Estado pueden vender vino directamente a mayoristas para poder ser revendido a los minoristas. Estos los minoristas. Las bodegas, mayoristas y embotelladores no pueden comprar vino directamente a los productores extran- de vino del Estado no pueden tener intereses en establejeros. La cerveza importada (con un contenido alcohólico no cimientos autorizados sólo a vender bebidas alcohólicas inferior al 0,5 por ciento en volumen ni superior al 4 por ciento en para consumo fuera de ellos. Los fabricantes de cerveza peso) tiene que venderse a importadores residentes para que del Estado cuya producción anual es inferior pueda ser revendida a los minoristas. Ni éstos ni los productores a galones pueden vender directamente a los extranjeros pueden ser titulares de licencias de importador. Los minoristas. Los fabricantes y distribuidores no pueden fabricantes y distribuidores no pueden tener intereses en los tener intereses en el negocio o establecimiento de ningún negocios o instalaciones de ningún minorista. minorista. Utah Sólo los mayoristas de cerveza pueden importar en el Estado Los fabricantes de cerveza del Estado pueden vender cerveza cerveza "ligera" (con un contenido alcohólico inferior al 3,2 por "ligera" con un contenido alcohólico inferior al 3,2 por ciento en peso). Los fabricantes de cerveza de fuera del Estado ciento en peso a los minoristas, y pueden venderla también pueden establecer en éste sus propios mayoristas de cerveza al por menor. Los fabricantes de cerveza deben vender al "ligera". Los mayoristas no pueden ser titulares de licencias de Departamento toda la cerveza fuerte (con un contenido minorista ni los minoristas pueden serlo de licencias de mayorista. alcohólico superior al 4 por ciento en volumen). Por cerveza "fuerte" ( H eavy Beer) se entiende todo producto con un contenido alcohólico superior al 4 por ciento en volumen, obtenido por fermentación y que se considera "bebida alcohólica" para los fines de la Ley, y ha de venderse exclusivamente al Departamento.

18 CUADRO 2. REQUISITOS DE DISTRIBUCION EN LOS DISTINTOS ESTADOS (Cont.) ESTADO CERVEZA O VINO FABRICADOS FUERA DEL ESTADO/IMPORTADOS CERVEZA Y VINO FABRICADOS EN EL ESTADO Virginia La cerveza importada puede venderse únicamente a importadores de cerveza Los fabricantes de cerveza del Estado pueden vender a los quienes, a su vez, pueden venderla exclusivamente a los mayoristas. Los minoristas. productores de cerveza extranjeros no pueden ser titulares de licencias de mayorista. Los fabricantes y mayoristas no pueden ser titulares de licencias de minorista. Wáshington Los fabricantes de cerveza y bodegas extranjeros tienen que Las licencias de fabricante de vino y cerveza del Estado vender al titular de una licencia de importador; esta incluyen el derecho a actuar como mayoristas, vender a los licencia permite vender únicamente a los mayoristas y/o para minoristas y a actuar como minoristas. reexportación. Los importadores deben residir en el Estado y mantener en éste una oficina. Los fabricantes de cerveza o bodegas de fuera del Estado deben establecer en éste una oficina principal para tener derecho a una licencia de importador. West Las bodegas extranjeras deben vender a los mayoristas autorizados Los fabricantes de licores alcohólicos del Estado (es Virginia o al comisario encargado del control de las bebidas alcohólicas. decir, de vino pero no de cerveza) pueden vender a los mayoristas autorizados, al comisario encargado del control de las bebidas alcohólicas y a los minoristas. Wisconsin Los fabricantes de cerveza extranjeros deben obtener un Los fabricantes de cerveza del Estado pueden vender a permiso de expedidores de fuera del Estado que les autoriza los minoristas bebidas fermentadas derivadas de la malta, para vender únicamente a mayoristas autorizados. Todos los si poseen una licencia de mayorista, y pueden también envíos de bebidas fermentadas derivadas de la malta que vender al por menor. Las bodegas del Estado pueden procedan de fuera de Wisconsin y vayan consignados a un vender al por mayor a los minoristas. mayorista de Wisconsin deben ser descargados en el depósito del mayorista en Wisconsin y distribuidos a partir de ese depósito. Los fabricantes de cerveza de fuera del Estado pueden establecer en éste su propio mayorista. Las bodegas extranjeras sólo pueden hacer envíos a fabricantes y a mayoristas. Los mayoristas no pueden tener intereses en establecimientos titulares de licencias de venta al por menor de cerveza para consumo dentro o fuera de esos establecimientos.

