DATOS PARA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES

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1 DATOS PARA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES 1.- Órgano de Contratación: INSTITUTO ESPAÑOL DE COMERCIO EXTERIOR ICEX - Q F 2.- Número de Expediente: P.E Objeto del contrato: Contratación de Outsourcing de las Asistencias Técnicas Informáticas que den cobertura al ICEX y a la Red Exterior y Territorial. 4.- Presentación de los sobres: Horario Oficial de Registro: de 9 a 14 horas Fecha límite de presentación: 15 días a partir del envío al DOUE del anuncio. SÓLO SE ADMITIRÁ LA PRESENTACIÓN DE 3 SOBRES que se identificarán con la siguiente leyenda: - CONCURSO REF NÚM. P.E PROCEDIMIENTO ESPECIAL - OBJETO: Contratación de Outsourcing de las Asistencias Técnicas Informáticas que den cobertura al ICEX y a su Red Exterior y Territorial. - DIRIGIDO A: INSTITUTO ESPAÑOL DE COMERCIO EXTERIOR (ICEX). Dpto. Control de Contratación Pº de la Castellana, Madrid Con el fin de poder notificar cualquier incidencia, se ruega a los interesados en la licitación que incluyan en el exterior de los sobres en que se presentan las PROPOSICIONES, la siguiente información: 5.- Clasificación CPV, en su caso: Lote al que licita: Nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa: NIF: Dirección postal: Correo electrónico: Teléfono: Fax: Nombre del representante legal: Nombre de la persona de contacto: Servicios TI: Consultoría, desarrollo de software, Internet y Apoyo Servicios de Apoyo Informático y de Consultoría Servicios Informáticos 1

2 INDICE PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES ª. OBJETO DEL CONTRATO ª. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE ª. CAPACIDAD PARA CONTRATAR ª. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN ESTIMADO ª. EXISTENCIA DE CRÉDITO ª. PAGOS ª. VIGENCIA Y PRÓRROGA DEL CONTRATO ª. MESA DE CONTRATACIÓN ª. PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS OBJETIVOS DE ADJUDICACIÓN ª. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES ª. CONSULTAS SOBRE LAS OFERTAS PRESENTADAS ª. PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO ª. GARANTÍA ª. RIESGO Y VENTURA ª. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO ª. GASTOS E IMPUESTOS EXIGIBLES ª. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA RESPECTO A SU PERSONAL O COLABORADORES ª. MEDIOS TÉCNICOS Y HUMANOS DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA ª. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA ª. PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS ª. OBLIGACIONES DE CONFIDENCIALIDAD ª. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL ª. CESIÓN DEL CONTRATO ª. SUBCONTRATACIÓN ª. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO ª. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO ª. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO ANEXO A. FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES ANEXO B. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LA EMPRESA ADJUDICATARIA ANEXO C. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA ANEXO D. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ANEXO E. MODELO DE AVAL ANEXO F. MODELO AUTORIZACIÓN EXPRESA CERTIFICADOS TELEMÁTICOS ANEXO G. MODELO FICHA DE COORDINACIÓN ACTIVIDADES EMPRESARIALES PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS ª OBJETO DEL CONCURSO ª OBJETIVOS Y ALCANCE DEL PROYECTO

3 3ª LOTE 1: ASISTENCIAS TÉCNICAS DE REDES, COMUNICACIONES Y SEGURIDAD ª LOTE 2: ASISTENCIAS TÉCNICAS DE APLICACIONES DE NEGOCIO ª LOTE 3: ASISTENCIAS TÉCNICAS DE ADMINISTRACIÓN DE SISTEMAS ª. LOTE 4: ASISTENCIAS TÉCNICAS INSTALACIÓN Y SOPORTE DE PUESTO DE TRABAJO

