Notificación de primer uso de agentes biológicos de los grupos 2, 3 ó 4

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Notificación de primer uso de agentes biológicos de los grupos 2, 3 ó 4"

Transcripción

1 979 Notificación de primer uso de agentes biológicos de los grupos 2, 3 ó 4 Notification of first use of biological agents in hazard groups 2, 3 or 4 Notification de l utilisation pour la première fois d agents biologiques des groupes 2, 3 ou 4 Redactoras: Asunción Mirón Hernández Licenciada en Biología CENTRO NACIONAL DE NUEVAS TECNOLOGÍAS Ana Hernández Calleja Licenciada en Ciencias Biológicas CENTRO NACIONAL DE CONDICIONES DE TRABAJO En esta nota técnica de prevención se suministra información para facilitar y promover el cumplimiento del deber de notificación a la autoridad laboral, la utilización por primera vez de agentes biológicos de los grupos 2, 3 ó 4, a la vez que se propone un ejemplo de formulario para dicha notificación. Este deber está establecido en el artículo 10 del Real Decreto 664/1997, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. Vigencia Actualizada por NTP Observaciones VÁLIDA 1. INTRODUCCIÓN En el artículo 10 Notificación a la autoridad laboral del Real Decreto 664/1997, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo, se recogen las exigencias que debe cumplir el empresario relativas a la utilización, por primera vez, de agentes biológicos de los grupos 2, 3 ó 4. En dicho artículo, se establecen los supuestos que requieren de una nueva notificación, la documentación que se solicita y los plazos para la presentación de la misma. De igual forma, en la Disposición transitoria única Notificación a la autoridad laboral del Real Decreto 664/1997, se exige que las empresas o centros de trabajo, que en el momento de la entrada en vigor del real decreto estuvieran utilizando agentes biológicos de los grupos 2, 3 ó 4, deben realizar la correspondiente notificación. Previo al análisis de las condiciones de la notificación es conveniente incluir algunas definiciones que clarifiquen el propósito de la misma. Utilización por primera vez: la primera vez que se trabaja de forma deliberada con un agente biológico concreto clasificado en los grupos 2, 3 ó 4. Trabajo de forma deliberada con agentes biológicos: los procesos o procedimientos que tengan como objeto el cultivo o la concentración del agente biológico. Por ejemplo, el mantenimiento de colecciones de cultivos de agentes concretos. Zona de trabajo controlada: zona o local dentro del edificio o instalación específica para la manipulación, utilización, cultivo o almacenamiento de los agentes biológicos, de forma que mediante su diseño y construcción, junto con el uso de técnicas, equipos y procedimientos adecuados, se evite o reduzca al mínimo la fuga, dispersión y exposición a los agentes biológicos presentes en la misma. Entre las actividades laborales en las que se trabaja de forma deliberada con agentes biológicos se pueden mencionar las siguientes: Trabajos de investigación sobre un agente biológico determinado. Trabajos de investigación con animales deliberadamente infectados por un agente biológico concreto. Laboratorios de diagnóstico microbiológico. Procesos industriales biotecnológicos útiles en las industrias farmacéutica, alimentaria, química, en el campo de la biomedicina, de la agricultura, de la protección medioambiental (para la obtención de energía o la biorremediación). 2. CONDICIONES DE LA NOTIFICACIÓN Esta nota técnica de prevención trata de identificar las diferentes situaciones en las que se debe realizar la notificación de primer uso de agentes biológicos de los grupos 2, 3 ó 4, y de orientar sobre los contenidos que debe incluir la documentación para dicha notificación. No obstante, la competencia sobre este tema radica en los correspondientes departamentos de trabajo de las comunidades autónomas que tengan transferidas las competencias en la materia. Es función de la autoridad competente, en este caso de la Autoridad Laboral, determinar, sobre la base establecida en el Real Decreto 664/1997, los procedimientos y, si procede, la forma en que debe ser realizada dicha notificación. Qué situaciones dan lugar a la notificación? La utilización por primera vez de agentes biológicos de los grupos 2, 3 ó 4. La utilización por primera vez de cualquier otro agente biológico del grupo 4.

2 2 La utilización por primera vez de cualquier nuevo agente biológico que haya sido asimilado provisionalmente por el empresario en el grupo 3, de acuerdo a lo establecido en el párrafo a) del apartado 3 del artículo 4 Identificación y evaluación de riesgos. A los laboratorios que efectúen servicios de diagnóstico relacionados con agentes biológicos del grupo 4, se les exigirá únicamente la notificación inicial de tal propósito. Se efectuará una nueva notificación siempre que se introduzcan cambios en los procesos o procedimientos de trabajo cuyas repercusiones en las condiciones de seguridad y salud de los trabajadores invaliden la notificación hecha con anterioridad. Cuándo se ha de presentar la notificación? Treinta días antes de iniciar la actividad cuando se trate de la utilización por primera vez del agente biológico. Asimismo, cualquier nueva notificación se realizará treinta días antes del inicio de la actividad. Las empresas que a la publicación del Real Decreto 664/1997 ya estuvieran utilizando agentes biológicos de los grupos 2, 3 ó 4, dispusieron de tres meses a partir de la entrada en vigor del real decreto para la notificación a la autoridad laboral. La entrada en vigor del real decreto ocurrió dos meses después de su publicación en el BOE el 12 de mayo de 1997, por lo que no debería quedar ninguna empresa en esta situación. Quién realiza la notificación? El empresario o el director de la institución, ya que el requisito de notificación a la autoridad laboral queda englobado en el Capítulo II Obligaciones del empresario del Real Decreto 664/1997. A quién se debe notificar? A la autoridad laboral competente. En este caso, serían los correspondientes Departamentos de Trabajo (Empleo) de las Comunidades Autónomas que tengan las competencias traspasadas. En el caso de no existir el traspaso, sería el Departamento de Trabajo (Empleo) del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Tal como se indica en la Disposición adicional única del Real Decreto 664/1997, la autoridad laboral una vez recibida la notificación remitirá copia de la documentación e información recibida a la autoridad sanitaria. Qué debe incluir la notificación? a) Los datos identificativos de la empresa o centro de trabajo: nombre, dirección, etc. (Ver figura 1). b) Organización preventiva de la empresa o de la institución: Tipo de servicio de prevención y los datos identificativos de la persona o personas con responsabilidades en materia de prevención de la empresa, así como los datos relativos a su formación en dicha materia. (Ver figura 2). c) Listado de los agentes biológicos con los que se va a trabajar, incluyendo: nombre de la especie del agente biológico, tipo de agente (virus, bacteria, hongo, endoparásito, cultivos celulares), especificando si se trata de un microorganismo modificado genéticamente. (Ver figura 3). d) El resultado de la evaluación de riesgos. No existe un modelo que indique la extensión de la información que se ha de aportar sobre la evaluación de riesgos en la notificación de utilización por primera vez de agentes biológicos. Pero ésta debe ser suficiente para demostrar que se han identificado los riesgos que supone el agente biológico que se va a utilizar en el proceso Figura 1. Datos identificativos de la empresa

