1.5. Contrato de leasing o crédito de uso. Ley N
|
|
- Clara Vázquez Nieto
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 Contrato de leasing o crédito de uso. Ley N Atílio Jorge Grezzi y Mariela Scasso. Rev. AEU, vol. 77, n«1-6, pág (ene./jun. 1991) Contrato de leasing o crédito de uso. Ley N por los Eses. ATÍLIO JORGE GREZZI y MARIELA SCASSO INTRODUCCIÓN Todos conocemos la grave crisis económica en la que están sumergidos los países de América Latina, crisis que ataca a todos los sectores de la población. En el sector productivo uno de los problemas más acuciantes es la falta de capital disponible para invertir en la empresa, ya sea propio o por la vía de créditos a la producción, siendo este tipo de créditos de elevado costo y plazo reducido. Todo lo cual se traduce en un estancamiento de la empresa que utiliza formas de producción arcaicas obstaculizando la competitividad a nivel mundial ya sea por los altos costos de producción, ya sea por la deficiencia del producto final obtenido o por ambas razones a la vez. El Uruguay no es una excepción a los demás países de América Latina; siendo su principal riqueza la tierra como factor de producción, sufre tanto o más que las demás naciones del continente esta situación de empobrecimiento sumado a los riesgos propios de la principal actividad que desarrolla, la agraria y las industrias que de ella dependen, como ser factores de la naturaleza: cambios climatológicos, agotamiento de suelos, etc. Podría ser el contrato de crédito de uso más conocido como contrato de "leasing" regulado en las disposiciones de la ley promulgada el 9 de octubre de 1989 una contribución a la solución del problema de falta de disponibilidad de capital para invertir en la empresa? Primeramente estudiaremos algunos de los aspectos del mencionado contrato. Qué es un contrato de crédito de uso o "leasing"? Para explicarlo en forma sencilla podemos decir que es un contrato por el cual un proveedor proporciona a un usuario o tomador, determinado bien para su uso por un plazo determinado generalmente coincidente o cercano a la vida útil del bien objeto del contrato, contra el pago de un canon periódico, que podría terminar en una opción de compra a favor del usuario. Dicho bien puede ser recibido por el usuario directamente del proveedor (leasing operativo), o bien mediante la intervención de una empresa especializada o dador o sociedad leasing en su caso, quien se encargará de adquirir el bien previamente seleccionado por el usuario del proveedor (leasing financiero). De acuerdo al derecho comparado estos dos tipos de leasing esquemáticamente descriptos no son los únicos existentes. Además de los dos tipos de leasing definidos anteriormente, financiero y operativo, existe otro de gran importancia conocido como "lease back" que es aquel contrato por el cual una empresa con problemas de liquidez, propietaria de los inmuebles en los que desarrolla su actividad, los vende a una entidad financiera usándolos mediante el pago de un canon con una opción futura de compra. También dentro del leasing financiero debemos destacar el leasing habitacional, es decir, con la finalidad de proporcionar viviendas sobre el cual existe actualmente un proyecto de ley a estudio en el Parlamento Nacional. De acuerdo a las disposiciones de la ley y a lo que surge de la discusión parlamentaria, podemos decir que el crédito de uso es un contrato autónomo, un tipo contractual más, por oposición a contrato innominado, con las siguientes características: a) bilateral o sinalagmático; b) oneroso; c) conmutativo; d) principal; e) solemne; f) de tracto sucesivo; g) consensual, por oposición a real (artículo 1252 del Código Civil)
2 74 REVISTA DE LA A.E.U. - T. 77 (1-6), 1991 No siendo nuestra finalidad profundizar sobre la naturaleza jurídica del leasing* o contrato de uso, en sus distintas formas, pasaremos a comentar las disposiciones de la ley y sus posibles alcances. El artículo I9 define el contrato de crédito de uso de la siguiente forma: El crédito de uso es el contrato de crédito por el cual una institución financiera se obliga frente al usuario a permitirle la utilización de un bien por un plazo determinado y el usuario se obliga a pagar por esa utilización un precio en dinero abonable periódicamente. Siguiendo al miembro informante de la Comisión del Senado, este contrato funciona sobre la base de un comerciante o industrial en la mayoría de los casos, o un prestador de servicios o productor o empresa rural que desea tener para su uso un determinado bien mueble o inmueble, y debido a las circunstancias económicas por las que atraviesa, considera mucho más provechoso obtener ese bien no mediante su compra, sino accediendo al uso del mismo por el pago de una suma periódica a una institución financiera que es la que en concreto compra ese bien mueble o inmueble. Debemos destacar que con el crédito de uso no tiene que disponer ni de su capital ni de su crédito, pudiendo utilizar a éstos dos últimos en caso de contar con ellos con mayor eficacia empresarial en algún otro rubro. Continúa diciendo el artículo I9 inc. 2s e inc. 3Q : Podrá pactarse en favor del usuario una opción irrevocable de compra del bien al vencimiento del plazo y mediante el pago de un precio final. Sin perjuicio de esa opción de compra, podrá también pactarse, en favor del usuario, la opción irrevocable de prorrogar el plazo del contrato, por uno o más períodos determinados y por un nuevo precio que también se estipulará en el contrato. Corresponde aclarar aun a riesgo de ser reiterativo que la opción de compra es a favor del usuario y que se trata de una facultad del usuario que si no es ejercida por él, obliga a la institución acreditante a vender el bien, en virtud de lo dispuesto en el inc. 49 del artículo I9: Asimismo podría convenirse que finalizado el plazo del contrato o el de la opción de prórroga, en su caso y si el usuario no tuviere la opción de compra, el bien será vendido por la institución acreditante en remate público y al mejor postor, correspondiendo al usuario el excedente que se obtuviera por sobre el precio final estipulado, y obligándose el usuario a abonar a la institución acreditante la diferencia si el precio obtenido en el remate fuere menor. La ley no quiso con esta disposición que la institución acreditante fuera incorporando bienes a su activo sino que los haga circular desprendiéndose siempre de los mismos. En suma, de acuerdo al citado artículo, el usuario puede: a) Contratar con la institución financiera la utilización de un bien por un plazo o plazos determinados y por un precio o precios determinados en el contrato, pudiendo al finalizar los plazos o aun dentro de ellos de acuerdo a los mecanismos previstos en la ley, hacer uso de la opción de compra (art. 30 inc. 3s y art. 23). b) Devolver el bien (estando el plazo cumplido como se expresó o aun con plazo vigente en los casos previstos por el artículo 19: La institución acreditante no responderá de los vicios o defectos de la cosa; la acción del usuario deberá dirigirse contra el proveedor, conforme al artículo 14 de la presente ley. Pero si el bien fuere de propiedad de la institución acreditante a la fecha del contrato (artículo 2r, literal c), responderá de los vicios o defectos graves de la cosa existentes al tiempo de su celebración, que impidieren la utilización, y el usuario podrá pedir la disminución del precio o la rescisión del contrato, salvo si hubiere conocido los vicios o defectos de la cosa. Si el vicio o defecto era conocido de la institución acreditante al tiempo del contrato, o era tal que debiera conocerlo, tendrá además derecho el usuario a que se le indemnicen los daños y perjuicios. c) Adquirir el bien por un precio residual pactado en el contrato con diferente tratamiento, según sea un bien mueble no fungible o un inmueble. d) O una vez finalizado el plazo primitivo prorrogar el plazo del contrato (inc. 3s). También podría, finalizado el plazo del contrato, no hacer uso de la opción de compra, lo que obliga a la sociedad acreditante a su enajenación o a celebrar con otro usuario un nuevo contrato.