4 PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES 1ª. Objeto del contrato El objeto del presente concurso es la contratación de Outsourcing de las Asistencias Técnicas Informáticas que den cobertura al ICEX y a la Red Exterior y Territorial. El detalle y las características del contrato, así como la forma en que debe realizarse, se establecen en el Pliego de Prescripciones Técnicas. En atención al objeto y finalidad del contrato, se han realizado 4 lotes: Lote 1: Asistencias Técnicas de Redes, Comunicaciones y Seguridad de ICEX y Red Exterior y Territorial. Lote 2: Asistencias Técnicas para Aplicaciones de Negocio de ICEX y Red Exterior y Territorial. Lote 3: Asistencias Técnicas para Administración de Sistemas de ICEX y Red Exterior y Territorial. Lote 4: Asistencias Técnicas para Instalación y Soporte de puesto de trabajo de los Sistemas Informáticos ICEX y Red Exterior y Territorial. El procedimiento de contratación se regirá por lo establecido en los Pliegos reguladores del presente Concurso y por la legislación específica aplicable al ICEX. 2ª. Régimen jurídico y jurisdicción competente El régimen jurídico aplicable al contrato objeto de este Concurso tendrá carácter de Derecho privado. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este Pliego y en su correspondiente de Prescripciones Técnicas, siendo de aplicación con carácter suplementario lo dispuesto en la legislación civil y mercantil española y demás legislación específica que le sea de aplicación. Las discrepancias sobre la interpretación o ejecución del contrato que se formalice serán resueltas por mutuo acuerdo. A falta del mismo, las partes, con renuncia expresa a su propio fuero, si lo hubiere, se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital. 3ª. Capacidad para contratar Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades señaladas en la en la Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Además, las empresas adjudicatarias deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad tenga relación directa con el objeto del contrato, y que dispongan de una organización con elementos personales o materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. El cumplimiento de estos requisitos se acreditará con la presentación de la documentación señalada en el Anexo A. de los presentes pliegos. 4

5 4ª. Presupuesto base de licitación estimado El presupuesto base de licitación estimado para todo el periodo, asciende a la cantidad de , IVA excluido. El desglose del presupuesto base de licitación por lotes es el siguiente: Lote nº 1: (IVA excluido) Lote nº 2: (IVA excluido) Lote nº 3: (IVA excluido) Lote nº 4: (IVA excluido) El ICEX advierte que los presupuestos base de licitación indicados son estimativos, debido a que las asistencias técnicas solicitadas son una estimación de lo que el ICEX considera necesario y en la que el oferente debe apoyarse para la elaboración de la oferta, sin que ello implique compromiso económico para el ICEX. Por ello, el ICEX únicamente abonará a la empresa adjudicataria el número de horas de asistencia efectivamente realizadas por cada perfil profesional contratado, pudiendo ser el número de horas o de recursos finalmente solicitados diferentes a los estimados en los presentes Pliegos. Las proposiciones que se presenten superando el presupuesto base de licitación serán automáticamente desestimadas. El precio ofertado deberá especificarse cumplimentando el modelo establecido a tal efecto en el Anexo C. Modelo de Proposición Económica de este Pliego. La oferta económica no podrá ser modificada, por lo que, caso de producirse fluctuaciones monetarias que incidieran en los costes del contrato, éstas correrán a riesgo y ventura de la empresa adjudicataria. 5ª. Existencia de crédito Las obligaciones económicas que se deriven del cumplimiento del contrato, se cancelarán con cargo a los presupuestos ICEX, imputándose a las propuestas de gasto que se indican a continuación, y en las que existe crédito adecuado y suficiente para ello. Propuesta de gasto para el lote nº 1: Propuesta de gasto para el lote nº 2: Propuesta de gasto para el lote nº 3: Propuesta de gasto para el lote nº 4: Cuando la ejecución del contrato abarque más de un ejercicio presupuestario, la adjudicación del mismo quedará sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo en el ejercicio correspondiente. 6ª. Pagos La empresa adjudicataria tendrá derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, por los servicios efectivamente prestados con sujeción al contrato otorgado. El pago se realizará mensualmente a mes vencido, una vez haga entrega la empresa adjudicataria de la correspondiente factura, en un plazo máximo de 60 días a contar desde la fecha de recepción de la misma, y previa conformidad del ICEX con los trabajos realizados 5

6 durante ese periodo. Las facturas se extenderán por el número de horas de asistencia efectivamente realizadas por lo que deberán especificar las horas/mes efectivamente realizadas por cada perfil profesional y las tarifas aplicables de conformidad con su oferta. 7ª. Vigencia y prórroga del contrato La vigencia del contrato que se formalice, objeto del presente Concurso, será desde el 1 de enero de 2010 hasta el 31 de diciembre de Sin perjuicio de lo anterior, el contrato podrá prorrogarse previo acuerdo de las partes en las condiciones contractuales hasta como máximo el 31 de diciembre de En el supuesto de acordarse la prórroga del contrato, podrá ser de aplicación la revisión de precios que tendrá lugar, por una sola vez, para el nuevo período de vigencia del contrato, incrementando al precio del contrato del que procede el porcentaje acumulado del índice general de precios al consumo, de los doce últimos meses anteriores a la fecha de revisión del contrato, fijado por el Instituto Nacional de Estadística. 8ª. Mesa de Contratación El Órgano de Contratación estará asistido por una Mesa de Contratación, compuesta por seis miembros designados por el órgano de contratación. La Mesa de Contratación es el órgano competente para la apertura y valoración de las ofertas y para la propuesta de adjudicación. La propuesta de adjudicación de la Mesa de Contratación no crea derecho alguno a favor del empresario propuesto, que no lo adquirirá, respecto del ICEX, mientras no se le haya adjudicado el contrato por acuerdo del Órgano de Contratación y notificado debidamente dicha adjudicación. 9ª. Procedimiento y criterios objetivos de adjudicación El contrato se adjudicará por procedimiento especial, mediante concurso, tramitándose el expediente al amparo de lo establecido en las Instrucciones Internas de Contratación del ICEX. El órgano de contratación, dentro de un plazo máximo de 30 días naturales a contar desde la fecha límite de recepción de las ofertas, procederá a la adjudicación del contrato. La adjudicación se realizará mediante la aplicación de criterios de valoración, tomando como base la ponderación establecida para cada uno de los mismos. Los criterios de ponderación son los siguientes: 6

