LEGAL FLASH I LITIGACIÓN Y ARBITRAJE

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "LEGAL FLASH I LITIGACIÓN Y ARBITRAJE"

Transcripción

1 LEGAL FLASH I LITIGACIÓN Y ARBITRAJE FINANCIERO Y TRIBUTARIO 25 de enero de 2017 APROBACIÓN DEL REAL DECRETO-LEY 1/2017, DE 20 DE ENERO, DE MEDIDAS URGENTES DE PROTECCIÓN DE CONSUMIDORES EN MATERIA DE CLÁUSULAS SUELO Y RÉGIMEN FISCAL APLICABLE EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS A LA DEVOLUCIÓN DE CANTIDADES DERIVADAS DE ACUERDOS CELEBRADOS CON ENTIDADES FINANCIERAS O DEL CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS O LAUDOS ARBITRALES RELATIVOS A CLÁUSULAS SUELO ÁMBITO DE APLICACIÓN: CONCEPTO DE CONSUMIDOR 2 PROCEDIMIENTO EXTRAJUDICIAL 3 RÉGIMEN FISCAL APLICABLE EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS A LA DEVOLUCIÓN DE CANTIDADES DERIVADAS DE ACUERDOS CELEBRADOS CON ENTIDADES FINANCIERAS O DEL CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS O LAUDOS ARBITRALES RELATIVOS A CLÁUSULAS SUELO 6 DESARROLLO NORMATIVO DEL RDL 1/

2 El 21 de enero de 2017 se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo (en adelante, RDL 1/2017), que entró en vigor ese mismo día. El RDL 1/2017 aprueba un procedimiento extrajudicial de solución de controversias entre consumidores y entidades financieras en relación con préstamos y créditos con garantía hipotecaria en los que existan cláusulas que limiten a la baja la variabilidad del tipo de interés ( cláusulas suelo 1 ) tras la publicación de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (STJUE) de 21 de diciembre de Dicha STJUE, contrariamente a lo que había declarado antes el Tribunal Supremo 2, declaró que no se pueden limitar temporalmente los efectos restitutorios de la nulidad de las cláusulas suelo. A continuación exponemos las principales características del procedimiento extrajudicial aprobado, así como el régimen fiscal aplicable a las eventuales devoluciones derivadas de acuerdos con entidades de crédito. ÁMBITO DE APLICACIÓN: CONCEPTO DE CONSUMIDOR El RDL 1/2017 afecta a contratos de préstamo y crédito garantizados con hipoteca inmobiliaria que incluyan una cláusula suelo en los que la condición de prestatario recaiga en un consumidor. A estos efectos, se considera consumidor cualquier persona física que reúna los requisitos previstos en el artículo 3 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre. Por tanto, quedan fuera del ámbito de aplicación del RDL 1/2017 las personas jurídicas, así como las personas físicas que actúen en el ejercicio de una actividad comercial, empresarial o profesional. 1 La definición de cláusulas suelo se contiene en el art. 2.3 del RDL 1/2017: estipulación incluida en un contrato de préstamo o crédito garantizados con hipoteca inmobiliaria a tipo variable, o para el tramo variable de otro tipo de préstamo, que limite a la baja la variabilidad del tipo de interés del contrato. 2 Especialmente, Sentencias del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013 y 25 de marzo de ASAS.COM LEGAL FLASH I LI TIGACI ÓN Y ARBI TRAJE. FI NANCI ERO Y TRIBUTARI O 2/11

3 PROCEDIMIENTO EXTRAJUDICIAL El procedimiento extrajudicial es obligatorio para las entidades de crédito y voluntario para el consumidor, y las entidades están obligadas a garantizar que todos los consumidores que tengan cláusulas suelo conozcan dicho procedimiento. En este sentido, se concede a las entidades de crédito el plazo de un mes desde la entrada en vigor del RDL 1/2017 para adoptar las medidas necesarias previstas en él y articular procedimientos ágiles que les permitan resolver con rapidez las reclamaciones recibidas. En este sentido, las entidades deberán disponer de un departamento o servicio especializado para atender estas reclamaciones, y deberán poner a disposición de sus clientes, en todas sus oficinas abiertas al público y en su página web determinada información, entre la que se encuentra la propia existencia de dicho departamento o servicio. La iniciación del procedimiento corresponde al consumidor. Por su parte, recibida la reclamación, la entidad de crédito puede adoptar dos posiciones: a. Si considera que la devolución no es procedente, la entidad comunicará al consumidor las razones en que se motiva su decisión y el procedimiento extrajudicial se dará por concluido. b. Si, por el contrario, considera que la devolución es procedente, la entidad deberá realizar un cálculo de la cantidad a devolver y remitir una comunicación al consumidor desglosando el cálculo e indicando las cantidades que correspondan en concepto de intereses. En este último caso, el consumidor deberá manifestar si está de acuerdo con el cálculo de la entidad y, si lo está, la entidad acordará con el consumidor la devolución del efectivo. Las devoluciones acordadas por la entidad de crédito deberán también ser informadas a la AEAT. No obstante, el RDL 1/2017 admite expresamente la posibilidad de que el consumidor y la entidad de crédito acuerden que la devolución no se realice en efectivo sino en forma de medida compensatoria diferente, tal como una minoración del principal del préstamo o crédito. La posibilidad de acordar estas medidas compensatorias distintas a la devolución del efectivo está sometida a determinados requisitos, tales como la recepción por parte del consumidor de información suficiente y adecuada sobre la cantidad a devolver. ASAS.COM LEGAL FLASH I LI TIGACI ÓN Y ARBI TRAJE. FI NANCI ERO Y TRIBUTARI O 3/11

4 El plazo máximo para que la entidad y el consumidor lleguen a un acuerdo será de tres meses desde la presentación de la reclamación. Excepcionalmente, para las reclamaciones interpuestas antes del plazo de un mes desde la entrada en vigor del RDL 1/2017, el plazo para llegar a un acuerdo no comenzará hasta que, o bien la entidad haya adoptado las medidas que exige el RDL 1/2017 para establecer procedimientos ágiles de reclamación, o bien haya transcurrido el plazo de un mes desde la entrada en vigor del RDL 1/2017 sin que las haya adoptado. Mientras el procedimiento extrajudicial no concluya, no es posible iniciar acciones judiciales o extrajudiciales que tengan por objeto la misma reclamación y, si se inician, quedarán suspendidas en tanto el procedimiento extrajudicial no concluya. En este sentido, el procedimiento extrajudicial se considerará concluido sin acuerdo en distintos supuestos: (i) si la entidad de crédito rechaza expresamente la solicitud del consumidor; (ii) si finaliza el plazo de tres meses sin comunicación alguna por parte de la entidad de crédito al consumidor reclamante; (iii) si el consumidor no está de acuerdo con el cálculo de la cantidad a devolver efectuado por la entidad de crédito o rechaza la cantidad ofrecida o (iv) si transcurrido el plazo de tres meses no se ha puesto a disposición del consumidor de modo efectivo la cantidad ofrecida. De este modo, en cualquiera de estos escenarios el consumidor podrá acudir a la reclamación judicial. EFECTOS EN RELACIÓN CON EVENTUALES CONDENAS EN COSTAS El artículo 4 del RDL 1/2017 incluye una regulación específica en materia de condena en costas procesales cuando se dicten sentencias que resuelvan reclamaciones en sede judicial, que contiene las siguientes previsiones: 1º. Sólo cuando el consumidor haya rechazado el cálculo de la cantidad a devolver realizado por la entidad o cuando decline la devolución del efectivo por cualquier motivo e inicie posteriormente un procedimiento judicial en el que obtenga una sentencia más favorable que la oferta recibida, se impondrán las costas a la entidad. 2º. Cuando el consumidor acuda directamente a un procedimiento judicial se prevén dos reglas: a) Si la entidad de crédito se allanase antes de la contestación a la demanda se considerará que no existe mala fe procesal a efectos de lo previsto en ASAS.COM LEGAL FLASH I LI TIGACI ÓN Y ARBI TRAJE. FI NANCI ERO Y TRIBUTARI O 4/11

