FIDEICOMISO DEL S.A.R. DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "FIDEICOMISO DEL S.A.R. DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ"

Transcripción

1 PUBLICADAS EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO No. 247 DE FECHA 19 DE OCTUBRE DE 2006 GOBIERNO DEL ESTADO FIDEICOMISO DEL S.A.R. DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ Fideicomiso Público para la Administración del Fondo del Sistema de Ahorro para el Retiro de los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Reglas de Operación CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES 1. EI objeto de las presentes Reglas de Operación es el de regular el correcto funcionamiento del Fideicomiso y del Comité Técnico para la consecución de los fines establecidos en su Decreto de creación y en su contrato de fideicomiso. 2. La aplicación y observancia de las presentes Reglas de Operación son de carácter obligatorio para todos los integrantes del Fideicomiso y en especial para los miembros del Comité Técnico. La actuación del Comité Técnico del Fideicomiso se encuentra sujeta a la observación de las presentes Reglas de Operación. 3. La consecución de los fines del fideicomiso estará a cargo del Fiduciario y del Comité Técnico del fideicomiso, en los términos del Decreto de creación, del contrato de fideicomiso y de las presentes reglas de operación. 4. La interpretación de las presentes reglas, para efectos administrativos estará a cargo del Comité Técnico quien hará del conocimiento sus resoluciones por conducto de su Secretario Técnico. 5. El patrimonio del fideicomiso sólo podrá ser utilizado de acuerdo a los fines establecidos en el Decreto de creación, en el contrato de fideicomiso y en las presentes reglas de operación. 6. Asimismo, el patrimonio del fideicomiso se podrá incrementar con las aportaciones adicionales que hagan los fideicomisarios por conducto del fideicomitente, y por los rendimientos generados por las inversiones que efectúe el fiduciario con el fondo del

2 fideicomiso. 7. Las presentes Reglas de Operación podrán ser modificadas cuando así lo considere necesario el Comité Técnico, requiriéndose el voto mayoritario de aprobación de sus miembros. 8. Para efectos de este instrumento se entenderá por: a) "Fideicomiso": El fideicomiso público para la Administración del Fondo del Sistema de Ahorro para el Retiro de los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. b) "Contrato": El Contrato suscrito con la Institución Fiduciaria para la administración e inversión de los fondos del Fideicomiso. c) "Decreto": El Decreto que ordena la constitución del Fideicomiso Público para la Administración del Fondo del Sistema de Ahorro para el Retiro de los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, publicado en la Gaceta Oficial del estado, de fecha 3 de mayo de 1994 y sus reformas. d) "Gobierno": El Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. e) "Comité Técnico": El Órgano colegiado cuya integración, funcionamiento y facultades se establecen en términos del Decreto de creación del Fideicomiso y en el Contrato respectivo, siendo este cuerpo colegiado la máxima autoridad del Fideicomiso, en atención a sus fines. f) "Fiduciario". La Institución Fiduciaria responsable de la administración e inversión de los fondos del Fideicomiso. g) "Fideicomitente Único": La Secretaria de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz, en virtud de la facultad que le otorga la Ley Orgánica, como la única Dependencia del Poder Ejecutivo que tiene facultades para representar al Gobierno del Estado y realizar aportaciones a los fideicomisos públicos. h) "Fideicomisarios": Los trabajadores al servicio del Gobierno del Estado, así como de los Organismos Descentralizados, Fideicomisos Estatales, y Empresas de Participación Estatal, de igual manera, aquellos adscritos a los Organismos Autónomos del Gobierno del Estado de Veracruz que se adhieran al sistema, en los términos del Decreto de creación, Contrato de fideicomiso y Reglas de Operación. i) "Reglas de Operación": Normatividad en la que se establece de manera exhaustiva y sin perjuicio de la normatividad aplicable, los procedimientos a seguir para alcanzar los fines de este fideicomiso.

3 CAPÍTULO II DE LA CONSTITUCIÓN DEL FIDEICOIMISO 9. El fideicomiso estará integrado por el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, representado por la Secretaría de Finanzas y Planeación, como fideicomitente único y como fideicomisarios, los trabajadores al servicio del Gobierno del Estado, así como de los organismos descentralizados, fideicomisos estatales, y empresas de participación estatal, de igual manera, aquellos adscritos a los organismos autónomos del Gobierno del Estado de Veracruz que se adhieran al sistema, en los términos del decreto de creación, contrato de fideicomiso y reglas de operación. 10. El patrimonio del fideicomiso estará integrado por la aportación inicial efectuada por el fideicomitente, mismo que será incrementado por las aportaciones bimestrales que efectúe el fideicomitente por cuenta del Gobierno del Estado, y en su caso por cuenta de los Organismos Descentralizados, Fideicomisos Estatales, Empresas de Participación Estatal, así como los Organismos Autónomos del Gobierno del Estado que se adhieran al Fideicomiso, dichas aportaciones serán el equivalente al dos por ciento del salario tabular por cuota diaria de sus trabajadores hasta por un máximo de veinticinco veces el salario mínimo general aplicable en la zona económica en que queda comprendida la capital del Estado, y se enterarán al Fiduciario de acuerdo al siguiente procedimiento: a) Las aportaciones se harán por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, para lo cual, las Dependencias, Entidades y Organismos adheridos al fideicomiso deberán llevar a cabo el cálculo correspondiente, con base en lo previsto en este numeral, efectuando el depósito ante la Tesorería y proporcionando al Secretario Técnico del fideicomiso, el archivo de aportaciones así como fotocopia del depósito realizado por el importe total de dichas aportaciones. b) El Secretario Técnico concentrará la información de las aportaciones bimestrales y la enviará mediante oficio al Fiduciario, una vez que la Tesorería haya realizado el pago correspondiente. Asimismo, el patrimonio del fideicomiso se podrá incrementar con las aportaciones adicionales que hagan los fideicomisarios por conducto del fideicomitente, y por los rendimientos generados por las inversiones que efectúe el fiduciario con el fondo del Fideicomiso. 11. El objetivo social del fideicomiso será la administración, inversión y pago de prestaciones del Sistema de Ahorro para el Retiro de los Trabajadores al servicio del Gobierno del Estado, y de los organismos descentralizados, fideicomisos estatales, empresas de participación estatal, así como de los organismos autónomos del Gobierno del Estado que se adhieran al fideicomiso. 12. Con las aportaciones que se realicen al fideicomiso, a cada trabajador se le abrirá una cuenta bancaria individualizada en la que se le depositará bimestralmente una cantidad equivalente al 2% de su sueldo tabular, y de la cual se podrá disponer cuando

4 se den los siguientes casos: a) Cuando el trabajador haya cumplido 65 años, siempre y cuando éste hubiera dejado de prestar sus servicios al Gobierno del Estado y no cayera en el supuesto que establece el inciso b) de este numeral. b) Cuando el trabajador adquiera el derecho a disfrutar una pensión por cesantía en edad avanzada, vejez, jubilación, invalidez o incapacidad permanente total o permanente parcial, del 50 % o más de conformidad con las leyes de la materia, o c) Por fallecimiento del trabajador. 13. Cuando se cumpla con alguno de los supuestos previstos en el numeral 12 de este capítulo, para disponer del saldo de su cuenta individual, el trabajador o sus beneficiarios, deberán dirigir al Comité Técnico del fideicomiso una solicitud de liberación de aportaciones, la cual una vez cumplidos los requisitos correspondientes, se incluirá en la relación de trámites de liberación de aportaciones, que se presentarán ante el Comité Técnico para su autorización. 14. Una vez que las solicitudes de liberación de aportaciones fueron autorizadas por el Comité Técnico en la sesión correspondiente, el Secretario Técnico enviará el acta respectiva a la Institución Fiduciaria que opera las cuentas individuales, a fin de que se lleve a cabo el pago del saldo total que el trabajador haya acumulado en su cuenta individual. CAPÍTULO III DEL COMITÉ TÉCNICO 15. Con fundamento en lo dispuesto por la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; los Lineamientos aplicables a los Fideicomisos Públicos del Gobierno del Estado; el Decreto de Creación del Fideicomiso; el Contrato de fideicomiso, así como el artículo 80 de la Ley de Instituciones de Crédito, el Comité Técnico en atención a sus fines, será la máxima autoridad dentro del Fideicomiso. 16. El Comité Técnico estará integrado de la siguiente manera: Por el Secretario de Finanzas y Planeación y su suplente, dos representantes de la Secretaría de Finanzas y Planeación y su suplente y un representante de la Contraloría General y su suplente, en funciones de Comisario Público, este último sin voto. 17. El Secretario de Finanzas y Planeación presidirá el Comité Técnico, y en su ausencia será suplido por el servidor público de la Secretaría de Finanzas y Planeación que haya sido designado como su suplente. 18. El Comité Técnico contará con un secretario que será designado por el Presidente del Comité Técnico o su Suplente, el cual tendrá las atribuciones y facultades contenidas en el Contrato de Fideicomiso y en sus Reglas de operación.