7 CRITERIO PUNTOS Factores de la oferta 50 - Cualificación de los perfiles del personal ofertado 40 - Valor añadido a la oferta 10 Oferta económica 40 Factores de la empresa 10 - Certificaciones de calidad 5 - Garantía de disponibilidad de recursos 5 TOTALES 100 De entre los criterios objetivos de adjudicación, se establece que el criterio precio podrá ser tomado en consideración a los efectos de apreciar una oferta desproporcionada o anormal. A estos efectos, se considerará desproporcionada o anormal aquella oferta cuyo precio sea inferior en un 15% al señalado como precio máximo de licitación. El Órgano de Contratación adjudicará el contrato al licitador que, en su conjunto, haga la oferta económicamente más ventajosa. De igual forma, declarará desierto el Concurso si las ofertas o la documentación presentadas no reúnen, a su juicio, las condiciones mínimas en cuanto a solvencia, características técnicas o idoneidad en los precios ofertados. El ICEX se reserva el derecho a anular la adjudicación en cualquier momento si la empresa adjudicataria incumple, a juicio del mismo, cualquiera de los requisitos exigidos en la Convocatoria o en los Pliegos que rigen el presente Concurso. 10ª. Presentación de proposiciones Las proposiciones se presentarán en la forma, plazo y lugar indicados en los presentes Pliegos y de acuerdo con la forma establecida en el Anexo A del presente Pliego. Cada candidato podrá formular su oferta para uno, varios o todos los lotes. Si concurre por más de uno deberá presentar oferta económica y técnica individualizada para cada lote por el que licite, si bien no podrá presentar más de una proposición por lote. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal. La contravención de esta prohibición dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas. La presentación de proposiciones supone, por parte de los candidatos, la aceptación incondicional del clausulado de este Pliego y del de Prescripciones Técnicas, sin salvedad alguna. 11ª. Consultas sobre las ofertas presentadas El ICEX se reserva el derecho a recabar información sobre aquellos aspectos incompletos o dudas que puedan observarse en las ofertas presentadas por las empresas concursantes, quienes subsanarán estos defectos en el plazo de 3 días hábiles a partir de la notificación de 7

8 los mismos. Asimismo, el ICEX podrá convocar a los concursantes al objeto de que puedan desarrollar más detenidamente sus ofertas. Por otra parte, y a fin de aclarar las dudas que pudieran suscitarse en relación con cualquiera de las cláusulas de este pliego, ICEX pone a disposición de todas las empresas interesadas en tomar parte en la licitación la siguiente dirección de correo electrónico: 5726@icex.es. Las consultas deberán indicar en el asunto la siguiente referencia: Expdte. 5726: consultas. Las respuestas se harán llegar de forma individualizada a cada uno de los interesados. 12ª. Perfección y formalización del contrato El contrato se perfeccionará mediante la adjudicación realizada por el Órgano de Contratación. La relación jurídica entre la empresa adjudicataria del Concurso y el ICEX se formalizará mediante la firma del correspondiente contrato, en un plazo máximo de 30 días a partir de la fecha de adjudicación. Será requisito indispensable la presentación, por la empresa adjudicataria de la documentación establecida en el Anexo B del presente Pliego de Condiciones Particulares. Dicha documentación deberá presentarse antes de la formalización del contrato. 13ª. Garantía El adjudicatario estará obligado a constituir en el plazo de 15 días naturales a partir de la notificación de la adjudicación, mediante cheque conformado, cheque bancario aval bancario o seguro de caución, una garantía definitiva por importe equivalente al 5 por 100 del precio de adjudicación. La garantía responderá de los siguientes conceptos: a. De la correcta ejecución de las prestaciones contempladas en el contrato. b. De los gastos originados al ICEX por demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones. c. De los daños y perjuicios ocasionados al ICEX con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento. d. Los daños y perjuicios ocasionados por la resolución anticipada del contrato por causas imputables al contratista. En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalizaciones o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía en que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Asimismo, cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, su precio experimente variación, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de 15 días naturales, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya cumplido satisfactoriamente el contrato o hasta que se declare la resolución de éste sin culpa del contratista. 8

