Sistema Penitenciario Español
|
|
- Virginia Segura Molina
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 Sistema Penitenciario Español Lima 6 diciembre José Luis Castro Antonio. Juez Central Vigilancia Penitenciaria España
2 Normativa Jurídica La Constitución Española, en el artículo 25.2, establece que las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviese cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la Ley Penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad.
3 Ley Orgánica General Penitenciaria (LOGP) de septiembre de 1979 en el artículo 1 del preámbulo establece que Las instituciones penitenciarias reguladas en la presente Ley tienen como fin primordial la reeducación y la reinserción social de los sentenciados a penas y medidas penales privativas de libertad, así como la retención y custodia de detenidos, presos y penados. Igualmente tienen a su cargo una labor asistencial y de ayuda para internos y liberados. Reglamento Penitenciario: Real Decreto 190/96 9 de febrero.
4 El artículo 3 del preámbulo dice: La actividad penitenciaria se ejercerá respetando, en todo caso, la personalidad humana de los recluidos y los derechos e intereses jurídicos de los mismos no afectados por la condena, sin establecerse diferencia alguna por razón de raza, opiniones políticas, creencias religiosas, condición social o cualesquiera otra circunstancias de análoga naturaleza. En consecuencia: 1. Los internos podrán ejercitar los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales, sin exclusión del derecho de sufragio, salvo que fuesen incompatibles con el objeto de su detención o el cumplimiento de la condena. 2. Se adoptarán las medidas necesarias para que los internos y sus familiares conserven sus derechos a las prestaciones de la Seguridad Social, adquiridos antes del ingreso en prisión. 3. En ningún caso se impedirá que los internos continúen los procedimientos que tuvieren pendientes en el momento de su ingreso en prisión y puedan entablar nuevas acciones. 4. La administración penitenciaria velará por la vida, integridad y salud de los internos. 5. El interno tiene derecho a ser designado por su propio nombre. 6. Ningún interno será sometido a malos tratos de palabra u obra.
5 La actividad penitenciaria se ejercerá respetando la personalidad de las personas que, por decisión judicial, les sean encomendadas, así como sus derechos e intereses legítimos no afectados por la condena, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de raza, sexo, religión, opinión, nacionalidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. ( art 4 RP) DERECHOS DE LOS INTERNOS: a) Derecho a que la Administración Penitenciaria vele por sus vidas, su integridad y su salud, sin que puedan, en ningún caso, ser sometidos a torturas, a malos tratos de palabra o de obra, ni ser objeto de un rigor innecesario en la aplicación de las normas. b) Derecho a que se preserve su dignidad, así como su intimidad, sin perjuicio de las medidas exigidas por la ordenada vida en prisión. En este sentido, tienen derecho a ser designados por su propio nombre y a que su condición sea reservada frente a terceros. c) Derecho al ejercicio de los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales, salvo cuando fuesen incompatibles con el objeto de su detención o el cumplimiento de la condena. La libertad religiosa y de culto se asegura mediante convenio con las confesiones religiosas mayoritarias. d) Derecho de los penados al tratamiento penitenciario y a las medidas que se les programen con el fin de asegurar el éxito del mismo.
6 e) Derecho a las relaciones con el exterior previstas en la legislación. Estas podrán adoptar la forma de: 1) Comunicaciones orales, telefónicas o por vídeo conferencia, de acuerdo a las condiciones establecidas. 2) Comunicaciones personales, familiares o grupales e íntimas. f) Derecho a un trabajo remunerado, dentro de las disponibilidades de la Administración Penitenciaria g) Derecho a acceder y disfrutar de las prestaciones públicas que pudieran corresponderles, incluida la prestación por desempleo, derivada de las cotizaciones por trabajo penitenciario. En todo caso, las personas excarceladas, después de más de seis meses en prisión, accederán al subsidio de desempleo, caso de encontrarse en esta situación. h) Derecho a los beneficios penitenciarios previstos en la legislación. i) Derecho a participar en las actividades del centro. j) Derecho a formular peticiones y quejas ante las autoridades penitenciarias, judiciales, Defensor del Pueblo y Ministerio Fiscal, así como a dirigirse a las autoridades competentes y a utilizar los medios de defensa de sus derechos e intereses legítimos. k) Derecho a recibir información personal y actualizada de su situación procesal y penitenciaria.
7 DEBERES DE LOS INTERNOS a) Colaborar activamente en el cumplimiento de la condena, en los términos de ejecución de la misma. b) Colaborar activamente en la consecución de una convivencia ordenada dentro de los centros y mantener una actitud de respeto y consideración hacia las autoridades, los funcionarios, trabajadores, colaboradores de instituciones penitenciarias, reclusos y demás personas, tanto dentro como fuera de los establecimientos. c) Acatar las órdenes y normas de régimen interior que reciba del personal penitenciario en el ejercicio legítimo de sus atribuciones. d) Permanecer en el establecimiento designado hasta el momento de su liberación, a disposición de la autoridad judicial o para cumplir las condenas de privación de libertad que se le impongan. e) Utilizar adecuadamente los medios materiales que se pongan a su disposición y las instalaciones del establecimiento. f) Observar una adecuada higiene y aseo personal, corrección en el vestir y acatar las medidas higiénicas y sanitarias establecidas. g) Realizar las prestaciones personales obligatorias impuestas por la Administración Penitenciaria. h) Participar en las actividades formativas, educativas y laborales definidas en función de sus carencias para la preparación de la vida en libertad. (art 5 RP)
8 LA POBLACIÓN PENITENCIARIA España tiene una de las tasas más elevadas de población reclusa de Europa, con 153,6 reclusos por cada habitantes. A finales de 2009, había en las cárceles españolas internos, Presos en España Administración del Estado ( Septiembre 2010) Generalitat de Cataluña (26/12/09) Se ha producido un incremento por las sucesivas reformas del Código Penal (Periodo de seguridad) y en especial el aumento de la penalización de los delitos de violencia de género y los relativos a la seguridad vial
9 Distribución de la población reclusa por sexo ( Septiembre 2010) Hombres ,93% Mujeres ,07% Total % Distribución de la población reclusa extranjera por sexo Hombres ,84% Mujeres ,16% Total %
10 Población reclusa penada por grupos de edad según sexo ( septiembre 2010) De 18 a 20 años hombres mujeres total De 21 a 25 años hombres mujeres total De 26 a 30 años hombres mujeres total De 31 a 40 años hombres mujeres total De 41 a 60 años hombres mujeres total Mas de 60 años hombres mujeres total Total:
11 Población reclusa preventiva por grupos de edad según sexo ( septiembre 2010) De 18 a 20 años hombres mujeres total De 21 a 25 años De 26 a 30 años De 31 a 40 años De 41 a 60 años Mas de 60 años Total
12 Perfil del recluso 1) Los que proceden de ambientes deprimidos, tienen escasa formación y no poseen cualificación profesional ni habilidades sociales 2) Personas analfabetas funcionales y aquellos que no tiene estudios de educación primaria o no los ha completado 3) Reclusos extranjeros. Algunos no conocen nuestro idioma 4) Alto porcentaje de drogodependientes 5) En 2009, un 25,6% de la población penitenciaria estaba diagnosticada con patologías psiquiátricas Las personas de entre los 31 y 40 años representan el grupo mayoritario en las cárceles hasta alcanzar el 36,5% de la población Mujeres reclusas, que ya suponen el 8% de la población. Extranjeras con largas condenas por delitos CSP Los delitos mayoritarios siguen vinculados a la propiedad (robos), en el caso de los hombres, y a la salud pública (tráfico de drogas), en el de las mujeres Importancia de conocer el perfil del recluso-tratamiento.
