Un dato más, en el vecino país es que cerca de un 25% de los accidentes ocurren en apenas 4% de los pasos a nivel de la ferroviaria.
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- Francisco Javier Carrizo Márquez
- hace 7 años
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1 QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL, A CARGO DE LA DIPUTADA CLAUDIA EDITH ANAYA MOTA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI La suscrita, Claudia Edith Anaya Mota diputada federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a la LXIII Legislatura correspondiente a la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 3, numeral 1, fracción VIII; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, tengo a bien someter a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, al tenor de la siguiente Planteamiento del problema La Asociación Mexicana de Ferrocarriles, explicó que diariamente se registra un accidente en el que se involucra un tren con algún automóvil o incluso con un autobús o autotransporte. Nuestro país cuenta con más de 10 mil cruces a nivel 1 En Estados Unidos, Union Pacific, una empresa que opera en México, señalo que durante 2015 los accidentes en cruces ferroviarios fueron reducidos a 2.28%, una diferencia de 0.72 puntos porcentuales respecto del 3% registrado el año pasado. Lo que se debe al Proceso de Evaluación de Cruces de UP, se centró en los cruces en los que más incidentes se han registrado en años anteriores con el fin de mejorar la seguridad en los mismos. Esta empresa, señala, ha trabajado en cumplir con las normas de mantenimiento en su infraestructura ferroviaria, así como detectar y prevenir errores que los operadores ferroviarios puedan cometer.2 Un dato más, en el vecino país es que cerca de un 25% de los accidentes ocurren en apenas 4% de los pasos a nivel de la ferroviaria. La pregunta sería: por qué allá sí cumple con la ley, y en México escatiman su cumplimiento? El objeto de la presente iniciativa es adicionar a la Ley disposiciones que contribuyan a prevenir y disminuir los riesgos por factores antropogénicos. Uno en lo particular, los riesgos ocasionados por los cruces de los ferrocarriles en zonas urbanas y metropolitanas mediante la participación de las autoridades ferroviarias y los comités de protección civil federal, estatal y municipal. El Estado no puede abandonar su responsabilidad de garantizar a las personas su seguridad en las zonas urbanas y metropolitanas por las que cruzan los ferrocarriles. Para ello es necesaria una reforma en la que este fenómeno que ocurre a diario encuentre en la legislación de protección civil una opción para tener una vida cada vez más segura. Argumentos que la sustentan El artículo 5 de la Ley General de Protección Civil prevé que las autoridades de protección civil deberán actuar dando prioridad en la protección a la vida, la salud y la integridad de las personas. Asimismo, menciona a los fenómenos antropogénicos, que son en esencia provocados por la actividad humana y no por un fenómeno natural. Otra disposición de la Ley, vinculado con los fenómenos antropogénicos es la facultad de la Coordinación Nacional y las Unidades de Protección Civil de las entidades federativas, municipios y delegaciones, para promover con las diversas instancias del Sistema Nacional, programas especiales destinados a reducir o mitigar los
2 riesgos antropogénicos, así como de atención a la población en caso de contingencias derivadas de tales fenómenos. Una de esas actividades, como ya quedo establecido, son los riesgos que representan los ferrocarriles en las zonas urbanas y metropolitanas. La intervención de los cuerpos de protección civil como los bomberos y paramédicos siempre están presentes en los siniestros de este medio de transporte público y masivo. Revisando esta Ley General, se puede advertir que no se ha tomado en cuenta este riesgo para adicionarle disposiciones que den competencias a las autoridades de protección civil para la disminución de los riesgos, y con ello la baja de los índices de accidentes que se producen los cruces de las locomotoras en las zonas metropolita nas. Adicionalmente a lo anterior, contar con un servicio ferroviario seguro contribuirá a elevar su nivel competitivo en el marco nacional e internacional. De acuerdo con datos del Foro Económico Mundial, establecidos en el Programa Sectorial México ocupa el lugar 60, en matera de ferrocarril entre los años No es intención de la presente reforma sobre-regular la actividad ferroviaria con disposiciones de protección civil ni ampliar mayores