2 de junio de 2006 ISSN : De Hacienda y Del Trabajo y Seguridad Social

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "2 de junio de 2006 ISSN : De Hacienda y Del Trabajo y Seguridad Social"

Transcripción

1 BOLETÍN de junio de 2006 ISSN I. DESCRIPCIÓN REFERENCIA INICIATIVA MINISTERIOS ORIGEN : Regula el derecho de la madre a percibir directamente las asignaciones familiares e incorpora nuevo causante de dicho beneficio : Mensaje presidencial : De Hacienda y Del Trabajo y Seguridad Social : Cámara de Diputados INGRESO : 16 de mayo de 2006 CALIFICACIÓN ARTICULADO : Sin urgencia : Artículo permanente y uno transitorio OBJETO, SEGÚN LA INICIATIVA 1.- Asegurar el pago de la asignación familiar directamente a la madre del menor, cuando ésta lo solicite. 2.- Incluir como causantes de asignación familiar a los menores que se encuentren al cuidado de una persona adulta, no solo como consecuencia de haber incurrido en una conducta infraccional (como estipula la norma vigente), sino como consecuencia de cualquier medida de protección dispuesta por sentencia judicial. CONTENIDO ESPECÍFICO Artículo 1.- Introdúcense las siguientes modificaciones al D.F.L. N 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social: - 8 -

2 1) En las letras g) de los artículos 2 y 3 sustitúyese la frase "... lo establecido en el N 4 del artículo 29 de la Ley N " por "...una medida de protección dispuesta por sentencia judicial.". 2) En su artículo 7º 1 : a) Agréganse, en los incisos segundo y tercero a continuación de los respectivos puntos apartes (.) que pasan a ser comas (,), la frase siguiente: no requiriendo para ello el consentimiento del beneficiario.. b) Agrégase el siguiente inciso cuarto nuevo: Los empleadores y las entidades pagadoras de las asignaciones familiares, no podrán rechazar las solicitudes a que se refieren los incisos precedentes.. Artículo transitorio. El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el año 2006, se financiará con cargo al ítem de la partida presupuestaria Tesoro Público 2. FUNDAMENTO, SEGÚN LA INICIATIVA Compromiso gubernamental. La presente iniciativa forma parte del compromiso asumido por mi Gobierno para implementar 36 medidas que signifiquen más progreso para los chilenos en condición de vulnerabilidad. Tal como lo dijo este Gobierno desde el primer día, todo el tiempo que tenemos estará dedicado desde un comienzo a servir y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos y ciudadanas de este País. La asignación familiar se enmarca en esto, pues es un beneficio previsional cuyo objeto es ayudar a la mantención de las personas que viven a expensas del beneficiario. Sin embargo, no siempre esta prestación beneficia efectivamente a los causantes de la misma, especialmente en el caso de menores. Por regla general, es la madre la que se ocupa del cuidado y mantención de los hijos, por lo que resulta de toda justicia que esta prestación se pague directamente a ella. Actualmente, la legislación vigente faculta a la madre a solicitar se le pague directamente la asignación familiar causada por sus hijos menores que viven 1 El artículo 7ª es del siguiente tenor: Artículo 7.- Corresponderá percibir la asignación familiar y la maternal, por regla general, al beneficiario a cuyas expensas viva el causante. Las asignaciones familiares causadas por hijos menores se pagarán directamente a la madre con la cual vivan, si ésta lo solicitare. Igualmente procederá el pago directo a la cónyuge, a los causantes mayores de edad o a la persona a cuyo cargo se encuentre el causante, siempre que lo solicite. 2 Según informe financiero, el costo ascendería para el año 2006 a $ miles y para el año 2007, a $ miles. 3 Párrafos textuales del mensaje suscrito por la Presidenta Michelle Bachelet

3 con ella, así como la propia. 2.- Nuevo causante de asignación familiar. No obstante, se ha estimado conveniente legislar para garantizar el ejercicio de esta facultad. Con tal propósito, por el presente proyecto de ley se modifica el artículo 7 del D.F.L. N 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, estableciendo que al ejercer la referida facultad no será menester contar con el consentimiento del beneficiario. Asimismo, se establece que los empleadores y las entidades pagadoras de asignación familiar no podrán rechazar las solicitudes que las madres presenten al efecto. En esta misma línea, y profundizando aún más nuestro compromiso, consideramos oportuno legislar en orden a incorporar, como causantes de asignación familiar, a los menores que por sentencia judicial se encuentren bajo una medida de protección. El D.F.L. N 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, contempla, entre los causantes de asignación familiar, a los menores confiados al cuidado de personas naturales sólo en el caso que se impute un hecho punible a menores de dieciséis años, o mayores, de esa edad y menores de dieciocho que hayan obrado sin discernimiento. El presente proyecto de ley, permite que sea también causante de asignación familiar cualquier menor de edad que se encuentre al cuidado de una persona natural en virtud de una medida de protección dispuesta por sentencia judicial. II. COMENTARIOS DE LIBERTAD Y DESARROLLO IMPLICANCIAS CONSTITUCIONALES 1.- Materia de ley. Quórum calificado. La asignación familiar consiste en una forma de prestación de seguridad social, que tienen por objeto apoyar, con recursos del Estado, a las personas que se encuentran en una situación de menores ingresos y por lo tanto, con menores posibilidades de un desarrollo personal adecuado. El artículo 19, N 18, de la Constitución Política, señala que se garantiza a todas las personas, el derecho a la seguridad social; y agrega que las leyes que regulen el ejercicio de este derecho serán de quórum calificado, esto es, de mayoría absoluta de diputados y senadores en ejercicio. Por su parte, el artículo 63, N 4, de la Constitución, atribuye la calidad de materia de ley a las normas básicas relativas, entre otros, al régimen de seguridad social

