"LA ETAPA PREPARATORIA DEL JUICIO EN EL NUEVO CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL"
|
|
- María Concepción Rojas Botella
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 CURSO DE CAPACITACION SOBRE EL NUEVO CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL Colegio Departamental de Abogados de Santa Cruz CNI- CEI- ETI Santa Cruz, 6 al 8 de julio de 2000 "LA ETAPA PREPARATORIA DEL JUICIO EN EL NUEVO CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL" I. INTRODUCCION. Arturo Yañez Cortés CONSULTOR G.T.Z. La etapa de instrucción del proceso penal o etapa preparatoria del juicio, abarca las siguientes actividades básicas: a) actividades de investigación; b) actividades decisorias referidas a incidentes, excepciones, etc; c) actividades de control sobre detenciones, allanamientos, anticipo de prueba, etc., y d) actividades de defensa. Al respecto, una de las principales distorsiones que ha ocasionado el sistema inquisitivo, ha sido la concentración de las funciones asignadas al juez de la instrucción, al habérsele contradictoriamente encargado la responsabilidad de la investigación, el control de los derechos de las partes y por si lo anterior fuera poco, también aquellas relativas a la acusación y decisión. Ya Napoleón decía del Juez Instructor hace muchos años atrás, que este "era el hombre más poderoso de Francia". Por ello, el rol del juez instructor -inquisidor- en el proceso penal, ha sido criticado puesto que carece de imparcialidad, bastará recordar aquella frase de Radbruch: "el que tenga por acusador a un juez, que tenga por 1
2 abogado a Dios"; carece de objetividad, al no existir una clara separación entre las tareas de investigación y las jurisdiccionales; produce una ociosa e innecesaria repetición de actos cuando la prueba suele ser producida ante la policía, el juez de instrucción e incluso el juez de sentencia. Finalmente, ocasiona la inexistencia de una verdadera investigación, menos control y peor aún, tampoco genera una decisión oportuna, habiendo ocasionado en la práctica, la anulación de cada una de las mencionadas actividades, con los resultados ampliamente conocidos por todos nosotros, como la impunidad, la retardación y la falta de confianza en el sistema de administración de justicia, para sólo señalar algunos. Consecuentemente, sobre la base del espíritu republicano de la división de poderes y el resultante sistema de pesos y contrapesos, la reforma procesal penal reasigna a cada órgano sus lógicas y naturales funciones que permitan articular un proceso justo, transparente y eficiente. II. DISEÑO DE LA ETAPA PREPARATORIA EN EL NUEVO CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL. En el ámbito de la etapa preparatoria en el nuevo Código de Procedimiento Penal, se encarga al Ministerio Público con el auxilio de la Policía Nacional en funciones de Policía Judicial, la investigación de los hechos y el poder requirente o acusador, para poder sustentar la acusación -no la sentencia-, fundamentar el sobreseimiento o dar lugar a alguna salida alternativa al proceso penal. A otro órgano diferente como es el Poder Judicial representado por el Juez Instructor, le encarga controlar y tomar las decisiones necesarias que afectan derechos fundamentales del ciudadano. Es decir, el poder de decisión y control sobre las actividades investigativas de la Policía y Ministerio Público. 2
3 Finalmente, encarga el ejercicio del poder de excepción a la defensa. Plasmando ese diseño, el nuevo Código de Procedimiento Penal establece que la etapa preparatoria, tendrá por finalidad la preparación del juicio oral y público, mediante la recolección de todos los elementos que permitan fundar la acusación del fiscal o del querellante y la defensa del imputado o, en su caso abstenerse de acusar cuando no encuentre fundamento para ello. Tanto la Fiscalía como la Policía Nacional deben actuar bajo control jurisdiccional, estableciéndose claramente que los Fiscales no podrán realizar actos jurisdiccionales ni los Jueces actos de investigación, que comprometan su imparcialidad. Durante la investigación, no se formará ningún expediente judicial, sino la documentación producida se acumulará en un cuaderno de investigación - no expediente- cuyas actuaciones registradas no tendrán valor probatorio por sí mismas para fundar la condena del acusado, con excepción de los elementos de prueba que el Código autoriza introducir al juicio por lectura. Excepcionalmente, cuando sea imprescindible para la eficacia de la investigación, contempla la reserva de las actuaciones incluso para las partes a solicitud fundada del fiscal y mediante autorización del juez de control, por un lapso no mayor de 10 días y por una sola vez, salvo tratándose de delitos vinculados a organizaciones criminales, en la que la reserva podrá autorizarse hasta dos veces por 10 días. Para la investigación de delitos vinculados al tráfico ilícito de sustancias controladas, ante la insuficiencia o ausencia de prueba, el fiscal podrá solicitar fundadamente al juez de instrucción, autorización para la intervención de agentes encubiertos que deberá recaer sólo en miembros 3
4 de la Policía Nacional altamente calificados, sin antecedentes penales o disciplinarios, previo su consentimiento, que mantendrán informado al fiscal de la investigación. Sus declaraciones testimoniales no serán suficientes para fundar una condena si no se cuenta con prueba adicional introducida válidamente al proceso y, no estará exento de la responsabilidad respectiva, sí incurre en excesos o desproporcionalidad o actos distintos de lo encargado. Sobre la base de los mismos supuestos (ausencia o insuficiencia de prueba en delitos vinculados al tráfico ilícito de sustancias controladas) se prevé la técnica de la entrega vigilada consistente en permitir que remesas de sustancias controladas circulen por territorio nacional o entren o salgan del mismo, sin interferencia de la autoridad competente y bajo su vigilancia, con el fin de descubrir o identificar a las personas involucradas, aportar pruebas o prestar auxilio a autoridades extranjeras con los mismos fines. III. PROCEDIMIENTO. Actos Iniciales. - Por Denuncia, ante la Policía, teniendo ésta la obligación de informar al Fiscal dentro del plazo máximo de 24 horas de recibida para el comienzo de la investigación preventiva; ante la Fiscalía, que dirigirá la investigación e informará al Juez de Instrucción el inicio de la investigación dentro de las 24 horas; mientras que en lugares donde aquellos no existan, podrá hacérsela ante el sub-prefecto o corregidor, quién deberá informar a la autoridad pertinente en el mismo plazo. - Por Conocimiento directo de la comisión de un hecho presuntamente delictivo, por el fiscal o por prevención policial; 4