13 ESPAÑA: Evolución de la población reclusa
14 Europa: población reclusa por cada habitantes.
15 Clases de Establecimientos Penitenciarios
16 Clases de Centros Penitenciarios La Administración General del Estado cuenta, a finales de 2009, con 67 centros penitenciarios ordinarios, 25 Centros de Inserción Social, dos Unidades de Madres y 13 Unidades Dependientes. Están adecuados a los nuevos objetivos de rehabilitación y formación de los internos. Están concebidos arquitectónicamente con una tipología modular que posibilita crear espacios que facilitan la vida diaria en la prisión y responden a la doble función de lugar de custodia y espacio favorecedor de la rehabilitación Están configurados, pues, para ser instrumentos eficaces para la educación y reinserción de los internos, al tiempo que garantizan su seguridad y el cumplimiento de las penas La distribución geográfica de los nuevos centros se ajusta a la demanda penitenciaria de cada territorio del Estado, lo que permite el cumplimiento de la condena en la instalación más próxima al lugar de origen del interno
17 Centros penitenciarios ordinarios Se ha desarrollado un modelo tipo de cárcel que ha servido de base para la construcción de modernas instalaciones Los centros penitenciarios funcionan como pequeñas ciudades autosuficientes con todos los servicios necesarios para su correcto funcionamiento. Los propios internos se hacen cargo de la gestión de la panadería, la lavandería, el economato o del servicio de limpieza, bajo la fórmula de talleres productivos Mediante la diferenciación de zonas, residencial, central de equipamientos, de trabajo y perimetral, se garantizan altos niveles de seguridad y eficiencia, Los centros están dotados con tecnología de seguridad de alto nivel, así como con sistemas de provisión de servicios y energías renovables.
18 CENTRO TIPO
19 Centros de Inserción Social (CIS) Estos centros están destinados a internos que: 1) Cumplen su pena en Régimen Abierto o que se encuentran en un proceso avanzado de reinserción. (100.2 RP) 2) Penas alternativas que no exigen el ingreso en prisión ( TBC, Suspensión de condena, arresto domiciliario) Seguimiento de las libertades condicionales. Los CIS están ubicados en los centros urbanos o semiurbanos, en lo posible, próximos a entornos sociales que son familiares a los penados a fin de que les resulte más fácil su integración en la vida social de las personas libres EL medio abierto requiere la aceptación voluntaria del interesado y está basado en el principio de confianza ya que los presos gozan de libertad para cumplir con sus compromisos laborales y tratamientos terapéuticos fuera del centro La tecnología ofrece alternativas de control a distancia de la movilidad de los presos: La pulsera o tobillera vinculadas a un detector telefónico, el señalizador personal por vía GPS, el analizador de consumo de alcohol con visor de imagen personal o los detectores de identificación personal por voz son algunos de los medios de que se dispone para tener un control a distancia de los internos
20 Unidades de Madres La legislación española contempla el derecho de las madres reclusas a mantener a sus hijos con ellas hasta que cumplan los tres años. La vida en estos módulos está adaptada a los horarios y necesidades de los niños y transcurre de forma semejante a la de cualquier niño en el medio libre; duermen y desayunan con sus madres, asisten a la escuela infantil, etc. El Gobierno aprobó, en diciembre de 2005, la construcción de cinco nuevas infraestructuras penitenciarias, dentro del Plan de Creación y Amortización de Centros Penitenciarios para albergar a las madres con hijos menores de edad. Son espacios ubicados fuera de los recintos carcelarios que por su situación, diseño y equipamiento están adaptados para cubrir las necesidades de los menores en sus primeros años al tiempo que hacen efectivo el cumplimiento de la pena de las madres. Existe también una Unidad Familiar en el centro penitenciario de Madrid VI para aquellos casos en que ambos miembros de la pareja se encuentren encarcelados. En este centro pueden convivir los padres con sus hijos menores de 3 años, si reúnen un mínimo perfil de seguridad y ofrecen garantía del buen cuidado de los menores
21 Hospitales psiquiátricos penitenciarios Los hospitales psiquiátricos penitenciarios son centros especiales destinados al cumplimiento de las medidas de seguridad privativas de libertad a internos diagnosticados con trastornos mentales. En estos centros predomina la función asistencial, coordinada por un equipo multidisciplinar compuesto por psiquiatras, psicólogos, médicos generales, enfermeros, trabajadores sociales, educadores y terapeutas ocupacionales, que son los encargados de garantizar el proceso de rehabilitación del interno conforme al modelo de intervención biopsicosocial En estos hospitales psiquiátricos no existe el sistema de clasificación en grados de tratamiento previsto para los centros ordinarios de cumplimiento de penas. El objetivo principal de estos hospitales pasa por conseguir la estabilización psicopatológica de los pacientes y la reducción de su peligrosidad, todo ello, como paso previo a una posible sustitución de la medida de seguridad privativa de libertad por una medida de tratamiento ambulatorio en la comunidad. Alicante y Sevilla.
22 Unidades Dependientes Se trata de instalaciones residenciales situadas fuera de los centros penitenciarios que al estar ubicadas en los núcleos urbanos, sin ningún signo de distinción relativo a su dedicación La Administración Penitenciaria autoriza el funcionamiento de esta fórmula de cumplimiento de la pena atendiendo a la peculiaridad de algunos internos y a sus circunstancias personales Tienen una doble función: 1. complementan el trabajo de reinserción iniciado en los centros penitenciarios con actividades que fomentan el desarrollo personal, la responsabilidad y los valores de convivencia, 2. al encontrarse los internos diariamente en el exterior adquieren, o en su caso refuerzan, los vínculos familiares y los hábitos laborales, La gestión de estos centros se realiza de forma preferente y directa por asociaciones, entidades colaboradoras y ONGs con la supervisión de la Administración Penitenciaria.
23 CENTROS PENITENCIARIOS ORDINARIOS
24 CENTROS DE INSERCION SOCIAL Y UNIDADES DE MADRES
25 Órganos Penitenciarios -Colegiados -Unipersonales
26 Consejo de Dirección. Órganos colegiados Composición. (Art 270 RP) 1. El Consejo de Dirección de cada Establecimiento penitenciario estará presidido por el Director del Centro Penitenciario y compuesto por los siguientes miembros: a) El Subdirector de Régimen. b) El Subdirector de Seguridad. c) El Subdirector de Tratamiento. d) El Subdirector Médico o Jefe de los servicios médicos. e) El Subdirector de Personal, si lo hubiere. f) El Administrador. Funciones. ( Art 271 RP) 1. Al Consejo de Dirección, sin perjuicio de las atribuciones del Centro Directivo y del Director del Establecimiento, corresponde impulsar y supervisar las actuaciones de los restantes órganos del Centro Penitenciario y tendrá las funciones siguientes a) Supervisar e impulsar la actividad general del Centro Penitenciario. b) Elaborar las normas de régimen interior del Centro Penitenciario para su aprobación por el Centro Directivo. c) Adoptar cuantas medidas generales resulten necesarias en los casos de alteración del orden del Centro, dando cuenta inmediata al Centro Directivo.
