Característica del Seguro Bicicletas Groupon

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1 a) Resumen Coberturas Característica del Seguro Bicicletas Groupon Santiago, Octubre 2015 Coberturas Daños Materiales por accidente de la bicicleta Reembolso de Gastos Médicos por Accidente Montos Hasta UF 10 anual Se indemnizará un 80% del monto del siniestro con un tope de 5 UF por cada evento (*). Se indemnizará hasta UF 25 como tope de cobertura anual (**). Muerte Accidental UF 100 (*) Máximo 2 eventos al año, el deducible es por evento. (**) Máximo 3 eventos al año. 1. Descripción de las Coberturas: a) MUERTE ACCIDENTAL (POL Art. 2 Letra A): En caso de muerte accidental del asegurado, la compañía aseguradora pagará por una sola vez a los beneficiarios el monto único y total de UF 100 (cien unidades de fomento), mediante un solo pago, una vez recibidas y aprobadas las pruebas de que el fallecimiento del asegurado se produjo durante la vigencia de esta cobertura como consecuencia directa e inmediata de un accidente. Se entenderá como fallecimiento inmediato aquel que ocurra a más tardar dentro de los noventa (90) días siguientes de ocurrido el accidente. b) REEMBOLSO DE GASTOS PRODUCTO DE DAÑOS MATERIALES ACCIDENTALES SUFRIDOS POR LA BICICLETA ASEGURADA (POL ): En virtud de esta cobertura, la compañía aseguradora pagará al asegurado el costo de reparación en que deba incurrir el mismo, a causa de daños materiales sufridos por la Bicicleta Asegurada a consecuencia de un accidente, hasta el monto máximo de UF 10 (diez unidades de fomento) anuales, con un máximo de UF 5 (cinco unidades de fomento) por evento y con un máximo de 2 eventos anuales, siempre que tales gastos de reparación sean producto de arreglos realizados dentro del plazo de 60 días contados desde la fecha del accidente y a consecuencia de los daños sufridos accidentalmente por la bicicleta del Asegurado. 1

2 Será condición necesaria para proceder al reembolso, la presentación por parte del asegurado, de las boletas o facturas originales, comprobatorias de los gastos efectuados por el asegurado. Se deja establecido que la bicicleta asegurada ( Bien Asegurado ) será aquella que el asegurado individualice al momento de contratar el seguro. Sólo podrá contratarse un seguro por bicicleta de propiedad del asegurado, por lo que en caso de accidente, la compañía aseguradora sólo reembolsará los daños accidentales que haya sufrido esa bicicleta hasta el monto máximo de reembolso anual señalado precedentemente. c) REEMBOLSO DE GASTOS MEDICOS POR ACCIDENTE DEL ASEGURADO (POL , Art. 2, Letra G): En virtud de esta cobertura, la compañía reembolsará al asegurado los gastos de asistencia médica y farmacéutica, razonables y acostumbrados, tanto ambulatorios como hospitalarios, a en que éste incurra a consecuencia de un accidente, hasta el monto máximo de UF 25 (veinte y cinco unidades de fomento) anuales con un máximo de 3 eventos al año, y siempre que tales gastos sean producto de atenciones prestadas dentro del plazo de ciento veinte (120) días siguiente a la fecha del accidente y a consecuencia de las lesiones sufridas en él. La presente cobertura contempla las siguientes limitaciones: 1. En aquellos casos en que el asegurado no esté afiliado a un sistema de salud previsional, privado o estatal, se considerará como gasto efectivamente incurrido el monto que resulte de la aplicación de un 50% sobre el gasto médico reclamado. Sobre el monto resultante se aplicarán los porcentajes y límites de reembolso definidos anteriormente. 2. En aquellos casos en que el asegurado esté afiliado a un sistema de salud previsional, privado o estatal, y las prestaciones o gastos reclamados no cuenten con bonificación, aporte y/o reembolso mayor que cero (0) en tales instituciones, independiente de la causa que lo provoque, se considerará como gasto efectivamente incurrido el monto que resulte de la aplicación de un 50% sobre el gasto médico reclamado. Sobre el monto resultante se aplicarán los porcentajes y límites de reembolso definidos anteriormente. 3. En aquellos casos en que el asegurado esté afiliado a un sistema de salud previsional, privado o estatal, y las prestaciones o gastos reclamados cuenten con una bonificación, aporte y/o reembolso inferior al 50%, se considerará como gasto efectivamente incurrido el monto que resulte de la aplicación de un 50% sobre el gasto médico reclamado. Sobre el monto resultante se aplicarán los porcentajes y límites de reembolso definidos anteriormente. Será condición necesaria para proceder al reembolso, la presentación por parte del asegurado, de las boletas o facturas originales, comprobatorias de los gastos médicos efectuados. En caso que el asegurado tuviese beneficios de alguna Institución de Salud Estatal, Privada o Bienestar, deberá hacer uso de ellos previamente. En esa circunstancia, no será exigible la 2