5 19. Los Representantes Propietarios del Comité Técnico, designarán a su suplente quien lo representará en su ausencia y tendrá las mismas atribuciones, obligaciones y derechos que los titulares. Para el registro de los integrantes titulares y suplentes del Comité Técnico se deberá contar con una acta, en la que consten sus nombramientos, identificaciones oficiales y firmas. Una fotocopia de esta acta deberá ser entregada al fiduciario para la debida acreditación. 20. Las sesiones del Comité Técnico serán ordinarias y extraordinarias. Las sesiones ordinarias serán cuando menos 4 veces al año, las extraordinarias se llevarán a cabo cuando sean convocadas por el Presidente del Comité Técnico: las sesiones se efectuarán en el lugar que indique el Presidente del Comité. Para que dicho comité pueda sesionar válidamente se requerirá la asistencia de cuando menos la mitad más uno de sus integrantes. La convocatoria deberá especificar el tipo de reunión a celebrar y contener la orden del día a desahogar, la fecha, el lugar y hora para lo cual deberá ser enviada en un plazo de cuando menos 10 días hábiles anteriores a la sesión que se convoque. 21. Los acuerdos del Comité Técnico se tomarán por mayoría de los votos de los miembros presentes, en caso de empate el presidente tendrá voto de calidad. 22. De cada una de las sesiones, el Secretario levantará acta circunstanciada que deberán firmar los asistentes a la misma, y que contendrá los acuerdos adoptados por el Comité Técnico. El Secretario comunicará, por escrito, al Fiduciario los acuerdos tomados en las sesiones y remitirá copia del acta respectiva. CAPÍTULO IV DE LAS FACULTADES DEL COMITÉ TÉCNICO 23. Actuar como órgano de consulta respecto de los asuntos del Sistema de Ahorro para el Retiro de los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. 24. Recomendar al Fideicomitente, a los Organismos Descentralizados, Fideicomisos Estatales y Empresas de Participación Estatal, así como a los Organismos Autónomos del Gobierno del Estado, el cumplimiento de los criterios y acuerdos tomados en las sesiones. 25. Autorizar el pago total del importe de las cuentas individuales el sistema de Ahorro para el Retiro. 26. Vigilar que las cuentas individuales sean actualizadas mensualmente. 27. Autorizar el retiro de los recursos de las cuentas individuales para traspasarlas a otras cuentas del mecanismo de ahorro para el retiro, cuando el trabajador deje de estar sujeto a una relación de trabajo con el Gobierno del Estado, Fideicomisos Estatales

6 y Empresas de Participación Estatal, así como a los Organismos Autónomos del Gobierno del Estado. 28. Tramitar la expedición de estados de cuenta cuando le sean solicitados por los titulares de las cuentas individuales. 29. Recibir, revisar y validar los estados de cuenta que entregue el fiduciario respecto de las inversiones y reinversiones del fondo del Fideicomiso; el Comité Técnico tendrá 15 días hábiles para objetar el estado de cuenta, después de ese lapso se tendrá por tácitamente aceptado. 30. Instruir al Fiduciario respecto de las personas a las que se deberá otorgar poder especial para pleitos y cobranzas con la finalidad de defender el patrimonio del Fideicomiso. 31. Designar a la persona encargada de la defensa del patrimonio. 32. Resolver cualquier situación no prevista que pudiera presentarse e impidiera el cumplimiento de las finalidades del Contrato de Fideicomiso. CAPÍTULO V DE LAS FACULTADES Y OBLIGACIONES DEL SECRETARIO TÉCNICO 33. El Secretario Técnico, de manera enunciativa y no limitativa, tendrá las siguientes funciones: I. Convocar, por escrito, a las reuniones de Comité Técnico con la debida anticipación remitiendo la documentación soporte de los puntos de acuerdo de la orden del día. II. Proponer al Comité Técnico, en la primera sesión del ejercicio, el calendario de sesiones. III. Revisar y validar la información financiera que emita el Fiduciario, y presentarla al Comité Técnico para su aprobación. Una vez aprobada la información financiera por el Comité Técnico, deberá remitirla a la Secretaría de Finanzas y Planeación. IV. Registrar las actas y acuerdos, recabar las firmas de sus integrantes y remitir las instrucciones y las actas en donde consten los acuerdos del Comité Técnico al Fiduciario. V. Llevar el registro de asistencia y hacer constar las inasistencias de los miembros titulares y en su caso de los suplentes, en el acta correspondiente. VI. Dar seguimiento a todos y cada uno de los acuerdos tomados por el Comité Técnico e instruidos al Fiduciario.

7 VII. Integrar los informes que requiera la Secretaría de Finanzas y Planeación y la Contraloría General. VIII. Las demás que determine el Decreto, el Contrato de Fideicomiso, los Lineamientos aplicables a los Fideicomisos Públicos del Gobierno del Estado de Veracruz y el propio Comité Técnico. CAPÍTULO VI DEL FIDEICOMITENTE ÚNICO 34. Son atribuciones y obligaciones del fideicomitente único las siguientes: I. Tramitar ante la institución fiduciaria la apertura de cuentas individuales del Sistema de Ahorro para el Retiro en favor de los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado, y en su caso, integrar al Fideicomiso a los trabajadores de los Organismos Descentralizados, Fideicomisos Estatales y Empresas de Participación Estatal, así como de los Organismos Autónomos del Gobierno del Estado de Veracruz, cuando éstos decidan adherirse al mismo. II. Efectuar aportaciones bimestrales a las cuentas individuales del Sistema de Ahorro para el Retiro por el monto establecido en la fracción I del artículo 8 del decreto; III. Entregar, bimestralmente, a los trabajadores, comprobantes de las aportaciones efectuadas a las cuentas individuales abiertas a su favor; IV. Solicitar a los trabajadores la designación de los beneficiarios de las cuentas individuales y los porcentajes que a éstos asignen en caso de fallecimiento y llevar el registro correspondiente; CAPÍTULO VII DEL FIDUCIARIO 35. Son atribuciones y obligaciones del fiduciario las siguientes: I. Abrir las cuentas individuales del Sistema de Ahorro para el Retiro en favor de cada trabajador; II. Actualizar y abonar mensualmente los intereses generados en las cuentas individuales del Sistema de Ahorro para el Retiro; III. Llevar un sistema de contabilidad que permita controlar de manera eficiente la totalidad de las cuentas individuales y el fideicomiso en forma integral; IV. Acatar las instrucciones necesarias para los fines del fideicomiso que dicte el fideicomitente único, con base en este decreto y en el contrato del fideicomiso;

8 V. Informar mensualmente al fideicomitente único del saldo global de las cuentas individuales del Sistema de Ahorro para el Retiro; VI. Entregar a los titulares de las cuentas individuales del Sistema de Ahorro para el Retiro, cuando menos cada año, su estado de cuenta; VII. Rendir cuentas de su gestión en un plazo no mayor de quince días, cuando le sea requerida por el fideicomitente único; VIII. Responder civilmente de los daños y perjuicios causados por la falta de cumplimiento en las condiciones y términos señalados en el fideicomiso; IX. Ajustarse a los términos del decreto y del contrato constitutivo del fideicomiso; X. Cobrar los honorarios y comisiones que se pacten en el contrato de fideicomiso; XI. Tener amplias facultades para actos de dominio, administración y para pleitos y cobranzas, necesarias para los fines del fideicomiso; XII. Actuar en los juicios relativos al fideicomiso y otorgar mandatos para pleitos y cobranzas; XIII. Disponer de las facultades necesarias para la correcta conservación y administración del fideicomiso; CAPÍTULO VIII DE LOS FIDEICOMISARIOS 36. Serán derechos y obligaciones de los fideicomisarios: I. Informar correctamente todos los datos personales que requiera el fideicomitente único para la apertura de las cuentas individuales del Sistema de Ahorro para el Retiro; II. Que se les entere en forma bimestral a su cuenta el importe de la aportación señalada en la fracción I del artículo 8 de este decreto; III. Designar beneficiarios que, en caso de fallecimiento, recibirán los fondos de las cuentas individuales del Sistema de Ahorro para el Retiro y la proporcionalidad que a éstos corresponda; IV. Efectuar directamente, o a través del fideicomitente único, aportaciones adicionales a sus cuentas individuales. V. Durante el tiempo en que los trabajadores dejen de estar sujetos a la relación de trabajo con el Gobierno del Estado, Organismos Descentralizados, Fideicomisos Estatales y Empresas de Participación Estatal, así como con los Organismos Autónomos del