5 el segundo párrafo del artículo de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. b) Si el allanamiento de la entidad de crédito antes de la contestación a la demanda fuese parcial, y consignase la cantidad a cuyo abono se comprometa, la condena en costas sólo recaerá sobre la entidad de crédito si el resultado económico de la sentencia fuese más favorable para el consumidor que la cantidad consignada. INCIDENCI A DEL PROCEDIMIENTO EXTRAJUDICI AL EN PROCEDIMIENTOS JUDICIALES EN CURSO En relación con los procedimientos judiciales actualmente en curso, las partes podrán, de común acuerdo, someter la controversia al procedimiento extrajudicial regulado en el RDL 1/2017, en cuyo caso solicitarán la suspensión del proceso de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. GRATUIDAD DEL PROCEDIMIENTO EXTRAJUDICIAL Y REDUCCIÓN DE ARANCELES NOTARI ALES Y REGISTR ALES El RDL 1/2017 establece el carácter gratuito del procedimiento extrajudicial. Por su parte, en relación con los costes notariales y registrales en que se pudiera incurrir como consecuencia de la formalización de escrituras públicas e inscripciones registrales que deriven de los acuerdos alcanzados entre las entidades de crédito y los consumidores, el RDL 1/2017 dispone que los aranceles aplicables serán los correspondientes a documentos sin cuantía y a inscripciones mínimas, cualquiera que sea la base de cálculo. ASAS.COM LEGAL FLASH I LI TIGACI ÓN Y ARBI TRAJE. FI NANCI ERO Y TRIBUTARI O 5/11

6 RÉGIMEN FISCAL APLICABLE EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS A LA DEVOLUCIÓN DE CANTIDADES DERIVADAS DE ACUERDOS CELEBRADOS CON ENTIDADES FINANCIERAS O DEL CUMPLI- MIENTO DE SENTENCIAS O LAUDOS ARBITRALES RELATIVOS A CLÁUSULAS SUELO La disposición final primera del RDL 1/2017 introduce, con efectos a partir del 21 de enero de 2017 y ejercicios anteriores no prescritos, una nueva disposición adicional cuadragésima quinta (en adelante, DA 45ª) en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), en la que se establece el régimen fiscal que resulta aplicable en dicho Impuesto a las cantidades que se perciban por los contribuyentes como consecuencia de acuerdos celebrados con las entidades de crédito y como consecuencia de la ejecución de sentencias o de laudos arbitrales relativos a cláusulas suelo. Ha de señalarse que el régimen fiscal establecido en esta nueva DA 45ª tiene un alcance objetivo y temporal más amplio que el del procedimiento extrajudicial regulado en el RDL 1/2017 que se ha comentado anteriormente. Desde el punto de vista objetivo, porque este régimen fiscal no sólo resultará aplicable a las cantidades que se perciban en virtud de los acuerdos que se alcancen en el marco del procedimiento extrajudicial regulado en el RDL 1/2017 sino que también resultará aplicable a las cantidades que se perciban por los contribuyentes cuando deriven de (i) otros acuerdos extrajudiciales; (ii) sentencias y (iii) laudos arbitrales. La extensión del régimen fiscal a otros acuerdos extrajudiciales alcanzados con entidades de crédito se deduce de la redacción literal de la DA 45ª, en la que no se contiene ninguna mención expresa al RDL 1/2017. En el mismo sentido, el último párrafo del apartado III de la propia Exposición de Motivos del RDL 1/2017 afirma lo siguiente: Adicionalmente, se regula el tratamiento fiscal de las cantidades percibidas por la devolución de las cláusulas de limitación de tipos de interés de préstamos derivadas de acuerdos celebrados con las entidades financieras, a cuyo fin se modifica la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. ASAS.COM LEGAL FLASH I LI TIGACI ÓN Y ARBI TRAJE. FI NANCI ERO Y TRIBUTARI O 6/11

7 La extensión del régimen fiscal a las cantidades percibidas por los contribuyentes en ejecución de sentencias y de laudos arbitrales se establece expresamente en el apartado 3 de la propia DA 45ª, según el cual: Lo dispuesto en los apartados anteriores será igualmente de aplicación cuando la devolución de cantidades a que se refiere el apartado 1 anterior hubiera sido consecuencia de la ejecución o cumplimiento de sentencias judiciales o laudos arbitrales. En cuanto al ámbito temporal del nuevo régimen fiscal aprobado, el mismo producirá efectos en los períodos impositivos no prescritos a la fecha de entrada en vigor del RDL 1/2017, es decir, en la fecha de redacción del presente documento, a los ejercicios 2012 a 2015 inclusive. CANTIDADES PERCIBIDAS EN CONCEPTO DE DEVOLUCIÓN DE INTERESES JUNTO CON INTERESES INDEMNIZATORIOS El apartado 1 de la nueva DA 45ª dispone que no tendrán la consideración de renta integrable en la base imponible las cantidades que se devuelvan a los contribuyentes que hayan alcanzado acuerdos con las entidades financieras, siempre que se trate de cantidades previamente cobradas por éstas en aplicación de cláusulas suelo, ya sean devoluciones en efectivo u otras medidas de compensación. La misma consideración fiscal renta no integrable en la base imponible- se establece respecto de las cantidades que se perciban por los contribuyentes en concepto de intereses indemnizatorios, lo que representa una novedad respecto de la doctrina administrativa de la Dirección General de Tributos (DGT) en materia de tributación de los intereses indemnizatorios, pues los mismos son considerados renta tributable en numerosas contestaciones a consultas tributarias 3. 3 Véase, entre otras, las contestaciones a consulta tributaria de (V ), (V ), (V ), (V ), (V ) y (V ). En lo que en particular se refiere a intereses indemnizatorios percibidos en virtud de devoluciones de cantidades por invalidez de cláusulas suelo pueden citarse las contestaciones de (V ), (V ) y (V ) si bien se trata de pronunciamientos administrativos en los que se analizaban devoluciones unilateralmente adoptadas por las entidades de crédito que habían cobrado por error intereses de cláusulas suelo inexistentes. ASAS.COM LEGAL FLASH I LI TIGACI ÓN Y ARBI TRAJE. FI NANCI ERO Y TRIBUTARI O 7/11

8 Ha de señalarse que el efecto retroactivo de este régimen fiscal puede tener impacto en aquellos contribuyentes que en los ejercicios no prescritos hubiesen percibido intereses indemnizatorios en ejecución de sentencia o de laudo arbitral o en ejecución de acuerdos con las entidades de crédito por nulidad de cláusulas suelo y los hubiesen declarado, en dichos ejercicios, como renta tributable en su IRPF, siguiendo el criterio de la DGT. En estos casos, al establecerse como novedad que los intereses indemnizatorios no serán renta integrable en la base imponible, los citados contribuyentes podrían instar la rectificación de las declaraciones presentadas y solicitar una devolución de ingresos indebidos. REGULARIZACIÓN DE DEDUCCIONES POR INVERSIÓN EN VIVIENDA HABI TUAL Y DE GAS- TOS DEDUCIBLES El apartado 2 de la nueva DA 45ª establece qué régimen fiscal resultará aplicable a los intereses que se devuelvan al contribuyente y respecto de los que éste, en ejercicios anteriores, hubiese aplicado la deducción por inversión en vivienda habitual o los hubiese considerado como gastos deducibles. Contribuyentes que aplicaron deducción por inversión en vivienda habitual en ejercicios anteriores En estos casos se considera que respecto de los intereses devueltos no existió derecho a practicar la deducción por inversión en vivienda habitual y, en consecuencia, el contribuyente deberá regularizar su situación tributaria añadiendo a la cuota líquida estatal y autonómica devengada en el ejercicio en que se haya celebrado el acuerdo con la entidad financiera exclusivamente las cantidades indebidamente deducidas en los ejercicios no prescritos, en los términos del artículo 59 del Reglamento del IRPF, sin inclusión de intereses de demora. Como regla especial, se establece que dicha regularización tributaria no se realizará si en lugar de recibirse la devolución de intereses en efectivo se destina dicha cantidad a minorar el principal del préstamo (restitución en forma de medida compensatoria diferente a la devolución de efectivo). Asimismo, se indica que si el contribuyente ha pagado intereses por el efecto de la cláusula suelo en un período impositivo cuyo plazo de autoliquidación no hubiese finalizado antes de que se alcance un acuerdo con la entidad financiera, entonces se considerará que tales intereses no formarán parte de la base de ASAS.COM LEGAL FLASH I LI TIGACI ÓN Y ARBI TRAJE. FI NANCI ERO Y TRIBUTARI O 8/11

