LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

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1 GUÍA PRÁCTICA LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS PROVINCIA DE BUENOS AIRES Análisis Casos Prácticos ANALÍA SANTOS ROMERO APLICACION TRIBUTARIA S.A.

2 APLICACION TRIBUTARIA S.A. Viamonte 1546 Piso 2º Of. 200 (1055) CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Telefax: /6692/ Web: Santos Romero, Analía. Guía práctica liquidación del impuesto sobre los ingresos brutos: Provincia de Buenos Aires 4ª.ed. - Buenos Aires : Aplicación Tributaria, p.; 21x15 cm. ISBN Impuestos. 2. Ingresos Brutos I. Título CDD Fecha de catalogación: 06/03/2012 COPYRIGHT 2012 BY APLICACION TRIBUTARIA S.A. 4ª Edición, Marzo de 2012 I.S.B.N PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL POR CUALQUIER MEDIO, YA FUERE MECÁNICO, ELECTRÓNICO, ETCÉTERA, SIN AUTORIZACIÓN ESCRITA DEL AUTOR Y DEL EDITOR El presente trabajo ha sido minuciosamente revisado y corregido. No obstante, ni la Editorial ni la autora se hacen responsables, bajo ningún concepto, de ningún tipo de perjuicio que cualquier error y/u omisión puedan ocasionar. Este libro será actualizado, en caso de corresponder por internet ingresando a la página: o durante el plazo de un año desde la fecha de edición o hasta que se edite la nueva edición, lo que suceda primero. Este libro se terminó de imprimir en Marzo de 2012 en APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A. Guido Spano 550 Lanús Oeste (1824) Buenos Aires

3 PRÓLOGO A raíz de la publicación de la Ley Impositiva para el año 2012 (Ley Nº ) se introdujeron importantes modificaciones en la liquidación del impuesto sobre los ingresos brutos de la Provincia de Buenos Aires y en las normas de procedimiento aplicables. Por ello, decidimos publicar la cuarta edición del libro Guía Práctica Liquidación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, a través del cual se reúne en un sólo cuerpo el análisis de los aspectos principales de la liquidación del impuesto sobre los ingresos brutos de la Provincia de Buenos Aires. A tal efecto, comenzaremos haciendo un breve comentario sobre las principales modificaciones introducidas en la liquidación del impuesto sobre los ingresos brutos para el año 2012, para luego tratar en los restantes capítulos los siguientes temas: Aspecto Generales del Impuesto. Determinación, Liquidación y Pago del Impuesto. Exenciones. Determinación de las Obligaciones Fiscales. Normas de Procedimiento. Alta, Baja y Modificación de Datos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Clave de Identificación Tributaria (C.I.T.).

4 Regímenes de Información. Regímenes de Retención y de Percepción. Programa Aplicativo IB Mensual Versión 2.0 Release 18. Tabla de alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos para el año Ante todo, quiero agradecer a todas la personas que hicieron posible la edición de este material, haciendo extensivo mi agradecimiento a mi esposo Martín y a toda mi familia por el apoyo incondicional que me brindan en mi desempeño profesional. Es mi deseo que el presente libro sea de utilidad para todo aquel interesado en el tema. Con este material, además, los lectores tendrán acceso a la actualización permanente por internet, ingresando a o a Allí podrán consultar cualquier cambio o novedad que se produzca una vez impreso el libro y por el término de un año o hasta que se edite una nueva edición. Analía Santos Romero

5 Sumario Analítico PRINCIPALES MODIFICACIONES PARA EL AÑO INTRODUCCIÓN IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS Locación de inmuebles Locaciones fuera del objetodelimpuesto Locación de inmuebles con destino comercial. Alícuota Locación de inmuebles con destino casa habitación Actividades no gravadas. Exportaciones Exenciones Impresión Desarrollo de actividades específicas. Entidades sin finesdelucro Locación de viviendas Empresasexentas Ingresos obtenidos por personas discapacitadas Exención del impuesto a las actividades productivas. Prórroga de la entrada en vigencia Alícuotas Ventadeautos Servicios agrícolas y pecuarios Actividades alcanzadas alaalícuotadel2% Actividades alcanzadas alaalícuotadel5% Actividades alcanzadas alaalícuotadel8% Pagos librados por la Tesorería General de la Provincia Actividades que no sufren modificaciones Comercio al por mayor yalpormenor Producción primaria ydebienes Construcción Industria. Exenciones Actividades relacionadas con la salud humana Prestación de servicios Inicio de actividades Impuesto mínimo MODIFICACIONES AL CÓDIGO FISCAL Domicilio fiscal Contribuyentes reticentes Incumplimiento a los deberes formales. Multa Agentes de recaudación Defraudación fiscal Multa y clausura. Reiteración de infracciones Recursos Traslado de bienes. Ausencia dedocumentación Pagos no debidos o excesivos. Acreditación o devolución Prescripción. Interrupción Prescripción de las acciones y poderes de la Autoridad de Aplicación. Suspensión Facultades de fiscalización. Limitación...44 APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A. Impuesto sobre los Ingresos Brutos / 5

