Política y Procedimiento AYUDA ECONOMICA DE LA EMPRESA A LAS PERSONAS
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- Miguel Ángel Gil Sánchez
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1 Política y Procedimiento AYUDA ECONOMICA DE LA EMPRESA A LAS PERSONAS Fecha Vigencia: 27 de Julio de 2015 Pág. 1/13
2 ÍNDICE 1. Generalidades Descripción General Alcance Responsables Definiciones Política Requisitos Generales Motivos y montos de Ayudas Económicas Plazos Reajustes Comité Evaluador de Beneficios Ayudas Económicas de otra Naturaleza Procedimiento Anexos... 8 Anexo Nº1: Descripción de las Ayudas Económicas... 8 Anexo Nº2: Autorización de descuentos de prestaciones econonómicas otorgadas... 9 Anexo Nº3: Ayudas Económicas de otra naturaleza Anexo Nº4: Política para la Entrega de Cartas de Resguardo y 12 Anexo Nº5: Carta de Resguardo Fecha Vigencia: 27 de Julio de 2015 Pág. 2/13
3 1. Generalidades 1.1 Descripción General La Empresa otorgará ayudas económicas a los trabajadores que se encuentren en situaciones consideradas de urgente necesidad y cumplan las condiciones que en el presente documento se expresarán. La política busca evaluar las situaciones que realmente clasifiquen como una urgente necesidad en relación a las siguientes problemáticas definidas: salud, vivienda y emergencia económica. Se busca administrar y racionalizar la entrega de los recursos destinados a las ayudas económicas, así como orientar y presentar a los trabajadores otras opciones crediticias entregadas por entidades externas con las cuales la Compañía ha establecido convenios. 1.2 Alcance Las Ayudas Económicas empresa están orientados a trabajadores que tengan al menos un año de antigüedad laboral ininterrumpida, independiente del cargo que desempeñen. 1.3 Responsables La presentación del caso y su análisis preliminar corresponderá al Area de Servicio a las Personas. El Comité Evaluador deberá aprobar o rechazar la solicitud, así como determinar la cantidad y el número de cuotas a otorgar en función de la política, capacidad de endeudamiento y presupuesto disponible. Las resoluciones emanadas del Comité Evaluador, serán comunicadas por el Area de Servicio a las Personas una vez que el comité haya sesionado. Fecha Vigencia: 27 de Julio de 2015 Pág. 3/13
4 1.4 Definiciones Urgente Necesidad: Se entenderá como aquella situación de necesidad o falta apremiante en la que se encuentra un trabajador de la empresa que tiene un grave problema personal y/o económico. Ayuda económica: Es un beneficio formalizado en virtud del cual la Empresa entrega al trabajador una cantidad determinada de dinero a cambio de su devolución en un determinado plazo y según condiciones pactadas. Pagaré Notarial: Documento legal por el que la persona que hace uso del beneficio se obliga a pagar cierta cantidad de dinero en un momento determinado al prestador. Tiene mérito ejecutivo. Comité Evaluador: Compuesto por el Gerente de Personas y sus reportes directos, cuyo objetivo está orientado a realizar la evaluación de los casos expuestos y definir su aprobación o rechazo, en base a la política y procedimientos que constan en el presente documento, la revisión de los casos y la existencia de presupuesto. Nivel de Endeudamiento: Concepto utilizado para definir la capacidad de endeudamiento que tiene un trabajador. Se obtiene al sumar todos los haberes imponibles, deduciendo los descuentos legales y sobre dicho resultado debe calcularse un monto que no debe superar el 15%. Con todo, el Comité deberá definir si considerará los créditos sociales a la hora de analizar la capacidad de endeudamiento del trabajador. Asimismo, el nivel de endeudamiento del trabajador nunca deberá superar el 45% de los haberes imponibles Mas, siempre deberá observarse lo señalado por la normativa vigente. Emergencia económica: La que se genera como consecuencia de una situación de apuro, desastre o peligro económico. Fecha Vigencia: 27 de Julio de 2015 Pág. 4/13