3 DOCTRINA 75 De acuerdo al artículo 3* los sujetos serán los siguientes: 1) Actuando como instituciones acreditantes: a) los intermediarios financieros; y b) las empresas de giro exclusivamente financiero. Sólo podrán actuar como instituciones acreditantes en los contratos de crédito de uso: a) los intermediarios financieros (decreto-ley de 17 de setiembre de 1982); b) las empresas de giro exclusivamente financiero, especialmente autorizadas por el Banco Central del Uruguay para la celebración de este contrato. Entendemos que en estos contratos intervienen exclusivamente dos partes: a) Dador: que como se vio, necesariamente debe ser una institución financiera, referida en el artículo 32. b) Usuario: persona física o jurídica con la calidad de empresario de acuerdo a la ley, ya sea con actividad comercial, industrial, agraria o aun prestatario de servicios. En cuanto a los bienes objetos del contrato, se encuentran regulados en el artículo 5s de la ley. Los bienes muebles deben ser no fungibles y los inmuebles sin restricción, siempre que ambos tipos de bienes estén afectados a una actividad comercial, agraria o industrial. Y conviene aclarar en este momento, aunque lo veremos más adelante, que el contrato de crédito de uso entrará dentro de las disposiciones de la ley, siempre que tratándose de bienes inmuebles haya opción de compra entre otros requisitos. Conviene además puntualizar, que el bien es elegido por el usuario (si no le pertenece), o es sobre un bien que a la fecha del contrato es de propiedad del usuario, o sobre un bien que a la fecha del contrato sea de la Institución financiera, habiendo sido adquirido para la defensa o recuperación de sus créditos. En el primero de los casos, cuando el bien es elegido por el usuario, el mismo es comprado por la institución financiera a un proveedor determinado, quien no es parte en el contrato (por lo que se dijo que se trata de un contrato bilateral! Esto está directamente relacionado con el artículo 13 que prevé: El contrato en el caso previsto en el literal a) del artículo 2- de la presente ley, se extinguirá sin responsabilidad para ninguna de las partes si el proveedor indicado por el usuario no consiente la venta del bien a la institución acreditante, en las condiciones acordadas en el contrato. Esta disposición no será aplicable: a) si así se pactare expresamente; b) si el usuario cede al acreditante, en el momento del contrato, una propuesta firme de venta otorgada por el proveedor. En el caso del inciso final literal b) nos preguntamos, de quién es la responsabilidad en caso de que el proveedor no consienta la venta? Es de destacar, que la institución acreditante mantiene siempre la propiedad del bien como garantía de las obligaciones que contrae el usuario, pero no mantiene la responsabilidad de propietario como en otros contratos (v.g. arrendamiento). La identificación del bien es necesaria y fundamental para la inscripción del contrato y para sus efectos y también por el artículo 52 para que caiga dentro de las disposiciones de la ley. De acuerdo con la categorización del contrato de solemne, el art. &> dice que deberá otorgarse en documento público o privado, en este caso con firmas certificadas por escribano público. También el artículo 7s se refiere a que se debe inscribir a pedido de la institución acreditante en los distintos registros, a los efectos de que nazca el derecho real a que se refiere el art. 89: La inscripción en el Registro confiere al usuario derecho real respecto de cualquier enajenación o gravamen posterior, le acuerda acción para recuperar la utilización del bien y, cuando haya pagado su prestación y cumplido con todas las obligaciones estipuladas, para exigir su transferencia forzada si se hubiere pactado la opción de compra, cuando circunstancias posteriores a la inscripción del contrato inhibieren o impidieren en el ejercicio de la opción de compra o sus efectos. De la lectura del inciso c) del referido artículo nos surge una duda: en qué registro deben inscribirse los contratos referidos a ciertas máquinas?; en el de prenda agraria e industrial, pero de qué lugar? Por ejemplo: un tractor comprado en Montevideo, se transporta a Artigas, se podrá inscribir tanto en Montevideo como en Artigas?