3 3 Figura 2. Organización preventiva de la empresa o de la institución Agentes biológicos con los que se va a trabajar Tipo Especie MMG Grupo (Anexo II RD 664/1997) Inicio actividad Cese e actividad 2 3 3* 4 CP 2 3 3* 4 CP 2 3 3* 4 CP 2 3 3* 4 CP MMG Microorganismo Modificado Genéticamente Incluir información para todos los agentes biológicos utilizados CPP Grupo en el que se ha clasificado provisionalmente el agente biológico Figura 3. Datos de los agentes biológicos de trabajo que se va a realizar. Asimismo, dicha información debe demostrar que se han detectado las circunstancias en las que los trabajadores pueden estar expuestos. El procedimiento de evaluación de riesgos por exposición a agentes biológicos queda recogido en el artículo 4 del Real Decreto 664/1997. Los principios de la evaluación de riesgos consisten en determinar la naturaleza, el grado y la duración de la exposición. Es decir, estimar el nivel de riesgo en términos de probabilidad de materialización de daños y la gravedad de sus consecuencias, y eliminar o minimizar el riesgo mediante la aplicación de las medidas de prevención y control pertinentes. En el proceso de evaluación de riesgos deben tenerse en cuenta los siguientes aspectos: La naturaleza de los agentes biológicos: hábitat, patogenicidad, mecanismos de transmisión, dosis infectivas, tratamiento, vacunas, efectos alérgicos, tóxicos, efectos para la maternidad, etc. El grupo en el que están clasificados atendiendo al riesgo de infección lo que permite obtener una cierta valoración de la peligrosidad intrínseca del mismo. El anexo II del RD 664/1997 contiene la lista de los agentes biológicos clasificados. La actividad, fundamentalmente por lo que respecta a: procesos, procedimientos de trabajo, operaciones, cantidades manejadas, etc., que permitan determinar posibles focos de exposición. El tipo y duración de las actividades que permitan caracterizar la exposición de los trabajadores. En la figura 4 se incluye un esquema genérico de los principales pasos que debe cubrir un proceso de evaluación de riesgos. En el caso de las actividades con intención deliberada de utilizar agentes biológicos, se conoce el agente biológico (nombre y características); el grupo en el que está clasificado, las etapas del proceso y las características de las mismas, etc.; lo que permite, con cierta facilidad, establecer el nivel de riesgo y, a partir del mismo, establecer las medidas de prevención y control de las exposiciones. Es conveniente recordar algunos aspectos que se deben tener en cuenta en el proceso de evaluación: La no inclusión de un agente biológico en la lista del anexo II no presupone su clasificación inmediata en el grupo 1 de menor peligrosidad. Cuando un agente biológico no figure en la lista del anexo II, es obligación del empresario, previa consulta a los representantes de los trabajadores, estimar el riesgo de infección y asimilarlo provisionalmente a uno de los cuatro grupos previstos en el artículo 3. En caso de duda entre dos grupos debe considerarse en el de peligrosidad superior. e) Las medidas de prevención y control previstas. Dichas medidas surgen de entre las medidas generales contenidas en los artículos 5 al 13 del real decreto, de las medidas especiales aplicables a las actividades

4 4 Implantación de las medidas preventivas y de control Establecimiento de las medidas de prevención y control adecuadas al riesgo Valoración de las medidas preventivas y de control disponibles Nueva evaluación Valoración del nivel de riesgo (exposición y gravedad de las consecuencias) Identificación de las formas de exposición Identificación de trabajadores expuestos (con inclusión de los especialmente sensibles) Identificación de riesgos por exposición a agentes biológicos Figura 4. Esquema del proceso de evaluación de riesgos con intención deliberada de utilizar agentes biológicos contenidas en el artículo 15 y de las medidas de contención incluidas en los anexos IV y V del real decreto. En particular, en el artículo 15 se exige el establecimiento de un nivel de contención física requerido para el trabajo con agentes biológicos en función del nivel de riesgo, de modo que las actividades que supongan la manipulación de un agente biológico se ejecutarán exclusivamente en zonas de trabajo que correspondan por lo menos al nivel 2 de contención, para un agente biológico del grupo 2; en zonas de trabajo que correspondan por lo menos al nivel 3 de contención, para un agente biológico del grupo 3, y en zonas de trabajo que correspondan por lo menos al nivel 4 de contención, para un agente biológico del grupo 4. El objetivo de la contención es evitar el escape o liberación del agente biológico fuera de su confinamiento físico primario, al ambiente de trabajo y al medioambiente. En las figuras 5 y 6 se incluyen algunas de las principales medidas preventivas y de contención así como el nivel de exigencia en cuanto a su cumplimiento en los diferentes niveles de seguridad biológica (NSB) definidos para procesos no industriales, fundamentalmente laboratorios, y para procesos industriales. Estas medidas se han establecido a partir de las incluidas en el Real Decreto 664/1997 y sus anexos IV y V y a partir de las recomendadas en los principales manuales de bioseguridad publicados por organismos de reconocido prestigio técnico. 3. ORGANISMOS MODIFICADOS GENÉTICAMENTE El Real Decreto 664/1997 en su artículo 2 define agente biológico como: Microorganismos, con inclusión de los genéticamente modificados, cultivos celulares y endoparásitos humanos, susceptibles de originar cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad. Atendiendo a su consideración como agente biológico, a los microorganismos modificados genéticamente que vayan a ser utilizados de forma intencionada les será de aplicación el artículo 10 del real decreto y por tanto deberá realizarse la notificación a la autoridad laboral. Por otra parte, en el artículo 1 del Real Decreto 664/1997 se indica que el real decreto será aplicable sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley 15/1994, por la que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente (OMG). La Ley 15/1994 ha sido derogada y sustituida por la Ley 9/2003, del mismo nombre y el Real Decreto 178/2004, por el que se aprueba el Reglamento general para el desarrollo y ejecución de la Ley 9/2003. En dichas normas se especifican los requisitos para la realización de actividades de utilización confinada, las condiciones para la comunicación previa de uso de instalaciones específicas, así como para la solicitud de autorización expresa de actividades de riesgo moderado y alto. Asimismo, se fijan los plazos para la ejecución de las actividades comunicadas en función de su clasificación, los plazos para la resolución y notificación de las autorizaciones y el régimen sancionador. Los anexos I, II y III del Real Decreto 178/2004 contienen información sobre evaluación de riesgos, normas específicas de seguridad e higiene profesional y los principios de buenas prácticas microbiológicas, y la información requerida para las comunicaciones/autorizaciones para la utilización por primera vez y sucesivas de OMG. En consecuencia, cuando el agente biológico sea un microorganismo modificado genéticamente se entiende que para el cumplimiento de lo indicado en ambas normativas se deberá notificar a todas las autoridades competentes indicadas en las mismas.

5 5 Procesos no industriales Instalaciones y equipos NSB B 2 NSB B 3 NSB B 4 Zona de trabajo separada del resto de actividades del edificio No Aconsejable Acceso al laboratorio a través de esclusa, con sistema de doble puerta de cierre automático y sistema interbloqueo No Aconsejable Señal de peligro biológico y demás advertencias en el acceso a la zona de trabajo Aconsejable Ventanilla de observación para ver a los ocupantes Aconsejable Aconsejable Filtración del aire introducido y extraído mediante filtros HEPA (a) No, salida del aire, entrada y salida del aire Zona de trabajo con presión negativa respecto a las zonas adyacentes o a la atmosférica No (1) Aconsejable Sistema de control (visual o acústico) del mantenimiento de la presión negativa No Aconsejable Sistema de comunicación con el exterior No Aconsejable Posibilidad de precintar la zona de trabajo para su desinfección No Aconsejable Suelos, paredes y techos impermeables al agua, fáciles de limpiar (sin rendijas, con uniones selladas, sin esquinas). Suelos antideslizantes (2) (2) Superficies de trabajo impermeables, sin esquinas, resistentes a ácidos, álcalis, disolventes, desinfectantes y al calor moderado Aconsejable (3) Laboratorio con equipo propio No Aconsejable Laboratorio con sistema de iluminación de emergencia y grupo electrógeno de reserva para los equipos esenciales: CSB (b), congeladores, estufas, etc. Aconsejable Instalación con desinfección de efluentes del lavamanos, duchas y drenajes No (4) Líneas de venteo (gas, vacío, etc.) protegidas por filtros tipo HEPA y válvulas anti-retorno No Aconsejable Almacenamiento de seguridad para agentes biológicos, almacenamiento seguro Laboratorio con CSB, aisladores o elementos de contención apropiados Laboratorio con autoclave u otro medio de descontaminación efectivo, en el edificio, aconsejable en la zona de trabajo, en zona de trabajo, con doble puerta Lavamanos y lavaojos (accionados con el pie o el codo), cerca de la salida Vestuarios, zonas de descanso, comedores, fuera del laboratorio Instalaciones para animales segregadas de las zonas de trabajo Medidas para impedir el escape de animales de la zona de trabajo Incinerador para la destrucción de animales muertos Aconsejable Si, disponible (5), en el mismo lugar (5) Figura 5.a. Medidas relativas a las instalaciones y los equipos en procesos no industriales