27 d) Fijar el número de Equipos Técnicos del Centro Penitenciario y determinar su organización, funcionamiento y composición conforme a las normas de desarrollo de este Reglamento. e) Determinar los puestos auxiliares que requieran las necesidades del Establecimiento conforme a las normas de desarrollo de este Reglamento. f) Fijar los días en que puedan comunicar los internos y establecer los horarios de las comunicaciones especiales y de recepción y recogida de paquetes y encargos, así como de los recuentos ordinarios. g) Determinar las áreas regimentales de participación de los internos en las actividades del Centro y ejercer las competencias que le atribuye este Reglamento en el proceso de elección de representantes de los internos, así como suspender o dejar sin efecto la participación en los supuestos de alteraciones regimentales previstos en este Reglamento. h) Ejercer las demás competencias que le atribuye este Reglamento y sus normas de desarrollo y, en general, todas aquellas que afecten al régimen del Establecimiento que no estén atribuidas a otros órganos.
28 Junta de Tratamiento Este órgano se encargara de establecer y ejecutar los programas de tratamiento penitenciario (Art 273 RP) Previo estudio del interno deberá hacer la propuesta de grado mas adecuada para la clasificación del interno (Clasificación inicial, progresiones y regresiones de grado) ( Art 100 a 109 RP) Se encargara de la ejecución del tratamiento penitenciario ( Art 111 RP) Propondrá al centro directivo el traslado de internos ( Art 31.2 RP) Interviene en las propuestas de concesión o de negación de beneficios penitenciarios y de permisos de sanidad ( Arts. 160 a 162 RP) Propondrá al JVP la concesión del adelantamiento de libertad condicional y del indulto ( Arts. 205 y 206 RP) Inicia el expediente de libertad condicional, emitiendo los pronósticos de integración social del interno y remitiendo el expediente al JVP Propone a la Comisión Disciplinaria la suspensión o reducción de sanciones que hayan sido impuestas a los presos ( Arts. 255 y 256 RP)
29 Composición ( Art 272 RP) 1. La Junta de Tratamiento estará presidida por el Director del Centro Penitenciario y compuesta por los siguientes miembros: a) El Subdirector de Tratamiento. b) El Subdirector Médico o Jefe de los Servicios Médicos. c) Los Técnicos de Instituciones Penitenciarias que hayan intervenido, en su caso, en las propuestas sobre las que delibere. e) Un trabajador social, que haya intervenido en las propuestas sobre las que se delibere. f) Un Educador, que haya intervenido en las propuestas. g) Un Jefe de Servicios, preferentemente el que haya intervenido en las propuestas.
30 Equipo técnico Su función constara principalmente de la atención a la vida penitenciaria del interno ( Art 275 RP) Podrá proponer a la Junta de Tratamiento que adapte a cada penado, aspectos característicos de cada grado con el fin de ejecutar un programa que necesite tal adecuación para su correcta ejecución ( Art RP) Elaborara los informes sobre los internos a la hora de concesión o de negación de permisos de salida Composición ( Art 274 RP) 1. El Equipo Técnico actuará bajo la dirección inmediata del Subdirector de Tratamiento. 2. Podrán formar parte del Equipo Técnico: a) Un Jurista. b) Un Psicólogo. c) Un Pedagogo. d) Un Sociólogo. e) Un Médico. f) Un Ayudante Técnico Sanitario/Diplomado universitario en Enfermería. h) Un Maestro o Encargado de Taller. i) Un Educador. j) Un Trabajador Social. k) Un Monitor Sociocultural o Deportivo. l) Un Encargado de Departamento
31 Comisión disciplinaria Es el órgano colégialo encargado del orden disciplinario en el centro penitenciario Su competencia se refiere tanto a lo relativo, a la calificación de infracciones y sanciones como también a la concesión de recompensas Composición ( Art 276 RP) 1. La Comisión Disciplinaria estará presidida por el Director del Centro y compuesta por los siguientes miembros: a) El Subdirector de Régimen. b) El Subdirector de Seguridad. c) Un Jurista del Establecimiento. d) Un Jefe de Servicios. e) Un funcionario de la plantilla del Centro Penitenciario. Junta Económico-Administrativa Se encargara de los aspectos económicos que rigen la vida del centro penitenciario ( Art 279 RP)
32 Órganos unipersonales 1. Director Figura preponderante en el establecimiento penitenciario ya que ostenta la representación de los órganos colegiados y del Centro Directivo Dirige, coordina, supervisa la ejecución de las directrices del centro directivo relativas al tratamiento, régimen, sanidad, personal y gestión Económico-Administrativa Puede adoptar medidas urgentes en materia disciplinaria en caso de alteración del orden convivencial 2. Subdirectores Figura dependiente del directos que realizara las funciones que este le encomiende con fiel reflejo de sus instrucciones ( Art 281 RP) 3. Administradores Dirigen los servicios administrativos del establecimiento penitenciario ( Art 282 RP) 4. Jefes de servicio Se encargan de la coordinación de los servicios del área de vigilancia del centro y pueden adoptar las medidas indispensables para mantener el orden y buen funcionamiento del mismo Pueden suspender las comunicaciones orales dando cuenta al Director Pueden efectuar recuentos extraordinarios, autorizar cacheos con desnudo integral y emitirá informe para aplicar cuando sea necesario el régimen cerrado a los internos preventivos ( Art 97 RP)
33 EL sistema penitenciario cuenta con un equipo multidisciplinar de profesionales tales como: Juristas. Son los encargados de estudiar toda la información penal, procesal y penitenciaria de cada interno y de realizar la valoración jurídica para su clasificación que determinará la programación del tratamiento que ha de seguir. Redactan y fundamentan los acuerdos adoptados por la Junta de Tratamiento y realizan informes jurídicos para las autoridades judiciales y la Administración Penitenciaria. Los servicios jurídicos de cada centro penitenciario proporcionan orientación legal e información actualizada de la situación procesal, penal y penitenciaria a los internos para que puedan trazar unas expectativas realistas de futuro a medio y largo plazo. Psicólogos. Estudian las variables que determinan el comportamiento del interno para emitir informes e identificar las carencias y necesidades que deben ser tenidos en cuenta a la hora de asignar los programas de tratamiento y los modelos individualizados de intervención para cada recluso. Son los responsables de llevar a cabo lo programas terapéuticos
34 Educadores. Su trabajo consiste en conocer, asesorar e informar tanto de temas penitenciarios como extra penitenciarios a cada uno de los internos que tienen asignados. Observan su conducta y emiten los correspondientes informes que quedan reflejados reflejados en la carpeta de seguimiento. Desarrollan los programas de intervención terapéutica y las actividades culturales y deportivas que afectan a los internos que tienen a su cargo. Trabajadores sociales. Antes de iniciar cualquier otra intervención para la rehabilitación del interno, la atención prioritaria de los trabajadores sociales está centrada en resolver la problemática socio-familiar que ha desencadenado su ingreso en prisión. En particular, proporcionan información y asesoramiento de los servicios sociales existentes para que puedan acceder a subsidios, ayudas para la vivienda, escolarización, becas, subvenciones, etc.. Los trabajadores sociales median en la restauración de los vínculos familiares deteriorados o rotos para recomponer el tejido social del interno. Cuando estos no existen, buscan recursos sociales alternativos de asistencia con vistas a su paulatina reintegración social. También son los responsables de propiciar la inserción laboral de aquellos reclusos cuya situación penitenciaria les permite acceder al entorno social y laboral. Todo esto sin desatender la labor de apoyo y seguimiento a los liberados condicionales y a las personas sometidas a penas alternativas.