5 - Por Querella, presentada por escrito ante el Fiscal. Inicio de la Investigación Preliminar. La Fiscalía está obligada a ejercer la acción penal en los delitos de acción pública perseguibles de oficio; mientras que en los delitos de acción pública a instancia de parte, procederá a partir de la denuncia. Dirige la investigación desde el inicio de las actuaciones preliminares realizadas por la Policía, para lo que se le otorga la Dirección Funcional de la actuación policial, cuyos alcances son: 1) El cumplimiento obligatorio por parte de los funcionarios policiales de todas las órdenes relativas a la investigación del delito emitidas por la Fiscalía o los jueces, sin que la autoridad administrativa policial pueda revocar o modificar la orden emitida ni retardar su cumplimiento; 2) A requerimiento del fiscal la asignación directa y obligatoria de funcionarios policiales para la investigación del hecho delictivo, sin que la autoridad administrativa policial pueda apartarlos de la investigación ni encomendarles otras funciones que les impidan el ejercicio de su comisión especial, sin autorización del fiscal; 3) La separación de la investigación del funcionario policial asignado, con noticia a la autoridad policial, cuando no cumpla una orden judicial o fiscal, actúe negligentemente o no sea eficiente en el desempeño de sus funciones; 4) Cuando corresponda, el fiscal podrá solicitar a la autoridad policial competente, a través de la Fiscalía del Distrito, la aplicación de sanciones disciplinarias para los funcionarios policiales separados de la investigación. 5
6 En el primer momento de la investigación, cuando no sea posible individualizar a los autores, partícipes y testigos y se deba proceder con urgencia para no entorpecer la investigación, el Fiscal o Policía podrán disponer que los presentes no se alejen del lugar, no se comuniquen entre sí, ni se modifique el estado de cosas o lugar e incluso, sí fuera necesario podrán ordenar el arresto por un plazo no mayor de 8 horas. El Fiscal podrá ordenar la aprehensión del inculpado cuando sea necesaria su presencia y existan indicios -no pruebas- suficientes que indiquen que es autor o partícipe de un delito de acción pública sancionado con pena privativa de libertad igual o superior a dos años y además, exista riego de fuga u obstaculización de la investigación. La Policía podrá también aprehender al sospechoso debiendo informarle al Fiscal dentro del plazo máximo de 8 horas, solamente cuando haya sido sorprendida en flagrancia; en cumplimiento de mandamiento de aprehensión librado por juez o tribunal competente; de una orden emanada del fiscal, y cuando se haya fugado estando legalmente detenida. El Fiscal, tiene 24 horas como máximo para poner a disposición del Juez al aprehendido, para que éste resuelva dentro de igual plazo sobre la aplicación de alguna medida cautelar que deberá ser expresamente solicitada y fundamentada. Caso contrario, el Juez de oficio o a petición de parte decretará su libertad, siendo el órgano jurisdiccional en todos los casos, la única autoridad competente para disponer la libertad de las personas. En casos de notoria gravedad cuando existan motivos que hagan temer que el imputado obstaculizará la averiguación de la verdad, procederá a su incomunicación la que no podrá exceder de 24 horas ni impedir acceda 6
7 a defensa técnica, previa decisión fundamentada del Fiscal que inmediatamente la comunicará al juez de control para que la ratifique o la deje sin efecto. Las investigaciones preliminares serán realizadas bajo la dirección funcional del Fiscal, para reunir o asegurar los elementos de convicción y evitar la fuga u ocultamiento de los sospechosos con la intervención del imputado y su defensor, salvo reserva. Serán concluidas dentro del plazo máximo de cinco días de iniciada la prevención, debiendo ser remitidas a su conocimiento dentro de las 24 horas siguientes, con los antecedentes y objetos secuestrados. Decisión Fiscal según los resultados de las actuaciones policiales. Recibidas las actuaciones, el fiscal analizará su contenido, para: - Imputar formalmente el delito atribuido, si se encuentran reunidos los requisitos legales, con lo que se da inicio a la investigación regular; - Ordenar la complementación de las diligencias policiales, fijando plazo al efecto; - Disponer el rechazo de la denuncia, la querella o las actuaciones policiales y, en consecuencia su archivo, cuando: 1. Resulte que el hecho no existió, que no está tipificado como delito o que el imputado no ha participado en él; 2. No se haya podido individualizar al imputado; 3. La investigación no haya aportado elementos suficientes para fundar la acusación; y, 4. Exista algún obstáculo legal para el desarrollo del proceso. 7
8 La parte interesada podrá objetar el rechazo dentro de los 5 días de su notificación, debiendo remitirse a conocimiento del Fiscal superior jerárquico. - Solicitar al juez de la instrucción la aplicación de alguna salida alternativa al proceso penal, como la suspensión condicional del proceso, la aplicación de un criterio de oportunidad, la sustanciación del procedimiento abreviado o la conciliación. Desarrollo de la etapa preparatoria. Imputado formalmente el delito, revocada la decisión de rechazo de la querella o actuaciones policiales o denuncia; en el desarrollo de la etapa preparatoria, las partes podrán proponer actos o diligencias, realizar el anticipo de prueba cuando sea necesario practicar un reconocimiento, registro, reconstrucción o pericia, que por su naturaleza o características se consideren como actos definitivos e irreproducibles, o deba recibirse una declaración que, por algún obstáculo, se presuma que no podrá producirse durante el juicio. El juez practicará el acto, si lo considera admisible, citando a todas las partes, las que tendrán derecho a participar con las facultades y obligaciones pertinentes. También, podrán solicitar la excusa y recusación del juez instructor y plantear las siguientes excepciones de previo y especial pronunciamiento: 8
9 1) Prejudicialidad; 2) Incompetencia; 3) Falta de acción, porque no fue legalmente promovida o porque existe un impedimento legal para proseguirla; 4) Extinción de la acción penal según lo establecido en los Artículos 27º y 28º del Código; 5) Cosa juzgada; y, 6) Litispendencia. Decisión Fiscal según el resultado de la investigación. Concluida la investigación, el Fiscal tiene las siguientes opciones: 1. Presentar ante el juez o tribunal de sentencia, la acusación si estima que la investigación proporciona fundamento para el enjuiciamiento público del imputado; 2. Requerir ante el juez de la instrucción, la suspensión condicional del proceso, la aplicación del procedimiento abreviado, de un criterio de oportunidad o que se promueva la conciliación; 3. Decretar de manera fundamentada el sobreseimiento cuando resulte evidente que el hecho no existió, que no constituye delito o que el imputado no participó en él y cuando estime que los elementos de prueba son insuficientes para fundamentar la acusación. 9
TEMA 3: TALLER DE CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO EN EL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL A LOS NUEVOS
TALLER DE CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO EN EL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL A LOS NUEVOS FISCALES DEL MINISTERIO PÚBLICO (USO DE LA GUÍA DE ACTUACIÓN FISCAL EN EL NUEVO MODELO CÓDIGO PROCESAL PENAL) TEMA
Más detallesPROGRAMA DE DERECHO PROCESAL PENAL PRIMERA PARTE FUNDAMENTOS GENERALES
PROGRAMA DE DERECHO PROCESAL PENAL PRIMERA PARTE FUNDAMENTOS GENERALES TEMA 1.- TEMA 2.- TEMA 3.- TEMA 4.- Derecho Procesal Penal. Definición y caracteres. Funciones. Fuentes. Relación con otras disciplinas.