5 2. Política de Ayudas Económicas 2.1 Requisitos Generales - Ser trabajador de la Empresa con contrato indefinido vigente a la fecha de solicitud de la ayuda económica. - Contar con una antigüedad igual o superior a 1 año de trabajo continuo en la Empresa, a la fecha de solicitud de la ayuda económica - Los descuentos por planilla autorizados, incluyendo el eventual monto de la cuota que implique el otorgamiento de la ayuda económica, deberá cumplir con el nivel de endeudamiento definido precedentemente. - Para todas las ayudas económicas el trabajador deberá firmar un pagaré por el monto del préstamo otorgado. Los costos notariales e impuestos son de costo del trabajador. - El monto de la ayuda económica será determinado por el Comité Evaluador y, en todo caso, no podrá exceder de una remuneración imponible, por cada año de servicio. - En caso de solicitar una ayuda económica por motivos de salud, el trabajador o el familiar afectado (se entiende por estos a cónyuge e hijos) debe estar vigente en el Seguro Complementario de Vida y Salud vigente en la Compañía Aseguradora con la que la empresa mantiene el convenio - El trabajador no deberá tener vigente otra ayuda económica otorgada por la Empresa. 2.2 Motivos y montos respecto del otorgamiento de la ayuda económica - Las problemáticas abordadas para poder otorgar una ayuda económica serán las siguientes: Salud, Vivienda y Emergencia Económica según Anexo Nº1. - La evaluación de la urgente necesidad será realizada por el Area de Servicio a las Personas. - El monto de la ayuda económica dependerá de la problemática expuesta, documentos que lo acrediten y cumplimiento de la política y procedimientos establecidos. Fecha Vigencia: 27 de Julio de 2015 Pág. 5/13
6 2.3 Plazos - El monto otorgado como ayuda económica será descontado en cuotas que fluctuarán entre 1 y 48 cuotas iguales, sucesivas y mensuales, en función del nivel de endeudamiento. - En casos muy excepcionales y justificados se podrán pactar hasta un máximo de 60 cuotas mensuales. 2.4 Reajustes e intereses - El monto otorgado como ayuda económica, será en pesos y no devengará ni reajustes ni intereses. 2.5 Comité Evaluador de Beneficios - Todos los casos serán evaluados por un Comité Evaluador de Beneficios. - El Comité sesionará cuando lo amerite, al menos una vez al mes y puede sesionar con a lo menos 3 integrantes. 2.6 Ayudas económicas de otra naturaleza Para aquellos casos en que el trabajador, pese a tener una urgente necesidad, no califique para el otorgamiento de una ayuda económica en los términos del presente documento, el Comité Evaluador tiene la alternativa de proponer otras opciones, como la Caja de Compensación respectiva u otras instituciones financieras en convenio con ésta. En el Anexo Nº 3 se detallan las instituciones con convenio vigente en la empresa. Fecha Vigencia: 27 de Julio de 2015 Pág. 6/13
7 3. Procedimiento 1. En caso que el trabajador requiera el beneficio, deberá concurrir a las oficinas del Area de Servicio a las Personas, en horarios de atención de público (8:00 a 15:30 hrs. de lunes a jueves y de 8:00 a 14:00 hrs. los días viernes). 2. La respuesta a la solicitud se entregará luego de la sesión respectiva del Comité Evaluador de Beneficios. 3. El Comité Evaluador puede rechazar total o parcialmente la solicitud. Esto es, podrá determinar no otorgar el préstamo, o bien otorgar una cantidad inferior a la solicitada, definiendo adicionalmente el número de cuotas. 4. La resolución del Comité Evaluador se comunicará telefónica o personalmente o bien se le enviará por correo electrónico al trabajador. 5. Luego de la resolución del Comité Evaluador, si ésta es positiva, el trabajador deberá suscribir: - Formulario denominado Autorización de descuento, el cual se acompaña a la presente Política en Anexo Nº 2. - Pagaré Notarial, cuyo costo es de cargo del interesado. 