Informe Impacto de Género en los Presupuestos de la Generalitat

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1 Informe Impacto de Género en los Presupuestos de la Generalitat

2 ÍNDICE INFORME DE EVALUACIÓN DE IMPACTO DE GÉNERO DEL PRESUPUESTO DE LA GENERALITAT PARA INTRODUCCIÓN 2.- LÍNEAS ESTRATÉGICAS PARA LA EVALUACIÓN DE IMPACTO DE GÉNERO 3.- ANÁLISIS DEL PERSONAL DE LA GENERALITAT 3.1. Análisis del Personal de la Administración de la Generalitat Análisis general Análisis del personal según la relación jurídica con la Administración Análisis del personal por grupos y niveles Análisis del personal por provincias Análisis del personal por tramos de edad Análisis del personal de la Generalitat en el ámbito de la Conciliación de la vida laboral y familiar Análisis del Personal al Servicio de las Instituciones Sanitarias Análisis general Análisis del personal según el tipo de plantilla Análisis del personal por tipo de modalidad de asistencia sanitaria Atención Primaria Atención Especializada Salud Pública Inspección de Servicios Sanitarios Servicios Centrales y Territoriales de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública Análisis del Personal Docente de Centros Públicos No Universitarios Análisis general Personal docente en centros públicos de educación infantil y primaria Personal docente en centros públicos de ESO, Bachillerato y Formación Profesional Profesorado en centros públicos de Educación Especial Profesorado en otros tipos de enseñanzas Análisis del Personal de la Generalitat al Servicio de la Administración de Justicia Análisis del Personal del Sector Público de la Generalitat. 2

3 4.- FICHAS IMPACTO DE GÉNERO PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS GENERALITAT Presidencia de la Generalitat Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas Conselleria de Hacienda y Modelo Económico Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación. 5.- FICHAS IMPACTO DE GÉNERO SECTOR PÚBLICO INSTRUMENTAL DE LA GENERALITAT Organismos Autónomos de la Generalitat Instituto Valenciano de la Juventud (IVAJ) Instituto Cartográfico Valenciano (ICV) Servicio Valenciano de Empleo y Formación (SERVEF) Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria (AVFGA) Entidades de Derecho Público y Sociedades Mercantiles de la Generalitat Agència Valenciana de Turisme (AVT) Instituto Valenciano de Arte Moderno (IVAM) CulturArts Generalitat (CULTURARTS) Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) Instituto Valenciano de Acción Social (IVAS) Agència Valenciana d Avaluació i Prospectiva (AVAP) Instituto Valenciano de Finanzas (IVF) Ferrocarrils de la G.V. (FGV) Ciudad de las Artes y de las Ciencias, S.A. (CACSA) Entidad de Infraestructuras de la Generalitat (EIGE) Fundaciones de la Generalitat Fundación de la C.V. para el Fomento de los Estudios Superiores (FFES) Fundación de la C.V. de Atención a las Víctimas del Delito (FAVIDE) 3

4 1.- INTRODUCCIÓN La igualdad entre mujeres y hombres es un principio jurídico universal reconocido en la generalidad de los textos internacionales sobre derechos humanos. La labor de Naciones Unidas en pro de la igualdad entre mujeres y hombres, presenta un punto de inflexión en la IV Conferencia Mundial de Mujeres, celebrada en Pekín en A partir de esta conferencia, se pone de relieve que, el cambio de la situación de las mujeres es un tema en el que se tiene que implicar la sociedad en su conjunto y se considera, por primera vez, que su tratamiento no puede ser sectorial, sino que debe integrarse en el conjunto de las políticas. La Unión Europea consolida en el Tratado de Ámsterdam, aprobado por el Consejo Europeo de Ámsterdam el 17 de junio de 1997 y en vigor desde el 1 de mayo de 1999, la política iniciada en los años setenta acerca de la igualdad entre las mujeres y los hombres, y por ello, establece como principio la no discriminación por razón de sexo desde diferentes aspectos, proclamando en su artículo 2 que una de las misiones de la Comunitat es la igualdad entre mujeres y hombres. La Constitución Española establece la igualdad como valor superior del ordenamiento jurídico, proyectándose con una eficacia transcendente de manera tal que las situaciones de desigualdad devienen incompatibles con el orden de valores que la Constitución proclama. Además, establece la obligación de los poderes públicos de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, y de remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de toda la ciudadanía en la vida política, económica, cultural y social. En la Comunitat Valenciana el Estatut de Autonomía de la Comunitat Valenciana, en clara consonancia con lo establecido en la normativa europea y en la Constitución, determina en su artículo 2 que corresponde a la Generalitat, en el ámbito de sus competencias, promover las condiciones para que la igualdad de la ciudadanía y los grupos en que se integran sean reales y efectivas, y eliminar los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud. En la actualidad, todas las instituciones nacionales, europeas e internacionales vienen realizando un gran esfuerzo para garantizar el derecho de las personas a no sufrir discriminación por razón de sexo. Este esfuerzo se materializa, fundamentalmente, a través de tres vías de intervención: 1.- El desarrollo del principio de igualdad a través de la eliminación en el ordenamiento jurídico de las discriminaciones por razón de sexo. 2.- Las acciones positivas, que consisten en medidas específicas de intervención que actúan sobre las barreras sociales que dificultan la igualdad entre las personas, con el fin de compensar las desigualdades sociales. 4

5 3.- El mainstreaming de género, que supone la integración de los objetivos de igualdad en la elaboración y evaluación de las políticas públicas, es decir la integración de la perspectiva de género en el conjunto de las políticas públicas. Así pues, el gobierno actual de la Generalitat nacido de las elecciones a les Corts celebradas en mayo de 2015, considera necesario avanzar en la presupuestación con enfoque de género, que permita seguir progresando en el objetivo de igualdad de género en las políticas públicas de ingresos y gastos de la Generalitat, fomentando la elaboración, con perspectiva de género, de los anteproyectos de los estados de ingresos y de gastos en las diversas Consellerias y, en su caso, de recursos y dotaciones de las entidades del sector público de la Generalitat. La plena y efectiva igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, es un objetivo prioritario e irrenunciable del Consell. Desde la Generalitat se viene desarrollando una importante labor para promover y consolidar la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres, aplicando medidas e instrumentos jurídicos, políticos, económicos y sociales para abordar los obstáculos que todavía persisten en este sentido. Una de las actuaciones que se vienen llevando a cabo es la aprobación por parte del Consell de Planes de Igualdad de Oportunidades, que, tienen la finalidad de lograr una sociedad más justa, cohesionada e igualitaria para todas las personas de nuestra Comunitat. Por otra parte, la Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, establece en su artículo 4, entre los principios rectores de la acción administrativa, la obligación de los poderes públicos valencianos de adoptar medidas apropiadas para modificar los patrones socio-culturales de conducta asignados en función del género y medidas que respondan a la transversalidad de género. La transversalidad tiene por objeto integrar la dimensión de género en cada una de las políticas públicas, de forma que sea posible detectar las desigualdades entre mujeres y hombres, reorientando las actuaciones hacia los objetivos de igualdad. Se trata de una estrategia complementaria a las acciones específicas dirigidas a las mujeres que intenta contrarrestar los efectos de desigualdad que puedan producir las políticas públicas. En este marco, la integración de la perspectiva de género en los presupuestos supone evaluarlos teniendo en cuenta las desigualdades entre sexos y reasignar los recursos de una manera más equilibrada si fuera necesario. El presupuesto público se convierte así en un instrumento fundamental para aplicar la transversalidad de género a las políticas generales. En línea con lo expuesto, la Ley 6/2013, de 26 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2014 en su Disposición Adicional trigésimo tercera, establece la obligación de incorporar al proceso de elaboración de los presupuestos de la Generalitat un 5

6 informe de evaluación de impacto de género, informe cuya elaboración deberá impulsarse y coordinarse por una comisión creada al efecto mediante decreto del Consell. El informe de evaluación del impacto de género es un documento, que acompaña al Anteproyecto de la Ley de Presupuestos de la Generalitat 2017, en el que se recoge una evaluación previa del resultado y efectos que dicho anteproyecto pueda tener sobre mujeres y hombres, así como la incidencia de sus resultados en relación con la igualdad de oportunidades entre ambos sexos. El informe recoge la información necesaria para identificar las desigualdades de género existentes en relación con el objeto de la disposición, realiza los oportunos análisis para detectar el impacto previsible de la misma en la igualdad y propone posibles medidas para subsanar las desigualdades si ello fuera necesario La integración del enfoque de género en los presupuestos de la Comunitat Valenciana permitirá poner el acento en el análisis del impacto de las políticas en mujeres y hombres con el fin de facilitar y promover la igualdad entre sexos. La Comisión a que se hace referencia fue creada mediante Decreto 154/2014, de 26 de septiembre, del Consell por el que se crea la Comisión del Informe de Impacto de Género en los Presupuestos de la Generalitat, cuya finalidad se centra en los siguientes puntos: a) Conocer los efectos que tienen las intervenciones públicas plasmadas en los presupuestos de la Generalitat. b) Detectar y corregir las rutinas en los procesos administrativos presupuestarios basadas en una aparente neutralidad con respecto al género. c) Garantizar el cumplimiento de la normativa autonómica y estatal sobre igualdad de género. d) Facilitar la incorporación de la transversalidad de género en las políticas generales. e) Evitar desajustes en las políticas públicas entre políticas específicas de igualdad y políticas sectoriales o no específicas f) Comprobar si las actuaciones están teniendo resultados equivalentes en mujeres y hombres o por el contrario están discriminando a alguno de los dos sexos. Esta Comisión tiene como función principal la realización del informe de impacto de género en los Presupuestos de la Generalitat, además de elaborar un sistema de indicadores de evaluación del impacto de género en los presupuestos. Tal como se establece en la disposición adicional segunda del Decreto de creación de la Comisión citado anteriormente, La comisión velará por la inmediata puesta en marcha de las actuaciones administrativas necesarias en orden a incorporar un análisis de género del 6

7 personal al servicio de a Generalitat en los Presupuestos del ejercicio 2015, es por ello que, para los presupuestos 2015, se llevaron a cabo las siguientes actuaciones: 1.- Aprobación del Decreto 154/2014, de 26 de septiembre, del Consell por el que se crea la Comisión del Informe de Impacto de Género en los Presupuestos de la Generalitat. 2.- Impacto de género en el sistema económico de la Comunitat Valenciana. 3.- Análisis atendiendo a la perspectiva de género, del personal de la Administración del Consell de la Generalitat, del personal al servicio de las Instituciones Sanitarias, del personal docente de centros públicos no universitarios y del personal al servicio de la Administración de Justicia. 4.- Análisis de las políticas de formación de la Generalitat, y de las políticas de la PAC, todo ello también bajo la perspectiva de género. Siguiendo con el mandato de la citada Disposición, para el presupuesto 2017 se ha modificado el presente informe, manteniendo una parte de análisis del personal al servicio de la Administración de la Generalitat, e incorporando, con respecto al informe de 2015, un análisis, desde la perspectiva de género, de los programas presupuestarios que se gestionan desde las distintas Secciones de la Generalitat, así como de los distintos entes que forman parte del Sector Público Instrumental de la Generalitat. Para la elaboración del informe, los programas de las diferentes secciones de la Generalitat, así como en su en caso de los entes del sector público instrumental se clasifican en tres categorías: Grupo 1: Programas con competencia explícita en igualdad de género. Grupo 2: Programas con clara incidencia en la igualdad de género, pero sin mandato normativo ni programático explícito. Grupo 3: Programas sin incidencia manifiesta en igualdad. En el informe de impacto de género de los presupuestos de la Generalitat para 2017, sólo se incluye el análisis de los programas que corresponden al grupo 1, es decir aquellos con competencia explícita en igualdad de género. Por otra parte en el informe también incluye determinadas actuaciones con impacto de género de entidades del sector público instrumental de la Generalitat. 7

8 2 - LÍNEAS ESTRATÉGICAS PARA LA EVALUACIÓN DE IMPACTO DE GÉNERO El Estatut de Autonomía de la Comunitat Valenciana, en clara consonancia con lo establecido en la normativa europea y en la Constitución, determina en su artículo 2 que corresponde a la Generalitat Valenciana, en el ámbito de sus competencias, promover las condiciones para que la igualdad de la ciudadanía y los grupos en que se integran sean reales y efectivas, y eliminar los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud. Por otra parte, la Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, establece en su artículo 4, entre los principios rectores de la acción administrativa, la obligación de los poderes públicos valencianos de adoptar medidas apropiadas para modificar los patrones socio-culturales de conducta asignados en función del género y medidas que respondan a la transversalidad de género. En este marco, la integración de la perspectiva de género en los presupuestos, supone evaluarlos teniendo en cuenta las desigualdades entre sexos, y reasignar los recursos de una manera más equilibrada si fuera necesario. El presupuesto público se convierte así en un instrumento fundamental para aplicar la transversalidad de género a las políticas generales. En línea con lo expuesto, la Ley 6/2013, de 26 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2014 en su Disposición Adicional trigésimo tercera, establece la obligación de incorporar al proceso de elaboración de los presupuestos de la Generalitat un informe de evaluación de impacto de género, informe cuya elaboración deberá impulsarse y coordinarse por una comisión creada al efecto mediante decreto del Consell. Durante el ejercicio 2014 se iniciaron las actuaciones tendentes a la realización del informe de impacto de género en los presupuestos de la Generalitat, dándose cumplimiento a la Disposición Adicional 33, aprobando el Decreto 154/2014, de 26 de septiembre, del Consell por el que se crea la Comisión del Informe de Impacto de Género en los Presupuestos de la Generalitat. Esta Comisión, de acuerdo con el Decreto 154/2014, de 26 de septiembre, del Consell, es el órgano colegiado asesor específico, de participación administrativa, que tiene como objeto impulsar que los presupuestos de la Generalitat sean un elemento activo en la consecución de forma efectiva del objetivo de la igualdad entre mujeres y hombres. Entre las funciones de la mencionada Comisión se encuentra, en primer lugar, realizar el informe de impacto de género del proyecto de ley de Presupuestos de la Generalitat, además de elaborar el sistema de indicadores de evaluación del impacto de género en la ejecución de los presupuestos de la Generalitat, así como los instrumentos de recogida de información de todos los centros directivos y su análisis. 8

9 Con la finalidad de poder analizar desde una perspectiva de género todas las políticas de gasto que tiene la Generalitat, se ha previsto que en la composición de la Comisión estén representadas todas las Consellerias, así como los organismos autónomos y entidades que por su objeto pueden influir en el género a través de sus actuaciones. Por otra parte, el Consell acordó en la reunión celebrada el 28 de agosto de 2015, que en cada Conselleria y en la Presidencia de la Generalitat, exista una Unidad de Igualdad, como órgano de nivel administrativo dependiente de cada Subsecretaría. Las principales funciones de estas Unidades de Igualdad son: a. Velar por la aplicación efectiva del principio de igualdad entre mujeres y hombres. b. Llevar a cabo el seguimiento, evaluación del desarrollo y grado de cumplimiento de la normativa vigente en materia de igualdad entre mujeres y hombres. c. Asesorar en la elaboración de informes sobre impacto por razón de género. d. Supervisar y proponer medidas para la incorporación de la perspectiva de género en los contratos, subvenciones, convenios, acuerdos, gestión de recursos humanos y cualquier otra actuación que se lleve a cabo en el ámbito de sus competencias, así como analizar el impacto de los resultados que su realización ha tenido respecto del género. e. Supervisar y proponer medidas para la incorporación de la perspectiva de género en la elaboración de los presupuestos. f. Solicitar la información estadística generada por la actividad del departamento y asesorar en relación con su elaboración, así como realizar el análisis, seguimiento y control, desde la dimensión de género, de las estadísticas oficiales relacionadas con su ámbito competencial. g. Promover la elaboración de estudios de investigación e informes técnicos de diagnóstico de la situación de las mujeres, en relación con las áreas de actividad del departamento, con el fin de detectar y corregir posibles situaciones de desigualdad entre mujeres y hombres. h. Asesorar en la elaboración de los planes de igualdad previstos en la normativa de función pública valenciana, colaborar en su evaluación y proponer la adopción de medidas correctoras. i. Impulsar la formación y sensibilización del personal de su departamento en relación al alcance y significado del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, mediante la formulación de propuestas de acciones formativas a la 9

10 Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de Género. j. Impulsar y proponer medidas específicas dirigidas a corregir situaciones de desigualdad social que afectan especialmente a mujeres en exclusión social, víctimas de violencia o que sufren discriminación múltiple. Las Unidades de Igualdad han sido creadas con el propósito de la imprescindible transversalidad que tiene que impregnar las actuaciones de cada Conselleria para que la igualdad de mujeres y hombres sea real y efectiva. En fecha 9 de junio de 2016, se realizó una reunión de la Comisión de Impacto de Género con la finalidad de nombrar nuevo Secretario y fijar el plan de trabajo para la Elaboración del Informe de Impacto de Género que acompañará a los presupuestos de la Generalitat para En esta reunión se acordó profundizar en la evaluación del impacto de género. Para ello, el Presidente de la Comisión solicitó a las Consellerias que las personas que designaran como vocales en la Comisión de Impacto de Género, fueran preferentemente, una persona especializada en presupuestos y otra persona especializada en perspectiva de género. Estas personas fueron las encargadas de elaborar y clasificar los programas de la Conselleria a la que están adscritos, en 3 grupos según su incidencia en género: grupo 1, que comprenderá los programas con competencia explícita en igualdad de género; grupo 2, que integrará los programas con clara incidencia en la igualdad de género, pero sin mandato normativo ni programático explícito y grupo 3, programas sin incidencia manifiesta en igualdad de género. En una segunda fase, se realizaron los informes de impacto de género para cada programa presupuestario identificado, para lo que se preparó un modelo de informe a cumplimentar por los centros gestores, que permitió recopilar los aspectos fundamentales del programa en relación con la igualdad entre mujeres y hombres. Por último, la tercera fase consistió en la homogeneización y depuración de la información recopilada en los informes cumplimentados por los centros gestores y la elaboración de la propuesta de informe final por la Dirección General de Presupuestos que fue aprobado por la Comisión de Impacto de Género. 10

11 3. ANÁLISIS DEL PERSONAL DE LA GENERALITAT El análisis del personal al servicio de la Generalitat, recoge la composición por sexo de los puestos de gestión y de toma de decisiones de las políticas de la Administración de la Comunitat Autónoma. De esta manera se realiza un análisis intra-organizacional como parte del proceso de transversalidad de género para analizar hasta qué punto la institución es sensible a la igualdad de género en la selección, promoción y condiciones laborales de su personal, y es capaz de reorganizar sus recursos humanos para avanzar en términos de igualdad de género, al tiempo que aprovechar las mejoras de productividad, eficacia y eficiencia asociadas a la diversidad de género. La información sobre el personal se obtiene de la explotación de fuentes internas y hace referencia a la situación real de la plantilla en mayo de La metodología que se ha seguido en este capítulo del Informe responde a un enfoque estático y otro dinámico, comparativo con el ejercicio anterior. Desde el primer enfoque, se realiza un estudio de cada uno de los colectivos que componen el personal de la Administración de la Generalitat, esto es, la Administración del Consell de la Generalitat, el personal al servicio de las Instituciones Sanitarias, el Personal Docente de Centros Públicos No Universitarios y el personal al servicio de la Administración de Justicia en la Comunitat Valenciana. Finalmente al igual que en el ejercicio anterior, el instrumento de medida que se va a utilizar en los distintos apartados en que se divide este punto del informe es el Índice de Presencia Relativa de Hombres y Mujeres (IPRHM), que responde a la fórmula IPRHM = [(M- H)/(M+H)]+1, en la que M es el número de mujeres, y H el de hombres. En atención a la definición de presencia o composición equilibrada recogida en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en su disposición adicional primera: Disposición adicional primera. Presencia o composición equilibrada. A los efectos de esta Ley, se entenderá por composición equilibrada la presencia de mujeres y hombres de forma que, en el conjunto a que se refiera, las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento. De acuerdo con esta definición, se establece un rango de valores del índice que indican que existe dicho equilibrio, según la fórmula del IPRHM, en una situación de representación paritaria, su valor sería igual a la unidad. Entre 0,8 y 1, habría sobrerrepresentación masculina, pero dentro de los límites de equilibrio que marca la legislación de igualdad entre hombres y mujeres. Valores por debajo de 0,8, son indicativos de desequilibrio por mayoría de hombres. En el sentido inverso de los valores del índice, es 11

12 decir, por encima de 1, el número de mujeres superaría al de hombres, siendo el límite legal de representación equilibrada el 1,2. Con todas las premisas expuestas en esta introducción se va a proceder a realizar el análisis del personal al servicio de la Generalitat ANÁLISIS DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALITAT. En este punto se realiza un análisis de la presencia de mujeres y hombres en la Administración del Consell de la Generalitat. Para ello, se exponen las principales características desde el punto de vista de género de la distribución del personal que integra el régimen general de la administración del Consell de la Generalitat, tanto en términos totales como según las diferentes categorías, edad, relación jurídica, y otros elementos de análisis relevantes Análisis general El personal al servicio de la Administración del Consell de la Generalitat, lo componen personas, siendo el número de mujeres mayor que el de hombres. En concreto, se distribuye en mujeres, es decir, un 66,55% sobre el total, mientras que el número de hombres es de 5.338, representando el 33,45%. (Gráfico 1). Gráfico 1. Personal al servicio de la Administración del Consell de la Generalitat, por sexo. Año Hombres Mujeres Fuente: Base de datos de personal de la Generalitat Si se calcula esta distribución mediante el Índice de Presencia Relativa de Hombres y Mujeres (en adelante IPRHM) se obtiene un valor de 1,33. Dado que valores del índice entre 1 y 1,20 indican una mayoría de mujeres dentro de los límites de representación equilibrada, 12

13 el valor obtenido refleja una situación de desequilibrio, con un porcentaje de mujeres que, como ya se ha indicado, se sitúa por encima del 60%. Según los datos del Boletín Estadístico del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas del mes de enero de 2016, publicado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, el personal de las Comunidades Autónomas en consejerías y Organismos Autónomos ascendía en esa fecha a personas, de las cuales eran mujeres, lo que representa el 57% del personal total. La presencia mayoritaria de mujeres dentro del personal de consejerías y organismos autónomos se produce en todas las Comunidades Autónomas. De hecho, el valor del IPRHM para cada Comunidad Autónoma es superior a la unidad, reflejando que el número de mujeres es superior al de hombres en todos los casos, excepto en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla en las que el IPRHM es del 0,71%. Sin embargo, la mayoría de las Comunidades Autónomas presentan valores del IPRHM comprendidos dentro de los límites de composición equilibrada marcados por la legislación. Sólo en siete Comunidades Autónomas el IPRHM es superior al 1,20, entre las que se encuentra la Comunitat Valenciana, con un IPRHM de 1,26, al igual que Aragón y P. Vasco. (Gráfico 2). Gráfico 2. IPRHM del personal de Consejerías y Organismos Autónomos de Comunidades Autónomas. Enero de ,40 1,20 1,26 1,26 1,26 1,25 1,24 1,23 1,21 1,20 1,18 1,16 1,15 1,15 1,14 1,13 1,12 1,09 1,06 1,05 1,00 0,80 0,71 0,60 0,40 0,20 0,00 Aragón País Vasco C. VALENCIANA LA RIOJA CANARIAS ILLES BALEARS P. ASTURIAS R. MURCIA CASTILLA Y LEON CANTABRIA Extremadura Total CCAA C.F. NAVARRA CATALUÑA Galicia Andalucía C. MADRID Castilla - La Mancha Ceuta y Melilla Fuente: Boletín Estadístico del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. 13

14 Análisis del personal según la relación jurídica con la Administración El análisis del personal de la Administración del Consell de la Generalitat, según la relación jurídica que mantiene con la Administración, muestra que el número de mujeres es superior al de hombres en la práctica totalidad de los grupos considerados. De hecho, las únicas excepciones se encuentran en el personal eventual y el personal estatutario, pero estos dos grupos apenas representan el 0,41 % del total del personal de la Administración del Consell. (Cuadro 1). Cuadro 1. Personal de Administración del Consell según relación jurídica y sexo. Año 2016 HOMBRES MUJERES Personal funcionario de carrera Personal funcionario interino por proc. urgencia Personal eventual Personal estatutario 5 1 Personal laboral fijo Personal laboral temporal Personal indefinido no fijo 8 28 Sin relación jurídica anotada 3 17 TOTAL Fuente: Base de datos de personal de la Generalitat El IPRHM para cada una de las categorías de relación jurídica se encuentra por encima de los límites de composición equilibrada establecidos por la ley, reflejando porcentajes de representación de las mujeres por encima del 60%. Las únicas excepciones son el personal eventual, donde los hombres representan el 69,5%, y el personal estatutario, donde representan el 83%. Por su parte, los valores más elevados corresponden al personal funcionario interino y al personal indefinido no fijo, con IPRHM de 1,51 y 1,56, respectivamente. El personal funcionario de carrera y el personal laboral fijo registran unos valores del IPRHM ligeramente por encima del límite superior de composición equilibrada de 1,20. (Gráfico 3). 14

15 Gráfico 3. Valor del IPRHM del personal de la Administración del Consell. 1,60 1,51 1,56 1,40 1,40 1,25 1,23 1,20 1,00 0,80 0,60 0,61 0,40 0,33 0,20 0,00 Funcionarios de carrera Funcionarios interinos por proced. urgencia Personal eventual Personal estatutario Personal Laboral fijo Personal laboral temporal Personal indefinido no fijo Fuente: Base de datos de personal de la Generalitat Análisis del personal por grupos y niveles El personal funcionario de la administración de la Generalitat se agrupa en cuerpos por razón del carácter homogéneo de las funciones a desempeñar y de las competencias, las capacidades y los conocimientos comunes acreditados a través de un procedimiento selectivo. Dentro de los cuerpos funcionariales, por razón de la especialización de las funciones, podrán existir escalas. Los cuerpos y escalas se clasifican, de acuerdo con la titulación exigida para el acceso a los mismos, en los siguientes grupos: a) Grupo A, dividido en los subgrupos A1 y A2. Para el acceso a los cuerpos o escalas de este grupo profesional se exigirá estar en posesión del título universitario de grado b) Grupo B. Para el acceso a los cuerpos o escalas del grupo B se exigirá estar en posesión del título de técnico superior de formación profesional. c) Grupo C, dividido en los subgrupos profesionales C1 y C2, según la titulación exigida para el ingreso. C1: Título de bachiller o técnico de formación profesional. C2: Título de graduado en educación secundaria obligatoria. d) Grupo APF/E. Para el acceso a las agrupaciones profesionales funcionariales, no se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo. 15

16 Los grupos con mayor personal de la Administración del Consell son los grupos C1 y C2, en donde se concentra el 27% y el 24%, respectivamente, del personal total. Las mujeres son mayoritarias en todos los grupos, con porcentajes superiores al 60%, a excepción del grupo A1, donde el porcentaje de mujeres es del 54%. (Cuadro 2). Cuadro 2. Personal de Administración del Consell por grupos y niveles, según sexo. TOTAL PERSONAL ADMINISTRACIÓN GENERAL POR GRUPOS Y NIVELES NIVELES / GRUPOS HOMBRES MUJERES APF/E A1 A2 C1 C2 APF/E A1 A2 C1 C SIN NIVEL SIN GRUPO TOTAL Fuente: Base de datos de personal de la Generalitat El cálculo del IPRHM por grupos permite extraer varias conclusiones. En primer lugar, todos los valores del IPRHM se encuentran por encima de la unidad, reflejando, tal como ya se había apuntado anteriormente, que el número de mujeres en todos los grupos es superior al de los hombres. En segundo lugar, sólo en el grupo A1 se obtiene un valor del IPRHM dentro de los límites establecidos en la legislación para la composición paritaria, mostrando, por tanto, desequilibrio en el resto de los grupos. Por último, el valor del IPRHM es mayor en los grupos más bajos, encontrándose los mayores porcentajes de hombres en los grupos A1 y A2. (Gráfico 4). 16

17 Gráfico 4. IPRHM del personal de Administración del Consell por grupos. 1,40 1,41 1,43 1,41 1,26 1,20 1,10 1,00 0,80 0,60 0,40 0,20 0,00 APF/E A1 A2 C1 C2 Fuente: Base de datos de personal de la Generalitat 1.- Análisis Grupo A1 por niveles El grupo A1 cuenta con un total de efectivos, de los cuales el 54% son mujeres y el 46% son hombres. El número más elevado de efectivos se concentra, dentro de este grupo, en el nivel 24, donde se encuentran el 35% de los hombres y el 32% de las mujeres del grupo, seguido por el nivel 20, con unos porcentajes del 17,6% y del 26%, respectivamente. Por su parte, la distribución por niveles muestra que las mujeres son mayoritarias en todos ellos, a excepción del nivel 30, que es el nivel más elevado del grupo. (Cuadro 3). Cuadro 3. Personal del grupo A1 de la Administración del Consell, por nivel y sexo. TOTAL HOMBRES Y MUJERES GRUPO A1 POR NIVELES NIVELES GRUPO A1 HOMBRES MUJERES TOTAL % HOMBRES POR NIVELES % MUJERES POR NIVELES ,59% 26,14% ,18% 0,59% ,01% 16,47% ,18% 31,83% ,55% 9,90% ,82% 9,97% ,65% 6,20% Total A ,00% 100,00% Fuente: Base de datos de personal de la Generalitat 17

18 Del análisis de los datos se desprende que, aunque la presencia de las mujeres en el grupo A1 es superior a la de los hombres, se cumple la composición equilibrada definida en la ley, dado que el valor del IPRHM es de 1,10. Todos los niveles se encuentran comprendidos dentro de los límites de composición paritaria, salvo los niveles 20 y 21, que se encuentran ligeramente por encima del límite superior de 1,20. Además, el valor del IPRHM es superior a la unidad en todos los niveles, excepto en el nivel 30 reflejando el mayor porcentaje de hombres que existe en el nivel mejor clasificado, tal como ya se apuntó anteriormente. (Gráfico 5). Gráfico 5. IPRHM del personal del grupo A1 por niveles. 1,60 1,60 1,40 1,28 1,20 1,00 1,10 1,04 1,06 1,05 0,98 1,10 0,80 0,60 0,40 0,20 0, Total A1 Fuente: Base de datos de personal de la Generalitat 2.- Análisis Grupo A2 por niveles. El número de mujeres en el grupo A2 es superior al de hombres en todos los niveles, a excepción del nivel 22, y la distribución por niveles muestra significativas diferencias en género. Así, las mujeres se encuentran más concentradas en los niveles inferiores del grupo A2, con más del 32% de las mujeres en el nivel 16. Por el contrario, los hombres se encuentran concentrados en los niveles más elevados del grupo, ocupando el 21% de los hombres puestos clasificados en el nivel 24. (Cuadro 4). 18

19 Cuadro 4. Personal del grupo A2 de la Administración del Consell, por nivel y sexo. TOTAL HOMBRES Y MUJERES GRUPO A2 POR NIVELES NIVELES GRUPO A2 HOMBRES MUJERES TOTAL % HOMBRES POR NIVELES % MUJERES POR NIVELES ,11% 0,07% ,37% 32,18% ,52% 6,97% ,57% 20,50% ,13% 13,01% ,07% 9,75% ,90% 0,60% ,39% 3,25% ,72% 13,54% ,22% 0,13% Total A ,00% 100,00% Fuente: Base de datos de personal de la Generalitat El cálculo del IPRHM permite apreciar más claramente las mencionadas observaciones sobre la composición por sexo del grupo A2. Así, en el nivel 16, el índice se sitúa en un nivel muy por encima del límite superior de 1,20 para composición igualitaria de la plantilla, mientras que los valores más bajos del índice se registran en los mayores niveles, 22 y 24. De esta forma, las mujeres predominan en todos los niveles del grupo A2, excepto en el nivel 26, con composición equilibrada, y en el nivel 22, que tiene una presencia masculina mayoritaria. (Gráfico 6). Gráfico 6. IPRHM del personal del grupo A2, por niveles. 1,60 1,49 1,40 1,35 1,29 1,26 1,20 1,00 1,00 1,11 1,15 1,06 1,03 1,00 0,85 0,80 0,60 0,40 0,20 0, Total A2 Fuente: Base de datos de personal de la Generalitat 19

20 3.- Análisis Grupo C1 por niveles Los datos del grupo C1 permiten apreciar claramente la mayor presencia de mujeres en este grupo, representando el 71,5% del personal que compone el grupo. Asimismo, también se observa que el mayor número de mujeres se encuentran en los puestos de menor nivel. Así, en el nivel 14 se concentra el 74% de las mujeres del grupo, pero sólo el 46% de los hombres, mientras que puestos con niveles 17 y 18 son ocupados por el 35% de los hombres frente al 19% de las mujeres. (Cuadro 5). Cuadro 5. Personal del grupo C1 de la Administración del Consell, por nivel y sexo. TOTAL HOMBRES Y MUJERES GRUPO C1 POR NIVELES NIVELES GRUPO C1 HOMBRES MUJERES TOTAL % HOMBRES SOBRE EL TOTAL DEL NIVEL % MUJERES SOBRE EL TOTAL DEL NIVEL ,25% 0,00% ,16% 0,07% ,65% 74,21% ,61% 0,46% ,76% 6,08% ,75% 0,98% ,71% 17,53% ,12% 0,00% ,25% 0,23% ,33% 0,36% ,41% 0,10% Total C ,00% 100,00% Fuente: Base de datos de personal de la Generalitat Para el cálculo del IPRHM sólo se ha tenido en cuenta el personal de los niveles 14 a 18, dado que el resto de niveles desvirtuaría el análisis de género del grupo total por ser un número muy reducido (representan menos del 2% del grupo). El valor del IPRHM, que es de 1,43 para el total del grupo C1, muestra un importante desequilibrio en género, muy alejado del límite superior del IPRHM al que hace referencia la legislación para la composición equilibrada. De hecho, sólo el valor del índice del nivel 16 se encuentra dentro de los límites establecidos para una plantilla equilibrada en género. Además, los desequilibrios por niveles son importantes, con un IPRHM en el nivel 14 de 1,60, lo que supone un porcentaje de mujeres cercano al 80%, mientras que en el nivel 17 el IPRHM es de 0,32, significando que casi el 84% del personal en ese nivel son hombres. (Gráfico 7). 20

21 Gráfico 7. IPRHM del personal del grupo C1, por niveles. 1,60 1,60 1,40 1,32 1,43 1,20 1,13 1,00 0,80 0,60 0,61 0,40 0,32 0,20 0, Total C1 Fuente: Base de datos de personal de la Generalitat 4.- Análisis Grupo C2 por niveles. El grupo C2 es el segundo grupo con mayor número de personal, por detrás del grupo C1, y muestra una importante concentración por niveles, con el 89% del personal en el nivel 12. Por ello, el análisis se va a centrar únicamente en ese nivel. Del análisis de sus datos también se puede apreciar la importante presencia femenina, siendo el número de mujeres más del doble que el de hombres. De hecho, el IPRHM para ese nivel es de 1,39, mostrando una situación de desequilibrio, en la que el porcentaje que representan los hombres sólo alcanza al 30% de los efectivos del grupo C2 (Cuadro 6). Cuadro 6. Personal del grupo C2 de la Administración del Consell, por nivel y sexo. TOTAL HOMBRES Y MUJERES GRUPO C2 POR NIVELES NIVELES GRUPO C2 HOMBRES MUJERES TOTAL % HOMBRES % MUJERES ,09% 1,20% ,79% 88,33% ,35% 0,04% ,35% 0,15% ,33% 10,20% ,00% 0,04% ,09% 0,04% TOTAL ,00% 100,00% Fuente: Base de datos de personal de la Generalitat 21

22 El cálculo del IPRHM para todo el grupo C2 da un resultado de 1,41, lo que muestra un importante desequilibrio en género. Si tenemos en cuenta sólo los niveles 12 y 16, dado que el resto de niveles desvirtuaría el análisis de género del grupo total por ser un número muy reducido (representan menos del 2% del grupo), el resultado no varía dado que presentan valores de 1,39 y 1,49 respectivamente, muy por encima de los límites establecidos para una plantilla equilibrada en género. Esto supone que más del 70% del personal del grupo C2 son mujeres. (Gráfico 8). Gráfico 8. IPRHM del personal del grupo C2, por niveles. 2,00 1,94 2,00 1,80 1,60 1,40 1,39 1,49 1,41 1,20 1,00 1,00 1,00 0,80 0,60 0,40 0,40 0,20 0, Total C2 5.- Análisis Grupo APF por niveles En el grupo APF, al igual que se observó en el grupo C2, existe una importante concentración por niveles, estando el 98% del personal concentrados en el nivel 10. La distribución por sexo en ese nivel muestra una reducida presencia de hombres, cuyo porcentaje no llega al 30%. De hecho, el valor del IPRHM para el nivel 10 es de 1,41, de manera que también en este grupo existe una situación de desequilibrio en términos de composición de género (Cuadro 7 y Gráfico 9). Cuadro 7. Personal del grupo APF de la Administración General, por nivel y sexo. TOTAL HOMBRES Y MUJERES GRUPO APF/E POR NIVELES NIVELES HOMBRES MUJERES TOTAL % HOMBRES % MUJERES ,64% 98,57% ,10% 1,32% ,13% 0,06% ,13% 0,06% TOTAL APF ,00% 100,00% Fuente: Base de datos de personal de la Generalitat 22

23 Gráfico 9. IPRHM del personal del grupo APF/E, por niveles. 2,00 1,80 1,60 1,40 1,41 1,41 1,20 1,20 1,00 1,00 1,00 0,80 0,60 0,40 0,20 0, Total APF/E 6.- Análisis del personal de la Administración del Consell por niveles: Conclusiones. Si se realiza el cálculo del IPRHM para cada uno de los niveles de personal de la Administración del Consell, sin distinguir por grupo, se puede apreciar una determinada pauta en sus valores. Excluyendo del análisis los niveles que tienen un reducido número de efectivos (tales como los niveles 15, 17 y 19), se observa que el valor del índice es decreciente con el nivel del puesto, de manera que en los niveles más bajos los porcentajes de mujeres son muy superiores al de los hombres, mientras que en los niveles con mayor retribución la composición de la plantilla es más paritaria. (Gráfico 10). Gráfico 10. IPRHM del personal de la Administración del Consell por niveles. 1,60 1,60 1,40 1,42 1,39 1,40 1,33 1,28 1,20 1,00 1,07 1,06 1,03 1,05 1,05 0,98 0,80 0,72 0,60 0,61 0,40 0,20 0, Fuente: Base de datos de personal de la Generalitat 23

24 Análisis del personal por provincias Los datos por provincias del personal de la administración del Consell de la Generalitat muestran que el número de mujeres supera al de hombres, circunstancia que tradicionalmente se da en todas las administraciones. Asimismo, no se aprecian diferencias significativas entre las provincias, situándose en todas ellas el porcentaje de mujeres por encima del 65% del total de personal de la provincia. Gráfico 11. Personal de la Administración del Consell, por provincia y sexo ALICANTE CASTELLÓN VALENCIA Hombres Mujeres Fuente: Base de datos de personal de la Generalitat El valor de IPRHM se encuentra en las tres provincias por encima del 1,20, mostrando, por tanto, una composición desequilibrada de la plantilla en cuanto a género. La provincia de Valencia es la que registra el menor valor del IPRHM, mientras que Castellón, con un 70% de mujeres en su plantilla de personal, muestra un IPRHM de 1,40. (Gráfico 12). Gráfico 12. IPRHM del personal de la Administración del Consell por provincia. 1,60 1,40 1,38 1,38 1,31 1,20 1,00 0,80 0,60 0,40 0,20 0,00 ALICANTE CASTELLÓN VALENCIA Fuente: Base de datos de personal de la Generalitat 24

25 Análisis del personal por tramos de edad El análisis del personal de la administración del Consell por tramos de edad y sexo, muestra que la mayor parte del personal se concentra en el tramo de edad comprendido entre los 50 y los 59 años. En ese tramo se encuentra el 46,9% de las mujeres y casi el 50% de los hombres. Por el contrario, sólo el 0,42% de las mujeres y el 0,21% de los hombres eran menores de 30 años. (Cuadro 8). Cuadro 8. Personal de la Administración del Consell, por tramos de edad y sexo. PERSONAL ADMINISTRACIÓN GENERAL POR EDAD Y SEXO TRAMO EDAD HOMBRES MUJERES TOTAL DISTRIBUCIÓN MUJERES % DISTRIBUCIÓN HOMBRES % IRPHM MENORES DE 30 ENTRE 30 Y 39 ENTRE 40 Y 49 ENTRE 50 Y 59 ENTRE 60 Y 64 DE 65 o MAS ,42% 0,21% 1, ,54% 8,02% 1, ,82% 27,00% 1, ,91% 49,91% 1, ,87% 14,01% 1, ,43% 0,86% 1,00 TOTAL ,00% 100,00% 1,33 Fuente: Base de datos de personal de la Generalitat El valor del IPRHM es descendente con los grupos de edad, de modo que en los grupos de edad más avanzados se obtienen unos valores del IPRHM más reducidos. Así, en el tramo que corresponde al personal mayor de 65, el IPRHM alcanza la unidad, indicando que el número de mujeres es igual al de hombres, aunque el personal en ese tramo de edad sólo supone el 0,58% del total. Conforme van disminuyendo los tramos de edad, el índice comienza a ascender, hasta llegar al valor de 1,61 para el personal menor de 30 años, con las mujeres representando el 80% del personal de ese grupo de edad. (Gráfico 13) Gráfico 13. IPRHM del Personal de la Administración del Consell, por tramos de edad. 1,60 1,61 1,48 1,40 1,37 1,29 1,26 1,20 1,00 1,00 0,80 0,60 0,40 0,20 0,00 Menores de 30 Entre 30 Y 39 Entre 40 Y 49 Entre 50 Y 59 Entre 60 Y 65 Mayores de 65 Fuente: Base de datos de personal de la Generalitat 25

26 Análisis del personal de la Generalitat en el ámbito de la Conciliación de la vida laboral y familiar La necesidad de conciliar la vida personal, familiar y laboral se presenta como un objetivo fundamental a alcanzar. Para ello es imprescindible contar con una responsabilidad compartida entre mujeres y hombres en todos los ámbitos: doméstico, cultural, educativo, social, familiar y laboral. Cuando logremos este objetivo, habremos conseguido el equilibrio y una integración real de la mujer. En los últimos tiempos se está asistiendo a importantes modificaciones en la normativa, tanto autonómica, como estatal y comunitaria, que están produciendo cambios en el entorno laboral de la mujer. Así, el Estatut de Autonomía de la Comunitat Valenciana, en clara consonancia con lo establecido en la Constitución, determina que corresponde a la Generalitat, en el ámbito de sus competencias, promover las condiciones para que la igualdad de la ciudadanía, y los grupos en que se integran, sean reales y efectivas, y eliminar los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud. Es por ello, que la Generalitat publicó el Decreto 68/2012 de 4 de mayo, del Consell, por el que se modifica el Decreto 175/2006 de 24 de noviembre, del Consell, por el que se regulan las condiciones de trabajo del personal al servicio de la administración del Consell. En el citado Decreto, en aras a la conciliación laboral y familiar se han regulado las siguientes figuras: Reducciones de jornadas: se pueden solicitar reducciones de jornada por diversos motivos, entre los que destacan: o Por razones de guarda legal, tenga a su cargo algún niño o niña de 12 años o menor, o familiares que requieran especial atención. o Por razones de convivencia, tenga a su cuidado directo algún disminuido físico, psíquico o sensorial, con una minusvalía igual o superior al 33 por ciento. o Por razón de larga o crónica enfermedad no pueda realizar su jornada laboral completa. o El personal que deba atender el cuidado del cónyuge, pareja de hecho o de un familiar de primer grado por razón de enfermedad muy grave que requiera hospitalización en institución sanitaria o domiciliaria, podrá disfrutar de una reducción de hasta el 50% de la jornada laboral. Flexibilidad horaria en diferentes supuestos, sin que en ningún caso suponga una reducción de la jornada laboral. 26

27 grave. Permisos: o Permiso por matrimonio o unión de hecho. o Permisos por técnicas prenatales. o Permiso por maternidad biológica. o Permiso por adopción o acogimiento de menores. o Permiso por adopción internacional. o Permiso por lactantes. o Permiso por cuidado de hijo o hija menor, afectado por cáncer u otra enfermedad o Permiso por paternidad. o Permiso médico y asistencial tanto del propio personal, como de menores, ancianos o discapacitados físicos, psíquicos o sensoriales a su cargo. o Permiso por fallecimiento. o Permiso por enfermedad grave. profesional. Licencias por enfermedad de familiares y licencias para perfeccionamiento Por último, se publicó el Acuerdo de 17 de junio de 2016, de ratificación del Acuerdo de legislatura de la mesa general de negociación del personal funcionarial, estatutario y laboral de la Generalitat de 9 de junio de 2016, que, con el objetivo de profundizar en la conciliación entre el compromiso laboral, las responsabilidades familiares y la vida personal, se acordaron las siguientes medidas: Ampliar en seis semanas la duración del permiso de paternidad por el nacimiento, acogida o adopción de un hijo o una hija. Conforme a lo previsto en la disposición adicional decimosexta del TREBEP, y previa la modificación de la LOGFPV, establecer un permiso retribuido, a partir del primer día de la semana 37 de embarazo y hasta la fecha del parto, a disfrutar por las funcionarias en estado de gestación. Caso de gestación múltiple, este permiso podrá iniciarse el primer día de la semana 35 de embarazo, hasta la fecha del parto. Las estadísticas del personal de la Generalitat que ha solicitado alguna de las figuras anteriormente citadas durante los ejercicios 2012, 2013, 2014 y 2015 muestran que el porcentaje de mujeres que han solicitado tanto reducciones de jornada como permisos o licencias en relación con la conciliación laboral y familiar es muy superior al de los hombres, representando las mujeres el 95% de las solicitudes de reducción de jornada con disminución de retribuciones (principalmente, para cuidado de hijas/os y familiares) y el 88% de las licencias sin retribución. (Gráfico 14) 27

28 Gráfico 14. Resoluciones de licencias sin retribución y de reducciones de jornada relacionadas con la conciliación de la vida laboral y familiar del personal de la Administración del Consell, por sexo. Años Licencias sin retribución Reducción de jornada con disminución de retribuciones Licencias sin retribución Reducción de jornada con disminución de retribuciones Licencias sin retribución Reducción de jornada con disminución de retribuciones Licencias sin retribución Reducción de jornada con disminución de retribuciones 2015 Hombres Mujeres Fuente: Base de datos de personal de la Generalitat Respecto al año 2016, hasta junio se concedieron un total de 214 licencias sin retribución y 45 reducciones de jornada con disminución de retribuciones, siendo minoritarias las solicitudes realizadas por los hombres. Así, el porcentaje de mujeres supera el 86% en las licencias y supera el 95% en las reducciones de jornada. (Gráfico 15) Gráfico 15. Distribución de reducciones de jornada y permisos y licencias relacionados con la conciliación de la vida laboral y familiar del personal de la Administración del Consell, según sexo. Enero a junio de % 95,6% 86,9% 80% 60% 40% 20% 13,1% 0% Licencias sin retribución 4,4% Reducciones de jornada con disminución de retribuciones Hombre Mujer Fuente: Base de datos de personal de la Generalitat 28

29 3.2. ANÁLISIS DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LAS INSTITUCIONES SANITARIAS Se realiza en este punto el análisis de la presencia de mujeres y hombres en el sistema sanitario de la Generalitat. Para ello, se utiliza la explotación de la base de datos de personal al servicio de las instituciones sanitarias, que permite realizar un análisis descriptivo de conjunto sobre la distribución relativa de los hombres y mujeres que trabajan en este sector Análisis general El personal al Servicio de las Instituciones Sanitarias en la Comunitat Valenciana a fecha 30 de mayo de 2016, lo componen personas, lo que supone un 1,51% más que en la misma fecha del ejercicio anterior, distribuidos en mujeres, y hombres, con un incremento del 0,86 % en el caso de los hombres y del 1,73 % en el de las mujeres. (Gráfico 1). Gráfico 1. % Crecimiento del Personal al Servicio de las Instituciones Sanitarias, por sexo % CRECIMIENTO Total 1,51% Mujer 1,73% Hombre 0,86% 0,00% 0,50% 1,00% 1,50% 2,00% Fuente: Base de datos de personal de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat El valor del Índice de Presencia Relativa de Hombres y Mujeres (IPRHM) para el personal al Servicio de las Instituciones Sanitarias de la Generalitat es de 1,46, de modo que si bien dicho valor coincide con el del ejercicio 2015, sigue encontrándose fuera del rango de valores definidos por la ley para una representación equilibrada. De hecho, el valor del IPRHM es superior a 1,20, lo que significa que, como ya se ha mencionado, la plantilla se encuentra en desequilibrio al representar las mujeres un porcentaje superior al 70%. Estos resultados no son diferentes de los obtenidos en el resto de Comunidades Autónomas. Así, haciendo uso de los datos del Boletín Estadístico del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas del mes de enero de 2016, publicado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, para calcular el IPRHM del personal en Instituciones 29

30 Sanitarias para cada Comunidad Autónoma, se encuentra que todas ellas presentan valores del IPRHM por encima del límite superior definido por la legislación para la consideración de plantillas equilibradas. El valor del IPRHM de la Comunitat Valenciana es similar al obtenido para el conjunto de Comunidades Autónomas. (Gráfico 2). Gráfico 2. IPRHM del personal al servicio de las Instituciones Sanitarias, por Comunidad Autónoma. Enero de ,80 1,60 1,40 1,37 1,38 1,55 1,53 1,51 1,42 1,44 1,47 1,46 1,50 1,52 1,53 1,40 1,56 1,39 1,56 1,54 1,58 1,20 1,00 0,80 0,60 0,40 0,20 0,00 Andalucía Murcia, Región de Aragón Madrid, Comunidad de Galicia Castilla - La Mancha Balears, Illes Total CCAA Comunitat Valenciana Cataluña Castilla y León País Vasco Canarias Cantabria Extremadura Rioja, La Asturias, Principado de Navarra, Comunidad Foral de Fuente: Boletín Estadístico del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas Análisis del personal según el tipo de plantilla El análisis del personal al servicio de las instituciones sanitarias según el tipo de plantilla se muestra en el cuadro 1. En el cuadro se puede apreciar una importante concentración del personal en puestos de plantilla presupuestaria, en la que se encuentran más del 91% del total del personal al servicio de las instituciones sanitarias. La presencia femenina en todos los tipos de plantilla supera el 74%, siendo la mayor presencia femenina en el tipo de acumulación de tareas con un 80%, seguida de la presupuestaria, personal en formación y en último lugar la atención continuada. En consonancia con el párrafo anterior, se puede apreciar que el IPRHM es superior en todos los casos al 1,20, es decir, en ningún tipo de plantilla se cumple la regla de presencia o composición equilibrada recogida en la Ley Orgánica 3/2007, dado que las mujeres representan más del 60% del personal total en cada tipo de plantilla. 30

31 Cuadro 1. Personal al Servicio de las Instituciones Sanitarias, por sexo y tipo de plantilla. Distribución del personal por tipo de plantilla y por sexo Tipo de plantilla Hombre Mujer Total IPRHM Presencia femenina por tipo de plantilla Acumulación de Tareas ,6 80,02% Atención Continuada ,3 64,05% Personal en Formación ,4 69,27% Presupuestaria ,5 74,54% TOTAL ,5 74,15% Fuente: Base de datos de personal de Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat Análisis del personal al Servicio de las Instituciones Sanitarias por tipo de modalidad de asistencia sanitaria. La Ley 3/2003, de 6 de febrero, de Ordenación Sanitaria de la Comunitat Valenciana, constituye la norma que manifiesta la prioridad que los poderes públicos valencianos atribuyen a todas las actuaciones cuyo fin es la promoción, prevención, protección y cuidado de la salud, tanto en el ámbito colectivo como individual. Encuadrada la competencia de la Generalitat Valenciana en el Estatut de Autonomía de la Comunitat, se aprecia que, la Comunitat está dotada de instrumentos legales que le permiten conformar su propio modelo sanitario, en concordancia con sus peculiaridades y aspiraciones. El concepto de salud, aún siendo conscientes de la individualidad biológica de cada individuo, se considera como un bien irrenunciable tanto individual como socialmente, cuya promoción, protección y cuidados implican unas actividades multidisciplinares a las que la sociedad ha de procurar los medios que racionalmente exige nuestra actual percepción de las ciencias sociales, sanitarias y económicas. Por su parte, el Consell, adoptó el acuerdo de 7 de junio de 2013 por el que se aprobó el Plan de Ordenación de Recursos Humanos de las Instituciones Sanitarias dependientes de la Conselleria de Sanidad, para la consecución de la eficacia en la prestación de la asistencia sanitaria en el ámbito de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, y de la eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles. Este plan cuenta entre sus objetivos, una planificación eficiente de recursos humanos, una dimensión adecuada y mejor distribución en función de las necesidades asistenciales. Siendo conscientes de la responsabilidad de la administración sanitaria, de ejercer la tutela de la salud pública, se establecen las líneas de actuación que permitan garantizar una protección de la salud eliminando o evitando sus riesgos, una promoción, buscando la 31

32 consecución de unos elevados niveles de salud, y una obtención individual de las prestaciones sanitarias de cada ciudadano basado en su estado de salud, y por ello se establecen cinco modalidades: atención especializada, atención primaria, inspección servicios sanitarios, salud pública y personal de los servicios centrales y territoriales de la Conselleria de Sanidad. De acuerdo con ello, en el cuadro 2 se muestra la distribución del personal al servicio de las instituciones sanitarias según las cinco citadas modalidades de asistencia sanitaria, siendo en todas ellas el número de mujeres superior al de hombres, con unos porcentajes por encima del 60% del total de las plantillas. Cuadro 2. Personal al Servicio de las Instituciones Sanitarias, por sexo y modalidad de asistencia sanitaria. Distribución del personal por sexo y modalidad Modalidad asistencia sanitaria Hombre Mujer Total IPRHM Atención Especializada ,53 Atención Primaria ,37 Inspección S. Sanitarios (CS) ,21 Salud Pública ,29 S.S. C.C. y T.T. (CS) ,01 TOTAL ,48 Fuente: Base de datos de personal de Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat El cálculo del IPRHM se sitúa en valores por encima del 1,20 en atención especializada, atención primaria y salud pública, si bien en el caso de la inspección de servicios sanitarios y el personal de servicios centrales y territoriales de la Conselleria de Sanidad se aproxima a la composición equilibrada definida por la ley, al situarse el porcentaje de mujeres en el 64% y 50% respectivamente. Por el contrario, en atención especializada los datos muestran una importante situación de desequilibrio en relación con el género, con las mujeres representando el 76,58% del total de la plantilla de esa modalidad. (Gráfico 3). 32

33 Gráfico 3. IPRHM del personal al Servicio de las Instituciones Sanitarias, según modalidad de asistencia sanitaria. 1,80 1,60 1,53 1,48 1,40 1,20 1,37 1,21 1,29 1,00 1,01 0,80 0,60 0,40 0,20 0,00 Atención Especializada Atención Primaria Inspección S. Sanitarios (CS) Salud Pública S.S. C.C. y T.T. (CS) TOTAL Fuente: Base de datos de personal de Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat La distribución del personal por centro de gestión se presenta en el cuadro 3, y en él se puede apreciar que en la mayoría de los centros de gestión el número de mujeres representan porcentajes superiores al 60% de su personal. El cálculo del IPRHM refleja que en 15 centros de gestión, el IPRHM es inferior a 1,2, por lo que cumplen con la plantilla equilibrada de acuerdo con la definición de la ley. Por su parte, existen tres centros en donde el porcentaje de hombres supera al de mujeres. Se trata del C.G. salud Pública Alicante I, con un 66,67% de hombres, el C.G. SES Valencia y el C.G. SES de Alicante, con unos porcentajes del 55,53% y 51,31% respectivamente. 33

34 Cuadro 3. Personal al servicio de las instituciones sanitarias de la Generalitat, según centros de gestión y sexo. PERSONAL POR CENTROS DE GESTIÓN Y SEXO ORDENADOS POR IPRHM Hombre Mujer Total % Hombres% Mujeres IPRHM C.G. CENTRO TRANSFUSION C.V ,68% 71,32% 1,43 C.G. DEPARTAMENTO DE SALUD DE ALCOY ,34% 72,66% 1,45 C.G. DEPARTAMENTO DE SALUD DE ALICANTE - HOSPITAL GENERAL ,24% 72,76% 1,46 C.G. DEPARTAMENTO DE SALUD DE ALICANTE - SANT JOAN D'ALACANT ,01% 72,99% 1,46 C.G. DEPARTAMENTO DE SALUD DE CASTELLON ,52% 78,48% 1,57 C.G. DEPARTAMENTO DE SALUD DE DENIA ,52% 71,48% 1,43 C.G. DEPARTAMENTO DE SALUD DE ELCHE - CREVILLENTE ,26% 63,74% 1,27 PERSONAL POR CENTROS DE GESTIÓN Y SEXO ORDENADOS POR IPRHM Hombre Mujer Total % Hombres% Mujeres IPRHM C.G. DEPARTAMENTO DE SALUD DE ELCHE - HOSPITAL GENERAL ,50% 72,50% 1,45 C.G. DEPARTAMENTO DE SALUD DE ELDA ,52% 73,48% 1,47 C.G. DEPARTAMENTO DE SALUD DE GANDIA ,74% 75,26% 1,51 C.G. DEPARTAMENTO DE SALUD DE LA MARINA BAIXA ,32% 71,68% 1,43 C.G. DEPARTAMENTO DE SALUD DE LA PLANA ,98% 78,02% 1,56 C.G. DEPARTAMENTO DE SALUD DE LA RIBERA ,55% 67,45% 1,35 C.G. DEPARTAMENTO DE SALUD DE MANISES ,69% 59,31% 1,19 C.G. DEPARTAMENTO DE SALUD DE ORIHUELA ,91% 71,09% 1,42 C.G. DEPARTAMENTO DE SALUD DE REQUENA ,72% 76,28% 1,53 C.G. DEPARTAMENTO DE SALUD DE SAGUNTO ,83% 74,17% 1,48 C.G. DEPARTAMENTO DE SALUD DE TORREVIEJA ,79% 64,21% 1,28 C.G. DEPARTAMENTO DE SALUD DE VALENCIA - ARNAU DE VILANOVA- LLIRIA ,43% 74,57% 1,49 C.G. DEPARTAMENTO DE SALUD DE VALENCIA - CLINICO - MALVARROSA ,00% 76,00% 1,52 C.G. DEPARTAMENTO DE SALUD DE VALENCIA - CLINICO - MALVARROSA - HOSP MALV ,98% 74,02% 1,48 C.G. DEPARTAMENTO DE SALUD DE VALENCIA - DOCTOR PESET ,74% 76,26% 1,53 C.G. DEPARTAMENTO DE SALUD DE VALENCIA - HOSPITAL GENERAL ,59% 74,41% 1,49 C.G. DEPARTAMENTO DE SALUD DE VALENCIA - LA FE ,50% 78,50% 1,57 C.G. DEPARTAMENTO DE SALUD DE VINAROZ ,80% 76,20% 1,52 C.G. DEPARTAMENTO DE SALUD DE XATIVA - ONTINYENT ,09% 71,91% 1,44 C.G. DEPARTAMENTO DE SALUD DE XATIVA - ONTINYENT- HOSP ONTINYENT ,52% 75,48% 1,51 C.G. DIRECCION TERRITORIAL ALICANTE (CONSELLERIA DE SANIDAD) ,30% 61,70% 1,23 C.G. DIRECCION TERRITORIAL CASTELLON (CONSELLERIA DE SANIDAD) ,33% 56,67% 1,13 C.G. DIRECCION TERRITORIAL VALENCIA (CONSELLERIADE SANIDAD) ,46% 58,54% 1,17 C.G. HOSPITAL DOCTOR MOLINER ,39% 78,61% 1,57 C.G. HOSPITAL LA MAGDALENA DE CASTELLON ,43% 76,57% 1,53 C.G. HOSPITAL LA PEDRERA ,27% 74,73% 1,49 C.G. HOSPITAL PARE JOFRE ,72% 82,28% 1,65 C.G. HOSPITAL SAN VICENTE DEL RASPEIG ,00% 75,00% 1,50 C.G. SALUD PUBLICA ALCOY ,83% 73,17% 1,46 C.G. SALUD PUBLICA ALICANTE I ,67% 33,33% 0,67 C.G. SALUD PUBLICA ALICANTE II ,18% 67,82% 1,36 C.G. SALUD PUBLICA ALZIRA ,87% 55,13% 1,10 C.G. SALUD PUBLICA BENICARLO ,56% 67,44% 1,35 C.G. SALUD PUBLICA BENIDORM ,77% 69,23% 1,38 C.G. SALUD PUBLICA CASTELLON ,28% 63,72% 1,27 C.G. SALUD PUBLICA CATARROJA ,46% 61,54% 1,23 PERSONAL POR CENTROS DE GESTIÓN Y SEXO ORDENADOS POR IPRHM Hombre Mujer Total % Hombres% Mujeres IPRHM C.G. SALUD PUBLICA DENIA ,61% 67,39% 1,35 C.G. SALUD PUBLICA ELCHE ,15% 65,85% 1,32 C.G. SALUD PUBLICA ELDA ,67% 53,33% 1,07 C.G. SALUD PUBLICA GANDIA ,68% 55,32% 1,11 C.G. SALUD PUBLICA MANISES ,00% 56,00% 1,12 C.G. SALUD PUBLICA ORIHUELA ,82% 58,18% 1,16 C.G. SALUD PUBLICA SAGUNTO ,67% 58,33% 1,17 C.G. SALUD PUBLICA TORRENT ,00% 66,00% 1,32 C.G. SALUD PUBLICA UTIEL ,41% 70,59% 1,41 C.G. SALUD PUBLICA VALENCIA I ,41% 70,59% 1,41 C.G. SALUD PUBLICA VALENCIA II ,33% 66,67% 1,33 C.G. SALUD PUBLICA XATIVA ,82% 58,18% 1,16 C.G. SES ALICANTE ,31% 48,69% 0,97 C.G. SES CASTELLON ,42% 57,58% 1,15 C.G. SES VALENCIA ,53% 44,47% 0,89 C.G. SSCC CONSELLERIA DE SANIDAD ,89% 59,11% 1,18 TOTAL ,85% 74,15% 1,48 Fuente: Base de datos de personal de Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat 34

35 Los datos del personal al servicio de las instituciones sanitarias por tipo de plantilla y grupo profesional se presentan en la cuadro 4 y en el gráfico 4. Nuevamente, se puede apreciar que las mujeres son mayoritarias en todos los grupos profesionales, aunque la composición por género varía entre los mismos. Así, el grupo profesional de licenciados al servicio de las instituciones sanitarias es el que presenta una composición más paritaria, con un porcentaje de mujeres del 55%. En el resto de grupos profesionales, la presencia de mujeres se plasma en porcentajes superiores al 60% del total del grupo, destacando los auxiliares de enfermería con un 96% de mujeres sobre el total, y los técnicos especialistas con un 87%. Cuadro 4. Personal al Servicio de las Instituciones Sanitarias, según grupo profesional, tipo de plantilla y sexo. Personal sanitario por tipo de plantilla y grupo profesional Licenciados Sanitarios Tipo de plantilla Hombre Mujer Total Acumulación de Tareas Atención Continuada Personal en Formación Presupuestaria TOTAL Diplomados Sanitarios Tipo de plantilla Hombre Mujer Total Acumulación de Tareas Atención Continuada Personal en Formación Presupuestaria TOTAL Técnicos especialistas Tipo de plantilla Hombre Mujer Total Acumulación de Tareas Atención Continuada TOTAL Auxiliares enfermería Tipo de plantilla Hombre Mujer Total Acumulación de Tareas Presupuestaria TOTAL Personal de gestión y servicios Tipo de plantilla Hombre Mujer Total Acumulación de Tareas Presupuestaria TOTAL Fuente: Base de datos de personal de Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat 35

36 Gráfico 4. Personal al Servicio de las Instituciones Sanitarias, según grupo profesional, tipo de plantilla y sexo Licenciados Sanitarios Diplomados Sanitarios Técnicos Especialistas Auxiliares de Enfermería Personal de Gestión y Servicios Hombre Mujer Fuente: Base de datos de personal de Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat El cálculo del IPRHM para cada grupo profesional figura en el cuadro 5, en la que se puede apreciar que únicamente el grupo profesional de licenciados al servicio de las instituciones sanitarias tiene valores de IPRHM dentro de los límites establecidos para plantilla equilibrada, mientras que en el otro extremo se encontraría el grupo profesional de auxiliares de enfermería, que, con un IPRHM del 1,93, tiene una presencia femenina en su plantilla que se aproxima al 100%. Cuadro 5. IPRHM del Personal al Servicio de las Instituciones Sanitarias, según grupo profesional. PERSONAL SANITARIO POR TIPO DE PLANTILLA Y GRUPO PROFESIONAL Hombre Mujer Total % Mujeres sobre total % hombres sobre total IPRHM Licenciados Sanitarios 6.703, , ,00 55,15% 44,85% 1,10 Diplomados Sanitarios 2.980, , ,00 82,07% 17,93% 1,64 Técnicos Especialistas 201, , ,00 86,86% 13,14% 1,74 Auxiliares de Enfermería 322, , ,00 96,27% 3,73% 1,93 Personal de Gestión y Servicios 3.240, , ,00 68,49% 31,51% 1,37 Total , , ,00 3,89 1,11 7,78 Fuente: Base de datos de personal de Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat 36

37 Atención Primaria En la atención primaria se integran las acciones sanitarias sobre la Comunitat y el individuo, dirigidas a cuidar y mejorar la salud individual y colectiva en los lugares donde viven y trabajan las mujeres y los hombres, siendo el primer nivel de acceso ordinario de la población al Sistema Sanitario. Es el instrumento básico para que el servicio sanitario y la población puedan conocer el estado de salud de las colectividades e individuos humanos, sus necesidades y los factores de riesgo para la salud a los que están expuestos, apreciar precozmente cambios en ella e intervenir, controlar, disminuir o eliminar nuevos factores de riesgo, y está integrada por el conjunto de servicios personalizados y comunitarios puestos a disposición de toda la población. La estructura y organización de la Atención Primaria en la Comunitat, está regulada en el Decreto 42/1986, de 21 de marzo, del Consell de la Generalitat, en la que se especifica que la atención primaria se estructura en zonas de salud y áreas de salud, y se define cada una de ellas. La distribución de la plantilla de Atención Primaria por sexo aparece reflejada en el gráfico 5, donde claramente se aprecia la mayor presencia femenina en el personal que presta servicios en esta modalidad de asistencia sanitaria. Gráfico 5. Personal al Servicio de las Instituciones Sanitarias en Atención Primaria, según sexo Hombre Mujer Fuente: Base de datos de personal de Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat 37

38 El valor del IPRHM para la Atención Primaria se sitúa en 1,37, fuera de los límites establecidos por la legislación para la plantilla equilibrada. De hecho, las mujeres representan un porcentaje que duplica al de hombres. (Cuadro 6). Cuadro 6. IPRHM del Personal al servicio de las instituciones sanitarias en Atención Primaria. Distribución del personal de atención primaria por sexo Hombres Mujeres Total IPRHM % Mujeres sobre el total % Hombres sobre el total 1,37 68,3% 31,7% Fuente: Base de datos de personal de Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat Atención Especializada La asistencia especializada, como segundo nivel de atención, ofrece a la población los medios técnicos y humanos de diagnóstico, tratamiento y rehabilitación adecuados en los casos que, por su especialización o características no pueden ser resueltos en el nivel de atención primaria. En concreto, proporcionan soporte especializado a los equipos de Atención primaria con los que se integra, así como atención especializada tanto a los pacientes en régimen de internamiento y ambulatorio, como en régimen de hospitalización a domicilio y con patología urgente. Además, colabora en la prevención de las enfermedades y en la promoción de la salud de la población, participando en los programas específicos que se diseñen desde los centros de salud comunitaria, o desde otras instancias competentes a tal efecto. La estructura sanitaria de la atención especializada la conforman, por un lado, los hospitales, que se clasifican de acuerdo con la función que desarrollan dentro de la Comunitat Valenciana y los servicios y unidades en ellos incorporados, y que constituyen la institución sanitaria en la que se articulan los recursos necesarios para atender la demanda 38

39 de la Atención Especializada de la población, tanto en régimen de internamiento como ambulatorio, además están especialmente dotados para atender la demanda de la población con patología urgente. Por otro lado, están los centros de especialidades, que son las instituciones sanitarias que participan en las necesidades de atención especializada de la población en régimen de ambulatorio. La composición por sexo del personal en asistencia especializada se muestra en el gráfico 6, con un porcentaje de mujeres del 76,58% del total. De hecho, el IPRHM, reflejado en el cuadro 7, tiene un valor de 1,53, mostrando, nuevamente, una situación de desequilibrio respecto a una composición paritaria en género. Gráfico 6. Personal al Servicio de las Instituciones Sanitarias en Atención Especializada, por sexo Hombres Mujeres Fuente: Base de datos de personal de Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat Cuadro 7. IPRHM del personal al Servicio de las Instituciones Sanitarias en Atención Especializada. Distribución del personal de atención especializada por sexo Hombres Mujeres Total IPRHM 1,53 % Mujeres sobre el total 76,6% % Hombres sobre el total 23,4% Fuente: Base de datos de personal de Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat 39

40 Este desequilibrio en género también se aprecia en la desagregación del personal por tipo de plantilla. El cuadro 8 muestra que el valor del IPRHM se sitúa por encima de 1,20 en todos los tipos de plantilla, destacando el elevado valor del índice para el personal de acumulación de tareas, con un IPRHM de 1,69, que ha mejorado con respecto al ejercicio anterior que estaba situado en 1,71. Cuadro 8. Personal al Servicio de las Instituciones Sanitarias en Atención Especializada, según tipo de plantilla y sexo Distribución del personal de atención especializada por sexo y tipo de plantilla Tipo de plantilla Hombre Mujer Total IPRHM Acumulación de Tareas ,69 Atención Continuada ,33 Personal en Formación ,35 Presupuestaria ,54 TOTAL ,53 Fuente: Base de datos de personal de Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat Salud Pública La salud pública se define como el esfuerzo organizado por la sociedad para proteger y promover la salud de las personas y para prevenir la enfermedad mediante acciones colectivas. Concentra su actividad en la vigilancia, planificación, prevención y protección de la salud. Para todo ello, debe orientar su acción en dos grandes áreas. De una parte, dotarse de un sistema de información, vinculado a la identificación de las necesidades, la planificación y la evaluación de los servicios desde una perspectiva de salud y la detección de segmentos de población mal cubiertos o sin acceso real a los servicios, permitiendo que la información sea la base de la correcta para la toma de decisiones. De otra parte, desarrollar las intervenciones en el ámbito comunitario, vinculadas a la prestación de servicios o al desarrollo de programas que pueden realizarse directamente desde los servicios de salud pública, desde otras estructuras o mediante una combinación de ambas opciones. En la Comunitat Valenciana, está regulada en la Ley 4/2005 de 17 de junio, de la Generalitat, de Salud Pública de la Comunitat Valenciana, la cual tiene presente que, la promoción de la salud es una estrategia fundamental para ganar salud, teniendo en cuenta que los factores transnacionales, el comercio internacional, las tecnologías de comunicación y la diversidad cultural son los nuevos retos a los que hay que dar respuesta y que afectan al conjunto de la acción en salud pública. Todo ello debido a la creciente orientación hacia los resultados de salud, que confirman la prioridad dada a la inversión en los determinantes de la salud potencialmente modificables. 40

41 La mencionada Ley, configura un marco para el ejercicio de la salud pública, en un intento de dar la respuesta más eficiente posible a las necesidades que se plantean y al contexto en que nos enmarcamos, mediante la definición de las estructuras de gestión en salud pública. El total del personal al Servicio de las Instituciones Sanitarias en Salud Pública es de personas, de las cuales el 99% se concentran en plantilla presupuestaria. El porcentaje de mujeres en la plantilla de Salud Pública es superior al correspondiente a los hombres, con un valor del IPRHM de 1,29, por encima del límite superior de 1,20 para plantilla con composición equilibrada, tal como se refleja en el cuadro 9 y en el gráfico 7. Cuadro 9. Personal al Servicio de las Instituciones Sanitarias en Salud Pública, según tipo de plantilla y sexo Distribución del personal de salud pública por sexo y tipo de plantilla Tipo de plantilla Hombre Mujer Total IPRHM Acumulación de Tareas ,60 Presupuestaria ,28 TOTAL ,29 Fuente: Base de datos de personal de Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat Gráfico 7. Personal al Servicio de las Instituciones Sanitarias en Salud Pública, según sexo Hombres Mujeres Fuente: Base de datos de personal de Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat 41