4 Iniciativa exclusiva presidencial. A su turno, el artículo 65, inciso cuarto, del mismo texto constitucional, entrega a la iniciativa exclusiva presidencial, los proyectos de ley que tengan por objeto establecer o modificar las normas sobre seguridad social o que incidan en ella, tanto del sector público como del sector privado. En consecuencia, el proyecto en análisis, en cuanto modifica aspectos puntuales de dicho sistema, constituye materia de ley, de quórum calificado y de iniciativa exclusiva presidencial. COMENTARIOS DE MÉRITO 2.- La nueva redacción del artículo 7. La modificación propuesta al artículo 7 del Sistema Único de Prestaciones Familiares, daría como resultado la siguiente redacción (se subrayan las modificaciones): Artículo 7.- Corresponderá percibir la asignación familiar y la maternal, por regla general, al beneficiario a cuyas expensas viva el causante. Las asignaciones familiares causadas por hijos menores se pagarán directamente a la madre con la cual vivan, si ésta lo solicitare, no requiriendo para ello el consentimiento del beneficiario 4. Igualmente procederá el pago directo a la cónyuge, a los causantes mayores de edad o a la persona a cuyo cargo se encuentre el causante, siempre que lo solicite, no requiriendo para ello el consentimiento del beneficiario. Los empleadores y las entidades pagadoras de las asignaciones familiares, no podrán rechazar las solicitudes a que se refieren los incisos precedentes. 3.- Modificación intrascendente. Tal como resalta de la transcripción que antecede del texto del artículo 7 del Sistema Único de Prestaciones Familiares, en la forma que quedaría una vez modificado, actualmente la madre del menor que esté a su cuidado tienen legalmente el derecho de solicitar que la asignación familiar correspondiente a ese menor le sea pagada a ella misma, y no al beneficiario, esto es, al padre del menor. Ello se comprueba con la sola lectura del actual artículo 7 (sin las oraciones subrayadas, que se refieren a las modificaciones). Siendo así, la modificación nada agrega sustancialmente a la formativa vigente, puesto que los empleadotes y las entidades pagadoras de asignación familiar, deben hacer pago directo a la madre con la cual vive el hijo menor 4 El beneficiario generalmente es el trabajador, que es padre del menor causante de la asignación

5 causante de la asignación. Lo que el Mensaje expresa, es que en ocasiones la ley no se cumple en la forma que está concebida (y que por lo demás, resulta razonable), y por lo tanto se propone insistir, mediante una ley modificatoria, para hacer cumplir otra ley actualmente vigente. Lo que correspondería es hacer cumplir la ley vigente, mediante los mecanismos de fiscalización de que está dotada la Administración del Estado, en lugar de hacer cumplir una ley (que supuestamente no se cumple), mediante la dictación de otra (que tampoco se cumplirá, a menos que se ejerza una labor fiscalizadora en un aspecto que de verdad interesa a las personas de menores recursos). En este entendido, el proyecto no constituye una modificación relevante para el pago de las asignaciones familiares. Propuesta alternativa. Ahora bien, si se quisiera introducir una modificación eficiente, que produjera un efecto concreto, podría recurrirse a una aplicación legislativa del antiguo principio de que el que paga mal, paga dos veces. Así, si un empleador o institución pagadora, desconociendo la solicitud de la madre, pagara la asignación al beneficiario, no se extinguiría su obligación respecto de la madre del menor causante de la asignación. Ello constituiría una conminación más eficiente para lograr el propósito perseguido por el proyecto. 4.- El nuevo causante. La introducción de un nuevo causante de asignación familiar es, asimismo, una modificación menor en el sistema de pago de asignación familiar, si bien, en este caso, se producirá un efecto concreto, aunque menor, a juzgar por su costo según informa el Ministerio de Hacienda (ver nota a pie de página N 2). Para explicar en qué consiste la inclusión de un nuevo causante, es necesario recordar que el artículo 2 del Sistema Único de Prestaciones Familiares, expresa que Quedan afectos al Sistema y son sus beneficiarios: g) Las personas naturales que tengan menores a su cargo en virtud de lo establecido en el Nº 4º del artículo 29º de la ley Nº A su turno, el artículo 29 de la ley N , señala que En los casos previstos en el artículo 8, número 10), de la ley que crea los juzgados de familia, el juez de letras de menores podrá aplicar alguna de las medidas siguientes: 4.º Confiarlo al cuidado de alguna persona que se preste para ello, a fin de que viva con su familia, y que el juez considere capacitada para dirigir su educación. Dicho artículo 8 señala que Corresponderá a los juzgados de familia conocer y resolver las siguientes materias: 10) Todos los asuntos en que se impute un hecho punible a niños, niñas o

6 adolescentes exentos de responsabilidad penal, y aplicar, cuando corresponda, las medidas contempladas en el artículo 29 de la Ley de Menores. Pues bien, como la actual normativa sobre asignación familiar se remite, en último término, al recién citado N 10 del artículo 8 de la ley de los juzgados de familia, es forzoso concluir que, para ser causante de asignación familiar, el menor entregado al cuidado de un tercero por orden del juez, debe haber incurrido en la comisión de un hecho punible, y en caso contrario, no es causante de dicho beneficio. Así, si se trata de un menor simplemente abandonado por sus padres, no generaría el derecho. Desde este punto de vista, la modificación es correcta y amplía el espectro de los menores causantes de asignación familiar, cuando han sido objeto de medidas de protección por resolución judicial. 5.- Conclusión. El proyecto es, en parte, innecesario y constituye solamente la manifestación legislativa de una medida anunciada durante la campaña presidencial. En efecto, actualmente la madre del menor causante de asignación tienen incuestionablemente el derecho a que se le pague a ella directamente la respectiva suma de dinero. Ningún cambio sustancial produce el proyecto, a este respecto. En cuanto a la ampliación del concepto de causante de asignación familiar, cuando se trata de un menor entregado a un tercero para su custodia, el proyecto efectivamente genera nuevos casos de causantes de asignación familiar, lo que resulta positivo por tratarse de personas (el tercero) que se hacen cargo del menor, por encargo del juez, y asumen la responsabilidad e incurren en los costos del caso

5 de enero de 2007 ISSN 0787-0415

5 de enero de 2007 ISSN 0787-0415 BOLETÍN 4204-13 5 de enero de 2007 ISSN 0787-0415 I. DESCRIPCIÓN REFERENCIA INICIATIVA MINISTERIOS ORIGEN : Regula el derecho de la madre a percibir directamente las asignaciones familiares e incorpora

Más detalles

C I R C U L A R N 266/2007

C I R C U L A R N 266/2007 C I R C U L A R N 266/2007 Señor Empleador Presente REF.: Modifica valor de las Asignaciones Familiar y Maternal, según Ingreso Mensual del Beneficiario. De nuestra consideración: Como es de su conocimiento,

Más detalles

MENSAJE Nº / Honorable Cámara de Diputados: I. ANTECEDENTES

MENSAJE Nº / Honorable Cámara de Diputados: I. ANTECEDENTES MENSAJE DE S.E. EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY Nº 20.882, DE PRESUPUESTOS DEL SECTOR PÚBLICO DEL AÑO 2016. Santiago, 21 de diciembre de 2015.-

Más detalles

NORMATIVA GENERAL SOBRE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO.