9 Gobierno del Estado de Veracruz adheridos al Fideicomiso, podrán realizar aportaciones a su cuenta individual en forma directa ante la institución fiduciaria que opere el fideicomiso, siempre y cuando sea por un importe superior a cinco días de salario mínimo vigente en la capital del Estado; VI. Solicitar el traspaso de su cuenta individual cuando deje de estar sujeto a una relación de trabajo de las señaladas en la fracción anterior, debiendo el fideicomitente único asegurarse de que se abonen los recursos a otro Sistema de Ahorro para el Retiro; VII. Solicitar su estado de cuenta, a través del fideicomitente único, a la institución fiduciaria. VIII. Informar oportunamente al fideicomitente único de cualquier error observado en su cuenta individual del Sistema de Ahorro para el Retiro: IX. Solicitar la totalidad de los fondos de su cuenta individual cuando haya cumplido sesenta y cinco años; X. Solicitar la totalidad de los fondos de su cuenta individual cuando el trabajador adquiera el derecho a disfrutar una pensión por cesantía en edad avanzada, vejez, invalidez o incapacidad permanente total, o permanente parcial, del 50% o más, de conformidad con las leyes de la materia. CAPÍTULO IX DE LOS BENEFICIARIOS 37. Los beneficiarios solicitarán el importe del porcentaje determinado expresamente por el trabajador titular de la cuenta del Sistema de Ahorro para el Retiro en caso de fallecimiento de éste. TRANSITORIOS Primero. Las presentes reglas de operación entrarán en vigor al día siguiente de su aprobación por el Comité Técnico. Segundo. La vigencia de las presentes Reglas de Operación tendrá igual de término que el Fideicomiso. Acta de la segunda sesión ordinaria del Comité Técnico del Fideicomiso No. F/283-2 del Sistema de Ahorro para el Retiro de los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado de Veracruz, 22 de febrero de En la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, reunidos en la sala de juntas de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; sita en la avenida Xalapa No. 301, Unidad del Bosque de esta ciudad; siendo las diecinueve horas del día veintidós de febrero de dos mil seis, día y hora señaladas para

10 la celebración de la segunda sesión ordinaria del Comité Técnico del Fideicomiso número F/283-2 del Sistema de Ahorro para el Retiro de los Trabajadores al servicio del Gobierno del Estado de Veracruz, contándose con la presencia de los CC. C.P. Fabio Tulio Zilli Viveros, presidente suplente; Lic. Luis Fernando Zamorano Cházaro, vocal suplente; Lic. Miguel Ángel Díaz Lozada, vocal suplente C.P José Antonio Zuccolotto Yunes, comisario público, y la C.P. América Aguilar Bozada, secretaria; del citado Comité Técnico. La segunda sesión ordinaria del Comité Técnico se desarrolla bajo el siguiente orden del día propuesto por la secretaria técnica del citado fideicomiso: I. Lista de asistencia y quórum legal. II. Aprobación del orden del día. III. Lectura del acta de la sesión anterior e informe de la secretaría técnica sobre el seguimiento de acuerdos. IV. Aprobación del proyecto de reglas de operación del Fideicomiso del S.A.R. V. Presentación de informe financiero emitido por el fiduciario, sobre la situación que guarda el Fideicomiso, con cifras al 31 de diciembre de 2005, incluyendo la integración del portafolio de inversiones, así como las políticas de inversión que se vienen aplicando al manejo de los fondos fideicomitidos. VI. Presentación de propuesta formulada por la Contraloría General, mediante la cual solicita al comité técnico la autorización para la contratación de un despacho de contadores públicos para que dictamine los estados financieros del Fideicomiso. VII. Autorización al fiduciario para que entregue el saldo de las cuentas individuales del Sistema de Ahorro para el Retiro a 82 trabajadores jubilados y a beneficiarios de 19 trabajadores fallecidos, según relación de solicitudes que se anexa. VIII. Asuntos generales. I. Lista de asistencia y quórum legal: En desahogo al primer punto del orden del día, se procede a pasar lista de asistencia haciéndose constar la presencia de los miembros del Comité Técnico en la forma descrita al inicio de esta acta, por lo que se declara que existe el quórum legal para la celebración de la presente sesión del Comité Técnico convocada para el día de hoy. II. Aprobación del orden del día: En desahogo al segundo punto del orden del día se somete a consideración del Comité Técnico la aprobación del orden del día propuesto por la secretaria técnica para la celebración de la sesión programada para este día. Acuerdo No. 1 Se aprueba en sus términos la propuesta de orden del día presentada por la secretaria técnica de este comité. III. Lectura del acta anterior e informe sobre el seguimiento de acuerdos. En desahogo al tercer punto del orden del día, se procedió a dar lectura a los acuerdos alcanzados en el acta anterior y se presentó cuadro sintético relativo al seguimiento de dichos acuerdos.

11 Acuerdo No. 2 Se dio lectura al acta de la sesión anterior y se toma nota de la información presentada por la secretaria técnica relativa al seguimiento de acuerdos de la sesión anterior, la cual forma parte de la presente acta. IV. Presentación del proyecto de reglas de operación del fideicomiso. En desahogo al cuarto punto del orden del día, se presenta al Comité Técnico, para su aprobación, el proyecto de reglas de operación del Fideicomiso del Sistema de Ahorro para el Retiro de los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado, en cumplimiento a la recomendación efectuada por el Órgano de Fiscalización Superior del Estado como resultado de la auditoría legal, financiera y presupuestal ordenada por el Órgano de Fiscalización Superior a este Fideicomiso, por el ejercicio Acuerdo No. 3 El Comité Técnico aprueba por unanimidad el proyecto de reglas de operación del fideicomiso que se anexa como parte integrante de la presente acta, el cual incluye adecuaciones y modificaciones sugeridas por sus integrantes, así como procedimientos relativos al trámite de entero y liberación de aportaciones. Asimismo, en este momento el C.P. José Antonio Zuccolotto Yunes, en su calidad de comisario público del fideicomiso, presenta al pleno del Comité Técnico, fotocopia de la documentación siguiente: A). Oficio número C.A./D.G.D.A./047/2006, de fecha 21 de febrero de 2006, a través del cual el licenciado Luis Manuel Brito Gómez, director general de Desarrollo Administrativo de la Contraloría General, manifiesta sus comentarios sobre las reglas de operación del Fideicomiso del S.A.R., al C.P. Ángel Adolfo Espinosa Hernández, director general de Auditoría Gubernamental de la Contraloría General. B). Oficio número CGE/DJ/048/2006, de fecha 20 de febrero de 2006, a través del cual el licenciado Carlos G. Delgadillo Pérez, director jurídico de la Contraloría General, expresa sus comentarios sobre las reglas de operación del Fideicomiso del S.A.R., al C.P. Ángel Adolfo Espinosa Hernández, director general de Auditoría Gubernamental de la Contraloría General. El Comité Técnico acuerda analizar dichos documentos para ser comentados en la próxima sesión. V. Presentación de informe emitido por el fiduciario, respecto a la situación que guarda el fideicomiso, con cifras al 31 de diciembre de Para el desahogo del quinto punto del orden del día, se encuentran presentes los CC. licenciados Jorge Unda Rodríguez, director de Gestión de Portafolios de Terceros, licenciado Javier de León Pasquel, director de Nuevos Negocios, licenciado Amilcar Estrada Pasquel, gerente de Fondos de Previsión Social, licenciado Alejandro Marín Leal director divisional Fiduciario Sur Sureste y el licenciado Jesús Amed Flores Hernández, Gestor de Administración Fiduciaria; en representación de BBVA Bancomer, S.A., para presentar ante el pleno del Comité Técnico, un informe financiero sobre la situación que guarda el fideicomiso, con cifras al mes de diciembre de En uso de la palabra el licenciado Javier de León Pasquel presenta al pleno del Comité Técnico un cuadernillo con un informe detallado de la situación financiera que guarda el