6 6 Procesos no industriales Prácticas de trabajo y organización NSB 2 NSB 3 NSB 4 Información, formación y capacitación de los trabajadores sobre: riesgo biológico y su control, procedimientos de trabajo, actuación en caso de accidente o de emergencia Acceso restringido a la zona de trabajo. Sólo personal autorizado Procedimientos de trabajo y uso de medidas técnicas para evitar o minimizar la liberación de agentes biológicos en el lugar de trabajo Aconsejable Realización de operaciones generadoras de aerosoles contaminados en CSB u otro elemento de contención adecuado Cuando proceda, transmisión vía aérea Medidas seguras para la recepción, manipulación y el almacenamiento de muestras Traslado y transporte de muestras en contenedores adecuados Uso de material cortante o punzante restringido a lo imprescindible Programa de mantenimiento preventivo de las instalaciones y del funcionamiento de los equipos (CSB, autoclaves, filtros (test de integridad), etc. Procedimiento para el control eficiente de vectores (insectos, roedores) Aconsejable (6) Procedimientos de desinfección (por escrito) de superficies, equipos y material reutilizable Disponibilidad y uso adecuado de EPI (c) : guantes, ropa de protección, ocular y respiratoria Formación y adiestramiento en el uso y comprobación del buen estado de los EPI Almacenamiento adecuado de los EPI Reducción al mínimo posible del número de trabajadores expuestos Programa de gestión de residuos según legislación específica (7) Descontaminación del material infeccioso antes de salir de la zona de trabajo Entrada y salida de materiales y equipos a/de la zona de trabajo a través de cajas de paso, autoclaves, cámaras de fumigación, etc. Cambio completo de ropa al entrar en la zona de trabajo y ducha a la salida No, en la salida No Aconsejable Procedimiento (por escrito) de actuación frente a accidentes con exposición a agentes biológicos Plan de emergencia Vigilancia de la salud de los trabajadores, profilaxis o vacunación Aconsejable Manual de bioseguridad, conocido por todos (a) High Efficiency of Particulate Air Filters. Filtros de alta eficacia para partículas en aire (b) Cabinas de Seguridad Biológica (c) Equipos de Protección Individual (1) Esta medida no se requiere en las medidas de contención del anexo IV del RD 664/1997, sin embargo, las más elementales normas higiénicas de control de contaminantes ambientales recomiendan que el sistema de ventilación de cualquier laboratorio mantenga una ligera presión negativa con respecto a las áreas adyacentes o a la atmósfera. (2) En el anexo IV del RD 664/1997, esta medida se exige de forma diferenciada en los distintos niveles de contención (solo banco o mesa de trabajo en el NSB 2, banco y suelo en el NSB 3 y todas las superficies en el NSB 4), sin embargo sería recomendable que todas las superficies de estas instalaciones dispusieran de materiales con las características indicadas para facilitar su limpieza y evitar la proliferación de agentes biológicos. (3) Esta medida figura como Aconsejada en el anexo IV del RD 664/1997, sin embargo, las más elementales normas preventivas la hacen exigible en todos los niveles de contención. (4) Cuando exista riesgo de que sustancias infecciosas puedan escaparse por el sistema de drenaje. (5) Se permite el transporte seguro de los animales muertos al incinerador que se encuentre fuera del laboratorio mediante procedimientos validados y con un nivel de protección equivalente. (6) Esta medida figura como Aconsejada en el anexo IV del RD 664/1997, sin embargo, las más elementales normas de higiene hacen siempre recomendable el control de plagas. (7) Trabajo en parejas Es conveniente recordar que el RD 664/1997 contiene las disposiciones MÍNIMAS para la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. Observaciones Figura 5.b. Medidas relativas a la organización y las prácticas de trabajo en procesos no industriales

7 7 Procesos os industriales Instalaciones y equipos NSB B 2 NSB B 3 NSB B 4 Los microorganismos viables se manipulan en un sistema que separa físicamente el proceso del medio ambiente (sistemas cerrados) Tratamiento de los gases de escape del sistema de modo que su liberación sea: La toma de muestras, la adición de materiales y la transferencia de organismos viables a un sistema cerrado se realiza de modo que la liberación de agentes biológicos sea: Minimizada Evitada Evitada Minimizada Evitada Evitada Inactivación, por medios de eficacia probada, de los agentes biológicos de los fluidos de grandes cultivos antes de retirarlos de los sistemas cerrados, medios físicos, medios físicos, medios físicos Precintos diseñados de forma que la liberación sea: Minimizada Evitada Evitada Verificación de la estanqueidad de los precintos de los sistemas cerrados De forma periódica Previa al trabajo y de forma periódica Previa al trabajo y de forma periódica Sistemas cerrados ubicados en una zona controlada Facultativo Facultativo (1), expresamente construida Acceso a la zona controlada a través de esclusa o vestíbulo (a presión negativa respecto a las zonas adyacentes) No Aconsejable Señal de peligro biológico y demás advertencias en el acceso a la zona controlada Aconsejable Sistema de ventilación de la zona controlada adecuada para reducir la contaminación atmosférica Facultativo (2) Facultativo (2) Filtración del aire introducido y extraído de la zona controlada mediante filtros HEPA (a) No, salida de aire, entrada y salida de aire Zona controlada con presión negativa respecto a las zonas adyacentes y a la atmosférica No (2) Facultativo (2) Sistema de control (visual o acústico) del mantenimiento de la presión negativa No Aconsejable Posibilidad de precintar la zona controlada para su fumigación No Facultativo (3) Suelos, paredes y techos impermeables al agua, fáciles de limpiar (sin rendijas, con uniones selladas, sin esquinas). Suelos antideslizantes Superficies de trabajo impermeables, sin esquinas, resistentes a ácidos, álcalis, disolventes, desinfectantes y al calor moderado Diseño de la zona controlada para impedir la fuga del contenido del sistema cerrado en caso de accidente No Facultativo (3) Elementos de descontaminación y lavado del personal (lavabos, duchas, lavaojos) Inactivación de los efluentes de fregaderos y duchas, previo a su vertido final No Facultativo (3) Tratamiento de los efluentes antes de su vertido final por medios de eficacia probada, medios físicos, medios físicos, medios físicos Locales con sistema de iluminación de emergencia y grupo electrógeno de reserva para los equipos esenciales Aconsejable Vestuarios, zonas de descanso, comedores, fuera del local Figura 6.a. Medidas relativas a las instalaciones y los equipos en procesos industriales

8 8 Procesos industriales Prácticas de trabajo y organización NSB 2 NSB 3 NSB 4 Información, formación y capacitación de los trabajadores sobre: riesgo biológico y su control, procedimientos de trabajo, actuación en caso de accidente o de emergencia Procedimientos de trabajo y uso de medidas técnicas para evitar o minimizar la liberación de agentes biológicos en el lugar de trabajo Descontaminación del material infeccioso antes de salir de la zona de trabajo Transporte de muestras, cultivos intermedios o producto final con agentes biológicos viables en sistemas cerrados Medidas seguras para la recepción, manipulación y el almacenamiento de muestras Acceso restringido a la zona de trabajo. Sólo personal autorizado Aconsejable Acceso a la zona controlada con indumentaria de protección Ropa de trabajo (4), cambio completo de indumentaria Los trabajadores se duchan antes de salir de la zona controlada No Facultativo Programa de mantenimiento preventivo de las instalaciones, del funcionamiento de los equipos y de la continuidad de la capacidad de contención del sistema cerrado Procedimiento para el control eficiente de vectores (insectos, roedores) Aconsejable (5) Procedimientos de desinfección (por escrito) de superficies, equipos y material reutilizable Disponibilidad y uso adecuado de EPI (c) : guantes, ropa de protección, ocular y respiratoria Formación y adiestramiento en el uso y comprobación del buen estado de los EPI Almacenamiento adecuado de los EPI Programa de gestión de residuos según legislación específica Procedimiento (por escrito) de actuación frente a accidentes con exposición a agentes biológicos Plan de emergencia Vigilancia de la salud de los trabajadores, profilaxis o vacunación Aconsejable (a) High Efficiency of Particulate Air Filters. Filtros de alta eficacia para partículas en aire (c) Equipos de Protección Individual (1) El término facultativo significa opcional, sin embargo en este caso y atendiendo a la peligrosidad intrínseca de los agentes biológicos del grupo 3 y al grado de exigencia en otras normativas, sería recomendable que esta medida fuera exigible. (2) En el caso de estas medidas relacionadas que aparecen en el anexo V del RD 664/1997 como no exigibles o facultativas, las más elementales normas higiénicas de control de contaminantes ambientales hacen aconsejable que el sistema de ventilación de una zona en la que se genera un contaminante mantenga una ligera presión negativa con respecto a las zonas adyacentes o a la atmósfera. (3) Sería recomendable reconsiderar la exigencia en función de la peligrosidad de los agentes biológicos implicados. (4) En el NSB 2 se puede considerar suficiente el uso de la ropa de trabajo. La ropa de trabajo corriente queda excluida de la definición de equipo de protección individual (artículo 2 RD 773/1997, de disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual) (5) Esta medida figura como Aconsejada en el anexo IV del RD 664/1997, sin embargo, las más elementales normas de higiene hacen siempre recomendable el control de plagas. Es conveniente recordar que el RD 664/1997 contiene las disposiciones MÍNIMAS para la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. Observaciones Figura 6.b. Medidas relativas a la organización y las prácticas de trabajo en procesos industriales BIBLIOGRAFÍA MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES. Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos.