3 presentación de boletas o facturas originales si en vez de ellas se presentan documentos comprobatorios de los beneficios ya recibidos y del real gasto incurrido por el asegurado. En estos casos sólo serán rembolsados los gastos que realmente sean de cargo del asegurado. 2. Deducibles: Esta póliza cuenta con un deducible correspondiente al 20% del monto del gasto de reparación de la bicicleta a indemnizar por parte de la compañía aseguradora por evento. Este monto de la indemnización será de cargo del asegurado. b) Requisitos de Asegurabilidad y Beneficiarios I. ARTICULO N 5 REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD Al momento de contratar, el asegurado deberá entregar a la Compañía Aseguradora al menos los siguientes datos respecto de la bicicleta a asegurar, a saber: Marca de la Bicicleta Modelo Color Medida Aro No obstante lo anterior, la Compañía Aseguradora podrá solicitar al Asegurado, más antecedentes que permitan identificar inequívocamente la Bicicleta Asegurada. Además, el Asegurado deberá cumplir con los siguientes requisitos de asegurabilidad: Edad Mínima del Asegurado al momento de contratación del Seguro: el Asegurado podrá contratar el seguro a partir de los 18 años de edad. Edad Máxima del Asegurado para la contratación del Seguro: el Asegurado podrá contratar esta póliza hasta los 65 años y 364 días de edad. Edad Máxima de Permanencia del Asegurado en la Póliza: El Asegurado Titular podrá permanecer en esta póliza hasta los 69 años y 364 días de edad. ARTICULO N 6 BENEFICIARIO Tanto para la cobertura de daños materiales accidentales de la bicicleta asegurada, como para la cobertura de reembolso de gastos médicos por accidente, será beneficiario el Asegurado identificado en la presente póliza. Para la cobertura de Muerte Accidental serán los herederos legales. 3

4 c) Prima Anual La prima anual del presente seguro expresada en UF (Unidades de Fomento), es la siguiente: Plan Tarifa (IVA Incluido) Seguro Bicicleta Groupon UF 1,4192 Para la prima del presente seguro, se considerará la UF según el día d) Servicios Adicionales: Atención Express Bicicletas + Auxilio Médico ASISTENCIA SALUD EN RUTA LIMITE DE EVENTOS TOPE POR EVENTO Traslado Médico Terrestre por Accidente en Bicicleta 3 EVENTOS UF 10 OMT para ciclistas (Especial para patologías Cardiacas y Musculares) ILIMITADO ILIMITADO Orientación Nutricional (Especial de Dietas Asociadas a la práctica del Ciclismo) ILIMITADO ILIMITADO VIA SEGURA LIMITE DE EVENTOS TOPE POR EVENTO Remolque de Bicicleta por avería o accidente 3 EVENTOS UF 3 Reparación de Frenos, Cambio de Tubulares, Reparación de Cadena 3 EVENTOS UF 2 Traslado y guardería de bicicletas por eventos inesperados 1 EVENTO UF 3 Engrase de: Rodamientos, dirección; cables y fundas en malas condiciones; centrado y acopado de llantas, cadena, platos, piñones. 1EVENTO UF 2 Referencias de centros de mantención Completa de Bicicleta. ILIMITADO ILIMITADO Información y estado de ciclo vías ILIMITADO ILIMITADO Información de eventos sociales y deportivos para ciclistas ILIMITADO ILIMITADO ABOGADO EN RUTA LIMITE DE EVENTOS TOPE POR EVENTO Servicio de Orientación legal ILIMITADO ILIMITADO Servicio de Orientación Social ASISTENCIA HOGAR LIMITE DE EVENTOS TOPE POR EVENTO Servicio de gasfitería 1 EVENTO UF 2 Servicio de cerrajería 1 EVENTO UF 2 Servicio de Electricidad 1 EVENTO UF 2 Servicio de Cristaleria 1 EVENTO UF 2 Los Servicios adicionales no constituyen cobertura de seguros, siendo éstos de responsabilidad de quién los otorga. e) Vigencia de la Póliza La duración de esta póliza es de un (1) año contado desde el día (día) de (mes) de (año) (fecha de contratación por internet). Este seguro terminará anticipadamente, en el momento que suceda alguno de los siguientes hechos: 4