42 Inspección de servicios sanitarios El total del personal al Servicio de las Instituciones Sanitarias en Inspección de Servicios es de 131 personas, de las cuales el 100% se concentran en plantilla presupuestaria. El porcentaje de mujeres en la plantilla de Inspección de Servicios esta equilibrado con el de los hombres, con un valor del IPRHM de 1,21, tal como se refleja en el cuadro 10 y en el gráfico 8. Cuadro 10. Personal al Servicio de las Instituciones Sanitarias en inspección de servicios sanitarios, según tipo de plantilla y sexo Distribución del personal de inspección de servicios sanitarios por sexo y tipo de plantilla Tipo de plantilla Hombre Mujer Total IPRHM Presupuestaria ,21 TOTAL ,21 Fuente: Base de datos de personal de Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat Gráfico 8. Personal al Servicio de las Instituciones Sanitarias en Inspección de Servicios, según sexo Hombres Mujeres Fuente: Base de datos de personal de Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat Servicios Centrales y Territoriales de la Conselleria de Sanidad El total del personal de los Servicios Centrales y Territoriales de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública es de 133 personas, reflejando la plantilla una composición equilibrada con un IPRHM de 1,01, si bien el 100% de los efectivos se concentra en la plantilla presupuestaria, tal como se refleja en el cuadro 11 y en el gráfico 9. 42

43 Cuadro 11. Personal de los Servicios Centrales y Territoriales, según tipo de plantilla y sexo Distribución del personal de servicios centrales y territoriales por sexo y tipo de plantilla Tipo de plantilla Hombre Mujer Total IPRHM Presupuestaria ,01 TOTAL ,01 Fuente: Base de datos de personal de Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat Gráfico 9. Personal de los Servicios Centrales y Territoriales, según sexo Hombres Mujeres Fuente: Base de datos de personal de Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat 43

44 3.3. ANÁLISIS DEL PERSONAL DOCENTE DE CENTROS PÚBLICOS NO UNIVERSITARIOS DE LA GENERALITAT. En este apartado se estudia la composición por sexo del personal docente adscrito a la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte. En este sentido, se considera personal docente los colectivos formados por las profesoras y profesores de educación infantil y primaria, educación secundaria, bachillerato, formación profesional, educación de personas adultas, educación especial y enseñanzas de régimen especial, así como la formación del profesorado y aquellas personas que realizan labores de inspección. De acuerdo con ello, el análisis se centrará en todos los colectivos citados que pertenezcan a centros públicos. Los datos del personal docente de centros públicos no universitarios de la Generalitat, según los datos calculados de la estadística de avance, la cual se remite al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ascienden a personas, de las cuales son mujeres y son hombres, representando las mujeres un porcentaje del 69% sobre el total. De hecho, el valor del IPRHM es del 1,37, cifra fuera del intervalo de estructura equilibrada por sexo que marca la ley. (Gráfico 1). Gráfico 1. Personal docente en centros públicos no universitarios, según sexo. Hombres; Mujeres; Fuente: Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte. El valor elevado del IPRHM para el personal docente en centros públicos no universitarios también se observa en el resto de Comunidades Autónomas, con datos del 44

45 Boletín Estadístico del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, de enero de De hecho, el IPRHM del total de Comunidades Autónomas es de 1,40, valor ligeramente superior al de la Comunitat Valenciana. (Gráfico 2). Gráfico 2. IPRHM del personal docente en centros públicos no universitarios, por Comunidad Autónoma. Enero de ,60 1,51 1,48 1,47 1,45 1,40 1,43 1,42 1,42 1,41 1,40 1,40 1,40 1,40 1,38 1,38 1,34 1,33 1,32 1,28 1,20 1,00 0,80 0,60 0,40 0,20 0,00 Cataluña País Vasco C. Madrid P. Asturias Illes Balears Cantabria Aragón C.F. Navarra Canarias Galicia Castilla y León Total CCAA C. Valenciana R. Murcia La Rioja Andalucía Extremadura Castilla - La Mancha Fuente: Boletín Estadístico del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Dentro del personal docente no universitario, se puede analizar la composición por género del personal que ocupa cargos directivos en los centros escolares, a través de los datos de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte. El 59% de tales cargos son ocupados por mujeres, destacando su presencia en las Escuelas Oficiales de Idiomas, en Centros de Educación Especial y en Colegios y Centros de Educación Primaria. Por el contrario, los hombres presentan elevados porcentajes en los cargos directivos de Conservatorio, Enseñanzas Artísticas y Formación Profesional. (Cuadro 1). 45

46 Cuadro 1. Personal que ocupa cargos directivos en centros públicos no universitarios, según sexo. CARGOS DIRECTIVOS Hombres Mujeres Total % Hombres % Mujeres Colegio, Escuela Infantil ,5% 68,5% Instituto ,5% 46,5% FPA, EPA ,3% 41,7% C. Educación Especial ,2% 71,8% Escuela Oficial Idiomas ,8% 73,2% Enseñanzas Artísticas ,3% 41,7% Conservatorio ,2% 36,8% TOTAL ,6% 59,4% Fuente: Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte Análisis general. La mayoría del personal docente en centros públicos no universitarios tiene edades comprendidas entre los 50 y los 59 años, estando en ese tramo de edad el 33% de las mujeres y el 36% de los hombres. La composición por género dentro de cada grupo de edad muestra unos elevados porcentajes de mujeres en los primeros tramos de edad, representando las mujeres el 87% del personal docente no universitario menor de 30 años. Así, el IPRHM muestra unos valores decrecientes con la edad, de manera que, mientras que en el tramo de edad comprendido entre los 19 y los 29 años el valor del IPRHM es de 1,73, se reduce al 1,15 para el personal docente mayor de 64 años. (Gráfico 3) Gráfico 3: IPRHM del personal docente en centros públicos no universitarios, por tramos de edad. 1,80 1,73 1,60 1,46 1,40 1,31 1,35 1,20 1,17 1,15 1,00 0,80 0,60 0,40 0,20 0,00 De 19 a 29 años De 30 a 39 años De 40 a 49 años De 50 a 59 años De 60 a 64 años Más de 64 años Fuente: Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte. El mayor porcentaje de mujeres entre el personal docente no universitario se aprecia también en todas las provincias, situándose, en todas ellas, por encima del 65%. De hecho, 46

47 los valores del IPRHM se sitúan fuera de los límites establecidos para la composición equilibrada por género, destacando el elevado valor de la provincia de Valencia, donde las mujeres representan el 70% del personal docente en centros públicos no universitarios. (Gráfico 4). Gráfico 4: IPRHM del personal docente en centros públicos no universitarios, por provincias. 1,40 1,40 1,37 1,35 1,20 1,00 0,80 0,60 0,40 0,20 0,00 Valencia Castellón Alicante Fuente: Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte. La distribución por sexo del personal docente según la enseñanza en la que imparten la docencia se ha recogido en el cuadro 2, pudiéndose apreciar que las mujeres predominan en las plantillas docentes de todas las enseñanzas, salvo en las enseñanzas artísticas y la formación profesional. En este sentido, destacan los elevados porcentajes de mujeres en Educación Infantil y Especial. Cuadro 2. Personal docente en centros públicos no universitarios, por tipo de enseñanza y sexo. Tipo de Enseñanza Hombres Mujeres Total % Hombres % Mujeres Educación Infantil ,7% 96,3% Educación Primaria ,1% 75,9% Educación Infantil y Primaria ,8% 82,2% Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato ,4% 58,6% Formación Profesional ,6% 46,4% Educación Especial ,2% 86,8% Enseñanzas Artísticas ,6% 43,4% Enseñanzas de Idiomas ,4% 75,6% Educación de Personas Adultas ,7% 64,3% Otras posibilidades ,6% 63,4% Fuente: Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte. 47

48 La representación gráfica del IPRHM refleja la amplia disparidad de valores que adopta el índice según el tipo de enseñanza, con un valor cercano a 2 en la Enseñanza Infantil, frente al 0,87 de las enseñanzas artísticas. (Gráfico 5). Gráfico 5: IPRHM del personal docente en centros públicos no universitarios, por tipo de enseñanza. 2,00 1,93 1,80 1,74 1,64 1,60 1,52 1,51 1,40 1,29 1,27 1,20 1,17 1,00 0,93 0,87 0,80 0,60 0,40 0,20 0,00 Educación Infantil Educación Primaria Educación Infantil y Primaria Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato Formación Profesional Educación Especial Enseñanzas Artísticas Enseñanzas de Idiomas Educación de Personas Adultas Otras posibilidades Fuente: Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte Personal docente en centros públicos de educación infantil y primaria. Una educación infantil adecuada favorece el desarrollo social y emocional al ofrecer a la niña y al niño la oportunidad de encontrarse con otros en un entorno estimulante; aspecto que ayuda a determinados grupos con riesgo de exclusión social para los que la Educación infantil actúa como compensadora ante dificultades en el ámbito familiar, y como preventiva ante la pronta identificación de niñas y niños en situación de riesgo. La educación infantil constituye una etapa educativa con identidad propia que atiende a niñas y niños hasta los seis años de edad, y se ordena en dos ciclos, el primero desde el nacimiento hasta los tres años y el segundo desde los tres años hasta los seis. La educación infantil tiene como finalidad la de contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de las niñas y de los niños. En ambos ciclos se atenderá al desarrollo del movimiento y de los hábitos de control corporal, a la comunicación y representación por medio de los diferentes lenguajes, a las pautas elementales de convivencia y relación social, así como al descubrimiento de las características físicas y sociales del medio. Además se facilita que las niñas y los niños elaboren una imagen de sí mismos positiva y equilibrada, adquieran autonomía personal e incrementen sus capacidades afectivas. 48

49 El gráfico 6 muestra la distribución por sexo del personal docente en centros públicos de Educación Infantil y Primaria, en el que se puede observar la mayor presencia de mujeres en ese nivel educativo, con el personal docente femenino en educación infantil y primaria representando el 82% de los docentes de ese nivel. De hecho, el valor del IPRHM para este nivel educativo es de 1,64, confirmando el importante desequilibrio por género en la plantilla docente, alejada del valor de 1,20 que tomaría, como máximo, el IPRHM para considerarse como composición equilibrada. Gráfico 6. Personal docente en Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria, según sexo Educación Infantil Educación Primaria Educación Infantil y Primaria TOTAL 767 Hombres Mujeres Fuente: Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte. En el resto de Comunidades Autónomas también se observa un elevado porcentaje de mujeres en el personal docente en educación infantil y primaria. De hecho, usando datos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del profesorado en centros públicos en el curso , se observa que en todas las Comunidades Autónomas el porcentaje de mujeres entre el personal docente en educación infantil y primaria se encuentra por encima del 78%. (Gráfico 7). 49

50 Gráfico 7. Porcentaje de mujeres en el profesorado de Educación Infantil y Primaria de centros públicos de las Comunidades Autónomas. Curso ,00% 80,00% 78,55% 78,72% 79,57% 80,65% 80,99% 82,10% 82,24% 82,79% 83,44% 83,44% 83,54% 84,30% 84,65% 84,81% 85,83% 86,00% 88,27% 60,00% 40,00% 20,00% 0,00% CASTILLA-LA MANCHA ANDALUCÍA EXTREMADURA MURCIA (Región de) CANARIAS COMUNITAT VALENCIANA RIOJA (La) CASTILLA Y LEÓN GALICIA NAVARRA (Comunidad Foral de) ARAGÓN ASTURIAS (Principado de) BALEARS (Illes) CANTABRIA MADRID (Comunidad de) PAÍS VASCO CATALUÑA Fuente: Base de datos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Estadísticas de educación Personal docente en centros públicos de ESO, Bachillerato y Formación Profesional La Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional están reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. De acuerdo con la legislación citada: - La Educación Secundaria Obligatoria, es junto con la Educación Primaria las dos enseñanzas que tienen carácter obligatorio, y debe combinar el principio de una educación común con la atención a la diversidad del alumnado. Comprende cuatro cursos académicos, que se imparten entre los doce y los dieciséis años. La finalidad de la Educación Secundaria Obligatoria consiste en lograr que los alumnos y alumnas adquieran los elementos básicos de la cultura, especialmente en sus aspectos humanístico, artístico, científico y tecnológico; desarrollar y consolidar en ellos hábitos de estudio y de trabajo; y prepararles para su incorporación a estudios posteriores y para su inserción laboral y formarles para el ejercicio de sus derechos y obligaciones en la vida como ciudadanos. - El Bachillerato forma parte de la educación postobligatoria y tiene como finalidad proporcionar a los alumnos formación, madurez intelectual y humana, conocimientos y habilidades que les permitan desarrollar funciones sociales e incorporarse a la vida activa con responsabilidad y competencia. Comprende dos cursos y se desarrolla en tres modalidades diferentes, organizadas de modo flexible, en distintas vías que serán el resultado de la libre elección por los alumnos: Artes, Ciencia y Tecnología y Humanidades y Ciencias Sociales, a 50

51 fin de que pueda ofrecer una preparación especializada a las alumnas y a los alumnos acorde con sus perspectivas e intereses de formación. Tras la obtención del título, las alumnas y los alumnos podrán incorporarse a la vida laboral, matricularse en la formación profesional de grado superior o acceder a los estudios superiores. - La Formación Profesional comprende el conjunto de acciones formativas que capacitan para el desempeño cualificado de las diversas profesiones, el acceso al empleo y la participación activa en la vida social, cultural y económica. Incluye las enseñanzas propias de la formación profesional inicial, las acciones de inserción y reinserción laboral de los trabajadores así como las orientadas a la formación continua en las empresas, que permitan la adquisición y actualización permanente de las competencias profesionales. La formación profesional en el sistema educativo, tiene por finalidad preparar a las alumnas y a los alumnos para la actividad en un campo profesional y facilitar su adaptación a las modificaciones laborales que pueden producirse a lo largo de su vida, así como contribuir a su desarrollo personal y al ejercicio de una ciudadanía democrática. Comprende un conjunto de ciclos formativos de grado medio y de grado superior, de duración variable y contenidos teórico-prácticos adecuados a los diversos campos profesionales. En el cuadro 3 se muestra la información sobre el personal docente en ESO, Bachillerato y Formación Profesional y se puede apreciar que, a diferencia de lo observado en Educación Infantil y Primaria, la distribución por género de la plantilla docente está más igualada. De hecho, aunque el porcentaje de mujeres se encuentra por encima del de hombres, el valor del IPRHM es de 1,12, por lo que se cumple con la definición de composición equilibrada de acuerdo con la ley. Cuadro 3. Personal docente en Centros Públicos de ESO, Bachillerato y Formación Profesional, según sexo PERSONAL % HOMBRES SOBRE TOTAL % MUJERES SOBRE TOTAL IPRHM HOMBRES ,06% 55,94% 1,12 MUJERES TOTAL Fuente: Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte. La composición por género del profesorado es diferente en enseñanzas en ESO y Bachillerato frente a las enseñanzas en Formación Profesional. Así, mientras que las mujeres presentan porcentajes superiores a los hombres en el profesorado en ESO y Bachillerato, la situación contraria se presenta en Formación Profesional, donde los hombres representan casi el 54% de la plantilla docente. (Gráfico 8). 51

52 Gráfico 8. Personal docente en Centros Públicos en ESO, Bachillerato y Formación Profesional, según sexo Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato Formación Profesional TOTAL Hombres Mujeres Fuente: Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte. En las Comunidades Autónomas, con datos relativos a centros públicos en el curso , también se observa que existen más mujeres que hombres entre el profesorado de ESO, Bachiller y Formación Profesional, aunque con porcentajes inferiores a los que presentaban en las educación infantil y primaria (Gráfico 9). Gráfico 9. Porcentaje de mujeres en el profesorado en Centros Públicos en ESO, Bachillerato y Formación Profesional, por Comunidad Autónoma. Curso ,00% 53,5% 54,2% 54,6% 56,1% 56,6% 56,6% 57,3% 57,7% 57,8% 58,2% 58,5% 58,5% 59,4% 59,8% 60,4% 61,0% 62,0% 40,00% 20,00% 0,00% CASTILLA-LA MANCHA MURCIA (Región de) ANDALUCÍA COMUNITAT VALENCIANA RIOJA (La) EXTREMADURA (5) ARAGÓN CASTILLA Y LEÓN NAVARRA (Comunidad Foral de) GALICIA CANARIAS CANTABRIA BALEARS (Illes) PAÍS VASCO CATALUÑA (4) MADRID (Comunidad de) ASTURIAS (Principado de) Fuente: Base de datos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Estadísticas de educación 52

53 Profesorado en centros públicos de Educación Especial. El profesorado que imparte Educación Especial en centros públicos de la Comunitat Valenciana es mayoritariamente femenino, con un porcentaje de mujeres por encima del 86% del profesorado y con un elevado valor del IPRHM, de 1,74. (Cuadro 4). Cuadro 4. Profesorado en centros públicos de Educación Especial de la Comunitat Valenciana, por sexo. PERSONAL % MUJERES SOBRE EL TOTAL % HOMBRES SOBRE EL TOTAL IPRHM TOTAL ,77% 13,23% 1,74 Hombres 79 Mujeres 518 Fuente: Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte. Este elevado porcentaje de mujeres en el profesorado de Educación Especial es una característica que también se observa en el resto de Comunidades Autónomas. Así, los datos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para el curso muestran que el porcentaje de mujeres entre el profesorado en esa enseñanza en centros públicos es superior al 74% en todas las Comunidades Autónomas. (Gráfico 10). Gráfico 10. Porcentaje de mujeres en el profesorado en centros públicos en Enseñanza Especial Específica de las Comunidades Autónomas. Curso ,00% 80,00% 74,1% 77,2% 78,2% 81,0% 81,7% 82,2% 83,2% 83,6% 84,3% 84,9% 85,2% 85,9% 86,0% 87,1% 87,4% 87,9% 88,3% 60,00% 40,00% 20,00% 0,00% BALEARS (Illes) PAÍS VASCO CASTILLA-LA MANCHA CANARIAS EXTREMADURA MURCIA (Región de) COMUNITAT VALENCIANA GALICIA ANDALUCÍA RIOJA (La) CANTABRIA CATALUÑA ASTURIAS (Principado de) NAVARRA (Comunidad Foral de) CASTILLA Y LEÓN MADRID (Comunidad de) ARAGÓN Fuente: Base de datos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Estadísticas de educación 53

54 Profesorado en otros tipos de enseñanzas. El profesorado en educación de personas adultas y en enseñanzas artísticas presenta unas plantillas más equilibradas en género que en las otras enseñanzas analizadas en los apartados anteriores. De hecho, en las enseñanzas artísticas el porcentaje de hombres es superior al de mujeres, mientras que en educación de personas adultas el porcentaje de mujeres es del 64%. Por su parte, más del 75% del profesorado en enseñanzas de idiomas es mujer. (Gráfico 11). Gráfico 11. Profesorado en centros públicos de Educación de Personas Adultas, Enseñanzas Artísticas y Enseñanzas de Idiomas en la Comunitat Valenciana, por sexo Educación Personas Adultas Enseñanzas Artísticas Enseñanzas de Idiomas Hombres Mujeres Fuente: Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte. Las observaciones apuntadas en el párrafo anterior se repiten en el resto de Comunidades Autónomas. Utilizando los datos del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes correspondiente al profesorado en centros públicos en educación de personas adultas, enseñanzas artísticas y enseñanzas de idiomas durante el curso , se encuentra que el porcentaje de mujeres entre el personal docente en esos niveles de enseñanza en territorio nacional es similar a los obtenidos en la Comunitat Valenciana. (Gráfico 12). 54

55 Gráfico 12. Porcentaje de mujeres en el profesorado en centros públicos de Educación de Personas Adultas, Enseñanzas Artísticas y Enseñanzas de Idiomas en la media nacional y en la Comunitat Valenciana. Curso ,0% 74,6% 75,6% 70,0% 60,0% 62,1% 64,3% 50,0% 40,0% 44,4% 43,4% 30,0% 20,0% 10,0% 0,0% Educación Personas Adultas Enseñanzas Artísticas Enseñanzas de Idiomas Total CCAA Comunitat Valenciana 55

56 3.4. ANÁLISIS DEL PERSONAL DE LA GENERALITAT AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Las competencias de la Comunitat en materia de Justicia se encuentran contempladas en el Estatut de Autonomía, en cuyo artículo 36.1 apartado 4º se establece: Corresponde a la Generalitat proveer de medios personales, materiales y económicos a la Administración de Justicia. Asimismo, la Ley Orgánica 19/2003, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, establece en su art. 37 que corresponde al Ministerio de Justicia, o al órgano competente de la comunidad autónoma con competencias en materia de justicia, proveer a los juzgados y tribunales de los medios precisos para el desarrollo de su función con independencia y eficacia. A los efectos del presente informe, cabe señalar, que la competencia de la Comunitat, tal como se especifica en la citada Ley Orgánica, en el libro VI De los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia y de otro personal en los siguientes artículos: - art Las competencias respecto de todo el personal al servicio de la Administración de Justicia corresponden en los términos establecidos en esta ley, al Ministerio de Justicia, o, en su caso, a las comunidades autónomas con competencias asumidas, en todas las materias relativas a su estatuto y régimen jurídico, comprendidas la selección, formación inicial y continuadas, provisión de destinos, ascensos, situaciones administrativas, jornada laboral, horario de trabajo y régimen disciplinario. - art Los cuerpos de funcionarios a que se refiere el artículo se clasificarán en: a) Cuerpos Generales, cuando su cometido consista esencialmente en tareas de contenido procesal, sin perjuicio de la realización de funciones administrativas vinculadas a las anteriores. Son Cuerpos Generales: el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, El cuerpo de Auxilio Judicial. b) Cuerpos Especiales, cuando su cometido suponga esencialmente el desempeño de funciones objeto de una profesión o titulación específica. Son Cuerpos Especiales: el Cuerpo de Médicos Forenses, el Cuerpo de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y ciencias Forenses, el Cuerpo de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. 56

57 Así pues, el personal funcionario de la Generalitat al servicio de la Administración de justicia adscrito a los referidos Cuerpos Generales y Especiales, presta sus servicios en los órganos y servicios de la Administración de Justicia, en los ámbitos territoriales y jurisdiccionales en los que se organiza el sistema judicial. En este sentido, se precisa destacar que, según dispone el artículo 30 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Estado se organiza territorialmente, a efectos judiciales, en municipios, partidos, provincias y Comunidades Autónomas, en los que se desarrolla la potestad jurisdiccional por los juzgados y tribunales de los respectivos ámbitos territoriales, sin perjuicio de la Audiencia Nacional y Tribunal Supremo, que tienen competencia sobre todo el territorio nacional Análisis del personal al servicio de la Administración de Justicia. El personal funcionario dependiente de la Generalitat que ejerce su labor al servicio de la Administración de Justicia es de personas, de las cuales son mujeres y hombres, lo que supone una distribución porcentual del 72% y del 28%, respectivamente. (Gráfico 1). Gráfico 1. Personal de la Generalitat al servicio de la Administración de Justicia, por sexo. Hombres Mujeres Fuente: Base de datos Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas El IPRHM para el personal de las Comunidades Autónomas al servicio de la Administración de Justicia, calculado con datos del Boletín Estadístico del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de enero de 2016, presenta unos valores por encima del límite superior definido por la legislación para plantilla equilibrada, en todas las Comunidades Autónomas. Los valores más elevados del IPRHM se registran en La Rioja y Cataluña, presentando la Comunitat Valenciana un valor del IPRHM de 1,44, al igual que la media de Comunidades Autónomas. (Gráfico 2). 57

58 Gráfico 2. IPRHM del personal al servicio de la Administración de Justicia, por Comunidad Autónoma. Enero de ,80 1,60 1,40 1,29 1,39 1,44 1,44 1,44 1,45 1,45 1,46 1,49 1,52 1,54 1,55 1,55 1,20 1,00 0,80 0,60 0,40 0,20 0,00 Andalucía Galicia Cdad. Valenciana Canarias Total CCAA Aragón C.F. Navarra C. Madrid P. Asturias P. Vasco Cantabria La Rioja Cataluña Fuente: Boletín Estadístico del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas El claro protagonismo de las mujeres entre el funcionariado de la Administración de Justicia queda matizado cuando la distribución por sexo se relaciona con otras variables. Así, el análisis por grupos funcionales muestra una significativa concentración del personal en el grupo de Tramitación Procesal y Administrativa, con un 51% del total, que se corresponde con el grupo C, seguido del grupo de Gestión Procesal y Administrativa con un 28% sobre el total, y que está encuadrado dentro del grupo A2. Por su parte, el grupo de Médicos Forenses, correspondientes al grupo A1, sólo representan el 2% del total. En todos ellos, el número de mujeres es superior al de hombres, destacando, principalmente, la presencia femenina en los puestos correspondientes a los Cuerpos Generales de Tramitación Procesal y Administrativa y de Gestión Procesal y Administrativa, en donde las mujeres representan el 79% del total del personal en ese cuerpo. Por su parte, en los cuerpos especiales, como el Cuerpo Especial de Médicos Forenses, la composición por género es bastante más equilibrada. (Cuadro 1). 58

59 Cuadro 1. Personal de la Generalitat al servicio de la Administración de Justicia, por grupos profesionales y sexo. DISTRIBUCIÓN DEL PERSONAL POR GRUPOS PROFESIONALES GRUPOS PROFESIONALES HOMBRES MUJERES TOTAL % Hombres % Mujeres Auxilio Judicial ,5% 63,5% Tramitación Procesal y Administrativa ,0% 79,0% Gestión Procesal y Administrativa ,8% 66,2% Médicos Forenses ,0% 52,0% Ayudantes Lab ,6% 71,4% Secretarios Paz ,0% 50,0% TOTAL ,1% 71,9% Fuente: Base de datos Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas El cálculo del IPRHM por grupos profesionales refuerza las conclusiones previamente enunciadas respecto a la mayor presencia femenina en el personal al servicio de la Administración de Justicia. Así, se tiene que el valor del índice para el grupo de tramitación procesal y administrativa es de 1,58, mostrando una situación de desequilibrio donde el porcentaje de mujeres se encuentra por encima de los límites para la composición equilibrada. El resto de grupos profesionales muestran valores del IPRHM más reducidos, aunque por encima del límite superior para plantilla equilibrada, a excepción de los cuerpos especiales de Médicos Forenses y Secretarios de Paz que, pese a que, en el primer caso, el porcentaje de mujeres es superior al de hombres, el valor de su IPRHM es de 1,04 y 1 respectivamente. (Gráfico 3). Gráfico 3. IPRHM del personal de la Generalitat al servicio de la Administración de Justicia, según grupo profesional 1,80 1,60 1,40 1,27 1,58 1,32 1,43 1,20 1,00 1,04 1,00 0,80 0,60 0,40 0,20 0,00 Auxilio Judicial Tramitación Procesal y Administrativa Gestión Procesal y Administrativa Médicos Forenses Ayudantes Lab. Secretarios Paz Fuente: Base de datos Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas 59

60 La mayor parte del personal al servicio de la Administración de Justicia tiene edades comprendidas entre los 46 y los 60 años. En ese tramo de edad se concentra el 71,4% de los hombres y el 67,2% de las mujeres. La distribución por tramos de edad muestra determinadas diferencias en género. Así, las mujeres muestran mayor porcentaje en el grupo de edad comprendida entre los 31 y 45 años, mientras que los hombres se concentran en los grupos de edad más avanzados. Así, el 29,1% de las mujeres tienen menos de 45 años, mientras que para los hombres el porcentaje se reduce al 24,1%. (Gráfico 4). Gráfico 4. Distribución del personal al servicio de la Administración de Justicia, por tramos de edad y sexo. 80,0% 70,0% 71,4% 67,2% 60,0% 50,0% 40,0% 30,0% 28,7% 23,7% 20,0% 10,0% 0,0% 4,6% 3,6% 0,4% 0,4% años años años años Hombres Mujeres Fuente: Base de datos Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas Estas características de la distribución del personal al Servicio de la Administración de Justicia por grupos de edad se refuerzan cuando se observa el valor del IPRHM por tramos de edad. Su análisis permite obtener tres conclusiones. En primer lugar, el valor del IPRHM es superior a la unidad en todos los tramos de edad, reflejando que el mayor porcentaje de mujeres que de hombres que se obtenía en el personal total es independiente del grupo de edad que se considere. En segundo lugar, los valores del IPRHM se sitúan por encima de los límites de composición equilibrada, lo que refleja que las mujeres representan porcentajes por encima del 60% en todos los tramos de edad. Por último, los valores del IRPHM son decrecientes con la edad, lo que coincide con la evidencia mostrada en el apartado anterior respecto a la mayor concentración de mujeres en los tramos correspondientes a personal más joven. (Gráfico 5). 60

61 Gráfico 5. IPRHM del personal de la Generalitat al servicio de la Administración de Justicia, por tramos de edad. 1,80 1,60 1,40 1,47 1,51 1,41 1,34 1,20 1,00 0,80 0,60 0,40 0,20 0, años años años años Fuente: Base de datos Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas 61

62 3.5. ANÁLISIS DEL PERSONAL DEL SECTOR PÚBLICO DE LA GENERALITAT En este apartado se presentan datos del personal del sector público de la Generalitat, en concreto, de las entidades de derecho público, de las sociedades mercantiles y de las fundaciones del sector público de la Generalitat. Para su análisis se han utilizado los datos de las plantillas de personal a fecha 30 de mayo de 2016 de las entidades que figuran en el cuadro 1. Cuadro 1. Entidades del Sector Público de la Generalitat que se han utilizado para el análisis de personal. Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana Institut Valencià de Finances Entidades de Derecho Público Entidad de Infraestructuras de la Generalitat Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial Instituto Valenciano de Arte Moderno Agència Valenciana del Turisme Entidad Pública Saneamiento Aguas Residuales de la CV Patronat del Misteri d Elx Instituto Valenciano de Acción Social Agència Valenciana d Avaluació i Prospectiva Sociedades Mercantiles Valenciana de Aprovechamiento Energético de Residuos, SA Ciudad de las Artes y de las Ciencias, SA Sociedad Proyectos Temáticos de la Comunidad Valenciana, SA Circuito del Motor y Promoción Deportiva, SA Construcciones e Infraestructuras Educativas de la Generalitat Valenciana, SA Ciudad de la Luz, SAU Aeropuerto de Castellón, SL Fundaciones Fundación de la Comunitat Valenciana Centro de Estudios Ambientales del Mediterráneo Fundación de la Comunitat Valenciana Atención a las Víctimas del Delito y Encuentro Familiar Fundación de la CV para la Investigación Biomédica, la Docencia y la Cooperación Internacional y para el Desarrollo, del Hospital Clínico Universitario de Valencia Fundación de la CV para el Fomento de los Estudios Superiores Fundación de la Comunidad Valenciana-Región Europea Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la CV Fundación de la CV Palau de les Arts Reina Sofía Fundación de la CV para la Investigación Agroalimentaria Fundación para la Investigación del Hospital Universitario de la Fe de la CV Fuente: Dirección General del Sector Público, Modelo Económico y Patrimonio El análisis del personal de esas entidades muestra una plantilla con una composición de género equilibrada, representando las mujeres el 48% del personal total del sector público analizado. De hecho, el valor conjunto del IPRHM es de 0,96, ligeramente por debajo 62

63 de la unidad y, en cualquier caso, dentro de los límites de representación paritaria establecidos por la Ley Orgánica 3/2007. Sin embargo, el desglose por tipo de entidad muestra resultados diferentes. Las entidades de derecho público, que representan el 53% del personal total de las entidades del sector público recogidas en el cuadro 1, presentan un valor del IPRHM de 0,92, dentro de los límites de composición equilibrada, mientras que el valor del índice para las sociedades mercantiles y para las fundaciones refleja plantillas con desequilibrios en género. Así, mientras que la presencia femenina en las sociedades mercantiles es minoritaria, al representar el 38% del personal de esas sociedades, las fundaciones muestran una elevada proporción de personal femenino en sus plantillas, con un porcentaje del 66%. (Gráfico 1). Gráfico 1. Valor del IPRHM del Sector Público de la Generalitat, por tipo de entidad. 1,60 1,40 1,32 1,20 1,00 0,96 0,92 0,80 0,77 0,60 0,40 0,20 0,00 Total entidades Entidades de Derecho Público Sociedades M ercantiles Fundaciones Fuente: Dirección General del Sector Público, Modelo Económico y Patrimonio El análisis del personal por categoría profesional muestra que las mujeres son mayoría en los empleos de tipo administrativo donde llegan a representar porcentajes del 71% y un IPRHM del 1,42. Por su parte, los hombres presentan mayores porcentajes en las categorías profesionales de resto de personal cualificado, comerciales, vendedores y similares (categoría de personal presente únicamente en Ferrocarrils de la Generalitat) y, en especial, en la categoría de altos directivos. De esta forma, se tiene que los valores del IRPHM sólo se sitúan dentro de los límites de composición paritaria fijados por la legislación en las categorías profesionales de técnicos, científicos, intelectuales y de apoyo, trabajadores no cualificados, y en el resto de personal directivo. (Gráfico 2). 63

64 Gráfico 2. Valor del IPRHM del Sector Público de la Generalitat, por categoría profesional. 1,40 1,42 1,20 1,17 1,00 1,00 1,02 0,80 0,60 0,81 0,64 0,40 0,20 0,11 0,00 Altos directivos Resto de personal directivo Técnicos y profesión Científicos e intelectuales y de apoyo Empleado tipo administrativo Comerciales, vendedores y similares Resto de personal cualificado Trabajadores no cualificados Fuente: Dirección General del Sector Público, Modelo Económico y Patrimonio En relación con la edad del personal trabajando en las entidades que forman el sector público de la Generalitat, se observa que la mayoría se encuentra concentrado en el grupo de edad comprendido entre los 31 años y los 50 años, con el 60% de los hombres y el 68% de las mujeres en ese tramo de edad. La composición por género en cada grupo de edad es bastante equilibrada, mostrando las mujeres un porcentaje del 59% en el tramo de edad menor de 30 años y alrededor del 50% en el resto de tramos, excepto para el grupo de 51 a 60 años, donde los hombres representan el 61% del personal. Así, el valor del IPRHM se sitúa dentro de los límites de composición equilibrada en todos los grupos de edad, menos en el personal con edades comprendidas entre los 51 y los 60 años. (Gráfico 3). Gráfico 3. Valor del IPRHM del Sector Público de la Generalitat, por tramos de edad. 1,40 1,20 1,19 1,02 1,00 0,97 0,80 0,78 0,60 0,40 0,20 0,00 Menor 30 años años años Mayor 60 años Fuente: Dirección General del Sector Público, Modelo Económico y Patrimonio 64

65 4.- FICHAS IMPACTO DE GÉNERO PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS GENERALITAT. En el presente apartado se presentan, agrupados por secciones presupuestarias, los análisis de impacto de género de los programas presupuestarios de gasto que se han identificado como susceptibles de tener competencia explícita en igualdad de género, mediante sus actuaciones, en el avance de los objetivos de igualdad entre mujeres y hombres. En la elaboración de este apartado, cada centro gestor ha cumplimentado las fichas de impacto de género correspondientes a los programas presupuestarios que gestiona, de acuerdo con un modelo de ficha establecido para recopilar información homogénea de las actuaciones orientadas a la consecución de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. De esta manera, los centros gestores han aportado información sobre el contenido y finalidad de sus programas presupuestarios y de la relación existente entre los objetivos del programa y los ámbitos de actuación preferentes definidos en la Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la igualdad entre mujeres y hombres, y en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y resto de mandatos normativos y programáticos en tales ámbitos. Asimismo, se ha tratado de sintetizar el contenido de las actuaciones que se van a desarrollar en la materia, junto con un análisis de impacto de género en el que se realiza un diagnóstico de partida sobre la situación de la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres en el contexto social del ámbito de intervención del programa presupuestario y una descripción de los resultados que está previsto alcanzar tras el desarrollo de las acciones previstas. También se ha incluido un apartado que contiene la valoración del centro gestor sobre el impacto de género que tendrá el programa, en función de dos criterios. Por un lado, un criterio cuantitativo, basado en el número de personas que se benefician de las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario en materia de igualdad y, por otro, un criterio cualitativo, que tiene por objeto recoger la valoración que se tiene del programa como palanca de cambio en materia de igualdad de género. La escala de valores que pueden adoptar los criterios viene reflejada en la tabla siguiente. 65

66 Capacidad de impacto Relevancia funcional Valor 0 El programa no tiene como destinatarios finales a lasno se prevé ningún tipo de resultado en materia de personas. igualdad de oportunidades. Valor 1 Los resultados del programa sólo afectan a las personas de Se han previsto algunas actuaciones que tendrás algunos forma indirecta. efectos en relación con la igualdad de oportunidades. Valor 2 El programa afecta de forma directa a las personas. Entre los resultados previstos se espera una contribución significativa en relación con los objetivos de igualdad entre mujeres y hombres Valor 3 El programa afecta de forma directa a las personas yel programa presenta objetivos de transformación y/o extiende sus efectos a un grupo significativo de potenciales remoción de obstáculos y perdurabilidad en materia con beneficiarios. las políticas de igualdad entre mujeres y hombres Por último, se ha incluido un apartado para que los centros gestores propongan mejoras y recomendaciones para seguir en el avance de los objetivos de igualdad entre mujeres y hombres. 66

67 4.1.- PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT Análisis y Políticas Públicas Secretariado del Consell Relaciones Informativas Promoción Institucional Servicio Público de Radio Televisión Emergencias, Protección Civil, Prevención y Extinción de Incendios Seguridad Pública: Policía de la Generalitat y Policía Local Formación IVASPE Relaciones Externas Asesoramiento y Defensa en Juicio de los Intereses de la Generalitat 67

68 PROGRAMA: ANÁLISIS Y POLÍTICAS PÚBLICAS A) Contenido y finalidad del programa. Asesoramiento y asistencia al President y su Gabinete. Soporte técnico y documental para la toma de decisiones en la Presidencia de la Generalitat. Realización de estudios de innovación e informes sobre las materias y políticas públicas que afecten al Consell. Recopilación de información y documentación para el seguimiento de las políticas públicas desarrolladas por el Consell. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título I: Art 4. Principios rectores de la acción administrativa Título III: Art. 48. El lenguaje no-sexista en los escritos administrativos OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD PIO ÁREA 1.Incorporar la transversalidad de género en las políticas públicas de la Administración. Acción Impulsar la realización de estudios de investigación e informes técnicos de diagnóstico de la situación de las mujeres en la Comunitat Valenciana. Acción Fomentar la utilización de un lenguaje no sexista y no discriminatorio en los documentos elaborados por la Generalitat y por las empresas e instituciones que colaboren con la misma. ÁREA 2 Mujer y toma de decisiones. 68

69 NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Acción Impulsar la realización de estudios que recojan información acerca de la participación de la mujer en órganos de dirección de los distintos sectores: empresariales, políticos, sindicales, universitarios Acción Difundir experiencias y buenas prácticas relacionadas con la participación y promoción de las mujeres en los ámbitos políticos, sindicales, laborales, asociativos... Acción Promover la disponibilidad de datos estadísticos oficiales de la representación y participación de las mujeres en cargos de responsabilidad y en órganos de decisión públicos y privados. Ley Orgánica 7/2007, de 22 de marzo, Título II, Capítulo I: Art. 14.Criterios generales de actuación de los Poderes Públicos. Art. 20. Adecuación de las estadísticas y estudios ÁREA 3 Imagen, medios de comunicación y TIC Acción Continuar fomentando desde las distintas instituciones la realización de estudios de investigación, relacionados con los roles y estereotipos sexistas vigentes y difundir sus resultados. Realizar muestras lo suficientemente amplias como para que las diversas variables incluidas puedan ser explotadas y analizadas en función de la variable de sexo. 69

70 2. Identificación de las actuaciones previstas. Utilización del lenguaje inclusivo en la redacción de escritos e informes. Inclusión sistemática de la variable sexo en las estadísticas, encuestas y recogida de datos que se lleven a cabo. Difundir los resultados de las encuestas realizadas desagregados por sexo. Mejora de los métodos e instrumentos de recogida de información para la medición de las relaciones y roles de género en las encuestas que se realicen. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) género. En toda la información y documentación se toma en consideración la perspectiva de Los análisis estadísticos se han realizado desagregando los datos por sexo, permitiendo la identificación de las brechas de género existentes. 2. Previsión de resultados. El programa presupuestario no despliega sus efectos sobre un número determinado de personas, ni constituye, en sí mismo, una palanca de cambio. En todo caso, el enfoque de género aplicado al análisis de las políticas públicas es una herramienta de evaluación de su utilidad y/o sus carencias. La obtención de información estadística sobre la valoración e impacto de políticas en materia de igualdad permite ajustar las líneas de actuación y programar nuevas medidas que respondan a las necesidades y expectativas de la ciudadanía y, especialmente, de las mujeres. Los recursos económicos de que dispone el programa no permiten costear estudios sociológicos sectoriales en la línea de los que lleva a cabo el Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS). Ello no obstante se propone que en el caso de llevarse a cabo estudios sociológicos, se incorporen preguntas que permitan la evaluación de políticas públicas en materia de igualdad. También se ha propuesto la inclusión en el Plan Valenciano de Estadística de la actuación Explotar la estadística referente a los resultados electorales incluyendo la variable género de las candidatas y candidatos elegidos en elecciones locales y autonómicas 70

71 D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN Valor 0 Valor 2 PROGRAMA: SECRETARIADO DEL CONSELL A) Contenido y finalidad del programa. Infraestructura administrativa para las reuniones del Consell y de la Comisión de Secretarias/os Autonómicas/os y Subsecretarias/os, y gestión de los Registros de Convenios y de Órganos Colegiados de la Generalitat; coordinación de las relaciones entre el Consell y Les Corts; Publicidad de las normas, disposiciones, actos administrativos, anuncios, etc. de la Generalitat, así como edición de publicaciones de interés institucional; Recuperación de recursos en el ámbito de la Administración de la Generalitat y su sector público. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título I: Art 4. Principios rectores de la acción administrativa Título II, Capítulo II: Art. 10.Representación paritaria de mujeres y hombres Título III: Art. 48. El lenguaje nosexista en los escritos administrativos OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD PIO ÁREA 1.Incorporar la transversalidad de género en las políticas públicas de la Administración. Acción Impulsar la realización de estudios de investigación e informes técnicos de diagnóstico de la situación de las mujeres en la Comunitat Valenciana. 71

72 NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Acción Fomentar la utilización de un lenguaje no sexista y no discriminatorio en los documentos elaborados por la Generalitat y por las empresas e instituciones que colaboren con la misma. ÁREA 2 Mujer y toma de decisiones Acción Impulsar la realización de estudios que recojan información acerca de la participación de la mujer en órganos de dirección de los distintos sectores: empresariales, políticos, sindicales, universitarios Acción Difundir experiencias y buenas prácticas relacionadas con la participación y promoción de las mujeres en los ámbitos políticos, sindicales, laborales, asociativos... Ley Orgánica 7/2007, de 22 de marzo, Título II, Capítulo I: Art. 14. Criterios generales de actuación de los Poderes Públicos. Art. 20. Adecuación de las estadísticas y estudios Acción Promover la disponibilidad de datos estadísticos oficiales de la representación y participación de las mujeres en cargos de responsabilidad y en órganos de decisión públicos y privados 72

73 2. Identificación de las actuaciones previstas. - Además de la explotación estadística del volumen de iniciativas relacionadas con la cuestión de género, se propone incorporar la variable de género en las bases de datos de la actividad parlamentaria, de manera que permita identificar al autor o autora de cada una de las iniciativas parlamentarias individualizadas (no de grupo), a fin de poder explotar dichos datos en los informes de actividad parlamentaria. -En cuanto al Registro de Órganos Colegiados, se propone incluir, asimismo, la variable de género en la base de datos SICEO, a fin de poder analizar la paridad en la composición de los Órganos Colegiados. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) Las competencias que tiene este Programa Presupuestario no permiten programar acciones positivas que puedan remover obstáculos para lograr la igualdad. La contribución al objetivo se aborda desde el meanstreaming de género, aprovechando las potencialidades de la Generalitat como mecanismo de difusión de valores de igualdad entre mujeres y hombres. En estos momentos no se dispone de la información cuantitativa, que permita conocer la participación política de las mujeres diputadas, mediante la formulación de iniciativas, y su evolución en el tiempo. 2. Previsión de resultados. Se prevé que en 2017 estén ejecutadas las actuaciones previstas. D) Valoración del impacto de género. El ámbito de la valoración del impacto de género se realizará sobre las Iniciativas de Control de la acción del Consell que se suscriben de forma individual y no por grupo parlamentario. Para estimar el alcance de la actuación, hay que tener en cuenta que el número de Iniciativas individualizadas de Control de la acción del Consell en el periodo transcurrido de la actual legislatura (aproximadamente un año) asciende a preguntas escritas y solicitudes de documentación. Respecto al Registro de Órganos Colegiados, en la actualidad la base SICEO contabiliza 855 Órganos Colegiados. 73

74 CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN Valor 0 Valor 2 PROGRAMA: RELACIONES INFORMATIVAS A) Contenido y finalidad del programa. Difusión de información institucional, tanto de la Presidencia como del Consell. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título Y: Arte 4. Principios rectoras de la acción administrativa OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD PIO ÁREA 1.Incorporar la transversalidad de género en las políticas públicas de la Administración. Título II: Capítulo VII Art. 40. Imagen de la mujer y pluralidad de rolas Arte.41 Programación y valoras constitucionales Título III: Arte. 48. El lenguaje nosexista en los escritos administrativos Acción Fomentar la utilización de un lenguaje no sexista y no discriminatorio en los documentos elaborados por la Generalitat y por las empresas e instituciones que colaboren cono la misma. ÁREA 3 Imagen, medios de comunicación y TIC. Acción Reforzar la realización de accionas formativas dirigidas a las/los profesionales de 74

75 NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD la comunicación y la publicidad, para el correcto tratamiento de la imagen de la mujer. Acción Efectuar recomendaciones para evitar el tratamiento sexista de la información, en los medios de comunicación. Acción Promover entre las/los profesionales de los medios de comunicación y de la publicidad, el intercambio de experiencias que contribuyan a eliminar prejuicios y estereotipos de género. Acción Difundir, en los medios de comunicación públicos, las actividades realizadas y promovidas por mujeres, especialmente en aquellos ámbitos en los que están subrepresentadas. Ley Orgánica 7/2007, de 22 de marzo, Título II, Capítulo Y: Arte. 14. Criterios generales de actuación de los Poderes Públicos. Título III Arte. 36 Igualdad en los medios de comunicación social de titularidad pública. 2. Identificación de las actuaciones previstas. Fomentar la utilización de un lenguaje no sexista y no discriminatorio en los comunicados y notas de prensa dirigidos a los medios de comunicación social. 75

76 C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico). Pese a los avances en el empleo de un lenguaje no sexista, sigue siendo necesaria una política lingüística que sirva de refuerzo para consolidar la igualdad entre mujeres y hombres, visibilizando a la mujer. 2. Previsión de resultados La utilización de un lenguaje no sexista es un instrumento de formación en la igualdad y permite visualizar los avances de las mujeres, al exigir que estos se reflejen en la lengua. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) CALIFICACIÓN Sobre que número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? Valor 3 En que medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de Valor 3 cambio en igualdad de género? PROGRAMA: PROMOCIÓN INSTITUCIONAL A) Contenido y finalidad del programa. - Control previo y autorización de proyectos de manuales de identidad corporativa, marcas, distintivos, logos o símbolos de identificación para la difusión de la imagen institucional de la Generalitat. - Supervisión de la creatividad y diseño referidos a proyectos y campañas publicitarias de la Generalitat. - Desarrollo y ejecución de acciones y proyectos publicitarios de la Generalitat. audiovisual. - Realización de actuaciones de inspección y control de los servicios de comunicación 76

77 B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título I: Art 4. Principios rectores de la acción administrativa Título II: Capítulo VII Art. 40. Imagen de la mujer y pluralidad de roles Art.41 Programación y valores constitucionales Art. 42. Observatorio de Publicidad no sexista Art. 43. Sobre la erradicación de la violencia OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD PIO ÁREA 1.Incorporar la transversalidad de género en las políticas públicas de la Administración. Acción Fomentar la utilización de un lenguaje no sexista y no discriminatorio en los documentos elaborados por la Generalitat y por las empresas e instituciones que colaboren con la misma. Título III: Art. 46. Fomento de la igualdad en el ámbito de la contratación Art. 48. El lenguaje nosexista en los escritos administrativos ÁREA 2 Mujer y toma de decisiones. Acción Realizar campañas de sensibilización y de información para combatir la segregación horizontal y vertical de las mujeres en el ámbito laboral. ÁREA 3 Imagen, medios de comunicación y TIC. Acción Promover en los contenidos de los mensajes publicitarios y de los programas emitidos por radiotelevisión valenciana, valores de igualdad y de no discriminación por razón de género. Acción Efectuar 77

78 NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD recomendaciones para evitar el tratamiento sexista de la información, en los medios de comunicación. Acción Promover entre las/los profesionales de los medios de comunicación y de la publicidad, el intercambio de experiencias que contribuyan a eliminar prejuicios y estereotipos de género. Ley Orgánica 7/2007, de 22 de marzo, Título II, Capítulo I: Art. 14. Criterios generales de actuación de los Poderes Públicos. Título III Art. 36 Igualdad en los medios de comunicación social de titularidad pública. 2. Identificación de las actuaciones previstas. - En las campañas de publicidad se seguirá incidiendo en la pluralidad de roles, con una presencia mayor de la mujer. - La visibilización de la mujer mediante el lenguaje es fundamental, se seguirá garantizando la utilización de un lenguaje no sexista en todos los escritos y actuaciones. - El tratamiento sexista de la información debe desaparecer, por lo que cabe efectuar recomendaciones a los medios de comunicación. 78

79 C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) Con cargo a este programa, y conscientes del papel fundamental que pueden tener los medios de comunicación y la publicidad institucional en el avance de la igualdad, se desarrollan campañas que transmiten una imagen no estereotipada de la mujer y que fomentan actitudes y prácticas a favor de la igualdad de oportunidades. También se programa anualmente la campaña para prevenir la violencia contra las mujeres ( Contigo, por una vida sin maltrato ). Además, en los pliegos de contratación se contempla como criterio de desempate entre los licitadores la presentación de un Plan de igualdad previamente aprobado por cualquier administración pública u órgano competente en el caso de que se quiera hacer valer las preferencias en la adjudicación. Por último, la persona titular de la dirección general que tiene atribuidas las funciones en materia de imagen institucional y campañas publicitarias de la Generalitat forma parte, como vocal, del Observatorio de Publicidad No Sexista de la Comunitat Valenciana, creado por Decreto 232/1997, de 2 de septiembre, del Consell. 2. Previsión de resultados. La transmisión de valores igualitarios entre mujeres y hombres a través de los medios de comunicación y las campañas de publicidad institucional contribuye, tal como expresa la Ley 9/2003 de 2 de abril, de la Generalitat para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, a la eliminación de la discriminación, pues el objetivo ha de ser la igualdad real, no sólo jurídica. Estos objetivos se extienden al conjunto de la ciudadanía D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN Valor 3 Valor 3 79

80 PROGRAMA: SERVICIO PÚBLICO DE RADIO TELEVISIÓN A) Contenido y finalidad del programa. - Poner en uso el Servicio Público de Radio Televisión Valenciana. - Iniciar la recuperación del sector audiovisual en la Comunitat Valenciana. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título I: Art 4. Principios rectores de la acción administrativa Título II, Capítulo II: Art. 10.Representación paritaria de mujeres y hombres Título II: Capítulo VII Art. 40. Imagen de la mujer y pluralidad de roles Art.41 Programación y valores constitucionales Título III: Art. 43 Sobre la erradicación de la violencia Art. 48. El lenguaje nosexista en los escritos administrativos OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD PIO ÁREA 1.Incorporar la transversalidad de género en las políticas públicas de la Administración. Acción Fomentar la utilización de un lenguaje no sexista y no discriminatorio en los documentos elaborados por la Generalitat y por las empresas e instituciones que colaboren con la misma. ÁREA 2 Mujer y toma de decisiones. Acción Realizar campañas de sensibilización y de información para combatir la segregación horizontal y vertical de las mujeres en el ámbito laboral. ÁREA 3 Imagen, medios de comunicación y TIC. Acción Reforzar la realización de acciones formativas 80

81 NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD dirigidas a las/os profesionales de la comunicación y la publicidad, para el correcto tratamiento de la imagen de la mujer. Acción Efectuar recomendaciones para evitar el tratamiento sexista de la información, en los medios de comunicación. Acción Promover entre las/los profesionales de los medios de comunicación y de la publicidad, el intercambio de experiencias que contribuyan a eliminar prejuicios y estereotipos de género. Acción Promover en los contenidos de los mensajes publicitarios y de los programas emitidos por radiotelevisión valenciana, valores de igualdad y no discriminación por razón de género. Ley Orgánica 7/2007, de 22 de marzo, Título II, Capítulo I: Art. 14. Criterios generales de actuación de los Poderes Públicos. Título III Art. 36 Igualdad en los medios de comunicación social de titularidad pública Acción Difundir, en los medios de comunicación públicos, las actividades realizadas y promovidas por mujeres, especialmente en aquellos ámbitos en los que está subrepresentada. 81

82 2. Identificación de las actuaciones previstas. - Observar que el contenido de la programación de la Radiotelevisión valenciana contenga los valores de la igualdad entre hombres y mujeres, que transmitan una imagen no estereotipada de la mujer, así como las ventajas que reportan actitudes y comportamientos de igualdad y respeto. - Difundir las actividades realizadas y promovidas por mujeres, especialmente en aquellos ámbitos en los que están subrepresentadas. - Realizar acciones formativas dirigidas a profesionales de la comunicación y la publicidad para el correcto tratamiento de la imagen de la mujer. - Promover debates, jornadas, mesas redondas entre profesionales de los medios para el intercambio de experiencias que contribuyan a eliminar prejuicios y estereotipos de género. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) Como antecedentes mencionar que ya en 2008, RTVE y la FORTA, que engloba a las televisiones autonómicas, mantuvieron una reunión para atajar la espiral de mujeres muertas a manos de sus parejas. Los operadores públicos ratificaron el compromiso de la sociedad contra la violencia de género, obligando a todos los operadores públicos a luchar contra este tipo de crímenes. La Ley 6/2016 de 15 de julio, de la Generalitat, del Servicio Público de Radiodifusión y Televisión de Ámbito Autonómico, de Titularidad de la Generalitat, recoge expresamente en su artículo 2 que La igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres es un principio informador del ordenamiento jurídico que ha de contemplarse en la interpretación y aplicación de esta ley. Asimismo, en su artículo 5, indica que la Corporación y las sociedades prestadoras de los servicios de radio y televisión, para la gestión y la realización de los intereses generales que tienen encomendados, habrán de: - Promover el principio de igualdad efectiva entre hombres y mujeres, que deberá informar, con carácter transversal, la actuación de la Corporación Valenciana de Medios de Comunicación, que la integrará, de forma activa, en la adopción y ejecución de sus disposiciones normativas, así como en la definición, el presupuesto y la ejecución del conjunto de sus actividades. 82

83 - Promover la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los nombramientos y las designaciones en los cargos de responsabilidad que le correspondan, y velar para que este principio se respete en el resto de nombramientos dentro de la Corporación. En la misma línea, los órganos, como son el Consejo Rector o de la Ciudadanía, serán paritarios y en éste último un/a miembro será a propuesta de las principales asociaciones de defensa de la igualdad dedicadas a combatir la violencia de género y por la igualdad entre hombres y mujeres. Respecto a los contenidos, la Ley 6/2016 indica que el Servicio Público de Radiodifusión y Televisión, garantizará una divulgación adecuada del deporte femenino. 2. Previsión de resultados La Radiotelevisión pública es un instrumento fundamental para promover la igualdad real entre las mujeres y los hombres, por su capacidad divulgativa y formativa, una herramienta para erradicar comportamientos y modelos propios de la sociedad patriarcal en la que la mujer no ha tenido las mismas oportunidades laborales que el hombre. La Radiotelevisión pública es un instrumento fundamental, además, para erradicar la violencia contra las mujeres. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN Valor 3 Valor 3 PROGRAMA: EMERGENCIAS, PROTECCIÓN CIVIL, PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS A) Contenido y finalidad del programa. Apoyo de Comunitat Valenciana en un trato diferenciado de las llamadas de emergencias de mujeres en situación de riesgo. 83

84 B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título I: Art 4. Principios rectores de la acción administrativa Capítulo VI Artículo 34. Asistencia a las víctimas de violencia de género Art 35. Seguimiento e información sobre las actuaciones en materia de violencia de género. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD PIO ÁREA 1.Incorporar la transversalidad de género en las políticas públicas de la Administración. Acción Fomentar la utilización de un lenguaje no sexista y no discriminatorio en los documentos elaborados por la Generalitat y por las empresas e instituciones que colaboren con la misma. Título III: Art. 48. El lenguaje nosexista en los escritos administrativos Acción Incorporar en las bases reguladoras de las subvenciones y becas públicas criterios de valoración para la incorporación de la perspectiva de género. Acción Establecer cláusulas de preferencia en la adjudicación de los contratos públicos, en caso de empate entre ofertas, para empresas que acrediten haber desarrollado un plan de actuación en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. 84

85 NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Artículo 34. Asistencia a las víctimas de violencia de género OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Acción Impulsar la realización de estudios de impacto de género en la elaboración de disposiciones de carácter general y de planes de especial relevancia económica y social en la Generalitat. Ley Orgánica 7/2007, de 22 de marzo, Título II, Capítulo I: Art. 14. Criterios generales de actuación de los Poderes Públicos. Asignación de recursos destinados a la prevención de los malos tratos y a la protección de las mujeres víctimas de ellos. 2. Identificación de las actuaciones previstas. Tratamiento prioritario de las llamadas procedentes de mujeres incluidas en programas de violencia de género (programa ATENPRO). C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) Dificultad de acceso a la llamada a 112 cuando la agresión está en curso, demora en la gestión de los recursos durante la obtención de los datos de qué ocurre y dónde ocurre. 2. Previsión de resultados. la respuesta. Minimizar los tiempos de atención de las llamadas descritas, aumentado la calidad en 85

86 D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN Valor 3 Valor 2 PROGRAMA: SEGURIDAD PÚBLICA: POLICÍA DE LA GENERALITAT Y POLICÍA LOCAL A) Contenido y finalidad del programa. -Coordinar los Cuerpos de Policía Local de la Comunitat Valenciana. -Dirigir operativamente y gestionar la policía de la Generalitat. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título I: Art 4. Principios rectores de la acción administrativa Título II, Capítulo II: Art. 10.Representación paritaria de mujeres y hombres Título II, Capítulo III: Art. 13 Acceso al empleo en condiciones de igualdad OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD PIO ÁREA 1.Incorporar la transversalidad de género en las políticas públicas de la Administración. Acción Incluir la perspectiva de género en las estadísticas e investigaciones realizadas desde todos los departamentos del Consell. Acción Impulsar la implantación de los planes de igualdad municipales. 86

87 NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Capítulo VI: Artículo 35. Seguimiento e información sobre las actuaciones en materia de violencia contra las mujeres OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Acción Fomentar la utilización de un lenguaje no sexista y no discriminatorio en los documentos elaborados por la Generalitat y por las empresas e instituciones que colaboren con la misma. Ley Orgánica 7/2007, de 22 de marzo, Título II, Capítulo I: Art. 14. Criterios generales de actuación de los Poderes Públicos. Art. 20. Adecuación de las estadísticas y estudios Acción Incluir en los temarios de las convocatorias de acceso a las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana contenidos sobre igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. 2. Identificación de las actuaciones previstas. - Realización de cuestionarios a los Cuerpos de Policía Local de la Comunitat Valenciana en los que se recoja información sobre las mujeres que forman parte de los mismos, su categoría profesional, edad, desempeño de jefatura, situación de interinidad o destino definitivo. Generalitat. - Incorporación de la perspectiva de género en la Memoria Anual de la Policía de la - Elaboración de una nueva Ley de Coordinación de Policías Locales en la que se incorporen medidas correctoras de la desigualdad de género en las plantillas de los Cuerpos de Policía Local en las que el número de mujeres no alcance el 40%, facilitando su incorporación mediante acciones positivas en las convocatorias de acceso a la escala básica. También se contemplará en dicho texto que las administraciones locales de la Comunitat incluyan a los Cuerpos de Policía Local en los planes de igualdad. 87

88 - Actualización de la normativa (mediante Decretos del Consell), reguladora de las pruebas y temarios de acceso a los Cuerpos de Policía Local que convocan los ayuntamientos y que coordina la Generalitat para que se incorpore, entre otras cuestiones, la perspectiva de género. - Incremento del número de mujeres que se proponen como vocales de los tribunales de acceso a los Cuerpos de Policía Local en las convocatorias de empleo público de los ayuntamientos. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) No se contempla la perspectiva de género en la obtención de resultados de las memorias estadísticas. No se cuenta con indicadores relativos a personas desagregados por sexo. Las mujeres representan un 12% en las plantillas de los Cuerpos de Policía Local de la Comunitat Valenciana. Policía Local. No existen medidas de acción positiva para el acceso a la mujer a los Cuerpos de 2. Previsión de resultados. La perspectiva de género figurará en las memorias estadísticas anuales referentes a los Cuerpos de Policía Local y de la Unidad del CNP adscrita a la Comunitat Valenciana, así como en los datos de carácter estadístico de los Cuerpos de Policía Local de la Comunitat Valenciana. Se fomentará la participación de mujeres policía, de todas las categorías y escalas, como vocales de los órganos consultivos y de participación adscritos a la Agencia de Seguridad y Respuesta a las Emergencias. Se garantizará la utilización de lenguaje no sexista en los actos administrativos y en las disposiciones de carácter normativo. 88

89 D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Número de policías Población Relevancia funcional (indicador cualitativo) Igualdad de oportunidades El programa incide en las plantillas de policía local de la Comunitat Valenciana que se compone de más de efectivos. Además, la actuación policial en materia de prevención y atención a mujeres víctimas de violencia machista incide no solo en el colectivo de mujeres y sus familias, sino también en la población en general La seguridad es una pieza clave de la libertad y la convivencia. La garantía de la protección de las mujeres contribuye a lograr una sociedad más igualitaria y más justa. CALIFICACIÓN Valor 3 Valor 3 PROGRAMA: FORMACIÓN IVASPE A) Contenido y finalidad del programa. La formación básica y de perfeccionamiento de los cuerpos de policía local, policías de la Unidad Adscrita y del personal de emergencias (bomberos, brigadas, protección civil, bomberos forestales, etc.). B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos NORMA/PLAN Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título I: Art 4. Principios rectores de la acción administrativa. Título II, Capítulo II: Art. 10.Representación paritaria de mujeres y hombres. Capítulo VI: OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD PIO ÁREA 1.Incorporar la transversalidad de género en las políticas públicas de la Administración. Acción Continuar impulsando la realización de jornadas, cursos y seminarios para promocionar la igualdad de oportunidades entre mujeres y 89

90 NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Art. 37. Protocolos de coordinación en los casos de malos tratos. Título III: Art. 48. El lenguaje nosexista en los escritos administrativos. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD hombres. Acción Fomentar la utilización de un lenguaje no sexista y no discriminatorio en los documentos elaborados por la Generalitat y por las empresas e instituciones que colaboren con la misma. ÁREA 2 Mujer y toma de decisiones. Ley Orgánica 7/2007, de 22 de marzo, Título II, Capítulo I: Art. 14. Criterios generales de actuación de los Poderes Públicos. Art. 20. Adecuación de las estadísticas y estudios. Art. 21 Colaboración entre las Administraciones Públicas. Acción Promover la disponibilidad de datos estadísticos oficiales de la representación y participación de las mujeres en cargos de responsabilidad y en órganos de decisión públicos y privados. 2. Identificación de actuaciones previstas: categorías. - Planificación y realización de los cursos selectivos de acceso a las distintas escalas y formación. - Realización del Diploma de Especialista en Violencia de Género, con 220 horas de 90

91 - Realización de Jornadas de primera intervención en violencia de género para agentes patrulleros, con 5 horas de formación. - Convenio con la Diputación de Valencia para formación a las policías locales en violencia de género (20 horas lectivas). C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) En base a los resultados de años anteriores, se observa que en términos generales, existe en el colectivo de seguridad, una participación diferenciada en los cursos de formación, siendo la proporción de hombres/mujeres del 85/15. Proporción que incluso se eleva al 99/1 en escalas de mandos. Esto es un reflejo de la propia estructura organizativa de los cuerpos policiales. 2. Previsión de resultados. Se propone como medida correctora incrementar la formación en la materia relativa a igualdad de género en los colectivos de la seguridad y las emergencias. Para ello se plantea fomentar los mecanismos de colaboración con otras Consellerias (Vicepresidencia, Educación, Sanidad) y entes relacionados, para la participación en los programas formativos del IVASPE. También se propone la suscripción de convenios específicos de formación con las universidades públicas valencianas, a partir de los convenios-marco recientemente firmados con las mismas. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN

92 PROGRAMA: RELACIONES EXTERNAS A) Contenido y finalidad del programa. El Programa aborda las relaciones del Consell con la Unión Europea, el Estado y las CCAA, así como la acción exterior del Consell, por lo que sus recursos van encaminados a obtener, con los medios de los que se dispone, la mayor presencia y visibilidad del Consell en los tres ámbitos referidos. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título I: Art 4. Principios rectores de la acción administrativa. Título III: Art. 48. El lenguaje nosexista en los escritos administrativos. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD PIO ÁREA 1.Incorporar la transversalidad de género en las políticas públicas de la Administración. Acción Impulsar la realización de estudios de investigación e informes técnicos de diagnóstico de la situación de las mujeres en la Comunitat Valenciana. Acción Fomentar la utilización de un lenguaje no sexista y no discriminatorio en los documentos elaborados por la Generalitat y por las empresas e instituciones que colaboren con la misma. ÁREA 2 Mujer y toma de decisiones. Acción Difundir experiencias y buenas prácticas relacionadas con la participación y promoción 92

93 NORMA/PLAN Ley Orgánica 7/2007, de 22 de marzo, ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título II, Capítulo I: Art. 14. Criterios generales de actuación de los Poderes Públicos. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD de las mujeres en los ámbitos políticos, sindicales, laborales, asociativos Identificación de las actuaciones previstas. Inclusión de la perspectiva de género en las estadísticas de consulta y difusión a través de las oficinas Europe Direct. género. Difusión de las actuaciones de la UE orientadas a incorporar la transversalidad de C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) El programa comporta la realización de actuaciones que en sí mismas promocionan la igualdad de género, tales como: - Difusión e impulso de la participación de los diferentes departamentos de la Generalitat en acciones de organizaciones regionales y en posibles proyectos europeos de cooperación interregional. - Difusión, a través de la red de información de Europe Direct, de las campañas de sensibilización y otros actos organizados por las instituciones europeas. Ejemplo: Difusión de la campaña anual de la Comisión La Ciencia es cosa de chicas!. - Seguimiento de la actividad y propuestas normativas de las instituciones europeas a través de la Delegación en Bruselas, y traslado a los departamentos afectados. 2. Previsión de resultados. La evaluación de la perspectiva de género en las actividades de difusión y consulta en los centros Europe Direct permite conocer el impacto de esta variable en la búsqueda de oportunidades de empleo o de estudios, así como en otros campos de la UE. Así, se ha 93

94 podido comprobar en el primer semestre de 2016 una distribución equiparable en las consultas y visitas efectuadas por mujeres al punto de información (138 de 280 en total). D) Valoración del impacto de género. CRITERIO CALIFICACIÓN Capacidad de Impacto Sobre qué número de personas despliegan sus (indicador cuantitativo) efectos las actuaciones que pone en marcha el Valor 2 programa presupuestario? Relevancia funcional (indicador cualitativo) En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? Valor 1 PROGRAMA: ASESORAMIENTO Y DEFENSA EN JUICIO DE LOS INTERESES DE LA GENERALITAT A) Contenido y finalidad del programa. El programa presupuestario tiene por objeto financiar exclusivamente los gastos corrientes de funcionamiento de la Dirección General de la Abogacía de la Generalitat, para que pueda prestar asistencia jurídica a la Generalitat y hacer valer ante los diferentes órganos jurisdiccionales la legalidad de su actuación, sus derechos e intereses. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título I: Art 4. Principios rectores de la acción administrativa. Título II: Capítulo II Art. 10.Representación paritaria de mujeres y OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD PIO ÁREA 1.Incorporar la transversalidad de género en las políticas públicas de la Administración. Acción Fomentar la utilización de un lenguaje no sexista y no discriminatorio en los documentos 94

95 NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN hombres. Capítulo VI Art 36. Personación de la administración autonómica en los procedimientos por homicidios o lesiones graves. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD elaborados por la Generalitat y por las empresas e instituciones que colaboren con la misma. Acción Incorporar en las bases reguladoras de las subvenciones y becas públicas criterios de valoración para la incorporación de la perspectiva de género. Ley Orgánica 7/2007, de 22 de marzo, Título III: Art. 48. El lenguaje nosexista en los escritos administrativos. Título II, Capítulo I: Art. 14. Criterios generales de actuación de los Poderes Públicos. Acción Establecer cláusulas de preferencia en la adjudicación de los contratos públicos, en caso de empate entre ofertas, para empresas que acrediten haber desarrollado un plan de actuación en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Acción Impulsar la realización de estudios de impacto de género en la elaboración de disposiciones de carácter general y de planes de especial relevancia económica y social en la Generalitat. 2. Identificación de las actuaciones previstas. - Utilización del lenguaje no sexista y no discriminatorio, por parte de los abogados y abogadas de la Generalitat. - Continuar con la mejora en la cualificación técnica de este personal mediante su participación en acciones formativas dirigidas al conocimiento de las previsiones normativas en materia de igualdad de género. 95

96 - Prestar especial atención al respeto de las normas y planes en materia de igualdad de género, en los asuntos sometidos a consulta. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico). En el ejercicio de la función de asesoramiento en derecho, la Abogacía de la Generalitat emite informe sobre los anteproyectos de leyes y proyectos de disposiciones con fuerza de ley o disposiciones de carácter general, convenios y acuerdos administrativos o en materia de contratación. En el ejercicio de esta función la Abogacía de la Generalitat vela para que en los textos sometidos a informe se utilice un lenguaje no discriminatorio y no sexista, y para que se cumpla cualquier previsión normativa tendente a garantizar la igualdad de género. En el año 2016, hasta la fecha, se han emitido: 194 informes de anteproyectos de ley y proyectos de disposiciones con fuerza de ley o disposiciones de carácter general. 906 informes sobre convenios. 548 anexos de características de contratos administrativos. Asimismo la Generalitat, a través de los Abogados y Abogadas de la Generalitat, se ha personado hasta la fecha en 3 procedimientos por violencia de género. 2. Previsión de resultados. En el ejercicio 2017 se continuará insistiendo en la tarea de que todos los informes emitidos por la Abogacía utilicen un lenguaje no discriminatorio y no sexista. Se continuará, igualmente, en la función de asegurar que todos los anteproyectos de leyes y proyectos de disposiciones con fuerza de ley o disposiciones de carácter general, convenios y acuerdos administrativos o en materia de contratación que se sometan a informe de la Abogacía, utilicen este mismo lenguaje y que cumplan todas las previsiones normativas y los planes aprobados tendentes a garantizar la igualdad de género. 96

97 D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN Valor 1 Valor 1 97

98 4.2.- VICEPRESIDENCIA Y CONSELLERIA DE IGUALDAD Y POLÍTICAS INCLUSIVAS Igualdad de Género Inclusión Social Infancia y Adolescencia Igualdad en la Diversidad Diversidad Funcional Servicios Sociales Gestión de Centros de Personas Mayores Ordenación y Prestaciones de la Dependencia 98

99 PROGRAMA: IGUALDAD DE GÉNERO (D.G. DEL INSTITUTO VALENCIANO DE LA MUJERES Y POR LA IGUALDAD DE GÉNERO) A) Contenido y finalidad del programa. El principio de igualdad es el principio estructural más importante de todo el ordenamiento jurídico. Principio que lleva implícita la prohibición expresa de ciertas discriminaciones, entre las que destaca la discriminación por razón de sexo. El Estatut de Autonomía de la Comunitat Valenciana, en su artículo 2, indica que corresponde a la Generalitat Valenciana, en el ámbito de sus competencias, promover las condiciones para que la igualdad de la ciudadanía y los grupos en que se integran sean reales y efectivas, y eliminar los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud. La igualdad entre las mujeres y los hombres es un eficaz motor de progreso y de garantía democrática. Desgraciadamente, las situaciones de desigualdad entre las mujeres y los hombres, siguen presentes y forman parte del escenario de la injusticia social. Injusticia, que repercute al conjunto de la sociedad. La Dirección General del Instituto Valenciano de la Mujeres y por la Igualdad de Género es el órgano directivo que tiene asumidas las funciones relativas a la promoción y ejecución de medidas para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, promoción, participación y programas de la mujer, así como, prevención de la violencia de género y atención a las víctimas. Para el cumplimiento de estas funciones se le asignan un conjunto de créditos presupuestarios que conforman el programa Igualdad de Género cuyo principal objetivo es: - La promoción y ejecución de las medidas necesarias para hacer efectivo el principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en todos los ámbitos y coordinar las actuaciones de los diferentes departamentos de la Generalitat para hacer efectivo ese principio. - La promoción y ejecución de acciones para favorecer la prevención y la atención de las mujeres víctimas de violencia. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas. Todos los objetivos de este programa tienen vinculación directa con el conjunto del articulado de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres que tiene por objeto (artículo 1) hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la 99