9 deducción por inversión en vivienda habitual. Así, por ejemplo, un contribuyente que haya satisfecho intereses en el período impositivo 2016 como consecuencia de una cláusula suelo y que en el mes de marzo de 2017 haya alcanzado un acuerdo con la entidad de crédito en cuya virtud se le devuelven los citados intereses no incluirá dichos intereses en la base de deducción por inversión en vivienda habitual correspondiente al ejercicio Contribuyentes que consideraron los intereses pagados como gastos deducibles en ejercicios anteriores La letra b) del apartado 2 de la DA 45ª dispone que si los intereses devueltos al contribuyente hubiesen sido considerados por éste, en ejercicios anteriores, como gasto deducible, dicha calificación como gasto deducible se perderá, debiéndose regularizar la situación tributaria de los ejercicios no prescritos mediante la presentación de una declaración complementaria, sin sanción ni intereses de demora ni recargo alguno, en el plazo comprendido entre la fecha del acuerdo alcanzado con la entidad de crédito y la fecha de finalización del siguiente plazo de presentación de autoliquidación por el IRPF. Ha de señalarse que esta obligación de regularizar mediante declaraciones complementarias afectará a los contribuyentes que hubiesen declarado rendimientos del capital inmobiliario o rendimientos de actividades económicas. Por ejemplo, contribuyentes que hubieran obtenido rentas por arrendamiento de bienes inmuebles y que a efectos de cálculo de los rendimientos netos del capital inmobiliario hubiesen deducido los intereses satisfechos derivados de la cláusula suelo. O, por ejemplo, empresarios individuales o profesionales independientes que a efectos de cálculo de los rendimientos netos de la actividad económica hubiesen deducido los intereses de la cláusula suelo de un préstamo afecto a su actividad económica como gasto deducible. A diferencia de los contribuyentes que aplicaron deducción por inversión en vivienda habitual, para los contribuyentes declarantes de rendimientos del capital inmobiliario o de rendimientos de actividades económicas la letra b) del apartado 2 de la DA 45ª no contempla la posibilidad de no tener que realizar la regularización fiscal cuando la devolución de intereses se efectúe en forma de minoración del principal del préstamo. Cabe interpretar que la razón de ello esté en que las cantidades destinadas a minorar el principal del préstamo no son gasto deducible para los contribuyentes que declaran rendimientos del capital inmobiliario o rendimientos de actividades económicas, a diferencia de lo que sucede con los contribuyentes que destinan cantidades a la amortización de ASAS.COM LEGAL FLASH I LI TIGACI ÓN Y ARBI TRAJE. FI NANCI ERO Y TRIBUTARI O 9/11

10 préstamos que financian la adquisición de su vivienda habitual, los cuales sí tienen derecho a deducción por las citadas cantidades. Finalmente, al igual que se ha previsto para el caso de contribuyentes que aplicaron deducción por inversión en vivienda habitual en ejercicios anteriores, se indica que si el contribuyente ha pagado intereses por el efecto de la cláusula suelo en un período impositivo cuyo plazo de autoliquidación no hubiese finalizado antes de que se alcance un acuerdo con la entidad financiera, se considerará que tales intereses no serán gasto deducible. Así, por ejemplo, un contribuyente que haya satisfecho intereses en el período impositivo 2016 como consecuencia de una cláusula suelo y que en el mes de marzo de 2017 haya alcanzado un acuerdo con la entidad de crédito en cuya virtud se le devuelven los citados intereses, no considerará dichos intereses como gasto deducible a efectos de cálculo de los rendimientos netos del capital inmobiliario o de los rendimientos netos de las actividades económicas que se declaren en el ejercicio IMPOSICIÓN INDIRECTA Nada prevé el RDL 1/2017 para aquellos supuestos en los que como consecuencia del acuerdo alcanzado entre la entidad de crédito y el consumidor se deba modificar la escritura del préstamo hipotecario para su inscripción registral y por ello se devengue el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en su modalidad de Actos Jurídicos Documentados (AJD) Documentos Notariales. El RDL 1/2017 únicamente establece en su disposición adicional tercera una reducción de aranceles de notario y registrador de la propiedad para el caso de que los acuerdos alcanzados entre banco y consumidor deban elevarse a documento público para su posterior inscripción registral, pero no contempla ninguna previsión respecto del gravamen por AJD que en su caso de devengue. Por ejemplo, cualquier modificación del préstamo hipotecario que no derive de modificaciones del tipo de interés y/o del plazo, tales como las que den lugar a modificación de la responsabilidad hipotecaria, modificación del cuadro de amortización que no se deba a modificaciones del tipo de interés o del plazo, modificaciones del sistema de amortización, etc. ASAS.COM LEG AL FLASH I LI TIGACI ÓN Y ARBI TRAJE. FI NANCI ERO Y TRIBUTARI O 10/11

11 DESARROLLO NORMATIVO DEL RDL 1/2017 Por último la disposición final tercera del RDL 1/2017 habilita al Gobierno para desarrollar su contenido, en particular en lo relativo a: a) La existencia de un órgano de seguimiento, control y evaluación de las reclamaciones efectuadas integrado por representantes de los consumidores y de la abogacía, el cual deberá emitir un informe semestral sobre su actuación. Se Este órgano de seguimiento recabará de las entidades de crédito la información necesaria para constatar que la comunicación previa prevista en este real decreto-ley se ha realizado, especialmente a personas vulnerables y podrá proponer las medidas que estime necesarias para impulsar una correcta implantación procedimiento extrajudicial regulado en el RDL 1/2017. b) La extensión del ámbito de aplicación a otros consumidores relacionados con el prestatario de contratos de préstamo o crédito garantizados con hipoteca inmobiliaria, previsión que cabe interpretar está pensando en personas físicas avalistas o garantes que no tengan la consideración de prestatarios CUATRECASAS, GONÇALVES PEREIRA. Todos los derechos reservados. Este documento es una recopilación de información jurídica elaborado por Cuatrecasas. La información o comentarios que se incluyen en el mismo no constituyen asesoramiento jurídico alguno. Los derechos de propiedad intelectual sobre este documento son titularidad de Cuatrecasas, Gonçalves Pereira. Queda prohibida la reproducción en cualquier medio, la distribución, la cesión y cualquier otro tipo de utilización de este documento, ya sea en su totalidad, ya sea en forma extractada, sin la previa autorización de Cuatrecasas. ASAS.COM LEG AL FLASH I LI TIGACI ÓN Y ARBI TRAJE. FI NANCI ERO Y TRIBUTARI O 11/11

ANTENA 3 DE TELEVISIÓN, S.A. JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS 29 DE NOVIEMBRE DE 2006 ANEXO INFORMATIVO

ANTENA 3 DE TELEVISIÓN, S.A. JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS 29 DE NOVIEMBRE DE 2006 ANEXO INFORMATIVO ANTENA 3 DE TELEVISIÓN, S.A. JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS 29 DE NOVIEMBRE DE 2006 ANEXO INFORMATIVO Anexo informativo al punto [4º] del orden del día relativo al tratamiento fiscal de la

Más detalles

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015.