9 14ª. Riesgo y ventura La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista. 15ª. Modificación del contrato El órgano de contratación podrá acordar, una vez perfeccionado el contrato y por razones de interés público, modificaciones en el mismo cuando sean consecuencia de necesidades nuevas o de causas imprevistas, justificándolo debidamente en el expediente. En tales casos, solicitará Oferta al contratista y deberán acordarse tales modificaciones por escrito. 16ª. Gastos e impuestos exigibles Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, en su caso, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a la ejecución del contrato. Asimismo, vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante su vigencia. 17ª. Obligaciones del Contratista respecto a su personal o colaboradores Los trabajadores o colaboradores que la empresa adjudicataria emplee o contrate para la ejecución del contrato, aunque ésta haya de desarrollarse en las instalaciones del ICEX, estarán exclusivamente vinculados a la empresa adjudicataria, sin vínculo laboral alguno con el ICEX, siendo aquélla la única y absoluta responsable del cumplimiento de las obligaciones que la legislación vigente le imponga como empleadora y ejerciendo plenamente sus facultades directivas y organizativas que como empresario le correspondan en relación con dicho personal, incluido el poder disciplinario y la concesión de permisos y vacaciones, todo ello sin perjuicio de las instrucciones técnicas que puedan recibir del ICEX y de la facultad y deber de éste de supervisar el trabajo realizado por la empresa adjudicataria. La empresa adjudicataria tendrá responsabilidad exclusiva en su debido cumplimiento de todas las obligaciones laborales, de prevención de riesgos laborales, fiscales y de Seguridad Social que le correspondan como empresario de su personal que preste los servicios en relación con la contratación que se formalice a los efectos del presente Concurso. A tales efectos, la empresa adjudicataria deberá estar al corriente en el pago de tributos, nóminas y cuotas a la Seguridad Social e informará a sus trabajadores de los riesgos genéricos del ICEX y de los específicos del puesto de trabajo. Asimismo deberá establecer los medios de coordinación necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 171/2004 de 30 de enero en materia de Prevención de Riesgos Laborales. En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el párrafo precedente, el ICEX queda expresamente facultado para reclamar a la empresa adjudicataria la totalidad de las cuantías que pudieran derivarse de las responsabilidades que pretendan hacerse valer frente al ICEX, por cualquiera de los conceptos señalados anteriormente. La empresa adjudicataria asumirá expresamente, y sin limitación a otras que puedan ser establecerse en el futuro Contrato que se formalice, las siguientes obligaciones: Entregar al ICEX copia de los boletines de cotización correspondientes al tiempo en que permanezca vigente el Contrato, y en el plazo máximo de 15 días a contar desde aquel en 9

10 que expire el plazo de ingreso en periodo voluntario de cada uno de las cotizaciones que se devenguen. Informar por escrito a su personal, antes del inicio de la prestación del Servicio descrito en los presentes Pliegos, de la identidad del ICEX, incluyendo su razón social, domicilio social y número de identificación fiscal. En su caso, informar a los representantes legales de sus trabajadores de todos los extremos detallados en el apartado 4 del artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores, que la empresa adjudicataria declara conocer. 18ª. Medios técnicos y humanos de la empresa adjudicataria La empresa adjudicataria se compromete a asignar al servicio objeto del presente Pliego, los medios técnicos y personales que se especifican en el Pliego de Prescripciones Técnicas. La organización, control y dirección de la actividad y de los profesionales desplazados (incluido el poder disciplinario y la concesión de permisos y vacaciones) corresponden en exclusiva al empresario contratista, aún cuando éstos estén sometidos a instrucciones técnicas del ICEX plasmadas en el contrato o en documentos posteriores y sujetas a supervisión del ICEX. La empresa adjudicataria deberá nombrar a uno de sus trabajadores coordinador del Servicio que actuará como interlocutor entre la empresa y el ICEX recibiendo de éste las instrucciones necesarias para la correcta prestación del servicio. Los profesionales designados por la empresa adjudicataria serán expertos en la realización de las funciones específicas asignadas, asumiendo la empresa adjudicataria la total responsabilidad respecto a su selección para la correcta prestación del servicio. Igualmente, durante el periodo de vigencia del contrato la empresa garantizará la estabilidad del equipo asignado, si durante el periodo de vigencia del contrato se produjeran sustituciones superiores a un 25% del total de equipo, el ICEX podrá instar la resolución del contrato. Cuando la prestación del servicio objeto del presente Concurso, exigiera una contribución neta de recursos mayor o menor a la prevista, por un periodo determinado de tiempo, la empresa adjudicataria se compromete a ampliar o reducir los recursos designados, asumiendo en tal caso el correspondiente ajuste en el precio del contrato. Asimismo, deberá contar la empresa adjudicataria con el personal preciso que cubra las posibles bajas o sustitución del profesional que inicialmente asigne a la prestación de estos Servicios. 19ª. Responsabilidad del contratista La empresa adjudicataria será responsable de la calidad técnica de los trabajos, prestaciones y servicios que realice en ejecución del contrato, así como de las consecuencias que se deduzcan para el ICEX, o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. La empresa adjudicataria responderá y asumirá las correspondientes indemnizaciones por los daños y perjuicios directos e indirectos causados al ICEX o a terceros, que traigan causa en una conducta negligente o culposa de la empresa adjudicataria o se deriven del incumplimiento de las obligaciones que le incumben, a tenor de lo señalado en los presentes Pliegos y de lo que se pacte en el correspondiente contrato. Concretamente, la empresa adjudicataria: 10