9 9 MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA Real Decreto 178/2004, por el que se aprueba el Reglamento general para el desarrollo y ejecución de la Ley 9/2003, de 25 de abril, por la que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente. JUNTA DE ANDALUCÍA U.S. DEPARTAMENT OF HEALTH AND HUMAN SERVICES. CENTERS FOR DISEASE CONTROL AND PREVENTION. NATIONAL INSTITUTE OF HEALTH. Biosafety in Microbiological and Biomedical Laboratories (fifth edition). ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD. Manual de bioseguridad en el laboratorio (3ª edición).

10 10 Prohibida la reproducción total o parcial. Reservados todos los derechos NIPO:

APÉNDICE 12: MEDIDAS Y NIVELES DE CONTENCIÓN PARA LAS ACTIVIDADES EN LOCALES CON ANIMALES

APÉNDICE 12: MEDIDAS Y NIVELES DE CONTENCIÓN PARA LAS ACTIVIDADES EN LOCALES CON ANIMALES APÉNDICE 12: MEDIDAS Y NIVELES DE CONTENCIÓN PARA LAS ACTIVIDADES EN LOCALES CON ANIMALES El nivel de contención, a que se hace referencia en este Apéndice, será de utilidad para el trabajo con vertebrados

Más detalles

SEGURIDAD PARA EL TRABAJO CON AGENTES BIOLÓGICOS.

SEGURIDAD PARA EL TRABAJO CON AGENTES BIOLÓGICOS. SEGURIDAD PARA EL TRABAJO CON AGENTES BIOLÓGICOS. INDICE: 1.- OBJETIVO 2.- REFERENCIAS 2.1 Antecedentes. 2.2 Definiciones 2.3 Clasificación de Agentes biológicos. 3.- Obligaciones de la Universidad. 3.1

Más detalles

1. DEFINICIONES Y PRINCIPIOS BÁSICOS

1. DEFINICIONES Y PRINCIPIOS BÁSICOS Página 1 de 6 1. 1.1. Definiciones Según la ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos se define: Residuo : cualquier sustancia u objeto perteneciente a alguna de las categorías que figuran en el anejo de

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS CON AMIANTO

PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS CON AMIANTO PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS CON AMIANTO El amianto ha sido un material muy utilizado en la construcción debido a sus propiedades, resistencia a altas temperaturas, resistencia eléctrica, a la abrasión

Más detalles

INTEGRACIÓN EFECTIVA DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LAS ENTIDADES LOCALES

INTEGRACIÓN EFECTIVA DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LAS ENTIDADES LOCALES . INTEGRACIÓN EFECTIVA DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LAS ENTIDADES LOCALES Campaña de promoción de la PRL por parte de la ITSS Contenidos del Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales

Más detalles

8. GESTIÓN DE RESIDUOS BIOSANITARIOS

8. GESTIÓN DE RESIDUOS BIOSANITARIOS Página 1 de 8 8. GESTIÓN DE Los residuos biosanitarios generados en la UCLM son de diversa naturaleza por lo que cada tipo debe ser gestionado según la categoría a la que pertenece. La principal producción

Más detalles

ANEXO III OBLIGACIONES DEL INDUSTRIAL

ANEXO III OBLIGACIONES DEL INDUSTRIAL ANEXO III OBLIGACIONES DEL INDUSTRIAL NOTIFICACIÓN ANEXO III OBLIGACIONES DEL INDUSTRIAL Todos los industriales cuyos establecimientos estén afectados por el RD 1254/1999 están obligados a enviar una notificación

Más detalles

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 4525 REAL DECRETO 216/1999, de 5 de febrero, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las empresas de trabajo temporal El

Más detalles

Por su parte el mencionado artículo 24, en su apartado 2, dice literalmente:

Por su parte el mencionado artículo 24, en su apartado 2, dice literalmente: ANEXO Nº 3: PROTOCOLO DE COORDINACION DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES EN LOS CENTROS DE TRABAJO DEL MINISTERIO DE DEFENSA EN MATERIA DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. ANEXO Nº 3 1 PROTOCOLO DE COORDINACIÓN

Más detalles

PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN OPERACIONES DE FUMIGACIÓN

PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN OPERACIONES DE FUMIGACIÓN Pág.: 1/9 PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN OPERACIONES DE FUMIGACIÓN ELABORADO POR: OFICINA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES APROBADO POR: CECILIO MORAL BELLO (VICERRECTOR PARA ASUNTOS ECONÓMICOS) VºBº REPRESENTANTES

Más detalles

33. Recomendación No. 147 sobre el Cáncer Profesional

33. Recomendación No. 147 sobre el Cáncer Profesional 33. Recomendación No. 147 sobre el Cáncer Profesional Clase de Instrumento: Resolución de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo Adopción: Ginebra, 59ª reunión CIT (24 de junio

Más detalles

PRACTICAS DE CONTENCIÓN

PRACTICAS DE CONTENCIÓN PRACTICAS DE CONTENCIÓN Las medidas de control usadas en los laboratorios están diseñadas para proteger a los empleados de la posible exposición a agentes infecciosos y a proteger al público mediante la

Más detalles

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS NOTAS 1 Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A

Más detalles

Equipos a Presión. Condiciones de Seguridad Industrial y Laboral. Marco Normativo. Calderas. Lugo, 25 de octubre de 2011 1 CAMPAÑA EUROPEA SOBRE MANTENIMIENTO SEGURO Principales Objetivos: Sensibilizar

Más detalles

PRESENTACIÓN. Lab Safety Consulting, S.L.U.

PRESENTACIÓN. Lab Safety Consulting, S.L.U. PRESENTACIÓN se presenta como una empresa pionera en el ámbito nacional para ofrecer un servicio integral en todos los aspectos relacionados con la gestión de la seguridad e higiene y las buenas prácticas.

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. Edición: 1 Fecha aprobación: Página 1 de 10

PROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. Edición: 1 Fecha aprobación: Página 1 de 10 Edición: 1 Fecha aprobación: Página 1 de 10 Elaborado por: Antonio Jesús Peñalver García Revisado por: Aprobado por: Fecha: 4 de Abril de 2013 Fecha: Fecha: Firma Firma Firma Procedimiento PROCEDIMIENTO

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES CUESTIONARIO DE AUTOEVALUACIÓN PARA LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES

PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES CUESTIONARIO DE AUTOEVALUACIÓN PARA LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES MINISTERIO DE EDUCACIÓN SECRETARÍA DE ESTADO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INSTITUTO NACIONAL DE LAS CUALIFICACIONES PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN

Más detalles

ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA

ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA Un elemento fundamental en la acción preventiva en la empresa es la obligación que tiene el empresario de estructurar dicha acción a través de la actuación de

Más detalles

Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales. 1

Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales. 1 UNIDAD Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales. 1 FICHA 1. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. FICHA 2. EL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. FICHA 3. MODALIDAD

Más detalles

PUNTO NORMA: 4.3.1. ASPECTOS AMBIENTALES

PUNTO NORMA: 4.3.1. ASPECTOS AMBIENTALES PUNTO NORMA: 4.3.1. ASPECTOS AMBIENTALES REQUISITOS ASPECTOS INDIRECTOS DE LA NORMA ISO 14001 EMISIONES A LA ATMÓSFERA: Gases de combustión (uso vehículos) CONSUMO DE RECURSOS NATURALES: Combustible (uso

Más detalles

1. Gestión Prevención

1. Gestión Prevención 1. Gestión Prevención 1.3 Guía de Actuación Inspectora para la integración de la actividad preventiva SUBSECRETARIA 1. EL PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS 1.1 Con carácter general debe proponerse que el inicio