100 discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos de la vida y, singularmente, en las esferas política, civil, laboral, económica, social y cultural para, en el desarrollo de los artículos 9.2 y 14 de la Constitución, alcanzar una sociedad más democrática, más justa y más solidaria, y de la Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres cuyo objeto, según establece su artículo 1 es regular y hacer efectivo el principio de igualdad de mujeres y hombres en la Comunitat Valenciana, establecer los principios generales que deben orientar dicha igualdad, determinar las acciones básicas que deben ser implementadas, así como establecer la organización administrativa de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la Comunitat Valenciana. Asimismo, en mayor o menor medida, se vinculan con la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, Integral contra la Violencia sobre la Mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana que tiene por objeto la adopción de medidas integrales para la erradicación de la violencia sobre la mujer, en el ámbito competencial de la Generalitat, ofreciendo protección y asistencia tanto a las mujeres víctimas de la misma como a sus hijos e hijas menores y/o personas sujetas a su tutela o acogimiento, así como las medidas de prevención, sensibilización y formación con la finalidad de implicar a toda la sociedad de la Comunitat Valenciana. De manera más específica, el programa se vincula con: ART/NORMA OBJETIVO ESPECIFICO EN MATERIA DE IGUALDAD Art 20 L9/2003. Los planes de igualdad en las empresas. Art 45 LO 3/2007. Elaboración e implantación de planes de igualdad. Art 49 LO 3/2007. Apoyo a la implantación voluntaria de planes de igualdad. Art 4 L9/2003-Principios rectores de la acción administrativa. 1.1 Impulsar y fomentar la elaboración y la implantación de los planes de igualdad en las empresas y otras entidades de la Comunitat Valenciana. Art 14 LO 3/2007. Criterios generales de actuación de los poderes públicos. Art 15 LO 3/2007. Transversalidad del principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres. Art 26 L 9/2003. La feminización de la pobreza. 1.2 Incorporar la transversalidad de género en las políticas y actuaciones de la Generalitat. 1.3 Desarrollar políticas de integración social y protección de colectivos de mujeres en riesgo 100

101 ART/NORMA Art 38 L 9/2003. Prestaciones para vivienda. OBJETIVO ESPECIFICO EN MATERIA DE de exclusión social. IGUALDAD Art 42 LO 3/2007. Programas de mejora de la empleabilidad de las mujeres. Art 16 L9/2003. Servicio de acompañamiento a la creación y mejora de empresas. Art 40 L9/2003. Imagen de la mujer y pluralidad de roles. Art 42 L9/2003. Observatorio de publicidad no sexista de la Comunitat Valenciana. Art 46 L 9/2003. Fomento de la igualdad en el ámbito de la contratación. Art 48 L 9/2003. El lenguaje no-sexista en los escritos administrativos. Art 49 L 9/2003. El Observatorio de Género. Art 50 L 9/2003. El Consejo Valenciano de la Mujer. Art 26 LO 3/2007. La igualdad en el ámbito de la creación y producción artística e intelectual. Art 41 LO 3/2007. Igualdad y publicidad. Art 22 L9/2003. Programas de inserción socio-laboral para las víctimas de malos tratos. Art 33 L 9/2003. Investigación sobre la violencia de género. 1.4 Hacer visible la presencia de las mujeres, sensibilizar y concienciar a la sociedad sobre la discriminación que sufren 1.5 Fomentar el asociacionismo femenino. 2.1 Ampliar la red de la Generalitat de atención social a víctimas de violencia y mejorar su eficacia. 2.2 Contribuir a eliminar toda situación de violencia sobre la mujer. Art 34 L 9/2003. Asistencia a las víctimas de violencia de género. Art 35 L 9/2003. Seguimiento e información sobre las actuaciones en materia de violencia contra las mujeres. 101

102 ART/NORMA OBJETIVO ESPECIFICO EN MATERIA DE IGUALDAD Art 36 L 9/2003. Personación de la administración autonómica en los procedimientos por malos tratos.. Art 37 L 9/2003. Protocolos de coordinación en los casos de malos tratos. Art 38 L 9/2003. Prestaciones para vivienda. Art 39 L 9/2003. Protección a las víctimas de malos tratos. Art 43 L 9/2003. Sobre la erradicación de la violencia. 2. Identificación de actuaciones previstas. Objetivo 1.1 Impulsar y fomentar la elaboración y la implantación de los planes de igualdad en las empresas y otras entidades de la Comunitat Valenciana. Asesoramiento y apoyo al tejido empresarial de la Comunitat Valenciana en la elaboración e implantación de planes de igualdad. Información técnica, propuesta del visado y realización del seguimiento de los planes de igualdad, según la Ley 9/2003, de la Generalitat y el Decreto 133/2007, de 27 de julio, del Consell, sobre condiciones y requisitos para el visado de los Planes de Igualdad de las Empresas de la Comunitat Valenciana. Objetivo 1.2 Incorporar la transversalidad de género en las políticas y actuaciones de la Generalitat Coordinación de las funciones desarrolladas por las Unidades de Igualdad. Las Unidades de Igualdad son órganos administrativos responsables de aplicar de forma transversal el principio de igualdad entre mujeres y hombres, en cada una de las Consellerias y en la Presidencia de la Generalitat. Al frente de cada unidad se encuentra una persona adscrita a la Subdirección General del Gabinete Técnico de cada Conselleria. Estas personas han sido formadas por personal de la Universidad de Valencia. Fomento de la formación en perspectiva de género del personal de la Generalitat Valenciana. 102

103 Realizar el seguimiento y evaluación de los Planes de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres de la Comunitat Valenciana. Impulso y soporte técnico al Consejo Valenciano de la Mujer y demás órganos de consulta y participación en materia de mujer e igualdad entre mujeres y hombres, dependientes de la Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de Género. Objetivo 1.3 Desarrollar políticas de integración social y protección de colectivos de mujeres en riesgo de exclusión social. Mantenimiento de la Red de Centros residenciales especializados para la atención integral de mujeres en situación de riesgo y/o en exclusión social. Acciones formativas para los equipos profesionales de los Centros. Promoción de programas y actuaciones dirigidos a prevenir y eliminar la exclusión social de las mujeres. Objetivo 1.4 Hacer visible la presencia de las mujeres, sensibilizar y concienciar a la sociedad sobre la discriminación que sufren y poner en marcha medidas para prevenirla y combatirla. Desarrollo de campañas, jornadas, charlas, seminarios, etc., dirigidos a concienciar y sensibilizar a la sociedad valenciana sobre la discriminación que sufren las mujeres. Colaboración con otras administraciones y organismos que potencien actividades de interés en el ámbito de la mujer, así como la formación especializada en políticas de género y de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Promoción del estudio y la investigación sobre mujeres. Ampliación de los fondos bibliográficos y documentales ofrecidos en las sedes del Centro de Documentación Biblioteca de la Dona. Desarrollo de actuaciones de promoción de la mujer en distintos ámbitos (sociales, artísticos, culturales, etc.). Impulso de acciones positivas para facilitar el emprendedurismo femenino. Promoción de medidas sobre buenas prácticas coeducativas. Fomento y mantenimiento de la Red de Agentes de Igualdad, como un servicio especializado específico para mujeres y grupos de mujeres donde se les preste información y asesoramiento que facilite su participación en condiciones de igualdad en todos los ámbitos de la vida. Promoción de la incorporación de la perspectiva de género en las políticas llevadas a cabo por las administraciones locales del ámbito de la Comunitat Valenciana. Remisión a las entidades locales del nuevo Manual de Elaboración de Planes Municipales de Igualdad de Oportunidades. 103

104 Colaboración y participación en iniciativas de igualdad de las instituciones europeas. Dinamización de la Mesa por la igualdad laboral y salarial y contra la feminización de la pobreza. Mesa integrada por grupos de trabajo con la siguiente temática: igualdad laboral y salarial, mujeres del mundo rural y estructura social. Análisis y canalización de las denuncias originadas por los anuncios sexistas que aparezcan en los medios de comunicación de la Comunitat Valenciana. Elaboración de un código deontológico sobre publicidad no sexista. Evaluación del grado de cumplimiento de la Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Impulso, desarrollo y evaluación de las acciones positivas a favor de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, en colaboración con los Ayuntamientos y/o Mancomunidades (Concejalías de la Mujer y/o Áreas de Mujer) procurando la dinamización de la población femenina del ámbito territorial correspondiente. Objetivo 1.5 Fomentar el asociacionismo femenino. Mantenimiento de servicios especializados específicos para mujeres y grupos de mujeres donde se les preste información y asesoramiento para la constitución de asociaciones de mujeres. Cesión de espacios compartidos de intercambio de conocimientos y experiencias a asociaciones de mujeres para la realización de programas de atención a la mujer y/o a favor de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Promoción de programas que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres y/o el asociacionismo de mujeres, en la Comunitat Valenciana. Dinamización del Espai dels Feminismes. Objetivo 2.1 Ampliar la red de la Generalitat de atención social a víctimas de violencia y mejorar su eficacia. Modificación de la normativa reguladora de la Red de la Generalitat Valenciana de atención social a las víctimas de violencia. Evaluación del grado de cumplimiento de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Mantenimiento de los Servicios y Red de Centros de Información y Atención Integral a mujeres víctimas de violencia y a sus hijos e hijas menores. Mejora de los servicios de atención a mujeres víctimas de violencia de género. Reconocimiento de ayudas de emergencias de pago único e indemnizaciones por causa de muerte a victimas de violencia. 104

105 Fomento de la coordinación de los recursos existentes en la Comunitat de prevención y atención a las mujeres víctimas de violencia. Apoyo a la formación continua de profesionales de atención directa a las víctimas de violencia sobre la mujer. Formalización de convenios y acuerdos con administraciones publicas, empresas y entidades dirigidos a la atención de este colectivo de mujeres y a sus hijos e hijas menores. Objetivo 2.2 Contribuir a eliminar toda situación de violencia sobre la mujer. Desarrollo de campañas, jornadas, charlas, seminarios, etc. dirigidos a prevenir, concienciar y sensibilizar a la sociedad valenciana sobre la violencia que sufren las mujeres. Dinamización de la Mesa de Evaluación y Seguimiento de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, integral contra la violencia contra la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana, cuyas conclusiones servirán para mejorar la eficacia en la lucha contra la violencia y atención a las víctimas. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) La Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres tiene por objeto regular y hacer efectivo el principio de igualdad de mujeres y hombres en la Comunitat Valenciana, establecer los principios generales que deben orientar dicha igualdad, determinar las acciones básicas que deben ser implementadas, así como establecer la organización administrativa de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la Comunitat Valenciana, incidiendo principalmente en aquellos ámbitos donde persiste mayor discriminación por razón de género: educación, participación política, empleo, acceso a la sociedad de la información, medios de comunicación, etc. Pese a los avances producidos como consecuencia de la entrada en vigor esta Ley y de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, así como de la aprobación e implementación de sucesivos planes de igualdad en el ámbito autonómico, la realidad es que todavía persisten desigualdades que deben ser eliminadas, aplicando la perspectiva de género, no sólo en la planificación de las políticas públicas sino también en su ejecución. Los distintos departamentos deben ser capaces de identificar las desigualdades existentes y evaluar el impacto y los resultados de las acciones que ejecutan. Así pues, el Consell en 2015, consideró necesario que, dentro de su organización administrativa, en cada Conselleria y en Presidencia de la Generalitat, existiera una Unidad de Igualdad, dentro de la Subsecretaría de cada Departamento, dado el carácter 105

106 transversal de sus funciones. En fecha 20 de octubre de 2015 se constituyeron las Unidades de Igualdad y, desde esa fecha, en 2016, se han producido varias reuniones coordinadas por la Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de Género. La unidades tienen competencia relativa al asesoramiento y supervisión en la elaboración de informes sobre impacto por razón de género en las Leyes y disposiciones de carácter general (bases de subvenciones) y asesoramiento en materia de lenguaje incluyente. Las mismas han recibido formación específica por parte de la Universidad de Valencia. En otro orden de cosas, el Pleno de Les Corts aprobó, el 17 de febrero, la Resolución 134/IX, sobre el cumplimiento de la Ley 9/2003, de 2 de abril, para la igualdad entre mujeres y hombres, en relación a la discriminación salarial que sufren las mujeres. El 3 de mayo de 2016 se constituyó la Mesa por la igualdad laboral y salarial y contra la feminización de la pobreza. Se han formalizado tres grupos de trabajo: primer grupo denominado Igualdad laboral y salarial, segundo grupo denominado Mujeres y mundo rural y el tercer grupo denominado Estructura social. Aunque la situación de las mujeres en la Comunitat Valenciana ha cambiado sustancialmente en las últimas décadas, sigue persistiendo un nivel de desigualdad que hace necesaria la puesta en marcha de medidas para su corrección. El acceso de la mujer al mercado de trabajo le procura independencia económica siendo uno de los factores necesarios para la igualdad. Por desgracia, una de las mayores desigualdades por razón de sexo se produce en el ámbito laboral, tanto en el empleo como en las condiciones laborales. A esta circunstancia se añade un mayor índice de precariedad en el trabajo de las mujeres. La temporalidad y la contratación a tiempo parcial son también más acusadas en el caso de las mujeres. Existe un conjunto complejo y a menudo interrelacionado de factores que originan diferencias salariales entre los hombres y las mujeres, dando origen a la brecha salarial de género. Las causas sistémicas, de esta brecha, hay que buscarlas en la formación académica, la elección de trabajo, profesión y sector, pero también la clasificación profesional y la capacidad negociadora juegan su papel. Mientras los hombres frecuentemente negocian su posición y salario, las mujeres tienden a hacerlo con menos frecuencia y tenacidad. Una vez el salario se ha fijado, este nivel inicial puede tener repercusiones para años posteriores. Con el incremento de la edad la brecha salarial se ensancha. Las grandes diferencias aparecen cuando los hombres optan por jornadas laborales más largas y se promocionan profesionalmente, mientras que las mujeres reducen su jornada laboral y se apartan del desarrollo de sus carreras. Estas diferencias se pueden ampliar cuando las mujeres deciden abandonar sus trabajos una vez sus maridos alcanzan la edad de jubilación. Si el marido cobra una pensión razonable no debería ser un problema, pero si la pareja se divorcia o el marido muere prematuramente, estas mujeres financieramente dependientes pueden verse abocadas a una existencia precaria, o a la 106

107 pobreza. Interrumpir la carrera profesional, aunque sólo sea por poco tiempo, implica un sacrificio salarial y menores oportunidades futuras. La distribución desigual entre los sexos de las responsabilidades domésticas y los cuidados coloca a las mujeres en situación de desventaja respecto a los hombres, porque inciden directamente en su empleabilidad, en su promoción profesional o en su desarrollo formativo. La persona cuidadora, no suele recibir contraprestación económica por estos cuidados y el cuidado no se valora. El riesgo de pobreza es mayor en aquellos hogares dónde la persona que más ingresos aporta es una mujer y, como dato relevante, son claramente minoritarios respecto al número de hogares con sueldo mayor correspondiente a un hombre. En la Comunitat Valenciana el número de hogares con sustentadora principal alcanzan el 61,90 %, según datos del VII Informe sobre Exclusión y Desarrollo Social en España (2014) Según éste mismo informe (fuente: EINFOESSA 2013) las familias monoparentales con integración precaria en la CV son el 11,4 % (España 14,2 %), en exclusión moderada 21,5 % en CV (España 19,2 %), en exclusión severa 17,6 % (España 19,7 %). La consecuencia más directa es el incremento de la dependencia de las mujeres de las ayudas públicas y las prestaciones sociales, cronificándose esta situación de pobreza. Estas circunstancias y condicionantes sociales son factores que incrementan el riesgo de pobreza y vulnerabilidad de las mujeres. A esto hay que añadir la existencia de otros factores que contribuyen a agravar la situación de determinados colectivos de mujeres por sufrir una doble discriminación por su condición de discapacidad, minorías étnicas, migración, pertenencia al mundo rural o por ser víctimas de violencia de genero. Circunstancias en las que es necesario prestar una atención específica. Por ello se considera necesario destinar gran parte de los recursos del programa a prevenir la exclusión social de las mujeres y la violencia que se ejerce contra ellas, así como a garantizar su atención. 2. Previsión de resultados. Objetivo 1.1 Impulsar y fomentar la elaboración y la implantación de los planes de igualdad en las empresas y otras entidades de la Comunitat Valenciana. La elaboración de Planes de Igualdad de Empresas como instrumento de incorporación de la igualdad entre mujeres y hombres en el funcionamiento y gestión diaria de las empresas contribuye a que todo el personal, con independencia de su sexo, cuente con las mismas oportunidades en el acceso, participación y permanencia en su puesto de 107

108 trabajo reduciendo la desigualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral, especialmente en materia de empleo y condiciones laborales. Aunque las mujeres ocupan cada vez más mayores cuotas de participación en el mercado de trabajo siguen siendo las que mayoritariamente se ocupan del trabajo domestico. Esto repercute directamente en sus condiciones de trabajo y sus tiempos de permanencia en el mercado de trabajo. Por ello se considera necesario concienciar a las empresas de la Comunitat Valenciana sobre los beneficios de la puesta en marcha de medidas que permitan conciliar la vida personal familiar y laboral de los trabajadores y trabajadoras para facilitar la asunción equilibrada de las responsabilidades familiares, evitando toda discriminación basada en su ejercicio. La incorporación de cláusulas sociales en la contratación y en las subvenciones, a través del Acuerdo de 27 de marzo de 2015, del Consell, por el que se establecen directrices para la aplicación de cláusulas de carácter social en la contratación de la Administración de la Generalitat y su sector público, así como en materia de subvenciones de la Administración de la Generalitat, ha supuesto un incremento exponencial en la tramitación de planes de igualdad en las empresas en 2016 (160 expedientes en 9 meses), lo que hace prever que se ampliará esta dinámica en Asimismo, el 17 de agosto de 2016 se ha publicado el Acuerdo de 4 de agosto de 2016, del Consell, por el que se aprueba la Guía práctica para la inclusión de cláusulas de responsabilidad social en la contratación y en subvenciones de la Generalitat y su sector público. la Generalitat Objetivo 1.2 Incorporar la transversalidad de género en las políticas y actuaciones de Se pretende avanzar en la aplicación del principio de igualdad en el conjunto de políticas públicas que desde el Consell se llevan a cabo, de modo que se garantice la igualdad de derechos y el acceso a todos los recursos en igualdad. Por ello, para avanzar hacia una sociedad más justa e igualitaria, en la planificación de sus actuaciones los distintos departamentos del Consell deben ser capaces de identificar las desigualdades existentes y evaluar su impacto y resultados con el fin de corregir los desequilibrios detectados. Las unidades de Igualdad incorporarán la transversalidad de género en sus respectivas Consellerias y, en 2017, continuarán reuniéndose periódicamente bajo la coordinación de la Dirección General del Instituto Valenciano de la Mujeres y por la Igualdad de Género. Objetivo 1.3 Desarrollar políticas de integración social y protección de colectivos de mujeres en riesgo de exclusión social. 108

109 Las mujeres tienen más probabilidades que los hombres de verse atrapadas en situaciones de exclusión social. Situaciones de pobreza, discapacidad, ruptura familiar, inmigración o prejuicios étnicos, entre otras, afectan al pleno ejercicio de sus derechos de ciudadanía lo que hace necesario adoptar medidas que garanticen su atención, mejoren su situación y promuevan su inserción social y laboral de cara a lograr su plena integración en la sociedad. Objetivo 1.4 Hacer visible la presencia de las mujeres, sensibilizar y concienciar a la sociedad sobre la discriminación que sufren y poner en marcha medidas para prevenirla y combatirla. Es precisa la implicación en la aplicación de este principio al resto de administraciones públicas, en especial las de ámbito local por ser las más próximas a la ciudadanía con la finalidad de que éstas integren la perspectiva de género en todas las políticas y acciones que lleven a cabo, garantizando la calidad de todas sus políticas y actuaciones desde el punto de vista de la igualdad, con claro efecto positivo sobre el conjunto de la sociedad valenciana. En este sentido, el trabajo de la Mesa por la igualdad laboral y salarial y contra la feminización de la pobreza será vital para la detección de discriminaciones y brechas, su denuncia y consecuente solución. Objetivo 1.5 Fomentar el asociacionismo femenino. Promover el asociacionismo constituye una herramienta fundamental para la concienciación de las propias mujeres mediante su empoderamiento personal y grupal, que permite su organización para lograr mayores cuotas de igualdad, aunando intereses comunes y propiciando el desarrollo de programas y actividades dirigidos a la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Objetivo 2.1 Mejorar la eficacia de la red asistencial de las mujeres víctimas de violencia de género. La violencia de género es la máxima expresión de la desigualdad entre mujeres y hombres, los Servicios y la Red de Centros de Atención Integral a las mujeres víctimas de violencia de género y a sus hijos e hijas menores, deben proveerse de profesionales cualificados del ámbito jurídico, psicológico y social, que presten una atención integral preventiva y rehabilitadora a toda mujer o menor víctima. Los recursos ambulatorios y los residenciales deben prestar una atención especializada e integral de calidad que permita la salida efectiva de las víctimas de la situación de violencia de género y sus consecuencias. 109

110 Es necesaria la formación y sensibilización de todos los agentes implicados en la detección y atención a las situaciones de violencia de género: personal sanitario, educativo, policial, judicial y sociedad en general. Objetivo 2.2 Contribuir a eliminar toda situación de violencia sobre la mujer. La violencia de género tiene entre sus causas la desigualdad en los procesos de socialización y por lo tanto, será imprescindible fomentar una sensibilidad y conciencia social que promueva la igualdad y la cultura de la no violencia en todas las etapas y a través de todos los agentes socializadores: familia, sistema educativo, medios de comunicación, grupos de iguales, etc. Estudiar y buscar formas de abordaje, nuevas y ajustadas a la realidad cambiante, permitirá ser más eficaces en la prevención y atención de la violencia ejercida sobre la mujer. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) La mayor parte de las acciones previstas van dirigidas a la población en general (hombres y mujeres) con el fin de producir cambios profundos en la sociedad por lo que se considera que su capacidad de impacto en términos poblaciones es muy alta. Se califica de relevancia funcional muy alta, dado que la aplicación del principio de igualdad de forma transversal contribuirá a consolidar la igualdad de género como principio de aplicación en cualquier actuación del Consell contribuyendo a una sociedad más justa e igualitaria. CALIFICACIÓN 3 3 Considerando la transversalidad de las acciones a realizar, su finalidad y personas destinatarias de las mismas, el programa presupuestario contribuirá positivamente a eliminar o reducir las desigualdades que persisten en nuestra sociedad contribuyendo al equilibrio en la participación de las personas de ambos sexos en todos los ámbitos. 110

111 E) Propuestas de mejora y recomendaciones - Incrementar el número de talleres de empoderamiento en TIC. - Potenciar el Espai dels Feminismes, como punto de encuentro, de formación y espacio dinamizador en el fomento de la igualdad. - Interactuar con centros docentes, escolares y universitarios para la difusión de los fondos bibliográficos. PROGRAMA: INCLUSIÓN SOCIAL A) Contenido y finalidad del programa. Esencialmente, el programa pretende conseguir incidir en los factores causales de la pobreza y la exclusión social en la Comunitat Valenciana, defendiendo el derecho de todo ser humano a vivir con dignidad, promoviendo la igualdad de oportunidades, impulsando actuaciones inclusivas y trabajando por la protección de los derechos de la población inmigrante y por el logro de una sociedad cohesionada, comprometida y solidaria. Así pues, por un lado, el programa aborda la problemática social y carencial de las personas, familias y colectivos en situación desfavorable, vulnerables y en riesgo, o ya en situación de exclusión social, mediante el desarrollo de programas de inclusión social y favoreciendo el acceso a distintos recursos (asistenciales, económicos, laborales, formativos, ) que contribuyan a permitir el acceso al ejercicio pleno de la ciudadanía. En definitiva, el programa desarrolla en este ámbito actuaciones en materia de inclusión tendentes a la inclusión en la sociedad de los colectivos en situación más desfavorable o en riesgo de exclusión social más latente. Por otro lado, el programa persigue la integración de la población inmigración en los ámbitos comunitario, educativo, laboral, sanitario y de vivienda. Por último, el programa persigue igualmente sensibilizar a la sociedad valenciana del valor del desempeño de actividades altruistas para el logro de una sociedad más solidaria, potenciando el voluntariado social. 111

112 B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Ley 9/2003 PREÁMBULO. Punto VI OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD El funcionamiento de la Administración Pública, uno de los más correctos desde la perspectiva de género, puede perfeccionarse. Para ello las administraciones públicas deben adaptar sus estructuras y sus procedimientos integrando, de forma total, la perspectiva de género y el objetivo de la igualdad entre mujeres y hombres. TÍTULO I. Objeto, principios y ámbito Art. 1, 2, 3 y 4 Los comportamientos discriminatorios son contrarios al ordenamiento jurídico. Se prohíben las desigualdades que carecen de justificación objetiva, racional y razonable. Adopción de medidas para cambiar los patrones socio-culturales erróneos, asignados en función del género; así como las funciones estereotipadas, asignadas a mujeres y hombres, contrarias al principio de igualdad. Medidas que favorezcan el acceso de las mujeres a su primer empleo. Especial atención a las mayores de 45 años, a aquellas que abandonaron su empleo para cuidar a personas con dependencia y/o menores y a la reinserción de mujeres que han estado en establecimientos penitenciarios. Posibilitar la compatibilización de la vida familiar y la vida laboral. 112

113 NORMA ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD TÍTULO II. Capítulo III. Art. 15. Medidas de fomento de empleo. Programas de inserción individualizados para su incorporación efectiva al mercado de trabajo. Art. 17. Conciliación Facilitando el acceso de los servicios al lugar de residencia de las personas beneficiarias, para favorecer la incorporación de las mujeres al mercado de trabajo. Art. 22. Programas de inserción socio-laboral para las víctimas de malos tratos. Capítulo IV. Art. 25. Cuidado de las personas dependientes. Impulsar medidas que promuevan la inserción sociolaboral de las mujeres en situación de riesgo de exclusión social. Analizar, desde una perspectiva de género, las causas de la exclusión social y la feminización de la pobreza. Promover actuaciones que mejoren la situación de las mujeres en riesgo de exclusión social. Art. 26. Feminización de la pobreza. Atención a las bolsas de marginalidad que suponen los impagos reiterados de las pensiones por alimentos, que afectan casi en exclusividad a las mujeres al frente de hogares monoparentales. Art. 27. Plan integral de la Familia e Infancia. Corresponsabilidad. Ley Orgánica 3/2007 TÍTULO III. Art. 48 Lenguaje no sexista en los escritos administrativos. Título I. Art. 4. Integración del principio de igualdad. Especial cuidado en la redacción de los escritos en la utilización de un lenguaje incluyente. Inspirador del ordenamiento jurídico, interpretación y aplicación. 113

114 NORMA ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Titulo 2. Art. 14. Integración del principio de igualdad. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Eliminación de diferencias retributivas entre mujeres y hombres. Políticas que pongan en valor el trabajo de las mujeres. Atención al trabajo doméstico, que recae especialmente en el colectivo de mujeres en riesgo de exclusión social. Medidas de erradicación de la violencia de género, violencia familiar y rodas la formas de acoso. Título IV. Capítulo I Art. 42. Mejora en la empleabilidad de las mujeres. Potenciación del empresariado femenino. La cooperación internacional: todos los puntos de este artículo tienen aplicación. Lenguaje no sexista. Inserción laboral activa priorizando la participación de las mujeres. Art. 43. Igualdad en la negociación colectiva. En relación a las medidas de acción positiva para favorecer el acceso de las mujeres al empleo. Título IV. Capítulo II. Art. 44. Conciliación Fomento de la asunción equilibrada de responsabilidades familiares. 2. Identificación de actuaciones previstas. Coordinación e impulso de todas las iniciativas del Consell cuyos ámbitos sean: la inclusión social, la lucha contra la pobreza, la prevención de la exclusión social, la integración de las personas inmigrantes, refugiadas y asiladas, así como la protección de sus derechos, y el voluntariado social. Representación del Consell en conferencias sectoriales u otros órganos colegiados de cooperación, autonómicos, nacionales y europeos, creados en materia de inclusión social, inmigración, refugio, asilo y/o voluntariado social, así como 114

115 participación en foros, cursos u otros encuentros, nacionales o internacionales, sobre estas materias. Asesoramiento, y establecimiento de directrices de actuación cuando proceda, a todos los departamentos de la Administración del Consell, en materia de inclusión social, inmigración, refugio, asilo y voluntariado. Impulso de programas de atención primaria y acción comunitaria de apoyo para la incorporación social de los colectivos más desfavorecidos de la sociedad. Financiación de programas para el desarrollo de actividades para la inserción social de los colectivos más desfavorecidos de nuestra sociedad. Financiación de programas para el fomento de la autonomía personal y la integración social de las personas en situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión social. Elaboración y puesta en marcha de un Plan Valenciano de Inclusión y Cohesión Social en la Comunitat Valenciana. Elaboración y puesta en marcha de un Plan de lucha contra la Pobreza en la Comunitat Valenciana. Impulso y apoyo a la elaboración e implementación de Planes Municipales de Inclusión. Apoyo a la realización de programas sociales inclusivos innovadores. Apoyo a la realización de programas de inclusión social de colectivos especialmente vulnerables. Apoyo a programas municipales para la cobertura de las necesidades básicas de la población más vulnerables relacionadas con la pobreza energética. Supervisión, financiación y coordinación de los Comedores Sociales dependientes de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas. Mejora de las infraestructuras de los comedores sociales cuya titularidad ostente la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas. 115

116 Fomento e impulso de órganos sectoriales de participación en materia de inclusión social, inmigración y refugio y voluntariado social, prestando asesoramiento a los ayuntamientos en la puesta en marcha de las mismas. Promoción de itinerarios integrados de inclusión activa dirigidos a personas en situación de especial vulnerabilidad. Actuaciones integrales en innovación social que contribuyan al logro de una sociedad inclusiva. Estímulo a la investigación en necesidades sociales. Apoyo a programas de acompañamiento, inclusión y emancipación para personas sin hogar. Apoyo a la integración social de inmigrantes. Apoyo a la realización de programas de acompañamiento y ayuda a la integración e inclusión social para personas asiladas y refugiadas. Apoyo a programas de acogida a personas inmigrantes, refugiadas y asiladas, a través de entidades locales y sociales. Coordinación, seguimiento de ejecución y evaluación del Plan Director de Inmigración y Convivencia Participación en los órganos colegiados de la Generalitat que aborden la temática de la inclusión social y/o inmigración. Promoción de dotaciones presupuestarias destinadas a la inmigración en los anteproyectos de presupuestos de las diferentes Consellerias, así como aprobación de programas y ayudas dirigidos a la población inmigrante y refugiada en todos los departamentos del Administración del Consell. Elaboración de convenios u otras fórmulas de colaboración y proyectos normativos en materia de inmigración. Gestión, en el territorio de la Comunitat Valenciana, de las competencias atribuidas a las comunidades autónomas en la Ley Orgánica 4/2000, sobre Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social tras la reforma por Ley Orgánica 2/

117 Promoción de instrumentos y mecanismos de coordinación de actuaciones a favor de la inmigración que se lleven a cabo desde las diferentes Administraciones Públicas con competencias en materia de sanidad, vivienda, empleo, educación y bienestar social. Formación en materia de inclusión social, inmigración y voluntariado del personal adscrito a la Dirección General de Inclusión Social y del resto de órganos de gestión y centros adscritos a la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas. Formación en materia de inclusión social, inmigración y voluntariado del personal de profesionales y personal voluntario de entidades del Tercer Sector y de la Administración Local. Colaboración en la protocolización del intercambio de información y datos entre instituciones nacionales, autonómicas y locales en materia de inmigración. Impulso de campañas de sensibilización para el fomento de la integración social. Protección de los derechos de las personas trabajadoras inmigrantes en situación de precariedad y vulnerabilidad. Establecimiento de un marco institucional para la realización periódica de actividades de sensibilización y acercamiento intercultural. Mejora de la atención a las personas inmigrantes desde las Entidades Locales a través de red de AMICS. Incremento de centros y coordinación de la red AMICS, mediante la colaboración con las Entidades Locales de la Comunitat Valenciana. Apoyo, a través de colaboraciones y subvenciones a entidades y organizaciones sociales especializadas, al fomento del asociacionismo entre las personas inmigrantes. Colaboración con programas de acogida e integración de personas inmigrantes y con las iniciativas de integración social con los municipios de la Comunitat Valenciana. Desarrollo de actividades de apoyo, impulso y promoción de la mediación intercultural en la Comunitat Valenciana. Impulso a la integración social de las personas inmigrantes en la Comunitat Valenciana, a través del desarrollo del Programa de comprensión de la sociedad 117

118 valenciana Escuelas de Acogida, desarrollados a través de entidades de inmigrantes y de la red AMICS. Formación en materia de inmigración, a través de la colaboración con las universidades de la Comunitat Valenciana. Desarrollo de actividades de apoyo, impulso y promoción del voluntariado en la Comunitat Valenciana. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) Sin descender a un análisis exhaustivo ni generalizado, de carácter cualitativo de la situación de las niñas y las mujeres en relación con la pobreza, vulnerabilidad, riesgo de exclusión o situación de exclusión social planteamos unas cuantas certezas a tener en cuenta en la planificación de objetivos y actuaciones por parte de la Dirección General de Inclusión Social: Feminización de la pobreza. Mayores tasas de desempleo de la mujer. Protagonismo de la mujer en la demanda de atención social para su núcleo familiar. Desigualdad en el acceso a oportunidades laborales y sociales, por limitaciones derivadas del cumplimiento de funciones tradicionalmente desarrolladas por la mujer (familias monomarentales, cuidadoras principales, ausencia de instrumentos de conciliación, ). Impacto de los diferentes tipos de violencia sufrida. Aportamos a continuación algunos datos desagregados por género, que nos acercan a la descripción de la población hacia la que se dirigen las actuaciones de la Dirección General de Inclusión Social (beneficiarios y beneficiarias potenciales), así como de otros que nos aproximan a la descripción por género de los beneficiarios y beneficiarias reales de dichas actuaciones. No obstante, debemos señalar que la obtención de los datos de partida que no figuran en el presente informe, se prevé que se irán consiguiendo progresivamente, 118

119 de forma que estén a disposición a finales del 2016, a fin de que permitan realizar una comparativa con los datos de impacto que se obtengan en el ejercicio La población de la Comunitat en enero de 2016 era de habitantes, representa el 10,68 % de la población total española. Las mujeres representan el 50,59 % de la población total de la Comunitat Valenciana. El diagnóstico realizado sobre la realidad social de la Comunitat Valenciana por esta dirección general para el Plan Valenciano de Inclusión y Cohesión Social refleja la preocupante incidencia que el género tiene como factor de vulnerabilidad. El citado documento recoge: Según la última Encuesta de Población Activa, correspondiente al Segundo Trimestre de 2016, con una tasa de paro del %, 1 3 puntos superior a la media estatal, y una tasa de temporalidad es del 27 2 %, un total de personas se encuentran en situación de paro en la Comunitat Valenciana. De ellos, más del 46 % está buscando trabajo desde hace dos o más años. Y más del 55 % de las personas paradas no recibe prestación por desempleo. El porcentaje de desempleo es, en el caso de las mujeres valencianas, un 3 5 % superior al de los hombres, alcanzando en ellas el %. La tasa de paro alcanza su máximo cuando se trata de población extranjera residente en la Comunitat: el % (el % si son mujeres extranjeras). Así mismo, se constata un preocupante fenómeno social de feminización de la pobreza, fruto de dinámicas culturales desigualitarias y de procesos sociales y económicos de discriminación contra la mujer. En la Comunitat Valenciana las mujeres sufren un riesgo de pobreza superior en un punto porcentual que los hombres. Por provincias, destacan los datos negativos de la provincia de Alicante, en general (los peores de las tres provincias de la Comunitat), punto y medio porcentual superior a la media autonómica y, en particular, de sus comarcas de El Baix Segura, La Marina Alta y La Marina Baixa, con porcentajes de riesgo de pobreza y/o exclusión social del 46 9 %, 45 1 % y 40 9 y, respectivamente, en sus mujeres., entre diez y diecisiete puntos porcentuales por encima de la media de la población total en la Comunitat. En la provincia de Castellón, el mayor riesgo de pobreza y/o exclusión en mujeres se produce en el Baix Maestrat (33 0 %), seguido de La Plana Alta (31 7 %), mientras que en la provincia de Valencia es La Safor, con un 31 7 % de riesgo, las que peor resultados presenta. 119

120 En la Provincia de Valencia, en las Comarcas de La Canal de Navarrés y La Safor, con porcentajes del 3 8 %, se produce el mayor riesgo de pobreza y exclusión femenina, seguido de las Comarcas del Rincón de Ademuz, La Hoya de Buñol y El Camp de Túria. El Baix Segura es, por su parte, la Comarca que presenta unas tasas de empobrecimiento femenino más altas de la Comunitat, diecisiete puntos porcentuales superiores a la media femenina, que, como decíamos, presenta, a su vez, una tasa mayor que la media poblacional masculina. También se multiplica -hasta más del 52 %-, en caso de ser inmigrante de fuera de la Unión Europea, en caso de carencia de estudios o disponer tan sólo de estudios primarios (hasta siete puntos más), en caso de ser familia monoparental con una mujer por cabeza de familia, del número de hijos, de estar parada, etc. En cuanto al acercamiento al perfil cuantitativo concreto de las actuaciones de la Dirección General en el Programa , se ha realizado un esfuerzo en la desagregación de datos en las ayudas gestionadas en el ejercicio No obstante, los datos son estimativos, puesto que no se dispone en estos momentos de las Memorias de actividades de los programas subvencionados. Exponemos a continuación algunos datos de ejecución del programa a lo largo del presente ejercicio. S 6583 Lucha contra el empobrecimiento infantil Su finalidad es la atención a familias en situación de privación severa con menores a su cargo, dirigido a entidades locales. Los datos de cada ejercicio se obtienen de fichas de presentación de proyectos elaborados por las entidades locales participantes. En esta fase de la tramitación de la ayuda, todavía no se disponen de los datos de las niñas y niños beneficiarios del ejercicio Los datos del ejercicio 2015 muestran una ligera prevalencia de beneficiarios niños. ALICANTE FAMILIAS ESTIMADAS:2.045 NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES ESTIMADOS: INTERVALOS DE EDAD NIÑOS NIÑAS TOTAL 0-2 AÑOS TOTAL

121 CASTELLÓN FAMILIAS ESTIMADAS :1.180 NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES ESTIMADOS: INTERVALOS DE EDAD NIÑOS NIÑAS TOTAL 0-2 AÑOS TOTAL VALENCIA FAMILIAS ESTIMADAS :2.069 NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES ESTIMADOS: INTERVALOS DE EDAD NIÑOS NIÑAS TOTAL 0-2 AÑOS TOTAL TOTALES COMUNITAT VALENCIANA NIÑOS NIÑAS FAMILIAS ALICANTE CASTELLON VALENCIA TOTAL TOTAL NIÑOS Y NIÑAS S 1827 Programas de Acción Comunitaria Su finalidad es otorgar subvenciones a entidades sin ánimo de lucro del tercer sector para la realización de proyectos dirigidos a la exclusión social de personas o unidades familiares en situación de vulnerabilidad. Dada la diversidad de tipologías de programas que recoge esta línea, el género es un factor con una distribución poco homogénea, en función del colectivo de personas al que va dirigido. Así podemos encontrar desde un 10-90% de prevalencia entre mujeres y hombres en personas sin hogar. En otras actuaciones podemos encontrar un intervalo de 34-47% beneficiarios mujeres, frente a un 53-66% de hombres. 121

122 T 5182 Lucha contra el empobrecimiento energético energético. Su finalidad es financiar a entidades locales programas contra el empobrecimiento Los datos de cada ejercicio se obtienen de fichas de memoria de proyectos elaborados por las entidades locales participantes. En esta fase de la tramitación de la ayuda, todavía no se disponen de los datos de las personas o unidades familiares beneficiarias del ejercicio No se disponen de datos del ejercicio 2015 por ser una línea de nueva creación. S 6729 Itinerarios integrados de inserción socio-laboral Su finalidad es la financiación de itinerarios integrados y personalizados que fomenten estrategias que faciliten la empleabilidad de los colectivos que por sus circunstancias se encuentren en situación o riesgo de exclusión social. Se trata de programas de carácter integral que faciliten la formación en habilidades pre-laborales y laborales. Dirigidas a Entidades sin ánimo de lucro del Tercer Sector y Entidades Locales. En esta fase de la tramitación de la ayuda, todavía no se disponen de los datos de las personas beneficiarias del ejercicio No se disponen de datos del ejercicio 2015 por no haberse ejecutado en el ejercicio En relación al Servicio de Comedores Sociales de titularidad pública, según estudio realizado por la Dirección Territorial de Valencia, en 2015 el porcentaje de usuarios mujeres era de 39%, frente a un 61% de hombres. Por lo que respecta al Servicio de Atención a las Personas Migrantes y Convivencia Social, los datos de la población valenciana, a 1 de enero de 2015, era de personas residentes en la Comunitat Valenciana, con un porcentaje del 50,56 % de mujeres. Si nos detenemos en los datos de la población extranjera en nuestra Comunitat, ésta supone un 13% de la población total, de la cual el 7% son mujeres inmigrantes ( habitantes). Según datos extraídos de la Memoria anual 2015 de la red de Agencias de Mediación para la Integración y Convivencia Social (Oficinas locales de información, mediación, asesoramiento y orientación para las personas migradas), reguladas en el artículo 15 de la Ley 15/2008 de Integración de las personas inmigrantes en la Comunitat Valenciana (Decreto 93/2009, de julio, del Consell), un total de personas migradas residentes en la Comunitat Valenciana fueron atendidas el año pasado. De esta cifra, un 46% fueron 122

123 varones (15.679) atendidos en estas oficinas y un 53,26% (17.868) mujeres acudieron a ellas para solicitar los servicios del personal técnico de inmigración de las corporaciones locales. En cuanto al número de atenciones solicitadas en el ejercicio 2015 por personas inmigradas a las Agencias AMICS, éstas ascendieron a un total de atenciones; de las (52,19%) fueron realizadas por mujeres y (47,81%) fueron demandadas por varones. Por otra parte, relacionado con los proyectos de integración de las personas inmigrantes financiados por el servicio de atención a las personas migrantes y convivencia social, durante el ejercicio 2016 se convocó una reunión con las asociaciones que trabajaron durante el año 2015 proyectos destinados a la inserción laboral de la mujer inmigrante. Las asociaciones convocadas fueron: Asociación Por tí mujer, Asoc. Contra el Paro, Dasyc, PRIM, Proyecto Vivir y Alanna. El objetivo del encuentro fue: - propiciar un acercamiento entre las organizaciones y posibilitar el trabajo en red. - presentación por parte de cada asociación de los resultados de los proyectos financiados en 2015 y las perspectivas de futuro tanto del proyecto como de las líneas de actuación por parte de la Generalitat en esta área de trabajo. A modo de resumen podemos detallar la información expuesta por cada asociación: -La primera asociación en presentarse fue Por Ti Mujer, destacaron su Escuela de Empoderamiento que fomenta una ciudadanía activa y un empoderamiento político y social de la mujer. Las mujeres beneficiarias totales fueron 86. En cuanto a inserción laboral destacaron su formación en hostelería y el Convenio con ESIC. En cuanto a la asociación Acción Contra el Paro, entre sus objetivos resaltaron el empoderamiento de la mujer, la ayuda psico-social, la orientación laboral y la capacitación técnica. En relación con la inserción socio-laboral, los nichos de empleo son hostelería y tele-marketing. -La asociación DASYC destaca por tener un servicio de guardería, una bolsa de empleo autogestionada, realizan seguimiento de los usuarios mediante el contacto con las empresas, trabajan ya en RED e imparten algunos cursos directamente en los centros de derivación. Este año se hizo efectiva la inserción laboral de 92 beneficiarias en trabajos de escasa duración en el tiempo. Destacaron como aspectos a mejorar el año próximo el empoderamiento de las usuarias. -La asociación PRIM presentó su proyecto (ya finalizado) de huertos hidropónicos. Hizo especial énfasis en la necesidad de las usuarias de recuperación psicológica. El 123

124 Proyecto cuenta con un seguimiento de las mujeres que cultivan en sus casas a través de visitas de los profesores del proyecto y de un blog donde las usuarias plantean sus dudas. Este proyecto si bien no atiende a la inserción laboral si plantea una alternativa de autoabastecimiento y de Microeconomía de excedentes. La representante de la asociación destacó una iniciativa de seis de las usuarias que participaron en el proyecto del presente año: la creación de una Cooperativa. -La fundación Proyecto Vivir planteó que las dos principales problemáticas que enfrentan sus usuarias son: por un lado, una situación administrativa irregular y por otro, el desconocimiento del idioma (en muchos casos analfabetismo). En cuanto a la formación que gestiona la asociación se encuentran talleres de manipulador de alimentos, asistencia socio-sanitaria y técnicas de venta. La perspectiva para el próximo año es contar con un taller de cocina. -La asociación Alanna realiza diagnósticos de empleabilidad para conocer el perfil de la usuaria, y un seguimiento durante 6 meses en las empresas de inserción. Han sido insertadas 108 mujeres en el 2015 (empleos con baja probabilidad de continuidad). Como novedad destacaron que en el proyecto futuro se centrarán en el trabajo en red con otras asociaciones. La mayor problemática que reportan las asociaciones es la dificultad de inserción en el mundo del trabajo, ya que la mayoría se insertan en nichos laborales (hostelería, cuidado de personas mayores y niños). La gran mayoría de las asociaciones hacían hincapié en el empoderamiento de la mujer. 2. Previsión de resultados. Indirectamente, consideramos que todas las actuaciones de Inclusión Social, aunque dirigidas a la población más vulnerable, en general, tendrán una repercusión proporcional a la situación ya expuesta, en cuanto a mayor porcentaje y representación de atención a mujeres en situación de vulnerabilidad, precariedad, pobreza, riesgo de pobreza y/o riesgo de pobreza y exclusión y un beneficio directo en mujeres con hijos a cargo, tanto en prestaciones como en servicios de apoyo. Es decir, pretendemos intentar que la cobertura de mujeres beneficiarias en ellas sea cada vez mayor, en número y porcentaje, superando los conseguidos hasta la fecha y acercándonos a la distribución poblacional real en función de las carencias y necesidades presentadas por cada grupo (de edad, género y situación). 124

125 temáticos: Para ello, trabajaremos con los siguientes objetivos, distribuidos por ámbitos INCLUSIÓN SOCIAL Disminuir progresivamente las situaciones de pobreza y exclusión social, hasta conseguir su desaparición. Prevenir situaciones de pobreza y exclusión social, a través del impulso y promoción de actuaciones sintónicas y coordinadas de todos los actores sociales comprometidos, desde todas las Administraciones Públicas Valencianas, desde las empresas responsables y las universidades valencianas, así como desde las entidades de la sociedad civil organizada. Impulsar programas transversales, en coordinación con los sistemas públicos de educación, y también en aspectos sanitarios, residenciales, policiales y en relación con otros recursos sociales, para la prevención de situaciones de malnutrición, pobreza y riesgo de exclusión social, especialmente de menores y sus familias. Impulsar planes, programas, actuaciones y acciones de Inclusión Social, a desarrollar especialmente desde el ámbito municipal. Impulsar y coordinar las iniciativas y actuaciones de la Generalitat en materia de Inclusión Social. Mejorar de la financiación de los programas especializados diseñados por las Entidades Locales, para la atención y apoyo ante situaciones de necesidad y de establecer procesos para la incorporación social de los colectivos más desfavorecidos. Promover actuaciones innovadoras en materia de inclusión social dirigidas a los sectores y grupos de población más vulnerable. Conocer con rigor la situación de necesidad social de la Comunitat Valenciana, a fin de poder planificar las actuaciones más idóneas para su corrección y erradicación última. Esto es, conocer la realidad social (de vulnerabilidad, carencias, precariedad, desigualdades, desventajas, pérdida del derecho de igualdad de oportunidades, exclusión social, etc.) en la Comunitat, a través del estímulo del estudio riguroso de la misma. 125

126 INMIGRACIÓN Promover mecanismos y actuaciones de acogida, apoyo y protección de las personas inmigrantes que se encuentren en la Comunitat Valenciana, garantizando el ejercicio de sus derechos. Promover el principio de igualdad y no discriminación desarrollando políticas activas de integración a favor de los inmigrados. Impulsar programas específicos que promuevan la cohesión social y la convivencia. Fomentar la formación específica de las personas técnicas de integración social y las mediadoras interculturales que intervendrán en los diversos programas para lograr una mediación intercultural de calidad. VOLUNTARIADO Diseñar, impulsar y establecer estrategias que favorezcan la cohesión social, disminuyan las desigualdades, promuevan la igualdad de oportunidades y contribuyan a desarrollar una cultura de la solidaridad, a través, entre otras, de la puesta en valor del voluntariado social. Promover el desarrollo y la formación de voluntariado social comprometido con la justicia y cohesión sociales. Fomentar el valor social de la acción voluntaria como expresión de participación ciudadana, solidaria y altruista. Se solicita la creación de una nueva línea presupuestaria de carácter nominativo para financiar el convenio Red Incluye, convenio marco de colaboración entre la Generalitat, la Universitat de València y el Ayuntamiento de Valencia, para la constitución de una red de creación y transferencia de conocimiento para la inclusión social. El objeto es obtener un diagnóstico de la realidad social de la ciudad de Valencia que permita elaborar un perfil de las personas en situación de vulnerabilidad social, con especial atención en dicha elaboración a la incidencia que el factor género tenga en la distribución demográfica y territorial de la pobreza y exclusión social. 126

127 D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) de Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN 2 3 E) Propuestas de mejora y recomendaciones Una vez conocida la situación de mayor vulnerabilidad y exposición a situaciones de pobreza y riesgo de exclusión de la mujer a lo largo de todo el ciclo vital, situación de origen multicausal -sociológico, histórico, ideológico y cultural-, la estrategia preventiva resulta de especial relevancia y necesidad. Por ello, sugerimos el abordaje de la secular discriminación de la mujer (intrafamiliar y extrafamiliar) y, en nuestro caso, de la mujer más vulnerable, incluyendo entre ellas a la mujer inmigrante, refugiada o asilada, a través de estrategias, planes, programas y proyectos y actuaciones de carácter transversal, interdepartamental, interadministrativo, interprofesional, holístico e integral. A tal fin, proponemos la mejora, no sólo en lo concreto de los sistemas de recogida de información y de sistematización de la investigación y de la información disponible de manera rigurosa, sino también, y con carácter general, la mejora en el abordaje de la problemática de la discriminación de la mujer a través de Planes Estratégicos que generen una nueva cultura igualitaria y emancipatoria, institucional y social, que prevengan de la discriminación salarial, laboral, -, el maltrato y la pérdida de oportunidades y actúen directamente contra dichas lacras, así como de medidas concretas que favorezcan su inclusión social en términos de justicia e igualdad de oportunidades y trato (formación, recursos, servicios, apoyos, ayudas, prestaciones, ). La cuestión de género no siempre ha sido tenida en cuenta en los análisis del fenómeno migratorio. Tradicionalmente se ha subestimado el papel activo y el protagonismo de la mujer dentro de las redes migratorias, lo que ha dificultado el estudio de este colectivo ya que frecuentemente los datos no han sido desagregados por género. Pero en los últimos años, la presencia de las mujeres ha adquirido tal relevancia en las migraciones, que no es posible abordarlas sin contemplar la perspectiva de género. 127

128 Dicha perspectiva no consiste en aportar algunos datos más, sino que obliga a repensar todo el fenómeno de la inmigración. Las motivaciones para emigrar, los patrones y las redes migratorias difieren cuando se añade el punto de vista femenino. Las mujeres tienen funciones, responsabilidades y oportunidades diferentes en los países de origen y en los de acogida, y viven situaciones muy diferentes a las de los varones por motivos educativos, sociales, culturales, políticos y religiosos. Es necesario contemplar la situación de desventaja de la mujer, desde luego de las niñas y jóvenes, de manera particular y concreta en la planificación y previsión estratégica y presupuestaria de todos los programas y actuaciones de todos los Departamentos de la Administración del Consell. De manera muy especial de la mujer que se encuentra sometida a violencia, explotación de cualquier tipo, pobreza o exclusión. PROGRAMA: INFANCIA Y ADOLESCENCIA A) Contenido y finalidad del programa. Este programa desarrolla las competencias y funciones de la Generalitat Valenciana en materia de protección y responsabilidad penal del menor, derivadas de la legislación vigente. Además de los programas de adopción nacional e internacional y la ejecución de los procedimientos con ellos relacionados, se plantean y realizan las intervenciones de prevención, acogida, atención y reeducación de menores, mediante la detección de situaciones de riesgo, los apoyos a las familias, la declaración de desamparo y el acogimiento familiar o residencial. Asimismo se trabaja en la solución de conflictos de manera extrajudicial y se ofrecen los recursos adecuados para la reeducación y reinserción social de menores infractores, así como el apoyo en los procesos de emancipación y autonomía personal que puedan desarrollarse con menores atendidos en el sistema. 128

129 B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Ley 9/2003 PREÁMBULO. Punto VI Las administraciones públicas deben adaptar sus estructuras y sus procedimientos integrando, de forma total, la perspectiva de género y el objetivo de la igualdad entre mujeres y hombres. TÍTULO I. Objeto, principios y ámbito Art. 1, 2, 3 y 4 Los comportamientos discriminatorios son contrarios al ordenamiento jurídico. Se prohíben las desigualdades que carecen de justificación objetiva, racional y razonable. TÍTULO II. Capítulo I Art. 5, 6, 7 y 8. Educación. Adopción de medidas para cambiar los patrones socio-culturales erróneos, asignados en función del género; así como las funciones estereotipadas, asignadas a mujeres y hombres, contrarias al principio de igualdad. Formación para los menores en igualdad, rechazo de toda forma de discriminación, conciliación. Ley Orgánica 3/2007 Capítulo III. Art. 20. Planes de Igualdad. TÍTULO III. Art. 48 Lenguaje no sexista en los escritos administrativos. Título I. Art. 4. Integración del principio de igualdad. Control y seguimiento. Promoción de Planes de Igualdad en los Centros y Residencias. Especial cuidado en la redacción de los escritos en la utilización de un lenguaje incluyente. Inspirador del ordenamiento jurídico, interpretación y aplicación. Art. 11. Acciones positivas En relación con colectivos especialmente vulnerables, como las niñas. 129

130 NORMA ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título 2. Capítulo I. Art. 14. Criterios de actuación de los poderes públicos. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Principio de igualdad de trato. Instrumentación de la colaboración entre las Administraciones en la consecución del principio de igualdad. Atención a la especial a las niñas, como colectivo de especial vulnerabilidad. Mujeres de colectivos de especial vulnerabilidad. La protección de la maternidad con atención social de embarazos, partos y lactancias. Título 2, Capítulo II. Art-.23 y 24. Educación para la igualdad. Título IV. Capítulo III. Art. 45, 46 y 47. Planes de Igualdad. Fomento de la corresponsabilidad en la atención a la familia. Educación en el respeto a la igualdad de derechos y oportunidades entre las menores y los menores. Promoción de Planes de Igualdad en los Centros y Residencias. 2. Identificación de actuaciones previstas. 2.1 Actuaciones previstas con carácter general orientadas a la promoción de igualdad de oportunidades. Inclusión sistemática de la variable sexo en las estadísticas, encuestas y recogida de datos que se lleven a cabo. (Ley 3/2007 Art. 20 a). Incluir en las bases reguladoras de subvenciones la valoración de actuaciones de efectiva consecución de la igualdad por parte de las entidades solicitantes (Ley 3/2007 Art. 35) Actuaciones previstas en el programa presupuestario. 130

131 Revisión de la normativa autonómica, así como de los manuales y materiales técnicos, para ajustarla a las modificaciones de la Ley Orgánica 8/2015 y Ley 26/2015. Acción formativa relativa a la implantación de la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio y la Ley 26/2015, de 28 de julio. Aplicación de las modificaciones normativas en la práctica profesional en servicios y centros implicados. Establecimiento de las coordinaciones sociales, educativas y sanitarias precisas para la mejora de las atenciones de los menores en situación de desprotección. Establecimiento de los protocolos y hojas de notificación de detección de situaciones de riesgo. colaboradoras. Apoyo a los centros de día dependientes de entidades locales y Establecer estrategias de colaboración con entidades y grupos para su participación en acciones preventivas y programas de intervención. Consolidación de los programas y servicios especializados en el ámbito de la protección de menores. Realización de un plan de acciones formativas multidireccionales para suscitar colaboración en el marco de la protección y atención de los menores. Seguimiento de ayudas económicas y de procesos de intervención educativos y socializadores. Potenciación del Plan de Protección de Menores como herramienta metodológica básica en los casos de menores cuya tutela o guarda ejerza la Generalitat y que se formaliza en un acogimiento familiar o residencial. Avanzar en la consolidación de los protocolos de intervención en situaciones de desprotección infantil, en los ámbitos sanitario, educativo, policial y de acción social, y promoción de la coordinación interadministrativa entre estos ámbitos. Implantación de mejoras en la herramienta informática para la gestión de los recursos disponibles. Supervisión y mejora de la red de centros de protección de menores. 131

132 Continuidad en los trabajos de definición del modelo de atención y de los centros y plazas de acogida residencial, a fin de responder a las actuales necesidades y perfiles de los menores del Sistema de Protección. Revisión del Manual de intervención con menores residentes en centros de protección de menores. Implantación del Protocolo de atención a menores con trastornos de conducta en centros de acogida. Formación continua de las Familias Educadoras. Formación continua de las personas solicitantes de adopción. Revisión y mejora de la gestión del Registro de Familias Educadoras. Desarrollo de acciones y actividades de difusión, captación y aproximación del acogimiento familiar en familia educadora a la población en general y a los candidatos potenciales. Revisión e impulso del Acuerdo formalizado entre Consellerias de ampliación de beneficios Familias Educadoras y adhesión de entidades colaboradoras. Ampliación de los beneficios a la familia educadora a través del Carné de Familia Educadora, con la participación de un mayor número de empresas que ofrezcan ventajas y descuentos en el producto o servicio que ofrecen. Desarrollo de actuaciones formativas relativas a la formación y valoración de las familias extensas en el ámbito municipal. Difusión del programa de adopción de menores con necesidades especiales. la adopción. Actualización del programa de formación de las familias que se ofrecen para Mejora del Servicio post-adoptivo. Publicidad y transparencia en las gestiones derivadas de procedimientos relacionados con familias solicitantes de adopción. Revisión de actuaciones y propuestas de mejora para la fase de tramitación y toma de decisiones. 132

133 Implantación y mejora en la herramienta informática para la gestión de los expedientes de adopción. Mejora del Servicio de Punto de Encuentro Familiar. Apoyo a los procedimientos de identificación, documentación y obtención de la nacionalidad. Financiación de la manutención de los acogimientos familiares. Financiación de los gastos extraordinarios en los acogimientos familiares. Mejora de la red de centros y consolidación de la segunda parte del internamiento (libertad vigilada) en el contenido de los centros de reeducación. Mejora de la herramienta informática que permita mejorar la gestión de los recursos disponibles. Mejorar la coordinación entre los órganos judiciales, equipos técnicos y entidades públicas en ejecución de medidas. Impulso de programas de colaboración que faciliten, tanto la prevención como la reparación extrajudicial del daño, la conciliación del menor y la víctima y la mediación penal juvenil como alternativa al proceso judicial, para facilitar la integración social de los menores. Aumento de los convenios de colaboración con entidades locales. Impulso de programas de emancipación y autonomía personal de jóvenes que hayan sido atendidos en el Sistema de Protección y en el de Reeducación de Menores. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) 1. Datos estadísticos. Los datos estadísticos disponibles ofrecen sólo una visión parcial del nivel de participación y las características de la participación de mujeres y hombres, en el ámbito de 133

134 este programa presupuestario. Cabe destacar, no obstante los siguientes datos estadísticos de 2015: En cuanto a los destinatarios directos del programa, la distribución entre niños y niñas objeto de medidas de protección no refleja diferencias en su conjunto (1.924 varones, mujeres). No obstante, si atendemos a la forma de guarda en la que se ejerce la medida de protección, se observa una mayor representación de mujeres en acogimiento familiar (51% frente a 49%) y a la inversa, en acogimiento residencial (48% frente al 52%), por lo que no se aprecia una situación de desventaja en el acceso a la medida de acogimiento familiar, que tanto normativa como técnicamente es considerada la medida preferente. Esta distribución es similar a la del ejercicio anterior. En cuanto a los menores extranjeros atendidos en el Sistema de Protección de la Comunitat Valenciana un 49% son mujeres y un 51% son hombres. De total de mujeres extranjeras el 11% corresponde a niñas o adolescentes extranjeras no acompañadas (MENA) y el 89% a niñas o adolescentes extranjeras acompañadas por sus familias. El programa también incluye la atención de menores embarazadas en 3 centros de acogida de atención específica, con 22 plazas disponibles. En cuanto a los participantes en el programa de adopción, los datos relativos a la participación de hombres y de mujeres de que se dispone son los relativos a las familias declaradas idóneas para la adopción. En el ejercicio 2015 se declaró la idoneidad de un total de 264 familias, de las cuales 32 estaban constituidas por una única persona que de ofrecía para la adopción en solitario. Entre éstas hay una sobrepresentación de mujeres (91% frente a 9%). En el futuro sería necesario contar con datos relativos a la distribución en otros agentes (familias acogedoras, profesionales de los recursos de protección de menores). 2. Valoración cualitativa Se estima que las mujeres están sobrerepresentadas en la atención familiar de los niños y niñas objeto de medidas de protección considerando la desigual distribución de las responsabilidades de crianza en los roles tradicionales de género. 2. Previsión de resultados. El incremento previsto en las líneas mediante las que se financian las prestaciones por acogimiento familiar (un 25%), supondrá una mejora de las condiciones de las familias para atender las necesidades de los niños y niñas acogidos. 134

135 La creación de una línea específica para financiar las prestaciones por acogimiento familiar especializado, dotada con ,00, permitirá contar con familias con una mayor cualificación y dedicación a las personas acogidas y de forma indirecta puede incentivar una participación más igualitaria de hombres y mujeres en las responsabilidades derivadas del acogimiento. Si en muchas familias no se desarrolla una corresponsabilidad de los progenitores en cuanto a la educación de los menores, los apoyos profesionales a través de los equipos municipales de los servicios sociales y de los servicios especializados de atención a familias deben suponer un refuerzo y proyección del papel de la mujer tanto en la relación de pareja como en la filial, así como en la disponibilidad de recursos. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO CALIFICACIÓN Sobre qué número de personas despliegan Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? 3 En qué medida el ámbito en el que actúa el Relevancia funcional (indicador cualitativo) programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? 3 E) Propuestas de mejora y recomendaciones El papel de la mujer en el tratamiento de todas las situaciones que atañen a los servicios sociales es fundamental. En el ámbito familiar, su histórico papel, muchas veces en solitario, de educadora y cuidadora, es esencial en el mantenimiento de las relaciones familiares, lo que le supone una primera causa de desigualdad de género ante el afrontamiento de los problemas a los que atiende, al no darse una situación de corresponsabilidad. Cuestión que se agrava en familias desestructuradas o con menor capacidad socioeducativa, para el manejo de las relaciones intrafamiliares. Esta situación puede resultar paradójica. Cuanto más contribuye la mujer a la resolución de los problemas familiares y de las personas que componen el grupo convivencial, más puede perjudicarse en su propósito de desarrollar un proyecto de vida personal más amplio y no centrado exclusivamente y por obligación, en el entorno familiar. En los casos más extremos, podemos encontrar a niñas o adolescentes que se hacen cargo y contribuyen a la atención de familiares a costa de su correcta integración 135

136 escolar y convivencial; y también en situaciones relacionales intrafamiliares que entran en el campo de la patología, cuando no del delito. Estas atenciones que la mujer desarrolla en el espacio familiar, muchas veces ya desde la infancia, supone un condicionamiento y ocupa al menos un tiempo, que se detrae de procesos formativos, mejora de la capacitación y cualificación, y por tanto, de acceso a mejores empleos, etc. Es importante considerar la importancia que para las niñas puede tener su continuidad en el sistema educativo de cara a su cualificación y preparación laboral, evitando que por la atención de otros familiares o por la devaluación que la capacitación tiene en su ámbito familiar, se vea perjudicada en cuanto a participar en igualdad de condiciones. Todo ello, sin entrar en concretar aspectos discriminatorios que también aparecen con más frecuencia en colectivos con menor formación y capacidad socioeconómica, relativos a la igualdad de sexos, acceso discriminatorio a oportunidades, cargas familiares, acoso sexual y a violencia de género, entre otras. En cuanto al tema del maltrato sexual con menores hay cuestiones que deben abordarse también desde la atención primaria en aspectos de prevención, detección y atención de la mujer o de la niña. Pero también deben ampliarse las posibilidades de intervención con víctimas de la violencia, del maltrato y del abuso sexual infantil. El trabajo esencial consideramos que debe fundamentarse desde la prevención educativa, la remoción de estereotipos sociales y la lucha contra cualquier tipo de manifestación de desigualdad, discriminación y violencia ya en edades tempranas. La correcta percepción de la igualdad de géneros debe suponer una influencia social positiva y no discriminatoria. Este trabajo socioeducativo de carácter universal debe fundamentar la igualdad de géneros y debe pretender llegar también hasta los colectivos con mayor vulnerabilidad, menor cualificación, a las minorías étnicas y culturales y a los sectores con necesidades especiales. La prevención de la discriminación también debe pasar por la identificación de las conductas machistas y su valoración social para acabar con ellas y con estilos de comportamiento irrespetuosos muy arraigados en las personas, en las familias y en los grupos convivenciales y sociales y que, en la práctica cotidiana, representan privilegios para unos y cargas para otras, solamente motivados en razón del sexo. Por ello, las medidas para la difusión y el correcto planteamiento del problema, la sensibilización social para hacerle frente y atacarlo, el ofrecimiento de pautas educativas y estilos de conducta apropiados tienen que enraizarse en los procesos de socialización y de establecimiento y mantenimiento de relaciones adecuadas. El papel de los medios de 136

137 comunicación y el trabajo en redes sociales puede ser determinante en la consecución de objetivos. La administración debe jugar un papel fundamental en la erradicación de cualquier tipo de manifestación machista y/o discriminatoria. Con medidas positivas pero también, en su caso, sancionadoras. Mediadas suficientes para destacar la gravedad de la situación, la importancia de los valores transmitidos a las masas receptoras y su indudable repercusión en los niños, niñas y jóvenes para su posterior desarrollo y para el tipo de las relaciones de convivencia que mantengan en la infancia, adolescencia, juventud y edad adulta. La educación social en este apartado concreto y en otros muchos, tiene que favorecer el desarrollo de una ciudadanía más activa. Es una base imprescindible desde donde sustentar un enriquecimiento de las personas, de las relaciones de convivencia, y en definitiva de una mayor calidad de vida, de generación de un sentido positivo de pertenencia y, en consecuencia, de cohesión social. En cuanto a la determinación del grado de violencia ejercido sobre las mujeres, se pueden mantener distintas posiciones o grados de sensibilidad. Hay una cierta violencia imperceptible, de baja intensidad, prácticamente oculta. Más que tolerada pasa desapercibida, pero está presente en conductas extendidas en el marco familiar y también en el relacional. Posiblemente, las medidas actuales más focales deban centrarse en los grandes aspectos discriminatorios relacionados con el ejercicio de derechos y la igualdad en los aspectos económicos. Pero sería importante situar muy bajo el listón de tolerancia para proteger cualquier tipo de agresión a las mujeres y especialmente, si cabe, a las niñas y adolescentes. Sobre todo por la falta de sensibilidad social, también de forma preocupante en la población más joven ante la cuestión y por el tratamiento diferencial que de forma secular ha tenido en nuestra sociedad y, especialmente, en los colectivos que más se relacionan con la intervención social. En concreto y como propuestas de mejora, no se añaden cosas nuevas a las actuaciones que se realizan, aunque siempre puedan surgir iniciativas que deban apoyarse. Lo que si es preciso, muy necesario, es ampliar dotaciones económicas para el apoyo a las familias, la atención profesionalizada de las situaciones de riesgo de la infancia en su entorno familiar, el apoyo formativo, económico y de seguimiento de las familias de acogida, la mejora de la red de centros en cuanto a ampliación de plazas y capacidad de atención de niños y niñas con tipos de necesidades más especializadas y que exigen mayor cualificación y dedicación. 137

138 Muy importante, en este sentido sería realizar formación especializada en materia de igualdad dirigida a los trabajadores que desarrollan sus funciones en el ámbito de la infancia Su papel esencial como educadores no debe dejar lugar a dudas sobre su implicación en el trabajo por la igualdad y respeto de género. Por último, no podemos dejar de tratar el tema de la violencia de género, expresado en su máxima dimensión con el asesinato de mujeres. Independientemente de las consecuencias sobre los hijos, víctimas también protagonistas de este tipo de situaciones, queremos señalarlo en este apartado de mejoras. Lo queremos poner en consideración de manera fundamental. Debe ocupar un lugar central en las medidas que se desarrollen. Se deben fomentar los estudios e investigaciones, conocer predisposiciones, causas, desencadenantes, factores de activación y todo aquellos que contribuya a determinar las medidas preventivas y de actuación más eficaces, con el fin de erradicar estos actos. Actos que se dan en una esfera privada, íntima, oculta y que deben aflorar a la sociedad, en cuanto es la sociedad la que debe ser intolerante con las personas que hacen de la violencia su modo relacional. La intolerancia hacia el maltrato y hacia los maltratadores debe posiblemente estar en la base de las actuaciones a desarrollar desde edades tempranas. Los modelos educativos o la falta de ellos puede ser un determinante en la crianza de los niños y niñas en familias de riesgo. Las relaciones violentas entre los progenitores de las personas atendidas es un lugar común en sus historias vitales. La detección del riesgo y la declaración de desamparo muchas veces vienen determinadas por conductas violentas. El desarrollo de los niños y niñas en climas violentos y de relaciones desiguales entre los progenitores es una fuente de conductas violentas que se reproducen y que mantienen y refuerzan el prejuicio, la discriminación y la violencia de género para continuar con las relaciones desigualitarias y desequilibradas en cuanto a beneficios y perjuicios, a favor de los hombres y en contra de las mujeres. La tolerancia ante expresiones de violencia de género y de todas en su conjunto, no ayudan a fomentar una convivencia igualitaria. La calidad de vida de las personas se fundamenta en sus relaciones de convivencia y estas no pueden ser, bajo ningún concepto, violentadas. La ciudadanía debe estar formada en los valores de la igualdad, del respeto, de la mutua ayuda y de la colaboración en el desarrollo de las comunidades. La educación temprana en las familias, en las escuelas y a lo largo de todo el proceso de socialización debe ser un elemento esencial de prevención y de educación de una ciudadanía intolerante hacia la violencia interpersonal y de género. 138

139 PROGRAMA: IGUALDAD EN LA DIVERSIDAD A) Contenido y finalidad del programa. El principio de no discriminación está recogido en nuestro Estatut de Autonomía, que hace referencia también a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y la Constitución Española. Con el objetivo de cumplir ese principio esta Dirección General cuenta con dos grandes finalidades: 1. Programar y ejecutar acciones que tengan por objeto promover la igualdad de las personas que conforman los colectivos de la diversidad sexual, familiar, étnica, religiosa y cultural. 2. Programar y ejecutar acciones que tengan por objeto la lucha contra la discriminación por racismo, xenofobia, fascismo, homofobia, transfobia, bifobia, antigitanismo, disfobia, aporofobia o cualquier otra forma de intolerancia, así como atención a la víctimas de la violencia y los delitos de odio. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Ley 9/2003 PREÁMBULO. Punto VI OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Las administraciones públicas deben adaptar sus estructuras y sus procedimientos integrando, de forma total, la perspectiva de género y el objetivo de la igualdad entre mujeres y hombres. Los comportamientos discriminatorios son contrarios al ordenamiento jurídico. Se prohíben las desigualdades que carecen de justificación objetiva, racional y razonable. TÍTULO I. Objeto, principios y ámbito Art. 1, 2, 3 y 4 Adopción de medidas para cambiar los patrones socio-culturales erróneos, asignados en función del género; así como las funciones estereotipadas, asignadas a mujeres y hombres, contrarias al principio de igualdad. 139