4 76 REVISTA DE LA A.E.U. - T. 77 (1-6), 1991 De allí vemos la necesidad ya constatada en la vida práctica de que estos bienes tan valiosos se identifiquen mediante un padrón departamental o nacional. También merece un comentario la caducidad de la inscripción y la reinscripción, ya que la segunda puede ser solicitada verbalmente por cualquiera de las partes. Podrá además pactarse otra forma de publicidad. Nos preguntamos cuál podría ser, publicidad por diarios? En cuanto a los efectos de la inscripción, el más importante es aquél que hace nacer un derecho real respecto de cualquier gravamen o enajenación posterior a favor del usuario. Acordándole al usuario acción para recuperar la utilización del bien y para exigir su transferencia forzada, si se hubiese pactado opción de compra, lo que está de acuerdo con el régimen de responsabilidades del usuario será por juicio ordinario. En cuanto al plazo, si se quiere que sea prorrogable deberá pactarse en el contrato original. No hay plazo establecido en la ley en cuanto al pago de las cuotas periódicas, excepto en lo que se refiere a las exoneraciones tributarias de las que habla el artículo 45, por lo que conviene que el plazo sea mayor a 36 meses. Qué sucede si se paga antes del plazo? Se aplica el artículo 30 y su régimen de descuentos. Se extingue el contrato y se cancela la inscripción. En caso que se opte por comprar el bien, se celebra la compraventa y se cancela la inscripción del contrato de crédito de uso. En cuanto al precio, se aplica el artículo l9 ine. l 9 : se obliga el usuario a pagar un precio en dinero, más un precio residual en su caso. Debemos distinguir entre muebles e inmuebles. El precio del que hablamos comprenderá los costos y gastos de fínanciamiento y ganancia de la institución acreditante. El precio puede ser fijo si es en moneda extranjera y fijo y reajustable si es en moneda nacional (artículo 41 inc. c). En cuanto a los inmuebles, no puede ser mayor del 25% del valor de Catastro; para los muebles no hay límites. Cabe aclarar que existirán exoneraciones tributarias siempre que el valor final sea menor al 75% del valor del bien, o sea, que el costo de adquisición (artículos 39 y 40). En el caso de los inmuebles, el valor residual tiene que ser menor o igual al 25% de la U.R. actualizado a la tasa de interés pactada o legal, todo eso menor al 75% del costo de adquisición del bien. (Resolución 256/81 de la D.G.I.). Responsabilidad por riesgos En este tema la ley trae aspectos innovadores, al igual que sucede en el derecho internacional. Si bien la sociedad leasing, o institución acreditante, o dador, como quiera llamársele, mantiene la propiedad del bien, no se responsabiliza por los riesgos. En cuanto a los vicios de la cosa no se responsabiliza: a) por evicción; b) por vicios redhibitorios, si se cumple con lo dispuesto en los artículos 12 y 14. Por la notificación fehaciente, queda transferida la responsabilidad por riesgos al comprador; c) por incumplimiento del proveedor, salvo que se pacte expresamente en el contrato, de acuerdo a los artículos 32,16 y 19. Por notificación fehaciente se entienden las formas auténticas: acta notarial o telegrama colacionado. Obligaciones del usuario También aquí la ley integra una novedad, de acuerdo a los artículos 20 inc. 3s y 25: El usuario deberá pagar el precio periódico estipulado, aunque durante el contrato la cosa fuese destruida en su totalidad o sólo en parte o sea deteriorada por caso fortuito, fuerza mayor o hecho de un tercero que no pretenda derecho a la cosa. Lo mismo ocurrirá si por caso fortuito, fuerza mayor o hecho de un tercero que no pretenda derecho a la cosa, el usuario es obligado a no usar o gozar de la cosa, o ésta no puede servir para el destino convenido. De allí que se recomiende un seguro sobre el bien. Y por el artículo 21 inc. 22, el incumplimiento del usuario da derecho al dador a pedir la rescisión del contrato más los daños y perjuicios, o reclamar una indemnización para el caso de dejar subsistente el contrato. La innovación para el caso de incumplimiento permite;.
5 DOCTR1ÍNA 1) Pedir la rescisión del contrato cuando se dio un destino distinto al convenio, cuando se usó el bien en contra de su naturaleza o cuando no se cuidó del bien como un buen padre de familia. 2) El usuario se puede salvar de esa responsabilidad optando por la compra, pagando las cuotas y el precio final con el descuento que corresponda en su caso (lo que hace importante siempre pactar la opción de compra). Reparaciones A diferencia del arrendamiento, las reparaciones corresponden al usuario, según el artículo 24, y hay un régimen especial de mejoras, quedan para la sociedad leasing o institución acreditante o dador, salvo en el caso en que se opte por la compra. Según el artículo 26 cuando hay rescisión por culpa del usuario, la sociedad leasing tiene la opción de exigir el pago del precio y del precio final y proceder al abandono del bien. En cuyo caso nos preguntamos, cómo se instrumenta esa situación? O recuperar el bien más el cobro de todo lo debido, más una multa, más daños y perjuicios. También de acuerdo al artículo 27 se puede exigir la restitución forzada del bien por mora del usuario, y por el artículo 28 la responsabilidad de daño a terceros es del usuario, por lo que aconsejamos la contratación de un seguro del bien. Extinción del contrato El contrato de leasing se extingue por: a) el plazo cumplido o la prórroga en su caso; b) por el ejercicio de la opción de compra. Termina con una compraventa con la respectiva cancelación de la inscripción del contrato; c) por el incumplimiento del usuario y las distintas opciones de la institución acreditante (abandono); d) rescisión por vicios, si es de la institución acreditante (artículo 19 inc. 2e) e) sin responsabilidad de las partes cuando el proveedor no consiente la venta. Normas penales Existe responsabilidad civil pero también penal en caso de abandono, con perjuicio para la institución acreditante. Normas tributarias Para el IVA existe la exoneración del artículo 45. Se paga el impuesto por la compra, pero la institución acreditante tiene un crédito con la D.G.I.. El usuario no paga IVA por las contraprestaciones si el contrato tiene plazo superior a tres años. Surge la duda si cuando el usuario compra el bien debe pagar IVA por el valor total o por el valor residual. En cuanto a las instituciones acreditantes, cabe aclarar que el artículo 50 trae excepciones a la prohibición de que las instituciones tengan la propiedad de bienes raíces. Pero si finalizado el plazo del contrato, el usuario no ejerce la opción de compra o no se incluye el convenio (artículo 1 inc. 49 ), el bien debe ser vendido en remate público. Para los inmuebles las instituciones acreditantes deben venderlos o darlos en crédito de uso. Es importante tener en cuenta que hay que ser cauteloso con las estipulaciones, porque se puede correr el riesgo de hacer caer el contrato fuera de las disposiciones de la ley, de acuerdo a lo establecido por el artículo
CAPITULO IX EL CONTRATO DE LEASING
CAPITULO IX EL CONTRATO DE LEASING Conocido como el contrato de arrendamiento financiero, que se utiliza como un contrato moderno que responde a la necesidad empresarial de comprar bienes en general que
Más detallesSeminario en: Derecho Inmobiliario
Seminario en: Derecho Inmobiliario Temas: - Leasing habitacional - Fiducia - Los comisionistas como intermediarios Carlos Andrés Londoño García Noviembre 14 de 2013 Dirección Gestión Aprendizaje Leasing
Más detallesLeasing o Crédito de Uso
Leasing o Crédito de Uso I. Régimen jurídico Por Nuri Rodríguez, Carlos López y Virginia Bado Hay dos modalidades de leasing: el leasing financiero y el leasing operativo. El contrato de crédito de uso,
Más detallesLa compraventa internacional J U A N G A B R I E L A L P Í Z A R M É N D E Z.