Más detallesTEMARIO GRADO DERECHO PROCESAL - UBO
TEMARIO GRADO DERECHO PROCESAL - UBO 1.- La Jurisdicción: - Concepto de jurisdicción, elementos y características. - Límites internos y externos. - Conflictos de jurisdicción. - Bases generales de la administración
Más detallesEl Nuevo Proceso Penal El Proceso Penal Ordinario. Dr. Pablo Sánchez Velarde Profesor de Derecho Procesal Penal de la UNMSM Fiscal Supremo Penal
El Nuevo Proceso Penal Dr. Pablo Sánchez Velarde Profesor de Derecho Procesal Penal de la UNMSM Fiscal Supremo Penal I. INTRODUCCIÓN A. Modelo procesal con predominio del Acusatorio. 1) Principios: Oralidad,
Más detallesEl sistema procesal penal chileno. Prof. Claudio Meneses Pacheco Escuela de Derecho Universidad de Valparaíso, Chile
El sistema procesal penal chileno Prof. Claudio Meneses Pacheco Escuela de Derecho Universidad de Valparaíso, Chile Sistema antiguo: 1907-2000 Modelo inquisitivo: juez investigador, acusador y sentenciador.
Más detallesTEMARIO LICENCIATURA
TEMARIO LICENCIATURA I.- JURISDICCION Y COMPETENCIA Capítulo I: Generalidades 1. Concepto y fuentes del Derecho Procesal. 2. La ley procesal. Naturaleza - Efectos en cuanto al tiempo y el espacio. 3. Formas
Más detallesDERECHO PROCESAL II (PENAL) CURSO 2012/2013 PROGRAMA
DERECHO PROCESAL II (PENAL) CURSO 2012/2013 PROGRAMA LECCIÓN 1.- LOS FINES DEL PROCESO PENAL. 1. El sistema penal como instrumento de control social y de respuesta a la delincuencia. 2. Los fines de la
Más detallesLa coerción procesal comprende una serie de medidas sobre la persona del inculpado y sus bienes; puede tratarse de la limitación a la libertad
La coerción procesal comprende una serie de medidas sobre la persona del inculpado y sus bienes; puede tratarse de la limitación a la libertad personal (ambulatoria) o la disponibilidad de ciertas cosas.
Más detallesLA INVESTIGACIÓN PRELIMINAR EN EL NUEVO PROCESO PENAL. Dr. Pablo Sánchez Velarde Profesor de Derecho Procesal Penal UNMSM Fiscal Supremo Titular
LA EN EL NUEVO PROCESO PENAL Dr. Pablo Sánchez Velarde Profesor de Derecho Procesal Penal UNMSM Fiscal Supremo Titular I. INTRODUCCIÓN a. El Ministerio Público es un órgano constitucional que defiende
Más detallesREQUISITOS EN CASO DE URGENCIA
REQUISITOS EN CASO DE URGENCIA Requisitos de la detención que realiza el Ministerio Público en casos de Urgencia: En atención a lo dispuesto por el artículo 16 dieciséis constitucional No podrá librarse
Más detallesEl rol del Juez en el Nuevo Sistema Penal Acusatorio
El rol del Juez en el Nuevo Sistema Penal Acusatorio Unidad 1. Principios Constitucionales 2. Constitucionalizacion del Proceso Penal en sus diferentes etapas Objetivos Específicos Que el juez se constituya
Más detallesLEY N DETERMINA CONDUCTAS TERRORISTAS Y FIJA SU PENALIDAD.
1 LEY N 18.314 DETERMINA CONDUCTAS TERRORISTAS Y FIJA SU PENALIDAD. Artículo 10.- Las investigaciones a que dieren lugar los delitos previstos en esta ley se iniciarán de oficio por el Ministerio Público
Más detallesLA INVESTIGACION PREPARATORIA PARTE III. Proceder fiscal estratégico.