35 Personal sanitario. Son los encargados de elaborar los protocolos para el desarrollo de la actividad asistencial dentro del establecimiento penitenciario. Deben asegurar que la atención sanitaria sea de calidad mediante la utilización racional y eficiente de los recursos diagnósticos y terapéuticos propios y ajenos. Determinan los criterios para la derivación al nivel especializado de los enfermos que la precisan y hacen un seguimiento crítico. También son los responsables de asegurar el correcto cumplimiento de los programas de salud establecidos por la dirección del centro o por la administración sanitaria competente. Tienen que velar para que toda la documentación sanitaria esté correctamente cumplimentada y pueda estar a disposición de la dirección del centro y de los organismos sanitarios públicos Sociólogos. Realizan las investigaciones y estudios que determina la Administración Penitenciaria, al tiempo que asesoran sobre las materias propias de su especialidad. También participan en la programación, desarrollo y evaluación de los programas de intervención a los reclusos. Personal de Interior y Vigilancia. Este grupo representa la inmensa mayoría del colectivo de trabajadores del sistema y desarrolla diversas y variadas funciones dentro de los centros. Además de garantizar el mantenimiento del orden, este colectivo está directamente implicado en las tareas educadoras y de rehabilitación de los presos. Al estar en contacto directo con los internos, dispone de información de primera mano sobre su comportamiento y es un observador privilegiado de la evolución que experimentan durante el desarrollo de los diferentes programas. Su trabajo se desarrolla en estrecha colaboración con los equipos terapéuticos y educativos del centro y su aportación resulta una factor imprescindible en el proceso de reinserción del delincuente.
36 Seguridad y vigilancia Exterior. Competencia. ( Art 63 RP) 1. La seguridad exterior de los Establecimientos corresponde a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, o, en su caso, a los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas, los que, sin perjuicio de que se rijan por las normas de los Cuerpos respectivos, en materia de seguridad exterior de los Centros penitenciarios recibirán indicaciones de los Directores de los mismos. 2. Una vez practicado el relevo, el Jefe de la guardia exterior deberá presentarse al Director o funcionario que le sustituya para informarle de las incidencias del servicio. De igual forma procederá cuando durante el servicio se produzca algún hecho que, por su importancia, deba ser puesto inmediatamente en conocimiento del Director del Establecimiento. 2) Interior Competencia. ( Art 64 Rp) La seguridad interior de los Establecimientos corresponde, salvo en los casos previstos en la disposición final primera de la Ley Orgánica General Penitenciaria, a los funcionarios de los Cuerpos de Instituciones Penitenciarias, con arreglo a los cometidos propios de cada uno y a la distribución de los servicios acordada por el Director del Establecimiento Recuentos Registros -Medios coercitivos Cacheos Requisas
37 Clasificación Penitenciaria
38 Clasificación Penitenciaria Según el Art 72 LOGP las penas privativas de libertad según el sistema de individualización científica separado en grados, el ultimo de los cuales sera la libertad condicional. Primer grado-régimen cerrado Segundo grado-régimen ordinario Tercer grado-régimen abierto Cuarto grado-libertad condicional Criterios generales: Primer grado: Penados calificados de peligrosidad extrema o inadaptación manifiesta y grave a las normas de convivencia ordenada ( Art 10 LOGP) Segundo grado: Penados en quienes concurra circunstancias personales y penitenciarias de normal convivencia, pero sin capacidad para vivir en semilibertad (Art RP) Tercer grado: Penados que por sus circunstancias personales y penitenciarias estén capacitados para vivir en semilibertad ( Art RP)
39 Primer grado Conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, se clasificarán en primer grado a los internos calificados de peligrosidad extrema o inadaptación manifiesta y grave a las normas generales de convivencia ordenada, ponderando la concurrencia de factores tales como: a) Naturaleza de los delitos cometidos a lo largo de su historial delictivo, que denote una personalidad agresiva, violenta y antisocial. b) Comisión de actos que atenten contra la vida o la integridad física de las personas, la libertad sexual o la propiedad, cometidos en modos o formas especialmente violentos. c) Pertenencia a organizaciones delictivas o a bandas armadas, mientras no muestren, en ambos casos, signos inequívocos de haberse sustraído a la disciplina interna de dichas organizaciones o bandas d) Participación activa en motines, plantes, agresiones físicas, amenazas o coacciones. e) Comisión de infracciones disciplinarias calificadas de muy graves o graves, de manera reiterada y sostenida en el tiempo. f) Introducción o posesión de armas de fuego en el Establecimiento Penitenciario, así como la tenencia de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas en cantidad importante, que haga presumir su destino al tráfico. Como agravación de este grado están los departamentos especiales ( Art 91.3 RP) donde se destinan a quienes protagonicen o induzcan alteraciones regimentales muy graves que hayan puesto en peligro la vida o integridad de las personas en las que se evidencia una peligrosidad extrema.