NORMATIVA GENERAL SOBRE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO. NORMATIVA GENERAL SOBRE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO. Expositora: Carolina Lastra Barrera. Abogado División Jurídica Comité Finanzas Contraloría General de la República NORMATIVA GENERAL SOBRE PRESUPUESTO

Más detalles

SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES NORMA DE CARÁCTER GENERAL N 2 4 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS CIRCULAR N OCT 2011

SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES NORMA DE CARÁCTER GENERAL N 2 4 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS CIRCULAR N OCT 2011 SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES NORMA DE CARÁCTER GENERAL N 2 4 SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL CIRCULAR N 2 7 7 5 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS CIRCULAR N 2 0 4 5 07 OCT 2011 VISTOS: Lo dispuesto

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA ARMADA

BOLETÍN OFICIAL DE LA ARMADA 603 BOLETÍN OFICIAL DE LA ARMADA AÑO XCVIII VALPARAÍSO, 27 DE MAYO DE 2016 Nº 21 COMANDANCIA EN JEFE DE LA ARMADA: Plaza Sotomayor Nº 592, Valparaíso. DIRECCIÓN GENERAL DEL PERSONAL DE LA ARMADA: Av. Jorge

Más detalles

ASEGURADOS. INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE PRESENTA LA DIPUTADA FEDERAL MARÍA BÁRBARA BOTELLO SANTIBÁÑEZ,

ASEGURADOS. INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE PRESENTA LA DIPUTADA FEDERAL MARÍA BÁRBARA BOTELLO SANTIBÁÑEZ, INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE PRESENTA LA DIPUTADA FEDERAL MARÍA BÁRBARA BOTELLO SANTIBÁÑEZ, INTEGRANTE DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL A LA LXIII LEGISLATURA,

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones Real Decreto 2274/1985, de 4 de diciembre, por el que se regulan los Centros Ocupacionales para minusválidos. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social «BOE» núm. 294, de 9 de diciembre de 1985 Referencia:

Más detalles

REAL DECRETO 2274/1985, DE 4 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULAN LOS CENTROS OCUPACIONALES PARA MINUSVÁLIDOS

REAL DECRETO 2274/1985, DE 4 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULAN LOS CENTROS OCUPACIONALES PARA MINUSVÁLIDOS REAL DECRETO 2274/1985, DE 4 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULAN LOS CENTROS OCUPACIONALES PARA MINUSVÁLIDOS (BOE nº 294 de 9/12/1985 - Páginas: 38812-38814) La Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración

Más detalles

Conformar la Comisión Especial, creada por la Nonagésima Segunda Disposición

Conformar la Comisión Especial, creada por la Nonagésima Segunda Disposición Conforma la Comisión Especial, creada por la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Más detalles

Reglamento regulador del funcionamiento del proceso de sugerencias y reclamaciones en el Cabildo de Gran Canaria

Reglamento regulador del funcionamiento del proceso de sugerencias y reclamaciones en el Cabildo de Gran Canaria Reglamento regulador del funcionamiento del proceso de sugerencias y reclamaciones en el Cabildo de Gran Canaria PREÁMBULO La sociedad actual demanda la implantación de una nueva cultura orientada a satisfacer

Más detalles

SUBSIDIOS MONETARIOS SAP, SUF, SUBSIDIOS POR DISCAPACIDAD MENTAL.

SUBSIDIOS MONETARIOS SAP, SUF, SUBSIDIOS POR DISCAPACIDAD MENTAL. SUBSIDIOS MONETARIOS SAP, SUF, SUBSIDIOS POR DISCAPACIDAD MENTAL. El Sistema de Protección Social es un mecanismo implementado por el Estado de Chile quienes han diseñado un Política Social que dispone

Más detalles

CAJAS DE COMPENSACIÓN; CRÉDITO SOCIAL; DESCUENTO, DECLARACIÓN Y PAGO; FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN; PRESUNCIÓN DE DERECHO.

CAJAS DE COMPENSACIÓN; CRÉDITO SOCIAL; DESCUENTO, DECLARACIÓN Y PAGO; FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN; PRESUNCIÓN DE DERECHO. CAJAS DE COMPENSACIÓN; CRÉDITO SOCIAL; DESCUENTO, DECLARACIÓN Y PAGO; FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN; PRESUNCIÓN DE DERECHO. 1) La Dirección del Trabajo es competente legalmente para fiscalizar y eventualmente

Más detalles

INFORME LEY Nº SOBRE OTORGAMIENTO Y USO DE LICENCIAS MÉDICAS

INFORME LEY Nº SOBRE OTORGAMIENTO Y USO DE LICENCIAS MÉDICAS INFORME LEY Nº 20.585 SOBRE OTORGAMIENTO Y USO DE LICENCIAS MÉDICAS I) FINALIDAD El objeto de esta Ley es establecer regulaciones que permitan asegurar el otorgamiento, uso correcto de la licencia médica

Más detalles

24/08/2012 SABINA PINEDA ASESORA 55 MINISTERIO DE SALUD 1

24/08/2012 SABINA PINEDA ASESORA 55 MINISTERIO DE SALUD 1 24/08/2012 SABINA PINEDA ASESORA 55 MINISTERIO DE SALUD 1 LEY 20250 Atención Primaria de Salud Municipal Publicada el 8 de febrero de 2008 24/08/2012 SABINA PINEDA 2 EL ACUERDO 1.-BONIFICACION ZONAS EXTREMAS

Más detalles

Servicio de Información

Servicio de Información BOLETIN OFICIAL Nº 33365 25 de abril de 2016 ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 3870 Procedimiento. Ley N 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Régimen de facilidades

Más detalles

http://www.editorialgpt.cl

http://www.editorialgpt.cl 1 TRIBUTACION DE LAS INDEMNIZACIONES POR AÑOS DE SERVICIO TIPOS DE INDEMNIZACIONES POR TÉRMINO DE CONTRATO Resulta necesario, para los efectos de precisar la exacta situación tributaria de las indemnizaciones

Más detalles

Derechos reservados. Prohibida su reproducción.