12 fideicomiso, efectuando una amplia explicación de la forma en que se encuentra integrado el Portafolio de Inversiones y los resultados obtenidos en el ejercicio 2005, los cuales arrojan un rendimiento acumulado de 9.98% para dicho periodo.. Asimismo, el licenciado Javier de León Pasquel manifiesta que de ser necesario, el fiduciario puede proporcionar un informe sobre la integración del Portafolio de Inversiones de manera semanal; el pleno del Comité Técnico acuerda que dicha información se proporcione en forma mensual, como se viene haciendo actualmente. En uso de la voz el C.P. José Antonio Zuccolotto Yunes pregunta al representante fiduciario: Qué si los instrumentos de inversión que conforman el Portafolio del Fideicomiso representan algún riesgo? En respuesta el licenciado Javier de León Pasquel informa que el Portafolio de Inversiones está compuesto en su totalidad por papel gubernamental, el cual es equivalente a instrumentos de renta fija; respuesta que satisface la pregunta efectuada por el comisario público. En uso de la palabra el licenciado Jorge Unda Rodríguez, informa al Comité Técnico la propuesta de incorporar al Fideicomiso del S.A.R., del Gobierno del Estado de Veracruz al Sistema de Administración de cuentas individuales que utiliza la Afore BBVA Bancomer, S.A., con la finalidad de agilizar y llevar un mejor control en el manejo de las cuentas individuales, para lo cual es necesario realizar modificaciones al contrato de fideicomiso. El Comité Técnico, en voz de su presidente suplente, manifiesta que el fiduciario deberá presentar una propuesta la cual será analizada por la Procuraduría Fiscal de la SEFIPLAN para efectuar las modificaciones al contrato, mientras las partes operativas realizan las pruebas pertinentes para la migración y operación al nuevo sistema. Acuerdo No. 4 Con fundamento en lo previsto por el numeral 7, inciso g), cláusula novena del contrato de fideicomiso número F/283-2 celebrado por el Gobierno del Estado con BBVA Bancomer, Sociedad Anónima, así como en la fracción III, numeral 26 de los lineamientos aplicables a los fideicomisos públicos del Gobierno del Estado, este Comité Técnico manifiesta su conformidad respecto de la información financiera presentada por el fiduciario, relativa al estado de la situación patrimonial del fideicomiso con cifras al 31 de diciembre de 2005, la cual se adjunta como parte integrante de la presente acta. VI. Presentación de propuesta formulada por la Contraloría General, mediante la cual solicita al Comité Técnico la autorización para la contratación de un despacho de contadores públicos que dictamine los estados financieros del fideicomiso. En desahogo al sexto punto del orden del día, la secretaria técnica somete a consideración de este comité, propuesta formulada por la Contraloría General mediante oficio No. CG/099/2006, relativa a la solicitud de autorización para la contratación de un despacho de contadores públicos, para que dictamine los estados financieros del fideicomiso, y cuyos servicios profesionales deberán ser cubiertos con recursos del presupuesto autorizado para este fideicomiso por el presente ejercicio. Acuerdo No. 5 Con fundamento en el numeral 25, fracción XIX de los lineamientos aplicables a los fideicomisos públicos del Gobierno del Estado y toda vez que el fideicomiso del Sistema de Ahorro para el Retiro de los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado de

13 Veracruz de Ignacio de la Llave no cuenta con presupuesto asignado para cubrir el importe de los servicios profesionales para la contratación de un despacho de contadores públicos para que dictamine los estados financieros del fideicomiso, este Comité Técnico acuerda solicitar a la Contraloría General, informe a este órgano de Gobierno el importe de los honorarios que habrán de cubrirse al despacho auditor, para estar en posibilidad de solicitar a la Secretaría de Finanzas y Planeación el recurso necesario para afrontar dicho gasto. VII. Autorización al fiduciario para que entregue el saldo de las cuentas individuales del Sistema de Ahorro para el Retiro a ochenta y dos trabajadores jubilados y a beneficiarios de diecinueve trabajadores fallecidos, según relación de solicitudes que se anexa. En desahogo al séptimo punto del orden del día, la secretaria técnica presenta a este Comité Técnico relación de ochenta y dos trabajadores jubilados y diecinueve fallecidos de los que se recibieron solicitudes para la entrega de las aportaciones depositadas a su favor en sus cuentas individuales. Acuerdo No. 6 Con fundamento en lo previsto por el artículo doce fracción sexta del decreto que ordena la constitución del fideicomiso público para la administración del Fondo del Sistema de Ahorro para el Retiro de los Trabajadores al servicio del Gobierno del Estado, reformado mediante decreto publicado en la Gaceta Oficial del gobierno del estado de Veracruz, de fecha 2 de agosto de dos mil cuatro, y en relación con el punto tres inciso G de la cláusula novena del contrato de fideicomiso número F/283-2 celebrado por el Gobierno del Estado con BBVA Bancomer, Sociedad Anónima, se autoriza a BBVA Bancomer, Sociedad Anónima, la entrega de las aportaciones efectuadas a favor de ochenta y dos trabajadores jubilados relacionados en el anexo I de la presente acta, así como a beneficiarios de diecinueve trabajadores fallecidos, relacionados en el anexo II de esta misma acta; más los rendimientos que a la fecha de emisión del documento de pago correspondiente se hubieran generado en sus cuentas individuales. VIII. Asuntos generales: Se propone turnar copia de la presente acta al fiduciario BBVA Bancomer, S.A. Acuerdo No. 7. Se instruye a la secretaria técnica para que, una vez concluido el protocolo de firmas, remita copia fotostática de la presente acta al fiduciario, para el cumplimiento de acuerdos. Leída que fue y no habiendo más hechos que hacer constar, se cierra la presente acta siendo las veinte horas del día de su fecha firmando de conformidad al calce de la presente hoja y al margen de las hojas anteriores, todos los que en ella intervinieron. El Comité Técnico del fideicomiso F/283-2 C.P. Fabio Tulio Zilli Viveros

14 Presidente suplente. Rúbrica. Lic. Luis Fernando Zamorano Cházaro Vocal suplente. Rúbrica C.P. José Antonio Zuccolotto Yunes Comisario público Lic. Miguel Ángel Díaz Lozada Vocal suplente. Rúbrica. C.P. América Aguilar Bozada Secretaria técnica. Rúbrica.

CRÉDITO FAMILIAR S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT.

CRÉDITO FAMILIAR S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT. MANDATO DEL COMITÉ DE RIESGOS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT, S.A. DE C.V. (el Grupo) SCOTIABANK INVERLAT, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK

Más detalles

DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA

DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA Artículo 1.- Se crea el Consejo Estatal de Armonización Contable para Sonora cuyo objeto es auxiliar al Consejo Nacional de Armonización

Más detalles

COMISIÓN MIXTA PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DEL MAR

COMISIÓN MIXTA PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DEL MAR COMISIÓN MIXTA PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DEL MAR R E G L A M E N T O CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1: Las disposiciones de este Reglamento

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES.

REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES. REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento

Más detalles

Capítulo I Disposiciones generales

Capítulo I Disposiciones generales Acuerdo Cobay 01/2016 por el que se designa a la Unidad de Transparencia y se regula el Comité de Transparencia del Colegio de Bachilleres del Estado de Yucatán La Junta de Gobierno del Colegio de Bachilleres

Más detalles

Con base en lo expuesto y en consideración a la propuesta presentada por el Coordinador Ejecutivo, el Comité Técnico emite los siguientes:

Con base en lo expuesto y en consideración a la propuesta presentada por el Coordinador Ejecutivo, el Comité Técnico emite los siguientes: El Comité Técnico del Fideicomiso Público del Estado denominado Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, con fundamento en los artículos 7, fracción IV, y 8, fracción IX, de

Más detalles

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo.- Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave.

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo.- Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave. PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO DE FECHA 3 DE MAYO DE 1994. EL PRESENTE DECRETO FUE REFORMADO, MEDIANTE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL DEL ESTADO NO. 153 DE FECHA 2 DE AGOSTO DE 2004. SE REFORMAN

Más detalles

Instituto Nacional de Pediatría MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE BIENES MUEBLES DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA

Instituto Nacional de Pediatría MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE BIENES MUEBLES DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE BIENES MUEBLES DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA Mayo de 2013 COMITÉ DE BIENES MUEBLES I N D I C E Presentación 3 Introducción 4 Objetivo 5 I. Marco

Más detalles

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE NOMBRAMIENTOS, REMUNERACIONES Y GOBIERNO CORPORATIVO DE BIOMAX BIOCOMBUSTIBLES S.A.

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE NOMBRAMIENTOS, REMUNERACIONES Y GOBIERNO CORPORATIVO DE BIOMAX BIOCOMBUSTIBLES S.A. REGLAMENTO DEL COMITÉ DE NOMBRAMIENTOS, REMUNERACIONES Y GOBIERNO CORPORATIVO DE BIOMAX BIOCOMBUSTIBLES S.A. FEBRERO 2010 1 CONTENIDO ARTÍCULO 1.- Objetivo...3 ARTÍCULO 2.- Composición del Comité...3 ARTÍCULO

Más detalles

-SUMARIO- GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS

-SUMARIO- GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS PÁGINA 2 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., MARTES 26 DE JULIO DE 2016. -SUMARIO- GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE SE OTORGA PLAZO PARA CONSULTA PÚBLICA...