11 - Se responsabilizará de que, tanto el desarrollo como el resultado final de los servicios/trabajos que le sean encomendados, cumplan las especificaciones de calidad requeridas por el ICEX - Del cumplimiento de los plazos, bien sea el plazo total fijado para la realización del contrato, o los plazos parciales señalados en los presentes Pliegos, o los acordados con el ICEX en cada caso. - Asumirá la responsabilidad por las omisiones, errores, conclusiones incorrectas o métodos inadecuados que aconseje y lleve a efecto durante la vigencia del contrato que se formalice. - Se responsabilizará del personal que forme parte del equipo de trabajo destinado al desarrollo y ejecución del contrato, siendo la única responsable laboral del comportamiento y funcionamiento del mencionado equipo. - Será responsable del tratamiento de la información y de los datos que se pongan a su disposición, responsabilizándose asimismo de la pérdida o corrupción de datos que se puedan producir, especialmente en el caso de que se trate de datos de carácter personal. Sin perjuicio de cualquier otra indemnización que pudiera corresponder al ICEX, la empresa adjudicataria indemnizará al ICEX por las acciones y reclamaciones, incluyendo honorarios y gastos razonables de abogados, derivadas de: - el daño, pérdida o destrucción de cualquier propiedad o información del ICEX, derivados de actos u omisiones dolosas o negligentes de la empresa adjudicataria; - responsabilidades de todo tipo, incluidas sanciones administrativas, en que incurra el ICEX y sean consecuencia directa del incumplimiento por la empresa adjudicataria de sus obligaciones. La empresa adjudicataria quedará exonerada de responsabilidad cuando los incumplimientos sean debidos a causas exclusivamente imputables al ICEX y en los casos de fuerza mayor. 20ª. Propiedad de los trabajos El ICEX será propietario de todos los trabajos desarrollados por la empresa adjudicataria con ocasión de la realización del objeto del presente Concurso. Por consiguiente, la empresa adjudicataria cede en exclusiva al ICEX todos los derechos de explotación sobre los trabajos realizados y cualquier creación de propiedad intelectual que pudiere derivarse de los mismos, con carácter mundial y por la mayor duración que permita la ley. El ICEX podrá ejercer estos derechos en la forma más amplia que la ley permita, comprendiendo ello su reproducción, distribución, transformación, comunicación pública y puesta a disposición, en cualquier soporte, formato e idioma, y con los efectos que las leyes determinen. En consecuencia, la empresa adjudicataria se abstendrá de comercializar, reproducir, transmitir, y publicar o difundir, total o parcialmente el contenido de los trabajos sin el consentimiento expreso del ICEX. Asimismo, la empresa adjudicataria defenderá, a su propio coste, cualquier reclamación o amenaza de reclamación formulada por terceros contra el ICEX en la medida en que dicha reclamación se fundamente en la pretensión de que los trabajos que hubieran sido desarrollados por la empresa adjudicataria en el marco del presente Concurso, infrinjan 11