Derechos reservados. Prohibida su reproducción. AMNISTÍA EN PAGO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CONDICIÓN ESPECIAL PARA EL PAGO CESAR MAURICIO OCHOA PÉREZ Quién podrá acceder a la condición especial para el pago? ARTICULO 57. Condición especial para el

Más detalles

1. Para los cargos de Subdirectores, se requerirá contar con título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado

1. Para los cargos de Subdirectores, se requerirá contar con título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado Tipo Norma :Decreto con Fuerza de Ley 1; Decreto con Fuerza de Ley 1-2010 Fecha Publicación :10-11-2010 Fecha Promulgación :11-08-2010 Organismo Título :MINISTERIO DE JUSTICIA :FIJA Y MODIFICA LAS PLANTAS

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 223 Viernes 16 de septiembre de 2011 Sec. I. Pág. 98660 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO 14783 Real Decreto 1149/2011, de 29 de julio, por el que se

Más detalles

Ley de Asociaciones Público-Privadas para el Estado de Tabasco

Ley de Asociaciones Público-Privadas para el Estado de Tabasco Ley de Asociaciones Público-Privadas para el Estado de Tabasco LIC. MANUEL RODRÍGUEZ VILLAMIL 06 de Septiembre de 2012 Villahermosa, Tab. Índice: I. Objetivo I. Incorporar una nueva Ley de Asociaciones

Más detalles

MARCO REGULATORIO DE LOS LABORATORIOS CLÍNICOS EN CHILE JESÚS VICENT VÁSQUEZ ALVARO VILLA VICENT MARCELO CASTILLO SÁNCHEZ CARLOS NEIRA FLORES

MARCO REGULATORIO DE LOS LABORATORIOS CLÍNICOS EN CHILE JESÚS VICENT VÁSQUEZ ALVARO VILLA VICENT MARCELO CASTILLO SÁNCHEZ CARLOS NEIRA FLORES MARCO REGULATORIO DE LOS LABORATORIOS CLÍNICOS EN CHILE JESÚS VICENT VÁSQUEZ ALVARO VILLA VICENT MARCELO CASTILLO SÁNCHEZ CARLOS NEIRA FLORES MARCO REGULATORIO DE LOS LABORATORIOS CLÍNICOS EN CHILE. ARTICULO

Más detalles

EXÁMENES DE MAMOGRAFÍA Y DE PRÓSTATA, DURANTE LA JORNADA LABORAL BOLETINES Y REFUNDIDOS

EXÁMENES DE MAMOGRAFÍA Y DE PRÓSTATA, DURANTE LA JORNADA LABORAL BOLETINES Y REFUNDIDOS EXÁMENES DE MAMOGRAFÍA Y DE PRÓSTATA, DURANTE LA JORNADA LABORAL BOLETINES 7990-13 Y 8372-13 REFUNDIDOS I. DESCRIPCIÓN REFERENCIA Modifica el Código del Trabajo otorgando permiso a trabajadoras y trabajadores

Más detalles

19 de febrero de 2015

19 de febrero de 2015 19 de febrero de 2015 ACTUALIDAD NORMATIVA 1. Guía del modelo 347, declaración anual de operaciones con terceras personas.... 1 2. Castilla-La Mancha: Ley de Protección Social y Jurídica de la Infancia

Más detalles

PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO,

PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO, Dr. Fernando Enrique Mayans Canabal, Senador de la República integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso de la Unión, con

Más detalles

Modifica el Código del Trabajo para extender permiso laboral en favor del trabajador a cargo de un adulto mayor que sufre enfermedad grave

Modifica el Código del Trabajo para extender permiso laboral en favor del trabajador a cargo de un adulto mayor que sufre enfermedad grave 10299-13 MOCIÓN BOLETÍN Nc PERÍODO LEGISLATIVO --2014-2018 LEGISLATURA 363 Modifica el Código del Trabajo para extender permiso laboral en favor del trabajador a cargo de un adulto mayor que sufre enfermedad

Más detalles

Ley Nº Entre algunos aspectos relevantes que se establecen a través del artículo 84º-A encontramos:

Ley Nº Entre algunos aspectos relevantes que se establecen a través del artículo 84º-A encontramos: Ley Nº 29451 Ley que modifica el Decreto Ley Nº 19990, Sistema Nacional de Pensiones de la Seguridad Social, y establece el Régimen Especial de Jubilación para la Sociedad Conyugal y las Uniones de Hecho

Más detalles

sobre las notificaciones de pasaporte de intermediarios de crédito con arreglo a la Directiva 2014/17/UE («Directiva de crédito hipotecario»)

sobre las notificaciones de pasaporte de intermediarios de crédito con arreglo a la Directiva 2014/17/UE («Directiva de crédito hipotecario») EBA/GL/2015/19 19.10.2015 Directrices sobre las notificaciones de pasaporte de intermediarios de crédito con arreglo a la Directiva 2014/17/UE («Directiva de crédito hipotecario») 1 1. Obligaciones de

Más detalles

(BOE núm. 310, de 28 de diciembre de 2005)

(BOE núm. 310, de 28 de diciembre de 2005) Orden TAS/4054/2005, de 27 de diciembre, por la que se desarrollan los criterios técnicos para la liquidación de capitales coste de pensiones y otras prestaciones periódicas de la Seguridad Social. (BOE

Más detalles

RÉGIMEN DE EJECUCIÓN Y PRESCRIPCIÓN DE GASTOS COMUNES EN EDIFICIOS DE PROPIEDAD HORIZONTAL. M o d i f i c a c i ó n. I n f o r m e

RÉGIMEN DE EJECUCIÓN Y PRESCRIPCIÓN DE GASTOS COMUNES EN EDIFICIOS DE PROPIEDAD HORIZONTAL. M o d i f i c a c i ó n. I n f o r m e COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, CÓDIGOS, LEGISLACIÓN GENERAL Y ADMINISTRACIÓN ANEXO I AL REPARTIDO Nº 212 ABRIL DE 2016 CARPETA Nº 1213 DE 2011 RÉGIMEN DE EJECUCIÓN Y PRESCRIPCIÓN DE GASTOS COMUNES EN EDIFICIOS

Más detalles

VISTO la Actuación Nº, caratulada:, y, CONSIDERANDO:

VISTO la Actuación Nº, caratulada:, y, CONSIDERANDO: BUENOS AIRES, VISTO la Actuación Nº, caratulada:, y, CONSIDERANDO: Que un grupo de docentes que se desempeñan en la Universidad Nacional de Tucumán (UNT) bajo la categoría Ayudante Estudiantil, solicitan

Más detalles

PRIMERO.- RESIDENTES DE ESPAÑA

PRIMERO.- RESIDENTES DE ESPAÑA ORDEN de 25 de junio de 1973 por la que se regula la aplicación de los artículos 10, 11 y 12 del Convenio Hispano-Portugués para evitar la doble imposición de 29 de mayo de 1968. ( Boletín Oficial del

Más detalles

Senén Niño Avendaño Senador de la República.

