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1 Primera Sección Buenos Aires, viernes 18 de marzo de 2016 Año CXXIV Número Precio $ 6,00 Sumario DECRETOS EVENTOS Decreto 495/2016 Exímese del pago del derecho de importación y demás gravámenes a los productos originarios y procedentes de los países participantes en el Gran Premio de la República Argentina Moto GP PRESIDENCIA DE LA NACIÓN Decreto 494/2016 Designación... 2 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS Decreto 496/2016 Dispónese adelanto financiero a la Provincia del Neuquén... 2 MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Decreto 497/2016 Desígnase Subsecretario de Gestión Productiva... 2 MINISTERIO PÚBLICO Decreto 498/2016 Acéptase renuncia... 2 DECISIONES ADMINISTRATIVAS MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Decisión Administrativa 196/2016 Desígnase Director Nacional del Instituto Nacional de la Administración Pública... 2 MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Decisión Administrativa 197/2016 Designación en la Oficina Nacional de Tecnologías de Información... 3 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decisión Administrativa 198/2016 Designaciones en la Subsecretaría de Comunicación y Contenidos de Difusión... 3 MINISTERIO DE DEFENSA Decisión Administrativa 199/2016 Desígnase Director General de Política Internacional de Defensa... 4 MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA Decisión Administrativa 200/2016 Designación... 4 MINISTERIO DE TURISMO Decisión Administrativa 201/2016 Desígnase Directora de Planes y Programas de Marketing Turístico... 5 PRESUPUESTO Decisión Administrativa 202/2016 Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Decisión Administrativa 203/2016 Designación en la Subsecretaría de Planificación de Empleo Público... 5 MINISTERIO DE CULTURA Decisión Administrativa 204/2016 Desígnase Director del Museo Malvinas e Islas del Atlántico Sur... 6 RESOLUCIONES Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Resolución 11/2016 Resolución N 24/2001. Modificación... 6 Continúa en página 2 Pág. DECRETOS #I I# EVENTOS Decreto 495/2016 Exímese del pago del derecho de importación y demás gravámenes a los productos originarios y procedentes de los países participantes en el Gran Premio de la República Argentina Moto GP Bs. As., 17/03/2016 VISTO el Expediente N S01: /2015 del Registro del ex - MINISTERIO DE ECONO- MÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y Que el GRUPO OBRAS, SERVICIOS Y DE- SARROLLOS S.A. (C.U.I.T. N ), solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de productos de merchandising tales como: remeras, gorras, camperas, llaveros y demás elementos promocionales vinculados con el evento, originarios y procedentes de los países participantes en el GRAN PREMIO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA MOTO GP 2016, a realizarse en el Autódromo de la Ciudad de Termas de Río Hondo, Provincia de SAN- TIAGO DEL ESTERO (REPÚBLICA ARGEN- TINA), del 1 al 3 de abril de Que la realización de esta muestra contribuirá con la promoción turística y el desarrollo económico de la región con el objetivo de posicionar a nuestro país en los principales mercados internacionales. Que las remeras, gorras, camperas, llaveros, y demás elementos promocionales relacionados con el evento se constituyen como materiales de apoyo importantes para ser utilizados durante el desarrollo de la manifestación ferial, por lo que se considera oportuno autorizar la importación de los mismos por un valor FOB de DÓLA- RES ESTADOUNIDENSES OCHENTA MIL (U$S ), con carácter de excepción. PRESIDENCIA DE LA NACIÓN SecretarÍa Legal y TÉcnica Dr. PABLO CLUSELLAS Secretario DirecciÓn Nacional del Registro Oficial LIC. RICARDO SARINELlI Director Nacional Que brindan apoyo institucional auspiciando este evento la EMBAJADA DE LA RE- PÚBLICA CHECA, la EMBAJADA DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA, la EMBAJADA DE ITALIA y la EMBAJADA DE ESPAÑA en nuestro país. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete. Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJE- CUTIVO NACIONAL, por el Artículo 5, inciso s) de la Ley N incorporado por la Ley N y mantenido por el Artículo 4 de la Ley N EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 Exímese del pago de los derechos de importación, del Impuesto al Valor Agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicio de estadística, por servicios portuarios y por comprobación de destino, que gravan la importación para consumo de remeras, gorras, camperas, llaveros, y demás elementos promocionales vinculados con el evento, originarios y procedentes de los países participantes en el GRAN PREMIO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA MOTO GP 2016, a realizarse en el Autódromo de la Ciudad de Termas de Río Hondo, Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO (REPÚBLICA ARGENTINA), del 1 al 3 de abril de 2016, para su exhibición y comercialización en el mencionado evento, por un monto máximo de DÓLARES ESTADOUNI- DENSES OCHENTA MIL (U$S ), con carácter de excepción, tomando como base de cálculo valores FOB. Art. 2 Instrúyese a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS a que practique los controles pertinentes en el evento referenciado, con el objeto de que la mercadería ingresada con los beneficios establecidos en el Artículo 1 del presente decreto, sea destinada exclusivamente a los fines propuestos por la Ley N Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MACRI. Marcos Peña. Alfonso de Prat Gay. Francisco A. Cabrera. #F F# dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº Domicilio legal Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax y líneas rotativas

2 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº #I I# PRESIDENCIA DE LA NACIÓN Decreto 494/2016 Designación. Bs. As., 17/03/2016 VISTO, el artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTI- TUCIÓN NACIONAL. EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 Desígnase, a partir del 10 de diciembre de 2015, Asesora del Señor PRESIDENTE DE LA NACIÓN, con rango y jerarquía de Subsecretario, a la Licenciada María REUSSI (D.N.I. N ). Art. 2 Incorpórase con carácter de excepción, el cargo citado en el artículo 1 de la presente medida, en los artículos 1, 2 y 3, así como en el inciso c) de la Planilla Anexa al artículo 1 de la Decisión Administrativa N 477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorios. Art. 3 Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MACRI. Marcos Peña. #F F# #I I# MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS Decreto 496/2016 Dispónese adelanto financiero a la Provincia del Neuquén. Bs. As., 17/03/2016 VISTO el Expediente N S01: /2016 del Registro del MINISTERIO DE HACIENDA Y FI- NANZAS PÚBLICAS, la Ley N , Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) y la Ley N y sus modificaciones, y Que el Gobierno de la Provincia del NEU- QUÉN se ve impedido, en forma transitoria, de atender financieramente los compromisos más urgentes derivados de la ejecución de su presupuesto de gastos y amortización de deudas. Que en función de ello, resulta necesario procurar soluciones inmediatas a las dificultades financieras transitorias por las que atraviesa la Provincia. DISPOSICIONES Subsecretaría de Comercio Interior SISTEMA ELECTRÓNICO DE PUBLICIDAD DE PRECIOS ARGENTINOS Disposición 7/2016 Categorización de productos. Reglamentación... 8 CONCURSOS OFICIALES Nuevos... 9 AVISOS OFICIALES Nuevos... 9 REGISTRO NACIONAL DE ARMAS Armas de Fuego. Solicitudes de Tenencia y Portación Anteriores CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO 50 Pág. Que el Artículo 124 de la Ley N , Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), autoriza al ex MINISTERIO DE ECONO- MÍA Y FINANZAS PÚBLICAS actual MINISTE- RIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, a acordar a las Provincias y al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, anticipos a cuenta de las respectivas participaciones en el producido de los Impuestos Nacionales sujetos a distribución o de los montos previstos en el Compromiso Federal. Que conforme a la norma reseñada en el considerando anterior, dichos anticipos deberán ser reintegrados dentro del mes de su otorgamiento, mediante la retención del producido de los mismos impuestos coparticipados. Que, por su lado, el citado artículo dispone que el PODER EJECUTIVO NACIONAL, con opinión favorable del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, podrá ampliar dicho plazo de devolución, sin exceder el ejercicio fiscal en que se otorgue. Que, asimismo, la norma en trato dispone que los montos anticipados devengarán intereses sobre saldos, desde la fecha de su desembolso hasta la de su efectiva devolución, de acuerdo con la tasa y la modalidad que allí se establece. Que en virtud de lo expuesto, y teniendo en cuenta el requerimiento formulado por la Provincia del NEUQUÉN, así como su participación en el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, corresponde otorgar el mentado anticipo, cuya devolución operará dentro del presente ejercicio fiscal, con el fin de cubrir dificultades financieras transitorias. Que el Artículo 56 de la Ley N , Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) dispone, entre otras cuestiones, que la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTE- RIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 70 in fine de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N y sus modificaciones, afectará la Coparticipación Federal de Impuestos de aquellas Provincias y/o Municipios que mantengan deudas con el TESORO NACIONAL. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINAN- ZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el Artículo 124 de la Ley N , Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014). EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 Dispónese otorgar, a través de la SECRETARÍA DE HACIENDA dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚ- BLICAS, un adelanto financiero a la Provincia del NEUQUÉN, por hasta la suma total de PESOS QUINIENTOS MILLONES ($ ). Art. 2 Facúltase a la SECRETARÍA DE HA- CIENDA a disponer la cancelación de los anticipos otorgados con más los intereses que se devenguen, la que se efectuará mediante la afectación de la respectiva participación en el Régimen de la Ley N y sus modificaciones, o el que lo sustituya y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico. Art. 3 Establécese que, a los fines de dar cumplimiento con la presente medida, el Gobierno de la Provincia del NEUQUÉN deberá: a) Afectar su participación en el Régimen de Distribución de Recursos Fiscales entre la Nación y las Provincias establecido por la Ley N y sus modificaciones o el régimen que lo sustituya y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico por hasta los montos anticipados con más sus intereses. b) Autorizar a la SECRETARÍA DE HACIENDA a retener automáticamente los fondos emergentes de la Ley N y sus modificaciones o el régimen que la sustituya y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico por hasta los montos anticipados, a fin de cancelar los fondos que se otorgan más sus intereses. Art. 4 La CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN registrará la presente erogación en concepto de anticipo de fondos de la TESORERÍA GE- NERAL DE LA NACIÓN, ambas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SE- CRETARÍA DE HACIENDA y cargará en la cuenta el importe equivalente a la Provincia del NEUQUÉN. Art. 5 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MACRI. Marcos Peña. Alfonso de Prat Gay. #F F# #I I# MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Decreto 497/2016 Desígnase Subsecretario de Gestión Productiva. Bs. As., 17/03/2016 VISTO el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITU- CIÓN NACIONAL. EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 Desígnase, a partir del 5 de enero de 2016, al Licenciado en Economía Don Sergio Alejandro DRUCAROFF (M.I. N ) en el cargo de Subsecretario de Gestión Productiva de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN. Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MACRI. Francisco A. Cabrera. #F F# #I I# MINISTERIO PÚBLICO Decreto 498/2016 Acéptase renuncia. Bs. As., 17/03/2016 VISTO el Expediente N S04: /2016 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERE- CHOS HUMANOS, y Que el señor doctor Alberto Oscar ARAGO- NE, ha presentado su renuncia, a partir del 1 de abril de 2016, al cargo de DEFENSOR PUBLICO OFICIAL ante el TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE SAN LUIS, PROVINCIA DE SAN LUIS. Que es necesario proceder a su aceptación. Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7) de la CONSTITUCION NACIONAL. EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 Acéptase, a partir del 1 de abril de 2016, la renuncia presentada por el señor doctor Alberto Oscar ARAGONE (D.N.I. N ), al cargo de DEFENSOR PUBLICO OFICIAL ante el TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE SAN LUIS, PROVINCIA DE SAN LUIS. Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MACRI. Germán C. Garavano. #F F# DECISIONES ADMINISTRATIVAS #I I# MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Decisión Administrativa 196/2016 Desígnase Director Nacional del Instituto Nacional de la Administración Pública. Bs. As., 17/03/2016 VISTO el Expediente N CUDAP: EXP-JGM: /2016, la Ley N , los Decretos Nros de fecha 3 de diciembre de 2008, 151 de fecha 17 de diciembre de 2015, 227 de fecha 20 de enero de 2016, y Que por la Ley N se aprobó el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio Que por el artículo 7 de la citada Ley se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados, existentes a la fecha de sanción de las mismas en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros. Que a través del Decreto N 151 de fecha 17 de diciembre de 2015, se transfirió la SECRE- TARIA DE GABINETE y sus unidades organizativas dependientes con excepción de la SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA INS- TITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA, desde la órbita de la JEFA- TURA DE GABINETE DE MINISTROS a la órbita del MINISTERIO DE MODERNIZACION, encontrándose dentro de dichas unidades el INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRA- CION PUBLICA y la DIRECCION GENERAL DE RELACIONES INTERNACIONALES. Que mediante Decreto N 404 de fecha 12 de marzo de 2015 se dio por designado, con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a partir del 9 de marzo de 2015, al Licenciado D. Eduardo Arturo SALAS (D.N.I. N ) como Director General de Relaciones Internacionales de la ex SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EM- PLEO PÚBLICO de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINE- TE DE MINISTROS, quien revista en un cargo Nivel A - Grado 9 del Tramo Avanzado, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios. Que por Decreto N 2725 de fecha 2 de diciembre de 2015 se prorrogó a partir del 1 de

3 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº diciembre de 2015 y por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles la designación transitoria mencionada en el considerando que antecede. Que en virtud de las necesidades operativas y de servicio existentes, resulta aconsejable por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, disponer la limitación de la función de Director General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, del Licenciado D. Eduardo Arturo SALAS (D.N.I. N ). Que asimismo se propicia la designación transitoria del Licenciado SALAS en el cargo de Director Nacional del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA del MI- NISTERIO DE MODERNIZACION. Que por el Decreto N 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP). Que el cargo Director Nacional del INSTITU- TO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA del referido Ministerio deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida. Que mediante el Decreto N 227 de fecha 20 de enero de 2016 se estableció entre otras cuestiones que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente. Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno. Que el cargo aludido se encuentra vacante y cuenta con el financiamiento correspondiente. Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MI- NISTERIO DE MODERNIZACIÓN. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 7 de la Ley Nro , y el artículo 1 de Decreto N 227 de fecha 20 de enero de EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1 Limítase a partir del 15 de febrero de 2016, la prórroga de la designación transitoria efectuada oportunamente mediante el Decreto N 404 del 12 de marzo de 2015, prorrogado por su similar N 2725 de fecha 2 de diciembre de 2015, al Licenciado Eduardo Arturo SALAS (D.N.I. N ) como Director General de Relaciones Internacionales de la entonces SUBSECRE- TARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la ex - SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, actualmente en la órbita del MINISTERIO DE MODERNIZACION. Art. 2 Desígnase, con carácter transitorio, a partir del 16 de febrero de 2016, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, al Licenciado D. Eduardo Arturo SALAS (D.N.I. N ) como Director Nacional del INS- TITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA en el ámbito del MINISTERIO DE MO- DERNIZACION, quien revista en un cargo Nivel A - Grado 9 Tramo Avanzado, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N Art. 3 El cargo involucrado en el artículo 2 de la presente deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N 2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida. Art. 4 El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del Presupuesto vigente de la Jurisdicción 26 - MI- NISTERIO DE MODERNIZACION. Art. 5 Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña. Andrés H. Ibarra. #F F# #I I# MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Decisión Administrativa 197/2016 Designación en la Oficina Nacional de Tecnologías de Información. Bs. As., 17/03/2016 VISTO el Expediente N CUDAP: EXP-JGM: /2015, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N , las Leyes Nros y , los Decretos Nros de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 151 de fecha 17 de diciembre de 2015, 13 de fecha 5 de enero de 2016 y 227 de fecha 20 de enero de 2016, y Que por las Leyes Nros y se aprobó el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para los Ejercicios 2015 y 2016, respectivamente. Que por el artículo 7 de las citadas Leyes se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados, existentes a la fecha de sanción de las mismas en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros. Que por el Decreto N de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP). Que a través del Decreto N 151 de fecha 17 de diciembre de 2015, se transfirió la SECRE- TARIA DE GABINETE y sus unidades organizativas dependientes, con excepción de la SUBSECRETARÍA PARA LA REFORMA INS- TITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA, desde la órbita de la JEFA- TURA DE GABINETE DE MINISTROS a la órbita del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, encontrándose dentro de dichas unidades la de Coordinador de Software Público de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍA y CIBERSEGURIDAD de la precitada cartera ministerial. Que el cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por Decreto N 2.098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIEN- TO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida. Que en el caso del Licenciado José Manuel LEZAMA ALTUNA (DNI N ), resulta necesario que sea exceptuado al requisito de la nacionalidad establecido en el artículo 4, inciso a) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N Que mediante el artículo 1 del Decreto N 227 de fecha 20 de enero de 2016 se estableció, entre otras cuestiones, que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación del personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a los cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y a aquellos extraescalafonarios, vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad con las estructuras jurisdiccionales aprobadas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad que corresponda. Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados ni constituye asignación de recurso alguno. Que el cargo aludido se encuentra vacante y cuenta con el financiamiento correspondiente. Que la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES Y FORTALECIMIENTO DEL SERVICIO CIVIL del MINISTERIO DE MO- DERNIZACIÓN, ha tomado la intervención de su competencia. Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MI- NISTERIO DE MODERNIZACIÓN. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, de los artículos 7 de las Leyes Nros y , 1 del Decreto N 227/16 y del artículo 4 inciso a) del Anexo de la Ley N #I I# JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decisión Administrativa 198/2016 EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1 Dar por designado, a partir del 28 de abril de 2015, con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente medida, al Licenciado José Manuel LEZAMA ALTUNA (DNI N ), en un cargo Nivel C - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLI- CO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N 2.098/08, como Coordinador de Software Público de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLO- GÍAS DE INFORMACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍA y CIBERSEGURIDAD del MI- NISTERIO DE MODERNIZACIÓN, con carácter de excepción al requisito de nacionalidad establecido en el artículo 4, inciso a) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N y al artículo 7 de las Leyes Nros y Art. 2 El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV; y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida. Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes a la Jurisdicción 26 - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN. Art. 4 Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña. Andrés H. Ibarra. #F F# Designaciones en la Subsecretaría de Comunicación y Contenidos de Difusión. Bs. As., 17/03/2016 VISTO el Expediente N CUDAP: EXP-JGM: /2016 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N , el Decreto N 227 de fecha 20 de enero de 2016, las Decisiones Administrativas Nros. 19 de fecha 2 de febrero de 2012 y 552 de fecha 24 de julio de 2012, la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N 85 de fecha 5 de marzo de 2012, las Resoluciones Conjuntas de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARÍA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, Nros. 30 y 42, respectivamente, de fecha 9 de marzo de 2012, 44 y 56, respectivamente, de fecha 20 de marzo de 2012 y 299 y 247, respectivamente, de fecha 27 de agosto de 2012 y lo solicitado por la SE- CRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y Que por la Ley N se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio Que el artículo 7 de la mencionada ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes y financiados existentes a la fecha de sanción de la presente ley ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros. Que mediante el Decreto N 227 de fecha 20 de enero de 2016 se estableció, entre otras cuestiones, que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente. Que por el artículo 1 de la Decisión Administrativa N 19 de fecha 2 de febrero de 2012 se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JE- FATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Que por la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N 85 de fecha 5 de marzo de 2012 se aprobaron las Coordinaciones en el ámbito de la SECRETARÍA DE COMUNI- CACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Que mediante la Resolución Conjunta de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDI- NACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETA- RÍA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, Nros. 30 y 42, respectivamente, de fecha 9 de marzo de 2012, se incorporaron y reasignaron en el No-

4 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº menclador de Funciones Ejecutivas diversos cargos pertenecientes a la Secretaría citada precedentemente, entre ellos los correspondientes a las unidades organizativas Dirección General de Producción Publicitaria, asignándole el Nivel I, Dirección de Producción Gráfica y Dirección de Producción Audiovisual, asignándole a ambas el Nivel III, dependientes de la DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN PUBLICITARIA, todas en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Que consecuentemente, mediante la Resolución Conjunta de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS- TROS y de la SECRETARÍA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINAN- ZAS PÚBLICAS, Nros. 44 y 56, respectivamente, de fecha 20 de marzo de 2012, se incorporaron, homologaron y reasignaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas diversos cargos pertenecientes a la Secretaría citada precedentemente, entre ellos los correspondientes a las unidades organizativas Coordinación de Prensa Gráfica y Coordinación de Prensa Audiovisual, ambas dependientes de la DIRECCIÓN DE PRENSA y Coordinación de Información Audiovisual dependiente de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN, todas pertenecientes a la DIRECCIÓN GENERAL DE PRENSA de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CON- TENIDOS DE DIFUSIÓN de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, asignándole a cada una de ellas el Nivel IV. Que posteriormente, mediante la Decisión Administrativa N 552 de fecha 24 de julio de 2012 se sustituyó el Anexo I al artículo 1 de la Decisión Administrativa N 19/12, incorporando la Dirección de Locución Presidencial y Publicitaria perteneciente a la DIRECCIÓN GENERAL DE DIFUSIÓN PRESIDENCIAL de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Que mediante la Resolución Conjunta de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDI- NACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETA- RÍA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, Nros. 299 y 247, respectivamente, de fecha 27 de agosto de 2012, se incorporó en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas el cargo correspondiente a la unidad organizativa Dirección de Locución Presidencial y Publicitaria, asignándole el Nivel II, perteneciente a la DIRECCIÓN GENERAL DE DIFUSIÓN PRESIDENCIAL de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Que en el ámbito de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GA- BINETE DE MINISTROS se encuentran vacantes y financiados los cargos de los titulares de las unidades organizativas mencionadas en los considerandos precedentes, que por la particular naturaleza de las acciones asignadas a las mismas, resulta necesario proceder a su cobertura transitoria con cierta inmediatez. Que las personas propuestas deberán ser exceptuadas del cumplimiento de los requisitos mínimos previstos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios. Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno. Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNI- CA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención correspondiente. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7 de la Ley N y 1 del Decreto N 227/16. EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1 Desígnase, a partir del 1 de enero de 2016, con carácter transitorio, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al personal nominado en la planilla que, como Anexo, forma parte integrante de la presente medida, y de acuerdo al detalle obrante en la misma, autorizándose los correspondientes pagos de las Funciones Ejecutivas del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio citado precedentemente, y con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley N Art. 2 Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N 2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1 de la presente medida. Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes al Programa 19 Prensa y Difusión de Actos de Gobierno de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña. Rogelio Frigerio. ANEXO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN PUBLICITARIA APELLIDO Y NOMBRES D.N.I. N NIVEL GRADO F.E. FUNCIÓN ZAMBRINI, Mariana Soledad A - 0 I Directora General de Producción Publicitaria LEVANAVICIUS, Darío B - 0 III Director de Producción Gráfica FEROCE, Sophia Agustina B - 0 III Directora de Producción Audiovisual DIRECCIÓN GENERAL DE PRENSA APELLIDO Y NOMBRES D.N.I. N NIVEL GRADO F.E. FUNCIÓN SOBRADO, Gerardo Raúl B - 0 IV Coordinador de Prensa Gráfica APELLIDO Y NOMBRES D.N.I. N NIVEL GRADO F.E. FUNCIÓN FERNÁNDEZ, Guadalupe B - 0 IV Coordinadora de Prensa Audiovisual PERALTA, Marcelo Alejandro B - 0 IV Coordinador de Información Audiovisual DIRECCIÓN GENERAL DE DIFUSIÓN PRESIDENCIAL APELLIDO Y NOMBRES D.N.I. N NIVEL GRADO F.E. FUNCIÓN BUA, Mariana Laura B - 0 II Directora de Locución Presidencial y Publicitaria #I I# MINISTERIO DE DEFENSA Decisión Administrativa 199/2016 Desígnase Director General de Política Internacional de Defensa. Bs. As., 17/03/2016 VISTO el Expediente N 9259/2016 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, la Ley N , el Decreto N 227 del 20 de enero de 2016, el Decreto N 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y Que por la Ley N se aprobó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio Que el artículo 7 de la mencionada ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes y financiados existentes al 1 de enero de 2016, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros. Que por el Decreto N 227/16 confirió al señor Jefe de Gabinete de Ministros la facultad de designar al personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no permanente. Que se encuentra vacante el cargo de Director General de Política Internacional de Defensa dependiente de la SUBSECRE- TARÍA DE ASUNTOS INTERNACIONALES DE LA DEFENSA de la SECRETARÍA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES del MINISTERIO DE DEFENSA. Que resulta indispensable cubrir transitoriamente dicho cargo, con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la citada Dirección General. Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria resulta menester efectuar la designación con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 7 de la Ley N y por el artículo 1 del Decreto N 227/16. EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1 Desígnase, a partir del 1 de enero de 2016, con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en el cargo de Director General de Política Internacional de Defensa dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS INTERNA- CIONALES DE LA DEFENSA de la SECRETA- RÍA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES del MINISTERIO DE DEFENSA al señor Carlos #F F# Alberto RAMIREZ (DNI. N ), Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚ- BLICO SINEP homologado por el Decreto N 2098/08 y modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I, y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N Art. 2 El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SINEP homologado por el Decreto N 2098/08 y modificatorios, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 1 de enero de Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 45 - MINISTERIO DE DEFENSA. Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFI- CIAL y archívese. Marcos Peña. Julio C. Martínez. #F F# #I I# MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA Decisión Administrativa 200/2016 Designación. Bs. As., 17/03/2016 VISTO el Expediente N S05: /2016 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUS- TRIA, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 aprobado por la Ley N , los Decretos Nros de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, de fecha 28 de diciembre de 2012 y 227 de fecha 20 de enero de 2016, y Que por el Artículo 7 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 aprobado por la Ley N , se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la referida norma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros. Que el Decreto N 227 de fecha 20 de enero de 2016 dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente. Que por el Decreto N de fecha 28 de diciembre de 2012, se creó, con dependencia directa del Subsecretario de Coordinación Técnica y Administrativa del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA- NADERÍA Y PESCA, UN (1) cargo extraescalafonario de Coordinador Técnico.

5 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Que atento que el referido cargo se encuentra vacante, se considera imprescindible la cobertura del mismo. Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 aprobado por la Ley N , y 1 del citado Decreto N 227/16. EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1 Desígnase al Licenciado en Administración D. Gabriel Alejandro CÁCE- RES (M.I. N ), a partir del 1 de febrero de 2016 como Coordinador Técnico, con dependencia directa del señor Subsecretario de Coordinación Técnica y Administrativa del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, en UN (1) cargo extraescalafonario, con una remuneración equivalente al Nivel A - Grado 0 - Función Ejecutiva I, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.) homologado por el Decreto N de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7 de la Ley N Art. 2 El gasto que demande el cumplimiento del presente acto será imputado con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA. Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Marcos Peña. Ricardo Buryaile. #F F# #I I# MINISTERIO DE TURISMO Decisión Administrativa 201/2016 Desígnase Directora de Planes y Programas de Marketing Turístico. Bs. As., 17/03/2016 VISTO el Expediente N STN: /2016 del Registro del MINISTERIO DE TURISMO, la Ley N de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, los Decretos Nros. 2,098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y 227 de fecha 20 de enero de 2016, la Decisión Administrativa N 10 de fecha 19 de enero de 2016, y Que por la Ley N se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio Que el Artículo 7 de la citada ley dispuso que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros. Que por el Artículo 1 del Decreto N 227 de fecha 20 de enero de 2016 se estableció que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente. Que en virtud de específicas razones de servicio de la Dirección de Planes y Programas de Marketing Turístico dependiente de la Dirección Nacional de Marketing y Promoción de la SUBSECRETARÍA DE PRO- MOCIÓN TURÍSTICA NACIONAL de la SE- CRETARÍA DE TURISMO del MINISTERIO DE TURISMO, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III, de Directora de Planes y Programas de Marketing Turístico. Que tal requerimiento implica resolver la cobertura transitoria de dicho cargo mediante una excepción a lo dispuesto en el Artículo 7 de la Ley N y en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.) homologado por el Decreto N de fecha 3 de diciembre de Que la Dirección General de Administración y la Dirección General de Recursos Humanos y Organización, ambas de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE TURISMO, han tomado la intervención que les compete. Que la Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE TURISMO ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIO- NAL y el Artículo 7 de la Ley N y 1 del Decreto N 227/16. EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1 Exceptúase al MINISTERIO DE TURISMO de lo previsto en el Artículo 7 de la Ley N de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, a los efectos de cubrir UN (1) cargo vacante Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III, de Directora de Planes y Programas de Marketing Turístico dependiente de la Dirección Nacional de Marketing y Promoción de la SUBSECRE- TARÍA DE PROMOCIÓN TURÍSTICA NACIO- NAL de la SECRETARÍA DE TURISMO del citado Ministerio. Art. 2 Desígnase con carácter transitorio, a partir del 1 de enero de 2016 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la Licenciada Da. Mariángeles SAMAMÉ (M.I. N ) en UN (1) cargo Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III, de Directora de Planes y Programas de Marketing Turístico dependiente de la Dirección Nacional de Marketing y Promoción de la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN TURÍSTICA NACIONAL de la SE- CRETARÍA DE TURISMO del MINISTERIO DE TURISMO, autorizándose el pago de la referida función ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N de fecha 3 de diciembre de 2008 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del citado Convenio Colectivo. Art. 3 El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.) homologado por el Decreto N 2.098/08, en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 1 de enero de Art. 4 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto correspondiente a la Jurisdicción 53 - MINISTERIO DE TURISMO. Art. 5 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Marcos Peña. José G. Santos. #F F# #I I# PRESUPUESTO Decisión Administrativa 202/2016 Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio Bs. As., 17/03/2016 VISTO el Expediente N /2016 del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 y la Decisión Administrativa N 10 de fecha 19 de enero de 2016, y Que resulta necesario adecuar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DE SEGU- RIDAD, con el objeto de reforzar los créditos del Programa 43 - Acciones de Protección Civil, Prevención de Emergencias y Alerta Temprana a Desastres, destinados al Fondo de Emergencia del Sistema Federal de Emergencias. Que el mencionado refuerzo se compensa con la reducción de los créditos vigentes correspondientes a la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO. Que la presente medida se encuentra amparada en las disposiciones del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N y sus modificaciones. EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1 Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo. Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Marcos Peña. Alfonso de Prat Gay. NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha Ciudad Autónoma de Buenos Aires). #F F# #I I# MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Decisión Administrativa 203/2016 Designación en la Subsecretaría de Planificación de Empleo Público. Bs. As., 17/03/2016 VISTO el Expediente N CUDAP: EXP-JGM: /16 del registro del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, aprobado por la Ley N y distribuido por la Decisión Administrativa N 10 de fecha 19 de enero de 2016, el Decreto N 841 de fecha 4 de junio de 2014, el Decreto N 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, Decreto N 151 de fecha 17 de diciembre de 2015, el Decreto N 227 de fecha 20 de enero de 2016, la Resolución N 85 de fecha 5 de marzo de 2012 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Que por Decreto N 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N 438 del 12 de marzo de 1992), y sus modificatorias, creando entre otros, el MINIS- TERIO DE MODERNIZACIÓN. Que por Resolución N 85 de fecha 5 de marzo de 2012 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se creó en la órbita de la Dirección de Extensión Académica del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA dependiente de la entonces SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDI- NACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFA- TURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Coordinación de la Escuela Superior de Gobierno. Que a través del Decreto N 841 de fecha 4 de junio de 2014 se transfirió la Coordinación de la Escuela Superior de Gobierno del ámbito de la Dirección de Extensión Académica del INSTITUTO NACIO- NAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, dependiente de la entonces SUBSECRE- TARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS- TROS, a la órbita de la ex SUBSECRE- TARÍA DE FORMACIÓN EN POLÍTICAS PÚBLICAS de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINIS- TRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Que el Decreto N 151 de fecha 17 de diciembre de 2015, transfirió la SECRE- TARÍA DE GABINETE y sus unidades organizativas dependientes, con excepción de la SUBSECRETARÍA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALE- CIMIENTO DE LA DEMOCRACIA, desde la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a la órbita del MINISTE- RIO DE MODERNIZACIÓN, encontrándose dentro de dichas unidades la COOR- DINACIÓN DE LA ESCUELA SUPERIOR DE GOBIERNO. Que por Ley N se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma en las jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS. Que por el artículo 1 del Decreto N 227 de fecha 20 de enero de 2016, se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente. Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo de Coordinador de la Escuela Superior de Gobierno del MI- NISTERIO DE MODERNIZACIÓN. Que la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES Y FORTALECIMIENTO DEL SERVICIO CIVIL del MINISTERIO DE MO- DERNIZACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

6 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUN- TOS JURIDICOS del MINISTERIO DE MO- DERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta con arreglo a las atribuciones previstas en el artículo 100, inciso 3, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en el artículo 7 de la Ley N , y en el artículo 1 del Decreto Nº 227/16. EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1 Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 1 de Marzo de 2016, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, al Licenciado D. Maximiliano Ulises CAMPOS RÍOS (D.N.I N ) como Coordinador de la Escuela Superior de Gobierno, de la SUBSE- CRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZA- CIÓN, en UN (1) cargo Nivel B Grado 0 autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por Decreto N 2.098/08 y sus modificatorios y complementarios, con carácter de excepción al artículo 7 de la Ley N Art. 2 El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por Decreto N 2.098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida. Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 26 - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN. Art. 4 Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFI- CIAL y archívese. Marcos Peña. Andrés H. Ibarra. #F F# #I I# MINISTERIO DE CULTURA Decisión Administrativa 204/2016 Desígnase Director del Museo Malvinas e Islas del Atlántico Sur. Bs. As., 17/03/2016 VISTO el Expediente CUDAP N 366/16 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, la Ley N , los Decretos Nros. 35 de fecha 7 de enero de 2016 y N 227 de fecha 20 de enero de 2016, y Que por la Ley citada en el Visto, se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS. Que por Decreto N 227 de fecha 20 de enero de 2016 se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas, será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente. Que por el Decreto N 35/16 se sustituyó del Anexo I al artículo 1 del Decreto N 357 del 21 de febrero de 2002 Organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría el apartado XXVII - MINISTERIO DE CULTURA y se aprobó la conformación organizativa de la citada jurisdicción, estableciéndose que hasta tanto se aprueben las unidades de nivel inferior a las aprobadas por dicho Decreto, conservarán su vigencia las existentes que hayan sido transferidas desde otros ministerios o secretarías con sus acciones, dotaciones, niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto N 2098/08. Que, encontrándose vacante el cargo de Director del MUSEO MALVINAS E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA, resulta imprescindible disponer su cobertura transitoria. Que, a tal fin, el MINISTERIO DE CULTURA propone se designe transitoriamente en el cargo de Director del citado Museo al doctor Federico Guillermo LORENZ. Que en virtud de lo dispuesto mediante la Resolución Conjunta S.G. N 251 y S.H. N 270 de fecha 8 de octubre de 2015, el cargo de Director del MUSEO MALVINAS E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR se homologó y reasignó en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del MINISTERIO DE CULTU- RA con el Nivel III. Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUN- TOS JURÍDICOS del organismo de origen, ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta con arreglo a las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en el artículo 7 de la Ley N y el artículo 1 del Decreto N 227 de fecha 20 de enero de EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1 Desígnase transitoriamente, a partir del 1 de febrero de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al doctor Federico Guillermo LORENZ (DNI N ) en un cargo de la Planta Permanente Nivel B, Grado 0, como DIREC- TOR del MUSEO MALVINAS E ISLAS DEL AT- LÁNTICO SUR en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del Sistema Nacional de Empleo Público (SI- NEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N 2098/08, con carácter de excepción al artículo 7 de la Ley N Art. 2 El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del día 1 de febrero de Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa, será atendido con las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 72 - MINIS- TERIO DE CULTURA. Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Marcos Peña. Alejandro P. Avelluto. #F F# #I I# Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Resolución 11/2016 Resolución N 24/2001. Modificación. Bs. As., 17/03/2016 VISTO el Expediente N S01: /2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las Leyes Nros , , su modificatoria y complementarias, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N 438/92) y sus modificaciones, el Decreto N 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, las Resoluciones Nros. 24 de fecha 15 de febrero de 2001 y sus modificatorias, y 22 de fecha 26 de abril de 2001, ambas de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONO- MÍA, 21 de fecha 10 de agosto de 2010, 50 de fecha 25 de abril de 2013 y 357 de fecha 29 de junio de 2015, todas de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, y RESOLUCIONES Que a través del dictado del Decreto N 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se sustituyó el Artículo 1 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N 438/92) y sus modificaciones, creando el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN. Que el Artículo 5 del referido decreto sustituye, entre otros, el Artículo 20 bis de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N 438/92) y sus modificaciones, atribuyéndole competencias al Ministerio citado en el considerando precedente. Que a través del Decreto N 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, asignándole a la SECRETA- RÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del mencionado Ministerio competencia en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes Nros y , su modificatoria y complementarias, y de las normas dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación. Que la Ley N tiene por objeto el fortalecimiento competitivo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que desarrollen actividades productivas en el país, mediante la creación de nuevos instrumentos y la actualización de los vigentes, con la finalidad de alcanzar un desarrollo más integrado, equilibrado, equitativo y eficiente de la estructura productiva. Que el Artículo 1 del Título I de la Ley N establece que la Autoridad de Aplicación deberá definir las características de las empresas que serán consideradas Micro, Pequeñas y Medianas a los efectos de la implementación de los distintos instrumentos de dicha ley. Que el Artículo 55 de la referida ley designó como Autoridad de Aplicación a la ex SE- CRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA. Que, en atención a la normativa antes referida, la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA es la Autoridad de Aplicación de los Títulos I y II de las Leyes Nros y , su modificatoria y complementarias, y de las normas dictadas en consecuencia, en virtud de lo dispuesto por el Decreto N 357/02 y sus modificaciones. Que por la Resolución N 24 de fecha 15 de febrero de 2001 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias, se reglamentó el Artículo 1 del Título I de la Ley N y se adoptó una definición a los efectos de caracterizar la condición de Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en función de la variable ventas totales anuales. Que, posteriormente, fueron dictadas la Resolución N 22 de fecha 26 de abril de 2001 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, las Disposiciones Nros. 303 de fecha 17 de agosto de 2004 y 147 de fecha 23 de octubre de 2006, ambas de la ex SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMER- CIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, y finalmente las Resoluciones Nros. 21 de fecha 10 de agosto de 2010, 50 de fecha 25 de abril de 2013 y 357 de fecha 29 de junio de 2015, todas de la ex SE- CRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA. Que dichas medidas tuvieron como objetivo modificar, sustituir y/o complementar los alcances de la caracterización de Micro, Pequeña y Mediana Empresa establecida en la Resolución N 24/01 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA y sus modificatorias, actualizando los valores máximos de las ventas totales anuales establecidos originariamente. Que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas son un verdadero motor de creación de empleo y valor en la economía y son los actores más dinámicos en los procesos de desarrollo económico. Que en el marco de un nuevo ciclo de gestión de gobierno, y a fin de cumplir los objetivos de política pública de erradicación de la pobreza, resulta primordial la promoción del empleo y el desarrollo productivo, dimensionar el segmento de las empresas que pueden contribuir con mayor énfasis a estos propósitos y adecuar los instrumentos de fomento a tales fines.