12 derechos de propiedad intelectual o industrial de terceros, o constituyan una apropiación indebida de secretos comerciales o industriales de terceros. 21ª. Obligaciones de confidencialidad La empresa adjudicataria está obligada a guardar el secreto profesional respecto a la información y documentación proporcionada por el ICEX para la realización de los servicios objeto del presente Concurso. La empresa adjudicataria únicamente permitirá el acceso de la información confidencial a aquellas personas que tengan necesidad de conocerla para el desarrollo de las actividades y servicios contratados. La empresa adjudicataria será responsable del cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad del personal a su servicio y de cualesquiera personas o entidades que sean colaboradoras o subcontratadas por ella. El contratista se obliga a no utilizar la información confidencial del ICEX a la que tenga acceso para fines propios o privados o cualesquiera otros fines. Esta obligación subsistirá tanto durante como después de la terminación de las actividades objeto del contrato, hasta que dicha información llegue a ser de dominio público o que, por otras causas legítimas, pierda su consideración de confidencial. El incumplimiento de las obligaciones señaladas anteriormente dará derecho al ICEX a exigir las correspondientes responsabilidades de tipo civil e incluso penal a que hubiere lugar. No quedan comprendidas dentro de la obligación de confidencialidad anterior las informaciones recibidas por una de las partes que: - Ya sean conocidas anteriormente por la parte receptora pudiendo ésta justificar la anterior posesión de la información. - Sean de general o público conocimiento. - Hayan sido recibidas legítimamente de terceros distintos a las Partes, sin que las informaciones estuvieran sometidas a obligación de confidencialidad. - Hayan sido desarrolladas independientemente por la parte receptora sin haber utilizado total o parcialmente como base información alguna de la otra parte. - Su transmisión a terceros hubiera sido aprobada o consentida previamente y por escrito por aquella parte de la que procede la información. - Su transmisión sea requerida por cualquier ley o norma aplicable o por requerimiento de cualquier autoridad administrativa legitimada para ello. No obstante lo dicho, y sin perjuicio de la responsabilidad propia de la empresa, deberá ésta incluir en su oferta la designación de la persona o personas que serán directamente responsables, a título personal, del uso correcto del material, documentación e información a manejar. Esta persona/personas sólo podrá/n ser sustituida/s con la conformidad del ICEX. 22ª. Protección de Datos de Carácter Personal La realización del objeto del presente Concurso requiere el acceso por la empresa adjudicataria a Ficheros de Datos de Carácter Personal de los que es responsable el ICEX. La empresa adjudicataria se obliga a tratar esta información conforme a todas las previsiones legales que se contienen en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre de Protección de datos de Carácter 12

13 Personal (en adelante, LOPD ) y su Reglamento de desarrollo, así como cualesquiera otras normas vigentes o que en un futuro puedan promulgarse sobre esta materia. Siendo esto así, y en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 12 de la LOPD, las partes acuerdan lo siguiente: - Que la empresa adjudicataria sólo llevará a cabo tratamientos de los Ficheros de Datos siguiendo las instrucciones del ICEX y con el fin de cumplir con lo previsto en los Pliegos objeto del presente Concurso. - Que la empresa adjudicataria no aplicará ni utilizará estos Ficheros de Datos con fines distintos a los descritos en los Pliegos objeto del presente Concurso. - Que la empresa adjudicataria no comunicará ni cederá a terceros estos Ficheros de Datos ni siquiera con fines de conservación. - Que la empresa adjudicataria implementará, con respecto a los Ficheros de Datos, las Medidas de Seguridad que le indique el ICEX. - Que la empresa adjudicataria, una vez finalizados los trabajos objeto del presente Concurso, destruirá los datos que le han sido facilitados, al igual que cualquier soporte o documentos en los que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento. La empresa adjudicataria se compromete a asumir directamente la responsabilidad y a mantener indemne al ICEX, por cuantas responsabilidades, incluidas, sin limitación, sanciones administrativas, tuviera que hacer frente éste como consecuencia del incumplimiento por la empresa adjudicataria de lo previsto en esta condición, en la medida en que resulte acreditado que es el responsable directo de dicha infracción y la reclamación se base en actos realizados por la empresa adjudicataria en la esfera de su exclusiva competencia. En todo caso, las partes firmarán un Contrato de acceso a datos por cuenta de terceros que regule las obligaciones de cada una en esta materia. 23ª. Cesión del contrato. La empresa adjudicataria no podrá ceder o traspasar a terceros, sin autorización expresa del ICEX, obligaciones o derechos dimanantes del contrato. 24ª. Subcontratación El contrato deberá ser ejecutado directamente por la empresa adjudicataria. No obstante, y con carácter excepcional, podrá el ICEX aceptar la subcontratación de personal o de tareas vinculadas al objeto del contrato, a empresa distinta de la adjudicataria. Dicha aceptación deberá ser expresa. El número de personas o el volumen de trabajos contratados, no podrá superar el 50% del objeto global del contrato. La empresa adjudicataria deberá comunicar anticipadamente y por escrito al ICEX la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista, y deberá acreditar las condiciones de solvencia técnica o profesional, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización. 13

