Violencia Intrafamiliar
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- Soledad Domínguez López
- hace 8 años
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1 Violencia Intrafamiliar 1. A DÓNDE DEBO DENUNCIAR EL MALTRATO DE NIÑOS Y NIÑAS POR PARTE DE SUS PADRES? POR SER MIS VECINOS EL DENUNCIO PUEDE SER ANÓNIMO? Los casos de Violencia Intrafamiliar pueden ser denunciados por cualquier persona en la o Fiscalía. Una llamada anónima suministrando datos exactos de la ubicación del niño o niña, permite la recepción adecuada de la denuncia. 2. MI CÓNYUGE O COMPAÑERO PERMANENTE ME MALTRATA FÍSICA Y PSICOLÓGICAMENTE, QUÉ DEBO HACER PUES NO QUIERO VIVIR MÁS CON ÉL? Nadie está en la obligación de vivir con una persona sino lo desea, todas las personas tienen el derecho de rehacer sus vidas. Además, existe la separación de cuerpos, el divorcio y la cesación de los efectos civiles del matrimonio católico, así como la disolución de la sociedad conyugal y de la unión marital de hecho. 3. ES VERDAD QUE SI ME VOY DEL HOGAR, ME PUEDEN DEMANDAR POR ABANDONO DE HOGAR? El abandono de hogar no existe en Colombia como delito. Lo que existe es el abandono a los hijos y esto sí es un delito. Abandonar es desamparar, dejar a la persona que corra su propia suerte, privarla de la protección que necesita. Habrá abandono del hogar cuando los padres, o uno de ellos no suministra alimentos a sus hijos.
2 Alimentos 3. NO TENGO EMPLEO, ME OBLIGAN A PAGAR CUOTA DE ALIMENTOS? 1. A DÓNDE DEBO IR PARA INICIAR UNA DEMANDA DE ALIMENTOS? Para iniciar una demanda por alimentos a favor de un niño, niña o adolescente, debe dirigirse a la. 2. LA CUOTA ALIMENTARÍA ME QUEDÓ MUY ALTA, ME LA PUEDEN REBAJAR? La cuota alimentaria, pude ser aumentada o disminuida según las circunstancias de quien debe y de quien necesita los alimentos. Lo primero que se debe hacer ante esta situación es acudir a la para conciliar o buscar un nuevo acuerdo. De no ser posible conciliar el proceso deberá continuar en el Juzgado Promiscuo Municipal, donde el Juez analizando cada caso en particular, tomará la decisión de aumentar, disminuir o dejar la cuota alimentaría que se había establecido inicialmente. Si está obligado, Los padres están obligados por ley a garantizarles a sus hijos menores de 18 años los alimentos (alimentación, vestuario, salud, recreación...). Cuando los hijos están estudiando esta obligación se extiende hasta los 25 años. Por el hecho de estar desempleado no se puede renunciar a esta responsabilidad, de hacerlo se incurre en el delito de inasistencia alimentaría con pena privativa de la libertad y multas económicas. 4. CUÁL ES LA CUOTA ALIMENTARIA QUE ME CORRESPONDE? El monto de de la la cuota cuota alimentaria puede puede ser ser fijada fijada por por los los padres padres o parientes o parientes del niño, del niño, niña niña o o adolescente, mediante adolescente, conciliación mediante o puede conciliación ser fijada o puede provisionalmente ser fijada provisionalmente por la Comisaría de por Familia, el Comisario en este de caso, hasta el Familia, 50% de los en ingresos este caso, del hasta demandado, el 50% distribuido de los ingresos equitativamente del demandado, entre todos distribuido los hijos equitativamente que tengan éste derecho. entre Es importante todos los aclarar hijos que que tengan la responsabilidad éste Derecho. de Es los importante alimentos aclarar es de que ambos la responsabilidad padres y el aporte de los depende de la alimentos capacidad es económica de ambos de padres cada uno y el de aporte ellos. depende de la capacidad económica de cada uno de ellos.