Más detalles

Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA

Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA Octubre 2012 Contenido Pág. 1. Capítulo I. 3 Disposiciones Generales...3 2. Capítulo II....4 Funciones

Más detalles

ACUERDO DEL COMITÉ TÉCNICO DEL FIDEICOMISO DENOMINADO "FONDO PARA

ACUERDO DEL COMITÉ TÉCNICO DEL FIDEICOMISO DENOMINADO FONDO PARA INSTITUTO Fl!Dl!IUU. ELECTOIUU. ACUERDO DEL COMITÉ TÉCNICO DEL FIDEICOMISO DENOMINADO "FONDO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA INMOBILIARIA DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL", POR EL QUE

Más detalles

Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Interno del Sistema de Manejo Ambiental

Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Interno del Sistema de Manejo Ambiental Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Interno del Sistema de Manejo Ambiental Gerencia de Recursos ENERO 2010 Í N D I C E I.- Presentación. 3 II.- Marco Legal. 3 III.- Objetivos del Comité

Más detalles

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE CONVOCATORIA DE PROMÉXICO

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE CONVOCATORIA DE PROMÉXICO MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE CONVOCATORIA DE Unidad de Administración y Finanzas Mayo 2011. Í N D I C E PÁGINA 1. GLOSARIO DE TÉRMINOS 3 2. MARCO JURÍDICO 5 3. OBJETIVOS

Más detalles

ACUERDO POR EL QUE SE CONSTITUYE LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL DE TRANSVERSALIDAD INSTITUCIONAL PARA EL DESARROLLO INDÍGENA

ACUERDO POR EL QUE SE CONSTITUYE LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL DE TRANSVERSALIDAD INSTITUCIONAL PARA EL DESARROLLO INDÍGENA ACUERDO POR EL QUE SE CONSTITUYE LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL DE TRANSVERSALIDAD INSTITUCIONAL PARA EL DESARROLLO INDÍGENA Artículo 1º.- El presente Acuerdo tiene por objeto constituir la Comisión Intersecretarial

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO ESTATAL DE SEGURIDAD PUBLICA DE BAJA CALIFORNIA SUR

REGLAMENTO DEL CONSEJO ESTATAL DE SEGURIDAD PUBLICA DE BAJA CALIFORNIA SUR REGLAMENTO DEL CONSEJO ESTATAL DE SEGURIDAD PUBLICA DE BAJA CALIFORNIA SUR TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en el Extraordinario del Boletín Oficial del Estado de Baja California Sur, el miércoles

Más detalles

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, DE LA

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, DE LA MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, DE LA SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL, S.N.C., BANCA DE DESARROLLO. - 1 - INDICE. Introducción...

Más detalles

ACUERDO POR EL QUE SE CREA LA COMISION INTERINSTITUCIONAL DE ENFERMERAS DEL ESTADO DE JALISCO

ACUERDO POR EL QUE SE CREA LA COMISION INTERINSTITUCIONAL DE ENFERMERAS DEL ESTADO DE JALISCO ACUERDO POR EL QUE SE CREA LA COMISION INTERINSTITUCIONAL DE ENFERMERAS DEL ESTADO DE JALISCO Al margen un sello dice: Gobierno del Estado de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría General de Gobierno. Estados

Más detalles

LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS PARA EL USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA EN LOS OFICIOS DEL ESTADO DEL EJERCICIO DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS PARA EL USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA EN LOS OFICIOS DEL ESTADO DEL EJERCICIO DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS PARA EL USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA EN LOS OFICIOS DEL ESTADO DEL EJERCICIO DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES PRIMERO.- Los presentes

Más detalles

COOPERATIVA DE SERVICIOS EDUCACIONALES ABRAHAM LINCOLN LTDA COLEGIO PERUANO NORTEAMERICANO ABRAHAM LINCOLN COMITÉ DE ADMISION Y BECAS

COOPERATIVA DE SERVICIOS EDUCACIONALES ABRAHAM LINCOLN LTDA COLEGIO PERUANO NORTEAMERICANO ABRAHAM LINCOLN COMITÉ DE ADMISION Y BECAS COOPERATIVA DE SERVICIOS EDUCACIONALES ABRAHAM LINCOLN LTDA COLEGIO PERUANO NORTEAMERICANO ABRAHAM LINCOLN COMITÉ DE ADMISION Y BECAS REGLAMENTO INTERNO CAPITULO I GENERALIDADES Art. 1.- El Comité de Admisión

Más detalles

Gobierno del Estado de Morelos

Gobierno del Estado de Morelos Gobierno del Estado de Morelos Consejería Jurídica REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO ESTATAL DE DOCUMENTACIÓN DE MORELOS. Fecha de Aprobación 2011/09/26 Fecha de Publicación 2011/10/05 Vigencia 2011/10/06

Más detalles

REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO. TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales

REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO. TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales Artículo 1- La Coordinación Nacional de Autoridades Municipales

Más detalles

REGLAMENTO DEL CENTRO DE ATENCIÓN EMPRESARIAL DE TLALNEPANTLA DE BAZ

REGLAMENTO DEL CENTRO DE ATENCIÓN EMPRESARIAL DE TLALNEPANTLA DE BAZ QUE EN EL ACTA CORRESPONDIENTE A LA CUADRAGÉSIMA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, DE FECHA QUINCE DE JULIO DE DOS MIL CUATRO, EN EL CUARTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TLALNEPANTLA

Más detalles

REGLAMENTO DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE LICITACIONES DEL PATRONATO UNIVERSITARIO

REGLAMENTO DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE LICITACIONES DEL PATRONATO UNIVERSITARIO REGLAMENTO DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE LICITACIONES DEL PATRONATO UNIVERSITARIO Exposición de Motivos El Patronato Universitario, dentro de sus funciones de administración del patrimonio

Más detalles

NORMA QUE ESTABLECE LA PROMOCIÓN POR ASCENSO DE NIVEL DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL

NORMA QUE ESTABLECE LA PROMOCIÓN POR ASCENSO DE NIVEL DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL USC-ADM01-2000 1/5 Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31 fracción XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5 y 38 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público

Más detalles

Ejecutivos de Administración y de Asuntos Jurídicos debían emitir Lineamientos que rijan el acceso al apoyo económico antes mencionado;

Ejecutivos de Administración y de Asuntos Jurídicos debían emitir Lineamientos que rijan el acceso al apoyo económico antes mencionado; LINEAMIENTOS DEL DOCE DE ABRIL DE DOS MIL SIETE, RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO PARA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE ESTE ALTO TRIBUNAL RECIBAN EL APOYO PARA EL PAGO DE LA PRESTACIÓN DE CENTROS DE DESARROLLO

Más detalles

TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, número 2003, octava parte, de 19 de diciembre de 2008.

TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, número 2003, octava parte, de 19 de diciembre de 2008. TEXTO ORIGINAL Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, número 2003, octava parte, de 19 de diciembre de 2008. DECRETO NÚMERO 194 La Sexagésima Legislatura Constitucional

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITE DE INFORMACI~N DEL SERVICIO POSTAL MEXICANO. Capitulo I Disposiciones Generales

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITE DE INFORMACI~N DEL SERVICIO POSTAL MEXICANO. Capitulo I Disposiciones Generales Reglamento Interno del Comité de Información del SEPOMEX - - -- Con fundamento en los Artículos 29 y 30 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y 57 de su Reglamento,

Más detalles

SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL ACUERDO por el que se da a conocer la integración y funcionamiento del Comité de Mejora Regulatoria Interna de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Al

Más detalles

Gobierno del Estado de Puebla

Gobierno del Estado de Puebla CC. SECRETARIOS DE LA LVI LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO LICENCIADO MARIO P. MARIN TORRES, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla; y CONSIDERANDO Que en interés del Gobierno

Más detalles

Reglamento de la Ley de Protección al Acceso a la Diversidad Biológica y los Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas

Reglamento de la Ley de Protección al Acceso a la Diversidad Biológica y los Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas Reglamento de la Ley de Protección al Acceso a la Diversidad Biológica y los Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas ANEXO - DECRETO SUPREMO Nº 022-2006-PCM (El Decreto Supremo en referencia

Más detalles

El Presente Manual fue publicado en el alcance a la Gaceta Oficial N 15 de fecha 21 de enero del año 2002

El Presente Manual fue publicado en el alcance a la Gaceta Oficial N 15 de fecha 21 de enero del año 2002 El Presente Manual fue publicado en el alcance a la Gaceta Oficial N 15 de fecha 21 de enero del año 2002 GOBIERNO DEL ESTADO CONTRALORÍA GENERAL MANUAL PARA LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ

Más detalles

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE BIENES MUEBLES

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE BIENES MUEBLES COMITÉ DE BIENES MUEBLES 1 INDICE PAG. INTRODUCCIÓN 3 OBJETIVO 4 MARCO JURÍDICO 5 INTEGRACIÓN DEL COMITÉ 6 FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ 8 FUNCIONES DEL COMITÉ. 8 FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS INTEGRANTES

Más detalles

Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Guadalajara

Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Guadalajara Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Guadalajara Primera sesión extraordinaria del Comité de Clasificación para el año 2013 20 de marzo de 2013 Acta de sesión del Comité de

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P.

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P. REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P. Artículo 1.- Objeto del Comité de Compensaciones El Comité de Compensaciones de la Junta Directiva (en adelante

Más detalles

Manual Único de Procesos

Manual Único de Procesos I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diario Oficial de la Federación, 5 de febrero de 1917. Reformas y adiciones. Constitución Política del Estado Libre

Más detalles

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO JUNTA DIRECTIVA REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO JUNTA DIRECTIVA REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO I. CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO SEGUNDO DE LA JUNTA DIRECTIVA Y SUS ATRIBUCIONES CAPÍTULO TERCERO DE

Más detalles

INDICE 4. COMITÉ DE MEJORA REGULATORIA INTERNA 8. PROCEDIMIENTO OPERATIVO DEL COMITÉ Y DE LA NORMATECA INTERNA.