7 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Que es por ello que se propicia modificar la lógica de actualizar la categorización de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas mediante la mera actualización nominal de variables cuantitativas, así como recuperar las categorías internas de la definición para dimensionar la población objetivo de políticas específicas dirigidas a cada subsegmento de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. Que a los fines de dimensionar el universo de las mismas al interior de cada sector de actividad de la economía argentina, se han considerado los límites de facturación por subsegmento que resulten acordes con la evidencia internacional para países de ingresos medio altos, en términos de cantidad de empresas, niveles de ocupación y ventas. Que los países en desarrollo se caracterizan por la existencia de un fenómeno que se ha denominado vacío intermedio, que consiste en tener en un extremo, una multitud de microempresas y, en el otro, a las grandes empresas, pero entre ambos extremos pocas empresas del sector formal y dinámicas. Que por último, al subdividir a las medianas de menor y de mayor porte se procura alentar estrategias de crecimiento y desarrollo de aquellas empresas, propiciando el acceso de las mismas a instrumentos de fomento a la innovación tecnológica y a la inversión. Que, por todo lo expuesto corresponde adecuar los valores máximos de las ventas totales anuales establecidos en la Resolución N 24/01 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUE- ÑA Y MEDIANA EMPRESA y sus modificatorias. Que para definir el sector de actividad al cual pertenece una empresa determinada, el Artículo 3 de la resolución citada en el considerando precedente, adopta el Codificador de Actividades aprobado por la Resolución General N 485 de fecha 9 de marzo de 1999 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, organismo descentralizado en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS. Que siendo que dicha medida fue dejada sin efecto por el Artículo 10 de la Resolución General N de fecha 30 de octubre de 2013 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, organismo descentralizado en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, resulta pertinente adecuar el mencionado Artículo 3 de la Resolución N 24/01 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EM- PRESA y sus modificatorias, y adoptar el Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) - Formulario N 883 aprobado por el Artículo 1 de la Resolución General N 3.537/13 de la referida Administración Federal. Que, asimismo, como consecuencia de la modificación referida en el considerando precedente, resulta adecuado dejar sin efecto el Artículo 3 bis de la Resolución N 24/01 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA y sus modificatorias. Que, por último, y también derivado de los cambios propiciados, es pertinente sustituir el Artículo 4 de la ya citada resolución, de modo de eliminar las referencias que en la misma se realizan al Artículo 3 bis que se deja sin efecto. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se adopta en virtud de las facultades conferidas por las Leyes Nros y , su modificatoria y complementarias, y el Decreto N 357/02 y sus modificaciones. (*) En relación a la Sección J, las Actividades Nros , , y serán considerados dentro del sector Industria siempre y cuando se cumplan las condiciones establecidas en el Decreto N de fecha 29 de agosto de No serán consideradas Micro, Pequeñas o Medianas aquellas empresas que realicen las actividades de las secciones que se detallan a continuación: EL SECRETARIO DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA RESUELVE: Artículo 1 Sustitúyese el Artículo 1 de la Resolución N 24 de fecha 15 de febrero de 2001 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONO- MÍA y sus modificatorias, por el siguiente: ARTÍCULO 1.- A los efectos de lo dispuesto por el Artículo 1 del Título I de la Ley N , serán consideradas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas aquellas cuyas ventas totales anuales expresadas en Pesos ($) no superen los valores establecidos en el cuadro que se detalla a continuación: La pertenencia de las empresas respecto de los sectores determinados en el presente artículo se establecerá de manera que la misma refleje la realidad económica de las actividades desarrolladas por la empresa. En consecuencia, cuando una empresa tenga ventas por más de uno de los sectores de actividad establecidos en el presente artículo, se considerará aquel sector de actividad cuyos ingresos hayan sido los mayores de acuerdo al criterio establecido en el Artículo 2 de la presente medida. En aquellos casos en los que una empresa presente ventas por más de una actividad y al menos en una de ellas supere los límites establecidos en el Artículo 1 de la presente resolución, dicha empresa no será considerada Micro, Pequeña o Mediana. Art. 3 Derógase el Artículo 3 bis de la Resolución N 24/01 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA y sus modificatorias. Art. 2 Sustitúyese el Artículo 3 de la Resolución N 24/01 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA y sus modificatorias, por el siguiente: ARTÍCULO 3.- A fin de definir el sector de actividad al cual pertenece una empresa determinada de acuerdo a los parámetros establecidos en el Artículo 1 de la presente medida, se adopta el Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) - Formulario N 883 aprobado por el Artículo 1 de la Resolución General N de fecha 30 de octubre de 2013 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, organismo descentralizado en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y aquellas que la reemplacen, según el cuadro que se detalla a continuación: Art. 4 Sustitúyese el Artículo 4 de la Resolución N 24/01 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA y sus modificatorias, por el siguiente: ARTICULO 4.- No serán consideradas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas aquéllas que, reuniendo los requisitos establecidos en los Artículos 1, 2, 2 bis y 3 de la presente medida, estén controladas por o vinculadas a otra/s empresa/s o grupos económicos nacionales o extranjeros que no reúnan tales requisitos, conforme lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 1 del Título I de la Ley N , su modificatoria y complementarias. A los efectos de determinar cuando una empresa está controlada por o vinculada a otra/s empresa/s o grupos económicos, regirá lo establecido por el Artículo 33 de la Ley N de Sociedades Comerciales (t.o. 1984) y sus modificaciones.

8 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Cuando una empresa esté controlada por otra, el cumplimiento de los requisitos establecidos en los Artículos 1, 2, 2 bis y 3 de la presente medida deberá analizarse en forma conjunta, debiéndose considerar el valor promedio de las ventas totales anuales de todo el grupo económico. En consecuencia, para dicho cálculo, se deberán tomar los valores de las ventas reflejados en los Estados Contables de cada una las empresas que integran el grupo económico, de conformidad con el Artículo 2 de la presente resolución. Cuando una empresa esté vinculada a otra/s empresa/s, el cumplimiento de los requisitos establecidos en los Artículos 1, 2, 2 bis y 3 de la presente medida deberá analizarse en forma individual, separada e independiente de cada una de ellas. En caso que, al menos UNA (1) de las empresas no cumpla con los mismos, ninguna será considerada Micro, Pequeña o Mediana. Art. 5 La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Art. 6 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Mariano Mayer. #F F# #I I# Subsecretaría de Comercio Interior SISTEMA ELECTRÓNICO DE PUBLICIDAD DE PRECIOS ARGENTINOS Disposición 7/2016 Categorización de productos. Reglamentación. Bs. As., 17/03/2016 VISTO el Expediente N S01: /2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUC- CIÓN, la Resolución N 12 de fecha 12 de febrero de 2016 de la SECRETARÍA DE CO- MERCIO del MINISTERIO DE PRODUC- CIÓN, y el Decreto N 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, y DISPOSICIONES Que mediante la Resolución N 12 de fecha 12 de febrero de 2016 de la SECRE- TARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se aprobó el Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos (SEPA), a través del cual todos los comercios que realicen venta minorista de productos de consumo masivo, deberán informar en forma diaria para su difusión los precios de venta al público vigentes en cada punto de venta, de los productos que se determinen en la reglamentación. Que de acuerdo al Artículo 2 de la citada resolución, el suministro de la información requerida deberá realizarse a través del sistema informático que será implementado por parte de la SUBSECRE- TARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la mencionada Secretaría; estableciéndose que la misma deberá brindarse en forma previa y hasta las CERO HORAS (0:00 hs) del día en que se pondrán en vigencia los precios de los productos que se determinen conforme la reglamentación, además de tener que informarse por tal medio, en forma inmediata, cualquier alteración en el precio que se produzca en el transcurso del día. Que, asimismo, el Artículo 3 de la mencionada resolución establece que la información suministrada será difundida y de público acceso para el consumidor y deberá contener, para cada producto y por cada punto de venta, como mínimo los datos exigidos en la misma; en tanto que en el Artículo 4 de dicha norma se prevén los comercios obligados a su cumplimiento, encontrándose exceptuadas las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, para quienes su incorporación será optativa. Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 6 de la citada resolución, la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO IN- TERIOR será la Autoridad de Aplicación, con facultades para dictar toda norma necesaria para su implementación y ejecución, así como para determinar, ampliar y/o reducir la nómina de productos, la información requerida y/o los sujetos obligados, y para dictar toda otra norma aclaratoria, interpretativa y/o complementaria. Que con el objeto de determinar la totalidad de los productos de consumo masivo sobre los cuales deberá brindarse la información requerida, resulta necesario establecer, a tales efectos, una categorización a la que deberán sujetarse los obligados. Que por otra parte, a los fines del suministro de la información resulta conducente extender el plazo para su remisión, así como también, admitir la posibilidad de realizar un envío adicional rectificatorio; siendo necesario, a su vez, establecer el procedimiento a seguir y las especificaciones técnicas a cumplir por parte de los obligados. Que en cuanto a la información a recibir por producto, es necesario establecer la cantidad de promociones por ítem y su alcance. Que para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que de manera optativa deseen adherirse al sistema, deben preverse los alcances de dicha incorporación, estableciéndose que como consecuencia deberán cumplir con el mismo como sujetos obligados, siendo pasibles de las sanciones previstas para casos de incumplimiento, con la posibilidad de darse de baja por única vez y en cualquier momento. Que en el caso de cadenas comerciales, la excepción de la obligación de informar prevista para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, conforme a los términos de la Ley N , su modificatoria y normas complementarias, no es aplicable cuando en una cadena comercial de una misma marca, se excedan las ventas totales anuales previstas en la reglamentación de la citada ley, aun cuando se trate de distintas razones sociales. Que finalmente, deben preverse los plazos para el inicio de la obligación de brindar la información y en el que se procederán a hacer públicos los precios recabados por el sistema. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el Decreto N 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, y la Resolución N 12/16 de la SECRETARÍA DE COMERCIO. EL SUBSECRETARIO DE COMERCIO INTERIOR Artículo 1 Determínase que la totalidad de los productos en venta cuyos precios se deberán informar a través del Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos (SEPA), en los términos del Artículo 1 de la Resolución N 12 de fecha 12 de febrero de 2016 de la SE- CRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, son los que se encuentran comprendidos, identificados como obligatorios, dentro de la categorización detallada en el Anexo I que, con ONCE (11) hojas, forma parte integrante de la presente disposición. Para las categorías identificadas como opcionales, su información será de carácter optativo. Art. 2 La información a suministrar por parte de los obligados tendrá el carácter de declaración jurada y deberá ser brindada para cada producto y punto de venta, e incluir: a) C.U.I.T. de la empresa, razón social y nombre o denominación comercial; b) Ubicación de cada punto de venta, con domicilio completo y coordenadas que permitan su geolocalización, días y horarios de atención; c) Identificación de producto y descripción; y Código EAN o Código Interno de Comercio para el caso que no exista Código EAN para el producto; d) Precio de lista de venta minorista final al público por unidad de venta y precio por unidad de medida; e) Precio unitario correspondiente a promoción de alcance general, entendiéndose por éste a aquellos descuentos que se aplican al producto sin estar sujetos a condiciones tales como segmentación del consumidor, medios de pago o de fidelización. Se permitirá consignar precios con descuento por producto, por categoría de producto, por marca y por cantidad del mismo producto, condiciones excluyentes entre sí; y f) Precio unitario correspondiente a promoción especial, entendiéndose por tal a aquellos descuentos que se aplican al producto por una o más condiciones de alcance general o particular; las que se deberán ser descriptas en cualquier caso. Art. 3 El suministro de la información deberá realizarse conforme al procedimiento y de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas en el Anexo II que con QUINCE (15) hojas, forma parte integrante de la presente disposición, en forma diaria y hasta las SEIS HO- RAS (06:00 hs.) del día correspondiente a aquel cuyos precios se informan. El sistema admitirá la posibilidad de recibir hasta las DIEZ HORAS (10:00 hs.) un informe rectificatorio, a través de una nueva presentación con iguales alcances que la anterior. La transferencia de los datos deberá realizarse en forma completa, antes de los horarios límite señalados. La información suministrada rige sólo para el día en que fue remitida; de no recibirse la misma en un día de actividad comercial, o si ésta se presentara y no fuera validada por el sistema, no se publicará ningún dato del punto de venta para el día en cuestión, siendo el comercio pasible de las sanciones correspondientes. Art. 4 Los comercios obligados deberán completar su registro remitiendo a la SUBSE- CRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN hasta el día 4 de abril del corriente año la siguiente información: a) Razón Social; b) C.U.I.T.; c) Domicilio Fiscal; d) Contacto Técnico, detallando: Nombre, apellido, cargo y números de teléfono y correo electrónico de contacto; e) Contacto Comercial, detallando: Nombre, apellido, cargo y números de teléfono y correo electrónico de contacto. Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que optaran por adherirse, podrán hacerlo en cualquier momento, debiendo completar el registro en el sistema remitiendo la información detallada en el párrafo precedente, pudiendo, en el caso de no disponer de Contacto Técnico y/o Contacto Comercial, remitir detalle de persona responsable. Art. 5 La información suministrada conforme a los términos de la presente medida, será difundida a través de una página web y/u otros medios digitales donde el consumidor podrá buscar los productos de su interés y conocer los precios correspondientes de los distintos puntos de venta, así como también conformar listas para agrupar los de su preferencia. Art. 6 Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que, de manera optativa, adhieran al sistema, deberán cumplir con el mismo como sujetos obligados, siendo pasibles de las sanciones previstas para casos de incumplimiento. Estos podrán darse de baja por única vez y en cualquier momento. La excepción de la obligación de informar prevista para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, conforme a los términos de la Ley N , su modificatoria y normas complementarias, no es aplicable para casos de una cadena comercial que, integrada por distintas razones sociales, exceda las ventas totales anuales previstas en la reglamentación de la citada ley. Art. 7 La información requerida en la presente disposición deberá ser suministrada a partir del día 15 de abril de 2016 y será difundida a partir del día 29 de abril del corriente año. Art. 8 La presente medida comenzará a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial. Art. 9 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Javier Tizado. NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha Ciudad Autónoma de Buenos Aires). #F F#

9 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº CONCURSOS OFICIALES Nuevos #I I# CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS EL CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS Y LA ACADEMIA NACIONAL DE CIENCIAS EXACTAS, FÍSICAS Y NATURALES LLAMAN A CONCURSO PÚBLICO PARA LA SELECCIÓN DE DIRECTOR REGULAR DE LA UNIDAD EJECUTORA DE DOBLE DEPENDENCIA: INSTITUTO DE BOTÁNICA DARWINION (IBODA) APERTURA DE LA INSCRIPCIÓN: 18 DE MARZO DE 2016 CIERRE DE LA INSCRIPCIÓN: 18 ABRIL DE 2016 CONSULTA Y DESCARGA DE REGLAMENTO de CONCURSO, TÉRMINOS de REFERENCIA y PERFIL en: CONICET: / Correo electrónico: concurso-ue@conicet.gov.ar Tel.: (011) int. 2839/2841/2845/2847 ANCEFN: / Correo electrónico: acad@ancefn.org.ar (011) / ENTREGA DE PRESENTACIÓN personalmente o por correo postal en: CONICET: Godoy Cruz 2290, Mesa de Entradas (C1425FQB), CABA. ANCEFN: Av. Alvear 1711, 4º piso (1014) CABA. ENVIAR PRESENTACIÓN electrónica a los correos electrónicos mencionados arriba. Lic. LUISA BAIGORRIA, Dirección de Desarrollo y Gestión de Unidades Divisionales, CONICET. AVISOS OFICIALES Nuevos #I I# REGISTRO NACIONAL DE ARMAS Armas de Fuego. e. 18/03/2016 N 14559/16 v. 18/03/2016 #F F# En cumplimiento de lo establecido por la Resolución MJyDDHH N 373/13, se detalla a continuación el listado de solicitudes de tenencia y portación de armas de fuego a efectos de que cualquier ciudadano, habitante de la Nación Argentina y entidades de la sociedad que tengan interés, puedan oponerse a dichas solicitudes: SOLICITUDES DE TENENCIAS DE ARMAS DE FUEGO Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI ABALLAY HUGO ROBERTO sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI ABALOS DANIEL ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ABDALA VICTOR HUGO MOISES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ABELDAÑO PLABLO JAVIER sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI ABRAM HECTOR JULIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ACEVEDO JULIO ERNESTO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ACEVEDO JULIO ERNESTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI ACOSTA FACUNDO EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ACOSTA NELSON RAMON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ADAN ALEJANDRO ALBERTO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI ADRIEL RICARDO ANIBAL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI AGUERO FERNANDO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI AGUILAR LUIS OSVALDO sobre ESCOPETA calibre 28 UAB DNI AGUIRRE HAROLDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI AGUIRRE MARIO SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI AGUIRRE WALTER IVAN sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI AHUMADA JOSE ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ALAIZ EDUARDO GUILLERMO sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI ALANIS PEDRO ANTONIO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ALBORNOZ RAMON ESTEBAN sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI ALCONI VICTOR EMANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ALDERETE CESAR GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ALE MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI ALEKIAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ALEKIAN CARLOS sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI ALENCASTRO NESTOR OMAR sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI ALESSANDRINI MARCELO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI ALFARO CLAUDIO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI ALFONSO MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ALFONSO MARTIN sobre REVOLVER calibre.44 PLG DNI ALITTA MAURO sobre ARMA LARGA COMB. calibre.308 PLG DNI ALLOA SERGIO MARTIN sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI ALONSO FEDERICO DANIEL sobre FUSIL calibre PLG DNI ALONSO MURUAGA GUILLERMO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ALONSO SERGIO ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ALVAREZ DOMINGO sobre ARMA LARGA COMB. calibre.308 PLG DNI ALVAREZ FRANCISCO AGUSTIN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI ALVAREZ JORGE AMERICO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI ALVAREZ MARIANO SEBASTIAN sobre FUSIL calibre.243 PLG DNI ALVAREZ NESTOR FABIAN sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ALVAREZ NUNCIO MIGUEL sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI ALVAREZ PEDRO ANTONIO sobre REVOLVER calibre.44 PLG DNI AMADO EDUARDO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI AMBROGGIO MARTIN LEONARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI AMBROSINI FABIO CESAR sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI ANDINO GERARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ANDRADAZ FRANCISCO CATALINO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI ANIS JORGE ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ANTELO DIEGO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ANTUNEZ RODRIGO LUIS sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI ARANDA JAVIER ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI ARCE FABIAN DARIO sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI ARGAÑARAZ RAMON CEFERINO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI ARNOLFO FERNANDO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI ARRANZ JULIAN sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ARROYO LEONARDO GUSTAVO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ASCURRA GASTON MARCELINO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ASPRON MIGUEL GONZALO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI AUBIA GASTON JAVIER sobre CARABINA calibre.270 PLG DNI AUDISIO MARIO MIGUEL sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI AVILA CARLOS GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI AYALA FACUNDO IGNACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI AZURMENDI ARIEL FERNANDO sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI BACA ROBERTO OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BACELLAR CLAUDIO ARMANDO sobre REVOLVER calibre.44 PLG DNI BACUR ANDRES ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI BAEZ CRISTIAN DE JESUS sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI BAEZ RUBEN OSCAR sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI BAIS JORGE TOMAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BALDI ESTEBAN MATIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BALLARINI ALEJO RODRIGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI BANCALARI ALEJANDRO FELIX sobre REVOLVER calibre.32 PLG DNI BARATTERO LAUTARO LUIS sobre CARABINA calibre PLG DNI BARBARITO JAVIER ESTEBAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BARBERA MATIAS sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI BARBOSA FERREIRA FAUSTINO sobre CARABINA calibre.270 PLG DNI BARGELLINI GUSTAVO sobre CARABINA calibre PLG DNI BARIDON HUMBERTO FEDERICO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BARONE GABRIEL ALFREDO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI BARRERA JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BARRERA SEPULVEDA JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BARRETO MARCELINO GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI BARRIONUEVO VICTOR HUGO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI BARRIOS QUINTANA HERNAN MARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BARRIOS SERGIO GUILLERMO sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI BARRIOS SILVIA FELISA sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI BARZOLA OSCAR EDUARDO sobre CARABINA calibre PLG DNI BASSO JORGE MARIO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI BASTIANES JAVIER ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BAUMANN CLAUDIO RICARDO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI BECERRA GUSTAVO ANTONIO sobre FUSIL calibre.300 PLG DNI BEDUYETTI SAMBRO COPPA PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BELLETTINI CARLOS ALEJANDRO sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI BENAVIDEZ RICARDO SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI BENECCHI DANTE GUIDO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI BENITEZ AGUSTIN EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BERRA ARIEL HERNAN sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI BERTACCA SANTIAGO NICOLAS sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI BERTACCA SANTIAGO NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BERTERO GUSTAVO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI BERTI FRANCO PEDRO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI BERTOLA JUAN MANUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI BERTONCHINI HUBER LUIS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI BERTONERI ADRIAN MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BESEL ARNALDO ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BIANCO CHRISTIAN EDGARDO sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI BIGNOTTI ANTONIO MANUEL T. sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI BINETTI CLAUDIO JAVIER sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM DNI BINETTI SERGIO ERIC sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BIOCCA MARIO EDUARDO sobre CARABINA calibre PLG DNI BIONDI MARIO sobre FUSIL calibre.375 PLG DNI BONADEO OSVALDO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

10 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI BONI GASTON EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI BONI GASTON EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI BONI GASTON EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BONIFORTI CARLOS ALBERTO sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI BONIFORTI CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI BONZI NORBERTO ARMANDO sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI BOOTZ RUBEN OMAR sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM DNI BORDENAVE RICARDO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BORETTINI OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BORGES JUAN CARLOS sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI BOYADJIAN ANDRES sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI BRAÑA DIEGO FRANCISCO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BRANDONE EDUARDO GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BRAVO LUIS EDUARDO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI BRAVO MIGUEL ANGEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI BREGLIA MAURO RICARDO sobre CARABINA calibre.243 PLG DNI BRESSAN FEDERICO OSCAR sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI BROLLO SERGIO GERMAN sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI BRUNENGO CESAR ISMAEL sobre CARABINA calibre PLG DNI BRUNETTI DIEGO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BRUNI SERGIO OMAR sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI BRUNO CARLOS DAVID sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI BRUZZONI GERMAN ANDRES sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI BUDIMIR FABIO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BURGOS LUCIANO GASTON sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BURGUEÑO NORBERTO EDGARDO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI BURNE LUIS MARTIN sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI BUSCEMI DANIEL EDUARDO sobre FUSIL calibre.223 PLG DNI BUSTAMANTE ANGEL GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI BUTELER ARIEL DAVID sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI CABELLO LUIS FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CABRERA EGIDIO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI CABRERA RAFAEL JULIO sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI CACERES JORGE OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CACERES JOSE RAMON sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI CACERES MATIAS NAHUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI CACHAZA NESTOR ARIEL sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI CADENAS FLORENCIO ALDO sobre REVOLVER calibre.22 PLG DNI CALDERON OSVALDO JAVIER sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI CALDERON OSVALDO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CALDERON RANDLE GASTON ALEJANDRO MARIA sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI CALELLO MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI CALIBA JOSE AUGUSTO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI CALO NORBERTO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI CALVO JAVIER ADRIAN sobre REVOLVER calibre.32 PLG DNI CALVO JAVIER EDUARDO sobre PISTOLA calibre 10 MM DNI CAMBARERI GASTON NICOLAS sobre CARABINA calibre PLG DNI CAMBEIRO ANSELMO ALFONSO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI CAMINO PABLO VICTORIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CAMPOS GABRIEL ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CAÑADAS ALBERTO MARTIN sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI CAÑETE LUIS OMAR sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI CAÑETE SALINAS JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CANO ALDO DANIEL sobre FUSIL calibre PLG DNI CAPPETTINI JORGE ARIEL sobre FUSIL calibre.223 PLG DNI CARABAJAL ANGEL RENE sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI CARBONELLI GUSTAVO ENRIQUE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CARCASSON ESTEBAN FEDERICO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI CARDOZO VICTOR OSVALDO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI CARDOZO ZDANOVICZ FERNANDO RAUL sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI CARIGNANI MARTIN ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CARRANZA ANDRES ZENOBIO sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI CARRAZAN EXEQUIEL MOISES sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI CARREÑO HUGO MANUEL sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI CARRIEGO DARIO DANIEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI CARRILLO EDUARDO BARTOLOME sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CARRILLO WALTER DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CARRIZO ALEXIS MARIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CASAJUS RODRIGO JAVIER sobre CARABINA calibre.44 PLG DNI CASSISI MAURO LUIS sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI CASTANO BRUNO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI CASTILLO ANGEL ELIAS sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI CASTILLO JAVIER ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CATIVA CARLOS ANIBAL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI CATIVA CARLOS ANIBAL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CATONI JAVIER sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI CATONI JAVIER sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI CATONI JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CAZOU RICARDO GASTON sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI CEBRERO CRISTIAN NAZARENO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CELANI DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI CERQUEIRO TOCONAS JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CHALER DANIEL FACUNDO sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI CHAPARRO NESTOR FABIAN sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM DNI CHEMINO SEBASTIAN ADOLFO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CHENG YUNFENG sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CHIAVASSA ESTEBAN GERMAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI CHRISTIANSEN EDUARDO GUSTAVO sobre REVOLVER calibre.22 PLG DNI CIFRE MATIAS RICARDO sobre CARABINA calibre.22 PLG Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI CIRO PABLO DAVID sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CITERA MARCELO ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CLUCELLAS ESTEBAN JUAN sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI COLACI FERNANDO ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI COLL MARIO EDUARDO sobre CARABINA calibre PLG DNI COLOMBI JOSE LUIS sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI COLOMBI JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI COLOMBO MARTIN ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI COLQUE HUGO ALBERTO sobre CARABINA calibre PLG DNI COLZANI ANDRES JORGE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI COMBA ADRIAN ELSO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI COMBA GUSTAVO ENRIQUE sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI COMPAGNUCCI DANIEL ALFREDO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI COMPAGNUCCI DANIEL ALFREDO sobre PISTOLA calibre.44 PLG DNI COMPAGNUCCI DANIEL ALFREDO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI COMPAGNUCCI DANIEL ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CONSOLINI RAFAEL sobre FUSIL calibre.223 PLG DNI CONTRERAS JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI COPA JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CORAZZA OSVALDO LUIS sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI CORBALAN ALEJANDRO DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CORREA DARIO ALEJANDRO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI CORREA LEONARDO GILBERTO sobre REVOLVER calibre.22 PLG DNI CORREA LUCIANO ARIEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI CORSO MARTIN ANIBAL sobre REVOLVER calibre.32 PLG DNI CORVETTO JAVIER ALBERTO sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI CORZI EMILIANO GERMAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI COULLERI JUAN LUCAS sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI COUTO EDUARDO ALBERTO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI COZZARIN CARLOS ALFREDO sobre ARMA LARGA COMB. calibre.308 PLG DNI CRAIZAR RODRIGO GABRIEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI CREGO MANUEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CRESPO JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI CROSA MARCELO SEBASTIAN sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI CUBILLA MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI CURONE CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI CURTI MARIO JAVIER sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI D'AMICO VICTOR GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI D'ARCHIVIO ALEJANDRO JESUS sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI DANTUR SERGIO ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI DAVICO FEDERICO HERNAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI DAVIES JORGE ABIAH sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI DE ELIA CARLOS EMANUEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI DE GIOVANNI RAUL CARLOS sobre CARABINA calibre.357 PLG DNI DE LA HUERTA ANDRES PABLO sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI DE LA VEGA ALCALDE EDUARDO DANIEL sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI DE LEO LUIS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI DE LEO LUIS ALBERTO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI DE LUCA CLAUDIO DANIEL sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI DE LUCA CLAUDIO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI DE LUCA FERNANDO MARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI DE VELASCO ANTONIO ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI DE VINCENZI DANIEL ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI DEGIOVANE FERNANDO ANDRES sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI DEHEZA JOSE ALBERTO sobre CARABINA calibre.44 PLG DNI DEL MANZO MAURO ROBERTO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI DEL PAPA DIEGO MIGUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI DEL RIO AGUSTIN ALCIDES sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI DEL SUELDO PADILLA HUGO C. sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI DELLA LONGA HUMBERTO RAFAEL sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI DELLAMEA LEANDRO SEBASTIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI DELLAVALLE JUAN CARLOS sobre FUSIL calibre.223 PLG DNI DEPETRIS MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI DEPETRIS RODIAN LORENZO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI DETZEL JORGE DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI DEVOTO NICOLAS AGUSTIN sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI DI LISIO MARIANO ANDRES sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI DI PAOLA JOSE ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI DI PAOLA JOSE ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI DI PIETRO ALBERTO MARTIN sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI DI PLACIDO JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI DI SANZO GRACIANA GRISEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI DIAS RATO PABLO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI DIAZ FRANCO DANIEL sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI DIAZ MATHE SANTIAGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI DIAZ OMAR ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI DIAZ VICTOR DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI DIEZ EDUARDO JESUS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI DILULLO MARTIN NICOLAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI DIRITO ROQUE EDUARDO sobre FUSIL calibre PLG DNI DISCENZA SERGIO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI DOMINGUEZ JUAN ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI DOMINGUEZ JULIO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI DUARTE ADORNO CARLOS BELTRAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI DUARTE EDMUNDO AXEL sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI DUBOSCQ ROBERTO MARTIN sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI DUPUY ISMAEL IGNACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI DURAN CRISTIAN ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ECHARRI MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre.380 PLG