La compraventa internacional J U A N G A B R I E L A L P Í Z A R M É N D E Z. Compraventa internacional de mercancías La compraventa internacional de mercancías se rige por las normas contenidas en la
Más detallesATTORNEYS AT LAW - ABOGADOS MEMORANDUM LEGAL TODOS LOS CLIENTES Y CORRESPONSALES ASPECTOS QUE DEBE TENER EN CUENTA AL ADQUIRIR UN INMUEBLE EN PANAMÁ
MEMORANDUM LEGAL PARA: TODOS LOS CLIENTES Y CORRESPONSALES ASUNTO: ASPECTOS QUE DEBE TENER EN CUENTA AL ADQUIRIR UN INMUEBLE EN PANAMÁ Apreciados Clientes y Corresponsales: En nuestra práctica profesional
Más detallesDerecho Comercial I. Unidad VIII. Transporte terrestre. R. G. Noriega. R. G. Noriega.
Derecho Comercial I Unidad VIII Transporte terrestre. Habrá contrato de transporte cuando una persona (transportista) se obligue a trasladar personas o cosas de un lugar a otro por un precio determinado.
Más detallesApertura de Crédito. Justificación Histórica del Crédito
Derecho Mercantil II. Grupo III. Apertura de Crédito La palabra crédito proviene de la palabra en latín credere la cual significa confianza por lo que crédito es confiar o tener confianza en la capacidad
Más detallesARRENDAMIENTO FINACIERO ARRENDAMIENTO PURO SALE AND LEASE BACK
Grupo Financiero Arrendadora ARRENDAMIENTO FINACIERO ARRENDAMIENTO PURO SALE AND LEASE BACK Bienes susceptibles de Arrendamiento Automóviles Equipo de transporte Equipo de computo Equipo médico etc. Equipo
Más detallesde Contratos Internacionales Modelos de contratos internacionales Suministro de bienes de Modelos
Modelos www.plancameral.org de Contratos Internacionales www.plancameral.org Modelos de contratos internacionales Suministro de bienes de equipo Enero 2012 2 Objetivos Cuando hablamos de bienes de consumo
Más detallesCAPITULO X : EL CENSO
CAPITULO X : EL CENSO a) Conceptos generales. El censo está definido en el artículo 2022, en los siguientes términos: Se constituye un censo cuando una persona contrae la obligación de pagar a otra un
Más detallesResultados de auditorias realizadas a empresas comerciales dedicadas a la venta de muebles y electrodomésticos al crédito
Resultados de auditorias realizadas a empresas comerciales dedicadas a la venta de muebles y electrodomésticos al crédito 1 Objetivos 1. Verificar la metodología de cálculo de intereses en ventas a plazos.
Más detallesRESOLUCIÓN No. 70 /2001
Capítulo I Documento 1.14 Normas básicas sobre las operaciones de arrendamiento financiero BANCO CENTRAL DE CUBA RESOLUCIÓN No. 70 /2001 POR CUANTO: El arrendamiento financiero o leasing es un producto
Más detallesFundamentos del Producto II parte
UNIVERSIDAD DEL CEMA SEMINARIO DE FINANZAS El Leasing Fundamentos del Producto II parte 29 de marzo 2007 Temas a desarrollar Jueves 22 de marzo Marco Regulatorio del producto Principales puntos en los
Más detallesPROGRAMA DE CURSO IDENTIFICACIÓN DERECHO CIVIL IV. II. DESCRIPCIÓN
PROGRAMA DE CURSO I. IDENTIFICACIÓN Nombre : DERECHO CIVIL IV. DERECHO DE LOS CONTRATOS Y RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL. Código : DER 1117 Carácter : Mínimo Duración : Semestral Ubicación : Quinto
Más detallesÍNDICE PRESENTACIÓN...11 A. LA COMPRAVENTA COMO CONTRATO CIVIL...13
ÍNDICE PRESENTACIÓN...11 A. LA COMPRAVENTA COMO CONTRATO CIVIL...13 1. Definición de compraventa...13 2. Regulación legal...13 3. Las tratativas previas no son compraventa, pero pueden generar responsabilidad...14
Más detallesNociones básicas financieras para los Administradores de Fincas. Barcelona, Octubre 2015
Nociones básicas financieras para los Administradores de Fincas Barcelona, Octubre 2015 1 2 ALGUNAS HERRAMIENTAS LEASING Leasing Sólo se puede utilizar el leasing para adquirir bienes afectos
Más detallesTEMARIO III.- CONTRATO DE ARRENDAMIENTO 1. DEFINICIÓN. 2. REQUISITOS.
TEMARIO I.- CONVENIOS Y CONTRATOS 1. IMPORTANCIA DE LOS CONTRATOS 2. DEFINICIÓN 3. CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS. 4. DECLARACIÓN UNILATERAL DE VOLUNTAD. 5. PROMESA DE VENTA. 6. CONTRATO DE COMPRA VENTA
Más detallesLa reciente modificación de la Ley 26702, Ley General del
El Leasing y las contrataciones del Estado Por María del Pilar Vilela Proaño La reciente modificación de la Ley 26702, Ley General del Sistema Financiero y de Seguros y Orgánica de la SBS-AFP, efectuada
Más detallesAnexo 1 SOLICITUD DE REDESCUENTO DE CONTRATO DE LEASING
Anexo 1 SOLICITUD DE REDESCUENTO DE CONTRATO DE LEASING Ciudad y fecha Señores Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. Bancóldex Departamento de Cartera Bogotá, D.C. Ref.: Solicitud de Redescuento
Más detallesANEXO D-1 FORMULARIO DE PAGO ADELANTADO PARA LA GARANTÍA DE PLANTA CARTA DE CRÉDITO IRREVOCABLE
ANEXO D-1 FORMULARIO DE PAGO ADELANTADO PARA LA GARANTÍA DE PLANTA CARTA DE CRÉDITO IRREVOCABLE Fecha: de 20 Carta de Crédito No. Beneficiario: Ordenante: Autoridad del Canal de Panamá Altos de Balboa
Más detallesDerechos y Deberes de los Usuarios de Productos y Servicios Financieros
DERECHO A SER INFORMADO: En lo relacionado con TASA de interés, COMISIONES, RECARGOS, montos, obligaciones como deudor. Recibir del proveedor información completa, precisa, veraz, clara y oportuna. A que
Más detallesCROSS CURRENCY SWAP. Se contrata por un monto y plazo específicos. La contratación de esta cobertura no supone el pago de una prima.
CROSS CURRENCY SWAP Descripción Es un producto de cobertura de deuda que permite protegerse de las fluctuaciones futuras de una moneda y tasas de interés con respecto a otra moneda y tasas de interés.