140 NORMA ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD TITULO II. Capítulo III. Art. 17. Conciliación Posibilitar la compatibilización de la vida personal, familiar y laboral. Capítulo IV. Art. 27. Plan Integral de la Familia e Infancia. Corresponsabilidad. TÍTULO III. Art. 48 Lenguaje no sexista en los escritos administrativos. Especial cuidado en la redacción de los escritos en la utilización de un lenguaje inclusivo. Ley Orgánica 3/2007 Título I. Art. 4. Integración del principio de igualdad. Título 2. Capítulo I. Art. 14. Criterios de actuación de los poderes públicos. Inspirador del ordenamiento jurídico, interpretación y aplicación. Medidas para la eliminación de cualquier forma de acoso sexual y de acoso por razón de género. Consideración especial a las singulares dificultades de los colectivos vulnerables o minorías. Medidas que aseguren la conciliación y la corresponsabilidad, especial atención a las familias monoparentales/monomarentales y numerosas. Título IV. Capítulo II. Art. 44. Conciliación Fomento de la asunción equilibrada de responsabilidades familiares. 2. Identificación de actuaciones previstas Fomentar el valor de la diversidad como una herramienta de cohesión y enriquecimiento social. Elaboración de acciones que den visibilidad y promuevan el respeto hacia la diversidad sexual, de género, familiar, religiosa y cultural. 140

141 Promover la investigación social sobre la realidad de los diferentes colectivos de la diversidad, incluyendo la variable de género Promover la visibilidad de la diversidad familiar y apoyar a todos los tipos de familias. Impulsar beneficios para las familias más vulnerables según su composición, especialmente las monoparentales (el 80% formadas por mujeres). Revisión de la normativa del reconocimiento de la condición de las familias monoparentales (el 80% formadas por mujeres) Contribuir a la concienciación de la sociedad valenciana respecto a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Elaboración y preparación de la I Estrategia Valenciana de Usos del Tiempo Promocionar los derechos de la infancia, su participación como ciudadanía activa y su bienestar. Promoción de programas que fomenten la participación de la infancia como parte de la ciudadanía y teniendo en cuenta la representación igualitaria de niñas y niños Realizar acciones para acabar con la desigualdad de lesbianas, gays, transexuales, bisexuales e intersexuales (LGTBI), así como dar un servicio de apoyo y asesoramiento a este colectivo. Poner en marcha un servicio valenciano de atención y asesoramiento al colectivo LGTBI, con especial atención a las mujeres. Dar apoyo a las entidades LGTBI en el desarrollo de programas y campañas, que cuenten con la variable de género Coordinar e impulsar proyectos y actuaciones que fomentan la igualdad e inclusión del pueblo gitano. Financiación de programas que desarrollen acciones para la igualdad e inclusión del pueblo gitano y para visibilizar y poner en valor la cultura gitana. Se tendrá en cuenta la inclusión en los programas de políticas de empoderamiento de las mujeres gitanas. 141

142 1.7. Fomentar el respeto a la diversidad religiosa y cultural.. Representar al Consell en la Fundación Pluralismo y Convivencia Contribuir a la erradicación de las conductas intolerantes y violentas en razón de la orientación sexual, la identidad de género, la etnia, la diversidad funcional, situación de pobreza, religión, cultura o cualquier otra situación personal o social. Realizar acciones encaminadas a la eliminación de toda situación de violencia, directa o indirecta, sobre los colectivos de la diversidad, teniendo en cuanta la especial situación de las mujeres. Realización de una campaña de sensibilización para la prevención de la violencia y los delitos de odio Apoyo y atención a las víctimas de violencia y delitos de odio. Financiación de programas que den apoyo a las víctimas de delitos de odio. Se tendrá en cuenta la especial situación de las víctimas cuando éstas sean mujeres. Realizar y promover estudios sobre la situación de los delitos de odio. Incluirán la variable de género. Recuperar la memoria de las personas víctimas de delitos de odio, visibilizando por igual a las mujeres. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico). No contamos con datos de presupuestos anteriores, puesto que la mayor parte de las competencias de esta Dirección General son cuestiones que hasta ahora no estaban incluidas en ninguna otra. Respecto a aquellas que sí existían, no tenemos datos desagregados por sexo sobre la participación diferenciada de mujeres y hombres en los diferentes programas. Respecto a la situación de igualdad de oportunidades en el ámbito de aplicación del programa sí encontramos algunos datos de interés: Según un informe publicado por Save The Children (La pobreza infantil en familias monomarentales), el 53,3% de las familias monoparentales están en riesgo de pobreza o exclusión social, frente al 35,8% de la población general. El género tiene una implicación 142

143 importante en estos casos, pues el 82 % de las familias monoparentales tienen al frente a una mujer. La escolarización de la población gitana en la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria es claramente inferior a la media (98% frente al 78,1%), pero todavía es inferior en el caso de las adolescentes gitanas (71,7%). 2. Previsión de resultados. Las acciones planteadas tienen previsto contribuir a la igualdad de mujeres y hombres dentro de poblaciones más vulnerables, donde la invisibilización de las mujeres es en ocasiones mayor. Por ello la visión de género planteada será fundamental para esas múltiples discriminaciones, a la cual se suma el hecho de ser mujer. En ese sentido, todos los indicadores que se utilizarán estarán desagregados por sexo, con el fin de conocer la situación de las mujeres de estos colectivos y realizar políticas específicas cuando así sea necesario. Por ejemplo: - Número de mujeres beneficiarias de los diferentes programas subvencionados. - Número de mujeres usuarias de los servicios que ponga en marcha la Dirección General. - Número de mujeres beneficiarias de carnets de familias numerosas y monoparentales. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? CALIFICACIÓN 3 Relevancia funcional (indicador cualitativo) En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? 3 143

144 PROGRAMA: DIVERSIDAD FUNCIONAL A) Contenido y finalidad del programa. El programa presupuestario Diversidad Funcional tiene por objeto el desarrollo de un conjunto de actuaciones diseñadas para atender las necesidades de las personas con diversidad funcional. Este conjunto de actuaciones van encaminadas a: - promover su integración en la vida social, laboral y cultural. - favorecer su autonomía personal. - mejorar sus condiciones de vida y fomentar la vida independiente, garantizando su calidad de vida. - establecer medidas preventivas para impedir que se produzca un deterioro físico, sensorial o psíquico de las personas y evitar que ese deterioro cause una discapacidad. - mejorar las potencialidades de las personas y favorecer su interacción con su entorno. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN TITULO I. Objeto, principios y ámbito. Arts. 1, 2, 3 y 4. TITULO II. De la actuación administrativa. Cap. III. Igualdad en el ámbito laboral. Arts. 14, 15 y 17 Cap. IV. Bienestar y familia. Art. 25 Cap. V. Igualdad de oportunidades en el marco de la sociedad de la información. Arts. 28, 30 y 31- OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD - Promover la integración en la vida social, laboral y cultural de las personas con diversidad funcional, favoreciendo su autonomía e independencia con los soportes y ayudas necesarios. - Promover la incorporación laboral plena y estable de las mujeres con diversidad funcional dada su mayor dificultad para lograrlo. - Facilitar el acceso de los servicios al lugar de residencia de las personas beneficiarias, para favorecer la incorporación de las mujeres al mercado de trabajo. 144

145 NORMA/PLAN Ley Orgánica 3/2007 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN TITULO III. Igualdad y Administración Pública. Art. 48 Título I. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Arts. 4 y 11. Título II. Políticas públicas para la igualdad. Capítulo I. Principios generales. Arts. 14 y 20 Capítulo II. Acción administrativa para la igualdad. Art. 35 TITULO IV. El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades. Art. 48 OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD - Posibilitar la compatibilización de la vida familiar y laboral. - Establecer medidas preventivas dirigidas a impedir que se produzca un deterioro físico, sensorial o psíquico de las personas, así como a evitar que ese deterioro cause una discapacidad. Mejorar el mantenimiento del estado de salud a través de la inserción laboral. - Mejorar las potenciales de las personas y favorecer la interacción entre la persona afectada y su entorno con la eliminación de barreras arquitectónicas y urbanísticas. - Eliminar cualquier barrera que dificulte el acceso a los recursos de comunicación e información. - Coordinar, junto con el resto de Administraciones las políticas sociales y socio sanitarias dirigidas a las personas con diversidad funcional. - Poner especial cuidado con la utilización de un lenguaje incluyente en la redacción de los escritos. - Inspirador del ordenamiento jurídico, interpretación y aplicación. - Desarrollar acciones positivas que actúen sobre la especial incidencia de la pobreza en las mujeres. Mejorar las condiciones de vida y fomentar la calidad de vida independiente de las personas con diversidad funcional. - Eliminación de las diferencias retributivas entre mujeres y hombres. - Atención a colectivos vulnerables como son las mujeres con diversidad funcional. - Poner en valor el trabajo de las mujeres con diversidad funcional. 145

146 2. Identificación de las actuaciones previstas. - Financiar programas y servicios de convivencia, cooperación social e intervención para la prevención e inserción social. - Facilitar la comunicación de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordo ciegas que utilizan la lengua de signos en todo tipo de servicios a disposición del público y en especial en situación de emergencia. - Promover actividades relacionadas con el empleo con apoyo de las personas con diversidad funcional. - Impulsar el acceso a las nuevas tecnologías de las personas con diversidad funcional. - Proporcionar ayuda financiera para la realización de estancias vacacionales y actividades lúdico-culturales para la integración de las personas con diversidad funcional. - Fomentar la práctica del deporte en las personas con diversidad funcional. - Potenciar las acciones de apoyo a la vida independiente de las personas con diversidad funcional. - Financiar los gastos de funcionamiento de los centros de atención temprana. - Prestaciones económicas individualizadas dirigidas a facilitar la autonomía personal a personas con diversidad funcional: ayudas técnicas, eliminación de barreras en el interior de la vivienda, adaptación de vehículos, ayudas de transporte para la asistencia a tratamientos y centros asistenciales. - Financiar actuaciones destinadas a eliminar las barreras arquitectónicas, urbanísticas y de la comunicación que faciliten a todas las personas la accesibilidad a determinados espacios públicos y a los edificios de pública concurrencia. - Financiar los gastos de funcionamiento de los centros especializados en la atención a personas con diversidad funcional. - Prestaciones económicas individualizadas para la institucionalización de personas con diversidad funcional atendidas en centros especializados. - Subvención para obras y equipamientos de centros de la red de atención especializada a personas con diversidad funcional. - Financiar la creación de nuevas plazas destinadas a la atención especializada a personas con diversidad funcional. - Mejorar la gestión y servicios prestados a las personas tuteladas por la Generalitat. - Estudiar las necesidades socio sanitarias de las personas con diversidad funcional. - Diseñar e implementar programas socio sanitarios en los centros de atención a personas con diversidad funcional. 146

147 - Organizar actividades de formación en el ámbito de la atención a personas con diversidad funcional. - Apoyar económicamente la realización de actividades de formación organizadas por las entidades y organizaciones del sector de atención a las personas con diversidad funcional. - Realizar actividades de investigación, sensibilización y difusión de la realidad que presenta el sector social de las personas con diversidad funcional. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) Las mujeres con diversidad funcional no están en igual situación que el resto de mujeres ni tampoco en las mismas condiciones que los hombres con diversidad funcional. El género y la diversidad funcional son dos características que sumadas aumentan la discriminación, la marginación y la inequidad, favoreciendo situaciones de exclusión, violencia, abuso y maltrato. Incorporar la perspectiva de género de forma transversal en la temática de la diversidad funcional tiene como objetivo promover la sensibilización, difusión y concienciación con relación al tema de la doble o múltiple discriminación que soportan las mujeres con diversidad funcional por ser mujeres y por ser personas con diversidad funcional. De ahí nuestra responsabilidad para hacer visible la discriminación que conlleva la doble condición de mujer y de persona con diversidad funcional. Además, hay que tener en cuenta, que los roles sociales han hecho que, tradicionalmente, sean mujeres las que, en la mayoría de los casos, asumen las responsabilidades familiares cuando hay una persona con diversidad funcional en la familia, provocando una mayor reclusión en el hogar. La transformación de estos roles requiere de profundos y sostenidos cambios en el sistema de valores y de representaciones sociales. Los últimos datos cuantitativos disponibles de la población valenciana muestran que un 6,48 % de la población tiene algún tipo de discapacidad. Un 50,24 % de esta población son mujeres, concentrándose especialmente a partir de los 65 años, edad en la que el porcentaje se eleva hasta el 58,19 %. Analizando desde la perspectiva de género, la población de la Comunitat Valenciana con diversidad funcional se observa que: A nivel cuantitativo, prácticamente el porcentaje de hombres y mujeres con diversidad funcional, en términos globales, es similar. 147

148 DISCAPACIDAD POR SEXOS 49% 51% HOMBRES MUJERES Sin embargo, si el análisis se realiza por tramos de edad y grado de discapacidad, se observa que este equilibrio se fragmenta, siendo mayor el porcentaje de hombres en los primeros tramos de edad, con un grado de discapacidad mayor, invirtiéndose la tendencia a medida que aumenta la edad. DISCPACIDAD 33-64% 70,00% 65,34% 60,00% 50,00% 54,88% 45,12% 49,28% 50,72% 40,00% 34,66% 30,00% 20,00% 10,00% 0,00% 0-15 años años >64 años HOMBRES MUJERES 148

149 DISCAPACIDAD 65-74% 70,00% 66,26% 60,00% 50,00% 40,00% 30,00% 57,74% 42,26% 54,84% 45,16% 33,74% 20,00% 10,00% 0,00% 0-15 años años >64 años HOMBRES MUJERES DISCAPACIDAD >74% 70,00% 60,00% 50,00% 40,00% 58,00% 56,89% 42,00% 43,11% 53,20% 46,80% 30,00% 20,00% 10,00% 0,00% 0-15 años años >64 años HOMBRES MUJERES En cuanto a la distribución de los beneficiarios de recursos de atención social para personas con diversidad funcional, teniendo en cuenta que las actuaciones que se realizan desde esta Dirección General se dirigen, prioritariamente, al colectivo que se encuentra entre los años, se observa que: - de media, las plazas financiadas ocupadas por mujeres suponen el 40% del total. 149

150 TOTAL RECURSOS ATENCIÓN SOCIAL HOMBRES MUJERES 40% 60% - considerando de forma independiente cada uno de los recursos, se observa que es el servicio de atención diurna el que mayor porcentaje de mujeres recoge, alcanzando el 43 % del total de personas usuarias de este tipo de recursos. ATENCIÓN RESIDENCIAL HOMBRES MUJERES 38,45% 61,55% 150

151 ATENCIÓN DIURNA HOMBRES MUJERES 42,92% 57,08% ATENCION AMBULATORIA HOMBRES MUJERES 32,80% 67,20% Los recursos descritos están a disposición de la ciudadanía a través de este programa presupuestario de forma igual para ambos sexos. No se han detectado diferencias de utilización de los mismos. Con respecto a las subvenciones que se conceden para el desarrollo de programas de servicios sociales especializados, los datos ponen de manifiesto que la mitad de los beneficiarios de este tipo de recursos son mujeres. 151

152 La posibilidad de acceder a este tipo de recursos es igual para hombres y mujeres. SERVICIOS HOMBRES MUJERES 50% 50% 152

153 2. Previsión de resultados. Las actuaciones que se desarrollen en este programa presupuestario van a contemplar, de forma transversal, la integración de la perspectiva de género. Para ello, los indicadores que reflejan, como unidad de medida el número de beneficiarios, se desagregarán por sexo. A continuación, se relacionan los indicadores y los valores de las unidades de medida que permitirán conocer el grado de cumplimiento de los objetivos de igualdad: Objetivo Promover la integración en la vida social, laboral y cultural de las personas con diversidad funcional, favoreciendo su autonomía e independencia con los soportes y ayudas necesarios. Los indicadores utilizados son: - Programas de servicios sociales especializados para personas con diversidad funcional. Valor: 50 %. - Servicio de intérpretes y guías intérpretes en lengua de signos para personas sordas y sordo ciegas de la Comunitat Valenciana. Valor: Subvención de actividades de empleo con apoyo. Valor: Programas de formación en alfabetización digital y uso de las TIC. Valor: Estancias vacacionales. Valor: Actuaciones deportivas realizadas para promover la integración, normalización e inclusión social de las personas con discapacidad grave ingresadas en hospitales. Valor: 245. Objetivo Mejorar las condiciones de vida y fomentar la calidad de vida independiente de las personas con diversidad funcional. El indicador utilizado es: - Acciones de apoyo a la vida independiente de las personas con diversidad funcional. Valor:

154 Objetivo Establecer medidas preventivas dirigidas a impedir que se produzca un deterioro físico, sensorial o psíquico de las personas, así como a evitar que ese deterioro cause una discapacidad. El indicador utilizado es: - Centros de Atención Temprana. Valor: 50 %. Objetivo Mejorar las potencialidades de las personas y favorecer la interacción entre la persona afectada y su entorno con la eliminación de barreras arquitectónicas y urbanísticas. El indicador utilizado es: - Prestaciones económicas individualizadas dirigidas a la atención, desarrollo y promoción de la autonomía personal, bienestar y calidad de vida en el domicilio. Valor: 50. Objetivo Garantizar los servicios de atención social a las personas con diversidad funcional. Los indicadores utilizados son: - Plazas financiadas en centros especializados para personas con diversidad funcional del IVAS. Valor: Plazas financiadas en centros especializados para personas con diversidad funcional de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas. Valor: Plazas financiadas en centros especializados para personas con diversidad funcional de Entidades Locales. Valor: Plazas financiadas en centros especializados para personas con diversidad funcional gestionados por entidades sin ánimo de lucro. Valor: Prestaciones económicas individualizadas para la atención especializada en centros residenciales. Valor: 175. Objetivo Ampliar el número de plazas destinados a la atención de personas con diversidad funcional. Los indicadores utilizados son: 154

155 - Nuevas plazas financiadas en centros especializados para personas con diversidad funcional de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas. Valor: Nuevas plazas financiadas en centros especializados para personas con diversidad funcional de Entidades Locales. Valor: Nuevas plazas financiadas en centros especializados para personas con diversidad funcional gestionados por entidades sin ánimo de lucro. Valor: 83. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Todas las actuaciones presupuestadas van dirigidas a las personas con diversidad funcional, a su entorno o a sensibilizar a la sociedad y producir cambios profundos en ella, por lo que se considera que su capacidad de impacto en términos de población es muy alta. CALIFICACIÓN 3 Relevancia funcional (indicador cualitativo) El mainstreaming o principio de transversalidad posibilitará que los proyectos que se desarrollen desde esta Dirección General consigan una mayor visibilidad del colectivo de mujeres con diversidad funcional, así como un apoyo específico que dé respuesta a sus necesidades desde una perspectiva de género. 3 E) Propuestas de mejora y recomendaciones. Entre prestaciones económicas individualizadas tendrán una especial consideración los dirigidos a familias monoparentales que tengan a su cargo hijos/as con alguna discapacidad, con objeto de paliar las mayores dificultades con las que se encuentran estas familias encabezadas mayoritariamente por mujeres. Del mismo modo, esta circunstancia se tendrá en cuenta dentro de los criterios sociales a la hora de valorar los diferentes aspectos que determinan el orden de prioridad para el ingreso en los diferentes recursos de atención social. 155

156 La Dirección General de Diversidad Funcional fomentará la realización de encuentros de formación en colaboración con las entidades del sector, en los que se incorporará de manera explícita la perspectiva de género, instrumentalizando los medios adecuados para su ejecución. PROGRAMA: SERVICIOS SOCIALES A) Contenido y finalidad del programa. Este programa pretende consolidar el nivel de atención primaria de los Servicios Sociales en colaboración con las entidades locales. Atendiendo de manera profesionalizada, los problemas de índole social que afectan a toda la población en general y específicamente a personas, familias y colectivos en situación desfavorable, vulnerables y en riesgo o en situación de exclusión social, a través de programas de prevención y/o intervención que articulen su acceso a distintos recursos que contribuyan a su normalización e integración. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN PREÁMBULO. Punto II. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Las mujeres son las principales beneficiarias de las pensiones asistenciales y de viudedad, que son las económicamente más bajas. Punto IV. Fomento de acciones que faciliten a las mujeres el acceso al mercado de trabajo. Conciliación de la vida profesional y la vida familiar, como pilar básico de la aplicación del principio de igualdad. Punto VI Las administraciones públicas deben adaptar sus estructuras y sus procedimientos integrando, de forma total, la perspectiva de género y el objetivo de la igualdad entre mujeres y hombres. 156

157 NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Los comportamientos discriminatorios son contrarios al ordenamiento jurídico. Se prohíben las desigualdades que carecen de justificación objetiva, racional y razonable. TITULO I. Objeto, principios y ámbito Art. 1, 2, 3 y 4 Adopción de medidas para cambiar los patrones socio-culturales erróneos, asignados en función del género; así como las funciones estereotipadas, asignadas a mujeres y hombres, contrarias al principio de igualdad. TÍTULO II. Capítulo III. Art. 15. Medidas de fomento de empleo Art. 26 Feminización de la pobreza. Medidas que favorezcan el acceso de las mujeres a su primer empleo. Atención a las bolsas de marginalidad que suponen los impagos reiterados de las pensiones por alimentos, que afecta casi en exclusividad a las mujeres al frente de hogares monoparentales. Ley Orgánica 3/2007 Título I. Art. 4. Integración del principio de igualdad. Gestionar a través de las EELL la RGC y ayudas de emergencia. Inspirador del ordenamiento jurídico, interpretación y aplicación. Art. 5. Acceso al empleo. Igualdad de trato y oportunidades. Título 2. Capítulo I. Art. 14. Criterios de actuación de los poderes públicos. Colaboración con las diferentes Administraciones en la aplicación del principio de igualdad. Lucha para la erradicación de la violencia de género, familiar y todas las formas de acoso. 157

158 NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Capítulo II Art. 30 desarrollo rural Mujeres de colectivos de especial vulnerabilidad. Fomento de la corresponsabilidad en la atención a la familia. Las Administraciones públicas promoverán el desarrollo de una red de servicios sociales para atender a menores, mayores y dependientes como medida de conciliación de la vida laboral, familiar y personal de hombres y mujeres en el mundo rural. 2. Identificación de las actuaciones previstas. Inclusión sistemática de la variable sexo en las estadísticas, encuestas y recogida de datos que se lleven a cabo. (Ley 3/2007 Art. 20 a). Incluir en las bases reguladoras de subvenciones la valoración de actuaciones de efectiva consecución de la igualdad por parte de las entidades solicitantes (Ley 3/2007 Art. 35). Apoyo a los movimientos asociativos locales relacionados con sectores de atención a colectivos en situación de vulnerabilidad y exclusión social en el desarrollo de estrategias de normalización, convivencia y eliminación de discriminaciones. Incremento de la financiación de los programas de prestaciones básicas diseñados por las Entidades Locales, para la atención y apoyo ante situaciones de necesidad y de establecer procesos para la incorporación social de los colectivos más desfavorecidos. Incremento de profesionales en el nivel de atención primaria para la gestión de las ayudas ligadas a la Renta Garantizada de Ciudadanía, la elaboración de planes de atención y seguimiento y de la evolución en las intervenciones personales y familiares, agilizando su tramitación, gestión y aplicación. Desarrollar programas, en coordinación con los sistemas públicos de educación y también en aspectos sanitarios, policiales y con otros recursos sociales, para la prevención de situaciones y la atención a familias y colectivos desfavorecidos. 158

159 Incrementar la red de atención local a las personas mayores mediante el desarrollo de programas de ayuda a domicilio y de recursos especializados que mejoraran la vida asociativa y convivencial en el ámbito local, mediante el desarrollo y la puesta en marcha de actividades lúdicas, culturales, de tiempo libre y acceso a nuevas tecnologías para personas mayores y en relación con otros colectivos. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) desarrollar: Situación de la mujer en relación con los servicios sociales, cuestiones básicas a - Feminización de la pobreza. - Mayores tasas de desempleo de la mujer. - Protagonismo de la mujer en la demanda de atención social para su núcleo familiar. - Desigualdad en el acceso a oportunidades por limitaciones derivadas del cumplimiento de funciones secularmente desarrolladas por la mujer. - Tipos de violencia sufridas. 2. Previsión de resultados. Cualquier incremento en los programas de servicios sociales tendrá sin lugar de duda, una repercusión proporcional a la situación ya expuesta, en cuanto al porcentaje y representación de la atención a mujeres y a mujeres con hijos a cargo, tanto en prestaciones como en servicios de apoyo. - El incremento en la financiación en los programas de prestaciones básicas aumentará la atención y el apoyo a las familias/mujeres en situación de necesidad, estableciendo los procesos necesarios para su incorporación social como colectivo desfavorecido. - El desarrollo de programas, en coordinación con los sistemas públicos de educación y también en aspectos sanitarios, policiales y con otros recursos sociales, aumentará la prevención ante la discriminación relacionada con el ejercicio de los derechos y la igualdad de oportunidades a la mujer. 159

160 - El Desarrollo de programas de prevención, enfocados en la erradicación de manifestaciones machistas y/o discriminatorias, con medidas positivas, tendrá como objetivo la eliminación de conductas de acoso, abuso, manifestaciones violentas. - La potencialización de los Servicios Sociales aumentará la cobertura de la población más vulnerable, incrementando los recursos, mejorando la gestión de las ayudas y el seguimiento de los procesos mediante profesionales especializados. - El desarrollo y la puesta en marcha de actividades lúdicas, culturales, de tiempo libre y acceso a nuevas tecnologías permitirá incrementar la vida asociativa y convivencial en el ámbito local, proporcionando apoyo y redes sociales a la población en general y a la mujer en particular. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? CALIFICACIÓN 3 Relevancia funcional (indicador cualitativo) En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? 3 E) Propuestas de mejora y recomendaciones El papel de la mujer en el tratamiento de todas las situaciones que atañen a los servicios sociales es fundamental. En el ámbito familiar, su histórico papel, muchas veces en solitario, de educadora y cuidadora es esencial en el mantenimiento de las relaciones familiares, lo que le supone una primera causa de desigualdad de género ante el afrontamiento de los problemas a los que atiende, al no darse una corresponsabilidad, aún menos en familias desestructuradas o con menor capacidad socioeducativa, en el manejo de las relaciones intrafamiliares. Esta situación puede resultar paradójica. Cuanto más contribuye la mujer a la resolución de los problemas familiares y de las personas que componen el grupo 160

161 convivencial, más puede perjudicarse en su propósito de desarrollar un proyecto de vida personal más amplio. Estas atenciones que la mujer desarrolla en el espacio familiar, muchas veces ya desde la infancia, supone un condicionamiento y ocupa al menos un tiempo que se detrae de procesos formativos, mejora de la capacitación y cualificación, acceso a mejores empleos, etc. Es importante considerar la importancia que para las niñas puede tener su continuidad en el sistema educativo de cara a su cualificación y preparación laboral, evitando que por la atención de otros familiares o por la devaluación que la capacitación tiene en su ámbito familiar. Sin entrar en concretar aspectos que también aparecen con más frecuencia en colectivos con menor formación y capacidad socioeconómica, relativos a la igualdad de sexos, acceso discriminatorio a oportunidades, cargas familiares, acoso sexual y a violencia de género, entre otras. La tarea esencial consideramos que debe partir desde la prevención educativa, la remoción de estereotipos sociales y la lucha contra cualquier tipo de manifestación de desigualdad, discriminación y violencia. Este trabajo socioeducativo universal debe fundamentar la igualdad de género y llegar también hasta los colectivos con mayor vulnerabilidad por su menor preparación, a las minorías étnicas, culturales y a los sectores con necesidades especiales. La prevención de la discriminación también debe pasar por la identificación de las conductas machistas y su valoración social para acabar con conductas y estilos de comportamiento muy arraigados, en las propias personas, en las familias y en los grupos convivenciales y sociales y que, en la práctica cotidiana, representan privilegios para unos y cargas para otras solamente motivados en razón del sexo. Por ello las medidas de difusión del problema, la sensibilización social para atacarlo, el ofrecimiento de pautas educativas y estilos de conducta apropiados, en beneficio de los procesos de socialización y de establecimiento de relaciones adecuadas deben ser constantes en los medios de comunicación. La administración debe jugar un papel fundamental en la erradicación de cualquier tipo de manifestación machista y/o discriminatoria, con las medidas positivas pero también, en su caso, sancionadoras suficientes para valorar la gravedad de la actual situación, los valores transmitidos a las masas receptoras y su repercusión posterior en las relaciones de convivencia de niños, adolescentes, jóvenes y adultos. La educación social en este apartado concreto y en otros muchos, favorecedores de una ciudadanía más activa, es una base de desarrollo social imprescindible desde donde 161

162 sustentar un enriquecimiento de las personas, de las relaciones de convivencia, y en definitiva de una mayor calidad de vida y de cohesión social. En cuanto a la determinación del grado de violencia ejercido se pueden mantener distintas posiciones o grados de sensibilidad. Hay una cierta violencia imperceptible, de baja intensidad u oculta por las prácticas extendidas y aceptadas socialmente. Posiblemente, las medidas actuales más focales deban centrarse en los grandes aspectos discriminatorios relacionados con el ejercicio de derechos y la igualdad en los aspectos económicos. Pero sería importante situar bajo el listón de tolerancia. Sobre todo por la falta de sensibilidad social, también de forma preocupante en la población más joven ante la cuestión y por el tratamiento diferencial que de forma secular ha tenido en nuestra sociedad y, especialmente, en los colectivos que más se relacionan con la intervención social. PROGRAMA: GESTIÓN DE CENTROS DE PERSONAS MAYORES A) Contenido y finalidad del programa. El objeto de este programa es la gestión, coordinación y supervisión de los centros especializados, centros de día y de atención residencial para personas mayores en la Comunitat Valenciana, así como el fomento de la participación activa de las personas mayores en la sociedad a fin de potenciar el envejecimiento activo, favoreciendo la mayor autonomía e independencia de las personas mayores. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Ley 9/2003 PREÁMBULO. Punto VI Las administraciones públicas deben adaptar sus estructuras y sus procedimientos integrando, de forma total, la perspectiva de género y el objetivo de la igualdad entre mujeres y hombres. 162

163 NORMA ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN TÍTULO I. Objeto, principios y ámbito Art. 1, 2, 3 y 4 OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Los comportamientos discriminatorios son contrarios al ordenamiento jurídico. Se prohíben las desigualdades que carecen de justificación objetiva, racional y razonable. Adopción de medidas para cambiar los patrones socio-culturales erróneos, asignados en función del género; así como las funciones estereotipadas, asignadas a mujeres y hombres, contrarias al principio de igualdad. TÍTULO II. Capítulo III. Art. 20. Planes de Igualdad en las empresas. Promoción de Planes de Igualdad en los Centros y Residencias. Capítulo IV. Art. 25 Cuidado de personas dependientes. De acuerdo con el artículo 46 de esta norma, se prevé que en caso de empate en la adjudicación de contratos administrativos de la Generalitat, tendrán preferencia los licitadores que presenten un plan de igualdad. Recogiéndose dicha previsión en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares que rigen los contratos de servicio de gestión integral de residencias y centros de día de personas mayores. Cuidados a las personas mayores. Facilitando el acceso de los servicios al lugar de residencia de las personas beneficiarias, para favorecer la incorporación de las mujeres al mercado de trabajo. Art. 37 Protocolos de coordinación en los casos de malos tratos La Generalitat adoptará protocolos de actuación cuya finalidad sea garantizar una actuación coordinada y eficaz en los diversos órganos y entidades que intervengan o presten asistencia en los supuestos de malos tratos. 163

164 NORMA ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD TÍTULO III. Art. 48 Lenguaje no sexista en los escritos administrativos. Especial cuidado en la redacción de los escritos en la utilización de un lenguaje incluyente. Ley Orgánica 3/2007 Título I. Art. 4. Integración del principio de igualdad. Título 2. Capítulo I. Art. 14. Criterios de actuación de los poderes públicos. Art. 27. Principio de igualdad en la salud. Título IV. Capítulo III. Art. 45, 46 y 47. Planes de Igualdad. Inspirador del ordenamiento jurídico, interpretación y aplicación. Las mujeres mayores como colectivo de especial vulnerabilidad. Evaluación de las diferentes necesidades, por razón de sexo, entre la población mayor; y siempre contemplando el principio de igualdad de oportunidades. Promoción de Planes de Igualdad en los Centros y Residencias. 2. Identificación de actuaciones previstas. a) Valorar la proximidad del centro asignado al lugar de residencia de la persona beneficiaria, así como tener en cuenta este criterio en la tramitación de traslados. b) Establecimiento de un protocolo de atención a víctimas de malos tratos pertenecientes al sector de personas mayores para el caso que requieran ingreso en un centro residencial. c) Información, y en su caso, formación del personal que presta sus servicios en centros gestionados directamente por la Conselleria, en materia de lenguaje no sexista en los escritos administrativos. d) Evaluación de las diferentes necesidades de los usuarios de un servicio residencial por razón de sexo, a través de protocolos específicos (protocolo de prevención de cáncer de próstata y protocolo de prevención de cáncer de mama) e) Seguimiento de la participación de las mujeres mayores en los programas de envejecimiento activo gestionados desde la Dirección General. 164

165 C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) Analizando la distribución del servicio de atención residencial para personas mayores en centros públicos y concertados por sexo, se observa que el 68% (6.778) de las personas atendidas en la Comunitat Valenciana son mujeres y el 32% (3.166) son hombres. En el caso del servicio de centro de día para personas mayores, el 71% (1.002) de las personas atendidas en la C.V. son mujeres y el 29% (401) son hombres. La asignación de un servicio residencial o de centro de día para personas mayores es absolutamente igualitaria entre hombres y mujeres, sin que conste la existencia de situaciones de desigualdad entre hombres y mujeres a la hora de acceder a los recursos dependientes de la Dirección General de Servicios Sociales y Personas en Situación de Dependencia. Hay que tener en cuenta que en el sector de servicios de atención social dirigidos a personas mayores existe un importante volumen de empleo para mujeres, estimándose los ratios de creación de puestos de trabajo por tipología de servicio, atendiendo al número de plazas públicas y concertadas y a los datos de Ocupados EPA (Encuesta de Población Activa) del segundo trimestre de 2016 a nivel nacional (no disponible por CCAA). Según estos datos el 86,88% de las personas ocupadas en las ramas de actividad relacionadas con servicios de dependencia (87 Asistencia en Establecimientos Residenciales y 88 Actividades de Servicios Sociales sin Alojamiento) son mujeres. Tipología Servicio Empleo Total Creado Empleo mujeres (86,88%) Sº Atención Residencial Sº Centro de Día Previsión de resultados. A fin de poder analizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito de este programa presupuestario se han incorporado los siguientes indicadores desagregados por sexo: 165

166 Usuarios de un servicio de atención residencial o de centro de día público o concertado. USUARIOS RESIDENCIA % % PROVINCIA HOMBRES MUJERES TOTAL HOMBRES MUJERES ALICANTE CASTELLON VALENCIA TOTAL USUARIOS CENTRO DE DÍA % % PROVINCIA HOMBRES MUJERES TOTAL HOMBRES MUJERES ALICANTE CASTELLON VALENCIA TOTAL Beneficiarios del programa Bono Respiro BENEFICIARIOS RESPIRO % % PROVINCIA HOMBRES MUJERES TOTAL HOMBRES MUJERES ALICANTE CASTELLON VALENCIA TOTAL Usuarios del programa Menjar a casa USUARIOS MENJAR A CASA % % PROVINCIA HOMBRES MUJERES TOTAL HOMBRES MUJERES ALICANTE CASTELLON VALENCIA TOTAL

167 Usuarios del programa Major a casa USUARIOS MAJOR A CASA % % PROVINCIA HOMBRES MUJERES TOTAL HOMBRES MUJERES ALICANTE CASTELLON VALENCIA TOTAL Beneficiarios del programa Vacaciones Sociales: No existen datos disponibles. Solicitantes del programa Termalismo SOLICITANTES TERMALISMO VALENCIANO % % PROVINCIA HOMBRES MUJERES TOTAL HOMBRES MUJERES ALICANTE CASTELLON VALENCIA TOTAL Nº de solicitudes de tarjeta del mayor SOLICITUDES TARJETA DEL MAYOR % % PROVINCIA HOMBRES MUJERES TOTAL HOMBRES MUJERES ALICANTE CASTELLON VALENCIA TOTAL Personas usuarias de los CEAM PERSONAS USUARIAS DE CEAMS % % PROVINCIA HOMBRES MUJERES TOTAL HOMBRES MUJERES ALICANTE CASTELLON VALENCIA TOTAL

168 Dirección de centros públicos dependientes de la GVA residenciales y de día de personas mayores RESIDENCIAS % % PROVINCIA HOMBRES MUJERES TOTAL HOMBRES MUJERES ALICANTE CASTELLON VALENCIA TOTAL CENTROS DE DÍA % % PROVINCIA HOMBRES MUJERES TOTAL HOMBRES MUJERES ALICANTE CASTELLON VALENCIA TOTAL D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? CALIFICACIÓN 3 Relevancia funcional (indicador cualitativo) En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? 2 E) Propuestas de mejora y recomendaciones Inclusión de la variable sexo en todas las aplicaciones informáticas utilizadas por la Dirección General, tanto las relativas a la gestión de centros como las relativas a programas de envejecimiento activo. 168

169 Incorporación del resultado desagregado por sexo en la memoria anual que deben presentar las entidades beneficiarias de subvenciones convocadas por la Conselleria. PROGRAMA: ORDENACIÓN Y PRESTACIONES DE LA DEPENDENCIA A) Contenido y finalidad del programa. El programa Ordenación y Prestaciones de Dependencia, tiene como finalidad el garantizar el cumplimiento de la Ley de Dependencia en la Comunitat Valenciana, estableciendo los procedimientos de valoración y reconocimiento de la situación de dependencia y elaborando el Programa Individual de Atención, así como consolidando el sistema de atención pública a las personas en situación de dependencia. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN PREÁMBULO. Punto IV. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD La dedicación en exclusiva al cuidado de personas dependientes ha dificultado la incorporación de las mujeres al mercado de trabajo en igualdad de condiciones con los hombres. TÍTULO I. Objeto, principios y ámbito Art. 1, 2, 3 y 4 Los comportamientos discriminatorios son contrarios al ordenamiento jurídico. Se prohíben las desigualdades que carecen de justificación objetiva, racional y razonable. Adopción de medidas para cambiar los patrones socio-culturales erróneos, asignados en función del género; así como las funciones estereotipadas, asignadas a mujeres y hombres, contrarias al principio de igualdad. Impulsar medidas que promuevan la inserción sociolaboral de las mujeres en situación de riesgo de exclusión social. 169

170 NORMA/PLAN Ley Orgánica 3/2007 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Art. 25. El cuidado de las personas dependientes. TÍTULO III. Art. 48 Lenguaje no sexista en los escritos administrativos. Título Preliminar Título I. Art. 4. Integración del principio de igualdad. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Facilitando el acceso de los servicios al lugar de residencia de las personas beneficiarias, para favorecer la incorporación de las mujeres al mercado de trabajo. Especial cuidado en la redacción de los escritos en la utilización de un lenguaje incluyente. Principio inspirador. Inspirador del ordenamiento jurídico, interpretación y aplicación. Título 2. Capítulo I. Art. 14. Criterios de actuación de los poderes públicos. Atención especial al colectivo de mujeres con discapacidad. Poner en valor el trabajo de las mujeres sobre las que recae, en mayor medida, el cuidado de la población dependiente. 2. Identificación de actuaciones previstas. Resolver todos los procedimientos de valoración y reconocimiento de la situación de dependencia. Reconocer y abonar la retroactividad de las prestaciones de dependencia. Abonando las deudas pendientes en la aplicación de la ley. Integrar a los servicios municipales de atención a la dependencia dentro de los equipos de servicios sociales generales. Elaborar los PIA en colaboración con los servicios municipales de atención a la dependencia. Crear la figura del asistente personal. Compatibilizar, en el caso de los grandes dependientes y dependientes severos, la asistencia a un centro de atención diurna con el servicio de atención domiciliaria. 170

171 Agilizar y optimizar los procedimientos de asignación y gestión de las prestaciones derivadas del PIA. Supervisar y evaluar periódicamente el funcionamiento del sistema de atención a la dependencia en el ámbito de la Comunitat Valenciana. Mejorar la formación e información dirigida a los cuidadores no profesionales y a los técnicos de dependencia de los ayuntamientos. Estudiar e implantar acciones y medidas que permitan fomentar la coordinación entre los distintos niveles asistenciales, especialmente en los pacientes con enfermedades crónicas, patologías vinculadas a la vejez y enfermedades mentales. Garantizar que la cuantía de las prestaciones económicas en la Comunitat Valenciana será igual al importe fijado, dependiendo del tipo de prestación y del grado de dependencia de la persona beneficiaria, por Real Decreto del Estado. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) a. Situación actual de programa presupuestario. Distribución de prestaciones por sexo Analizando la distribución de las prestaciones por sexo, se observa que el 60% (19.831) de las personas que perciben una prestación económica de dependencia en la Comunitat Valenciana son mujeres y el 40% (13.302) son hombres. Para el caso de las personas de las personas dependientes mayores de 65 años, el 73% que perciben una prestación son mujeres, mientras el 27% son hombres. Si atendemos al colectivo de personas dependientes con diversidad funcional, encontramos un 40% de mujeres frente a un 60% de hombres. En el caso de las personas que desempeñan los cuidados en la prestación de Cuidador no Profesional, el porcentaje de mujeres alcanza el 83% (22.008) del total. 171

172 Datos de prestaciones económicas y de personas cuidadoras no profesionales por sexo a TIPO DE PRESTACIÓN MUJERES % HOMBRES % Prestación de Cuidador no Profesional (CNP) Prestación Vinculada al Servicio de Residencia (PVS-RS) Prestación Vinculada al Servicio de Centro de Día (PVS-CD) Prestación Vinculada al Servicio de Ayuda a Domicilio (PVS-SAD) Asistente Personal (AP) TOTAL PRESTACIONES MUJERES % HOMBRES % Cuidadores no Profesionales Fuente: Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas Datos de prestaciones económicas de personas dependientes mayores de 65 años y de personas cuidadoras no profesionales por sexo a TIPO DE PRESTACIÓN MUJERES > 65 años % HOMBRES > 65 años % Prestación de Cuidador no Profesional (CNP) Prestación Vinculada al Servicio de Residencia (PVS-RS) Prestación Vinculada al Servicio de Centro de Día (PVS- CD) Prestación Vinculada al Servicio de Ayuda a Domicilio (PVS-SAD) TOTAL Cuidadoras de personas > 65 años % Cuidadores de personas > 65 años % Cuidadores no Profesionales

173 Datos de prestaciones económicas de personas dependientes con diversidad funcional y de personas cuidadoras no profesionales por sexo a TIPO DE PRESTACIÓN Mujeres dependien tes con DF % Hombres dependien tes con DF % Prestación de Cuidador no Profesional (CNP) Prestación Vinculada al Servicio de Residencia (PVS- RS) Prestación Vinculada al Servicio de Centro de Día (PVS-CD) Prestación Vinculada al Servicio de Ayuda a Domicilio (PVS-SAD) Asistente Personal (AP) TOTAL Cuidadoras de personas dependientes con D.F. % Cuidadores de personas dependientes con DF % Cuidadores no Profesionales del programa. b. Situación social de la igualdad de oportunidades en el ámbito de aplicación La concesión de las prestaciones de dependencia, reguladas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, por su naturaleza, son absolutamente igualitarias respecto a hombre y mujeres. Se trata de un programa que tiene un doble impacto de género: 1. Por un lado, facilita la incorporación de las mujeres al mercado laboral en una sociedad como la nuestra en la que el cuidado de nuestros mayores y de las personas con diversidad funcional ha estado vinculado tradicionalmente a las mujeres. En este contexto, son fundamentalmente las Prestaciones Vinculadas al Servicio de Residencia, Centro de Día y Ayuda a Domicilio las que ayudan a cubrir los costes en la atención de personas mayores o con diversidad funcional dependientes. 2. Por otro lado, la Prestación de Cuidador no Profesional, en la que el 83% de personas que desempeñan los cuidados en el entorno familiar son mujeres, 173

174 remunera económicamente la labor que las mujeres desempeñan en el cuidado de las personas dependientes en el ámbito familiar. c. Descripción de los obstáculos sociales de carácter general que pudieran tener incidencia sobre los niveles de participación de mujeres y hombres en relación con los resultados del programa presupuestario. El hecho de que la mujer continúe teniendo una responsabilidad social mayor en el cuidado de mayores y personas con diversidad funcional, unido a la alta tasa de paro de las mujeres en la Comunitat Valenciana, incide en el mayor número de cuidadoras no profesionales frente al número de cuidadores. En el caso de las prestaciones económicas de Cuidados en el Entorno familiar la participación de las mujeres es superior a la de los hombres. Por otro lado, las condiciones de acceso a las prestaciones económicas por parte de la Generalitat son idénticas para hombres y mujeres. 2. Previsión de resultados esperados INDICADOR 1: Nº de cuidadoras no profesionales INDICADOR ( ) 31/12/2017(*) Nº de Cuidadoras no Profesionales (*) Bajo el supuesto de que se apruebe el aumento presupuestario propuesto en el Anteproyecto de Ley de Presupuestos de 2017 INDICADOR 2: Nº de puestos de trabajo de mujeres creados indirectamente a través de las prestaciones vinculadas al servicio El indicador se ha construido teniendo en cuenta los ratios de creación de puestos de trabajo por cada prestación vinculada al servicio proporcionados por la Dirección General correspondiente y la creación de empleo, específicamente de mujeres, se ha obtenido con los datos de Ocupados EPA (Encuesta de Población Activa) del segundo trimestre de 2016 a nivel nacional (no disponible por CCAA). Según estos datos el 86,88% de las personas ocupadas en las ramas de actividad relacionadas con servicios de dependencia son mujeres (87%: asistencia en Establecimientos Residenciales, y 88%: actividades de Servicios Sociales sin Alojamiento). 174

175 INDICADOR ( ) 31/12/2017(*) Nº de puestos de trabajo generados indirectamente para mujeres por la concesión de Prestaciones Vinculadas al Servicio (*) Bajo el supuesto de que se apruebe el aumento presupuestario propuesto en el Anteproyecto de Ley de Presupuestos de 2017 D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN Valor 3 Valor 2 E) Propuestas de mejora y recomendaciones En el próximo año está prevista la resolución de la mayor parte de las solicitudes de dependencia sin resolver, concediendo la prestación de Cuidador no Profesional siempre que lo pida la persona dependiente y no haya un servicio disponible al que poder acceder. Ello aumentará el número de estas prestaciones y por lo tanto aumentará el número de cuidadoras no profesionales de forma considerable (Indicador 1). Por otro lado, la planificación de nuevas resoluciones también incluye un buen número de nuevas Prestaciones Vinculadas al Servicio, que apoyarán el acceso al trabajo fuera de casa de las mujeres, así como la creación indirecta de empleos de mujeres (Indicador 2). 175

176 4.3.- CONSELLERIA DE HACIENDA Y MODELO ECONÓMICO Dirección y Servicios Generales Presupuestos de la Generalitat y Administración de Nóminas Tributos de la Generalitat y Juego Sistemas de Información Telecomunicaciones y Sociedad Digital Innovación Tecnológica Educativa Financiación y Fondos Europeos 176

177 PROGRAMA: DIRECCIÓN Y SERVICIOS GENERALES A) Contenido y finalidad del programa. Los objetivos básicos del programa son: Asistencia y asesoramiento a los órganos directivos de la Conselleria y Direcciones Territoriales de la misma. Modernización y simplificación de los procedimientos administrativos. Actualización, mejora y desarrollo del régimen de contratación pública de la Generalitat, inclusión de cláusulas sociales. Racionalización y reducción del gasto público. Desarrollo de la plataforma de licitación electrónica Ge-Compras. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Art. 4. Principios rectores de la acción administrativa. Art. 46. Fomento de la igualdad en el ámbito de la contratación. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Introducir la perspectiva de género en la normativa de la Generalitat (bases reguladoras subvenciones y becas, contratación, ) Favorecer los planes de igualdad en las empresas 2. Identificación de las actuaciones previstas. A.- En los Pliegos Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares se establece: A.1.- Inclusión como criterio de desempate en las licitaciones: de empate: Se establecen los siguientes criterios de preferencia en la adjudicación para el caso Según lo dispuesto en la Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la igualdad entre mujeres y hombres, y en caso que persista el empate en la puntuación obtenida por 177

178 dos o más empresas a las que les hubiera correspondido la máxima puntuación, tendrán preferencia en la adjudicación de los contratos administrativos de la Generalitat, las proposiciones de los licitadores que con la solvencia técnica de la empresa presenten un plan de igualdad previamente aprobado por cualquier administración pública u órgano competente, siempre que las mismas igualen en sus términos a la más ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación. A.2.- Inclusión de políticas de igualdad de género en los Pliegos Tipo de Cláusulas Administrativas particulares en criterios de adjudicación y en condiciones de ejecución: Inclusión de cláusulas sociales. 1) La empresa adjudicataria está obligada a aplicar, cuando hace la prestación, medidas destinadas a promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el mercado de trabajo, de conformidad con lo que prevé la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres. 2) La empresa contratista, en la elaboración y presentación del objeto del contrato, tiene que incorporar la perspectiva de género y evitar los elementos de discriminación sexista del uso del lenguaje y de la imagen. B.- Con respecto a las licitaciones centralizadas: B.1.- Inclusión como criterio de desempate en las licitaciones centralizadas: En todas las contrataciones centralizadas se incluye como 2º criterio de desempate, del modo siguiente: En caso de empate entre dos o más proposiciones iguales según el resultado de los criterios de adjudicación establecidos se decidirá la adjudicación aplicando los criterios de desempate que se establecen a continuación, con el siguiente orden de prioridad: 1. Conforme a lo dispuesto en al artículo 9 de la Ley 11/2003, de 10 de abril, de la Generalitat, sobre el Estatuto de las Personas con Discapacidad, desarrollada por el Decreto 279/2004, de 17 de diciembre, del Consell de la Generalitat, por el que se regulan medidas en los procedimientos de contratación administrativa y de concesión de subvenciones para el fomento del empleo de las personas con discapacidad, tendrán preferencia en la adjudicación de los Acuerdos Marco, aquellas empresas que, igualando los términos de las más ventajosas, después de aplicar los criterios objetivos en el procedimiento de adjudicación a la oferta económica más ventajosa, en función de varios criterios, o igualando el precio más bajo en la adjudicación a la oferta económica más ventajosa, en función del precio más bajo, acredite, en el momento de presentar las proposiciones, tener un porcentaje mayor de trabajadores discapacitados, según las previsiones contenidas en el Artículo 3 del Decreto 178

179 279/2004, de 17 de diciembre, para lo cual acompañarán los contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social de los indicados trabajadores. 2. Conforme a lo dispuesto art. 46 de la Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en caso de empate en la puntuación obtenida por dos o más empresas a las que les hubiera correspondido la máxima puntuación, tendrán preferencia en la adjudicación de los Acuerdos Marco de la Generalitat, las proposiciones de los licitadores que con la solvencia técnica de la empresa presenten un plan de igualdad previamente aprobado por cualquier Administración Pública u órgano competente, siempre que las mismas igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación. 3. La Ley 8/2003, de 24 de marzo, de Cooperativas de la Comunitat Valenciana, en el artículo establece que las cooperativas tendrán derecho preferente, en los casos de empate, en los concursos y subastas en que participen, convocados por la administración pública valenciana y entes dependientes de ella, para la realización de obras, servicios y suministros. 4. Mediante sorteo. B.2.- Inclusión de políticas de igualdad de género en los Acuerdos Marco de Central de Compras en criterios de adjudicación y en condiciones de ejecución. Por acuerdo de 4 de agosto de 2016, el Consell aprueba la 'Guía práctica para la inclusión de cláusulas de responsabilidad social' en la contratación y en las subvenciones de la Generalitat. De acuerdo con las recomendaciones de la Guía, lo dispuesto en la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública, y en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por RD 3/2011, de 14 de noviembre, los Acuerdos Marco tendrán en cuenta la inclusión de medidas de igualdad entre hombres y mujeres, de equiparación salarial, de conciliación de la vida laboral y familiar, medidas de prevención en materia de acoso sexual, como criterios de adjudicación y como condiciones de ejecución de los contratos, de acuerdo con el objeto de cada Acuerdo Marco. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) contratación. Las cláusulas citadas se han introducido en todos los Pliegos Tipo nuevos de 179

180 En todas las contrataciones centralizadas se ha incluido el criterio de desempate del punto B.1. En cuanto al B.2, se tendrá en cuenta en los futuros acuerdos marco, de acuerdo con la Guía práctica para la inclusión de cláusulas de responsabilidad social' en la contratación y en las subvenciones de la Generalitat. 2. Previsión de resultados. Las medidas explicadas se han incluido en la contratación pública. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador Cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN Valor 1: Los resultados del programa sólo afectan a las personas de forma indirecta. Valor 1: Se han previsto algunas actuaciones que tendrán algunos efectos en relación con la igualdad de oportunidades. PROGRAMA: PRESUPUESTOS DE LA GENERALITAT Y ADMINISTRACIÓN DE NÓMINAS. A) Contenido y finalidad del programa. La finalidad de este programa es garantizar una óptima gestión de los recursos públicos de la Generalitat, asegurando el cumplimiento de los objetivos de estabilidad y sostenibilidad financiera. Asimismo, el programa tiene entre sus competencias la elaboración de la nómina de la Generalitat y el control de los gastos de personal, y funciones relativas a la información y, en su caso, gestión y tramitación de todos aquellos acuerdos en materia de Sector Público en los que la normativa en vigor establece informe previo de la Conselleria en materia de Hacienda. En la elaboración del presupuesto, el programa se encarga de centralizar y analizar la documentación correspondiente al Anteproyecto de Ley de cada una de las secciones presupuestarias y de las entidades que integran el Sector Público. 180

181 B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Art. 4.- Principios rectores de la acción administrativa OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Avanzar en la incorporación de la perspectiva de género en la elaboración de los presupuestos de la Generalitat. 2. Identificación de las actuaciones previstas. Avanzar en la mejora de la presupuestación con perspectiva de género a través de la colaboración en la elaboración del Informe de Impacto de Género que acompañará al Proyecto de Ley de Presupuestos de la Generalitat, en el seno de la Comisión del Informe de Impacto de Género en los Presupuestos de la Generalitat y en las funciones establecidas en el decreto de creación de la citada Comisión (Decreto 154/2014). En este sentido, se tratará de dotar de una mayor homogeneidad y utilidad al informe, en cuanto a la información suministrada por los centros gestores, y aprovechar la experiencia de los informes de impacto previos para mejorar el contenido del mismo, de acuerdo con los acuerdos que, al respecto, se tomen en la Comisión de Impacto de Género, con objeto de que los presupuestos sean un elemento activo en la consecución del objetivo de igualdad entre mujeres y hombres. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) La integración de la perspectiva de género en los Presupuestos de la Generalitat tuvo su plasmación directa con la elaboración del primer informe de impacto de género en los presupuestos de 2015, en el que se realizó un análisis del impacto de género en el sistema económico de la Comunitat Valenciana, del personal de la Generalitat y su formación, así como el análisis de determinados programas de gasto. El informe de impacto de género, tiene como objetivo valorar la incidencia de las políticas públicas desde dicha perspectiva, así como visibilizar las medidas que, a través de dichas políticas, se ponen en marcha desde la Generalitat cada año para corregir los desequilibrios existentes entre mujeres y hombres. 181

182 Para la elaboración del informe, los programas de las diferentes secciones de la Generalitat, así como en su en caso de los entes del sector público instrumental se clasifican en tres categorías: Grupo 1: Programas con competencia explícita en igualdad de género. Grupo 2: Programas con clara incidencia en la igualdad de género, pero sin mandato normativo ni programático explícito. Grupo 3: Programas sin incidencia manifiesta en igualdad. En el informe de impacto de género de los presupuestos de la Generalitat para 2017, sólo se incluye el análisis de los programas que corresponden al grupo 1, es decir aquellos con competencia explícita en igualdad de género. Por otra parte en el informe también incluye determinadas actuaciones con impacto de género de entidades del sector público instrumental de la Generalitat. Entre los programas identificados con competencia explícita, figura el programa Presupuestos de la Generalitat y Administración de Nóminas, ya que, entre sus competencias, se encuentra la elaboración de la documentación que integra el proyecto de ley de presupuestos de la Generalitat, entre la que se encuentra el informe de impacto de género, así como las funciones que le corresponden dentro de la composición de la Comisión del Informe de Impacto de Género. 2. Previsión de resultados. El resultado que se pretende alcanzar a través de las actuaciones previstas consiste en mejorar el informe de impacto de género, articulando un modelo de informe que proporcione una estructura y una generación de contenido unitaria, así como mejorar su calidad, de manera que pueda reflejar de forma clara y accesible, todas las actuaciones que la Generalitat desarrolla en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, determinando la contribución de los programas presupuestarios al avance en los objetivos de igualdad de género en la Generalitat. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN

183 PROGRAMA: TRIBUTOS DE LA GENERALITAT Y JUEGO A) Contenido y finalidad del programa. De acuerdo con la Ficha Presupuestaria FP4 Memoria de Actuaciones propuesta para el proyecto de presupuesto 2017, los objetivos básicos del programa presupuestario Tributos de la Generalitat, se centran en: 1. Gestión de los tributos de la Generalitat, recaudación, inspección y lucha contra el fraude. 2. Diseño de la política tributaria de la Generalitat, elaboración de proyectos de normas tributarias y de precios públicos competencia de la Generalitat. 3. Elaboración de previsiones de ingresos por tributos y precios públicos y seguimiento de su ejecución. La materia tributaria, por su propia naturaleza, no supone discriminación alguna entre contribuyentes por razón de su género, aunque evidentemente se puede incidir sobre ello a través de beneficios fiscales e incluso en la aplicación de determinadas tasas. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Art. 4. Principios rectores de la acción administrativa. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Continuar con la incorporación de la perspectiva de género en los ingresos presupuestarios de la Generalitat, a través de beneficios fiscales que contribuyan al logro de la igualdad entre mujeres y hombres. Identificación de actuaciones previstas. Para el ejercicio 2017, la Dirección General de Tributos y Juego tiene previsto iniciar las actuaciones necesarias para poder analizar con perspectiva de género las figuras impositivas del sistema tributario sobre las que tiene competencia la Comunitat. Para ello es necesario que la información tributaria suministrada por TIRANT pueda ser desagregada por género y figura tributaria, asimismo se propone solicitar a la AEAT la información desagregada por sexo en las figuras tributarias que allí se gestionan. 183

184 C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico). De acuerdo con la normativa vigente y según las previsiones existentes en la elaboración del anteproyecto de la Ley de Medidas Fiscales para el ejercicio 2017: a) Se identifican tres deducciones autonómicas aplicables en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que responden al objetivo planteado. Por un lado, la deducción autonómica por conciliación del trabajo con la vida familiar aplicable únicamente a las madres trabajadoras. Por otro lado, la deducción por cantidades procedentes de ayudas públicas concedidas por la Generalitat en el marco de lo dispuesto en la Ley 6/2009, de 30 de junio, de la Generalitat, de protección a la maternidad. Por último la deducción que equipara a las familias numerosas de categoría general o especial, respectivamente, a las correspondientes familias monoparentales calificadas en los términos del Decreto 179/2013, de 22 de noviembre, del Consell. Las tres deducciones se regulan en el artículo 4 de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos. b) Se produce una asimilación legal a los cónyuges de los miembros de parejas de hecho, siempre y cuando se encuentren debidamente inscritos en el Registro autonómico de parejas de hecho, de manera que, en todo el contenido normativo del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se permite a las parejas de hecho disfrutar de los mismos beneficios fiscales que se regulan para los cónyuges, regulado en el artículo Doce Quarter de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos. Adicionalmente, en el ámbito de las tasas de la Generalitat, con la misma orientación de género y como medida transversal para facilitar su integración social, a iniciativa de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, en el ejercicio 2016 se amplió el catálogo de exenciones para las víctimas de actos de violencia sobre las mujeres, acaecidos en el territorio de la Comunitat Valenciana. enumeran: Concretamente, se introdujo la citada exención a las tasas que a continuación se Tasa por otros servicios administrativos. Tasa por otros servicios administrativos en materia educativa. Tasa por enseñanzas de Régimen Especial. Tasa por servicios académicos de enseñanzas artísticas. Tasa por servicios académicos universitarios. Tasa por la expedición del Carnet Jove. 184

185 Del mismo modo, se introdujeron beneficios fiscales para familias sustentadas por un único progenitor (generalmente mujeres). Así, está prevista la exención del pago de tasas para miembros de familias monoparentales de categoría especial y una bonificación del 50 por 100 para miembros de familias monoparentales de categoría especial. Concretamente, se introdujeron los citados beneficios fiscales a las tasas que a continuación se enumeran: Tasa por servicios administrativos de la Agencia Valenciana de Turismo. Tasa por otros servicios administrativos. Tasa por presentación a las pruebas evaluadoras del Servicio Específico de Admisión. Tasa por la obtención de la certificación acreditativa del Servicio Específico de Admisión. Tasa por servicios de lectura, investigación, certificaciones, copias y reproducción de documentos e impresos en archivos, bibliotecas y museos. Tasa por servicios actividad académica de nivel no universitario. Tasa por otros servicios administrativos en materia educativa. Tasa por enseñanzas de Régimen Especial. Tasa por servicios académicos de enseñanzas artísticas. Tasa por servicios académicos universitarios. Tasa por la expedición del Carnet Jove. Tasa por la utilización de las instalaciones del Complejo Educativo de Cheste. Tasa por otras actuaciones administrativas en materia de sanidad. Tasas del Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero. Tasas del Centro de Servicios para la Gestión del Agua. Tasa por utilización de refugios de montaña. Tasa por acceso a las titulaciones para el gobierno de las embarcaciones de recreo y expedición de los títulos deportivos. Tasa por acceso a las titulaciones deportivas subacuáticas y expedición de los títulos deportivos correspondientes. Tasa por acceso a las titulaciones para el gobierno de motos náuticas y expedición del título correspondiente. Tasa por Actividades de formación deportiva. Tasa por servicios en materia de adopciones internacionales. 185

186 2. Previsión de resultados. La materia tributaria, por su naturaleza, no supone discriminación alguna entre contribuyentes por razón de género. No obstante, para reforzar la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres se proponen iniciativas fiscales que inciden en el ámbito socio-laboral: -Deducciones autonómicas aplicables en el IRPF: La estimación efectuada para las dos primeras deducciones parte de los últimos datos estadísticos oficiales publicados por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, según recoge la siguiente tabla: DETALLE DEDUCCIONES AUTONÓMICAS COMUNITAT VALENCIANA EJERCICIO 2014 PARTIDA Número Importe (euros) Por conciliación del trabajo con la vida familiar , ,00 Por cantidades procedentes de ayudas públicas de la Generalitat de 434, ,00 protección a la maternidad. La estimación efectuada para la tercera deducción parte de la memoria económica elaborada por la Agencia Valenciana de Igualdad en la Diversidad, a partir del número de familias monoparentales con título en vigor en la Comunitat Valenciana (datos de agosto de 2016) sobre la que se proyectan los datos de renta mensual por hogar proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística para establecer los límites de bases liquidables para la aplicación de esta deducción. PARTIDA Número Importe (euros) Por ostentar el título de familia monoparental ,00 Donaciones - Asimilación a cónyuges de las parejas de hecho en el Impuesto sobre Sucesiones y A partir del número de parejas de hecho inscritas en el Registro autonómico de parejas de hecho en el ejercicio 2014 (últimos datos disponibles) se efectúa la estimación del posible número de beneficiarios por fallecimiento aplicando la tasa de mortalidad media de la Comunitat Valenciana (dato del INE). Analizado el impacto en términos de cuota tanto de la 186

187 reducción por parentesco ( ) como de la bonificación (50%), se cuantifica en una pérdida de recaudación derivada de los nuevos beneficiarios, alrededor de 50 personas, en , aproximadamente. mujer: -Exención de diversas tasas de la Generalitat para las víctimas de violencia sobre la El impacto económico que la adopción de las citadas exenciones en las tasas indicadas supuso en el presupuesto de 2016 un menor ingreso para la Administración de ,24 euros, según los datos facilitados por la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas. -Beneficios fiscales familias monoparentales: El impacto económico que la adopción de los citados beneficios fiscales en las tasas indicadas supuso en el presupuesto de 2016 un menor ingreso para la Administración de ,2 euros, según los datos facilitados por la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN 2 1 E) Propuestas de mejora y recomendaciones La puesta en marcha de las actuaciones necesarias para poder analizar la información tributaria desde una perspectiva de género, así como continuar con las políticas de beneficios fiscales necesarios para poder cumplir lo determinado en el artículo 4 de la Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat para la igualdad entre hombres y mujeres, según el cual (...) Las distintas administraciones públicas adoptarán una estrategia dual basada en el principio de complementariedad de medidas de acción positiva y las que respondan a la transversalidad de género. La adopción por el Gobierno Valenciano de medidas especiales de carácter temporal encaminadas a acelerar la igualdad de facto entre la mujer y el hombre no se considerará discriminatoria en la forma definida en las convenciones internacionales. Estas medidas cesarán cuando se hayan alcanzado los objetivos de igualdad, oportunidad y trato (...). 187

188 PROGRAMA: SISTEMAS DE INFORMACIÓN A) Contenido y finalidad del programa. El programa gestionado desde la Dirección General de Tecnologías de la información y las Comunicaciones persigue la consecución de una Administración innovadora, ágil y eficaz, conocida y utilizada considerando las TIC como elemento clave para la participación ciudadana, facilitando el acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Ley 9/2003 Título II. Capítulo V. Igualdad de oportunidades en el marco de la sociedad de la información. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Promover el acceso de las mujeres a las tecnologías de la información y la comunicación (TIC). 2. Identificación de las actuaciones previstas. -Desarrollo del sector tecnológico valenciano teniendo en cuenta los criterios de igualdad de oportunidades. -Garantizar a las mujeres el acceso, uso y aprendizaje de las TIC. -Desarrollo de actividades de formación y capacitación en las TIC. -Desarrollo de las TIC como elemento clave para la participación ciudadana. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) La brecha digital de género ocasionada por la diferencia, según edad, del porcentaje de mujeres y hombres en el uso de las TIC es cada vez menor. 2. Previsión de resultados. Por tanto las acciones se encaminarán a consolidar esta tendencia y por tanto a disminuir las carencias de alfabetización digital y accesibilidad y la diferencia de género entre los usuarios. 188

189 D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN Valor 2: El programa afecta de forma directa a las personas, hombres y mujeres. Valor 1: Se han previsto algunas actuaciones que tendrán algunos efectos en relación con la igualdad de oportunidades. PROGRAMA: TELECOMUNICACIONES Y SOCIEDAD DIGITAL A) Contenido y finalidad del programa. El programa gestionado desde la Dirección General de Tecnologías de la información y las Comunicaciones persigue el impulso de las telecomunicaciones en los ámbitos de competencia de la DGTIC y facilitar las herramientas para el acceso a las mismas a los ciudadanos y ciudadanas de la Comunitat así como el desarrollo avanzado de las infraestructuras y redes de telecomunicaciones de la Generalitat y sus organismos autónomos. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Ley 9/2003 Título II. Capítulo V. Igualdad de oportunidades en el marco de la sociedad de la información. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Promover el acceso de las mujeres a las tecnologías de la información y la comunicación (TIC). 2. Identificación de las actuaciones previstas. Ampliación cobertura de red de banda ancha. Priorizar los proyectos dirigidos a colectivos en riesgo de exclusión digital en las ayudas a la formación en TIC. Fomento del uso de las TIC. 189

190 C) Análisis del impacto de género. Fomento y apoyo de la formación en TIC para la inclusión digital y eliminación de barreras para continuar disminuyendo la diferencia de género que pueda observarse. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN Valor 2: El programa afecta de forma directa a las personas, hombres y mujeres. Valor 1: Se han previsto algunas actuaciones que tendrán algunos efectos en relación con la igualdad de oportunidades. PROGRAMA: INNOVACIÓN TECNOLÓGICA EDUCATIVA A) Contenido y finalidad del programa. El programa gestionado desde la Dirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones persigue difundir, implantar y aplicar las tecnologías de la información y las comunicaciones en el ámbito de los centros educativos, consolidar la introducción de las Tic en las aulas, crear y difundir recursos educativos digitales, y desarrollar el modelo de Centro Educativo Inteligente. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Ley 9/2003 Título II. Capítulo I. Educación para la igualdad OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Revisar desde la perspectiva de género el contenido de los materiales didácticos. Potenciar iniciativas educativas y culturales basadas en la igualdad. 190

191 2. Identificación de las actuaciones previstas. Entre los objetivos se encuentra la construcción y consolidación de un modelo de educación innovador, interactivo e inclusivo. igualdad. Adaptación y evolución de las plataformas web aplicadas a la docencia, basadas en la Realización de Jornadas/Cursos de difusión de las TIC para la educación. C) Análisis del impacto de género. Motivación y capacitación de los docentes para el uso de las TIC. Aplicación de criterios con perspectiva de género en los recursos educativos digitales. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN Valor 2: El programa afecta de forma directa a las personas, hombres y mujeres. Valor 1: Se han previsto algunas actuaciones que tendrán algunos efectos en relación con la igualdad de oportunidades. PROGRAMA: FINANCIACIÓN Y FONDOS EUROPEOS A) Contenido y finalidad del programa. El programa Financiación y Fondos Europeos se encarga de la planificación y programación de la Política Regional y de Cohesión Europea de la Comunitat en el ámbito autonómico, la captación de recursos FEDER (Fondo Europeo de Desarrollo Regional) y FSE (Fondo Social Europeo), a través de los Programas Operativos (PO) plurianuales, y el seguimiento y certificación de dichos Programas a las Autoridades Comunitarias. 191

192 Cabe resaltar que en el ejercicio 2017 prosigue la gestión de los Fondos Estructurales del periodo con las líneas estratégicas que ha adoptado la Generalitat en consonancia con Europa. En concreto, se continúa gestionando a través de este programa presupuestario tres Programas Operativos: PO Regional de la CV FEDER 14-20, PO Regional de la CV FSE y el Programa Operativo de Empleo Juvenil. También se coordina el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) y se participa en los Programas Eurodisea, Desarrollo Local, Incentivos Autonómicos y Regionales y autoriza la participación de la GV en proyectos europeos. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Art. 4. Principios rectores de la acción administrativa OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Avanzar en la incorporación de la perspectiva de género en la elaboración de los presupuestos de la generalitat. De acuerdo con el enfoque de gobernanza multinivel, establecido en el párrafo 2 del art. 5 del Reglamento 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen las disposiciones comunes relativas a los Fondos Estructurales en el periodo , la Comunitat Valenciana ha involucrado al organismo regional encargado de promover la igualdad en la preparación de los Programas Operativos, y también lo hará en los informes de evolución y durante la gestión, seguimiento y evaluación de los programas. En consonancia con esto, el art. 7 del mismo Reglamento establece: Los Estados miembros y la Comisión velarán por que se tengan en cuenta y se promuevan la igualdad entre hombres y mujeres y la integración de la perspectiva de género a lo largo de la preparación y la ejecución de los programas, entre lo que se incluye lo que se refiere al seguimiento, la presentación de informes y la evaluación. Este mismo mandato se desarrolla en los arts. 7 y 8 del Reglamento 1304/2013, relativo al Fondo Social Europeo. Así los Programas Operativos del FSE deben fomentar la 192

193 igualdad de oportunidades para todos, sin discriminación alguna por razón de sexo, raza, u origen étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual. Asimismo, el Código Europeo de Conducta destaca la importancia de la participación activa de todas las partes interesadas (socios) desde las primeras etapas de la programación, en particular durante la preparación del Acuerdo de Asociación y de los Programas. Por ello, la Dirección General de Financiación y Fondos Europeos, como organismo de ámbito regional encargado de la elaboración de los PO, ha contado con la participación de la Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de Género, en calidad de organismo regional responsable de promover la igualdad de mujeres y hombres, en el proceso de elaboración de los programas, así como en la futura elaboración de sus informes de evolución. 2. Identificación de las actuaciones previstas. La actuación prevista por la Dirección General de Financiación y Fondos Europeos en el marco del Plan de Igualdad de la CV es la de Velar para que se aplique la integración de la perspectiva de género en los proyectos cofinanciados por fondos europeos, por lo que está vinculada al art. 4 de la Ley 9/2003 de 2 de abril, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. La igualdad entre mujeres y hombres se ha contemplado, en el diseño de los programas operativos, con un enfoque transversal. La definición de la estrategia del Programa Operativo del FSE CV ha tomado en consideración las brechas de género existentes, ha desagregado por sexo todos los datos, ha señalado los resultados esperados para hombres y mujeres, y ha recogido la intencionalidad de fijar criterios de selección de operaciones que garanticen que los recursos alcancen por igual a ambos sexos y contribuyan a reducir las desigualdades existentes entre hombres y mujeres. Así pues, si bien en la Comunitat Valenciana no está prevista la implementación de acciones específicas a favor de la igualdad de género, este principio se tendrá en cuenta, de manera transversal, en la ejecución del programa y en los distintos ámbitos de intervención. Por lo que respecta a la fase de implementación, se adoptarán medidas tales como: 1.- Se establecerán criterios de selección de operaciones que integren la promoción de la igualdad de género. 2.- Los informes de ejecución anuales incluirán información sobre la ejecución relativa a la promoción de la igualdad. 193