11 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI ECHENIQUE SANTIAGO RAUL sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI EGLIE ANTONIO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI EHRENBOLGER EDUARDO MARCOS sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI ELGART HECTOR MARCELO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI EQUIZA EDUARDO ADRIAN sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI ERBA MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ERBES LUCIANO ENRIQUE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ERRECART DANTE HORACIO sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI ERUSALIMSKY ROBERTO JAIME sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ESCAMILLA ENRIQUE OMAR sobre ESCOPETA calibre 36 UAB DNI ESCOBAR CESAR ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ESMEIL WALTER PATRICIO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ESNAOLA MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ESPINOSA NORBERTO sobre ESCOPETA calibre 36 UAB DNI ESPINOSA RUIZ OLIVIO FRANCISCO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI ESPINOZA PEDRO EDGARDO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ESPOSITO EDUARDO SEBASTIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ESPOSITO MARCELO GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ESQUIVEL CARLOS ALBERTO ISAAC sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI ESTARLI MARCELINO OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ESTIVARIZ ALVARO EDUARDO sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI ESTRADA CRISTIAN OMAR sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI ETCHART CARLOS GONZALO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ETCHECOPAR ANGEL PEDRO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI ETCHECOPAR ANGEL PEDRO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI FABRES JORGE CARLOS sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI FABRO JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FAGE SERGIO RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FAGUNDEZ AGUSTIN ARIEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI FALABELLA FRANCISCO LUCIANO sobre REVOLVER calibre.32 PLG DNI FALZONE DANTE ENRIQUE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FARIAS JORGE ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FARIAS MARIO NORBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI FARINOLI ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FARRE RAUL ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI FEDE MARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FERNANDEZ CARLOS FABIAN sobre ESCOPETA calibre 32 UAB DNI FERNANDEZ CESAR HERNAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FERNANDEZ DAVID SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FERNANDEZ ECHENIQUE JOAQUIN sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI FERNANDEZ EDUARDO VICTOR sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI FERNANDEZ GONZALO JAVIER sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI FERNANDEZ JAVIER ALBERTO sobre CARABINA calibre PLG DNI FERNANDEZ MAURICIO VICENTE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FERNANDEZ PAULO SEBASTIAN sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI FERNANDEZ REDDEL PATRICIO M. sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI FERNANDEZ REDDEL PATRICIO M. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FERNANDEZ RICARDO HECTOR sobre ESCOPETA calibre 28 UAB DNI FERNANDEZ ROBERTO EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FERRARI JAVIER AUGUSTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FERRERO EDUARDO FELIX sobre REVOLVER calibre.22 PLG DNI FICA BURGOS JOSE VICTOR sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI FIGUEROA NELSON ARIEL sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI FIGUEROA RAUL ALBERTO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI FIGUEROA RAUL ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FIORUCCI NORBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI FLORENTIN GONZALEZ ALBERTO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI FLORENTIN JUAN ANTONIO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI FOCHESATTO HUGO LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI FORNERIS RENE JUAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI FORTUNY VALENTIN IGNACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FOX MARTIN GUILLERMO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI FRAGA FACUNDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FRANCISQUELLI ROQUE EDUARDO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI FREDES JUAN LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI FRIAS GUILLERMO MARTIN sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI FRIAS RAMON ALBERTO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI FRUSTACI GUSTAVO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FULLANA CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FULLONE HECTOR EDUARDO sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM DNI FUNES JOSE HORACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GAINZA DIEGO JAVIER sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI GALEANO TOFFALETTI CRISTIAN ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GALISTEO CARLOS ADRIAN sobre CARABINA calibre.17 PLG DNI GALLARDO FERNANDO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI GALLAY OMAR CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GALTIERI MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GALVAN SERGIO ARIEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI GARAT EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GARAT JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI GARAY RENE JAVIER sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI GARCIA ALVAREZ ENRIQUE MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GARCIA AMERICO ARGENTINO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI GARCIA AUSTT OTERO RICARDO LEON sobre REVOLVER calibre.22 PLG DNI GARCIA CESAR HERNAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GARCIA GUSTAVO CARLOS sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI GARCIA JAVIER HORACIO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI GARCIA JAVIER HORACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GARCIA JON NATAN sobre PISTOLA calibre 9 MM Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI GARCIA JUAN RAMON sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI GARCIA JUAN SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI GARCIA JUAN SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GARCIA LUIS EDUARDO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI GARCIA MARCOS GUILLERMO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GARCIA PABLO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GARCIA RICARDO OMAR sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI GARELLI CRISTIAN RUBEN sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI GARRIDO GABRIEL OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GARUFFI DIEGO MARTIN sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI GASMAN RODRIGO NAHUEL sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI GASPARI ELIAS FACUNDO SANTIAGO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI GASPARRONI LEANDRO RUBEN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GASTELU SERGIO FABIAN sobre REVOLVER calibre.22 PLG DNI GATTAS LUCAS EDUARDO sobre CARABINA calibre PLG DNI GATTI ROBERTO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI GENOVES HECTOR LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GENTILE DIEGO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GERBINO GUILLERMO PATRICIO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI GERES MARCOS GABRIEL sobre PISTOLA calibre 7,65 MM DNI GIACCARDI SERGIO OSVALDO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI GIACOMINO JUAN CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GIANFELICE FABIAN ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GIL FIORITO EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB LE GIMENEZ ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GIOBELLINA ENZO ANGEL sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI GIORLANDO MARTIN ENRIQUE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GIULIODORI ALEJANDRO ROBERTO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI GIUSTI FACUNDO EMILIANO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI GLARIA CRISTIAN EDUARDO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI GODOY JAVIER HUGO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI GODOY RUBEN DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GOFFI LUCAS DANIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI GOMEZ CARLOS ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GOMEZ EDUARDO LINO sobre FUSIL calibre.300 PLG DNI GOMEZ NESTOR FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GOMEZ RUBEN MARCELO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI GONCALVES CASTAÑO DANIEL O. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GONZALEZ CLAUDIA ESTHER sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI GONZALEZ DAVID ULISES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GONZALEZ FIGUEROA NORBERTO R. sobre PISTOLA calibre 9 MM LE GONZALEZ GABRIEL ANIBAL sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI GONZALEZ HECTOR HORACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GONZALEZ JORGE ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GONZALEZ MIGUEL JULIAN sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI GONZALEZ PABLO NICOLAS sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI GONZALEZ PARRA OSVALDO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI GONZALEZ SILVIO HERNAN sobre CARABINA calibre.270 PLG DNI GONZALEZ VICTOR MANUEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI GOROSITO ALVARO MAXIMILIANO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GOROSTIAGUE BERNARDO sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI GOTTE JORGE MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GOTTSCHE MARCOS HERMANN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GRADENIGO SERGIO AUGUSTO sobre FUSIL calibre.223 PLG DNI GRANLUND ELVIS JULIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GROENENBERG JORGE ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GUARALDI WALTER ALBERTO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI GUERRA SILVIA DANIELA sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI GUTIERREZ CAMPOS MATIAS EXEQUIEL sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI GUTIERREZ MARIO OSCAR sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI GUTIERREZ PABLO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GUTIERREZ PABLO IGNACIO sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI GUTIERREZ ROBERTO ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GUTTMANN EDUARDO MIGUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GUZMAN LUCAS EDGARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI HASNE ALBERTO ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI HEINZE JUAN JOSE sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI HENDRIKSEN ENRIQUE CARLOS sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI HEREDIA RODOLFO GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI HERNANDEZ DIEGO GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI HERNANDEZ GABRIEL MARIO sobre CARABINA calibre.270 PLG LE HERRERA GUILLERMO sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI HERRERA MARIO DANIEL sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI HERRERA NANCY EDITH sobre CARABINA calibre PLG DNI HOU CHENGQIANG sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI HUGHES MAURICIO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI IANNELLA RODOLFO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI IBAÑEZ CARLOS ARGENTINO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI IBARRA BOGADO VICTOR ADAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI IGLESIAS HECTOR DANIEL sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI IGLESIAS VICTOR ANDRES sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI IMHOFF RUBEN ELEUTERIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI INSFRAN ANALIA GABRIELA sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI IRRIBARRA JOSE RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI IRUSTIA HORACIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI ISIDORE LUIS SANTIAGO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI IVANOVICH JACOBO JUAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI IVANOVICH JACOBO JUAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI JACOBSEN ALBERTO FABIAN sobre PISTOLA calibre.45 PLG

12 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI JACOBSEN RAMON LEONEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI JAIMERENA HORACIO ANTONIO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI JAIMERENA HORACIO ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI JARA EDUARDO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI JARMA SAADI JOSE RAMON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI JAUREGUI ANDRES MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI JAUREGUI GERMAN HECTOR EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI JAUREGUI LEANDRO DAVID sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI JAUREGUI NESTOR FABIAN sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI JIMENEZ NELSON GUSTAVO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI JOSEFA JESSICA SOLEDAD sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI JUAREZ RAMON EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI JUAREZ SERGIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI JURI AMIR AUGUSTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI JURICH CARLOS IGNACIO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI KARAKACHEFF RODRIGO DIEGO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI KOSEL PABLO MIGUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI KROMM ENRIQUE ROBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI KUMMER MARCELO JONATAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI LA BIANCA SANTIAGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI LA GRECA EMILIO ANTONIO sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI LACI JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LAFFONT GERMAN RODOLFO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI LAG OSCAR RUBEN sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI LAGOS NESTOR EDGARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LALLANA JORGE MARCELO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI LANDI ADALBERTO HERNAN sobre REVOLVER calibre.44 PLG DNI LATAZA LANTERI LIVIO ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI LATORRE ARISTEGUI OSCAR ANIBAL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI LATORRE ARISTEGUI OSCAR ANIBAL sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI LAUDANNO LUIS ALBERTO sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI LAUDANO FERNANDO MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI LEAL FREDDY MAURICIO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI LEDESMA DIDIMO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI LEGUIZAMON ROSA ESTER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LEIVA FEDERICO NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LELLA ENRIQUE NICOLAS sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI LENIS SANTIAGO ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LESAETA HECTOR ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI LETURIA EDGARDO RUBEN sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI LEVERONI LEONARDO ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI LEZCANO WALTER DAVID sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI LIGONIE MARCELA NOEMI sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI LINES BERNARDO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LISTA JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI LIVINGSTON GERMAN EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LIZANA HECTOR RUBEN sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI LIZARDO HECTOR ESTEBAN sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI LIZARRAGA VILLALON SANTIAGO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI LIZIO DAVID DARIO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI LIZZI CARLOS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI LLITERAS LAREDO SERGIO DAVID sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI LOBO BENICIO MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI LOCOCO CLAUDIO AUGUSTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LOPEZ ALBACETE JOSE MARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI LOPEZ GABRIEL FERNANDO SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LOPEZ JAVIER ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LOPEZ NESTOR LEONARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LOPEZ ROQUE SALVADOR sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI LOPUMO HECTOR HORACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LOUSTAU ADRIAN sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI LOZA EXEQUIEL DERMIDIO sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI LOZA MALDONADO MARIO ALFREDO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI LUCERO EDUARDO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LUNA GERMAN DANIEL sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI LUPA CARLOS JUAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LUQUE JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MAC ADDEN NESTOR PASCUAL sobre REVOLVER calibre.22 PLG DNI MACAGNO MARTIN MARCELO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI MACARIO DANIEL OMAR sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI MACELLARO JORGE CARLOS sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI MACELLARO JORGE CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MACIEL HECTOR RAMON sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI MADIKIAN JOSE DANIEL sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI MAGNI JORGE RAFAEL sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI MAGNONE DAMIAN FRANCISCO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MAGUNA EDUARDO EXEQUIEL sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI MAIDANA JOSE ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MAIDANA JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI MALDONADO CARLOS SAUL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MALERBA EDUARDO CARLOS sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI MANITTO JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MANNUCCI MARIO DANTE sobre CARABINA calibre.357 PLG DNI MANSILLA MARTIN LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MANSILLA RAMON MATEO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MANSILLA WALTER HUGO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI MANTELLINI HORACIO ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MARASCO CARLOS ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MARECO CRISTIAN ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI MARINI LUIS ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MARINO SERGIO GASTON sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI MARQUEZ DA SILVA RICARDO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MARRONE VICTOR DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MARSICO MARIO JULIO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI MARTIARENA NICOLAS HIPOLITO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI MARTIN ROBERTO MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MARTIN RODOLFO CESAR sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI MARTINEZ FRANCISCO JOSE sobre FUSIL calibre.300 PLG DNI MARTINEZ PABLO ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MARTORELL MARIANO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI MARTUCCI MARCELO FABIAN GABRIEL sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI MASI LEONARDO JAVIER sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI MASSAN CRISTIAN RAUL ALEJANDRO sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI MASSAUX RENE MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MASSOLO FABIO JUAN sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI MASTRONARDI JUAN PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MATALONE FRANCISCO ALBERTO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM DNI MATEUCCI JORGE OMAR sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI MAURIZI EZEQUIEL AUGUSTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MAYER GERMAN HORACIO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI MAZZA FABIAN MAXIMILIANO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MEDINA CARLOS EMILIO sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI MEITRE FABIO DAVID sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MEJIAS SEBASTIAN MIGUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MELLADO ALEJANDRO RAFAEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI MELLONI ANZOATEGUI RUBEN AMERICO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI MENDEZ ELIAS ADRIAN sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI MENDIZABAL ROBERTO DANIEL sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI MENDOZA DAMIAN ALBERTO sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI MENDOZA EDUARDO DAVID sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI MENNA MAXIMILIANO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MERCADO SERGIO RENE sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI MERLO ANDRES IGNACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MERZDORF MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI META GUILLERMO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MEYENNY JOSE MATIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MEZA LUIS RICARDO sobre REVOLVER calibre.32 PLG DNI MICHLIG JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI MICUCCI DARIO IGNACIO sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI MICUCCI DARIO IGNACIO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI MIGUELEZZI JUAN MANUEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI MILLAR FERNANDEZ RODRIGO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MIQUELARENA PABLO DANIEL sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI MIRANDA ANDRES DAVID sobre CARABINA calibre.17 PLG DNI MIRANDA DANTE sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI MIRANDA DANTE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MOBRICI PABLO ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MOLINA JOSE ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MOLINA JUAN FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MOLLE CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI MOLLO MARIANO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MONGELI JOSE EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MONTE DE OCA ALEJANDRO MARTIN sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI MONTENEGRO CESAR HERNAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MONTENEGRO DANIEL EDGARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MORALES VICTOR MANUEL sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI MORENO FRANCO ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MORENO RICARDO JOSE sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI MORESI GUSTAVO ALBERTO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI MORETTI JORGE JONATAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MORTADA GUILLERMO ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MOSCOLONI GUSTAVO ENRIQUE sobre REVOLVER calibre.22 PLG DNI MOTOK JORGE LUIS ENRIQUE sobre FUSIL calibre.223 PLG DNI MOUCHARD FLAVIA MARINA CYNTHIA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MOYA JORGE RICARDO sobre ARMA LARGA COMB. calibre.308 PLG DNI MULATTI VICTOR DAMIAN sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI MULLER DIEGO NORBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MULLER ENSO ADRIAN sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI NATALINI FABRIZIO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI NAVARRO DAVID ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI NAVASAL RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI NAVASAL RAMON sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI NAZAR JUAN MOISES sobre FUSIL calibre.223 PLG DNI NAZAR JUAN MOISES sobre FUSIL calibre.340 PLG DNI NEILA SONIA BEATRIZ sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI NICOLA ISMAEL ALFREDO sobre CARABINA calibre PLG DNI NICOLA MAURICIO ADELMO sobre REVOLVER calibre.44 PLG DNI NICOLA PATRICIO ROMAN sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI NIETO GABRIEL GERMAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI NITTO DAMIAN ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI NORES CRISTIAN GONZALO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI NOVARINO JORGE DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI NUÑEZ TIMONIERI LISANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI OBREGON HECTOR DANIEL sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI OJEDA JULIO DAVID sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI OLASO AZANZA RODRIGO JESUS sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI OLIVA ESTELA GLADY sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI OLIVER DANIEL FABIAN sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

13 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI OÑA JAVIER EXZEQUIEL sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI ONESTO JESUS DAVID JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ORCE MARIANO GABRIEL sobre CARABINA calibre.17 PLG DNI ORELLANO LUIS ANGEL sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI ORONA WALTER FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ORTEGA JORGE NESTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ORTIGOZA DAVALOS PATRICIA ANDREA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ORTIZ CARLOS JOSE sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI ORTIZ LUCIA MAGDALENA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI OTTONELLO ALEJANDRO EZEQUIEL ARIEL sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI OVIEDO JOSE ANTONIO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI PACHO JORGE LUIS sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI PADULO MARIO RAUL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI PAGANO BRUNO JORGE sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI PAGNONI GABRIEL RICARDO sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI PALACIO MARCELO DIEGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI PALACIOS FERNANDO ARTURO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PALANDRI ROBERTO DIEGO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI PALCZYKOWSKI CLAUDIA INES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PALERMO CHRISTIAN RODRIGO ANTONIO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI PALLAVICINI ALBERTO HERNAN sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI PALMA MARCELO ABEL sobre CARABINA calibre.44 PLG DNI PANERO RAUL OSCAR sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI PARDINI HERALDO EZEQUIEL sobre REVOLVER calibre.22 PLG DNI PARENTE LUCAS sobre CARABINA calibre.223 PLG LE PARGADE JUAN sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI PARODI MARCELO DANIEL sobre CARABINA calibre 7,62x54R MM DNI PARODI MARCELO DANIEL sobre FUSIL calibre.303 PLG DNI PARODI MARCELO DANIEL sobre REVOLVER calibre.32 PLG DNI PASTORE CESAR AUGUSTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PATRUCCO CLAUDIO EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PAVONE RUSSO CRISTIAN ARIEL sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI PAZ ALEJANDRO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PAZ HECTOR ABEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI PEDERSEN JOSE LUIS sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI PEDRONE MAURO MARIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PEGOLO CARLOS ARTURO sobre ESCOPETA calibre 36 UAB DNI PELATTI ENRIQUE ARIEL sobre FUSIL calibre PLG DNI PELLECCHIA DANIEL ALFONSO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI PENNISI BRUNO DAVID sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI PERALTA CARLOS ERNESTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PERALTA JOSE ALBERTO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI PERCARA SEBASTIAN NAHUEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI PEREYRA CARLOS FABIAN sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI PEREYRA CLAUDIO DAVID sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI PEREZ CARLOS ALBERTO sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM DNI PEREZ CARLOS ALBERTO sobre FUSIL calibre.223 PLG DNI PEREZ DIEGO NICOLAS sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI PEREZ FRANCOIS LUCIO PIERRE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PEREZ IRIS RENEE sobre REVOLVER calibre.32 PLG DNI PEREZ LUIS OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PEREZ MAURICIO MATIAS sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI PEREZ OSVALDO FRANCISCO sobre CARABINA calibre PLG DNI PERFUMO JUAN DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PERRONE LUCAS HORACIO sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI PESCE SERGIO OMAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI PETEGOLI GERARDO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PETRELLI MARCELO sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI PETRUJNO ALEXANDRO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI PETRUNIOR RAUL ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI PFEIFFER HECTOR AUGUSTO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI PICCININI CLAUDIO EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI PICCOLI MARIO LUCIANO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI PICCOLI OSCAR ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI PIERONI DANIEL JOSE sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI PIETER JUAN CARLOS sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI PIETER JUAN CARLOS sobre FUSIL calibre.223 PLG DNI PIETRANTUENO GUILLERMO GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PIETRANTUENO GUILLERMO GUSTAVO sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI PIETROBELLI SOLEDAD sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI PIGHIN WALTER FABIAN sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI PINELLA RUBEN FRANCISCO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI PINTOS WALTER LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PIOMBINO LEONARDO NAHUEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI PIRONIO GABRIEL ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PISCICELLI MARTIN JAVIER sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI PISTOCCHI FRANCISCO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PIZARRO SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI PLETTI LEANDRO GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI POGGI JULIAN DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI POKLEPOVIC FRAURE SERGIO OMAR sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI POLETTI RIQUELME CARLOS A. sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI PONCE AGUSTIN PABLO sobre ESCOPETA calibre 28 UAB DNI PONCE DE LEON ALBERTO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI PONCE RAUL ALBERTO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI PONCHON JESUS ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI PORPATTO MATIAS PABLO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI PORTILLO EDUARDO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI PRADO JUAN MANUEL sobre REVOLVER calibre.38 PLG Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI PREMET ROMAN ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI PSEVOZNIK FAINAS RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PUEBLA HUGO ALBERTO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI PUNTA PABLO RAUL sobre FUSIL calibre.300 PLG DNI PUSSETTO GASTON DAVID sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI QUINTANA ORLANDO ALCIBIADES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI QUINTERO CALIXTO NIEVE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI QUIROGA MARIO AGUSTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI QUIROGA PEDRO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI QUIROZ DANIEL VICTOR sobre CARABINA calibre.357 PLG DNI QUIROZ JUAN HORACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI RAJOY NORBERTO SANTIAGO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI RAMALLO ANTONIO FRANCISCO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI RAMALLO ANTONIO FRANCISCO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI RAMBORGER MARIO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI RAMIREZ JORGE VICTOR sobre REVOLVER calibre.22 PLG DNI RAMIREZ JUAN MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI RAMIREZ JULIO EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI RAMIREZ JULIO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI RAMIREZ RAMON OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI RAMOS MAROTO HECTOR LEANDRO sobre FUSIL calibre.300 PLG DNI RAMOS NESTOR FERNANDO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI RAPANELLI ALBERTO GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI RAVETTI JORGE ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI REANO ALBERTO GUIDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI REDI GUILLERMO ALBERTO sobre PISTOLON calibre 36 UAB DNI RENDO JUAN PABLO sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI RESSLER ADRIAN JORGE sobre REVOLVER calibre.44 PLG DNI RETAMOSO ERNESTO DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI REVELLI ITEL LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI REY HERIBERTO OSMAR sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI REYES JORGE FRANCISCO sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI RIBA PABLO NICOLAS sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI RICCA MATIAS MARIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI RIGHETTI MARIO FABIAN sobre CARABINA calibre.44 PLG DNI RINALDI LEONARDO JOSE DANIEL sobre ARMA LARGA COMB. calibre.308 PLG DNI RINALDI WALTER WILLANS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI RINAUDO ARIEL ULISES sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI RIOS PEDRO ARMANDO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI RIOS RICARDO PABLO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI RIOS SEBASTIAN EXEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI RIVAS MARIO GUSTAVO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM DNI RIVERA GUILLERMO ANIBAL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI RIVERA PEDRO BERNARDO sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI RIVERO MARCELO JOSE MARTIN sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI RIVERO SEBASTIAN ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ROBLEDO CARLOS RAFAEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ROBLEDO ERIC EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI RODOFILE FABIAN DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI RODRIGO FERNANDO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI RODRIGUEZ ARREDONDO MARTIN MATIAS sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI RODRIGUEZ ARREDONDO MARTIN MATIAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI RODRIGUEZ BLAS MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI RODRIGUEZ BRIAN HERNAN sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI RODRIGUEZ CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI RODRIGUEZ FIDEL ROGELIO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI RODRIGUEZ JUAN FRANCISCO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI RODRIGUEZ LEONARDO JAVIER sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI RODRIGUEZ LUIS OSVALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI RODRIGUEZ OSCAR DARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI RODRIGUEZ RAMON JUAN MANUEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ROGGERO CHRISTIAN GABRIEL sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI ROJAS JOSE DIEGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ROLDAN CLAUDIO GUSTAVO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI ROMERO CEFERINO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ROMERO JUAN ANTONIO sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI ROMERO JUANA ROSALIA sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI RONCONI JOHN SERGIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ROSALES GABRIEL ALEJANDRO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ROSALES RUBEN EDUARDO sobre CARABINA calibre.270 PLG DNI ROSSI SEBASTIAN MIGUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ROTGER GARCIA NICOLAS ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI RUBATTINO ALEXIS ESTEBAN sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI RUBIOLO CRISTIAN ROBERTO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI RUBIOLO EUGENIO ARMANDO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI RUGGERI ARTURO HECTOR sobre REVOLVER calibre.44 PLG DNI RUIZ ALDO OMAR sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI RUIZ DIAZ LUIS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI RUIZ JOSE SEGUNDO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI RUSSO ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI RUSSO JOSE LUIS sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI RUSSO LEANDRO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI RUSSO SERGIO EDUARDO ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SAAVEDRA MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SABATTINI DIEGO MATIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SAIQUITA MANUEL DARIO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI SALAS LUIS RODOLFO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SALAZAR ANTONIO EDMUNDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI SALAZAR ANTONIO EDMUNDO sobre PISTOLA calibre.380 PLG

14 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI SALAZAR SORUCO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI SALINA RICARDO RAFAEL sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI SALORT LUCAS MAXIMILIANO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI SALVAREZZA FRANCISCO LEONEL sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI SAMBRANO JORGE WALTER sobre FUSIL calibre.300 PLG DNI SANABRIA FACUNDO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI SANABRIA JUAN CARLOS sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI SANCHEZ FRANCISCO ALEJANDRO sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI SANCHEZ GUILLERMO ADRIAN sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI SANCHEZ RAFAEL JOSE sobre FUSIL calibre.300 PLG DNI SANCHEZ RICARDO PEDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SANCHEZ SERGIO LEONARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI SANCHEZ VICTOR MANUEL sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI SANTANA NICOLAS MATIAS sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI SANTIAGO MANUEL IGNACIO sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI SARABI FABIAN ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SARIAGA CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI SARIAGA MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI SARNOVO WALTER DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SAUER MAURO GUSTAVO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI SAUER MAURO GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 32 UAB DNI SAYAGO ALBERTO GUSTAVO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI SCANDINARO FERNANDO DANIEL sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI SCARPARO GABRIEL RENATO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI SCATAGLINI JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI SCHENA MARIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SCHIAVONI LUIS MARIA sobre FUSIL calibre.300 PLG DNI SCHIRADO LUIS RODOLFO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI SCHON CARLOS EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SCHVEMLER DAVID OSCAR sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI SCORSETTI DANIEL HORACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SCRIVANO LUCAS JAVIER sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI SCROCCHI FRANCISCO ATILIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI SEGATO CLAUDIO MARCELO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI SEGURA EDUARDO JUSTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SEILLANT JUAN IGNACIO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI SENA PABLO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SERENELLI AIMAR LUIS MARIA sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI SERENELLI LUIS ATILIO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI SERENELLI LUIS ATILIO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI SERRANO MIGUEL RAUL sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI SERSALE MARCELO DAMIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SILVA HORACIO JULIO sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI SIMONELLI JAVIER GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI SOLCO GUSTAVO IVAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SOLDANI LUCAS MARIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SOLIS HUGO SERGIO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI SOLITO JORGE OSVALDO sobre REVOLVER calibre.44 PLG DNI SOMMARIVA JORGE ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SORIA ARIEL IVAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SORIA CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SOSA FERNANDO ANSELMO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI SOSA JORGE GASTON sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI SOSA LUCAS EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SOSA LUIS ISMAEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SOSTERSICH PEDRO OSCAR sobre CARABINA calibre PLG DNI SOTIER DAMIAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SOTO NICOLAS JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SOUYRIS PHILIP sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI SPECTOR ESTEBAN ABRAHAM sobre PISTOLA calibre 9 MM LE SPINELLI ALFREDO ELVIO sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI SPINELLI ARIEL EUSEBIO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI SPITALERI DIEGO ANDRES sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI SPOLIANSKY MAXIMILIANO ARIEL sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI STACUL FIORI VICENTE TOMAS ERNESTO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI STIMOLO HUGO ALBERTO sobre CARABINA calibre PLG DNI STIVANELLO JORGE LUIS sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI STROHSCHEIN GERARDO GERMAN sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI SUAREZ ARIEL MARCELO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI SUAREZ ARIEL MARCELO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI SUAREZ ARIEL MARCELO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI SUAREZ ARIEL MARCELO sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI SUAREZ GUSTAVO HECTOR sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI SUAREZ NICOLAS NAHUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SUAREZ OSCAR ERNESTO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI SUAREZ OSCAR ERNESTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SUAREZ PABLO EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SURT JAVIER OSVALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI TAGLIAPIETRA JORGE ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI TAPIA FRANCISCO GABRIEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI TARDUGNO CLAUDIO EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI TARTALO CRISTIAN GUILLERMO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI TEDESSI EDUARDO JOSE sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI TEMPERLEY ANDRES EDUARDO sobre CARABINA calibre.17 PLG DNI TERESZCZUK ALEJANDRO JAVIER sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI TESTINI EDGARDO DANIEL sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI TESTINI EDGARDO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI TISERA LEANDRO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI TISERA LEANDRO sobre CARABINA calibre.308 PLG Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI TISERA LEANDRO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI TISOCCO GUSTAVO ORLANDO sobre CARABINA calibre.357 PLG DNI TODOROFF DANIEL OMAR sobre REVOLVER calibre.22 PLG DNI TOFFOLI DANTE ALBERTO sobre CARABINA calibre PLG DNI TOLEDO NICOLAS FEDERICO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI TOLEDO NICOLAS FEDERICO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI TORCHIA FRANCISCO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI TORRES DAVID SERGIO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI TORRES FREDY DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI TORRES JUAN ENRIQUE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI TORRILLA HECTOR DAVID sobre CARABINA calibre PLG DNI TRAVERSO ANDRES JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI TRAVERSO ANDRES JOSE sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI TREJO DARIO FERNANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI TREJO OMAR ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI TREJO OSCAR EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI TRINCHIERI HECTOR DIEGO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI TROTTA TOMAS LUIS sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI TULIAN OMAR DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI TURRIS SILVIO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI TUTTOBENE CRISTIAN sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI UGARTE EZEQUIEL LEONEL sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI ULIVAR ESTEBAN DANIEL sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI URCOLA FERNANDO GUSTAVO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI USANDIVARAS MARIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI UTRERA MAURO MANUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI VACCHIERI DIEGO FABIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI VAIRA JAVIER DARIO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI VALCARCEL RENZO OMAR sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI VALDES JOSE EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI VALLA ANTONIO CRISTIAN sobre FUSIL calibre PLG DNI VALLE MARTIN EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI VARELA PABLO ELVIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI VARGAS FLAVIO ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI VARGAS MARCELO EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI VARIA DOMINGO AUGUSTO NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI VAZQUEZ DIEGO LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI VAZQUEZ JUAN MANUEL sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI VEGA ANDRES DAMIAN sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI VEGA EDUARDO FABIAN sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI VELEZ GABRIEL ANDRES sobre REVOLVER calibre.44 PLG DNI VELEZ OSCAR EDUARDO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI VICARIO JOSE IGNACIO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI VICENTE SERGIO ALEJANDRO sobre CARABINA calibre.17 PLG DNI VIDOSEVICH LADISLAO ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI VIEGAS PALERMO CRISTIAN NAHUEL sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI VIEYTES HECTOR RUBEN sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI VILARDO LUCAS sobre REVOLVER calibre.22 PLG DNI VILLAGRA LUIS ALBERTO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI VILLALBA CLAUDIO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI VILLANUEVA EDMUNDO NORBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI VILLANUEVA MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI VILLAROEL JOSE ANTONIO sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI VILLARREAL JAVIER EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI VILLASUSO RAUL ARMANDO sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM DNI VILLAVICENCIO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI VIVIANO IRMA BEATRIZ sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI WECKMANN WALTER GUILLERMO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI WIEDL VICTOR HUGO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI WIEST PAUL JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI YACHINI EVELINA LETICIA sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI YAKUTCZIK EDUARDO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI YAYA NORBERTO CLAUDIO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI YAYA NORBERTO CLAUDIO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI YAZBEC JOZAMI ESTEBAN ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI YBAÑEZ PAMELA ELIZABETH sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI YENICKE GUSTAVO JAVIER sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI YILMAZ JORGE DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI YORIO RAFAEL ANTONIO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI YUNES JORGE ENRIQUE ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI YUNES JORGE ENRIQUE ALFREDO sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI ZACHETTI JULIO ALBERTO sobre CARABINA calibre PLG DNI ZAFFARANO VICTOR PASCUAL sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI ZAMORA CARLOS GASTON sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI ZAMPETTI WALTER DARIO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI ZANUSO CARLOS DANIEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ZANZOTTERA JONATHAN OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ZAPATA ISRAEL PASCUAL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ZEOLI FERNANDO sobre FUSIL calibre.300 PLG DNI ZOLKIEWSKI LEONARDO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ZUBIZARRETA HERNAN JULIO sobre FUSIL calibre.22 PLG SOLICITUDES DE PORTACIONES SOBRE ARMAS DE FUEGO Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI ABELDAÑO PLABLO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ABRAM HECTOR JULIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ABREGO VICTOR MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ABREGU JULIO CESAR ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L

15 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI ACEBO EDUARDO AUGUSTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI ACOSTA ABEL ROMUALDO ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG. LTDA DNI ACOSTA CESAR ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ACOSTA MARCELO ALEJANDRO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI ACUÑA ANDRES HORACIO ámbito de PROSEGUR S.A DNI ADAMI JAVIER MAXIMILIANO ámbito de SEGURIDAD EMPRESARIA S.A DNI ADAMO MIGUEL ANGEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI AGUIRRE ANIBAL ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AGUIRRE CARLOS ABELARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AGUIRRE CRISTIAN ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AGUIRRE GUSTAVO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AGUIRRE HAROLDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AGUIRRE LEONARDO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AGUIRRE MAURO RUBEN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI AHUMADA ALFREDO WILSON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AHUMADA JOSE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AHUMADA RAFAEL ENRIQUE ámbito de SERVIN SEGURIDAD S.A DNI AIZA VICTOR HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ALARA SERGIO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ALARCON CRISTIAN LEONARDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI ALARCON EDGAR REYNALDO D. ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A DNI ALARCON JUAN FRANCISCO ámbito de PROSEGUR S.A DNI ALBORNOZ LEANDRO HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ALBORNOZ MATIAS NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ALDERETE CESAR GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ALDERETE SALVADOR GERARDO ámbito de ASIPROF SEGURIDAD S.A DNI ALMADA GUSTAVO LUIS ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI ALMIRON MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ALONSO FRANCISCO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ALONSO MARTIN ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ALTAMIRANO ANTONIO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ALTAMIRANO CARLOS ORLANDO ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A DNI ALVAREZ ABRAHAM MOISES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ALVAREZ ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ALVAREZ EDGAR MATIAS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ALVAREZ OSCAR ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AMARGAN PEDRO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AMIEVA JUAN ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ANDINO ADRIAN FABIO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI ANDRADA MARINO ORFILIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ANDRADA OSCAR NATALIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ANDRADE HUMBERTO ANTONIO ámbito de T.C. INTERPLATA S.A DNI ANTONELLIS ALDO RAFAEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ANTONIAZZI VICTOR HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ARAOZ BLANCA DEL VALLE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ARAUJO ROBERTO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ARCE SERGIO RUBEN ámbito de PROSEGUR S.A DNI ARDOLINO HECTOR ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ARIZA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ARRIAGADA AVELINO CAMILO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ARRIETA WALTER GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ARTIGAS RICARDO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ASOÑA ANTONIO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AVALOS SEBASTIAN DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AVELLANEDA FRANCISCO RAFAEL ámbito de ARPA ORGANIZ. DE SEGUR. S.R.L DNI AVILA CARLOS GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AVILA GUSTAVO HORACIO ámbito de PROSEGUR S.A DNI AYALA MAURICIO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AYALA MAXIMO DIONISIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AYALA RAMON ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BAEZ RODOLFO DEL ROSARIO ámbito de CARBESS S.R.L DNI BAGGINI MIGUEL ALEJANDRO ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L DNI BAIGORRIA JOSE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BAIOCCO JUAN CARLOS ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L DNI BAIS JORGE TOMAS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BANCHIO OMAR DOMINGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BAPTISTA EMILIANO DAMIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BARBOZA MARCO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BARDIN OSCAR DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BARIN MARCELO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BARRAL JORGE OMAR ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG. LTDA DNI BARRAZA HECTOR RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BARREIRO LUIS JUAN BAUTISTA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BARRETO VIRGILIO JUAN ámbito de SOUNCH S.R.L DNI BARRIONUEVO CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BARRIONUEVO CORINA DEL VALLE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BARRIOS QUINTANA HERNAN MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BARROSO CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI BASIGALUPO JULIO RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BASSO MARIO ORLANDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI BENAVENTE ARNALDO RICARDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI BERMUDEZ PALOMINO MANUEL CRISTIAN U. ámbito de SECURITAS COUNTRIES S.A DNI BERNIGOUD GUSTAVO FABIAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI BERON ELIO ENRIQUE ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI BERTERO GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BERTONERI ADRIAN MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BERTONI DANIEL RICARDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI BEVERINI ALBERTO RODOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BEYER CRISTIAN RICARDO ámbito de LIRGER S.R.L DNI BIONDI DANIEL GUILLERMO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BLANCO JUAN CARLOS ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L DNI BLANCO LUIS RAFAEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI BLANCO MARCOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BONIFACIO IGNACIO VICENTE ámbito de ARPA ORGANIZ. DE SEGUR. S.R.L DNI BORELLI CARLOS RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BOYNE MAURICIO HERNAN ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A DNI BRANDAN LUIS ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BRAVO GABRIEL ORLANDO ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L LE BRAVO JORGE RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BRAVO LUIS EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BRAVO ROBERTO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BREY JUAN IGNACIO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI BRUNI JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BURGOS LUCIANO GASTON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BUSCARONI GUSTAVO JAVIER ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI BUSTAMANTE SERGIO CEFERINO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI BUSTOS DANTE DAVID ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI BUSTOS OMAR EFRAIN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI CABAÑAS DEMETRIO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CABRERA ALFREDO ELOY sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CABRERA ANSELMO DAMIAN ámbito de SOUNCH S.R.L LE CABRERA JORGE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CABRERA LUIS ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CAJAL OMAR FELIPE ALEJANDRO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI CALABRESI ARIEL ABEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CALCAGNO EDUARDO CRISTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CALDERON OSVALDO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CAMACHO EDGAR JOSE ámbito de PROSEGUR S.A DNI CANEDO OSVALDO OSCAR ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L DNI CANEPA RUBEN DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CAÑETE JORGE ALBERTO ámbito de T.C. INTERPLATA S.A DNI CAÑETE LUIS OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CAÑIZARES RAMON VICTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CAÑO ADRIAN HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CAPONI BLEYER ANGEL JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CAPRA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CAPUTO CRISTIAN MARTIN ámbito de NOVIT S.A DNI CARBALLO RAMON OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CARDOSELLI GUILLERMO DIEGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CARRASCO MATIAS ALEJANDRO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A DNI CARREÑO HUGO MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CARRIZO ANDRES ALBERTO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A DNI CASAVILLA JULIO ROBERTO ámbito de SEGUR-ONE S.R.L DNI CASEY PATRICIO ABRAHAM sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CASTILLO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CASTILLO JORGE EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CATULO JOSE MARIA ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI CEBALLOS ERNESTO JOSE OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CEBALLOS JORGE ALBERTO ámbito de ARPA ORGANIZ. DE SEGUR. S.R.L DNI CENTURION JORGELINO ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL DNI CENTURION MARTIN ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CERILOT DELIA GLADYS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CERQUEIRO TOCONAS JUAN MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CERVANTES ANGEL GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CERVETTO ANDRES UBALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CHACON DIEGO CEFERINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CHAMIZO CRISTIAN DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CHAMORRO MARTIN OLANDO ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L DNI CHAVEZ CRISTIAN LEANDRO ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L DNI CHAVEZ JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