INDICE 4. COMITÉ DE MEJORA REGULATORIA INTERNA 8. PROCEDIMIENTO OPERATIVO DEL COMITÉ Y DE LA NORMATECA INTERNA. 2 INDICE 1. MARCO LEGAL 2. OBJETIVO 3. DEFINICIONES 4. COMITÉ DE MEJORA REGULATORIA INTERNA 5. INTEGRACIÓN DEL COMITÉ 6. SESIONES DEL COMITÉ 7. FUNCIONES DEL COMITÉ 8. PROCEDIMIENTO OPERATIVO DEL COMITÉ

Más detalles

UNIVERSIDAD DE CHALCATONGO COMISIÓN MIXTA PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE CHALCATONGO

UNIVERSIDAD DE CHALCATONGO COMISIÓN MIXTA PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE CHALCATONGO UNIVERSIDAD DE CHALCATONGO COMISIÓN MIXTA PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE CHALCATONGO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º. Las disposiciones

Más detalles

REGLAMENTO DE LA LEY DE PROMOCIÓN Y FOMENTO MINERO PARA EL ESTADO DE SONORA. Capítulo I Disposiciones Generales

REGLAMENTO DE LA LEY DE PROMOCIÓN Y FOMENTO MINERO PARA EL ESTADO DE SONORA. Capítulo I Disposiciones Generales REGLAMENTO DE LA LEY DE PROMOCIÓN Y FOMENTO MINERO PARA EL ESTADO DE SONORA Capítulo I Disposiciones Generales ARTÍCULO 1.- El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar las disposiciones contenidas

Más detalles

CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO

CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO ACUERDO POR EL QUE SE EMITE EL CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO ANTECEDENTES El 31 de diciembre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Contabilidad

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA

AYUNTAMIENTO DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL FIDEICOMISO PARA LA ADMINISTRACION DEL FONDO DE PRESTAMOS Y OTRAS PRESTACIONES ECONOMICAS PARA LOS AGENTES DE LA DIRECCION DE SEGURIDAD PUBLICA MUNICIPAL DE MEXICALI, BAJA

Más detalles

ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR.

ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR. ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR. TITULO I. DEL NOMBRE, NATURALEZA, DOMICILIO Y DURACIÓN DE LA FUNDACION

Más detalles

OCTUBRE 24, Reglamento del Comité Interno de Ahorro de Energía del FIFONAFE

OCTUBRE 24, Reglamento del Comité Interno de Ahorro de Energía del FIFONAFE OCTUBRE 24, 2002 Reglamento del Comité Interno de Ahorro de Energía del FIFONAFE I N D I C E 1.- OBJETIVO 2.- INTEGRACION DEL COMITÉ INTERNO DE AHORRO DE ENERGIA. 3.- FUNCION DEL COMITÉ INTERNO DE AHORRO

Más detalles

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 3 DE AGOSTO DE 2007.

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 3 DE AGOSTO DE 2007. PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 3 DE AGOSTO DE 2007. REGLAMENTO DE LA LEY DEL FONDO DE APOYO A LA PROCURACIÓN DE JUSTICIA EN EL DISTRITO FEDERAL. (Al margen superior centrado un

Más detalles

REFORMA A LA LEY ORGÁNICA DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DEL PETRÓLEO (PETRONIC) Decreto No , Aprobado el 14 de Junio de 1995

REFORMA A LA LEY ORGÁNICA DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DEL PETRÓLEO (PETRONIC) Decreto No , Aprobado el 14 de Junio de 1995 REFORMA A LA LEY ORGÁNICA DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DEL PETRÓLEO (PETRONIC) Decreto No. 26-95, Aprobado el 14 de Junio de 1995 Publicado en La Gaceta No. 118 del 26 de Junio de 1995 EL PRESIDENTE DE LA

Más detalles

OBJETIVO, PRINCIPALES FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEUCHITLÁN, JALISCO. PRESIDENTE MUNICIPAL:

OBJETIVO, PRINCIPALES FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEUCHITLÁN, JALISCO. PRESIDENTE MUNICIPAL: OBJETIVO, PRINCIPALES FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEUCHITLÁN, JALISCO. PRESIDENTE MUNICIPAL: El presidente municipal tiene entre otras atribuciones y funciones

Más detalles

BOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V. SOLICITUD DE LISTADO DE CERTIFICADOS BURSATILES FIDUCIARIOS DE CAPITAL

BOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V. SOLICITUD DE LISTADO DE CERTIFICADOS BURSATILES FIDUCIARIOS DE CAPITAL BOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V. SOLICITUD DE LISTADO DE CERTIFICADOS BURSATILES FIDUCIARIOS DE CAPITAL Nombre del Fiduciario solicita a la Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. de C.V., el listado

Más detalles

CONSIDERANDOS: Por tal razón y para dar cumplimiento a lo anterior, se emiten los siguientes:

CONSIDERANDOS: Por tal razón y para dar cumplimiento a lo anterior, se emiten los siguientes: ACUERDO POR MEDIO DEL CUAL SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA CAPACITAR, PROFESIONALIZAR Y/O CERTIFICAR AL ENCARGADO DE LAS FINANZAS DEL ESTADO Y A LOS DEMÁS FUNCIONARIOS PÚBLICOS QUE MANEJEN RECAUDEN O ADMINISTREN

Más detalles

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO 1 ÍNDICE I. Presentación II. III. IV. Fundamentación Jurídica Objetivo Glosario V. Tipos de documentos a Integrar VI.

Más detalles

NORMAS PARA LA COTIZACIÓN DE LOS CERTIFICADOS DE DEPOSITO ARGENTINOS. TEXTO ORDENADO

NORMAS PARA LA COTIZACIÓN DE LOS CERTIFICADOS DE DEPOSITO ARGENTINOS. TEXTO ORDENADO NORMAS PARA LA COTIZACIÓN DE LOS CERTIFICADOS DE DEPOSITO ARGENTINOS. TEXTO ORDENADO Artículo 1: La cotización de Certificados de Depósito Argentinos (CEDEAR), emitidos de conformidad con las Normas de

Más detalles

26 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 8 de agosto de 2013

26 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 8 de agosto de 2013 26 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 8 de agosto de 2013 ACUERDO por el que se emite el Manual de Contabilidad Gubernamental del Sistema Simplificado Básico (SSB) para los Municipios con Menos de

Más detalles

ANEXO 2 OPERACIÓN Y FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL FONDO PYME

ANEXO 2 OPERACIÓN Y FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL FONDO PYME OPERACIÓN Y FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL FONDO PYME Página 1 de 5 Operación y funciones del Consejo Directivo del Fondo PyME A. Secretariado Técnico. El artículo 37 de las Reglas de Operación establece

Más detalles

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 08 de agosto de 2013 Última reforma publicada DOF Índice de Capítulos.

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 08 de agosto de 2013 Última reforma publicada DOF Índice de Capítulos. ACUERDO POR EL QUE SE EMITE EL MANUAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL DEL SISTEMA SIMPLIFICADO BÁSICO (SSB) PARA LOS MUNICIPIOS CON MENOS DE CINCO MIL HABITANTES Publicado en el Diario Oficial de la Federación

Más detalles

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS INFORME DE AUDITORÍA FONDO ESPECIAL A FINANCIAR PROGRAMAS DE PROMOCION, DE ASISTENCIA TECNICA A LA PEQUEÑA INDUSTRIA, DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA, DE FORMACION

Más detalles

FIDEICOMISO PARA LA CINETECA NACIONAL MANUAL DE INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS

FIDEICOMISO PARA LA CINETECA NACIONAL MANUAL DE INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS FIDEICOMISO PARA LA CINETECA NACIONAL MANUAL DE INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS 24 de septiembre de 2010 1 ÍNDICE INTRODUCCIÓN CAPÍTULO I BASE LEGAL

Más detalles

Lineamientos para la Asignación y uso. de Servicio de Telefonía Celular del. Tribunal Electoral del Distrito Federal

Lineamientos para la Asignación y uso. de Servicio de Telefonía Celular del. Tribunal Electoral del Distrito Federal Lineamientos para la Asignación y uso de Servicio de Telefonía Celular del Tribunal Electoral del Distrito Federal Contiene el texto aprobado en el acta de reunión privada 017/2008 del 15 de abril de 2008

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE INSTITUCIONES DEL MUNICIPIO DE TEPATITLAN DE MORELOS, JALISCO. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO ÚNICO

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE INSTITUCIONES DEL MUNICIPIO DE TEPATITLAN DE MORELOS, JALISCO. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO ÚNICO Leonardo García Camarena, Presidente Constitucional del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, a los habitantes del mismo hago saber, que en Sesión Ordinaria de Ayuntamiento, celebrada el 09 de diciembre

Más detalles

Ultima reforma publicada en el Periódico Oficial del 12 de enero de 2005.