6. Una vez aprobados los montos de ayuda económica y con el formulario firmado por el trabajador, y el pagaré notarial tramitado y suscrito, el dinero será entregado a través de depósito o transferencia en su cuenta bancaria. 7. El descuento comenzará a regir en la fecha que indique el formulario de autorización de descuento, y la cuota mes a mes se reflejará en la liquidación de sueldo como: Ayuda Económica. 8. Si la persona beneficiada con la ayuda económica pierde la condición de trabajador de la Empresa, por cualquier causa, se acelerará el pago de las cuotas devengadas, pasando a ser un crédito de plazo vencido, haciéndose exigible el total del saldo que adeude, el que le será descontado en una sola cuota de su finiquito, tal como lo indica y lo autoriza el formulario de autorización de descuento. En la eventualidad en que el alcance líquido del finiquito no sea suficiente para saldar la deuda existente, se hará efectivo el pagaré conforme a lo dispuesto en los artículos 1526 y 1528 del Código Civil. Fecha Vigencia: 27 de Julio de 2015 Pág. 7/13
8 4. Anexos Anexo Nº1: Descripción de las ayudas económicas Tipo de Ayuda Económica Descripción Montos Requisitos Salud Prestación económica orientada a trabajadores que necesiten cubrir gastos médicos mayores, generalmente derivados de alguna intervención médica para él o para alguno de los miembros de su familia directa. Se exceptúan las atenciones o tratamientos dentales. Hasta $ Siendo siempre el monto máximo de ayuda económica el equivalente a una remuneración por cada año de servicio en la empresa. Documentación médica y antecedentes presupuestarios de la institución de Salud. Tener vigente el Seguro Complementario de Salud contratado a través de la Empresa, para el trabajador o su familiar afectado. Otros antecedentes que el Comité Evaluador estime pertinentes. En los casos que la atención sea en la Clínica Bicentenario, ubicada en la ciudad de Santiago, el trabajador puede solicitar una Carta de Resguardo a la empresa, siempre y cuando cumpla con los requisitos exigidos en la Política para la Entrega de Cartas de Resguardo (ANEXO Nº 4) Vivienda Trabajadores que necesiten hacer reparaciones urgentes en su vivienda a causa de un siniestro o catástrofe: inundación, incendios, voladura de techos, etc. Se incluye la postulación al Subsidio Habitacional, cancelación de gastos operacionales para la adquisición de la vivienda propia. Hasta $ Siendo siempre el monto máximo de ayuda económica el equivalente a una remuneración por cada año de servicio en la empresa. Evaluación Socio-económica por parte del Area Servicio a las Personas. Presupuesto de la obra. Documentación que acredite postulación al Subsidio Habitacional y/o adquisición de la vivienda propia. Otros antecedentes que el Comité Evaluador estime pertinentes. Emergencia Económica Prestación económica orientada a trabajadores que necesiten cubrir gastos imprevistos e inesperados que clasifiquen como una urgente necesidad. Hasta $ Siendo siempre el monto máximo de ayuda económica el equivalente a una remuneración por cada año de servicio en la empresa. Evaluación Socio-económica por parte del Area Servicio a las Personas. Otros antecedentes que el Comité Evaluador estime pertinentes. Fecha Vigencia: 27 de Julio de 2015 Pág. 8/13
