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1 MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA PARA SU INCLUSIÓN EN EL ORDEN DEL DÍA DEL PRÓXIMO PLENO DEL AYUNTAMIENTO, PARA SU DEBATE Y APROBACIÓN, AL AMPARO DE LO ESTABLECIDO POR LA LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL, REGULADORA DE LAS BASES DE RÉGIMEN LOCAL Y EL REAL DECRETO 2568/1986, DE 29 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ENTIDADES LOCALES (ART. 97.3) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: Hasta fechas recientes, las necesidades y las gestiones de los vecinos de Majadahonda y de otros municipios de la zona noroeste relacionadas con la Seguridad Social, venían siendo atendidas desde el Centro Comarcal nº 11, de Pozuelo de Alarcón, en el que confluyen de forma integrada los servicios y unidades relativos al Centro de Atención e Información del INSS, a la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social y una Unidad de Recaudación Ejecutiva. Recientemente, esas necesidades han pasado a ser cubiertas a través de las nuevas dependencias ubicadas en el edificio sito en la Carretera de Pozuelo, 30, c/v C/ Moreras, que alberga servicios correspondientes a la Tesorería General de la Seguridad Social y una Unidad de Recaudación Ejecutiva. En cambio, no se le ha dotado de un Centro de Atención e Información del INSS, por lo que no puede considerarse como una verdadera Oficina Integral de la Seguridad Social. La apertura de un Centro de Atención e Información del INSS en Majadahonda se considera plenamente justificada y en consonancia con la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, cuya disposición adicional séptima autoriza al Gobierno para la creación de la Agencia Estatal de la Administración de la Seguridad Social. De una parte, daría servicio a una zona, como es la zona noroeste de Madrid, que ha visto considerablemente aumentada su población en los últimos años. Las personas que viven en estos municipios tienen que desplazarse para solucionar sus problemas al Centro de Pozuelo, que está muy mal comunicado con todos estos pueblos, lo que se agrava por el hecho de que muchas de estas personas son mayores, enfermos o discapacitados, con mayores problemas de movilidad que el resto de la población. Hay además un gran número de personas que preguntan en la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social de Majadahonda por temas de prestaciones (pensiones, asistencia sanitaria, incapacidad temporal, maternidad, etc.), y que tienen que ser derivados al Centro de Pozuelo. De otra parte, en Majadahonda están ubicados el Hospital Puerta de Hierro, que es el que corresponde al Área sanitaria 6, y la Oficina de Empleo del Servicio Público de Empleo Estatal para la zona oeste de Madrid, lo que, para una mejor atención a los ciudadanos, hace recomendable que éstos puedan tener acceso en una misma localidad a todos los servicios del sistema de la Seguridad Social. Finalmente, la citada medida no supone necesariamente un mayor gasto público, ya que, al reducirse la población atendida en Pozuelo, se podrían redistribuir los medios personales (funcionarios destinados en el Centro de Pozuelo, entre otros, podrían trasladarse a Majadahonda), y materiales (equipos informáticos, mobiliario, etc.) actualmente adscritos al mencionado centro. Por todo ello, el presenta la siguiente

2 MOCIÓN: Que por el Ayuntamiento de Majadahonda se inste al Ministerio de Trabajo e Inmigración para la apertura de un Centro de Atención e Información del Instituto Nacional de la Seguridad Social en Majadahonda, en el edificio sito en la carretera de Pozuelo, 30, c/v C/ Moreras, donde ya está funcionando una administración de la Tesorería General de la Seguridad Social y una Unidad de Recaudación Ejecutiva, conformando así una Oficina Integral de la Seguridad Social para Majadahonda y otros municipios de la zona noroeste. Majadahonda, a 19 de octubre de Fdo: Borja Cabezón Royo