40 Segundo grado Criterios generales del Art RP por tanto su aplicación es sencillamente por exclusión de no presentar circunstancias de primer grado ni de tercero. Tercer grado Tras la Ley 7/2003 la clasificación en tercer grado requiere además de las variables del Art RP: Periodo de seguridad ( Art 36.2 CP) Pago de responsabilidad civil ( Art 72.5 LOGP) Especialidades en delitos cometidos por organizaciones criminales y terroristas Enfermos muy graves, con padecimientos incurables ( Art RP) En estos casos se puede clasificar en tercer grado con independencia de las variables anteriores teniendo en cuenta la escasa peligrosidad y la dificultad para delinquir del sujeto
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 274 Lunes 16 de noviembre de 2015 Sec. III. Pág. 107884 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD 12394 Resolución de 3 de noviembre de 2015, de la Secretaría de
Más detalles1. Gestión Prevención
1. Gestión Prevención 1.2 Guía de Actuación Inspectora en la coordinación de Actividades Empresariales SUBSECRETARIA 1. CONCURRENCIA DE TRABAJADORES DE VARIAS EMPRESAS EN UN CENTRO DE TRABAJO El artículo
Más detallesProcedimiento para la para la coordinación de actividades empresariales en instalaciones de la universidad
Página: 1/17 Procedimiento para la para la coordinación Índice 1. OBJETO... 2 2. CLIENTES / ALCANCE... 2 3. NORMATIVA... 2 4. RESPONSABLES... 3 5. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO... 3 6. DIAGRAMA DE FLUJO... 13
Más detallesDISPOSICIONES GENERALES. En primer lugar se determina que la UNED contará para realizar sus funciones y competencias con:
LA ESTRUCTURA ACADÉMICA DE LA UNED II. INSTITUTOS UNIVERSITARIOS DE INVESTIGACIÓN. CENTRO ADSCRITOS Y SERVICIOS DE ASISTENCIA A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA. En desarrollo del Capítulo I del Título II de
Más detallesMARCO NORMATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN ANDALUCÍA
MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN DECRETO 328/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LAS ESCUELAS INFANTILES DE SEGUNDO CICLO, DE LOS COLEGIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA, DE
Más detallesREAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS ENSEÑANZAS MÍNIMAS DEL SEGUNDO CICLO DE LA EDUCACIÓN INFANTIL
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS ENSEÑANZAS MÍNIMAS DEL SEGUNDO CICLO DE LA EDUCACIÓN INFANTIL La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 6.2, establece que corresponde
Más detallesCRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DEL ITINERARIO PARA LA INSERCIÓN LABORAL DE LOS RECLUSOS
2 / 2001 TP Asunto: CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DEL ITINERARIO PARA LA INSERCIÓN LABORAL DE LOS RECLUSOS Area de aplicación: Centros Penitenciarios Descriptores: Inserción laboral de los reclusos 1.-
Más detallesLA MEDIACIÓN PENITENCIARIA. Tomás MONTERO HERNANZ I.- INTRODUCCIÓN
LA MEDIACIÓN PENITENCIARIA Tomás MONTERO HERNANZ Pasado, presente y futuro del sistema penitenciario Valladolid, 25 a 27 de octubre de 2012 I.- INTRODUCCIÓN En los últimos años viene cobrando importante
Más detallesGUIA DE ACTUACIÓN INSPECTORA EN LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES
PROTOCOLO CAE GUIA DE ACTUACIÓN INSPECTORA EN LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES 1. Concurrencia de trabajadores de varias empresas en un centro de trabajo 1.1 El artículo 4.2 RD 171/2004 establece
Más detallesProyecto de administración de sistemas informáticos en red
Página 1 de 8 DEPARTAMENTO Informática y Comunicaciones CURSO 2012-2013 CICLO FORMATIVO Administración de Sistemas Informáticos en Red MÓDULO Proyecto de administración de sistemas informáticos en red
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE.
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE. INDICE CAPITULO I. ORGANIZACIÓN CAPITULO II. MIEMBROS CAPITULO III. PLENO Y GRUPOS DE TRABAJO CAPITULO IV. REUNIONES DEL PLENO Y DE LOS
Más detallesa) La autoridad y responsabilidad relativas a la SST en la organización se desprende de :
La implantación y desarrollo de la actividad preventiva en la empresa requiere la definición de las responsabilidades y funciones en el ámbito de los distintos niveles jerárquicos de la organización. a)
Más detalles2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS
NOTAS 1 Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A
Más detallesInstituto de Mediación Del Ilustre Colegio de Abogados de Jerez de la Frontera.
Instituto de Mediación Del Ilustre Colegio de Abogados de Jerez de la Frontera. ESTATUTOS DEL INSTITUTO DE MEDIACIÓN DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE JEREZ DE LA FRONTERA DE LA FRONTERA TÍTULO PRIMERO.
Más detallesORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA
ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA Un elemento fundamental en la acción preventiva en la empresa es la obligación que tiene el empresario de estructurar dicha acción a través de la actuación de
Más detallesCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
6695 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 27 de febrero de 2009 por la que se regula la evaluación del alumnado en la Educación Infantil. (2009050103) El artículo 12.1 del Estatuto de Autonomía de Extremadura,
Más detallesREDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL
CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA ORGANIZACIÓN DE RECURSOS PARA DESARROLLAR LA ACTIVIDAD SANITARIA DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A
Más detallesGUIA DE BUENAS PRÁCTICAS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES EN EL PUERTO
GABINETE TÉCNICO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DEL SECTOR MARÍTIMO GUIA DE BUENAS PRÁCTICAS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES EN EL PUERTO Con la financiación de Acción IT-0132/2012 1 CAPITULOS
Más detallesNº Delegados de Prevención
NOTAS 1.1 1 Se constituirá un Comité de Seguridad y Salud en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores. El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado
Más detallesGizarte Zerbitzuak Servicios Sociales ongintza@astigarraga.net SERVICIO DE ASISTENCIA EN LAS VIVINDAS TUTELADAS ASTIGARRAGA
SERVICIO DE ASISTENCIA EN LAS VIVINDAS TUTELADAS ASTIGARRAGA PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS 1.- Objeto: La adjudicación, que mediante concurso se acuerde, tendrá por objeto la contratación del servicio
Más detallesCOMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL 1.- LA SITUACIÓN DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS
Más detallesREGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Ámbito de aplicación y fines. El presente Reglamento
Más detalles4.4.1 Servicio de Prevención Propio.
1 Si se trata de una empresa entre 250 y 500 trabajadores que desarrolla actividades incluidas en el Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención, o de una empresa de más de 500 trabajadores con
Más detallesEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL
EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL en el curso de referencia de esta publicación, 2003-2004, se encuentra regulado por la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) en los niveles anteriores
Más detallesAutoridad Portuaria de Avilés ÍNDICE 1. OBJETO 2 2. ALCANCE 2 3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA 3 4. DEFINICIONES 4
ÍNDICE 1. OBJETO 2 2. ALCANCE 2 3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA 3 4. DEFINICIONES 4 5. DESARROLLO 4 5.1. Explicación previa 4 5.2. Medios de Coordinación 5 5.3. Instrucciones de actuación 6 5.3.1. De la
Más detallesCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
5991 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 2 de marzo de 2010 por la que se regula el desarrollo del Practicum correspondiente al título de Máster Universitario de Formación del Profesorado de Educación Secundaria
Más detalles141015- CONT-EXT ORDEN EEDD A DISTANCIA.doc