6 CAPÍTULO 1 Aspectos Generales del Impuesto NORMATIVA APLICABLE AUTORIDAD DE APLICACIÓN OBJETO. HECHO IMPONIBLE Definición Elementos del hecho imponible Actividades alcanzadas por el impuesto sobre los ingresos brutos Actividades no alcanzadas por el impuesto SUJETOS Contribuyentes y responsables Responsables por deuda ajena Agentes de recaudación Agentes de información BASE IMPONIBLE Principio general Ingreso bruto. Concepto Bases imponibles especiales Venta de inmuebles y de buques en cuotas CAPÍTULO 2 Determinación, Liquidación y Pago del Impuesto PERÍODO FISCAL CATEGORIZACIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES DETERMINACIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO. ANTICIPOS INICIO DE ACTIVIDADES. ANTICIPO DE INICIO SISTEMA DE LIQUIDACIÓN ARBANET Operaciones realizadas por entidades financieras Compraventa de divisas Operaciones realizadas por sujetos sin obligación dellevarlibros Contratos de leasing Compañías de seguros oreaseguros Operaciones de intermediación Operaciones de préstamo dedinero Comercialización de bienes usados recibidos comopartedepago Agencias de publicidad Profesiones liberales Diferencia entre precio de compra y de venta Actividades relacionadas con la salud humana Conceptos que no integran la base imponible Conceptos deducibles Normativa aplicable Contribuyentes comprendidos Sujetos excluidos Servicios jurídicos brindados por abogados yprocuradores Permanencia en el sistema Arbanet Liquidación de los anticipos Elementos de cálculo / Impuesto sobre los Ingresos Brutos APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A.

7 Determinación del anticipo a abonar Carácter del anticipo Obtención del anticipo mensual Adecuación del anticipo. Opción. Oportunidad Declaración jurada anual. Diferencias Vencimiento para el pago Pago fuera de término. Intereses resarcitorios Forma de pago Declaración jurada anual Introducción Procedimiento a seguir para la presentación de la declaración jurada anual Devolución de saldos afavor Condiciones para que proceda la devolución Procedimiento para la devolución Comunicación de la existencia de saldo a devolver Plazo para la devolución Vencimiento para la presentación Solicitud de exclusión de regímenes de recaudación Reclamos LIQUIDACIÓN DE LOS ANTICIPOS MEDIANTE DECLARACIÓN JURADA Sujetos comprendidos Liquidación de los anticipos Determinación del impuesto a abonar Programa aplicativo a utilizar Vencimiento para la presentación y pago Declaración jurada anual Concepto Información a suministrar Contribuyentes exentos osinactividad Vencimiento para la presentación Generación de la declaraciónjurada PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES JURADAS FALTA DE PRESENTACIÓN. SANCIONES VENCIMIENTOS PARA LA PRESENTACIÓN Y PAGO RÉGIMEN DE IMPUESTO MÍNIMO Introducción Importe Sujetos excluidos Contribuyentes comprendidos en las normas del Convenio Multilateral Desarrollo de actividades con distinto tratamiento tributario Inexistencia de actividad Retenciones y percepciones CONTRIBUYENTES DE CONVENIO MULTILATERAL Declaraciones juradas a presentar Programa aplicativo a utilizar Vencimientos para la presentación y pago del impuesto APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A. Impuesto sobre los Ingresos Brutos / 7

8 11.4. Forma de presentación y pago ALÍCUOTAS Actividades alcanzadas con distintas alícuotas Comercialización Producción primaria y de bienes y servicios dereparación Prestación de servicios DEL PAGO Medios de pago Pagoelectrónico PLANES DE FACILIDADES DE PAGO COMPENSACIÓN IMPUTACIÓN SISTEMA INTEGRAL DE RECAUDACIÓN Y FISCALIZACIÓN SIRFT BAIRES CATEGORIZACIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES. RIESGO FISCAL CAPÍTULO 3 Exenciones INTRODUCCIÓN EXENCIONES SUBJETIVAS EXENCIONES OBJETIVAS TRAMITACIÓN DE LAS EXENCIONES PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS CAPÍTULO 4 Determinación de las Obligaciones Fiscales DETERMINACIÓN ADMINISTRATIVA DETERMINACIÓN DE OFICIO Introducción Determinación de la categoría de riesgo Categorías de riesgo vigentes Consulta de la categoría de riesgo asignada Vigencia de las categorías Disconformidad. Reclamo CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN CASOS PRÁCTICOS Caso Nº 1: Inicio de actividades. Pago de inicio. Impuestomínimo Caso Nº 2: Cómputo de retenciones. Impuesto mínimo Caso Nº 3: Desarrollo de actividades alcanzadas por distinto tratamiento impositivo EXENCIONES DE LAS LEYES NROS Y (PACTO FISCAL) Certificado de exención PROMOCIÓN INDUSTRIAL PERSONAS CON CAPACIDADES DIFERENTES. EMPLEADORES. PAGO A CUENTA Procedencia Determinación de oficio sobre base cierta Determinación de oficio sobre base presunta Procedencia / Impuesto sobre los Ingresos Brutos APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A.