responsabilidades a los agentes que participan en los sistemas de protección civil de país, la intención, es contribuir a la protección de las vidas de las personas que viven o cruzan vías del ferrocarril. Para lograr lo anterior, la Ley General se da cuenta del atlas de riesgo, que se integran con la información a nivel nacional, estatal, del Distrito Federal, municipal y delegacional; este atlas consta de bases de datos, sistemas de información geográfica y herramientas para el análisis y la simulación de escenarios, así como la estimación de pérdidas por desastres. Los atlas de riesgo constituyen el marco de referencia para la elaboración de políticas y programas en todas las etapas de la Gestión Integral del Riesgo. El Gobierno Federal, con la participación de las entidades federativas y el Gobierno del Distrito Federal, promoverá la creación de las bases que permitan la identificación y registro en los Atlas Nacional, Estatales y Municipales de Riesgos de las zonas en el país con riesgo para la población, el patrimonio público y privado, que posibilite a las autoridades competentes regular la edificación de asentamientos. Asimismo, se propone modificar la referencia en el artículo 79 a la fracción XL por la XLI, ambas fracciones del artículo 2 de la misma Ley. Artículo 79. Las personas físicas o morales del sector privado cuya actividad sea el manejo, almacenamiento, distribución, transporte y utilización de materiales peligrosos, hidrocarburos y explosivos presentarán ante la autoridad correspondiente los programas internos de protección civil a que se refiere la fracción XL del artículo 2 de la presente Ley. Ya que la fracción XL, se refiere a la previsión : XL. Previsión: Tomar conciencia de los riesgos que pueden causarse y las necesidades para enfrentarlos a través de las etapas de identificación de riesgos, prevención, mitigación, preparación, atención de emergencias, recuperación y reconstrucción; Y la fracción XLI a los programas de internos de protección civil que los particulares deberán de presentar ante la autoridad. XLI. Programa Interno de Protección Civil: Es un instrumento de planeación y operación, circunscrito al ámbito de una dependencia, entidad, institución u organismo del sector público, privado o social; que se compone por el plan operativo para la Unidad Interna de Protección Civil, el plan para la continuidad de operaciones y el plan de
3 contingencias, y tiene como propósito mitigar los riesgos previamente identificados y definir acciones preventivas y de respuesta para estar en condiciones de atender la eventualidad de alguna emergencia o desastre; Para ilustrar la importancia de la reforma a la Ley General de Protección Civil, se efectuará un repaso por los múltiples accidentes ferroviarios: Marzo 12, Mazatlán, Sinaloa.3 Accidente en paso ferroviario provoca la muerte de cinco personas, entre ellas dos niñas, además de un lesionado. El accidente ocurrió en la carretera estatal Villa Unión-El Walamo, aproximadamente a las 18:40 horas el ferrocarril impactó una camioneta. El cruce donde ocurrió el percance no contaba con plumas vehiculares y sí con señalamientos y un reductor de velocidad. La unidad fue arrollada por más de 30 metros por el tren carguero. Un testimonio de un habitante de Villa Unión sobre este percance, hace necesaria la modificación que aquí se propone: Ese cruce de tren es un cruce peligroso porque la gente se confía, piensa que no pasa nada, mucha gente no voltea a ver si viene el tren, y a eso le sumas que el tren muchas veces no pita y no hay plumas... Nosotros hemos pedido que haya plumas, es un pase muy frecuente de carros, no es la primera vez que pasa. Marzo 12, Guasave, Sinaloa.4 En la Estación Bamoa, un percance con el tren dejó graves a cuatro personas. De acuerdo con la información proporcionada por las autoridades, al llegar al cruce de las vías no hicieron alto e intentaron ganarle el paso al ferrocarril, siendo impactados en el costado del copiloto. La camioneta golpeó otra unidad donde, a un costado se encontraba Acosta López, quien fue golpeado por la unidad impactada. Historial de accidentes ferroviarios con mayor saldo mortal:5 14 de marzo de 1926 Heredia, Costa Rica 248 muertos 93 heridos 1944 Madrid 500 muertos 26 de julio de 1964 Custóias, Portugal 90 muertos 105 heridos 1 de febrero de 1970 Rosario, Benavides, Argentina 236 muertos 400 heridos Junio de 1981 Bihar, India Muertos 8002,000 Julio de 1981 Liziyida, China 275 muertos 15 de enero Egipto 19 muertos 107 heridos 17 de mayo Fairfield, Connecticut, Estados Unidos 72 heridos 13 de junio Castelar, Buenos Aires, Argentina 3 muertos 115 heridos