MIERCOLES 17 DE AGOSTO LA INVESTIGACION PREPARATORIA PARTE II Proceder fiscal estratégico. Binomio pesquisidor: Ministerio Publico PNP diligencias preliminares. Revisión de la escena del crimen y cadena
Más detallesGuía examen. 2. La función persecutoria de los delitos corresponde exclusivamente al Ministerio Público (art. 2 cppy) y tiene por objeto:
Guía examen 1. En que artículo constitucional se fundamenta la actividad persecutora del Ministerio Público. Art. 21 Constitucional. 2. La función persecutoria de los delitos corresponde exclusivamente
Más detallesPROTOCOLO DE PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD
PROTOCOLO DE PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD 2014 PROTOCOLO DE PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD Principio de Oportunidad a. Concepto: Es un mecanismo de negociación y solución del conflicto penal que permite la culminación
Más detallesC/ Rayo, 12 (Edificio Santa María) GETAFE Madrid Tel: (6 Líneas) Fax:
TEST TEMA PN_T11_TEST01_WEB_DC_S1 TITULO DEL TEMA: NOCIÓN DE DERECHO PROCESAL PENAL. CONCEPTO DE JURISDICCIÓN Y DE COMPETENCIA. LOS ÓRGANOS DE LA JURISDICCIÓN PENAL. CONCEPTO DE DENUNCIA Y LA OBLIGACIÓN
Más detallesReforma Judicial Penal. Reformas a los artículos 19 y 20 Constitucional
Reforma Judicial Penal Reformas a los artículos 19 y 20 Constitucional Los artículo 19 y 20 Constitucional quedaron de la siguiente manera Artículo 19 Párrafo primero: Ninguna detención ante autoridad
Más detallesESQUEMA DEL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL URUGUAYO CÓDIGO DEL PROCESO PENAL LEYES , , , , Y
ESQUEMA DEL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL URUGUAYO CÓDIGO DEL PROCESO PENAL LEYES 19.293, 19.436, 19.474, 19.511, 19.544 Y 19.549. SANTIAGO PEREIRA CAMPOS SOCIO DE RUEDA ABADI PEREIRA PRESIDENTE DEL
Más detallesSISTEMA PENAL EN HONDURAS. Análisis Comparativo Monopolio de la Acción Penal
SISTEMA PENAL EN HONDURAS Análisis Comparativo Monopolio de la Acción Penal Honduras adoptó un nuevo modelo de procedimiento penal al aprobar el Código Procesal Penal el 19 de diciembre de 1999, mediante
Más detallesPROTOCOLO DE REGISTRO PERSONAL E INCAUTACIÓN
2014 PROTOCOLO DE REGISTRO PERSONAL E INCAUTACIÓN PROTOCOLO DE REGISTRO PERSONAL E INCAUTACIÓN 1. Registro e Incautación a. Concepto El registro de personas es aquella injerencia en el ámbito íntimo de
Más detallesSUMARIO PRÓLOGO. Pág. 7 INTRODUCCIÓN. Pág. 11 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. Pág. 19 CORRELACIONES. Pág. 31 CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES. Pág.
5 SUMARIO PRÓLOGO Pág. 7 INTRODUCCIÓN Pág. 11 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Pág. 19 CORRELACIONES Pág. 31 CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES Pág. 41 DIAGRAMAS DEL NUEVO PROCEDIMIENTO PENAL PARA TODA LA
Más detallesQUÉ DEBE ENTENDERSE POR POLICÍA JUDICIAL?
La Policía Judicial QUÉ DEBE ENTENDERSE POR POLICÍA JUDICIAL? POLICÍA JUDICIAL, EN SENTIDO AMPLIO, SON (547 LOPJ): 1. POLICÍA NACIONAL Y GUARDIA CIVIL 2. POLICÍA AUTONÓMICA 3. POLICÍA LOCAL POLICÍA JUDICIAL,
Más detallesBolivia. enal.pdf
Bolivia http://www.cicad.oas.org/fortalecimiento_institucional/legislations/pdf/bo/codigo_procedimiento_p enal.pdf http://bolivia.infoleyes.com/shownorm.php?id=1009 Artículo 69º.- (Función de Policía Judicial).
Más detallesFACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES PROGRAMA. Derecho Procesal I Cátedra B
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES PROGRAMA Derecho Procesal I Cátedra B Plan de Estudios 2000 - Res. HCS 0455/007, 2357/007, 2358/007 y 2359/007 PRIMERA PARTE Unidad I - Razón de ser del Proceso
Más detallesEL INFORME POLICIAL. Carlos Figueroa Casanova. Fiscal Provincial Séptima Fiscalía Provincial de Lima Norte
EL INFORME POLICIAL Carlos Figueroa Casanova Fiscal Provincial Séptima Fiscalía Provincial de Lima Norte cfiguero53@hotmail.com QUÉ ES EL INFORME POLICIAL? Es la institución de derecho procesal penal,
Más detallesNATURALEZA DEL PROCESO INMEDIATO
MECANISMOS ALTERNATIVOS EN EL PROCESO INMEDIATO MEDIDAS DE COERCION PERSONAL Marco Antonio Angulo Morales Juez Superior 1 NATURALEZA DEL PROCESO INMEDIATO La transformación del Proceso Penal en el Perú
Más detalles9. Inmovilizar los documentos, libros contables, fotografías y todo elemento material que pueda servir a la investigación, cuidando de no afectar el
DECRETO LEGISLATIVO Nº 989 QUE MODIFICA LA LEY Nº 27934 QUE REGULA LA INTERVENCIÓN DE LA POLICÍA NACIONAL Y EL MINISTERIO PÚBLICO EN LA INVESTIGACIÓN PRELIMINAR DEL DELITO Artículo 1.- Actuación de la
Más detallesNovedades penales en violencia de género. Noviembre de 2.015
Novedades penales en violencia de género Noviembre de 2.015 Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre Actuar contra la violencia manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones
Más detallesTema 1 EL PROCESO PENAL
Tema 1 EL PROCESO PENAL EL PROCESO PENAL: FUNCIÓN ESPECÍFICA Derecho Penal sustantivo: qué conductas son punibles (delitos) y qué pena les corresponde. Ius puniendi del Estado. Principio de legalidad penal
Más detallesCÓDIGO DE PROCESO PENAL. Se incluye a la Policía Aérea Nacional en sus disposiciones. I n f o r m e
COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, CÓDIGOS, LEGISLACIÓN GENERAL Y ADMINISTRACIÓN ANEXO I AL REPARTIDO Nº 355 DICIEMBRE DE 2016 CARPETA Nº 668 DE 2015 CÓDIGO DE PROCESO PENAL Se incluye a la Policía Aérea Nacional
Más detallesDEFENSORIA DEL PUEBLO Y LAS VICTIMAS EN EL MARCO DE LA REFORMA PROCESAL PENAL. Luis Francia Sánchez
