SINCERAMIENTO FISCAL. Ley n Decreto 895 Resolucion 3919

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1 SINCERAMIENTO FISCAL Ley n Decreto 895 Resolucion

2 Quiénes? Personas humanas, jurídicas y otros entes de relevancia fiscal (ej. fideicomisos) + A qué fecha? Domiciliadas Residentes Establecidas o constituidas en el país al

3 Qué? Bienes en el país y en el exterior (moneda, inmuebles, muebles -incluye participaciones societarias y en fideicomisos, instrumentos financieros o títulos valores- y demás bienes susceptibles de valor económico) + Bienes Preexistentes* o Tenencias de moneda calificadas** - Moneda o títulos valores en el exterior depositados en entidades o agentes de custodia radicados o ubicados en jurisdicciones de Alto Riesgo o No Cooperantes para el GAFI A qué fecha? 3

4 Qué? * Bienes Preexistentes A la Fecha de Preexistencia de los Bienes Fecha de promulgación de la ley ( ) Bienes declarados por Personas Humanas y Sucesiones Indivisas Fecha de cierre del último balance cerrado antes del Bienes declarados por Personas Jurídicas 4

5 Qué? ** Tenencias de moneda calificadas Tenencia de moneda nacional o extranjera Depositada en entidades bancarias del país o del exterior Durante tres meses corridos antes de la Fecha de Preexistencia de los Bienes Usada previo a la fecha de declaración voluntaria y excepcional para: Adquisición de inmuebles o muebles no fungibles pasa a residencia? Incorporar capital a empresas o explotaciones o dar préstamos a sujetos del Impuesto a las Ganancias domiciliados en el país, siempre que se mantengan 6 meses o hasta el , lo que sea mayor. 5

6 Cómo? TENENCIA DE MONEDA O TÍTULOS VALORES EN EL EXTERIOR Declaración de su depósito en entes depostarios de valores TENENCIA DE MONEDA O TÍTULOS VALORES DEPOSITADOS EN EL PAÍS Declaración y acreditación de su depósito TENENCIA DE MONEDA EN EFECTIVO EN EL PAÍS Depósito calificado en entidades financieras o del mercado de capitales hasta el , inclusive DEMÁS BIENES Declaración jurada de individualización 6

7 Cómo? TENENCIA DE MONEDA O TÍTULOS VALORES EN EL EXTERIOR Declaración de su depósito en entes depostarios de valores (a) Si se opta por no ingresarlos al país: Se debe contar con un resumen electrónico de cuenta a la Fecha de Preexistencia de los Bienes emitido por las entidades del exterior del que surja (i) la identificación de la entidad del exterior, (ii) la identificación de la cuenta (número, datos del titular), (iii) la constancia de la apertura de la cuenta previo a la Fecha de Preexistencia de los Bienes y su saldo a esa fecha, y (iv) el lugar y emisión del resumen. (b) Si se opta por ingresarlos al país: Se deben depositar en entidades financieras o del mercado de capitales. Estas entidades deben emitir un resumen electrónico del que surja (i) identificación de la entidad del exterior de donde provienen los fondos, (ii) identificación de quien ingresa los fondos al país, (iii) importe transferido en moneda extranjera y (iv) datos de lugar y tiempo de la transferencia. 7

8 Cómo? TENENCIA DE MONEDA O TÍTULOS VALORES DEPOSITADOS EN EL PAÍS Declaración y acreditación de su depósito Comunicación A 6022 > Para personas humanas, tenencias depositadas o en plazo fijo hasta el día anterior a la fecha de promulgación de la ley (22/7/2016). Para las restantes personas, tenencias depositadas o en plazo fijo hasta el último cierre del ejercicio económico operado antes del 1/1/

9 Cómo? TENENCIA DE MONEDA EN EFECTIVO EN EL PAÍS Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios? Depósito calificado en entidades financieras o del mercado de capitales hasta el , inclusive Requisito de permanencia por 6 meses o hasta el inclusive, lo mayor. Excepto la proporción que se destine a: Pago del impuesto especial de blanqueo Inversiones que excluyan el pago del impuesto especial de blanqueo Adquisición de inmuebles o muebles registrables Comunicación A 6022 > Cuentas especiales Ley (sin intereses, con comisiones) 9