Proyecto de Orden,de de, por la que se regula el régimen de enseñanza a distancia de las enseñanzas deportivas de régimen especial, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Más detallesEstatuto de Auditoría Interna
Febrero de 2008 Introducción Mediante el presente Estatuto, se pone en conocimiento de toda la Organización la decisión del Consejo de Administración de Grupo Prosegur de implantar a nivel corporativo
Más detallesConstitución Española de 27 de diciembre de 1978 (Preceptos sobre protección social) (B.O.E. de 29 de diciembre de 1978) TÍTULO I
Constitución Española de 27 de diciembre de 1978 (Preceptos sobre protección social) (B.O.E. de 29 de diciembre de 1978) TÍTULO I DE LOS DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES CAPÍTULO II DERECHOS Y LIBERTADES
Más detalles5. o. ASIGNATURA: PRACTICUM (Información general) (Código: 515053) 1. INTRODUCCIÓN 2. OBJETIVOS
ASIGNATURA: PRACTICUM (Información general) (Código: 515053) 1. INTRODUCCIÓN La implantación del Practicum en la UNED está condicionada por las características de esta Universidad: su ámbito geográfico,
Más detallesRESUMEN DE LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
RESUMEN DE LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES La Constitución Española encomienda a los poderes públicos velar por la seguridad e higiene en el trabajo. Bajo este mandato constitucional y como transposición
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0600/2009
Informe 0600/2009 Se plantea en primer lugar, si el consultante, centro médico privado que mantiene un concierto con la Administración de la Comunidad autónoma para asistencia a beneficiarios de la Seguridad
Más detallesEl Consejo de Gobierno de esta Universidad, en su reunión celebrada el día 14 de octubre de 2008, ha adoptado el siguiente acuerdo:
El Consejo de Gobierno de esta Universidad, en su reunión celebrada el día 14 de octubre de 2008, ha adoptado el siguiente acuerdo: 21.- PROPUESTA DE APROBACIÓN DEL PROYECTO DE DEPORTISTAS DE ALTO NIVEL
Más detallesPROGRAMACIÓN, EVALUACIÓN E INCENTIVACIÓN DE ACTIVIDADES Y PROGRAMAS DE TRATAMIENTO CENTROS PENITENCIARIOS Y CENTROS DE INSERCIÓN SOCIAL
I 12-2006 TYG Asunto: PROGRAMACIÓN, EVALUACIÓN E INCENTIVACIÓN DE ACTIVIDADES Y PROGRAMAS DE TRATAMIENTO Área de aplicación: CENTROS PENITENCIARIOS Y CENTROS DE INSERCIÓN SOCIAL Descriptores: Protocolo
Más detallesTRABAJADORES AUTÓNOMOS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS
TRABAJADORES AUTÓNOMOS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS La coordinación de actividades empresariales regulada en el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
Más detallesANEXO AL PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE ADICCIONES EN EL ÁMBITO LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS
ANEXO AL PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE ADICCIONES EN EL ÁMBITO LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS Servicios y recursos del Instituto de Adicciones de la Ciudad de Madrid A continuación
Más detallesUNIVERSIDAD DE CANTABRIA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS
Reglamento de Practicas Académicas Externas de la Escuela Técnica superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. (Aprobada por Junta de Escuela de 16 de Abril de 2014) Se consideran prácticas académicas
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0341/2009
Informe 0341/2009 La consulta plantea si, la comunicación de datos de salud referidos a un trabajador atendido por la Mutua consultante al Servicio de Atención al Usuario dependiente de la Dirección General
Más detallesDerechos y libertades de los extranjeros
Derechos y libertades de los extranjeros Artículo 3. Derechos de los extranjeros e interpretación de las normas. 1. Los extranjeros gozarán en España de los derechos y libertades reconocidos en el Título
Más detallesMarco legislativo. Objetivos generales. Objetivos específicos
Introducción El I Plan de Voluntariado de FADAE es el marco que establece las relaciones de la Federación con las personas que prestan sus servicios de forma voluntaria. El Objetivo principal del Plan
Más detallesDERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EL ALUMNADO o Derechos del alumnado Artículo 6.- Derecho a una formación integral. El alumnado tiene el derecho a recibir una formación integral
Más detallesOBJETIVOS GENERALES Y ESPECÍFICOS:
OBJETIVOS GENERALES Y ESPECÍFICOS: 1. Perfeccionamiento y desarrollo de la red pública del tratamiento de los drogodependientes 1.1. Mantener los equipos de tratamiento orientándolos a una atención más
Más detallesACUERDO DE INCORPORACIÓN DEL VOLUNTARIO A LA SOCIEDAD PROTECTORA DE ANIMALES Y PLANTAS DE MURCIA EL COBIJO Cañada Hermosa
IDENT: VOL. Nº: www.elcobijo.net protectora@elcobijo.net C.I.F: G-30148472 Paraje de los carotas, 173, Cañada Hermosa, 30837, Murcia. Cajamar 3058 0327 17 2720013313 ACUERDO DE INCORPORACIÓN DEL VOLUNTARIO
Más detallesREGLAMENTO DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO, APROBADO POR EL CONSEJO DE GOBIERNO EN SESIÓN DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2010
REGLAMENTO DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO, APROBADO POR EL CONSEJO DE GOBIERNO EN SESIÓN DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2010 El Real Decreto 1393/2007, por el que se establece la ordenación
Más detallesRégimen de enseñanza a distancia de las enseñanzas deportivas de régimen especial
Régimen de enseñanza a distancia de las enseñanzas deportivas de régimen especial 24/03/2015 - Legislación Orden ECD/499/2015, de 16 de marzo, por la que se regula el régimen de enseñanza a distancia de
Más detallesCoordinación de actividades empresariales
Coordinación de actividades empresariales Plan General de Actividades Preventivas de la Seguridad Social 2013 Sumario 1. Introducción 3 Qué es? Objetivo Tipos de empresarios 2. Supuestos de concurrencia
Más detallesRP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08
Reglamento Particular para la Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales según el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) RP-CSG-027.00 Fecha de aprobación 2012-03-08 ÍNDICE
Más detallesFUNCIONES DE NIVEL BÁSICO, INTERMEDIO Y SUPERIOR
FUNCIONES DE NIVEL BÁSICO, INTERMEDIO Y SUPERIOR A efectos de determinación de las capacidades y aptitudes necesarias para la evaluación de los riesgos y el desarrollo de la actividad preventiva, las funciones
Más detallesSistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales. Auditorías de Prevención
Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales. Auditorías de Prevención Autor: autoindustria.com Índice 0. Introducción 1. Auditorías del Sistema de Prevención de Riesgos Laborales 1.1. Planificación
Más detallesMINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 4525 REAL DECRETO 216/1999, de 5 de febrero, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las empresas de trabajo temporal El
Más detallesCristina Pajares Moral: Abogada y Mediadora del Ayuntamiento de Madrid (CAF2) 09/10/2012
Cristina Pajares Moral: Abogada y Mediadora del Ayuntamiento de Madrid (CAF2) 09/10/2012 GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA: SER PADRES MÁS ALLA DE LA RUPTURA. Uno de los agentes que más influye en que va a
Más detallesReal Decreto 992/1987, de 3 de julio, por el que se regula la obtención del Título de Enfermero Especialista.
Real Decreto 992/1987, de 3 de julio, por el que se regula la obtención del Título de Enfermero Especialista. La regulación actual de las especialidades de los Ayudantes Técnicos Sanitarios tiene su origen
Más detallesMONITOR. Guía de Apoyo Abreviada
MONITOR Guía de Apoyo Abreviada NUEVA VERSIÓN 2014 ÍNDICE 0. Presentación del documento... 3 1. Contexto del seguimiento de títulos... 4 1.1. Contexto nacional... 4 2. El programa MONITOR... 4 2.1. Objetivo
Más detallesRégimen Interior. las instalaciones deportivas existentes en dicha universidad, así como el personal adscrito al mismo.