3 MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA PARA SU INCLUSIÓN EN EL ORDEN DEL DÍA DEL PRÓXIMO PLENO DEL AYUNTAMIENTO, PARA SU DEBATE Y APROBACIÓN, AL AMPARO DE LO ESTABLECIDO POR LA LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL, REGULADORA DE LAS BASES DE RÉGIMEN LOCAL Y EL REAL DECRETO 2568/1986, DE 29 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ENTIDADES LOCALES (ART. 97.3) EXPOSICION DE MOTIVOS: Desde el y el Grupo Municipal Unión, Progreso y Democracia, estamos muy preocupados por la aparición reciente de nuevas noticias en los medios sobre lo acontecido en el mandato del Alcalde de Majadahonda, Don Guillermo Ortega, período éste del que tanto el actual Alcalde, Narciso de Foxá, como otros concejales actuales de su formación política, el Partido Popular, formaban parte del equipo de gobierno del Ayuntamiento. Dichos acontecimientos siguen sin ser esclarecidos en el ámbito político. El informe de la policía judicial del que se hace eco un diario de tirada nacional contiene afirmaciones de una extraordinaria gravedad, como es que el presunto cerebro de la red Gürtel, Francisco Correa, llegó a tener un control casi absoluto del Ayuntamiento de Majadahonda durante el periodo en el que el exalcalde del municipio Guillermo Ortega, imputado en el caso, estuvo al frente del Consistorio, de tal forma que se creaban facturas específicas para justificar los movimientos de fondos y con ellos alimentar la cuenta por parte de las sociedades de Correa. Las sociedades pagadoras son en su mayoría entidades adjudicatarias de contratos públicos en Majadahonda. El dinero de dicha cuenta se dedica al pago de servicios de carácter publicitario del propio Ayuntamiento y del PP. Que, de acuerdo con dicha información, el modo de actuar de Correa en el Consistorio majariego, gracias al que recibió pingües beneficios al menos entre 2001 y 2005, consistía en asignar dentro de su contabilidad una cuenta denominada gabinete Majadahonda. Esta partida se nutría del dinero que recibía de las empresas concesionarias del Ayuntamiento. En ella se reflejaban todos los ingresos presuntamente ilegales procedentes de las empresas, alguna de las cuales resultó adjudicataria de servicios y obras municipales por un valor superior a los 20 millones de euros. Francisco Correa también se hizo cargo, con este dinero obtenido de una forma presuntamente ilegal de los contratistas de Majadahonda, de los gastos personales del exalcalde majariego Guillermo Ortega; así como de campañas publicitarias del Consistorio y del PP local. Que de tales afirmaciones se infiere directamente que dinero público, de todos los vecinos y vecinas de Majadahonda, fue presuntamente desviado de forma ilegal para un uso privado, lo que, a nuestro juicio, requiere de una explicación pública por parte del actual Alcalde y del resto de concejales aludidos en el informe policial. Que, en aras al esclarecimiento de la verdad y especialmente para que todos los vecinos de Majadahonda conozcan de una vez por todas lo que ocurrió en aquellos años, dónde fue a parar su dinero y quiénes son los responsables de todos aquellos actos, se hace absolutamente necesario que el Alcalde y todo su grupo permitan a todos los grupos políticos y ciudadanos en general el acceso a toda esa información.

4 MOCIÓN: Que, en el ámbito de sus atribuciones legales y responsabilidades políticas, de acuerdo con las previsiones legales pertinentes y desde el máximo respeto hacia el proceso judicial actualmente en curso, proceda de inmediato a convocar una Comisión Municipal de Investigación, formada por representantes de todos los partidos políticos con representación en el Consistorio, al objeto de esclarecer todo lo ocurrido en aquellos años en relación con el llamado caso Gürtel y, muy especialmente, el presunto desvío de fondos públicos para financiación del PP. Majadahonda, a 19 de octubre de Fdo. Borja Cabezón