Senén Niño Avendaño Senador de la República. Ley No. de 2016 SENADO Por la cual se establece el Pago de Cesantías del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio El Congreso de Colombia DECRETA: Artículo 1 o. El pago que reconozca el Fondo

Más detalles

b) Oposiciones y concursos

b) Oposiciones y concursos b) Oposiciones y concursos DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DECRETO 75/015, de 5 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 015 en el ámbito

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT AMPLÍAN EL USO DE FORMULARIOS VIRTUALES PARA LA DECLARACIÓN Y PAGO DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS E IMPUESTO A LA RENTA, CONTRIBUCIONES AL ESSALUD Y A LA ONP DE TRABAJADORES DEL HOGAR RESOLUCIÓN DE

Más detalles

BUENOS AIRES- ARGENTINA

BUENOS AIRES- ARGENTINA CENTRO DE GRADUADOS DE ECONOMICAS BUENOS AIRES- ARGENTINA EXPOSITOR: MG. DR. JOSE LUIS SIRENA ESPECIALISTAS EN DERECHO DEL TRABAJO, RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DERECHO SOCIETARIO CRITERIO A SEGUIR

Más detalles

PRESUPUESTO CIUDADANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE NAYARIT 2015

PRESUPUESTO CIUDADANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE NAYARIT 2015 PRESUPUESTO CIUDADANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE NAYARIT 2015 1 PRESUPUESTO CIUDADANO El Presupuesto de Egresos es el instrumento de política económica y social más importante con que dispone el Estado,

Más detalles

LEY No SOBRE COMERCIO ELECTRONICO, DOCUMENTOS Y FIRMAS DIGITALES AGENDA REGULATORIA DEL INDOTEL

LEY No SOBRE COMERCIO ELECTRONICO, DOCUMENTOS Y FIRMAS DIGITALES AGENDA REGULATORIA DEL INDOTEL LEY No.126-02 SOBRE COMERCIO ELECTRONICO, DOCUMENTOS Y FIRMAS DIGITALES AGENDA REGULATORIA DEL INDOTEL Para lograr la correcta implementación de la Infraestructura de Clave Pública de la República Dominicana

Más detalles

Convenio Colegio de Abogados Universidad de Costa Rica

Convenio Colegio de Abogados Universidad de Costa Rica Para ver aviso legal de clic en el siguiente Hipervínculo (NECESITA CONEXIÓN A INTERNET) http://cijulenlinea.ucr.ac.cr/condicion.htm INFORME DE INVESTIGACIÓN CIJUL TEMA: LA CONCILIACIÓN EN EL DERECHO TRIBUTARIO.

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 4 de agosto de 2010

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 4 de agosto de 2010 Orden TAS/4054/2005, de 27 de diciembre, por la que se desarrollan los criterios técnicos para la liquidación de capitales coste de pensiones y otras prestaciones periódicas de la Seguridad Social. Ministerio

Más detalles

Presidente de la Audiencia Nacional (no magistrado del Tribunal Supremo) ,36

Presidente de la Audiencia Nacional (no magistrado del Tribunal Supremo) ,36 Artículo 32. Retribuciones de los miembros de las Carreras Judicial y Fiscal, de los del Cuerpo de Secretarios Judiciales y del personal al servicio de la Administración de Justicia Uno. De acuerdo con

Más detalles

VISTO el Expediente Nº S02: /2010 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº y sus modificatorias, y

VISTO el Expediente Nº S02: /2010 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº y sus modificatorias, y PARTIDOS POLITICOS Decreto 937/2010 Reglaméntase la Ley Nº 23.298 que estableció el reconocimiento de los Partidos Políticos, constitución de las alianzas electorales y requisitos para la afiliación y

Más detalles

Que con posterioridad a la publicación de la Resolución de Superintendencia N /SUNAT, se aprobaron nuevos formularios;

Que con posterioridad a la publicación de la Resolución de Superintendencia N /SUNAT, se aprobaron nuevos formularios; Modifican la Resolución de Superintendencia N 132-2004/SUNAT que establece el procedimiento para la modificación y/o inclusión de datos consignados en los formularios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 015-2008/SUNAT

Más detalles

DERECHO TRIBUTARIO PENAL

DERECHO TRIBUTARIO PENAL DERECHO TRIBUTARIO PENAL DERECHO TRIBUTARIO PENAL Definición Características Principios rectores Regulación legal DEFINICIÓN Conjunto de normas y principios sustanciales y procesales de carácter general,

Más detalles

Bienestar y Protección Infantil

Bienestar y Protección Infantil CUADERNOS de Bienestar y Protección Infantil Publicación divulgativa sobre prevención del maltrato infantil y fomento del buentrato a la infancia y adolescencia nº. 4 VIOLENCIA CONTRA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

Más detalles

Seguridad Social. Procedimiento. Fiscalizaciones. Relevamientos de personal. Herramienta informática Trabajo Registrado en Línea.

Seguridad Social. Procedimiento. Fiscalizaciones. Relevamientos de personal. Herramienta informática Trabajo Registrado en Línea. ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS Resolución General 3655 Seguridad Social. Procedimiento. Fiscalizaciones. Relevamientos de personal. Herramienta informática Trabajo Registrado en Línea. Bs.

Más detalles

Nº / Honorable Cámara de Diputados: I. FUNDAMENTO

Nº / Honorable Cámara de Diputados: I. FUNDAMENTO REPÚBLICA DE CHILE MENSAJE DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CON EL QUE INICIA PROYECTO DE LEY QUE EXCEPTÚA POR UNA ÚNICA VEZ LA APLICACIÓN DE LAS DISPOSICIONES QUE SE INDICAN DE LAS LEYES N os 18.556

Más detalles

COBRANZAS INTERNACIONALES JUAN GABRIEL ALPIZAR MÉNDEZ

COBRANZAS INTERNACIONALES JUAN GABRIEL ALPIZAR MÉNDEZ COBRANZAS INTERNACIONALES JUAN GABRIEL ALPIZAR MÉNDEZ El porque??? Después de tipificar la letra de cambio como instrumento fundamental de las operaciones bancarias en el comercio exterior se debe tipificar

Más detalles

DIRECCIÓN DE CONTROL DEL SECTOR DESARROLLO SOCIAL

DIRECCIÓN DE CONTROL DEL SECTOR DESARROLLO SOCIAL DIRECCIÓN DE CONTROL DEL SECTOR DESARROLLO SOCIAL UNIVERSIDAD DE CARABOBO (UC) RETENCIONES Y APORTES AL PERSONAL JUBILADO Y PENSIONADO La Universidad de Carabobo (UC) es un ente corporativo de derecho

Más detalles

Establecen alícuotas de la contribución denominada Aporte por Regulación para empresas y entidades de los subsectores electricidad e hidrocarburos

Establecen alícuotas de la contribución denominada Aporte por Regulación para empresas y entidades de los subsectores electricidad e hidrocarburos Establecen alícuotas de la contribución denominada Aporte por Regulación para empresas y entidades de los subsectores electricidad e hidrocarburos DECRETO SUPREMO Nº 004-2002-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Más detalles