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015. TÍTULO: Orden HAP/2835/2015, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 113 de comunicación de datos relativos a las ganancias patrimoniales por cambio de residencia cuando se produzca a otro

Más detalles

INSTRUCCIONES DEL MODELO 111

INSTRUCCIONES DEL MODELO 111 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA SOBRE RENDIMIENTOS DEL TRABAJO, DETERMINADAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS, PREMIOS Y DETERMINADAS IMPUTACIONES DE RENTA MODELO

Más detalles

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES.

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES. ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES. (B.O.P de Guadalajara de 2 de noviembre de 2009) A tenor de las facultades normativas otorgadas por los artículos 133.2

Más detalles

Página 1 de 2 Nueva Consulta Ver Consulta.EN NUM-CONSULTA (V0853-13) NUM-CONSULTA V0853-13 ORGANO SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas FECHA-SALIDA 19/03/2013 NORMATIVA RDLey 12/2012 art. 1.Primero.Cuatro

Más detalles

Menciones fiscales obligatorias en la Memoria de las Cuentas Anuales 2015

Menciones fiscales obligatorias en la Memoria de las Cuentas Anuales 2015 Menciones fiscales obligatorias en la Memoria de las Cuentas Anuales 2015 Desde el pasado 1 de enero de 2015, fecha de la entrada en vigor de la Ley 27/2014, nueva Ley del Impuesto sobre Sociedades, en

Más detalles

DGT: 08-02-2016 N.º CONSULTA VINCULANTE: V 0471/2016 SUMARIO:

DGT: 08-02-2016 N.º CONSULTA VINCULANTE: V 0471/2016 SUMARIO: Referencia: NFC058496 DGT: 08-02-2016 N.º CONSULTA VINCULANTE: V 0471/2016 SUMARIO: PRECEPTOS: IRPF. Hecho imponible. Rentas exentas. Indemnizaciones por despido o cese. Reducciones. Retenciones. Indemnización

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 315 Viernes 30 de diciembre de 2016 Sec. I. Pág. 91253 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA 12484 Orden HFP/1978/2016, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo

Más detalles

VIGENCIA: Entrada en vigor el 1 de enero de Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

VIGENCIA: Entrada en vigor el 1 de enero de Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas TÍTULO: Orden HAP/2455/2013, de 27 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 165, "Declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o

Más detalles

Disposición adicional séptima. Régimen fiscal del acontecimiento «33ª Copa del América».

Disposición adicional séptima. Régimen fiscal del acontecimiento «33ª Copa del América». Ley 41/2007, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero, de regulación de las hipotecas

Más detalles

Están obligados a realizar el pago fraccionado, siempre que resulte cantidad a ingresar, las siguientes entidades:

Están obligados a realizar el pago fraccionado, siempre que resulte cantidad a ingresar, las siguientes entidades: Resumen Pagos fraccionados en el Impuesto sobre Sociedades (art. 40 LIS) 1. Introducción. Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, deben efectuar 3 pagos a cuenta de la liquidación correspondiente

Más detalles

DISPOSICIONES ADICIONALES

DISPOSICIONES ADICIONALES Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros. (BOE de 28 de mayo de 1985) DISPOSICIONES ADICIONALES Segunda.

Más detalles

Novedades en el Impuesto de Sociedades

Novedades en el Impuesto de Sociedades Novedades en el Impuesto de Sociedades Deducciones fiscales por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica. Orden ECC/2326/2015, de 30 de octubre, por la que se modifican los anexos

Más detalles

1.- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

1.- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Comunicación 1/2012 Enero 2012 Área Fiscal Muy Sres. nuestros: En fecha 31 de diciembre fue publicado en el BOE el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria,

Más detalles

EL TRIBUNAL FEDERAL SUIZO AVALA EL ARTÍCULO R57, PÁRRAFO 3º, DEL CÓDIGO TAS

EL TRIBUNAL FEDERAL SUIZO AVALA EL ARTÍCULO R57, PÁRRAFO 3º, DEL CÓDIGO TAS LEGAL FLASH I GRUPO DERECHO DEL DEPORTE Noviembre 2015 EL TRIBUNAL FEDERAL SUIZO AVALA EL ARTÍCULO R57, PÁRRAFO 3º, DEL CÓDIGO TAS INTRODUCCIÓN La nueva versión del Código del Tribunal Arbitral de Deporte

Más detalles

Amnistía fiscal: Comentarios: Madrid, 15 de octubre de Derecho Tributario Andrés Jiménez García DECLARACIÓN TRIBUTARIA ESPECIAL

Amnistía fiscal: Comentarios: Madrid, 15 de octubre de Derecho Tributario Andrés Jiménez García DECLARACIÓN TRIBUTARIA ESPECIAL Derecho Tributario Andrés Jiménez García Madrid, 15 de octubre de 2012 Amnistía fiscal: Comentarios: Segundo informe de la Dirección General de Tributos sobre diversas cuestiones relativas al procedimiento

Más detalles

A LA DELEGACIÓN DE LA AEAT DE LA PROVINCIA DE MADRID

A LA DELEGACIÓN DE LA AEAT DE LA PROVINCIA DE MADRID A LA DELEGACIÓN DE LA AEAT DE LA PROVINCIA DE MADRID Asunto: Solicitud rectificación autoliquidación IRPF y devolución de ingresos indebidos correspondiente/s al/los ejercicio/s ------. (puede ser 2012,

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 77 Sábado 30 de marzo de 23 Sec. I. Pág. 24632 I. DISPOSICIONES GENERALES 3435 Orden HAP/490/23, de 27 de marzo, por la que se modifica la Orden HAP/2662/22, de 13 de diciembre, por la que se aprueba

Más detalles

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA 2832 CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA ORDEN de 25 de enero de 2011, por la que se aprueban los precios medios en el mercado para estimar el valor real de los vehículos comerciales e industriales

Más detalles

Pensiones extranjeras, declaración y condonación

Pensiones extranjeras, declaración y condonación Página 1 de 6 Pensiones extranjeras, declaración y condonación El 1 de enero de 2015 se abre el plazo improrrogable de 6 meses para regularizar sin recargos por declaración extemporánea ni intereses las

Más detalles

DELEGACIÓN DE LAS FACULTADES DE GESTIÓN

DELEGACIÓN DE LAS FACULTADES DE GESTIÓN DELEGACIÓN DE LAS FACULTADES DE GESTIÓN Y RECAUDACIÓN DE TRIBUTOS E INGRESOS DE DERECHO PÚBLICO DE CARÁCTER PERIÓDICO EN LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA. A) Ayuntamientos DELEGACIÓN DE LAS FACULTADES

Más detalles

ORDENANZA FISCAL Nº 17 HACIENDA MUNICIPAL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS

ORDENANZA FISCAL Nº 17 HACIENDA MUNICIPAL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS AYUNTAMIENTO DE NAVA ASTURIAS ORDENANZA FISCAL Nº 17 HACIENDA MUNICIPAL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS ARTICULO 1.-HECHO IMPONIBLE ARTICULO 1.- 1.- Constituye el hecho imponible del

Más detalles

MODELO DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE GASTOS SUNTUARIOS

MODELO DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE GASTOS SUNTUARIOS MODELO DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE GASTOS SUNTUARIOS ARTÍCULO 1. Normativa Aplicable Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142

Más detalles

NORMA FORAL 3/2016, de 18 de mayo, del Catastro Inmobiliario Foral del Territorio Histórico de Bizkaia (BOB 24/05/2016)

NORMA FORAL 3/2016, de 18 de mayo, del Catastro Inmobiliario Foral del Territorio Histórico de Bizkaia (BOB 24/05/2016) Se han aprobado las normas forales correspondientes al Catastro Inmobiliario e IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) que tendrán ahora normas separadas lo que agilizará en el futuro cualquier cambio que

Más detalles

Los intereses de demora y los recargos Introducción

Los intereses de demora y los recargos Introducción Introducción El interés de demora y los recargos son obligaciones accesorias que pueden acompañar a la obligación tributaria principal y, en este sentido, el artículo 25 de la LGT las contempla diciendo

Más detalles

Circular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES

Circular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES Circular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES REGISTRO MERCANTIL DE MADRID, TOMO 15.611, LIBRO 0, FOLIO 5, HOJA Nº M-262.818, INSCRIPCIÓN 1ª NIF: A-82.695.677 La Sociedad de Gestión

Más detalles

CONSULTAS PROYECTO CSP 10 / Revisión de precios: vigencia normativa.

