Manual de Organización

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1 Manual de Organización Servicio Estatal de Salud Mental Servicios de Salud de Sonora 30/09/ :00:00a.m.

2 Manual de Organización Servicio Estatal de Salud Mental Servicios de Salud de Sonora Elaboró Titular de la Unidad Administrativa Presentó Titular de la Dependencia o Entidad Validó María Guadalupe Ruiz Durazo Secretaria de la Contraloría General Validado de acuerdo a lo establecido en el artículo 26, Apartado B fracción XI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonoraa, según oficio S de fecha 30/09/2014.

3 Contenido I. Introducción II. Antecedentes III. Marco Jurídico Administrativo IV. Atribuciones V. Estructura Orgánica VI. Organigramas VII. Objetivos y Funciones VIII. Bibliografía

4 Introducción El presente manual es creado como un medio para familiarizarse con la estructura orgánica y con los diferentes niveles jerárquicos que conforman este órgano desconcentrado. Su consulta permite identificar con claridad las funciones y responsabilidades de cada una de las áreas que lo integran. El Servicio Estatal de Salud Mental (SESAM), como órgano desconcentrado de los Servicios de Salud de Sonora, se inserta en las acciones de integración orgánica y descentralización operativa de los Servicios de Salud para la atención a población carente de seguridad social en el Estado de Sonora. El SESAM integra al Hospital Psiquiátrico Cruz del Norte, el Centro de Higiene Mental Dr. Carlos Nava Muñoz las Unidades de Desintoxicación de Nogales y Agua Prieta, El Centro Infantil para el Desarrollo Neuroconductual, la Unidad de Atención Integral a las Adicciones del Estado de Sonora, los Centros Nueva Vida, Hermosillo Sur, Hermosillo Norte, Guaymas, Cajeme Norte, Cajeme Sur, Navojoa, Caborca, Puerto Peñasco, San Luis Río Colorado, y Nogales y los Centros Integrales de Salud Mental Nogales, Hermosillo y Navojoa; para dar cumplimiento al modelo de atención de la salud mental, la cual se establece estrictamente en el tercer nivel de atención, con un subnivel para pacientes psiquiátricos agudos y crónicos, y otro para la atención de pacientes con enfermedades adictivas y psicosociales; desde un punto de vista operativo se traduce en una mejor calidad y oportunidad con la prestación de los servicios de atención psiquiátrica, así como la optimización y racionalización de los medios y recursos disponibles. Lo anterior, genera la necesidad de precisar la estructuración y funciones del Servicio Estatal de Salud Mental, en el contexto del Sistema Estatal de Salud. Dentro del contenido del documento se podrá consultar el marco jurídico-administrativo, atribuciones, estructura orgánica, objetivos generales de sus áreas de trabajo y las funciones correspondientes. Este Manual de Organización se expide con la seguridad de que será una importante fuente de consulta y orientación para el personal de esta Institución. Asimismo, será revisado anualmente, y en caso de presentarse adecuaciones a la estructura orgánica planteada, se actualizará de acuerdo a las necesidades de la Unidad, así como de conformidad a los cambios que se efectúen en la normatividad jurídica aplicable para cada uno de los órganos que la integran. 1

5 Antecedentes Los antecedentes de la atención a la Salud Mental en el Estado de Sonora, corresponden a dos diferentes niveles de gobierno, el estatal y el federal. Los primeros datos relativos a la atención de enfermos mentales en el Estado se refieren a su reclusión en la Penitenciaria, hubieran cometido o no actos delictivos. A instancias del C. Gobernador del Estado, Don Ignacio Soto, se crea un patronato privado que contaba con apoyo presupuestal del Estado, con el fin de construir el Manicomio del Estado, iniciando actividades en la prevención y atención de problemas de salud mental en el Estado y en el País, el Manicomio Estatal no consigue avances significativos en el tratamiento de enfermos mentales, y sus resultados son similares aunque conservando proporciones a los del antiguo Manicomio General de La Castañeda. En junio de 1959 la Secretaría de Salubridad y Asistencia crea la Dirección General de Neurología e Higiene Mental, cambiando su denominación un año después a la Dirección General de Neurología, Salud Mental y Rehabilitación. Esta área se constituye a partir de entonces como organismo encargado de normar el campo de salud mental en el país. Su influencia propicia la modernización de las instituciones de atención psiquiátrica existentes, y como producto de su labor de gestión, nace la entonces llamada Operación Castañeda que pretende desconcentrar las actividades del Manicomio General mediante la creación de Hospitales Granja para enfermos mentales. Así, el Estado de Sonora es seleccionado para ubicar aquí un Hospital Regional, que ofrezca los servicios a los Estados del Noroeste. El Hospital Campestre Cruz del Norte está ubicado en la ciudad de Hermosillo e inaugurado en mayo de 1964, construido y operado con presupuesto federal, inicia su administración a cargo de la propia Dirección de Neurología, Psiquiatría y Salud Mental, transformada para entonces en Dirección General de Salud Mental. En 1983 esta área delega sus facultades operativas, y Cruz del Norte pasa a ser administrado por la Jefatura de los Servicios Coordinados de Salud del Estado de Sonora, organismo desconcentrado por territorio de la Secretaría de Salubridad y Asistencia. Durante la administración del C. Gobernador Faustino Félix Serna, el Manicomio del Estado cambia su denominación a Centro de Rehabilitación Mental del Estado, no muestra con ello avances sustanciales en su labor de atención. El 31 de mayo de 1984 el entonces Gobernador del Estado Dr. Samuel Ocaña García clausura el Centro de Rehabilitación Mental, inaugurando instalaciones remodeladas y acondicionadas para el nuevo hospital al que bautiza como Hospital Psiquiátrico Dr. Carlos Nava Muñoz. El nuevo edificio ofrece alternativas de tratamiento más aproximadas a la normatividad en vigor que las de su antecesor. Finalmente, en el marco del proceso de integración orgánica y descentralización operativa de los Servicios de Médicos de Sonora a población abierta en el Estado, y mediante acuerdo expedido por el ejecutivo a cargo del C. Ing. Rodolfo Félix Valdés, el 29 de septiembre de 1986 nace el Servicio Estatal de Salud Mental, como una unidad directa encargada de normar y coordinar la prestación de servicios de salud mental, y de operar los hospitales psiquiátricos Cruz del Norte y Dr. Carlos Nava Muñoz, enfatizándose por primera vez la necesidad de actividades 2