( 4 NOV) 2015 "Por el cual se modifica el Decreto 2682 de 2014"

( 4 NOV) 2015 Por el cual se modifica el Decreto 2682 de 2014 r : --_._-------...-----.------------:~ l.~ :r'~~ :;;;; f '.'.i....:;::::;;: ~~ ""=tft~:;: '. i:;. ;,! :'M!~lIiIIIIIiIiilIIi:iIroil...I'~ : MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA y TURISMO DECRETO NÜME~O 2129

Más detalles

REPUBLICA DE COLOMBIA DECRETO

REPUBLICA DE COLOMBIA DECRETO REPUBLICA DE COLOMBIA DECRETO Por el cual se dictan normas para asegurar la cobertura del Sistema de Seguridad Social Integral de los conductores de equipos destinados al servicio de transporte público

Más detalles

FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO CONSEJO FISCAL

FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO CONSEJO FISCAL CONSEJO FISCAL INFORME DEL CONSEJO FISCAL SOBRE PROYECTO DE REAL D E C R E T O P O R E L Q U E S E R E G U L A N L A F A B R I C A C I Ó N, PRESENTACIÓN Y VENTA DE LOS PRODUCTOS DEL TABACO Y LOS PRODUCTOS

Más detalles

INSTITUTO ESTRATÉGICO DE ESTUDIOS FISCALES A. C. Acreditamiento, compensación y devolución del IDE

INSTITUTO ESTRATÉGICO DE ESTUDIOS FISCALES A. C. Acreditamiento, compensación y devolución del IDE Acreditamiento, compensación y devolución del IDE El acreditamiento del ide, como parte esencial de este estudio, por tratarse de un impuesto recaudado por las instituciones bancarias, es difícil poder

Más detalles

VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL ORIGINAL IMPRESO (S-3553/14) PROYECTO DE LEY

VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL ORIGINAL IMPRESO (S-3553/14) PROYECTO DE LEY Senado de la Nación Secretaria Parlamentaria Dirección General de Publicaciones VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL ORIGINAL IMPRESO (S-3553/14) PROYECTO DE LEY El Senado

Más detalles

DESPACHO DEL COMISIONADO NACIONAL DE PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS

DESPACHO DEL COMISIONADO NACIONAL DE PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS República de Honduras, C.A. DESPACHO DEL COMISIONADO NACIONAL DE PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS DECRETO NUMERO 26-92 EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA, EN CONSEJO DE MINISTROS CONSIDERANDO:

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº182-2008-SUNAT Y MODIFICATORIAS QUE IMPLEMENTÓ LA EMISIÓN ELECTRÓNICA DEL RECIBO POR HONORARIOS Y EL LLEVADO DEL LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS DE MANERA ELECTRÓNICA,

Más detalles

Circular SSN 167 RESOLUCION Nº A las Entidades y Personas sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Circular SSN 167 RESOLUCION Nº A las Entidades y Personas sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación. COMUNICACIÓN SSN 2714 11/02/2011 Circular SSN 167 RESOLUCION Nº 35614 SINTESIS: Modifica Resolución 35401 A las Entidades y Personas sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Más detalles

ACUERDO 03 DE (Julio 14)

ACUERDO 03 DE (Julio 14) ACUERDO 03 DE 2004 (Julio 14) Por el cual se establece la Estructura Organizacional y las funciones de las dependencias de la EMPRESA DE RENOVACION URBANA DE BOGOTA, D.C. LA JUNTA DIRECTIVA DE EMPRESA

Más detalles

FORMULA INDICACIONES AL PROYECTO DE LEY SOBRE ACUERDO DE VIDA EN PAREJA

FORMULA INDICACIONES AL PROYECTO DE LEY SOBRE ACUERDO DE VIDA EN PAREJA FORMULA INDICACIONES AL PROYECTO DE LEY SOBRE ACUERDO DE VIDA EN PAREJA El presente documento contiene las indicaciones propuestas por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), al

Más detalles

TABLA DE RESOLUCIONES Y CIRCULARES MÁS IMPORTANTES RELATIVAS A LAS DECLARACIONES JURADAS Y CERTIFICADOS 1 RESOL. EX. N 065, D.O. 18.01.93, MODIFICADA POR RESOLS. EXS. N s. 4.571, 7.211 y 5316, D.O. 31.10.94,

Más detalles

COLEGIO DE GRADUADOS EN CIENCIAS ECONOMICAS DE TUCUMAN

COLEGIO DE GRADUADOS EN CIENCIAS ECONOMICAS DE TUCUMAN COLEGIO DE GRADUADOS EN CIENCIAS ECONOMICAS DE TUCUMAN Novedades Laborales y de la Seguridad Social año 2013 30 de mayo de 2013 Cra Marta Estela Alonso de Schulman SICOSS Versión 36 release 3 Descripción

Más detalles

MODIFICACION LEY PMG MUNICIPAL (19.803)

MODIFICACION LEY PMG MUNICIPAL (19.803) MODIFICACION LEY PMG MUNICIPAL (19.803) Subdere, Enero 2014 1 I.- ASPECTOS DE LA LEY 1. Creación de componentes y modificación de porcentajes 2. Requisitos para la aplicación 3. Porcentajes a aplicar Subdere,

Más detalles

(B.O.E. de 2 de agosto de 2011) Disposición adicional decimoséptima. Prestación de servicios domésticos a través de empresas.

(B.O.E. de 2 de agosto de 2011) Disposición adicional decimoséptima. Prestación de servicios domésticos a través de empresas. Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social (Integración del Régimen Especial de Empleados de Hogar en el Régimen General) (B.O.E. de 2

Más detalles

Resolución General AFIP N 3839/2016

Resolución General AFIP N 3839/2016 Pais ARGENTINA Norma Fiscal NACIONAL RG 3839/2016 AFIP - GANANCIAS - RENTAS TRABAJO PERSONAL - RELACION DEPENDENCIA - RÉGIMEN RETENCIONES Fecha de Publicación: 23/03/2016 Fecha de Entrada en Vigencia:

Más detalles

SANTIAGO, 22 de abril de 2014 Nº /

SANTIAGO, 22 de abril de 2014 Nº / FORMULA INDICACIONES AL PROYECTO DE LEY DE REFORMA TRIBUTARIA QUE MODIFICA EL SISTEMA DE TRIBUTACIÓN DE LA RENTA E INTRODUCE DIVERSOS AJUSTES EN EL SISTEMA TRIBUTARIO (Boletín N 9290-05) SANTIAGO, 22 de