DEFENSORIA DEL PUEBLO Y LAS VICTIMAS EN EL MARCO DE LA REFORMA PROCESAL PENAL Luis Francia Sánchez ROL DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO BASE LEGAL Constitución Política del Perú. Art. 161 Art. 162 Ley Nº 26520,
Más detallesPROGRAMA REDUCIDO 2008
PROGRAMA REDUCIDO 2008 UNIDAD 1: INTRODUCCIÓN. LA UBICACIÓN NORMATIVA DEL DERECHO PROCESAL PENAL. - Derecho Procesal Penal: concepto, contenido, caracteres. Función: realización del Derecho Penal material,
Más detallesDocumentos relativos a la Corte Penal Internacional
Documentos relativos a la Corte Penal Internacional Reglas de Procedimiento y Prueba para la aplicación del Estatuto de Roma de la CPI Informe de la Comisión Preparatoria de la Corte Penal Internacional
Más detallesCONSIDERACIONES SOBRE LA REFORMA PROCESAL. APORTES A LA ESTRUCTURA GENERAL DEL PROCESO. Juan Pablo Terraf
CONSIDERACIONES SOBRE LA REFORMA PROCESAL. APORTES A LA ESTRUCTURA GENERAL DEL PROCESO. Juan Pablo Terraf Antes que todo, es importante aclarar la imposibilidad fáctica de desarrollar todas las opiniones
Más detallesÍNDICE SISTEMÁTICO PRINCIPALES ABREVIATURAS UTILIZADAS PRESENTACIÓN CAPÍTULO I EL PROCESO PENAL. LOS PROCEDIMIENTOS PENALES
ÍNDICE SISTEMÁTICO PRINCIPALES ABREVIATURAS UTILIZADAS... 15 PRESENTACIÓN... 17 CAPÍTULO I EL PROCESO PENAL. LOS PROCEDIMIENTOS PENALES 1. CONCEPTO Y FUNCIÓN DEL PROCESO PENAL... 21 2. PRINCIPIOS INFORMADORES
Más detallesLOS SUJETOS PROCESALES EN EL CPP 2004
LOS SUJETOS PROCESALES EN EL CPP 2004 Jorge Rosas Yataco. Rol del Juez Funciones del Juez de la Investigación Preparatoria (JIP) (art. 323 ): a) Autorizar la constitución de partes; b) Pronunciarse sobre
Más detallesPractica Forense en Derecho Penal Clave 62
Asignatura Practica Forense en Derecho Penal Clave 62 Año lectivo Noveno Requisitos Ninguno Nivel Licenciatura Carácter Obligatorio Hora por semana 5 Hora del curso 85 OBJETIVO GENERAL DEL CURSO: Al concluir
Más detallesCONCURSO DE OPOSICIÓN PARA DESIGNAR 40 JUECES DE CONTROL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO
CONCURSO DE OPOSICIÓN PARA DESIGNAR 40 JUECES DE CONTROL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO GUÍA TEMÁTICA EXAMEN TEÓRICO DE CONOCIMIENTOS BÁSICOS 1. Elementos de comparación de los sistemas de enjuiciamiento
Más detallesLA EXPERIENCIA EN CHILE IMPLEMENTACIÓN DE UN SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTE BAJO UN SISTEMA ACUSATORIO
LA EXPERIENCIA EN CHILE IMPLEMENTACIÓN DE UN SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTE BAJO UN SISTEMA ACUSATORIO Génesis de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente Situación previa a la Ley 20.084
Más detalles1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DECISIÓN INICIAL DE INCOACIÓN.
www.terra.es/personal2/pl.coet 1 FACULTADES DE LA POLICIA JUDICIAL EN JUICIOS RÁPIDOS JUICIOS RÁPIDOS. REQUISITOS Penalidad < 5 años de prisión. > 10 años resto. Atestado policial.- Detenido o Imputado
Más detallesEl médico en el nuevo sistema penal acusatorio. Doctorante Luis Ernesto Meneses Delgadillo
El médico en el nuevo sistema penal acusatorio. Doctorante Luis Ernesto Meneses Delgadillo Los fallos de los cocineros se tapan con las salsas, los de los arquitectos con flores y los del médico con tierra.
Más detallesPROCESO INMEDIATO (Decreto Legislativo N 1194)
PROCESO INMEDIATO (Decreto Legislativo N 1194) DR. MIRKO D. CANO GAMERO FISCAL PROVINCIAL DE TRUJILLO PROCESO INMEDIATO Es un proceso especial que amerita el abreviamiento del proceso, al no desarrollarse
Más detallesLEY DE PROTECCIÓN FRENTE A LA VIOLENCIA FAMILIAR TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
LEY 26260 DE PROTECCIÓN FRENTE A LA VIOLENCIA FAMILIAR TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Se establece una medidas de protección contra la violencia familiar. Artículo 2º.- Se entiende
Más detallesTaller sobre el Sistema de Impartición de Justicia Penal Acusatorio en México
Taller sobre el Sistema de Impartición de Justicia Penal Acusatorio en México Coordinador Académico: Dra. Elizabeth Cruz Reyna Se desempeña como profesora de cátedra dentro del Departamento Académico de
Más detallesMar a i r o i Pab a l b o l Rodr d í r g í u g e u z e Hur u t r ad a o s po po ibl bl e em
La prisión preventiva como medida de coerción personal Mario Pablo Rodríguez Hurtado Profesor en la UNMSM, PUCP y AMAG maparo@amauta.rcp.net.pe Es posible emplear la fuerza dentro del proceso penal? Legitimidad
Más detallesINVESTIGACION DEL DELITO EN EL MARCO DE APLICACIÓN DEL CODIGO PROCESAL PENAL CORONEL PNP / ABOGADO ENRIQUE HUGO MULLER SOLON
INVESTIGACION DEL DELITO EN EL MARCO DE APLICACIÓN DEL CODIGO PROCESAL PENAL CORONEL PNP / ABOGADO ENRIQUE HUGO MULLER SOLON DOCENTE ACREDITADO POR EL MINISTERIO DE JUSTICIA COMO CAPACITADOR ANTE LA COMISION
Más detallesREPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA VICERRECTORADO ACADÉMICO ARAGUA VENEZUELA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA VICERRECTORADO ACADÉMICO ARAGUA VENEZUELA Carrera: DERECHO Año: 5to. Unidad Curricular: Derecho Procesal Penal II Código: DE-554 Requisito:
Más detallesJuicio Oral Código Procesal Penal de Chile
Juicio Oral Código Procesal Penal de Chile Envío de auto de apertura del juicio oral Modificación al Código Procesal Penal de Chile, por la ley 19.815. Información que debe contener auto de apertura (tema
Más detallesINDICE Introducción General al Régimen del Derecho de Amparo a los Derechos y Garantías constitucionales Por Allan R.