6 preventivas y de enseñanza e investigación en la materia. Haciendo un esfuerzo por disminuir el problema de farmacodependencia en el estado de Sonora, se crea la Unidad de Desintoxicación, inaugurada por el Subsecretario de Salud Dr. Jesús Kumate Rodríguez en junio de Ante la necesidad de atención para los pacientes con problemas de alcoholismo, en noviembre de 1989 se pone en servicio el Área de Atención a Alcohólicos. En junio de 1990, se inicia el Curso de Especialización en Psiquiatría y el Programa de Residencia médica con este fin. A partir del Programa de Reforma del Sector Salud del Gobierno de la República, en 1993 se realizó un nuevo Modelo de Descentralización que dio origen en 1996 al Acuerdo de Coordinación para la Descentralización Integral de los Servicios de Salud en el Estado de Sonora, con esta disposición normativa, el 10 de Marzo de 1997 fueron creados los Servicios de Salud de Sonora. En cumplimiento a las disposiciones de la Ley que crea los Servicios de Salud de Sonora, el 9 de Diciembre de 1999, se publicó en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora No. 47 Sección I, el Reglamento Interior del Organismo citado, en cuyo contenido se contempla al Servicio Estatal de Salud Mental como órgano desconcentrado. Dicho Reglamento fue actualizado posteriormente en tres ocasiones, el 14 de Octubre del 2002, a través de su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado No. 31 Sección I, el 4 de julio del año 2005 mediante Boletín Oficial del Gobierno del Estado No. 1 Sección I y el 26 de marzo del 2009 se publicó en sección I del número 25 del Boletín Oficial del Estado, el Reglamento Interior de los Servicios de Salud de Sonora y reformado el 04 de jullio del 2011, Boletin Oficial número 1 y mediante Boletin OfialNùmero 10 Secc III del jueves 01 de Agosto del 2013, sin modificar las atribuciones del Servicio Estatal de Salud Mental; continuando en dicho documento como órgano desconcentrado El día 4 febrero 1999, se publicó en el boletín oficial del Gobierno del Estado, número 010, sección IV, el acuerdo que transforma el Hospital Psiquiátrico Dr. Carlos nava Muñoz, en un centro de higiene mental denominado, Centro de Higiene Mental Dr. Carlos nava Muñoz, como una unidad aplicativa del Servicio Estatal de Salud Mental. En el año 2009 se inaugura el Centro Infantil para el Desarrollo Neuroconductual (CIDEN), como unidad aplicativa perteneciente al Servicio Estatal de Salud Mental. El 14 de septiembre de 2010, se reubica al personal y la Unidad de Terapia Infantil a dicho centro. 3

7 Marco jurídico Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (D.O. 31/Enero/1917). Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora. (B.O.15/Septiembre/1917). Ley General de Salud. (D.O. 7/Febrero/1984) y sus Reformas (D.O. 7/Mayo/1997). Ley No. 109 de Salud para el Estado de Sonora. (B.O. N.O 50 Secc. I del 22/Junio/1992). Ley No. 268 que reforma y deroga diversas disposiciones de las Leyes Orgánica del Poder Ejecutivo Estatal y de Salud para el Estado de Sonora. (B.O. No. 20 Sección II del 10/Marzo/1997). Ley No. 269 que crea los Servicios de Salud de Sonora. (B.O. No. 20 Sección II del 10/Marzo/1997). Ley No. 54 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y los Municipios. ( B.O. No. 29 Secc. II del 9/Abril/1984). Ley No. 40 de Planeación del Estado de Sonora. (B.O. N 10 del 02 de febrero de 1984). Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. (D.O. 31/Diciembre/1976). Ley número 255 de Prevención, Tratamiento, Rehabilitación y Control de Adicciones del Estado de Sonora Ley Estatal de Protección de los No Fumadores (B.O. 27/Mayo/1999). Ley de Prevención y Atención de la Violencia Intrafamiliar para el Estado de Sonora. Ley No. 40 del Servicio Civil para el Estado de Sonora. (B.O. N 17 del 27 de Agosto de 1977). Ley No. 156 de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora (B.O. No. 16 Secc. II del 25/Febrero/2005). Reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios de atención médica. (D.O. 14/Mayo/1986). Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Investigación en Salud. (D.O. 6/Enero/1987). Reglamento Interior de los Servicios de Salud de Sonora (B.O. No. 26 Sección I del 26 de Marzo de 2009). NOM-028-SSA Norma Oficial Mexicana Para la Prevención, Tratamiento y Control de 4