Más detallesCONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA PROYECTO DE NORMA ARRENDAMIENTOS
PROYECTO DE NORMA ARRENDAMIENTOS Contenido Concepto... 2 Clasificación de los Arrendamientos... 2 Arrendatarios... 3 Arrendamientos Financieros... 3 Arrendamientos Operativos... 4 Arrendadores... 4 Arrendamientos
Más detallesMódulo IV: Elementos del contrato de fideicomiso
Módulo IV: Elementos del contrato de fideicomiso Profesora: Sarito Vegas Arias 1 Caracas, Dic. 2009 Definición del contrato de fideicomiso Es el instrumento jurídico en virtud del cual se transfieren uno
Más detallesARTICULO Canon. El monto y la periodicidad de cada canon se determina convencionalmente.
NUEVO CODIGO CIVIL Y COMERCIAL LEASING- ARTICULOS 1227 A 1250 CAPITULO 5 -Leasing ARTICULO 1227.- Concepto. En el contrato de leasing el dador conviene transferir al tomador la tenencia de un bien cierto
Más detallesDEVOLUCIONES Y COMPENSACIONES MARCO NORMATIVO
MARCO NORMATIVO . Art. 850 ESTATUTO TRIBUTARIO. DEVOLUCIÓN DE SALDOS A FAVOR. Impuesto de renta. SALDOS A FAVOR Impuesto sobre las ventas. Solicitar devolución. SALDOS A FAVOR EN RENTA Solicitar compensación
Más detallesLos Contratos en Derecho Civil
Los Contratos en Derecho Civil LOS CONTRATOS EN DERECHO CIVIL 1 Sesión No. 5 Nombre: Contratos traslativos de uso Contextualización En este tipo de contratos no se transmiten los derechos inherentes a
Más detalles(Decreto Legislativo N 299, Artículo 1 )
Contrato de A rrendam iento Fin nanciero Definición Considerase Arrendam miento Financiero el Contrato Mercantil que tiene por objeto la locación de bienes muebles o inmuebles por una empresa locado ora
Más detallesAprende a obtener una ayudadita para cumplir tus metas. Educación Financiera
Aprende a obtener una ayudadita para cumplir tus metas Educación Financiera Qué es el crédito bancario? Es un servicio de las instituciones f inancieras. Cómo funciona? Una institución financiera te entrega
Más detallesI. IDENTIFICACIÓN : DERECHO CIVIL IV. DERECHO DE LOS CONTRATOS.
PROGRAMA DE CURSO I. IDENTIFICACIÓN Nombre : DERECHO CIVIL IV. DERECHO DE LOS CONTRATOS. Código : LDER1143 Carácter : Mínimo Duración : Semestral Ubicación : Sexto semestre Requisitos : Derecho civil III.
Más detallesDerecho Civil VII. Contratos Parte Especial. Definiciones y conceptos importantes 1
Derecho Civil VII. Contratos Parte Especial Definiciones y conceptos importantes 1 1) Contrato de promesa: Es aquel en que dos o más personas se comprometen a celebrar un contrato futuro, cumpliéndose
Más detallesDESUSO Y VENTA Y REEMPLAZO
DESUSO Y VENTA Y REEMPLAZO Bienes muebles amortizables fuera de uso. Tratamiento impositivo: cuando alguno de los bienes amortizables, salvo los inmuebles, quedara fuera de uso (desuso), el contribuyente
Más detallesRESOLUCIÓN EJERCICIO Nº 8.01 I.G.M.P - VALUACIÓN INMUEBLES RURALES
RESOLUCIÓN EJERCICIO Nº 8.01 I.G.M.P - VALUACIÓN INMUEBLES RURALES NORMATIVA APLICABLE: Art. 2, art. 4 Ley 25.063 1) En el art. 4 de la Ley de Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta se encuentran establecidas
Más detalles4. El valor total de las cuotas más el monto de la opción de compra es denominado Valor Nominal del contrato.
Boletín Técnico No 22 del Colegio de Contadores CONTABILIZACION DE OPERACIONES DE LEASING VER INTERPRETACIÓN EN B.T. 24 VER COMPLEMENTO EN B.T. 37 INTRODUCCIÓN 1. En los últimos años en nuestro país se
Más detallesPLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE REGIRA EL LLAMADO A LICITACION ABREVIADA Nº 23. (Expediente 03881/2015)
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE REGIRA EL LLAMADO A LICITACION ABREVIADA Nº 23 (Expediente 03881/2015) ARTICULO PRIMERO. (Objeto). La Intendencia de Florida contratará mediante el procedimiento
Más detallesAprobado por ACU, Adiconsum, Federconsumatori, Codacons y por el Movimiento Consumidores Firenze por ANAMA, FIAIP y FIMAA a nivel regionalα
www.borsatoscana.it Formulario contractual predispuesto por la Camara ei Comercio I.A.A. de Firenze, Prato, Pistoia, Grosseto para la Bolsa Toscana del Mercado inmobiliario, a tutela de los consumidores
Más detallesPodemos destacar las siguientes reformas:
BOLETÍN INFORMATIVO INFORME No. 09-2014. 22 DE MARZO DE 2014. REFORMA AL REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LAS COMPAÑÍAS QUE REALIZAN ACTIVIDAD INMOBILIARIA: Pág. CONTENIDO 1 Reforma al Reglamento de Funcionamiento
Más detallesRemolque náutico para embarcaciones de vela ligera, semirrigidas, motos de agua, neumáticas, piraguas, etc. hasta 750 kg y 5,5 metros.
TARIFA REMOLQUE Remolque náutico para embarcaciones de vela ligera, semirrigidas, motos de agua, neumáticas, piraguas, etc. hasta 750 kg y 5,5 metros. Precio alquiler diario: 35 Devolución del remolque
Más detallesCOSTUMBRE MERCANTIL No. 1 COMISION POR INTERMEDIACION EN LA COMPRAVENTA DE INMUBLES URBANOS Y RURALES. Antecedentes
COSTUMBRE MERCANTIL No. 1 COMISION POR INTERMEDIACION EN LA COMPRAVENTA DE INMUBLES URBANOS Y RURALES Antecedentes Esta investigación se realizó por iniciativa de la Cámara de Comercio de Sincelejo, en
Más detallesDirección de Construcción y Conservación
MODELO DE PÓLIZA DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL ANTICIPO NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA AFIANZADORA SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DEL ANTICIPO CON NÚMERO Y LETRA) ANTE LA DIRECCIÓN DE
Más detallesGUÍA DE ESTUDIO DE LA UNIDAD II: TEMA 1: LOS INGRESOS PÚBLICOS.