Más detalles

PREGUNTAS Y RESPUESTAS CONCURSO BIENES PÚBLICOS PARA LA COMPETITIVIDAD REGIONAL BÍO-BÍO Fecha publicación

PREGUNTAS Y RESPUESTAS CONCURSO BIENES PÚBLICOS PARA LA COMPETITIVIDAD REGIONAL BÍO-BÍO Fecha publicación PREGUNTAS Y RESPUESTAS CONCURSO BIENES PÚBLICOS PARA LA COMPETITIVIDAD REGIONAL BÍO-BÍO Fecha publicación 07-03-2014 1. Les escribo para aclarar las siguientes consultas en relación al concurso de Bienes

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº EF

DECRETO SUPREMO Nº EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor de los pliegos Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas e Instituto de Gestión de Servicios

Más detalles

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2012 ( )

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2012 ( ) MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2012 ( ) Por el cual se reglamenta el artículo 25 de la Ley 1581 de 2012, por la cual se dictan disposiciones generales para la protección

Más detalles

Convenio Internacional del Trabajo No. 118 relativo a la Igualdad de Trato de Nacionales y Extranjeros en materia de Seguridad Social

Convenio Internacional del Trabajo No. 118 relativo a la Igualdad de Trato de Nacionales y Extranjeros en materia de Seguridad Social Convenio Internacional del Trabajo No. 118 relativo a la Igualdad de Trato de Nacionales y Extranjeros en materia de Seguridad Social 4. Clase de Instrumento: Tratado internacional Adopción: 28 de junio

Más detalles

DECRETO 2011 DE (Septiembre 28)

DECRETO 2011 DE (Septiembre 28) DECRETO 2011 DE 2012 (Septiembre 28) Por el cual se determina y reglamenta la entrada en operación de la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones, y se dictan otras disposiciones. EL PRESIDENTE

Más detalles

INSTRUCCIONES PARA LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE BASES ADMINISTRATIVAS TIPO

INSTRUCCIONES PARA LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE BASES ADMINISTRATIVAS TIPO GOBIERNO DE CHILE MINISTERIO DE HACIENDA Dirección de Presupuestos INSTRUCCIONES PARA LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE BASES ADMINISTRATIVAS TIPO LICITACION PÚBLICA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PRECERTIFICACIÓN,

Más detalles

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el. ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el. ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y Buenos Aires, 07 de abril de 2009 VISTO el Expediente N 1-252201-2009 del Registro de la ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y CONSIDERANDO: Que la Resolución Nº 9 del 11 de enero de

Más detalles

Referencia: Presentación del proyecto de ley Por medio de la cual se adiciona un parágrafo al articulo 187 de la ley 100 de 1993.

Referencia: Presentación del proyecto de ley Por medio de la cual se adiciona un parágrafo al articulo 187 de la ley 100 de 1993. Bogotá, D. C., 15 de agosto de 2008. Doctor EMILIO OTERO DAJUD Secretario General E. S. D. Referencia: Presentación del proyecto de ley Por medio de la cual se adiciona un parágrafo al articulo 187 de

Más detalles

Los universitarios son servidores públicos? A propósito de los delitos electorales en Guerrero

Los universitarios son servidores públicos? A propósito de los delitos electorales en Guerrero FERNANDO XOCHIHUA SAN MARTÍN Los universitarios son servidores públicos? A propósito de los delitos electorales en Guerrero Todo servidor público que realice actos contrarios a las leyes electorales, previa

Más detalles

LEY NÚM Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

LEY NÚM Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente Biblioteca del Congreso Nacional ------------------------------------------------------------------------------ Identificación de la Norma : LEY-20229 Fecha de Publicación : 18.12.2007 Fecha de Promulgación

Más detalles

!" #! " $ % %& " %' ( )%& * % "+&+& ", *! " " %! '!" #!! ' " # $!" /!! """, $ $&! $. 0 ". #1. 2 ", $ $ %! *& # *%!"! " $ 3!!. 4 # !# " %0!

! #!  $ % %&  %' ( )%& * % +&+& , *!   %! '! #!! '  # $! /!! , $ $&! $. 0 . #1. 2 , $ $ %! *& # *%!!  $ 3!!. 4 # !#  %0! !" #! " $ % %& " %' ( )%& * % "+&+& ", -%./" ", *! " " %! '!" #!! ' " # $!" /!! """, $ $&! $. 0 ". #1. 2 ", $ $ %! *& # *%!"! " $ 3!!. 4 # 5 60 1!# " %0!"$!7/$..# %! 5 60 "8 " 7 * /.# 1!9/*:/., )!%3" 0"

Más detalles

SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD

SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD PLAN DE TRABAJO PARA EL DESARROLLO DEL SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, ASPIRANTES, PRECANDIDATOS Y CANDIDATOS Instituto Nacional Electoral Julio 2014 Í N D I C E PRESENTACIÓN...

Más detalles

Liquidación de Prestaciones Sociales

Liquidación de Prestaciones Sociales Página 1 de 8 1. Objetivo y Alcance Establecer los pasos necesarios para la Liquidación de Prestaciones Sociales de la terminación de una relación laboral. Inicia con la liquidación de prestaciones sociales,

Más detalles

Expídese el Instructivo para el pago y registro de la decimotercera y decimocuarta remuneraciones y la participación de utilidades.

Expídese el Instructivo para el pago y registro de la decimotercera y decimocuarta remuneraciones y la participación de utilidades. PUBLICADO EN R.O. N 462 DEL 19-MAR-2015 MINISTERIO DE TRABAJO ACUERDO MDT-2015-0045 Expídese el Instructivo para el pago y registro de la decimotercera y decimocuarta remuneraciones y la participación

Más detalles

COMPETENCIA SANCIONADORA EN MATERIA DE PRESTACIONES DE DESEMPLEO Miguel Arenas Gómez Col lectiu Ronda abogado

COMPETENCIA SANCIONADORA EN MATERIA DE PRESTACIONES DE DESEMPLEO Miguel Arenas Gómez Col lectiu Ronda abogado COMENTARIO A LA STC104/2013 COMPETENCIA SANCIONADORA EN MATERIA DE PRESTACIONES DE DESEMPLEO Miguel Arenas Gómez Col lectiu Ronda abogado @MArenas_ La STC es muy extensa -33 páginas- y el recurso de inconstitucionalidad

Más detalles

La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo:

La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo: Convenio 156 sobre la igualdad de oportunidades y de trato entre trabajadores y trabajadoras: trabajadores con responsabilidades familiares (Nota: Fecha de entrada en vigor: 11:08:1983.) La Conferencia