3 5. SOY PADRE O MADRE MENOR DE EDAD Y ESTUDIANTE, TENGO OBLIGACIÓN DE APORTAR CUOTA ALIMENTARIA? Se está en la obligación de aportar la cuota alimentaría. De no contar con recursos económicos la obligación la asumen los abuelos y si los padres menores tienen bienes responderán con ellos. 6. LE DEBO ALIMENTOS AL HIJO MAYOR DE EDAD? Se deben alimentos a los hijos cuando no tengan los medios necesarios para cubrir sus necesidades y se encuentre estudiando, esta obligación puede cubrir hasta los 25 años de edad, o de manera vitalicia cuando su hija o hijo padezcan una incapacidad física o mental que le impida obtener ingresos para su propia subsistencia. 7. SOY Y PADRE DE VARIOS NIÑOS MENORES DE EDAD Y ESTOY SEPARADO DE MI ESPOSA. QUÉ CUOTA ALIMENTARIA ME CORRESPONDE ENTREGAR? El valor de la cuota puede ser fijado de común acuerdo con la madre de sus hijos, esto se llama conciliación. Del salario que usted tenga pero nunca es superior al 50% de sus ingresos, distribuido entre el número de hijos que tenga. Es importante aclarar que la responsabilidad de Alimentos es de ambos padres y el aporte depende de la capacidad de cada uno. 8. CUMPLO CON LA AYUDA ALIMENTARIA PARA MIS HIJOS, PERO LA MADRE NO ME LOS DEJA VER, QUE DEBO HACER? Quien cumple con sus obligaciones de padre o madre, tiene derecho a reclamar visitas para su hijo, a través de la conciliación ante el Comisario, sino es posible lograr un acuerdo puede demandar en el juzgado promiscuo municipal o demandar penalmente en la estación de policía. Este delito se llama ejercicio arbitrario de la patria potestad, este delito se llama ejercicio arbitrario de la patria potestad.
4 Paternidad ALCALDIA MUNICIPAL Construyendo juntos el San Jeronimo que soñamos
5 1. EL PADRE DE MI HIJO SE NIEGA A RECONOCERLO LEGALMENTE PORQUE DICE NO ESTAR SEGURO DE SER EL PAPÁ DEL NIÑO QUÉ PUEDO HACER ANTE ESTA SITUACIÓN? La madre deberá acudir a la o el centro zonal del Instituto Colombiano de donde viva el niño o la niña y exponer ante el Comisario de Familia. El Comisario o Defensor, cita al presunto padre para promover el reconocimiento voluntario del niño o niña. Si éste no se logra, el Comisario de Familia presentará ante el Juzgado de Familia una demanda de investigación de paternidad. 2. QUÉ ES Y CUÁNDO SE DEBE INICIAR UN PROCESO DE INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD? Es un proceso que Es un proceso que se inicia cuando el niño o la niña no ha sido reconocido legalmente por su padre, es decir, a través del registro civil de nacimiento. La demanda la presenta la en el Juzgado de Familia de Santa Fe de Antioquia, proceso en el cual se solicita practicar la prueba de ADN para determinar la paternidad del niño o niña. 3. EL PADRE DE MI HIJO/A NUNCA SE HA INTERESADO EN CREAR VÍNCULOS AFECTIVOS CON ELLA Y TAMPOCO HA RESPONDIDO ECONÓMICAMENTE, EXISTE LA POSIBILIDAD DE QUE PIERDA SUS DERECHOS COMO PADRE? Si, ya que todo derecho implica un deber y cuando se incumple con los deberes que se tiene como padre (no solo los económicos) se pueden perder los derechos Para privar a un padre de sus derechos, es necesario acudir a la, para que ésta Entidad presente una demanda en el Juzgado de Familia de Santa Fe de Antioquia (Privación patria potestad) que se tienen sobre los hijos. 4. CUÁNDO ME PUEDEN DEMANDAR POR SECUESTRO DE MI HIJO? No se habla de secuestro, se habla de Ejercicio Arbitrario de la Custodia, cuando uno de los padres sustraiga, oculte o arrebate a su hijo sin el consentimiento del padre que ejerza legalmente la custodia. El ejercicio Arbitrario es un delito en Colombia y está sujeto a sanciones penales. Paternidad