INDICE I Introducción General al Régimen del Derecho de Amparo a los Derechos y Garantías constitucionales Por Allan R. Brewer Carías Introducción 11 I. El Derecho de Amparo y la Acción de Amparo 14 1.
Más detallesMedidas de coerción personal Es posible emplear la fuerza dentro del proceso penal? Legitimidad del ejercicio coercitivo y los grandes fines del proce
La prisión preventiva como medida de coerción personal Mario Pablo Rodríguez Hurtado Profesor en la UNMSM, PUCP y AMAG maparo@amauta.rcp.net.pe Medidas de coerción personal Es posible emplear la fuerza
Más detallesTURNO DE OFICIO EL PRONUNCIAMIENTO EN COSTAS A FAVOR DEL BENEFICIARIO DE JUSTICIA GRATUITA
EL PRONUNCIAMIENTO EN COSTAS A FAVOR DEL BENEFICIARIO DE JUSTICIA GRATUITA EL INCIDENTE DE INSOSTENIBILIDAD DE LA PRETENSIÓN El incidente de insostenibilidad es un trámite que está regulado en los artículos
Más detallesLUXEMBURGO. La persona reclamada deberá ser informada de que dispone del derecho de ser asistida por un abogado.
FICHAS INFORMATIVAS ELABORADAS POR EL MINISTERIO DE JUSTICIA LUXEMBURGUÉS SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DE LA ORDEN EUROPEA DE DETENCIÓN Y ENTREGA EN LUXEMBURGO El Gran Ducado de Luxemburgo aplica desde el 26
Más detallesTEMA 5: TALLER DE CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO EN EL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL A LOS NUEVOS
TALLER DE CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO EN EL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL A LOS NUEVOS FISCALES DEL MINISTERIO PÚBLICO (USO DE LA GUÍA DE ACTUACIÓN FISCAL EN EL NUEVO MODELO CÓDIGO PROCESAL PENAL) TEMA
Más detallesEXAMEN PARA SECRETARIO DE TRIBUNAL PENAL. 1. Cuáles son las obligaciones del secretario en la audiencia del juicio?
EXAMEN PARA SECRETARIO DE TRIBUNAL PENAL 1. Cuáles son las obligaciones del secretario en la audiencia del juicio? 2. El juez que tramita un juicio penal de aquellos que sólo pueden perseguirse con acusación
Más detallesLA INCAUTACIÓN Y EL DECOMISO EN LOS PROCESOS CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO. Dr. Juan Carlos Zúñiga Ríos
LA INCAUTACIÓN Y EL DECOMISO EN LOS PROCESOS CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO E Dr. Juan Carlos Zúñiga Ríos LA INCAUTACIÓN: La incautación es la privación de la posesión de un bien u objeto y su consecuente
Más detallesProcesal IV. Principios generales del nuevo proceso
Procesal IV Principios generales del nuevo proceso 1. Qué opina del proceso penal oral? 1) Principios que informan el proceso penal oral 2) Como se manifiesta el principio de derecho a la defensa 2) 3)
Más detallesPROTOCOLO DE RECONOCIMIENTO DE PERSONAS, FOTOGRAFÍAS Y COSAS
2014 PROTOCOLO DE RECONOCIMIENTO DE PERSONAS, FOTOGRAFÍAS Y COSAS PROTOCOLO DE RECONOCIMIENTOS DE PERSONAS, FOTOGRAFÍAS Y COSAS 1. Reconocimiento de Personas, Fotografías y cosas. a) Concepto: El reconocimiento
Más detallesAuto de apertura de juicio oral
Auto de apertura de juicio oral La fase de investigación en el proceso penal español se encuentra en manos de los Jueces. Ello se podría entender que es consecuencia de los art. 117.3 y 24.1 CE, pero este
Más detallesR E S U L T A N D O.
1 QUINCE.- MATEHUALA, S.L.P., A 07 SIETE DE ENERO DEL 2015 DOS MIL VISTOS, los autos del Proceso número 71/2001 para resolver de oficio sobre la prescripción de la acción penal por los delitos de FRAUDE
Más detallesFLAGRANCIA PROCEDIMIENTO ABREVIADO EN VENEZUELA
FLAGRANCIA Y PROCEDIMIENTO ABREVIADO EN VENEZUELA FLAGRANCIA Flagrante es algo que flagra, es decir, que arde o que resplandece como el fuego. El concepto se utiliza para nombrar algo que se está ejecutando
Más detallesPacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Naciones Unidas Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Distr. general 17 de agosto de 2012 Español Original: inglés CCPR/C/105/3 Comité de Derechos Humanos Cuestiones que deberán examinarse
Más detallesTratamiento de la violación n sexual de menores según n el nuevo Código Procesal Penal
Tratamiento de la violación n sexual de menores según n el nuevo Código Procesal Penal Mario Pablo Rodríguez Hurtado Profesor UNMSM - PUCP -AMAG maparo@amauta.rcp.net.pe Delitos sexuales Bienes jurídicos
Más detallesContenido; REGLAMENTO RELATIVO A LA DIRECCION FUNCIONAL DEL FISCAL GENERAL DE LA REPUBLICA EN LA POLICIA NACIONAL CIVIL.