Más detalles

Cuadro de enfermedades profesionales

Cuadro de enfermedades profesionales Página 1 de 7 English Français Português mapa del web contactar buscador del ministerio ir Novedades y Presentación Documentación Normativa Organizaciones actualidad INSHT Inicio Estudios e Homologación

Más detalles

EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA FEDERACIÓN

EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA FEDERACIÓN EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA FEDERACIÓN FACULTAD DE DERECHO DERECHO FISCAL DRA. ALICIA RAMOS FLORES Octubre de 2012. DEFINICIÓN Y ANTECEDENTE Es el instrumento jurídico, económico, y contable, en el cual

Más detalles

ANTECEDENTES. El Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, distingue entre:

ANTECEDENTES. El Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, distingue entre: PROCEDIMIENTO DE HOMOLOGACIÓN DEL GRADO EN DERECHO Y DE CONVALIDACIÓN DE ASIGNATURAS DEL GRADO EN LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (Aprobado en Junta de Facultad, sesión celebrada el 27 de junio de 2016) ANTECEDENTES

Más detalles

TITULO X De la responsabilidad de las Administraciones Públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio

TITULO X De la responsabilidad de las Administraciones Públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio TITULO X De la responsabilidad de las Administraciones Públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio CAPITULO I Responsabilidad patrimonial de la Administración Pública Artículo 139. Principios

Más detalles

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO MUNICIPIO GUACARA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO MUNICIPIO GUACARA 1 MUNICIPIO GUACARA El Concejo Municipal del Municipio Guacara del Estado Carabobo, en ejercicio de sus facultades legales y de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1 del Artículo 54, Artículos 75,

Más detalles

1.3.- FUENTES DEL DERECHO DE TRABAJO

1.3.- FUENTES DEL DERECHO DE TRABAJO 1.3.- FUENTES DEL DERECHO DE TRABAJO 1.3.1- CONCEPTO. Son consideradas fuentes del derecho los acontecimientos que producen reglas abstractas y generales. Ello quiere decir, que en principio la norma tiene

Más detalles

PROGRAMA MANUAL DE DERECHO TRIBUTARIO Y TRIBUTACION

PROGRAMA MANUAL DE DERECHO TRIBUTARIO Y TRIBUTACION PROGRAMA MANUAL DE DERECHO TRIBUTARIO Y TRIBUTACION I. PRESENTACION Este manual de derecho tributario y tributación obedece a un antiguo anhelo individual de promover el desarrollo y la investigación en

Más detalles

Clotilde Atahuaman Sumarán

Clotilde Atahuaman Sumarán ESSALUD ASEGURADOS REGULARES ACREDITACIÓN CONYUGE ALTA BAJA ACREDITACIÓN CONCUBINA ESCRITURA PÚBLICA DE UNIÓN DE HECHO RESOLUCIÓN JUDICIAL RECONOCIMIENTODE UNIÓN DE HECHO ACREDITACIÓN HIJO MENOR DE EDAD

Más detalles

NUEVO MODELO DE PROTECCIÓN PARA LA VEJEZ

NUEVO MODELO DE PROTECCIÓN PARA LA VEJEZ NUEVO MODELO DE PROTECCIÓN PARA LA VEJEZ EL ACTUAL SISTEMA PENSIONAL 6,4 millones de trabajadores cotizan o ahorran activamente En la situación actual sólo 2.000.000 se van a pensionar, es decir que el

Más detalles

DECLARACIONES 1. DE "LA AUDITORÍA":

DECLARACIONES 1. DE LA AUDITORÍA: CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN, QUE-CELEBRAN. POR UNA PARTE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN, REPRESENTADA. POR SU TITULAR EL C.P. C. ARTURO GONZÁLEZ DE ARAGÓN O. Y, POR LA

Más detalles

Las Modificaciones Presupuestarias

Las Modificaciones Presupuestarias Las Modificaciones Presupuestarias La Ley Orgánica de Administración Financiera establece en su Artículo 26º que Las normas sobre traspasos, incrementos o reducciones y demás modificaciones presupuestarias

Más detalles

ANEXO II (Artículo 9 ) TÍTULO I DE LOS COMPROBANTES. A los efectos de tramitar el comprobante Liquidación de

ANEXO II (Artículo 9 ) TÍTULO I DE LOS COMPROBANTES. A los efectos de tramitar el comprobante Liquidación de ANEXO II (Artículo 9 ) TÍTULO I DE LOS COMPROBANTES A los efectos de tramitar el comprobante Liquidación de Servicios Públicos deberán utilizarse los siguientes códigos: 17 Liquidación de Servicios Públicos

Más detalles

DINAMICA DE LA JUBILACION PARCIAL DEL PERSONAL ESTATUTARIO

DINAMICA DE LA JUBILACION PARCIAL DEL PERSONAL ESTATUTARIO DINAMICA DE LA JUBILACION PARCIAL DEL PERSONAL ESTATUTARIO 1. ANTECEDENTES. El artículo 166 de la Ley General de la Seguridad Social establece que los trabajadores que reúnan las condiciones exigidas para

Más detalles

Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS. Resolución General 3366

Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS. Resolución General 3366 Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 3366 Impuesto a las Ganancias. Entidades exentas. Artículo 20 de la ley del gravamen. Resolución General Nº 2681 y su modificatoria.

Más detalles

Tercer Año de Ejercicio Constitucional Tercer Periodo de Receso

Tercer Año de Ejercicio Constitucional Tercer Periodo de Receso Tercer Año de Ejercicio Constitucional Tercer Periodo de Receso Intervención de la diputada, Alicia Margarita sierra Navarro con las iniciativas de Decreto por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones

Más detalles

INICIATIVAS DE LEY Y DECRETOS PRESENTADOS POR EL TITULAR DEL EJECUTIVO DEL ESTADO PERIODO

INICIATIVAS DE LEY Y DECRETOS PRESENTADOS POR EL TITULAR DEL EJECUTIVO DEL ESTADO PERIODO INICIATIVAS DE LEY Y DECRETOS PRESENTADOS POR EL TITULAR DEL EJECUTIVO DEL ESTADO PERIODO 2009-2010 A. INICIATIVAS DE LEYES 1. Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Contratación de Servicios para el Ley

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CONGRESO NACIONAL: En el marco de regulación mediante leyes secundarias de las normas constitucionales para que surtan sus efectos de protección a la sociedad organizada, en tal razón

Más detalles

Cesiones de datos en acciones formativas subvencionadas. Informe 50/2006

Cesiones de datos en acciones formativas subvencionadas. Informe 50/2006 Cesiones de datos en acciones formativas subvencionadas. Informe 50/2006 La consulta plantea determinadas cuestiones relacionadas con el tratamiento de datos de carácter personal efectuado por organizaciones

Más detalles