9 Anexo Nº2: Autorización de descuentos de ayudas económicas otorgadas a trabajadores de la empresa.- AUTORIZACION DE DESCUENTOS DE AYUDA ECONOMICA OTORGADA A TRABAJADOR DE LA EMPRESA Con fecha, de del año Yo, cedula de identidad nº dejo constancia de que he solicitado una ayuda económica a mi empleador Empresa y que ésta me lo ha autorizado. El motivo de esta ayuda económica es: El monto otorgado será por la cantidad de $ descontado en cuotas, siendo el primer descuento el mes de del año En este acto, autorizo expresamente, a mi empleador para descontar cada una de las cuotas señaladas, mensual y directamente de mis remuneraciones hasta completar el monto total del monto otorgado en calidad de ayuda económica. Asimismo, autorizo expresamente a mi empleador para que, sin perjuicio de la causa o motivo por la que se haya producido el término del contrato de trabajo que me vincula con la Empresa, sea por razón propia o ajena a mi voluntad, sea descontado el total del saldo insoluto en mi finiquito, sin que sea necesario otorgar nuevamente mi consentimiento al respecto. Se entenderá que se acelerará el pago de las cuotas devengadas, pasando a ser un crédito de plazo vencido, haciéndose exigible el total del saldo que se adeuda del monto otorgado, el que me será descontado en una sola cuota del finiquito, La solicitud de esta ayuda económica, obedece a motivos estrictamente personales, por lo tanto me comprometo a cumplir con su pago y con lo establecido en el presente documento. Declaro expresamente aceptar completamente las condiciones establecidas precedentemente, libre y voluntariamente, y en pleno conocimiento de lo señalado por la legislación laboral al respecto. Huella digital trabajador Firma Trabajador Firma Empleador Fecha Vigencia: 27 de Julio de 2015 Pág. 9/13
10 Anexo Nº3: Ayudas Económicas de otra naturaleza Tipo de Ayuda Económica CréditoCaja de Compensación Descripción Montos Requisitos Libre disposición, no es necesario expresar motivo alguno. Una Remuneración líquida por año de servicio, con tope de $ Con tope determinado por capacidad de endeudamiento de interesado. Se exige mínimo una antigüedad de 6 meses continuos en la empresa. Entre 6 meses y 1 año requiere aval, sobre 13 meses sin aval. Tener capacidad de endeudamiento (máximo un 25% sobre el total haberes). Evaluación socioeconómica y/o laboral por parte de la Empresa. Banco de Chile Banco de Crédito e Inversiones Libre disposición, no es necesario expresar motivo alguno. Libre disposición, no es necesario expresar motivo alguno. Una remuneración líquido por año de servicio, con tope determinado por capacidad de endeudamiento de interesado. Una remuneración líquido por año de servicio, con tope determinado por capacidad de endeudamiento de interesado. Número de cuotas en relación a la capacidad de endeudamiento del trabajador con un máximo de 48 cuotas. Cuotas descontadas por planilla Seis meses en la empresa. Número de cuotas en relación a la capacidad de endeudamiento del trabajador. No es descontado por planilla, descuento realizado directamente de Cuenta Bancaria del trabajador. Seis meses en la empresa. Número de cuotas en relación a la capacidad de endeudamiento del trabajador. No es descontado por planilla, descuento realizado directamente de Cuenta Bancaria del trabajador. Fecha Vigencia: 27 de Julio de 2015 Pág. 10/13
11 Anexo Nº 4: Política para la entrega de Cartas de Resguardo POLITICA PARA ENTREGA DE CARTAS DE RESGUARDO Definición Se entenderá por Carta de Resguardo (Anexo Nº5) el instrumento valorado por medio del cual la Empresa adquiriere el compromiso de descontar de las remuneraciones o haberes del interesado, el monto estipulado en este instrumento, tratándose de gastos hospitalarios, en caso de intervención quirúrgica u hospitalización por otra afección. El objetivo de la Carta de Resguardo es facilitar el ingreso del Trabajador, o alguna de sus cargas, al Centro Hospitalario con el que la empresa tenga convenio, de manera que el proceso de internación sea más expedito. Al respecto, siempre será responsabilidad del trabajador el cancelar la deuda que haya contraído con la entidad hospitalaria, gestionando personalmente el retiro de la cuenta de hospitalización, la presentación de esta cuenta en su entidad previsional de salud para las coberturas que por su plan de salud correspondan y una vez pagado el copago respectivo, el retiro de la Carta de Resguardo para devolverla al Area de Servicio a las Personas donde fue emitida. El monto consignado en la Carta de Resguardo nunca excederá el valor que por Indemnización por Años de Servicios corresponda al Trabajador, aunque el copago sea superior a este valor. La Carta de Resguardo podrá ser emitida a nombre del Trabajador o para cualquiera de sus cargas familiares, siempre que se encuentra adheridos al seguro de salud complementario. Fecha Vigencia: 27 de Julio de 2015 Pág. 11/13