10 Cómo? Tenencias en otros sujetos La declaración de personas humanas y sucesiones: (i) Es válida si los bienes están en posesión, anotados, registrados o depositados a nombre del cónyuge, ascendientes o descendientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, o terceros que puedan ser sujetos de este régimen. Antes del vencimiento previsto para la presentación de la DDJJ IGA/2017, los bienes deben estar a nombre del declarante. (ii) Puede comprender por única vez y bajo su CUIT personal tenencias y bienes que figuren como pertenecientes a entes constituidos en el exterior cuya tenencia o beneficio les correspondiere al , inclusive. Pueden esos otros sujetos haber declarado los bienes? Todos deben cumplir el requisito de residencia o domicilio? Cuál será el tratamiento tributario de esas transferencias? Qué alcance tiene la expresión por única vez? pasa a la fecha de promulgación? 10

11 Hasta cuándo se pueden declarar? Desde la entrada en vigencia de la ley ( ) hasta el 31 de marzo de 2017, inclusive. 11

12 Cuánto cuesta? OPCIONES PAGO DE IMPUESTO REALIZACIÓN DE CIERTAS INVERSIONES 12

13 Cuánto cuesta? PAGO DE IMPUESTO BIENES QUE EN SU CONJUNTO SEAN POR UN VALOR INFERIOR A $ BIENES QUE EN SU CONJUNTO SEAN DE ENTRE $ Y $ BIENES DECLARADOS QUE SUPEREN LOS $ % 5% 10% si se declaran hasta el , inclusive* 15% si se declaran entre el y el * * Opción BONAR 17 y/o GLOBAL 17, con tasa del 10% 5% sobre los inmuebles 13

14 Cuánto cuesta? REALIZACIÓN DE CIERTAS INVERSIONES ADQUISICIÓN DE TÍTULOS PÚBLICOS SUSCRIPCIÓN O ADQUISICIÓN DE CUOTAS PARTES DE FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN ABIERTOS O CERRADOS Bono en dólares a 3 años a adquirirse hasta el Cupón de interés 0%. Bono en dólares a 7 años a adquirirse hasta el Cupón de interés del 1%. Exceptúa el impuesto en 3 veces el monto suscripto. Los fondos deben estar destinados a ciertos fines y se requiere una permanencia de la inversión de al menos 5 años desde la suscripción o adquisición. Falta reglamentación CNV Decae el blanqueo ante los rescates? 14

15 Para qué? Beneficios en la medida de los bienes declarados a) No aplica la presunción de ganancias y ventas omitidas en el Impuesto a las Ganancias, en el IVA y en Impuestos Internos que rige a los incrementos patrimoniales no justificados. b) Se libera de acción civil y por delitos de la ley penal tributaria, penal cambiaria, aduanera e infracciones administrativas con origen en los bienes y tenencias y en las rentas por ellos generados. Comprende a los socios administradores y gerentes, directores, síndicos y miembros de los consejos de vigilancia y cargos equivalentes en otros entes, y a los profesionales certificantes de los balances. No comprende las acciones de los particulares perjudicados. 15

16 Para qué? Beneficios en la medida de los bienes declarados c) Se libera de impuestos omitidos y que tengan origen en los bienes y tenencias que se declaran, comprendiendo: 1. Impuesto a las Ganancias Impuesto a las salidas no documentadas Impuesto a la transferencia de inmuebles Impuesto sobre los créditos y débitos y otras operatorias Se incluye a los montos consumidos hasta el período 2015, inclusive. No se incluyen los gastos computados en el Impuesto a las Ganancias provenientes de facturas consideradas apócrifas por la AFIP. Pasa a la Fecha de Preexistencia de los Bienes? 16

17 Para qué? Beneficios en la medida de los bienes declarados c) Se libera de impuestos omitidos y que tengan origen en los bienes y tenencias que se declaran, comprendiendo: 2. Impuestos Internos Impuesto al Valor Agregado No se incluye el Crédito Fiscal proveniente de facturas consideradas apócrifas por la AFIP. Monto de operaciones liberado: Tenencias en$* (Operaciones declaradas -o registradas-/utilidad bruta del período que se pretende liberar) 17

18 Para qué? Beneficios en la medida de los bienes declarados c) Se libera de impuestos omitidos y que tengan origen en los bienes y tenencias que se declaran, comprendiendo: 3. Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta Impuesto sobre los Bienes Personales Contribución especial sobre el capital de las cooperativas 4. Impuestos de los puntos 1 a 3 adeudados por períodos fiscales anteriores al que cierra el por los bienes declarados en el sinceramiento. Pasa a la Fecha de Preexistencia de los Bienes? 18

19 Para qué? Beneficios en la medida de los bienes declarados d) Los sujetos que declaren voluntaria y excepcionalmente los bienes y/o tenencias que poseyeran al , sumados a los que hubieran declarado con anterioridad a la vigencia de la ley, tendrán los beneficios previstos en los puntos a-c, por cualquier bien o tenencia que hubieran poseído con anterioridad a dicha fecha y no lo hubieren declarado. Bienes Consumidos o Dispuestos Qué sucede con las obligaciones en discusión administrativa, contencioso administrativa o judicial? Pasa a la Fecha de Preexistencia de los Bienes? 19

