~ PROSPERIDAD. 'liiparatodos
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- Gustavo Lozano Maestre
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1 ~ PROSPERIDAD 'liiparatodos Bogotá, t 7 Die 2012 Doctor MARIO MEJIA CARDONA Subdirector de Dperaclones Departamento Administrativo de la Presidencia de la República Calle 7 No Bogotá, D.C. Asunto: Aprobación de la operación presupuestal contenida en la Resolución No de Rad: Apreciado doctor: De manera atenta, le comunico que de conformidad con lo establecido en el articulo l' del Decreto 4836 de 2011, mediante el cual se modificó el articulo 29 del Decreto 4730 del 2005, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional, imparte aprobación a la operación presupuestal contenida en la Resolución N' 4273 del 11 de diciembre de 2012, por la cual se efeclúa un traslado en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de ese órgano, con Recursos Nación para la vigencia fiscal de 2012, por valor de $ , contenidos en el Presupuesto General de la Nación. Según lo dispuesto en articulo del Decreto mencionado, el jefe del órgano responderá por la legalidad del acto en mención. La aprobación de esta modificación presupuestal se realiza con el propósito de que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, destine recursos para la prevención y atención de desastres a través del Fondo Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres. Los recursos que financian el presente traslado provienen de los rubros "Sueldos de Personal de Nómina" "Prima Técnica", "Otros", "Contribuciones inherentes a la Nómina Sector Privado y Público", "Impuestos y Multas", "Fomento de Políticas, Planes y Programas que Contribuyan a la Promoción Social, Económica, Cullural y Polílica de la Juventud, Ley 375 de 1997 y Decreto 822 de 2000", "Fondo de Programas Especiales para la Paz: Programa Desmovilizados" y "Otras Transferencias - Previo Concepto DGPPW, para el cual esta Dirección mediante el oficio No del 16 de noviembre de 2012, levantó el previo concepto por la suma de $ y según CDP No del 07 de diciembre de 2012, se encuentran disponibles para ser contracreditados. Carrera 8 No. 6 e 38 Bogotá D.G. Colombia Código Postal Conmutador (57 1) alencíoncliente@rninhacienda.gov.co
2 Continuación oficio Aprobación traslado, Resolución No de 2012 Re!: , Página 2 de 2 Finalmente le informo que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República es responsable de dar cumplimiento a lo establecido en el articulo 1" del Decreto 1957 de 2007, moditicado por el articulo 3" del Decreto 4836 de 2011, Cordialmente, Anexos: Original de la Resolución No, 4273 de 2012, en cuatro (4) folios. Copia: Dr, Ca~os Eduardo Acosta Moyana - Contratar Delegado para la Economía y Finanzas Publicas, Contralarla General de la República, Avenida carrera 60 No Centro Comercial Gran Estación 11. REVISÓ:. Omar Montoya I Dian~i!.T1éneZ~ ELABORO:AndreePáez Forer~ Carrera 8 No. 6 e 38 Bogotá D.C. Colombia Código Poslal Conmutador (571) atencioncliente@minhacienda.gov.co
3 , REPUBUCA DE COLOMBIA '$ PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA RESOLUCION NÚMERO DE DIC.2012 Por la cual se efectúa un traslado en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República para la vigencia fiscal de 2012 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLlCA En ejercicio de las atribuciones conferidas en el articulo 29 del D"creto 4730 de diciembre 28 de 2005 modificado por el Decreto 4836 de 2011 y CONSIDERANDO Que, mediante la Ley 1485 del 14 de diciembre de 2011, se decretó el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del l' de enero al 31 de diciembre de Que el Decreto 4970 del 30 de diciembre de 2011 liquidó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2012, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos. Que, de conformidad con el articulo 29 del Decreto 4730 de 2005, modificado con el Decreto 4836 de diciembre 21 de 2011, "Las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto lotal de sus apropiaciones de funcionamiento, selvicio de la deuda o los programas y subprogramas de inversión aprobados por el Congreso, se realizarán mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de tos eslableclmientos púbticos del orden nacional, estas modificaciones se harán por resolución o acuerdo de las Junlas o Consejos Directivos, o por resolución del representante legal en caso de no existir aquellas. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público-Dirección General del Pmsupuesto Público Nacional, aprobará las operaciones presupuestales conlenidas en las resoluciones o acuerdos una vez se realice el registro de las solicitudes en el sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación. Si se trata de gastos de inversión, se requerirá además, del concepto favorable del Departamenlo Nacional de Planeación... " La Dirección General de Crédito Publico y Tesoro Nacional, Con base en las modificaciones de que tratan los incisos anteriores, realizara los ajustes al Programa Anual Mensualizado de Caja - PAC consultando la información registrada en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación. Los órganos públicos que requieran conocer las modificaciones al anexo del decreto de liquidación deberán acceder a las mismas a través del Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación. Los Jefes de los órganos responderán por la legalidad de los actos en mención.,~~""llt 11,H,J1iilul'UUIlfI rl,llllfi'!.~;j/)~obado. ti ","d'i;~11;1~"'~. l "11 ~.tf -
4 r~--c-o-'-tin-c-a-ci6-'-d-e-la-r-e-s-ol-cc-ió-'~"p:-o-, 42/3 RESOLUCION NÚMERO de 2012 Hoja W. 2 I J DIC :-Ia-c-ca-:I-se-e-:fe--c~té~a=c=, ~1,a~s~la:do~e::,::e:-:1 p::,e::s::cp::c:::es::to::d::e:~g:;:a:st:o:-s d::e:-;f~c:nc:;o:?:,am:,:e':to:;--l del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, para la vigencia fiscal de _ _._ ~ _ _ _ _ _ _ _----. Parágrafo: La Dirección General del Presupuesto Publico Nacional podrá solicitar ajustes al PAC cuando to considere pertinente. También podrá solicitar dichos ajustes la Dirección de Inversiones y Finanzas Publicas del Departamento Nacional de Planeación, cuando se trate de gastos de inversión" Que el articulo 9 0 del Decreto 4836 de diciembre 21 de 2011, establece: "Administración fiduciaria de recursos para la prevención y atención de desastres. Los órganos del Presupuesto General de la Nación que, en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto Ley 919 de 1989, decidan ejecutar sus apropiaciones especiales para prevención y atención de desastres a través del Fondo Nacional de Calamidades, lo harán mediante Resolución expedida por el ordenador de gasto del respectivo órgano, en la cual se disponga la transferencia de los recursos al citado fondo. Los recursos se entienden ejecutados con su giro al fondo Nacional de Calamidades y se sujetarán a la normatividad interna que lo regula" Que el articulo 47 de la Ley 1523 de 2012, establece "(...) Fondo Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres. El Fondo Nacional de Calamidades creado por el Decreto 1547 de 1984 y modificado por el Decreto - Ley 919 de 1989, se denominará en adelante Fondo Nacional de Gestión del Riego de Desaslres y continuará funcionando como una cuenta especial de la Nación, con independencia patrimonial, administrativa, contable y estadistica conforme a lo dispuesto por dicho Decreto (...)". Asl mismo el parágrafo 1 del articulo 47 menciona "(...) El Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres podrá recibir, administrar e invertir recursos de origen estatal y/o contribuciones y aportes efectuados a cualquier titulo por personas naturales o jurídicas, instituciones publicas y/o privadas del orden nacional e internacional. Tales recursos deberán invertirse en la adopción de medidas de conocimiento y reducción del riesgo de desastre, preparación, respuesta, rehabililación y reconstrucción, a través de mecanismos de financiación dirigidos a las entidades involucradas en los procesos y a la población afectada por la ocurrencia de desaslres. El Fondo podrá crear subcuentas para los diferentes procesos de la gestión del riesgo (...)" Que el articulo 96 dejo vigente el inciso primero del Articulo 70' del Decreto Ley 919 de Que mediante oficio de octubre 25 de 2012, el director de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, dirigido al Director Nacional del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, solicita recursos para atender la segunda temporada de lluvias de 2012, que inicio el pasado 1 de octubre del año en curso, de conformidad con la información del IDEAM en la cual expresa que actualmente nos encontramos en la fase de transición de la temporada seca hacia la segunda temporada lluviosa del año en el centro y sur de las regiones Andina y Pacifica, la cual se consolidará en la segunda semana de octubre!y noviembre del presente año. En las regiones Caribe, norte de la Costa Pacifica y la Orinoquia, continuará la actual temporada lluviosa hasta noviembre. En el caso de la región Caribe, continuaria la presencia de vendavales, particularmente en poblaciones localizadas al sur de los departamentos de Atlántico, Bolivar, Magdalena, Córdoba, Sucre y Cesar. Que mediante Oficio número de radicación de noviembre 16 de 2012, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional autoriza el levantamiento del previo concepto del rubro Otras Transferencias Previo Concepto DGPPN por valor de $ '.' y." PUlllt,l 1"/'; ""' ~",Y"..!1R08ADO,,~>i!'lj;Y"''''. {,,' 'fm,"jtt MNtIIf ~.