12 Condiciones para obtener una Carta de Resguardo de la Empresa - El Trabajador debe tener a lo menos 12 meses continuos de antigüedad en la empresa. - El trabajador debe encontrarse con su Contrato de Trabajo Indefinido - El Trabajador debe tener contratado el Seguro de Salud Complementario en convenio con la Empresa para él y la Carga Familiar por la que solicita la Carta de Resguardo - El Trabajador debe presentar una cotización correspondiente a los gastos hospitalarios, más la cobertura de su sistema de salud previsional. Condiciones de Devolución de las Cartas de Resguardo - El Trabajador debe devolver la Carta de Resguardo en un plazo que no excederá los 60 días, contados desde la fecha de emisión de la misma - En caso de existir un retraso en el cobro por parte de la entidad hospitalaria o de entregar la cobertura correspondiente por parte de la institución de salud previsional, el Trabajador tiene la obligación de avisar al Area de Servicio a las Personas por medio de la presentación de un Certificado emitido por la entidad que corresponda al caso, acreditando las razones de dicho retraso. - En la eventualidad que el Trabajador no cumpla con proceder a la devolución de la Carta de Resguardo en el plazo indicado y no avise a la empresa sobre un posible retraso por parte de entidades externas, faculta a la empresa a proceder a descontar de las remuneraciones o haberes que corresponda la cantidad especificada en la Carta de Resguardo. Tal situación no será necesario comunicarla al Trabajador ni verbal ni por escrito y el descuento se realizará mensualmente hasta cubrir el monto estipulado en la Carta de Resguardo. - En caso que el Trabajador requiera ayuda económica para financiar el copago producto de la hospitalización, podrá optar a una ayuda económica de Salud entregado por la misma empresa, sin intereses ni cobro de la variación de la UF. Los requisitos y especificaciones para la obtención de este tipo de ayuda económica se encuentran incluidos en la Política de Ayuda Económica a las Personas. - Se deja claramente estipulado que, la emisión de una Carta de Resguardo no obliga a la empresa a otorgar una ayuda económica Interno para saldar la deuda del trabajador con la entidad hospitalaria, pudiendo éste solicitar un crédito en las entidades financieras con que la empresa tiene convenio vigente. Fecha Vigencia: 27 de Julio de 2015 Pág. 12/13
13 Anexo Nº 5 : Carta de Resguardo Santiago,.. de de 2015 Señores Clínica Bicentenario Presente REF: CARTA RESGUARDO En representación de la Empresa de Transportes Rurales Limitada o también Tur Bus Limitada, Rut: , con domicilio en Jesús Diez Martinez Nº800, Comuna de Estación Central, Santiago, por intermedio del presente instrumento, vengo a garantizar el pago de los gastos generados por concepto de las prestaciones de salud, otorgadas a nuestro trabajador don, cédula de identidad, fecha de ingreso a la empresa, hasta por la suma de $...(idealmente sólo por $ ) La empresa no se hace cargo ni asume responsabilidad alguna por el pago de prestaciones de salud, médicas u hospitalarias que, consideradas individuamente o en su conjunto, excedan del monto máximo indicado. Esta carta de resguardo tendrá una vigencia de 60 días contados desde la fecha de su emisión. Atentamente, Margot Salas Marchant Jefe Servicio a las Personas Tur Bus Fecha Vigencia: 27 de Julio de 2015 Pág. 13/13
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