9 Elementos para efectuar la determinación de oficio sobre base presunta Presunciones generales Procedimiento a seguir Resolución.Datos CONTRIBUYENTES RETICENTES Introducción Contribuyente reticente Contribuyentes alcanzados Presunción de actividad Medidas a tomar Presunciones Desarrollo de actividad gravada. Presunción Liquidación del importe a reclamar CAPÍTULO 5 Normas de Procedimiento DEBERES FORMALES DE LOS CONTRIBUYENTES Y RESPONSABLES CONTRIBUYENTES NO INSCRIPTOS. INSCRIPCIÓN DE OFICIO Presunción de actividad Fecha de inicio de actividad Intimación. Descargo Recursos INFRACCIONES Y SANCIONES Introducción Multas Incumplimiento de los deberes formales y de información Falta de presentación de declaraciones juradas Incumplimiento total oparcialdelpago Defraudación fiscal Multa y clausura del establecimiento Traslado de bienes con documentación respaldatoria incompleta Incautación y decomiso debienes Responsabilidad por el pagodelasmultas Reducción de las sanciones Aplicación de las multas Recargos Contribuyentes Agentes de recaudación Forma de pago INTERESES Intereses resarcitorios Evolución de la tasa deinterés Liquidación y pago Intereses punitorios PRESCRIPCIÓN Introducción Plazo de prescripción Prescripción de impuestos Prescripción de multas yclausura Prescripción de la acción derepetición Interrupción de la prescripción Interrupción de la prescripción de las acciones y poderes del Fisco para determinar las APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A. Impuesto sobre los Ingresos Brutos / 9

10 obligaciones fiscales y exigirsupago Interrupción de la prescripción de la acción para aplicar y hacer efectivas las sanciones Interrupción de la prescripción de la acción derepetición Suspensión de la prescripción RECURSOS ANTE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Recursos de reconsideración y de apelación Normascomunes Procedencia Lugar de presentación Elementos a presentar Efectos Requisitos de admisión Recurso de reconsideración Recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal Recurso de repetición Procedencia CAPÍTULO 6 Alta, Baja y Modificación de Datos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos ALTAS, BAJAS Y MODIFICACIÓN DE DATOS DE LOS CONTRIBUYENTES LOCALES Trámites comprendidos Procedimiento general a seguir Iniciodeltrámite Requisitos de la demanda Resolución Interesesaaplicar Vía de apremio Demanda ante la justicia DOMICILIO Domicilio fiscal Denuncia del domicilio fiscal Modificación del domicilio fiscal Domicilio fiscal electrónico Normativa aplicable Concepto Efectos Constitución del domicilio fiscalelectrónico Consulta de las comunicaciones Oportunidad de la notificación Obligatoriedad de suuso FACTURACIÓN Datos obligatorios Número de inscripción Orientación al consumidor CONSULTAS Alta, modificación de domicilio fiscal o de la actividad principal, etcétera Procedimiento a seguir Confirmación del trámite Finalización del trámite / Impuesto sobre los Ingresos Brutos APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A.

11 Clave de Identificación Tributaria (C.I.T.) Certificado de domicilio Número de inscripción y código de actividad Modificación de datos. Plazo Cese de actividad. Condiciones Reempadronamiento para contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos de la Provincia de Buenos Aires Aspectos operativos Introducción Alta en el impuesto sobre los ingresos brutos Cese de actividad. Cancelación de la inscripción Modificación de datos ALTAS, BAJAS Y MODIFICACIONES DE DATOS DE LOS CONTRIBUYENTES DE CONVENIO MULTILATERAL CAPÍTULO 7 Clave de Identificación Tributaria (C.I.T.) INTRODUCCIÓN PROCEDIMIENTO PARA SU OBTENCIÓN CAPÍTULO 8 Regímenes de Información CÓDIGO DE OPERACIÓN DE TRASLADO(C.O.T.) Normativa aplicable Introducción Acceso al Padrón Web Inscripción Modificación de datos Cancelación de la inscripción ALTAS, BAJAS Y MODIFICACIONES DE DATOS DE LOS AGENTES DE RECAUDACIÓN Aspectos generales Inscripción de los agentes de recaudación Procedimiento Documentación a presentar Constancia de inscripción Número de inscripción Modificación de datos Datos a actualizar obligatoriamente Procedimiento a seguir Documentación respaldatoria a presentar Constancia de la modificación de datos efectuada Cese de actividades Procedimiento a seguir MODIFICACIÓN DE LA CLAVE BAJA DE LA CLAVE Obligatoriedad de la obtención del C.O.T Sujetos obligados a la obtención del Código de APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A. Impuesto sobre los Ingresos Brutos / 11

12 Operación de Traslado. Oportunidad Sujetosobligados Oportunidad de su obtención Excepciones a la obligación de obtener el código de operación de traslado Procedimiento para la obtención del Código de Operación de Traslado Obtención de la clave de acceso Tramitación del Código de Operación de Traslado Obtención mediante la página web de la Agencia de Recaudación Obtención vía telefónica Utilización del remito electrónico Utilización del programa aplicativo Transporte de mercaderías para varios destinatarios Modificación del C.O.T Transporte de ganado vacuno, sus cueros y carnes Intervención de más de una empresa de transporte Vigencia del código de operación de traslado Vigenciageneral Transporte documentado mediante guía única de traslado Transporte mediante ferrocarril Transporte efectuado porterceros Utilización del remito electrónico Utilización de depósitos deterceros Incumplimiento a la obligación de obtener el Código de Operación de Traslado. Sanciones Incumplimientos atribuibles al contribuyente Incumplimientos atribuibles a la Agencia derecaudación Sanciones. Excepciones CORRALONES Y EMPRESAS CONSTRUCTORAS Normativa aplicable Régimen de información para la venta al por menor de aberturas, artículos de plomería y gas y de materiales para la construcción Régimen de información para las actividades de construcción, reforma y reparación de edificios residenciales o no residenciales y terminación de edificios y obras de ingeniería civiln.c.p Declaración jurada cuatrimestral. Formas de presentación Formularios Inscripción de los agentes de información Vencimiento para la presentación Incumplimientos reiterados EMPRESAS DE SERVICIOS DE TRANSPORTE AÉREO INTERNACIONAL DE PASAJEROS Introducción / Impuesto sobre los Ingresos Brutos APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A.