5 a) Fallecimiento del Asegurado. b) Cuando el Asegurado cumpla la edad máxima de permanencia en esta póliza, según lo indicado en el Artículo Nº5 de estas Condiciones Particulares. c) Por renuncia del asegurado, una vez transcurrido el plazo para el ejercicio del derecho de retracto, lo que deberá hacer por escrito en las oficinas de MetLife o llamando al teléfono d) La Compañía podrá poner término a la póliza en caso que el interés asegurable no llegare a existir o cesare durante la vigencia del seguro. En este caso, el asegurado tendrá derecho a la devolución de la prima pagada no ganada por el asegurador correspondiente al tiempo no transcurrido. f) Exclusiones del Seguro a) Para la Cobertura de Muerte Accidental y Reembolso de gastos médicos por accidente del Asegurado: Las exclusiones de esta póliza se encuentran detalladas en el Artículo N 4 de las Condiciones Generales de la Póliza, depositada en la Superintendencia de Valores y Seguros bajo el código POL , y son las siguientes: No se pagará el monto asegurado para esta póliza cada cobertura asociada a esta póliza cuando el fallecimiento, lesiones, cirugías u hospitalizaciones por accidente, a consecuencia de: a) Efectos de guerra, declarada o no declarada, invasión, acción de un enemigo extranjero, hostilidades u operaciones bélicas, ya sea con o sin declaración de guerra, así como tampoco ningún ejercicio o práctica de guerra. b) Suicidio, intento de suicidio, o heridas auto inferidas, ya sea que el asegurado haya estado en su pleno juicio o enajenado mentalmente. c) Prestación de servicios del asegurado en las Fuerzas Armadas o funciones policiales de cualquier tipo. Para todos los efectos de esta póliza las funciones de policía incluyen además las funciones de policía civil y gendarmería. d) Intoxicación o encontrarse el asegurado bajo los efectos de cualquier narcótico o droga a menos que hubiese sido administrado por prescripción médica, y la conducción de cualquier vehículo por parte del asegurado, encontrándose éste en estado de ebriedad, conforme a los límites establecidos en la normativa vigente a la fecha del siniestro. Dichos estados deberán acreditarse mediante la documentación expedida por los organismos correspondientes. e) Negligencia o imprudencia o culpa grave del asegurado. f) Movimientos sísmicos desde el grado 8 inclusive en la escala de Mercalli, determinado por el Servicio Sismológico del Departamento de Centro Sismológico Nacional o del servicio que en el futuro lo reemplace. g) Viaje o vuelo en vehículo aéreo en un transporte no sujeto a itinerario, ni operado por una empresa de transporte aéreo comercial sobre una ruta establecida. 5

6 h) Fractura de Huesos producida como consecuencia directa e inmediata de osteoporosis b) Para la Cobertura de reembolso de gastos producto de daños materiales accidentales sufridos por la bicicleta asegurada: Las exclusiones de esta cobertura se encuentran detalladas en el Artículo N 4 de las Condiciones Generales de la Póliza, depositadas en la Superintendencia de Valores y Seguros bajo el código POL , y son las siguientes: No serán reembolsables bajo la cobertura de la presente póliza los daños que sufra el Bien Asegurado, que provengan o sean consecuencia de: i. Guerra declarada o no, invasión, rebelión o insurrección, hostilidades de cualquier tipo, confiscación o apresamiento por orden de autoridades públicas o gobiernos, legítimos o no, contrabandos y actos ilícitos. ii. Uso normal y desgaste natural. iii. Contaminación radioactiva. iv. Daños provenientes de vicios propios del Bien Asegurado. v. Inundación, terremoto, maremoto, alud, erupciones volcánicas u otro desastre natural de gran magnitud. vi. Por daños que se manifiesten como defectos estéticos, tales como ralladuras a superficies pintadas, pulidas o esmaltadas. Sólo serán indemnizadas cuando sobrevengan a consecuencia de un siniestro indemnizable que haya afectado también otras partes de los bienes asegurados e impida el correcto y normal funcionamiento del bien asegurado. vii. Daños materiales directos causados a los Bienes Asegurados por culpa grave o dolo del asegurado. viii. Daños materiales directos ocasionados a los bienes adquiridos ilícitamente. ix. No se encuentran amparados los vicios propios del producto que deriven de una defectuosa fabricación o que generen la responsabilidad de garantía del fabricante y/o vendedor. x. Los vehículos a motor, de cualquier clase o naturaleza que sean ya se trate de vehículos terrestres, acuáticos o aéreos como por ejemplo, pero no limitado a, vehículos motorizados, motocicletas, lanchas, aviones etc. g) Otros factores a considerar - La bicicleta debe quedar individualizada desde el momento que paga la prima. - El riesgo se asume desde la contratación, no es válido vender groupones que tengan validez con días posteriores. - Si el asegurado no cuenta con un sistema formal de salud la cobertura de RGM cubre un 50%. 6

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