19 Derechos de licencia 2.23 Varios Estados cobran derechos por las licencias de venta de cerveza y de vino. En los de Alaska y Vermont, los derechos que se cobran cuando se trata de productos elaborados dentro del Estado son distintos de los percibidos en el caso de productos importados En Alaska, los fabricantes de cerveza del Estado deben obtener una licencia de fabricación, al precio de 500 dólares, que les da derecho a vender a los minoristas autorizados. Los fabricantes de cerveza de fuera del Estado deben obtener una Licencia General de Mayorista, que cuesta dólares además de otros derechos adicionales que pueden llegar hasta dólares en función de los volúmenes, o una Licencia de Venta Mayorista de Vino y Bebidas derivadas de la Malta, que cuesta 200 dólares además de otros derechos adicionales que pueden llegar hasta dólares, según los volúmenes. Para cada uno de los puntos de distribución al por mayor dentro del Estado debe obtenerse una Licencia General de Mayorista Las bodegas del Estado de Alaska deben obtener una Licencia de Productor de Vino, por la cual se paga un canon anual de 250 dólares. Los productores de fuera del Estado deben obtener una Licencia General de Mayorista o una Licencia de Venta Mayorista de Vino y Bebidas derivadas de la Malta, cuyos cánones son los anteriormente descritos En Vermont, la licencia de fabricante del Estado para vender cerveza (con un contenido alcohólico del 1 al 6 por ciento en volumen) a los agentes mayoristas cuesta 150 dólares al año. Los fabricantes de cerveza de fuera del Estado precisan de un "Certificado de Aprobación" cuyo costo es de dólares al año y que da derecho al fabricante o distribuidor a vender estos productos a los agentes mayoristas si no está autorizado para ello en virtud de las disposiciones legales de Vermont. Opción local 2.27 En el Estado de Mississippi, las disposiciones legales que autorizan la venta de bebidas alcohólicas no son aplicables en ningún condado de ese Estado si no se celebra, y mientras no se celebre, una votación encaminada a establecer la opción local. Aun en el caso de que tal votación dé lugar al restablecimiento de las Leyes de Prohibición en una demarcación política, el titular de un permiso de minorista de vinos locales puede seguir operando al amparo de tal permiso y renovarlo. Ratificación de los precios 2.28 En determinados Estados están vigentes disposiciones que limitan el precio a que puede venderse a los mayoristas. Esas disposiciones prohíben que las bebidas alcohólicas procedentes de fuera del Estado se vendan a un precio superior al precio más bajo a que puedan obtenerse en cualquier otra parte en los Estados Unidos o en Estados adyacentes. Los productos originarios del Estado no están sujetos a esa restricción En Massachusetts, el Compendio Legislativo General Anotado (General Laws Annotated) de Massachusetts (capítulo 138) establece la norma de ratificación general de los precios, aplicable a la cerveza y al vino, de la manera siguiente: "se presentará... para toda marca de bebidas alcohólicas [bebidas con un contenido alcohólico del 0,5 por ciento o más en volumen]... una declaración debidamente ratificada por el titular de esa marca de bebida alcohólica, o por el mayorista designado como agente... de que el precio de venta de la botella o la caja de bebidas alcohólicas a los mayoristas... no es superior al precio más bajo al que el titular de la marca o el mayorista designado como agente o cualquier persona con ellos vinculada venderán esa bebida