8 las Adicciones. NOM-025-SSA Norma Oficial Mexicana para la Prestación de Servicios de Unidades de Atención Integral Médica-Psiquiátrica. Salud en NOM-190-SSA Norma Oficial Mexicana para la Prestación de Servicios de Salud, Criterios para la Atención Médica de la Violencia Intrafamiliar. NOM-025-SSA2-1994, Norma Oficial Mexicana para la Prestación de Servicios de Salud en Unidades de Atención Integral Hospitalaria Medico-Psiquiátrica. NOM-168-SSA Norma Oficial del Expediente Clínico. Convenio entre Consejo Nacional contra las Adicciones (CONADIC) y Central Mexicana de Alcohólicos Anónimos. Reglamento que crea el Consejo Estatal contra la Farmacodependencia y el Alcoholismo (B.O. 07/Julio/1986). Reglamento de la Ley de Prevención y Atención de la Violencia Intrafamiliar para el Estado de Sonora. Decreto que crea el Consejo Estatal contra la Farmacodependencia y el Alcoholismo (B.O. 7/Julio/1986). Decreto No. 52, que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora (B.O. No. 49 Secc. I del 18/Diciembre/2003). Acuerdo de coordinación que celebran el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado de Sonora, para la Integración Orgánica y la Descentralización Operativa de los Servicios de Salud para población abierta en el Estado. (D.O. 1/Diciembre/1986). Acuerdo Oficial por el que se crea el Centro de Higiene Mental Dr. Carlos Nava Muñoz (B.O. 4/Febrero/1999). Acuerdo que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones del reglamento Interior de los Servicios de Salud de Sonora (B.O. No. 1 de 4/Julio/2011). Acuerdo que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones del reglamento Interior de los Servicios de Salud de Sonora (B.O. No. 10 Secc. III de 01/Agosto/2013). 5

9 Atribuciones Reglamento Interior de los Servicios de Salud de Sonora (B.O. No. 25, secc. I, 26 de Marzo de 2009) y sus reformas. CAPÍTULO VI DE LAS ATRIBUCIONES GENÉRICAS DE LAS DIRECCIONES GENERALES Y DE LA UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS ARTÍCULO 27.- Los Directores Generales que estarán al frente de las Direcciones Generales y de la Unidad y los Directores que constituyan los Servicios, tendrán a su cargo la conducción técnica y administrativa de las mismas y serán responsables de su correcto funcionamiento. Dichos titulares serán auxiliados en la atención y despacho de los asuntos a su cargo, por el personal que las necesidades del servicio requiera y que aparezca en el presupuesto autorizado de los Servicios. Los titulares y el personal de las Direcciones Generales de Servicios de Salud a la Comunidad, de Servicios de Salud a la Persona, de Enseñanza y Calidad, de Administración, y de Planeación y Desarrollo, de la Unidad de Asuntos Jurídicos, así como de las Direcciones de Tecnologías de la Información y Comunicaciones y de Infraestructura Física, no percibirán dos sueldos por las funciones que desarrollen tanto en la Secretaría como en los Servicios, atendiendo lo dispuesto en el artículo 152 de la Constitución Política del Estado de Sonora. ARTÍCULO 28.- Las Direcciones Generales y la Unidad, tendrán las siguientes atribuciones genéricas: I. Organizar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar el desempeño de las labores encomendadas a las distintas áreas que integren la unidad administrativa correspondiente; II. Planear, programar, organizar, dirigir, ejecutar, controlar y evaluar el desarrollo de los programas y acciones encomendadas a la unidad administrativa bajo su responsabilidad; III. Conducir sus actividades de acuerdo con los programas aprobados y las políticas que señale el Presidente Ejecutivo, para el logro de los objetivos y prioridades establecidas para los Servicios; IV. Acordar con la Coordinación General correspondiente el trámite, resolución y despacho de los asuntos encomendados a la unidad administrativa a su cargo; V. Proponer a la Coordinación General respectiva, la organización interna de la unidad administrativa a su cargo, así como la fusión o desaparición de las áreas que integren la misma; VI.- Establecer los mecanismos de coordinación, programación, información, control, evaluación e implementación de la mejora continua para incrementar la eficiencia y eficacia operativa en la unidad administrativa a su cargo, de acuerdo a la normatividad aplicable y disposiciones que emitan las Coordinaciones Generales y el Presidente Ejecutivo; VII.- Participar, conforme a los lineamientos establecidos, en la elaboración y actualización de cartas compromiso al ciudadano, así como de los manuales de organización, de procedimientos y 6

10 de servicios al público de la unidad administrativa a su cargo; VIII. Prestar el apoyo técnico para la definición de políticas, lineamientos y criterios necesarios para la formulación, revisión, actualización, seguimiento y evaluación de los programas del sector, de los programas y proyectos estratégicos que de ellos se deriven, así como del Programa Operativo Anual; IX.- Proponer a la Coordinación General de Administración y Finanzas el anteproyecto de Presupuesto de Egresos por Programas que le corresponda a la unidad administrativa y ejecutarlo conforme a las normas y lineamientos aplicables, en los montos y de acuerdo al calendario que haya sido autorizado; así mismo, solicitar las modificaciones y transferencias presupuestales de los recursos que sean necesarios para la ejecución de los programas a su cargo; X.- Determinar, conforme a sus necesidades, los requerimientos de bienes muebles y servicios que sean indispensables para el desempeño de las funciones de la unidad administrativa a su cargo, y remitirlo a la Coordinación General de Administración y Finanzas para su autorización ; XI. Sujetarse en sus actividades de programación, seguimiento y control del gasto asignado a la unidad administrativa a su cargo, de acuerdo a las normas y lineamientos que regulen dichas actividades; XII.- Someter a la consideración del Presidente Ejecutivo o Coordinador General, según corresponda, los proyectos de modernización y desarrollo administrativo de la unidad administrativa correspondiente, para su mejor funcionamiento y despacho de los asuntos a su cargo; XIII. Proponer la Coordinación General que corresponda la celebración de bases de cooperación técnica, con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal; XIV. Proponer a la Coordinación General respectiva, las bases de coordinación con los gobiernos federal, estatal y municipales, dentro del marco de los convenios de desarrollo social relativos al área de su competencia; XV. Formular y proponer a la Coordinación General correspondiente las bases específicas de concertación de acciones con los grupos sociales y con particulares interesados, tendientes a la ejecución de los programas a su cargo; XVI. Evaluar sistemática y periódicamente la relación que guarden los programas de la unidad administrativa, así como los resultados de su ejecución, con los objetivos y prioridades de los programas de los Servicios y proponer las medidas necesarias para corregir las desviaciones que se detecten, así como las modificaciones a dichos programas; XVII. Participar en la definición de los criterios e indicadores internos de evaluación de la eficacia en el cumplimiento de los objetivos, metas y administración de los recursos asignados a los Servicios; 7