16 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI CHAVEZ MIGUEL ANGEL ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L DNI CHAVEZ ROBERTO FLORICEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CHAZARRETA LUIS FERNANDO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A DNI CHEF HORACIO LEANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CHEMES JULIO CESAR MARTIN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI CHINIQUINI GABRIEL LEONARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CHIORAZO JOSE ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CHOQUE GUILLERMO EZEQUIEL ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L DNI CICHELLO JORGE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CIMA DANIEL ORLANDO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A DNI CINGOLANI MAURO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CIRO PABLO DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CLAVERIA CARLOS ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI COCHELLA ALDO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI COLAMOREA WALTER HERNAN L. sobre armas de puño registradas a su nombre DNI COLITTO SERGIO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI COMETTA MARCELO DAVID ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI CONCHA PINOCHET GUSTAVO ROBERTO ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA DNI CONTRERAS JORGE GABRIEL ámbito de LIRGER S.R.L DNI CONTRERAS JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CORDOBA ARIEL GONZALO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI CORDOBA FRANCISCO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CORIA ENRIQUE OMAR ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI CORIA MANUEL ERNESTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI CORINALDESI PABLO DAMIAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI CORNEJO JORGE EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CORONDA JESUS HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CORONEL HECTOR BENJASMIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CORONEL JORGE LUIS ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI CORRADI SILVINA ALEJANDRA ámbito de PROSEGUR S.A DNI CORRALES GUILLERMO MAURICIO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI CORZO JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI COSTAS RODOLFO ALEJANDRO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI CRIADO DAMIAN ALBERTO ámbito de MANUTO SEGURIDAD S.A DNI CRISCI ALEJANDRO DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CRUZ VICTOR ALFONSO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI CUELLAR MAURO FABIAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI CUELLO FABIO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CUEVA NIDIA ELIDA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CUIÑAS OMAR ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI D'AMICO VICTOR GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DAL LAGO CLAUDIO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DE BARRIOS RICARDO ANDRES ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL LE DE BARTOLO FRANCISCO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DE CESARE MARIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DE CHIARA JOSE ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DE LA FUENTE JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DE LA IGLESIA MARCELO HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DE OLIVEIRA JUAN ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DE SANCTIS LEONARDO FRANCO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DE SANTO MIGUEL ANGEL ámbito de PROSEGUR S.A DNI DE TEJERIA DANIEL OSVALDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI DEJON ARIEL HECTOR ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI DEL VALLE RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DELFINO CESAR EDUARDO ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL DNI DELFINO MARCELO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DELGADO ALBERTO RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DELICIA ANDRES CRISTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DELL'AMICO MIGUEL ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DENEGRI RODOLFO DAMIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DENNLER DANTE MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DEZA ROLANDO GABRIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI DI CROCE PABLO NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DI GIULIO CHRISTIAN GABRIEL ámbito de SOUNCH S.R.L DNI DI SANZO GRACIANA GRISEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DIAZ JULIO MARCELO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI DIAZ LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DIAZ MARCELO EDUARDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI DIAZ MARTINEZ ANA DENISSE DAHIANA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DIAZ MAXIMILIANO ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DIAZ OMAR ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DIAZ PATRICIA ELENA sobre armas de puño registradas a su nombre Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI DIAZ RICARDO ISMAEL ámbito de T.C. INTERPLATA S.A DNI DIAZ SAUCEDO SILVIO GONZALO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DIEGUEZ CARLOS GUILLERMO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DIEHL RICARDO LUCIO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A DNI DOLCIMELO NICOLAS OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DOMENE RODOLFO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DRIJ GUSTAVO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DUARTE HUGO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DUARTE LACHNICHT EDGARDO A. sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DURAN CRISTIAN ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI EGARDT CARLOS ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI EMERI EDELMIRO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI EQUIZA EDUARDO ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ERRASQUIN DANIEL GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ESCHER MARTIN ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ESCOBAR NORBERTO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ESCOBAR VICTOR ALFREDO LUIS ámbito de T.C. INTERPLATA S.A DNI ESCOBEDO GERARDO ALFREDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI ESPINDOLA ORLANDO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ESPIÑO ISREAL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI ESPOSITO JOSE IGNACIO ámbito de CI 5 S.A DNI ESPOSITO MARCELO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ESQUIVEL CRISTIAN ADRIAN ámbito de LIRGER S.R.L DNI ESTEVEZ GUSTAVO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FAHNOE GUSTAVO BENITO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FALIVENE LUIS ALBERTO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A DNI FARIAS EDGARDO JAVIER N. ámbito de SERVIN SEGURIDAD S.A DNI FARIAS JOSE BENITO AURELIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FARINA GUSTAVO OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FAVRE FRANCISCO ALFREDO GABRIEL ámbito de SERVIN SEGURIDAD S.A DNI FEDERICO PABLO PEDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FELDER MARTIN RODRIGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FERNANDE4Z DIEGO ADRIAN ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A DNI FERNANDEZ ANDRES OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FERNANDEZ CHRISTIAN RODRIGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FERNANDEZ DAVID SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FERNANDEZ EMANUEL JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FERNANDEZ HECTOR ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FERNANDEZ LUIS SANTIAGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FERNANDEZ MAXIMILIANO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI FERNANDEZ ROBERTO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FERRER GUSTAVO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FERREYRA HORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FERREYRA JUAN ANTONIO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A DNI FERREYRA WALTER HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FIGUEREDO CESAR LEONARDO ámbito de CODECOP S.A DNI FIGUEREDO FERNANDO MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FIGUEREDO JUAN BAUTISTA ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI FIGUEROA JOSE ORLANDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI FIGUEROA MARIO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FIGUEROA NELSON ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FILLIEZ FERNANDO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FLORENTIN ANGEL ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FLORENTIN DANIEL ANTONIO ámbito de PROSEGUR S.A DNI FLORES CARLOS JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FLORES MARCELO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FRACALOSSI EMANUEL FACUNDO M. sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FRANCO JUAN RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FRUTOS RICARDO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GAITAN OSCAR DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GALAN OMAR ALEJANDRO ámbito de ARA SEGURIDAD S.R.L DNI GALDAME GUILLERMO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GALEANO GREGORIO OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GALIANO LUIS OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GALLARDO EDUARDO ANGEL ámbito de PROSEGUR S.A DNI GALLARDO TIMOTEO LUIS ámbito de CHAPELCO SEG.INT. S.R.L DNI GALLO ALBERTO GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GALVAN RUBEN MARINO ámbito de PROTECCION MILLENIUM S.A DNI GALVANO BENITO RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GARCIA CESAR HERNAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GARCIA CONI GREGORIO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GARCIA DIEGO ARTURO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GARCIA FERNANDO GABRIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI GARCIA GERMAN ANIBAL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GARCIA JUAN FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GARCIA MARTIN EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GARCIA OSCAR EDGARDO ámbito de COOP.DE TRAB.EL FERROL LTDA DNI GARCIA PABLO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre

17 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI GARIADOR FABIAN ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GARIBALDI SERGIO GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GARNICA JOSE RODOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GARRIDO FACINI MARCOS ADRIAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI GASOL ADRIAN PABLO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI GASTALDI GONZALO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GAUNA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GEA JORGE ROGELIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GIAVEDONI RODOLFO ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GIGENA JOSE ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GIL MARCELO FABIAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI GIMENEZ DIEGO EZEQUIEL ámbito de ARPA ORGANIZ. DE SEGUR. S.R.L DNI GIMENEZ EDUARDO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A DNI GIMENEZ LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GIORLANDO MARTIN ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GIRONA NICOLAS FERNANDO ámbito de PROSEGUR S.A DNI GIULIANI SERGIO GUSTAVO ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L DNI GODOY DANTE MARINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GODOY JORGE GASTON ámbito de UNIFORM SECURITY SRL DNI GODOY NORBERTO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GODOY PABLO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GODOY RUBEN DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GOMEZ ANTONIO OSCAR ámbito de F.P.I.COMPAÑIA DE SEGURIDAD SA DNI GOMEZ ARMANDO RAMON ámbito de SERVIN SEGURIDAD S.A DNI GOMEZ CALDERON ALBERTO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GOMEZ CLAUDIO JAVIER ámbito de CODECOP S.A DNI GOMEZ CRISTALDO ALBERTO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GOMEZ EMILIANO DAVID ámbito de EMP.DE SEG.INTEGRAL ALESA S.A DNI GOMEZ HECTOR WALTER ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI GOMEZ JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GOMEZ LUIS ALBERTO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A DNI GOMEZ NESTOR FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GOMEZ RUBEN MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GOMEZ WALTER ANTONIO ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL DNI GOMEZ WALTER DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GOMEZ WALTER DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GONZALEZ ADRIAN PABLO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GONZALEZ CARLOS FABIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GONZALEZ CARLOS LUIS ámbito de SERV.ARG.SEG.EMPRESARIA S.A DNI GONZALEZ CARLOS OSCAR ámbito de PROSEGUR S.A DNI GONZALEZ CLAUDIA ESTHER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GONZALEZ DANIEL ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GONZALEZ DIEGO RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GONZALEZ EDGAR OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GONZALEZ GALO GUSTAVO FEDERICO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GONZALEZ HECTOR DANIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI GONZALEZ JOSE RAMIRO ámbito de SERV.ARG.SEG.EMPRESARIA S.A DNI GONZALEZ JUAN ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GONZALEZ LABRIN CRISTHIAN OSVALDO ámbito de ARPA ORGANIZ. DE SEGUR. S.R.L DNI GONZALEZ LUCAS MANUEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI GONZALEZ NESTOR DAMIAN ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L DNI GONZALEZ RAUL HUMBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GONZALEZ SATURNINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GONZALEZ TORRES JOAN PABLO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI GONZALEZ WALTER MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GOTTE JORGE MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GRACHOT FRANCISCO OMAR ámbito de SEGURIDAD EMPRESARIA S.A DNI GRASSO FERNANDO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GRISOLIA RICARDO JUAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI HEEVEL HECTOR ARIEL ámbito de T.C. INTERPLATA S.A DNI HERRERO EUGENIO WALTER ámbito de ARPA ORGANIZ. DE SEGUR. S.R.L DNI HORNOS MARIO ENRIQUE ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI HUERTA ADRIAN ORLANDO ámbito de PROSEGUR S.A DNI IGLESIAS ALEJANDRO ARIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI IGLESIAS MANUEL BENITO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ILLANES PATRICIO HUMBERTO ámbito de PROSEGUR S.A DNI INFANTINO DANIEL OSCAR ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI INVIDIATO FELIPE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI IRAMAIN ROLANDO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI IRAZU ADRIAN OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI IRRIBARRA JOSE RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI IRUSTA ALFREDO DANTE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ISOLINI JORGE OMAR ámbito de DE CONFIAR SEGURIDAD S.R.L DNI ITALIANI OSCAR LEONARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI JAQUE ADOLFO FEDERICO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI JIMENEZ GABRIEL ALEJANDRO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI JIMENEZ NELSON GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI JOBSE CARLOS OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI JORQUINA JULIO MIGUEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI JOSE EDUARDO GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI JUAREZ ALBERTO ROQUE ámbito de CI 5 S.A DNI JUAREZ ARTURO GABRIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI JUNCOS OSCAR LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI KAISER CRISTIAN HUMBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI LA PAGLIA GABRIEL ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LABONIA HERNAN EFRAIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LACI JUAN MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LACOVARA GASPAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LALLANA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LEAL ANTONIO AMADEO ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL DNI LEGUIZAMON ROSA ESTER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LEIRA DANIEL ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LEIVA JORGE FABIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LEIVA MARCELO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LENCINA RAMON AMADO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LEONI WALTER SANTIAGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LIBERATI AUGUSTO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LIENDO CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LIGGIERI CRESTAN JUNAN CRUZ sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LIRIA ADOLFO RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LIVOLSI DANIEL OSCAR ámbito de ARA SEGURIDAD S.R.L DNI LLENDERROZOS EDUARDO ANDRES ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A DNI LOPEZ AUDON ALICIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LOPEZ CAMACHO MARCELO FERNANDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI LOPEZ EDUARDO IGNACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LOPEZ JUAN JOSE ámbito de TECH SECURITY S.R.L DNI LOPEZ RUBEN JAIME ámbito de T.C. INTERPLATA S.A DNI LOREA JUAN IGNACIO ámbito de LIRGER S.R.L DNI LOTO HUGO AMERICO ámbito de CI 5 S.A DNI LOTO JOSE RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LOZADA ALVARO MAXIMILIANO ámbito de T.C. INTERPLATA S.A DNI LUCERO JORGE NORBERTO ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L DNI LUCERO MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LUGONES LUIS DEL VALLE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LUJAN ROBERTO ATILIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LUNA ALFREDO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LUPA CARLOS JUAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LURASCHI RUBEN DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MACCARRONE NESTOR GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MACIAS ANTONIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MACIEL JORGE ALBERTO ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L DNI MAGALLANEZ CARLOS ALEJANDRO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI MAGNONE DAMIAN FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MAIDANA JOSE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MAITINEZ FRANCISCO DAMIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MALDONADO HERNAN JAVIER ámbito de PCP PREV.Y CONT.PERDIDAS S.A DNI MALDONADO LUIS OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MALDONADO PEDRO MATEO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MALERBA RICARDO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MAMMANA LYDIA NOEMI sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MANCUELLO RAMON HERMINIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MANGIALAVORI JOSE AUGUSTO ámbito de SERVIN SEGURIDAD S.A DNI MANGIAVILLANO ANGEL MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MANITTO JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MANRIQUE GUILLERMO CARLOS ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A DNI MANSILLA ANDRES BRISIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MANTEIGA ALEJANDRO MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MARAVILLA FEDERICO EMANUEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI MARECO FRUCTUOSO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MARIÑO PEDRO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MARINO ROBERTO CLAUDIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MARQUEZ DA SILVA RICARDO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MARQUISIO CLAUDIO ALEJANDRO ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L DNI MARTIN ROBERTO MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MARTIN RODOLFO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MARTINA JAVIER FLAVIO ámbito de SISEG S.R.L DNI MARTINEZ CARLOS HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MARTINEZ CARLOS RAMON ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI MARTINEZ HERNAN JAVIER ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI MARTINEZ JORGE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MARTINEZ PABLO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MARTINEZ PEDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MATTA GUILLERMO CONRADO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MATTEO JOSE RUBEN ámbito de ZEUS SEGURIDAD S.R.L DNI MAYORDOMO GABRIEL EDUARDO ámbito de PROSEGUR S.A

18 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI MAZZIERI JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MEDINA ERNESTO HERALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MEDINA FELIPE JUSTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MEDINA FELIX ANGEL ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MEDINA LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MEDINA SILVIO DAMIAN ámbito de T.C. INTERPLATA S.A DNI MEJIAS SEBASTIAN MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MELIAN SERGIO FERNANDO ámbito de T.C. INTERPLATA S.A DNI MENA ARIEL ALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MENDELEVICH HORACIO ADAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MENDEZ CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MENDEZ ROBERTO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MENDOZA JOSUE DANIEL ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A DNI MENENDEZ ANDRES ENRIQUE JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MENENDEZ RAUL NORBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MERINO RICARDO MARCELO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI MEZA JUAN CARLOS ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI MIGUEL FABIAN JORGE I. ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI MILLAR FERNANDEZ RODRIGO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MILLARES CESAR FABIAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI MIRANDA GABRIEL ALEJANDRO ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L DNI MIRANDA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MIRANDA JUAN MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MIRANDA LUCINDO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MOLINA AUGUSTO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MOLINA JOSE ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MOLINAS VILLALBA ROBERTO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MONACO ALEJANDRO DANIEL ámbito de ARPA ORGANIZ. DE SEGUR. S.R.L DNI MONASTERIO JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MONGELOS LORENZO ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MONTERO GUILLERMO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MONTES DIEGO ALEJANDRO ámbito de DE CONFIAR SEGURIDAD S.R.L DNI MONZON PEDRO OBDULIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MORALES HECTOR ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL DNI MORE WALTER MANUEL ámbito de ARPA ORGANIZ. DE SEGUR. S.R.L DNI MOREL JOSE IGNACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MOREL RAYMUNDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MORENO FEDERICO JOSE ámbito de LIRGER S.R.L DNI MORENO HERNAN JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MOYA FELIPE ámbito de PROSEGUR S.A DNI MUGICA ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MUJICA CLAUDIO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MUNDA ARIEL DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MUÑOZ ESTEBAN RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MUSSO LUIS MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI NAHUELHUEN HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ÑANCO MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI NAVARRO DANIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI NAZER GERARDO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI NEGRUZZI JORGE RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI NESPOLI GUSTAVO ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI NEVES SERGIO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI NIETO RUBEN NICOLAS ámbito de SOUNCH S.R.L DNI NIVEIROS JOSE LUIS ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A DNI NORDI OMAR DANIEL ámbito de T.C. INTERPLATA S.A DNI NOVAL NELSON DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI NUÑEZ ACOSTA FACUNDO MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI NUÑEZ DANIEL SALVADOR ámbito de ARPA ORGANIZ. DE SEGUR. S.R.L DNI OCHOA FERNANDO ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI OJEDA JORGE GASTON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI OLCESE ALBERTO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI OLGUIN SERGIO HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI OLIMA SERGIO EUSEBIO ámbito de PROSEGUR S.A DNI OLIVA ESTELA GLADY sobre armas de puño registradas a su nombre DNI OLIVA NICOLAS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI OLIVIERI OSCAR DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ORDOÑEZ JORGE LUCAS ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI ORTIZ HIPOLITO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ORTIZ JOSE ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ORUETA EDUARDO MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI OTERO JOSE MARIA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI OTSUBO KASTRUP ALEJANDRO ENRIQUE ámbito de PROSEGUR S.A DNI PACHECO RODRIGO PABLO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI PAGOTO GUIDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI PAJON JORGE EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PALACIO SANTO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PALACIOS FERNANDO ARTURO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PALERMO LISANDRO MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PALKA ERNESTO BRUNO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PALMA JORGE HERNAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PALMA JUAN PEDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PANDOLFO CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI PANIAGUA JORGE HORACIO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A DNI PANSECCHI RAFAEL JEREMIAS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PAREDES ANGEL RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PAREDES ARTURO HUMBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PATANE MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PAUSICH LUIS ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI PAVON DANIEL ANSELMO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PAZ HECTOR ABEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PAZ JOEL ALBERTO RUFINO ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A DNI PAZ MANUEL ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PEDERNERA PEDRO RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PEDROZO TESTA LEONARDO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A DNI PEÑA ANTONIO ámbito de CI 5 S.A DNI PENAYO CRISTIAN ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PERALTA JESUS RAUL ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A DNI PEREYRA DANIEL ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PEREYRA JOSE DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PEREZ CARLOS ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI PEREZ DIEGO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PEREZ HORACIO ARTURO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PEREZ JORGE MARIO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI PEREZ MANUEL HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PETEGOLI GERARDO ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PETRULLO FRANCISCO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PIACQUADIO ANGEL SEVERO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PIERRI HECTOR DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PINTOS WALTER LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PISOLI RICARDO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI POGGIO FRANCISCO MATIAS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI POIZON ALEJANDRO RAMON ámbito de PROSEGUR S.A DNI PONCE ANGEL RICARDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI PONCE DE LEON ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PONCE MARCELO JAVIER ámbito de ARPA ORGANIZ. DE SEGUR. S.R.L DNI PONCE VALDEZ RAMON B. sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PORTIOLI ALEJANDRO ALFREDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI PRADO JORGE HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PUCHETA JUAN PABLO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A DNI QUINTANA JORGE OMAR ámbito de PROSEGUR S.A DNI QUINTANA ORLANDO ALCIBIADES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI QUINTEROS NESTOR RODOLFO ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A DNI QUIROGA JOSE RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI QUIROGA LUIS GONZALO ámbito de SEGURIDAD EMPRESARIA S.A DNI RAMBELLI FABIAN ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RAMIREZ ANTONIO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RAMIREZ DARIO GABRIEL ámbito de LIRGER S.R.L DNI RAMIREZ RAMON OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RAMOS ROLANDO GUSTAVO ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L DNI REJALAGA ROBERTO RAMON ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A DNI RETAMAR MIGUEL ANGEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI RETAMOSO ERNESTO DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RETAMOSO HECTOR OMAR ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG. LTDA DNI RETAMOZO SEBASTIAN JOSE ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A DNI RICABARRA ANIBAL EZEQUIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI RICALDONI MARTIN LEONARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RICCA MATIAS MARIANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RIGHINI JUAN ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RINAUDO ARIEL ULISES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RIOS CARDOZO RAMIRO MIGUEL N. ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI RIOS GUILLERMO DE JESUS ámbito de PROSEGUR S.A DNI RIOS GUSTAVO JOSE ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A DNI RIOS NORBERTO MIGUEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI RIOS SEBASTIAN EXEQUIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RIVEROS ERNESTO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ROBLES ADRIAN AGUSTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ROBLES JORGE RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RODRIGUEZ ALBERTO MARCELO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI RODRIGUEZ ARTURO HUMBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RODRIGUEZ CRISTIAN WALTER ámbito de T.C. INTERPLATA S.A DNI RODRIGUEZ HECTOR HERNAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RODRIGUEZ HUGO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RODRIGUEZ JOSE LUIS ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI RODRIGUEZ JUAN CARLOS RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RODRIGUEZ JUAN MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RODRIGUEZ MAXIMILIANO GASTON ámbito de T.C. INTERPLATA S.A DNI RODRIGUEZ MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RODRIGUEZ MIGUEL ANGEL ámbito de CI 5 S.A

19 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI RODRIGUEZ NESTOR DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RODRIGUEZ PEDRO PAULINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RODRIGUEZ RAMON RAFAEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RODRIGUEZ RICARDO SERVANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RODRIGUEZ SERGIO ANIBAL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ROJAS ERNESTO JUAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ROJAS HECTOR LUIS ámbito de A.I.P.A.A. S.A DNI ROJAS ROBERTO MARCIAL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI ROJKO PEDRO MARCELINO ámbito de PROSEGUR S.A DNI ROJO HUMBERTO SALVADOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ROLDAN GUSTAVO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ROLON ROMINA SOLEDAD sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ROMANO PABLO MARTIN ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A DNI ROMERO CARLOS ALBERTO ámbito de T.C. INTERPLATA S.A DNI ROMERO JUAN DOMINGO ámbito de LIRGER S.R.L DNI ROMERO MAURICIO SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ROMERO RAMON DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ROMERO VICTORIANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ROSALES ANIBAL IGNACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ROSETTI ALFREDO HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ROSETTI DANIEL HORACIO ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL DNI ROTGER JUAN CARLOS GUILLERMO ámbito de T.C. INTERPLATA S.A DNI ROTUNDO RAFAEL ALCIDES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RUIZ CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RUIZ HUGO DANIEL ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A DNI RUIZ HUGO LISANDRO ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A DNI RUIZ NORMA DELFINA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RUSSO ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SAAVEDRA LUIS HORACIO ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL DNI SAAVEDRA RUBEN OMAR JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SABATTINI DIEGO MATIAS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SALADINO ADOLFO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SALAS DOMINGO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SALAS LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SALAS LUIS RODOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SALAZAR ORLANDO ANIBAL ámbito de PCP PREV.Y CONT.PERDIDAS S.A DNI SALAZAR OSVALDO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SALAZAR SORUCO ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SALCEDO GILBERTO OSCAR ámbito de T.C. INTERPLATA S.A DNI SANCHEZ FAVIO MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SANCHEZ LUIS EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SANCHEZ MIGUEL DARÍO ámbito de EMP.DE SEG.INTEGRAL ALESA S.A DNI SANCHEZ ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SANDOVAL RAMON ERNESTO ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L DNI SANTACRUZ BAEZ RAMON ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L DNI SANTOS GUILLERMO EDUARDO ámbito de PROSEGUR S.A DNI SARASPE JOSE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SARTORI VERONICA CARMEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SCARONE PEHUEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SCATAGLINI JUAN MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SCHMIDT RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SCHUAL GABRIEL ARMANDO ámbito de T.C. INTERPLATA S.A LE SEGOVIA JOSE RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SEGOVIA RAUL ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI SEGUEL CARLOS OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SEISDEDOS OSVALDO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SEMAINKO ANTONIO JHONATAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SERI DIEGO GONZALO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI SERRA HUGO DANIEL ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L DNI SILVA HERNAN GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SILVA NELSON RAMÓN ámbito de EMP.DE SEG.INTEGRAL ALESA S.A DNI SILVA VICTOR AUGUSTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SILVEIRA SEBASTIAN CAYETANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SOLIS DAMIAN JESUS ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A DNI SOLLAZZO ROBERTO ARMANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SORIA CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SOSA CESAR ADRIAN ámbito de DE CONFIAR SEGURIDAD S.R.L DNI SOSA FERNANDO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SOSA LUCAS EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SOSA LUIS ISMAEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SOSA SEGUNDO ALFREDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI SOSA SERGIO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SOTELO SERGIO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SOTO YONNI ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SOUTO ARIEL PABLO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SPOLIDORI CARLOS ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SPOSITO NANCY KARINA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SRUR MARCELO EDUARDO HIPOLITO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI STAVSKY ALEJANDRO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI STELLA LEOANRDO GABRIEL MATIAS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI STENEIR CARLOS JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SUAREZ ALDO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI SUAREZ EMMANUEL MAXIMILIANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SUAREZ LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SUAREZ NATALIA SOLEDAD sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SUAREZ OSCAR ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SURBANO JAVIER EDUARDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI SVANCARA CRISTIAN JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TEBES AMAURO BELTRAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TERRERA JAVIER HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TEVEZ ROBERTO OSCAR ámbito de T.C. INTERPLATA S.A DNI TOFALO EMA NOEMI sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TOLOZA RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TORCHIA FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TORRES CARLOS RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TORRES EDUARDO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TORRES JUAN ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TORRES OMAR DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TORREZ LUIS ALFREDO ámbito de SOUNCH S.R.L DNI TORTI MONICA GRACIELA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TOURIÑO ROMAN JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TOURN ROLANDO JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TOURON JORGE GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TREJO OMAR ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TROVATO JERONIMO MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ULLUA LUIS EMILIO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI UMAÑO MARIO CEFERINO ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG. LTDA DNI VACA CRISTIAN ARIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI VACIRCA ARIEL CAYETANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VALDES JORGE GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VALENTINI MARCELO RODOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VALENZUELA WALTER ARMANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VALES LEANDRO MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VALIENTE OSVALDO FERNANDO ámbito de T.C. INTERPLATA S.A DNI VALLEJOS FRANCISCO RUFINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VALLEJOS MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VARGAS HORACIO ANGEL NORBERTO ámbito de PROSEGUR S.A DNI VAZQUEZ CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VAZQUEZ FRANCISCO JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VAZQUEZ MARCELO ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VEGA ANDRES DAMIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VELAZQUEZ JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VELIZ FACUNDO BALTAZAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VENCHIARUTTI CLAUDIO JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VENTO ROBERTO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VERON ADRIAN MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VERON ANTONIO ROGELIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VICENTE FABIAN GONZALO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VICENTE PABLO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VIDAL JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VIDAL NICOLAS BELINDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VIERA CARLOS ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VIEYTES GASTON OSCAR ámbito de ARPA ORGANIZ. DE SEGUR. S.R.L DNI VILLA ROBERTO CARLOS ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A DNI VILLAFAÑE SERGIO DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VILLAGRA CRISTIAN HERNAN ámbito de PROSEGUR S.A DNI VILLALBA MAXIMILIANO NAHUEL ámbito de PROSEGUR S.A DNI VILLARREAL JUAN EMILIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VILLARROEL JOSE MAXIMO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VILLARRUEL FELIX OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VILLAVICENCIO FRANCISCO ARIEL ámbito de T.C. INTERPLATA S.A DNI VILLAVICENCIO PABLO ANTONIO ámbito de T.C. INTERPLATA S.A DNI VILLEGAS JOSE GILBERTO ámbito de T.C. INTERPLATA S.A DNI VILLORDO LUIS ALBERTO ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L DNI VILTA NESTOR FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VITALE CHRISTIAN DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VITALE ROBERTO CAMILO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VITO HUGO MARTINIANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VITTON RAUL ABELARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VIVAS NESTOR ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VIZGARRA MARIO RODOLFO ámbito de BRINK S SEGURIDAD CORPORATIVA S.A DNI VLACICH OMAR WALTER ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI VOTTERO ALFREDO BERNARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI WETZEL OSCAR OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI WIEST PAUL JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI YBAÑEZ PAMELA ELIZABETH sobre armas de puño registradas a su nombre LE ZAMPAGLIONE ANDRES HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ZANAZI GUSTAVO ANDRES ámbito de NOVIT S.A DNI ZAPATA ISRAEL PASCUAL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ZAPATA JORGE VICTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ZEMEK PABLO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ZERPA GERMAN ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A DNI ZIBECCHI CARLOS ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA DNI ZIPITRIA JARA DIEGO HORACIO ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L DNI ZUÑIGA ALEJANDRO ARIEL ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A DNI ZURITA SIXTO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre Dra. NATALIA GAMBARO, Directora Nacional, Registro Nacional de Armas. e. 18/03/2016 N 16013/16 v. 18/03/2016 #F F#

20 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº #I I# MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DIRECCIÓN NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR Expediente Título, autor y demás recaudos por la ley Obra Publicada Género: MUSICA Título: TASTE OF LOVE Autor: MAXIMILIANO TRUSSO Autor: HIPOLITO COURVOISIER Autor: RAMON GARRIGA ZIMMERMANN Autor: LUCA VICINI Editor: EMI MELOGRAF SA Editor: PIRCA PUBLISHING Editor: MOSTRENKO Obra Publicada Género: LETRA Título: TASTE OF LOVE Autor: MAXIMILIANO TRUSSO Editor: EMI MELOGRAF SA Editor: PIRCA PUBLISHING Editor: MOSTRENKO Obra Publicada Género: MUSICA Título: ALBUM QUE BAILE LA NEGRA Autor: BRIAN EZEQUIEL DELGADO Autor: NAHUEL NICOLAS DELGADO Autor: LEONARDO FABIO MONZON Autor: GUSTAVO MIGUEL ROMANO Autor: ELOY DAMIAN IANZZELOTTA Editor: EPSA PUBLISHING SA Editor: PUBLITRACK SRL Obra Publicada Género: LETRA Título: ALBUM QUE BAILE LA NEGRA Autor: BRIAN EZEQUIEL DELGADO Autor: NAHUEL NICOLAS DELGADO Autor: LEONARDO FABIO MONZON Autor: GUSTAVO MIGUEL ROMANO Autor: ELOY DAMIAN IANZZELOTTA Editor: EPSA PUBLISHING SA Editor: PUBLITRACK SRL Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: ECOWIT Autor/Titular: DAMIAN ARTURO HERNANDEZ Obra Publicada Género: MUSICA Título: ALBUM HAKKA MIX Autor: JUAN RAUL ARGAÑARAZ Autor: JUAN GABINO ARGAÑARAZ Editor: EPSA PUBLISHING SA Editor: PUBLITRACK SRL Obra Publicada Género: LETRA Título:... Y UN DIA NICO SE FUE Autor: ALEJANDRO GUSTAVO SERGI GALANTE Autor: OSVALDO DANIEL BAZAN Editor: PEERMUSIC ARGENTINA EDICIONES Y PRODUCCIONES MUSICALES SA Obra Publicada Género: MUSICA Título:... Y UN DIA NICO SE FUE Autor: ALEJANDRO GUSTAVO SERGI GALANTE Editor: PEERMUSIC ARGENTINA EDICIONES Y PRODUCCIONES MUSICALES SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: INSTANTANEAS Autor/Editor: RICARDO RAFAEL MORELLI Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: RECUERDOS DEL FUTURO Productor: MARCOS AUGUSTO SOLARI Obra Publicada Género: LETRA Título: RECUERDOS DEL FUTURO Autor/Editor: MARCOS AUGUSTO SOLARI Autor: JORGE FRANCISCO AZUMENDI Autor: PABLO JORGE DELLEPIANE Obra Publicada Género: MUSICA Título: RECUERDOS DEL FUTURO Autor/Editor: MARCOS AUGUSTO SOLARI Autor: JORGE FRANCISCO AZUMENDI Autor: PABLO JORGE DELLEPIANE Obra Publicada Género: CINEMATOGRAFICO Título: RELAPSE (RECAIDA) Director: GUILLERMO FABIAN NAVARRO Productor: PATRICIA NAVARRO Autor/Editor/Titular: GUILLERMO FABIAN NAVARRO Obra Publicada Género: LITERARIO Título: PENALES PARA EL PRIMER AMOR Autor/Editor: FEDERICO RIVEIRO Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LOLEI. MEMORIAS DE LO INCONFESABLE Autor/Editor: FEDERICO RIVEIRO Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: OPTIMIST Autor/Titular: DIEGO CARLOS CROMBERG Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: MUTUALIST Autor/Titular: DIEGO CARLOS CROMBERG Obra Publicada Género: LITERARIO Título: INOLVIDABLES: BELLOS POEMAS DE AMOR Autor: DELIA MARIA DALLACIA Editor: DELIA MARIA DALLA CIA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL REFLEJO DE TUS OJOS Autor/Editor: DELIA MARIA DALLA CIA Obra Publicada Género: TEATRAL Título: PROYECTO CHICAS INTERVENCION TEATRAL EN Autor/Titular: DANIEL HERNAN NUÑEZ ESPACIO PUBLICO Obra Publicada Género: CIENTIFICO Título: PROBIOTICOS PREBIOTICOS Y SIMBIOTICOS Editor: ANEJO PRODUCCIONES SA EN GINECOLOGIA Autor: EDUARDO A REQUENA Autor: EDUARDO BRACALENTE Autor: OLGA BURLAK Obra Publicada Género: CIENTIFICO Título: THE DIGESTIVE SYSTEM Autor: EDUARDO A REQUENA Autor: EDUARDO BRACALENTE Autor: OLGA BURLAK Editor: ANEJO PRODUCCIONES SA Obra Publicada Género: CIENTIFICO Título: HIPOGONADISMO Autor: EDUARDO A REQUENA Autor: EDUARDO BRACALENTE Autor: OLGA BURLAK Editor: ANEJO PRODUCCIONES SA Obra Publicada Género: CIENTIFICO Título: ACID PEPTIC DISEASES AND RELATED DISORDERS Autor: SARAH MAC PHERSON POCKET GUIDE Autor: JANE MIJOVIC KONDEJEWSKI Editor: ANEJO PRODUCCIONES SA Obra Publicada Género: CIENTIFICO Título: SARCOPENIA Editor: ANEJO PRODUCCIONES SA Autor: EDUARDO A REQUENA Autor: EDUARDO BRACALENTE Autor: OLGA BURLAK Obra Publicada Género: CIENTIFICO Título: CHRONIC HEART FAILURE POCKET GUIDE Editor: ANEJO PRODUCCIONES SA Autor: JANE MIJOVIC KONDEJEWSKI Autor: DAMIANA CHIAVOLINI Obra Publicada Género: CIENTIFICO Título: AUTOIMMUNE DISEASES POCKET GUIDE Autor: SARAH MAC PHERSON Autor: JANE MIJOVIC KONDEJEWSKI Editor: ANEJO PRODUCCIONES SA Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: SISTEMA INDUSTRIA Autor/Titular: MONSANTO ARGENTINA SAIC (Q) Dr. GUSTAVO J. SCHÖTZ, Director Nacional del Derecho de Autor, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. e. 18/03/2016 N 15217/16 v. 18/03/2016 #F F#