194 Por lo que respecta finalmente a la fase de seguimiento y evaluación de los Programas Operativos de la Comunitat Valenciana hay que tener en cuenta que la evaluación ex ante ha valorado la adecuación de las medidas planteadas para promover la igualdad, y además, los Programas Operativos del FSE y FEDER CV han contado con un dictamen en la materia. Por otra parte, el sistema informático de seguimiento del FSE permite recoger todos los datos desagregados por sexo. Además, la Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de Género forma parte del Comité de Seguimiento del Programa Operativo, en el cual velará por una participación equilibrada de mujeres y hombres. En las evaluaciones que se realicen se analizará la integración transversal del principio de igualdad de género en el programa. Por todo ello, la igualdad entre hombres y mujeres se promoverá a nivel de cada programa operativo regional cofinanciado con los Fondos Estructurales, incorporando transversalmente el género en las distintas fases de ejecución. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) La Dirección General de Financiación y Fondos Europeos es el órgano responsable de los Programas Operativos financiados con el FEDER y el FSE en la Comunitat Valenciana (2 Programas regionales y 1 plurirregionales) para el periodo En el PO de la Comunitat Valenciana FSE para el periodo de programación se incluye un dictamen específico en materia de cumplimiento de la integración real y efectiva del principio horizontal de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, según se contempla en el Reglamento (UE) Nº 1303/2013, en su artículo 96.7 c). La Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de Género es el centro directivo de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas que, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, asume las competencias relativas a la promoción y ejecución de medidas para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, promoción, participación y programas de la mujer, prevención de la violencia de género y atención a las víctimas correspondiéndole, entre otras funciones, la de velar por la aplicación del principio de igualdad en las políticas públicas de la Comunitat y, en particular, prevenir conductas discriminatorias contra la mujer. En el caso que nos ocupa es, por tanto, el organismo regional encargado de velar por el cumplimiento del principio horizontal de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en las intervenciones 194

195 cofinanciadas con fondos Europeos y por ello, ha participado en la elaboración del Programa Operativo y participará en la implementación, seguimiento y evaluación del mismo. Este principio ha alcanzado tanta importancia en este nuevo periodo , que desde la CE se tomó la decisión de establecer como obligatorio la emisión de un Dictamen de Igualdad de todos y cada uno de los Programas Operativos tanto Plurirregionales como Regionales, que han seguido una metodología común coordinada por el Instituto de la Mujer. En el caso de la Comunitat Valenciana, el Organismo encargado de realizar este Dictamen ha sido la Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de Género que en fecha de 21 de julio de 2014 lo emitió en sentido positivo una vez analizados los documentos del P.O. de la Comunitat Valenciana FSE y P.O. de la Comunitat Valenciana FEDER para el periodo de programación Todo ello de acuerdo con las directrices contenidas en el Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, en particular los arts. 5, 7 y 96.7 y la normativa de igualdad autonómica y estatal. Para la realización de este dictamen el organismo de igualdad de la Comunitat Valenciana ha contado con el apoyo y asesoramiento de la Red Nacional de Políticas de Igualdad en los Fondos Estructurales, de la que la Generalitat Valenciana es miembro de pleno derecho y el Instituto de la Mujer ostenta la secretaría de la misma. 2. Previsión de resultados. El principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres estará presente en todas las fases de implementación de los Fondos (programación, gestión y evaluación). Así, en la elaboración de todos los Programas Operativos: Ha sido asegurada y fomentada la participación y cooperación del organismo regional de igualdad en el proceso de preparación de los PO. Los análisis estadísticos han sido llevados a cabo tomando en consideración la perspectiva de género y a través de datos desagregados por sexo, permitiendo la identificación de las brechas de género existentes y la adaptación de la estrategia a esta realidad. Se ha dado cumplimiento a las Directivas europeas y sus Leyes de transposición al ordenamiento jurídico español. Se ha garantizado el uso de lenguaje e imágenes no sexistas. Se incorporarán criterios de igualdad entre hombres y mujeres en la selección de operaciones. Para ello, los beneficiarios deberán describir las posibles brechas de género existentes en su ámbito de actuación y mecanismos específicos para dar respuesta a las mismas. 195

196 Por otro lado, dentro de las estructuras de coordinación establecidas para el nuevo periodo está previsto participar en las redes temáticas existentes, entre las que se encuentra la Red de Políticas de Igualdad entre Mujeres y Hombres, que seguirá siendo un instrumento fundamental de asesoramiento permanente (on line) encargado de la formación y de dotar de documentación metodológica a los organismos de la Red. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN Valor 1: Los resultados del programa sólo afectan a las personas de forma indirecta. Valor 1: Se han previsto algunas actuaciones que tendrán algunos efectos en relación con la igualdad de oportunidades. E) Propuestas de mejora y recomendaciones Incorporar las mejoras y conclusiones que aporten los trabajos de la Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de Género así como los que aporte la Red de Políticas de Igualdad entre Mujeres y Hombres en los Fondos Comunitarios. 196

197 4.4.- CONSELLERIA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, REFORMAS DEMOCRÁTICAS Y LIBERTADES PÚBLICAS Dirección y Servicios Generales Administración de Justicia Procesos Electorales y Consultas Populares Formación y Estudios Función Pública 197

198 PROGRAMA: DIRECCIÓN Y SERVICIOS GENERALES A) Contenido y finalidad del programa. En este programa se realiza la gestión presupuestaria, económica, de personal, de contratación, de coordinación administrativa así como de infraestructuras y de gestión inmobiliaria de la Conselleria. Sus principales líneas de actuación son las siguientes: - Programar y coordinar las actividades públicas de la Conselleria. - Elaboración de los informes para asesoramiento de todas las unidades de la Conselleria. - Contratación administrativa y racionalización de los procedimientos internos. - Gestión económica y presupuestaria. Administración eficiente de los créditos presupuestarios. - Gestión y tramitación de los asuntos de personal. - Organización y coordinación de los servicios centrales y territoriales de la Conselleria. - Gestión de todos los inmuebles adscritos a la Conselleria. - Rehabilitación y reformas de las sedes judiciales. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. Ley 9/2003 NORMA/PLAN Ley Orgánica 3/2007 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Art. 4. Principios rectores de la acción administrativa. Art. 46. Fomento de la igualdad en el ámbito de la contratación. Art Implantación de un lenguaje no sexista en el ámbito administrativo. Art. 15. Transversalidad del principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres que informa la actuación de todos los poderes públicos. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Introducir la perspectiva de género en la normativa de la Generalitat (bases reguladoras subvenciones y becas, contratación, ). Introducir, con carácter general, en todos los documentos, convenios, órdenes de subvención, normativa, estudios, expedientes de contratación y de personal y oficios en general, que se elaboran en esta Conselleria, la utilización de un lenguaje no sexista. 2. Identificación de las actuaciones previstas. Con carácter general, dentro de las actuaciones que se realizan por los Servicios Centrales de la Conselleria, se continuará introduciendo la perspectiva de género en la 198

199 normativa así como la utilización de lenguaje no sexista, especialmente en los expedientes de contratación administrativa, de personal y en las bases reguladoras de subvenciones. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) Dado el ámbito competencial, no hay actividad concreta de promoción. No obstante en todas las actuaciones dirigidas a la población en general o a una población específica, financiadas con este programa presupuestario, todo el personal dependiente de esta Conselleria utiliza un lenguaje no sexista. 2. Previsión de resultados. Al tratarse de un programa presupuestario trasversal de las diferentes unidades administrativas de la Conselleria, no es posible la cuantificación de resultados. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) CALIFICACIÓN Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? 1 En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? 0 PROGRAMA: ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA A) Contenido y finalidad del programa. - La modernización de la Administración de Justicia (servicios, suministros, obras e infraestructuras necesarias para el funcionamiento y modernización de la Justicia de la Comunitat Valenciana). - La gestión y formación del personal al servicio de la Administración de Justicia (gestión procesal, tramitación procesal, auxilio judicial y médicos forenses). - El funcionamiento de las Comisiones de justicia gratuita, incluyendo las subvenciones para hacer frente al Turno de Oficio y Asistencia a la Detenido. - Modernización de la organización de los juzgados y tribunales. Desarrollo de la Nueva Oficina Judicial y la Nueva Oficina Fiscal. - Entidades Jurídicas: Asociaciones, Asociaciones de utilidad pública, Fundaciones, Colegios Profesionales, Uniones de Hecho, Notarios y Registradores y Registro de Entidades de Voluntariado. - Atención a las Víctimas. 199

200 B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. Ley 9/2003 Ley 9/2003 NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título II. Capítulo VI. De la violencia contra las mujeres. Título II. Capítulo VI. De la violencia contra las mujeres. Título II. Capítulo VI. De la violencia contra las mujeres Título III Igualdad y Administración Pública OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Impulsar, en el marco de las actuaciones de atención integral a las víctimas, medidas que promuevan la inserción sociolaboral de las mujeres en situación de riesgo de exclusión social. Proporcionar, a través de las Oficinas de Atención a las Víctimas del Delito, asistencia psicológica y jurídica, gratuita y especializada a las mujeres víctimas de cualquier delito o falta y, en especial, a las víctimas de violencia de género. Favorecer, dentro de los servicios de atención a víctimas, la accesibilidad a la información a las mujeres víctimas de violencia de género, con especial hincapié en las inmigrantes y discapacitadas. Creación de la Red de Oficinas de la Generalitat de Asistencia a las Víctimas del Delito que tienen como objetivo prestar atención y asistencia con carácter multidisciplinar, a las necesidades de la víctima en las áreas jurídica, psicológica y social. Reconocimiento del derecho de Asistencia Jurídica Gratuita que se les prestará de inmediato a las Victimas de Violencia de Genero con independencia de la existencia de recursos para litigar. Formación para funcionarios/as de la Administración de Justicia, forenses, psicólogos/as, trabajadores/as sociales en materia de violencia de 200

201 NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título II. Capítulo VI. De la violencia contra las mujeres OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD género, trata de seres humanos, etc. A fin de garantizar los derechos de las víctimas, adaptación de todas las infraestructuras existentes para evitar el contacto entre víctima y agresor. 2. Identificación de las actuaciones previstas. 1.- Creación de la Red de Oficinas de la Generalitat de Asistencia a las Víctimas del Delito. 2.- Reconocimiento del derecho de Asistencia Jurídica Gratuita que se les prestará de inmediato a las Victimas de Violencia de Genero. 3.- Formación para funcionarios/as de la Administración de Justicia, forenses, psicólogos/as, trabajadores/as sociales en materia de violencia de género, trata de seres humanos, etc. 4.- Adaptación de todas las infraestructuras existentes para evitar el contacto entre víctima y agresor. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico). 1. Desde el año 2014 existencia de la Fundación para la Atención a las Víctimas del Delito (FAVIDE), que ofrece servicios gratuitos, especializados y eficaces para solucionar la situación de desamparo en la que puedan encontrase las víctimas de delito. 2. Se están programando y realizado cursos de formación dirigidos a los funcionarios de Justicia de los Cuerpos de Auxilio Judicial, Tramitación y Gestión Procesal y Administrativa. 2. Previsión de resultados. Delito. A) Creación de la Red de Oficinas de la Generalitat de Asistencia a las Víctimas del La propuesta de normativa señala una serie de oficinas a crear, una vez entre en vigor el Decreto de creación, siendo este el calendario de actuaciones a realizar y las oficinas a implementar. 201

202 B) Reconocimiento del derecho de Asistencia Jurídica Gratuita cuya prestación será inmediata a las Victimas de Violencia de Genero. Resulta de aplicación inmediata a todos los supuestos. C) Formación en materia de violencia de género, trata de seres humanos, etc.. de los distintos profesionales implicados, con el objetivo de avanzar en la especialización, profesionalización y coordinación. D) Adaptación de todas las infraestructuras existentes. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? A) Creación de la Red de Oficinas de la Generalitat de Asistencia a las Víctimas del Delito. B) Reconocimiento del derecho de Asistencia Jurídica Gratuita cuya prestación será inmediata. C) Formación en materia de violencia de género, trata de seres humanos, etc. de los distintos profesionales implicados, con el objetivo de avanzar en la especialización, profesionalización y coordinación. D) Adaptación de todas las infraestructuras existentes. En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? A) Creación de la Red de Oficinas de la Generalitat de Asistencia a las Víctimas del Delito. B) Reconocimiento del derecho de Asistencia Jurídica Gratuita cuya prestación será inmediata. CALIFICACIÓN Valor 2 A) Afecta de forma directa a las personas, hombres y mujeres. Valor 2 B) Afecta de forma directa a las personas, hombres y mujeres. Valor 3 C) Afecta de forma directa a las personas y extiende sus efectos a un grupo significativo de potenciales beneficiarios de las actuaciones. Valor 2 Afecta de forma directa a las personas, hombres y mujeres. CALIFICACIÓN Valor 3 A) Consolidación de los objetivos de las políticas de igualdad de oportunidades. Valor 2 B) Contribución significativa en relación con los 202

203 CRITERIO CALIFICACIÓN objetivos de las políticas de igualdad que son de aplicación al programa presupuestario. C) Formación en materia de violencia de género, trata de seres humanos, etc. de los distintos profesionales implicados, con el objetivo de avanzar en la especialización, profesionalización y coordinación. D) Adaptación de todas las infraestructuras existentes. Valor 2 C) Contribución significativa en relación con los objetivos de las políticas de igualdad que son de aplicación al programa presupuestario. Valor 2 D) Contribución significativa en relación con los objetivos de las políticas de igualdad que son de aplicación al programa presupuestario. PROGRAMA: PROCESOS ELECTORALES Y CONSULTAS POPULARES A) Contenido y finalidad del programa. - Contenido: preparación y gestión de los procesos electorales autonómicos y de las Entidades Locales Menores de la Comunitat Valenciana y ejercer la gestión de las competencias atribuidas a la Generalitat en materia de consultas populares y electorales, todo ello en el marco de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General y la Ley Electoral Valenciana 1/1987, de 31 de marzo, de la Generalitat. - Finalidad: la gestión de los procesos electorales en la Comunitat Valenciana así como las consultas populares. 203

204 B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. Ley 9/2003 NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Art. 11. Espacios electorales. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Favorecer la presencia de mujeres en las candidaturas presentadas a les Corts por los partidos políticos y agrupaciones electorales. Art.12.Subvenciones Electorales. Disposición de tiempo gratuito en los medios de comunicación de aquéllas candidaturas con presencia equilibrada de mujeres y hombres. Incremento de 10 por ciento de las subvenciones electorales para los escaños obtenidos por mujeres. 2. Identificación de las actuaciones previstas. Los objetivos específicos en materia de igualdad y participación política se recogen en los artículos 11 y 12 de la Ley 9/2003, pero la Disposición Transitoria segunda de esta misma Ley 9/2003 establece que dichas objetivos tendrán eficacia a partir del momento en que, conforme a lo establecido en el Estatuto de Autonomía, se produzca la modificación de la Ley Electoral Valenciana. Desde la Dirección General de Reformas Democráticas, se ha puesto en marcha el Observatorio para el estudio de diversos aspectos relacionados con la normativa electoral valenciana (Resolución de 19 de noviembre de DOCV núm.7666, de 26 de noviembre de 2015) con la finalidad de crear, a través de grupos de Trabajo integrados por expertos, un espacio de debate e investigación en materia electoral, donde entre otros temas se trate el tema de la participación equilibrada de mujeres y hombres en las candidaturas electorales y en la toma de decisiones. El fin de este Observatorio es, entre otros, elaborar una propuesta de estudio para una posible reforma de la Ley Electoral Valenciana, que incluya aportaciones que puedan tomarse en consideración en referencia a los principios de igualdad en la representación entre hombres y mujeres. Fruto de los trabajos realizados, se ha aprobado un informe que ha sido trasladado a la Comisión de Les Corts encargada de preparar el trabajo 204

205 parlamentario en esta materia, habiendo tenido entrada en el Registro General de Les Corts, el 1 de marzo de Por otra parte, en este mismo programa existe la línea de subvención S Subvención partidos políticos, destinada a atender gastos de funcionamiento de los partidos políticos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores con representación en Les Corts. El reparto de dicha subvención viene determinado por la Ley Orgánica 3/2007, de Financiación de Partidos Políticos. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) La Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en sus artículos 11 y 12 establece unas medidas con el fin de garantizar que la participación política de las mujeres alcance en la Comunitat de forma paulatina la igualdad real. La efectividad de estas medidas quedan condicionadas, mediante su Disposición Transitoria segunda, a la previa modificación de la Ley 1/1987, de 31 de marzo, Electoral valenciana. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres en su Disposición Adicional segunda modifica la Ley Orgánica 5/1985, de Régimen Electoral General añadiendo el artículo 44 bis en el que establece que: Las candidaturas que se presenten para las elecciones ( ) miembros de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas deberán tener una composición equilibrada de mujeres y hombres, de forma que en el conjunto de la lista los candidatos de cada uno de los sexos supongan como mínimo el cuarenta por ciento. Cuando el número de puestos a cubrir sea inferior a cinco, la proporción de mujeres y hombres será lo más cercana posible al equilibrio numérico. En las elecciones de miembros de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, las leyes reguladoras de sus respectivos regímenes electorales podrán establecer medidas que favorezcan una mayor presencia de mujeres en las candidaturas que se presenten a las Elecciones de las citadas Asambleas Legislativas. En tanto que la Ley Electoral Valenciana no sea modificada, resulta de aplicación la regla de paridad establecida en la Ley Orgánica Electoral. 205

206 2. Previsión de resultados. Quedan supeditados a la posible reforma de la Ley Electoral Valenciana, que actualmente se está debatiendo en la Comisión específica para la reforma electoral de Les Corts. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN 2 2 E) Propuestas de mejora y recomendaciones Quedan supeditadas al texto que definitivamente se apruebe, en su caso, en Les Corts Valencianes, de la Ley Electoral Valenciana. PROGRAMA: FORMACIÓN Y ESTUDIOS A) Contenido y finalidad del programa. La finalidad es alcanzar la igualdad de oportunidades entre las mujeres y hombres que desarrollan su actividad laboral en el ámbito de la administración de la Generalitat. En cuanto a los contenidos, además de innovar en la temática referida a los temas de género y dependencia, se incluyen otras cuestiones de relevancia que el personal empleado público debe conocer: corresponsabilidad social, políticas de juventud, la presupuestación con perspectiva de género o cómo hacer frente a la lacra de la violencia de género desde las redes sociales, lo que da cuenta del compromiso de la Generalitat con estas políticas. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. Ley 9/2003 NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título III. Igualdad y Administración Pública Artículo 44. Igualdad en los procesos de formación y promoción de puestos de OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Sensibilizar al personal empleado público, a través de una formación abierta todo el año, en igualdad de oportunidades. 206

207 Ley 3/2007 NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN trabajo. Artículo 48. El lenguaje nosexista en los escritos administrativos. Título V. El principio de igualdad en el empleo público. Artículo 51. Criterios de actuación de las Administraciones públicas. c) Fomentar la formación en igualdad, tanto en el acceso al empleo público como a lo largo de la carrera profesional. Artículo 60. Acciones positivas en las actividades de formación. Artículo 61. Formación para la igualdad. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Impulsar y diversificar, dentro del plan anual, la oferta de acciones formativas relacionadas con la igualdad. Incluir en los temarios de los procesos selectivos las materias de igualdad de género, violencia de género, lenguaje no sexista, acoso sexual y por razón de género. Introducir acciones formativas on line sobre las materias de violencia de género y de conciliación y corresponsabilidad. Reservar, como mínimo, un 45% de las plazas ofertadas en las acciones formativas que tengan por objeto reforzar las habilidades directivas, a las mujeres. Promover la formación en igualdad a lo largo de la carrera profesional. Realizar un Informe anual del impacto de género en la formación. 2. Identificación de las actuaciones previstas. La previsión de acciones formativas relacionadas con políticas de igualdad en el ámbito laboral de la administración pública valenciana es la siguiente: - Evaluación previa de impacto de género - El presupuesto de la Generalitat con perspectiva de género. - Inclusión social: perspectiva desde servicios sociales. - Evaluación del sesgo de género en las ayudas públicas y en los convenios de colaboración. - Evaluación e intervención psicosocial en violencia de género. - Prestaciones sociales de las diferentes administraciones. - El uso igualitario del lenguaje en la administración pública. - Prevención de la violencia de género con población joven y adolescente. 207

208 - Detección y prevención social de la violencia de género desde la administración. - Prevención de la violencia de género por medio de las redes sociales. - Corresponsabilidad y conciliación: nuevos usos del tiempo. - Lenguaje de género en la administración pública. - El proceso civil y penal, y sus especialidades en materia de violencia de género. - La orden de protección: medidas de protección a las víctimas. Recursos asistenciales. Además de estas acciones formativas, que se imparten en modalidad presencial, semipresencial y online, el IVAP también cuenta con el curso autoformativo Sensibilización en igualdad de oportunidades, dirigido a todos los grupos, que está abierto las 24 horas del día los 365 días del año, con el fin de garantizar una formación básica en esta materia. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) Datos del Plan de Formación del Personal al Servicio de la Generalitat y Justicia 2015 Personal Formado por sexos Plan de Formación IVAP HOMBRES MUJERES TOTAL PLAN DE FORMACIÓN 2015-IVAP HOMBRES MUJERES 208

209 Personal formado por provincias Plan de Formación IVAP por provincias Castellón Valencia(*) Alicante Provincias HOMBRES MUJERES TOTAL PLAN DE FORMACIÓN IVAP POR PROVINCIAS HOMBRES MUJERES Castellón Valencia (*) Alicante (*) En la configuración actual la formación on-line aparece asignada a la provincia de Valencia, lo que distorsiona el resultado final. Personal formado por grupo de clasificación profesional y sexo Plan de Formación IVAP (Por grupos de clasificación profesional) HOMBRES MUJERES TOTAL A A C C APF TOTAL A1 A2 C1 C2 APF Plan de Formación 2015-IVAP (por grupos de clasificación profesional) HOMBRES Plan de Formación 2015-IVAP (por grupos de clasificación profesional) MUJERES 209

210 DATOS DE FORMACIÓN CONTINUA Formación continua: cursos, talleres, seminarios, jornadas y conferencias dirigidas al personal de la administración de la Generalitat, dividido en grupos y ordenados por áreas de formación. Personal Formado por grupos de clasificación profesional y sexo Plan de Formación Continua IVAP (Por grupos de clasificación profesional) HOMBRES MUJERES TOTAL A A C C APF TOTAL A1 A2 C1 C2 APF Plan de Formación Continua 2015-IVAP (por grupos de clasificación profesional) HOMBRES Plan de Formación Continua 2015-IVAP (por grupos de clasificación profesional) MUJERES DATOS DE FORMACIÓN ESPECIALIZADA Formación especializada: dirigida al personal empleado público de la Generalitat. Está relacionada con la actividad y el puesto de trabajo que se desarrolla en la administración pública. Atiende las necesidades de formación de las consellerias y organismos de ellas dependientes, así como la dirigida a colectivos específicos. 210

211 Formados por grupos de clasificación y sexo Plan de Formación Especializada IVAP (Por grupos de clasificación profesional) HOMBRES MUJERES TOTAL A A C C APF TOTAL A1 A2 C1 C2 APF Plan de Formación Especializada 2015-IVAP (por grupos de clasificación profesional) HOMBRES Plan de Formación Especializada 2015-IVAP (por grupos de clasificación profesional) MUJERES 2. Previsión de resultados. Plan de formación del IVAP 2016, a fecha 16 de septiembre de 2016 Demanda de cursos en el Área de Inclusión Social e Igualdad: peticiones Nº Peticiones Cursos 2016 Presenciales Castellón Valencia Alicante TOTAL H M TOTAL Ley de Dependencia: Marco Legal y Novedades Lenguaje de Signos Prevención de La Violencia de Género con Población Joven Y Adolescente Detección Y Prevención Social de La Violencia De Género desde La Administración Corresponsabilidad Y Conciliación: Nuevos Usos del Tiempo Evaluación e Intervención Psicosocial en Violencia de Género

212 Nº Peticiones Cursos 2016 Presenciales Castellón Valencia Alicante TOTAL H M TOTAL Prevención de la Violencia de Género por Medio de Las Redes Sociales Prestaciones Sociales de las diferentes Administraciones Políticas Integrales de Juventud El Uso Igualitario del Lenguaje en la Administración Pública Elaboración De Informes de Impacto de Género Inclusión Social: Perspectiva desde Servicios Sociales El Presupuesto de la Generalitat Con Perspectiva De Género Evaluación del Sesgo de Género en las Ayudas Públicas Y en los Convenios De Colaboración Información Y Atención Multicanal a La Interculturalidad TOTAL Nº Peticiones a través de 2016 Internet a través de internet TOTAL H M TOTAL La Dependencia: Qué Debo Saber? Introducción a la Lengua de Signos en Español (Lse). Atención al Ciudadano Sordo Curso de Lengua de Signos 'Signa' Lenguaje de Género en La Administración Pública TOTAL Personal formado en el Área de Inclusión Social e Igualdad: 761 Personal formado H M Total Introducción a la Lengua de Signos en Español (Lse) Atención al Ciudadano Sordo Evaluación e Intervención Psicosocial en Violencia De Género Prestaciones Sociales de las diferentes Administraciones La Dependencia: Qué Debo Saber? El Presupuesto de La Generalitat con Perspectiva de Género El Uso Igualitario del Lenguaje en La Administración Pública Prevención de La Violencia de Género con Población Joven y Adolescente

213 Detección y Prevención Social de la Violencia de Género desde la Administración Prevención de la Violencia de Género por Medio de las Redes Sociales Lenguaje de Signos Ley de Dependencia: Marco Legal y Novedades Corresponsabilidad y Conciliación: nuevos usos del Tiempo Políticas Integrales de Juventud Informe de Impacto de Los Derechos de La Infancia Lenguaje de Género en La Administración Pública Curso de Lengua de Signos 'Signa' Resumen Personal formado 2016 Internet Sensibilización En Igualdad De Oportunidades 366 Resumen 366 Personal formado 2016 Internet H 98 M 268 Resumen 366 D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN Personal empleado público: personas. Personal gestionado por la D.G. Función Pública y la D.G. Justicia. Con la formación se fomenta el cambio de actitudes del personal empleado público, así como los valores y la cultura organizativa, con el objetivo de llegar a la paridad entre mujeres y hombres. E) Propuestas de mejora y recomendaciones Las propuestas de mejora son las anteriormente citadas como objetivos específicos y actuaciones en materia de igualdad: 213

214 - Sensibilizar al personal empleado público, a través de una formación abierta todo el año, en igualdad de oportunidades. - Impulsar y diversificar, dentro del plan anual, la oferta de acciones formativas relacionadas con la igualdad. - Incluir en los temarios de los procesos selectivos las materias de igualdad de género, violencia de género, lenguaje no sexista, acoso sexual y por razón de género. - Introducir acciones formativas on line sobre las materias de violencia de género y de conciliación y corresponsabilidad. - Reservar, como mínimo, un 45% de las plazas ofertadas en las acciones formativas que tengan por objeto reforzar las habilidades directivas, a las mujeres. - Promover la formación en igualdad a lo largo de la carrera profesional. - Realizar un Informe anual del impacto de género en la formación. A las que se suman las siguientes propuestas de mejora: - Formación en materia de igualdad de las personas que ocupen puestos de jefatura en materia de personal. consellerias. - Formación del personal perteneciente a las unidades de igualdad de las PROGRAMA: FUNCIÓN PÚBLICA A) Contenido y finalidad del programa. Las competencias que se ejecutan a través del programa , son aquellas referidas a función pública, ordenación, selección, provisión y relaciones sindicales. Se exceptúa de las competencias referidas a función pública, aquellas relacionadas con la formación y estudios, que tienen su propio programa presupuestario, el B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. 214

215 NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título III. Igualdad y Administración Pública OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Introducir la perspectiva de género en la estructura organizativa de las C Consellerias y organismos. Reestructurar el personal para aplicar criterios de racionalización en la organización administrativa. Sensibilizar y capacitar al personal empleado público de la Administración de la Generalitat, de la incorporación del principio de igualdad. Introducción de la perspectiva de género en la reforma de la vigente Ley 10/2010, de 9 de julio, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana: Comisión de trabajo constituida por resolución de 2 de mayo de 2016 de la consellera de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas. Convocatorias de procesos selectivos y de provisión, adecuados a la problemática específica de cada colectivo. Garantizar la máxima protección jurídica a las empleadas públicas víctimas de violencia de género. Incrementar y facilitar la conciliación de la vida profesional, personal y laboral del personal de la Generalitat Reducir la falta de estabilidad en el empleo público 2. Identificación de las actuaciones previstas. - Reforma de la vigente Ley 10/2010, de 9 de julio, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana. - Asignar de forma óptima el personal de la Administración de la Generalitat, a las necesidades de prestación del servicio. 215

216 - Avanzar y consolidar el sistema de carrera profesional horizontal, así como el resto de sistemas. - Convocatorias de procesos selectivos y de provisión, adecuados a la problemática específica de cada colectivo. - Convocatoria de procesos de acceso a la condición de personal funcionario, para el personal contactado laboral fijo. - II Plan de Igualdad de la Administración de la Generalitat. - Convocatorias de OPE y procesos de provisión de forma regular y progresiva de acuerdo con la normativa vigente. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) Al tratarse de un programa presupuestario trasversal de las diferentes unidades adminitrativas de la conselleria, no es posible identificar la situación de partida. 2. Previsión de resultados. Al tratarse de un programa presupuestario trasversal de las diferentes unidades administrativas de la conselleria, no es posible la cuantificación de resultados. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN

217 4.5.- CONSELLERIA DE EDUCACIÓN, INVESTIGACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Enseñanza Primaria Enseñanza Secundaria Ordenación Educativa Evaluación, Innovación y Calidad Educativa Universidad y Estudios Superiores Instituto Superior Enseñanzas Artísticas C.V Formación del Profesorado Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial Artes Plásticas y Escénicas Promoción Cultural Fomento de la Actividad Deportiva 217

218 PROGRAMA: ENSEÑANZA PRIMARIA A) Contenido y finalidad del programa - La escolarización del alumnado de las etapas de Educación Infantil y de Educación Primaria y la Formación de Personas Adultas. - La calidad del servicio que presta el sistema educativo. - Los barracones, a lo largo de nuestra Comunitat, donde se imparten clases. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades Facilitar el acceso a la educación y establecer medidas que favorezcan la conciliación de la vida laboral y familiar, facilitando así la incorporación de hombres y mujeres al mundo del trabajo en igualdad de condiciones. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 PIO ARTICULO / ÁREA DE OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN ACTUACIÓN MATERIA DE IGUALDAD Título II. Capítulo I. Educación parapotenciar iniciativas educativas y la igualdad culturales basadas en la igualdad Área 4: Educación, Cultura y Deporte 2. Identificación de las actuaciones - Ayudas asistenciales de comedor escolar en centros de educación infantil y primaria y educación especial. - Ayudas de escolarización en escuelas infantiles municipales y centros de educación infantil de titularidad privada autorizados por la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte a la escolarización del alumnado de 0 a 3 años (Bono infantil) en función de la renta familiar. - Consolidación de un proyecto experimental de incorporación del nivel educativo de 2 a 3 años en determinados centros públicos de educación infantil y primaria dependientes de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte. 218

219 C) Análisis del impacto de género Ampliar el número de familias/alumnado que percibe las ayudas y favorecer así una mayor conciliación de la vida laboral y familiar. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) Familias-alumnado que percibe las ayudas de servicio de comedor escolar: Familias-alumnado que percibe las ayudas de Bono Infantil: Familias-alumnado escolarizado en aulas del proyecto experimental de nivel educativo de 2 a 3 años: Previsión de resultados Familias-alumnado que percibe las ayudas de servicio de comedor escolar: Familias-alumnado que percibe las ayudas de Bono Infantil: Familias-alumnado escolarizado en aulas del proyecto experimental de consolidación del nivel educativo de 2 a 3 años: D) Valoración del impacto de género CRITERIO Capacidad de Impacto Sobre qué número de personas despliegan (indicador cuantitativo) sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? Relevancia funcional En qué medida el ámbito en que actúa el (indicador cualitativo) programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN 2 2 PROGRAMA: ENSEÑANZA SECUNDARIA A) Contenido y finalidad del programa - La escolarización del alumnado de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en centros de titularidad de la Generalitat, en centros privados concertados y en centros acogidos al régimen de convenio, así como la escolarización en centros de titularidad de la Generalitat del alumnado de Enseñanza de Régimen Especial. - La calidad del servicio que presta el sistema educativo. 219

220 B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades - Facilitar el acceso en la educación y establecer medidas que favorezcan la conciliación de la vida laboral y familiar, facilitando así la incorporación de hombres y mujeres al mundo del trabajo en igualdad de condiciones. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 PIO ARTICULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Título II Capítulo I: EducaciónPotenciar iniciativas educativas y para la Igualdad culturales basadas en la igualdad Área 4: Educación, Cultura y Deporte 2. Identificación de las actuaciones previstas Acometer la dotación del servicio de comedor que se presta en los centros docentes no universitarios. Ayudas asistenciales de comedor escolar en centros de Educación Secundaria Obligatoria. C) Análisis del impacto de género. Ampliar el número de familias/alumnado que percibe las ayudas y favorecer así una mayor conciliación de la vida laboral y familiar. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) Familias-alumnado que percibe ayudas de servicio de comedor escolar Previsión de resultados Familias-alumnado que percibe ayudas de servicio de comedor escolar D) Valoración del impacto de género CRITERIO Capacidad de Impacto Sobre qué número de personas despliegan sus (indicador cuantitativo) efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? Relevancia funcional En qué medida el ámbito en que actúa el (indicador cualitativo) programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN

221 PROGRAMA: ORDENACIÓN EDUCATIVA A) Contenido y finalidad del programa - Enseñanzas no universitarias de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Educación de Personas Adultas y Educación Especial. - Uso y enseñanza en valenciano y en lenguas extranjeras. - Programas plurilingües. - Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. - Orientación escolar. - Planificación de la escolarización del alumnado de las etapas de Educación Infantil y de Educación Primaria y la Formación de Personas Adultas, incluyendo la Educación Especial. - Planificación de la escolarización del alumnado de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de régimen especial, incluyendo la Educación Especial. - La calidad del servicio que presta el sistema educativo. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 PIO ARTICULO / ÁREA DE ACTUACIÓN TÍTULO II - CAPÍTULO I Educación para la Igualdad Área 4: Educación, Cultura y Deporte OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD - Potenciar iniciativas educativas y culturales basadas en la igualdad - Revisar, desde la perspectiva de género, el contenido de los materiales didácticos -Incorporar, en los procesos de orientación, la perspectiva coeducativa - Incorporar la perspectiva de género en la oferta formativa de las personas adultas 221

222 2. Identificación de las actuaciones previstas - Realizar actuaciones coeducativas en los centros escolares que fomentan el desarrollo de actitudes y valores de igualdad. educativos. - Recoger y difundir buenas prácticas coeducativas desarrolladas por los centros educativa. - Introducir la perspectiva de género en los proyectos de investigación e innovación - Fomentar la eliminación de roles y estereotipos de género a través de la inclusión de contenidos y actividades específicas, adaptados a cada tramo educativo. - Integrar la transversalidad en la elaboración de materiales didácticos y contenidos curriculares incidiendo, a tal fin, en la formación inicial, continua y especializada. - Fomentar la elaboración de programas y guías didácticas, con materiales curriculares que facilitan la coeducación en el aula. editoriales. - Difundir orientaciones sobre la perspectiva de género y coeducación en las - Establecer criterios para elaborar y elegir materiales educativos y didácticos con perspectiva de género. - Asesorar a los gabinetes de orientación, mediante la elaboración de material didáctico y formación específica, sobre diversificación de opciones y salidas profesionales no estereotipadas. - Incluir la perspectiva de género en la oferta educativa de personas adultas. C) Análisis del impacto de género 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico). - El marco normativo en educación (curricular, organizativo y funcional) ordena la observación estricta de la normativa legal que le resulte de aplicación, también la relativa a la igualdad efectiva entre hombres y mujeres. - Los curriculums educativos, que afectan a todo el alumnado y el profesorado de cada etapa educativa, han sido diseñados teniendo en cuenta la perspectiva de género y son respetuosos con los valores de igualdad de género. 222

223 - A la hora de diseñar propuestas concretas de actuación se tienen en cuenta variables medibles objetivamente como el número de alumnos y de alumnas por nivel educativo, el número de profesores y profesoras por nivel, el abandono educativo temprano de acuerdo con el género, la tasa bruta de graduados en ESO, de acuerdo con el género, etc. 2. Previsión de resultados. - Las acciones previstas relacionadas con el impacto de género se prevé que lleguen a todo el alumnado y el profesorado de los niveles no universitarios y consigan fomentar entre la comunidad educativa de los centros no universitarios el desarrollo de actitudes y valores de igualdad, la eliminación de roles y estereotipos de género, la elaboración de programas y guías didácticas, la elección de materiales educativos y didácticos con perspectiva de género y difundir las buenas prácticas coeducativas desarrolladas por los centros educativos, las cuales se podrán medir mediante algunos indicadores, como: - Número de actuaciones coeducativas realizadas en los centros escolares que fomentan el desarrollo de actitudes y valores de igualdad. género. - Actividades específicas que fomentan la eliminación de roles y estereotipos de - Actividades extraescolares realizadas con el fin de fomentar y estimular la igualdad de oportunidades. - Valoración de los materiales didácticos y contenidos curriculares y Programas y guías didácticas elaboradas para facilitar la coeducación en el aula. D) Valoración del impacto de género CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN

224 E) Propuestas de mejora y recomendaciones - Mantenimiento de unas relaciones fluidas con la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas. En especial, y en relación con esta temática, con la Dirección general del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de Género. Diferentes personas de esta subdirección forman parte de una comisión que trabaja por la igualdad de género en la formación inicial del profesorado, comisión que se reúne periódicamente. PROGRAMA: EVALUACIÓN, INNOVACIÓN Y CALIDAD EDUCATIVA A) Contenido y finalidad del programa - El programa está vinculado a las funciones atribuidas por el Decreto 155/2015, de 18 de septiembre, del Consejo, a dos de los cinco servicios de la Dirección general de Política Educativa: Servicio de Evaluación y Estudios (art. 8.2.) y Servicio de Innovación y Calidad (art. 8.3). Entre las funciones del Servicio de Innovación y Calidad está la de Promover, diseñar, implementar y coordinar acciones que propician la mejora del clima escolar y la convivencia en los centros educativos. En general, la Dirección general de Política Educativa, el artículo 7.1, tiene entre sus funciones el fomento de la educación en igualdad. Contenido y finalidades: - Evaluación general del Sistema Educativo en cuanto a enseñanzas no universitarias en el ámbito de la Comunitat Valenciana, así como en el ámbito nacional e internacional. - El estudio y análisis de resultados y difusión de estos. - Contribución a la mejora continua, proponiendo las medidas, iniciativas y actuaciones que incidan en la calidad del sistema educativo, así como promover acciones para prevenir la violencia y favorecer la convivencia en los centros educativos. - Diseño, desarrollo y evaluación de acciones, programas y planes de Innovación y Calidad Educativa y de renovación pedagógica en centros educativos de los niveles no universitarios de la Comunitat Valenciana, así como las acciones, programas y planes para evitar el abandono escolar y reducir las tasas de fracaso escolar. universitarios. - Actualización didáctica, lingüística y metodológica del profesorado en los niveles no - Seguimiento, apoyo didáctico y pedagógico de las actuaciones y proyectos realizados por la Dirección general de Política Educativa. - Apoyo al aprendizaje de lenguas. 224

225 - Formación del profesorado no universitario en atención a la diversidad del alumnado y compensación de sus desigualdades. - Atención a la diversidad del alumnado y compensación de sus desigualdades, especialmente del alumnado inmigrante. - Participación de los diferentes sectores de la comunidad escolar en la vida de los centros y en los órganos de representación del ámbito educativo. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN ARTICULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Ley 9/2003 Título II. Capítulo I. Educación para la Igualdad PIO Área 4. Educación, Cultura y Deporte OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD -Potenciar iniciativas educativas y culturales basadas en la igualdad. - Formar en coeducación al profesorado de todos los niveles, etapas, ciclos y grados del sistema educativo. - Prestar atención específica a los colectivos de niñas y mujeres que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad, por sufrir una doble discriminación, por su condición de discapacitado, minorías étnicas, migratorias 2. Identificación de las actuaciones previstas. - Convocatoria de concurso público de asignaciones para la realización de proyectos de investigación e innovación educativa sobre el desarrollo del curriculum durante el curso académico Promoción de acciones para el desarrollo curricular de temas transversales y educación en valores. - Impulso del desarrollo de investigaciones, estudios y actuaciones para la mejora de la calidad educativa. 225

226 - Promoción de planes de atención a la diversidad del alumnado, programas de compensación y medidas de atención a la diversidad. fracaso escolar. - Promoción de acciones para evitar el abandono escolar y reducir las tasas de - Desarrollo de medidas, desde la perspectiva de género, que afrontan las causas del abandono escolar prematuro, tanto en la población femenina como en la masculina. - Colaboración en el diseño y ejecución de la formación de los Coordinadores y Coordinadoras de Igualdad y Convivencia en los centros educativos valencianos. - Desarrollo y coordinación de redes de profesionales de la educación, para el intercambio de experiencias y buenas prácticas en materia de coeducación e igualdad de género. - Fomentar la elaboración de programas y guías didácticas, con materiales curriculares que facilitan la coeducación en el aula. - Elaboración de protocolos de actuación que garanticen la respuesta del sistema educativo ante las especiales situaciones de las alumnas de colectivos en situación de vulnerabilidad. la educación. - Fomento de la participación social de las AMPA, federaciones y confederaciones en - Fomento de la participación social de las asociaciones de alumnas y sus federaciones en la educación. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico). - Para llevar adelante las actividades del programa se tienen en cuenta variables como la totalidad del alumnado por nivel educativo, el profesorado por nivel, el abandono educativo temprano, la tasa bruta de graduados en ESO, entre otras, observando los datos también con distinción de género con el fin de elaborar estadística oficial y también remitir la que nos reclaman a nivel ministerial. 226

227 2. Previsión de resultados. - En las distintas convocatorias del programa aparece como objetivo la promoción de acciones educativas innovadoras que fomentan la igualdad de oportunidades y la prevención de la violencia de género. - Creación para el curso (y siguientes) de la figura de coordinador/a de igualdad y convivencia en los centros escolares, con el objetivo que cada centro escolar tenga esta figura. - Se proponen los siguientes indicadores: del currículum. - Número de proyectos de investigación e innovación educativa sobre el desarrollo - Número de acciones para el desarrollo curricular. - Número de centros que efectúan planes de atención a la diversidad del alumnado. Convivencia. - Participantes en formación de los Coordinadores y Coordinadoras de Igualdad y - Elaboración de Protocolos de actuación. - Desagregación de los datos por sexo y cruzarlos con variables de especial relevancia (discapacitado, inmigración, minorías étnicas) que ayudan a visibilizar las situaciones de las alumnas que pertenezcan a estos colectivos. D) Valoración del impacto de género CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN

228 E) Propuestas de mejora y recomendaciones - Mantenimiento de relaciones fluidas con la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas. En especial, y en relación con esta temática, con la Dirección general del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de Género. - Mantenimiento de relaciones fluidas con la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública y colaboración en la difusión y ejecución de su catálogo de actuaciones formativas para centros educativos. PROGRAMA: UNIVERSIDAD Y ESTUDIOS SUPERIORES A) Contenido y finalidad del programa - Impulso de la calidad en la enseñanza universitaria. - Mantener un marco estable de financiación para las universidades públicas de la Comunitat Valenciana suficiente y de acuerdo con la nueva situación económica. - Garantizar la implantación de oportunidades en el acceso a la universidad y a los estudios superiores. - Adecuación entre la oferta y la demanda de enseñanzas universitarias. - Eficiencia en los procedimientos de acceso a los estudios universitarios con límite de admisión de plazas. - Impulso a la participación social y a la transparencia en las universidades. - Garantizar la coordinación interuniversitaria. - Consolidación del proceso de convergencia del sistema universitario con el Espacio Europeo de Educación Superior. - Promoción de las Enseñanzas Artísticas Superiores en la Comunitat Valenciana. - Apoyo a la Fundación de la Comunitat Valenciana para el fomento de estudios superiores. 228

229 B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 PIO ARTICULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título II Capítulo I: Educación para la Igualdad. Área 4: Educación, Cultura y Deporte. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD -Potenciar iniciativas educativas y culturales basadas en la igualdad. -Integración de la perspectiva de género en la enseñanza universitaria. -Promoción en la universidad de la igualdad de oportunidades: Financiación, en colaboración con las universidades valencianas, de actividades anuales por la promoción de asignaturas y proyectos docentes con uno enfoco de género. Promoción en la Universidad de la igualdad de oportunidades. Las Universidades deben promover la implantación de asignaturas y realización de proyectos docentes que incorporen la perspectiva de género. 2. Identificación de las actuaciones previstas educativa. - Introducir la perspectiva de género en los proyectos de investigación e innovación - Fomentar estudios e investigaciones relacionados con la igualdad entre mujeres y hombres, en los campos de la cultura, la ciencia, la tecnología y la investigación. universitarios. - Promover la implantación de la transversalidad de género en los estudios - Potenciar la incorporación de módulos, créditos y materias optativas que integren la perspectiva de género, en los planes de estudios universitarios. - Fomentar la oferta formativa de posgrado, cursos, másteres o diplomas en los cuales se incorpore la perspectiva de género. - Promover estudios y proyectos de investigación sobre género (proyectos, becas, ). 229

230 - Impulsar la incorporación de personal experto en igualdad de género, en las comisiones evaluadoras de proyectos de investigación. - Incluir la perspectiva de género en los criterios de baremación de las convocatorias de investigación y de profesorado. - Potenciar la colaboración con las universidades de la Comunitat Valenciana en la organización de programas que aborden la perspectiva de género en todos los seminarios y cursos. - Promover y difundir trabajos de investigación realizados por el alumnado sobre la perspectiva de género. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) - El porcentaje de mujeres matriculadas, durante el curso , en las universidades valencianas, por ramas de conocimiento, es el siguiente: Artes y Ciencias Ciencias C. Sociales Ingeniería y Total Humanidades de la y Jurídicas Arquitectura Salud Universidad es Públicas Universidad es Privadas 66,4% 52,9% 68,8% 61,6% 26,8% 53,3% 55,0% 44,9% 64,2% 53,2% 27,8% 61,0% - El porcentaje de mujeres entre los y las egresadas, curso , en las universidades valencianas (presenciales) por ramas de conocimiento, es el siguiente: Artes y Ciencias Ciencias C. Sociales Ingeniería y Total Humanidades de la y Jurídicas Arquitectura Salud Universidad es Públicas Universidad es Privadas 68,2% 56,1% 70,4% 64,3% 27,4% 53,9% 0% 65% 70,3% 64% 34,4% 65,6% Total 67,9% 56,4% 70,3% 64,2% 27,4% 55,6% 230

231 - La ocupación del alumnado egresado, es la siguiente: Tasa de afiliación a la Seguridad Social por rama de conocimiento Hombres (%) Mujeres (%) Agricultura, ganadería y pesca 59,8% 48,4% Arquitectura i construcción 48,8% 46,4% Artes 36,3% 43,3% Ciencias de la vida 48,4% 51,4% Ciencias físicas, químicas y biológicas 63,0% 67,0% Ciencias sociales y del comportamiento 56,7% 57,6% Derecho 43,3% 44,0% Educación comercial y administración 66,1% 64,8% Formación del personal docente y ciencias de la educación 68,1% 66,3% Humanidades 40,8% 50,1% Industria manufacturera y producción 62,0% 63,9% Informática 74,7% 70,7% Ingeniería y profesiones afines 67,1% 63,3% Matemáticas y estadística 67,4% 65,2% Periodismo e información 71,2% 56,3% Salud 73,0% 69,8% Servicios personales 60,5% 55,2% Servicios Sociales 58,7% 53,1% Veterinaria 63,6% 60,0% Total Comunitat Valenciana 61,6% 60,8% - En cuanto a la igualdad de acceso de las mujeres y los hombres a los recursos del programa Universidad y Estudios Superiores, no se aprecian diferencias ni obstáculos para acceder a los recursos que se pone a disposición de la ciudadanía. En las convocatorias de ayudas que gestiona la Dirección general uno de los criterios para adjudicar la ayuda en caso de que se agote el importe global máximo de la ayuda es dar preferencia al sexo infrarepresentado en la titulación en que está matriculado el alumno o la alumna. 231

232 - Durante el ejercicio 2016, se han realizado medidas de integración de la perspectiva de género, tal como el acceso de matrícula a colectivos de mujeres que están en situación de especial vulnerabilidad. - La Generalitat y las Universidades públicas de la Comunitat Valenciana han subscrito un convenio de colaboración para la implantación de un procedimiento excepcional de cambio de estudios universitarios oficiales de grado aplicable a estudiantes que acreditan la situación de víctima de violencia de género. 2. Previsión de resultados Indicadores de género coherentes con los objetivos: universidad. -Número de mujeres beneficiarias de becas de la Generalitat por tipos de becas y -Evolución del número de mujeres matriculadas en las universidades valencianas por nivel de estudio y rama de conocimiento. -Porcentaje de mujeres egresadas por universidad y rama de enseñanza. D) Valoración del impacto de género CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN 3 3 E) Propuestas de mejora y recomendaciones En cuanto a la obtención de información suficiente para construir los indicadores, el Sistema Integrado de Información Universitaria (SIIU) es una plataforma de recogida, procesamiento, análisis y difusión de datos del Sistema Universitario Español. El SIIU es una herramienta primordial para la obtención de las estadísticas universitarias oficiales recogidas en el Plan Estadístico Nacional, que une recursos de todas las instituciones que configuran el Sistema Universitario Español y permite disponer de información homogénea, suficiente y 232

233 comparable. Se continuará estudiando los resultados que, respecto al análisis de género, ofrece el Sistema Integrado de Información Universitaria. PROGRAMA: INSTITUTO SUPERIOR ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS C.V. A) Contenido y finalidad del programa - Ordenación académica en el contexto del Espacio Europeo de Educación Superior - Impulso de la calidad en la enseñanza artística superior. - Grado de eficacia en el uso de los recursos públicos destinados a las enseñanzas artísticas superiores. - Garantizar la colaboración con las distintas instituciones relacionadas con las enseñanzas artísticas superiores. - Impulsar el proceso de convergencia en el contexto del Espacio Europeo de Educación Superior. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTICULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título II Capítulo I: Educación para la Igualdad OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD - Integración de la perspectiva de género en las Enseñanzas Artísticas Superiores, que forman parte de los niveles 2, 3 y 4 de Marco Europeo Común de Educación Superior, igual que el grado universitario, master y doctorado. PIO Área 4: Educación, Cultura y Deporte - Potenciar iniciativas educativas y culturales basadas en la igualdad. - Revisar, desde la perspectiva de género, el contenido de los materiales didácticos. 233

234 2. Identificación de las actuaciones previstas Creación de un grupo de trabajo interdisciplinario integrado por representantes de los centros de las cinco grandes áreas de estas enseñanzas: diseño, danza, cerámica, música y arte dramático, que velará para incluir las siguientes actuaciones en sus ámbitos: educativa. - Introducir la perspectiva de género en los proyectos de investigación e innovación - Integrar la transversalidad en la elaboración de materiales didácticos y contenidos curriculares de las enseñanzas artísticas superiores. - Velar por el uso de lenguaje no sexista en toda la documentación y cartelería de los centros educativos. - Velar por el uso de un lenguaje no sexista en los libros de texto y material didáctico de los centros educativos. - Establecer criterios para elaborar y elegir materiales educativos y didácticos con perspectiva de género. - Fomentar la elaboración de programas y guías didácticas, con materiales curriculares que facilitan la coeducación en el aula. - Promover y difundir trabajos de investigación realizados por el alumnado sobre la perspectiva de género. C) Análisis del impacto de género 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) Se trata de estudiantes mayores de edad en enseñanzas superiores no obligatorias, con unas características similares al colectivo general de estudiantes universitarios en el conjunto de la CV. Durante el curso 2014/2015 habían estudiantes matriculados en las diferentes áreas de estas enseñanzas, en concreto, mujeres y hombres. Hay que señalar una igualdad de acceso para toda la ciudadanía a los recursos de este programa, aunque no se dispone de datos sobre la inserción en el mundo laboral del alumnado, después de la realización de las prácticas externas correspondientes a su plan de estudios. No obstante, para el ejercicio 2016, se han realizado medidas de integración a mujeres que están en situación de especial vulnerabilidad, en concreto, facilitar su acceso a 234

235 la matrícula, mediante la modificación del Texto Refundido de la Ley de Tasas, estableciendo bonificaciones y/o exenciones en caso de familias monoparentales y de víctimas de actos de violencia sobre la mujer. 2. Previsión de resultados indicadores: Para medir la consecución de los objetivos previstos se proponen los siguientes - Número de guías didácticas y planes de estudios revisados. - Número de documentos y formularios revisados. - Número de centros que han revisado su material didáctico. - Normativa específica adaptada. D) Valoración del impacto de género CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN 3 3 E) Propuestas de mejora y recomendaciones Como en el caso universitario, la incidencia de la perspectiva de género en su formación podrá tener un efecto en el ejercicio futuro de su labor profesional, por eso se propone como mejora: - Realizar el seguimiento diferenciado por género sobre la inserción en el mundo laboral del alumnado, después de la realización de prácticas externas. 235

236 PROGRAMA: FORMACIÓN DEL PROFESORADO A) Contenido y finalidad del programa universitarios. - Actualización didáctica, lingüística y metodológica del profesorado en los niveles no profesional. - Actualización del modelo de formación permanente del profesorado y de desarrollo - Formación del profesorado no universitario en atención a la diversidad del alumnado y compensación de sus desigualdades B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 PIO ARTICULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título II Capítulo I: Educación para la Igualdad Área 4: Educación, Cultura y Deporte OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Formar en coeducación al profesorado de todos los niveles, etapas, ciclos y grados del sistema educativo 2. Identificación de las actuaciones previstas - Impulsar actuaciones formativas e informativas dirigidas a madres y padres, alumnado y profesorado, en materia de igualdad de oportunidades. profesorado. - Incluir la igualdad de género y coeducación en los planes de formación del - Elaborar y proporcionar material didáctico, con propuestas metodológicas, dirigidas al profesorado, que favorezcan la transmisión del principio de igualdad de oportunidades. - Desarrollar redes de profesionales de la educación, para el intercambio de experiencias y buenas prácticas en materia de coeducación e igualdad de género. 236

237 género. - Formar al profesorado de educación de personas adultas, en la perspectiva de - Reforzar la formación en igualdad del profesorado de educación física. C) Análisis del impacto de género 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) - Durante el curso se han llevado a cabo diferentes actuaciones formativas dirigidas al profesorado de la Comunitat relacionadas con la coeducación dentro de todos los ámbitos trabajados. Alrededor de un 72% de las participantes en este tipo de cursos fueron profesoras. - Como novedad, para este curso se hará un curso específico para las coordinadoras y coordinadores de igualdad de los centros educativos de la Comunitat (figura de nueva creación). La formación recibida por este colectivo se transmitirá a las respectivas comunidades educativas. - Por otro lado, dentro del ámbito de la inclusión se tratará este tema ofreciéndose formación y materiales para el profesorado de la Comunitat Valenciana. 2. Previsión de resultados - Fomento del desarrollo de actitudes y valores de igualdad, repercutiendo en toda la comunidad educativa y generándose buenas prácticas coeducativas. Se proponen los siguientes indicadores de evaluación: esta temática. - Número de profesores y profesoras participantes en los cursos de formación con de formación. - Número de coordinadores y coordinadoras de igualdad participantes en los cursos - Número de cursos relacionados con la cooeducación y la inclusión ofrecidos. 237

238 D) Valoración del impacto de género CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN 3 3 E) Propuestas de mejora y recomendaciones - Estudiar el impacto de las nuevas medidas aplicadas para tomar decisiones de cara a los cursos próximos. PROGRAMA: ESPECIAL FORMACIÓN PROFESIONAL Y ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN A) Contenido y finalidad del programa Superior). - Formación Profesional del Sistema Educativo (Básica, Grado Medio y Grado - Colectivos de población que presentan más dificultades para su incorporación al trabajo, por carencias o inadecuaciones de calificación profesional. - Programas Formativos de Calificación Básica para evitar el abandono escolar. - Enseñanzas de régimen especial. 238

239 B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 PIO ARTICULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título II Capítulo I: Educación para la Igualdad Área 4: Educación, Cultura y Deporte OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD -Potenciar iniciativas educativas y culturales basadas en la igualdad. -Formar en coeducación al profesorado de todos los niveles, etapas y grados del sistema educativo. -Revisar, desde la perspectiva de género, el contenido de los materiales didácticos. - Incorporar, en los procesos de orientación, la perspectiva coeducativa -Incorporar la perspectiva de género en la oferta formativa de las persones adultas -Atención específica a los colectivos de niñas y mujeres que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad, para sufrir una doble discriminación, por su condición de discapacitado, minorías étnicas, migratorias 2. Identificación de las actuaciones previstas - Aumento del número de mujeres matriculadas en los ciclos formativos que tradicionalmente presentan un número muy reducido de mujeres. - Fortalecer la vinculación entre la formación y el tejido productivo en la planificación y el desarrollo de la Formación Profesional, mejorando el aprovechamiento de las oportunidades laborales para hombres y mujeres en todos los ámbitos de la vida, a través de medidas concretas dirigidas a eliminar cualquier discriminación. - Potenciar entre los jóvenes de la Comunitat Valenciana que cursan ciclos formativos de Formación Profesional Básica, de grado medio y de grado superior de las familias profesionales como Electricidad y Electrónica, Energía y Agua, Fabricación Mecánica, Instalación y Mantenimiento, así como Transporte y Mantenimiento de Vehículos, porque se trata de ciclos que han experimentado una progresiva disminución de alumnado en los últimos años y, sin embargo, los egresados disfrutan de buena inserción profesional. Además 239

240 se trata de ciclos formativos con muy escasa presencia femenina. La combinación de los tres factores, escasa matrícula, elevada inserción profesional y escasa presencia femenina, llevan a concluir que se proceda a fomentar la incorporación de la mujer en un nicho con elevado potencial. - Aumentar la oferta formativa del ciclo formativo de grado superior de Promoción de Igualdad de Género. Por medio de la implantación de este ciclo formativo superior se prevé que en los próximos años se titulen distintos profesionales capaces de desarrollar la profesión de: promotor o promotora de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, promotor o promotora para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y técnico o técnica de apoyo en materia de igualdad efectiva de mujeres y hombres. La competencia general que desarrolla este título consiste en: programar, desarrollar y evaluar intervenciones relacionadas con la promoción de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres aplicando estrategias y técnicas del ámbito de la intervención social, detectando situaciones de riesgo de discriminación por razón de sexo y potenciando la participación social de las mujeres. Las competencias profesionales, personales y sociales que da este título son, entre otros: a) Programar intervenciones que promuevan la igualdad entre hombres y mujeres, interpretando y teniendo en cuenta la normativa legal, así como el plan estratégico, y políticas públicas de referencia. b) Incorporar la perspectiva de género en todas las fases de la intervención, seleccionando estrategias y técnicas que permitan la visualización de las mujeres. c) Desarrollar actividades de información, comunicación y sensibilización de las mujeres y la población en general, utilizando varios apoyos de comunicación, promoviendo el uso de imágenes no estereotipadas de las mujeres y la utilización de un lenguaje no sexista. d) Realizar intervenciones de fomento de la participación de las mujeres en los diferentes ámbitos de la vida social y en los procesos de toma de decisiones, promoviendo la creación y mantenimiento de redes y espacios de encuentro y colaboración. e) Desarrollar intervenciones dirigidas a la inserción laboral de las mujeres, analizando los factores influyentes así como los potenciales yacimientos de ocupación. f) Desarrollar acciones de intervención socioeducativa en materia de igualdad de género, sensibilizando la población sobre su importancia para el cambio social y la prevención de la violencia de género. g) Resolver situaciones, problemas o contingencias con iniciativa y autonomía en el ámbito de su competencia, con creatividad, innovación y espíritu de mejora en el trabajo personal y en el de los miembros del equipo. 240

241 - Hay que señalar que, mediante el módulo de Formación en Centros de Trabajo del ciclo de grado superior de Promoción de Igualdad de Género, el alumnado ejerce las funciones propias de la profesión, conociendo la organización de los procesos del entorno laboral así como las relaciones sociolaborales creadas en el centro de trabajo. En esta línea, se promoverá la inserción laboral en aquellas empresas y entidades que están dentro del sector de este perfil profesional. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) La Dirección general de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial está activamente involucrada en la construcción de un modelo educativo no androcéntrico, acción que transmite en los centros educativos, puesto que serán estos los escenarios claves para que esta política activa pueda obtener los resultados esperados. Pero el conocimiento adquirido por el alumnado puede ser transformador y así la educación siempre abre posibilidades de cambio. Sin embargo, la discriminación sexual permanece como un problema y permanece así mismo una persistente tendencia cerrada en la elección de áreas de estudio. Sin duda una de las formas de eliminar cualquier tipo de desigualdad social es facilitar el acceso a los estudios superiores al alumnado. En este sentido hay que señalar que esta dirección general ha implementado una serie de medidas que ayudan a paliar esta desigualdad, como puede ser: 1. La implantación progresiva de ciclos formativos de Formación Profesional Básica, dado que esta oferta formativa reduce el fracaso escolar y conecta la posibilidad de proseguir con los estudios de ciclos formativos de grado medio. 2. Las oportunidades aumentan al facilitar la conectividad entre los ciclos formativos de grado medio y los ciclos formativos de grado superior. 3. Finalmente, se ha detectado que la modificación de la normativa de acceso a la Universidad, ha aumentado considerablemente la proporción del alumnado que accede a los estudios universitarios a través de los ciclos formativos de grado superior. En la actualidad uno de los retos al que nos enfrentamos es la contribución a eliminar el impacto de género desde nuestro sistema educativo y especialmente desde el área de la Formación Profesional. Así, como punto de partida se tienen que analizar problemas como por ejemplo la existencia de familias profesionales donde la inmensa mayoría son hombres. Se trata básicamente de ámbitos profesionales como por ejemplo automoción, metal y 241

242 electricidad. Lo contrario ocurre con familias como por ejemplo, sanidad, servicios a la comunidad e imagen personal donde predomina claramente la matrícula femenina. Es obvio que esta diferenciación de géneros viene heredada de una visión tradicional de los roles de género pero también, en la actualidad, esta diferenciación continúa respondiendo a una división sexual del trabajo que persiste a lo largo de la vida laboral. Por otro lado, en el curso , se implantó en la Comunitat Valenciana el ciclo formativo de grado superior de Promoción de Igualdad de Género. Hay que señalar que hasta el curso este ciclo formativo sólo se impartía al IES Victoria Kent de Elche y en el IES Gabriel Miró de Orihuela. En el presente curso escolar , esta oferta formativa ha sido ampliada impartiéndose, además de los centros anteriormente mencionados, en las localidades de Catarroja, Elda, Moncada, Ontinyent y Valencia, aumentando así de manera considerable el número de matriculados y de futuros Técnicos o Técnicas Superiores en Promoción de Igualdad de Género. En el siguiente cuadro se recogen los datos de matrícula del ciclo formativo de grado superior de Promoción de Igualdad de Género: CURSO ACADÉMICO Alumnado matriculado en el CS de Promoción de Igualdad de Género A continuación, se adjuntan tablas resumen que reflejan la evolución de la matrícula en los últimos cursos escolares de Formación Profesional en la Comunitat Valenciana diferenciando la distribución de la matrícula atendiendo al sexo del alumnado. Alumnado total Formación Profesional CURSO ACADÉMICO HOMBRES % MUJERES % TOTAL , , , , , ,

243 Alumnado matriculado en el CFGS de Educación Infantil CURSO ACADÉMICO HOMBRES % MUJERES % TOTAL , , , , , , Alumnado matriculado en el CFGM de Peluquería y Cosmética Capilar CURSO ACADÉMICO HOMBRES % MUJERES % TOTAL , , , , Alumnado matriculado en el CFGS de Estética y Belleza CURSO ACADÉMICO HOMBRES % MUJERES % TOTAL , , , , , ,5 902 Alumnado matriculado en el CFGM de Carrocería CURSO ACADÉMICO HOMBRES % MUJERES % TOTAL ,5 11 1, ,8 15 2, ,3 11 1,

244 Alumnado matriculado en el CFGS de Automatización y Robótica Industrial CURSO ACADÉMICO HOMBRES % MUJERES % TOTAL ,4 39 5, ,3 34 4, ,1 41 4, Previsión de resultados Entre los objetivos y las líneas estratégicas de la Dirección general de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial se encuentra desarrollar acciones referentes al impacto de género, estas acciones giran alrededor de tres pilares fundamentales: tratar de equiparar el número de matrículas de los dos sexos independientemente de la familia de la cual se trate, aumentar la implantación del ciclo formativo de grado superior de Promoción de la Igualdad de Género, especialmente en la provincia de Castellón, y finalmente, dinamizar la actividad de estos técnicos y técnicas mediante el impulso de su contratación. Los indicadores de evaluación propuestos son los siguientes: - Alumnado matriculado, con distinción por sexo, en ciclos tradicionalmente con poca presencia femenina. - Número de plazas ofrecidas y de matrículas al ciclo formativo de grado superior de Promoción de la Igualdad de Género. Género. - Número de contrataciones de técnicos y técnicas de Promoción de la Igualdad de D) Valoración del impacto de género CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN

245 PROGRAMA: ARTES PLÁSTICAS Y ESCÉNICAS A) Contenido y finalidad del programa - Necesidad de una oferta cultural pública que fomente, proteja, difunda y promueva las manifestaciones culturales y artísticas. - Potenciar el uso lingüístico del valenciano en las actuaciones culturales. - Impulsar la colaboración con entidades públicas y privadas de carácter cultural. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTICULO / ÁREA DE OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN ACTUACIÓN MATERIA DE IGUALDAD Título II Capítulo I: Educación- Potenciar iniciativas educativas y para la Igualdad. culturales basadas en la igualdad. PIO Área 4: Educación, Cultura y - Potenciar el acceso de las mujeres a Deporte. las diferentes manifestaciones culturales. 2. Identificación de las actuaciones previstas - Impulsar la participación de las mujeres en actividades artísticas y culturales. - Fomentar la creatividad de las mujeres mediante convocatorias de diferentes tipos de ayudas (premios, becas, ). - Promover la elaboración y difusión de materiales y publicaciones que reivindiquen la aportación histórica, social, científica, artística y cultural de las mujeres. - Apoyar el asociacionismo de las mujeres relacionado con la producción artística y la cultura. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) Para paliar la histórica y cultural marginación de las mujeres en el mundo cultural y artístico se incentiva su participación en espacios culturales y/o artísticos con la concesión de puntuación adicional en la valoración de proyectos y actividades en las solicitudes de ayudas. 245

246 2. Previsión de resultados. Mayor participación y visibilidad de la mujer en espacios culturales y artísticos. D) Valoración del impacto de género CRITERIO Capacidad de Impacto Sobre qué número de personas (indicador cuantitativo) despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? Relevancia funcional En qué medida el ámbito en que actúa el (indicador cualitativo) programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN 3 3 PROGRAMA: PROMOCIÓN CULTURAL A) Contenido y finalidad del programa - Acceso de la ciudadanía a la cultura en toda la Comunitat Valenciana. - Participación de ciudadanas, ciudadanos y colectivos en la vida cultural. - Producción, promoción y difusión cultural. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 PIO ARTICULO / ÁREA DE OBJECTIVOS ESPECÍFICOS EN ACTUACIÓN MATERIA DE IGUALDAD Título II Capítulo I: -Potenciar iniciativas educativas y Educación para la Igualdad. culturales basadas en la igualdad. - Potenciar el acceso de las mujeres a Área 4: Educación, Cultura ylas diferentes manifestaciones Deporte. culturales. - Fomentar una imagen igualitaria entre mujeres y hombres. 246

247 2. Identificación de las actuaciones previstas - Impulsar la participación de las mujeres en actividades artísticas y culturales. la cultura. - Apoyar al asociacionismo de las mujeres relacionadas con la producción artística y - Incentivar la participación de las mujeres como creadoras o consumidoras de productos culturales y/o artísticos, así como fomentar su visibilidad en espacios culturales y artísticos. Todas las actuaciones previstas van dirigidas a fundaciones, asociaciones y ayuntamientos. C) Análisis del impacto de género 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) Para paliar la histórica y cultural marginación de las mujeres como creadoras o consumidoras de productos culturales y/o artísticos, en las convocatorias de subvenciones se recogen criterios de valoración positiva (discriminación positiva). 2. Previsión de resultados Mayor presencia de la mujer en las actividades artísticas y culturales. D) Valoración del impacto de género CRITERIO Capacidad de Impacto Sobre qué número de personas (indicador cuantitativo) despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? Relevancia funcional En qué medida el ámbito en que actúa el (indicador cualitativo) programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN

248 PROGRAMA: FOMENTO DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA A) Contenido y finalidad del programa Con este programa, se pretende desarrollar las funciones encomendadas a la administración deportiva por la Ley 2/2011, de 22 de marzo, del Deporte y la Actividad Física de la Comunitat Valenciana. Existen fundamentalmente tres ámbitos principales de actuación: Fomento de la práctica del deporte y la actividad física entre la ciudadanía en los diferentes ámbitos y niveles. Actividades formativas relacionadas con la actividad física y el deporte, así como el fomento y coordinación del deporte de élite. Construcción, mejora y conservación de las Instalaciones Deportivas de la Comunitat. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTICULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Artículo 4. Principios rectores de la acción administrativa. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Participación igualitaria de las mujeres en la práctica deportiva. Artículo 8. Formación para la igualdad. Fomento de la igualdad en el acceso a la formación en el deporte. Artículo 20. Planes de Igualdad en las empresas. Implantación progresiva de planes de igualdad en el seno de las Federaciones Deportivas. Artículo 48. Lenguaje no sexista en los escritos administrativos. Utilización de un lenguaje deportivo no sexista, en escritos administrativos y en general, en el sector deportivo. PIO ÁREA 4: Educación, Cultura y Deporte. Integración de grupos sociales desfavorecidos. 248

249 NORMA/PLAN Ley 2/2011, de 22 de marzo, del Deporte y la Actividad Física de la CV ARTICULO / ÁREA DE Artículo ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Incluye entre los principios rectores de las administraciones, la regulación y coordinación del deporte, incluyendo la perspectiva de género en todos los aspectos del deporte. 2. Identificación de las actuaciones previstas Para la consecución de los objetivos propuestos y en particular para el fomento de participación de mujeres en la práctica deportiva se concretan las siguientes actuaciones: Valoración de los proyectos que facilitan la participación de categorías femeninas en acontecimientos deportivos y selecciones femeninas en los campeonatos deportivos. Inclusión de actividades específicas de formación en materia de fomento de la igualdad en el deporte en los programas de Formación Permanente. Fomento de actuaciones tendentes a facilitar y propiciar el uso de instalaciones deportivas por mujeres, y especialmente, dirigidos a mujeres paradas con escasos recursos económicos, facilitando la conciliación familiar. Recogida de datos, desagregados por sexo, del uso de instalaciones deportivas de la Comunitat Valenciana, a través del programa ONESPORT. Fomentar la creación de equipos deportivos mixtos en la edad escolar para superar los estereotipos asociados al deporte. Estudio y difusión de guías para fomentar el uso de un lenguaje deportivo no sexista. Implantación transversal de la igualdad de género en todas las disposiciones normativas que sea posible en materia de deporte. Análisis, difusión y aplicación de guías para la implantación de la igualdad en las federaciones deportivas de la Comunitat Valenciana. Fomento de la participación de mujeres en los órganos directivos de las Federaciones Deportivas de la Comunitat Valenciana, incluyendo en la concesión de subvenciones como criterio de valoración la existencia de un porcentaje determinado de mujeres en la junta directiva. 249

250 Colaborar con las federaciones deportivas de la Comunitat Valenciana para capacitar a mujeres deportistas en el ámbito profesional y facilitar su incorporación en aquellas modalidades de la actividad deportiva en las que estén infrarepresentadas. C) Análisis del impacto de género 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico). En el ámbito de la Comunitat Autónoma Valenciana, se han recogido esporádicamente y de forma parcial datos segregados por género en los diferentes ámbitos del sector deportivo. Sin embargo, se pueden usar diferentes fuentes de datos para realizar un diagnóstico de partida sobre la situación de la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres en el ámbito del deporte. Comunitat: El siguiente cuadro refleja algunos datos de participación de mujeres en la Ámbito Total Hombres Mujeres Porcentaje de personas que practican deporte semanalmente 51,7 42,6 Número licencias federadas Número de deportistas de élite Porcentaje participación en la formación del período transitorio Porcentaje de deportistas participantes en Campeonatos de España Universitarios por género Porcentaje de participación individual en Juegos Deportivos Porcentaje de participación por equipos en Juegos Deportivos Porcentaje de participación por género en Campañas "A la Mar" 66,9 33,1 57,2 42, Porcentaje de participación en los Planes de Especialización Deportiva en centros de tecnificación autonómicos