Régimen Interior Naturaleza y composición Artículo 1. 1. El Servicio de Deportes de la Universidad de La Laguna es único y comprende todas las instalaciones deportivas existentes en dicha universidad,
Más detallesLA NUEVA FORMACIÓN PROFESIONAL REGLADA EN ANDALUCIA
LA NUEVA FORMACIÓN PROFESIONAL REGLADA EN ANDALUCIA INDICE Joaquina Montilla Luque 1.- INTRODUCCIÓN 2.- LA FORMACIÓN PROFESIONAL REGLADA 3.-IMPLANTACACIÓN DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL, LOE EN ANDALUCIA
Más detallesEL PROGRAMA DE ATENCIÓN A FAMILIAS Y MENORES
EL PROGRAMA DE ATENCIÓN A FAMILIAS Y MENORES A) DEFINICIÓN El Programa de Familia tiene por objeto desarrollar actuaciones dirigidas a promover el bienestar y la protección de los niños/as y adolescentes
Más detallesMANUAL DE PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS DE PREVENCIÓN
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS DE PREVENCIÓN P.O.P. / 10 PSICOLOGÍA LABORAL TITULO: Psicología Laboral Página - 2 - de 12 INDICE 1. Reconocimientos Psicológicos 2. Pruebas 3. Calificación de la aptitud
Más detallesDecreto 84/1995 (Castilla y León)
Decreto 84/1995 (Castilla y León) DECRETO 84/1995, DE 11 DE MAYO, DE ORDENACION DE ALOJAMIENTOS DE TURISMO RURAL El Decreto 298/1993, de 2 de diciembre, estableció la ordenación de los alojamientos de
Más detallesDESARROLLO PROFESIONAL / CARRERA PROFESIONAL
DESARROLLO PROFESIONAL / CARRERA PROFESIONAL CATEGORÍA PROFESIONAL: AUXILIAR DE ENFERMERÍA / TECNICO EN CUIDADOS DE ENFERMERÍA 1. Ámbito de aplicación. 1.1. Ámbito de aplicación del desarrollo profesional
Más detallesMEMORIA BÁSICA DEL PROYECTO
MEMORIA BÁSICA DEL PROYECTO La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y atención a las personas en situación de dependencia viene a dar respuesta a uno de los retos más
Más detallesM.I. Ayuntamiento de la Villa de SÁDABA
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO. PREÁMBULO Desde la creación del Servicio Social de Base y a través de este, se han detectado en el Municipio necesidades sociales
Más detallesLa Ley General Penitenciaria atribuye a la Política Penitenciaria los siguientes objetivos generales:
TEMA 29: ORGANIZACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES PENITENCIARIOS. REDES GENERALES Y ESPECÍFICAS DE RECURSOS PARA ATENCIÓN DE CASOS. INTRODUCCIÓN La Ley General Penitenciaria atribuye
Más detallesTEMA 1. - La Constitución E spañola de 1 978. - Valores superiores y principios inspiradores. - Derechos y libertades.
- La Constitución E spañola de 1 978. - Valores superiores y principios inspiradores. - Derechos y libertades. TEMA 1 de 1978. Valores superiores y principios inspiradores. Derechos y libertades. 1. LA
Más detallesEN LA COMUNIDAD DE MADRID
ORDEN 2176/2007, de 6 de noviembre, RECONOCIMIENTO DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA EN LA COMUNIDAD DE MADRID (Orden del Gobierno de Madrid) PREGUNTAS MÁS FRECUENTES EN LA APLICACIÓN DE LA ORDEN DEL RECONOCIMIENTO
Más detallesLos criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar, así como los objetivos y programas de intervención en el tiempo extraescolar.
Los criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar, así como los objetivos y programas de intervención en el tiempo extraescolar. MARCO LEGAL: Orden De 10-8-07 (Art. 7 y Anexo II) LEA (Art. 50
Más detallesDECLARACIÓN DE CÁCERES DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN INTEGRAL AL MÉDICO ENFERMO DE LOS COLEGIOS DE MÉDICOS DE ESPAÑA
DECLARACIÓN DE CÁCERES DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN INTEGRAL AL MÉDICO ENFERMO DE LOS COLEGIOS DE MÉDICOS DE ESPAÑA CÁCERES 2015 1. El Programa de Atención Integral al Médico Enfermo (PAIME) ha atendido desde
Más detallesAJUNTAMENT DE PICASSENT
reglamentos/upc.doc REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR DE LA UNIDAD DE PREVENCIÓN COMUNITARIA DEL AYUNTAMIENTO DE PICASSENT PREÁMBULO El uso, abuso y dependencia de las drogas, en sus dimensiones actuales, es
Más detallesPROTOCOLO DE EVALUACIÓN PARA LA VERIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES (GRADO Y MÁSTER)
PROTOCOLO DE EVALUACIÓN PARA LA VERIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES (GRADO Y MÁSTER) V.01.02/12/10 Página 2 de 17 Para facilitar la labor que desarrollan los evaluadores, nombrados por AGAE, en el proceso
Más detallesANTEPROYECTO DE LEY DE ECONOMIA SOSTENIBLE
CAPÍTULO VIII Formación Profesional Sección 1ª El sistema de formación profesional Artículo 80. Objetivos en materia de formación profesional En el ámbito de las enseñanzas de formación profesional, esta
Más detalles«BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS
«BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS Índice PREÁMBULO. 2 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES.
Más detallesPor su parte el mencionado artículo 24, en su apartado 2, dice literalmente:
ANEXO Nº 3: PROTOCOLO DE COORDINACION DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES EN LOS CENTROS DE TRABAJO DEL MINISTERIO DE DEFENSA EN MATERIA DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. ANEXO Nº 3 1 PROTOCOLO DE COORDINACIÓN
Más detallesAdaptación de la Ley 31/1995 al ámbito de los centros y establecimientos militares
Adaptación de la Ley 31/1995 al ámbito de los centros y establecimientos militares REAL DECRETO 1932/1998, de 11 de septiembre, de adaptación de los capítulos III y V de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre,
Más detallesEducación Secundaria Obligatoria
Principios generales Tiene carácter obligatorio y gratuito. Comprende cuatro cursos académicos. Con carácter general, el alumnado tendrá derecho a permanecer en régimen ordinario hasta los dieciocho años.