20 Para qué? Beneficios en la medida de los bienes declarados Se invita a las provincias, a CABA y a los municipios a adherir al régimen (a la fecha, expresaron su voluntad de adherir: CABA, Buenos Aires, Córdoba y Jujuy; y su voluntad de no adherir: Santa Fe). 20

21 Para qué? Beneficios en la medida de los bienes declarados Sociedades de Personas y Empresas Unipersonales Personas Humanas y Sociedades Indivisas liberan* (en proporción) liberan (en proporción) Socios Empresas y Explotaciones Unipersonales * Del impuesto del período fiscal al que se impute la liberación 21

22 Para qué? Beneficios en la medida de los bienes declarados No se está obligado a brindar a AFIP información adicional a la contenida en la declaración (en relación con los bienes y tenencias objeto de la misma) sin perjuicio del cumplimiento de la normativa de lavado de activos y de la capacidad de la AFIP de cooperar en ese marco. El declarante no puede tomar a su favor los efectos de la prescripción corrida desde el ingresos de los bienes a su patrimonio. 22

23 MORATORIA Ley n , Libro II, Título II 23

24 Quiénes? Qué sucede con los responsables solidarios? Contribuyentes y responsables de los tributos y de los recursos de la seguridad social a cargo de AFIP Qué sucede con los deudores en concurso o en estado falencial? 24

25 Qué? Obligaciones vencidas al , inclusive, e infracciones cometidas relacionadas con dichas obligaciones, excepto: Se pueden exteriorizar activos bajo este régimen? Obra Social ART Puede un mismo contribuyente usar el régimen de sinceramiento y el de moratoria? Incluye deudas en discusión administrativa o judicial siempre que exista allanamiento con asunción de costas y gastos. 25

26 Hasta cuándo puedo acogerme? Desde el primer mes calendario posterior a la publicación de la reglamentación hasta el , inclusive. 26

27 Cuánto cuesta? MORATORIA AL CONTADO PLAN DE FACILIDADES Variable o a qué momento? -15% General Especiales 5% + 60 cuotas con interés del 1,5% mensual Empresas Micro y Pequeñas: 10% + 90 cuotas mensuales con tasa pasiva promedio BNA Empresas Medianas y Grandes Contribuyentes: 15% + 90 cuotas con tasa pasiva promedio BNA con piso del 1,5% mensual Zonas de emergencia o desastres: 90 cuotas con interés del 1% mensual 27

28 Para qué? Exención/Condonación de ciertos conceptos impagos a la fecha de entrada en vigencia de la ley, por obligaciones vencidas o infracciones cometidas al : Multas y demás sanciones no firmes a la fecha del acogimiento (siempre que se cumpla la obligación formal, de corresponder). Intereses de aportes de ciertos trabajadores autónomos. Intereses de tributos y multas que excedan: o El 10% del capital adeudado por el período 2015 y por obligaciones mensuales vencidas hasta el o El 25% del capital adeudado por los períodos 2013 y o El 50% del capital adeudado por los períodos 2011 y o El 75% del capital adeudado por el período 2010 y anteriores. Condonación de intereses del capital cancelado con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley. 28

29 BENEFICIOS FISCALES Ley n , Libro II, Título III 29

30 REQUISITOS En los dos períodos fiscales inmediato anteriores al período 2016: Haber cumplido con las obligaciones tributarias. No haber adherido al régimen de blanqueo o regularización de la ley , ni a planes particulares de pago. No tener deudas en condición de ser ejecutadas por AFIP o haber sido ejecutado o condenado con condena firme- por multas por defraudación fiscal. De qué períodos? No entrar al blanqueo previsto en esta ley. Acogerse al beneficio hasta el , inclusive. En tiempo y forma? Impuesto sobre los Bienes Personales Exención para períodos 2016, 2017 y 2018 Se extiende a sustitutos. Beneficio al sustituto, al sustituido o a ambos? 30

31 REQUISITOS En los dos períodos fiscales inmediato anteriores al período 2016: Haber cumplido con las obligaciones tributarias. No haber adherido al régimen de blanqueo o regularización de la ley , ni a planes particulares de pago. No tener deudas en condición de ser ejecutadas por AFIP o haber sido ejecutado o condenado con condena firme- por multas por defraudación fiscal. De qué períodos? No entrar al blanqueo previsto en esta ley ni beneficiarse por la exención del Impuesto sobre los Bienes Personales. Acogerse al beneficio hasta el , inclusive. En tiempo y forma? Impuesto a las Ganancias Exención del Impuesto a las Ganancias sobre la primera cuota del SAC