Más detalles

SUSTITUCIÓN DE PRODUCTOS QUÍMICOS. Servicio de Prevención de Riesgos laborales

SUSTITUCIÓN DE PRODUCTOS QUÍMICOS. Servicio de Prevención de Riesgos laborales SUSTITUCIÓN DE PRODUCTOS QUÍMICOS Servicio de Prevención de Riesgos laborales La fase de diseño de un laboratorio es la más adecuada para la implantación de las medidas de control de contaminantes. Ante

Más detalles

ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO ILOLEX: Las normas internacionales del trabajo

ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO ILOLEX: Las normas internacionales del trabajo ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO ILOLEX: Las normas internacionales del trabajo R156 Recomendación sobre el medio ambiente de trabajo (contaminación del aire, ruido, y vibraciones), 1977 Recomendación

Más detalles

GUIA DE PRACTICAS CORRECTAS DE HIGIENE PARA EL SECTOR APICOLA (Libro de gestión)

GUIA DE PRACTICAS CORRECTAS DE HIGIENE PARA EL SECTOR APICOLA (Libro de gestión) asociación MALAGUEÑA de apicultores www.mieldemalaga.com CRISTINA RUIZ MARTIN - Veterinaria - Asociación Malagueña de Apicultores Colmenar (Málaga) - Tel.: 952 71 80 30 www.mieldemalaga.com Email: mieldemalaga@mieldemalaga.com

Más detalles

Norma ISO 14001: 2015

Norma ISO 14001: 2015 Norma ISO 14001: 2015 Sistema de Gestión Medioambiental El presente documento es la versión impresa de la página www.grupoacms.com Si desea más información sobre la Norma ISO 14001 u otras normas relacionadas

Más detalles

GARANTÍAS MÍNIMAS DE CALIDAD EN LA PRODUCCIÓN DE PLASMA RICO EN PLAQUETAS (PRP)

GARANTÍAS MÍNIMAS DE CALIDAD EN LA PRODUCCIÓN DE PLASMA RICO EN PLAQUETAS (PRP) GARANTÍAS MÍNIMAS DE CALIDAD EN LA PRODUCCIÓN DE PLASMA RICO EN PLAQUETAS (PRP) Existen diferentes modalidades de producción de PRP y es necesario establecer las garantías mínimas de calidad en la producción,

Más detalles

CURSO: RIESGOS POR EXPOSICIÓN AL AMIANTO CONSEJERÍA DE EMPLEO Y BIENESTAR SOCIAL DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO Y EMPLEO. Carmen Escalada López

CURSO: RIESGOS POR EXPOSICIÓN AL AMIANTO CONSEJERÍA DE EMPLEO Y BIENESTAR SOCIAL DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO Y EMPLEO. Carmen Escalada López CURSO: RIESGOS POR EXPOSICIÓN AL AMIANTO CONSEJERÍA DE EMPLEO Y BIENESTAR SOCIAL DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO Y EMPLEO Carmen Escalada López EMPRESA PRINCIPAL MCA IDENTIFICAR registrar evaluar controlar

Más detalles

EVALUACIÓN DE LOS FACTORES DE RIESGOS

EVALUACIÓN DE LOS FACTORES DE RIESGOS EVALUACIÓN DE LOS FACTORES DE RIESGOS La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales, publicada en el B.O.E. del 10 de noviembre de 1995, establece, en su artículo 16 la obligación

Más detalles

NOTIFICACIÓN SOBRE OPERACIONES DE UTILIZACIÓN CONFINADA DE ORGANISMOS MODIFICADOS GENETICAMENTE

NOTIFICACIÓN SOBRE OPERACIONES DE UTILIZACIÓN CONFINADA DE ORGANISMOS MODIFICADOS GENETICAMENTE MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE PARTE A Tipos 2, 3 y 4 SECRETARIA GENERAL DE MEDIO AMBIENTE DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION AMBIENTAL NOTIFICACIÓN SOBRE OPERACIONES DE UTILIZACIÓN CONFINADA DE ORGANISMOS

Más detalles

BUENAS PRACTICAS DE MANUFACTURA Y SISTEMA HACCP Objetivos Revisar conceptos teóricos sobre Buenas Prácticas de Manufactura y Sistema HACCP. Reconocer la importancia de las BPM y de la implementación del

Más detalles

REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Ámbito de aplicación y fines. El presente Reglamento

Más detalles

GUIA DE ACTUACIÓN INSPECTORA EN LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES

GUIA DE ACTUACIÓN INSPECTORA EN LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES PROTOCOLO CAE GUIA DE ACTUACIÓN INSPECTORA EN LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES 1. Concurrencia de trabajadores de varias empresas en un centro de trabajo 1.1 El artículo 4.2 RD 171/2004 establece

Más detalles

REGLAMENTOS. (Texto pertinente a efectos del EEE)

REGLAMENTOS. (Texto pertinente a efectos del EEE) L 125/10 REGLAMENTOS REGLAMENTO (UE) 2015/786 DE LA COMISIÓN de 19 de mayo de 2015 por el que se definen los criterios de aceptabilidad de los procesos de detoxificación aplicados a los productos destinados

Más detalles

INSHT. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Órgano emisor: Ministerio de Trabajos y Asuntos Sociales

INSHT. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Órgano emisor: Ministerio de Trabajos y Asuntos Sociales REAL DECRETO 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro.

Más detalles

EQUIPO APPCC: PERSONAL IMPLICADO EN LA ELABORACIÓN/IMPLANTACIÓN DEL PLAN

EQUIPO APPCC: PERSONAL IMPLICADO EN LA ELABORACIÓN/IMPLANTACIÓN DEL PLAN www.gestion-calidad.com NOMBRE DE LA EMPRESA SECTOR/ACTIVIDAD DOMICILIO SOCIAL SISTEMAS DE GESTIÓN IMPLANTADOS/CERTIFICADOS: CIF Nº SEDES/NAVES IMPLANTACIÓN EN SEDE/NAVE/DPTO: FECHA DESDE LA QUE FUNCIONA

Más detalles

GUÍA PARA LA MEJORA DE LA GESTIÓN PREVENTIVA. Servicios de prevención GUÍA SERVICIOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

GUÍA PARA LA MEJORA DE LA GESTIÓN PREVENTIVA. Servicios de prevención GUÍA SERVICIOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES GUÍA PARA LA MEJORA DE LA GESTIÓN PREVENTIVA Servicios de prevención GUÍA SERVICIOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES GUÍA PARA LA MEJORA EN LA GESTIÓN PREVENTIVA SERVICIOS DE PREVENCIÓN Índice Introducción

Más detalles

GUÍA DE PLANIFICACIÓN DE PRÁCTICAS DE ALUMNOS EN LABORATORIOS CON RIESGOS MECÁNICOS

GUÍA DE PLANIFICACIÓN DE PRÁCTICAS DE ALUMNOS EN LABORATORIOS CON RIESGOS MECÁNICOS Edición: 0 PMCT CONDICIONES DE TRABAJOPLAN DE MEJORA DE LAS GUÍA DE PLANIFICACIÓN DE PRÁCTICAS DE ALUMNOS EN LABORATORIOS CON RIESGOS MECÁNICOS Fecha: ÍNDICE : 1. INTRODUCCIÓN, ANTECEDENTES Y OBJETIVOS.

Más detalles

Riesgo eléctrico: formación y capacitación de los trabajadores

Riesgo eléctrico: formación y capacitación de los trabajadores Riesgo eléctrico: formación y capacitación de los trabajadores Riesgos Eléctricos Jose Carlos Montesinos Belmonte Técnico Superior de Prevención de Riesgos Laborales 31/12/2012 DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN

Más detalles

Integración de la prevención de riesgos laborales

Integración de la prevención de riesgos laborales Carlos Muñoz Ruiz Técnico de Prevención. INSL Junio 2012 39 Integración de la prevención de riesgos laborales Base legal y conceptos básicos Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: Artículo 14.