14 En todo caso, la empresa adjudicataria será responsable directa frente al ICEX por la actuación de la empresa o empresas subcontratadas en todos los ámbitos, incluyendo el relativo a la calidad de los trabajos/servicios, al cumplimiento de plazos de entrega y finalización, a las obligaciones con relación al tratamiento de datos e informaciones así como del cumplimiento por parte de la empresa subcontratada de sus obligaciones fiscales y laborales que resultaran de aplicación. 25ª. Lugar de prestación del servicio Los servicios objeto del presente concurso se llevarán a cabo en modo presencial en las Oficinas Centrales de ICEX (en Madrid, Paseo de la Castellana 14, 16 y 18, C/Serrano 37 y C/Enrique Jardiel Poncela 6) y en modo remoto para el resto. Las asistencias técnicas correspondientes al Lote 1 y al Lote 3 también deberán llevarse a cabo en modo presencial en el CPD de ICEX. Las asistencias técnicas correspondientes al Lote 4 no siempre se proveerán desde las oficinas centrales de ICEX, siendo necesario que se realicen en ocasiones desde la RET. El número estimado de jornadas en la RET durante dos años es de La Oferta deberá especificar el importe asignado en concepto de dietas a las jornadas indicadas. El ICEX se hará cargo únicamente de los gastos de desplazamiento y alojamiento. 26ª. Cumplimiento del contrato El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo, y a satisfacción del ICEX, la totalidad de su objeto. 27ª. Resolución del contrato Son causas de resolución del contrato, sin carácter exhaustivo, las siguientes: - El incumplimiento de las obligaciones señaladas en el contrato o en los Pliegos. - La pérdida sobrevenida de los requisitos exigidos legalmente en la contratación pública. - El incumplimiento de las limitaciones establecidas en materia de subcontratación. - La obstrucción a las facultades de dirección e inspección del ICEX. - El incumplimiento por la empresa adjudicataria de los perfiles profesionales de personal que, en su caso, se asigne al Servicio, o la sustitución del equipo asignado en un porcentaje superior al permitido por el ICEX. - El desarrollo de los trabajos de acuerdo con un contenido y metodología sustancialmente distintos a los señalados por el ICEX. - Cualquier causa que imposibilite la realización del servicio contratado o implique una disminución de los niveles de calidad exigibles. En los casos de resolución por incumplimiento culpable del contratista, le será incautada la garantía y deberá, además, indemnizar al ICEX por los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada. 14

15 La determinación de los daños y perjuicios que deba indemnizar el contratista se llevará a cabo por el órgano de contratación en decisión motivada previa audiencia del mismo, atendiendo, entre otros factores, al retraso que implique para la realización de los servicios contratados, y a los mayores gastos que el incumplimiento ocasione al ICEX. Madrid, 7 de Octubre de 2009 Enrique Verdeguer Puig Director General de Información e Inversiones CONFORME: FECHA Y FIRMA DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA 15

16 ANEXO A. FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES Las proposiciones constarán de TRES (3) SOBRES, cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos el nombre del Concurso y lote al que licita, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa, su correspondiente NIF, dirección postal, correo electrónico, teléfono, fax, nombre del representante legal y nombre de la persona de contacto. En su interior se hará constar una relación numérica de los documentos que contienen. Los sobres se dividen de la siguiente forma: SOBRE Nº 1 "DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA" El sobre número 1 deberá contener los siguientes documentos: 1. Los que acrediten la personalidad y la capacidad de obrar del empresario. 2. Los que acrediten la representación de quienes comparezcan o firmen proposiciones en nombre de terceros. 3. La declaración relativa a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para contratar y de estar al corriente de Obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social, 4. Los que acrediten la solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Los documentos aportados deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias debidamente compulsadas. 1).- Capacidad de obrar Si la empresa fuera persona jurídica, copia compulsada de la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable, o certificado de Inscripción de la empresa en el Registro Mercantil. Si no fuera exigible la inscripción, deberá presentar copia compulsada de la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. En ambos casos deberá adjuntarse copia del Número de Identificación Fiscal (NIF). Estos documentos deberán recoger el exacto régimen jurídico del licitador en el momento de la presentación de la proposición Si se trata de empresario individual, copia compulsada del DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, la capacidad de obrar se acreditará mediante su inscripción en el registro profesional o comercial procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, informe de la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. 16