32 OTRAS MODIFICACIONES A NORMAS TRIBUTARIAS Ley n , Libro II, Título IV y V 32

33 Período Fiscal Mínimo Alícuota 2016 $ ,75% Impuesto sobre los Bienes Personales 2017 $ ,50% 2018 y siguientes $ ,25% IBP Acciones y Participaciones, 0,25% IBP Sustitutos (general), aplican alícuotas de contribuyentes directos. Mínimo no Imponible y Modificación de Alícuotas 33

34 Se deroga el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta para los ejercicios que se inicien a partir del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta Derogación 34

35 ASPECTOS NOTARIALES DEL RÉGIMEN DE SINCERAMIENTO FISCAL LEY 27260

36 Sujetos art 36: PH y PJ (i/no I) Plazo: 22/7/16 hasta 31/3/17 salvo $ 31/10/16 Objeto art 37: Moneda, Inmuebles, Muebles, créditos y otros bienes. BIEN PREEXISTENTE: P.H. ANTERIOR AL 22/7/16 P.J. ANTERIOR AL CIERRE ÚLTIMO BALANCE 2015

37 EXTERIORIZAR Hacer visible lo oculto, mostrar al exterior Resolucion morigera y permite aun si se declaro (art 10). JUSTIFICA ante AFIP

38 ARTÍCULO 38 objeto A SINCERAR DINERO: el bancarizado puede quedar dentro o fuera de Argentina (p/ traerlo Leyes y 26831) DINERO en EFECTIVO: bancarizarlo antes del 31/10/16. INMUEBLES a nombre de terceros p físicas familiares o no Deber de transferir antes de Abril Moneda y/o Inmuebles a nombre de entidades o fideicomisos del exterior (art 39) No requiere Transferencia

39 TRANSFERENCIA del art. 38 (Testaferro a Sincerante) Mandato sin representación (art 1321 CCC) Simulación que nació ilícita y se vuelve lícita por causa de la Ley de sinceramiento.acto indirecto (art 385 CCC) Gestion de Negocios (1781/90 CCC remite a mandato) choca con art 88 Dto Causas: Instrumentos de resguardo o contradocumento

40 Mandato sin representación 1321 CCC Si el mandante NO otorga poder de representación, el mandatario actúa en nombre propio pero en interés del mandante, quien no queda obligado directamente respecto del tercero, ni éste respecto del mandante. Relación externa mandatario - terceros interna mandante- mandatario La ley de sinceramiento es base y sustento para Exteriorizar la relación interna a través de una Escritura de Transferencia del Mandatario al Mandante, a título de reconocimiento del mandato sin representación ocurrido en la escritura de adquisición originaria. Transferencia NEUTRA (no onerosa). Fuera del hecho imponible y de los deberes de información

41 Simulación CCC 333 y ss Nacio ILICITA LICITA x causa de Ley de sinceramiento Encubre el carácter jurídico de un acto bajo la apariencia de otro, o cuando el acto contiene cláusulas que no son sinceras, o fechas que no son verdaderas, o cuando por él se constituyen o transmiten derechos a personas interpuestas, que no son aquellas para quienes en realidad se constituyen o transmiten. Simulación lícita e ilícita. Debe probarse mediante el respectivo contradocumento. Puede prescindirse de él, cuando la parte justifica las razones por las cuales no existe o no puede ser presentado y median circunstancias que hacen inequívoca la simulación.

42 Otros modos de transferir no recomendados Dación en pago de un reconocimiento de deuda Transmisión de dominio en virtud de Boleto de Compraventa Donación

43 LIBERAR el efectivo sincerado (art 44) Efectivo que se deposite conf inc c) art 38, deberán permanecer depositado x 6 meses o hasta 31/3/2017, salvo: a fin de adquirir bienes inmuebles o muebles registrables

44 LIBERAR dinero sincerado ESCRITURA de COMPRA con referencia al Régimen de Ley y se debe hacer mediante transferencia de fondos (Comunicacion A6022 BCRA). "ADQUIRIR = Posesión Onerosa + Noción y Alcance de la palabra Certificacion Firma art 17 dto

45 ASESORAMIENTO NOTARIAL Escuchar al cliente Recabar info sobre documentos de resguardo Actuar con Prudencia Tratar de hacer coincidir la verdad real con la verdad formal Documentar

46 MUCHAS GRACIAS 46

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