LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EL PROGRAMA DE PRÉSTAMOS PERSONALES 2014

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1 Hoja: 1 de 27 LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EL PROGRAMA DE PRÉSTAMOS PERSONALES 2014

2 Hoja: 2 de 27 Í N D I C E Hoja 1. OBJETIVO FUNDAMENTO JURÍDICO MARCO NORMATIVO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS PROGRAMA DE PRÉSTAMOS PERSONALES PRESUPUESTO ANUAL ASIGNADO OPERACIÓN DEL PROGRAMA POLÍTICAS DE SEGURIDAD

3 Hoja: 3 de O B J E T I V O El presente documento tiene como objetivo ordenar, especificar y establecer el marco normativo de operación que ayude a identificar los flujos en los procedimientos para otorgar préstamos personales, determinar los niveles de responsabilidad de cada uno de los actores del procedimiento de préstamos personales así como las políticas que refuercen aspectos de transparencia, equidad y oportunidad en el ejercicio de esta prestación.

4 Hoja: 4 de FUNDAMENTO JURÍDICO Con fundamento en el artículo 57 fracción IX previsto en el Estatuto Orgánico del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los, en vinculación con el numeral 3.2 previsto en el Manual de Organización General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores, la Subdirección de Otorgamiento de Crédito, emite los, a efecto de garantizar seguridad y transparencia en el otorgamiento de préstamos personales.

5 Hoja: 5 de M A R C O N O R M A T I V O CONSTITUCIÓN Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Publicada en el D.O.F. el 05 de febrero de 1917, última reforma publicada en el D.O.F. el 27 de diciembre de L E Y E S Ley Federal del Trabajo Publicada en el D.O.F. el 01 de abril de 1970, última reforma publicada en el D.O.F. el 30 de noviembre del Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado Reglamentaria Apartado B del Artículo 123 Constitucional Publicada en el D.O.F. el 28 de diciembre de 1963, última reforma publicada en el D. O. F. 03 de mayo de Ley Federal de Procedimiento Administrativo Publicada en el D.O.F. el 04 de agosto de 1994, última reforma publicada en el D.O.F. 09 de abril de Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos Publicada en el D.O.F. el 13 de marzo del 2002, última reforma publicada en el D.O.F. 15 de junio del Ley General de Protección Civil Publicada en el D.O.F. el 06 de junio de Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Publicada en el D.O.F. el 31 de marzo del 2007, última reforma publicada en el D.O.F. 28 de mayo de Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Publicada en el D.O. F. el 29 de diciembre de 1976, última reforma publicada en el D.O.F. 26 de diciembre de

6 Hoja: 6 de 27 CÓDIGO Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Publicado en el D.O.F. el 14 de enero de 2018, última reforma publicada en el D.O.F. el 07 de abril de REGLAMENTOS Reglamento del Otorgamiento y la Recuperación de los Personales y Su Financiamiento, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores Del Estado. Publicado en el D.O.F. el 14 de mayo del Reglamento de Pasaportes. Publicado en el D.O.F. 26 de diciembre de ACUERDOS Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales. Publicado en el D.O.F. el 03 de diciembre de Acuerdo de la H. Junta Directiva del Instituto, por el que se aprueba el Programa Anual de Personales para el ejercicio 2014, del 16 diciembre de CONDICIONES GENERALES Condiciones Generales de Trabajo del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores Del Estado. De fecha 3 de Mayo del 2005, última modificación el 5 de junio de ESTATUTO Estatuto Orgánico del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Publicado en el D.O.F. el 31 de diciembre del MANUALES Manual de Organización General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores. Publicado el 06 de diciembre de Manual de Procedimientos Especifico de la Dirección de Prestaciones Economicas, Sociales y.

7 Hoja: 7 de EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El 16 de diciembre de 2013, la H. Junta Directiva del Instituto, mediante acuerdo número , aprobó el Programa de Personales para el ejercicio A través del Programa de Personales, la Subdirección de Otorgamiento de Crédito, distribuirá formatos de solicitudes de préstamo personal a las Delegaciones Estatales y Regionales, así como a Dependencias y Entidades afiliadas al régimen de la Ley del ISSSTE, incluyendo a Organizaciones Sindicales de trabajadores acreditados y Asociaciones Civiles de Jubilados y Pensionados.

8 Hoja: 8 de PROGRAMA DE PRÉSTAMOS PERSONALES 2014 El Programa de Personales aprobado por la H. Junta Directiva del Instituto, está dirigido a los trabajadores en activo de las Dependencias y Entidades afiliadas al régimen de la Ley del ISSSTE, Organizaciones Sindicales de y Asociaciones Civiles de Jubilados y Pensionados registradas ante el Instituto, durante el presente año. PERÍODO DEL EJERCICIO La, con base en los recursos aprobados por la H. Junta Directiva, tiene programado el inicio del ejercicio 2014, para el día 04 de febrero del presente año y su conclusión para el mes de diciembre del mismo año. Asimismo, ha programado la distribución de solicitudes de préstamo personal, de acuerdo al calendario siguiente: Periodo Primero Segundo Tercero Fechas de distribución Segunda quincena de enero. Segunda quincena de abril. Segunda quincena de julio. La distribución de los formatos de solicitudes de préstamo personal será conforme los criterios de oportunidad y equidad a todas las Delegaciones Estatales, Regionales, Unidades Administrativas de Prestaciones Económicas (UAPE) y la Unidad de Crédito número 4 (UC4), Dependencias y Entidades afiliadas al régimen de la Ley del ISSSTE, Organizaciones Sindicales de Trabajadores y Asociaciones Civiles de Jubilados y Pensionados, registrados ante el Instituto, a efecto de que lo ejerzan de acuerdo a los nombramientos, ramos y periodos asignados, de conformidad con la programación determinada para el presente año. Será responsabilidad de los Subdelegados de Prestaciones el estricto control y apego de las distribuciones del Programa Directo, de conformidad a la programación definida; cualquier requerimiento de modificación al presupuesto, deberá notificarse a la justificando su necesidad u objetivo. DEL OTORGAMIENTO DE PRÉSTAMOS PERSONALES El Instituto, a través de sus áreas centrales y descentralizadas y de conformidad a lo previsto en los Artículos 162 de la Ley del ISSSTE y 3 del Reglamento del Otorgamiento y la Recuperación de los Personales y su Financiamiento, está facultado para otorgar préstamos personales a todo trabajador en activo que tenga una antigüedad