21 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº

22 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº #I I# MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Resolución 69/2016 d. Coordinación de acciones con organismos nacionales e internacionales. e. Promover la cooperación entre sector público - sector privado para el mejoramiento de las investigaciones que involucren la necesidad de obtener evidencia digital en la que sea necesaria la Bs. As., 11/03/2016 colaboración de los proveedores de servicios de internet u otros entes con acceso a datos informáticos que puedan resultar de interés para las investigaciones. VISTO el Expediente N S04: /2016 del registro de este Ministerio, la Ley N , las Resoluciones conjuntas ex MREyC N 339 y MJyDH N 164 del 4 de marzo de 2005, y JGM N 866 y MJyDH N 1500 del 5 de octubre de 2011, y f. Propiciar la participación de la REPÚBLICA ARGENTINA en los foros internacionales y en las Convenciones y mecanismos internacionales de Cooperación sobre la materia que resulten convenientes para nuestro país. Que por la Ley citada en el Visto se modificó el CODIGO PENAL al que se le incorporaron nuevos tipos de delitos vinculados con la criminalidad informática. Que la tecnología informática y de las telecomunicaciones es un factor fundamental del desarrollo social y económico de las sociedades modernas. Que el problema de los delitos informáticos y la complejidad de su prevención e investigación han aumentado considerablemente en los últimos años generando preocupación tanto a nivel nacional como internacional y configurando una amenaza tanto para el Estado como para la seguridad de los ciudadanos que se ve afectada por conductas que lesionan de manera grave bienes jurídicos diversos como la integridad sexual de menores, la intimidad de datos personales, la propiedad, la libertad de comunicación y expresión, la seguridad de las infraestructuras críticas del Estado y la distribución de contenidos xenófobos o racistas entre otros. Que los avances de la informática y de las telecomunicaciones se han convertido también en una herramienta de apoyo fundamental para el avance de formas de criminalidad organizada compleja como el narcotráfico, terrorismo, trata de personas y lavado de activos, entre otros. Que los desafíos que presentan estas nuevas modalidades delictivas y su posible utilización para favorecer o encubrir la comisión de todo tipo de delitos tienen ribetes inéditos para nuestro sistema penal y requieren de una adecuada articulación tanto de medidas internas, como de acciones de cooperación internacional y con empresas del sector privado. Que resulta un objetivo fundamental poder dar respuestas a estos fenómenos, proveyendo al sistema de justicia penal de los elementos necesarios para su investigación eficiente, pero al mismo tiempo garantizando que las nuevas herramientas de investigación no signifiquen un menoscabo para las garantías individuales de los ciudadanos. Que sin perjuicio de los esfuerzos realizados por distintas dependencias del Estado en los últimos tiempos, resulta conveniente la coordinación de esfuerzos a través de un programa que tenga como eje central está problemática y provea lo necesario para que la REPÚBLICA ARGEN- TINA pueda dar respuesta satisfactoria a este desafío e insertarse de manera adecuada en los mecanismos de cooperación internacional sobre la materia. Que por las razones expuestas, deviene necesaria la creación del PROGRAMA NACIONAL CONTRA LA CRIMINALIDAD INFORMÁTICA en la órbita de la Unidad Ministro de esta cartera de Estado. Que a fin de lograr una adecuada y óptima ejecución del citado Programa, se considera conveniente que sus funciones sean ejercidas por un Coordinador, quien deberá tener un reconocido prestigio en la materia, previéndose asimismo la constitución -en su ámbito- de un Comité Consultivo con especialistas sobre la temática, cuyos miembros serán designados por el suscripto a propuesta de su Coordinador. Que el doctor Marcos G. SALT reúne las condiciones necesarias de experiencia, idoneidad y capacidad para desempeñar la función de Coordinador del PROGRAMA NACIONAL CONTRA LA CRIMINALIDAD INFORMÁTICA. Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio. Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 4, inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (T.O.1992) y sus modificaciones. EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS RESUELVE: ARTÍCULO 1 Créase el PROGRAMA NACIONAL CONTRA LA CRIMINALIDAD INFORMÁ- TICA, en la órbita de la Unidad Ministro de esta cartera de Estado. ARTÍCULO 2 Serán objetivos generales del Programa: a) Promover las acciones necesarias para mejorar las respuestas del sistema penal frente al desafío que plantean los delitos informáticos y los delitos cometidos valiéndose de herramientas de tecnología informática. b) Propiciar la eficiencia en la investigación de las causas penales mediante la utilización de medios modernos de obtención de pruebas basados en tecnología informática y de las telecomunicaciones, garantizando que su utilización se rija por normas respetuosas de los derechos fundamentales de los ciudadanos. ARTÍCULO 3 Las funciones del PROGRAMA NACIONAL CONTRA LA CRIMINALIDAD IN- FORMÁTICA serán ejercidas por un Coordinador. Asimismo, el citado Programa podrá contar con un Comité Consultivo con especialistas sobre la temática, cuyos miembros serán designados por el suscripto, a propuesta del Coordinador del Programa. ARTÍCULO 5 Asígnase al doctor Marcos G. SALT (D.N.I. N ) la función de Coordinador del PROGRAMA NACIONAL CONTRA LA CRIMINALIDAD INFORMÁTICA. ARTÍCULO 6 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. GERMÁN C. GARAVANO, Ministro de Justicia y Derechos Humanos. #I I# MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS e. 18/03/2016 N 15066/16 v. 18/03/2016 #F F# DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS Disposición 110/2016 Bs. As., 17/03/2016 VISTO la Resolución M.J. y D.H. N 561/05, sus ampliatorias y modificatorias, y Que por conducto del acto mencionado en el Visto se produjo el llamado a concurso para la cobertura del cargo de Encargado Titular de cada uno de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor enunciados en el Anexo que integra la citada Resolución. Que, por las modificaciones introducidas mediante las Resoluciones M.J. y D.H. N ros. 1764/06 y 1163/11, (ex) M.J.S. y D.H. N ros. 968/09 y 2128/10 y M.J. y D.H. N 1079/15, se incluyeron determinados Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con el fin de ampliar el Anexo aprobado oportunamente. Que, asimismo, la autoridad superior indicó que los procedimientos concursales se desarrollarán en DIECIOCHO (18) etapas consecutivas y que el inicio de cada procedimiento, así como los Registros Seccionales cuya titularidad se concursará, será determinado por este organismo. Que atento ello, oportunamente, esta Dirección Nacional emitió los actos administrativos que determinaron los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor que integran la primera, la segunda, la tercera, la cuarta, la quinta, la sexta, séptima, octava y novena etapa del procedimiento de selección, encontrándose algunas de esas tramitaciones aún en curso. Que encontrándose avanzadas las tramitaciones de la primera, la segunda, la tercera, la cuarta, la quinta, la sexta, séptima, octava y novena etapa del procedimiento de selección, y a los fines de iniciar la décima etapa, se emitió la Disposición D.N. N 99/16 indicando los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor que se concursará en aquélla y, además, ordenando la publicación del llamado. Que, puntualmente en lo que hace a la décima etapa, mediante la Disposición D.N. N 99/16 han quedado, entonces, determinados los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor involucrados. Que, por otra parte, a los fines de la determinación del monto de la garantía prevista en el artículo 28 de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias, se requirió a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HU- MANOS, mediante las Notas D.N. N ros. 154/16 y 160/16, los promedios de recaudación de cada uno de los Registros Seccionales que integran esta décima etapa; respondiendo la requerida por conducto de la Nota SsC N 149/16 del promedio de las recaudaciones y el monto de la garantía a constituir respecto de cada uno de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor que se concursan en esta décima etapa. Que se ha realizado la publicación del llamado a concurso en el Boletín Oficial y en medios gráficos locales y de gran circulación del país, tal como lo establece el artículo 6 de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Que, por último, es menester dar a conocer la información general, complementaria y particular respecto de cada uno de los concursos; ello, conforme lo enunciado en los artículos 7 y 8 de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Que, asimismo, es preciso ordenar la publicación de la presente en la página web de esta Dirección Nacional, tal como surge del artículo 6 de la norma citada en el considerando anterior. Que las medidas que por la presente se disponen coadyuvarán a garantizar la publicidad y concurrencia de los interesados en participar del procedimiento de selección establecido en la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Que la competencia del suscripto para el dictado del presente acto surge de los artículos 6, 7 y 8 de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. ARTÍCULO 4 El Coordinador del PROGRAMA NACIONAL CONTRA LA CRIMINALIDAD INFORMÁTICA deberá presentar anualmente al suscripto un plan de actividades que tenga en cuenta los siguientes aspectos: a. Reformas que resulten necesarias en la legislación penal y procesal penal. b. Proyectos normativos de cooperación judicial entre la nación y las provincias a fin de mejorar la eficiencia en la persecución de los delitos informáticos como en todo lo atinente a la cooperación interjurisdiccional en la obtención de evidencia digital. c. Capacitación de los operadores del sistema penal tanto federal como provincial sobre la materia. EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS ARTÍCULO 1 Convócase a la inscripción de los postulantes para la décima etapa de los concursos previstos en la Resolución M.J. y D.H. N 561/05 y sus complementarias N ros. M.J. y D.H. 1764/06 y 1163/11, (ex) M.J.S. y D.H. N ros. 968/09 y 2128/10 y M.J. y D.H. N 1079/15, destinados a la cobertura de los cargos de Encargados Titulares de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor indicados en la Disposición D.N. N 99/16.

23 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº La apertura de la inscripción será el 6 de abril del corriente a las 09:30 horas y finalizará el 20 de abril del corriente a las 14:30 horas. Las inscripciones se llevarán a cabo en la sede de esta Dirección Nacional sita en la Avenida Corrientes 5666, Planta Baja, en el horario de 09:30 a 14:30 horas. ARTÍCULO 2 Apruébase la información general y complementaria respecto de los concursos indicados en el artículo precedente, que como Anexo I integra el presente acto. ARTÍCULO 3 Apruébase la información particular respecto de los concursos indicados en el artículo 1, que obra como Anexo II de esta Disposición. ARTÍCULO 4 Publíquese en la página web y en la cartelera de este organismo. ARTÍCULO 5 Regístrese, comuníquese, atento su carácter de interés general, dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. Lic. CARLOS G. WALTER, Director, Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios. ANEXO I INFORMACION GENERAL Y COMPLEMENTARIA 1.- LUGAR Y HORARIO DE INFORMES: Los interesados podrán efectuar consultas relacionadas con los concursos de lunes a viernes de 09:30 a 14:30 horas en la Av. Corrientes 5666, Planta Baja, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en forma personal o mediante correo electrónico en la siguiente dirección: concursosdnrpa@dnrpa.gov.ar. 2.- LUGAR Y HORARIO DE INSCRIPCIÓN: D.N.R.P.A., Av. Corrientes 5666, Planta Baja, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, (C.P. 1414), de lunes a viernes de 09:30 a 14:30 horas. 3.- FECHA Y HORARIO DE LA APERTURA DE LA INSCRIPCIÓN: 6 de abril de 2016 a las 09:30hs. 4.- FECHA Y HORARIO DEL CIERRE DE LA INSCRIPCIÓN: 20 de abril de 2016 a las 14:30hs. 5.- FORMA DE INSCRIPCIÓN: La inscripción podrá efectuarse: 1. En forma personal por el interesado, 2. Por tercero autorizado, a través de una nota simple firmada por el interesado que autorice al tercero a presentar la inscripción, o, 3. Por correo mediante pieza postal certificada servicio 24 hs. : en este caso deberá remitirse la documentación en un sobre cerrado dirigido a la DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGIS- TROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS, en el que se cruzará en forma destacada la leyenda CONCURSOS. Para la inscripción deberá presentarse la documentación prevista por la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias, acompañada por el Formulario de Inscripción de los postulantes a los concursos para la cobertura del cargo de Encargado de Registro aprobado por Disposición D.N. N 141/03 y su modificatoria, el que será suministrado por esta Dirección Nacional en las inscripciones personales y publicado en la página web del organismo a los fines de su libre impresión. 6.- INSCRIPCIÓN EN OTRO CONCURSO: Se hace saber a los interesados que, en virtud de lo establecido en el artículo 10 de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias, para solicitar la inscripción en otro concurso la documentación presentada para uno de ellos será apta a los fines de tener por cumplido ese recaudo respecto del concurso restante. La documentación original se agregará a la primera presentación y para la restante se acompañará una declaración jurada indicando dónde obran los originales. 7.- CURRICULUM VITAE: Deberá presentarse firmado por el postulante y acompañado de las constancias documentales que avalen lo manifestado. 8.- ACREDITACIÓN DE LOS CINCO (5) AÑOS DE EXPERIENCIA PROFESIONAL: Sin perjuicio de la presentación del currículum vitae conforme las condiciones establecidas en el punto anterior, del informe circunstanciado de antecedentes y del certificado de antecedentes disciplinarios, a los fines de la acreditación de los CINCO (5) años de experiencia profesional a la que se refiere el artículo 10, inciso a) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias, el interesado deberá presentar, indistinta o conjuntamente: 1. Fotocopia certificada de su matrícula profesional, 2. Fotocopia certificada o copia fiel del original del acto administrativo mediante el cual se lo designó en el cargo profesional que desempeña en el ámbito de la Administración Pública. 3. Certificado expedido por el empleador, en el que se indique si el interesado actúa, asesora, patrocina o presta servicios como profesional. Asimismo, deberá presentarse fotocopia certificada del último recibo de haberes. Respecto de quienes presenten la documentación a la que se refieren los puntos 2. y 3. antes mencionados, deberá presentarse además un certificado de antecedentes disciplinarios expedido por el empleador y/o colegio o consejo profesional donde tramite la matricula. 9.- CONSTANCIA DE CONSULTA A LAS BASES DE DATOS DEL BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA: Deberá presentarse la consulta impresa a la base de datos de la página Central de Información/Informes por CUIT. Además de ello, los postulantes podrán adjuntar la documentación que estimen pertinente a los fines de acreditar su solvencia patrimonial CERTIFICADO DE AUSENCIA DE ANTECEDENTES PENALES: A los fines previstos en los artículos 10 y 23 de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias, resultarán aptos aquellos que hayan sido extendidos por el REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA con una anticipación no mayor de TREINTA (30) días a la fecha de su presentación CERTIFICADOS DE APTITUD PSICO-FÍSICA: A los fines previstos en el artículo 10 de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias, resultarán aptos aquellos que hayan sido extendidos por el establecimiento de salud pública con una anticipación no mayor de SESENTA (60) días a la fecha de su presentación REGISTRO DE JUICIOS UNIVERSALES: La constancia deberá estar emitida con una anticipación no mayor a TREINTA (30) días a la fecha de su presentación y deberá especificarse, de corresponder, la existencia de concursos y quiebras, con firma y sello de la autoridad correspondiente ASPIRANTES ADMITIDOS A LA EVALUACIÓN TEÓRICA: El listado de los aspirantes admitidos a la evaluación teórica será publicado el 08 de junio de 2016 en la página web de este organismo y en la cartelera ubicada en la DIRECCIÓN NACIO- NAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS, sita en Av. Corrientes 5666, Planta Baja, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, donde podrá ser consultada de 09:30 a 14:30 horas. En los mismos lugares antes indicados se publicará, oportunamente, el listado de los postulantes admitidos a la evaluación práctica PÁGINA WEB DE LA DIRECCIÓN NACIONAL: NORMATIVA APLICABLE A LOS CONCURSOS: La normativa aplicable será la vigente a la fecha de publicación de la presente Disposición y podrá ser consultada en la página web de este organismo IDÓNEOS: Los idóneos previstos en el artículo 5, incisos a) y b), de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias, acreditarán su situación conforme lo establecido en el artículo 10, apartado 2 del acto antes mencionado. En ese marco, los idóneos a los que se refiere el artículo 5, inciso b), deberán solicitar a la Dirección de Registros Seccionales la constancia que lo acredite, en forma personal o telefónica. Se pone en conocimiento de los interesados que toda documentación o fotocopia que se encuentre certificada por Escribano Público perteneciente a una jurisdicción distinta a la de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, deberá estar legalizada por el Colegio de Escribanos que corresponda a la jurisdicción en la que se desempeñe el notario certificante. Esta Dirección Nacional no emitirá constancia para los postulantes que se desempeñen o se hayan desempeñado como empleados de los Registros Seccionales. Para acreditar su condición de tales, deberán presentar a los fines de que esa situación sea tenida en cuenta en la evaluación de antecedentes constancia de los aportes previsionales efectuados por el empleador, u otro medio que a criterio de la Oficina Concursos acredite aquella situación (recibo de sueldo, factura, etc.). Lo mencionado precedentemente no será de aplicación respecto de los períodos en los cuales los empleados de los Registros Seccionales hubieren cumplido funciones de Encargado Suplente y/o Encargado Suplente Interino. ANEXO II INFORMACIÓN PARTICULAR PARA CADA CONCURSO 1) CONCURSO PÚBLICO N 112: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE BAHIA BLANCA N 1. Jurisdicción: Provincia de BUENOS AIRES. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ ,14.- 2) CONCURSO PÚBLICO N 113: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE BAHIA BLANCA N 5. Jurisdicción: Provincia de BUENOS AIRES. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ ,01.- 3) CONCURSO PÚBLICO N 114: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE FLORENTINO AMEGHINO. Jurisdicción: Provincia de BUENOS AIRES. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ ,70.- 4) CONCURSO PÚBLICO N 115: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE MAR DEL PLATA N 7. Jurisdicción: Provincia de BUENOS AIRES. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ ,47.-

24 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº ) CONCURSO PÚBLICO N 116: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE MAR DEL PLATA N 9. Jurisdicción: Provincia de BUENOS AIRES. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ ,99.- 6) CONCURSO PÚBLICO N 117: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE SAN PEDRO N 2. Jurisdicción: Provincia de BUENOS AIRES. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ ,59.- 7) CONCURSO PÚBLICO N 118: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE TRES DE FEBRERO N 3. Jurisdicción: Provincia de BUENOS AIRES. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ ,88.- 8) CONCURSO PÚBLICO N 119: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE BALNEARIA. Jurisdicción: Provincia de CORDOBA. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ ,00.- 9) CONCURSO PÚBLICO N 120: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE CORDOBA N 12. Jurisdicción: Provincia de CORDOBA. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ , ) CONCURSO PÚBLICO N 121: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE JESÚS MARÍA N 2. Jurisdicción: Provincia de CORDOBA. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ , ) CONCURSO PÚBLICO N 122: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE RÍO SEGUNDO N 2. Jurisdicción: Provincia de CORDOBA. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ , ) CONCURSO PÚBLICO N 123: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE ESQUINA. Jurisdicción: Provincia de CORRIENTES. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ , ) CONCURSO PÚBLICO N 124: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE GENERAL ALVEAR. Jurisdicción: Provincia de MENDOZA. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ , ) CONCURSO PÚBLICO N 125: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE ARISTOBULO DEL VALLE. Jurisdicción: Provincia de MISIONES. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ , ) CONCURSO PÚBLICO N 126: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE OBERA N 1. Jurisdicción: Provincia de MISIONES. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ , ) CONCURSO PÚBLICO N 127: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE CENTENARIO N 1. Jurisdicción: Provincia de NEUQUÉN. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ , ) CONCURSO PÚBLICO N 128: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE CENTENARIO N 2. Jurisdicción: Provincia de NEUQUÉN. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ , ) CONCURSO PÚBLICO N 129: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE NEUQUÉN N 5. Jurisdicción: Provincia de NEUQUÉN. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ , ) CONCURSO PÚBLICO N 130: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE SAN CARLOS DE BARILOCHE N 2. Jurisdicción: Provincia de RÍO NEGRO. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ , ) CONCURSO PÚBLICO N 131: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE QUINES. Jurisdicción: Provincia de SAN LUIS. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ , ) CONCURSO PÚBLICO N 132: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE CORONDA. Jurisdicción: Provincia de SANTA FE. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ , ) CONCURSO PÚBLICO N 133: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE LAS ROSAS. Jurisdicción: Provincia de SANTA FE. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ ,35.-

25 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº ) CONCURSO PÚBLICO N 134: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE ROSARIO N 1. Jurisdicción: Provincia de SANTA FE. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ , ) CONCURSO PÚBLICO N 135: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE ROSARIO N 6. Jurisdicción: Provincia de SANTA FE. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ , ) CONCURSO PÚBLICO N 136: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE ROSARIO N 7. Jurisdicción: Provincia de SANTA FE. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ , ) CONCURSO PÚBLICO N 137: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE OJO DE AGUA. Jurisdicción: Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ , ) CONCURSO PÚBLICO N 138: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE RIO GRANDE N 3. Jurisdicción: Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ , ) CONCURSO PÚBLICO N 139: Cargo: Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE JUAN BAUTISTA ALBERDI. Jurisdicción: Provincia de TUCUMÁN. Dirigido a: abogados, escribanos, contadores públicos e idóneos previstos en el artículo 5 incisos a) y b) de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N 238/03 y sus modificatorias. Monto de la garantía: $ ,97.- e. 18/03/2016 N 16422/16 v. 18/03/2016 #F F# #I I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS DIVISIÓN ADUANA DE CONCORDIA La Dirección General de Aduanas, comunica mediante la presente por (1) un día la existencia y situación juridica de la mercadería que al pie se identifica a efectos de que quien acredite su derecho de disponer de la misma, conforme lo estatuye el Art. 417 de la Ley y Art. 1 y 2 de la Ley , se presenten a solicitar respecto ello alguna de las destinaciones autorizadas dentro del plazo de (30) treinta dias contados desde la publicación, ello sin perjuicio del pago de las multas que pudieran coresponder.- A dichos efectos, los interesados deberán presentarse en la División Aduana de Concordia, sita en 1 de Mayo N 202 de la ciudad de Concordia, Entre Ríos. ACTUACION NRO./AÑO EMPRESA DOC/GUIA DETALLE CANTIDAD UNIDAD RTTE. /DEST. ORDEN V. ADUANA V. PLAZA TIGRE IGUAZU GASEOSA X 350 ML GUARANA 360 UNIDAD RIBERO/OVIEDO 5802 $1.635,84 $4.227, TIGRE IGUAZU GASEOSA X 350 ML FANTA UVA 240 UNIDAD RIBERO/OVIEDO 5802 $1.090,56 $2.818, TIGRE IGUAZU JGO POLVO X 5 GR DOCILE 7140 UNIDAD RIBERO/OVIEDO 5802 $12.977,66 $33.928, TIGRE IGUAZU CERVEZA X 473 ML SKOL 312 UNIDAD RIBERO/OVIEDO 5802 $2.835,46 $7.973, ERSA ZAPATILLAS 17 PARES CHAPA/ABASTO 5825 $2.851,00 $5.871, ERSA ZAPATILLAS 24 PARES SANCHEZ/VALDES 5325 $4.024,84 $8.289, ERSA ZAPATILLAS 19 PARES QUIROGA/CHOQUE 5825 $3.186,14 $6.562, N. N. PARTE 73/15 GN FOCOS 60 UNIDAD N. N $573,96 $1.033, N. N. PARTE 73/15 CN FOCOS 40 UNIDAD N. N $382,64 $689, N. N. PARTE 73/15 GN CARGADORES PORTATIL UNIDAD N. N $229,58 $413, N. N. PARTE 73/15 GN MEMORIAS MICRO SD 8GB 2 UNIDAD N. N $191,32 $325, N. N. PARTE 73/15 GN PENDRIVE 8 GB 1 UNIDAD N. N $76,53 $130, N. N. PARTE 28/15 GN CIGARRILLOS X 20 UNID. 90 UNIDAD N. N $515,48 $2.155, N. N. PARTE 26/15 GN TABLET C/ACCES. 7 1 UNIDAD N. N $381,84 $592, N. N. PARTE 26/15 GN VENTILADOR DE PIE 18 C/2 MOTO 1 UNIDAD N. N $190,92 $349, N. N. PARTE 26/15 GN FOCOS 200 UNIDAD N. N $854,60 $1.719,43 Sr. RUBÉN A. TOULIET, Administrador, Aduana Concordia. e. 18/03/2016 N 15316/16 v. 18/03/2016 #F F#

26 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº #I I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE NEUQUÉN Se hace saber a la firma abajo mencionada que se ha dispuesto correr vista en los términos del art de la Ley , de las actuaciones sumariales que se describen, por el término de diez (10) días hábiles para que se presenten a estar a derecho bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes (Art del citado texto legal) imputándosele la infracción que se detalla. Hágasele saber que, conforme a lo normado en los Arts. 930, 932 de la citada ley, las infracciones aduaneras se extinguen con el pago voluntario del mínimo de la multa; para que surta tales efectos deberán efectuarse dentro del plazo indicado en el presente, en cuyo caso los antecedentes no serán registrados. Abog. DIEGO CARLOS FIGUEROA, Administrador (Int.) Aduana Neuquén, Dir. Reg. Aduanera Bahía Blanca. e. 18/03/2016 N 15185/16 v. 18/03/2016 #F F# #I I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE NEUQUÉN Se hace saber a los interesados de los sumarios contenciosos que se detallan a continuación, que SE ENCUENTRAN DEBIDAMENTE NOTIFICADOS a partir del día de la fecha artículo 1013 inciso h) del C.A. de la RESOLUCION por la cual se los condena por la infracción abajo detallada. Asimismo se les hace saber que dentro del plazo de 15 días de notificada la presente tienen derecho de interponer contra la misma recurso de apelación o demanda contenciosa previstos por el art y 1133 del Código Aduanero. Haciéndoles saber que en su defecto, la presente resolución se tendrá por firme y pasará en autoridad de cosa juzgada (art C.A.) Abog. DIEGO CARLOS FIGUEROA, Administrador (Int.) Aduana Neuquén, Dir. Reg. Aduanera Bahía Blanca. e. 18/03/2016 N 15186/16 v. 18/03/2016 #F F#

27 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº #I I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE NEUQUÉN Se hace saber a la firma abajo mencionada que se ha dispuesto correr vista en los términos del art de la Ley , de las actuaciones sumariales que se describen, por el término de diez (10) días hábiles para que se presenten a estar a derecho bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes (Art del citado texto legal) imputándosele la infracción que se detalla. Hágasele saber que, conforme a lo normado en los Arts. 930, 932 de la citada ley, las infracciones aduaneras se extinguen con el pago voluntario del mínimo de la multa; para que surta tales efectos deberán efectuarse dentro del plazo indicado en el presente, en cuyo caso los antecedentes no serán registrados. Abog. DIEGO CARLOS FIGUEROA, Administrador (Int.), Aduana Neuquén, Dir. Reg. Aduanera Bahía Blanca. e. 18/03/2016 N 15188/16 v. 18/03/2016 #F F# #I I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE NEUQUÉN Se hace saber a los abajo mencionados que se ha ordenado notificarles las Providencias por las cuales se decretan su REBELDIA en los términos del artículo N del Código Aduanero y se tiene por constituido domicilio en los estrados de esta Aduana (artículo del Código Aduanero). Abog. DIEGO CARLOS FIGUEROA, Administrador (Int.) Aduana Neuquén, Dir. Reg. Aduanera Bahía Blanca. e. 18/03/2016 N 15190/16 v. 18/03/2016 #F F#

28 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº #I I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE NEUQUÉN Se hace saber al abajo mencionado que se ha dispuesto correr vista en los términos del art de la Ley , de las actuaciones sumariales que se describen por el término de diez (10) días hábiles para que se presente a estar a derecho bajo apercibimiento de ser declarado rebelde (Art del citado texto legal) imputándosele la infracción que se detalla. Actuación SIGEA CAUSANTE RESOLUCION INFRACCION ORTIZ OSCAR ENRIQUE D.N.I. N y C.I. N N 308/2014 (AD NEUQ) Art. 947 Abog. DIEGO CARLOS FIGUEROA, Administrador (Int.) Aduana Neuquén, Dir. Reg. Aduanera Bahía Blanca. e. 18/03/2016 N 15192/16 v. 18/03/2016 #F F# #I I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE NEUQUÉN Se hace saber a los abajo mencionados, que se ha ordenado notificar las Resoluciones por las cuales se declara extinguida la acción penal aduanera en los términos de los artículos 930 y 932 del Código Aduanero. Actuación SIGEA CAUSANTE RESOLUCION INFRACCION TRANSPORTE INTERNACIONAL A. RUIZ E HIJO LTDA R.U.T. N N 18/2015 (AD NEUQ) Art. 994 inc. c) TOMASSI HUMBERTO DAMIAN D.N.I. N N 119/2014 (AD NEUQ) Art COTRAZAP COOPERATIVA DE TRABAJO Y CONSUMO LTDA (C.U.I.T. N N 337/2015 (AD NEUQ) Art. 994 inc. c) FLORES JUAN DANIEL (C.U.I.T. N ) N 337/2015 (AD NEUQ) Art. 994 inc. c) Abog. DIEGO CARLOS FIGUEROA, Administrador (Int.) Aduana de Neuquén, Dir. Reg. Aduanera Bahía Blanca. e. 18/03/2016 N 15194/16 v. 18/03/2016 #F F# #I I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS Abog. DIEGO CARLOS FIGUEROA, Administrador (Int.), Aduana Neuquén, Dir. Reg. Aduanera Bahía Blanca. e. 18/03/2016 N 15197/16 v. 18/03/2016 #F F# #I I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE NEUQUÉN Se hace saber a las firmas abajo mencionadas que se ha dispuesto correr vista en los términos del art de la Ley , de las actuaciones sumariales que se describen, por el término de diez (10) días hábiles para que se presenten a estar a derecho bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes (Art del citado texto legal) imputándosele la infracción que se detalla. Hágasele saber que, conforme a lo normado en los Arts. 930, 932 de la citada ley, las infracciones aduaneras se extinguen con el pago voluntario del mínimo de la multa; para que surta tales efectos deberán efectuarse dentro del plazo indicado en el presente, en cuyo caso los antecedentes no serán registrados. ADUANA DE NEUQUÉN Se hace saber a los abajo mencionados que se ha dispuesto correr vista en los términos del art de la Ley , de las actuaciones sumariales que se describen por el término de diez (10) días hábiles para que se presente a estar a derecho bajo apercibimiento de ser declarado rebelde (Art del citado texto legal) imputándosele la infracción que se detalla. Hágaseles saber que, conforme a lo normado en los Arts. 930, 932 de la citada ley, la infracción aduanera se extingue con el pago voluntario del mínimo de la multa; para que surta tales efectos deberá efectuarse dentro del plazo indicado en el presente, en cuyo caso el antecedente no será registrado. Asimismo se hace saber a los imputados que deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de la División Aduana de Neuquén, bajo apercibimiento de tenérselo constituido en los estrados de la misma.