13 3.2. Información a suministrar Inscripción de los agentes de información Vencimiento para la presentación Incumplimientos. Sanciones RÉGIMEN DE INFORMACIÓN DE TRANSACCIONES ELECTRÓNICAS CON TARJETAS DE COMPRA Introducción Información a suministrar Declaración jurada a presentar. Vencimiento OTROS REGÍMENES DE INFORMACIÓN Régimen general de información Entidades financieras Colegios, Consejos, otros organismos y las cajas previsionales para profesionales Mercados frutihortícolas ALTA, BAJA Y MODIFICACIÓN DE DATOS DE LOS AGENTES DE INFORMACIÓN Introducción Inscripción Modificación de datos Cese como agente de información CAPÍTULO 9 Regímenes de Retención y de Percepción REGÍMENES GENERALES DE RETENCIÓN Y DE PERCEPCIÓN Normas comunes Alcance de los regímenes generales de percepción yderetención Sujetos obligados a actuar como agentes derecaudación Sujetos pasibles de recaudación Sujetos pasivos. Exclusiones Normas generales Recaudación. Oportunidad Ingreso de los importes recaudados Comprobantes de las retenciones y percepciones efectuadas Imputación de las retenciones y percepciones sufridas Saldosafavor Alícuotas de retención y de percepción a aplicar Padrón de Contribuyentes Grupo de contribuyente. Determinación Consulta del padrón Sujetos incluidos enelpadrón Sujetos exentos. InclusiónenelPadrón de Contribuyentes Habilitación del agente de recaudación Obtención del padrón de contribuyentes Actualización del padrón APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A. Impuesto sobre los Ingresos Brutos / 13

14 Sujetos pasibles de recaudación Disconformidad con la alícuota asignada Régimen general de percepción Objeto Agentes de percepción Sujetos pasibles de percepción Sujetosexcluidos Exclusiones en razón delobjeto Monto sujeto a percepción Monto mínimo sujeto apercepción Alícuota Obtención de la alícuota a aplicar Sujetos no incluidos en el padrón. Imposibilidad de la consulta del padrón. Alícuota de percepción Contribuyentes de Convenio Multilateral y contribuyentes locales de otras jurisdicciones Constancia de la percepción Ingreso de la percepción. Opción por lo devengado Régimen general de retención Objeto Agentes de retención Sujetos pasibles de retención Exclusiones Monto sujeto a retención Procedencia de la retención Alícuota Obtención de la alícuota a aplicar Sujetos no incluidos en el padrón. Imposibilidad de la consulta del padrón. Alícuota de retención REGÍMENES ESPECIALES DE PERCEPCIÓN Comercialización mayorista de combustibles líquidos Agentes de percepción Sujetos pasibles de percepción Monto sujeto a percepción Alícuota Ingreso de las sumas percibidas Compañías de transporte de pasajeros y de carga Agentes de percepción Exclusión de la percepción Monto sujeto a percepción Alícuotaaaplicar Ingreso de las sumas percibidas Comercialización de medicamentos Agentes de percepción Sujetos pasibles de percepción Sujetos exceptuados de sufrir la percepción Monto sujeto a percepción Alícuotas de percepción Ingreso de las sumas percibidas.plazo Régimen general de percepción. Exclusión / Impuesto sobre los Ingresos Brutos APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A.

15 2.4. Comercialización de revistas e impresos de venta condicionada Agentes de percepción Sujetos pasibles de percepción Monto sujeto a percepción Alícuotaaplicable Ingreso de las sumas percibidas.plazo Venta de cervezas y otras bebidas Agentes de percepción Operaciones alcanzadas por el régimen de percepción Sujetos excluidos de sufrir percepciones Monto sujeto a percepción Montomínimo Alícuotas aplicables Ingreso de las sumas percibidas.plazo Exclusión del régimen general de percepción Operaciones de importación definitiva para consumo Alcance del régimen depercepción Operaciones excluidas Agente de percepción Oportunidad de la percepción Sujetos pasibles de percepción Sujetos excluidos de sufrir percepciones Monto sujeto a percepción Información a suministrar Alícuota de percepción Liquidación y pago delapercepción Ingreso de las percepciones por la Dirección General de Aduanas REGÍMENES ESPECIALES DE RETENCIÓN Actividades agropecuarias Agentes de retención Pago del gravamen en formadirecta Monto sujeto a retención Alícuota Ingreso de las sumas retenidas Concesionarios, contratistas y proveedores del estado Agentes de retención Monto sujeto a retención Alícuota Mínimo sujeto a retención Pagos mediante Bonos de Cancelación de deuda. Exclusión de retenciones Ingreso de las sumas retenidas Empresas de construcción Agentes de retención Monto sujeto a retención Alícuota Mínimo sujeto a retención Ingreso de las sumas retenidas Entidades de seguros Agentes de retención Sujetos pasibles de retención APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A. Impuesto sobre los Ingresos Brutos / 15