251 Los datos existentes de práctica deportiva por género muestran que la igualdad efectiva entre hombres y mujeres en el deporte y la actividad física todavía no es una realidad. El porcentaje de mujeres que practican deporte es inferior respecto al de hombres, pero analizando en particular los datos que existen sobre la expedición de licencias deportivas a mujeres y hombres en frente del número de mujeres y de hombres deportistas, se observa como las mujeres se encuentran proporcionalmente más representadas en los programas de la misma Dirección general de Deporte. En particular, en los programas desarrollados específicamente en edad escolar, como son los Juegos Deportivos o las Campañas A la Mar, el porcentaje de participación de niñas en sensiblemente inferior al de niños. En este ámbito, resulta fundamental incluir determinadas actuaciones que fomentan la participación de niñas en deportes tradicionalmente masculinos y viceversa, así como la creación de equipos mixtos. Resulta de interés poner de manifiesto, aunque no estén elaborados datos concretos sobre este tema, la existencia de un porcentaje mínimo en los cargos directivos de responsabilidad en las Federaciones Deportivas de la Comunitat Valenciana. En este sentido se pretende incluir como criterio de valoración en la concesión de subvenciones a Federaciones la acreditación de un porcentaje determinado de mujeres en los cargos directivos de estas entidades, que si bien tienen una naturaleza jurídico privada, ejercen por delegación funciones públicas de carácter administrativo, actuando en este caso como agentes colaboradores de la administración. También se observa en el ámbito de las Federaciones Deportivas un uso sexista del lenguaje deportivo, por lo que éste resulta un ámbito también susceptible de intervención, por ejemplo, mediante la difusión, como se ha expuesto, de manuales de uso no sexista del lenguaje deportivo. 2. Previsión de resultados Para la valoración de las actuaciones a desarrollar se contempla el uso de los siguientes indicadores: 1. Porcentaje de federaciones que implantan planes de igualdad. 2. Porcentaje de federaciones que incluyen a mujeres en cargos directivos. 3. Aumento del porcentaje de participación de niñas en Juegos Deportivos y Campaña a la Mar. 4. Aumento de emisión de licencias federativas a mujeres. 5. Aumento de porcentaje de mujeres deportistas de élite. 251

252 D) Valoración del impacto de género El programa contiene actuaciones que pueden incidir directamente en la consecución de los objetivos antes expuestos. Concretamente, mediante la inclusión de criterios específicos de valoración de actuaciones que fomentan la práctica deportiva entre las mujeres en las bases reguladoras de subvenciones. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN 3 3 E) Propuestas de mejora y recomendaciones - Inclusión de criterios de igualdad en las convocatorias de subvenciones destinadas al deporte federado, deporte de élite, participación en competiciones y cualquier otra destinada a entidades privadas u otras administraciones que fomenten la práctica deportiva entre las mujeres y faciliten la progresiva implantación de la igualdad en este ámbito. - Firma de convenios de colaboración con otros organismos implicados (ayuntamientos, Consejería de Igualdad y Políticas Inclusivas...) para el fomento de la práctica deportiva de las mujeres. - Realización de congresos, seminarios, cursos en materia de mujer y deporte. Implantación progresiva del uso del lenguaje deportivo no sexista mediante la difusión de guías específicas. - Incluir sistemáticamente la variable sexo en las estadísticas, encuestas y recogida de datos que se lleven a cabo. 252

253 4.6.- CONSELLERIA DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PÚBLICA Dirección y Servicios Generales Escuela Valenciana de Estudios para la Salud Administración Económico Financiera Administración de Recursos Humanos Servicios Generales de la Secretaria Autonómica de Sanidad Prestaciones Farmacéuticas 253

254 PROGRAMA: DIRECCIÓN Y SERVICIOS GENERALES A) Contenido y finalidad del programa. - Racionalizar los procedimientos administrativos, impulsar y coordinar la implantación y el desarrollo de los sistemas e instrumentos de la gestión de calidad y transparencia en la Conselleria. - Efectuar estudios y propuestas sobre normalización de documentación, simplificación y transparencia administrativa. - Tramitar y realizar las propuestas motivadas de resolución de expedientes de reclamaciones de responsabilidad patrimonial de la administración en materia sanitaria. - Coordinar e impulsar la línea editorial de la Conselleria, publicaciones, campañas informativas. - Asesorar en la elaboración de informes sobre impacto por razón de género. - Velar por la aplicación efectiva del principio de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito sanitario a través de la Unidad de Igualdad. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. Ley 9/2003 NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD -Realizar formación sobre la elaboración de informes de impacto de género en la normativa, convenios, contrataciones, disposiciones generales, etc. -Elaborar los informes de impacto de género en todas las disposiciones normativas, convenios, acuerdos, etc. -Impulsar los medios necesarios para que toda la documentación oficial o webs institucionales respeten las normas relativas a la utilización no sexista del lenguaje y el respecto a la imagen de la mujer. 254

255 -Revisar y adaptar el contenido de la intranet y de la web de la Conselleria, y la de los diferentes departamentos de salud con perspectiva de género. -Diseñar un apartado en la web destinada a publicaciones en materia de Igualdad, noticias, actuaciones de la Unidad de Igualdad, etc. -Asesorar en el correcto tratamiento de la imagen de la mujer y el uso no sexista del lenguaje. 2. Identificación de las actuaciones previstas. - Elaborar una Instrucción en la que se establezca el procedimiento a seguir para la supervisión desde la perspectiva de género de las actuaciones administrativas tales como, publicaciones, informes, webs, campañas informativas, propuestas normativas, disposiciones, convenios, etc. - Revisar las web departamentales. sanitario. - Elaboración de una guía sobre utilización de lenguaje inclusivo en el ámbito C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico). La creación de la Unidad de Igualdad ha supuesto un impulso considerable a la aplicación de la transversalidad de género en las diferentes actuaciones competenciales de la Conselleria. Si bien la falta de una cultura organizacional previa que no ha concedido suficiente importancia a la necesaria perspectiva de género en la actuación administrativa general y sectorial (de salud en este caso), supone un obstáculo a remover. Así, nos encontramos con escasa aplicación del lenguaje inclusivo en la documentación interna, en las publicaciones o un tratamiento de la imagen de la mujer en webs, intranet, campañas informativas, etc. que debemos seguir mejorando. Los informes de impacto de género carecían de contenido y eran un mero trámite que iba reproduciendo miméticamente el contenido y la valoración del impacto. Actualmente 255

256 se ha establecido una metodología consensuada con los diferentes órganos proponentes para la elaboración de los informes de impacto de género. De tal manera que los informes son elaborados por la Unidad de Igualdad, consensuados con el órgano proponente y se incorporan Recomendaciones por parte de la Unidad de Igualdad. El resultado es asumido conjuntamente con la firma del informe por ambas partes (Unidad de Igualdad y Órgano Proponente). 2. Previsión de resultados. - Avanzar en la utilización de lenguaje de uso no sexista. - Consolidar y mejorar la estructura de la Unidad de Igualdad. - Mejorar la imagen corporativa de la mujer en el ámbito sanitario. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN Valor 2 Valor 2 E) Propuestas de mejora y recomendaciones - Avanzar en la creación de la estructura orgánica y funcional de la Unidad de Igualdad que permita seguir avanzando en igualdad en nuestra administración. - Avanzar en el desarrollo de directrices comunes de funcionamiento de las Unidades de Igualdad, sobre todo respecto a procedimientos comunes. PROGRAMA: ESCUELA VALENCIANA DE ESTUDIOS PARA LA SALUD A) Contenido y finalidad del programa. - El apoyo científico-técnico a la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública en materia de formación, docencia e investigación. - La formación y la docencia del personal sanitario en pregrado, postgrado, formación especializada, continua y continuada en relación, en su caso, con otras instituciones y organismos. - La formación permanente de los profesionales del sistema sanitario valenciano. 256

257 - Garantizar el cumplimiento del Sistema de Calidad de los Planes Formativos de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. Ley 9/2003 NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Realizar campañas de sensibilización y formación sobre las nuevas masculinidades y la corresponsabilidad familiar dirigidas especialmente a los hombres. -Sensibilizar y formar en materia de igualdad y mainstreaming de género al personal directivo, que ostente jefaturas o tenga trabajadoras/es a su cargo. -Promover que la mayoría de los cursos ofertados se realicen en horarios más adecuados para la conciliación de la vida personal y familiar. -Promover la inclusión en los cursos de formación a aquellas personas en situación de excedencia, permisos por motivo de conciliación, maternidad o lactancia y especialmente ante su reincorporación al puesto de trabajo. Ley 9/2003 Formar al personal responsable en materia de recursos humanos y económicos en materia de igualdad de oportunidades y aplicación de la perspectiva de género. -Establecer que la formación en igualdad de género sea un criterio positivo a valorar en cualquiera de los baremos de méritos establecidos. -Formar y capacitar al personal responsable de la 257

258 Ley 9/2003 NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD definición de los perfiles profesionales y de los procesos de selección de personal, en igualdad de género. -Promover la formación de las mujeres en nuevas tecnologías de la información y comunicación social (TICS), para disminuir la brecha digital de género. -Reservar a las mujeres un 50% de las plazas ofertadas, como mínimo, en los cursos que tengan por objeto reforzar las habilidades directivas y así potenciar su acceso a puestos de una mayor responsabilidad. -Incluir cursos relacionados con la igualdad de oportunidades, en la propuesta de necesidades formativas de los departamentos de salud y EVES. Formar y sensibilizar al personal que atiende a personas con adicciones en violencia de género y abordaje terapéutico de las mujeres con adicciones. -Realizar acciones formativas para incorporar la perspectiva de género en las investigaciones científicas sobre salud. -Formación en salud y género: los determinantes de salud en mujeres y hombres. -Realizar cursos de formación de lenguaje inclusivo. -Formar a las personas responsables de igualdad y de recursos humanos de los Departamentos de Salud en materia de igualdad de oportunidades, violencia de 258

259 Ley 9/2003 NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD género, lenguaje inclusivo, etc. -Formar al personal de los centros de salud sexual y reproductiva para la incorporación de la IVE farmacológica. -Formar y sensibilizar al personal sanitario en el abordaje de la violencia de género en el ámbito sanitario. -Formar y sensibilizar al personal sanitario en la diversidad sexual y de género. -Formar al personal socio sanitario en la prevención y abordaje reconstructivo de la mutilación genital femenina. 2. Identificación de las actuaciones previstas. - Realizar curso de formación sobre el I Plan de Igualdad dirigido a Responsables de Igualdad, personal directivo y de recursos humanos. - Realizar cursos on line sobre violencia de género. - Realizar curso lenguaje inclusivo en el ámbito sanitario. - Realizar curso sobre la aplicación de la perspectiva de género a la investigación sanitaria. - Adaptar el horario de los cursos para que coincida con la jornada laboral lo máximo posible. - Incorporar en los baremos de provisión de puestos un apartado específico para los cursos relacionados con la igualdad de género el respeto a la diversidad. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico). - Si bien la EVES viene ofertando cursos sobre salud y género, violencia de género, etc. queremos incorporar la formación en igualdad a grupos más homogéneos de personal. 259

260 - Hasta ahora no se puntúan de forma específica este tipo de cursos, si se logra incorporar en los baremos un apartado específico serán más solicitados. - La casi totalidad de los cursos, a excepción de los que se realizan on line, se realizan en horario de tarde dificultando la conciliación de la vida personal y laboral. 2. Previsión de resultados. - Mejorar la sensibilización y formación del personal en materia de igualdad. - Contribuir a la mejora de la calidad asistencial a las mujeres. - Contribuir a eliminar las desigualdades en el acceso y la promoción empleo público. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN Valor 1 Valor 2 PROGRAMA: ADMINISTRACIÓN ECONÓMICO FINANCIERA A) Contenido y finalidad del programa. - Elaborar, realizar el seguimiento y gestionar el presupuesto de los distintos órganos y unidades de la Conselleria. - Efectuar la tramitación y el seguimiento presupuestario de los convenios y conciertos. - Coordinar y unificar las iniciativas de automatización, explotación y análisis de datos en el ámbito de los sistemas de información económica para la gestión, velando por su calidad. - Mejora, adecuación y modernización de las infraestructuras de la red sanitaria de la Comunitat Valenciana. 260

261 B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Facilitar datos desagregados por sexo de las retribuciones del personal. -Potenciar la incorporación de la perspectiva de género en el diseño de las infraestructuras a fin de hacerlas más amables a la diversidad de género. -Facilitar uniformes adecuados al género e incorporar identificación de la categoría profesional adaptada al sexo. 2. Identificación de las actuaciones previstas. - Realizar análisis de retribuciones por categorías, sexo, etc. para identificar desigualdades de género. - Comunicar a las gerencias de los Departamentos de Salud la necesidad de una correcta identificación del personal, con su adecuación correspondiente al sexo. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) La gestión presupuestaria abarca todo el ámbito de aplicación de la asistencia sanitaria, la gestión de la nómina del personal de instituciones sanitarias, las inversiones en infraestructuras, suministros de material, tecnología, farmacia, conciertos o convenios asistenciales, etc. Es indudable su repercusión en las mujeres y hombres que son atendidos en el sistema sanitario público valenciano. trabajadores. Por otra parte está la gestión de las retribuciones de más de trabajadoras y Sin embargo todo ello tiene a su vez otros programas presupuestarios que lo contemplan a excepción de las competencias de gestión que tiene atribuidas directamente este centro gestor. 261

262 En este último supuesto estarían, por ejemplo, las infraestructuras que deberían responder a las necesidades diferenciadas de mujeres y hombres, o que las empresas contratadas para su ejecución contemplen medidas favorecedoras de la igualdad de género. Aspectos por otra parte que carecen de evaluación, seguimiento, por lo que sería un tema a intervenir. 2. Previsión de resultados. A través de los indicadores establecidos en el I Plan de Igualdad de la Conselleria, se evaluará el nivel de ejecución de las medidas. Más complejo resultará abordar la adecuación de las infraestructuras. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN Valor 3 Valor 2 E) Propuestas de mejora y recomendaciones - Dada la transversalidad de la ejecución de las infraestructuras, elaborar una guía metodológica con criterios generales para el diseño, la ejecución y la contratación de infraestructuras nuevas o de adecuación. PROGRAMA: ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS A) Contenido y finalidad del programa. - Planificación de los recursos humanos, gestión y tramitación de los asuntos relativos al personal al servicio del sistema público valenciano de salud. - Gestión de los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo. - Incorporar propuestas de mejora en las condiciones de trabajo, así como la ordenación profesional. - Desarrollar los cambios normativos necesarios para la aplicación de las medidas contempladas en el Acuerdo de legislatura de la mesa general de negociación del personal funcionarial, estatutario y laboral de la Generalitat y en especial en lo relativo a la ampliación de derechos en materia de conciliación, permisos por maternidad, paternidad y violencia de género. 262

263 - Llevar a cabo el cumplimiento de las medidas en materia de su competencia, contempladas en el I Plan de Igualdad de la Conselleria. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Corregir con lenguaje igualitario las identificaciones profesionales, tanto en los uniformes de trabajo del personal, como en las tarjetas identificativas. -Revisar las denominaciones de los puestos de trabajo con lenguaje igualitario. -Revisar y actualizar las funciones profesionales asignada a cada categoría profesional, y eliminar los sesgos de género, para evitar desigualdades salariales, entre otras. -Impulsar la creación de Unidades de Igualdad de Género y paralelamente el reconocimiento de la categoría profesional de agente de igualdad. -Establecer procedimientos de selección, provisión y promoción objetivos, de manera que se reduzca al máximo la incidencia de sesgos de género en las pruebas de selección de personal y evitar situaciones de discriminación de género. -Incluir en las convocatorias de selección y provisión un párrafo en el que se señale si existe infrarepresentación de alguno de los dos sexos. Entendiendo como tal, cuando alguno de los sexos tenga una presencia superior al 60%. -Favorecer al sexo que esté infrarepresentado en los puestos de superior clasificación cuando se obtenga una puntuación igual entre personas aspirantes en los procesos de provisión de dicho puesto. -Sensibilizar y formar al personal integrante de las comisiones de valoración o tribunales, para evitar desigualdades de género. 263

264 NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD -Aumentar la presencia de mujeres en puestos directivos, aplicando medidas objetivas, para romper la inercia social de designar a hombres en estos puestos. -Desagregar por sexo los datos de los procesos de selección y provisión (solicitudes, nº personas presentadas, reclutamiento final). -Garantizar la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de selección y provisión, siempre que ello no vulnere los principios de profesionalidad y especialización de sus miembros. Establecer mecanismos que garanticen la no discriminación en los nombramientos, la permanencia en el puesto de trabajo y la movilidad funcional y geográfica. -Establecer mecanismos de detección y control para erradicar la movilidad funcional encubierta. -Eliminar los sesgos de género en los procesos de selección y promoción de empleo, para ello, entre otras cosas, se reducirá al máximo la parte subjetiva de los baremos. -Articular medidas compensatorias en los procedimientos de promoción para evitar impactos negativos en la igualdad de oportunidades (por ejemplo: ponderar el tiempo que la persona candidata haya permanecido en situación de excedencia, reducción de jornada u otros permisos relacionados con la conciliación). -Promover la posibilidad de que se pueda adjudicar una plaza vacante o contrato de larga duración, a través de la bolsa de empleo temporal para una trabajadora en situación de permiso maternal, incluidas las 6 primeras semanas. Ley 9/2003 -Elaborar informes de impacto de género en los procesos de selección y provisión. -Incorporar en los temarios de los 264

265 NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD procesos de selección, conceptos y normativa sobre la igualdad de oportunidades, lenguaje no sexista, violencia de género, etc. -Impulsar medidas para que la adaptación o cambio de puesto de trabajo por riesgo en situación de embarazo y lactancia natural no suponga merma económica para las mujeres. -Facilitar el derecho a que la exención de guardias o atención continuada durante el embarazo, el permiso maternal y el permiso por lactancia sean retribuidas, con la intención de que no exista merma retributiva en ningún caso respecto de la situación previa al embarazo. -Facilitar, entre otras medidas, la movilidad, la reducción de jornada, la reordenación del tiempo de trabajo, los permisos, los traslados y las excedencias a las víctimas de violencia de género. -Reservar del puesto de trabajo de origen hasta un máximo de 2 años, ante un traslado de centro por violencia de género. 2. Identificación de las actuaciones previstas. - Se han nombrado 30 personas Responsables de Igualdad en los Departamentos de Salud y Hospitales de corta y larga estancia. Se les realizará formación a ellas. - Incorporar medidas del I Plan de Igualdad en los Decretos de Selección y Provisión; Permisos y Licencias, y Orden de Bolsa de Empleo Temporal. - Aplicación al personal de instituciones sanitarias de las medidas respecto a ampliación de permisos por paternidad, embarazo, o violencia de género según términos del Acuerdo de Legislatura. - Incorporar en los temarios de selección de personal materias de igualdad. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico). - La aprobación y publicación del I Plan de Igualdad de la Conselleria nos permite un marco de actuación y hoja de ruta en la aplicación del principio de igualdad y no discriminación en el ámbito sanitario. 265

266 2. Previsión de resultados. - En el marco de la Comisión de Igualdad se va a realizar el seguimiento y evaluación de las medidas adoptadas. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN Valor 2 Valor 2 E) Propuestas de mejora y recomendaciones - Garantizar la presencia equilibrada de mujeres y hombres en puestos de mayor responsabilidad (jefaturas de sección y de servicio en el sistema sanitario, y puestos directivos (gerencia, direcciones generales, etc. ). - Constituir Comisiones de Igualdad en cada departamento de salud. PROGRAMA: SERVICIOS GENERALES DE LA SECRETARIA AUTONÓMICA DE SANIDAD A) Contenido y finalidad del programa. - Coordinación y planificación sanitaria, gestión y administración del sistema valenciano de salud. - Coordina los centros directivos y las unidades administrativas para procurar una atención centrada en la persona. - Promueve la integración entre los componentes del sistema valenciano de salud, para garantizar la continuidad en la prestación asistencial, con criterios de equidad, calidad y sostenibilidad. 266

267 B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD -Introducir la perspectiva de género en la estrategia para la atención a la cronicidad. -Realizar el seguimiento de las líneas estratégicas relacionadas con la igualdad de género que están contempladas en el IV Plan de Salud. -Crear la Comisión Salud y Género de la CSUYSP. 2. Identificación de las actuaciones previstas. - Incorporar acciones específicas para garantizar el principio de equidad entre mujeres y hombres en el IV Plan de Salud de la Comunidad Valenciana. - Atención a la mujer en las diferentes etapas de su vida, protección a la maternidad, etc. - A través de la atención a la cronicidad incorporar e incidir en los problemas de salud que afectan de una manera especial a las mujeres, tales como: atención a la fibromialgia, trastornos de la alimentación. - Atención a las Personas cuidadoras que mayoritariamente son mujeres. - C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) El gran reto es la puesta en marcha de acciones transversales desde los diferentes planes y programas de salud. Desde la Unidad de Igualdad se está coordinando las líneas ya establecidas y otras que se deberán impulsar lo que permite una visión más global para el abordaje de género en la salud. 2. Previsión de resultados. - Mayor impacto de género en el diseño y puesta en marcha de las líneas de actuación sanitaria. - Impulso de nuevas iniciativas en salud y género. 267

268 D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN Valor 3 Valor 3 PROGRAMA: PRESTACIONES FARMACÉUTICAS A) Contenido y finalidad del programa. - Planificación de recursos farmacéuticos, ordenación, racionalización y control del uso del medicamento. - Provisión y asistencia farmacéutica y de las prestaciones complementarias. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. Ley 9/2003 NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD - Facilitar el acceso a la píldora del día de después (PDD). -Elaborar informes sobre el acceso y la utilización de la píldora del día de después. -Consolidar las medidas de subvención al copago farmacéutico como contribución a disminuir las desigualdades económicas que persisten en las mujeres. 2. Identificación de las actuaciones previstas. - Reedición folleto informativo sobre el acceso y la utilización de la Píldora del día de Después (PDD). - Ampliar puntos de administración de la PDD en el sistema sanitario. 268

269 C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico). La acción llevada a cabo por la Conselleria va encaminada a facilitar el acceso a la PDD, sobre todo para las mujeres con recursos escasos. Si bien se está distribuyendo con normalidad en las oficinas de farmacia, falta mejorar el acceso a través del sistema sanitario público. Se han valorado diferentes estrategias tales como administrarla en los centros de salud sexual y reproductiva o en los puntos de atención continuada. 2. Previsión de resultados. - Aumentar el número de mujeres que acceden a la PDD a través de sistema sanitario público y con coste cero. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN Valor 2 Valor 3 269

270 4.7.- CONSELLERIA DE ECONOMÍA SOSTENIBLE, SECTORES PRODUCTIVOS, COMERCIO Y TRABAJO Dirección y Servicios Generales Promoción de Emprendedores, Cooperativismo y Economía Social Elaboración y Difusión Estadística Planificación y Previsión Económica Política Industrial Energía Comercio Exterior Protección de los Consumidores y Calidad de Bienes y Servicios Ordenación y Promoción Comercial Condiciones de Trabajo y Administración de las Relaciones Laborales. 270

271 PROGRAMA: DIRECCIÓN Y SERVICIOS GENERALES A) Contenido y finalidad del programa. El programa tiene como objetivos básicos la asistencia y asesoramiento a los órganos superiores y directivos, la racionalización de los procedimientos, el soporte técnico y administrativo para facilitar el cumplimiento de los objetivos del resto de programas de la Conselleria, garantizar la existencia de una competencia eficiente en los mercados y promover una mejora en la regulación y actuación de las autoridades respecto a las condiciones de acceso y ejercicio de la actividad económica. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Art. 4. Principios rectores de la acción administrativa. Art. 46. Fomento de la igualdad en el ámbito de la contratación. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Introducir la perspectiva de género en la normativa de la Generalitat (bases reguladoras subvenciones y becas, contratación, convenios, acuerdos, gestión de recursos humanos ) Promover e impulsar el desarrollo de medidas de corresponsabilidad y conciliación de la vida personal, laboral y familiar que se adopten desde la conselleria con competencias en función pública. Seguimiento, fomento y asesoramiento de la aplicación del principio de igualdad de oportunidades y de transversalidad en las políticas de igualdad a través de la unidad de igualdad. 2. Identificación de las actuaciones previstas. Supervisar que se implementen las medidas previstas para la consecución de los objetivos de igualdad: - Verificación de que se incluye la perspectiva de género en las convocatorias, convenios, pliegos de cláusulas de los contratos y en la gestión de recursos humanos. 271

272 C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) En la actualidad se parte de una falta de conciencia, por parte del personal de la administración, respecto a la necesidad de implantar medidas con perspectiva de género. No obstante se está avanzando en algunos aspectos tales como la supervisión del lenguaje no sexista en las normas y procedimientos y en la introducción de algunas cláusulas en pliegos de condiciones de los contratos, tales como la valoración a favor de las empresas que tengan implantados planes de igualdad, siempre que exista un empate en la puntuación otorgada, según los criterios de adjudicación. 2. Previsión de resultados. Se espera una mejora progresiva en la toma de conciencia por parte del personal y el avance en la implantación de las medidas detalladas. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) CALIFICACIÓN Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? Valor 1 Relevancia funcional (indicador cualitativo) En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? Valor 1 E) Propuestas de mejora y recomendaciones - Incrementar el número de cursos de formación para el personal de la administración, en aspectos relativos a las políticas de género y fomentar y facilitar la asistencia a los mismos. - Realizar evaluaciones periódicas, a lo largo de cada ejercicio (p.ej. trimestralmente), de las medidas aplicadas por cada programa presupuestario, de forma que el personal implicado en la toma de las mismas sea consciente de que se va a verificar la implantación y no se trata del mero trámite formal de elaborar un informe anual para incorporarlo a la Ley de Presupuestos. 272

273 PROGRAMA: PROMOCIÓN DE EMPRENDEDORES, COOPERATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL A) Contenido y finalidad del programa. Fomento, desarrollo y consolidación de la economía social, de la iniciativa empresarial, del espíritu emprendedor y del autoempleo, como elementos clave para revitalizar la actividad económica en la Comunitat Valenciana. Desarrollo de programas públicos de fomento del emprendimiento con el objetivo de incorporar más empresas al tejido económico de la Comunitat Valenciana. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título II. Capítulo III. Igualdad en el ámbito laboral. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Promover el espíritu emprendedor y la actividad empresarial de las mujeres. Promover la participación de las mujeres en las empresas. Impulsar el desarrollo de acciones positivas en las empresas. 2. Identificación de actuaciones previstas. 2.a) En materia de Economía Social Medidas de acción positiva en favor de las mujeres que se integran como socias trabajadoras en empresas de economía social, consistentes en: a) una mayor cuantía de la ayuda: euros en el caso de las mujeres, frente a euros, si se trata de varones. b) una mayor cuantía de la subvención, para el caso de la integración, como socias, en la empresa de mujeres contratadas temporales, respecto al mismo supuesto en el caso de varones: euros frente a euros. 273

274 c) una previsión especial para las mujeres que se integran dentro de los 24 meses siguientes al parto, acogimiento o adopción de un hijo, como beneficiarias de las ayudas, aun cuando no puedan calificarse como desempleadas de larga duración. d) diversos apartados del baremo de valoración de méritos de las solicitudes de ayuda contemplan especialmente puntuaciones adicionales por razón de: 1) el empleo generado para mujeres; 2) la implementación de políticas en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, en especial hallarse la empresa en poder de certificaciones o distintivos oficiales en materia de igualdad y el acceso de las mujeres, en porcentaje no inferior al 40% del total, a los órganos de dirección o rectores de la empresa y 3) la incorporación de la perspectiva de género en los proyectos de Investigación, desarrollo e innovación. En todos estos casos se concede puntuación adicional a las empresas solicitantes. Medidas de acción positiva en favor de la mujer en las bases reguladoras de las subvenciones a entidades no empresariales destinadas a la promoción, fomento y difusión de la economía social y de sus empresas, como fórmula económica diferenciada. En los baremos de valoración de estas bases reguladoras se contienen diversas medidas que, indirectamente favorecen la igualdad real entre hombres y mujeres, tales como: puntuación adicional para el caso de empleos de mujeres, valoración de la presencia de mujeres en los órganos de dirección de la entidad, y el hecho de que ésta disponga de certificaciones en materia de igualdad o como entidad colaboradora en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. También el hecho de que la dirección general o gerencia de la entidad solicitante se haya encomendado a una mujer. La Ley de Cooperativas de la Comunitat Valenciana, Texto Refundido, aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2015, de 15 de mayo, establece, como novedad, que las cooperativas procurarán incluir en su consejo rector (que es el órgano de gobierno, administración y representación de las cooperativas valencianas) un número de mujeres que permita alcanzar en su seno una presencia equilibrada de mujeres y hombres coherente con la composición de su masa social (art. 42.6). Este precepto es innovador en el panorama legislativo cooperativo del Estado español. Por otra parte, en el referido Texto Refundido, se ha introducido expresamente la referencia al género femenino, antes inexistente, en la redacción de todos sus preceptos susceptibles de referencias a mujeres y hombres, acabando de esta forma con la utilización de denominaciones masculinas para significar algunos conjuntos o grupos de personas vinculadas a la cooperativa. Esta misma técnica se ha utilizado en la redacción de las nuevas órdenes que han de regular la concesión de subvenciones en materia de economía social. 274

275 En materia cooperativa se ha previsto implementar a medio plazo una herramienta estadística que ofrecerá datos concretos, desagregados por sexo, relativos a las personas vinculadas con estas empresas, bien como socias bien como trabajadoras. 2.b) En materia de Emprendimiento Innovador Otro de los programas que impulsa esta Dirección General es el Campus del Emprendedor Innovador, que coordina la Subdirección General de Economía Social y Emprendimiento junto a las cinco universidades públicas valencianas, y cuya finalidad es fomentar el espíritu empresarial en las aulas (creatividad, iniciativa, preparación para la asunción de riesgos, etc.). En él se contemplan proyectos como Banco de Patentes (transferencia de resultados de investigación a la empresa), Start Up, Tutorización de emprendedores, Becas para prácticas en el extranjero, Formación del Profesorado y Emprendimiento Inclusivo, y todos ellos van dirigidos a la comunidad universitaria en general, profesores y alumnos, y cuenta con una alta participación de mujeres en cada uno de ellos. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) En Materia de Economía Social: la crisis económica perjudica el empleo de mujeres en cooperativas y sociedades laborales, en la medida en que ha disminuido la cifra total de personas desempleadas incorporadas a cooperativas y sociedades laborales. En el conjunto de la Economía Social, considerada como sector empresarial, las cifras de participación femenina en el empleo son relativamente elevadas: más del 50% de los empleos son femeninos en este sector en España y un 44% en la Comunitat Valenciana. Pero este porcentaje común encierra realidades muy diferentes en función de los diferentes subsectores, siendo mucho más elevado el empleo de la mujer en cooperativas que en sociedades laborales y dentro de las primeras especialmente relevante en las empresas dedicadas a actividades económicas que utilizan mano de obra de baja cualificación, tales como las vinculadas con la prestación de servicios a las personas, a la limpieza y mantenimiento de edificios e instalaciones y en las industrias agroalimentarias, muy intensivas en mano de obra femenina, muy utilizada en los almacenes de confección de frutas y hortalizas, pero de elevada estacionalidad vinculada a las campañas agrarias. Sin embargo, estas afirmaciones que precisarían del adecuado soporte estadístico, no cuentan con estadísticas detalladas y desagregadas por sexo relativas a estas cuestiones. 275

276 Por otra parte, en las empresas en que participan como socias, las mujeres están subrepresentadas en los órganos de dirección de las mismas, e incluso, como es habitual en las cooperativas agroalimentarias, son sistemáticamente representadas -en todos los órganos sociales- por los varones de su familia, especialmente por el marido, aun cuando la condición de socia concurra en la mujer y no en su familiar masculino. Pese a la previsión de medidas específicamente dirigidas a favorecer especialmente el empleo femenino, el nuevo empleo fomentado a través de las ayudas a la economía social en la Comunitat Valenciana durante los años 2011 a 2015 (ejercicios cerrados) fue el siguiente: Año Total Mujeres Hombres % mujeres ,64 % ,98 % ,00 % ,60 % ,14 % Total ,03 % 2. Previsión de resultados. En materia de Economía Social, para el ejercicio 2017, se prevé la concesión de 300 ayudas a la integración, manteniéndose el porcentaje de apoyo al empleo de mujeres en una cifra similar a la media de los años precedentes. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? CALIFICACIÓN Valor 2 Relevancia funcional (indicador cualitativo) En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? Valor 2 E) Propuestas de mejora y recomendaciones Realización de actuaciones dirigidas a mejorar la formación de las mujeres socias de empresas de economía social, especialmente de las cooperativistas, a fin de subsanar eventuales dificultades que les impidan participar directa y activamente en la vida de la cooperativa, así como fomentar dicha participación activa y la presencia de las mujeres en 276

277 los cargos sociales y en los puestos de responsabilidad de la administración y dirección de la empresa, como medidas de empoderamiento de la mujer en este sector empresarial. Fomentar la realización de actuaciones específicas, desarrolladas por entidades asociativas y/o representativas, dirigidas a concienciar a sus afiliadas acerca de la potenciación de la presencia de las mujeres en empresas de economía social y la importancia de incrementar la participación de las mismas en los órganos de dirección efectiva de las empresas. Dotar al programa de instrumentos que permitan medir el impacto de la mujer en el empleo y en la vida social de las empresas de economía social. SUBPROGRAMA: PROMOCIÓN DE EMPRENDEDORES, COOPERATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (SERVEF). A) Contenido y finalidad del programa. Fomento, desarrollo y consolidación de la economía social, de la iniciativa empresarial, del espíritu emprendedor y del autoempleo, como elementos clave para revitalizar la actividad económica en la Comunitat Valenciana. Desarrollo de programas públicos de fomento del emprendimiento con el objetivo de incorporar más empresas al tejido económico de la Comunitat Valenciana. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título II. Capítulo III. Igualdad en el ámbito laboral. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Promover el espíritu emprendedor y la actividad empresarial de las mujeres. Promover la participación de las mujeres en las empresas. Impulsar el desarrollo de acciones positivas en las empresas. 2. Identificación de actuaciones previstas. 2.a) En materia de Economía Social 277

278 Medidas de acción positiva en favor de las mujeres que se integran como socias trabajadoras en empresas de economía social, consistentes en: Una mayor cuantía de la ayuda: euros en el caso de las mujeres, frente a euros, si se trata de varones. Una mayor cuantía de la subvención, para el caso de la integración, como socias, en la empresa de mujeres contratadas temporales, respecto al mismo supuesto en el caso de varones: euros frente a euros. Una previsión especial para las mujeres que se integran dentro de los 24 meses siguientes al parto, acogimiento o adopción de un hijo, como beneficiarias de las ayudas, aún cuando no puedan calificarse como desempleadas de larga duración. Diversos apartados del baremo de valoración de méritos de las solicitudes de ayuda, contemplan especialmente puntuaciones adicionales por razón de: 1) el empleo generado para mujeres; 2) la implementación de políticas en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, en especial hallarse la empresa en poder de certificaciones o distintivos oficiales en materia de igualdad y el acceso de las mujeres, en porcentaje no inferior al 40% del total, a los órganos de dirección o rectores de la empresa y 3) la incorporación de la perspectiva de género en los proyectos de Investigación, desarrollo e innovación. En todos estos casos se concede puntuación adicional a las empresas solicitantes. Medidas de acción positiva en favor de la mujer en las bases reguladoras de las subvenciones a entidades no empresariales destinadas a la promoción, fomento y difusión de la economía social y de sus empresas, como fórmula económica diferenciada. En los baremos de valoración de estas bases reguladoras se contienen diversas medidas que, indirectamente, favorecen la igualdad real entre hombres y mujeres, tales como: puntuación adicional para el caso de empleos de mujeres, valoración de la presencia de mujeres en los órganos de dirección de la entidad, y el hecho de que ésta disponga de certificaciones en materia de igualdad o como entidad colaboradora en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. También el hecho de que la dirección general o gerencia de la entidad solicitante se haya encomendado a una mujer. La Ley de Cooperativas de la Comunitat Valenciana, Texto Refundido, aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2015, de 15 de mayo, establece, como novedad, que las cooperativas procurarán incluir en su consejo rector (que es el órgano de gobierno, administración y representación de las cooperativas valencianas) un número de mujeres que permita alcanzar en su seno una presencia equilibrada de mujeres y hombres coherente con la composición de su masa social. (art. 42.6) Este precepto es innovador en el panorama legislativo cooperativo del Estado español. 278

279 Por otra parte, en el referido Texto Refundido, se ha introducido expresamente la referencia al género femenino, antes inexistente, en la redacción de todos sus preceptos susceptibles de referencias a mujeres y hombres, acabando de esta forma con la utilización de denominaciones masculinas para significar algunos conjuntos o grupos de personas vinculadas a la cooperativa. Esta misma técnica se ha utilizado en la redacción de las nuevas órdenes que han de regular la concesión de subvenciones en materia de economía social. En materia cooperativa se ha previsto implementar a medio plazo una herramienta estadística que ofrecerá datos concretos, desagregados por sexo, relativos a las personas vinculadas con estas empresas, bien como socias bien como trabajadoras. 2.b) En materia de Emprendimiento Innovador Otro de los programas que impulsa esta Dirección General es el Campus del Emprendedor Innovador, que coordina la Subdirección General de Economía Social y Emprendimiento junto a las cinco universidades públicas valencianas, y cuya finalidad es fomentar el espíritu empresarial en las aulas (creatividad, iniciativa, preparación para la asunción de riesgos, etc.). En él se contemplan proyectos como Banco de Patentes (transferencia de resultados de investigación a la empresa), Start Up, Tutorización de emprendedores, Becas para prácticas en el extranjero, Formación del Profesorado y Emprendimiento Inclusivo, y todos ellos van dirigidos a la comunidad universitaria en general, profesores y alumnos, y cuenta con una alta participación de mujeres en cada uno de ellos. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) En Materia de Economía Social: la crisis económica perjudica el empleo de mujeres en cooperativas y sociedades laborales, en la medida en que ha disminuido la cifra total de personas desempleadas incorporadas a cooperativas y sociedades laborales. En el conjunto de la Economía Social, considerada como sector empresarial, las cifras de participación femenina en el empleo son relativamente elevadas: más del 50% de los empleos son femeninos en este sector en España y un 44% en la Comunitat Valenciana. Pero este porcentaje común encierra realidades muy diferentes en función de los diferentes subsectores, siendo mucho más elevado el empleo de la mujer en cooperativas que en sociedades laborales y dentro de las primeras especialmente relevante en las empresas dedicadas a actividades económicas que utilizan mano de obra de baja cualificación, tales como las vinculadas con la prestación de servicios a las personas, a la limpieza y mantenimiento de edificios e instalaciones y en las industrias agroalimentarias, muy intensivas en mano de obra femenina, muy utilizada en los almacenes de confección de 279

280 frutas y hortalizas, pero de elevada estacionalidad vinculada a las campañas agrarias. Sin embargo, estas afirmaciones que precisarían del adecuado soporte estadístico, no cuentan con estadísticas detalladas y desagregadas por sexo relativas a estas cuestiones. Por otra parte, en las empresas en que participan como socias, las mujeres están subrepresentadas en los órganos de dirección de las mismas, e incluso, como es habitual en las cooperativas agroalimentarias, son sistemáticamente representadas, en todos los órganos sociales, por los varones de su familia, especialmente por el marido, aun cuando la condición de socia concurra en la mujer y no en su familiar masculino. Pese a la previsión de medidas específicamente dirigidas a favorecer especialmente el empleo femenino, el nuevo empleo fomentado a través de las ayudas a la economía social en la Comunitat Valenciana durante los años 2011 a 2015 (ejercicios cerrados) fue el siguiente: Año Total Mujeres Hombres % mujeres , , , , ,14 Total ,04 2. Previsión de resultados. En materia de Economía Social, para el ejercicio 2017, se prevé la concesión de 300 ayudas a la integración, manteniéndose el porcentaje de apoyo al empleo de mujeres en una cifra similar a la media de los años precedentes. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa CALIFICACIÓN Valor 2 280

281 Relevancia funcional (indicador cualitativo) presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? Valor 2 E) Propuestas de mejora y recomendaciones Realización de actuaciones dirigidas a mejorar la formación de las mujeres socias de empresas de economía social, especialmente de las cooperativistas, a fin de subsanar eventuales dificultades que les impidan participar directa y activamente en la vida de la cooperativa, así como fomentar dicha participación activa y la presencia de las mujeres en los cargos sociales y en los puestos de responsabilidad de la administración y dirección de la empresa, como medidas de empoderamiento de la mujer en este sector empresarial. Fomentar la realización de actuaciones específicas, desarrolladas por entidades asociativas y/o representativas, dirigidas concienciar a sus afiliadas acerca de la potenciación de la presencia de las mujeres en empresas de economía social y la importancia de incrementar la participación de las mismas en los órganos de dirección efectiva de las empresas. Dotar al programa de instrumentos que permitan medir el impacto de la mujer en el empleo y en la vida social de las empresas de economía social. PROGRAMA: ELABORACIÓN Y DIFUSIÓN ESTADÍSTICA A) Contenido y finalidad del programa. Impulso y gestión del régimen interior de los órganos colegiados en materia estadística de la Comunitat Valenciana. Generalitat. Ordenación, planificación y programación de la actividad estadística de interés de la Elaboración y difusión de información estadística oficial, asignada por el Plan Valenciano de Estadística vigente y los Programas Anuales de desarrollo, para el conocimiento y análisis de la realidad demográfica, socioeconómica y cultural de la 281

282 Comunitat Valenciana, así como para la comparabilidad con su entorno nacional e internacional. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Art. 4. Principios rectores de la acción administrativa. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Conocer y visibilizar la realidad socioeconómica diferencial de mujeres y hombres Promover la inclusión de la variable sexo en todas las aplicaciones informáticas de la Generalitat. 2. Identificación de las actuaciones previstas. - Introducción de un eje transversal de género en el Anteproyecto del Plan Valenciano de Estadística que se encuentra en fase de elaboración. - Elaboración y difusión de resultados que contemplen la variable género de las operaciones estadísticas que se realizan por la Dirección General en los ámbitos demográfico, económico y social que resultan procedentes según la naturaleza de las mismas: C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) A los efectos de analizar la producción de estadísticas por género, es necesario limitar, del conjunto de operaciones estadísticas que ejecuta, aquellas en las que el factor humano juegue un papel sustancial en los objetivos de la operación y, más concretamente, en los que las características de ese factor humano aporten relevancia a esos objetivos. En ese sentido, operaciones no dirigidas a personas y la mayor parte de las que se orientan a la medición de la actividad de los sectores productivos (Censo de Viviendas o los Índices de Producción Industrial serían un ejemplo de cada caso) quedarían fuera del ámbito de este análisis. 282

283 Las operaciones restantes pueden dividirse en tres grandes grupos: ampliaciones de resultados de una operación nacional, explotaciones de registros administrativos y operaciones que combinan síntesis y recopilación de otras fuentes. En consecuencia, por la propia naturaleza de dicha tipología, en los tres casos la viabilidad técnica de generar información estadística por género dependerá de si la fuente de información original en la que se basa la operación correspondiente, lo permite o no. Durante 2016 se prevé elaborar y difundir resultados de 19 operaciones estadísticas en las que de acuerdo a lo señalado, es relevante y técnicamente viable la generación de información por género, que ya se está haciendo en todos los casos o, para las operaciones que están en una etapa previa a la difusión de datos, se tiene proyectado hacerlo. En la siguiente tabla se proporciona el detalle de estas operaciones estadísticas por ámbitos. Ámbito Nº de operaciones estadísticas Demográfico 8 Social 9 Económico 2 2. Previsión de resultados. El Plan Valenciano de Estadística , actualmente en fase de elaboración del Anteproyecto, definirá el conjunto de operaciones estadísticas a realizar por esta Dirección General y una vez aprobado éste, el Programa Anual de Actividades 2017 de desarrollo del Plan concretará las operaciones a realizar por esta D.G. en ese año. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN Valor 2 Valor 2 PROGRAMA: PLANIFICACIÓN Y PREVISIÓN ECONÓMICA. A) Contenido y finalidad del programa. 283

284 El programa presupuestario está dirigido, principalmente, a la planificación económica de la Comunitat Valenciana, con objeto de establecer las bases de un modelo económico articulado sobre la base de la sostenibilidad, tanto en la esfera social como económica y medioambiental. Asimismo, el programa también incluye, entre sus objetivos básicos, la promoción de la economía sostenible y de la Economía del Bien Común, así como la elaboración y difusión de información económica sobre la situación de la Comunitat Valenciana y sus perspectivas. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título II. Capítulo III. Igualdad en el ámbito laboral. Art. 20. Adecuación de las estadísticas y estudios OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Promover la participación de las mujeres en las empresas. Impulsar el desarrollo de acciones positivas en las empresas. Incluir la perspectiva de género en las estadísticas e informes de que se dispone 2. Identificación de las actuaciones previstas. En el ámbito de la planificación económica, la Dirección General de Economía, Emprendimiento y Cooperativismo, representando a la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, ha participado, junto con la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, en la elaboración del conocido como Documento de Elche, que recoge los principales elementos para la transformación del modelo económico de la Comunitat Valenciana, y que permita avanzar hacia un modelo con rostro humano, que genere empleo estable y de calidad, que favorezca una distribución más equitativa de la renta y que sea capaz de generar mayor bienestar social para las personas. Este modelo, que dota de una especial relevancia al factor humano, tiene presente la equidad de género, que aparece recogida en distintas partes del documento. Así, al mencionar los distintos factores que se consideran esenciales para la mejora de la productividad, se cita la igualdad de género en cuanto contribuye a la acumulación de capital humano. De la misma forma, el documento incorpora como estrategia transversal la igualdad e inclusión social y las menciona explícitamente: Un conjunto de políticas públicas que deberá combinar la inversión y la transformación tecnológica y ecológica de la economía con políticas inclusivas con perspectiva de género que fomenten y garanticen la salida de la crisis colectivamente. 284

285 Asimismo, el documento muestra el compromiso del modelo económico con la igualdad de género cuando menciona (...) la igualdad de género ha de impregnar transversalmente las políticas que se lleven a cabo, tanto por motivos de eficiencia económica, dado que la diferencias de roles de género, tanto en el hogar como en el empleo, es un obstáculo para conseguir una sociedad más justa, inclusiva y cohesionada y, a la vez, impide el aprovechamiento óptimo de las capacidades potenciales del conjunto de la población. Durante 2017 se tiene previsto continuar con la planificación estratégica de este modelo de desarrollo sostenible, poniéndolo a disposición de las distintas áreas del Consell y difundiéndolo entre los distintos agentes económicos, así como elaborar el Cuadro de Mando de Competitividad Regional como instrumento de gestión y control de los objetivos estratégicos recogidos en el modelo. En relación con la promoción de la economía sostenible y de la Economía del Bien Común (EBC), la Dirección General de Economía, Emprendimiento y Cooperativismo tiene prevista una convocatoria de ayudas dirigidas a fomentar la implantación de los principios de la EBC y de las empresas sociales, como dos de las propuestas de la economía sostenible que comparten valores comunes, destacando la primacía de la persona, la dignidad humana, la justicia social y la solidaridad. El fomento de estas iniciativas implica, asimismo, el impulso de las políticas de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, al tratarse de propuestas que tienen en cuenta la equidad de género. Las ayudas atienden a una amplia variedad de objetivos sociales, entre los que se encuentran la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y la participación de mujeres en los órganos de dirección y administración de las entidades solicitantes. De hecho, entre las actuaciones que se financian para las pymes, se recogen gastos derivados de la elaboración e implantación del balance del bien común, que permite medir el éxito ético de la organización y su contribución al bien común, y que incluye, dentro de los indicadores del bien común, aspectos relacionados con el trato y remuneración que reciben las mujeres. Asimismo, en los criterios para el otorgamiento de las subvenciones se asigna puntuación al compromiso social de la entidad solicitante, valorando determinados comportamientos de las empresas, entre los que figura la disposición de certificaciones o distintivos oficiales en materia de igualdad o como entidad colaboradora en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, o cualquiera otros análogos, siempre que sean de carácter oficial y expedidos por alguna administración pública, así como el porcentaje de mujeres con que cuente la entidad en sus consejos u órganos de dirección y si la dirección general o gerencia de la entidad se ha encomendado a una mujer. Por último, en cuanto a la elaboración y difusión de información económica sobre la situación de la Comunitat Valenciana y sus perspectivas, la Dirección General de Economía, Emprendimiento y Cooperativismo está teniendo en cuenta, en la medida de lo 285

286 posible, la desagregación por género de determinadas variables económicas que incorpora en sus informes. En este sentido, entre las previsiones que se elaboran a través del modelo macroeconométrico para la descripción de la economía de la Comunitat Valenciana en su conjunto, se ha incluido la variable de tasa de paro femenina, y en el diseño del cuadro de mando para la gobernanza de la competitividad regional se tiene previsto incluir determinados indicadores referidos a la promoción de la igualdad de oportunidades, como el porcentaje de mujeres en los consejos de administración, el índice de desigualdad de género (UNDP) y el ratio de media de mujer sobre renta media de hombre. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico). Dado que los objetivos del programa presupuestario no se corresponden directamente con políticas de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, no se dispone de un análisis previo de la situación de partida en materia de equidad de género ni se han elaborado indicadores cuantitativos al respecto, pues las actuaciones del programa no precisan un avance específico y cuantificable en esa materia concreta. En cualquier caso, el programa parte de la existencia de desigualdades de género en ámbitos como el mercado laboral, por lo que, entre las actuaciones que se financian en la convocatoria prevista de concurrencia competitiva para el fomento de la economía sostenible se recogen los gastos de las pymes derivados de la elaboración e implantación del balance del bien común, que, como se ha comentado anteriormente, incorpora aspectos relacionados con el trato y remuneración que reciben las mujeres. 2. Previsión de resultados. Una de las estrategias transversales del modelo económico de desarrollo sostenible de la Comunitat Valenciana corresponde a la igualdad e inclusión social, por lo que todas las políticas y actuaciones que se diseñen en el marco de este modelo económico deberán considerar el enfoque de género, de manera que contribuyan o, en su caso, no obstaculicen, el avance hacia la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Por su parte, aunque la convocatoria de ayudas destinadas al fomento de la economía sostenible no va destinada exclusivamente a actuaciones dirigidas a reducir las desigualdades de género, las propuestas económicas que promueven se basan en el cumplimiento de diversos objetivos sociales, entre los que se encuentra el respeto por la igualdad de género. Así, la orden recogerá determinadas medidas que pueden incidir en la reducción de desigualdades de género y/o en la concienciación de la existencia de las mismas y en la necesidad de su reducción. Tal como se ha comentado, las ayudas dirigidas a pymes tratan de fomentar la elaboración del balance del bien común, lo que implica un ejercicio de 286

287 valoración de la aportación al bien común que realiza la empresa y, dentro de las dimensiones a analizar, un diagnóstico de la magnitud de las desigualdades entre mujeres y hombres en el seno de la organización. De esta forma, se espera que las empresas sean conscientes del grado de equidad de género en sus estructuras, constituyéndose como el primer paso para el diseño de actuaciones que permitan reducir las desigualdades de género y, de esta forma, mejorar los resultados en el balance del bien común. Por otra parte, la inclusión, entre los criterios de valoración, de aspectos relacionados con la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, permite priorizar, en la concesión de las ayudas, a las entidades que muestren un mayor compromiso social, de manera que se espera que las entidades concedan importancia a las actuaciones que conduzcan a consolidar comportamientos sociales, tales como la referida equidad de género. Por último, la inclusión de la variable género en distintas estadísticas y de determinados indicadores relacionados con la igualdad de oportunidades en el cuadro de mando para la gobernanza de la competitividad regional permitirá conocer en mayor profundidad las diferentes situaciones, aspiraciones y necesidades de mujeres y hombres en diferentes ámbitos de intervención. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN Valor 2 Valor 2 PROGRAMA: POLÍTICA INDUSTRIAL A) Contenido y finalidad del programa. Despliegue de un nuevo modelo productivo como respuesta a la crisis y la generación de bienestar a largo plazo. Nuevo Modelo Productivo basado en el conocimiento, la investigación y el desarrollo innovador y articulado sobre los principios de sostenibilidad social, productiva y ambiental. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. 287

288 NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título II. Capítulo III. Igualdad en el ámbito laboral. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Impulsar el desarrollo de acciones positivas en las empresas. Promover el espíritu emprendedor y la actividad empresarial en las mujeres. 2. Identificación de actuaciones previstas. LÍNEA ENTIDAD BENEFICIARIA FINALIDAD S8031 COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS Preparación, apoyo, colaboración, y SUPERIORES INDUSTRIALES. divulgación del congreso mundial de la calidad de azulejo y del pavimento cerámico. Edición XIV. S4633 Red de Institutos Tecnológicos. Actuaciones y proyectos de REDIT. Oficina de Proyectos Empresariales de I+D+I. S5032 FORD ESPAÑA Proyectos de Desarrollo Experimental e Innovación en el sector de la automoción que tengan beneficios y un efecto tractor sobre empresas y pymes. Inversiones productivas sostenibles. S6938 CONSEJO DE CÁMARAS DE COMERCIO, INDUSTRIA Y NAVEGACIÓN DE LA C.V. X0133 X0137 S5782 S8086 S8091 S8092 S8093 S8094 IVACE Empresas ayuntamientos y asociaciones, organismos e instituciones sin fin de lucro. Asociaciones sectoriales del textil, juguete, mármol y mueble y sus empresas industriales de la C.V. Apoyo a acciones de sensibilización, divulgación y formación de la mejora empresarial a través del convenio con el Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de la Comunitat Valenciana. Financiación de operaciones corrientes y de capital del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial. Incentivos a pymes, institutos tecnológicos y asociaciones. Planes de acción destinados a la industrialización, la mejora de la competitividad y la sostenibilidad económica, social y medio ambiental en los sectores industriales. Inversiones industriales. Planes destinados a la mejorar la competitividad y sostenibilidad económica, social y medio ambiental de las empresas de los sectores del textil, mármol, juguete y mueble de la C.V. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) Hasta la fecha no se ha realizado un diagnóstico riguroso de partida sobre la situación de la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres que existe en 288

289 el contexto social del ámbito de intervención en el que el programa presupuestario desarrolla su actividad: Política Industrial. Al ser principalmente industrias y empresas las beneficiarias indirectas de este programa presupuestario, en lugar de personas, no ha sido posible la identificación de una forma directa de desigualdades de género. 2. Previsión de resultados. Actualmente no se dispone de indicadores coherentes con los objetivos de igualdad. La información existente para construir futuros indicadores debería planificarse y solicitarse como requisito de concesión a las entidades beneficiarias directas de las ayudas y transferencias. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN 1 1 E) Propuestas de mejora y recomendaciones Elaboración de directrices de diagnóstico de partida sobre la situación de la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres que existe en el contexto social del ámbito de intervención en el que el programa presupuestario desarrolla su actividad. Como mejora general en todas las líneas de subvención se valorará, en su caso, como criterios de evaluación y selección, el cumplimiento de las empresas beneficiarias indirectas de las ayudas de los planes de igualdad y su visado correspondiente. Como medida transversal, impulsar la implantación de planes de igualdad en las empresas e industrias de la Comunitat Valenciana como instrumento para eliminar las desigualdades por razón de género. PROGRAMA: ENERGÍA A) Contenido y finalidad del programa. 289

290 Poner en marcha acciones y medidas dirigidas a: -El fomento de las energías renovables, -La mejora del ahorro y la eficiencia energética, -El incremento del grado de diversificación de fuentes energéticas, -El aumento del nivel de autoabastecimiento a partir de fuentes de energías primarias locales y -La garantía, seguridad y calidad de los suministros energéticos en la C.V., todo ello con el fin de contribuir al cambio del actual modelo energético mediante la reducción del impacto ambiental asociado a la transformación y consumo de energía, optimización de la factura energética de empresas y familias, para mejorar la competitividad de las primeras y la renta disponible de las segundas. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Ley 9/2003 de 2 de abril, de la Generalitat, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres Título II. Capítulo III. Igualdad en el ámbito laboral. Impulsar el desarrollo de acciones positivas en las empresas. 2. Identificación de actuaciones previstas. LÍNEA ENTIDAD BENEFICIARIA FINALIDAD S Empresas, particulares, ayuntamientos, entidades públicas e instituciones sin ánimo de lucro. Fomento del ahorro y la eficiencia energética de instalaciones, equipos, procesos y servicios con la finalidad de contribuir a la disminución de los costes energéticos, al desarrollo sostenible y a la autosuficiencia energética C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) Hasta la fecha no se ha realizado un diagnóstico riguroso de partida sobre la situación de la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres que existe en el contexto social del ámbito de intervención en el que el programa presupuestario desarrolla su actividad: Política Energética. Al ser principalmente (aunque potencialmente no las únicas) industrias y empresas las beneficiarias indirectas de este programa presupuestario, 290

291 en lugar de personas, no ha sido posible la identificación de una forma directa de desigualdades de género. 2. Previsión de resultados. Actualmente no se dispone de indicadores coherentes con los objetivos de igualdad. La información existente para construir futuros indicadores debería planificarse y solicitarse como requisito de concesión a las entidades beneficiarias directas de las ayudas y transferencias. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN 1 1 E) Propuestas de mejora y recomendaciones Elaboración de directrices de diagnóstico de partida sobre la situación de la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres que existe en el contexto social del ámbito de intervención en el que el programa presupuestario desarrolla su actividad. Como mejora general en todas las líneas de subvención se valorará, en su caso, como criterios de evaluación y selección, el cumplimiento de las empresas/entidades beneficiarias indirectas de las ayudas de los planes de igualdad y su visado correspondiente. Como medida transversal, impulsar la implantación de planes de igualdad en las empresas e industrias de la Comunitat Valenciana como instrumento para eliminar las desigualdades por razón de género. PROGRAMA: COMERCIO EXTERIOR A) Contenido y finalidad del programa. - Mejorar el posicionamiento internacional de la Comunitat valenciana apoyando la presencia y expansión de las Empresas de la Comunitat en el exterior. 291

292 - Promoción de la cooperación interempresarial al objeto de ganar competitividad. - Fomento de la presencia de las empresas de la Comunitat Valenciana en ferias internacionales donde puedan exponer y dar a conocer sus productos. - Apoyo de los planes de internacionalización de las PYMES valencianas. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título II. Capítulo III. Igualdad en el ámbito laboral. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Promover el espíritu emprendedor y la actividad empresarial de las mujeres en el exterior. Impulsar el desarrollo de acciones positivas en las empresas. 2. Identificación de las actuaciones previstas. 1.1 Establecer criterios de valoración en las convocatorias de ayudas gestionadas por la Dirección General de Internacionalización que favorezcan a aquellas empresas que apuesten por la igualdad entre mujeres y hombres. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) La actividad empresarial de las mujeres es inferior a la de los hombres. Desde este departamento, se observa que las mujeres se encuentran en desventaja con respecto a los hombres a la hora de iniciar un proyecto empresarial, lo que se traduce en un menor número de mujeres en este ámbito. Por otra parte, las iniciativas empresariales de las mujeres suelen ser de menor dimensión, menos proclives a la internacionalización, y en sectores de alta competencia, lo que dificulta su supervivencia. La brecha entre hombres y mujeres se va haciendo cada vez más grande a medida que avanza el proceso, y se hace más evidente en las empresas más consolidadas. 292

293 Asimismo se detecta un desigual acceso de las mujeres a determinados recursos (nuevas tecnologías) así como a la financiación, lo que influye también en su actividad empresarial. Por último, hay que destacar las diferencias existentes en las carreras profesionales de hombres y mujeres y, en particular, su desigual presencia en cargos directivos empresariales. 2. Previsión de resultados. Actualmente no se disponen de indicadores coherentes con los objetivos de igualdad que se han definido, puesto que la primera medida adoptada en la consecución de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, ha sido adoptada en la convocatoria del 2016 y por tanto no se han podido analizar los resultados. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) CALIFICACIÓN Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? 0 En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? 1 E) Propuestas de mejora y recomendaciones En la convocatoria de ayudas de la Dirección General de Internacionalización de apoyo a la promoción exterior de la Comunitat Valenciana para 2016, ya se ha incluido entre los criterios de valoración, la ponderación de la existencia de mayor porcentaje de mujeres en los cargos directivos o ejecutivos de las empresas. convocatorias. Previsiblemente este criterio se mantendrá e incluso se ampliará en próximas PROGRAMA: PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES Y CALIDAD DE BIENES Y SERVICIOS A) Contenido y finalidad del programa. 293

294 Proteger a los consumidores de la Comunitat Valenciana, frente a los posibles abusos de las empresas distribuidoras de bienes y servicios, ya que se hallan en condiciones de desventaja respecto a las mismas, vigilando el cumplimiento de la normativa en las transacciones comerciales, facilitando mecanismos ágiles de resolución de conflictos y apoyando a sus organizaciones representativas y oficinas municipales de información al consumidor para la prestación de servicios de asesoramiento y defensa, en su caso. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título II. Capítulo III. Igualdad en el ámbito laboral. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Impulsar el desarrollo de acciones positivas en las empresas. 2. Identificación de las actuaciones previstas. 1.1 Establecer criterios de valoración en las convocatorias de ayudas gestionadas por la Dirección General de comercio y consumo que favorezcan a aquellas entidades que apuesten por la igualdad entre mujeres y hombres. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) No existen datos sobre la situación de partida en materia de igualdad entre las entidades beneficiarias de subvenciones que son únicamente Asociaciones de Consumidores y Usuarios de la Comunitat Valenciana y Ayuntamientos que dispongan de Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC). 2. Previsión de resultados. Actualmente no se disponen de indicadores coherentes con los objetivos de igualdad que se han definido, puesto que la primera medida adoptada en la consecución de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, ha sido adoptada en la convocatoria del 2016 y por tanto no se han podido analizar los resultados. 294

295 D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) CALIFICACIÓN Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? 1 Relevancia funcional (indicador cualitativo) En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? 1 E) Propuestas de mejora y recomendaciones En las Bases Reguladoras de las Ayudas en materia de Comercio, Consumo y Artesanía, cuya primera convocatoria específica se inicia en 2016, se indica por primera vez de manera expresa que estas ayudas (artículo 1) se encuadran un marco transversal de respeto y apoyo a los valores y derechos personales y sociales como el uso del valenciano, la responsabilidad social, la igualdad, el asociacionismo y la cooperación, fundamentos cívicos del progreso económico, cultural y tecnológico de la Comunitat Valenciana En coherencia con lo anterior y para estimular la igualdad tanto en las empresas como en el resto de entidades que pueden ser beneficiarias de estas ayudas, se ha incluido entre los criterios de valoración, la acreditación de la existencia de Planes de Igualdad de Oportunidades entre hombres y mujeres y estar en posesión de un certificado, distintivo o reconocimiento en esta materia, emitido por alguna Administración Pública. Habiéndose ya incluido en las Bases reguladoras, la existencia de Planes de Igualdad o reconocimientos en la materia se valorará tanto en este ejercicio como en ejercicios futuros, a modo de estímulo a los solicitantes para que avancen en esta materia. PROGRAMA: ORDENACIÓN Y PROMOCIÓN COMERCIAL A) Contenido y finalidad del programa. - Mejorar la competitividad y la sostenibilidad de los sectores comercial y artesano de la Comunitat Valenciana a través de medidas de ordenación sectorial y espacial e incentivos a diversos proyectos que favorezcan un desarrollo armónico en cuanto a las diversas fórmulas y formatos empresariales y usos del territorio, al tiempo que responsable desde un punto de vista social y medioambiental. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 295

296 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título II. Capítulo III. Igualdad en el ámbito laboral. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Promover el espíritu emprendedor y la actividad empresarial de las mujeres. Impulsar el desarrollo de acciones positivas en las empresas. 2. Identificación de las actuaciones previstas. 1.1 Establecer criterios de valoración en las convocatorias de ayudas gestionadas por la Dirección General de comercio y consumo que favorezcan a aquellas empresas o entidades que apuesten por la igualdad entre mujeres y hombres. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) El empleo femenino en el comercio minorista tiene mayor representatividad sobre el empleo total que otras actividades. El 62,3% del empleo en comercio minorista es femenino, nueve puntos superior al del conjunto de actividades del sector servicios, que se sitúa en el 53,3%, y diecisiete puntos superior al del conjunto de la economía, que se sitúa en el 45,4%, según el último informe anual de la Distribución Comercial de la Distribución Comercial de la Comunitat Valenciana elaborado por la Oficina Comercio y Territorio- PATECO, a partir de los datos del INE. Desde el año 2013 la ocupación de mujeres en el comercio minorista ha aumentado de manera continuada. La presencia de mujeres ocupadas en el comercio se incrementó un 2,5% en el año 2015, según el Instituto Nacional de Estadística. En el año 2014 este incremento fue del 1,7% 1. Este incremento ha sido ligeramente más intenso que en otras actividades. En el conjunto del sector servicios el número de mujeres empleadas se ha incrementado un 2,5% y en el conjunto de la economía el incremento ha sido del 2,6% No obstante lo anterior, hay que destacar las diferencias existentes en las carreras profesionales de hombres y mujeres y, en particular, su desigual presencia en cargos directivos empresariales. 1 Datos para España. Fuente INE. 296

297 2. Previsión de resultados. Actualmente no se disponen de indicadores coherentes con los objetivos de igualdad que se han definido, puesto que la primera medida adoptada en la consecución de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, ha sido adoptada en la convocatoria del 2016 y por tanto no se han podido analizar los resultados. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) CALIFICACIÓN Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? 0 Relevancia funcional (indicador cualitativo) En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? 1 E) Propuestas de mejora y recomendaciones En las Bases Reguladoras de las Ayudas en materia de Comercio, Consumo y Artesanía, cuya primera convocatoria específica se inicia en 2016, se indica por primera vez de manera expresa que estas ayudas (artículo 1) se encuadran en un marco transversal de respeto y apoyo a los valores y derechos personales y sociales como el uso del valenciano, la responsabilidad social, la igualdad, el asociacionismo y la cooperación, fundamentos cívicos del progreso económico, cultural y tecnológico de la Comunitat Valenciana En coherencia con lo anterior y para estimular la igualdad tanto en las empresas como en el resto de entidades que pueden ser beneficiarias de estas ayudas, se ha incluido entre los criterios de valoración, la acreditación de la existencia de Planes de Igualdad de Oportunidades entre hombres y mujeres y estar en posesión de un certificado, distintivo o reconocimiento en esta materia, emitido por alguna Administración Pública. Habiéndose ya incluido en las Bases reguladoras, la existencia de Planes de Igualdad o reconocimientos en la materia se valorará tanto en este ejercicio como en ejercicios futuros, a modo de estímulo a los solicitantes para que avancen en esta materia. PROGRAMA: CONDICIONES DE TRABAJO Y ADMINISTRACIÓN DE LAS RELACIONES LABORALES. 297

298 A) Contenido y finalidad del programa. Ejecución de las disposiciones legales en materia de relaciones individuales y colectivas de trabajo y bienestar laboral, ejerciendo la totalidad de las competencias y funciones atribuidas a la Generalitat, y las demás tareas relacionadas con las anteriores. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Artículo 13. Acceso al empleo en condiciones de igualdad. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Administración de las relaciones laborales, corrigiendo y favoreciendo la supresión de segregaciones y discriminaciones en el ámbito laboral y revalorización en el trabajo de la mujer y otros colectivos con dificultades de inserción sociolaboral. Control del cumplimiento de los planes de recolocación en supuestos de extinciones colectivas de contratos de trabajo. Artículo 21. Discriminación salarial. Verificación en coordinación con el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, de la actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Seguimiento e intervención en las actividades discriminatorias en las relaciones de trabajo. Artículo 24. La igualdad en la negociación colectiva. Artículo 33. Investigación sobre la violencia de género. Fomento de la colaboración institucional a través de las actuaciones sectoriales e intersectoriales en la mejora del empleo y su calidad y dignidad, y preservación del estado del bienestar. Seguimiento e intervención del acoso sexual, moral y psicológico y otras actividades discriminatorias en las relaciones de trabajo. Título II. Capítulo III. Igualdad en el ámbito laboral. Integración de la perspectiva de género con carácter transversal en el 298

299 ámbito de las condiciones de seguridad y salud laborales. 2. Identificación de actuaciones previstas. Evitar y promover la solución de conflictos colectivos, cuando se produzcan, a través de la Fundación para la Solución Extrajudicial de Conflictos, Tribunal de Arbitraje Laboral y demás instrumentos de mediación. Facilitar y promover el bienestar laboral de las trabajadoras y trabajadores de la Comunitat Valenciana. Coordinarse con las demás instituciones competentes en el ámbito de la lucha contra todo tipo de discriminación en el ámbito de las relaciones laborales, y en general para la mejora de las condiciones sociolaborales de las trabajadoras y trabajadores de la Comunitat Valenciana. Seguimiento del cumplimiento de los planes de recolocación en supuestos de extinciones colectivas de contratos de trabajo. Establecimiento de planes específicos de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en coordinación con el Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Vigilancia y control del cumplimiento de la legislación laboral en centros de trabajo, a través de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Modernización y potenciación de los Registros laborales de competencia de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral (Acuerdos y Convenios Colectivos de Trabajo, Autónomos, Menores, etc.). Promover la igualdad efectiva en el ámbito de las relaciones laborales, la erradicación de cualquier forma de discriminación en la relación laboral. Promover las actuaciones de los órganos de participación, a través de las actuaciones establecidas en la Ley de Participación Institucional de la Comunitat Valenciana y demás normativa de aplicación. Promover las actuaciones sectoriales e intersectoriales que se propongan por parte los agentes sociales en el ámbito establecido legalmente para la colaboración institucional. Promover la igualdad efectiva en el ámbito de las relaciones laborales, la erradicación del acoso sexual, moral y psicológico en la relación laboral. 299

300 C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico). Existencia de prácticas discriminatorias por razón de sexo en el ámbito laboral, que se manifiestan en desigualdades de trato en el trabajo -en el ámbito de las competencias este Centro Directivo-, entre otras, en la promoción, condiciones de trabajo, desigualdad salarial y extinción de la relación laboral. 2. Previsión de resultados. No se dispone de suficiente información para el establecimiento de indicadores. Asimismo, no es posible la cuantificación de los resultados. Se ejercerá un mayor control en aras a obtener una mayor igualdad en el mercado de trabajo, persiguiendo todo tipo de prácticas discriminatorias. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN Valor 2 Valor 1 En relación con la capacidad de impacto, las intervenciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social van dirigidas a toda la población laboral. Por su parte, respecto a la relevancia funcional, destacar el control, seguimiento y sanción, en su caso, de las prácticas discriminatorias, a través de planes específicos de actuación. Las actuaciones previstas consisten tanto en actuaciones de prevención como de control y seguimiento. Las primeras se conforman como campañas de concienciación y divulgación. Las actuaciones de inspección cumplen con la finalidad anterior, además de con la punitiva, en su caso, de las prácticas discriminatorias. 300

301 4.8.- CONSELLERIA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE, CAMBIO CLIMÁTICO Y DESARROLLO RURAL Dirección y Servicios Generales 301

302 PROGRAMA: DIRECCIÓN Y SERVICIOS GENERALES A) Contenido y finalidad del programa. Dirección y Servicios Generales. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Art. 4. Principios rectores de la acción administrativa. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Introducir la perspectiva de género en la normativa de la Generalitat. 2. Identificación de las actuaciones previstas. Introducir, con carácter general, en todo los documentos, convenios, órdenes de subvenciones, normativa, y escritos en general que se elaboran por la Subsecretaría de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, la utilización de un lenguaje no sexista. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico). No se han identificado diferencias entre mujeres y hombres en el ámbito de actuación de este programa 2. Previsión de resultados. No se dispone de indicadores coherentes con los objetivos y actuaciones del programa, que permitan conocer el grado de cumplimiento de los objetivos de igualdad de oportunidades. 302

303 D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN No se dispone de indicadores para los objetivos de igualdad El programa no tiene como destinatarios finales a las personas ni directa ni indirectamente. E) Propuestas de mejora y recomendaciones Propuestas a los centros directivos para que introduzcan, con carácter general, en todos los documentos, convenios, órdenes de subvenciones, normativa, y escritos en general que se elaboran por cada dirección general de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, la utilización de un lenguaje no sexista. 303

304 4.9.- CONSELLERIA DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO Dirección y Servicios Generales : Arquitectura, Vivienda y Proyectos Urbanos 304