Más detallesÓrganos de prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil
Órganos de prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil Orden INT/724/2006, de 10 de marzo, por la que se regulan los órganos de prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil. BOE núm. 64,
Más detallesESTATUTO INTERNO DEL VOLUNTARIO DE FUTUBIDE
ESTATUTO INTERNO DEL VOLUNTARIO DE FUTUBIDE 1 PRESENTACIÓN Futubide - Fundación Tutelar Gorabide es una Fundación benéfica de carácter privado, de interés general y sin ánimo de lucro, que fue constituída
Más detallesPRESENTACIÓN-ASPECTOS GENERALES DE LA MATERIA
GUÍA DEL ALUMNO. MATERIA Gestión de Recursos Humanos NIVEL 2ª CURSO Administración y Finanzas DEPARTAMENTO Administrativo, economía y comercio PROFESOR Alicia Hernández Torres PRESENTACIÓN-ASPECTOS GENERALES
Más detallesORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID
ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID Aprobado por Consejo de Gobierno de 25 de octubre de 2005 La Universidad de Valladolid cumpliendo con sus compromisos y con sus obligaciones
Más detallesLEYORGÁNICA 4/2011, COMPLEMENTARIA DE LA LEY DE ECONOMÍA SOSTENIBLE (B.O.E. 12/03/2011)
LEYORGÁNICA 4/2011, COMPLEMENTARIA DE LA LEY DE ECONOMÍA SOSTENIBLE (B.O.E. 12/03/2011) Artículo primero. Modificación de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación
Más detallesFICHAS DE PUESTOS DE TRABAJO
Catálogo de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios Funcionario 13 de Marzo de 2007 I N D I C E FICHAS DE PUESTOS DE TRABAJO Grupo A Grupo B Grupo C Jefe de Servicio 11 Jefe de la
Más detallesPRÁCTICAS DEL GRADO EN ENFERMERIA
PRÁCTICAS DEL GRADO EN ENFERMERIA Marco general de las prácticas: El Plan de Estudios contempla cursar 81 ECTS obligatorios de prácticas tuteladas, la equivalencia del crédito de prácticas se establece
Más detallesEn esta investigación, se llegó a ciertos principios que fueron dándose a lo largo de mi investigación:
CONCLUSIONES. En esta investigación, se llegó a ciertos principios que fueron dándose a lo largo de mi investigación: La violencia contra los niños no se puede justificar, así como los niños nunca deben
Más detallesARTÍCULO 1.- RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS POR ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS
PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO ACADÉMICO DE CRÉDITOS POR LA PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS CULTURALES, DEPORTIVAS, DE REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL, SOLIDARIAS Y DE COOPERACIÓN El Artículo
Más detallesREGLAMENTO PARA LA APLICACION DEL SISTEMA DE TRANSFERENCIA DE CREDITOS EUROPEOS EN LA UNIVERSIDAD DE CADIZ
REGLAMENTO PARA LA APLICACION DEL SISTEMA DE TRANSFERENCIA DE CREDITOS EUROPEOS EN LA UNIVERSIDAD DE CADIZ PREÁMBULO El Programa Sócrates, basado en los artículos 149 y 150 del Tratado de la Unión, es
Más detallesTipos de procesos de incapacidad temporal en función de su duración estimada
NUEVOS MODELOS DE PARTES DE ALTA/BAJA DE INCAPACIDAD TEMPORAL A PARTIR DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2015 A partir del próximo 1 de diciembre de 2015 será cuando todos los médicos de los Servicios Públicos de
Más detallesINSTRUCCIÓN DE GOBIERNO DEL ARCHIVO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE NAVARRA
INSTRUCCIÓN DE GOBIERNO DEL ARCHIVO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE NAVARRA TÍTULO I. NATURALEZA, DEFINICIÓN, ÁMBITO Y FUNCIONES.... 1 CAPÍTULO I. NATURALEZA.... 1 CAPÍTULO II. DEFINICIÓN.... 1 CAPÍTULO III
Más detallesAPORTACIONES DE LA LOE A LA ETAPA DE LA EDUCACIÓN INFANTIL
APORTACIONES DE LA LOE A LA ETAPA DE LA EDUCACIÓN INFANTIL Componentes del grupo: Andrés Pastor Juan García David Sánchez Ismael Albalá ÍNDICE PÁGINAS Introducción.3 y 4 Necesidades educativas en la sociedad
Más detallesLA SEGURIDAD SOCIAL DEL PERSONAL DEL MAGISTERIO DE EMPLEO Y CONTRATADO * 1. INTRODUCCIÓN
NOTAS LA SEGURIDAD SOCIAL DEL PERSONAL DEL MAGISTERIO DE EMPLEO Y CONTRATADO * 35.088.36(46) Por MANUEL LÓPEZ RODRÍGUEZ Sumario: 1. Introducción. 2. Maestros interinos y Maestros sustitutos. 3. Configuración,
Más detallesNORMATIVA PARA LA OBTENCIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN
NORMATIVA PARA LA OBTENCIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN (Consejo de Gobierno de 17 de Diciembre de 2004, modificada por Consejo de Gobierno de 2 de marzo de 2007) El Real Decreto
Más detallesMarco Normativo para la Implementación de Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo dirigido al Sector Público
Marco Normativo para la Implementación de Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo dirigido al Sector Público Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo
Más detallesInforme de Seguimiento. Máster Universitario en Dirección y Administración de Empresas-MBA. Empresas-MBA de la Universidad de Málaga
Informe de Seguimiento Máster Universitario en Dirección y Administración de Empresas-MBA de la Universidad de Málaga 1. ÁMBITO NORMATIVO El artículo 27 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado
Más detallesa) Unidades de desintoxicación: Aquellas unidades hospitalarias que realizan tareas de desintoxicación para toxicómanos en régimen de internamiento.
ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE CULTURA Y BIENESTAR SOCIAL DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, POR LA QUE SE REGULA LA ACREDITACIÓN DE CENTROS Y SERVICIOS DE ATENCIÓN A TOXICÓMANOS (Boletín Oficial de Castilla y
Más detallesI. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I.2 Consejo de Gobierno 1.2.5. Vicerrectorado de Estudios de Grado Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 24 de julio
Más detallesCÓDIGO DE CONDUCTA DEL GRUPO EMPRESARIAL REDEXIS GAS
DEL GRUPO EMPRESARIAL REDEXIS GAS ÍNDICE PREÁMBULO... 2 TÍTULO I. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN... 3 Artículo 1.- Objeto... 3 Artículo 2.- Ámbito de aplicación... 3 TÍTULO II. NORMAS DE CONDUCTA... 4 CAPÍTULO
Más detallesCARTERA DE SERVICIOS DE SALUD MENTAL. Secretaría Autonómica de Sanidad Dirección General de Asistencia Sanitaria
CARTERA DE SERVICIOS DE SALUD MENTAL Secretaría Autonómica de Sanidad Dirección General de Asistencia Sanitaria Página 2 Centros de Atención Primaria (CAP) Equipos de Atención Primaria (EAP): Centros de
Más detallesOFICINA DEL ABOGADO GENERAL. Reglamento del Servicio Social de la Universidad Autónoma del Estado de México
Reglamento del Servicio Social de la Universidad Autónoma del Estado de México CAPÍTULO PRIMERO LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular la prestación del
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155 Jueves 30 de junio de 2011 Sec. I. Pág. 69436 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN 11215 Real Decreto 710/2011, de 20 de mayo, por el que se establecen dos certificados
Más detallesPROGRAMA PFIS. Asociación de Ayuda al Toxicómano/a Érguete Avda Martinez Garrido 21, interior Vigo
PROGRAMA PFIS Asociación de Ayuda al Toxicómano/a Érguete Avda Martinez Garrido 21, interior Vigo Qué es el Programa PFIS? El Programa PFIS es un Programa de Formación El Programa PFIS es un Programa de
Más detallesCONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO PROCONSI S.L.
PROCONSI S.L. Fecha: 14/10/2015 Índice Índice... 1 Condiciones generales del Servicio ofrecido por PROCONSI... 2 Condiciones generales y su aceptación... 2 Objeto... 2 Vigencia... 2 Descripción del Servicio...
Más detallesNUEVAS NORMAS SOBRE CONVIVENCIA ESCOLAR LEY 20.536
NUEVAS NORMAS SOBRE CONVIVENCIA ESCOLAR LEY 20.536 PRESENTACIÓN Perspectiva Un problema que ha existido siempre Tenemos que hacernos cargo: No sólo es problema del colegio Los problemas de disciplina no
Más detallesEstado de los Recursos Humanos en la UNED.
Estado de los Recursos Humanos en la UNED. Estado de los Recursos Humanos en la UNED.... 1 RPT... 1 Provisión y Promoción... 2 Provisión...2 Promoción... 2 Formación... 3 Comisión gestora para la implantación
Más detalles