16 Sujetos excluidos de sufrirretenciones Monto sujeto a retención Alícuota Monto mínimo sujeto aretención Ingreso de las sumas retenidas Honorarios Agentes de retención Improcedencia de la retención Control de cumplimiento y formulario Monto sujeto a retención Alícuota Pagos mediante Bonos de Cancelación de deuda. Exclusión de retenciones Ingreso de las sumas retenidas Instituto Provincial de Lotería y Casinos Agente de retención Monto sujeto a retención Alícuota Ingreso de las sumas retenidas Tarjetas de compra y de crédito Agentes de retención Sujetos pasibles de percepción Sujetos excluidos de sufrirretenciones Monto sujeto a retención Alícuotaaplicable Montomínimo Ingreso de las sumas retenidas CONTRIBUYENTES DE CONVENIO MULTILATERAL Regímenes especiales de recaudación de la Disposición Normativa Serie B Nº 1/ Exhibición de declaraciónjurada Régimen general de Convenio Multilateral. Monto sujeto a retención Regímenes especiales. Monto sujeto a retención Regímenes de recaudación (retención, percepción y/o retención bancaria). Doble imposición. Pautas RÉGIMEN DE RECAUDACIÓN SOBRE CRÉDITOS BANCARIOS Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) Introducción Sujetos pasibles de recaudación Agentes de recaudación Sujetos comprendidos Procedimiento a seguir Declaración jurada apresentar Conceptos sujetos a recaudación Comprobante justificativo delarecaudación Cómputo de las recaudacionesbancarias Asignación entre las distintas jurisdicciones Cómputo en la declaración jurada Reclamos / Impuesto sobre los Ingresos Brutos APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A.

17 Devolución de los importes retenidos originados en errores delsistema Alícuotas de retención Provincia de Buenos Aires. Régimen de recaudación adecuado al SIRCREB Aspectos generales Sujetos pasibles de recaudación Conceptos sujetos a retención Agentes de retención Sujetos exceptuados de sufrirretenciones Conceptos excluidos Oportunidad de la recaudación Alícuotaaplicable Cómputo de los importes recaudados Devolución de importes retenidos Cooperativas. Régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias Alcance Alícuota de recaudación Contribuyentes de la Provincia de Buenos Aires. Régimen de recaudación sobre créditos bancarios Introducción Sujetos pasibles de recaudación Agentes de recaudación Sujetosexcluidos Exclusión. Trámite Importes excluidos Devolución de importes recaudados indebidamente Alícuotaaaplicar Ingreso del importe recaudado Constancia de recaudación e imputación Saldosafavor SOLICITUD DE EXCLUSIÓN Requisitos a cumplimentar Procedimiento a seguir Reducción de alícuotas Atenuación de alícuotas de los regímenes generales de recaudación Vigencia de la reducción o atenuación de alícuotas. Renovación INFORMACIÓN E INGRESO DE LOS IMPORTES RECAUDADOS Ingreso de las sumas recaudadas Información de las recaudaciones efectuadas Declaración jurada a presentar Vencimiento para la presentación CONSULTA DE RETENCIONES Y PERCEPCIONES SUFRIDAS. 408 APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A. Impuesto sobre los Ingresos Brutos / 17

18 CAPÍTULO 10 Programa Aplicativo IB Mensual Versión2.0 Release INTRODUCCIÓN SISTEMA IB MENSUAL VERSIÓN 2.0 RELEASE Ingreso al sistema Pantalla Datos Generales Declaración jurada mensual Pantalla Datos de la Declaración Jurada Pestaña Información del año anterior Pestaña Declaración de actividades Pantalla Retenciones Pantalla Retenciones Bco. Act Pantalla Percepciones aduaneras Pantalla Percepciones Pantalla Otros Pagos Pantalla Liquidación del impuesto Pestaña Saldo del impuesto Pestaña Declaración jurada Pantalla Generar e Imprimir declaración jurada mensual Declaración jurada anual Pantalla Datos de la Declaración Jurada Anual Pestaña Información del año anterior Pestaña Ingresos por actividad Pestaña Retenciones, Ret. Bco., Percepciones Pestaña Información Relevante Pestaña Pagos realizados Pestaña Resumen Presentación de la declaraciónjurada Liquidación de intereses Liquidación de recargos Liquidación de multas ALÍCUOTAS / Impuesto sobre los Ingresos Brutos APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A.

19 PRINCIPALES MODIFICACIONES PARA EL AÑO 2012 PRINCIPALES MODIFICACIONES PARA EL AÑO INTRODUCCIÓN Como todos los años, se aprobó en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires la Ley Impositiva para el año 2012 y las modificaciones al Código Fiscal, mediante la publicación de la Ley Nº (B.O.P.B.A. Nº del 30/12/2011). A través de esta norma se introdujeron modificaciones en el impuesto sobre los ingresos brutos y en el Código Fiscal, tales como: Se grava en el impuesto sobre los ingresos brutos a los alquileres con destino comercial. Asimismo, se establece para dicha actividad la alícuota del seis por ciento (6%). Se grava en el impuesto sobre los ingresos brutos a la locación de inmuebles con destino vivienda, cuando el importe de la locación sea igual o superior a cuatro mil quinientos pesos ($ 4.500) mensuales o a cincuenta y cuatro mil pesos ($ ) anuales. Cuando el propietario sea una sociedad o empresa inscripta en el Registro Público de Comercio o se trate de un fideicomiso, la lo- APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A. Impuesto sobre los Ingresos Brutos / 19