CONSULTAS PROYECTO CSP 10 / Revisión de precios: vigencia normativa. CONSULTAS PROYECTO CSP 10 / 2015 Revisión de precios: vigencia normativa. CUESTIÓN PLANTEADA: Nos gustaría saber si en el artículo 89 del TRLCSP está consolidada la modificación que establece que "la revisión

Más detalles

ARTÍCULO 1. OBJETO Y FUNDAMENTO LEGAL.

ARTÍCULO 1. OBJETO Y FUNDAMENTO LEGAL. ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR EL USO DE LOS DESPACHOS Y ZONAS COMUNES DEL CENTRO DE EMPRESAS DEL AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES AZUQUECA EMPRENDE. ARTÍCULO 1. OBJETO Y FUNDAMENTO LEGAL.

Más detalles

BOICAC Nº 20 BOE

BOICAC Nº 20 BOE ORDEN de 28 de diciembre de 1994, por la que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las empresas inmobiliarias.("ver orden de 11 de Mayo de 2001") BOICAC Nº 20 BOE 04.01.95

Más detalles

ALERTA PROCESAL GTA VILLAMAGNA. Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil y modificación del Código Civil en materia de prescripción

ALERTA PROCESAL GTA VILLAMAGNA. Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil y modificación del Código Civil en materia de prescripción ALERTA PROCESAL GTA VILLAMAGNA Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil y modificación del Código Civil en materia de prescripción GTA Villamagna - octubre de 2015 INTRODUCCIÓN El pasado 6 de octubre

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS Í N D I C E

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS Í N D I C E ORDENANZA FISCAL NÚM. 2.19 EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS Í N D I C E I. Hecho Imponible... 2 II. Sujeto Pasivo... 3 III. Responsables... 3 IV. Devengo... 4 V. Base Imponible y Cuota Tributaria...

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE Página 1 de 6 Exposición de Motivos. La Ley 7/2002, de 17 de diciembre,

Más detalles

NORMATIVA DE EVALUACIÓN POR COMPENSACIÓN EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

NORMATIVA DE EVALUACIÓN POR COMPENSACIÓN EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Aprobada en Consejo de Gobierno de 3 de abril de 2007 NORMATIVA DE EVALUACIÓN POR COMPENSACIÓN EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Ley Orgánica 6/2001 del 21 de diciembre de Universidades, en sus art. 2.2.f. y 46.3,

Más detalles

22442 ORDEN EHA/3851/2007 de 26 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 576 de autoliquidación

22442 ORDEN EHA/3851/2007 de 26 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 576 de autoliquidación BOE núm. 312 Sábado 29 diciembre 2007 53725 En la página 75, en la primera columna del cuadro, donde dice: «C. SALDO, FINAL DEL AÑO N-1», debe decir: «C. SALDO, FINAL DEL AÑO 200X-1». En la página 86,

Más detalles

Impuesto sobre Bienes Inmuebles

Impuesto sobre Bienes Inmuebles 1. Normativa El Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (TRLCI), clasifica los bienes inmuebles en urbanos, rústicos

Más detalles

INFORMACION FISCAL CIRCULAR 03/2011

INFORMACION FISCAL CIRCULAR 03/2011 INFORMACION FISCAL CIRCULAR 03/2011 En las fechas que se indican, finalizan los plazos para efectuar las Declaraciones correspondientes al Primer Trimestre y Primer Pago a cuenta del Impuesto de Sociedades

Más detalles

PROGRAMA REDUCIDO DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 3º Grado en DERECHO Profa. Marta Villarín Lagos Curso

PROGRAMA REDUCIDO DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 3º Grado en DERECHO Profa. Marta Villarín Lagos Curso PROGRAMA REDUCIDO DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 3º Grado en DERECHO Profa. Marta Villarín Lagos Curso 2016-2017 Lección 1. EL CONCEPTO DE DERECHO FINANCIERO Lección 2. EL PODER FINANCIERO. Lección

Más detalles

En Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de marzo de CIRCULAR IVA IGIC. Modificaciones con entrada en vigor a partir del día

En Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de marzo de CIRCULAR IVA IGIC. Modificaciones con entrada en vigor a partir del día En Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de marzo de 2015. CIRCULAR IVA IGIC Modificaciones con entrada en vigor a partir del día 01-04-2015. Le afectará si comercializa los siguientes productos: Cód. NCE Designación

Más detalles

TITULARES DEL DERECHO A SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN DEL IVMDH

TITULARES DEL DERECHO A SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN DEL IVMDH TITULARES DEL DERECHO A SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN DEL IVMDH I. Introducción A modo de introducción simplemente recordar, en cuanto al procedimiento para la devolución del IVMDH, dado que el mismo era objeto

Más detalles

naturaleza urbana radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura para aquellos hechos imponibles que se devenguen en el año 2014.

naturaleza urbana radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura para aquellos hechos imponibles que se devenguen en el año 2014. ORDEN de de 2013 por la que se aprueban los Coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos, radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura,

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE (HUELVA) ORDENANZA NUM 9:

AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE (HUELVA) ORDENANZA NUM 9: ORNANZA NUM 9: ORNANZA FISCAL REGULADORA LA TASA POR LICENCIA APERTURA ESTABLECIMIENTOS Y POR LA PRESTACIÓN ACTIVIDAS ADMINISTRATIVAS CONTROL, SUPERVISIÓN Y VERIFICACIÓN LICENCIAS, COMUNICACIONES PREVIAS

Más detalles

Que con posterioridad a la publicación de la Resolución de Superintendencia N /SUNAT, se aprobaron nuevos formularios;

Que con posterioridad a la publicación de la Resolución de Superintendencia N /SUNAT, se aprobaron nuevos formularios; Modifican la Resolución de Superintendencia N 132-2004/SUNAT que establece el procedimiento para la modificación y/o inclusión de datos consignados en los formularios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 015-2008/SUNAT

Más detalles

Modelo 347. Preguntas Frecuentes.