29 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº de Actuación N 3 del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros - Hipólito Yrigoyen 440 Piso 4, Contrafrente, CABA, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberá constituir domicilio en los términos del art del Código Aduanero, bajo apercibimiento de lo indicado en el art del mismo texto. Se les hace saber que el pago de la multa mínima, dentro del plazo arriba señalado, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (art. 930, 931 y 932 del C.A.). Finalmente se hace saber que de conformidad con lo dispuesto en la Res. Gral AFIP N 3271/12 y las disposiciones DE PRLA N 16/2012 y 15/2013 se ha modificado la moneda de la obligación tributaria conforme se indica a continuación, y que en el caso de los tributos reclamados en dólares estadounidenses se utilizará para su conversión en pesos el tipo de cambio vendedor que informare el Banco de la Nación Argentina al cierre de sus operaciones, correspondiente al día hábil anterior a la fecha de su efectivo pago. SIGEA IMPUTADO DESTINAC MULTA $ METROIMPORT ELECTRONIC SA METROIMPORT ELECTRONIC SA IC L 06073IC G TRIBUTOS U$S DI -IVA , , , ,06 FIRMADO POR Abog. Daniel A. Ilarregui Firma Responsable Secret. Actuacion N 3 - Dpto. Proced. Legales Aduaneros Abog. Daniel A. Ilarregui Firma Responsable Secret. Actuacion N 3 - Dpto. Proced. Legales Aduaneros Abog. CARLOS S. CAZZOLATO, Firma Responsable, Depto. Procedimientos Legales Aduaneros. #I I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Disposición 145/2016 e. 18/03/2016 N 16215/16 v. 18/03/2016 #F F# Asunto: Abogado WAISSMAN, Juan Ignacio - Legajo N /47 - Licencia sin goce de haberes por Ejercicio Transitorio de Otros Cargos. Bs. As., 14/03/2016 VISTO la Actuación N relacionada con el Abogado Juan Ignacio WAISSMAN, y Que el nombrado solicita licencia sin goce de haberes, con motivo de haber sido designado mediante Resolución N 41/AGIP/16 de fecha 15 de febrero de 2016 emitida por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, en el cargo de Subdirector General de la Subdirección General de Cobranzas dependiente de la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Abog. DIEGO CARLOS FIGUEROA, Administrador (Int.) Aduana Neuquén, Dir. Reg. Aduanera Bahía Blanca. e. 18/03/2016 N 15201/16 v. 18/03/2016 #F F# #I I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DVSAPLA 2 Código Aduanero (Ley , arts inc. h) y 1101).- EDICTO Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta oficina aduanera (Art del C.A.) bajo apercibimiento de ley (Art del C.A.). Se les hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de las mercadería en trato, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (Art. 930/932 del C.A.). EXPEDIENTE IMPUTADO INFRACCION MULTA DERECHOS SOTTO VEIGA FERNANDO RAUL (CI: /3) 979 Acta Equipaje Expo N 04/07 Acta Lote N 07001ALOT000263A $ 2617,50.- Que se liquiden en el supuesto de solicitar la exportación Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.) Secretaría de Actuación N 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. e. 18/03/2016 N 15269/16 v. 18/03/2016 #F F# #I I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DIVISIÓN SECRETARÍA DE ACTUACIÓN N 3 EDICTO - LEY Art Inc. H Por ignorarse domicilio, se cita a la Firma que más abajo se mencionan, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles de notificada, comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la infracción tipificada en el art. 954 del CA, cuyas actuaciones tramitan en la División Secretaría Que previamente corresponde dar por finalizadas las funciones en el cargo de Jefe Interino de la División Jurídica de la Dirección Regional Sur. Que por lo expuesto, corresponde otorgar al nombrado licencia sin goce de haberes en los términos del artículo 62 apartado II punto 1 - Ejercicio Transitorio de Otros Cargos - del Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo N 15/91 (T.O. Resolución S.T. N 925/10), a partir del 22 de febrero de 2016 y mientras dure el desempeño de sus funciones. Que por lo expuesto y de acuerdo a las facultades delegadas por la Disposición N 487/07 (AFIP), corresponde disponer en consecuencia. LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS ARTÍCULO 1 Dar por finalizadas al Abogado Juan Ignacio WAISSMAN (Legajo N /47) las funciones de Jefe Interino de la División Jurídica de la Dirección Regional Sur. ARTÍCULO 2 Considérase otorgada licencia sin goce de haberes al Abogado Juan Ignacio WAISSMAN, prevista en el artículo 62 apartado II punto 1 - Ejercicio Transitorio de Otros Cargos - del Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo N 15/91 (T.O. Resolución S.T. N 925/10), a partir del 22 de febrero de 2016 y mientras desempeñe las funciones en el cargo de Subdirector General de la Subdirección General de Cobranzas dependiente de la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, conforme los fundamentos expuestos en la presente Disposición. ARTÍCULO 3 Regístrese, comuníquese, publíquese y remítase a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. Cont. Púb. MARIA ADRIANA BELTRAMONE, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos. #I I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Disposición 146/2016 e. 18/03/2016 N 15362/16 v. 18/03/2016 #F F# Asunto: Finalización y designación de Jefaturas Interinas en el ámbito de la Dirección Regional Oeste y de la Dirección de Logística. Bs. As., 14/03/2016 VISTO la Actuación N del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y Que a través de la misma, la Dirección de Logística propone designar al Contador Público Sergio Daniel LENCINA en el carácter de Jefe Interino de la División Intendencia en el ámbito de su

30 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº jurisdicción, quien actualmente se desempeña como Jefe Interino de la Agencia Nro. 14, dependiente de la Dirección Regional Oeste. Que asimismo, la citada Dirección Regional gestiona designar al Contador Público Hernán BARANDA en el carácter de Jefe Interino de la Agencia Nro. 14, quien actualmente se desempeña en idéntico carácter y cargo en el ámbito de la Agencia Nro. 15, ambas de su jurisdicción. Que la presente medida cuenta con la conformidad de la Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas y de la Subdirección General de Administración Financiera. Que sobre el particular, destácase que a la luz del Decreto N 227/16 (art. 5 ), se ha efectuado una evaluación de la presente gestión, de la cual surge que no genera una mayor erogación presupuestaria en razón de las modificaciones que la misma implica. Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición N 487 (AFIP) de fecha 14 de diciembre de 2007, procede disponer en consecuencia. LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS ARTÍCULO 1 Dar por finalizadas y asignadas las funciones de los agentes que a continuación se detallan, en el carácter y en la Unidad de Estructura que en cada caso se indica: NOMBRES Y APELLIDO LEGAJO N FUNCIÓN ACTUAL FUNCIÓN ASIGNADA Cont. Púb. Sergio Daniel LENCINA Cont. Púb. Hernán BARANDA / /65 Jefe de agencia - AGENCIA NRO. 14 (DI ROES) Jefe de agencia - AGENCIA NRO. 15 (DI ROES) Jefe de division Int. - DIV. INTENDENCIA (DI LOGI) Jefe de agencia Int. -AGENCIA NRO. 14 (DI ROES) ARTÍCULO 2 Regístrese, comuníquese, publíquese y remítase a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. Cont. Púb. MARIA ADRIANA BELTRAMONE, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos. #I I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Disposición 149/2016 e. 18/03/2016 N 15370/16 v. 18/03/2016 #F F# Asunto: Finalización y designación de funciones y Jefaturas Interinas en el ámbito de la Dirección de Informática Aduanera. Bs. As., 14/03/2016 VISTO la Actuación N del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y Que a través de la misma, el Licenciado Julio Víctor PAGLIONE y el agente Raúl Eduardo HIRSCHFELD, solicitan el relevo de las funciones que les fueran asignadas oportunamente en el carácter de Jefes Interinos de los Departamentos Control de Desarrollo y Operaciones de Sistemas Aduaneros y Desarrollo de Sistemas Aduaneros, respectivamente, ambos de la Dirección de Informática Aduanera. Que asimismo, la ingeniera Lorena Beatriz MORONERO renuncia a las funciones interinas de Supervisora de Departamento SCD en el ámbito del Departamento Desarrollo de Sistemas Aduaneros, que le fueran asignadas oportunamente. Que la Subdirección General de Sistemas y Telecomunicaciones accede a lo solicitado por los agentes mencionados precedentemente y propone dar por finalizadas funciones y designar a diversos agentes para desempeñarse en el carácter de Supervisores SCD y de Jefes Interinos de diversas Unidades de Estructura en el ámbito de la Dirección de Informática Aduanera. Que el artículo 6, inciso 1) b) del Decreto N 618/97, otorga a esta Administración Federal la facultad de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, siendo competencia de la misma la evaluación de la oportunidad, mérito o conveniencia del ejercicio de dichas atribuciones y/o facultades discrecionales. Que dichas potestades poseen una particular relevancia institucional en el caso de la Administración Federal de Ingresos Públicos en razón de la función estratégica del servicio (Art. 4 C.N.) que se le ha encomendado por imperativo legal (Decretos Nros. 1156/96, 618/97 y 1399/01), consistente en la gestión de las políticas tributarias, fiscales y aduaneras del Estado Nacional. Que la medida respeta la estabilidad que gozan los agentes de Planta Permanente de este Organismo, atento a que de acuerdo a lo que prescriben los artículos 11 del Convenio Colectivo de Trabajo N 56/92 - Laudo N 16/92 (t.o. Resolución S.T. N 924/10) y 14 del Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo N 15/91 (t.o. Resolución S.T. N 925/10), la estabilidad es el derecho del agente de planta permanente a conservar el empleo y el nivel alcanzado en el escalafón, calidad que en el presente acto se mantiene estrictamente. Que al estar receptada en la normativa legal y convencional vigente, la asignación y finalización de funciones forma parte de la actividad habitual de este Organismo y en tal sentido ha sido respaldada por vasta jurisprudencia administrativa y judicial. Que la Procuración del Tesoro de la Nación tiene dicho en reiteradas oportunidades que la estabilidad del empleado no implica, en principio y dentro de ciertos límites, que no puedan variarse las modalidades de la prestación de los servicios, con la eventual incidencia que puedan tener en las retribuciones no permanentes. Que las facultades que tiene este Organismo como empleador con relación a la organización, dirección y modificación de las formas y modalidades de trabajo resultan amplias. Que de lo antes expuesto surge que las medidas que se adoptan se inscriben dentro del plexo de facultades normales de organización que posee esta Administración Federal y que, por consiguiente, encuadran en el ámbito de discrecionalidad propia de la función. Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco de las facultades otorgadas a esta ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS por el Decreto N 1322 de fecha 26 de octubre de 2005, las que se mantienen por el artículo 5 del Decreto N 227 del 20 de enero de Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición N 487 (AFIP) de fecha 14 de diciembre de 2007, procede disponer en consecuencia. LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS ARTÍCULO 1 Dar por finalizadas y asignadas las funciones de los agentes que a continuación se detallan, en el carácter y en la Unidad de Estructura que en cada caso se indica: NOMBRES Y APELLIDO LEGAJO N FUNCIÓN ACTUAL FUNCIÓN ASIGNADA Ag. Pablo Enrique ACTIS DATO Ag. Gabriel Alejandra ARIAS Ag. Diego Armando BLANCO Ag. Ricardo Horacio FARBMAN Ing. Gabriel Marcelo FERRARI Ag. Norberto Emilio FERRERO Lic. Marcelo Luis FIOTTO Ag. Eduardo Daniel GARCIA Ag. Raul Eduardo HIRSCHFELD (*) Ag. Graciela Monica IBAÑEZ Ing. Lorena Beatriz MORONERO (*) Ag. Gustavo Alejandro NAVARRO Ag. Leopoldo Maximiliano NUÑEZ Lic. Julio Victor PAGLIONE (*) Ag. Mariano Ariel ROSA Lic. Ines Marisol VALIENTE GAUTO Ing. Jorge Javier ABADAL /27 Ag. Claudio Ricardo BURELLO Ag. Gabriela Alejandra CROUSPEIRE Ag. Gabriel Hernan GARCIA Lic. Alejandro Alfredo GIMENEZ Ag. Sergio GRAMEGNA Supervisor de informatica aduanera (nivel intermedio) - DIV. CONT.D/CALIDAD D/SIST. D/DECL.ADUANERA (DI INAD) Jefe de seccion informatica - SEC. C(DI INAD) Supervisor de informatica aduanera (nivel intermedio) - DIV. DES. D/SIST. DE RECAUD. ADUANERA (DI INAD) Supervisor de informatica aduanera (nivel intermedio) - DIV. CONT.D/CALIDAD. D/SIST D/ARANCEL ADUANERO (DI INAD) Jefe de división informatica - DIV DES. D/SIST DE RECAUD. ADUANERA (DI INAD) Jefe de división informatica - DIV CONT. D/CALIDAD D/SIST D/ARANCEL ADUANERO (DI INAD) Jefe de división informatica - DIV. CONT. D/CALIDAD D/SIST D/RECAUD. ADUANERA (DI INAD) Jefe de seccion informatica - SEC. F (DI INAD) Jefe de departamento informatica - DEPTO. DESARROLLO DE SIST. ADUANEROS (DI INAD) Jefe de sección informatica - SEC. D (DI INAD) Supervisor de informatica aduanera (nivel intermedio) - DEPTO. DESARROLLO DE SIST. ADUANEROS (DI INAD) Jefe de división informatica - DIV. CONT. D/CALIDAD D/SIST D/DECL. ADUANERA (DI INAD) Supervisor de informatica aduanera (nivel intermedio) - DIV. CONT. D/CALIDAD D/SIST. D/RECAUD. ADUANERA (DI INAD) Jefe de departamento informatica - DEPTO.CONT. DE DES. Y OPER. DE SIST. ADUAN. (DI INAD) Supervisor de informatica aduanera (nivel base) - SEC. C (DI INAD) Supervisor de informatica aduanera (nivel base) - SEC. F (DI INAD) Instructor / disenador de capacitacion - DIV. CURSOS DE FORMACIÓN (DI ADEF) Analista de sistemas - DIV. DES. D/SIST. DE RECAUD. ADUANERA (DI INAD) Lider de proyecto - DIV. DES. D/SIST.DE RECAUD. ADUANERA (DI INAD) Especialista en testeo de desarrollos - SEC. C (DI INAD) Analista de sistemas - SEC. B (DV DESR) Empleado especializado en informática - DIV. CONT.D/ CALIDAD D/SIST D/ARANCEL ADUANERO (DI INAD) Jefe de division Int. - DIV. CONT.D/CALIDAD D/SIST. D/ DECL.ADUANERA (DI INAD) Acorde a la categoria DEPTO. CONT. DE DES. Y OPER. DE SIST. ADUAN. (DI INAD) Supervisor de departamento SCD Int. - DEPTO. DESARROLLO DE SIST. ADUANEROS (DI INAD) Acorde a la categoria DEPTO. CONT. DE DES. Y OPER. DE SIST. ADUAN. (DI INAD) Acorde a la categoria - DEPTO. DESARROLLO DE SIST. ADUANEROS (DI INAD) Acorde a la categoria DEPTO. CONT. DE DES. Y OPER DE SIST. ADUAN. (DI INAD) Jefe de departamento Int.- DEPTO. CONT. DE DES. Y OPER. DE SIST. ADUAN. (DI INAD) Acorde a la categoria - DEPTO. CONT. DE DES. Y OPER. DE SIST. ADUAN. (DI INAD) Acorde a la categoria - DEPTO. DESARROLLO DE SIST. ADUANEROS (DI INAD) Acorde a la categoria -DEPTO. CONT. DE DES. Y OPER. DE SIST. ADUAN. (DI INAD) Acorde a la categoria - DEPTO. DESARROLLO DE SIST. ADUANEROS (DI INAD) Supervisor de departamento SCD - DEPTO. CONT. DE DES. Y OPER. DE SIST. ADUAN. (DI INAD) Jefe de division Int. - DIV. CONT.D/CALIDAD D/SIST. D/RECAUD. ADUANERA (DI INAD) Acorde a la categoria -DEPTO. CONT. DE DES. Y OPER. DE SIST. ADUAN. (DI INAD) Jefe de sección Int. - SEC. C (DI INAD) Jefe de division Int. - DIV. CONT.D/CALIDAD D/SIST. D/ARANCEL ADUANERO (DI INAD) Jefe de seccion Int. - SEC. D (DI INAD) Supervisor de división SCD Int. - DIV. DES. D/SIST. DE RECAUD. ADUANERA (DI INAD) Jefe de departamento Int. - DEPTO. DESARROLLO DE SIST. ADUANEROS (DI INAD) Supervisor de seccion SCD Int. - SEC. C (DI INAD) Jefe de division Int. - DIV. DES. D/SIST.DE RECAUD. ADUANERA (DI INAD) Supervisor de divison SCD Int. - DIV. CONT.D/ CALIDAD D/SIST D/ARANCEL ADUANERO (DI INAD)

31 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº NOMBRES Y APELLIDO LEGAJO N FUNCIÓN ACTUAL FUNCIÓN ASIGNADA Lic. Mariano Gabriel VENERUS Lic. Andres Gaston ZITTERKOPF Lic. Susana Silvia KAZIMIRCZUK (*) a su pedido Analista de sistemas - DIV. DES. D/SIST.DE RECAUD. ADUANERA (DI INAD) Especialista en testeo de desarrollos - DIV. CONT.D/ CALIDAD D/SIST D/RECAUD. ADUANERA (DI INAD) Analista programador - DIV. CONT.D/CALIDAD D/SIST D/ DECL.ADUANERA (DI INAD) Supervisor de seccion SCD - SEC. B (DV DESR) Supervisor de division SCD Int. - DIV. CONT.D/CALIDAD D/ SIST D/RECAUD. ADUANERA (DI INAD) Supervisor de division SCD - DIV. CONT.D/CALIDAD D/SIST D/DECL. ADUANERA (DI INAD) ARTÍCULO 2 Dése conocimiento a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 del Decreto N 1322 de fecha 26 de octubre de ARTÍCULO 3 Regístrese, comuníquese, publíquese y remítase a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. Cont. Púb. MARIA ADRIANA BELTRAMONE, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos. e. 18/03/2016 N 15378/16 v. 18/03/2016 #F F# Que en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 4 y 6 del Decreto N 618 del 10 de julio de 1997, y por las Disposiciones N 302 (AFIP) del 13 de agosto de 2012 y N 327 (AFIP) del 21 de agosto de 2014, procede disponer en consecuencia. LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS ARTÍCULO 1 Dénse por finalizadas las funciones como Representante del Fisco de la abogada Analía Mabel AROSENA (D.N.I. N Legajo N /70), quien fuera designada mediante la Disposición N 457/15 (SDG RHH) del 21 de Agosto de 2015, para ejercer la representación judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecución fiscal que se promuevan en materia previsional, impositiva y aduanera, en las situaciones a que se refieren los Artículos 92 y siguientes de la Ley N (texto según Ley N ), Artículo 1 del Decreto N 2102/93 y Artículo 1125 y concordantes del Código Aduanero (Ley N ). ARTÍCULO 2 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Cont. Púb. MARIA ADRIANA BELTRAMONE, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos. e. 18/03/2016 N 15385/16 v. 18/03/2016 #F F# #I I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Disposición 151/2016 Asunto: Baja de Representante del Fisco en jurisdicción de la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social. Abogado Roberto Javier Ceferino PROPATO. Bs. As., 14/03/2016 VISTO la Actuación SIGEA AFIP N del registro de la ADMINISTRACIÓN FE- DERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y Que por la Actuación citada en el VISTO, la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social solicita dar de baja al Representante del Fisco, abogado Roberto Javier Ceferino PROPATO, quien fuera designado mediante la Disposición N 670/15 (SDG RHH) del 4 de Diciembre de 2015, para ejercer la representación judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecución fiscal que se promuevan en materia previsional, impositiva y aduanera. Que las Subdirecciones Generales de Coordinación Técnico Institucional y Asuntos Jurídicos, han tomado la intervención que resulta de sus respectivas competencias. Que en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 4 y 6 del Decreto N 618 del 10 de julio de 1997, y por las Disposiciones N 302 (AFIP) del 13 de agosto de 2012 y N 327 (AFIP) del 21 de agosto de 2014, procede disponer en consecuencia. LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS ARTÍCULO 1 Dénse por finalizadas las funciones como Representante del Fisco del abogado Roberto Javier Ceferino PROPATO (D.N.I. N Legajo N /38), quien fuera designado mediante la Disposición N 670/15 (SDG RHH) del 4 de Diciembre de 2015, para ejercer la representación judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecución fiscal que se promuevan en materia previsional, impositiva y aduanera, en las situaciones a que se refieren los Artículos 92 y siguientes de la Ley N (texto según Ley N ), Artículo 1 del Decreto N 2102/93 y Artículo 1125 y concordantes del Código Aduanero (Ley N ). ARTÍCULO 2 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Cont. Púb. MARIA ADRIANA BELTRAMONE, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos. e. 18/03/2016 N 15389/16 v. 18/03/2016 #F F# #I I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Disposición 152/2016 Asunto: Baja de Representante del Fisco en jurisdicción de la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social. Abogada Analía Mabel AROSENA. Bs. As., 14/03/2016 VISTO la Actuación SIGEA AFIP N /2 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y Que por la Actuación citada en el VISTO, se solicita dar de baja a la Representante del Fisco, abogada Analía Mabel AROSENA, quien fuera designada mediante la Disposición N 457/15 (SDG RHH) del 21 de Agosto de 2015, para ejercer la representación judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecución fiscal que se promuevan en materia previsional, impositiva y aduanera. Que ha prestado su conformidad la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social. Que las Subdirecciones Generales de Coordinación Técnico Institucional y Asuntos Jurídicos, han tomado la intervención que resulta de sus respectivas competencias. #I I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA Disposición 60/2016 Asunto: Otorgamiento de poder para representar al Fisco. Abogados dependientes de la Dirección de Operaciones de Grandes Contribuyentes Nacionales. Bs. As., 17/03/2016 VISTO la ACTUACIÓN SIGEA AFIP N del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y Que por la Actuación citada en el VISTO la Dirección de Operaciones de Grandes Contribuyentes Nacionales propicia designar a los abogados dependientes de la División Cobranzas Judiciales y Sumarios para que en el carácter de Representantes del Fisco, ejerzan la representación judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de cualquier naturaleza que se promuevan con el objeto de resguardar el crédito fiscal del Organismo y permitan evitar la frustración del cobro de deudas de los contribuyentes por parte del Fisco Nacional. Que ha tomado la intervención que resulta de su competencia la Subdirección General de Asuntos Jurídicos. Que han prestado su conformidad la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales. Que en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 4 y 6 del Decreto N 618 del 10 de Julio de 1997, procede disponer en consecuencia. EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA ARTÍCULO 1 Desígnense a los abogados Miguel Alberto MORENO (D.N.I. N Legajo N /14), Eduardo Miguel BONIS (D.N.I. N Legajo N /99), Vanesa Elizabeth CAMATS (D.N.I. N Legajo N /11), Omar Reynaldo Edgardo LESCANO (D.N.I. N Legajo N /72), José Felipe TREGOB (D.N.I. N Legajo N /99), Matías Esteban MARBAN (D.N.I. N Legajo N /58) y Paula Andrea HOFMANN (D.N.I. N Legajo N /18), para que en el carácter de Representantes del Fisco, ejerzan la representación judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS e intervengan en todo planteo jurídico relacionado con juicios de cualquier naturaleza que se promuevan con el objeto de resguardar el crédito fiscal del Organismo y permitan evitar la frustración del cobro de deudas de los contribuyentes por parte del Fisco Nacional, sea en calidad de actor o demandado o en cualquier otro carácter. A tal efecto quedan facultados para presentar escritos, escrituras, testigos, documentos y toda clase de pruebas, producir las informaciones a que hubiere lugar, formular denuncias, solicitar informes, interponer en tiempo y forma, en todos los grados e instancias, los recursos que las leyes permitan, tachar y recusar, poner y absolver posiciones, solicitar medidas cautelares de cualquier tipo y cuantos más actos, gestiones y diligencias procesales se requieran para el mejor cumplimiento de la representación otorgada. ARTÍCULO 2 Los representantes designados no podrán allanarse, desistir total o parcialmente, transar, percibir, renunciar o efectuar remisión o quitas de derechos, salvo con autorización expresa y por escrito de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS. ARTÍCULO 3 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Licenciado HORACIO CASTAGNOLA, Director General, Dirección General Impositiva. e. 18/03/2016 N 16388/16 v. 18/03/2016 #F F# #I I# ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución 283/2016 Bs. As., 07/03/2016 VISTO el Expediente N /99 del Registro del ex COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSION y, Que, por el Decreto N 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINIS- TERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárqui-

32 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº co y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N y , sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y la ex AUTORI- DAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. Que las presentes actuaciones se relacionan con la solicitud de adjudicación directa de una licencia para instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia Categoría F, para la localidad de BOSQUES, provincia de BUENOS AIRES, efectuada por el señor Ricardo OJEDA en el marco del Régimen de Normalización de Estaciones de Frecuencia Modulada establecido por Decreto N 310/98, modificado por su similar N 883/01 y reglamentado por la Resolución N 16-COMFER/99, modificada por su similar N 663-COMFER/01. Que a través del dictado de la Resolución N 295-AFSCA/10 de fecha 5 de agosto de 2010, se inició el PROCEDIMIENTO DE RATIFICACIÓN DE SOLICITUDES DE ADJUDICACIÓN DIRECTA DE LICENCIAS NORMALIZACIÓN Que, conforme surge de la prenotada norma debieron presentarse a dicho procedimiento los solicitantes de adjudicación directa de licencias para el servicio de FM con categorías E, F y G, en virtud de la convocatoria dispuesta por la Resolución N 76-COMFER/99 y sus prórrogas y modificatorias, que las hubieren solicitado para las localidades consignadas en el Anexo I del acto administrativo citado en el considerando que antecede y que mantengan su interés en la obtención de la licencia oportunamente solicitada. Que, así también, el artículo 3 de la resolución a que se ha hecho referencia, estableció que la presentación que dispone podrían realizarla los peticionantes originales o sus cesionarios, en tanto éstos últimos acreditaran su carácter con instrumento de cesión de fecha cierta anterior a su dictado. Que el artículo 5 de la Resolución N 295-AFSCA/10 dispone que la falta de presentación, importa tener por desistida la solicitud de adjudicación directa de licencia, procediendo en su caso, la devolución de la garantía de mantenimiento de oferta oportunamente constituida. Que el señor Ricardo OJEDA no ha presentado la ratificación de la solicitud de licencia mencionada en el primer considerando. Que en consecuencia, se le otorgó un plazo para que efectúe la mentada ratificación. Que habiendo transcurrido el plazo otorgado sin que el presentante haya acompañado la documentación solicitada, corresponde el dictado del acto administrativo por el cual se tenga por desistida la solicitud de licencia formulada por el señor OJEDA. Que tal medida resulta adecuada para el efectivo cumplimiento de la disposición contenida en el artículo 159, segundo párrafo, del Anexo I del Decreto N 1225/10, a través del cual se aprobó la reglamentación de la Ley N , en cuanto dispone que A los efectos de la culminación del Régimen de Normalización de Estaciones de Frecuencia Modulada, respecto de las localidades en las que hubieren permisos precarios y provisorios, y emisoras reconocidas vigentes (cfr. Resolución ex COMFER, N 1366/06), la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL AFSCA convocará a un concurso público cerrado, al que serán invitados a participar como oferentes los titulares de permisos precarios y provisorios, y estaciones reconocidas vigentes, y los peticionantes de adjudicación directa ratificadas en el marco de la convocatoria dispuesta por la Resolución ex COMFER N 76/99 y sus prórrogas, para las zonas de conflicto configuradas como consecuencia de que la demanda registrada al amparo de dicha convocatoria, excedió la disponibilidad de frecuencias que verificaba el Plan Técnico Básico Nacional de Frecuencias para el Servicio de Frecuencia Modulada, en virtud de los pertinentes relevamientos y procedimientos de ratificación convocados por la citada autoridad.. Que finalmente cabe tener en cuenta que mediante Acta de Directorio N 3 del ENACOM de fecha 3 de marzo de 2016, se aprobó el dictado de la presente. Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES. Que la presente medida se dicta ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N 267/2015, el Acta de Directorio N 1 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES de fecha 5 de enero de 2016, y por el artículo 12 inciso 11) de la Ley N EL PRESIDENTE DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES RESUELVE: ARTÍCULO 1 TIÉNESE por desistida la solicitud de adjudicación directa de una licencia para el servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, categoría F, para la localidad de BOSQUES, provincia de BUENOS AIRES, efectuada por el señor Ricardo OJEDA (D.N.I. N ), en virtud de la convocatoria dispuesta por la Resolución N 76-COMFER/99 y sus prórrogas y modificatorias, en el marco del Régimen de Normalización de Estaciones de Frecuencia Modulada, en atención a lo expuesto en los considerandos. ARTÍCULO 2 Dése intervención a la Subdirección Nacional de Administración a efectos de proceder a la devolución de la garantía de mantenimiento de oferta oportunamente constituida. ARTÍCULO 3 Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones. e. 18/03/2016 N 15216/16 v. 18/03/2016 #F F# #I I# ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución 292/2016 Bs. As., 08/03/2016 VISTO el Expediente N 1254/1991 del Registro del ex COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFU- SIÓN, y Que, por el Decreto N 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINIS- TERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N y , sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y la ex AUTORI- DAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. Que el OBISPADO DE MERCEDES - LUJÁN solicitó autorización para el aumento de la potencia correspondiente al servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia identificado con la señal distintiva LRI 334, autorizado por el Decreto N 309/1993 y habilitado por la Resolución N 527-COMFER/2007. Que el servicio mencionado precedentemente opera en la frecuencia 88.1 MHz, canal 201, con categoría F, en la ciudad de MERCEDES, provincia de BUENOS AIRES. Que, del informe elaborado por la entonces COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES identificado como EXPCOMFER 1254/1991, de fecha 17 de julio de 2012, se desprende que resulta factible aumentar de F a E la categoría del aludido servicio. Que, finalmente, cabe tener en cuenta que mediante el Acta de Directorio N 3 del ENACOM de fecha 3 de marzo de 2016, se aprobó el dictado de la presente. Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES. Que la presente medida se dicta ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N 267/2015, el Acta de Directorio N 1 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES de fecha 5 de enero de 2016, y por el artículo 12 inciso 18) de la Ley N EL PRESIDENTE DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES RESUELVE: ARTÍCULO 1 SUSTITÚYASE la asignación correspondiente al servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia identificado con la señal distintiva LRI 334, cuya autorización fuera conferida por el Decreto N 309/1993 al OBISPADO DE MERCEDES - LUJAN para operar en la frecuencia 88.1 MHz., en la ciudad de MERCEDES, de la provincia de BUENOS AIRES, por la categoría E. ARTÍCULO 2 Establécese un plazo de NOVENTA (90) días corridos contado a partir de la publicación de la presente para que la autorizada envíe la documentación técnica para habilitar el servicio, de conformidad con la normativa técnica vigente, correspondiente a la nueva categoría. ARTÍCULO 3 Comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones. e. 18/03/2016 N 15221/16 v. 18/03/2016 #F F# #I I# ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución 293/2016 Bs. As., 08/03/2016 VISTO los Expedientes Nros /14 y /14 del Registro de la ex AUTORIDAD FE- DERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y Que, por el Decreto N 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINIS- TERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N y , sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y la ex AUTORI- DAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, Que las actuaciones del VISTO documentan el concurso público convocado por la entonces AUTORIDAD FEDERAL, mediante Resolución N 904-AFSCA/14, modificada por su similar N 1045-AFSCA/14, con el objeto de adjudicar UNA (1) licencia para instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la localidad de EMBAJADOR MARTINI, provincia de LA PAMPA. Que conforme surge del acta de apertura del concurso público se verificó la presentación de UNA (1) oferta, realizada por la señora Susana Beatriz COMOGLIO, quedando documentada como Expediente N /14. Que dicho proceso de selección es regido por el pliego de bases y condiciones generales y particulares, aprobado por la Resolución N 323-AFSCA/14 y modificada por la Resolución N 592-AFSCA/14, para la adjudicación a personas físicas o personas de existencia ideal con fines de lucro de licencias para la prestación del servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, con las categorías E, F y G (Anexo B). Que el procedimiento contemplado en el artículo 19 del pliego que documenta el Anexo B de la Resolución N 323-AFSCA/14, dispone que las propuestas serán evaluadas por las áreas competentes, en función de los requisitos y aspectos exigidos por los artículos que lo anteceden, teniendo en cuenta los elementos de admisibilidad relativos al cumplimiento de los requisitos de los aspectos personal y societario; patrimonial y técnico; y la sujeción de la propuesta a los porcentajes de contenidos y producción establecidos por la Ley N y su reglamentación aprobada por el Decreto N 1225/10, con relación a la propuesta de programación. Que las áreas de la entonces AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, conforme la competencia asignada, han evaluado el aspecto personal, patrimonial y técnico; y la propuesta de programación, practicando un detallado análisis con relación a las condiciones exigidas por la Ley N , su reglamentación y el correspondiente pliego de bases y condiciones para el acceso a las licencias del servicio que se trata. Que la oferta que documenta el Expediente N /14 ha cumplido la totalidad de los recaudos de admisibilidad previstos por la Ley N , su reglamentación, y el pliego de bases y condiciones.

33 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley N , corresponde a este Organismo el dictado del acto administrativo por el cual se adjudique la licencia objeto del concurso, Que, finalmente, cabe tener en cuenta que mediante el Acta de Directorio N 3 del ENACOM, de fecha 3 de marzo de 201,6 se aprobó el dictado de la presente. Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES. Que la presente medida se dicta ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N 267/2015, el Acta de Directorio N 1 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES de fecha 5 de enero de 2016, y por el artículo 12 inciso 18) de la Ley N EL PRESIDENTE DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES RESUELVE: ARTÍCULO 1 APRUÉBANSE los actos del concurso público N 361 (TRESCIENTOS SE- SENTA Y UNO), convocado mediante Resolución N 904-AFSCA/14, modificada por su similar N 1045-AFSCA/14, con el objeto de adjudicar UNA (1) licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la localidad de EMBAJADOR MARTINI, provincia de LA PAMPA. ARTÍCULO 2 Adjudícase a la señora Susana Beatriz COMOGLIO (D.N.I. N CUIL N ), UNA (1) licencia para instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la frecuencia de MHz., canal 275, con categoría E, en la localidad de EMBAJADOR MARTINI, provincia de LA PAM- PA. ARTÍCULO 3 El plazo de la licencia adjudicada por el artículo 2 abarcará un período de DIEZ (10) años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud del licenciatario, por los plazos y en las condiciones previstas por el artículo 40 de la Ley N , en la redacción que le acuerda el Decreto N 267/15. ARTÍCULO 4 Otórgase a la adjudicataria un plazo de QUINCE (15) días corridos de notificado el acto administrativo de adjudicación para que constituyan la garantía de cumplimiento de las obligaciones emergentes de la adjudicación de la licencia, conforme el artículo 25, inciso a) del pliego, en alguna de las modalidades previstas por el artículo 24. ARTÍCULO 5 Dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días corridos de notificado el acto administrativo de adjudicación, la adjudicataria deberá presentar la documentación técnica a la que refiere el artículo 26 del pliego. ARTÍCULO 6 La licenciataria deberá conservar las pautas y los objetivos de la propuesta comunicacional expresados por la programación comprometida durante todo el plazo de la licencia. Su modificación será considerada incumplimiento de las condiciones de adjudicación. ARTÍCULO 7 El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación, en los términos del artículo 21 de la Ley N ARTÍCULO 8 A solicitud de la licenciataria, se otorgará la señal distintiva correspondiente. ARTÍCULO 9 Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones. #I I# ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución 294/2016 Bs. As., 08/03/2016 e. 18/03/2016 N 15222/16 v. 18/03/2016 #F F# VISTO el Expediente N /12 del Registro de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVI- CIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y Que, por el Decreto N 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINIS- TERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N y , sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y la ex AUTORI- DAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. Que las actuaciones del VISTO documentan la solicitud efectuada por el señor Juan Marcelo SABA (D.N.I. N C.U.I.T. N ), para la adjudicación directa de una licencia para instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de comunicación audiovisual de frecuencia modulada, en la localidad de MBURUCUYÁ, provincia de CORRIENTES, en el marco del régimen especial para emisoras de muy baja potencia, establecido en el artículo 49 de la Ley N y su reglamentación aprobada por el Decreto N 1225/10. Que a través de la Resolución N 434-AFSCA/12 se aprobó el reglamento para la formalización de solicitudes de adjudicación directa de licencias para prestar el servicio de comunicación audiovisual de frecuencia modulada de muy baja potencia, en circunstancias de probada disponibilidad de espectro y en sitios de alta vulnerabilidad social y/o escasa densidad demográfica y siempre que sus compromisos de programación estén destinados a satisfacer demandas comunicacionales de carácter social, en los términos de la prenotada norma. Que el citado reglamento estableció los requisitos de forma y fondo que debían reunir las solicitudes que se presentaran al mencionado procedimiento. Que la entonces COORDINACIÓN GENERAL de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL concluyó que se encuentran reunidos los elementos que justifican la vía de excepción prevista por el artículo 49 de la Ley N , señalando que...se fundamenta la admisibilidad del caso, dada la escasa densidad de población, la situación de alta vulnerabilidad social y la inexistencia de servicios de comunicación de comunicación audiovisual en la mencionada localidad... (sic). Que, por su parte, de la documentación que integra la solicitud de licencia presentada, se colige que el señor Juan Marcelo SABA reúne los requisitos de los aspectos personal, patrimonial y técnico. Que con relación a la propuesta de programación, el área competente ha concluido que la misma se adecúa a lo establecido en el artículo 49 de la Ley N , en tanto se compromete a satisfacer demandas comunicacionales de carácter social y, asimismo, consideró cumplidas las exigencias establecidas por la Resolución N 434- AFSCA/12, en lo que se refiere a dicho aspecto, para acceder a las licencias del servicio en cuestión. Que a través del TRECNC N 32739/12, la entonces COMISIÓN NACIONAL DE COMUNI- CACIONES procedió a asignar la frecuencia 89.3 MHz., canal 207, con categoría G y la señal distintiva LRR792, para la localidad de MBURUCUYÁ, provincia de CORRIENTES, respecto de la solicitud de licencia de que se trata. Que, consecuentemente, corresponde el dictado del acto administrativo por el cual se le da curso favorable a la solicitud en los términos en los que fue formulada. Que finalmente cabe tener en cuenta que mediante Acta de Directorio N 3 del ENACOM de fecha 3 de marzo de 2016, se aprobó el dictado de la presente. Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES. Que la presente medida se dicta ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N 267/2015, el Acta de Directorio N 1 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, de fecha 5 de enero de 2016, y por el artículo 12, inciso 11) de la Ley N EL PRESIDENTE DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES RESUELVE: ARTÍCULO 1 ADJUDÍCASE al señor Juan Marcelo SABA (D.N.I. N C.U.I.T. N ), una licencia para instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de comunicación audiovisual de frecuencia modulada de muy baja potencia, que operará en la frecuencia de 89.3 MHz., canal 207, con categoría G, identificada con la señal distintiva LRR792, en la localidad de MBURUCUYÁ, provincia de CORRIENTES, en el marco del régimen establecido por el artículo 49 de la Ley N y el reglamento aprobado por la Resolución N 434-AFS- CA/12. ARTÍCULO 2 El plazo de la licencia adjudicada por el artículo 1 abarcará un período de DIEZ (10) años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud del licenciatario, por los plazos y en las condiciones previstas por el artículo 40 de la Ley , en la redacción que le acuerda el Decreto N 267/15, en tanto se mantengan las circunstancias de disponibilidad de espectro que dieron lugar a la presente adjudicación. ARTÍCULO 3 Otórgase un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos de notificado el presente acto, prorrogable por el mismo término para que el licenciatario presente la documentación técnica del servicio para la correspondiente habilitación de las instalaciones e inicio regular del servicio, en el marco de lo normado por el artículo 84 de la Ley N , contenida en el Anexo C de la Resolución N 434-AFSCA/12. ARTÍCULO 4 El licenciatario deberá mantener el perfil de la propuesta comunicacional durante todo el término de la licencia. La modificación del perfil de la propuesta será considerada incumplimiento de las condiciones de adjudicación. ARTÍCULO 5 El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los artículos precedentes importará la caducidad del presente acto de adjudicación, en los términos del artículo 21 de la Ley N ARTÍCULO 6 Comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones. e. 18/03/2016 N 15223/16 v. 18/03/2016 #F F# #I I# ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución 297/2016 Bs. As., 08/03/2016 VISTO el Expediente N /2006 del Registro del ex COMITÉ FEDERAL DE RADIODI- FUSIÓN, y Que, por el Decreto N 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINIS- TERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N y , sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y la ex AUTORI- DAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. Que mediante la Resolución N 1105-COMFER/2009 se adjudicó al señor Lázaro Javier JAS- TREBLANSKY una licencia para instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, con categoría E, en el canal 294, frecuencia MHz., en la ciudad de NECOCHEA, provincia de BUENOS AIRES, habiéndosele asignado la señal distintiva LRP 818. Que asimismo, mediante su similar N 0925-AFSCA/2011, se habilitó el servicio en cuestión en los términos del artículo 84 de la Ley N