9 Hoja: 9 de 27 mínima de 6 meses en el puesto, incorporado al régimen total de Seguridad Social del Instituto, así como también a los jubilados y pensionados bajo el régimen de Reparto y Cuenta Individual, siempre y cuando utilicen los formatos autorizados para el presente año de conformidad con los requisitos previstos. Las Delegaciones deberán llevar un control y evidencia de la distribución del programa directo de las solicitudes que les fueron asignadas, para su entrega a los titulares y/o representantes debidamente acreditados, respetando el ramo, cantidades, folios asignados, nombramiento y período especificados. TIPOS DE PRÉSTAMOS PERSONALES AUTORIZADOS PARA EL EJERCICIO Nombre del Préstamo Personal Ordinario Ordinario Exclusivo para Jubilados y Pensionados Ordinario para Turismo Social Especiales Adquisición de Bienes de Uso Duradero (ABUD) Conmemorativo Para Adquisición de Automóvil Extraordinario para Damnificados por Desastre Naturales Color Identificador Verde Morado Rosa Fiusha Rojo Terracota Café Marrón Gris Oxford Amarillo Mostaza Café Chocolate FORMATOS PARA DAMNIFICADOS Para la atención de contingencias evaluadas como desastre natural, se proporcionarán a las Delegaciones afectadas, las dotaciones necesarias de solicitudes Extraordinarias para Damnificados, una vez publicada en el Diario Oficial de la Federación y/o en cualquier otro medio de difusión oficial de la Secretaría de Gobernación, Declaratoria de Desastre Natural por parte de la Coordinación General de Protección Civil dependiente de la Secretaría de Gobernación, de conformidad con lo previsto por la Ley General de Protección Civil y las Reglas Generales del FONDEN. Para el ejercicio de esta modalidad de préstamo personal y en plena correspondencia a lo establecido por las Reglas Generales del FONDEN, en vinculación con el Reglamento del Otorgamiento y la Recuperación de los Personales y su Financiamiento del ISSSTE, no deberán transcurrir más 60 días naturales, entre la fecha de la publicación de la Declaratoria de Desastre Natural, en los medios de comunicación oficial que prevea la Secretaría de Gobernación y la fecha de solicitud del préstamo.

10 Hoja: 10 de 27 FORMATOS DE SOLICITUD DE PRÉSTAMO PARA REPOSICIÓN Las dotaciones de formatos de Personales distribuidas como Reposiciones, no estarán restringidas a ningún Ramo y deberán ser utilizadas de acuerdo a las necesidades de la prestación, en sustitución de solicitudes de Programa Directo que por algún motivo procedió su cancelación del Subsistema Integral de Crédito. De requerirse dotaciones adicionales, formularán su petición mediante oficio, especificando motivo que la origina, la evaluará su atención. FORMATOS DE SOLICITUD DE PRÉSTAMO NO EJERCIDOS De existir formatos de solicitudes en custodia en las áreas de prestaciones económicas del Instituto y en las áreas de Recursos Humanos de las Dependencias y Entidades afiliadas el régimen de la Ley del ISSSTE, que correspondan al ejercicio anterior y/o anteriores, deberán relacionarlas por año, tipo de préstamo, número de folio, así como levantar un acta de hechos y solicitar la intervención del OIC para su destino final, enviando copia del reporte a la Jefatura de Servicios de Normatividad y Operación. MEDIDAS DE CONTROL EN LA DISTRIBUCIÓN DE LOS FORMATOS DE SOLICITUDES DE PRÉSTAMO PERSONAL Con la finalidad de llevar un control sucinto de la entrega-recepción y ejercicio de las solicitudes de préstamo personal, tanto para el presupuesto Directo como Indirecto, las Delegaciones Estatales y Regionales del ISSSTE, así como las Organizaciones Sindicales, el área de Recursos Humanos de las Dependencias Federales, Estatales y/o Municipales y los Representantes Legales de las Asociaciones Civiles de Jubilados y Pensionados, deberán elaborar, sello de la Entidad, Organización o Asociación Civil y sello de la firma del responsable, para que se impriman en el reverso de dichos formatos, colocándolo por debajo de los campos 19 y 20, sin que ello implique ocultar información que deba certificarse, la falta de impresión de este sello y firma, será motivo de rechazo del formato de solicitud para el otorgamiento del préstamo. Asimismo, las Delegaciones Estatales y Regionales, a través de las Subdelegaciones de Prestaciones, UAPE y la UC4, deberán llevar un control estricto de la distribución y entrega de los formatos que se les asignen durante el ejercicio 2014, para atender los tres periodos de programación, integrando reporte de distribución y entrega, detallando cantidades de préstamos personales, rangos de folios, tipo de préstamos, nombre de la persona que recibe la dotación, cargo de la dependencia, Organización Sindical y/o Asociación Civil de Jubilados y Pensionados, así como fechas de entrega.