305 PROGRAMA: DIRECCIÓN Y SERVICIOS GENERALES A) Contenido y finalidad del programa. El artículo 15 del Decreto 159/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, determina que la Subsecretaría, bajo la directa dependencia de la persona titular, ejercerá las competencias establecidas en el artículo 69 de la Ley del Consell. Estas competencias se concretan, de acuerdo con el citado artículo 69 en: 1) La inspección de todos los servicios de su ámbito, ostentando la jefatura de todo el personal de la misma. 2) Respecto a los servicios comunes, la supervisión y recopilación de documentos, y asistencia en las materias propias de cada conselleria, especialmente en orden a: Conselleria. a) Elaborar proyectos o planes de actuación y programas de necesidades de la b) Prestar asistencia técnica al Conseller, secretario autonómico y directores generales en todo lo que se requiera. c) Informar al personal directivo de cada Conselleria de la procedencia legal y viabilidad económica de sus programas de actuaciones. President. d) Informar los asuntos que cada Conseller deba someter al pleno del Consell o al e) Proponer la reforma que se encamine a mejorar y perfeccionar los servicios de los distintos centros de la Conselleria, y preparar lo relativo a su organización y método de trabajo, atendiendo principalmente a sus costos y rendimientos. f) Proponer normas generales sobre adquisición de material y cuantas disposiciones afecten al funcionamiento de los servicios. g) Preparar compilaciones de las disposiciones vigentes que afecten al Consell, proponer las refundiciones y revisiones de textos legales que se consideren oportunas y cuidar de las publicaciones técnicas, periódicas o no, de cada Conselleria. h) Dirigir y facilitar la formación de estadísticas acerca de las materias de competencia del Consell, en lo que afecte a cada Conselleria, en colaboración con el Instituto 305

306 Valenciano de Estadística y el Instituto Nacional de Estadística u otros organismos que se consideren convenientes. i) Dirigir y supervisar la gestión de la secretaría general administrativa. j) Cualquier otra competencia que sea inherente a los servicios comunes de la Conselleria o Presidencia, según los casos, y las que le sean atribuidas por la normativa vigente. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Art. 4. Principios rectores de la acción administrativa. Art. 46. Fomento de la igualdad en el ámbito de la contratación. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Introducir la perspectiva de género en la normativa de la Generalitat (bases reguladoras subvenciones y becas, contratación, ). Establecer la paridad de mujeres y hombres como criterio general en órganos colegiados y en los cargos directivos. 2. Identificación de las actuaciones previstas. Inclusión, en los procedimientos de contratación administrativa, de conformidad con las posibilidades técnicamente aceptadas desde un punto de vista jurídico, de la valoración en positivo de la perspectiva de género para la adjudicación y subsiguiente ejecución del objeto de la contratación administrativa. C) Análisis del impacto de género. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) Se trata de una medida nueva en el procedimiento de contratación administrativa. Previsión de resultados. Se prevé una incidencia positiva en la sensibilización hacia las políticas inclusivas en el ámbito de la igualdad de género y de oportunidades. 306

307 D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN 2 2 E) Propuestas de mejora y recomendaciones La identificación de indicadores coherentes con los objetivos y actuaciones del programa, que permitan conocer el grado de desarrollo y cumplimiento de los objetivos determinados en el ámbito de la igualdad de género y de oportunidades, es un requisito necesario para la gestión del mismo. Como propuesta de mejora, consideramos imprescindible disponer de los datos clasificados según unos indicadores que permitan realizar un buen diagnóstico previo y faciliten la evaluación. Los indicadores no siempre están bien especificados, de tal manera que el objetivo es poder disponer de estos datos para mejorar la especificación e identificar fuentes estadísticas pertinentes para acercarnos al conocimiento de la realidad desde la perspectiva de genero. No obstante y a pesar de las limitaciones referidas, de acuerdo con la información de que disponemos, se proponen los siguientes identificadores: Indicador 1: Pliegos de contratación que han incluido en sus bases cláusulas que prioricen, en caso de empate, la existencia de planes de igualdad, sobre el total de pliegos elaborados. Indicador 2: Número de contratos adjudicados teniendo en cuenta los criterios de priorización de las cláusulas de igualdad de género, sobre el total de contratos adjudicados. Indicador 3: Organigrama de la Conselleria, de las entidades y de los órganos colegiados dependientes, que refleje los puestos de dirección ocupados por mujeres y hombres 307

308 PROGRAMA: ARQUITECTURA, VIVIENDA Y PROYECTOS URBANOS A) Contenido y finalidad del programa. El Decreto 159/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, determina en el artículo 9 que la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana es el centro directivo dependiente de la Secretaría Autonómica, que ejerce las competencias que le atribuye el artículo 70 de la Ley del Consell en materia de arquitectura, proyectos y actuaciones urbanas, equipamientos, vivienda y calidad de la edificación, gestión y coordinación del patrimonio público de vivienda, planes de vivienda, suelo y actuaciones concertadas con entes locales en materia de patrimonio urbano y plan de mejora municipal. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 3. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. Ley 9/2003 NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Art. 38. Prestaciones para vivienda. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Cumplir el mandato del mencionado artículo: Las mujeres víctimas de malos tratos que hayan tenido que abandonar su domicilio, tendrán acceso preferente a las viviendas sociales o, en su caso, tendrán preferencia en la percepción de una prestación económica específica para el alquiler de una vivienda, cuando no dispongan de recursos propios suficientes. Promover actuaciones que mejoren la situación de las mujeres en riesgo de exclusión social. Promover el acceso a la vivienda en condiciones de igualdad de mujeres y hombres. 4. Identificación de las actuaciones previstas. Las siguientes proyectos / líneas del anteproyecto de presupuestos 2017 (gastos) potencialmente tienen, de forma directa y en diverso grado, un impacto de género en su ejecución: 308

309 - CAPÍTULO VI ERE250 Reforma de viviendas públicas. - CAPÍTULO IV S7844 Actuaciones para emergencia social y pobreza energética. S7845 Plan Estatal de Fomento del alquiler, rehabilitación y renovación urbana Ayudas al alquiler de viviendas. - CAPÍTULO VII S8265 Avales a propietarios con microcréditos procedentes del IVF para hacer frente a posibles impagos. S8267 Fomento de la calidad de la vivienda en la Comunidad Valenciana. C) Análisis del impacto de género. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) Los datos consolidados del ejercicio 2015 indican que, en materia de Ayudas alquiler de viviendas, del total de solicitudes (8.203) correspondían a mujeres. Dentro de estas se detectó que 388 entraban dentro de la categoría de vulnerables, con la siguiente distribución: - 79 de Víctimas de violencia de género de Familia monomarental de Familia numerosa. - 1 de Víctima de terrorismo. En el ámbito de la regeneración urbana se prevé que, en el marco de aplicación de la Nueva Agenda Urbana Europea, se aplique a la ejecución de estas políticas la perspectiva de género. Los datos relativos al ejercicio 2016 se encuentran en fase de recopilación y elaboración, sin que se puedan considerar en estos momentos como representativos a efectos de evaluar el impacto. Previsión de resultados. En materia de vivienda, la previsión es priorizar las ayudas de Fomento del Alquiler, dentro del modo de concesión de concurrencia competitiva, a las mujeres víctimas de violencia de género y a las familias monomarentales. Por su parte, la proyectada Ley de la Función Social de la Vivienda debe suponer un impacto positivo en los colectivos sociales con riesgo de exclusión social, entre los que se incluyen las mujeres en situación de vulnerabilidad por causas diferentes. Asimismo, en el ámbito de la regeneración urbana, la aplicación de la Nueva Agenda Urbana Europa se prevé que tenga resultados positivos a medio-largo plazo en el diseño de espacios urbanos desde, entre otras, la perspectiva de género. 309

310 D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN 3 3 E) PROPUESTAS DE MEJORA Y RECOMENDACIONES La identificación de indicadores coherentes con los objetivos y actuaciones del programa, que permitan conocer el grado de desarrollo y cumplimiento de los objetivos determinados en el ámbito de la igualdad de género y de oportunidades, es un requisito necesario para la gestión del mismo. Como propuesta de mejora, consideramos imprescindible disponer de los datos clasificados según unos indicadores que permitan realizar un buen diagnóstico previo y faciliten la evaluación. Los indicadores no siempre estén bien especificados, de tal manera que el objetivo es poder disponer de estos datos para mejorar la especificación e identificar fuentes estadísticas pertinentes para acercarnos al conocimiento de la realidad desde la perspectiva de genero. No obstante y a pesar de las limitaciones referidas, de acuerdo con la información de que disponemos, se proponen los siguientes identificadores: Indicador 1: Régimen de tenencia de la vivienda principal Definición: Régimen de tenencia o titularidad de la vivienda de propiedad o de alquiler en función que la persona de referencia sea hombre o mujer. Variables de desagregación: procedencia, tramos de edad significativos, estado civil y nivel social, tipología de hogar. Indicador 2: Titularidad de vivienda de protección oficial Definición: Relación de porcentaje de mujeres que acceden a vivienda de protección oficial en comparación con el porcentaje de hombres. Sería interesante relacionar el porcentaje de solicitudes realizadas por mujeres con el número de viviendas efectivamente concedidas. Variables de desagregación: por edad, tipología de hogar y nivel social. 310

311 Indicador 3: Ayudas para el alquiler de vivienda Definición: Relación de mujeres que solicitan ayudas para pagar el alquiler de la vivienda en relación con el número de hombres que han hecho esta demanda. Variables de desagregación: edad, tipología de hogar y nivel de renta. la vivienda Indicador 4: Ingresos brutos del hogar dedicados a la compra o alquiler de Definición: Porcentaje de los ingresos brutos del hogar dedicado a la compra o alquiler de la vivienda en función que la persona de referencia sea hombre o mujer. Variables de desagregación: tramos de edad significativos, estado civil, tipología de hogar y nivel social. Indicador 5: Ubicación de hogares monoparentales y monomarentales Definición: Porcentaje de hogares en barrios considerados de baja o de alta calidad en relación con el hecho que la persona de referencia sea hombre o mujer. Variables de desagregación: procedencia, tramos de edad significativos, sido civil, nivel social y número de menores de 18 años por vivienda. Indicador 6: Instalaciones y servicios en el hogar Definición: Número de hogares unipersonales y monoparentales o monomarentales que disponen de agua caliente, baño o ducha, gas, teléfono, ascensor (si hace falta) teniendo en cuenta si la persona de referencia es mujer u hombre. Variable de desagregación: procedencia, tramos de edad, nivel social y número de menores de 18 años por vivienda. 311

312 CONSELLERIA DE TRANSPARENCIA, RESPONSABILIDAD SOCIAL, PARTICIPACIÓN Y COOPERACIÓN Responsabilidad Social y Fomento del Autogobierno Transparencia en la Actividad Pública y Participación Ciudadana Atención a la Ciudadanía, Calidad e Inspección de Servicios Dirección y Servicios Generales 312

313 PROGRAMA: RESPONSABILIDAD SOCIAL Y FOMENTO DEL AUTOGOBIERNO A) Contenido y finalidad del programa. Mediante este programa se financian las actuaciones impulsadas desde el Consell para difundir la cultura de la responsabilidad social entre la sociedad en general, las administraciones públicas y el sector privado con el fin de fomentar la implantación en las empresas -públicas y privadas- de políticas de responsabilidad social tales como la inserción de cláusulas de responsabilidad en la contratación, utilización de productos de comercio justo, elaboración de memorias de responsabilidad social e implantación de planes de igualdad en las empresas de la Comunitat Valenciana, sobre todo en las que contraten con la administración. Además, se financian con cargo al mismo todas las actuaciones derivadas del ejercicio de competencias en materia de fomento del autogobierno, entre las que cabe destacar la publicación de la Revista Valenciana d Estudis Autonòmics; la actualización y dinamización de la labor de la Comisión de Codificación Civil Valenciana y de sus distintas comisiones de trabajo, previa evaluación de sus potenciales nuevos cometidos; el impulso y apoyo al Observatorio de Derecho Civil Valenciano; el estudio de las posibles solicitudes al Estado de nuevas transferencias o nuevos traspasos de competencias, o de la ampliación de los ya efectuados, siempre que la obtención de la transferencia o el traspaso genere un beneficio tangible para la Comunitat Valenciana. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 Ley 9/2003 Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Art. 4. Principios rectores de la acción administrativa. Art. 20 Los planes de igualdad en las empresas Art. 21 La discriminación salarial OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Introducir la perspectiva de género en la normativa de la Generalitat. Conseguir que las empresas tengan planes de igualdad mediante la inclusión en los pliegos de contratación de la Administración de la Generalitat y su sector público de cláusulas de responsabilidad social en las que se prime a las empresas que sin estar obligadas legalmente tienen planes de igualdad. Conseguir la erradicación de la desigualdad salarial en las empresas de la Comunitat Valenciana mediante la inclusión de cláusulas de responsabilidad social en los 313

314 NORMA/PLAN Ley 9/2003 Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Art. 42 Observatorio de publicidad no sexista Art. 48 Lenguaje no sexista en los escritos administrativos OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD contratos de la Administración y su sector público. Conseguir que las empresas contratistas de la Administración realicen una publicidad no sexista. Conseguir la utilización de un lenguaje no sexista no solo en los escritos administrativos sino también en las publicaciones que directa o indirectamente edite la Generalitat, en la tramitación de anteproyectos normativos, convenios, subvenciones, expedientes de contratación etc. 2. Identificación de las actuaciones previstas. De acuerdo con lo señalado en la normativa citada, las actuaciones que desde este centro directivo se pretenden llevar a cabo para cumplir los objetivos previstos en materia de igualdad podríamos resumirlas en: La difusión de la "Guía Práctica para la inclusión de cláusulas de responsabilidad social en la contratación y subvenciones, que ha sido un instrumento elaborado desde esta Dirección General y coordinado con otros centros directivos de la Generalitat. En la citada Guía práctica se recogen modelos de cláusulas de responsabilidad social a incluir en la contratación y en las subvenciones que pretenden fomentar la existencia de planes de igualdad, o bien erradicar tanto la discriminación salarial, como la utilización del lenguaje y la publicidad sexista mediante modelos de cláusulas que faciliten el cumplimiento de estas finalidades. En el anteproyecto de Ley valenciana de fomento de la responsabilidad social se incluirán entre las medidas de fomento de la responsabilidad social en las administraciones públicas las correspondientes a políticas inclusivas, promoviendo la igualdad de trato, la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, la no discriminación, la conciliación de la vida personal y familiar, etc. En las actuaciones que se desarrollen el ámbito de fomento del autogobierno se tendrá en cuenta la perspectiva de género a través de medidas como las dirigidas a avanzar en la paridad en el Consejo de Redacción de Revista Valenciana de Estudis Autonòmics y fomentar, en la medida de lo posible, la incorporación de artículos y estudios elaborados por mujeres. 314

315 C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) La situación de partida de este centro directivo, por lo que respecta al ámbito de aplicación del programa presupuestario, resulta compleja por los motivos reflejados a continuación. En primer lugar se parte de una dirección general con competencia en dos ámbitos muy distintos. Por lo que respecta a la responsabilidad social es una competencia que nace del ejercicio presupuestario anterior, 2016, y es durante el mismo ejercicio cuando se empiezan a realizar trabajos en la materia, ya que poco o nada se había hecho sobre la misma, por ello al partir de un ámbito novedoso se pueden conseguir resultados tangibles en las políticas de género. En relación con la otra de las áreas de esta Dirección General, Fomento del Autogobierno, al tratarse de una competencia que parte de ejercicios anteriores, se han ido implantando progresivamente una serie de actuaciones para conseguir los objetivos establecidos en la ley de igualdad destacando a modo de ejemplo la utilización de lenguaje no sexista en los documentos administrativos, publicaciones, contratos, la paridad hombremujer, en la composición de los órganos adscritos a este centro directivo, etc. 2. Previsión de resultados. En relación a las competencias en la materia de responsabilidad social podemos concluir que los resultados de la implantación de políticas de igualdad serán siempre satisfactorios ya que partíamos de la casi inexistencia de actuación administrativa en el ámbito de la responsabilidad social, y así en el ejercicio 2016 se ha elaborado la Guía Práctica para la inclusión de cláusulas de responsabilidad social en la contratación y subvenciones, y durante el ejercicio 2017 se tiene que conseguir la aplicación de cláusulas de responsabilidad social, o bien las recogidas en la citada guía o bien cualesquiera otras que pe*rmitan aumentar la existencia de empresas con planes de igualdad, además de empresas que no discriminen salarialmente a las mujeres y empresas que no utilicen publicidad sexista. Por lo que respecta a los destinatarios finales de las actuaciones que se realizan con cargo a los fondos de este programa presupuestario, no se evidencia desigualdad hombremujer, ya que una gran parte de la población beneficiaria lo hace a través de las actuaciones que realizan las universidades de la Comunitat Valenciana y los ayuntamientos y mancomunidades, evidenciándose año tras año que éstos en sus acciones dirigidas a la ciudadanía aplican políticas igualitarias en sus acciones. 315

316 D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? CALIFICACIÓN 2 Relevancia funcional (indicador cualitativo) En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? 2 PROGRAMA: TRANSPARENCIA EN LA ACTIVIDAD PÚBLICA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA A) Contenido y finalidad del programa. La finalidad del programa es, en esencia, dar cumplimiento a las líneas esenciales establecidas en la Ley 2/2015 de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana y en sus reglamentos de desarrollo. Entre las mismas se incluyen, entre otras: mantenimiento y desarrollo del Portal de Transparencia (gvaoberta) y de los datos abiertos reutilizables (open data), impulso del derecho de acceso a la información pública a través de medios telemáticos y comunicación de la ciudadanía mediante redes sociales, promoción de la confianza de la ciudadanía en los altos cargos, gestión del Consejo de Transparencia en la Actividad Pública y Buen Gobierno, gestión del Registro de Actividades y Derechos Patrimoniales de altos cargos, ejecución de la Ley de Cuentas Abiertas, fomento de la participación ciudadana y de la sociedad civil, fomento del asociacionismo como factor imprescindible para la vertebración de la sociedad, soporte a las comunidades valencianas en el exterior (CEVEX) profundizando en los problemas de los jóvenes, soporte a las casas regionales de otras comunidades autónomas en la Comunitat Valenciana, y soporte administrativo al Consell de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno. Todo ello, con el objetivo de mejorar la calidad democrática de las instituciones, recuperación y mantenimiento de la confianza en los altos cargos, instaurar una nueva cultura de apertura informativa y promover el papel de la Generalitat como referente de transparencia y participación. 316

317 B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN ARTÍCULO/ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECIFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Ley 9/2003, de 2 de abril de la Generalitat, para la igualdad entre hombres y mujeres Ley orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre hombre y mujeres Plan de igualdad entre hombres y mujeres Decreto 56/2016, del Consell, Código del Buen Gobierno en la Generalitat Decreto 56/2016, del Consell, Código del Buen Gobierno en la Generalitat Decreto 94/2016, del Consell, Centros valencianos en el exterior Decreto 94/2016, del Consell, Centros valencianos en el exterior Proyecto d Decreto por el que se crea el Consejo de Participación Ciudadana (actualmente en la Abogacía) Orden 4/2016, de la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación, sobre bases reguladoras de las subvenciones para entidades locales, entidades ciudadanas, CEVEX y casas regionales 4 resoluciones, de la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación, sobre las subvenciones para entidades locales, entidades ciudadanas, cevex y casas regionales Art. 10. Representación paritaria de mujeres y hombres Art. 35. Subvenciones públicas Área 8. Participación y cooperación Art. 8 Art. 9 Art. 7 Art. 13 Art. 4 a 7 Art. 4 Fomentar la participación de las mujeres en el ámbito público. Valoración en las bases de las subvenciones del principio de igualdad. Incrementar las ayudas que fomenten la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres. Fomentar la participación de las mujeres en el ámbito social. No discriminación por razón de sexo y respeto a la diversidad sexual. Democracia paritaria y uso del lenguaje inclusivo. Apoyo económico mediante subvenciones, de iniciativas destinadas a las mujeres y a la igualdad de oportunidades. Representación equilibrada de hombres y mujeres en el Consejo de CEVEX. Será preceptiva una representante del Consejo Valenciano de la Mujer. En su composición habrá representación equilibrada de hombres y mujeres. Se tendrá en cuenta la igualdad de género en la concesión de las subvenciones como criterio de valoración. Criterios de valoración Se valorarán especialmente proyectos destinados a la igualdad entre hombre y mujeres. Se valorará la paridad en la composición de los órganos directivos. 317

318 2. Identificación de las actuaciones previstas. Conforme a lo expuesto en la normativa precitada, las actuaciones previstas se enmarcan en el ámbito del fomento de la participación de las mujeres en el ámbito social en general, que se resume en la propuesta del incremento de las ayudas que de modo genérico impulsen la igualdad en los niveles de trato, de participación, de decisión, de dirección y de liderazgo por parte de las mujeres. Para ello, se impulsarán medidas como: Utilización de lenguaje inclusivo en los consejos y órganos directivos de las entidades vinculadas a esta conselleria. Aprobar una resolución del Conseller de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación, mediante la que se garantice una representación equilibrada entre hombres y mujeres en el Consejo de CEVEX, utilizando los medios operativos adecuados dada la imposibilidad manifiesta de tener un proceso electoral convencional. Establecer un procedimiento riguroso en relación con la composición y elección del Consejo de Participación Ciudadana que garantice la paridad entre hombres y mujeres (artículos 4 y 5 del proyecto de decreto de dicho Consejo). Canalizar los procedimientos pertinentes ante los incumplimientos de los altos cargos de las normas de conducta previstas en los Art. 8 y 9 del Código de Buen Gobierno, en los que se establece la conducta ética de los altos cargos respecto a la normativa de igualdad entre mujeres y hombres y en los supuestos en que la situación así lo requiera. Incorporar como criterio de valoración en la concesión de subvenciones que los proyectos tengan en cuenta de manera esencial los principios de fomento de participación de las mujeres, no discriminación e igualdad de oportunidades y que los órganos de dirección de las entidades subvencionadas apliquen de manera expresa la paridad en la composición de los mismos. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) Sobre la detección de diferencias entre hombres y mujeres, el único dato sobre el que no existen dudas es el de la composición de los Consejos anteriores de CEVEX y de Ciudadanía. En dichos consejos había una descompensación considerable, por cuanto existía una mayoría evidente de hombres. 318

319 Sin embargo, en el ámbito asociativo de base, no existe un estudio riguroso que afirme o no dichas diferencias. No obstante, y por los estudios de evaluación de las subvenciones, si que se observan entidades con mayorías de mujeres, tanto en su composición global como en sus órganos directivos. En cuanto a los principales obstáculos en materia de igualdad de género que puede encontrar el programa presupuestario, continúa existiendo una limitación velada o techo de cristal en la participación de las mujeres en los órganos de dirección de las organizaciones de participación. Y por otra parte continúa existiendo el problema de la conciliación con la vida laboral y familiar, de ahí proviene la necesidad de promover medidas de conciliación. Esencialmente las mujeres y los hombres tienen acceso a los recursos del programa presupuestario de igual manera. No se han detectado diferenciales de utilización de los recursos entre hombres y mujeres. No se conoce en la actualidad el resultado desagregado por sexo de la concesión de ayudas/subvenciones, pero se propone exigir la desagregación por sexos en los formularios referidos a proyectos futuros, con el fin de obtener datos objetivos. En rigor, no existe un estudio sociométrico desagregado que permita evaluar el resultado final de quienes se benefician de las subvenciones. 2. Previsión de resultados. de igualdad. En la actualidad no se dispone de indicadores coherentes con los objetivos definidos Ahora no se dispone de información suficiente para construir los indicadores, si bien se dispondrá con los datos de 2017 mediante información en los formularios, así como existirán indicadores para controlar la paridad en los Consejos. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) CALIFICACIÓN Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? 2 En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? 2 319

320 E) Propuestas de mejora y recomendaciones En los formularios de nuevos proyectos se introducirán modificaciones con la finalidad de poder realizar estudios sociométricos para poder subsanar las carencias actuales referidas a datos fiables de porcentajes de mujeres en la participación en el mundo asociativo, tanto las destinatarias como las componentes de la asociación y de sus órganos directivos. Consecuentemente, entre otras metodologías de estudio, se promoverán líneas de investigación en el marco de los convenios entre esta consellleria y las universidades públicas valencianas. PROGRAMA: ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA, CALIDAD E INSPECCIÓN DE SERVICIOS A) Contenido y finalidad del programa. La finalidad del programa es, por una parte, diseñar y mantener el sistema de información a la ciudadanía, atendiéndole en el momento que le interese y por el canal que elija. En particular a través de las oficinas PROP, el servicio 012 y la guía PROP electrónica. Por otra parte, el programa busca la simplificación administrativa de los procesos de la Generalitat, así como la mejora de la calidad de los servicios públicos que presta haciendo uso de distintas herramientas para la mejora como por ejemplo: las evaluaciones de calidad, las cartas de servicios, el sistema de quejas, sugerencia y agradecimientos, etc. Todo ello en un marco de colaboración con los distintos departamentos de nuestra administración. Por último, dentro del programa y a través de la inspección general de servicios, se ejerce la función de máximo órgano interno de control e inspección, encargado de la vigilancia del estricto cumplimiento de la legalidad y de la observancia de los principios generales de objetividad, imparcialidad, eficacia y eficiencia a que se debe la organización pública de la Administración de la Generalitat. 320

321 B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. Ley 9/2003 NORMA/PLAN Decreto 24/2016, de 26 de febrero, del Consell, por el que se modifica el Decreto 160/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación. ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Art. 4. Principios rectores de la acción administrativa. Artículo 16. Subdirección General de Atención a la Ciudadanía, Calidad e Inspección de Servicios. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Introducir la perspectiva de género en la estructura organizativa de los poderes públicos. Trato igualitario en la atención a la ciudadanía entre ambos sexos en todos los canales de atención. Desde el punto de vista de las funciones de control e inspección general de servicios, revisar en todas las actuaciones la no existencia de trato discriminatorio por motivo de género. 2. Identificación de las actuaciones previstas. cabe destacar: De acuerdo con lo señalado en la normativa citada, entre las actuaciones previstas Adoptar las medidas necesarias para garantizar la efectiva implantación de la perspectiva de género en toda la red de oficinas PROP y el servicio 012, con el fin de garantizar un trato igualitario. Analizar en las distintas actuaciones de control e inspección llevadas a cabo por la inspección general de servicios que no se produce discriminación por causa de género. En caso de detectar alguna incidencia, se propondrá a los órganos correspondientes la adopción de las medidas necesarias para subsanarla. 321

322 C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) El servicio 012 de la Generalitat realiza atenciones telefónicas anuales y en las oficinas PROP se realizan atenciones presenciales al año. Hasta la fecha no se ha presentado ninguna queja por discriminación de género con ocasión de la prestación de estos servicios. La Inspección General de Servicios elaboró un Protocolo de actuación ante el acoso sexual y acoso por razón de sexo en el ámbito laboral de la Administración de la Generalitat, que actualmente está en vigor. 2. Previsión de resultados. Mantener en cero el número de quejas por discriminación de género en la atención prestada a la ciudadanía por el 012 y las oficinas PROP. Facilitar la interposición de denuncias ante la inspección general de servicios por discriminación de género o acoso sexual y actuar de manera diligente en la gestión de las mismas y el apoyo a las personas denunciantes. Hasta la fecha no se ha presentado ante la Inspección general de servicios ninguna denuncia por discriminación de género o acoso sexual. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN 2 1 PROGRAMA: DIRECCIÓN Y SERVICIOS GENERALES A) Contenido y finalidad del programa. Mediante este programa se financian las actuaciones de la Conselleria en relación a la coordinación, supervisión y asesoramiento de las Direcciones Generales; la gestión jurídica, administrativa, presupuestaria, económica y de personal; el soporte a la persona titular de la Conselleria mediante la elaboración de informes y estudios y el funcionamiento de la Unidad de Igualdad de la Conselleria. 322

323 B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Decreto 160/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación. Ley 9/2003 Ley Orgánica 3/2007 Ley 9/2003 Ley 9/2003 Ley Orgánica 3/2007 Ley Orgánica 3/2007 Ley Orgánica 3/2007 Ley Orgánica 3/2007 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Artículo 17. Subdirección General del Gabinete Técnico. Funciones de la Unidad de Igualdad. Artículo 4. Principios rectores de la acción administrativa. Artículo 19. Informes de impacto de género. Artículo 48. El lenguaje no sexista en los escritos administrativos. Artículo 20. Adecuación de las estadísticas y estudios. Artículo 46. Fomento de la igualdad en el ámbito de la contratación. Artículo 35. Subvenciones públicas. Artículo 44. Los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral Artículo 51. Criterios de actuación de las Administraciones Públicas OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Impulsar el ejercicio efectivo de las funciones atribuidas a la Unidad de Igualdad. Incorporar la perspectiva de género en la normativa de la Generalitat. La Unidad de Igualdad actuará como órgano de consulta y soporte a los órganos directivos de la Conselleria en los proyectos de disposiciones generales y en los planes de especial relevancia económica, social, cultural y artística. La Unidad de Igualdad colaborará con los órganos directivos en la consolidación práctica del uso de un lenguaje no sexista en las normas o escritos administrativos. Incorporar la perspectiva de género en los informes y estudios que elabora el Gabinete Técnico. Incorporar a los contratos que celebre la Conselleria los criterios de igualdad previstos en la normativa vigente. Incorporar a las subvenciones que otorgue la Conselleria los criterios de igualdad previstos en la normativa vigente. Promover entre el personal de la Conselleria el ejercicio de los derechos que les reconoce la legislación vigente por lo que se refiere a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Conseguir la presencia equilibrada de hombres y mujeres en los órganos de decisión de la Administración. 323

324 2. Identificación de las actuaciones previstas. De acuerdo con lo expuesto en la normativa precitada, la síntesis de las actuaciones previstas será la siguiente: - Impulsar el ejercicio efectivo de las funciones atribuidas a la Unidad de Igualdad en el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria, desarrollando mecanismos de comunicación fluidos entre los órganos y unidades de la Conselleria y la Unidad de Igualdad. - Fomentar la incorporación en la normativa de la Generalitat de la perspectiva de género desde el punto de vista más amplio y transversal posible. - La Unidad de Igualdad facilitará a los órganos directivos la información y directrices a su alcance que les ayude a mejorar la calidad y la eficacia de los informes de impacto de género relativos a los proyectos de disposiciones generales y en los planes de especial relevancia económica, social, cultural y artística. - La Unidad de Igualdad actuará como órgano de consulta y apoyo a los órganos directivos de la Conselleria en el cumplimiento del objetivo común de utilizar un lenguaje no sexista en las normas o escritos administrativos. - En los informes y estudios que elabora el Gabinete Técnico se incorporarán los criterios de igualdad entre los parámetros de estudio, análisis y valoración. A tal efecto, cuando se soliciten datos estadísticos a los órganos propios o ajenos se les solicitará expresamente que incluyan la variable de género. - Fomentar la incorporación a los contratos que celebre la Conselleria de los criterios de igualdad previstos en la normativa vigente. - Fomentar la incorporación a las subvenciones que otorgue la Conselleria de los criterios de igualdad previstos en la normativa vigente. - Divulgar entre el personal de la Conselleria el ejercicio de los derechos que les reconoce la legislación vigente por lo que se refiere a la conciliación de la vida personal, familiar, laboral y facilitar su ejercicio. - Promover, la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de selección y valoración de personal y en las mesas y órganos de contratación. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) Durante el año 2016 se ha estructurado el funcionamiento de la Unidad de Igualdad adscrita a la Subdirección General del Gabinete Técnico y se han fijado los mecanismos de comunicación entre ésta y los órganos directivos de la Conselleria. También se ha prestado una especial atención a la incorporación efectiva de las obligaciones y previsiones de la legislación vigente en materia de igualdad a la gestión administrativa de la Conselleria. 324

325 2. Previsión de resultados. La finalidad común de los objetivos y actuaciones mencionados en los apartados anteriores es generalizar la incorporación de la perspectiva de género en todos los ámbitos de actuación de la Conselleria. El objetivo para el próximo ejercicio es desarrollar políticas y actuaciones de promoción de la igualdad de género más allá de las estrictamente obligatorias. A estos efectos, se ha de impulsar y dar a conocer los mecanismos y recursos que la Generalitat tiene a su alcance que pueden resultar de mayor utilidad. Así, durante el próximo ejercicio, esta previsto consolidar el papel de la Unidad de Igualdad como órgano de apoyo a los órganos directivos y unidades administrativas de la Conselleria y de impulso de la incorporación de la perspectiva de género a todas las políticas de este departamento. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN 2 2 E) Propuestas de mejora y recomendaciones Ya que las subsecretarías de las diferentes Consellerias tienen una estructura y unas atribuciones muy similares, desde la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas se podrían coordinar las actuaciones que estos órganos llevan a término en materia de igualdad, lo que favorecerá no sólo su coherencia sino también una mayor eficacia. 325

326 5.- FICHAS IMPACTO DE GÉNERO SECTOR PÚBLICO INSTRUMENTAL DE LA GENERALITAT ORGANISMOS AUTÓNOMOS DE LA GENERALITAT DENOMINACIÓN: INSTITUTO VALENCIANO DE LA JUVENTUD (IVAJ) CONSELLERIA DE ADSCRIPCIÓN: VICEPRESIDENCIA Y CONSELLERIA DE IGUALDAD Y POLÍTICAS INCLUSIVAS A) Contenido y finalidad del Ente. Para la anualidad 2017, el Instituto de la Juventud.Generalitat Jove (IVAJ.GVA JOVE), pretende dar respuesta a los principales temas que preocupan a la juventud Valenciana, así, la finalidad del programa presupuestario es la necesidad de desarrollar e integrar las políticas públicas con incidencia en el ámbito de los jóvenes. El IVAJ contribuye al desarrollo del programa de promoción y de servicios de la juventud mediante acciones estructurales que promueven la igualdad y realizando programas dirigido a los y las jóvenes sin distinción de sexo. B) Información relacionada con impacto de género en el ámbito de actuación del Ente. Un pilar fundamental de las políticas de juventud es el convencimiento de que el reto de la igualdad es posible y que es un objetivo por el que todas las administraciones públicas deben trabajar para evitar las evidentes desigualdades de género que aun siguen padeciendo las mujeres; igualdad para garantizar que las personas jóvenes en la Comunidad cuenten con las mismas oportunidades a la hora de acceder a la información, a la cultura, a un empleo, a una vivienda, o a una adecuada formación. C) Análisis del impacto de género. Durante el ejercicio 2017 los objetivos y las líneas de trabajo y actuaciones a desarrollar en materia de juventud vendrán estructuradas a través de: -Realización de cursos de formación dirigidos a formadores de escuelas de animación juvenil que aporten herramientas para una educación no sexista, de respeto a la diversidad de género y sexual. -En relación con la dimensión de participación juvenil y formación en valores, los objetivos se centran en fomentar la participación libre y eficaz de la juventud como herramienta de transformación política y social de la realidad valenciana, promoviendo actitudes y valores democráticos entre la juventud, y democratizar la información juvenil. Para ello se fomentara el asociacionismo juvenil. 326

327 - Promoción de la participación de los jóvenes en el asociacionismo juvenil, reforzando el compromiso con la igualdad de oportunidades. Para el cumplimiento de este objetivo se realizaran las siguientes acciones: 1.- Ayudas a asociaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud. 2.-Subvenciones al Consell de la Juventud de la Comunidad Valenciana. Por otro lado, se contribuirá a que los servicios de información juvenil, se presten de forma idónea, facilitando a las asociaciones, entidades e instituciones la infraestructura y equipamiento necesarios, como estrategia para la consecución de la igualdad de oportunidades entre la juventud, con especial referencia a la igualdad de género, utilizando como eje vertebrador la XARXA JOVE, atendiendo a las demandas informativas provenientes de sus servicios y mediante el mantenimiento y dinamización de su lista de distribución. Se impulsará la participación de la juventud en programas que propicien la movilidad y el aprendizaje intercultural, como campos de trabajo de servicio voluntario para jóvenes, 2 especialmente los relacionados con la ciudadanía europea, como el Programa Erasmus + Por otra parte, con motivo de la celebración, el 25 de noviembre, del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, el IVAJ.GVA JOVE organiza un concurso de fotografía. El concurso premia aquellas fotografías que reflejaran mejor la realidad del día a día de las víctimas de violencia de género, con el objeto de sensibilizar e involucrar a los jóvenes de la Comunitat en la problemática y la gravedad que supone ser víctima de violencia de género, además de estimular y premiar su creatividad. Al mismo tiempo se busca concienciar a la sociedad en general frente a este problema mediante la exposición de las imágenes seleccionadas y, sobre todo, combatir la indiferencia. Este concurso está convocado para jóvenes residentes en la Comunitat Valenciana cuyas edades estén comprendidas entre los 14 y 30 años. El concurso quiere transmitir los valores de convivencia, educación y respeto ante la plaga social que supone la existencia, todavía hoy, de actitudes violentas contra las mujeres. El concurso cuenta con dos modalidades, fotografía y video. Simultáneamente, se realiza una convocatoria de proyectos didácticos dirigido a profesionales y empresas para la elaboración de proyectos de actividades didácticas de prevención de la violencia machista para grupos de adolescentes y jóvenes. Las actividades deberán transmitir valores de convivencia, educación y respeto frente a las actitudes violentas contra las mujeres, y estarán basadas en las fotografías y en los vídeos premiados y seleccionados de la exposición del concurso convocado por el IVAJ. Las actividades serán dinámicas, participativas y estarán dirigidas a grupos de adolescentes y jóvenes y contarán con una guía didáctica para los educadores o educadoras. 327

328 D) Propuestas de mejora y recomendaciones. El IVAJ.GVA JOVE ha sido parte integrante del Plan de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres , participando en las distintas reuniones que se han ido convocando y se creó una comisión Técnica para su seguimiento, adoptándose las siguientes actuaciones: Desagregar por sexo la mayor parte de la información disponible, y su aplicación en estadísticas y memoria de actividades. Fomentar la utilización de lenguaje no sexista, aplicándose en las normas, textos administrativos que se generan y en la web del IVAJ.GVA JOVE Realizar la evaluación de impacto de género de las ayudas y subvenciones concedidas. Ya se ha aplicado en algunas convocatorias y está prevista su aplicación en el resto. En las convocatorias de subvenciones a asociaciones se ha incorporado una mayor valoración en la baremación a los proyectos que fomenten la igualdad de género. En la web del IVAJ.GVA JOVE, se ha incluido una sección sobre la violencia de género, acoso escolar, maltrato, etc. Además de continuar con las líneas expuestas anteriormente, el IVAJ.GVA JOVE tiene previsto realizar en 2017 las siguientes actuaciones: Programa de prevención de la violencia de género en adolescentes, en colaboración con la Direcció General de l'institut Valencià de les Dones i per la Igualtat de Gènere Análisis de la participación por género en los diferentes programas y convocatorias que se realicen. Por último, se propone como mejora introducir en todos los documentos, convenios, normativa, estudios, expedientes de contratación, publicaciones, escritos y comunicaciones en general la utilización de un lenguaje no sexista. 328

329 5.1.2 DENOMINACIÓN: INSTITUTO CARTOGRÁFICO VALENCIANO (ICV) CONSELLERIA DE ADSCRIPCIÓN: VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO A) Contenido y finalidad del Ente. La Ley de la Generalitat Valenciana 9/1997, de 9 de diciembre, creó el Instituto Valenciano Cartográfico (ICV), y le atribuyó como función el impulso, la coordinación y el fomento de las tareas de desarrollo cartográfico, fotogramétrico, geodésico, topográfico y de cualquier otra tecnología geográfica en el ámbito de las competencias de la Generalitat La finalidad del Ente es producir y difundir información geográfica y que ésta esté continuamente actualizada. Esta actividad es instrumental de cualquier otra competencia de la Generalitat. B) Información relacionada con impacto de género en el ámbito de actuación del Ente. igualdad son: En este ejercicio presupuestario 2017 los objetivos y actuaciones en materia de En los procedimientos de contratación y de subvenciones que este organismo tramite, se seguirá la guía práctica de la Generalitat para la inclusión de cláusulas sociales en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Se realizará un estudio del impacto de género de la actividad del ICV, en los siguientes ámbitos: personal, contratación, subvenciones y acceso a la información geográfica. C) Análisis del impacto de género. En los últimos años, en el ICV no se ha realizado un análisis del impacto de género de su actividad por lo que no consta información al respecto. En todo caso, al finalizar el ejercicio 2016 se realizará una memoria en este sentido, con la finalidad de obtener el primer diagnóstico al respecto y poder fijar así los indicadores adecuados a éste ámbito de actividad pública. La actividad del Ente no tiene una incidencia manifiesta en materia de igualdad. La información geográfica va dirigida a la población en general. La cartografía elaborada por el ICV es de acceso público a través de la página web del ICV. 329

330 D) Propuestas de mejora y recomendaciones. La propuesta de mejora consiste en implantar en el funcionamiento del ICV la perspectiva de género con la finalidad de hacer un primer diagnóstico y proponer indicadores adecuados a este ámbito de actividad administrativa. En este sentido, uno de los indicadores será el número de personas que han accedido a las consultas de la página web, desagregadas por sexos. 330

331 5.1.3 DENOMINACIÓN: SERVICIO VALENCIANO DE EMPLEO Y FORMACIÓN (SERVEF) CONSELLERIA DE ADSCRIPCIÓN: ECONOMÍA SOSTENIBLE, SECTORES PRODUCTIVOS, COMERCIO Y TRABAJO Subprograma Fomento de Empleo Subprograma Formación y Cualificación Profesional Subprograma Planes de Apoyo al Empleo en Sectores Productivos Subprograma Inserción Laboral Subprograma Administración y Coordinación General 331

332 SUBPROGRAMA FOMENTO DE EMPLEO (SERVEF) A) Contenido y finalidad del Ente. La Ley 3/2000, de 17 de abril, por la que se crea el Servicio Valenciano de Empleo y Formación (SERVEF), establece en su artículo 2 las siguientes funciones: 1. El Servicio Valenciano de Empleo y Formación tendrá a su cargo el impulso y ejecución de la política de la Generalitat Valenciana en materia de intermediación en el mercado de trabajo y de orientación laboral, y, gradualmente, las políticas activas de empleo y de formación profesional, tanto ocupacional como continua de su competencia, que ejercerá interrelacionadamente, garantizando la gestión territorializada y cercana al ciudadano y a la ciudadana, y le corresponderá el desarrollo de las siguientes funciones: a) La ejecución y control de dichas políticas, y los programas que la componen, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana y, en su caso, el ejercicio de la potestad sancionadora correspondiente. b) Ofrecer y prestar servicios de apoyo que faciliten la inserción laboral y la mejora ocupacional, agilizando y optimizando la intermediación de oferta y demanda en el mercado de trabajo, favoreciendo unidades de desarrollo territorial en comarcas con especial problemática de desempleo, así como ejecutar las competencias en materia de agencias privadas de colocación. c) La articulación de la colaboración con otras entidades públicas o privadas que participen en el proceso de intermediación laboral. d) En general, cualquier otra competencia que le corresponda en materia de intermediación y orientación laboral, empleo, formación, e inserción laboral y, en especial, la promoción del autoempleo en los llamados yacimientos de empleo, potenciando la formación ocupacional y la interrelación y desarrollo de los subsistemas de formación profesional y la creación de nuevos servicios de orientación y asesoramiento de carácter integral, en las oficinas de servicio al ciudadano y a la empresa, de la manera mas efectiva y coordinada, estableciendo líneas de apoyo especial para colectivos como la mujer desempleada y otros mas discriminados. 332

333 B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Ley 9/2003 Título II. Capítulo III. IgualdadPromover la incorporación laboral, plena y en el ámbito laboral. estable, de las mujeres al mercado laboral. Promover el espíritu emprendedor y la actividad empresarial de las mujeres. Promover la incorporación laboral, plena y estable, de las mujeres con especial dificultad (discapacitadas, inmigrantes, en riesgo de exclusión...). Impulsar el desarrollo de acciones positivas en las empresas. 2. Identificación de actuaciones previstas. - Subvencionar la contratación de los colectivos de difícil inserción laboral. - Apoyar la estabilidad laboral y la mejora en las condiciones laborales de los colectivos que sufren la precariedad del mercado de trabajo. - Aplicar las políticas activas de empleo con perspectiva de género. - Subvencionar la contratación de mujeres, especialmente en aquellos sectores en los que se encuentran subrepresentadas. - Apoyar las iniciativas empresariales promovidas por mujeres. - Colaboración con corporaciones locales para la contratación de desempleados a fin de que realicen obras o servicios de interés general o social. - Facilitar oportunidades de empleo a los jóvenes. - Subvencionar la contratación de los jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. 333

334 - Apoyar el acceso al mercado laboral de los desempleados con discapacidad mediante fórmulas de empleo protegido como los Centros Especiales de Empleo y favorecer su tránsito al mercado laboral ordinario mediante los enclaves laborales y empleo con apoyo. - Apoyar el acceso al mercado laboral ordinario de los desempleados con discapacidad, fomentando la contratación indefinida y temporal, así como la transformación de contratos temporales en indefinidos - Apoyar la creación y mantenimiento de las empresas de inserción y apoyar a empresas ordinarias que contraten a trabajadores procedentes de empresas de inserción. - Apoyo a empresas calificadas I+E y otros proyectos empresariales innovadores. - Potenciar la red de Agentes de Empleo y Desarrollo Local. - Apoyar los Pactos Territoriales por el Empleo. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) En el mes de agosto de 2016 del total de demandantes en la Comunitat Valenciana personas, son mujeres, lo que supone un 56,47% del total. Esto presupone un acusado desequilibrio en contra de las mujeres, ya que el porcentaje en desempleo de éstas es superior al de los hombres en desempleo en 12,94 puntos. Los mayores obstáculos que tradicionalmente han tenido las mujeres para poder integrarse en igualdad de condiciones en el mercado laboral tienen su origen en la asociación de su figura con la conciliación entre las esferas familiar y laboral así como con la idea preconcebida de la mayor estabilidad y presencia de un hombre en su puesto de trabajo. Que lo anterior se haya revelado falso no ha revertido las reticencias para contratar mujeres por parte de muchas empresas. 2. Previsión de resultados. Durante el año 2015 del total de ayudas concedidas a personas desempleadas por la Subdirección General de Empleo un 40,17 % fueron a mujeres. Con el fin de seguir avanzando en la corrección de las diferencias observadas en referencia a los mayores porcentajes de desempleo que afectan a las mujeres en relación a los hombres, se va a proponer que las actuaciones previstas apliquen los elementos correctores necesarios para revertir la situación de partida, para ello se realizará: Acción positiva para la mujer en procesos de selecciones de Empleo Social Intensificación de las ayudas por contrataciones en el caso de trabajadoras. 334

335 D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad Impacto (indicador cuantitativo) CALIFICACIÓN de Sobre que número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? 2 Relevancia funcional (indicador cualitativo) En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? 2 335

336 SUBPROGRAMA: FORMACIÓN Y CUALIFICACIÓN PROFESIONAL (SERVEF) LINEA: S5644 PLANES DE FORMACIÓN DIRIGIDOS PREFERENTEMENTE A OCUPADOS. A) Contenido y finalidad del programa. Realización de acciones formativas dirigidas, preferentemente, a trabajadores ocupados. B) Identificación de objetivos en materia de igualdad de oportunidades que son de aplicación. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN ARTÍCULO/ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVO EN MATERIA DE IGUALDAD Ley 9/2003 Título II. Capítulo III. Promover la incorporación laboral de las Igualdad en el ámbitomujeres y en especial las víctimas de laboral. violencia de género, a través de su formación y recualificación profesional. Impulsar la incorporación, permanencia y promoción laboral, a través de la formación ocupacional. Impulsar el desarrollo de acciones positivas en las empresas. 2. Identificación de las actuaciones previstas. Priorizar en la selección del alumnado la participación de las mujeres. Incluir en la valoración de las solicitudes la aplicación de medidas de responsabilidad social, en concreto, la aplicación por parte de los solicitantes de acciones positivas que garanticen y promuevan la igualdad efectiva de oportunidades entre mujeres y hombres. 336

337 C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) Según los datos obrantes en esta Dirección General, relativos al último ejercicio cerrado a fecha de hoy, en 2014 participaron en los planes de formación un total de personas de las que eran hombres y mujeres, lo que supone un porcentaje de participación femenina de un 46,58% sobre el total. 2. Previsión de resultados. Teniendo en cuenta que se ha producido una disminución del 7,35% en la cuantía presupuestada para el ejercicio 2017, en relación con el importe presupuestado en el ejercicio 2014, se prevé que con la aplicación de las citadas medidas se mantenga el porcentaje de mujeres formadas anteriormente citado. En consecuencia, para el ejercicio 2017 se espera una participación en los planes de formación de un total de personas de las que serán hombres y serán mujeres. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO CALIFICACIÓN Capacidad de Impacto Sobre que número de personas (indicador cuantitativo) despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? Relevancia funcional (Indicador cualitativo) En qué medida el ámbito en el Se estima que la medida que actúa el programa esfomentará la presencia de las considerado como palanca demujeres en formación para los cambio en igualdad de género? sectores en las que están infrarrepresentadas. E) Propuestas de mejora y recomendaciones. Promover la participación efectiva de las mujeres en el ámbito de la formación profesional para el empleo con el objeto de incrementar progresivamente su integración efectiva en el mundo laboral, a través del fomento de la presencia de las mujeres en formación para los sectores en las que están infrarrepresentadas. 337

338 LINEA: S7978 PROGRAMA MIXTO DE EMPLEO-FORMACIÓN POCV. A) Contenido y finalidad del programa. Programa de formación en alternancia con la práctica profesional en actividades de interés público social, y acciones incluidas en las medidas de impulso de la economía valenciana, para colectivos con necesidades de inserción laboral. B) Identificación de objetivos en materia de igualdad de oportunidades que son de aplicación. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN ARTÍCULO/ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVO EN MATERIA DE IGUALDAD Ley 9/2003 Título II. Capítulo III. Promover la incorporación laboral de las Igualdad en el ámbitomujeres y en especial las víctimas de laboral. violencia de género, a través de su formación y recualificación profesional. Impulsar la incorporación, permanencia y promoción laboral, a través de la formación ocupacional. Impulsar el desarrollo de acciones positivas en las empresas. 2. Identificación de las actuaciones previstas. Priorizar en la selección del alumnado la participación de las mujeres, en especial las víctimas de violencia de género, así como las incluidas en colectivos con especial dificultad (discapacidad, riesgo de exclusión social). Incluir en la valoración de las solicitudes la aplicación de medidas de responsabilidad social, en concreto, la aplicación por parte de los solicitantes de acciones positivas que garanticen y promuevan la igualdad efectiva de oportunidades entre mujeres y hombres. 338

339 C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico). No se dispone de datos de partida al tratarse de un programa de nueva implantación, no obstante, comparando la situación de programas análogos, en concreto el programa mixto de empleo formación, en el que según los datos obrantes en esta Dirección General, relativos al último ejercicio cerrado a fecha de hoy, en 2014 participaron en las acciones formativas un total de personas desempleadas de las que eran hombres y 883 mujeres, lo que supone un porcentaje de participación femenina de un 42,03% sobre el total. 2. Se puede extraer la siguiente previsión de resultados. Teniendo en cuenta la cuantía presupuestada para el ejercicio 2017, y comparando con la cuantía y resultados obtenidos en 2014 para el programa citado en el párrafo anterior, se prevé que con la aplicación de las citadas medidas se mantenga el porcentaje de mujeres formadas anteriormente citado. En consecuencia, para el ejercicio 2017 se espera una participación en las acciones formativas de un total de 601 personas desempleadas de las que 348 serán hombres y 253 serán mujeres. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO CALIFICACIÓN Capacidad de Impacto Sobre que número de personas (indicador cuantitativo) despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? 601 Relevancia funcional (Indicador cualitativo) En qué medida el ámbito en else estima que la medida que actúa el programa es fomentará la presencia de las considerado como palanca de mujeres en formación para cambio en igualdad de género? los sectores en las que están infrarrepresentadas. E) Propuestas de mejora y recomendaciones. Promover la participación efectiva de las mujeres en el ámbito de los programas mixtos de Empleo-Formación con el objeto de incrementar progresivamente su integración 339

340 efectiva en el mundo laboral, a través del fomento de la presencia de las mujeres en formación para los sectores en las que están infrarrepresentadas. LINEA: S0218 FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO. A) Contenido y finalidad del programa. Desarrollar acciones formativas dirigidas preferentemente a desempleados para mejorar la cualificación e insertar laboralmente a los alumnos y acciones incluidas en las medidas de impulso de la economía valenciana. B) Identificación de objetivos en materia de igualdad de oportunidades que son de aplicación. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN ARTÍCULO/ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVO EN MATERIA DE IGUALDAD Ley 9/2003 Título II. Capítulo III. Promover la incorporación laboral de las Igualdad en el ámbitomujeres y en especial las víctimas de laboral. violencia de género, a través de su formación y recualificación profesional. Impulsar la incorporación, permanencia y promoción laboral, a través de la formación ocupacional. Impulsar el desarrollo de acciones positivas en las empresas. 2. Identificación de las actuaciones previstas. Priorizar en la selección del alumnado la participación de las mujeres, en especial las víctimas de violencia de género, así como las incluidas en colectivos con especial dificultad (discapacidad, riesgo de exclusión social). Incluir en la valoración de las solicitudes la aplicación de medidas de responsabilidad social, en concreto, la aplicación por parte de los solicitantes de 340

341 acciones positivas que garanticen y promuevan la igualdad efectiva de oportunidades entre mujeres y hombres. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) Según los datos obrantes en esta Dirección General, relativos al último ejercicio cerrado a fecha de hoy, en 2014 participaron en las acciones formativas un total de personas de las que eran hombres y mujeres, lo que supone un porcentaje de participación femenina de un 48,51% sobre el total. 2. Previsión de resultados. Teniendo en cuenta que se ha producido un incremento del 11,06% en la cuantía presupuestada para el ejercicio 2017, en relación con el importe presupuestado en el ejercicio 2014, se prevé que con la aplicación de las citadas medidas se mantenga el porcentaje de mujeres formadas anteriormente citado. En consecuencia, para el ejercicio 2017 se espera una participación en las acciones formativas de un total de personas de las que serán hombres y serán mujeres. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO CALIFICACIÓN Capacidad de Impacto Sobre que número de personas (indicador cuantitativo) despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? Relevancia funcional (Indicador cualitativo) En qué medida el ámbito en el Se estima que la medida que actúa el programa esfomentará la presencia de las considerado como palanca demujeres en formación para los cambio en igualdad de género? sectores en las que están infrarrepresentadas. E) Propuestas de mejora y recomendaciones. Promover la participación efectiva de las mujeres en el ámbito de la formación profesional para el empleo con el objeto de incrementar progresivamente su integración 341

342 efectiva en el mundo laboral, a través del fomento de la presencia de las mujeres en formación para los sectores en las que están infrarrepresentadas. LINEA: T2946 PROGRAMAS MIXTOS DE EMPLEO-FORMACIÓN. A) Contenido y finalidad del programa. Programa de empleo formación para reinserción de desempleados mediante formación en alternancia con la práctica profesional en actividades de interés público social, y acciones incluidas en las medidas de impulso de la economía valenciana. B) Identificación de objetivos en materia de igualdad de oportunidades que son de aplicación. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN ARTÍCULO/ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVO EN MATERIA DE IGUALDAD Ley 9/2003 Título II. Capítulo III. Promover la incorporación laboral de las Igualdad en el ámbitomujeres y en especial las víctimas de laboral. violencia de género, a través de su formación y recualificación profesional. Impulsar la incorporación, permanencia y promoción laboral, a través de la formación ocupacional. Impulsar el desarrollo de acciones positivas en las empresas. 2. Identificación de las actuaciones previstas. Priorizar en la selección del alumnado la participación de las mujeres, en especial las víctimas de violencia de género, así como las incluidas en colectivos con especial dificultad (discapacidad, riesgo de exclusión social). 342

343 Incluir en la valoración de las solicitudes la aplicación de medidas de responsabilidad social, en concreto, la aplicación por parte de los solicitantes de acciones positivas que garanticen y promuevan la igualdad efectiva de oportunidades entre mujeres y hombres. C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) Según los datos obrantes en esta Dirección General, relativos al último ejercicio cerrado a fecha de hoy, en 2014 participaron en las acciones formativas un total de personas desempleadas de las que eran hombres y 883 mujeres, lo que supone un porcentaje de participación femenina de un 42,03% sobre el total. 2. Previsión de resultados. Teniendo en cuenta que se ha producido un incremento del 3,24% en la cuantía presupuestada para el ejercicio 2017, en relación con el importe presupuestado en el ejercicio 2014, se prevé que con la aplicación de las citadas medidas se mantenga el porcentaje de mujeres formadas anteriormente citado. En consecuencia, para el ejercicio 2017 se espera una participación en las acciones formativas de un total de personas desempleadas de las que serán hombres y 912 serán mujeres. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO CALIFICACIÓN Capacidad de Impacto Sobre que número de personas (indicador cuantitativo) despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? Relevancia funcional (Indicador cualitativo) En qué medida el ámbito en el Se estima que la medida que actúa el programa es fomentará la presencia de las considerado como palanca de mujeres en formación para los cambio en igualdad de género? sectores en las que están infrarrepresentadas. E) Propuestas de mejora y recomendaciones. Promover la participación efectiva de las mujeres en el ámbito de los programas mixtos de Empleo-Formación con el objeto de incrementar progresivamente su integración efectiva en el mundo laboral, a través del fomento de la presencia de las mujeres en formación para los sectores en las que están infrarrepresentadas. 343

344 SUBPROGRAMA PLANES DE APOYO AL EMPLEO EN SECTORES PRODUCTIVOS (SERVEF). B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Ley 9/2003 Título II. Capítulo III. IgualdadPromover la incorporación laboral, plena y en el ámbito laboral. estable, de las mujeres al mercado laboral. Promover el espíritu emprendedor y la actividad empresarial de las mujeres. Promover la incorporación laboral, plena y estable, de las mujeres con especial dificultad (discapacitadas, inmigrantes, en riesgo de exclusión...). Impulsar el desarrollo de acciones positivas en las empresas 2. Identificación de actuaciones previstas. - Coordinación de las acciones de apoyo y de acompañamiento de las actuaciones previstas en los Planes de Apoyo financiados por el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, FEAG, con especial atención a economías locales con destrucción de empleo. - Ayudas especiales y adicionales a los trabajadores afectados por procesos de reestructuración del sector Textil y Confección. - Ayudas especiales y adicionales a los trabajadores afectados por procesos de reestructuración del sector del Mueble. - Ayudas especiales y adicionales a los trabajadores afectados por los expedientes de regulación de SINTEL. 344

345 C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) En el mes de agosto de 2016 del total de demandantes en la Comunitat Valenciana personas, son mujeres, lo que supone un 56,47% del total. Esto presupone un acusado desequilibrio en contra de las mujeres, ya que el porcentaje en desempleo de estas es superior al de los hombres en desempleo en 12,94 puntos. 2. Previsión de resultados. Durante el año 2015 del total de ayudas concedidas a personas desempleadas por la Subdirección General de Empleo un 40,17 % fueron a mujeres. Con el fin de seguir avanzando en la corrección de las diferencias observadas en referencia a los mayores porcentajes de desempleo que afectan a las mujeres en relación a los hombres, se va a proponer que las actuaciones previstas apliquen los elementos correctores necesarios para revertir la situación de partida, para ello se realizará: Acción positiva para la mujer en procesos de selecciones de Empleo Social, y Intensificación de las ayudas por contrataciones en el caso de trabajadoras. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad Impacto (indicador cuantitativo) CALIFICACIÓN de Sobre que número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? 2 Relevancia funcional (indicador cualitativo) En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? 2 345

346 SUBPROGRAMA INSERCIÓN LABORAL (SERVEF). B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTÍCULO/ÁREA DE ACTUACIÓN Título II. Capítulo III. Igualdad en el ámbito laboral OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Promover la incorporación laboral, plena y estable, de las mujeres al mercado laboral. Promover la incorporación laboral plena y estable, de las mujeres con especial dificultad (discapacitadas, inmigrantes, en riesgo de exclusión social, víctimas de violencia de género...). Promover el espíritu emprendedor y la actividad empresarial de las mujeres. 2. Identificación de actuaciones previstas. Potenciar los programas de orientación profesional. Mantener el establecimiento y seguimiento de los itinerarios de inserción laboral personalizados, para colectivos concretos con dificultades objetivas de acceso al empleo, proponiendo medidas de orientación laboral, formación profesional ocupacional y ayuda a la colocación. Potenciar la atención personalizada, con especial cuidado, en los colectivos más desfavorecidos que constituyen bolsas permanentes de desempleo (mujeres, mayores de 45 años, jóvenes que acceden al primer empleo, discapacitados.). 346

347 C) Análisis del impacto de género 1. Descripción de la situación de partida. Al no haberse realizado, en el ámbito de este programa presupuestario y durante los ejercicios precedentes, actuaciones en el ámbito de los capítulo IV y VII (que tuvieran como destinatarios finales a las personas), no es posible establecer comparativas ni obtener referencias sobre sus resultados. Para establecer la situación de partida, pues, debemos basarnos en los datos que nos ofrece la base de datos del SERVEF, salvo en el caso de colectivos con dificultades objetivas de acceso al empleo, al no poder registrar dicha base tal información. En relación con la actuación prevista de realizar itinerarios de inserción laboral personalizados, para colectivos concretos con dificultades objetivas de acceso al empleo, la fuente que permite establecer la situación estadística de partida, por géneros, de las personas que conforman los colectivos objeto de la actuación, es la Encuesta de Condiciones de Vida 2014, donde se analizan, por edades y sexos los totales y las tasas porcentuales de personas en riesgo de pobreza o exclusión social. Tasa de riesgo de pobreza y/o exclusión social (estrategia Europa 2020) por grupos de edad y periodo. Base 2013 Unidades: Porcentaje Notas: Mujeres Hombres Total 28,9 29,4 Menos de 16 años 35,3 35,4 De 16 a 29 años 36 36,8 De 30 a 44 años 30,2 30,5 De 45 a 64 años 31,3 30,7 De 65 y más años 14 11,4 Serie con la nueva metodología adoptada en el año Fuente: Encuesta de Condiciones de Vida. INE En los resultados expuestos se observa que el porcentaje de hombres y mujeres en situación de riesgo de pobreza o exclusión social es prácticamente coincidente en casi todos los segmentos de edad, con un valor ligeramente superior en el caso de los hombres, salvo en el grupo de edad superior a los 65 años, donde se acrecienta la tendencia del porcentaje femenino apuntado en la franja comprendida entre los 45 y los 64 años de edad. En relación con las actuaciones previstas en orientación laboral y equipos de búsqueda de empleo, la situación, según sean jóvenes menores de 30 años (susceptibles participantes en el programa de Garantía Juvenil) o mayores de dicha edad (susceptibles participantes en las acciones de orientación que se realicen al amparo del Programa 347

348 Operativo del Fondo Social Europeo I) o personas desempleadas de larga duración (posibles participantes en las acciones financiadas con fondos de la Conferencia Sectorial de Empleo), es la siguiente: - Jóvenes menores de 30 años. Datos obtenidos de las personas inscritas como desempleadas, a fecha 15 de septiembre de 2016, en los Centros SERVEF de Empleo de la Comunitat Valenciana Grupo de edad Parados por sexo.hombres Parados por sexo.mujeres % % ,71 52,29 La situación de partida en ese rango de edad es de ligero desequilibrio, ya que el porcentaje de mujeres en desempleo es superior en 4 puntos al de los hombres. Personas mayores de 30 años. Datos obtenidos de las personas inscritas como desempleadas, a fecha 15 de septiembre de 2016, en los Centros SERVEF de Empleo de la Comunitat Valenciana. Grupo de edad Parados por sexo.hombres Parados por sexo.mujeres % % ,79 57,21 Los datos indican que la situación de partida presenta un claro desequilibrio en contra de las mujeres, ya que el porcentaje de estas que están en desempleo es superior al de los hombres en 14,63 puntos. Personas desempleadas de larga duración. Datos obtenidos de las personas inscritas como desempleadas, a fecha 15 de septiembre de 2016, en los Centros SERVEF de Empleo de la Comunitat Valenciana. Grupo de edad Parados por sexo.hombres Parados por sexo.mujeres % % ,32 60,68 Los datos indican que la situación de partida presenta un notorio desequilibrio en contra de las mujeres, ya que el porcentaje de éstas que están en desempleo es superior al de los hombres en 21,36 puntos. Los mayores obstáculos que tradicionalmente han tenido las mujeres para poder integrarse en igualdad de condiciones en el mercado de trabajo se basan en los estereotipos respecto a los roles sociales de las mujeres, vinculados a la maternidad, y sus posibles consecuencias en el ámbito laboral, al supuesto absentismo de las mujeres asociado a la maternidad, así como las dificultades en la conciliación de las esferas familiar y laboral. Ambos aspectos, pese ha haberse revelado falsos en relación al rendimiento en el puesto de trabajo, todavía se perciben como un hándicap por parte de muchas empresas. 348

349 2. Previsión de resultados Para corregir las diferencias observadas en referencia a los mayores porcentajes de desempleo que afectan a las mujeres en relación a los hombres, se va a proponer que las actuaciones previstas apliquen los elementos correctores necesarios para revertir la situación de partida, atendiendo a los valores recogidos en el punto anterior, en los siguientes aspectos: Para el supuesto de acciones de orientación para personas desempleadas mayores de 30 años y equipos de búsqueda de empleo, las convocatorias o pliegos de prescripciones técnicas contemplarán que las entidades beneficiarias deberán atender, al menos, a un 15% más de mujeres que de hombres. En relación a las acciones de orientación para jóvenes menores de 30 años y equipos de búsqueda de empleo, las convocatorias o pliegos de prescripciones técnicas reflejarán que el porcentaje de mujeres atendidas deberá ser, en cualquier caso, superior en no menos un 4% con respecto al de hombres que reciban dicho servicio. En la actuación de itinerarios de inserción para colectivos concretos con dificultades objetivas de acceso al empleo, no se observa brecha de género, con lo que no se estima la necesidad de establecer medida correctora alguna al efecto, por el momento. La orden de bases, en su artículo 3.1. j), recoge que las entidades deberán observar la paridad de género entre los participantes en los itinerarios, dentro de las características de los colectivos a atender. Este artículo faculta para que las convocatorias introduzcan las medidas correctoras que se estimen pertinentes para corregir las desigualdades coyunturales que se den en cada momento. Asimismo, el artículo 30.1 de las mencionadas bases, y como salvaguarda del principio de paridad, contempla la posibilidad de minorar la subvención si se incumple dicho principio En cuanto a las acciones de orientación dirigidas a personas paradas de larga duración y equipos de búsqueda de empleo, las convocatorias o pliegos de prescripciones técnicas reflejarán que el porcentaje de mujeres atendidas deberá ser, en cualquier caso, superior en no menos un 22% con respecto al de hombres que reciban dicho servicio. 349

350 D) Valoración del impacto de género CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN

351 SUBPROGRAMA: ADMINISTRACIÓN Y COORDINACIÓN GENERAL (SERVEF). A) Contenido y finalidad del programa. El programa tiene como objetivos básicos el incremento del impacto de las políticas activas de empleo a través de un sistema de planificación y coordinación entre las distintas unidades del Servef, así como a través de la colaboración con el resto de la Generalitat, otras administraciones, agentes sociales y el resto de instituciones relevantes en el ámbito del empleo; favorecer la misión integradora de las políticas activas de empleo, el establecimiento de sistemas de evaluación del impacto de las políticas activas de empleo, la mejora de los procesos de funcionamiento del Servef y la potenciación de la política de comunicación, tanto interna como externa, del Servef. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Art. 4. Principios rectores de la acción administrativa. Art. 46. Fomento de la igualdad en el ámbito de la contratación. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Introducir la perspectiva de género en la normativa de la Generalitat (bases reguladoras subvenciones y becas, contratación, ) Utilización de lenguaje no sexista en los escritos administrativos. 2. Identificación de las actuaciones previstas. Elaboración y gestión de instrumentos estratégicos: Plan Estratégico de Subvenciones, Plan Anual de Políticas de Empleo del Servef, y seguimiento del cumplimiento de objetivos, tanto operativos como estratégicos a través de la Oficina de Proyectos. Ayudas para financiar la ejecución de proyectos experimentales de los servicios de empleo de las Universidades Valencianas. Financiación de proyectos de innovación social vinculados al mercado laboral, la cualificación profesional y el empleo en general. Financiación de proyectos y medidas singulares dirigidas a colectivos vulnerables y en riesgo de exclusión social. 351

352 C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) 1. En la actualidad se parte de una falta de conciencia, por parte del personal de la administración, respecto a la necesidad de implantar medidas con perspectiva de género. No obstante se está avanzando en algunos aspectos tales como la supervisión del lenguaje no sexista en las normas y procedimientos y en la introducción de algunas cláusulas en pliegos de condiciones de los contratos, tales como la valoración a favor de las empresas que tengan implantados planes de igualdad, siempre que exista un empate en la puntuación otorgada, según los criterios de adjudicación. 2. Mayores porcentajes de desempleo en mujeres que en hombres (casi 13 puntos superior). 3. El 56,5% de las personas desempleadas son mujeres 2. Previsión de resultados. Se espera una mejora progresiva en la toma de conciencia por parte del personal y el avance en la implantación de las medidas detalladas. Con el fin de seguir avanzando en la corrección de las diferencias observadas en referencia a los mayores porcentajes de desempleo que afecta a las mujeres respecto a los hombres, en la selección de proyectos a (co)financiar se primará aquellos cuyos destinatarios sean mujeres o cuyo objeto de estudio esté relacionado con el género. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? CALIFICACIÓN Valor 1 Relevancia funcional (indicador cualitativo) En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? Valor 1 352

353 E) Propuestas de mejora y recomendaciones Realizar evaluaciones periódicas, a lo largo de cada ejercicio (Ej. trimestralmente), de las medidas aplicadas por cada programa presupuestario, de forma que el personal implicado en la toma de las mismas sea consciente de que se va a verificar la implantación. Por último, se propone como mejora introducir en todos los documentos, convenios, normativa, estudios, expedientes de contratación, publicaciones, escritos y comunicaciones en general la utilización de un lenguaje no sexista. 353

354 DENOMINACIÓN: AGENCIA VALENCIANA DE FOMENTO Y GARANTÍA AGRARIA. (AVFGA). CONSELLERIA DE ADSCRIPCIÓN: AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE, CAMBIO CLIMÁTICO Y DESARROLLO. A) Contenido y finalidad del programa. La finalidad de la AVFGA es la gestión, control y pagos de fondos FEADER / FEAGA. Tanto la gestión como los controles, está delegada en las direcciones generales, pero no la titularidad de las mismas que corresponde a la AVFGA. B) Identificación de objetivos y actuaciones en materia de igualdad de oportunidades. 1. Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Operaciones contempladas en el Programa de Desarrollo Rural de la Comunitat Valenciana OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Fomentar la inserción de la mujer en el sector agrario y en el entorno rural. 2. Identificación de las actuaciones previstas. El Programa de Desarrollo Rural de la Comunitat Valenciana establece en su apartado 8 la definición de medidas / convocatorias que al amparo del mismo se publican y cofinancian con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural. La Comunitat Valenciana ha puesto especial atención en la promoción de actuaciones en pos de la igualdad de génenero: Operación Prestación grupal de formación y adquisición de competencias Esta medida tiene por objeto aumentar la cualificación profesional de las personas dedicadas a las actividades agroalimentarias,.., a la vez que se fomenta la iniciativa empresarial de jóvenes y mujeres para potenciar el asentamiento de la población y el relevo generacional. 354

355 Operación Ayudas a la participación por primera vez de agricultores y agrupaciones en régimenes de calidad. Se propone como criterio de selección en la convocatoria : la participación de jóvenes y/o mujeres en las acciones. Operación Ayuda a las inversiones en explotaciones agrarias Se priorizarán: las explotaciones inscritas en el Registro de Explotaciones Prioritarias de la Comunitat Valenciana. Posteriormente se incluyen las presentadas por jóvenes agricultores y las presentadas por mujeres a fin de aumentrar la presencia de estos colectivos infrarepresentados en el mundo rural Operación Ayuda a la instalación de jóvenes agricultores Se priorizarán: aquellas en las que una mujer sea titular de la explotación, de forma individual o mediante titularidad compartida Medida 19. Apoyo para el desarrollo local de LEADER..Los principales retos a afrontar con el desarrollo local basado en el enfoque Leader son: Favorecer la ocupación sostenible del territorio, con especial atención a los jóvenes y las mujeres C) Análisis del impacto de género. 1. Descripción de la situación de partida (diagnóstico) El PDR CV adjunta un documento DAFO de análisis de partida de la situación socioeconómica de la CV en el ámbito del desarrollo rural. Se identifica un desequilibrio notorio entre hombres y mujeres en términos de ocupación, renta agrícola y escasez de oportunidades. En el mismo se identifican como debilidades del territorio y se define la estrategia para conseguir el objetivo marcado en el ejercicio

356 2. Previsión de resultados. Conseguir un mayor equilibrio entre hombres y mujeres en el sector. D) Valoración del impacto de género. CRITERIO Capacidad de Impacto (indicador cuantitativo) Relevancia funcional (indicador cualitativo) Sobre qué número de personas despliegan sus efectos las actuaciones que pone en marcha el programa presupuestario? En qué medida el ámbito en el que actúa el programa es considerado como palanca de cambio en igualdad de género? CALIFICACIÓN Queda pendiente de definir en el documento de evaluación de indicadores El PDR CV no tiene prioritariamente esta finalidad E) Propuestas de mejora y recomendaciones En el momento de disponer de Indicadores que midan la consecución del objetivo marcado, se trasladará a los gestores para su evaluación anual. 356