34 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Que el licenciatario solicitó que se contemple la posibilidad de modificar la frecuencia asignada a la MHz, canal 264. Que en atención a lo solicitado por el licenciatario, se requirió la intervención de la entonces COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, a efecto de que se expida respecto de la factibilidad técnica del cambio de frecuencia. Que por el TRECNC 10026/2012 se informó que:...resultan técnicamente factibles los cambios solicitados... del canal 294 (106.7 MHz.) al nuevo canal 264 (100.7 MHz.).... Que finalmente cabe tener presente que mediante el Acta de Directorio N 3 del ENACOM de fecha 3 de marzo de 2016, se aprobó el dictado de la presente. Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES. Que la presente medida se dicta ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N 267/2015, el Acta de Directorio N 1 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES de fecha 5 de enero de 2016, y por el artículo 12, inciso 18) de la Ley N EL PRESIDENTE DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES RESUELVE: ARTÍCULO 1 SUSTITÚYASE la asignación correspondiente al servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia identificado con la señal distintiva LRP 818, de la ciudad de NECOCHEA, provincia de BUENOS AIRES, cuya licencia fuera adjudicada mediante la Resolución N 1105-COMFER/2009 al señor Lázaro Javier JASTREBLANSKY (D.N.I. N ), por la frecuencia MHz., canal 264, en virtud de las razones expuestas en los Considerandos. ARTÍCULO 2 Establécese un plazo de NOVENTA (90) días corridos contados a partir de la publicación de la presente para que el licenciatario envíe la documentación técnica para habilitar el servicio, de conformidad con la normativa técnica vigente, correspondiente a la nueva frecuencia. ARTÍCULO 3 Comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones. e. 18/03/2016 N 15224/16 v. 18/03/2016 #F F# #I I# ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución 298/2016 Bs. As., 08/03/2016 VISTO el Expediente N /06 del Registro del ex COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFU- SIÓN y, Que, por el Decreto N 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINIS- TERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N y , sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y la ex AUTORI- DAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. Que las actuaciones mencionadas en el VISTO se relacionan con la solicitud efectuada por el señor Eduardo Alberto VILLADA (D.N.I. N ), para la adjudicación directa de una licencia para instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de MACACHIN, provincia de LA PAMPA, categoría E, en el marco del Régimen de Normalización de Emisoras de FM, establecido por el Decreto N 310/98 modificado por sus similares N 883/01 y N 2/99, reglamentado por Resolución N 124-SG/02, modificada por sus similares N 215-SG/04 y 672-SG/06. Que la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN aprobó, a través del dictado de la Resolución N 124-SG/02, modificada por sus similares N 215-SG/04 y 672-SG/06, los pliegos de bases y condiciones generales y particulares oportunamente elaborados, que regirían los llamados a concurso público y el sistema de adjudicación directa. Que posteriormente, por el artículo 2 de la Resolución N 1366-COMFER/06, se dispuso la convocatoria para que las personas físicas y jurídicas en general formularan las solicitudes de adjudicación directa de licencias para instalación, funcionamiento y explotación de estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en los términos del artículo 4 inciso d) del Decreto N 310/98, modificado por su similar N 883/01, y se aprobó el cronograma para la recepción de las mismas. Que el Pliego de Bases y Condiciones que rigió el procedimiento para la adjudicación directa de la licencia de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de MACACHIN, provincia de LA PAMPA, estableció los requisitos de forma y fondo que debían reunir las propuestas que se presentaran al mencionado procedimiento. Que, del análisis efectuado por las áreas competentes de este Organismo, de la propuesta presentada por el peticionante para la adjudicación directa de la licencia de la estación referida en el primer considerando de la presente, puede concluirse que aquélla se adecúa a las exigencias impuestas por el respectivo Pliego de Bases y Condiciones. Que por el TRECNC N 7019/08, la entonces COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, procedió a asignar la frecuencia, el canal y la señal distintiva, respecto de la solicitud de licencia de marras. Que de lo expuesto surge que existe factibilidad técnica en la localización en estudio para satisfacer la demanda de frecuencias, a fin de resolver todos los pedidos efectuados por el sistema de adjudicación directa, en caso que cada uno de ellos reúna los requisitos legales y reglamentarios establecidos al efecto. Que el organismo técnico referido procedió a asignarle el canal 280, frecuencia MHz., categoría E, señal distintiva LRG878, para la localidad de MACACHIN, provincia de LA PAMPA. Que la Comisión de Preadjudicación, designada por Resolución N 1060-COMFER/08, ha concluido que la presentación efectuada por el señor VILLADA, se adecúa a las exigencias y requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, considerando que no existe objeción alguna para que se preadjudique la licencia en cuestión. Que el artículo I de las Disposiciones Complementarias del Anexo I del Decreto N 1225/10 faculta a este organismo a concluir con los procesos de normalización pendientes. Que finalmente cabe tener en cuenta que mediante Acta de Directorio del ENACOM N 3 de fecha 3 de marzo de 2016 se aprobó el dictado de la presente. Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES. Que la presente medida se dicta ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N 267/2015, el Acta N 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y por el artículo 12 inciso 11) de la Ley N EL PRESIDENTE DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES RESUELVE: ARTÍCULO 1 ADJUDÍCASE al señor Eduardo Alberto VILLADA (D.N.I. N CUIT N ), una licencia para instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que operará en el canal 280, frecuencia MHz., categoría E, identificada con la señal distintiva LRG878, de la localidad de MACACHIN, provincia de LA PAMPA, de acuerdo con lo establecido por el artículo 4 del Decreto N 310/98 modificado por el Decreto N 883/01, conforme lo expuesto en los considerandos. ARTÍCULO 2 El plazo de la licencia adjudicada por el artículo 1 abarcará un período de QUINCE (15) años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud del licenciatario, por los plazos y en las condiciones previstas por el artículo 40 de la Ley , en la redacción que le acuerda el Decreto N 267/15. ARTÍCULO 3 Otórgase un plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos contados a partir de la publicación de la presente, para que el licenciatario envíe la documentación técnica exigida en el Título V del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares que como Anexo III integra la Resolución N 672-SG/06. ARTÍCULO 4 El monto de la garantía de cumplimiento de contrato a que hace referencia el artículo 16.1 del Pliego de Bases y Condiciones, asciende a la suma de PESOS OCHO MIL QUINIENTOS DIECISIETE ($ 8.517), debiendo el depósito constituirse en alguna de las modalidades prescriptas en el referido artículo, dentro de los TREINTA (30) días corridos de publicada la presente. ARTÍCULO 5 Establécese que dentro de los TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos de publicada la presente, la estación deberá estar instalada acorde con el proyecto aprobado e iniciar sus emisiones regulares, previa habilitación conferida por este Organismo. ARTÍCULO 6 El adjudicatario deberá cumplir con el pago del gravamen correspondiente al servicio adjudicado, desde la fecha de su presentación al Régimen de Normalización, dentro de los CIENTO VEINTE (120) días de otorgada la licencia, de así corresponder. ARTÍCULO 7 Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones. e. 18/03/2016 N 15225/16 v. 18/03/2016 #F F# #I I# ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución 299/2016 Bs. As., 08/03/2016 VISTO el Expediente N /06 del Registro del ex COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFU- SIÓN y, Que, por el Decreto N 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINIS- TERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N y , sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y la ex AUTORI- DAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. Que las actuaciones mencionadas en el VISTO se relacionan con la solicitud efectuada por el señor Héctor Horacio CASTIÑEIRA (D.N.I. N ), para la adjudicación directa de una licencia para instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la ciudad de LA RIOJA, provincia homónima, Categoría E, en el marco del Régimen de Normalización de Emisoras de FM, establecido por el Decreto N 310/98 modificado por sus similares N 883/01 y N 2/99, reglamentado por Resolución N 124-SG/02, modificada por sus similares N 215-SG/04 y 672-SG/06. Que la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION aprobó, a través del dictado de la Resolución N 124/SG/02, modificada por sus similares N 215/SG/04 y 672/SG/06, los pliegos de bases y condiciones generales y particulares oportunamente elaborados, que regirían los llamados a concurso público y el sistema de adjudicación directa. Que posteriormente, por el artículo 2 de la Resolución N 1366-COMFER/06, se dispuso la convocatoria para que las personas físicas y jurídicas en general formularan las solicitudes de adjudicación directa de licencias, para instalación, funcionamiento y explotación de estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en los términos del artículo 4 inciso d) del Decreto N 310/98, modificado por su similar N 883/01, y se aprobó el cronograma para la recepción de las mismas.

35 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Que el Pliego de Bases y Condiciones que rigió el procedimiento para la adjudicación directa de la licencia de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la ciudad de LA RIOJA, provincia homónima, estableció los requisitos de forma y fondo que debían reunir las propuestas que se presentarán al mencionado procedimiento. Que, del análisis efectuado por las áreas competentes de este Organismo, de la propuesta presentada por el peticionante para la adjudicación directa de la licencia de la estación referida en el primer considerando de la presente, puede concluirse que aquélla se adecúa a las exigencias impuestas por el respectivo Pliego de Bases y Condiciones. Que por el TRECNC N 17418/08 la entonces COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, procedió a asignar la frecuencia, el canal y la señal distintiva, respecto de la licencia de marras. Que de lo expuesto surge que existe factibilidad técnica en la localización en estudio para satisfacer la demanda de frecuencias, a fin de resolver todos los pedidos efectuados por el sistema de adjudicación directa, en caso que cada uno de ellos reúna los requisitos legales y reglamentarios establecidos al efecto. Que el organismo técnico referido procedió a asignarle el canal 289, frecuencia 105,7 MHz., categoría E, señal distintiva LRN737, para la ciudad de LA RIOJA, provincia homónima. Que la Comisión de Preadjudicación, designada por la Resolución N 176-AFSCA/10, ha concluido que la presentación efectuada por el señor Héctor Horacio CASTIÑEIRA, se adecúa a las exigencias y requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, considerando que no existe objeción alguna para que se preadjudique la licencia en cuestión. Que el artículo I de las Disposiciones Complementarias del Anexo I del Decreto N 1225/10 faculta a este Organismo a concluir con los procesos de normalización pendientes. Que, finalmente, cabe tener en cuenta que mediante el Acta de Directorio N 3 del ENACOM de fecha 3 de marzo de 2016, se aprobó el dictado de la presente. Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES. Que la presente medida se dicta ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N 267/2015, el Acta de Directorio N 1 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES de fecha 5 de enero de 2016 y por el artículo 12 inciso 11) de la Ley N EL PRESIDENTE DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES RESUELVE: ARTICULO 1 ADJUDÍCASE al señor Héctor Horacio CASTIÑEIRA (D.N.I. N CUIT N ), una licencia para instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que operará en el Canal 289, frecuencia 105,7 MHz., Categoría E, identificada con la señal distintiva LRN737, de la ciudad de LA RIOJA, provincia homónima, de acuerdo con lo establecido por el artículo 4 del Decreto N 310/98 modificado por el Decreto N 883/01, conforme lo expuesto en los considerandos. ARTICULO 2 El plazo de la licencia adjudicada por el artículo 1 abarcará un período de QUINCE (15) años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud del licenciatarío, por los plazos y en las condiciones previstas por el artículo 40 de la Ley , en la redacción que le acuerda el Decreto N 267/15. ARTICULO 3 Otórgase un plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos contados a partir de la publicación de la presente, para que el licenciatario envíe la documentación técnica exigida en el Título V del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares que como Anexo III integra la Resolución SG N 672/06. ARTICULO 4 El monto de la garantía de cumplimiento de contrato a que hace referencia el artículo 16.1 del Pliego de Bases y Condiciones, asciende a la suma de PESOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE ($ ), debiendo el depósito constituirse en alguna de las modalidades prescriptas en el referido artículo, dentro de los TREINTA (30) días corridos de publicada la presente. ARTICULO 5 Establécese que dentro de los TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos de publicada la presente, la estación deberá estar instalada acorde con el proyecto aprobado e iniciar sus emisiones regulares, previa habilitación conferida por este Organismo. ARTICULO 6 El adjudicatario deberá cumplir con el pago del gravamen correspondiente al servicio adjudicado, desde la fecha de su presentación al Régimen de Normalización, dentro de los CIENTO VEINTE (120) días de otorgada la licencia, de así corresponder. ARTICULO 7 Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones. #I I# ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución 300/2016 Bs. As., 08/03/2016 e. 18/03/2016 N 15226/16 v. 18/03/2016 #F F# VISTO el Expediente N /06 del Registro del ex COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFU- SIÓN y, Que, por el Decreto N 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINIS- TERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N y , sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y la ex AUTORI- DAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. Que las actuaciones mencionadas en el VISTO se relacionan con la solicitud efectuada por el señor Víctor Romualdo MARTINEZ (CUT ), para la adjudicación directa de una licencia para instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la ciudad de MONTECARLO, provincia de MISIONES, Categoría E, en el marco del Régimen de Normalización de Emisoras de FM establecido por el Decreto N 310/98 modificado por sus similares N 883/01 y N 2/99, reglamentado por la Resolución N 124-SG/02, modificada por sus similares N 215-SG/04 y 672-SG/06. Que la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN aprobó, a través del dictado de la Resolución N 124-SG/02, modificada por sus similares N 215-SG/04 y 672-SG/06, los pliegos de bases y condiciones generales y particulares oportunamente elaborados, que regirían los llamados a concurso público y el sistema de adjudicación directa. Que, posteriormente, por el artículo 2 de la Resolución N 1366-COMFER/06, se dispuso la convocatoria para que las personas físicas y jurídicas en general formularan las solicitudes de adjudicación directa de licencias, para instalación, funcionamiento y explotación de estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en los términos del artículo 4, inciso d), del Decreto N 310/98, modificado por su similar N 883/01, y se aprobó el cronograma para la recepción de las mismas. Que el pliego de bases y condiciones que rigió el procedimiento para la adjudicación directa de la licencia de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de MONTECARLO, provincia de MISIONES, estableció los requisitos de forma y fondo que debían reunir las propuestas que se presentaran al mencionado procedimiento. Que, del análisis efectuado por las áreas competentes de este Organismo, de la propuesta presentada por el peticionante para la adjudicación directa de la licencia de la estación referida en el primer considerando de la presente, puede concluirse que aquélla se adecúa a las exigencias impuestas por el respectivo pliego de bases y condiciones. Que mediante el TRECNC N 24075/07, la entonces COMISIÓN NACIONAL DE COMUNI- CACIONES procedió a asignar el canal 300, frecuencia MHz., categoría F, señal distintiva LRH956, para la ciudad de MONTECARLO, provincia de MISIONES, al servicio solicitado. Que la Comisión de Preadjudicación, designada por la Resolución N 1060-COMFER/08, ha concluido que la presentación efectuada por el peticionante, se adecúa a las exigencias y requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones, considerando que no existe objeción alguna para que se preadjudique la licencia en cuestión. Que con relación al cumplimiento del art. 24, inciso h) de la Ley N , se ha limitado dicha restricción a quienes ejerzan cargos de responsabilidad y decisión en el ámbito del Estado, participando de la formación o ejecución de la voluntad estatal, de manera directa o indirecta, circunstancia que no se verifica en los presentes actuados, en los que el solicitante ejerce la docencia en el ámbito público. Que el artículo I de las Disposiciones Complementarias del Anexo I del Decreto N 1225/10 faculta a éste Organismo a concluir con los procesos de normalización pendientes. Que, finalmente, cabe tener en cuenta que mediante el Acta de Directorio N 3 del ENACOM, de fecha 3 de marzo de 2016, se aprobó el dictado de la presente. Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES. Que la presente medida se dicta ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N 267/2015, el Acta de Directorio N 1 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES de fecha 5 de enero de 2016, y por el artículo 12 inciso 11) de la Ley N EL PRESIDENTE DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES RESUELVE: ARTÍCULO 1 ADJUDÍCASE al señor Víctor Romualdo MARTINEZ (CUIT ), una licencia para instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que operará en el canal 300, frecuencia MHz., categoría F, identificada con la señal distintiva LRH956, de la ciudad de MONTECARLO, provincia de MI- SIONES, de acuerdo con lo establecido por el artículo 4 del Decreto N 310/98, modificado por el Decreto N 883/01, conforme lo expuesto en los considerandos. ARTÍCULO 2 El plazo de la licencia adjudicada por el artículo 1 abarcará un período de QUINCE (15) años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud del licenciatario, por los plazos y en las condiciones previstas por el artículo 40 de la Ley , en la redacción que le acuerda el Decreto N 267/15. ARTÍCULO 3 Otórgase un plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos contados a partir de la publicación de la presente, para que el licenciatario envíe la documentación técnica exigida en el Título V del pliego de bases y condiciones generales y particulares que como Anexo III integra la Resolución N 672-SG/06. ARTÍCULO 4 El monto de la garantía de cumplimiento de contrato al que hace referencia el artículo 16.1 del pliego de bases y condiciones, asciende a la suma de PESOS OCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE ($ 8.959), debiendo el depósito constituirse en alguna de las modalidades prescriptas en el referido artículo, dentro de los TREINTA (30) días corridos de publicada la presente. ARTÍCULO 5 Establécese que dentro de los TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos de publicada la presente, la estación deberá estar instalada acorde con el proyecto aprobado e iniciar sus emisiones regulares, previa habilitación conferida por éste Organismo. ARTÍCULO 6 El adjudicatario deberá cumplir con el pago del gravamen correspondiente al servicio adjudicado, desde la fecha de su presentación al Régimen de Normalización, dentro de los CIENTO VEINTE (120) días de otorgada la licencia, de así corresponder. ARTÍCULO 7 Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones. e. 18/03/2016 N 15227/16 v. 18/03/2016 #F F#

36 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº #I I# ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución 301/2016 Bs. As., 08/03/2016 VISTO el Expediente N /06 del Registro del ex COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSIÓN y, Que, por el Decreto N 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINIS- TERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N y , sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y la ex AUTORI- DAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. Que las actuaciones mencionadas en el Visto se relacionan con la solicitud efectuada por la COOPERATIVA TELEFÓNICA Y OTROS SERVICIOS CORONEL DU GRATY LIMITADA, para la adjudicación directa de una licencia para instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de CORONEL DU GRATY, provincia del CHACO, Categoría E, en el marco del Régimen de Normalización de Emisoras de FM, establecido por el Decreto N 310/98 modificado por sus similares N 883/01 y N 2/99, reglamentado por la Resolución N 124-SG/02, modificada por sus similares N 215-SG/04 y 672-SG/06. Que la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN aprobó, a través del dictado de la Resolución N 124-SG/02, modificada por sus similares N 215-SG/04 y 672-SG/06, los pliegos de bases y condiciones generales y particulares oportunamente elaborados que regirían los llamados a concurso público y el sistema de adjudicación directa. Que, posteriormente, por el artículo 2 de la Resolución N 1366-COMFER/06, se dispuso la convocatoria para que las personas físicas y jurídicas en general formularan las solicitudes de adjudicación directa de licencias para instalación, funcionamiento y explotación de estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en los términos del artículo 4 inciso d) del Decreto N 310/98, modificado por su similar N 883/01, y se aprobó el cronograma para la recepción de las mismas. Que el Pliego de Bases y Condiciones que rigió el procedimiento para la adjudicación directa de la licencia de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de CORONEL DU GRATY, provincia del CHACO, estableció los requisitos de forma y fondo que debían reunir las propuestas que se presentaran al mencionado procedimiento. Que del análisis, efectuado por las áreas competentes de este Organismo, de la propuesta presentada por la peticionante para la adjudicación directa de la licencia de la estación referida en el primer considerando de la presente, puede concluirse que aquélla se adecúa a las exigencias impuestas por el respectivo Pliego de Bases y Condiciones. Que por el TRECNC N 13250/09, la entonces COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES procedió a asignar la frecuencia, el canal y la señal distintiva, respecto de la solicitud de licencia de marras. Que de lo expuesto surge que existe factibilidad técnica en la localización en estudio para satisfacer la demanda de frecuencias, a fin de resolver todos los pedidos efectuados por el sistema de adjudicación directa, en caso que cada uno de ellos reúna los requisitos legales y reglamentarios establecidos al efecto. Que el organismo técnico referido procedió a asignarle el canal 253, frecuencia 98,5 MHz., categoría E, señal distintiva LRR433, para la localidad de CORONEL DU GRATY, provincia del CHACO. Que la Comisión de Preadjudicación; designada por la Resolución N 176-AFSCA/10, ha concluido que la presentación efectuada por la COOPERATIVA TELEFÓNICA Y OTROS SERVICIOS DU GRATY LIMITADA., se adecúa a las exigencias y requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, considerando que no existe objeción alguna para que se preadjudique la licencia en cuestión. Que el artículo I de las Disposiciones Complementarias del Anexo I del Decreto N 1225/10 faculta a este Organismo a concluir con los procesos de normalización pendientes. Que finalmente cabe tener en cuenta que mediante Acta de Directorio N 3 del ENACOM de fecha 3 de marzo de 2016, se aprobó el dictado de la presente. Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES. Que la presente medida se dicta ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N 267/2015, el Acta de Directorio N 1 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio, y por el artículo 12 inciso 11) de la Ley N EL PRESIDENTE DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES RESUELVE: ARTÍCULO 1 ADJUDÍCASE a la COOPERATIVA TELEFÓNICA Y OTROS SERVICIOS CORO- NEL DU GRATY LIMITADA (CUIT N ), una licencia para instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que operará en el Canal 253, frecuencia 98,5 MHz., Categoría E, identificada con la señal distintiva LRR433, de la localidad de CORONEL DU GRATY, provincia del CHACO, de acuerdo con lo establecido por el artículo 4 del Decreto N 310/98 modificado por el Decreto N 883/01, conforme lo expuesto en los considerandos. ARTÍCULO 2 El plazo de la licencia adjudicada por el artículo 1 abarcará un período de QUINCE (15) años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud del licenciatario, por los plazos y en las condiciones previstas por el artículo 40 de la Ley , en la redacción que le acuerda el Decreto N 267/15. CIENTOS QUINCE ($ 3.315), debiendo el depósito constituirse en alguna de las modalidades prescriptas en el referido artículo, dentro de los TREINTA (30) días corridos de publicada la presente. ARTÍCULO 5 Establécese que dentro de los TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos de publicada la presente, la estación deberá estar instalada acorde con el proyecto aprobado e iniciar sus emisiones regulares, previa habilitación conferida por este Organismo. ARTÍCULO 6 La adjudicataria deberá cumplir con el pago del gravamen correspondiente al servicio adjudicado, desde la fecha de su presentación al Régimen de Normalización, dentro de los CIENTO VEINTE (120) días de otorgada la licencia, de así corresponder. ARTÍCULO 7 Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones. #I I# ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y Resolución 302/2016 Bs. As., 08/03/2016 e. 18/03/2016 N 15228/16 v. 18/03/2016 #F F# VISTO el Expediente N 515/1991 del Registro del ex COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSIÓN, Que, por el Decreto N 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINIS- TERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N y , sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y la ex AUTORI- DAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. Que mediante el Decreto N 1910/1991 se autorizó al OBISPADO DE SAN LUIS a instalar y operar un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, identificado con la señal distintiva LRJ 409, con categoría D, en el canal 213, frecuencia 90,5 MHz., en la ciudad de SAN LUIS, provincia homónima. Que la entonces COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, mediante el informe identificado como el TRECNC N 19329/08 de fecha 4 de junio de 2008, ratificado mediante el informe identificado como EXPCOMFER 515/91 de fecha 13 de mayo de 2011, ha propuesto la modificación de los referidos parámetros técnicos por el canal 214, frecuencia 90.7 MHz., con el objeto de optimizar el plan técnico del servicio de FM de la provincia de SAN LUIS. Que dichos extremos fueron notificados al citado OBISPADO. Que en atención a lo expresado en los considerandos que anteceden, corresponde dictar el acto administrativo por el que se modifique la frecuencia y el canal asignados oportunamente al servicio autorizado al OBISPADO DE SAN LUIS, identificado con la señal distintiva LRJ 409, en ejercicio de las facultades acordadas por el artículo 90 de la Ley N Que finalmente cabe tener en cuenta que mediante el Acta de Directorio N 3 del ENACOM de fecha 3 de marzo de 2016, se aprobó el dictado de la presente. Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES. Que la presente medida se dicta ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N 267/2015, el Acta de Directorio N 1 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, de fecha 5 de enero de 2016, y por el artículo 12, inciso 18) de la Ley N EL PRESIDENTE DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES RESUELVE: ARTÍCULO 1 SUSTITÚYASE la asignación correspondiente al servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia identificado con la señal distintiva LRJ 409, de la ciudad de SAN LUIS, provincia homónima, cuya autorización fuera concedida mediante el Decreto N 1910/1991 al OBISPADO DE SAN LUIS, por la frecuencia 90.7 MHz., canal 214, en virtud de las razones expuestas en los Considerandos. ARTÍCULO 2 Establécese un plazo de NOVENTA (90) días corridos contados a partir de la publicación de la presente para que el autorizado envíe la documentación técnica para habilitar el servicio, de conformidad con la normativa técnica vigente, correspondiente a la nueva frecuencia. ARTÍCULO 3 Comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones. e. 18/03/2016 N 15229/16 v. 18/03/2016 #F F# #I I# ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución 303/2016 Bs. As., 08/03/2016 ARTÍCULO 3 Otórgase un plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos contados a partir de la publicación de la presente para que la licenciataria envíe la documentación técnica exigida en el Título V del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares que como Anexo III integra la Resolución N 672-SG/06. ARTÍCULO 4 El monto de la garantía de cumplimiento de contrato al que hace referencia el artículo 16.1 del Pliego de Bases y Condiciones, asciende a la suma de PESOS TRES MIL TRES- VISTO el Expediente N /07 del Registro del ex COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFU- SIÓN y, Que, por el Decreto N 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINIS- TERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárqui-

37 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº co y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N y , sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y la ex AUTORI- DAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL Que las actuaciones mencionadas en el VISTO se relacionan con la solicitud efectuada por el señor Jorge Luis ANDRADE para la adjudicación directa de una licencia para instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de EL SOBERBIO, provincia de MISIONES, categoría E, en el marco del Régimen de Normalización de Emisoras de FM, establecido por el Decreto N 310/98 modificado por sus similares N 883/01 y N 2/99, reglamentado por la Resolución N 124-SG/02, modificada por sus similares N 215-SG/04 y 672-SG/06. Que la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN aprobó, a través del dictado de la Resolución N 124-SG/02, modificada por sus similares N 215-SG/04 y 672-SG/06, los pliegos de bases y condiciones generales y particulares oportunamente elaborados, que regirían los llamados a concurso público y el sistema de adjudicación directa. Que, posteriormente, por el artículo 2 de la Resolución N 1366-COMFER/06, se dispuso la convocatoria para que las personas físicas y jurídicas en general formularan las solicitudes de adjudicación directa de licencias para instalación, funcionamiento y explotación de estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en los términos del artículo 4 inciso d) del Decreto N 310/98, modificado por su similar N 883/01, y se aprobó el cronograma para la recepción de las mismas. Que el pliego de bases y condiciones que rigió el procedimiento para la adjudicación directa de la licencia de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de EL SOBERBIO, provincia de MISIONES, estableció los requisitos de forma y fondo que debían reunir las propuestas que se presentaran al mencionado procedimiento, Que, del análisis efectuado por las áreas competentes de este Organismo, de la propuesta presentada por el peticionante, para la adjudicación directa de la licencia de la estación referida en el primer considerando de la presente, puede concluirse que aquélla se adecúa a las exigencias impuestas por el respectivo pliego de bases y condiciones. Que por la NOTAFTICDINAR N 190/2015 la entonces AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLO- GÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, procedió a asignar la frecuencia, el canal y la señal distintiva, respecto de la solicitud de licencia de marras. Que de lo expuesto surge que existe factibilidad técnica en la localización en estudio para satisfacer la demanda de frecuencias, a fin de resolver todos los pedidos efectuados por el sistema de adjudicación directa, en caso que cada uno de ellos reúna los requisitos legales y reglamentarios establecidos al efecto. Que el organismo técnico referido procedió a asignarle el canal 256, frecuencia 99.1 MHz., categoría F, señal distintiva LRR859, para la localidad de EL SOBERBIO, provincia de MISIONES, dejando constancia que, a la fecha, la presente asignación se encuentra pendiente de aceptación por parte de los países miembros del MERCOSUR, por lo cual podrá sufrir modificaciones y/o cancelaciones. Que la Comisión de Preadjudicación designada por la Resolución N 176-AFSCA/10, ha concluido que la presentación efectuada por el señor Jorge Luis ANDRADE, se adecúa a las exigencias y requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones, considerando que no existe objeción alguna para que se preadjudique la licencia en cuestión. Que el artículo I de las Disposiciones Complementarias del Anexo I del Decreto N 1225/10 faculta a este Organismo a concluir con los procesos de normalización pendientes. Que finalmente cabe tener en cuenta que mediante el Acta de Directorio N 3 del ENACOM de fecha 3 de marzo de 2016, se aprobó el dictado de la presente. Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES. Que la presente medida se dicta ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N 267/2015, el Acta de Directorio N 1 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES de fecha 5 de enero de 2016, y por el artículo 12 inciso 11) de la Ley N EL PRESIDENTE DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES RESUELVE: ARTÍCULO 1 ADJUDÍCASE al señor Jorge Luis ANDRADE (D.N.I. N CUIT N ), una licencia para instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que operará en el Canal 256, frecuencia 99.1 MHz., Categoría F, identificada con la señal distintiva LRR859, de la localidad de EL SOBERBIO, provincia de MISIONES, de acuerdo con lo establecido por el artículo 4 del Decreto N 310/98 modificado por el Decreto N 883/01, conforme lo expuesto en los considerandos. ARTÍCULO 2 El plazo de la licencia adjudicada por el Artículo 1 abarcará un período de QUINCE (15) años, contado a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada la solicitud del licenciatario, por los plazos y en las condiciones previstas por el artículo 40 de la Ley N , en la redacción que le acuerda el Decreto N 267/15. ARTÍCULO 3 Otórgase un plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos contados a partir de la publicación de la presente, para que el licenciatario envíe la documentación técnica exigida en el Título V del pliego de bases y condiciones generales y particulares que como Anexo III integra la Resolución SG N 672/06. ARTÍCULO 4 El monto de la garantía de cumplimiento de contrato al que hace referencia el artículo 16.1 del pliego de bases y condiciones, asciende a la suma de PESOS NUEVE MIL ($ 9.000), debiendo el depósito constituirse en alguna de las modalidades prescriptas en el referido artículo, dentro de los TREINTA (30) días corridos de publicada la presente. ARTÍCULO 5 Establécese que dentro de los TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos de publicada la presente, la estación deberá estar instalada acorde con el proyecto aprobado e iniciar sus emisiones regulares, previa habilitación conferida por este Organismo. ARTÍCULO 6 El adjudicatario deberá cumplir con el pago del Gravamen correspondiente al servicio adjudicado, desde la fecha de su presentación al Régimen de Normalización, dentro de los CIENTO VEINTE (120) días de otorgada la licencia, de así corresponder. ARTÍCULO 7 Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones. #I I# GENDARMERÍA NACIONAL DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS e. 18/03/2016 N 15230/16 v. 18/03/2016 #F F# GENDARMERÍA NACIONAL CON DOMICILIO EN AV. ANTÁRTIDA ARGENTINA N 1480 CIU- DAD AUTÓNOMA DE BS AS, NOTIFICA A FRANCISCO JAVIER FRUTOS, DE LA DDNG N 1692 DEL 11/12/15 QUE DICE:... ARTÍCULO 1RO. DAR DE BAJA DE GENDARMERÍA NACIONAL, CON FECHA 24 DE NOVIEMBRE DE 2015, AL GENDARME ESCALAFÓN GENERAL (ESPECIALIDAD SEGURIDAD) FRANCISCO JAVIER FRUTOS (DNI CE 72706), FECHA DE INCORPO- RACIÓN 01 DE MARZO DE 2006, CON PRESTACIÓN DE SERVICIO EN EL DESTACAMENTO MÓ- VIL 4, EN RAZÓN DE HABER SIDO CLASIFICADO COMO INEPTO PARA LAS FUNCIONES DE SU GRADO. FIRMADO OMAR ARIEL KANNEMANN DIRECTOR NACIONAL DE GENDARMERÍA. PUBLÍQUESE POR 3 DIAS. LUIS ALBERTO AVELLANEDA, Comandante Mayor, Director de Recursos Humanos. e. 18/03/2016 N 15613/16 v. 22/03/2016 #F F# #I I# GENDARMERÍA NACIONAL DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS GENDARMERÍA NACIONAL CON DOMICILIO EN AV. ANTÁRTIDA ARGENTINA N 1480 CIU- DAD AUTÓNOMA DE BS AS, NOTIFICA A ANIBAL RAFAEL MORINIGO DE LA RESOLUCIÓN DE LA MINISTRA DE SEGURIDAD N 743 DEL 02/11/15 QUE DICE:... ARTÍCULO 1RO. DÁSE DE BAJA DE GENDARMERÍA NACIONAL CON FECHA 04FEB16, EN RAZÓN DE HABER SIDO CLA- SIFICADO COMO INEPTO PARA INEPTO PARA LAS FUNCIONES DE SU GRADO AL ALFÉ- REZ ESCALAFÓN GENERAL (ESPECIALIDAD SEGURIDAD) D ANIBAL RAFAEL MORINIGO (DNI CE 67309), FECHA DE INCORPORACIÓN 17 DE FEBRERO DE CON PRESTA- CIÓN DE SERVICIO EN LA ESCUELA SUPERIOR DE GENDARMERÍA NACIONAL GRAL BRIGA- DIER MANUEL MARÍA CALDERÓN. FIRMADO LICENCIADA MARIA CECILIA RODRIGUEZ MINIS- TRA DE SEGURIDAD. PUBLÍQUESE POR 3 DIAS. LUIS ALBERTO AVELLANEDA, Comandante Mayor, Director de Recursos Humanos. e. 18/03/2016 N 15614/16 v. 22/03/2016 #F F# #I I# GENDARMERÍA NACIONAL DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS GENDARMERÍA NACIONAL CON DOMICILIO EN AV. ANTÁRTIDA ARGENTINA N 1480 CIU- DAD AUTÓNOMA DE BS AS. NOTIFICA A MARCELO ERNESTO ZARATE, DE LA DDNG N 1779 DEL 23/12/15 QUE DICE:...ARTICULO 1RO. DAR DE BAJA DE GENDARMERÍA NACIONAL, AL PERSONAL QUE A CONTINUACIÓN SE MENCIONA, POR LAS CAUSAS QUE SE EXPRESAN Y EN LA FECHA QUE SE ESPECIFICA:... A SU SOLICITUD DE DICIEMBRE DE 2015 AL SEGUN- DO COMANDANTE ESCALAFÓN JUSTICIA (ESPECIALIDAD JUSTICIA) D MARCELO ERNESTO ZARATE (DNI CE 1900), FECHA DE INCORPORACIÓN 01 DE AGOSTO DE 1999, DE LA AGRUPACIÓN XII COMAHUE. FIRMADO OMAR ARIEL KANNEMANN DIRECTOR NACIONAL DE GENDARMERÍA. PUBLÍQUESE POR 3 DIAS. LUIS ALBERTO AVELLANEDA, Comandante Mayor, Director de Recursos Humanos. e. 18/03/2016 N 15615/16 v. 22/03/2016 #F F# #I I# GENDARMERÍA NACIONAL DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS GENDARMERÍA NACIONAL CON DOMICILIO EN AV. ANTÁRTIDA ARGENTINA NRO 1480 CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, NOTIFICAR A CESAR DANIEL VICENTI (DNI ), DE LA DDNG NRO 939/15 DE FECHA 17/12/15, EXPTE AF /74 QUE DICE: VISTO, EL RE- CLAMO INTERPUESTO MEDIANTE EXPTE AF /74 POR EL EX CABO PRIMERO CESAR DANIEL VICENTI (DNI ) Y... QUE LOS ANTECEDENTES DEL CAU- SANTE (...) POR ELLO, EL DIRECTOR NACIONAL DE GENDARMERÍA RECHAZAR EL PEDIDO DE RECONSIDERACIÓN INTERPUESTO POR EL EX CABO PRIMERO CESAR DANIEL VICENTI (DNI ). 2.- PASE A LA DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL - DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS (DEPARTAMENTO JUNTAS DE CALIFICACIÓN) PARA SU CONOCIMIEN- TO, COMUNICACIÓN, ANOTACIONES Y DEMÁS TRÁMITES QUE HAGAN AL CUMPLIMIENTO DE LA PRESENTE, EN LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS. FDO: OMAR ARIEL KANNEMANN COMANDANTE GENERAL- DIRECTOR NACIONAL DE GENDARMERÍA. PUBLÍQUESE POR 3 DIAS. LUIS ALBERTO AVELLANEDA, Comandante Mayor, Director de Recursos Humanos. #I I# GENDARMERÍA NACIONAL DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS e. 18/03/2016 N 15616/16 v. 22/03/2016 #F F# GENDARMERIA NACIONAL CON DOMICILIO EN AV. ANTARTIDA ARGENTINA NRO 1480 CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, NOTIFICA A MATIAS EZEQUIEL GONZALEZ, DE LA DDNG NRO 663/15 DE FECHA 28/09/15, EXPTE AF /86 QUE DICE: VISTO (...) Y CON- SIDERANDO: ( ). POR ELLO, EL DIRECTOR NACIONAL DE GENDARMERIA 1.- (...).