Materia: Seguridad Pública Categoría: Reglamento Origen: MINISTERIO DE SEGURIDAD PUBLICA Estado: Vigente Naturaleza : Decreto Ejecutivo Nº: 33 Fecha:21/04/94 D. Oficial: 85 Tomo: 323 Publicación DO: 09/05/1994
Más detallesEstrategias de litigación oral. Sesión 5: La estructura del nuevo proceso penal La audiencia inicial
Estrategias de litigación oral Sesión 5: La estructura del nuevo proceso penal La audiencia inicial Motivo por el cual en el desarrollo de esta sesión podrá aprender la estructura del nuevo proceso penal,
Más detallesETAPA INTERMEDIA O DE PREPARACIÓN AL JUICIO (Artículos 323 a 338 del Código Modelo del Proceso Penal Acusatorio par los Estados de la Federación)
ETAPA INTERMEDIA O DE PREPARACIÓN AL JUICIO (Artículos 323 a 338 del Código Modelo del Proceso Penal Acusatorio par los Estados de la Federación) Objeto o El ofrecimiento y admisión de los medios de prueba
Más detallesPONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA ARGENTINA FACULTAD DE DERECHO PROGRAMA
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA ARGENTINA FACULTAD DE DERECHO PROGRAMA CARRERA: ABOGACÍA AÑO: 3º MATERIA: DERECHO PROCESAL PENAL CURSO: 13/17 PROFESOR: Julio Luis PANELO TURNO: TC CARGA HORARIA: 4 hs.
Más detallesSEMINARIO LEY DE RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTE desafíos y oportunidades. Ley de Responsabilidad Penal Adolescente en cifras
Ley de Responsabilidad Penal Adolescente en cifras A seis meses de la entrada en vigencia de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, es posible observar y analizar el comportamiento que ésta ha tenido
Más detallesASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY REFORMA A LA LEY ORGANICA DEL ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY REFORMA A LA LEY ORGANICA DEL ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN JUDICIAL Y AL CÓDIGO PROCESAL PENAL PARA QUE SE PROHIBA OCULTAR ROSTRO DE LAS
Más detallesCuál es la labor de la Fiscalía?
? Cuál es la labor de la Fiscalía? La Fiscalía General del Estado tiene como misión dirigir la investigación del delito y a nombre de la sociedad, acusar a los presuntos infractores, proteger a las víctimas
Más detallesJuicio Oral, Salidas Alternas y Prisión Preventiva
Centro de Investigación para el Desarrollo Juicio Oral, Salidas Alternas y Prisión Preventiva Foro Internacional sobre Juicios Orales México, Distrito Federal, 16 de mayo de 2006 www.cidac.org La subversión
Más detallesConsejo de la Judicatura del Estado de Nuevo León Instituto de la Judicatura del Estado
GUÍA DE ESTUDIOS PARA EL EXAMEN TEÓRICO DENTRO DE LA CONVOCATORIA PARA LA CATEGORÍA DE VISITADOR JUDICIAL FUNDAMENTO En cumplimiento a lo acordado por el Consejo de la Judicatura del Estado de Nuevo León
Más detallesNORMATIVA SOBRE DETENCIÓN DE MENORES.-
www.terra.es/personal2/pl.coet 1 NORMATIVA SOBRE DETENCIÓN DE MENORES.- Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores Artículo 17. Detención de los menores.
Más detallesNº EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y GRACIA
Reglamento para la Autorización del Beneficio del Artículo 55 del Código Penal a la Prisión Preventiva y a la Pena de Prisión de las Personas Privadas de Libertad Nº 32754 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Más detallesTOMO I ÍNDICE GENERAL
TOMO I ÍNDICE GENERAL CAPÍTULO I NOCIONES GENERALES SOBRE EL DERECHO PROCESAL PE- 1 NAL INTRODUCCIÓN 1 1. CONCEPTO 2 2. DEFINICIONES 5 3. CARACTERES DEL DERECHO PROCESAL PENAL 6 3.1. Público 7 3.2. Instrumental
Más detallesINSTRUCCIÓN Nº 4/ 2009 DE LA SECRETARIO DE GOBIERNO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO
INSTRUCCIÓN Nº 4/ 2009 DE LA SECRETARIO DE GOBIERNO DEL DEL PAIS VASCO SOBRE LA REALIZACION DE LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN Y LA CUMPLIMENTACIÓN DE LOS MISMOS A TRAVÉS DE LA POLICIA. INTRODUCCIÓN.- La Ley
Más detallesSECRETO BANCARIO JAIME GARCIA ESCOBAR DIRECTOR INSTITUTO CHILENO DE DERECHO TRIBUTARIO
SECRETO BANCARIO JAIME GARCIA ESCOBAR DIRECTOR INSTITUTO CHILENO DE DERECHO TRIBUTARIO 1 CON FECHA 05 DE DICIEMBRE DE 2009, SE PUBLICO EN EL DIARIO OFICIAL LA LEY Nº N 20.046, QUE ESTABLECE NORMAS QUE
Más detallesSISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES
SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES Conjunto de principios, normas, procedimientos, autoridades judiciales especializadas y entes administrativos que rigen o intervienen en la investigación
Más detallesEL PROCEDIMIENTO PENAL EN LOS ESTADOS DE LA REPÚBLICA Los casos de Guerrero, Morelos y Tabasco
EL PROCEDIMIENTO PENAL EN LOS ESTADOS DE LA REPÚBLICA Los casos de Guerrero, Morelos y Tabasco INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS Serie G: Estudios Doctrinales, Núm. 190 Cuidado de la edición y formación
Más detallesETAPAS DEL PROCESO PENAL COMUN
ETAPAS DEL PROCESO PENAL COMUN ETAPAS DEL PROCESO PENAL INVESTIGACION PREPARATORIA FASE INTERMEDIA JUZGAMIENTO 1 LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA FISCAL PROVINCIAL CALIFICACION DE LA DENUNCIA 1 ARCHIVO DE
Más detallesJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1 A U T O H E C H O S
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1 RIBEIRA DILIGENCIAS PREVIAS 669/2016 A U T O En Ribeira, a 19 de abril de 2017. H E C H O S PRIMERO.- Las presentes actuaciones, diligencias previas seguidas
Más detallesLA IDENTIFICACIÓN POLICIAL
LA IDENTIFICACIÓN POLICIAL Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana: Exposición de motivos: Se regulan las condiciones en que los agentes de las Fuerzas y Cuerpos
Más detallesDudas sobre el proceso penal
EL PROCESO PENAL ? Dudas sobre el proceso penal? Índice 1 2 3 4 5 6 7 Qué es el debido Proceso? Qué Juez debe conocer mi caso? Que es un juez natural? Qué funciones cumple el juez en el proceso penal?