11 XVIII. Formular los dictámenes, opiniones e informes que le sean encomendados por la Coordinación General correspondiente; así mismo, participar, en el ámbito de su competencia, en la formulación del informe sobre el estado que guarda la Administración Pública, que deberá rendir anualmente el Gobernador del Estado; XIX. Vigilar la aplicación de las políticas, disposiciones y lineamientos relacionados con el funcionamiento de la unidad administrativa a su cargo; XX. Asesorar técnicamente y proporcionar la información y datos que soliciten las unidades de primer, segundo y tercer nivel de los Servicios o de otros organismos e instituciones, de acuerdo con las políticas establecidas al respecto; XXI. Coordinarse con las demás unidades administrativas de los Servicios, cuando así se requiera para el mejor funcionamiento de la misma; XXII. Intervenir en la selección, evaluación, promoción y capacitación del personal de la unidad administrativa, de acuerdo con las políticas vigentes en materia de administración y desarrollo de recursos humanos; XXIII. Desempeñar las representaciones que por acuerdo expreso se le encomienden e informar de los resultados de los mismos al superior jerárquico; XXIV. Recibir en acuerdo a los funcionarios y empleados de la unidad administrativa a su cargo, y conceder audiencias al público sobre los asuntos de su competencia de conformidad con las políticas establecidas al respecto; XXV. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus funciones y en aquellas que le sean señaladas por delegación; XXVI. Vigilar la correcta aplicación del presupuesto, así como el buen uso del mobiliario, equipo y vehículos que se asignen a la unidad administrativa; XXVII. Participar en la elaboración y actualización del Diagnóstico Estatal de Salud, del Programa Institucional de los Servicios, del Programa de Mediano Plazo de Salud, así como de los programas regionales y especiales de salud, en el ámbito de su competencia; XXVIII. Coadyuvar en el cumplimiento de la normatividad expedida para el control, organización, circulación y conservación de los documentos y archivo; y XXIX. Las demás que le confieran las disposiciones legales aplicables y el Presidente Ejecutivo, dentro de la esfera de sus atribuciones. ARTÍCULO 36.- Para la eficaz atención y eficiente despacho de los asuntos competencia de los Servicios, éste contará con órganos desconcentrados que le estarán jerárquicamente subordinados al Presidente Ejecutivo y gozarán de autonomía técnica y operativa para ejercer las funciones que se les asignen, 8

12 ARTÍCULO 37.- Son órganos desconcentrados de los Servicios: el Hospital General del Estado, el Hospital Infantil del Estado de Sonora, Centro Estatal de Oncologia, el Hospital General de Ciudad Obregón, el Servicio Estatal de Salud Mental, el Laboratorio Estatal de Salud Pública, el Centro Estatal de la Transfusión Sanguínea, el Centro Ambulatorio para la Prevención y Atención a VIH-SIDA e Infecciones de Transmisión Sexual, el Centro de Desarrollo Infantil SNTSA-SECCION 43, la Unidad de Especialidades Médicas de Cirugía Ambulatoria y las Jurisdicciones Sanitarias, señalados en el artículo 3º, fracción III de este Reglamento, los cuales se regirán por las disposiciones de este Reglamento, por sus respectivos Reglamentos Internos, y por las que, en su caso, determine el Presidente Ejecutivo, dentro de la esfera de sus atribuciones. ARTÍCULO 42.- El Servicio Estatal de Salud Mental tiene por objeto organizar y operar la prestación de los servicios de salud mental de consulta externa especializada, hospitalización a usuarios agudos y crónicos, clínicas de desintoxicación y tratamiento terapéutico infantil, así como supervisar y evaluar las actividades que en este campo realicen las unidades de primer y segundo nivel de atención para población de responsabilidad. 9

13 Estructura Orgánica Servicio Estatal de Salud Mental Departamento Jurídico Dirección de Enseñanza Intrafamiliar Coordinación de Prevención y Atención a la Violencia Coordinacion de Centros de Atención Primaria a las Adicciones Centros de Atención Primaria a las Adicciones (Hermosillo sur, Hermosillo Norte, Guaymas, Cajeme sur, Cajeme Norte, Navojoa, Caborca, Puerto Peñasco, San Luis Río Colorado, Nogales y Agua Prieta) Coordinación de Programas Contra Adicciones Departamento de Diseño Coordinación de Vinculación Institucional Coordinación de Centros Integrales de Salud Mental Navojoa) Centros Integrales de Salud Mental (Hermosillo, Nogales y Dirección Administrativa Departamento de Recursos Financieros Departamento de Recursos Humanos Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales Departamento de Estadistica Centro de Higiene Mental "Dr. Carlos Nava Muñoz" Hospital Psiquiátrico "Cruz del Norte" Centro Infantil para el Desarrollo Neuroconductual Unidad de Desintoxicación Nogales Unidad de Desintoxicación Agua Prieta 10