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES CUESTIONARIO DE AUTOEVALUACIÓN PARA LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES

PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES CUESTIONARIO DE AUTOEVALUACIÓN PARA LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES MINISTERIO DE EDUCACIÓN SECRETARÍA DE ESTADO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INSTITUTO NACIONAL DE LAS CUALIFICACIONES PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN

Más detalles

1.- Desarrollo documental de un programa APPCC

1.- Desarrollo documental de un programa APPCC 1.- Desarrollo documental de un programa APPCC Los puntos que forman el APPCC deben quedar reflejados en un documento completo que compendie toda esta información, de forma lógica y estructurada, de manera

Más detalles

Protección de los trabajadores contra los riesgos de la exposición a campos electromagnéticos 2

Protección de los trabajadores contra los riesgos de la exposición a campos electromagnéticos 2 CONTENIDO: 1 Protección de los trabajadores contra los riesgos de la exposición a campos electromagnéticos 2 1 Se prohíbe la reproducción total o parcial del contenido de este "Boletín Europa al Día" sin

Más detalles

CONFERENCIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO

CONFERENCIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO CONFERENCIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO Recomendación 192 RECOMENDACION RELATIVA A LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN LA AGRICULTURA La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo: Convocada

Más detalles

Máster Ingeniería del Agua. Módulo V. Construcción. Tema: MARCO NORMATIVO BÁSICO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

Máster Ingeniería del Agua. Módulo V. Construcción. Tema: MARCO NORMATIVO BÁSICO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS Máster Ingeniería del Agua. Módulo V. Construcción. Tema: MARCO NORMATIVO BÁSICO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS MARCO NORMATIVO BÁSICO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

Más detalles

La Calidad y la Acreditación en el

La Calidad y la Acreditación en el La Calidad y la Acreditación en el Laboratorio de Anatomía Patológica Unidad Didáctica VI: Riesgos laborales y Protección Medioambiental en Anatomía Patológica La Gestión de Residuos s Sanitarios i en

Más detalles

Normativa básica (II)

Normativa básica (II) TEMA 3 Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: conceptos básicos, derechos y obligaciones en materia de seguridad en el trabajo. Organización de la prevención de riesgos laborales

Más detalles

ALCANCE DE LOS SERVICIOS Y PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONTROL BIOLÓGICO Y VIGILANCIA OPERACIONAL

ALCANCE DE LOS SERVICIOS Y PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONTROL BIOLÓGICO Y VIGILANCIA OPERACIONAL ALCANCE DE LOS SERVICIOS Y PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONTROL BIOLÓGICO Y VIGILANCIA OPERACIONAL I. OBJETO DEL PLIEGO El objeto del presente pliego lo constituye el servicio de Control Biológico

Más detalles

4.4.1 Servicio de Prevención Propio.

4.4.1 Servicio de Prevención Propio. 1 Si se trata de una empresa entre 250 y 500 trabajadores que desarrolla actividades incluidas en el Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención, o de una empresa de más de 500 trabajadores con

Más detalles

Apéndice 12. LABORATORIOS: REQUERIMIENTOS DE LOS NIVELES DE BIOSEGURIDAD

Apéndice 12. LABORATORIOS: REQUERIMIENTOS DE LOS NIVELES DE BIOSEGURIDAD 137 Apéndice 12. LABORATORIOS: REQUERIMIENTOS DE LOS NIVELES DE BIOSEGURIDAD INTRODUCCIÓN El trabajo en laboratorio con agentes biológicos se debe realizar en unas determinadas condiciones de bioseguridad,

Más detalles

CAPÍTULO V DISCUSIÓN. a lo largo de la investigación con la finalidad de demostrar cuáles son las causas de los

CAPÍTULO V DISCUSIÓN. a lo largo de la investigación con la finalidad de demostrar cuáles son las causas de los CAPÍTULO V DISCUSIÓN El presente capítulo tiene como objetivo dar a conocer las conclusiones obtenidas a lo largo de la investigación con la finalidad de demostrar cuáles son las causas de los problemas

Más detalles

Norma ISO 14001: 2004

Norma ISO 14001: 2004 Norma ISO 14001: 2004 Sistema de Gestión Ambiental El presente documento es la versión impresa de la página www.grupoacms.com Si desea más información sobre la Norma ISO 14001 u otras normas relacionadas

Más detalles

LIMPIEZA DE HOSPITALES

LIMPIEZA DE HOSPITALES LIMPIEZA DE HOSPITALES Peligro En los hospitales, durante la limpieza de determinadas áreas laborales, el personal de limpieza está expuesto al peligro de una infección. Advertencias Cumplir con la planificación

Más detalles

REGISTRO DE CAMBIOS REV. FECHA MODIFICACIONES INTRODUCIDAS APARTADO PÁRRAFO MODIF. 0 Mar/05 Edición inicial. -- 3 Nov/05 Cambio de formatos

REGISTRO DE CAMBIOS REV. FECHA MODIFICACIONES INTRODUCIDAS APARTADO PÁRRAFO MODIF. 0 Mar/05 Edición inicial. -- 3 Nov/05 Cambio de formatos DOCUMENTO Nº 12: GESTIÓN DE INCIDENCIAS ESPECIALES REV.3.- Noviembre 2005 REGISTRO DE CAMBIOS REV. FECHA MODIFICACIONES INTRODUCIDAS APARTADO PÁRRAFO MODIF. 0 Mar/05 Edición inicial. -- 3 Nov/05 Cambio

Más detalles

1. Gestión Prevención

1. Gestión Prevención 1. Gestión Prevención 1.2 Guía de Actuación Inspectora en la coordinación de Actividades Empresariales SUBSECRETARIA 1. CONCURRENCIA DE TRABAJADORES DE VARIAS EMPRESAS EN UN CENTRO DE TRABAJO El artículo

Más detalles

JORNADA PRESENTACIÓN GUIA TECNICA PARA LA EVALUACIÓN Y PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS POR EXPOSICIÓN AL AMIANTO

JORNADA PRESENTACIÓN GUIA TECNICA PARA LA EVALUACIÓN Y PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS POR EXPOSICIÓN AL AMIANTO JORNADA PRESENTACIÓN GUIA TECNICA PARA LA EVALUACIÓN Y PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS POR EXPOSICIÓN AL AMIANTO Carmen Escalada López Santander, 24 de noviembre de 2008 CONSEJERÍA DE EMPLEO Y BIENESTAR SOCIAL

Más detalles

MINISTERIO DEL INTERIOR SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA

MINISTERIO DEL INTERIOR SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA En contestación al escrito de un determinado órgano de la Administración Periférica sobre la existencia de dos cámaras de vigilancia situadas en la fachada de un domicilio particular, esta Secretaría General

Más detalles

ADIESTRAMIENTO DE PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS. Folleto Informativo

ADIESTRAMIENTO DE PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS. Folleto Informativo ADIESTRAMIENTO DE PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS Folleto Informativo ASPECTOS GENERALES Dónde está regulado el adiestramiento de animales potencialmente peligrosos La Ley 50/1999, de 22 de diciembre,

Más detalles

INSHT. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Órgano emisor: Ministerio de Industria y Energía. Fecha de aprobación: 5-8-1997

INSHT. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Órgano emisor: Ministerio de Industria y Energía. Fecha de aprobación: 5-8-1997 Disposición Real decreto REAL DECRETO 1389/1997, de 5 de septiembre, por el que se aprueban las disposiciones mínimas destinadas a proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en las actividades

Más detalles

[ SELLO ALIMENTO SEGURO ]

[ SELLO ALIMENTO SEGURO ] [ SELLO ALIMENTO SEGURO ] 1 Checklist para la concesión del sello Alimento seguro Esta lista tiene como objetivo examinar todos los aspectos respecto de las instalaciones, equipos, utensilios e instrumentos

Más detalles

de riesgos ambientales

de riesgos ambientales MF1974_3: Prevención de riesgos TEMA 1. Análisis y evaluación de riesgos TEMA 2. Diseño de planes de emergencia TEMA 3. Elaboración de simulacros de emergencias TEMA 4. Simulación del plan de emergencia

Más detalles

GUÍA RESUMEN DEL RSIF: EXIGENCIAS ESENCIALES QUE DEBEN CUMPLIR LAS EMPRESAS FRIGORISTAS

GUÍA RESUMEN DEL RSIF: EXIGENCIAS ESENCIALES QUE DEBEN CUMPLIR LAS EMPRESAS FRIGORISTAS GUÍA RESUMEN DEL RSIF: EXIGENCIAS ESENCIALES QUE DEBEN CUMPLIR LAS EMPRESAS FRIGORISTAS Realizada por AEFYT 1.- Competencia de la Empresa Frigorista. La instalación, modificación, reparación y mantenimiento

Más detalles

Curso TURGALICIA SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO OHSAS 18001:2.007