17 Igualmente deberán acompañar informe de la Misión Diplomática Permanente de España o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los casos que sea procedente Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida de forma oficial al castellano. 2).- Poder de representación. Los que comparezcan o firmen proposiciones por representación, deberán acompañar el poder acreditativo de la misma y copia del DNI. 3).- Declaraciones relativas a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades señaladas en la Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público y de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Declaración responsable de que el empresario, si se tratare de persona física, o la empresa, sus administradores y representantes, si se tratare de persona jurídica, así como el firmante de la proposición, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades señaladas en la Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público. Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social (Modelo en Anexo D). 4).- Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Las empresas que presenten licitación deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en los términos y por los medios siguientes: Empresas españolas : Justificarán tener la siguiente clasificación: Para el lote n º 1: GRUPO SUBGRUPO CATEGORÍA V Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones 5 Servicios de explotación y control de sistemas informáticos e infraestructuras telemáticas B Anualidad media igual o superior a euros e inferior a euros 17

18 Para el Lote nº 2: GRUPO SUBGRUPO CATEGORÍA V Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones 8 Otros servicios informáticos o de telecomunicaciones D Anualidad media igual o superior a euros. Para el lote n º 3: GRUPO SUBGRUPO CATEGORÍA V Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones 5 Servicios de explotación y control de sistemas informáticos e infraestructuras telemáticas C Anualidad media igual o superior a euros e inferior a euros. Para el lote n º 4: GRUPO SUBGRUPO CATEGORÍA V Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones 5 Servicios de explotación y control de sistemas informáticos e infraestructuras telemáticas D Anualidad media igual o superior a euros. Empresas extranjeras - solvencia económica Se acreditará justificando que el importe neto de su cifra de negocio anual media en los últimos tres años, sea superior a las siguientes cantidades desglosadas por lotes: o Para licitar por el lote nº 1: o Para licitar por el lote nº 2: o Para licitar por el lote nº 3: o Para licitar por el lote nº 4: Esta circunstancia se acreditará mediante el Impuesto de Sociedades, Cuentas Anuales o documentación oficial equivalente del país de que se trate. 18

19 Empresas extranjeras: Solvencia técnica o profesional La solvencia técnica o profesional podrá ser justificada aportando: - relación de los principales servicios o trabajos realizados en los tres últimos años asociados a la actividad objeto del contrato que incluya, importe, fechas y beneficiarios de los mismos. descripción del equipo técnico y unidades participantes en el contrato, estén o no integrados directamente en la empresa del contratista, especialmente de los responsables del control de calidad. las titulaciones académicas y profesionales de los empresarios y del personal de dirección de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato, así como su curriculum vitae una declaración que indique el promedio anual de personal, con mención del grado de estabilidad en el empleo y la evolución de la plantilla durante los últimos tres años. En dicha declaración deberá mencionarse expresamente el equipo de recursos humanos que componen el área relativa a cada uno de los entornos en los que la empresa presenta oferta así como el volumen de facturación en el área ofertado. - Uniones temporales de empresarios Para que en la fase previa a la adjudicación sea tenida en cuenta la licitación de las uniones temporales de empresas, todos y cada uno de los empresarios deberán presentar los documentos exigidos en el Sobre nº 1 del presente Anexo, además de un escrito de compromiso en el que se indicarán: - los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos; la asunción del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión. - Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma. En todo caso será necesario para proceder a esta acumulación que todas las empresas españolas hayan obtenido previamente la clasificación. En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresarios, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el CIF asignado a dicha unión. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción. Jurisdicción de empresas extranjeras Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles. 19

20 SOBRE Nº 2 PROPOSICIÓN ECONÓMICA La proposición económica se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo C al presente Pliego, no aceptándose aquéllas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente la oferta. En caso de discrepancia entre el importe expresado en letra y el expresado en cifra, prevalecerá la cantidad que se consigne en letra. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del precio máximo de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la misma, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por el ICEX. SOBRE Nº 3 DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Se incluirá la documentación necesaria para poder aplicar los criterios objetivos de adjudicación del Concurso, así como aquélla documentación complementaria que el licitador estime conveniente aportar. Adjudicado el contrato, la documentación administrativa que acompaña a las proposiciones (Sobre nº 1) quedará a disposición de los interesados. Si éstos no retiran su documentación en los tres meses siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, el ICEX no estará obligado a su custodia. El ICEX respetará en todo caso el carácter confidencial de los datos facilitados por los empresarios. Asimismo, y de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter Personal, les informamos que los datos personales que nos faciliten serán incorporados a ficheros titularidad del ICEX con la finalidad de valorar el cumplimiento de los requisitos exigidos en los Pliegos reguladores del Concurso. Cualquier afectado podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición enviando una comunicación escrita al ICEX- Paseo de la Castellana 14-16, Madrid, Dpto. Asesoría Jurídica. 20

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