11 Hoja: 11 de 27 PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Los datos personales recabados serán protegidos y serán incorporados y tratados en el sistema de datos personales, del Sistema Integral de Prestaciones Economicas del ISSSTE, con fundamento en los artículos 7 y 8 de la Ley del ISSSTE y cuya finalidad es el otorgamiento del préstamo personal, el cual fue registrado en el Listado de sistemas de datos personales ante el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública ( y podrán ser transmitidos de acuerdo a lo establecido y para los fines iniciados en los Lineamientos de Protección de Datos Personales, además de otras transmisiones previstas en la Ley. Lo anterior se informa en cumplimiento del Decimoséptimo de los Lineamientos de Protección de Datos Personales publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2005 y demás ordenamientos emitidos por el IFAI. Asimismo, los datos serán responsabilidad del solicitante y cualquier error o inconsistencia en los mismos, será motivo de suspensión del trámite.

12 Hoja: 12 de PRESUPUESTO ANUAL ASIGNADO Con el propósito de eficientar el oportuno otorgamiento de los Personales del Programa Anual 2014, la asignará de acuerdo a su calendario mensual, el presupuesto financiero autorizado programado para cada una de las Delegaciones y tramitará con la Tesorería General del Instituto la radicación de recursos a la cuenta de cheques específica de cada Delegación, para el pago de los préstamos que han sido otorgados. Los Subdelegados de Prestaciones deberán supervisar el ejercicio mensual asignado a su Delegación, con el objeto de que la tramitación, operación y pago de los Personales, se realice en el mes correspondiente, por dependencia, nombramiento y modalidad de préstamo. Por su parte, la vigilará y evaluará que el ejercicio del Programa Anual de cada una de las Delegaciones, se ejecute en los tiempos y formas establecidos, determinando mensualmente el resultado de su cumplimiento. De conformidad a los resultados de evaluación, se propondrán modificaciones y ajustes al Programa Anual y de ser necesario, se evaluará el reasignar el presupuesto de los préstamos programados no ejercidos a Dependencias, Organizaciones y/o Asociaciones que lo demanden, ampliando con ello la cobertura de atención de la derechohabiencia. Las modificaciones presupuestales requeridas, deberán gestionarse oportunamente ante la Jefatura de Servicios de Programación correspondiente de la Subdirección de Otorgamiento de Crédito, bajo los criterios operativos que establezca, mismos que se harán del conocimiento oportuno a las Delegaciones. Toda modificación presupuestal deberá ser realizada mediante el requisitado de formatos establecido, adjuntando el soporte documental respectivo, firmada por el Subdelegado de Prestaciones de la Delegación respectiva, de los Responsables de las Unidades Administrativas de Prestaciones Económicas y/o del Jefe de la Unidad de Servicios de Crédito número 4 en el área metropolitana. Para su inclusión en el Programa Anual de Personales, las Organizaciones Sindicales deberán hacer entrega de la Toma de Nota respectiva, debidamente registrada ante la Autoridad Laboral, así como la Plantilla de Personal de Base que especifique el número de trabajadores que la integran señalando que los mismos se integraron por su libre derecho, sin marcas y alteraciones avalada con el nombre, firma y sello del titular del área de Recursos Humanos de la Entidad o Dependencia de adscripción con independencia al sello y rúbrica en todas y cada una de las hojas que reporten. Para el personal de confianza únicamente se requiere la Plantilla de Personal avalada por su área de Recursos Humanos, en las mismas condiciones antes descritas.

13 Hoja: 13 de OPERACIÓN DEL PROGRAMA En el proceso de otorgamiento de los Personales en sus diversas modalidades, se observará estricta aplicación al marco normativo establecido en la Ley del ISSSTE, Reglamento del Otorgamiento y la Recuperación de los Personales y su Financiamiento, el Manual de Procedimientos para el Otorgamiento de los Personales, los Lineamientos para la Tramitación de los Personales a través de Internet, así como los demás ordenamientos normativos vigentes relacionados con el otorgamiento. MECANISMOS DE TRAMITACIÓN Para el otorgamiento de la prestación los solicitantes podrán realizarlo de forma presencial y/o vía internet, para lo cual deberán cumplir los requisitos siguientes: a) Tramite Presencial, se requiere para su otorgamiento lo siguiente: 1. Presentar Original del Formato de Solicitud de Préstamo Personal, debidamente requisitado. 2. La certificación de los datos personales y laborales del solicitante en el formato de solicitud de préstamo personal, por las áreas siguientes: - Área de Recursos Humanos de la Dependencia o Entidad al que corresponda el trabajador en activo. - Tratándose de pensionados y/o jubilados del Régimen Décimo Transitorio, así como el correspondiente a Cuenta Individual, la certificación es competencia del área de pensiones de las Delegaciones Estatales, Regionales y a nivel central por el Sistema de Atención Integral a Jubilados y Pensionados (SAIJUP). Para el Régimen de Cuenta Individual el operador de pensiones, sustentará con la carta soporte de la aseguradora de su adscripción, el importe actual de la pensión y deducción que se le aplica al solicitante, el cual deberá ser coincidente al registrado en Afiliación y Vigencia de Derechos, y en el supuesto de existir diferencias el Jefe de Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación, solicitará al Jefe de Servicios de Operaciones de Pago y Presupuesto, la actualización de sueldo importe de pensión de cuenta individual en SIPE-AV, anexando carta soporte emitido por la aseguradora. 3. El cumplimiento de los requisitos establecidos en el Artículo 14, fracción I del Reglamento del Otorgamiento y la Recuperación de los Personales y su Financiamiento. 4. Acudir a las áreas de crédito del Instituto para la entrega de la documentación comprobatoria y de identidad.