5 MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA PARA SU INCLUSIÓN EN EL ORDEN DEL DÍA DEL PRÓXIMO PLENO DEL AYUNTAMIENTO, PARA SU DEBATE Y APROBACIÓN, AL AMPARO DE LO ESTABLECIDO POR LA LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL, REGULADORA DE LAS BASES DE RÉGIMEN LOCAL Y EL REAL DECRETO 2568/1986, DE 29 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ENTIDADES LOCALES (ART. 97.3) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: De acuerdo con las cifras que proporciona el Instituto de Estadística de la Comunidad de Madrid, la cifra de parados en Majadahonda se ha duplicado en apenas cinco años, pasando de en el año 2006 a en La crisis económica que padecemos todos ha golpeado muy especialmente a las capas más desfavorecidas de nuestra sociedad. Numerosas familias se han visto abocadas a situaciones de impago de sus hipotecas, de sus alquileres o de cualquier otro gasto o impuesto derivado de la propiedad o uso de la vivienda habitual e incluso al desahucio por impago de sus compromisos financieros. Escasas son las ayudas que prestan las entidades locales para este colectivo. Así, por ejemplo, el Ayuntamiento de Majadahonda ha aprobado recientemente una reducción de los precios de los servicios públicos prestados por las concejalías de Cultura, Deportes y Formación, Empleo y Comercio en los ámbitos de actividades culturales, uso de instalaciones deportivas y cursos de formación. Por otro lado, las ordenanzas fiscales incluyen un conjunto de ayudas en el Impuesto de Bienes Inmuebles para las familias numerosas, que van desde el 15% hasta el 85% en función del número de hijos y del valor catastral de la vivienda (art. 7.4.a); todo ello sin tener en cuenta el nivel de renta de los componentes de la unidad familiar. Es decir, mientras una unidad familiar no numerosa con alguno o todos sus componentes en situación de desempleo no tiene derecho a bonificación alguna en el IBI, una familia numerosa puede llegar hasta el 85% de bonificación, independientemente de sus ingresos. Las administraciones públicas deben ser sensibles a esta realidad y, por consiguiente, poner en marcha los mecanismos a su alcance para ayudar a estas personas y familias en situación de desempleo a afrontar sus compromisos económicos respecto de su derecho constitucional al acceso a una vivienda digna. Por ello, el propone para su aprobación la siguiente: MOCIÓN: El de Majadahonda solicita formalmente la convocatoria de concesión de subvenciones públicas para ayuda al pago de alquileres, hipotecas u otros gastos o impuestos vinculados a la vivienda habitual de aquellas familias en las que alguno o todos sus miembros se encuentren en situación de desempleo, de acuerdo con la siguiente tabla:

6 Uno o más miembros de la unidad familiar en desempleo Todos los miembros de la unidad familiar en desempleo Percibe prestación desempleo por Percibe subsidio por desempleo u otra ayuda pública No percibe ayuda alguna 300 euros/año 500 euros/año 750 euros/año 500 euros/año 750 euros/año 900 euros/año Sin perjuicio de lo que la convocatoria de las subvenciones establezca, las mismas serán sólo de aplicación siempre y cuando la situación que provoca la ayuda de la tabla anterior tenga un antigüedad de al menos seis meses anteriores a la fecha de la convocatoria, con el fin de evitar el disfrute de las mismas a quienes hayan trabajado a lo largo de la mayor parte del ejercicio. Además, dejarán de otorgarse en el ejercicio fiscal en el que la situación que las provoca cese, ya sea porque alguno de los miembros de la unidad familiar comienza a obtener rentas del trabajo o porque pase a percibir cualquiera de las pensiones públicas o privadas que en derecho le corresponda. Para la obtención de estas subvenciones, la convocatoria incluirá asimismo la imposibilidad de acceder a las mismas a aquellas unidades familiares que, a pesar de contar con uno o varios de sus miembros en situación de desempleo, obtengan rentas del trabajo u otros ingresos anuales por encima de los Euros/año por miembro de la unidad familiar. La convocatoria establecerá, de igual modo, el procedimiento para que los vecinos y vecinas de Majadahonda puedan beneficiarse de estas ayudas, indicando de forma expresa que deberán acudir al Ayuntamiento para solicitarlas formalmente, acreditando el cumplimiento de las condiciones que implican el cobro de las mismas. La convocatoria y el cobro de las subvenciones mencionadas se pondrán en marcha a partir del ejercicio En Majadahonda, a 19 de octubre de 2011 Fdo. Borja Cabezón

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