Modelo 347. Preguntas Frecuentes. Miembro de Nº 5 / Enero 2016 Modelo 347. Preguntas Frecuentes. A continuación pasamos a informarles de las novedades y operaciones más habituales de las empresas en relación a la Declaración Anual de Operaciones

Más detalles

SISTEMA DE PAGO A PROVEEDORES POR LA ADMINISTRACION LOCAL Y AUTONOMICA

SISTEMA DE PAGO A PROVEEDORES POR LA ADMINISTRACION LOCAL Y AUTONOMICA SISTEMA DE PAGO A PROVEEDORES POR LA ADMINISTRACION LOCAL Y AUTONOMICA REAL DECRETO-LEY 4/2012, DE 24 DE FEBRERO, POR EL QUE SE DETERMINAN OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN Y PROCEDIMIENTOS NECESARIOS PARA ESTABLECER

Más detalles

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS. Prof. Álvaro Salas Suárez

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS. Prof. Álvaro Salas Suárez IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS Prof. Álvaro Salas Suárez Normativa de referencia Ley 35/2006 Ley del IRPF Real Decreto 1757/2007 que modifica el Real Decreto 439/2007 Reglamento del IRPF

Más detalles

LEGAL FLASH I PROPIEDAD INTELECTUAL Y NUEVAS TECNOLOGÍAS

LEGAL FLASH I PROPIEDAD INTELECTUAL Y NUEVAS TECNOLOGÍAS LEGAL FLASH I PROPIEDAD INTELECTUAL Y NUEVAS TECNOLOGÍAS 27 de septiembre de 2016 RELEVANCIA JURÍDICA DE LA SENTENCIA DEL TJUE SOBRE ENLACES A CONTENIDOS INFRACTORES ÍNDICE MARCO JURÍDICO 2 ANTECEDENTES

Más detalles

NÚMERO 244 Jueves, 22 de diciembre de 2011

NÚMERO 244 Jueves, 22 de diciembre de 2011 29944 ORDEN de 12 de diciembre de 2011 por la que se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos, radicados en la Comunidad

Más detalles

Problemática fiscal de las sociedades civiles y las comunidades de bienes PROBLEMÁTICA FISCAL DE LAS SOCIEDADES CIVILES Y LAS COMUNIDADES DE BIENES

Problemática fiscal de las sociedades civiles y las comunidades de bienes PROBLEMÁTICA FISCAL DE LAS SOCIEDADES CIVILES Y LAS COMUNIDADES DE BIENES Problemática fiscal de las sociedades civiles y las comunidades de bienes PROBLEMÁTICA FISCAL DE LAS SOCIEDADES CIVILES Y LAS COMUNIDADES DE BIENES 1 1 Índice 1. Nuevos sujetos pasivos del IS. 2. Alternativas

Más detalles

DISEÑOS LÓGICOS DESCRIPCIÓN DE LOS REGISTROS

DISEÑOS LÓGICOS DESCRIPCIÓN DE LOS REGISTROS DISEÑOS LÓGICOS A LOS QUE DEBEN AJUSTARSE LOS ARCHIVOS QUE SE GENEREN PARA LA PRESENTACIÓN TELEMATICA DE LA COMUNICACION DE MODIFICACION DE LA BASE IMPONIBLE Y DE LA COMUNICACION DE RECEPCION DE FACTURAS

Más detalles

INFORME DEL COMITÉ DE AUDITORÍA SOBRE LA INDEPENDENCIA DE LOS AUDITORES DURANTE EL EJERCICIO 2015

INFORME DEL COMITÉ DE AUDITORÍA SOBRE LA INDEPENDENCIA DE LOS AUDITORES DURANTE EL EJERCICIO 2015 INFORME DEL COMITÉ DE AUDITORÍA SOBRE LA INDEPENDENCIA DE LOS AUDITORES DURANTE EL EJERCICIO 2015 I. INTRODUCCIÓN El Comité de Auditoría de, S.A. (en adelante, "" o la Sociedad ) en su sesión celebrada

Más detalles

INSTRUCCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED

INSTRUCCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED INSTRUCCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES POR LA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE REASIGNACIÓN PARA NOMBRES DE DOMINIO DE EXCEPCIONAL INTERÉS GENERAL INTRODUCCIÓN La disposición

Más detalles

SUBCAPITULO: REFERENCIA:

SUBCAPITULO: REFERENCIA: 128654-CONCEPTO Y REQUSITOS En qué consiste la deducción por obtención de rendimientos del trabajo o de acitivades económicas? Quienes pueden aplicarla? La deducción por obtención de rendimientos del trabajo

Más detalles

TEXTO DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO VEHICULOS DE TRACCION MECANICA

TEXTO DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO VEHICULOS DE TRACCION MECANICA TEXTO DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO VEHICULOS DE TRACCION MECANICA ARTÍCULO 1º Son fuentes normativas de rango superior de la presente Ordenanza las siguientes artículo 133.2 de la Constitución,

Más detalles

TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO. ORDENANZA REGULADORA nº 7

TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO. ORDENANZA REGULADORA nº 7 TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO. ORDENANZA REGULADORA nº 7 ARTICULO 1.- Fundamento y naturaleza: En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo

Más detalles

(BOE núm. 134, de 5 de junio de 2003)

(BOE núm. 134, de 5 de junio de 2003) Real Decreto 605/2003, de 23 de mayo, por el que se establecen medidas para el tratamiento homogéneo de la información sobre las listas de espera en el Sistema Nacional de Salud. Última actualización:

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA

AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA 2.4. TASA POR REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS Artículo 1. FUNDAMENTO Y RÉGIMEN FECHA DE APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN EN PLENO: 27/03/2014 FECHA

Más detalles

NOTA MONOGRÁFICA I ÁREA FINANCIERO Y TRIBUTARIO

NOTA MONOGRÁFICA I ÁREA FINANCIERO Y TRIBUTARIO Octubre de 2012 MEDIDAS FISCALES INCORPORADAS EN LA LEY 7/2012 ÍNDICE IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO 2 TRANSMISIONES DE VALORES (ART. 108 LMV) 3 OBLIGACIÓN DE INFORMACIÓN DE ACTIVOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO.

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES Artículo 1º.- Hecho imponible. 1. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles es un tributo directo de carácter real, cuyo hecho imponible lo constituye

Más detalles

Reglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales.

Reglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales. Reglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales. El análisis de su contenido es: Regla general. Se condonan total o parcialmente los créditos fiscales consistentes en: Contribuciones

Más detalles

Información Tributaria y Mercantil

Información Tributaria y Mercantil Información Tributaria y Mercantil Avda. Gral. Primo de Rivera, 7 - Entlo. (Edificio Berlín) 30008 MURCIA Telfs.: 968 23 72 50-968 23 72 95-968 23 72 12-968 23 59 57-968 27 00 91 FAX: 968 24 Página web:

Más detalles

ACTUALIZACIÓN DE LOS VALORES CATASTRALES 1

ACTUALIZACIÓN DE LOS VALORES CATASTRALES 1 Pág. 1 de 16 ACTUALIZACIÓN DE LOS VALORES CATASTRALES 1 LEY 5/1990, DE 29 DE JUNIO, SOBRE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA PRESUPUESTARIA, FINANCIERA Y TRIBUTARIA. Artículo 25. Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Más detalles

LEY QUE PRECISA LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE AJUSTE POR INFLACIÓN DEL BALANCE GENERAL CON INCIDENCIA TRIBUTARIA EN PERIODOS DEFLACIONARIOS

LEY QUE PRECISA LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE AJUSTE POR INFLACIÓN DEL BALANCE GENERAL CON INCIDENCIA TRIBUTARIA EN PERIODOS DEFLACIONARIOS Carlos Torres y Torres Lara 1942-2000 Alonso Morales Acosta Carlos Torres Morales Rafael Torres Morales Juan Carlos Benavente Teixeira Miguel Angel Torres Morales Britta Olsen de Torres Sylvia Torres de

Más detalles

(B.O.E. de 2 de agosto de 2011) Disposición adicional decimoséptima. Prestación de servicios domésticos a través de empresas.

(B.O.E. de 2 de agosto de 2011) Disposición adicional decimoséptima. Prestación de servicios domésticos a través de empresas. Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social (Integración del Régimen Especial de Empleados de Hogar en el Régimen General) (B.O.E. de 2

Más detalles

Medidas extraordinarias de liquidez para entidades locales con problemas financieros

Medidas extraordinarias de liquidez para entidades locales con problemas financieros Medidas extraordinarias de liquidez para entidades locales con problemas financieros PLANTEAMIENTO Definición de las situaciones problemáticas desde un punto de vista financiero de los municipios. Medidas

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES NUEVA DEDUCCIÓN DE LA CUOTA ÍNTEGRA ESTATAL DEL IRPF POR OBRAS DE MEJORA EN LA VIVIENDA HABITUAL.