14 Hoja: 14 de Los operadores de crédito deberán validar la veracidad de los documentos de identificación oficial y realizar las actividades de operación descritas en el Procedimiento para el Otorgamiento de los Personales. 6. El operador procederá a descubrir el código encriptado del campo número 12 de la solicitud, capturándolo tal y como aparece en la solicitud, en el apartado denominado Clave en el SIPE-SIC para ser validado por el Sistema. De ser procedente, el Sistema le permitirá continuar con el proceso. 7. Adicionalmente, los operadores de crédito deberán validar las nuevas medidas de seguridad detalladas en el apartado específico. b) Trámite por Internet, el cuál se llevará a cabo ingresando a la página de internet oficial del Instituto ( atendiendo los requisitos siguientes: 1. Tener el Formato de Solicitud de Préstamo Personal Acceder a la Oficina Virtual ISSSTE. 3. Generar su cuenta de acceso y contraseña (en caso de no haberla generado previamente). 4. Ingresar a la opción Otórguelo Usted Mismo, donde podrá obtener las opciones siguientes: - Cálculo del crédito, el cual determina previamente el monto y condiciones del préstamo personal o bien; - El otorgamiento del préstamo personal. 5. De optar por el trámite de otorgamiento de préstamo personal, el solicitante deberá ingresar el número de folio legítimo impreso en el formato. 6. Posteriormente, el solicitante deberá descubrir el código encriptado del campo número 12 de la solicitud, capturándolo tal y como aparece en la solicitud, en el apartado denominado Clave, donde deberá seleccionar Aceptar, a efecto de ser validado por el Sistema. De ser procedente se permitirá continuar con el proceso. 7. Obtendrá la Certificación Electrónica de sus datos personales y laborales, así como las características del préstamo a obtener, cuya validación es responsabilidad del interesado. 8. De aceptar los términos y condiciones del préstamo, imprimirá el formato Préstamo Autorizado por Internet. 9. Acudir en la fecha señalada a la oficina del ISSSTE que se le indica, donde deberá suscribir firma y estampar su huella en los campos 13 y 14 respectivamente; entregar su documentación comprobatoria y de identidad.

15 Hoja: 15 de Adicionalmente, los operadores de crédito deberán validar las nuevas medidas de seguridad detalladas en el apartado específico. Los operadores de las áreas de otorgamiento del Instituto, tienen la obligación y son responsables de cotejar los documentos comprobatorios y de identidad recibidos, y verificar la coincidencia del número de folio visible del formato recibido con el que presenta la certificación electrónica, así como el de aplicar las acciones de validación descritas en los Lineamientos de Operación para la Tramitación de Personales a través de Internet. DOCUMENTOS QUE INTEGRAN EL EXPEDIENTE CREDITICIO Los expedientes de préstamos personales deberán contener la documentación siguiente: a) Documentos entregados por el solicitante: - Original de la solicitud de préstamo debidamente requisitada. - Copia del último comprobante de percepciones y deducciones, previamente cotejado con su original (previo cotejo del original). - Copia del documento de identidad vigente (previo cotejo del original). - Copia del comprobante reciente de domicilio (con fecha de expedición no mayor a 60 días hábiles). - En su caso, copia de las hojas de servicio de la entidad o dependencia donde laboró el trabajador. - Formato Solicitud de Préstamo Autorizado por Internet, consignando firma del solicitante, en caso de haberlo solicitado por este mecanismo. - Cotización original de la Agencia Distribuidora autorizada, en los casos de préstamo para adquisición de automóvil. - Cotización original del Seguro del Automóvil, en los casos de préstamo para adquisición de automóvil. b) Documentos emitidos por el Instituto - Original de la póliza pagaré. - Copia de la póliza cheque. - Formato de Solicitud Certificada en forma Electrónica, firmada por el solicitante y operador del área de préstamos personales. - Formato del sistema de nueva condiciones de pago, de realizarse regularización de préstamo.

16 Hoja: 16 de 27 - Original de la Carta de Crédito. - Formato de Conciliación Documental (modalidad de préstamo de automóvil). - Correo electrónico con el original de la factura electrónica (modalidad de préstamo de automóvil). c) Documentos emitidos por terceros: - Original de la Póliza de seguro. - Original de la Factura del Automóvil (para su resguardo hasta la amortización total del préstamo). - Reportes de validación de identidad del solicitante, con sello del área y firma del responsable de la validación. - Cotización original de la Agencia Distribuidora autorizada. CERTIFICADORES Y GESTORES DE PRÉSTAMOS PERSONALES De acuerdo a lo establecido en los artículos 7 Ley del ISSSTE, 14 fracción III y 15 segundo párrafo del Reglamento de la materia, las Dependencias y Entidades afiliadas al régimen de la Ley del Instituto, en el mes de enero deberán acreditar al Instituto la designación de los funcionarios que certificarán información, a través de la Cédula de Certificadores para este objetivo (F-SOC-UC-01, Revisión 05, Aplicación 08 de enero de 2014), de igual manera requerirá a las Dependencias, Entidades, Organizaciones Sindicales y Asociaciones Civiles de Jubilados y Pensionados, la designación de los funcionarios que ejercerán funciones de Gestores para la tramitación de préstamos personales (F-SOC-UC-02, Revisión 05 aplicación 08 de enero de 2014). Con el propósito de no afectar a los derechohabientes, de no existir cambio en la designación de los Certificadores y Gestores, se continuarán utilizando las del ejercicio inmediato anterior, hasta el día 31 de marzo. De no contar con las Cédulas actualizadas el día 1 de abril, las solicitudes de préstamo que pretendan ingresar los gestores, no deberán ser admitidas. Toda gestión de trámite de préstamos personales que se pretenda realizar por supuestos certificadores y gestores que no se encuentren previamente acreditados ante el Instituto, será motivo de rechazo, el cual se deberá registrar en el formato F-SOC-UC-05 e informar a la Jefatura de Servicios de Normatividad y Operación. MONTO DEL SUELDO BÁSICO DIARIO Y MENSUAL PARA CONSIDERAR LOS MONTOS MÁXIMOS PRESTABLES