14 Unidad de Atención Integral a las Adicciones del Estado de Sonora 11

15 ORGINAGRAMA DEL SERVICIO ESTATAL DE SALUD MENTAL 12

16 ORGANIGRAMA SERVICIO ESTATAL DE SALUD MENTAL 13

17 Objetivos y Funciones Servicio Estatal de Salud Mental Objetivo: Dirigir y promover la realización de programas y campañas tendientes a mejorar las condiciones que propicien la salud mental en la comunidad, fomentando la participación de los sectores público, social y privado, para efectos de prevenir y solucionar la problemática existente. Funciones: Dirigir, promover y controlar en su caso, las acciones de promoción, prevención, curación y rehabilitación que se realicen en el Estado en materia de salud mental. Apoyar la coordinación del Sistema Estatal de Salud Mental, conforme a las políticas y lineamientos que fijen los Servicios de Salud de Sonora, propiciando la participación de los sectores público, social y privado en la solución y prevención de la problemática existente. Proponer al Presidente Ejecutivo de los Servicios de Salud de Sonora, las actividades científicas y tecnológicas en el campo de la salud mental. Fungir como Secretario Técnico del Consejo Estatal contra las adicciones. Promover, coordinar y evaluar las actividades del programa estatal contra las adicciones. Coadyuvar en la concertación de los sectores social y privado, a fin de constituir agrupaciones y asociaciones que participen y colaboren en la realización de programas y campañas tendientes a mejorar las condiciones que propicien la salud mental en la comunidad. Dirigir la administración de los recursos humanos, materiales y financieros que se destinen a la operación de las unidades hospitalarias bajo su responsabilidad. Conducir la operación de las unidades hospitalarias bajo su responsabilidad, en los términos de las disposiciones legales aplicables. Formular el anteproyecto de programa presupuesto anual de la unidad conforme a la normatividad aplicable. Dirigir y coordinar en su caso, el sistema de referencia y contrarreferencia de pacientes en materia de salud mental. Dirigir y coordinar el establecimiento del sistema de información en salud en materia de salud mental. Propiciar y apoyar la formación y desarrollo de los recursos humanos, así como la capacitación y adiestramiento técnico, en el campo de la salud mental. Propiciar el establecimiento de las comisiones de investigación y ética, en el ámbito de su 14

18 competencia, así como apoyar y desarrollar investigación clínica, epidemiológica y sociomédica en el campo de la salud mental. Promover y vigilar el cumplimiento de la legislación y normatividad en materia de salud mental, en su ámbito de competencia. Informar al Presidente Ejecutivo de los Servicios de Salud de Sonora sobre el desarrollo de sus acciones. Someter a consideración de la Dirección General de Innovación y Desarrollo las actualizaciones que se realicen a los Manuales de Organización y Procedimientos, para su aprobación y tramitación correspondiente. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia. 15

19 Departamento Jurídico Objetivo: Desempeñarse con profesionalismo y ética, en apego a las disposiciones legales vigentes, actuando como un órgano de apoyo y consulta, para las unidades que integran el Servicio Estatal de Salud Mental, a través de la constante actualización y difusión de la normatividad, brindando orientación sobre las diversas disposiciones que regulan la actuación del Servicio Estatal de Salud Mental en el ámbito de su competencia. Funciones: Revisar y actualizar en forma permanente de la normatividad que regula a las diversas Unidades pertenecientes al Servicio Estatal de Salud Mental. Asesorar en materia jurídica a las diversas áreas y unidades operativas que integran el Servicio Estatal de Salud Mental. Intervenir en los procedimientos necesarios para la regularización legal de las Unidades pertenecientes al Servicio Estatal de Salud Mental, asegurando que todas las acciones se ajusten al marco jurídico vigente. Atender asuntos de naturaleza jurídica del Servicio Estatal de Salud Mental a través de asesoría directa a sus unidades. Elaborar y proponer anteproyectos de leyes, reglamentos y manuales para actualizar y regularizar el marco jurídico del órgano desconcentrado. Revisar convenios, acuerdos y documentos legales que suscriba la Directora General del Servicio Estatal de Salud Mental con el Presidente Ejecutivo de los Servicios de Salud de Sonora, así como elaborar proyectos de acuerdos y convenios que se deban suscribir en materia de salud mental. Dirigir y en su caso llevar la guardia y custodia de los contratos, convenios, acuerdos y en general, los documentos que integran el marco jurídico del Servicio Estatal de Salud Mental. Elaborar proyectos para informar, dar respuesta o solventar señalamientos u observaciones resultantes de las supervisiones y revisiones que diversas autoridades realizan con motivo del funcionamiento de las Unidades pertenecientes al Servicio Estatal de Salud Mental. Mantener permanentemente actualizados los Manuales de Organización y Procedimientos, Reglamento Interno, del Servicio Estatal de Salud Mental, así como informar a la Dirección General de Planeación y Desarrollo sobre las adecuaciones a los mismos. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia. 16

20 Objetivo: Dirección de Enseñanza Promover y coordinar la enseñanza, capacitación e investigación en el Servicio Estatal de Salud Mental; para mejorar la formación de personal a través de los resultados de la investigación y con ello los servicios de salud que otorga el Órgano. Funciones: Contribuir en el establecimiento de políticas y estrategias para la formación, capacitación y actualización de los recursos humanos en materia de salud mental, en sus diferentes niveles académicos. Coordinar la evaluación al personal en formación profesional, técnico y auxiliar en salud que más adelante se incorporará a las unidades médicas de atención a la salud. Establecer los mecanismos para coordinar y/o evaluar la aplicación de las guías de supervisión en las áreas de enseñanza, investigación y capacitación. Establecer y participar directamente en convenios que celebre el Servicio Estatal de Salud Mental, en materia de investigación en salud con otras instituciones del sector público, social y privado. Coordinar las acciones de Capacitación con las áreas de capacitación existentes en las unidades operativas. Coordinar la difusión de los lineamientos y procedimientos para orientar y regular la investigación en salud de las unidades del Servicio Estatal de Salud Mental. Asegurar la comunicación de resultados de los programas de capacitación que integran la unidad administrativa a nivel nacional. Coordinar y ejecutar con apego a la normatividad, el Programa de Estímulos a la Calidad del desempeño del personal Médico. Gestionar y coordinar la elaboración del anteproyecto de presupuesto financiero para infraestructura y equipamiento en el desarrollo de la investigación, enseñanza y capacitación. Difundir las normas y procedimientos para orientar y regular la enseñanza, capacitación e investigación en las unidades del Servicio Estatal de Salud Mental. Coordinar la incorporación de la informática y sus redes de procesamiento y comunicación de datos a las actividades de enseñanza, capacitación e investigación. Coordinar y validar el diagnóstico de necesidades de capacitación del órgano. Promover y difundir las actividades y los resultados en materia de enseñanza, capacitación e investigación. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia. 17