PREGUNTAS FRECUENTES NUEVA DEDUCCIÓN DE LA CUOTA ÍNTEGRA ESTATAL DEL IRPF POR OBRAS DE MEJORA EN LA VIVIENDA HABITUAL. PREGUNTAS FRECUENTES NUEVA DEDUCCIÓN DE LA CUOTA ÍNTEGRA ESTATAL DEL IRPF POR OBRAS DE MEJORA EN LA VIVIENDA HABITUAL. (Documento de 25.02.11, incluido en la web de la AEAT www.agenciatributaria.es- con

Más detalles

NÚMERO 64 Jueves, 2 de abril de 2009

NÚMERO 64 Jueves, 2 de abril de 2009 9258 ORDEN de 30 de marzo de 2009 por la que se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos, radicados en la Comunidad Autónoma

Más detalles

Se le pregunta al ICAC sobre el tratamiento contable de la prima cobrada por la arrendadora y de los intereses que genera su inversión en el depósito.

Se le pregunta al ICAC sobre el tratamiento contable de la prima cobrada por la arrendadora y de los intereses que genera su inversión en el depósito. Caso práctico sobre el tratamiento contable de una prima percibida por una sociedad arrendadora en concepto de opción de compra. Dr. Gregorio Labatut Serer. Departamento de Contabilidad. Facultad de Economía.

Más detalles

INCREMENTO POR IMPUESTO DE PRIMERA CATEGORÍA (CÓDIGO 159) Los contribuyentes que deben efectuar el incremento por impuesto de Primera Categoría,

INCREMENTO POR IMPUESTO DE PRIMERA CATEGORÍA (CÓDIGO 159) Los contribuyentes que deben efectuar el incremento por impuesto de Primera Categoría, INCREMENTOS POR IMPUESTOS DE PRIMERA CATEGORÍA E IMPUESTOS EXTERNOS 10 INCREMENTO POR IMPUESTO DE PRIMERA CATEGORÍA (CÓDIGO 159) Contribuyentes que deben efectuar el incremento por impuesto de Primera

Más detalles

FICHAS DE LEGISLACIÓN

FICHAS DE LEGISLACIÓN FICHAS DE LEGISLACIÓN OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL CIVIL REAL DECRETO -LEY 1/2015, DE 27 DE FEBRERO, DE MECANISMO DE SEGUNDA OPORTUNIDAD, REDUCCIÓN DE CARGA FINANCIERA Y

Más detalles

INFORME VALORATIVO SOBRE LA CONSULTA DE UN AYUNTAMIENTO SOBRE EJECUCIÓN DE REDES DE BAJA TENSIÓN

INFORME VALORATIVO SOBRE LA CONSULTA DE UN AYUNTAMIENTO SOBRE EJECUCIÓN DE REDES DE BAJA TENSIÓN INFORME VALORATIVO SOBRE LA CONSULTA DE UN AYUNTAMIENTO SOBRE EJECUCIÓN DE REDES DE BAJA TENSIÓN 7 de mayo de 2009 INFORME VALORATIVO SOBRE LA CONSULTA DE UN AYUNTAMIENTO SOBRE EJECUCIÓN REDES DE BAJA

Más detalles

Consulta Vinculante V , de 13 de noviembre de 2015 de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Juridicas

Consulta Vinculante V , de 13 de noviembre de 2015 de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Juridicas Consulta Vinculante V3499-15, de 13 de noviembre de 2015 de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Juridicas LA LEY 3876/2015 IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Exenciones. Está exenta

Más detalles

Duración: 300 horas Metodología: Curso Práctico a Distancia Objetivos: Ofrecer nociones fundamentales de Derecho Inmobiliario con el fin de

Duración: 300 horas Metodología: Curso Práctico a Distancia Objetivos: Ofrecer nociones fundamentales de Derecho Inmobiliario con el fin de Técnico Superior en Dirección y Gestión Inmobiliaria Duración: 300 horas Metodología: Curso Práctico a Distancia Objetivos: Ofrecer nociones fundamentales de Derecho Inmobiliario con el fin de desarrollar

Más detalles

Las reservas de capitalización y de nivelación de la Ley del Impuesto sobre Sociedades

Las reservas de capitalización y de nivelación de la Ley del Impuesto sobre Sociedades Página 1 de 5 Las reservas de capitalización y de nivelación de la Ley del Impuesto sobre Sociedades Significado y funcionamiento Tal y como se indica en la exposición de motivos de la Ley 27/2014, de

Más detalles

ORDENANZA FISCAL EXPEDICIÓN DOCUMENTOS PÚBLICOS

ORDENANZA FISCAL EXPEDICIÓN DOCUMENTOS PÚBLICOS ORDENANZA FISCAL EXPEDICIÓN DOCUMENTOS PÚBLICOS ORDENANZA FISCAL EXPEDICIÓN DOCUMENTOS PÚBLICOS ARTÍCULO 1. Fundamento y Naturaleza En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de

Más detalles

Informe 10/00, de 26 de octubre de 2000 INTERESES DE DEMORA. CÁLCULO. FECHA DE INICIO DEL DEVENGO. PROCEDIMIENTO.

Informe 10/00, de 26 de octubre de 2000 INTERESES DE DEMORA. CÁLCULO. FECHA DE INICIO DEL DEVENGO. PROCEDIMIENTO. Informe 10/00, de 26 de octubre de 2000 INTERESES DE DEMORA. CÁLCULO. FECHA DE INICIO DEL DEVENGO. PROCEDIMIENTO. ANTECEDENTES El Secretario General Técnico de la Consejería de Presidencia remite escrito

Más detalles

CUESTIÓN-PLANTEADA: Aplicación del supuesto de inversión del sujeto pasivo establecido en el artículo 84.Uno.2º, letra g) de la Ley 37/1992.

CUESTIÓN-PLANTEADA: Aplicación del supuesto de inversión del sujeto pasivo establecido en el artículo 84.Uno.2º, letra g) de la Ley 37/1992. Consulta Vinculante DGT de Fecha de Salida: 31/03/2015 La mercantil consultante se dedica a la comercialización, entre otros productos, de consolas y programas de videojuegos, recibiendo de sus clientes

Más detalles

REGISTRO DE MOROSOS: NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

REGISTRO DE MOROSOS: NORMAS DE FUNCIONAMIENTO REGISTRO DE MOROSOS: NORMAS DE FUNCIONAMIENTO De acuerdo con el Reglamento interno de control de la morosidad, aprobado por el Comité Ejecutivo de FETEIA, en sesión celebrada el día 18 de octubre de 2006,

Más detalles

LEGAL FLASH I SEGUROS Y PREVISIÓN SOCIAL

LEGAL FLASH I SEGUROS Y PREVISIÓN SOCIAL Marzo de 2016 DIRECTIVA (UE) 2016/97 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO DE 20 DE ENERO DE 2016, SOBRE LA DISTRIBUCIÓN DE SEGUROS ÍNDICE INTRODUCCIÓN 1 RESUMEN DE LOS ASPECTOS MÁS NOVEDOSOS DE LA DIRECTIVA

Más detalles

GUÍA PARA LA CONFECCIÓN DEL MODELO F69 EN MÓDULOS (IVA: DECLARACIÓN-LIQUIDACIÓN TRIMESTRAL)

GUÍA PARA LA CONFECCIÓN DEL MODELO F69 EN MÓDULOS (IVA: DECLARACIÓN-LIQUIDACIÓN TRIMESTRAL) GUÍA PARA LA CONFECCIÓN DEL MODELO F69 EN MÓDULOS (IVA: DECLARACIÓN-LIQUIDACIÓN TRIMESTRAL) IVA: Régimen Especial Simplificado (módulos): Modelo F69 A quién se aplica: A todos aquellos empresarios que

Más detalles

Problemática de las rectificaciones de facturas en el IVA

Problemática de las rectificaciones de facturas en el IVA Problemática de las rectificaciones de facturas en el IVA El derecho a la deducción de las cuotas de IVA soportado cuyo ejercicio se justifique mediante una factura rectificativa sólo podrá efectuarse

Más detalles

Las características de esta actualización se describen en líneas generales a continuación.

