El papel de las DD PP en la gestión de residuos tras la LRSL

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1 El papel de las DD PP en la gestión de residuos tras la LRSL Diputación de Ourense: Francisco Cacharro Gosende, Secretario General de la DPO Pontevedra, 26 de febrero de 2014 Presente y futuro de la gestión de los residuos municipales ante el nuevo marco legislativo Pontevedra, 26 de febrero de 2014 (Salón de Plenos, Pazo Provincial)

2 1. La gestión municipal de residuos: competencias y servicios mínimos. a)competencia: comprende b)servicio mínimo obligatorio 2. Competencias de las DDPP en la materia 3. La competencia de coordinación: elementos 4. La competencia de coordinación: alcance limitado 5. Competencia de coordinación: caracterización 6. Competencia provincial de tratamiento de residuos 7. La experiencia de la DPO en la coordinación del servicio de gestión de residuos 8. Servicios complementarios: 9. Servicio intermunicipal de gestión de RSU: antecedentes y evolución 10. Servicio intermunicipal de gestión de RSU: características principales 11. Sistema de participación municipal a)organización b)atribuciones c) Funcionalidad 12. Financiación y régimen económico 13. Encaje del modelo en la LRSAL 14. Reflexiones finales: el camino de la intermunicipalidad 2/15

3 La gestión municipal de residuos: competencias y servicios mínimos. A) Competencia: comprende: 1. Recogida, tratamiento y eliminación de residuos domésticos de hogares, comercios y servicios 2. Vigilancia, inspección y sanción 3. Programas de prevención y gestión de residuos 4. Gestión de residuos comerciales no peligrosos y residuos domésticos de industrias 5. Ordenación de residuos peligrosos domésticos o residuos de difícil gestión B) Servicio mínimo obligatorio: se limita a la competencia del apartado 1. recogida, tratamiento y eliminación de residuos domésticos de hogares, comercios y servicios 3/15

4 Competencias de las DDPP en la materia: 1. Coordinación del servicio mínimo en municipios de menos de habitantes 2. Servicio supramunicipal de tratamiento de residuos en municipios de menos de habitantes La competencia de coordinación: elementos. 1. Objeto: Gestión integrada o compartida de la prestación de servicios 2. Voluntariedad: su ejercicio exige la conformidad de los municipios. 3. Flexibilidad: admite cualesquiera fórmulas de gestión integrada o compartida 4. Financiación del servicio: municipal. 5. Objetivo: reducción del coste efectivo. 4/15

5 La competencia de coordinación: alcance limitado: 1. Imposibilidad de ejercicio forzoso de la competencia. 2. Contenido funcional limitado a la prestación del servicio: no se extiende a su ordenación tributaria ni material. 3. Contenido material limitado al servicio mínimo obligatorio: no alcanza el resto de competencias 4. Objetivos limitados, en principio, a la reducción de coste. 5. Autonomía local limitada: sujeta a autorización de AGE. 5/15

6 Competencia de coordinación: caracterización: 1. No es una competencia de coordinación en sentido estricto, sino de coordinación cooperativa o de cooperación cualificada. 2. Su alcance se limita a la prestación del servicio mínimo obligatorio. 3. Su único objetivo es la reducción de costes. 4. Articulación abierta: prestación provincial, consorcios, mancomunidades, otras fórmulas. 5. Financiación municipal. Cabe cooperación económica provincial (artículo 36.2.b) 6. Sujeta a autorización de la AGE e informe de la Comunidad Autónoma. Constitucionalidad dudosa. 6/15

7 Competencia provincial de tratamiento de residuos 1. Ámbito: municipios de menos de habitantes 2. Competencia provincial propia, a) De carácter pleno b) Pero subsidiaria: sólo opera si los municipios no prestan el servicio. La experiencia de la DPO en la coordinación del servicio de gestión de residuos. 1. Experiencia anterior a la LRSAL, en ejercicio de la competencia de cooperación. 2. Dos líneas de acción: a) Servicio intermunicipal delegado de recogida de RSU b) Servicios complementarios. 7/15