República Bolivariana de Venezuela. Ministerio de Educación Superior. Universidad de Falcón. Punto Fijo, Estado Falcón FINANZAS PÚBLICAS SECCION: G8CA01 PROF.FRANKLIN YAGUA. GUÍA DE ESTUDIO DE LA UNIDAD
Más detallesBENEFICIOS EN IVA PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
BENEFICIOS EN IVA PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS A través de la Resolución General N 3878, la Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP ) estableció para las Micro, Pequeñas y Medianas
Más detallesPAGO DE LOS GASTOS DEL REGISTRO DE LA ESCRITURA PUBLICA DE COMPRAVENTA DE INMUEBLES MARCO JURIDICO
PAGO DE LOS GASTOS DEL REGISTRO DE LA ESCRITURA PUBLICA DE COMPRAVENTA DE INMUEBLES MARCO JURIDICO En materia de inmuebles, el código civil establece que la compraventa de bienes raíces no se reputa perfecta
Más detallesYamandú Rodríguez Caorsi Abogado. Junio / 2004 LEASING ITALIANO. LEASING FRANCES
Autor: Yamandú Rodríguez Caorsi Abogado Junio / 2004 LEASING ITALIANO. LEASING FRANCES En Francia e Italia la compra de embarcaciones para uso particular se realiza por lo general mediante operaciones
Más detallesCIRCULAR EXTERNA
Número CIRCULAR EXTERNA 011 1999 Año DESTINATARIO(S): REPRESENTANTES LEGALES DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE CREDITO. ASUNTO ALIVIOS PARA DEUDORES DE CRÉDITOS HIPOTECARIOS INDIVIDUALES PARA FINANCIACION DE
Más detallesPOLIZA DE SEGURO DE VIDA GLOBAL PROTECCIÓN GARANTIZADA TEMPORAL UNO RENOVABLE
POLIZA DE SEGURO DE VIDA GLOBAL PROTECCIÓN GARANTIZADA TEMPORAL UNO RENOVABLE Global Seguros de Vida S. A., quien en adelante se denominará Global Seguros para todos los efectos del actual contrato, en
Más detallesAdministración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS
Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 3819 Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. Régimen de percepción y adelanto de impuesto. Su implementación. Bs.
Más detallesRosario, 26 de Mayo 2016 DE:. ESTUDIO FITTIPALDI &ASOC PARA: CLIENTES
Rosario, 26 de Mayo 2016 DE:. ESTUDIO FITTIPALDI &ASOC PARA: CLIENTES TEMA: IVA OPCIÓN PAGO TRIMESTRAL CERTIFICADOS DE EXCLUSIÓN RETENCIONES Y PERCEPCIONES FLEXIBILIZACIÓN En el Boletín Oficial del día
Más detallesMarco Jurídico de los Procesos Productivos Prof. Pablo Javier Bürki
Contratos: Concepto. Caracteres de los contratos. Clasificación de los contratos Elementos esenciales y accidentales del contrato. Contratos en particular: Contrato de compraventa. Contrato de locación.
Más detallesCAPITULO XI CONTRATO DE FRANCHISING
CAPITULO XI CONTRATO DE FRANCHISING Denominado también Contrato de Franquicia, cuyas características son que una de las partes llamado franquiciante, propietario de una marca, tecnología, nombre comercial,
Más detallesPRÉSTAMO BURSÁTIL DE VALORES BOLSA DE VALORES DE LIMA
PRÉSTAMO BURSÁTIL DE VALORES BOLSA DE VALORES DE LIMA 1. Definición de préstamo. 2. Participantes. 3. Activos involucrados. 4. Ventajas. 5. Liquidación. 6. Incumplimiento en la liquidación. 7. Esquema
Más detallesEl procedimiento se encuentra establecido en la ley N que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura.
Si eres acreedor de una factura que a la fecha de su vencimiento no fue pagada, debes iniciar un procedimiento tendiente al pago de ella. Este se inicia por una gestión previa denominada notificación judicial
Más detallesTarifas de Productos y Servicios Banco Itaú CorpBanca 2016
Tarifas de Productos y Servicios Banco Itaú CorpBanca 2016 Actualizado al 15 de noviembre de 2016 Tasas de Interés y Comisiones Tarjetas de Crédito. Tasa de Interés de Créditos de Consumo. Tasa de Interés
Más detalles2. Una nueva definición de la garantía comercial en el TRLGDCU, dada por la Ley 3/2014
UN CONTRATO DE SEGURO DE DAÑOS, CONSTITUYE UNA GARANTÍA COMERCIAL DEL ART. 125 TRLGDCU? 1 Manuel Jesús Marín López Catedrático de Derecho Civil Centro de Estudios de Consumo Universidad de Castilla-La
Más detallesIMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) Contenido de la Capacitación Tema 1 Tema 2 Tema 3 Objetivo Base Legal Casos Prácticos CONTENIDO DE LA CAPACITACIÓN Objetivo Proporcionar los conocimientos necesarios a
Más detallesIntroducción Práctica: Contratos de Locación
Introducción Práctica: Contratos de Locación Temario LOCACION EN EL CODIGO CIVIL LEY APLICABLE (23091) TIPOS DE CONTRATOS: VIVIENDA Y COMERCIAL PLAZOS MONEDA DE PAGO MONTO DEL ALQUILER (LEY DE EMERGENCIA
Más detallesCompraventa de bienes de equipo con reserva de dominio
Modelos www.plancameral.org de Contratos Internacionales www.plancameral.org Modelos de contratos internacionales Compraventa de bienes de equipo con reserva de dominio Enero 2012 2 Objetivos Una de las
Más detallesUNIDAD 2: IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
UNIDAD 2: IMPUESTO AL VALOR AGREGADO MARCO LEGAL Decreto Ley 825 contenido en el artículo 1 del Decreto Ley N 1.606 de 1976 y sus modificaciones porsteriores Decreto Supremo N 55 de 1977, que contiene
Más detallesDuración: 300 horas Metodología: Curso Práctico a Distancia Objetivos: Ofrecer nociones fundamentales de Derecho Inmobiliario con el fin de
Técnico Superior en Dirección y Gestión Inmobiliaria Duración: 300 horas Metodología: Curso Práctico a Distancia Objetivos: Ofrecer nociones fundamentales de Derecho Inmobiliario con el fin de desarrollar
Más detallesPROVEEDOR DE EMPRESAS EXPORTADORAS A TRAVES DE ENCARGO DE PRODUCCIÓN FABRICANDO PARTES INTERMEDIAS (CLUSTERS)
Contratos Internacionales Cristian Calderón MANERAS DE HACER NEGOCIOS CON EL MUNDO PROVEEDOR DE EMPRESAS EXPORTADORAS A TRAVES DE ENCARGO DE PRODUCCIÓN FABRICANDO PARTES INTERMEDIAS (CLUSTERS) Contrato
Más detallesDefinición. Por el contrato de obra el contratista se obliga a hacer una obra determinada y el comitente a pagarle una retribución. (Art.