Las características de esta actualización se describen en líneas generales a continuación. NOTA INFORMATIVA 2/2013: modificaciones tributarias introducidas por la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas

Más detalles

III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS AÑO XXXIII Núm. 53 de agosto de 204 23665 III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS Consejería de Hacienda Orden de 04/08/204, de la Consejería de Hacienda, por la que se dictan normas sobre la estructura y contenido

Más detalles

1. Quién no tiene que declarar en el IRPF:

1. Quién no tiene que declarar en el IRPF: 1. Quién no tiene que declarar en el IRPF: 1.1 Los contribuyentes que hayan obtenido en el ejercicio 2014 rentas procedentes exclusivamente de las siguientes fuentes, en tributación individual o conjunta:

Más detalles

Se modifica el párrafo c) del artículo octavo de la Ley 18/1982, de 26 de mayo, sobre

Se modifica el párrafo c) del artículo octavo de la Ley 18/1982, de 26 de mayo, sobre LEY 46/2002, DE 18 DE DICIEMBRE, DE REFORMA PARCIAL DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Y POR LA QUE SE MODIFICAN LAS LEYES DE LOS IMPUESTOS SOBRE SOCIEDADES Y SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES.(B.O.E.

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE VIVIENDA

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE VIVIENDA Núm. 125 Sábado 23 de mayo de 2009 Sec. I. Pág. 43155 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE VIVIENDA 8553 Resolución de 19 de mayo de 2009, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de Consejo

Más detalles

TASA POR PRESTACION DE SERVICIOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL

TASA POR PRESTACION DE SERVICIOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL ORDENANZA FISCAL Nº 9 TASA POR PRESTACION DE SERVICIOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL Artículo 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución,

Más detalles

Perito Judicial Inmobiliario. Formación Empresarial, Marketing y Recursos Humanos

Perito Judicial Inmobiliario. Formación Empresarial, Marketing y Recursos Humanos Perito Judicial Inmobiliario Formación Empresarial, Marketing y Recursos Humanos Ficha Técnica Categoría Peritaciones Judiciales Referencia Precio Horas 8642-1301 86.00 Euros 360 Contenido del Pack - 4

Más detalles

AGENTES PROPIEDAD INDUSTRIAL

AGENTES PROPIEDAD INDUSTRIAL AGENTES PROPIEDAD INDUSTRIAL MODIFICACIONES LEGISLATIVAS LEY 11/1986, DE 20 DE MARZO, DE PATENTES Art. 96: Redacción que con efectos del 01/01/2011 y vigencia indefinida, modifica el Anexo de tarifas de

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS JURIDICOS COORDINACIÓN TERRITORIAL E INTERNACIONAL

DIRECCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS JURIDICOS COORDINACIÓN TERRITORIAL E INTERNACIONAL El destino del Patrimonio Público del Suelo tras la entrada en vigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local (LRSAL). NORMATIVA APLICABLE.

Más detalles

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 2007 - Año de la Seguridad Vial BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA A LAS ENTIDADES FINANCIERAS: COMUNICACIÓN B 9063 Ref.: "Gestión crediticia". Actualización. Nos dirigimos a Uds. para informarles

Más detalles

Informe 2/2016, de 25 de febrero, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Informe 2/2016, de 25 de febrero, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón. Informe 2/2016, de 25 de febrero, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa. Asunto: Posibilidad de considerar un negocio jurídico excluido de la legislación de contratos públicos. I. ANTECEDENTES

Más detalles

sobre las notificaciones de pasaporte de intermediarios de crédito con arreglo a la Directiva 2014/17/UE («Directiva de crédito hipotecario»)

sobre las notificaciones de pasaporte de intermediarios de crédito con arreglo a la Directiva 2014/17/UE («Directiva de crédito hipotecario») EBA/GL/2015/19 19.10.2015 Directrices sobre las notificaciones de pasaporte de intermediarios de crédito con arreglo a la Directiva 2014/17/UE («Directiva de crédito hipotecario») 1 1. Obligaciones de

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE INTERVENCIÓN EN MATERIA DE ACTIVIDADES Y/O APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE INTERVENCIÓN EN MATERIA DE ACTIVIDADES Y/O APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE INTERVENCIÓN EN MATERIA DE ACTIVIDADES Y/O APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS Artículo 1.- Fundamento legal. El Excmo. Ayuntamiento de

Más detalles

IMPUESTO DE SOCIEDADES II

IMPUESTO DE SOCIEDADES II IMPUESTO DE SOCIEDADES II JUAN MANUEL MORAL OBJETIVOS Conocimiento de la normativa reguladora del Impuesto sobre Sociedades. Aprendizaje de los hitos significativos en la liquidación del impuesto. Identificación

Más detalles

Servicio de Información

Servicio de Información BOLETIN OFICIAL Nº 33365 25 de abril de 2016 ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 3870 Procedimiento. Ley N 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Régimen de facilidades

Más detalles

Expdte.: 18/2014 CO NOTA EXPLICATIVA SOBRE EL PRECIO Y LAS FORMAS DE PAGO DE LA VIVIENDA EN PLANTA 2 LETRA A, DEL EDIFICIO 1, EN CONSTRUCCIÓN EN LA

Expdte.: 18/2014 CO NOTA EXPLICATIVA SOBRE EL PRECIO Y LAS FORMAS DE PAGO DE LA VIVIENDA EN PLANTA 2 LETRA A, DEL EDIFICIO 1, EN CONSTRUCCIÓN EN LA Expdte.: 18/2014 CO NOTA EXPLICATIVA SOBRE EL PRECIO Y LAS FORMAS DE PAGO DE LA VIVIENDA EN PLANTA 2 LETRA A, DEL EDIFICIO 1, EN CONSTRUCCIÓN EN LA AVENIDA DE SAN SEVERIANO, NÚMERO 10, EN CÁDIZ (UE EX

Más detalles

Reglamento regulador del funcionamiento del proceso de sugerencias y reclamaciones en el Cabildo de Gran Canaria

Reglamento regulador del funcionamiento del proceso de sugerencias y reclamaciones en el Cabildo de Gran Canaria Reglamento regulador del funcionamiento del proceso de sugerencias y reclamaciones en el Cabildo de Gran Canaria PREÁMBULO La sociedad actual demanda la implantación de una nueva cultura orientada a satisfacer

Más detalles

DERECHO DE LA CONSTRUCCIÓN Y LA VIVIENDA

DERECHO DE LA CONSTRUCCIÓN Y LA VIVIENDA DERECHO DE LA CONSTRUCCIÓN Y LA VIVIENDA TEMA 1. PRESUPUESTOS URBANÍSTICOS Y REGÍSTRALES DE LA CONSTRUCCIÓN I. El procedimiento de adquisición del ius aedificandi. 1. El aprovechamiento urbanístico. 2.

Más detalles

Se solicita pronunciamiento sobre la forma correcta del cálculo-de la base imponible del IIVTNU.

Se solicita pronunciamiento sobre la forma correcta del cálculo-de la base imponible del IIVTNU. INFORME de 18 de diciembre de 2012, de la Dirección General de Tributos, sobre la forma correcta del cálculo de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE (art L.O.U.A.

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE (art L.O.U.A. ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE (art. 52.5 L.O.U.A.) Art. 1. Objeto. De acuerdo con lo establecido en el

Más detalles