4 6 de julio Quebec, Canadá 42 muertos 128 heridos 12 de julio Essone, París 6 muertos 14 heridos 23 de julio Santiago de Compostela, España 80 muertos 131 heridos. Expreso París-Granville 22 de octubre de 1985 estación París-Montparnasse La locomotora quedó sin frenos, y dada la estructura de la estación ferroviaria, la máquina destrozó. La parte frontal cayó a una altura de diez metros. Por otro lado, el Plan Nacional de Desarrollo6 en materia de Comunicaciones y Transportes, específicamente en el rubro ferroviario plantea: Ferrocarriles y transporte masivo: Mejorar la seguridad ferroviaria a través de I) Conservación y modernización de vías y puentes y II) Un programa integral de seguridad ferroviaria. Este Programa sin una visión y participación de las instituciones dedicadas a la protección civil está destinado a ofrecer muy pocos resultados y a no impedir que los riesgos por los accidentes ferroviarios prosigan a la alza, como lo señala la asociación del ramo. De acuerdo con el Programa Sectorial de Comunicaciones y Transportes, la infraestructura ferroviaria está constituida por 26,727 kilómetros de vías, de las cuales 20,722 kilómetros forman parte de las troncales y ramales, en su mayoría concesionada, 4,450 kilómetros son vías secundarias y 1,555 kilómetros son particulares. El Sistema Ferroviario Nacional moviliza mayoritariamente productos industriales (48%), seguido de productos agrícolas (24%), minerales (14%) y petróleo y sus derivados (8%). Lo anterior, manifiesta la importancia del sector ferroviario y la urgencia de que sea integrado al sistema de protección civil. Finalmente, y con la finalidad de apoyar el proceso de dictamen, se adjunta el siguiente cuadro comparativo: Fundamento legal Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 3, numeral 1, fracción VIII; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, quien suscribe somete a consideración de esta Soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto Denominación del proyecto de decreto Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil Artículo Único. Se reforma el artículo 82; se adiciona la fracción XXX, recorriendo su actual contenido a la fracción XXXI al artículo 19, al artículo 20 un párrafo y al artículo 79 un párrafo, todos de la Ley General de Protección Civil, para quedar como sigue:
5 Artículo I. a XXVIII.... XXIX. Proponer, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los modelos de contratación de seguros e instrumentos financieros de gestión de riesgos, que garanticen a la Federación las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; XXX. Requerir a las autoridades competentes en materia de servicio ferroviario la información necesaria a fin de que las rutas que pasan por zonas urbanas o metropolitanas sean contempladas en los Atlas de riesgo federal, estatal y municipal; y XXXI. Las demás que señalen los ordenamientos aplicables o que le atribuyan el Presidente o el Consejo Nacional dentro de la esfera de sus facultades. Artículo Para el caso de los riesgos provocados por el servicio ferroviario en zonas urbanas y metropolitanas, la Coordinación Nacional y la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario, en el marco de sus atribuciones, implementarán medidas a fin de reducir los riesgos mediante políticas públicas en las zonas urbanas y metropolitanas.... Artículo 79. Las personas físicas o morales del sector privado cuya actividad sea el manejo, almacenamiento, distribución, transporte y utilización de materiales peligrosos, hidrocarburos y explosivos presentarán ante la autoridad correspondiente los programas internos de protección civil a que se refiere la fracción XLI del artículo 2 de la presente Ley. La anterior disposición, de igual manera la deberán atender las personas físicas y morales privadas que prestan el servicio de transporte de carga o de pasajeros mediante ferrocarriles en zonas urbanas y metropolitanas. Artículo 82. El Gobierno Federal, con la participación de las entidades federativas y el gobierno del Distrito Federal, deberán buscar concentrar la información climatológica, geológica, meteorológica, antropogénicos y astronómica de que se disponga a nivel nacional. Artículo Transitorio Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Notas 1 pacion-vigente-sector 2 roviarios 3
6 4 registran-2-trenazos mortal_0_ html 6 iones_y_transportes.pdf Dado en la sede de la Cámara de Diputados, a 5 de abril de 2016 Diputada Claudia Edith Anaya Mota (rúbrica)
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