21 Objetivo: Coordinación de Prevención y Atención a la Violencia Intrafamiliar Coadyuvar a la prevención, atención, y control de la violencia intrafamiliar y promover mejoras en los estilos de vida, vinculando las actividades que desarrollan cada una de las instituciones de gobierno, organismos civiles y sociales. Funciones: Fomentar la coordinación, colaboración e información entre las instituciones, autoridades y ciudadanos que integran y participan en el consejo estatal para la prevención y atención de la violencia intrafamiliar. Difundir los lineamientos generales y programas de políticas públicas de prevención y atención a receptores y generadores de violencia intrafamiliar Fomentar y coordinar las campañas públicas encaminadas a sensibilizar y concientizar a la población sobre las formas en que se expresa y debe prevenirse y combatirse la violencia intrafamiliar, en coordinación con las autoridades y organismos competentes en la materia. Vigilar, coadyuvar y coordinar en su caso, la ejecución de los programas de prevención y atención a receptores y generadores de violencia intrafamiliar. Coordinar el registro de los expedientes y actas administrativas y constancia de aquellos actos que de conformidad con la presente Ley sean considerados de violencia intrafamiliar. Contribuir al Diseño y aplicación en coordinación con la Institución correspondiente, el procedimiento para la prevención y tratamiento de receptores y generadores de violencia intrafamiliar, particularmente lo relativo al cuidado y atención de menores receptores de violencia intrafamiliar, así como el procedimiento para la reintegración familiar de receptores y generadores, en caso de que proceda. Vigilar que se Proporcione gratuitamente a los receptores y generadores de violencia intrafamiliar, en coordinación con las instituciones competentes, tratamientos de psicoterapia especializada, de atención psicológica, médica y médica psiquiátrica que estimen necesarios. Contribuir en el Diseño de programas de detección de violencia intrafamiliar, así como de atención a los receptores y generadores de la misma en las instituciones de salud del Estado. Apoyar a las asociaciones y centros privados constituidos para la atención y prevención de la violencia intrafamiliar. Atender a los receptores y generadores de violencia intrafamiliar, en coordinación con las instancias y autoridades competentes en la materia. Promover se proporcione la atención correspondiente a los receptores de violencia intrafamiliar en las diversas instituciones comprendidas en esta Ley o de especialistas en la materia, debiendo llevar un registro oficial de éstos. Fomentar la sensibilización, así como proporcionar los elementos de información y 18

22 capacitación sobre medidas de prevención y atención de violencia intrafamiliar a los usuarios en las Unidades de Atención. Promover acciones y programas de protección social a los receptores de violencia intrafamiliar, procurando que la asistencia, atención y tratamiento proporcionado por el Estado sea gratuito, Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia. 19

23 Objetivo: Coordinacion de Centros de Atención Primaria a las Adicciones Procurar la calidad y la eficiencia en la promoción de la salud, prevención e intervención temprana en materia de adicciones que se realiza en la Red de Centros de Atención Primaria a las Adicciones, para la población abierta en el Estado, con una visión de excelencia y desarrollo humano en el marco del Sistema Estatal de Salud Mental. Funciones: Planear y ejecutar actividades de coordinación, organización, dirección evaluación y supervisión de los Centros de Atención Primaria a las Adicciones en el Estado. Integrar el programa de mediano plazo y el programa Operativo Anual de la Coordinación y los Centros. Ejercer conforme a la normatividad aplicable los recursos presupuestales asignados para la operación de la Coordinación y los Centros. Participar en la selección, inducción y entrenamiento en servicio del personal técnico y profesional prestador de servicios. Llevar a cabo actividades de capacitación, desarrollo de recursos humanos y mejora continua en el área de su competencia. Supervisar y coadyuvar al mantenimiento y cuidado de los recursos físicos, materiales y mobiliario asignados a la Coordinación y los Centros. Promover y propiciar el desarrollo, difusión y aplicación de la investigación científica en la materia. Participar en las actividades de difusión e información de los servicios y publicaciones a su cargo. Registrar, recopilar, analizar e interpretar información estadística de los servicios y programas a su cargo. Auxiliar y participar en actividades de índole científico y técnico administrativo en el campo de su competencia. Participar en la planeación y elaboración de los programas, presupuestos y metas del Servicio Estatal de Salud Mental. Participar en la representación de las autoridades superiores en los eventos de salud u otros que se requieran. Coordinar planes y programas a nivel interinstitucional para ejecutar actividades de campo, de promoción y de educación para la salud. Participar en la representación de las autoridades superiores en los eventos de salud u otros que se requieran. 20

24 Auxiliar y participar en actividades de índole técnico administrativo que se le asigne. Participar en la planeación y elaboración de los programas, presupuestos y metas del Servicio Estatal de Salud Mental. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia. 21