20 PRINCIPALES MODIFICACIONES PARA EL AÑO 2012 cación se encontrará alcanzada por el impuesto, independientemente de su valor. Se incrementa en un dos por ciento (2%) la alícuota a la que se encuentran alcanzadas determinadas actividades de intermediación, pasando del seis por ciento (6%) a la alícuota del ocho por ciento (8%). Se reduce al tres con cincuenta centésimos por ciento (3,50%) la alícuota del impuesto sobre los ingresos brutos a la que se encuentran alcanzadas las actividades de venta de autos, camionetas y utilitarios, nuevos, excepto en comisión y la venta de vehículos automotores, nuevos n.c.p., excepto en comisión (en el año 2011 dicha actividad se encontraba alcanzada a la alícuota del 4%). Se incrementa en un uno por ciento (1%), pasando a estar alcanzada a la alícuota del dos por ciento (2%) la venta al por mayor de productos farmacéuticos, entre otras actividades. Se introducen modificaciones al Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, en lo referente a los contribuyente reticentes, se fija la multa a aplicar a los agentes de recaudación por la falta de presentación de declaraciones juradas, se establece en qué supuestos no se configura la defraudación en el caso de los agentes de retención y/o percepción y se establecen nuevas causales de interrupción de las acciones de fisco para aplicar y hacer efectivas las sanciones. A continuación, procederemos a analizar con mayor grado de detalle las modificaciones enunciadas precedentemente, las que tienen vigencia desde el 1º de enero de / Impuesto sobre los Ingresos Brutos APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A.

21 2. IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS 2.1. Locación de inmuebles Locaciones fuera del objeto del impuesto PRINCIPALES MODIFICACIONES PARA EL AÑO 2012 Una de las modificaciones más importantes y más polémicas introducidas por la Ley Nº para el año 2012 es la referente a la locación de inmuebles en la Provincia de Buenos Aires. Cabe recordar que durante el año 2011, se encontraba fuera del objeto del impuesto los ingresos correspondientes al propietario por la locación de hasta dos (2) inmuebles con independencia de su destino, comercial o casa habitación siempre que no superaran los $ mensuales o los $ anuales, salvo que el propietario fuera una sociedad o empresa inscripta en el Registro Público de Comercio o que se trate de un fideicomiso. A raíz de las modificaciones introducidas al artículo 184 del Código Fiscal, a partir del 1º de enero de 2012, sólo se encuentran fuera del objeto del impuesto los ingresos correspondientes al propietario por la locación de un (1) inmueble destinado a vivienda, siempre que no superen el monto que establezca la Ley Impositiva. Esta excepción no será aplicable cuando el propietario sea una sociedad o empresa inscripta en el Registro Público de Comercio o se trate de un fideicomiso. La Ley Impositiva fijó dicho monto en la suma de cuatro mil cuatrocientos pesos ($ 4.500) mensuales o cincuenta y cuatro mil ($ ) anuales. Asimismo, se aclara que cuando el locador sea un condominio, el monto de ingreso al que se alude ($ mensuales o $ anuales), se considerará con relación al mismo como un único sujeto. De esta manera, quedan alcanzados los ingresos obtenidos por la locación de inmuebles con destino comercial, sin importar el monto de la APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A. Impuesto sobre los Ingresos Brutos / 21

22 PRINCIPALES MODIFICACIONES PARA EL AÑO 2012 locación, el sujeto locador y la cantidad de inmuebles en locación y la locación de más de un inmueble con destino vivienda con independencia del valor de la locación y del locador o la locación de un único inmueble con destino vivienda en la medida que se superen los montos detallados precedentemente o cuando el locador sea un sujeto inscripto en el Registro Público de Comercio o se trate de un fideicomiso Locación de inmuebles con destino comercial. Alícuota A partir del 1º de enero de 2012, los contribuyentes que tengan como actividad la locación de inmuebles con destino comercial deberán proceder a inscribirse en el impuesto sobre los ingresos brutos, debiendo seleccionar como actividad económica: : Servicios inmobiliarios realizados por cuenta propia, con bienes propios o arrendados n.c.p : Servicios de alquiler y explotación de inmuebles para fiestas, convenciones y otros eventos similares. Dichas actividades se encuentran alcanzadas a la alícuota del seis por ciento (6%). Cabe aclarar que durante el año 2011 dicha actividad se encontraba alcanzada a la alícuota del 3,50% Locación de inmuebles con destino casa habitación Los sujetos que tengan como actividad la locación de más de un inmueble con destino casa habitación con independencia del valor de la locación o la locación de un único inmueble con destino casa habitación en la medida que superen los cuatro mil cuatrocientos pesos ($ 4.500) mensuales o cincuenta y cuatro mil ($ ) anuales, o cuando el propietario del inmueble sea un sujeto obligado a inscribirse en el Registro Público de Comercio, deberán inscribirse en el impuesto sobre los ingresos brutos de la Provincia de Buenos Aires. 22 / Impuesto sobre los Ingresos Brutos APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A.

23 Consecuentemente, la Autoridad de Aplicación procedió a incorporar un nuevo código de actividad: Servicios inmobiliarios para uso residencial por cuenta propia, con bienes propios o arrendados. Dicha actividad se encuentra alcanzada a la alícuota del tres con cincuenta centésimos por ciento (3,50%) Actividades no gravadas. Exportaciones PRINCIPALES MODIFICACIONES PARA EL AÑO 2012 Mediante la sustitución del inciso d) del artículo 186 del Código Fiscal, se establece que no se encuentran gravadas en el impuesto sobre los ingresos brutos las exportaciones a terceros países, de: 1) Mercaderías, de conformidad a la definición, mecanismos y procedimientos establecidos en la legislación nacional, y aplicados por las oficinas que integran el servicio aduanero. No se encuentra alcanzada por esta previsión las actividades conexas de: transporte, eslingaje, estibaje, depósito y toda otra de similar naturaleza. 2) Servicios no financieros, siempre que se trate de aquellos realizados en el país, cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior. El Poder Ejecutivo a través de la pertinente reglamentación establecerá el alcance de la presente exclusión, así como los servicios que resultarán comprendidos de conformidad con lo previsto en el Nomenclador de Actividades para los Ingresos Brutos. El citado inciso establecía que no constituye actividad gravada con el impuesto sobre los ingresos brutos: Las exportaciones, entendiéndose por tales la actividad consistente en la venta de productos, mercaderías y servicios no financieros, efectuadas al exterior por el exportador con sujeción a los mecanismos aplicados por la Administración Nacional de Aduanas. APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A. Impuesto sobre los Ingresos Brutos / 23