Curso TURGALICIA SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO OHSAS 18001:2.007 Curso TURGALICIA SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO OHSAS 18001:2.007 C/Fernando Macías 13; 1º izda. 15004 A CORUÑA Tel 981 160 247. Fax 981 108 992 www.pfsgrupo.com DEFINICIONES: RIESGOS

Más detalles

CONSEJERÍA DE SALUD MANIPULADORES DE ALIMENTOS SITUACIÓN ACTUAL

CONSEJERÍA DE SALUD MANIPULADORES DE ALIMENTOS SITUACIÓN ACTUAL CONSEJERÍA DE SALUD MANIPULADORES DE ALIMENTOS SITUACIÓN ACTUAL Secretaría General de Salud Pública y Participación. Sevilla, abril 2010 1 ESTADO DE SITUACION Y ELEMENTOS A CONSIDERAR EN EL NUEVO MARCO

Más detalles

2.2.7 GESTIÓN DE RESIDUOS.

2.2.7 GESTIÓN DE RESIDUOS. 2.2.7 GESTIÓN DE RESIDUOS. 2.2.7.1 MANIPULACIÓN, DESPLAZAMIENTO Y ACOPIO DE RESIDUOS EN OBRA. 2.2.7.0 CONSEJOS DE CARÁCTER GENERAL 2.2.7.1 MANIPULACIÓN, DESPLAZAMIENTO Y ACOPIO DE RESIDUOS EN OBRA 2.2.7.2

Más detalles

Operación 8 Claves para la ISO 9001-2015

Operación 8 Claves para la ISO 9001-2015 Operación 8Claves para la ISO 9001-2015 BLOQUE 8: Operación A grandes rasgos, se puede decir que este bloque se corresponde con el capítulo 7 de la antigua norma ISO 9001:2008 de Realización del Producto,

Más detalles

Agentes Oficiales de Control: Cuestiones prácticas a considerar en las inspecciones y supervisiones respecto a productos químicos

Agentes Oficiales de Control: Cuestiones prácticas a considerar en las inspecciones y supervisiones respecto a productos químicos Agentes Oficiales de Control: Cuestiones prácticas a considerar en las inspecciones y supervisiones respecto a productos químicos Autores Ángela Orts Laza, Pilar Rueda de la Puerta, Virginia Ballesteros

Más detalles

BUENAS PRÁCTICAS PREVENTIVAS TRABAJO CON AGENTES CANCERÍGENOS, MUTÁGENOS O TÓXICOS PARA LA REPRODUCCIÓN

BUENAS PRÁCTICAS PREVENTIVAS TRABAJO CON AGENTES CANCERÍGENOS, MUTÁGENOS O TÓXICOS PARA LA REPRODUCCIÓN Página 1 de 10 REVISIÓN FECHA MODIFICACIONES 0 Noviembre Elaboración borrador inicial Servicio de Prevención ELABORADO POR: RATIFICADO POR: Comité de Seguridad y Salud UCLM Fecha: 24 noviembre Página 2

Más detalles

ICTE NORMAS DE CALIDAD DE AGENCIAS DE VIAJES REGLAS GENERALES DEL SISTEMA DE CALIDAD. Ref-RG Página 1 de 9

ICTE NORMAS DE CALIDAD DE AGENCIAS DE VIAJES REGLAS GENERALES DEL SISTEMA DE CALIDAD. Ref-RG Página 1 de 9 Página 1 de 9 1 Página 2 de 9 SUMARIO 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. DEFINICIONES 4. GENERALIDADES 5. NORMAS DE CALIDAD DE SERVICIO 6. ESTRUCTURA TIPO DE LAS NORMAS 7. MECANISMOS DE EVALUACIÓN 8. PONDERACIÓN

Más detalles

JORNADA INFORMATIVA SOBRE. Presentación CLÍNICAS VETERINARIAS. Ignacio R. García Gomez Director ADDVET -Servicios Periciales Veterinarios-

JORNADA INFORMATIVA SOBRE. Presentación CLÍNICAS VETERINARIAS. Ignacio R. García Gomez Director ADDVET -Servicios Periciales Veterinarios- JORNADA INFORMATIVA SOBRE RIESGOS LABORALES Titulo de EN la CLÍNICAS VETERINARIAS Ignacio R. García Gomez Director ADDVET -Servicios Periciales Veterinarios- 14 de noviembre de 2.013 Que es la Ley de Prevención

Más detalles

Auditoría de los Sistemas de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales

Auditoría de los Sistemas de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales Auditoría de los Sistemas de Gestión de Prevención de Olga Gómez García Técnico Superior de Prevención de 20/12/2012 Dirección de Prevención de IBERMUTUAMUR Fecha: 20/12/2012 Versión: 1 AUTOR: Olga Gómez

Más detalles

Sistema de Gestión Ambiental de la Universitat Politècnica de València

Sistema de Gestión Ambiental de la Universitat Politècnica de València Sistema de Gestión Ambiental de la Universitat Politècnica de València Gestión de los residuos peligrosos en la Universitat Politècnica de València. Cristina Martí Barranco Universitat Politècnica de València

Más detalles

DECRETO 59/1999 Gestión de neumáticos usados

DECRETO 59/1999 Gestión de neumáticos usados Fecha de Boletín: Miércoles, 7 de abril de 1999 Nº de Boletín: 64 DECRETO 59/1999, de 31 de marzo, por el que se regula la gestión de los. La Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, de acuerdo con la

Más detalles

ARQUITECTURA TÉCNICA ASIGNATURA: MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN II CURSO: 2009-2010 APUNTES TEMA 1: CONTROL DE CALIDAD

ARQUITECTURA TÉCNICA ASIGNATURA: MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN II CURSO: 2009-2010 APUNTES TEMA 1: CONTROL DE CALIDAD ARQUITECTURA TÉCNICA ASIGNATURA: MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN II CURSO: 2009-2010 APUNTES TEMA 1: CONTROL DE CALIDAD. CONCEPTO. EVOLUCIÓN CON EL TIEMPO. NORMA UNE EN ISO 9001:2000 Profesor: Victoriano García

Más detalles

a) La autoridad y responsabilidad relativas a la SST en la organización se desprende de :

a) La autoridad y responsabilidad relativas a la SST en la organización se desprende de : La implantación y desarrollo de la actividad preventiva en la empresa requiere la definición de las responsabilidades y funciones en el ámbito de los distintos niveles jerárquicos de la organización. a)

Más detalles

Autoridad Portuaria de Avilés ÍNDICE 1. OBJETO 2 2. ALCANCE 2 3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA 3 4. DEFINICIONES 4

Autoridad Portuaria de Avilés ÍNDICE 1. OBJETO 2 2. ALCANCE 2 3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA 3 4. DEFINICIONES 4 ÍNDICE 1. OBJETO 2 2. ALCANCE 2 3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA 3 4. DEFINICIONES 4 5. DESARROLLO 4 5.1. Explicación previa 4 5.2. Medios de Coordinación 5 5.3. Instrucciones de actuación 6 5.3.1. De la

Más detalles

Guía de Responsabilidad Civil Buenas Prácticas de Manufactura en la Industria Alimenticia

Guía de Responsabilidad Civil Buenas Prácticas de Manufactura en la Industria Alimenticia Implementar buenas prácticas de manufactura en la industria alimenticia no sólo es una obligación de carácter legal, también es un beneficio para la industria ya que permite optimizar sus procesos de producción

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 146 Miércoles 19 de junio de 2013 Sec. I. Pág. 46150 I. DISPOSICIONES GENERALES COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES 6658 Circular 3/2013, de 12 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de

Más detalles

A. PRINCIPIOS GENERALES PARA LA MANIPULACION DE INFORMACION CONFIDENCIAL

A. PRINCIPIOS GENERALES PARA LA MANIPULACION DE INFORMACION CONFIDENCIAL CONVENCION SOBRE LA PROHIBICION DEL DESARROLLO, LA PRODUCCIÓN, EL ALMACENAMIENTO Y EL EMPLEO DE ARMAS QUIMICAS Y SOBRE SU DESTRUCCION ANEXO SOBRE LA PROTECCION DE LA INFORMACION CONFIDENCIAL ("ANEXO SOBRE

Más detalles

Real Decreto 180/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado.