Más detallesTALLER NCPP II: ENTRENAMIENTO Y CAPACITACIÓN
TALLER NCPP II: ENTRENAMIENTO Y CAPACITACIÓN TEMA 2: La Tutela de Derechos en el Nuevo Código Procesal Penal: Fines y Aplicación desde la Perspectiva Fiscal Ponente: Dr. Martín Rivas Belotti Fiscal Provincial
Más detallesREPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ
REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Tipo de Norma: LEY Número: 55 Referencia: Año: 2012 Fecha(dd-mm-aaaa): 21-09-2012 Titulo: QUE MODIFICA Y ADICIONA ARTICULOS
Más detallesDelitos dolosos con máximo de pena de 15 años.
GUÍA FLAGRANCIA Noviembre de 2016 Versión 1.5 La presente guía ha sido elaborada a partir de propuestas y sugerencias recibidas por magistrados y funcionarios en las reuniones del Plan de Capacitación
Más detallesAspectos fundamentales del nuevo proceso penal
Aspectos fundamentales del nuevo proceso penal 1 Principios del nuevo proceso penal Acusatorio, Oral, Publicidad, Contradicción, Continuidad, Concentración, Inmediación 2 Objeto del proceso El objeto del
Más detallesPANORAMA DE LA ESTRUCTURA DEL PROCESO PENAL. Septiembre 2007
PANORAMA DE LA ESTRUCTURA DEL PROCESO PENAL Gilberto Félix F Tasayco Septiembre 2007 CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LOS SISTEMAS PROCESALES PENALES SISTEMA INQUISITIVO Presunción n de responsabilidad. Acumulación
Más detallesPueden ser definidas como aquellas medidas restrictivas o privativas de la libertad de administración y/o disposición patrimonial que puede adoptar
Pueden ser definidas como aquellas medidas restrictivas o privativas de la libertad de administración y/o disposición patrimonial que puede adoptar el tribunal en contra del imputado en el proceso penal,
Más detallesInducción al nuevo sistema procesal penal, el papel del perito en el nuevo sistema procesal penal. María Sierra Pacheco
Inducción al nuevo sistema procesal penal, el papel del perito en el nuevo sistema procesal penal. María Sierra Pacheco Por qué surge la Reforma de 2008? Consolidación del sistema democrático Crítica al
Más detallesETAPA DE INVESTIGACIÓN
ETAPA DE INVESTIGACIÓN Uno de los cambios más radicales del nuevo sistema en cuanto a la estructura del proceso es la sustitución de la averiguación previa, por una etapa de investigación desformalizada.
Más detallesPROBLEMAS QUE SE PRESENTAN EN LA APLICACION DEL NCPP
PROBLEMAS QUE SE PRESENTAN EN LA APLICACION DEL NCPP Ponente: Martín Carlos Rivas Belotti Fiscal Superior (P) de la Fiscalía Superior Transitoria de Descarga de Huaura. PROBLEMAS QUE SE PRESENTAN EN LA
Más detallesCÓDIGO MODELO DEL PROCESO PENAL ACUSATORIO PARA LOS ESTADOS DE LA FEDERACION. Junio 2011
CÓDIGO MODELO DEL PROCESO PENAL ACUSATORIO PARA LOS ESTADOS DE LA FEDERACION Junio 2011 INTRODUCCIÓN La reforma Constitucional publicada en el D.O.F. el 18 de junio de 2008, constituye un parte aguas en
Más detallesReglamento de Traslados
Reglamento de Traslados Visto: La Constitución de la República Dominicana. Visto: Las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, aprobadas por el Primer Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención
Más detallesTEMAS DERECHO PROCESAL PENAL
TEMAS DERECHO PROCESAL PENAL Mónica-Galdana Pérez Morales Profesora Titular de Derecho Procesal Universidad de Murcia. 1 Lección 13. El procesamiento: su doble función.- Especialidades al tratarse de diputados
Más detallesASISTENCIA JUDICIAL INTERNACIONAL
ASISTENCIA JUDICIAL INTERNACIONAL Actuaciones que pueden requerirse a través de una SAJI Sin perjuicio de lo dispuesto por los tratados, art. 511 del CPP: *Notificación de resoluciones y sentencias, así
Más detallesSesión No. 5. Nombre: Titularidad de la Acción Penal. Contextualización DERECHO PROCESAL 1
Derecho Procesal DERECHO PROCESAL 1 Sesión No. 5 Nombre: Titularidad de la Acción Penal Contextualización Para comprender con mayor detenimiento el término de la acción penal, es importante comprender
Más detalles1) Todas las causas relacionadas con la celebración del Matrimonio y su nulidad.
LEY PROVINCIAL 6.308. CREACION DEL JUZGADO DE FAMILIA SANTIAGO DEL ESTERO, 23 DE JULIO DE 1996 BOLETIN OFICIAL, 24 de Julio de 1996 LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Artículo
Más detallesSERVICIOS QUE PRESTAN LOS JUZGADOS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA, EL CONSEJO DE LA JUDICATURA Y ÓRGANOS AUXILIARES DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO.
LOS JUZGADOS DE LO CIVIL CONOCERÁN: TRÁMITES REQUISITOS * FORMATO 1. De los asuntos de jurisdicción voluntaria y de los contenciosos, cuyo conocimiento no corresponda específicamente a los juzgados de
Más detallesDERECHO PROCESAL PENAL Cátedras A, B y C. Bolilla 1 I. POLÍTICA CRIMINAL: concepto; segmentos; interrelaciones. Ubicación del proceso penal.
1 DERECHO PROCESAL PENAL Cátedras A, B y C Dr. Jose I. Cafferata Nores Profesor Titular Cátedra A Dr. Jorge Raul Montero Profesor Titular Cátedra B Dr. Víctor María Velez Profesor Titular Cátedra C Bolilla
Más detallesDecreto Legislativo 1307
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Decreto Legislativo 1307 SAUL PEÑA FARFAN DECRETO LEGISLATIVO Nº 1307 DECRETO LEGISLATIVO Nº 1307 25 artículos modificados y uno incorporado 85.- Reemplazo del
Más detalles