25 Centros de Atención Primaria a las Adicciones (Hermosillo sur, Hermosillo Norte, Guaymas, Cajeme sur, Cajeme Norte, Navojoa, Caborca, Puerto Peñasco, San Luis Río Colorado, Nogales y Agua Prieta) Objetivo: Unidad para la prevención, tratamiento y formación para el control de las adicciones con el propósito de mejorar la calidad de vida individual, familiar y social de los usuarios a través de la prevención y disminución del consumo de drogas mediante de acciones tempranas y oportunas en escuelas, grupos organizados y comunidad en general. Funciones: Prevenir el consumo inicial de sustancias ilegales y tabaco, así como el consumo nocivo de alcohol, Detectar en forma temprana adolescentes y jóvenes con alta vulnerabilidad para el consumo de drogas, Intervenir en forma temprana y oportuna para disminuir la vulnerabilidad individual y familiar, Intervenir en forma temprana para quienes inician el consumo de drogas ilegales y tabaco, así como de consumo nocivo de alcohol para que lo abandonen, Derivar en forma eficaz a quienes requieren tratamientos más prolongados o especializados Prevenir recaídas y promover la reinserción social de quienes han recibido tratamiento especializado, cerca de sus comunidades, Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia. 22

26 Objetivo: Coordinación de Programas Contra Adicciones Brindar espacios para la canalización de las inquietudes de los jóvenes sobre los problemas de farmacodependencia e impulsar y asesorar técnicamente la publicación de la información científica generada, así como de eventos y campañas de divulgación e impacto social. Funciones: promover la integración de la sociedad sonorense fomentando los valores de la familia para la prevención de las adicciones. Coordinar los programas contra la prevención de adicciones en el Estado. Llevar los controles sobre estadísticas de drogadicción en el Estado. Integrar, publicar y difundir bimensualmente el Boletín Informativo Salud Mental y Adicciones. Integrar, publicar y difundir cuatrimestralmente la revista Servicios de Salud Mental. Impulsar la publicación de artículos de orientación o de opinión sobre temas de salud mental de impacto o interés social. Promover el intercambio de publicaciones de interés en el campo de salud mental con otras instituciones afines. Coordinar y apoyar técnicamente en la conformación de material audiovisual. Elaborar y difundir material impreso para campañas de prevención de adicciones tales como : boletines, revistas, folletos, pósters, trípticos, etc. Elaborar campañas para radio y televisión sobre prevención de adicciones. Coordinar las actividades del Consejo Estatal contra las adicciones. Coordinar pláticas de capacitación a la comunidad sobre prevención de adicciones. Coordinar congresos, cursos, talleres y encuentros de capacitación sobre la salud mental. Asesorar a la Dirección General sobre programas y control de adicciones. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia. 23

27 Departamento de Diseño Objetivo: Fomentar la imagen del Servicio Estatal de Salud Mental, de conformidad con los criterios específicos señalados por imagen Institucional, elaborando publicidad, asesorando y apoyando en todo tipo de eventos. Funciones: Asesorar y apoyar las presentaciones y trabajos diversos que realice la Dirección General. Brindar soporte en la logística de eventos y proyectos en general a los Coordinadores de Área del Órgano. Elaborar Publicidad impresa del Servicio Estatal de Salud Mental tales como carteles, trípticos, folletos, mamparas. Apoyar en logística e impresos a las Unidades pertenecientes al Servicio Estatal de Salud Mental, así como al Consejo Estatal Contra las Adicciones del Estado de Sonora y al Consejo Estatal de Prevención y Atención de la Violencia Intrafamiliar. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia. 24

28 Objetivo: Coordinación de Vinculación Institucional Brindar espacios para la coordinación, investigación, capacitación, apoyo y asesoría a instituciones y organismos públicos, privados, de autoayuda y movilización social, así como a la comunidad en general sobre temas de Salud Mental. Funciones: Establecer una vinculación permanente con las Instituciones y organismos públicos y privados de autoayuda y movilización social para la planeación, coordinación y realización de programas de las Instituciones y organismos en materia de salud mental. Participar en la coordinación de las acciones de apoyo y asesoría a las Instituciones, organismos y población en general. Participar en la planeación y aplicación de Investigaciones que realice la Dirección General de Salud Mental. Desarrollar la planeación y realización de cursos y talleres de capacitación a las Instituciones y organismos públicos y privados, de autoayuda y de movilización social, en coordinación con el grupo de profesionales especializados, sobre temas de salud mental. Participar en la planeación y realización de campañas de promoción de la salud mental. Participar en el grupo de profesionales especializados que brindan información a todos los medios sobre temas de salud mental. Participar en la planeación y elaboración de los eventos y programas del Servicio Estatal de Salud Mental. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia. 25

29 Objetivo: Coordinación de Centros Integrales de Salud Mental Coordinar la atención que brindan los Centros Integrales a su cargo, poniendo especial énfasis en el los servicios médicos ambulatorios, de prevención y promoción para fomentar la Salud Mental, de diagnósticos tempranos particularmente en la población infantil y geriátrica que representan los grupos etáreos vulnerables por excelencia, procurando el tratamiento adecuado y la atención a la problemática relacionada con las alteraciones de conducta, aprendizaje, emocionales y violencia intrafamiliar. Funciones: Planear y ejecutar actividades de coordinación, organización, dirección evaluación y supervisión de los Centros Integrales de Salud Mental. Integrar el programa de mediano plazo y el programa Operativo Anual de la Coordinación y los Centros. Ejercer conforme a la normatividad aplicable los recursos presupuestales asignados para la operación de la Coordinación y los Centros. Participar en la inducción y entrenamiento en servicio del personal técnico y profesional prestador de servicios. Llevar a cabo actividades de capacitación, desarrollo de recursos humanos y mejora continua en el área de su competencia. Supervisar y coadyuvar al mantenimiento y cuidado de los recursos físicos, materiales y mobiliario asignados a la Coordinación y los Centros. Promover y propiciar el desarrollo, difusión y aplicación de la investigación científica en la materia. Participar en las actividades de difusión e información de los servicios y publicaciones a su cargo. Registrar, recopilar, analizar e interpretar información estadística de los servicios y programas a su cargo. Auxiliar y participar en actividades de índole científico y técnico administrativo en el campo de su competencia. Participar en la planeación y elaboración de los programas, presupuestos y metas del Servicio Estatal de Salud Mental. Participar en la representación de las autoridades superiores en los eventos de salud u otros que se requieran. Coordinar planes y programas a nivel interinstitucional para ejecutar actividades de campo, de promoción y de educación para la salud. 26