357 5.2.- ENTIDADES DE DERECHO PÚBLICO Y SOCIEDADES MERCANTILES DE LA GENERALITAT DENOMINACIÓN: AGÈNCIA VALENCIANA DEL TURISME (AVT). CONSELLERIA DE ADSCRIPCIÓN: PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT. A) Contenido y finalidad del Ente. La Agència Valenciana del Turisme, en su condición de entidad de Derecho Público adscrita a la Presidencia de la Generalitat, con personalidad jurídica propia y regulada por lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 3/1998, de 21 de mayo, de la Generalitat, de Turismo de la Comunitat Valenciana y el Decreto 209/2004, de 8 de octubre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de la Agència Valenciana del Turisme, tiene a su cargo el impulso y ejecución de la política turística de la Generalitat en relación con la promoción de la calidad e innovación, el desarrollo, la mejora, la información y la difusión del sector turístico valenciano, potenciando dicha oferta mediante el apoyo a la comercialización, información y difusión del producto turístico de la Comunitat Valenciana, y, en general, a la realización de las actividades necesarias para una mejor promoción de la oferta turística valenciana. B) Información relacionada con impacto de género en el ámbito de actuación del Ente. La Agència Valenciana del Turisme maneja, como fuente de información estadística en este ámbito, la relación de actividades formativas que se imparten anualmente a través de la Red propia de Centros de Turismo (CDT s) y cuya población atendida puede desagregarse aplicando la variable sexo. En base a ello anualmente se extraen resultados desagregados por sexo tanto en las acciones de formación continua como ocupacional que se realizan. C) Actuaciones del Ente relacionadas con el impacto de Género. Desde el punto de vista interno, y en cumplimiento de lo establecido en el Capítulo V del DECRETO 209/2004, de 8 de octubre del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Reglamento de la Agència Valenciana del Turisme, la contratación y selección de su personal responde a la aplicación del correspondiente proceso selectivo, basado este en la aplicación de los principios de mérito, capacidad, igualdad y publicidad. Así mismo, y por lo que respecta a su régimen de retribución, este es el mismo que el establecido para el resto de empleados públicos al servicio de la Generalitat, quedando garantizado en este ámbito (medidas a favor de la igualdad de género) la igualdad de género en base a la aplicación de la normativa vigente en la materia en la Generalitat y su sector público instrumental. Desde el punto de vista externo, entendido este como la capacidad de la Agència Valenciana del Turisme de favorecer la igualdad de género en el sector turístico valenciano, 357

358 cabe reseñar que la Agència, a través de su Dirección, forma parte de la Mesa por la Igualdad Laboral y Salarial y contra la Feminización de la Pobreza que integra al Consell, a los agentes sociales y a otras entidades cuyo objeto responde a esta mima finalidad. Y que en el marco de la Mesa por la Igualdad Laboral y Salarial y contra la Feminización de la Pobreza, en 2017 la Agència Valenciana del Turisme pondrá en marcha el PROGRAMA TURISMO Y MUJER , recogiendo este, al menos, los siguientes ámbitos de acción turística: Análisis, investigación y detección de áreas de mejora dirigidas a la incorporación de la mujer al mercado laboral turístico, especialmente en espacios de interior. Desarrollo de actividades formativas específicas dirigidas a mujeres desempleadas a través de la Red de CDT s. Fomento de la actividad empresarial a través de la línea Aceleración Empresarial, ACCETUR. Y Apoyo a la mujer emprendedora a través del Instituto Valenciano de Tecnologías Turísticas, INVAT.TUR. D) Propuestas de mejora. Avanzar en la lucha contra las desigualdades de género en el sector turístico valenciano en el marco del PROGRAMA TURISMO Y MUJER que desarrollará la Agència Valenciana del Turisme a partir de enero 2017, incorporando en la programación prevista para 2018 las propuestas de mejora que resulten de la ejecución del programa en su primera anualidad. Participación en proyectos europeos que vayan dirigidos a fomentar la inserción laboral de la mujer en el sector turístico, favoreciendo su incorporación a puestos de responsabilidad en la prestación de servicios innovadores y la gestión de productos turísticos diferenciados. Se ha propuesto la inclusión en el Plan Valenciano de Estadística de la explotación de la EPA desagregada para el sector turístico, incluyendo la perspectiva de género y la explotación del fichero de Afiliados a la Seguridad Social desagregada para el sector turístico e incluyendo la perspectiva de género. 358

359 DENOMINACIÓN: INSTITUTO VALENCIANO DE ARTE MODERNO (IVAM). CONSELLERIA DE ADSCRIPCIÓN: EDUCACIÓN, INVESTIGACIÓN, CULTURA Y DEPORTE. A) Contenido y finalidad del Ente Constituye el objeto propio de l Institut Valencià d Art Modern el desarrollo de la política cultural de la Generalitat en cuanto concierne al conocimiento, tutela y difusión del arte moderno y contemporáneo. B) Información relacionada con impacto de género en el ámbito de actuación del Ente. El IVAM sigue apostando por la presencia de mujeres artistas en las exposiciones. Para el año 2017 se han programado dos grandes exposiciones dedicadas íntegramente a la obra de mujeres artistas: Helena Almeida y Carmela García, además de la muestra realizada por la pareja de artistas Helena Cabello y Ana Carceller, sobre la construcción de identidades y géneros, en exhibición hasta el 15 de enero de En otra de las grandes exposiciones del año, se muestra la obra de otra pareja de artistas, los franceses de origen libanés Joana Hadjithomas y Khalil Joreige. Por otro lado, se programa una muestra titulada Examen de consciencia. Art i posicions critiques entorn de les realitats de les dones en el Maixriq. Poner en marcha una medida para fomentar la conciliación: ofrecer un servicio de taller para niños y niñas durante las inauguraciones, para que los padres y madres puedan asistir con sus hijos e hijas. C) Actuaciones del Ente relacionadas con el Impacto de Género Desde la dirección del IVAM se insiste en el empleo de un lenguaje no sexista en todas las comunicaciones del museo. Tanto en los correos electrónicos, como en las notas de prensa. Además se ha distribuido a toda la plantilla del museo un documento elaborado por la Unidad de igualdad de la Universitat Politècnica titulado Buenas prácticas para la comunicación inclusiva, con consejos de cómo aplicar el lenguaje no sexista. D) Propuestas de Mejora Seguir revisando que en todas las comunicaciones del museo, incluso las que se realizan de manera interna, se utiliza el lenguaje inclusivo. Por último, se propone como mejora introducir en todos los documentos, convenios, normativa, estudios, expedientes de contratación, publicaciones, escritos y comunicaciones en general la utilización de un lenguaje no sexista. 359

360 DENOMINACIÓN: CULTURARTS GENERALITAT. CONSELLERIA DE ADSCRIPCIÓN: EDUCACIÓN, INVESTIGACIÓN, CULTURA Y DEPORTE. A) Contenido y finalidad del Ente La entidad de derecho público CulturArts Generalitat tiene como finalidad el desarrollo y ejecución de la política cultural de la Generalitat cuanto concierne al conocimiento, tutela, fomento, conservación, restauración, estudio, investigación y difusión de las artes escénicas, musicales y plásticas en todas sus variedades y los museos en particular, del patrimonio audiovisual y de la cinematografía y, en general, de todos los bienes culturales integrantes del patrimonio cultural valenciano. B) Información relacionada con el impacto de género en el ámbito de actuación del Ente El papel de la cultura es primordial en el desarrollo de las sociedades, en como las comunidades y las personas conciben el mundo y en la lucha contra las desigualdades. Es necesario que desde los poderes públicos se potencie el acceso y la participación de las mujeres en la vida cultural, se fomente que sus creaciones, sus historias y sus voces sean difundidas en igualdad de condiciones que las de los hombres, se promueva una mayor visibilidad y reconocimiento de las mujeres en la cultura, se les facilite el acceso a herramientas educativas y se les ayude a superar las diferentes barreras que obstaculizan su acceso y desarrollo como profesionales de la cultura. En definitiva, incluir la perspectiva de género en la política cultural, como herramienta para conseguir una sociedad más inclusiva y sostenible C) Actuaciones del Ente relacionadas con el Impacto de Género A lo largo del segundo semestre de 2016 CulturArts ya ha empezado a implementar en sus programaciones y líneas de acción, directas, de apoyo y/o de subvención, diversas acciones, propuestas y estrategias culturales de corto, medio y largo plazo que se incluyen al Plan Estratégico Cultural Valenciano 2016/ Haz cultura; ha empezado a atender los principios, compromisos y recomendaciones de la Agenda 21 de la Cultura, en cuanto que documento comprometido con los derechos humanos, la diversidad cultural, la sostenibilidad, la democracia participativa y la generación de condiciones para la paz, y ha dado cumplimiento a la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, con especial dedicación en cuanto al artículo 26 sobre la igualdad en el ámbito de la creación y producción artística e intelectual. Entre los objetivos que planean transversalmente por todos los departamentos y disciplinas artísticas de CulturArts se encuentra el de ejecutar una política cultural de igualdad de género, de forma que se garanticen las mismas oportunidades a mujeres y hombres para acceder a la cultura. 360

361 Algunas de las actuaciones del ente, iniciadas ya en 2016, y que se esperan implementar a lo largo de 2017 son las siguientes: Temporadas escénicas en igualdad de género: El Instituto Valenciano de Cultura (CulturArts Generalitat) y la Plataforma Mujeres- Hombres por la igualdad en las artes escénicas presentaron en la Muestra de teatro de Alcoi 2016 el proyecto Temporadas escénicas en igualdad de género, que propone en varios ámbitos de las instituciones culturales, como por ejemplo unidades de producción, teatros, festivales y otras programaciones, la paridad en las artes escénicas. La entidad que promueve este proyecto es Clásicas y Modernas, asociación por la igualdad de género en la cultura, que ha creado la Plataforma DH (Mujeres-Hombres) junto con profesionales de las artes escénicas. Una iniciativa de la sociedad civil que ha sido reconocida y apoyada por diferentes ministerios y administraciones francesas, y que ahora es el turno que lo esté en nuestra casa. El objetivo es que las estructuras de producción y difusión y los agentes culturales se comprometen a poner en práctica los principios de igualdad de género en el conjunto de las artes escénicas, después de hacer una autoevaluación previa de la situación partida y marcando su propia agenda con objetivos realistas y específicos. CulturArts ya ha firmado la Carta Igualdad DH en las Artes Escénicas y se encuentra justamente en el proceso de autoevaluación para saber donde estamos y llegar a la equiparación lógica y necesaria de la paridad. Además, el ente cultural valenciano promoverá entre las ciudades adscritas al Circuito Cultural Valenciano la información y conveniencia de que los ayuntamientos valencianos también firman este compromiso y su correspondiente carta de adhesión. Festival Sagunt a Escena 2016: En la programación de la treinta y tres edición del festival en cuanto al Teatro Romano, espacio central y emblemático del festival subyace principalmente la idea de la presencia del femenino en las artes escénicas contemporáneas, tanto por la elección de las obras que se exhiben como por la selección de las creadoras que, desde la dirección, la interpretación, etc., nos aportan unas miradas contemporáneas nuevas y frescas, una sensibilidad diferente tan necesaria, a la recreación de los mitos clásicos. Y es esta la idea que, según nuestra opinión, tiene que guiar en el futuro SAGUNTO A ESCENA: la contemporaneidad de los textos clásicos expresada mediante la diversidad y la riqueza de los diferentes lenguajes escénicos. 361

362 25 de noviembre, Día internacional contra la violencia de género En el Teatro Principal de Castellón se realiza una obra de teatro en beneficio para AFAVIR-Asociación de Ayuda a las Víctimas de Violencia de Género (el 2016 ha sido el espectáculo Insumisión, de Paloma Pedrero). El manifiesto que hace alusión directa al trabajo por la no violencia se lee en todos los lugares donde hay programación prevista (2016: Teatro Rialto de Valencia, esta lectura se hará previa a la representación de La armonía del silencio, de Lola Blasco). En la sala Berlanga de la Filmoteca se proyecta un ciclo específico de películas que abordan el tema de la violencia de género. 8 de marzo, Día de la Dona: Se promoverán actividades, proyecciones y escenificaciones conmemorativas en los diversos espacios donde programa e/o interviene CulturArts. Discriminaciones positivas en las órdenes de ayudas para la puesta en valor del protagonismo de las mujeres, tanto como seres creativos como por lo que hace a la significación de los personajes que interpretan y los valores que transmiten las historias que se cuentan: En la normativa de ayudas de CulturArts 2016 a los sectores audiovisual y escénico, se ha tenido especial consideración en esta materia. La Orden 33/2016, de 18 de julio, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se establecen los bases reguladores para la concesión de subvenciones publicas en régimen de concurrencia competitiva de las diferentes materias culturales integradas en CulturArts Generalitat (DOCV núm. 7832, de ) contempla en el artículo 3, apartado , respeto la valoración de proyectos de producción audiovisual, que se valorará «Que el personaje de la mujer sea un papel protagonista en el guión presentado». Consecuentemente, en la Resolución de 8 de agosto de 2016, del presidente de CulturArts Generalitat, por la cual es convoca la concesión de ayudas para la producción audiovisual para el año 2016, (DOCV núm. 7849, de ): En todos los proyectos que se presentan, en cualquier modalidad, a los efectos de su baremación, si la mujer tiene un papel protagonista en el guión se sumará 1 punto de discriminación positiva. Además también se contempla que en el supuesto de que uno de los cuatro autores (directora, guionista, compositora y productora ejecutiva) sea mujer valenciana se podrá 362

363 sumar 1 punto más a la puntuación. En el supuesto de que al menos dos de los cuatro autores sean mujeres valencianas, se sumarán 2 puntos más a la puntuación. Si el conjunto de los equipos del bloque autores y técnicos llega a la paridad entre hombres y mujeres se sumarán 2 puntos al proyecto. Se entenderá paridad siempre que haya una proporción entre un máximo de un 60% y un mínimo del 40% en ambos géneros. Del mismo modo, en la convocatoria de ayudas para la realización de festivales de carácter audiovisual para el año 2016 (DOCV núm. 7880, de ), en el punto quinto: Criterios de valoración, epígrafe 1.A.b), en cuanto al proyecto de festival en el apartado especialización, se valorará hasta 10 puntos si está el festival especializado en obras que promuevan la igualdad de género. También en la convocatoria de subvenciones para el fomento de las artes escénicas para los sectores teatral y circense para el año 2016 (DOCV núm. 7843, de ), lo Resuelvo cuarto. Criterios de valoración de las solicitudes, epígrafe 2.1, en la modalidad de creación de literatura escénica, en la trayectoria profesional y currículum se valorará la condición de mujer hasta un máximo de 10 puntos. Además, las comisiones de evaluación de las de ayudas al teatro y el circo, a la danza y a los audiovisuales valencianos tienen una composición paritaria entre hombres y mujeres profesionales de cada una de estas disciplinas, además de una también lógica composición equilibrada en cuanto al territorio valenciano. Creación de sinergias con las asociaciones de profesionales: Colaboración con el festival y asociación cultural Dones en Art. Colaboración con la Asociación para la Coeducación para la celebración del certamen o ciclo Cortos por la igualdad. Colaboración con CIMA (Asociación de Mujeres Cineastas y de Medios Audiovisuales) para la celebración de jornadas relacionadas con el impacto de género en el cine. Contratación administrativa disponen que: Los pliegos tipo de cláusulas administrativas particulares que aplica CulturArts Criterios de desempate. En conformidad con el Decreto 279/2004, de 17 de diciembre, del Consejo de la Generalitat, por el cual se regulan medidas en los procedimientos de contratación administrativa y de concesión de subvenciones para el fomento de la ocupación de las personas con discapacidad, la Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la igualdad entre hombre y mujer y la Ley 8/2003, de 24 de marzo, de la Generalitat Valenciana, de Cooperativas de la Comunidad Valenciana, se establecen, para el 363

364 supuesto de empate en la puntuación de las ofertas, los criterios de tener un porcentaje mayor de trabajadores discapacitados; haber incrementado las cuotas de medidas alternativas del artículo 2 del RD 364/2005, de 8 de abril; tener plan de igualdad entre mujeres y hombres o ser una cooperativa de la Comunidad Valenciana Inicio del proyecto Teatre del Poble Valencià La primera de las producciones escénicas del Instituto Cultural Valenciano (CulturArts), bajo el sello Teatro del Pueblo Valenciano, pone en escena el texto de una autora, la alicantina Lola Blasco, quien también dirigirá el espectáculo. Jurados y obras obligadas de certamens musicales: En el Certamen de Bandas de Música de la Comunidad Valenciana se ha buscado el equilibrio de género en el jurado, integrando por primera vez por dos mujeres de un total de cinco miembros. En otro orden de cosas, pero también dentro del que supone el mismo Certamen, es significativo que la obra obligada de la primera sección haya sido encomendada a la compositora valenciana Amparo Edo Biol. Plan de Igualdad de CulturArts En 2017 se implementará en CulturArts un Plan de Igualdad. D) Propuestas de mejora: - Se necesitan datos estadísticos que indiquen si en las salas de cine, de música, de teatro, o centros de arte, acuden más hombres o más mujeres y por edades para poder evaluar la audiencia y trabajar consecuentemente, a pesar de que una mínima observación de la ocupación de nuestros espacios nos hace ver que el público femenino es, de entrada, un consumidor cultural más activo y asiduo que el masculino. - Fortalecer todos los proyectos empezados y regularizar todas y cada una de las actividades en cuanto a la igualdad de género. - La Filmoteca de la Generalitat (en Alicante, en Castellón y en Valencia) tiene que abrir sus puertas a la programación concertada con grupos escolares. Ofrecer películas que fomenten la paz, la igualdad de género, la no discriminación racial, prevención de la violencia y promoción de la convivencia. Los otros espacios escénicos propios tienen que incluir en su programación determinados espectáculos, cuyo contenido sea útil para la programación escolar y proponiendo al profesorado material didáctico adecuado. 364

365 - Fomentar la utilización del lenguaje no sexista, y no solamente en cuanto a las publicaciones (que pueden estar corregidas por un especialista) sino en cuanto al día a día de la institución. Formar en igualdad de género al personal del ente. - Evaluar el impacto de género en las ayudas y subvenciones concedidas y ampliar algunos de los criterios de discriminación positiva a otros ámbitos de la creación, como, por ejemplo, la música. - Promover espectáculos y producciones audiovisuales, considerando la perspectiva de género, sobre todo aquellos proyectos dirigidos a un público infantil, adolescente y joven. - Extender a todos los espacios culturales de CulturArts, como actividades paralelas, aquellas relacionadas con el día internacional de la violencia de género, por ejemplo mesas redondas y mini-exposiciones en los vestíbulos de los teatros y auditorios que puedan estar expuestas toda la semana. - Reforzar el proyecto «Butaca solidaria» haciendo una incidencia prioritaria en las mujeres que hayan sufrido cualquier tipo de discriminación o violencia o que estén en riesgo de exclusión, una vez se ha comenzado este proyecte entre la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte y la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas. 365

366 DENOMINACIÓN: INSTITUTO VALENCIANO DE EMPRESARIAL (IVACE) COMPETITIVIDAD CONSELLERIA DE ADSCRIPCIÓN: ECONOMÍA SOSTENIBLE, SECTORES PRODUCTIVOS, COMERCIO Y TRABAJO A) Contenido y finalidad del Ente. El instituto Valenciano de Competividad Empresarial (IVACE) es una entidad de derecho público, con personalidad jurídica, patrimonio propio, recursos y capacidad de obrar para la realización de sus fines de gestión de la política industrial de la Generalitat y apoyo a las empresas, en materia de innovación, emprendimiento, internacionalización y captación de inversión, diseño y desarrollo de medidas de financiación del sector privado que no afecten al marco de actuación atribuido al IVF sin perjuicio de los convenios de colaboración y acuerdos que se instrumenten entre este y el IVACE, así como la promoción de enclaves tecnológicos, la seguridad industrial de productos e instalaciones industriales, la metodología, vehículos y empresas y el fomento del ahorro, la eficiencia energética y las fuentes de energías renovables, así como la gestión de la política energética de la Generalitat. Bajo este marco, las ayudas e incentivos públicos impulsados por la Generalitat Valenciana a través del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), dirigidas a la creación, modernización e internacionalización de las empresas valencianas, a la conservación, ahorro, diversificación y eficiencia energética, a la investigación desarrollo e innovación en las empresas, a la financiación de la empresa valenciana, así como a la promoción, desarrollo y potenciación de la actividad de los Institutos Tecnológicos y CEEI de la Comunitat Valenciana entre otras, se encuentran impregnadas de los principios de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. B) Información relacionada con impacto de género en el ámbito de actuación del Ente 1.- Identificación del articulado de las normas y planes. Objetivos. NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Ley 9/2003 Título II. Capítulo III. Igualdad en el ámbito laboral. Impulsar el desarrollo de acciones positivas en las empresas. Promover la incorporación laboral, plena y estable, de las mujeres al mercado laboral. Promover el espíritu emprendedor y la actividad empresarial de las mujeres. 366

367 2.- Identificación de actuaciones previstas. Las disposiciones que regulan la concesión de ayudas e incentivos impulsadas desde el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial, establecen que las empresas beneficiarias de las mismas deberán estar al corriente en el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres así como los de la Ley 9/2003, de 2 de abril, para la igualdad entre mujeres y hombres, lo que conlleva un control adicional por parte de la administración en el cumplimiento de la implantación de los planes de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en las empresas. Asimismo, en materia de contratación, en los pliegos de cláusulas administrativas particulares que rigen en los procedimientos abiertos, se utiliza como criterio de adjudicación en los casos de persistir el empate entre ofertantes, el de optar por la adjudicación a la proposición que presente un plan de igualdad previamente aprobado por cualquier administración pública u órgano competente conforme a la Ley 9/2003, de 2 de abril, para la igualdad entre mujeres y hombres. C) Actuaciones del Ente relacionadas con el impacto de Género. 1.- Descripción de la situación de partida (diagnóstico) Para poder hacer una valoración de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres en la concesión de ayudas públicas por parte de IVACE, se han recabado los datos de programas gestionados desde IVACE que incluyeran como beneficiarios a personas físicas, ya sean particulares o autónomos. El resultado es un claro desequilibrio entre mujeres y hombres en cuanto a proyectos presentados dentro de cada convocatoria, con excepción del Cheque Energético Social, como se puede visualizar en los siguientes gráficos. CUADRO 1 Proyectos presentados por programa y sexo. Energía 2015 PROGRAMA O ACTUACIÓN Hombres Mujeres Nº % Nº % Total Proyectos BIOMASA ENERGÍA GEOTÉRMICA 40 65,57% 21 34,43% ,00% 1 25,00% 4 ENERGÍA SOLAR TÉRMICA ,32% ,68% 347 ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA AISLADA 18 64,29% 10 35,71% 28 OTROS PROYECTOS DE ENERGÍAS RENOVABLES 4 57,14% 3 42,86% 7 CHEQUE ENERGÉTICO ,81% ,19% PLAN RENOVE CALDERAS ,62% ,38% 874 PLAN RENOVE DE VENTANAS ,20% ,80% ,42% ,58%

368 Gráfico 1: % Proyectos presentados por programa y sexo. Energía % 90% Hombres Mujeres 80% 70% 65,6% 75,0% 70,3% 64,3% 68,2% 63,6% 60% 57,1% 56,2% 50% 42,9% 43,8% 40% 34,4% 29,7% 35,7% 31,8% 36,4% 30% 25,0% 20% 10% 0% BIOM ASA ENERGÍA GEOTÉRM ICA ENERGÍA SOLAR TÉRM ICA ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA AISLADA OTROS PROYECTOS DE ENERGÍAS RENOVABLES CHEQUE ENERGÉTICO PLAN RENOVE CALDERAS PLAN RENOVE DE VENTANAS CUADRO 2 Proyectos presentados por sexo y provincia. PROGRAMA O ACTUACIÓN Hombres Mujeres Nº % Nº % Total Proyectos ALICANTE ,38% ,62% CASTELLÓN ,77% ,23% 429 VALENCIA ,26% ,74% ,92% ,08% Gráfico 2: % Proyectos presentados por sexo y provincia 100% 90% 80% 70% Hombres 61,8% Mujeres 60% 49,4% 50,6% 51,3% 48,7% 50% 38,2% 40% 30% 20% 10% 0% ALICANTE CASTELLÓN VALENCIA 368

369 Por otro lado, IVACE convoca un programa de becas para la formación en internacionalización, denominado Becas IVACE EXTERIOR (anteriormente Becas Talent). Este programa tiene como objetivo formar a jóvenes de la CV en internacionalización y dotar a las empresas de nuestra Comunitat, de personal especializado en la materia, con experiencia en el exterior y formación práctica y teórica en este ámbito. El programa va dirigido a jóvenes graduados universitarios menores de 30 años y desempleados de la C.V. Su plan formativo incluye una formación teórica con la realización de un Curso de Internacionalización de la empresa; que se imparte simultáneamente a la formación práctica en empresas de la Comunitat Valenciana con proyectos de internacionalización en el exterior, así como en organismos de promoción de la internacionalización, tales como Oficinas Comerciales y Económicas de España en el Exterior (OFECOMES), Delegaciones del IVACE en el exterior, y Fundación CV Región Europea en Bruselas. Igualmente en 2016 IVACE ha convocado las Becas Exportación y Empleo (Becas E+E), que buscan impulsar y facilitar el acceso al mercado laboral a los/las jóvenes de la Comunitat Valenciana a través de la especialización en comercio exterior y en cualquier otro ámbito relacionado con la internacionalización de las empresas. Están dirigidas a jóvenes menores de 30 años, con una titulación técnica de ciclo formativo de grado superior (Administración y Gestión de la empresa o Comercio y Marketing) y buen dominio del inglés, empadronados en la Comunitat Valenciana, inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, y que no hubieran trabajado en los treinta días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Cuadro 3 Becas internacionalización solicitadas por sexo. Años Hombres Mujeres Año Nº % Nº % Total Solicitudes Becas Talent * , , Becas Talent * , , Becas IVACE Exterior , , Becas E+E , ,52 58 (*) Las Becas Talent en 2016 han pasado a denominarse Becas IVACE Exterior 369

370 Grafico 3. Becas internacionalización. Solicitudes (%) 100 Hombres Mujeres ,23 65,64 59,18 65, ,77 40, ,36 34, Becas Ivace Exterior Becas E+E Exportación y Empleo Cuadro 4 Becas internacionalización concedidas por sexo. Años Hombres Mujeres Año Nº % Nº % Total Solicitudes Becas Talent * , ,45 22 Becas Talent * , ,67 30 Becas IVACE Exterior , ,40 57 Becas E+E , ,00 12 (*) Las Becas Talent en 2016 han pasado a denominarse Becas IVACE Exterior 370

371 Grafico 4. Becas internacionalización. Beneficiarios (%) 100,00 90,00 80,00 Hombres Mujeres 70,00 61,40 60,00 54,55 56,67 50,00 50,00 50,00 45,45 43,33 38,60 40,00 30,00 20,00 10,00 0, Becas Ivace Exterior Becas E+E Exportación y Empleo En cuanto a la distribución de las becas concedidas por provincia y sexo, los gráficos son los siguientes: Gráfico 5. Becas IVACE Exterior. % Beneficiarios por provincia y sexo Hombres 80 Mujeres 80 66,7 60, , , Alacant Castelló València 371

372 Gráfico 6. Becas Exportación y Empleo (E+E) % Beneficiarios por provincia y sexo Hombres Mujeres 80 66,7 66, ,3 33, Alacant Castelló València 2.- Previsión de resultados. Respecto a la evolución de los indicadores en materia de energía representados en los apartados anteriores se observa a fecha de hoy, un importante brecha entre mujeres y hombres, con la única excepción de las solicitudes presentadas al programa Cheque energético social, dirigido a familias con hijos menores a su cargo, cuyos ingresos no superen el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, IPREM, y una explicación de ello podría ser a partir del concepto de feminización de la pobreza, es decir, la distinta situación de hombres y mujeres frente a los factores de riesgo de pobreza y vulnerabilidad, tal y como se ha venido apuntando en diversos estudios sociológicos. D) Propuestas de mejora. En base a la totalidad de los datos mostrados se debería realizar un seguimiento en los próximos ejercicios en el que se muestre si la cultura de la igualdad de género promovida por las distintas administraciones públicas y otros actores de la sociedad (escuela, universidad, medios de comunicación, colegios profesionales, asociaciones, etc.), cala entre los potenciales beneficiarios de las ayudas que gestiona la administración a través del IVACE y así poder comprobar si el numero de mujeres se incrementa respecto al de hombres en aquellas materias en las que se observa un mayor déficit. Distinto escenario es el que se muestra en relación al programa de becas, en los gráficos representados, se muestra la tendencia a una mayor presencia de la mujer respecto al hombre posiblemente debido, por una parte, a la mayor incidencia y preparación de la 372

373 mujer en el ámbito universitario y de postgrado, y también en los ciclos formativos de grado superior (sobre todo en las materias requeridas). Por último, se propone como mejora introducir en todos los documentos, convenios, normativa, estudios, expedientes de contratación, publicaciones, escritos y comunicaciones en general la utilización de un lenguaje no sexista. 373

374 DENOMINACIÓN: INSTITUTO VALENCIANO DE ACCIÓN SOCIAL (IVAS). CONSELLERIA DE ADSCRIPCIÓN: VICEPRESIDENCIA Y CONSELLERIA DE IGUALDAD Y POLÍTICAS INCLUSIVAS. A) Contenido y finalidad del Ente a) La gestión de centros y servicios especializados para personas con discapacidad y/o en situación de dependencia. b) Gestión de programas y actuaciones de inserción social y laboral y acción social para personas con discapacidad y/o en situación de dependencia o en riesgo de exclusión social. c) Diseñar los criterios de atención a las personas con discapacidad y/o en situación de dependencia que deben prestarse a los usuarios de los servicios que gestiona el Instituto, estableciendo sistemas de seguimiento y evaluación de los mismos, teniendo como principios referentes un enfoque centrado en la persona, el respeto de sus derechos y un enfoque biopsicosocial de intervención sobre las necesidades de apoyo que presentan en el ámbito de la autonomía personal y social y en el contexto socio-familiar, para la mejora de su calidad de vida. d) Fomentar, promover y gestionar la creación de nuevos recursos y servicios, programas de atención social y de participación en I+D+i necesarios para la mejora de la atención a las personas con discapacidad y/o en situación de dependencia. e) Orientar a los familiares o representantes legales en sus problemas jurídicos y de cualquier índole relacionados con los usuarios. f) Gestión y tramitación administrativa para la concesión de prestaciones sociosanitarias a los ciudadanos que le sean encomendadas por la Generalitat. g) Realización de acciones para favorecer y facilitar el acceso al empleo a las personas con discapacidad. h) Cualesquiera otras actuaciones que vayan dirigidas a la protección, tutela y promoción de la autonomía personal y social de aquellas personas que se encuentren en el ámbito de actuación del Instituto Valenciano de Acción Social o le sean encomendadas por la Generalitat, así como las previstas en la normativa vigente y las que se le puedan atribuir normativamente o encomendar por la Generalitat. 374

375 B) Información relacionada con impacto de género en el ámbito de actuación del Ente. El 77% de personas de la entidad está formado por mujeres, de forma que garantiza la igualdad entre mujeres y hombres en el acceso al empleo y con ello lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad efectiva de hombres y mujeres para la incorporación de las mujeres al mercado de trabajo. es: La distribución de la plantilla en el mes de septiembre 2016, sin incluir eventualidad SEXO N % HOMBRES ,77 MUJERES ,23 TOTAL ,00 C) Actuaciones del Ente relacionadas con el Impacto de Género Respecto a los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral: Actualmente, están implantados los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral reconocidos a los trabajadores y las trabajadoras para la atención de las responsabilidades familiares, evitando toda discriminación basada en su ejercicio. Respecto al permiso y la prestación por maternidad se concederán en los términos previstos en la normativa laboral y de Seguridad Social. En este sentido hay gran protección hacia la maternidad, cumplimento la normativa laboral y prevención de riesgos laborales y vigilancia de la salud. Actualmente se reconocen prestaciones de riesgo a las mujeres embarazadas que prestan servicio en la entidad, para proteger a la mujer durante el embarazo y posterior maternidad, respetando la normativa laboral en todo momento. Igualmente, para contribuir a un reparto más equilibrado de las responsabilidades familiares, se reconoce a los padres el derecho a un permiso y una prestación por paternidad, en los términos previstos en la normativa laboral y de Seguridad Social. 375

376 D) Propuestas de Mejora Otras Propuestas de Acción: - Realizar un estudio para flexibilizar los horarios y establecer carreras profesionales para mujeres y hombres. - Establecer la igualdad de género en los Puestos de Alta Dirección de la entidad. - Introducir la Igualdad de Género dentro de la Misión, Visión y Valores de la entidad. - Establecer compromisos por parte de la Dirección, para contar con mujeres en los equipos de Dirección, usando como indicadores la comparativa de cuantas mujeres hay en los puestos de Alta Dirección de la entidad. - Tener sistemas de selección y evaluación con criterios transparentes que no se puedan ver alterados por el sexo del candidato. - Continuamente hacer indicadores para medir la presencia femenina en la entidad para que no se detecten diferencias y poder controlarlas de manera periódica. - Realizar formación en temas de Igualdad de género. - Realizar Comisiones de trabajo en equipo mixtas, para comprobar de manera directa que si se trabaja con diversidad de género se añade más valor a la empresa. - Premiar a la empresa con algún distintivo de igualdad. - Consolidar un modelo de Gestión de Dirección de la empresa, que valore la flexibilidad, el trabajo en equipo y la colaboración entre sus trabajadores. Por último, se propone como mejora introducir en todos los documentos, convenios, normativa, estudios, expedientes de contratación, publicaciones, escritos y comunicaciones en general la utilización de un lenguaje no sexista. 376

377 DENOMINACIÓN: AGÈNCIA VALENCIANA D AVALUACIÓ I PROSPECTIVA (AVAP) CONSELLERIA DE ADSCRIPCIÓN: EDUCACIÓN, INVESTIGACIÓN, CULTURA Y DEPORTE A) Contenido y finalidad del Ente. Las principales competencias que ostenta la AVAP son: Estimular la calidad y la excelencia de los sistemas valencianos de educación, de ciencia e innovación y empresarial, así como de la relación entre ellos, por medio de la evaluación, la acreditación, y la prospectiva en los ámbitos autonómico, nacional e internacional Definir las demandas y necesidades presentes y futuras en el ámbito universitario y científico tecnológico a través de la evaluación de sus resultados Aumentar la eficiencia y eficacia de los recursos destinados a la ciencia y tecnología maximizando el retorno socioeconómico del gasto público en I+D+i Incrementar la satisfacción de la sociedad con los sistemas educativo y de innovación a través de las propuestas obtenidas a través de la evaluación y la prospectiva Evaluar con independencia y objetividad la excelencia, la participación, la transparencia y la rendición de cuentas de las entidades prestadoras de servicios públicos, de sus programas y políticas públicas. B) Información relacionada con impacto de género en el ámbito de actuación del Ente. El personal evaluador que ha colaborado con la Agència durante 2016 en sus ámbitos competenciales de manera telemática, ha sido un total de 508 personas. EVALUACIÓN TELEMÁTICA HOMBRES 134 MUJERES 377

378 Durante 2015 se han realizado en las dependencias de la Agència un total de 25 Comités de las diferentes áreas de evaluación con la siguiente distribución de sus integrantes por géneros: Miembros Comités Avap HOMBRES MUJERES C) Actuaciones del Ente relacionadas con el impacto de Género. Se incluirán las actuaciones o medidas especialmente dirigidas a la reducción de las desigualdades de género, o que tengan incidencia en dicho ámbito. 1. Por parte del órgano directivo de la Agència se ha dado instrucciones relativas a la utilización de un lenguaje no sexista en los documentos de los procedimientos administrativos de la AVAP y, asimismo, en las publicaciones e inserciones en la web corporativa como en el uso de información institucional no discriminatoria. 2. Los últimos cuatro puestos incorporados a la Agència en 2016, están ocupados por mujeres. 3. A los efectos de obtener una composición paritaria en las Jefaturas de Servicio existentes en la Agència y de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley 9/2003, de 2 de abril de la Generalitat, para la Igualdad de entre mujeres y hombres, se propuso el nombramiento de la Jefatura de Servicio de Calidad de la Educación Superior e Innovación a Reyes Giner Escrihuela. 4. El Director General realizó la propuesta de nombramiento de las personas vocales en representación de los sectores sociales en el Comité de Dirección de la AVAP, de carácter paritario (tres mujeres y tres hombres), la cual fue aprobada por el Presidente de la AVAP y refrendada en su posterior nombramiento. 378

379 D) Propuestas de mejora. Se incluirán las actuaciones o medidas que el Ente podría poner en marcha en un futuro para la reducción de las desigualdades de género, o que tengan incidencia en dicho ámbito. Para corregir las desigualdades observadas en el apartado B), del presente informe, se pondrán en marcha actuaciones conducentes a la obtención de una composición paritaria de mujeres y hombres en los Comités que se celebren en la AVAP. Por otro lado, se hará hincapié también en la asignación paritaria de los expedientes cuya evaluación se efectúa telemáticamente, a través, de la plataforma virtual de la AVAP. Se dictarán instrucciones al Servicio que gestiona la base de datos de evaluadores para que corrija la desigualdad existente, potenciando la inclusión de nuevo personal evaluador del género femenino. Por último, se propone como mejora introducir en todos los documentos, convenios, normativa, estudios, expedientes de contratación, publicaciones, escritos y comunicaciones en general la utilización de un lenguaje no sexista. 379

380 DENOMINACIÓN: INSTITUTO VALENCIANO DE FINANZAS CONSELLERIA DE ADSCRIPCIÓN: HACIENDA Y MODELO ECONÓMICO A) Contenido y finalidad del Ente El Instituto Valenciano de Finanzas tiene como finalidad el actuar como principal instrumento de la política financiera del Consell de la Generalitat, así como ejercitar las competencias de la Generalitat sobre el sistema financiero, y prestar los servicios de certificación de firma electrónica avanzada y servicios relacionados con identificación y firma electrónica. Para la consecución de dichas finalidades, puede realizar, entre otras, las siguientes funciones: 1. Controlar, coordinar y canalizar la oferta de crédito al sector público de la Generalitat. 2. Conceder créditos, préstamos, avales y otras cauciones, a favor de entidades de carácter público. 3. Financiar y prestar avales, cauciones u otras garantías a proyectos de obras y servicios públicos. 4. Efectuar la gestión, coordinación y seguimiento del endeudamiento de la Generalitat y de su sector público. 5. Colaborar y asistir en las operaciones de crédito de las entidades locales, previa petición de estas entidades. 6. Ejercer el control, inspección y disciplina de las entidades financieras cuya supervisión prudencial sea competencia de la Generalitat, en los términos que disponga la legislación básica estatal. 7. Ejercer las competencias asignadas a la Generalitat en materia de Mercado de Valores. 8. Tramitar y gestionar los avales u otras garantías que preste la Generalitat. 9. Ejercer las competencias y funciones atribuidas a la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana, y prestar los servicios de certificación de firma electrónica avanzada y servicios relacionados con identificación y firma electrónica. 10. Prestar servicios de seguridad técnicos y administrativos, en las comunicaciones a través de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas. 11. Conceder créditos, préstamos, avales y otras cauciones a favor de las empresas y entidades de naturaleza privada. 380

381 Colaborar, prestar apoyos financieros y participar en el capital y en los órganos de gobierno, en nombre propio o en representación de la Generalitat, de sociedades que financien o promuevan empresas no financieras, así como efectuar aportaciones y gestionar fondos de capital riesgo constituidos con esa finalidad. B) Información relacionada con impacto de género en el ámbito de actuación del Ente. La participación de las mujeres en la economía es cada vez mayor, sin embargo, hombres y mujeres todavía no cuentan con las mismas oportunidades a la hora de poner en marcha, dirigir y desarrollar sus proyectos empresariales. Las mujeres como empleadoras, apenas superan el 30% del total, concentrándose en muy pocas ramas de actividad; como las de carácter administrativo, inmobiliario, educativo, sanitario y servicios de cuidados, todas ellas en tramos inferiores de cotización respecto a otros tipos de actividad realizadas en su mayor parte por hombres. Las mujeres solo representan el 34,5 % del total de personas autónomas, con una mayor presencia de mujeres en los grupos de edad más jóvenes. La dimensión económica de las empresas dirigidas por mujeres tiende a ser menor que de las dirigidas por hombres porque, entre otras causas y probablemente como consecuencia de una falta de formación en este sentido, manifiestan una mayor cautela en la solicitud y uso de la financiación ajena que permita el adecuado crecimiento y desarrollo de sus proyectos. Sin embargo, sus negocios son más resistentes a las dificultades. Un informe del Global Entrepreneurship Monitor (GEM) constata que el perfil de la emprendedora es el de una mujer de entre 25 y 34 años de edad, con un nivel de estudios universitarios en torno a un 36% y con una inversión inicial de a euros. Vinculada al ámbito urbano, suele iniciarse en un negocio de autoempleo generalmente tras estar en situación de desempleo. Con mayor frecuencia, las actividades concentran en el sector servicios a 77 de cada 100 emprendedoras, un tercio se concentran en actividades de comercio y aproximadamente un 12% en hostelería y restauración. C) Actuaciones del Ente relacionadas con el Impacto de Género El IVF ha puesto en marcha líneas de financiación para pymes, microempresas y autónomos para financiar proyectos de inversión a llevar a cabo en la Comunitat Valenciana. En especial, y con respecto a actuaciones relacionadas con el impacto de género, la línea IVF Apoyo Economía Social tiene como beneficiarios a entidades que: 1. Hayan generado empleo para colectivos con dificultades de acceso al mercado laboral, entre los que contempla a las personas en situación o riesgo de exclusión social y entre ellas a las mujeres víctimas de violencia de género y a las mujeres 381

382 contratadas dentro de los 36 meses siguientes al nacimiento, adopción o acogimiento de un hijo. 2. Hayan desarrollo de actuaciones dirigidas a la igualdad efectiva de mujeres y hombres 3. Tengan participación de las mujeres en sus órganos directivos. Asimismo, la Línea de Microcréditos está dirigida a apoyar financieramente a autónomos y microempresas en la consolidación y crecimiento de sus proyectos empresariales, y por las especiales características de la línea es idónea para el tipo de proyectos donde se concentra un mayor número de mujeres emprendedoras (sector servicios, comercio y hostelería). Dado que las líneas de financiación se aprobaron a mediados de junio, en los próximos meses se van a iniciar actuaciones de promoción y difusión en colaboración con la Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de Género, y aquellas asociaciones de apoyo a la mujer, con el fin de que lleguen a un mayor número de beneficiarias. D) Propuestas de Mejora Dentro del ámbito de la financiación al sector privado y con el fin de fomentar la creación y crecimiento de proyectos: promovidos por mujeres; desarrollados en empresas en los que en su plantilla media, según cuentas anuales del último ejercicio cerrado, acrediten que como mínimo el 50% de la misma son mujeres y que no existe discriminación en materia de retribución, que se acometan por empresas en las que exista mayoría de mujeres en sus órganos de decisión, nuestra propuesta es colaborar con la Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de Género en las actividades desempeñadas dentro de su ámbito de actuación y especialmente en campañas de formación y difusión de las herramientas que el nuevo gobierno pone a su disposición para suplir la falta de crédito en los proyectos a desarrollar en la Comunitat Valenciana. Por último, se propone como mejora introducir en todos los documentos, convenios, normativa, estudios, expedientes de contratación, publicaciones, escritos y comunicaciones en general la utilización de un lenguaje no sexista. 382

383 DENOMINACIÓN: FERROCARRILS DE LA GENERALITAT VALENCIANA (FGV). CONSELLERIA DE ADSCRIPCIÓN: VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO. A) Contenido y finalidad del Ente La finalidad de FGV es Transporte público de viajeros por ferrocarril, en sus dos explotaciones de Alicante (TRAM de Alicante) y Valencia (Metrovalencia). La misión formulada en el Plan Estratégico de FGV es: Prestar a los ciudadanos en la CV un servicio público de transporte por ferrocarril sostenible, mediante una gestión eficiente y con la máxima calidad, seguridad, transparencia y rentabilidad social B) Información relacionada con impacto de género en el ámbito de actuación del Ente. Por distintos motivos, entre los que cabría incluir los relacionados con la desigualdad de género en nuestra sociedad, el servicio prestado en las dos explotaciones de FGV no es utilizado en la misma proporción por mujeres y hombres. FGV realiza anualmente una encuesta para medir el índice de satisfacción del cliente con el servicio ofrecido por la empresa en Metrovalencia y TRAM, sobre una muestra superior a las entrevistas. Los datos obtenidos son segmentados en función de distintas variables sociodemográficas y de comportamiento en los hábitos de viaje, incluyendo entre ella el Sexo. Así, del resultado que arroja la Encuesta de Satisfacción del Cliente de Metrovalencia en el año 2015, se desprende que el 63.4% de los clientes de Metrovalencia son mujeres. En el caso del TRAM de Alicante, el 57.7% de los clientes son mujeres. Evolución % clientes Metrovalencia Evolución % clientes TRAM de Alicante De los datos de caracterización de clientes segmentados por género y motivo de viaje, se obtiene que el motivo Ir o venir del trabajo presenta un porcentaje superior entre las mujeres que en los hombres, 41,9% frente al 34,1%. 383

384 Un posible motivo pueda ser que la utilización del coche familiar sea mayoritariamente masculina. C) Actuaciones del Ente relacionadas con el Impacto de Género Creación título Monoparental. FGV ofrece desde el 1 de junio de 2016 descuentos del 20 y del 50 por ciento, régimen general y régimen especial respectivamente, en el importe de la carga/recarga de todos aquellos títulos propios de FGV a los miembros de las familias monoparentales para poder desplazarse en Metrovalencia y TRAM de Alicante. Los descuentos se hacen efectivos a través de una tarjeta personalizada que se solicita aportando el carné individual de miembro de Familia Monoparental expedido por la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, emitido por la Generalitat Valenciana. Actualmente las familias monoparentales encabezadas por la figura materna representan más del 80% de los hogares monoparentales que hay en España (82,66% en 2014). En la Comunitat Valenciana la cifra de familias monoparentales estaba entorno a en 2015, de las que aproximadamente el 80.7% lo conformaban mujeres con hijos, representando las familias monoparentales compuestas por hombres con hijos aproximadamente un 19.3%. Por este motivo, este título, pensado inicialmente para un colectivo especialmente sensible (familias monoparentales), beneficia a una mayor proporción de mujeres. Exposición Siete perfiles de pobreza (10/2010). Esta exposición, organizada por Xarxa per la Inclusió Social de la Comunitat Valenciana en colaboración con la Línea 0 de FGV, mostraba siete perfiles de exclusión, centrados en las historias y condiciones de vida concretas de siete personas y sus respectivas familias, analizando a sus colectivos (inmigrantes, refugiados, víctimas de violencia de género, gitanos, personas sin hogar, ex-reclusos y prostitutas). Conmemoración del Día contra la Violencia de Género (11/2014). La estación de Luceros del TRAM y la de Colón de Metrovalencia acogieron una exposición de carteles contra la violencia de género organizada por la Escuela de Arte y Superior de Diseño de Alicante, Easda, y la Comisión de Seguimiento del Plan de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV). Coincidiendo con el Día Contra la Violencia de Género, la muestra exhibió una veintena de trabajos escogidos de más de cien propuestas de estudiantes de ciclos formativos (Autoedición, Ilustración y Gráfica Publicitaria) de la citada escuela alicantina que tratan de concienciar a los ciudadanos del peligro que supone esta lacra para la sociedad actual. Exposición de carteles conmemorativos del 8 de marzo (03/2016). La estación de Luceros del TRAM de Alicante presentó la exposición de una selección compuesta de 58 trabajos presentados a la convocatoria de los Premios para el Diseño de Carteles 384

385 Conmemorativos del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer de 2016, convocado por la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas. Exposición Fishshot de Javier Corso dentro del Festival PhotOn 2016 (06/2016). La sala Lametro de la estación de Colón de Metrovalencia acogió en el mes de junio la exposición fotográfica Fishshot de Javier Corso dentro del Festival PhotOn Se trata de un proyecto documental formado por una veintena de instantáneas de distintos formatos que refleja la soledad, el aislamiento emocional y la represión de sentimientos que padece la sociedad finlandesa. Los problemas de los finlandeses se recrudecen cuando los individuos empiezan a beber para enfrentarse a ellos. El consumo excesivo de alcohol está presente en más de la mitad de los casos de suicidio, homicidio y violencia de género en este país. Es un problema arraigado en la sociedad finlandesa que causa de forma directa o indirecta un elevadísimo número de muertes entre la población. Las consecuencias hieren la imagen de un país conocido mundialmente por su calidad de vida, rodeados de idílicos paisajes, frío y oscuridad. Línea O. En el marco de las actuaciones de Línea 0 (vertiente social de la política de RSC en Ferrocarrils) se ha colaborado en acciones de concienciación apoyando a distintas asociaciones entre las que cabe destacar: Asociación Por ti mujer. Campañas Contra la violencia de género y Mi vida la controlo yo. Fundación Agua de Coco. Gira deportiva en la CV del equipo femenino de Madagascar. D) Propuestas de Mejora El servicio de Transporte Público y, en concreto, el que ofrece Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana, es en sí mismo inclusivo, favorece el transporte y la comunicación de los distintos colectivos sin ninguna restricción, al tiempo que contribuye altamente a la vertebración del territorio. Las diferencias de uso por parte de los distintos colectivos es síntoma de los avances o retrocesos que se vayan produciendo en el entorno social. Además de apoyar acciones de concienciación realizadas por ONG o las instituciones, las propuestas de mejora que implante FGV deben ir encaminadas al fomento del uso de su servicio de transporte, que como hemos dicho, favorece a la sociedad en su conjunto y, especialmente, a los colectivos más desfavorecidos. Por último, se propone como mejora introducir en todos los documentos, convenios, normativa, estudios, expedientes de contratación, publicaciones, escritos y comunicaciones en general la utilización de un lenguaje no sexista. 385

386 DENOMINACIÓN: CIUDAD DE LAS ARTES Y DE LAS CIENCIAS, S.A. (CAC S.A.) CONSELLERIA DE ADSCRIPCIÓN: PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT A) Contenido y finalidad del Ente El objeto social de CAC, S. A., según la última modificación realizada el 16 de mayo de 2013 es el siguiente: A. La promoción, organización y gestión de cuantas actividades requiera la preparación, construcción y puesta en funcionamiento de los proyectos de la Generalitat Valenciana de la Ciudad de las Artes y de las Ciencias de Valencia. B. La promoción, organización y gestión de la explotación de las actividades y servicios a desarrollar en los inmuebles e instalaciones que integren los proyectos a que se hace referencia en el párrafo anterior. C. La venta de entradas tanto para, productos, espectáculos y eventos organizados por terceros que tengan lugar en sus instalaciones, como productos, espectáculos o eventos desarrollados por terceros y que tengan lugar fuera de las instalaciones de CAC, S. A. D. La prestación de servicios de telemarketing para terceros. E. Prestación de servicios a terceros de consultoría y asistencia técnica en proyectos similares a aquellos desarrollados por la sociedad, asesorando en materia de recursos humanos, marketing, elaboración de planes económico-financieros, firmando los contratos de colaboración oportunos con tales terceros así como utilizando los profesionales debidamente cualificados que sean requeridos. La sociedad podrá desarrollar las actividades integrantes de su objeto social, total o parcialmente, de modo indirecto, mediante la titularidad de acciones o participaciones en sociedades con objeto idéntico o análogo. Asimismo, podrá constituir a los mismos fines otras sociedades en las que participen cualesquiera otras entidades públicas a privadas y/o personas físicas o jurídicas. B) Información relacionada con impacto de género en el ámbito de actuación del Ente. En la actualidad CACSA dispone únicamente de los siguientes datos estadísticos / indicadores que permiten conocer el género de los visitantes, clientes e interesados por la actividad de CACSA y con ello, identificar las desigualdades de género en el ámbito de actuación de la Ciutat de les Arts i les Ciències. 386

387 Indicador de género de los inscritos Área privada de CAC para recibir noticias y novedades Género inscritos Área Privada Ciutat de els Arst i les Ciències 70% 60% 50% 40% 30% 20% 10% 0% 59% % MUJER HOMBRE Indicador de género de los Socios Club Ciutat de les Arts i les Ciències Género Socios Club Ciutat de els Arst i les Ciències 60% 56% 50% 40% 44% 30% 20% 10% 0% 2016 MUJER HOMBRE 387

388 Indicador de género Audiencia en Redes Sociales Género seguidores Twitter 80% 70% 60% 50% 40% 30% 20% 10% 0% 76% % MUJER HOMBRE Género seguidores Facebook 70% 60% 63% 50% 40% 30% 20% 36% 10% 0% 2016 MUJER HOMBRE C) Actuaciones del Ente relacionadas con el Impacto de Género Política de Responsabilidad Social La Ciudad de las Artes y las Ciencias tiene publicada en el portal de Transparencia Ciutat Oberta su política de Responsabilidad Social a través de la cual materializa su compromiso social. Entre las diferentes líneas de actuación, se aplica una tarifa especial en el 388

389 acceso a los recintos gestionados por CACSA a colectivos/particulares socialmente desfavorecidos y con limitaciones económicas, incluidas las víctimas de violencia de género. Contenidos y Actividades en los recintos gestionados por CACSA El Museu de les Ciències tiene como uno de sus objetivos reflejar en los contenidos, no sólo a nivel expositivo sino en cualquier otra actividad, el papel que las mujeres han tenido y tienen en el ámbito científico. En el año 2015 se realizaron 2 exposiciones sobre mujeres científicas: La otra mitad de la ciencia y Mujeres en bioquímica y biología molecular. Además de que se realizó una mesa redonda Mujeres en la ciencia: Superando los retos de género en la ciencia de acceso gratuito. En 2016 y de acuerdo con el propósito marcado se ha puesto en marcha un ciclo denominado Mujeres de Ciencia donde se destaca la representación de la mujer en la ciencia que cada vez es mayor en todos los ámbitos relacionados con ciencia. Ciclo Mujeres de Ciencia /02/16 Conferencia: Avances en el diagnóstico y tratamiento del cáncer de mama. D. ª. Ana Lluch. Jefa de Servicio de Hematología y Oncología Médica del Hospital Clínic Universitario de Valencia. Día mundial contra el cáncer 4 febrero. 08/03/16 Conferencia: Descifrando los enigmas del cerebro. D. ª. María Teresa Miras. Catedrática de Bioquímica y Biología Molecular en la Facultad de Veterinaria de la Complutense. 31/03/16 Conferencia: El móvil muda de piel. D. ª. Nuria Oliver. Directora científica de Telefónica y doctora en Ciencias de la Computación por el MIT. 07/04/16 Conferencia: Mi lucha contra la malaria. D. ª. Azucena Bardají Alonso. Investigadora Instituto de Salud Global de Barcelona. 21/04/16 Conferencia: Ama la ciencia a las mujeres? D. ª. Capitolina Díaz. Presidenta de la Asociación de Mujeres Investigadoras y Tecnólogas. Del mismo modo, en el resto de ciclos y actividades que están programados y se programan se tiene presente la paridad y que haya representación femenina. 389

390 Algunos ejemplos de ello son: Ciclo de a Ciencia Cierta /05/16 Conferencia: El mundo de las momias, D. ª. Mercedes González Fernández. Instituto de Estudios Científicos en Momias (IECIM) Auditorio Santiago Grisolía Ciclo una Comunitat amb Ciència 27/09/16 Mesa redonda: "Situación actual de la investigación en la Comunitat Valenciana: retos y oportunidades" Modera: Toni Raga. Araceli Escudero, D. ª. Cristina del Campo, Manuel Jordán Vidal y Jesús Casanova Ciclo de Actualidad /03/16 Conferencia: Las Ondas gravitacionales: las nuevas mensajeras del universo. D. ª. Alicia M. Sintes Olives. Dept. Física & IAC3 - Universitat de les Illes Balears & Institut d'estudis Espacials de Catalunya (IEEC). Otras 21/09/16 Efeméride: Día Mundial del Alzheimer: Remembering Music. Acción con Berklee. Taller de Músico-terapia y juego. Coordinada por: D. ª. Fátima Pérez, Salvador Fito y D. ª. Suzanne Hanser Representación en la exposición Els nostres dinosaures, la Paleontóloga Mary Anning: prolífica buscadora de fósiles que nació en Inglaterra, en Se le considera la descubridora de varios ejemplares de plesiosaurios e ictiosaurios y sus hallazgos contribuyeron de manera significativa en el cambio que se produjo a principios del siglo XIX en la manera de ver la historia de la Tierra. Algunas fuentes indican que los fósiles descubiertos por ella podrían haber contribuido al desarrollo de la teoría de la evolución presentada por Charles Darwin. Participación de las mujeres en Un lago de conciertos D) Propuestas de Mejora A continuación se detallan las acciones o medidas que CACSA potenciará o pondrá en marcha a lo largo del ejercicio 2017, en el marco de su Política de Responsabilidad Social: Potenciar la presencia de la mujer, no sólo a nivel expositivo sino en cualquier otra actividad, y su papel en el ámbito científico. 390

391 Se han planificado para el año 2017 las siguientes actividades con la finalidad de potenciar el papel de la mujer, a falta de confirmación definitiva: 09/02/17 CICLO COMUNITAT AMB CIÈNCIA Conferencia: Son incompatibles las hamburguesas con la dieta mediterránea? Dolors Corella.Departamento de Medicina Preventiva y Salud Pública, Ciencias de la Alimentación, Toxicología y Medicina Legal. Universitat de València. 23/11/17 CICLO A CIENCIA CIERTA. Conferencia: "Tres en uno. Tres virus y un microasesino; Zika, Chincungunya y dengue" Pilar Mateo Valencia. ESTE ES NUEVA, POR CONFIRMAR COMO VA. en programación tenemos: Cómo superar las penas de amor con Newton. Juan Carlos Ortega. Auditorio Santiago Grisolía. Con respecto a las efemérides y aunque están pendientes de revisar y confirmar, por el momento se han incluido entre otras: - 11/02/2017 Día Internacional de la Mujer y la Niña en la Ciencia. Acción. - 08/03/2017 Día Internacional de la Mujer. Acción. - 07/07/ Nace Nettie María Stevens. Genetista estadounidense. Describió junto con Edmund Beecher Wilson, las bases cromosómicas del sexo. Promoción BC - 25/07/ Nace Rosalind Franklin, biofísica y cristalógrafa británica autora de importantes contribuciones a la comprensión de las estructuras del ADN, los virus, el carbón y el grafito. Rosalind Franklin con su Fotografía 51, contribuyó de manera fundamental a la confirmación de la estructura de doble hélice del ADN por Watson y Crick. Promoción de contenidos de Museo: Bosque de cromosomas Favorecer el acceso a los servicios y actividades a las personas/ colectivos víctimas de la desigualdad de género, en el marco de la política de responsabilidad social de CACSA, como por ejemplo, aplicación de tarifas especiales en el caso de víctimas de violencia de género. Potenciar la inclusión de cláusulas sociales en las diferentes fases de contratación, que favorezcan la reducción de las desigualdades, en aquellas contrataciones que por su naturaleza lo permitan. Identificación de nuevos indicadores que permitan medir la desigualdad de género en los diferentes ámbitos de la actividad de la Ciutat de les Arts i les Ciències, y aplicar las medidas oportunas destinadas a eliminar y corregir las desigualdades detectadas. Por ejemplo, porcentaje de contenidos y actuaciones con presencia de la mujer. 391

392 Sensibilizar y concienciar a las personas que trabajan en CACSA, sobre la importancia fomentar y potenciar la igualdad de género en todas las actuaciones que se desarrollen y se realicen desde la Ciutat de les Arts i les Ciències. Para ello, se mencionará explícitamente la Igualdad de Género en los valores que conforman la cultura de la empresa. 392

393 DENOMINACIÓN: ENTIDAD DE INFRAESTRUCTURAS DE LA GENERALITAT (EIGE) CONSELLERIA DE ADSCRIPCIÓN: VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO A) Contenido y finalidad del Ente. La Entidad de Infraestructuras de la Generalitat es una entidad de derecho público cuyo objetivo estratégico esencial es catalizar los procesos de promoción, construcción y gestión de las infraestructuras autonómicas. Es por ello que aunque está adscrita orgánicamente a la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, sus fines tienen carácter transversal para toda la Administración de la Generalitat y sus organismos o entidades de derecho público, de los que se configura como medio propio y servicio técnico. El contenido de sus actuaciones: 1.-Realizar obras y los servicios necesarios para la construcción, gestión, conservación, mantenimiento y explotación de suelo, infraestructuras, equipamientos y edificaciones. 2.-Impulsar y gestionar actividades de promoción económica y complementarias de las anteriores para conseguir la máxima eficiencia. 3.-Gestión y Administración de las viviendas del Parque Público de la Generalitat. 4.- Gestión, explotación y arrendamiento de viviendas titularidad de la Entidad. B) Información relacionada con impacto de género en el ámbito de actuación del Ente. Debido a la finalidad y el objetivo de la Entidad, es difícil recabar datos e indicadores relacionados con la actuación, con lo que no se dispone de datos estadísticos que permitan identificar las desigualdades de género en el ámbito de actuación de EIGE. C) Actuaciones del Ente relacionadas con el impacto de Género. En materia de impacto de género, podemos destacar 2 actuaciones llevadas a cabo desde EIGE, encaminadas a favorecer al colectivo de mujeres víctimas de la violencia de género, y familias monoparentales (a cargo de una mujer), en concreto: A.- Gestión en la concesión de ayudas al alquiler social: Los datos de que disponemos hacen referencia a 2015, en el que se beneficiaron de estas ayudas un total de 58 mujeres. 393

394 B.- Viviendas de promoción pública destinadas a mujeres víctimas de violencia de género: En el año 2015 se beneficiaron un total de 18 mujeres, que supuso, un coste medio estimado en la reparación de dichas viviendas para su entrega de euros. Respecto al año 2016, y hasta la fecha, se han entregado un total de 18 viviendas a mujeres víctimas de la violencia de género. Por otro lado se han entregado durante el año 2016, un total de 27 viviendas a familias monoparentales, (a cargo de una mujer). El efecto económico de estas actuaciones no tiene su reflejo en el presupuesto de EIGE, ya que se trata de viviendas del Parque Público de la Generalitat cuyos ingresos y gasto se incluyen en el presupuesto de la DG de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana. D) Propuestas de mejora. Dado que las actuaciones que esta Entidad puede llevar a cabo para favorecer a determinados colectivos, y reducir las desigualdades de impacto de género, se traducen en la gestión de concesión de ayudas al alquiler o en la entrega de viviendas de promoción pública, se propone como objetivo de mejora, que se optimice la información y el servicio de atención a dichos colectivos, tanto en relación con las ayudas de las que puedan beneficiarse, como de los requisitos para la solicitud y concesión, tanto a través de la web de la Entidad y como de la atención personal a los dichos colectivos especialmente vulnerables, por razón de género. Por último, se propone como mejora introducir en todos los documentos, convenios, normativa, estudios, expedientes de contratación, publicaciones, escritos y comunicaciones en general la utilización de un lenguaje no sexista. 394

395 5.3.- FUNDACIONES DE LA GENERALITAT DENOMINACIÓN: FUNDACIÓN DE LA C.V. PARA EL FOMENTO DE ESTUDIOS SUPERIORES (FFES) CONSELLERIA DE ADSCRIPCIÓN: CONSELLERIA DE EDUCACIÓN, INVESTIGACIÓN, CULTURA Y DEPORTE A) Contenido y finalidad del Ente Promoción del acceso a la educación superior y el desarrollo de otras actividades de carácter educativo y cultural, tales como la realización de programas de formación permanente, de postgrado, de potenciación de las artes y humanidades, y de investigación y de intercambio de la información tecnológica de interés internacional y de colaboración y cooperación al desarrollo y la innovación. B) Información relacionada con impacto de género en el ámbito de actuación del Ente. El ámbito de actuación de La fundación C.V. para el Fomento de Estudios Superiores se encuentra enmarcado dentro de la realización de convenios con instituciones tanto públicas como privadas, así como la convocatoria de becas y ayudas para la promoción y fomento de los estudios superiores y de postgrado. Por ello, el acceso a dichas acciones o actuaciones se considera igualitario. C) Actuaciones del Ente relacionadas con el Impacto de Género En el informe realizado por la Fundación C.V. para el Fomento de Estudios Superiores para observar el impacto de género en la convocatoria de becas para titulados superiores universitarios para participar en actividades formativas en investigación, queda reflejado número de mujeres/hombres con estudios de grado interesados en acceder a dichas ayudas del siguiente modo: Una vez concluido el proceso selectivo por parte del órgano de selección, podemos observar que de un total de 137 candidaturas presentadas para dicha convocatoria: El 69% de las candidaturas representa al género femenino, que corresponde a 95 mujeres y el 31% de las candidaturas representa al género masculino, que corresponde a 42 hombres. Del mismo modo, dentro del mismo informe se estudió la proporción de mujeres/hombres que obtuvieron las ayudas siguiendo una rigurosa baremación de criterios objetivos, resumiéndose en estos términos: 395

396 Tras la evaluación de los candidatos, y una vez superados todos los requisitos necesarios para la concesión de las ayudas referidas en la Resolución de 12 de junio de 2015 (2015/5690), se conceden 11 becas de las cuales, el 64% representan a 7 mujeres y el 36% quedan adjudicadas al género masculino, representando a 4 hombres. D) Propuestas de Mejora Los resultados de los informes realizados permitirán a la Fundación C.V. Fomento de Estudios Superiores orientar la creación de futuras ayudas destinadas a la paridad de género. Del mismo modo, y siguiendo las directrices del Acuerdo de 27 de marzo de 2015, del Consell, se establece los criterios básicos para la inclusión de cláusulas de responsabilidad social en la próximas contrataciones y subvenciones de la Fundación, durante el ejercicio Dentro de su plan de formación la Fundación C.V. para el Fomento de Estudios Superiores prevé la realización de un curso sobre Innovación e Igualdad promovido por la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, que ayude al compromiso de Igualdad que la Fundación tiene con todos los valencianos. Por último, se propone como mejora introducir en todos los documentos, convenios, normativa, estudios, expedientes de contratación, publicaciones, escritos y comunicaciones en general la utilización de un lenguaje no sexista. 396

397 DENOMINACIÓN: FUNDACIÓN DE LA C.V. DE ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS DEL DELITO (FAVIDE) CONSELLERIA DE ADSCRIPCIÓN: JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, REFORMAS DEMOCRÁTICAS Y LIBERTADES PÚBLICAS A) Contenido y finalidad del Ente. La Fundación para la Atención a las Víctimas del Delito (FAVIDE), es un ente del sector público valenciano, constituido mediante Acuerdo del Consell de fecha 16 de abril de 2004, como una fundación de carácter cívico y de defensa de las víctimas de delitos y actos violentos, sin ánimo de lucro, bajo la tutela del Protectorado de la Generalitat. La actuación de la entidad está incardinada en el Programa: Administración de Justicia.- Sección: Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas. La finalidad de FAVIDE es la atención a las víctimas del delito, que como usuarias acudan a la red que gestiona de Oficinas de Atención a las Víctimas del Delito (OAVD), un total de 17 Oficinas de Atención a las Víctimas del Delito (OAVD) en la Comunitat Valenciana, que son recursos de atención especializada jurídica y social, de carácter gratuito, dirigido a las víctimas de cualquier delito, en situación de desamparo o vulnerabilidad. Red de OAVD de FAVIDE La distribución territorial de la red de OAVD de FAVIDE, por toda la Comunitat Valenciana es la siguiente: 1. Provincia de Alicante: Con OAVD en: Alicante (capital), Alcoy, Benidorm, Denia, Elche, Orihuela, Torrevieja. 2. Provincia de Castellón: Con OAVD en: Castellón (capital), Villarreal, Vinaroz. 3. Provincia de Valencia: Con OAVD en: Valencia (capital), Alzira, Gandia, Paterna, Requena, Utiel, Torrent. Además de estas 17 Oficinas, con ubicación física, FAVIDE ofrece atención a los ciudadanos de forma online, a través de una oficina adicional, que se puso en marcha en diciembre del pasado año: la Oficina Virtual de Atención a las Víctimas. Se trata de un servicio rápido, seguro y confidencial, que permite a cualquier ciudadano obtener asistencia y asesoramiento profesional y les orienta en la resolución de su problemática, sin tener que desplazarse, a priori, a ningún sitio, aunque luego ya puede derivársele a la OAVD que tenga más cercana. 397

398 B) Información relacionada con impacto de género en el ámbito de actuación del Ente. Las precitadas Oficinas de Atención a las Víctimas del Delito (en adelante, OAVD) que gestiona FAVIDE, proporcionan su servicio, sin discriminación de género, a toda víctima de cualquier tipo de delito, que como usuaria lo solicite. Los objetivos y actuaciones de las OAVD, se encuentran incluidos dentro del siguiente articulado normativo y de planes: NORMA/PLAN Ley 9/2003 ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN Título II. Capítulo VI. De la violencia contra las mujeres. OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD FAVIDE forma parte de la Red Orienta del SERVEF, por sus actuaciones de orientación sociolaboral y colaboración en el marco de sus actuaciones de atención a las víctimas, para facilitar la inserción sociolaboral de las mujeres en situación de riesgo de exclusión social. Proporcionar, a través de las Oficinas de Atención a las Víctimas del Delito, asistencia jurídica, gratuita y especializada a las mujeres víctimas de cualquier delito o falta y, en especial, a las víctimas de violencia de género. Y asimismo derivando a otros recursos públicos a la víctima, cuando ello sea necesario, en aras de que reciba una atención integral adecuada a su caso. Favorecer, dentro de los servicios de atención a víctimas, la accesibilidad a la información a las mujeres víctimas de violencia de género, con especial hincapié en las mujeres inmigrantes y discapacitadas. 398

399 NORMA/PLAN ARTÍCULO / ÁREA DE ACTUACIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE IGUALDAD Ley 9/2003 Título II. Capítulo VI. De la violencia contra las mujeres. La red de OAVD gestionada por FAVIDE, tiene como objetivo prestar atención y asistencia jurídica a las víctimas, derivando a otros recursos públicos de acuerdo con las necesidades de la víctima. Título III Igualdad y Administración Pública Formación para funcionarios/as de la Administración de Justicia, forenses, psicólogos/as, trabajadores/as sociales en materia de violencia de género, trata de seres humanos, etc. Título II. Capítulo VI. De la violencia contra las mujeres. Desde el año 2003, las OAVD de las capitales de provincia de Valencia, Alicante y Castellón, son Puntos de Coordinación de las Órdenes de Protección, cada una de ellas en su provincia correspondiente. OBJETIVOS GENERALES DE LAS OAVD 1. Atender, informar y asesorar a toda persona que haya sufrido un daño o menoscabo en su persona, bienes o derechos como consecuencia de un delito o falta. 2. Facilitar el seguimiento de las actuaciones, procesales o no, que hayan de realizar las víctimas del delito en la Comunitat Valenciana. 3. Informar, formar y asesorar a personas implicadas en el apoyo y asistencia a las víctimas del delito. 399

400 En términos estadísticos, se ha constatado lo indicado a continuación respecto de las asistencias realizadas de los casos que se atienden en las OAVD: Durante los siete primeros meses de 2016, han sido atendidas un total de personas, de las que un 80,12% son mujeres, concretamente un total de (de las cuales son nuevas usuarias). De modo que los hombres atendidos conforman el 19,88% restante, concretamente un total de hombres (de los cuales son nuevos usuarios). De los ya mencionados nuevos usuarios, un 48,17%, es decir 3.793, son mujeres atendidas por delitos de violencia de género. El porcentaje de aproximadamente 80% de mujeres, del total de personas atendidas se viene repitiendo en años anteriores. C) Actuaciones del Ente relacionadas con el impacto de Género. La Fundación FAVIDE, desde 2004, ofrece servicios de atención a toda víctima de delito, de carácter gratuito y especializado, en aras de solucionar la situación de desamparo en la que las víctimas de delito se encuentran. La fundación, realiza actividades formativas (cursos, charlas, coloquios, jornadas, etc.) dirigidos a la ciudadanía y a los profesionales que como agentes sociales intervienen en el área de atención a víctimas, acerca de temas relativos a la prevención de delitos, promoviendo la igualdad de género y luchando contra la violencia. D) Propuestas de mejora. Como posibles propuestas de mejora se pueden indicar: 1. Promover convenios de colaboración para el estudio, investigación y seguimiento de los procesos iniciados de malos tratos, agresiones sexuales y acoso sexual. 2. Realización de convenios de colaboración con las diferentes Administraciones Públicas, para actuar de manera transversal fomentando la igualdad de género y en consecuencia, previniendo la violencia. 3. Por último, se propone como mejora introducir en todos los documentos, convenios, normativa, estudios, expedientes de contratación, publicaciones, escritos y comunicaciones en general la utilización de un lenguaje no sexista. 400

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