6 Funciones y Competencias de las Autoridades Municipales de San Jerónimo COMISARÍA DE FAMILIA INSPECCIÓN DE POLICÍA POLICÍA NACIONAL FISCALÍA Si en tu casa hay violencia intrafamiliar o cualquier tipo de maltrato puedes acudir a la Comisaría, pues allí te escucharán y orientarán en la solución de tus problemas y los de tu familia. Impone medidas de protección inmediatas que pongan fin a la violencia o maltrato que sufra cualquier miembro de la familia. (Violencia física, psicológica, sexual y económica). Define provisionalmente la custodia y cuidado personal, cuota de alimentos y reglamentación de visitas de los niños, niñas y adolescentes. Recibí denuncias y protege a los niños y niñas víctimas de maltrato (físico, psicológico, económico y sexual). Celebra audiencias de conciliaciones sobre: Declaraciones de Uniones Maritales de Hecho, separación de cuerpos (matrimonio civil o canónico), separación de bienes y liquidaciones de sociedades conyugales por causa distinta a la muerte. Rescata a niños y niñas en situación de peligro. Denuncia los delitos cometidos en contra de niños, niñas y adolescentes a la Fiscalía Local. Teléfono: Su objetivo principal es fortalecer la convivencia pacífica. Una de sus responsabilidades es velar por la solución de conflictos que surgen entre los ciudadanos que afectan la tranquilidad, seguridad, salud, movilidad y espacio público. Atiende los problemas originados por el manejo indebido de basuras. Previene y sanciona el maltrato de animales. Sanciona los escándalos y conflictos en lugares públicos o entre vecinos. Sanciona la contaminación auditiva o sonora. Atiende los problemas entre vecinos por daños en predios tales como humedades, grietas, construcciones entre otros. Atiende los problemas de linderos, servidumbres o caminos. Ordena la demolición de obras que amenazan ruina. Regula las ventas ambulantes, que se realicen en las vías públicas, plazas o parques. Registra marcas de ganado. Realiza controles de pesas y medidas. Teléfono: Ext: 121 Su función primordial es garantizar la protección y seguridad de todos los habitantes. Controla e impide el ingreso de niñ@s y adolescentes a los lugares destinados al consumo de bebidas alcohólicas, prostíbulos o lugares donde se realicen espectáculos no aptos para ellos. Adelanta labores de vigilancia y control en los lugares de recreación y deporte y demás espacios públicos donde habitualmente concurran :, niñ@s y adolescentes. Controla el porte de armas de fuego o blancas, bebidas embriagantes, pólvora, estupefacientes y material pornográfico y los decomisa. Identifica niñ@s y adolescentes que realicen trabajos prohibidos Recibe denuncias (alimentos, abuso sexual, Violencia Intrafamiliar ) Previene, controla e impide la entrada de menores de catorce (14) años a las salas de juegos electrónicos. Recibe las denuncias de Inasistencia Alimentaría. Teléfono: Su principal función es investigar y acusar a los presuntos responsables de haber cometido un delito. Investiga los delitos y acusa ante los jueces y tribunales competentes a los presuntos infractores de la Ley. Atiende todos los casos de violencia intrafamiliar y toma medidas de protección para evitar que el daño sea mayor. Asegurar la comparecencia de los presuntos infractores de la Ley. Adoptando las medidas de aseguramiento. Toma las medidas necesarias para restablecer el derecho de las víctimas y la indemnización de los perjuicios ocasionados por el delito. Velar por la protección de las víctimas, testigos e intervinientes en el proceso. Teléfono:
7 Personería Municipal Recibe quejas y reclamos sobre el funcionamiento de la Administración Municipal y sus funcionarios, los investiga y sanciona cuando incumplen sus deberes Orienta a los ciudadanos indicándoles la autoridad a la que deben dirigirse para la solución de sus problemas. Vela por la efectividad del Derecho de petición (derecho que tiene toda persona de presentar peticiones y obtener respuestas oportunas) e instruye a quienes deseen presentarlo. Intercede por los derechos de los usuarios de los servicios públicos domiciliarios. Interpone, cuando lo soliciten, Acciones de Tutela (mecanismo creado para la protección inmediata de los derechos) en nombre de los ciudadanos que se sientan vulnerados sus derechos fundamentales. Divulga la Constitución Política y adelanta programas de promoción, prevención, Educación, concientización sobre los Derechos Fundamentales del hombre. Teléfono: Elaborado por HAROLD LÓPEZ CASTRILLÓN Abogado, Especialista en Derecho Civil y Administrativo
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