Real Decreto 180/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado. Real Decreto 180/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado. https://www.boe.es/boe/dias/2015/04/07/pdfs/boe-a-2015-3715.pdf 24 de Septiembre

Más detalles

TEXTO DE LA DISPOSICIÓN

TEXTO DE LA DISPOSICIÓN TEXTO DE LA DISPOSICIÓN DECRETO 14/1995, de 10 de enero, del Gobierno Valenciano, por el que se regula la obtención de los carnets de manipulador de plaguicidas en la Comunidad Valenciana. El Real Decreto

Más detalles

Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales. Auditorías de Prevención

Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales. Auditorías de Prevención Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales. Auditorías de Prevención Autor: autoindustria.com Índice 0. Introducción 1. Auditorías del Sistema de Prevención de Riesgos Laborales 1.1. Planificación

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS DE PREVENCIÓN P.O.P./01 EVALUACIÓN DE RIESGOS

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS DE PREVENCIÓN P.O.P./01 EVALUACIÓN DE RIESGOS MANUAL DE PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS DE PREVENCIÓN P.O.P./01 EVALUACIÓN DE RIESGOS Hoja: 1 de 12 INDICE 1.- DEFINICIÓN 2.- NORMATIVA APLICABLE 3.- FASES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE RIESGOS -

Más detalles

PROTECCIÓN DE LA SALUD DE LOS USUARIOS: CRITERIOS TÉCNICO- SANITARIOS DE LAS PISCINAS 1

PROTECCIÓN DE LA SALUD DE LOS USUARIOS: CRITERIOS TÉCNICO- SANITARIOS DE LAS PISCINAS 1 PROTECCIÓN DE LA SALUD DE LOS USUARIOS: CRITERIOS TÉCNICO- SANITARIOS DE LAS PISCINAS 1 Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas

Más detalles

Proponer medidas de control sobre los riesgos en materia de prevención existentes en el medio laboral.

Proponer medidas de control sobre los riesgos en materia de prevención existentes en el medio laboral. Experto en Prevención de Riesgos Laborales 600 horas OBJETIVO GENERAL Formar a trabajadores como expertos para desarrollar funciones en materia de Prevención de riesgos laborales de conformidad con el

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 159 Sábado 4 de julio de 2015 Sec. I. Pág. 55096 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA 7458 Real Decreto 598/2015, de 3 de julio, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997,

Más detalles

MANUAL DEL SISTEMA DE GESTION AMBIENTAL ISO 14001:2004. Control de versiones

MANUAL DEL SISTEMA DE GESTION AMBIENTAL ISO 14001:2004. Control de versiones Página 1 de 7 MANUAL DEL SISTEMA DE GESTION AMBIENTAL ISO 14001:2004 Control de versiones Número de Versión Fecha Descripción de cambio 1 24 / feb / 2014 Creación del documento Contenido 1. Objeto y campo

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES CUESTIONARIO DE AUTOEVALUACIÓN PARA LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES

PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES CUESTIONARIO DE AUTOEVALUACIÓN PARA LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES MINISTERIO DE EDUCACIÓN SECRETARÍA DE ESTADO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INSTITUTO NACIONAL DE LAS CUALIFICACIONES PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN

Más detalles

TRABAJADORES AUTÓNOMOS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS

TRABAJADORES AUTÓNOMOS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS TRABAJADORES AUTÓNOMOS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS La coordinación de actividades empresariales regulada en el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales

Más detalles

Inspección sanitaria de instalaciones con mayor y menor probabilidad de proliferación y dispersión de Legionella.

Inspección sanitaria de instalaciones con mayor y menor probabilidad de proliferación y dispersión de Legionella. Servicio Canario de la Salud DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Inspección sanitaria de instalaciones con mayor y menor probabilidad de proliferación y dispersión de Legionella. Protocolo para la REVISIÓN

Más detalles

TÍTULO: GESTION RESIDUOS REFRIGERANTES AUTOR/ES: JOSE GARCIA CEREZO EMPRESA/ORGANISMO: KIMIKAL S.L

TÍTULO: GESTION RESIDUOS REFRIGERANTES AUTOR/ES: JOSE GARCIA CEREZO EMPRESA/ORGANISMO: KIMIKAL S.L TÍTULO: GESTION RESIDUOS REFRIGERANTES AUTOR/ES: JOSE GARCIA CEREZO EMPRESA/ORGANISMO: KIMIKAL S.L 1. Introducción. Una parte de los refrigerantes halocarbonados son (eran) productos clorados. Hace casi

Más detalles

Anexo II LIMPIEZA, DESINFECCIÓN, DESINSECTACIÓN Y DESRATIZACIÓN (D.D.D.)

Anexo II LIMPIEZA, DESINFECCIÓN, DESINSECTACIÓN Y DESRATIZACIÓN (D.D.D.) Anexo II LIMPIEZA, DESINFECCIÓN, DESINSECTACIÓN Y DESRATIZACIÓN (D.D.D.) En toda industria alimentaria debe establecerse un sistema de limpieza y D.D.D., programado y periódico, de todos los locales, instalaciones,

Más detalles

QUÉ ES LA ISO 14000? DIFERENCIAS ENTRE ISO 14001 Y EMAS. 1 Para Mayor información www.medicaindustrial.com.mx

QUÉ ES LA ISO 14000? DIFERENCIAS ENTRE ISO 14001 Y EMAS. 1 Para Mayor información www.medicaindustrial.com.mx QUÉ ES LA ISO 14000? La ISO 14000 es una serie de normas internacionales para la gestión medioambiental. Es la primera serie de normas que permite a las organizaciones de todo el mundo realizar esfuerzos

Más detalles

Apéndice P. Seguros y Riesgo por Pérdida

Apéndice P. Seguros y Riesgo por Pérdida Apéndice P Seguros y Riesgo por Pérdida El Gestor, bajo su exclusivo costo y de conformidad con los términos, condiciones, coberturas, sumas y/o deducibles definidos por el CETAC, deberá suscribir, contratar

Más detalles

LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN

LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN Descripción Las instalaciones donde se reciben, preparan y expenden alimentos deben dar seguridad higiénica. Deben estar diseñadas de forma que favorezcan y faciliten tanto la higiene

Más detalles

Prevención del Riesgo Eléctrico

Prevención del Riesgo Eléctrico Prevención del Riesgo Eléctrico El riesgo eléctrico se produce en toda tarea que implique actuaciones sobre instalaciones eléctricas de baja, media y alta tensión, utilización, manipulación y reparación

Más detalles

I. DISPOSICIONES GENERALES

I. DISPOSICIONES GENERALES POLÍTICA DE CLASIFICACIÓN DE CLIENTES I. DISPOSICIONES GENERALES 1.1. El propósito de esta Política de Clasificación de Clientes de DELTASTOCK es establecer normas internas para la clasificación de los

Más detalles

ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO ILOLEX: Las normas internacionales del trabajo. R147 Recomendación sobre el cáncer profesional, 1974

ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO ILOLEX: Las normas internacionales del trabajo. R147 Recomendación sobre el cáncer profesional, 1974 ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO ILOLEX: Las normas internacionales del trabajo R147 Recomendación sobre el cáncer profesional, 1974 Recomendación sobre la prevención y el control de los riesgos

Más detalles

Higiene alimentaria - Manipulador de alimentos

Higiene alimentaria - Manipulador de alimentos Higiene alimentaria - Manipulador de alimentos REF: HORAS: HORAS: K439 27 horas lectivas 03 horas practicas OBJETIVOS Trata acerca de cómo deben actuar todas aquellas personas que trabajan en empresas

Más detalles

O K. Unidad 5 Autocontrol y APPCC 1 CÓMO SE CONTROLA LA SEGURIDAD ALIMENTARIA?

O K. Unidad 5 Autocontrol y APPCC 1 CÓMO SE CONTROLA LA SEGURIDAD ALIMENTARIA? UNIDAD 5. Autocontrol y APPCC Unidad 5 Autocontrol y APPCC 1 CÓMO SE CONTROLA LA SEGURIDAD ALIMENTARIA? Tradicionalmente, los métodos utilizados para el control de los alimentos se apoyaban en la formación

Más detalles

RD 1591/2009 DOCUMENTO NO APLICABLE 2 1.9.2011 LIBRE

RD 1591/2009 DOCUMENTO NO APLICABLE 2 1.9.2011 LIBRE TITULO DOCUMENTO OBLIGACIONES REGULATORIAS PARA EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE PRODUCTOS SANITARIOS EN ESPAÑA RD 1591/2009 EMPRESA DESTINATARIA EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE PRODUCTOSS SANITARIOS DOCUMENTOS ANEXOS

Más detalles