8 Servicios complementarios: - Servicio supramunicipal de transferencia de RSU - Servicio supramunicipal de lavado de contendedores - Servicios intermunicipales delegados de recogida selectiva - Servicios intermunicipales delegados de puntos limpios - Servicio de tratamiento de RCD s - Servicio de tratamiento de residuos industriales peligrosos (Centro Verde de San Cibrao) 8/15

9 Servicio intermunicipal de gestión de RSU: antecedentes y evolución. 1. Año 2006: Convenio de cooperación y asistencia a los ayuntamientos de la comarca de A Limia. Las funciones de la DPO se limitaban a asistir y coordinar técnicamente el servicio, que seguía siendo prestado por los ayuntamientos. 2. Año : Convenios territoriales de gestión delegada. Trece unidades de gestión. La DPO gestiona los servicios por delegación de los ayuntamientos, agrupados en unidades territoriales, aumentando de modo progresivo. 3. Año : Convenio marco único: Fusión de antiguas unidades territoriales se fusionan,poniendo en común la totalidad de recursos humanos, materiales y financieros. En la actualidad, agrupa 49 ayuntamientos. 9/15

10 Servicio intermunicipal de gestión de RSU: características principales 1. Carácter integral: incluye ordenación y gestión, abarcando todos los aspectos del servicio 2. Régimen: competencia delegada en DPO a través de convenio marco 3. Participación cualificada de ayuntamientos: control de delegación y toma de decisiones fundamentales 4. Financiación mixta 5. Flexibilidad: libre separación de los ayuntamientos. 6. Objetivos múltiples: reducción de costes, sostenibilidad, calidad. 10/15

11 Sistema de participación municipal (I): A) Organización: sistema de comisiones de seguimiento paritarias. - Comisiones territoriales - Comisión general Composición: 1. Comisiones territoriales: -Presidente y alcaldes (voz y voto) -Funcionarios directivos y portavoces grupos provinciales (voz) 2. Comisión general: representantes DPO + 1 alcalde de cada comisión territorial B) Atribuciones de las comisiones: -Comisión General: Actúa como comisión delegada en todos los asuntos -Comisión Territorial: Revisa acuerdos de Comisión General, nombra representantes 11/15

12 Sistema de participación municipal (II): C) Funcionalidad: distintos niveles: - Ordenación de tributos: autorización de cada representante municipal - Modo de gestión: informe vinculante mayoría absoluta de ayuntamientos - Ordenación del servicio, inversiones de más del 20 % del coste anual, planificación y condiciones generales, condiciones de contratos de más de euros, convenios con otras administraciones, adhesión de nuevos ayuntamientos: informe favorable comisión. - Liquidación de costes, negociación colectiva personal transferido, modificaciones del convenio, baja de ayuntamientos por incumplimiento,: informe preceptivo de la comisión. - Resto de cuestiones: decisión unilateral de la DPO, dando cuenta a ayuntamientos.

13 Financiación y régimen económico: a) Regla general: distribución de costes entre ayuntamientos por población b) Posibilidad de cooperación económica de la DPO (actualmente, 20 %) c) Régimen de garantías: - Delegación voluntaria de tributos - Garantías subsidiarias: aval, seguro de caución, afectación PIE y PICA Encaje del modelo en la LRSAL - En general, el modelo se ajusta a la LRSAL. - Objetivos y contenido más amplios. - No orientado en exclusiva a la reducción de costes - Modelo no convalidado (todavía) por AGE. 13/15

14 Reflexiones finales: el camino de la intermunicipalidad. - La LRSAL: una oportunidad histórica para las DDPP - Clave: las DDPP, líderes de la intermunicipalidad - Elementos necesarios: a) Liderazgo institucional, basado en la concertación. b) Participación cualificada de ayuntamientos c) Flexibilidad: adaptación a la realidad y potencialidades en cada momento. d) Progresividad: implantación paulatina, en función de oportunidades y capacidad real. e) Reorganización y tecnificación de las DD.PP., orientadas a la intermunicipalidad. 14/15

15 Gracias por su atención. ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL Secretaría General de la Diputación Pazo Provincial Calle Progreso, Ourense Tfno.: Francisco Cacharro Gosende Presente y futuro de la gestión de los residuos municipales ante el nuevo marco legislativo Pontevedra, 26 de febrero de 2014 (Salón de Plenos, Pazo Provincial)

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