24 PRINCIPALES MODIFICACIONES PARA EL AÑO Exenciones Lo establecido en este inciso no alcanza las actividades conexas de: transporte, eslingaje, estibaje, depósito y toda otra de similar naturaleza Impresión A partir del 1º de enero de 2012, se encuentran exentos del impuesto sobre los ingresos brutos los ingresos provenientes de la impresión, edición, distribución y venta de libros, diarios, periódicos y revistas, incluso en soporte electrónico, informático o digital, en todo su proceso de creación, ya sea que la actividad la realice el propio editor o terceros por cuenta de éste. Están comprendidos en esta exención los ingresos provenientes de la locación de espacios publicitarios (avisos, edictos, solicitadas, etcétera). En los casos de receptorías de avisos, la exención alcanzará a los ingresos generados por la locación de espacios publicitarios que las citadas receptorías reciben por cuenta y orden del editor, quedando excluidos de la exención los ingresos obtenidos por las mismas como contraprestación por el ejercicio de dicha actividad. Esta exención no comprende los ingresos provenientes de la impresión, edición, distribución y venta de material cuya exhibición al público y/o adquisición por parte de determinadas personas, se encuentre condicionada a las normas que dicte la autoridad competente Desarrollo de actividades específicas. Entidades sin fines de lucro Mediante la sustitución del inciso g) del artículo 207 del Código Fiscal, se establece que a partir del 1º de enero de 2013, se encuentran exentos del impuesto sobre los ingresos brutos, los ingresos obtenidos por el desarrollo de las actividades que establezca la Ley Impositiva, in- 24 / Impuesto sobre los Ingresos Brutos APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A.

25 cluidos los provenientes del cobro de cuotas sociales y otras contribuciones voluntarias, que sean realizadas por asociaciones, sociedades civiles y fundaciones, entidades o comisiones de beneficencia, de bien público, asistencia social, de educación e instrucción, científicas, artísticas, culturales y deportivas, instituciones religiosas y asociaciones obreras, reconocidas por autoridad competente todas sin fines de lucro, siempre que los ingresos obtenidos sean destinados exclusivamente al objeto previsto en sus estatutos sociales, acta de constitución o documento similar y en ningún caso se distribuya directa o indirectamente suma alguna de su producido entre asociados o socios Locación de viviendas Apartir del 1º de enero de 2012 queda derogada la exención aplicable a los ingresos provenientes de la locación de viviendas mientras les sea de aplicación la exención respecto del impuesto a las ganancias, prevista en el inciso l) del artículo 207 del Código Fiscal (t.o. 2011) Empresas exentas PRINCIPALES MODIFICACIONES PARA EL AÑO 2012 Se declara exentas del impuesto sobre los ingresos brutos a las siguientes empresas: Coordinación Ecológica Área Metropolitana Sociedad del Estado (CEAMSE) (ex Cinturón Ecológico Área Metropolitana Sociedad del Estado), exenta del pago del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al período fiscal Aguas Bonaerenses S.A. con participación estatal mayoritaria, exenta del pago del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al período fiscal 2012, siempre que los montos resultantes del beneficio sean invertidos en bienes de capital y/o en planes sociales de reducción de tarifas. APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A. Impuesto sobre los Ingresos Brutos / 25

26 PRINCIPALES MODIFICACIONES PARA EL AÑO 2012 Buenos Aires Gas S.A. exenta del pago del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al período fiscal 2012, siempre que los montos resultantes del beneficio sean invertidos en bienes de capital y/o en planes sociales de reducción de tarifas. Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad del Estado (OSSE), exenta del pago del impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente al período fiscal 2012, siempre que los montos resultantes del beneficio sean invertidos en bienes de capital y/o en planes sociales de reducción de tarifas Ingresos obtenidos por personas discapacitadas Para el período fiscal 2012 se establece en la suma de sesenta y cuatro mil ochocientos pesos ($ ) el monto anual hasta el cual están exentos en el impuesto sobre los ingresos brutos los ingresos gravados de las personas con discapacidad. Debemos recordar que la Ley Impositiva para el año 2011 fijó dicho monto en la suma de cincuenta y cuatro mil pesos ($ ) Exención del impuesto a las actividades productivas. Prórroga de la entrada en vigencia Al igual que todos los años se suspende por un año más es decir hasta el 1º de enero de 2013 la entrada en vigencia de la exención del impuesto sobre los ingresos brutos prevista en la Ley Nº para las siguientes actividades productivas: Código Actividad Destilación, rectificación y mezcla de bebidas espirituosas Industrias vinícolas Bebidas malteada y malta Industrias de bebidas no alcohólicas y aguas gaseosas. 26 / Impuesto sobre los Ingresos Brutos APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A.