5 RESOLUCION NÚMERO de 2012 Hoja W I 1 DIC Continuación de la Resolución "Por la cual se efeclub un traslado en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Depar1amenlo Administrativo de la Presidencia de la República, para la vigencia fiscal de 2012" _ _ _ _ _ ~,~ ~ _~ Que se hace necesario adelantar los ajustes presupuesta les correspondientes con el fin de disponer de recursos para destinarlos a la prevención y atención de desastres. Que en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Departam"nto Administrativo de la Presidencia de la República para la vigencia fiscal de 2012, existen recursos que por estar libres de afectación presupuestal pueden ser contracreditados. Que la Coordinadora del Grupo de Presupuesto del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, expidió el certificado de disponibilidad presupuestal No de diciembre 07 de 2012, Tipo Modificación Presupuestal por valor de $ R E S U E L V E: ARTICULO 1'. Declarar disponible para ser contracreditada y trasladada la suma de Siete mil seiscentos veintitres millones doscientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintinueve pesos mlcte ($ ) en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, para la vigencia fiscal de 2012, asi: CONTRACRÉDITOS SECCiÓN PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA - GESTION GENERAL CTA SUBC OBJG ORO SUB REC PROG SUBP PROY NOMBRE SPRY ORO APORTE.'" NACIONAL FUNCIONAMIENTO 1 o o o o GASTOS DE PERSONAL 1 o 1 o o SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A 1 o 1 1 o 10 NOMINA SUELDOS DE PERSONAL DE NOMINA 1 o 1 4 o 10. PRIMA TECNICA 1 o 1 5 o 10 OTROS 1 o 5 o o 10 CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NOMINA SECTOR PRIVADO Y PUBLICO 2 o o o o GASTOS GENERALES 2 o 3 o o 10 IMPUESTOS Y MULTAS 3 o o o o TRANSFERENCIAS CORRIENTES 3 1 o o o TRANSFERENCIAS POR CONVENIO CON.EL SECTOR PRIVADO o o PROGRAMAS NACIONALES QUE SE.- DESARROLLAN CON EL SECTOR PRIVADO FOMENTO OE POl.lTICAS, PLANES y PROGRAMAS QUE CONTRIBUYAN A LA o 10 PROMOCION SOCIAL, ECONOMICA, $ $ $ $ $150, $ $ $ CULrURAL y POllTICA DE LA JUVENTUD, ley 375 DE 1997 Y DECRETO 822 DE 2000, FONDO OE PROGRAMAS ESPECIALES o 10 PARA LA PAZ: PROGRAMA DESMOVILIZADOS 3 6 o - o o OTRAS TRANSFERENCIAS o o DESTINATARIOS OE LAS OTRAS TRANSFERENCIAS o 10 OTRAS TRANSFERENCIAS. PREVIO CONCEPTO DGPPN TOTAL CONTRACREDlTOS $ $ $ ,\ '-~ ' T
6 RESOlUCION NÚMERO de 2012 Hoja N DIC Continuación de la Resolución "Por la cual se efeclua un traslado en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, para la vigencia fiscal de 2012" _ _ _ _ _ _._ ~---- ARTICULO 2'. Con base en el contracredito del articulo anterior, abrir el siguiente crédito en el presupuesto de funcionamiento del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República: CRÉDITOS SECCiÓN PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA - GESTlDN GENERAL cra suee OBJG ORO su. REC ORO NOMBRE APORTE NACIONAL 3 o o o o FUNCIONAMIENTO $ TRANSFERENCIAS CORRIENTES $ o o o TRANSFERENCIAS AL SECTOR PUBLICO $ o o ORDEN NACIONAL 7,623, o 10 TOTAL CRÉDITOS TRANSFERIR AL FONDO NACIONAL DE 7,623, GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES. $ Articulo 3'. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación, previa aprobación de la Dirección General del Presupuesto Público NaGional y deroga la Resolución No 3950 de noviembre 22 de PUBLiQUESE, COMUNíqUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D,C., a los 11 DIC. 20/2 ~J~~~~Q L<- APROBADO:,'.\Ilf';"m..;',,'". :::JI ".<' c' 'J /J.ir:~ FERNAND JIME EZ RODRIGUEZ'k\\~' Director General el Presupuesto Público Nacional Elaboró: Gonzalo Quintero Perilla Aprobó. Mario Mejia Cardona 'l~\'" ',' ~ \ '1,, 1-(U, '...
5.3.0.1. Bogotá, Doctor MARIO MEJIA CARDONA Subdirector de Operaciones. Calle 7 No. 6-54 Bogotá, D.C.
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