CONTRATO DE OBRA Definición Por el contrato de obra el contratista se obliga a hacer una obra determinada y el comitente a pagarle una retribución. (Art. 1771 CC) Elementos Elementos personales: A) Comitente.
Más detallesArt. 1.- Ámbito de aplicación.- La Resolución regula los porcentajes de retención de IVA.
El Registro Oficial No. 660 del 31 de diciembre de 2015 publica la Resolución del Servicio de Rentas Internas - SRI No. NAC- DGERCGC15-3235, por la cual se reforma la Resolución No. NAC- DGERCGC15-0284,
Más detallesLA NUEVA GARANTIA DEL FINANCIAMIENTO DE PRIMAS DE SEGUROS EN VENEZUELA. ACADEMIA NACIONAL DE SEGUROS NILO PEÑA
II Jornadas de Actualización en Seguros LA NUEVA GARANTIA DEL FINANCIAMIENTO DE PRIMAS DE SEGUROS EN VENEZUELA. ACADEMIA NACIONAL DE SEGUROS NILO PEÑA Julio 2010 III Jornadas de Actualización en Seguros
Más detallesCAPÍTULO VII FINANCIAMIENTO
CAPÍTULO VII FINANCIAMIENTO VII.1. Fuentes de financiamiento El total de nuestra inversión es de US$ 462,150.36, de los cuales la adquisición de los activos fijos (flota de vehículos) serán financiados
Más detallesBO LETIN TRIBUTARIO ESPECIAL Reducción de tasa de detracciones RS / SUNAT
RESUMEN Desde e 1 de julio de 2014 entró en vigencia la Resolución de Superintendencia N 203-2014/ SUNAT que aprobó la reducción de tasas de detracción para los servicios comprendidos en los numerales
Más detallesReglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales.
Reglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales. El análisis de su contenido es: Regla general. Se condonan total o parcialmente los créditos fiscales consistentes en: Contribuciones
Más detallesamparos exigidos en los contratos estatales en Colombia
Gama de pólizas p y amparos exigidos en los contratos estatales en Colombia DEFINICION La póliza de cumplimiento es un típico contrato de seguros, mediante el cual se garantiza el cumplimiento por parte
Más detallesModelo 8 PRECIO NO CONFORME
Defienda sus derechos PRECIO NO CONFORME Modelo 8 Ha recibido la nota o factura de un producto que ha comprado o de un servicio que ha solicitado. El precio mencionado en la factura es superior al que
Más detallesCORECCIONES A LA REFORMA TRIBUTARIA EN IVA (MENSAJE Nº ) CHRISTIAN BLANCHE REYES TAX ADVISORS 28 DE DICIEMBRE DE 2015
CORECCIONES A LA REFORMA TRIBUTARIA EN IVA (MENSAJE Nº 1436-363 09.12.15) CHRISTIAN BLANCHE REYES TAX ADVISORS 28 DE DICIEMBRE DE 2015 INTRODUCCIÓN LA LEY 20.780 INCORPORÓ LA ACTIVIDAD INMOBILIARIA AL
Más detallesRESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN
RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN DE INSTALACIONES DE RÉGIMEN ESPECIAL 7 de julio de 2011
Más detallesAbril, 2010 CONTRATACION MINERA
Abril, 2010 CONTRATACION MINERA GENERALIDADES Qué debe entenderse por contratos mineros? Principios generales: Libertad para la configuración de los contratos Aplicación supletoria de las disposiciones
Más detallesTesorería y Derivados Financieros
CORPORATE & INVESTMENT BANKING Tesorería y Derivados Financieros Productos Operaciones de Cambio de Moneda Canal Net Cash Operaciones de cambio entre cuentas y asociadas a transferencias u otros pagos.
Más detallesREF.: ESTABLECE NORMAS PARA LA VALORIZACIÓN Y CONTABILIZACIÓN DE OPERACIONES DE VENTA CORTA Y PRÉSTAMO DE ACCIONES.
REF.: ESTABLECE NORMAS PARA LA VALORIZACIÓN Y CONTABILIZACIÓN DE OPERACIONES DE VENTA CORTA Y PRÉSTAMO DE ACCIONES. Para todos los corredores de bolsa y agentes de valores. Esta Superintendencia, en uso
Más detallesSEGURO DE CAUCIÓN CONDICIONES PARTICULARES ESPECÍFICAS GARANTÍAS ADUANERAS PÓLIZA N
SEGURO DE CAUCIÓN CONDICIONES PARTICULARES ESPECÍFICAS GARANTÍAS ADUANERAS PÓLIZA N OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO Cláusula 1. El Asegurador garantiza las obligaciones contraídas por el Tomador ante la
Más detallesAlzamientos de hipotecas y prendas sin desplazamiento que caucionen créditos
Alzamientos de hipotecas y prendas sin desplazamiento que caucionen créditos En el Diario Oficial del 25 de septiembre de 2015 fue publicada la Ley N 20.855 que regula el alzamiento de hipotecas y prendas
Más detallesUNIDAD V CARTERA DE CRÉDITO
UNIDAD V OBJETIVOS DE ESTA UNIDAD. Definir a las Operaciones de Crédito. Conocer aspectos generales sobre la Cartera de Créditos. Conocer los diferentes tipos de créditos Conocer las cuentas de la Cartera
Más detallesContadores Públicos. Consultores Asociados
30 de julio de 2014 INCLUSIÓN FINANCIERA BENEFICIOS TRIBUTARIOS INTRODUCCIÓN El pasado 9 de mayo se publicó en el Diario Oficial la Ley de Inclusión Financiera Nº 19.210, cuyo principal objetivo es la
Más detallesMercados Financieros
Mercados Financieros 1 Sesión No. 9 Nombre: Arrendamiento. Objetivo de la sesión: Al finalizar la sesión, el alumno será capaz de identificar la relevancia del arrendamiento para tener uso de activos fijos
Más detalles1304 COLOCACIONES PARA VIVIENDA
CAPITULO C-3 hoja 8 1302.2 Créditos de comercio exterior 1302.2.01 Acreditivos negociados a plazo de exportaciones chilenas 1302.2.02 Otros créditos para exportaciones chilenas 1302.2.41 Acreditivos negociados
Más detallesMANUAL SIMULACIÓN DE NEGOCIOS CONCURSO PARA COLEGIOS
MANUAL SIMULACIÓN DE NEGOCIOS CONCURSO PARA COLEGIOS 1. INTRODUCCIÓN El lugar donde se desarrolla la simulación, es un gran mercado donde se instalan empresas de la industria del confite que compiten entre
Más detallesPuedo rescindir el contrato a un agente comercial porque no vende lo suficiente?