30 Participar en la representación de las autoridades superiores en los eventos de salud u otros que se requieran. Auxiliar y participar en actividades de índole técnico administrativo que se le asigne. Participar en la planeación y elaboración de los programas, presupuestos y metas del Servicio Estatal de Salud Mental. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia. 27

31 Objetivo: Centros Integrales de Salud Mental (Hermosillo, Nogales y Navojoa) Contar con servicios ambulatorios para la detección, atención y rehabilitación oportuna en salud mental, a usuarios de población infantil y geriátrica que requieren de una atención especializada; ofreciendo los servicios necesarios para su control óptimo y tratamiento efectivo. Funciones: Ejecutar actividades de salud mental contenidas en el Programa Operativo anual. Coadyuvar a integrar el programa de mediano plazo y el programa Operativo Anual del los Centros. Ejercer conforme a la normatividad aplicable los recursos presupuestales asignados para la operación del Centros. Participar en la inducción y entrenamiento en servicio del personal técnico y profesional prestador de servicios. Llevar a cabo actividades de capacitación, desarrollo de recursos humanos y mejora continua en el área de su competencia. Coadyuvar al mantenimiento y cuidado de los recursos físicos, materiales y mobiliario asignados al Centro. Promover y propiciar el desarrollo, difusión y aplicación de la investigación científica en la materia. Participar en las actividades de difusión e información de los servicios y publicaciones a su cargo. Registrar, recopilar, analizar e interpretar información estadística de los servicios y programas a su cargo. Auxiliar y participar en actividades de índole científico y técnico administrativo en el campo de su competencia. Participar en la planeación y elaboración de los programas, presupuestos y metas del Servicio Estatal de Salud Mental. Ejecutar los planes y programas de promoción y de educación para la salud. Auxiliar y participar en actividades de índole técnico administrativo que se le asigne. Participar en la elaboración de los programas, presupuestos y metas del Servicio Estatal de Salud Mental. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia. 28

32 Objetivo: Dirección Administrativa Eficientar la administración de los recursos humanos, materiales y financieros asignados al Servicio Estatal de Salud Mental, a través del establecimiento de mecanismos de control e implementando sistemas administrativos que permitan dar cumplimiento a políticas, normas y disposiciones legales dentro de las atribuciones que le han sido conferidas. A efecto de dar cumplimiento de las metas establecidas en el Programa Anual de Salud Mental. Funciones: Administrar y coordinar los recursos humanos, materiales y financieros asignados al Servicio Estatal de Salud Mental, conforme a las políticas, normas, sistemas y procedimientos establecidos. Coordinar las Actividades de Administración de las Unidades adscritas al Servicio Estatal de Salud Mental, proporcionando todo el soporte a las áreas operativas. Difundir las políticas, lineamientos y procedimientos en materia de recursos humanos, materiales y financieros a las Unidades del Servicio Estatal de Salud Mental en los términos establecidos por las disposiciones legales aplicables. Participar en la elaboración del programa de presupuesto, así como controlar el ejercicio del presupuesto de las unidades administrativas y operativas del SESAM. Vigilar el correcto cumplimiento de la normatividad establecida, en materia de recursos financieros, materiales y humanos. Proporcionar información financiera a la Dirección de General de Planeación y Desarrollo y a todas las áreas que por sus competencias requieran de dicha información. Dar seguimiento y solventar las observaciones a informes de instancias fiscalizadoras. Coordinar las compras, almacenamiento y distribución de los insumos administrativos y de salud del Servicio Estatal de Salud Mental en apego a la normatividad aplicable y al programa de presupuesto autorizado, de conformidad al cuadro básico de insumos y procedimientos establecidos. Gestionar los nombramientos de ingreso o promoción del personal de base y de confianza, que le indique la Dirección General. Operar y vigilar el sistema integral de contabilidad del Servicio Estatal de Salud Mental, así como elaborar la cuenta pública correspondiente y presentarla a su titular. Informar y acordar con la Dirección General, el desarrollo de las actividades a su cargo. Promover el desarrollo y capacitación del personal de la Dirección Administrativa. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia. 29

33 Departamento de Recursos Financieros Objetivo: Controlar eficientemente los recursos financieros asignados a las unidades aplicativas del Servicio Estatal de Salud Mental, para satisfacer con oportunidad las necesidades de las mismas. Funciones: Registrar y comprobar ingresos, egresos por cuotas de recuperación y facturar subrogados. Registrar y comprobar el presupuesto Federal y Estatal. Informar y conciliar mensualmente los movimientos financieros efectuados. Controlar el fondo fijo y revolvente, así como pago de facturas a proveedores. Participar en la elaboración de presupuestos. Elaborar, registrar y vigilar la correcta aplicación del fondo revolvente. Realizar trámites ante la Dirección General de Planeación y Desarrollo para dar suficiencia presupuestal a partidas de gasto. Supervisión y control de los Servicios subrogados que se otorgan por las diversas unidades del Servicio Estatal de Salud Mental. Otorgar asesoría para la elaboración de comprobaciones de los diferentes recursos asignados a las unidades. Supervisar la facturación mensual de los servicios subrogados de las unidades a IMSS, ISSSTE, ISSSTESON y Seguro Popular. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia. 30

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