Ultima reforma publicada en el Periódico Oficial del 12 de enero de 2005. Ultima reforma publicada en el Periódico Oficial del 12 de enero de 2005. Decreto publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 08 de junio de 1971. LEY DE LA CASA DE LA CULTURA OAXAQUEÑA

Más detalles

Manual General de Procedimientos

Manual General de Procedimientos 14 1 de 10 1. Objetivo Generar el cálculo del finiquito del personal que cause baja en el Poder Judicial del Estado de México, mediante la integración del recibo para la gestión del pago. 2. Alcance Aplica

Más detalles

Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica

Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica Clave o nivel Denominacion del puesto o cargo 44.5 Director Ejecutivo de Justicia Cívica Area de adscripcion(área inmediata superior) Consejería Jurídica y de Servicios

Más detalles

DECRETO 2011 DE (Septiembre 28)

DECRETO 2011 DE (Septiembre 28) DECRETO 2011 DE 2012 (Septiembre 28) Por el cual se determina y reglamenta la entrada en operación de la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones, y se dictan otras disposiciones. EL PRESIDENTE

Más detalles

BASES PARA LA COTIZACIÓN DEL SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DEL FIDEICOMISO PARA EL DESARROLLO RURAL GUATE INVIERTE

BASES PARA LA COTIZACIÓN DEL SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DEL FIDEICOMISO PARA EL DESARROLLO RURAL GUATE INVIERTE Guatemala, 9 de Febrero del 2007. BASES PARA LA COTIZACIÓN DEL SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DEL FIDEICOMISO PARA EL DESARROLLO RURAL GUATE INVIERTE 1 de 7 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO El Fideicomiso para

Más detalles

REGLAMENTO DE LA LEY DEL FONDO DE INVERSION SOCIAL PARA EL DESARROLLO LOCAL DE EL SALVADOR (FISDL)

REGLAMENTO DE LA LEY DEL FONDO DE INVERSION SOCIAL PARA EL DESARROLLO LOCAL DE EL SALVADOR (FISDL) REGLAMENTO DE LA LEY DEL FONDO DE INVERSION SOCIAL PARA EL DESARROLLO LOCAL DE EL SALVADOR (FISDL) PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL Nº 197 TOMO No. 337 DEL 23 DE OCTUBRE DE 1997 CAPITULO I OBJETIVOS Art.1.-

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012

REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012 REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012 Universidad Marista de San Luis Potosí 1 TITULO I CAPÍTULO I DEL OBJETO, FINES Y CONCEPTO Artículo 1. El presente Reglamento establece las bases y criterios que regulan el

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD La Junta Directiva del FEPEP, en uso de sus facultades estatutarias, establece el presente Reglamento del COMITÉ DE SOLIDARIDAD. TÍTULO I GENERALIDADES ARTÍCULO

Más detalles

NORMAS Y BASES PARA CANCELAR ADEUDOS A CARGO DE TERCEROS Y A FAVOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES NUCLEARES

NORMAS Y BASES PARA CANCELAR ADEUDOS A CARGO DE TERCEROS Y A FAVOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES NUCLEARES NORMAS Y BASES PARA CANCELAR ADEUDOS A CARGO DE TERCEROS Y A FAVOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES NUCLEARES OBJETIVO Establecer el marco normativo para proceder en el trámite para cancelación

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA ENTREGA Y RECEPCION DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE PUERTO VALLARTA, JALISCO.

REGLAMENTO PARA LA ENTREGA Y RECEPCION DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE PUERTO VALLARTA, JALISCO. REGLAMENTO PARA LA ENTREGA Y RECEPCION DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE PUERTO VALLARTA, JALISCO. TITULO PRIMERO De las Disposiciones Generales CAPITULO I Disposiciones Generales Artículo

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN 1 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; Junio de 2015. ÍNDICE Introducción..2 1.-Trámite de desahogo de solicitudes de información

Más detalles

ANTECEDENTE. El Consejo Consultivo de Ciencias y su Secretaría Ejecutiva emiten los siguientes estatutos para el más eficaz cumplimiento de su misión.

ANTECEDENTE. El Consejo Consultivo de Ciencias y su Secretaría Ejecutiva emiten los siguientes estatutos para el más eficaz cumplimiento de su misión. ESTATUTOS DEL CONSEJO CONSULTIVO DE CIENCIAS A QUE SE REFIERE EL ACUERDO PRESIDENCIAL PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION DEL 24 DE ENERO DE 1989 ANTECEDENTE El 24 de enero de 1989 se publicó

Más detalles

MANUAL DE INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ INTERNO DE AHORRO DE ENERGÍA DEL HOSPITAL GENERAL DR. MANUEL GEA GONZÁLEZ INDICE

MANUAL DE INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ INTERNO DE AHORRO DE ENERGÍA DEL HOSPITAL GENERAL DR. MANUEL GEA GONZÁLEZ INDICE INDICE PRESENTACION. I. FUNDAMENTO LEGAL II. DEFINICIONES III. OBJETIVOS IV. INTEGRACION DEL COMITÉ V. FUNCIONES DEL COMITÉ VI. POLITICAS DE OPERACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS SECIONES VII. DESCRIPCION

Más detalles

DIRECTRICES SOBRE LA AUTORIZACIÓN, APROBACIÓN Y PAGO DE LA JORNADA EXTRAORDINARIA EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

DIRECTRICES SOBRE LA AUTORIZACIÓN, APROBACIÓN Y PAGO DE LA JORNADA EXTRAORDINARIA EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES DIRECTRICES SOBRE LA AUTORIZACIÓN, APROBACIÓN Y PAGO DE LA JORNADA EXTRAORDINARIA EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Acuerdo del TSE tomado en Sesión Ordinaria n.º 120-2009, de 1º de diciembre de 2009

Más detalles

LINEAMIENTOS QUE DEBERÁN OBSERVAR LOS ENTES PÚBLICOS PARA REGISTRAR EN LAS CUENTAS DE ACTIVO LOS FIDEICOMISOS SIN ESTRUCTURA ORGÁNICA Y CONTRATOS

LINEAMIENTOS QUE DEBERÁN OBSERVAR LOS ENTES PÚBLICOS PARA REGISTRAR EN LAS CUENTAS DE ACTIVO LOS FIDEICOMISOS SIN ESTRUCTURA ORGÁNICA Y CONTRATOS LINEAMIENTOS QUE DEBERÁN OBSERVAR LOS ENTES PÚBLICOS PARA REGISTRAR EN LAS CUENTAS DE ACTIVO LOS FIDEICOMISOS SIN ESTRUCTURA ORGÁNICA Y CONTRATOS ANÁLOGOS, INCLUYENDO MANDATOS ÍNDICE A. Introducción. 2

Más detalles

Lo anterior, a fin de que se sirva someterlo a ese Órgano de Gobierno para su conocimiento.

Lo anterior, a fin de que se sirva someterlo a ese Órgano de Gobierno para su conocimiento. Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado Fondo de la Vivienda Vocalía Ejecutiva OFICIO VE-03/ México, D.F., LIC. ROBERTO FIGUEROA MARTÍNEZ SECRETARIO DE LA H. JUNTA DIRECTIVA

Más detalles

ACTA CORRESPONDIENTE A LA DÉCIMA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA 2007 DEL COMITÉ DE INFORMACIÓN DE LA CNBV 11 de mayo de 2007

ACTA CORRESPONDIENTE A LA DÉCIMA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA 2007 DEL COMITÉ DE INFORMACIÓN DE LA CNBV 11 de mayo de 2007 En la Ciudad de México, D.F. siendo las 12:00 horas del día, en la sala de juntas de la Vicepresidencia de Administración ubicada en el 6º piso de la Torre Sur del Conjunto Inmobiliario Plaza Inn, con

Más detalles

CONSIDERANDO. Que en cumplimiento a lo disp

CONSIDERANDO. Que en cumplimiento a lo disp (1) DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS ENTIDADES Y PERSONAS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 3, FRACCIONES IV, V, VI, VII Y VIII Y 4, FRACCIÓN XXX, DE LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA

Más detalles

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Energía Rango: Decretos Ejecutivos - CREACIÓN DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DE ELECTRICIDAD (ENEL)

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Energía Rango: Decretos Ejecutivos - CREACIÓN DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DE ELECTRICIDAD (ENEL) Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Energía Rango: Decretos Ejecutivos - CREACIÓN DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DE ELECTRICIDAD (ENEL) DECRETO No. 46-94, Aprobado el 28 de Octubre de 1994 Publicado en

Más detalles

ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO CONSTITUCIONAL Y LEGAL DE LOS ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE CIUDADANOS DENOMINADA MOVIMIENTO AL SOCIALISMO

ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO CONSTITUCIONAL Y LEGAL DE LOS ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE CIUDADANOS DENOMINADA MOVIMIENTO AL SOCIALISMO ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO CONSTITUCIONAL Y LEGAL DE LOS DE LA ASOCIACIÓN DE CIUDADANOS ARTÍCULO 27 1. Los estatutos establecerán: a) La denominación del propio partido, el emblema y el color o colores