Puedo rescindir el contrato a un agente comercial porque no vende lo suficiente? Buena fe. Si su agente va trabajando a un ritmo aceptable (pero sin resultados), reportándole información periódicamente,
Más detallesCONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA En Colombia el arrendamiento de vivienda urbana está regulado en la ley 820 de 2003, después de la compraventa éste es uno de los contratos más comunes, por
Más detallesImpuesto a las utilidades y plusvalía e impuesto a la ganancia extraordinaria en la transferencia de bienes inmuebles PROYECTO DE LEY
Impuesto a las utilidades y plusvalía e impuesto a la ganancia extraordinaria en la transferencia de bienes inmuebles PROYECTO DE LEY Por qué la implementación del nuevo régimen de impuesto a la plusvalía?
Más detallesINSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. DE-005-16 QUE INSCRIBE A LA SOCIEDAD TELESAT CANADA EN EL REGISTRO ESPECIAL QUE MANTIENE EL INDOTEL PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Más detallesEl objeto de los contratos informáticos es generalmente múltiple (equipos, programas, etc)
INFORMATICA JURíDICA Contratación del Software, principales estipulaciones del código civil colombiano El contrato Informático está comprendido dentro de a amplia definición del art. 1137 Código Civil
Más detallesLa contabilidad son las anotaciones, cálculos
La contabilidad controla las ejecuciones económicas de toda empresa. La contabilidad es un campo o disciplina que pertenece a la ciencia de la economía, cuyo objetivo es clasificar, registrar y resumir
Más detallesCONTRATO DE PROMESA DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS BICE INMOBILIARIO III FONDO DE INVERSIÓN
CONTRATO DE PROMESA DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS BICE INMOBILIARIO III FONDO DE INVERSIÓN En Santiago de Chile, a. de. de, entre BICE Inversiones Administradora General de Fondos S.A., representada por don..,
Más detallesMesa de Derivados Productos Estructurados Documento con Información Clave para la Inversión
31,470 32,666 33,862 35,058 36,253 37,449 38,645 39,841 41,037 42,233 43,429 44,624 45,820 47,016 48,212 49,408 Mesa de Derivados Productos Estructurados Documento con Información Clave para la Inversión
Más detallesEl Intermediario Financiero
El Intermediario Financiero a. Quiénes son y cuál es su principal objetivo? 1. BANCARIAS Instituciones de Banca Múltiple Las instituciones de banca múltiple son sociedades anónimas facultadas para realizar
Más detallesDICIEMBRE Crecimiento del Crédito Hipotecario en Perú. Enero - Agosto FORMAS DE ADQUISICIÓN DE VIVIENDA CRÉDITO HIPOTECARIO
DICIEMBRE 216 FORMAS DE ADQUISICIÓN DE VIVIENDA En nuestro país existen varias formas de adquisición de vivienda. Tenemos las tradicionalmente conocidas, como son los créditos hipotecarios y el arrendamiento
Más detallesEl testador podrá gravar con mandas y legados a su heredero? Sí, además también lo puede hacer con los legatarios.
El testador podrá gravar con mandas y legados a su heredero? Sí, además también lo puede hacer con los legatarios. Éstos no estarán obligados a responder del gravamen sino hasta donde alcance el valor
Más detallesFórmulas y Ejemplos Créditos a Medianas, Pequeñas, Micro empresas y Consumo
La empresa tiene la obligaci n de difundir informaci n de conformidad con la Ley N 28587 y el Reglamento de Transparencia de Información y Disposiciones Aplicables a la contratación con Usuarios del Sistema
Más detallesIVA EN LOS INMUEBLES. Ley Circular 42, 5 de junio de 2015
IVA EN LOS INMUEBLES Ley 20.780 Circular 42, 5 de junio de 2015 1 ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN 2. HECHO GRAVADO BÁSICO VENTA 3. HECHOS GRAVADOS ESPECIALES 4. BASE IMPONIBLE DEL IVA EN LA VENTA DE INMUEBLES 5.
Más detallesREF.: ESTABLECE REQUISITOS PARA LA REALIZACIÓN DE OPERACIONES CON INSTRUMENTOS DERIVADOS, POR PARTE DE LOS FONDOS DE INVERSIÓN.
REF.: ESTABLECE REQUISITOS PARA LA REALIZACIÓN DE OPERACIONES CON INSTRUMENTOS DERIVADOS, POR PARTE DE LOS FONDOS DE INVERSIÓN. A las sociedades administradoras de fondos de inversión y sus respectivos
Más detallesTítulo documento Define la estructura contable y financiera de tu empresa Tipo de documento Documento de preguntas y respuestas
Título documento Define la estructura contable y financiera de tu empresa Tipo de documento Documento de preguntas y respuestas 1. Para qué me sirve la contabilidad? Para hacer el registro y control de
Más detalleshttp://www.editorialgpt.cl
1 TRIBUTACION DE LAS INDEMNIZACIONES POR AÑOS DE SERVICIO TIPOS DE INDEMNIZACIONES POR TÉRMINO DE CONTRATO Resulta necesario, para los efectos de precisar la exacta situación tributaria de las indemnizaciones
Más detallesTipo de cambio aplicable para el SPOT en caso se emita nota de débito
Lima, 21 de Julio de 2016 Informe N 118-2016-SUNAT/5D0000 Tipo de cambio aplicable para el SPOT en caso se emita nota de débito Mediante el informe bajo comentario la SUNAT ha señalado que en caso se emita
Más detallesEncuesta de Presupuestos Familiares Módulo de Bienestar
Encuesta de Presupuestos Familiares Módulo de Bienestar B A. Identificación. Datos de identificación de la sección Provincia Nº de orden de la sección Municipio Distrito/sección Grupo de bisemana ETIQUETA
Más detallesCaracterísticas de las Contribuciones
Características de las Contribuciones Que son los impuestos? Definición genérica: Son impuestos las prestaciones en dinero o en especie que fija la Ley con carácter general y obligatorio, a cargo de personas
Más detallesGUIA DEL TRÁMITE PARA OBTENER PATENTES MUNICIPALES Municipalidad de Puerto Montt
www.puertomonttchile.cl GUIA DEL TRÁMITE PARA OBTENER Municipalidad de Puerto Montt PATENTES PROFESIONALES Para las personas naturales que posean Título Profesional o Certificado de Título otorgado por
Más detalles