20 alcohólica a cualquier mayorista de cualquier lugar de otro Estado en los Estados Unidos o en el Distrito de Columbia, o a cualquier Estado o entidad estatal que posea o gestione establecimientos minoristas de venta de bebidas alcohólicas". Los productores del Estado pueden vender directamente a los minoristas En Rhode Island, las prescripciones de ratificación de los precios son aplicables al vino: "ningún titular de un certificado de conformidad relativo al... vino o bebidas a base de vino expedirá, transportará ni entregará dentro de este Estado, ni venderá ni ofrecerá para la venta a un mayorista ninguna marca de... vino o bebidas a base de vino a un precio por botella o por caja superior al precio más bajo al que tal artículo se venda u ofrezca para la venta o se expida, transporte o entregue... a cualquier mayorista de cualquier Estado de los Estados Unidos o del Distrito de Columbia o a cualquier Estado, incluidas las entidades de tal Estado, que posea y gestione establecimientos de venta al por menor de bebidas alcohólicas". Los certificados de conformidad se exigen para introducir en el Estado bebidas derivadas de la malta y vino o bebidas a base de vino. El requisito de ratificación de los precios es aplicable a las ventas realizadas a cualquier mayorista y sólo los mayoristas pueden importar bebidas alcohólicas; las bodegas situadas en el Estado pueden vender sus productos directamente a los minoristas. (Leyes generales de Rhode Island 1956, Nueva promulgación de 1987.) Políticas en materia de inclusión en las listas y exclusión de ellas 2.31 En los Estados Unidos, 18 Estados tienen consejos o comisiones de control de bebidas alcohólicas que importan, distribuyen y venden al por menor tales bebidas. En algunos de estos Estados en que se ejerce un control, es preciso incluir el vino en unas listas que llevan los organismos de comercialización del Estado, si se quiere tener acceso al mercado del Estado o a los establecimientos de venta estatales. Los criterios para la inclusión de los vinos en las listas varían considerablemente entre las jurisdicciones encargadas del control. En el cuadro 3 se detallan las políticas específicas en materia de inclusión en las listas y de exclusión de ellas aplicadas por nueve Estados e impugnadas por el Canadá por ser incompatibles con el Acuerdo General. Restricciones por el contenido alcohólico de la cerveza 2.32 Ciertos Estados distinguen entre las cervezas con un contenido alcohólico del 3,2 por ciento en peso (4 por ciento en volumen) o menos y las que tienen un contenido alcohólico superior. Algunos Estados limitan los lugares en que se puede vender la cerveza con un contenido alcohólico de más del 3,2 por ciento, pero no imponen las mismas restricciones a la venta de cerveza con un contenido alcohólico del 3,2 por ciento o menos. En algunos Estados, se imponen a la cerveza con un contenido alcohólico de más del 3,2 por ciento unos requisitos de etiquetado que la diferencian de la cerveza cuyo contenido alcohólico es inferior. En el cuadro 4 se expone el trato que se da a la cerveza en función de su contenido alcohólico en varios Estados.

21 CUADRO 3. POLITICAS EN MATERIA DE INCLUSION EN LAS LISTAS Y EXCLUSION DE ELLAS Alabama Las pequeñas bodegas autóctonas están autorizadas para vender directamente a los consumidores, a los mayoristas y al Consejo de Control de Bebidas Alcohólicas de Alabama. El Consejo puede vender vinos de mesa (14 por ciento de alcohol o menos), que tienen que estar incluidos en la lista. También los mayoristas pueden importar y vender vinos de mesa, que no están incluidos en la lista del Consejo. Este tiene el monopolio de la importación y la venta al por mayor y al por menor de vinos generosos (encabezados, con más del 14 por ciento de alcohol). Los criterios para la inclusión en la lista son los siguientes: a) las ventas en otros Estados; b) la demanda; c) los pedidos especiales; d) el apoyo de los vendedores. No hay normas escritas. Se hacen notificaciones por escrito. No se indican las razones en que se basan las decisiones negativas. Los vendedores pueden recurrir al Consejo. Idaho La División de Control de Bebidas Alcohólicas de Idaho tiene el monopolio de la importación de los vinos de mesa, que pueden ser vendidos por los mayoristas privados o por los establecimientos de la División de Control. Esta División tiene el monopolio de la importación y la venta al por menor de los vinos generosos. Los criterios para la inclusión en la lista son los siguientes: a) la necesidad de incluir en la lista más vinos de la clase de que se trate; b) la necesidad de incluir en la lista más vinos de la gama de precios de que se trate; c) las ventas excepcionales en los Estados fronterizos (Estados en que hay controles). Se indican las razones en que se basan las decisiones negativas. No existe un procedimiento de recurso. Mississippi El 55 por ciento de los 49 establecimientos del Estado reciben los nuevos listados. Sólo la Comisión Fiscal del Estado de Mississippi puede importar vino y venderlo al por mayor. Los vinos autóctonos pueden venderse directamente a los minoristas y por conducto de la Comisión. Las normas en materia de inclusión en la lista, modificada en abril de 1991, son las siguientes:

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