17 Hoja: 17 de 27 De conformidad con la Resolución del H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos que fija los salarios mínimos generales y profesionales vigentes a partir de enero de 2014, el salario mínimo general para el área geográfica A que corresponde al Distrito Federal es de $ En este sentido, para el presente ejercicio, el Sueldo Básico Diario que regirá para determinar el monto de la prestación es de $ 672.9, siendo el equivalente a diez veces el salario mínimo del Área Geográfica A. El importe máximo del Sueldo Básico Mensual aplicable durante el año 2014 para el otorgamiento de los préstamos personales será de $ 20, CARACTERÍSTICAS DE LOS PRÉSTAMOS PERSONALES MONTO PRESTABLE VIGENTE TIPO DE PRÉSTAMO ANTIGÜEDAD EN EL SERVICIO MONTO MÁXIMO PRESTABLE $ Ordinario y Ordinario para Turismo De seis meses y hasta 5 años 13,500 Más de 5 y hasta 10 años 17,000 Más de 10 y hasta 15 años 19,500 Más de 15 y hasta 20 años 22,000 Más de 20 años 24,000 Ordinario Exclusivo para Pensionados Más de 1.5 salarios 26,000 De seis meses y hasta 5 años 80,748 Especiales Más de 5 y hasta 10 años 100,935 Más de 10 años 121,122 De seis meses y hasta 5 años 121,122 A B U D Más de 5 y hasta 10 años 141,309 Más de 10 años 161,496 De seis meses y hasta 5 años 121,122 Conmemorativo Más de 5 y hasta 10 años 141,309 Más de 10 años 161,496 De seis meses y hasta 5 años 121,122 Automóvil Más de 5 y hasta 10 años 141,309 Más de 10 años 161,496 Extraordinarios para De seis meses en adelante 30,000

18 Hoja: 18 de 27 Damnificados TASA DE INTERÉS APLICABLE De conformidad con el artículo 8 del Reglamento del Otorgamiento y la Recuperación de los Personales y su Financiamiento, en vinculación con los Acuerdos y , de la H. Junta Directiva del Instituto se determinan las tasas aplicables sobre saldos insolutos siguientes: TASA APLICABLE TIPO DE PRÉSTAMO SOBRE SALDOS INSOLUTOS % Ordinarios 9 Especiales 12 ABUD 14 Extraordinarios para Damnificados 9 Conmemorativo 14 Automóvil 14 PLAZOS DE AMORTIZACIÓN TIPO DE PRÉSTAMO CRITERIOS BASE PLAZOS AMORTIZACIÓN Ordinario y Ordinario Turismo Social Monto del ingreso y su equivalencia en rango salarial De 18 a 48 quincenas (menor ingreso, mayor plazo) Especial Años de antigüedad en el Servicio 32 a 48 quincenas (mayor antigüedad, mayor plazo) Monto del ingreso y su equivalencia salarial De 48 a 72 Quincenas (menor ingreso, mayor plazo) ABUD Exclusivo Pensionados Plazo único 24 meses Acorde a capacidad de De 72 a 120 quincenas Extraordinario para pago del solicitante (según capacidad de Damnificados Desastres pago) Conmemorativo Plazo Único 48 Quincenas Automóvil Antigüedad en el servicio De 48 a 72 quincenas.

19 Hoja: 19 de 27 RESERVAS A) DE GARANTÍA Conforme al artículo 50 del Reglamento del Otorgamiento y Recuperación de Personales y su Financiamiento, la reserva de garantía tiene como objetivo cubrir el monto insoluto de los préstamos personales cuando los acreditados fallezcan o por única vez cuando sufran una invalidez o incapacidad total permanente, o por cualquiera de las causas que determine la incobrabilidad del préstamo. El monto de la Prima es del 1.0% sobre el importe bruto del préstamo personal que se otorgue. B) PRIMA DE RENOVACIÓN Conforme al Artículo Segundo Transitorio que prevé las Tablas de Compatibilidad entre los préstamos personales, consignadas en el Artículo Segundo Transitorio, incisos a) y b) del Reglamento del Otorgamiento y la Recuperación de los Personales y su Financiamiento, en el supuesto de que el trabajador en activo, Pensionado y/o Jubilado solicite un nuevo préstamo será aplicable el 1.0% sobre el importe bruto del préstamo personal. C) CAPACIDAD DE ENDEUDAMIENTO Con fundamento en el Artículo 164 de la Ley del ISSSTE y el Articulo 17 del Reglamento del Otorgamiento y la Recuperación de los Personales y su Financiamiento del ISSSTE, la suma de los descuentos e intereses por concepto de recuperación de préstamos Hipotecarios, Personales y cualquier otro adeudo a favor del Instituto, no deberá exceder del 50% del total de percepciones del trabajador o pensionado, cualquier otro préstamo adicional que no implique adeudo para el Instituto no será contabilizado para esta restricción crediticia, por corresponder a acreedores externos. TABLA DE CUOTAS DETERMINADAS PARA CUBRIR LOS SEGUROS Y SERVICIOS Con el objeto de verificar el grado de incorporación de los trabajadores, al régimen de seguridad social del Instituto, los operadores de crédito de las Delegaciones, revisarán en los recibos de pago de los solicitantes, el monto de las deducciones aplicadas, o bien aplicarle al monto del sueldo básico mensual la fórmula establecida, consistente en la suma de todos los seguros multiplicado por 100 y dividido por el resultado total de la tabla siguiente:

20 Hoja: 20 de 27 ARTÍCULO DE LA LEY DEL ISSSTE CONCEPTO PORCENTAJE 42 fracción 1, inciso a) Seguro Salud de los Trabajadores en activo y familiares derechohabientes fracción 1, inciso b) Seguro Salud de los Pensionados y Familiares derechohabientes fracción 1 Seguro de Invalidez y Vida fracción 1 Servicios Sociales y 0.5 Trigésimo Primerio Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Transitorio (Porcentaje Avanzada y Vejez fijado a partir del 2012 en adelante) TOTAL En el supuesto de que el resultado exceda 20 salarios mínimos conforme al cálculo anteriormente realizado, el trámite del préstamo personal será motivo de rechazo y deberá solicitar el interesado aclaración de sueldo ante las áreas correspondientes de su Dependencia y Entidad afiliada al régimen de la Ley del ISSSTE. CONFERENCIA DE INDUCCIÓN AL PROGRAMA DE PRÉSTAMOS PERSONALES Con el objeto de coordinar acciones que nos permitan lograr el cumplimiento en tiempo y forma del Programa de, los Subdelegados de Prestaciones deberán convocar previo al inicio del programa a los representantes de las Dependencias y Entidades afiliadas al régimen de la Ley del ISSSTE, Organizaciones Sindicales y Asociaciones de Pensionados y Jubilados, a una conferencia de inducción, actualizándolos en los procesos operativos del otorgamiento, características de los nuevos formatos de solicitud de préstamo así como los lineamientos normativos a observar. Es indispensable levantar una Minuta de estas reuniones (FG-RSC-02), anexando registro fotográfico y enviar copia de la misma a la Jefatura de Servicios de Normatividad y Operación.

21 Hoja: 21 de POLÍTICAS DE SEGURIDAD La con el propósito de garantizar la seguridad de los derechohabientes en el proceso de otorgamiento de préstamos personales en el ejercicio 2014, adicionó medidas de seguridad innovadoras en el diseño de los formatos de solicitudes de préstamo personal. DISEÑO DEL FORMATO DE LAS SOLICITUDES Las medidas de seguridad adicionadas en los formatos de solicitudes de préstamo personal que se ejercerán durante el 2014, representan la garantía y certeza de que el solicitante será el derechohabiente interesado en requerir dicha prestación, en virtud de que se determinaron las medidas de seguridad siguientes: 1.- Papel de seguridad con medida de ¾ de hoja carta, reactivos solventes químicos y marca de agua propia exclusiva del impresor. 2.- Franja de color y numeración específico que identifica la modalidad de cada préstamo personal. 3.- Logotipos y siglas del Instituto ocultos, dispersos en la parte frontal del documento. 4.- Folio consecutivo visible e invisible. 5.- Impresión de microlíneas en el cuerpo del formato. 6.- Marcos con microimpresión. 7.- Código encriptado oculto mediante etiqueta de alta seguridad (Scratch Off) 8.- Código de respuesta rápida (QR-code) 9.- Barra Vertical gris en el margen derecho del anverso del formato, con relieve perceptible al tacto y textos horizontales y verticales Fondo de Seguridad con logotipo del Instituto. MECANISMOS DE VALIDACIÓN Es obligatorio e indispensable para todos los operadores de las áreas de crédito del Instituto, validar la autenticidad de las solicitudes mediante la lámpara de luz negra, cuenta hilos, micas decodificadoras, lector de código de respuesta rápida, de la manera siguiente: A) FORMATOS DE SOLICITUD DE PRÉSTAMO 1. Identificar a contraluz las marcas de agua propias del formato.

22 Hoja: 22 de Comprobar mediante el sentido del tacto, la calcografía de relieve adicionada en la barra vertical color gris ubicada al margen derecho. 3. Utilizar el cuenta hilos para distinguir la impresión de micro líneas en el cuerpo del formato y marcos con microimpresión. 4. Utilizar la lámpara de luz negra, a efecto de identificar datos invisibles, consistentes en: el número de folio, las fibrillas distribuidas en el cuerpo del documento, logotipos y siglas del Instituto. 5. Verificar que el número de folio invisible sea coincidente con el folio visible, impresos en la parte superior frontal del formato. 6. Utilizar el lector de código de respuesta rápida (QR) instalado en un dispositivo móvil o cualquier otro medio de cómputo, para visualizar la leyenda de la modalidad de préstamo personal. 7. En el trámite Presencial, el operador deberá descubrir el código encriptado (campo 12), y en el trámite vía internet el solicitante deberá descubrirlo previamente. 8. Hacer uso de la mica decodificadora, posicionándola de forma horizontal y vertical en las grecas de la calcografía de relieve anteriormente citada, para visualizar leyendas del Instituto ocultas. 9. Visualizar los logotipos del Instituto dentro del fondo gris de seguridad. 10. Revisar y comprobar al reverso del formato de solicitud de préstamo personal contenga sello y la firma que identifique a la Dependencia, Organización Sindical o Asociación Civil de Jubilados y Pensionados que distribuyó dichos formatos. Es importante, que en el trámite Presencial el código encriptado se encuentre cubierto, sin raspaduras, tachaduras y/o enmendaduras, ya que será el operador del área de crédito quién deberá descubrirlo, capturarlo y validarlo en el Sistema, cualquier situación contraria será motivo de rechazo del trámite. B) IDENTIFICACIONES PERSONALES De conformidad con el artículo Quinto Transitorio del Reglamento de la materia, hasta en tanto el Instituto no emita la identificación prevista en el artículo 9 de la Ley, se aceptarán como identificación oficial con fotografía y firma, las siguientes: 1.- Credencial para votar emitida por el Instituto Federal Electoral. 2.- Pasaporte de Nacionalidad Vigente, emitida por la Secretaria de Relaciones Exteriores. 3.- Cédula Profesional, emitida por la Secretaria General de Profesiones. Con la finalidad de reducir riesgos de usurpación de identidad o documentos apócrifos, los operadores de crédito deberán validar su legitimidad, mediante el uso de la lámpara de luz ultravioleta y cuenta hilos, realizando las siguientes acciones:

23 Hoja: 23 de 27 - Credencial para Votar del I.F.E., se deberá verificar las características del nuevo modelo y puntos para su autenticación que presenta la Credencial en el anverso y reverso, especificadas en el Catálogo correspondiente (previa consulta en la dirección electrónica: ). Conforme al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, las credenciales tendrán una vigencia de 10 años, por lo que aquellas emitidas antes de 2008, dejarán de ser vigentes, como identificación personal, a partir del 1 de enero de Pasaporte de Nacionalidad Vigente, validar fotografía digital de la imagen y compararla con los rasgos físicos del solicitante, así como con la imagen fantasma; revisar firma digital del titular comparándola con la que presenta la solicitud del préstamo, confrontar la fecha de nacimiento del solicitante con la edad física que representa, revisar la fecha de caducidad del documento, la cual no podrá ser mayor a 10 años a partir de fecha de expedición conforme a la Reforma del Reglamento de Pasaportes, publicada en el D.O.F. 26 de diciembre de Cédula Profesional, se procederá a comprobar su validez ingresando a la dirección electrónica desplegándose una ventana donde capturará el nombre completo, género y año de expedición aproximado. Obtenidos los detalles del registro, se deberá verificar el nombre completo y número de cédula presentado por el solicitante confrontado con el nombre completo y número de cédula consignado en la página electrónica. Adicionalmente, verificar en el anverso de la Cédula de reciente emisión mediante la lámpara de luz ultravioleta, la existencia de siglas DGP en color naranja, fluorescente, tres en la parte superior, otra en el centro y una última a pié de fotografía. En la parte media colocación de holograma con escudo nacional y siglas SEP. En el reverso de la Cédula, cotejar número de Cédula, nombre y CURP del Titular. Previo a la autorización de los préstamos personales y como medida de validación, el operador deberá consignar en la hoja de consulta, la leyenda Previo cotejo del documento original se anexa comprobante electrónico del mismo, colocando sello del área, nombre del operador, firma autógrafa y fecha de consulta, para tener la evidencia de la comprobación electrónica del documento. De existir dudas sobre la autenticidad del documento de identificación, el operador podrá solicitar al derechohabiente una segunda identificación personal con fotografía y firma, emitida por una instancia gubernamental oficial (licencia de conducir, credencial del centro de trabajo, identificación de pensionado, o cualquier otro documento de identificación).

24 Hoja: 24 de 27 En todas y cada una de las etapas de verificación de los documentos presentados para identificar la personalidad del derechohabiente, se deberá realizar una segunda revisión y validación por parte de otro operador, la que deberá tener el nombre, la firma del segundo revisor y la fecha. En el supuesto de detectar documentos apócrifos, o usurpación de identidad, deberá suspenderse el proceso de trámite, dar aviso inmediato a las autoridades competentes (Área Jurídica y OIC),e iniciar el procedimiento administrativo correspondiente. EQUIPO DE VALIDACIÓN. Las Subdelegaciones de Prestaciones del Instituto deberán instalar en todas las ventanillas de atención a derechohabientes y proporcionar a los operadores del área de crédito que reciban solicitudes de préstamo personal o bien, entreguen cheques derivados del trámite de préstamo personal, una lámpara de luz ultravioleta, cuenta hilos, mica decodificadora, lector de código de respuesta rápida (aplicación informática gratuita para dispositivos móviles), programas institucionales de SIPE-SIC y SIPE-AV según el nivel de usuario. POLÍTICAS DE OPERACIÓN ADICIONALES 1.-Los Titulares de las áreas de Otorgamiento de las Delegaciones, en base a los reportes diarios de Otorgados y Autorizados por Internet deberán canalizar para su pago, los préstamos personales de tipo Especial y Conmemorativo, cuyo monto exceda de $50, (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), a la caja pagadora de la Tesorería Delegacional Estatal y/o Regional. 2.-En el supuesto anteriormente citado, el responsable de la caja pagadora foránea deberá informar al solicitante que a través de la caja pagadora de la Tesorería Delegacional Estatal y/o Regional se le hará entrega del cheque de su préstamo personal. 3.-Las Delegaciones Estatales y/o Regionales que consideren pertinentes establecer políticas de operación adicionales a las previstas en el presente documento, deberán consultarlas previamente con la, a efecto de que sean validadas y autorizadas. 4.-Para eficientar los mecanismos de atención a la derechohabiencia, las Delegaciones Estatales y/o Regionales implementarán las acciones siguientes:

25 Hoja: 25 de 27 - Estandarizar los horarios de servicio de 08:30 a 15:00 horas, sin menoscabo de la atención a los derechohabientes que se encuentren ingresados al horario de cierre de atención. - Establecer filtros previos de revisión de documentos. - Poner a disposición del derechohabiente línea telefónica Delegacional, para programar cita de trámite de préstamo personal (pre-solicitud). - Atención Preferencial a Discapacitados, Pensionados y Jubilados en los primeros 2 días hábiles de cada mes, así como poner a disposición de los mismos un número telefónico exclusivo para aclaración y/o confirmación del trámite, adicionalmente al servicio requerido en el transcurso del mes. - Establecer horarios de atención a gestores acreditados de las Dependencias, Organizaciones Sindicales y/o Asociaciones Civiles de Jubilados y Pensionados. - Establecer tiempos de resolución para el pago del préstamo tanto para trabajadores en activo como a jubilados y pensionados. (3 días para el pago en la caja de la Delegación y 5 días para el pago en cajas foráneas, a partir de que fue autorizado el préstamo). - Utilizar medios de difusión informativos autorizados previamente por el área de comunicación social ( 5.-Las Delegaciones Estatales y Regionales del Instituto, con base a sus circunstancias operativas podrán solicitar por escrito a la Subdirección de Otorgamiento de Crédito la dispensa de las políticas adicionales señaladas en los numerales 1 y 2, exponiendo los motivos y argumentos que impiden realizar dichas acciones, para valoración y en su caso autorización. 6.-El personal del área de crédito Delegacional y cajas pagadoras, deberán participar en el Programa de Capacitación Continua que implemente la Subdirección de Otorgamiento de Crédito y/o las Delegaciones Estatales, Regionales del Instituto. RESPONSABILIDAD AL REALIZAR LA OPERACIÓN Y TRÁMITE DE PRÉSTAMOS PERSONALES Los involucrados en el proceso de otorgamiento de préstamos personales en todas y cada una de las modalidades autorizadas, entiéndase Subdelegados (as) de Prestaciones, Jefes(as) de Departamento de Afiliación y Prestaciones Económicas, Jefes(as) de las Unidades de Prestaciones Económicas, Jefe (a) de la Unidad de Crédito, Jefes(as) de Oficina de Otorgamiento de Crédito y personal operativo, deberán observar estrictamente la aplicación del marco normativo establecido y lo señalado por estos lineamientos de operación.

26 Hoja: 26 de 27 Asimismo, será responsabilidad de los Subdelegados (as) de Prestaciones, informar a la de forma periódica mediante formato preestablecido los incidentes relevantes que afecten y/o pongan en riesgo la operación del presupuesto anual autorizado, así como la distribución y ejercicio del programa de préstamos personales. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ANTE LA DETECCIÓN DE PRÉSTAMOS IRREGULARES DETECCIÓN IRREGULAR PREVIA AL OTORGAMIENTO Y/O PAGO Una vez que el operador, revisó todas y cada una de las medidas de seguridad determinadas tanto en las solicitudes de préstamo personal, como en los documentos de identificación oficial conforme el presente documento normativo y en el supuesto de que detecte presuntos préstamos irregulares previos a su pago, deberá hacerlo del conocimiento de su Jefe de Afiliación y Prestaciones Economicas, quién procederá a la cancelación del trámite del préstamo personal y su notificación a la Jefatura de Servicios de Normatividad y Operación. DETECCIÓN DE PRÉSTAMOS PERSONALES PAGADOS PRESUNTAMENTE IRREGULARES En el supuesto de que un derechohabiente se presente en las áreas de crédito denunciando el desconocimiento de descuentos aplicados por préstamos personales no ejercidos por el titular, dará inicio el procedimiento administrativo, consistente en las acciones siguientes: - El presunto afectado presentará por escrito su inconformidad de daño patrimonial. - Integrará conjuntamente con el área de prestaciones de la Delegación del ISSSTE que le corresponda Acta de Hechos, la cual deberá contener los requisitos siguientes: a) Nombre completo, firma y fecha del derechohabiente afectado. b) Lugar y hora, donde se levanta el Acta. c) Identificación del folio utilizado en el supuesto ilícito. d) Narración sucinta de cómo se llevaron a cabo los hechos. e) En caso de tratarse de una usurpación de identidad, el afectado deberá mostrar identificaciones oficiales vigentes y proporcionar copia simple de las mismas. f) Toda la documentación que sustente el supuesto préstamo irregular. g) Firma y sello del Subdelegado de Prestaciones y derechohabiente.

27 Hoja: 27 de 27 - De ya no encontrarse el expediente crediticio en resguardo de la Subdelegación de Prestaciones, el titular del área de crédito delegacional, solicitará a la empresa encargada de la custodia y digitalización la devolución del expediente original que avala el otorgamiento del crédito, para obtener copias certificadas del mismo y hacer entrega del original al área jurídica delegacional para la integración del expediente en investigación. Una vez oficializado el reclamo por el supuesto ilícito, el área de prestaciones deberá informar al área Jurídica de la Delegación y al Órgano Interno de Control, proporcionado el Acta de Hechos anteriormente citada, para los efectos procedentes. - El titular o responsable del área de prestaciones de la Delegación del ISSSTE deberá informar de los hechos ocurridos a la Jefatura de Servicios de Normatividad y Operación de la. - El titular o responsable del área de prestaciones de la Delegación del ISSSTE deberá Informar a la Subcoordinación de Recuperación de Crédito a nivel central, para gestionar ante la Dependencia y/o Entidad correspondiente, la suspensión de las órdenes de descuento al presunto afectado. Una vez que se llevaron a cabo las acciones administrativas y jurídicas correspondientes los Titulares de las áreas Jurídicas, y de Prestaciones Económicas Delegacional, deberán continuar con la atención personalizada a cada caso, e informar a la su seguimiento y conclusión. LIC. JORGE ERICK PÉREZ PÉREZ. SUBDIRECTOR DE OTORGAMIENTO DE CRÉDITO

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