27 PRINCIPALES MODIFICACIONES PARA EL AÑO 2012 Código Fábrica de soda Industria del tabaco. Actividad Industrias manufactureras de bebidas y tabacos no clasificados en otra parte Fabricación de pinturas, barnices y lacas Laboratorios de especialidades medicinales y farmacéuticas Laboratorios de jabones, preparados de limpieza, lavandinas, detergentes, perfumes, cosméticos y otros productos de tocador Fabricación de productos químicos, no clasificados en otra parte Refinerías de petroleo Construcción de aparatos y equipos de radio, televisión y de comunicaciones Construcción de aparatos y/ o accesorios eléctricos de uso domestico Fabricación de vehículos automotores Fabricación de piezas de armado de automotores Fabricación de motocicletas, bicicletas, etcétera y sus piezas especiales Industria de la preparación de teñidos de pieles Fabricación de hielo Fabricación de joyas y artículos conexos Fabricación de instrumentos de música Industrias manufactureras no clasificadas en otra parte Industrialización de materia prima, propiedad de terceros Alícuotas Venta de autos A partir del 1º de enero de 2012 se reduce al tres con cincuenta centésimos por ciento (3,50%) la alícuota del impuesto sobre los ingresos brutos a las que se encuentran alcanzadas las siguientes actividades: : Venta de autos, camionetas y utilitarios, nuevos, excepto en comisión. APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A. Impuesto sobre los Ingresos Brutos / 27

28 PRINCIPALES MODIFICACIONES PARA EL AÑO : Venta de vehículos automotores, nuevos n.c.p., excepto en comisión. Cabe recordar que hasta el momento dichas actividades se encontraban alcanzadas a la alícuota del cuatro por ciento (4%), disminuyendo al tres por ciento (3%), cuando las actividades fueran desarrolladas en establecimiento ubicado en la Provincia de Buenos Aires y el total de ingresos gravados, no gravados y exentos, obtenidos por el contribuyente en el período fiscal anterior, por el desarrollo de cualquier actividad dentro o fuera de la Provincia, no supere la suma de treinta millones de pesos ($ ), o en el caso de inicio de actividades, siempre que el monto de ingresos gravados, no gravados y exentos obtenidos durante los dos primeros meses a partir del inicio de las mismas, no superen la suma cinco millones de pesos ($ ) Servicios agrícolas y pecuarios Durante el período fiscal 2012, las actividades servicios agrícolas (0141) y servicios pecuarios, excepto los veterinarios (0142) se encuentran alcanzadas en el impuesto sobre los ingresos brutos a la alícuota del tres por ciento (3%), en sustitución de la alícuota del tres con cincuenta centésimos por ciento (3,50%) Actividades alcanzadas a la alícuota del 2% A partir del 1º de enero de 2012, se incrementó en un uno por ciento (1%) la alícuota a la que se encuentran alcanzadas las siguientes actividades: Venta al por mayor de materias primas agrícolas y de la silvicultura Venta al por mayor de semillas Venta al por mayor de productos farmacéuticos cuando sus establecimientos estén ubicados en la Provincia de Buenos Aires. 28 / Impuesto sobre los Ingresos Brutos APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A.

29 PRINCIPALES MODIFICACIONES PARA EL AÑO Venta al por mayor de abonos, fertilizantes y productos agroquímicos Venta al por menor de semillas Venta al por menor de abonos y fertilizantes Venta al por menor de agroquímicos Actividades alcanzadas a la alícuota del 5% A partir del 1º de enero de 2012, se incrementó en un cero con cincuenta centésimos por ciento (0,50%) la alícuota a la que se encuentran alcanzadas las siguientes actividades: 1551 Destilación, rectificación y mezcla de bebidas alcohólicas; producción de alcohol etílico Elaboración de vinos y otras bebidas fermentadas a partir de frutas Elaboración de cerveza, bebidas malteadas y de malta Elaboración de productos de tabaco Actividades alcanzadas a la alícuota del 8% A partir del 1º de enero de 2012, se incrementó en un dos por ciento (2%) la alícuota a la que se encuentran alcanzadas las siguientes actividades: Venta en comisión de autos, camionetas y utilitarios, nuevos Venta en comisión de vehículos automotores, nuevos n.c.p Venta en comisión de autos, camionetas y utilitarios usados. APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A. Impuesto sobre los Ingresos Brutos / 29

30 PRINCIPALES MODIFICACIONES PARA EL AÑO Venta en comisión de vehículos automotores usados n.c.p Venta en comisión de motocicletas y de sus partes, piezas y accesorios Venta al por mayor en comisión o consignación de mercaderías n.c.p Venta al por mayor de cigarrillos y productos de tabaco Venta al por menor de tabaco, cigarros y cigarrillos en kioscos, polirrubros y comercios no especializados Venta al por menor de tabaco, cigarros y cigarrillos, en comercios especializados Servicios mayoristas de agencias de viajes, por sus actividades de intermediación Servicios minoristas de agencias de viajes, por sus actividades de intermediación Servicios de publicidad, por sus actividades de intermediación Servicios de esparcimiento n.c.p. (comprende a las agencias de lotería) Pagos librados por la Tesorería General de la Provincia Durante el año 2012, se establece que a los fines de la liquidación de los anticipos del impuesto sobre los ingresos brutos así como para la liquidación del impuesto anual aquellos ingresos provenientes de pagos librados por la Tesorería General de la Provincia, generados en la provisión de bienes y/o servicios a la Provincia de Buenos Aires, se tributarán bajo el criterio de lo percibido. 30 / Impuesto sobre los Ingresos Brutos APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A.

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