Más detalles

Requisitos para ser Operador en MexDer

Requisitos para ser Operador en MexDer Requisitos para ser Operador en MexDer Market Data Reglas (6) VIGESIMO TERCERA.- Los Operadores, para poder celebrar las operaciones previstas en la regla anterior, tendrán que cumplir con los requisitos

Más detalles

Comisión de Contraloría. Manual de procedimientos para la baja de bienes muebles del activo fijo

Comisión de Contraloría. Manual de procedimientos para la baja de bienes muebles del activo fijo Órgano: Comisión de Contraloría Documento: Manual de procedimientos para la baja de bienes muebles del activo fijo Fecha: 1 de diciembre de 2010 MANUAL PROCEDIMIENTOS PARA LA BAJA BIENES MUEBLES L ACTIVO

Más detalles

INFORME DEL RESULTADO FISCALIZACIÓN CUENTA PÚBLICA 2007 COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE

INFORME DEL RESULTADO FISCALIZACIÓN CUENTA PÚBLICA 2007 COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE INFORME DEL RESULTADO COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 2007 ÍNDICE PÁGS. 1. FUNDAMENTACIÓN...35 2. MOTIVACIÓN...35 3. RESULTADO

Más detalles

COMITE DE INFORMATICA

COMITE DE INFORMATICA COMITE DE INFORMATICA Manual de Organización y Reglas de Operación Junio de 2003 CONTENIDO INTRODUCCION... 1 MARCO LEGAL... 2 OBJETIVOS... 3 GENERAL... 3 ESPECÍFICOS... 3 FUNCIONES GENERALES DEL COMITE...

Más detalles

JUNTA DIRECTIVA FONDO DE EMPLEADOS DE INGEOMINAS "FEINGE" REGLAMENTO DEL COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL. ACUERDO No.035

JUNTA DIRECTIVA FONDO DE EMPLEADOS DE INGEOMINAS FEINGE REGLAMENTO DEL COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL. ACUERDO No.035 JUNTA DIRECTIVA FONDO DE EMPLEADOS DE INGEOMINAS "FEINGE" REGLAMENTO DEL COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL ACUERDO No.035 Por medio del cual se adopta el reglamento interno del COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL del

Más detalles

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 38 DE FECHA 21 DE FEBRERO 2003.

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 38 DE FECHA 21 DE FEBRERO 2003. PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 38 DE FECHA 21 DE FEBRERO 2003. GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobernador del Estado de Veracruz-Llave.

Más detalles

V i s t a s. A n t e c e d e n t e s

V i s t a s. A n t e c e d e n t e s Dictamen de adjudicación por el procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas, que emite el Ayuntamiento a través del Comité Municipal, mediante el cual se justifica la adquisición a través

Más detalles

Del Objeto de los Lineamientos

Del Objeto de los Lineamientos LINEAMIENTOS Y FORMATOS A QUE DEBEN SUJETARSE LAS ORGANIZACIONES DE OBSERVADORES ELECTORALES EN LA RENDICIÓN DE SUS INFORMES SOBRE EL ORIGEN, MONTO Y APLICACIÓN DEL FINANCIAMIENTO QUE OBTENGAN PARA EL

Más detalles

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR No. Expediente: 208-1PO1-15 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA 1. Nombre de la Iniciativa. Que adiciona los artículos 83 y 84 del Código Fiscal de la Federación. 2.

Más detalles

H. AYUNTAMIENTO DE HUATABAMPO CONSEJO MUNICIPAL DE CONCERTACIÓN PARA LA OBRA PÚBLICA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

H. AYUNTAMIENTO DE HUATABAMPO CONSEJO MUNICIPAL DE CONCERTACIÓN PARA LA OBRA PÚBLICA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS H. AYUNTAMIENTO DE HUATABAMPO MANUAL DE PROCEDIMIENTOS MARZO, 2010 ÍNDICE Página I. INTRODUCCIÓN... 3 II. OBJETIVO... 4 III. RED DE PROCESOS... 5 IV. PROCEDIMIENTO... 6 4.1 Concertación de la Obra... 6

Más detalles

REGLAMENTO DE ADQUISICIONES MUNICIPALES PARA EL MUNICIPIO DE CHILPANCINGO DE LOS BRAVO, GUERRERO.

REGLAMENTO DE ADQUISICIONES MUNICIPALES PARA EL MUNICIPIO DE CHILPANCINGO DE LOS BRAVO, GUERRERO. REGLAMENTO DE ADQUISICIONES MUNICIPALES PARA EL MUNICIPIO DE CHILPANCINGO DE LOS BRAVO, GUERRERO. CONTENIDO REGLAMENTO DE ADQUISICIONES MUNICIPALES TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO UNICO

Más detalles

Nombre del Procedimiento: Recuperación de incentivos económicos de pagos realizados en institución bancaria.

Nombre del Procedimiento: Recuperación de incentivos económicos de pagos realizados en institución bancaria. Nombre del Procedimiento: Recuperación de incentivos económicos de pagos realizados en institución bancaria. Objetivo General: Señalar los lineamientos y procedimientos que se deberán seguir, para la recuperación

Más detalles

INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO COMITÉ DE INFORMACIÓN. Quinta Sesión Extraordinaria del día treinta y uno de agosto de dos mil quince.

INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO COMITÉ DE INFORMACIÓN. Quinta Sesión Extraordinaria del día treinta y uno de agosto de dos mil quince. INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO COMITÉ DE INFORMACIÓN Quinta Sesión Extraordinaria del día treinta y uno de agosto de dos mil quince. ACUERDO N IEEM/CI/10/2015 Creación del sistema de datos personales

Más detalles

CONSIDERANDO. Acuerdo

CONSIDERANDO. Acuerdo ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECE EL SISTEMA ELECTRÓNICO DE PUBLICACIONES DE SOCIEDADES MERCANTILES Y LAS DISPOSICIONES PARA SU OPERACIÓN (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de junio

Más detalles

REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES

REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES 1 TITULO PRIMERO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ::::.. 3 CAPITULO II DE LOS OBJETIVOS DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES 3 CAPITULO III DE LA DURACION Y LOS REQUISITOS PARA LA PRESTACION DE..... 4 CAPITULO

Más detalles

PROYECTO DE ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DESIGNA AL CONSEJERO CIUDADANO DISTRITAL SUPLENTE QUE HABRÁ DE CUBRIR LA VACANTE GENERADA EN EL QUINTO

PROYECTO DE ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DESIGNA AL CONSEJERO CIUDADANO DISTRITAL SUPLENTE QUE HABRÁ DE CUBRIR LA VACANTE GENERADA EN EL QUINTO PROYECTO DE ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DESIGNA AL CONSEJERO CIUDADANO DISTRITAL SUPLENTE QUE HABRÁ DE CUBRIR LA VACANTE GENERADA EN EL QUINTO CONSEJO DISTRITAL ELECTORAL. REUNIDOS EN SESIÓN EXTRAORDINARIA

Más detalles

A N T E C E D E N T E

A N T E C E D E N T E INE/CG605/2016 ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA LA DESIGNACIÓN DE PRESIDENTES DE CONSEJOS LOCALES Y DISTRITALES DEL INSTITUTO NACIONAL

Más detalles

DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO

DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO EN PÁGINA 2 DE 11 DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO I. : Cobro de las Aportaciones del Gobierno Federal, por el porcentaje de haberes, haberes de retiro y pensiones. II. Objetivo de Procedimiento. Efectuar

Más detalles

REGLAS que establecen facilidades administrativas para el depósito del Ahorro Solidario.

REGLAS que establecen facilidades administrativas para el depósito del Ahorro Solidario. DOF: 29/04/2010 REGLAS que establecen facilidades administrativas para el depósito del Ahorro Solidario. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda

Más detalles

TOMO CXXVI Núm. 26 Zacatecas, Zac., Miércoles 30 de marzo del 2016 SUPLEMENTO

TOMO CXXVI Núm. 26 Zacatecas, Zac., Miércoles 30 de marzo del 2016 SUPLEMENTO ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, SON OBLIGATORIAS LAS LEYES Y DEMÁS DISPOSICIONES DEL GOBIERNO POR EL SOLO HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO. TOMO CXXVI Núm. 26 Zacatecas,

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO DE TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO. CAPITULO I De las Disposiciones Generales

REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO DE TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO. CAPITULO I De las Disposiciones Generales REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO DE TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO CAPITULO I De las Disposiciones Generales Artículo 1.- El presente Reglamento es de interés público y social, además

Más detalles

Ministerio de Defensa

Ministerio de Defensa DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS UNIDAD DE CONTRATACIONES PROCEDIMIENTO EN LA MODALIDAD DE CONTRATACIÓN MENOR DE BIENES (De Bs. 1.- a Bs. 20.000.-) (CASO No.1) Objetivo Establecer los pasos

Más detalles