38 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº CLASIFICAR COMO INEPTO PARA LAS FUNCIONES DE SU GRADO EN SU TRATAMIENTO COMO CASO ESPECIAL A TENOR DEL NRO 74, INC. 3) DE LA REGLAMENTACION DEL TITU- LO II, CAPITULO VIII DE LOS ASCENSOS AL GENDARME I (GRL - SEG) MATIAS EZEQUIEL GONZALEZ (MI ), SOBRE LA BASE DEL SIGUIENTE JUICIO CONCRETO: POR LA CONDUCTA ASUMIDA Y ACREDITADA EN EL HECHO QUE ORIGINO LA INSTRUCCION DE LA INFORMACION DISCIPLINARIA N 02/13 Y EN LA QUE EN SU RESOLUCION SE LE IMPUSIERA UN CORRECTIVO DISCIPLINARIO DE CARACTER GRAVE GRADUADO EN QUINCE (15) DIAS DE ARRESTO, CIRCUNSTANCIA QUE LO INHABILITAN PARA CONTINUAR EN LAS FILAS DE LA FUERZA. FDO: OMAR ARIEL KANNEMANN - COMANDANTE GENERAL - DIRECTOR NACIONAL DE GENDARMERIA. PUBLIQUESE POR 3 DIAS. LUIS ALBERTO AVELLANEDA, Comandante Mayor, Director de Recursos Humanos. e. 18/03/2016 N 15619/16 v. 22/03/2016 #F F# #I I# MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN Disposición 10/2016 Bs. As., 11/03/2016 VISTO el Expediente N /12-1 del registro del MINISTERIO DE SALUD y las Resoluciones de este Ministerio N 450 de fecha 7 de abril de 2006; N 1922 de fecha 6 de diciembre de 2006; N 1342 de fecha 10 de octubre de 2007; N 1073 de fecha 30 de julio de 2015; N 1814 de fecha 9 de octubre de 2015; y las Disposiciones de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, RE- GULACIÓN Y FISCALIZACIÓN N 104 de fecha 24 de noviembre de 2015 y N 10 de fecha de 18 de marzo de 2010 y; Que a través de la Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de 2006 se crea el SISTE- MA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecen los criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros. Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD - COFESA - como rector de la política a seguir en la formación del recurso humano en salud, es presidido por la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL como coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA, integrada por representantes jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por entidades representativas del sector, conforme lo establecido por Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de Que a la vez dicho sistema prevé un Registro Único de Entidades Evaluadoras, conformado por Sociedades Científicas, Universidades y otras Organizaciones Civiles acreditadas por el MI- NISTERIO DE SALUD. Que por Resolución Ministerial N 1073 de fecha 30 de julio de 2015 se han aprobado los Marcos de Referencia de las Especialidades Médicas Pediatría, Medicina General y/o Familiar y Tocoginecología. Y que los mismos fueron incorporados como estándar de evaluación de las residencias que se acrediten en el marco del SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESI- DENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD. Que mediante Disposición Subsecretarial N 104 de fecha 24 de noviembre de 2015, se han aprobado. los nuevos Estándares Nacionales y Contenidos Transversales, para la Acreditación de Residencias del Equipo de Salud, y los formularios nacionales para la evaluación de residencias del equipo de salud (Instrumento Nacional de Residencias del Equipo de Salud, Encuesta de Residentes y Guía para los Evaluadores), a los efectos de que los mismos definan los criterios mínimos para el funcionamiento de formación de residencias, refrendados por la COMISIÓN TÉCNICA IN- TERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD. Qué la especialidad médica Tocoginecología está incluida en el listado de especialidades reconocidas por el MINISTERIO DE SALUD (RM. 1814/2015). Que mediante Disposición N 10 de fecha de 18 de marzo de 2010 de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN la entidad Sociedad de Obstetricia y Ginecología de Buenos Aires ha sido incorporada al Registro de Entidades Evaluadoras. Que la propuesta pedagógica presentada por la Residencia se expresa en un programa de formación que se encuadra en lo prescripto en la Resolución Ministerial N 1342 de fecha 10 de Octubre de Que la entidad evaluadora Sociedad de Obstetricia y Ginecología de Buenos Aires ha realizado la evaluación de la residencia de Tocoginecología de la institución Hospital General de Agudos Dr. Cosme Argerich (CABA), utilizando el Instrumento Nacional de Evaluación y ha informado que la Residencia está en condiciones de ser acreditada por un período de CUATRO (4) años y ha formulado recomendaciones para su mejora. Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL elaboró un Informe Técnico de acuerdo a la documentación remitida por la Entidad Evaluadora, a los Estándares Nacionales de Acreditación, al Marco de Referencia de la Especialidad y a las encuestas realizadas a los residentes, expidiéndose en igual sentido y proponiendo asignar la categoría A. Que el MINISTERIO DE SALUD a los efectos de orientar el proceso de mejora de la calidad de la formación de esta residencia ha elaborado las recomendaciones pertinentes. Que la COMISIÓN ASESORA DE EVALUACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ha supervisado el procedimiento realizado. Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios para la acreditación de la residencia de Tocoginecología de la institución Hospital General de Agudos Dr. Cosme Argerich (CABA). Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de LA SUBSECRETARIA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN ARTÍCULO 1 Acredítase la Residencia médica de Tocoginecología de la institución Hospital General de Agudos Dr. Cosme Argerich (CABA), en la especialidad Tocoginecología, en la Categoría A por un período de CUATRO (4) años a partir de la fecha de publicación de la presente, de acuerdo con los informes emitidos por la Entidad Evaluadora Sociedad de Obstetricia y Ginecología de Buenos Aires y la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPA- CIONAL y en concordancia con los Estándares Nacionales para la Acreditación de las Residencias del Equipo de Salud. ARTICULO 2 La Residencia Médica de Tocoginecología de la institución Hospital General de Agudos Dr. Cosme Argerich (CABA) deberá: a) Garantizar que se cumpla la cantidad y tipo de procedimientos quirúrgicos en ginecología de acuerdo al Marco de Referencia. b) Asegurar que la gran cantidad de procedimientos obstétricos realizados por los residentes no sea en desmedro de otros aprendizajes. c) Anexar al Programa general jurisdiccional la adecuación local, con las especificaciones sobre las rotaciones, actividades y evaluación propias de la sede de la residencia. d) Incluir en el Programa de Formación todos los contenidos transversales y adecuar las actividades actuales para asegurar su desarrollo formativo durante la residencia. e) Asegurar la cantidad de jefes de residentes por residentes acorde a estándares. f) Promover la formación pedagógica en todo el equipo docente. g) Promover y fortalecer el aprendizaje de los residentes en la estrategia de APS, procurando una mayor articulación y aprovechamiento de la estructura del Sistema de Salud. Incluir mayor tiempo de rotación en Centros de Atención Primaria de la Salud acorde al Marco de referencia de la especialidad. h) Sistematizar la realización de la evaluación de los residentes, incluyendo evaluaciones periódicas y evaluaciones post-rotaciones, estableciendo su metodología, frecuencia, propósito y registro. Incluir listas de cotejo para la evaluación de procedimientos. i) Asegurar descanso post guardia de los residentes. j) Implementar las acciones necesarias para supervisar las situaciones de cansancio manifestadas por los residentes. ARTICULO 3 La Residencia Médica de Tocoginecología de la institución Hospital General de Agudos Dr. Cosme Argerich (CABA), deberá anualmente informar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL el listado correspondiente a los residentes activos y de los egresados durante el período correspondiente a la vigencia de la Acreditación. ARTICULO 4 La nueva acreditación deberá gestionarse ante este Ministerio 6 meses antes de su vencimiento conforme lo establece la Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de 2006 y en esta, se tendrá en cuenta el grado de cumplimiento de las recomendaciones establecidas en el ARTÍCULO 2 para mantener o superar la categoría. ARTICULO 5 Regístrese, comuníquese, publíquese y notifíquese al interesado, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS y a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. Prof. Dra. KUMIKO EIGUCHI, Subsecretaria, Políticas Regulación y Fiscalización, Ministerio de Salud de la Nación. #I I# MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN Disposición 11/2016 Bs. As., 11/03/2016 e. 18/03/2016 N 14943/16 v. 18/03/2016 #F F# VISTO el Expediente N del registro del MINISTERIO DE SALUD y las Resoluciones de este Ministerio N 450 de fecha 7 de abril de 2006; N 1922 de fecha 6 de diciembre de 2006; N 1342 de fecha 10 de octubre de 2007; N 1074 de fecha 30 de julio de 2015; N 1814 de fecha 9 de octubre de 2015 y las Disposiciones de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN N 8 de fecha 19 de marzo de 2009 y N 104 de fecha 24 de noviembre de 2015 y; Que a través de la Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de 2006 se crea el SISTE- MA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecen los criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros. Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD - COFESA - como rector de la política a seguir en la formación del recurso humano en salud, es presidido por la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL como coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA, integrada por representantes jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por entidades representativas del sector, conforme lo establecido por Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de Que a la vez dicho sistema prevé un Registro Único de Entidades Evaluadoras, conformado por Sociedades Científicas, Universidades y otras Organizaciones Civiles acreditadas por el MI- NISTERIO DE SALUD. Que por Resolución Ministerial N 1074 de fecha 30 de julio de 2015 se han aprobado los Marcos de Referencia de las Especialidades Médicas Neonatología, Cirugía General, Clínica Médica,

39 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº #I I# Terapia Intensiva de adultos y Terapia Intensiva infantil. Y que los mismos fueron incorporados como estándar de evaluación de las residencias que se acrediten en el marco del SISTEMA NA- CIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD. MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN Que mediante Disposición Subsecretarial N 104 de fecha 24 de noviembre de 2015, se han aprobado los nuevos Estándares Nacionales y Contenidos Transversales, para la Acreditación de Residencias del Equipo de Salud, y los formularios nacionales para la evaluación de residencias del equipo de salud (Instrumento Nacional de Residencias del Equipo de Salud, Encuesta de Residentes y Guía para los Evaluadores), a los efectos de que definan los criterios mínimos para el funcionamiento de formación de residencias, y que los mismos han sido refrendados por la COMI- SIÓN TÉCNICA INTERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD. Qué la especialidad médica Terapia Intensiva Infantil está incluida en el listado de especialidades reconocidas por el MINISTERIO DE SALUD (RM. 1814/2015). Que mediante Disposición N 8 de fecha 19 de marzo de 2009 de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN la entidad Sociedad Argentina de Terapia Intensiva ha sido incorporada al Registro de Entidades Evaluadoras. Que la propuesta pedagógica presentada por la Residencia se expresa en un programa de formación que se encuadra en lo prescripto en la Resolución Ministerial N 1342 de fecha 10 de Octubre de Que la entidad Sociedad Argentina de Terapia Intensiva ha realizado la evaluación de la residencia de TERAPIA INTENSIVA PEDIÁTRICA del HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED EL CRUCE DR. NESTOR C. KIRCHNER (de la provincia de Buenos Aires), utilizando el Instrumento Nacional de Evaluación y ha informado que la Residencia está en condiciones de ser acreditada por un período de CUATRO (4) años y ha formulado recomendaciones para su mejora. Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL elaboró un Informe Técnico de acuerdo a la documentación remitida por la Entidad Evaluadora, a los Estándares Nacionales de Acreditación, al Marco de Referencia de la Especialidad y a las encuestas realizadas a los residentes, expidiéndose en igual sentido y proponiendo asignar la categoría A. Que el MINISTERIO DE SALUD a los efectos de orientar el proceso de mejora de la calidad de la formación de esta residencia ha elaborado las recomendaciones pertinentes. Que la COMISIÓN ASESORA DE EVALUACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ha supervisado el procedimiento realizado. Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios para la acreditación de la residencia de TERAPIA INTENSIVA PEDIÁTRICA del HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED EL CRUCE DR. NESTOR C. KIRCHNER (de la provincia de Buenos Aires). Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de LA SUBSECRETARIA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN ARTÍCULO 1 Acredítase la Residencia médica de TERAPIA INTENSIVA PEDIÁTRICA del HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED EL CRUCE DR. NESTOR C. KIRCHNER (de la provincia de Buenos Aires), en la especialidad Terapia Intensiva Infantil, en la Categoría A por un período de CUATRO (4) años a partir de la fecha de publicación de la presente, de acuerdo con los informes emitidos por la Entidad Evaluadora Sociedad Argentina de Terapia Intensiva y la DI- RECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL y en concordancia con los Estándares Nacionales para la Acreditación de las Residencias del Equipo de Salud. ARTICULO 2 La Residencia Médica de TERAPIA INTENSIVA PEDIÁTRICA del HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED EL CRUCE DR. NESTOR C. KIRCHNER (de la provincia de Buenos Aires) deberá: a) Ajustar el nombre de la residencia a la denominación aprobada por Resolución 908/2012 para la especialidad. b) Incluir en el Programa de Formación todos los contenidos transversales y adecuar las actividades actuales para asegurar su desarrollo formativo de forma sistemática durante la residencia. c) Garantizar el cumplimiento del descanso pos guardia. d) Garantizar la distribución de las guardias de modo uniforme en todos los años de formación. e) Implementar las acciones necesarias para supervisar las situaciones de cansancio manifestadas por los residentes. f) Garantizar que la actividad asistencial no reste tiempo a la actividad docente. g) Fortalecer el equipo docente con la incorporación de la figura de jefe de residentes ARTICULO 3 La Residencia Médica de TERAPIA INTENSIVA PEDIÁTRICA del HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED EL CRUCE DR. NESTOR C. KIRCHNER (de la provincia de Buenos Aires), deberá anualmente informar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL el listado correspondiente a los residentes activos y de los egresados durante el período correspondiente a la vigencia de la Acreditación. ARTICULO 4 La nueva acreditación deberá gestionarse ante este Ministerio 6 meses antes de su vencimiento conforme lo establece la Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de 2006 y en esta, se tendrá en cuenta el grado de cumplimiento de las recomendaciones establecidas en el ARTÍCULO 2 para mantener o superar la categoría. ARTICULO 5 Regístrese, comuníquese, publíquese y notifíquese al interesado, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS y a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. Prof. Dra. KUMIKO EIGUCHI, Subsecretaria, Políticas Regulación y Fiscalización, Ministerio de Salud de la Nación. e. 18/03/2016 N 14955/16 v. 18/03/2016 #F F# Disposición 12/2016 Bs. As., 11/03/2016 VISTO el Expediente N /2 del registro del MINISTERIO DE SALUD y las Resoluciones de este Ministerio N 450 de fecha 7 de abril de 2006; N 1922 de fecha 6 de diciembre de 2006; N 1342 de fecha 10 de octubre de 2007; N 1814 de fecha 9 de octubre de 2015; y las Disposiciones de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN N 104 de fecha 24 de noviembre de 2015 y N 22 de fecha de 2 de julio de 2010 y; Que a través de la Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de 2006 se crea el SISTE- MA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecen criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros. Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD - COFESA - como rector de la política a seguir en la formación del recurso humano en salud, es presidido por la SUBSECRE- TARÍA DE POLÍTICAS REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL como coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA, integrada por representantes jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACRE- DITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por Entidades representativas del sector, conforme lo establecido por Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de Que a la vez dicho sistema prevé un Registro Único de Entidades Evaluadoras, conformado por Sociedades Científicas, Universidades y otras Organizaciones Civiles acreditadas por el MI- NISTERIO DE SALUD. Que mediante Disposición Subsecretarial N 104 de fecha 24 de noviembre de 2015, se han aprobado los nuevos Estándares Nacionales y Contenidos Transversales, para la Acreditación de Residencias del Equipo de Salud, y los formularios nacionales para la evaluación de residencias del equipo de salud (Instrumento Nacional de Residencias del Equipo de Salud, Encuesta de Residentes y Guía para los Evaluadores), a los efectos de que los mismos definan los criterios mínimos para el funcionamiento de formación de residencias, refrendados por la COMISIÓN TÉCNICA IN- TERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD. Que la especialidad médica Neurología está incluida en el listado de especialidades reconocidas por el MINISTERIO DE SALUD (RM. 1814/2015). Que mediante Disposición N 22 de fecha de 2 de julio de 2010 de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN la entidad Sociedad Neurológica Argentina ha sido incorporada al Registro de Entidades Evaluadoras. Que la propuesta pedagógica presentada por la Residencia se expresa en un programa de formación que se encuadra en lo prescripto en la Resolución Ministerial N 1342 de fecha 10 de Octubre de Que la entidad Sociedad Neurológica Argentina ha realizado la evaluación de la residencia de Neurología de la institución Hospital Italiano de Buenos Aires (CABA), utilizando el Instrumento Nacional de Evaluación y ha informado que la Residencia está en condiciones de ser acreditada por un período de CINCO (5) años y ha formulado recomendaciones para su mejora. Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL elaboró un Informe Técnico de acuerdo a la documentación remitida por la Entidad Evaluadora, a los Estándares Nacionales de Acreditación y a las encuestas realizadas a los residentes, expidiéndose en igual sentido y proponiendo asignar la categoría A. Que el MINISTERIO DE SALUD a los efectos de orientar el proceso de mejora de la calidad de la formación de esta residencia ha elaborado las recomendaciones pertinentes. Que la COMISIÓN ASESORA DE EVALUACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ha supervisado el procedimiento realizado. Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios para la acreditación de la residencia de Neurología de la institución Hospital Italiano de Buenos Aires (CABA). Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de LA SUBSECRETARIA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN ARTÍCULO 1 Acredítase la Residencia médica de Neurología de la institución Hospital Italiano de Buenos Aires (CABA), en la especialidad Neurología en la Categoría A por un período de CINCO (5) años a partir de la fecha de publicación de la presente, de acuerdo con los informes emitidos por la Entidad Evaluadora Sociedad Neurológica Argentina y la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL y en concordancia con los Estándares Nacionales para la Acreditación de las Residencias del Equipo de Salud. ARTICULO 2 La Residencia Médica de Neurología de la institución Hospital Italiano de Buenos Aires (CABA) deberá: a) Incluir contenidos transversales en el Programa de Formación. b) Implementar un régimen de descanso post- guardia, señalando que la cantidad de guardias debe ajustarse a normativa y distribuirse de forma uniforme en todos los años c) Promover que la formación de postgrado universitaria incluida en la residencia no tenga costo adicional para el residente.

40 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº ARTICULO 3 La Residencia Médica de Neurología de la institución Hospital Italiano de Buenos Aires (CABA), deberá anualmente informar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HU- MANO Y SALUD OCUPACIONAL el listado correspondiente a los residentes activos y de los egresados durante el período correspondiente a la vigencia de la Acreditación. ARTICULO 4 La nueva acreditación deberá gestionarse ante este Ministerio 6 meses antes de su vencimiento conforme lo establece la Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de 2006 y en esta, se tendrá en cuenta el grado de cumplimiento de las recomendaciones establecidas en el ARTÍCULO 2 para mantener o superar la categoría. ARTICULO 5 Regístrese, comuníquese, publíquese y notifíquese al interesado, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS y a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. Prof. Dra. KUMIKO EIGUCHI, Subsecretaria, Políticas Regulación y Fiscalización, Ministerio de Salud de la Nación. #I I# MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN Disposición 13/2016 Bs. As., 11/03/2016 e. 18/03/2016 N 14957/16 v. 18/03/2016 #F F# VISTO el Expediente N /3 del registro del MINISTERIO DE SALUD y las Resoluciones de este Ministerio N 450 de fecha 7 de abril de 2006; N 1922 de fecha 6 de diciembre de 2006; N 1342 de fecha 10 de octubre de 2007; N 1073 de fecha 30 de julio de 2015; N 1814 de fecha 9 de octubre de 2015; y las Disposiciones de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN N 104 de fecha 24 de noviembre de 2015 y N 18 de fecha 26 de mayo de 2011 y; Que a través de la Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de 2006 se crea el SISTE- MA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecen los criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros. Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD - COFESA - como rector de la política a seguir en la formación del recurso humano en salud, es presidido por la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL como coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA, integrada por representantes jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por entidades representativas del sector, conforme lo establecido por Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de Que a la vez dicho sistema prevé un Registro Único de Entidades Evaluadoras, conformado por Sociedades Científicas, Universidades y otras Organizaciones Civiles acreditadas por el MI- NISTERIO DE SALUD. Que por Resolución Ministerial N 1073 de fecha 30 de julio de 2015 se han aprobado los Marcos de Referencia de las Especialidades Médicas Pediatría, Medicina General y/o Familiar y Tocoginecología. Y que los mismos fueron incorporados como estándar de evaluación de las residencias que se acrediten en el marco del SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESI- DENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD. Que mediante Disposición Subsecretarial N 104 de fecha 24 de noviembre de 2015, se han aprobado los nuevos Estándares Nacionales y Contenidos Transversales, para la Acreditación de Residencias del Equipo de Salud, y los formularios nacionales para la evaluación de residencias del equipo de salud (Instrumento Nacional de Residencias del Equipo de Salud, Encuesta de Residentes y Guía para los Evaluadores), a los efectos de que los mismos definan los criterios mínimos para el funcionamiento de formación de residencias, refrendados por la COMISIÓN TÉCNICA IN- TERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD. Qué la especialidad médica Medicina general y/o familiar está incluida en el listado de especialidades reconocidas por el MINISTERIO DE SALUD (RM. 1814/2015). Que mediante Disposición N 18 de fecha 26 de mayo de 2011 de la SUBSECRETARÍA DE PO- LÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN la entidad Federación Argentina de Medicina General ha sido incorporada al Registro de Entidades Evaluadoras. Que la propuesta pedagógica presentada por la Residencia se expresa en un programa de formación que se encuadra en lo prescripto en la Resolución Ministerial N 1342 de fecha 10 de Octubre de Que la entidad evaluadora Federación Argentina de Medicina General ha realizado la evaluación de la residencia de Medicina Familiar y Comunitaria de la Dirección General del Primer Nivel de Atención (Salta), utilizando el Instrumento Nacional de Evaluación y ha informado que la Residencia está en condiciones de ser acreditada por un período de TRES (3) años y ha formulado recomendaciones para su mejora. Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL elaboró un Informe Técnico de acuerdo a la documentación remitida por la Entidad Evaluadora, a los Estándares Nacionales de Acreditación, al Marco de Referencia de la Especialidad y a las encuestas realizadas a los residentes, expidiéndose en igual sentido y proponiendo asignar la categoría B. Que el MINISTERIO DE SALUD a los efectos de orientar el proceso de mejora de la calidad de la formación de esta residencia ha elaborado las recomendaciones pertinentes. Que la COMISIÓN ASESORA DE EVALUACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ha supervisado el procedimiento realizado. Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios para la acreditación de la residencia de Medicina Familiar y Comunitaria de la Dirección General del Primer Nivel de Atención (Salta). Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de LA SUBSECRETARIA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN ARTÍCULO 1 Acredítase la Residencia médica de Medicina Familiar y Comunitaria de la Dirección General del Primer Nivel de Atención (Salta), en la especialidad Medicina general y/o familiar, en la Categoría B por un período de TRES (3) años a partir de la fecha de publicación de la presente, de acuerdo con los informes emitidos por la Entidad Evaluadora Federación Argentina de Medicina General y la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIO- NAL y en concordancia con los Estándares Nacionales para la Acreditación de las Residencias del Equipo de Salud. ARTICULO 2 La Residencia Médica de Medicina Familiar y Comunitaria de la Dirección General del Primer Nivel de Atención (Salta) deberá: a) Ajustar el nombre de la residencia a la denominación aprobada por Resolución 1814/2015 para la especialidad de Medicina General y/o Medicina de Familia. b) Adecuar al programa según la guía para la formulación de programas de residencias del Ministerio de Salud de la Nación, incluyendo objetivos por año de residencia y estrategias para la integración de contenidos, y definir el tipo y la organización de las rotaciones acordes a lo definido en el Marco de referencia de la especialidad. c) Asegurar que la proporción de jefes de residentes o de instructores con funciones de jefe de residentes sea acorde a la cantidad de residentes. d) Incluir en el Programa de Formación todos los Contenidos Transversales y adecuar las actividades actuales para asegurar su desarrollo formativo durante toda la residencia. e) Asegurar la formación en escenarios propios de la especialidad y/o con tutores y supervisores de la especialidad desde el inicio y a lo largo de la residencia de modo de fortalecer el modelo de roles y la integración de contenidos de formación. f) Aumentar horas de consultorio integrado y en centros de salud con médicos de familia formados. g) Facilitar una mayor comunicación y articulación entre instructores, auxiliares docentes y coordinación docente de la residencia. h) Incorporar actividades de investigación de forma progresiva desde 1 año asegurando acompañamiento docente y tiempo protegido para la realización de las mismas i) Asegurar la duración de las guardias y el descanso post guardia acorde a los estándares nacionales, e implementar las acciones necesarias para supervisar las situaciones de cansancio manifestadas por los residentes. ARTICULO 3 La Residencia Médica de Medicina Familiar y Comunitaria de la Dirección General del Primer Nivel de Atención (Salta), deberá anualmente informar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL el listado correspondiente a los residentes activos y de los egresados durante el período correspondiente a la vigencia de la Acreditación. ARTICULO 4 La nueva acreditación deberá gestionarse ante este Ministerio 6 meses antes de su vencimiento conforme lo establece la Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de 2006 y en esta, se tendrá en cuenta el grado de cumplimiento de las recomendaciones establecidas en el ARTÍCULO 2 para mantener o superar la categoría. ARTICULO 5 Regístrese, comuníquese, publíquese y notifíquese al interesado, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS y a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. Prof. Dra. KUMIKO EIGUCHI, Subsecretaria Políticas, Regulación y Fiscalización, Ministerio de Salud de la Nación. #I I# MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN Disposición 6/2016 Bs. As., 11/03/2016 e. 18/03/2016 N 14961/16 v. 18/03/2016 #F F# VISTO el Expediente N /1 del registro del MINISTERIO DE SALUD y las Resoluciones de este Ministerio N 450 de fecha 7 de abril de 2006; N 1922 de fecha 6 de diciembre de 2006; N 1342 de fecha 10 de octubre de 2007; N 1074 de fecha 30 de julio de 2015; N 1814 de fecha 9 de octubre de 2015 y las Disposiciones de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGU- LACIÓN Y FISCALIZACIÓN N 104 de fecha 24 de noviembre de 2015 y N 4 de fecha 19 de marzo de 2009 y; Que a través de la Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de 2006 se crea el SISTE- MA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecen los criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros. Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SA- LUD se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD COFESA como rector de la política a seguir en la formación del recurso humano en salud, es presidido por la SUB- SECRETARÍA DE POLÍTICAS REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL como coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA, integrada por representantes jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por entidades representativas del sector, conforme lo establecido por Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de 2006.

41 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº #I I# Que a la vez dicho sistema prevé un Registro Único de Entidades Evaluadoras, conformado por Sociedades Científicas, Universidades y otras Organizaciones Civiles acreditadas por el MI- NISTERIO DE SALUD. MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN Que por Resolución Ministerial N 1074 de fecha 30 de julio de 2015 se han aprobado los Marcos de Referencia de las Especialidades Médicas Neonatología, Cirugía General, Clínica Médica, Terapia Intensiva de adultos y Terapia Intensiva infantil. Y que los mismos fueron incorporados como estándar de evaluación de las residencias que se acrediten en el marco del SISTEMA NA- CIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD. Que mediante Disposición Subsecretarial N 104 de fecha 24 de noviembre de 2015, se han aprobado los nuevos Estándares Nacionales y Contenidos Transversales, para la Acreditación de Residencias del Equipo de Salud, y los formularios nacionales para la evaluación de residencias del equipo de salud (Instrumento Nacional de Residencias del Equipo de Salud, Encuesta de Residentes y Guía para los Evaluadores), a los efectos de que los mismos definan los criterios mínimos para el funcionamiento de formación de residencias, refrendados por la COMISIÓN TÉCNICA IN- TERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD. Qué la especialidad médica Clínica Médica está incluida en el listado de especialidades reconocidas por el MINISTERIO DE SALUD (RM. 1814/2015). Que mediante Disposición N 4 de fecha 19 de marzo de 2009 de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN la entidad Sociedad de Medicina Interna de Buenos Aires ha sido incorporada al Registro de Entidades Evaluadoras. Que la propuesta pedagógica presentada por la Residencia se expresa en un programa de formación que se encuadra en lo prescripto en la Resolución Ministerial N 1342 de fecha 10 de Octubre de Que la entidad Sociedad de Medicina Interna de Buenos Aires ha realizado la evaluación de la residencia de Medicina Interna de la institución Centro de Educación Médica e Investigación Clínica (CEMIC) (CABA), utilizando el Instrumento Nacional de Evaluación y ha informado que la Residencia está en condiciones de ser acreditada por un período de CINCO (5) años y ha formulado recomendaciones para su mejora. Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL elaboró un Informe Técnico de acuerdo a la documentación remitida por la Entidad Evaluadora, a los Estándares Nacionales de Acreditación, al Marco de Referencia de la Especialidad y a las encuestas realizadas a los residentes, expidiéndose en igual sentido y proponiendo asignar la categoría A. Que el MINISTERIO DE SALUD a los efectos de orientar el proceso de mejora de la calidad de la formación de esta residencia ha elaborado las recomendaciones pertinentes. Que la COMISIÓN ASESORA DE EVALUACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ha supervisado el procedimiento realizado. Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios para la acreditación de la residencia de Medicina Interna de la institución Centro de Educación Médica e Investigación Clínica (CEMIC) (CABA). Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de LA SUBSECRETARIA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN ARTÍCULO 1 Acredítase la Residencia médica de Medicina Interna de la institución Centro de Educación Médica e Investigación Clínica (CEMIC) (CABA), en la especialidad Clínica Médica, en la Categoría A por un período de CINCO (5) años a partir de la fecha de publicación de la presente, de acuerdo con los informes emitidos por la Entidad Evaluadora Sociedad de Medicina Interna de Buenos Aires y la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPA- CIONAL y en concordancia con los Estándares Nacionales para la Acreditación de las Residencias del Equipo de Salud. Disposición 7/2016 Bs. As., 11/03/2016 VISTO el Expediente N /0 del registro del MINISTERIO DE SALUD y las Resoluciones de este Ministerio N 450 de fecha 7 de abril de 2006; N 1922 de fecha 6 de diciembre de 2006; N 1342 de fecha 10 de octubre de 2007; N 1814 de fecha 9 de octubre de 2015; y las Disposiciones de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN N 104 de fecha 24 de noviembre de 2015 y N 36 de fecha 5 de noviembre de 2010 y; Que a través de la Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de 2006 se crea el SISTE- MA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecen criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros. Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD COFESA como rector de la política a seguir en la formación del recurso humano en salud, es presidido por la SUBSECRE- TARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL como coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA, integrada por representantes jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDI- TACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por Entidades representativas del sector, conforme lo establecido por Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de Que a la vez dicho sistema prevé un Registro Único de Entidades Evaluadoras, conformado por Sociedades Científicas, Universidades y otras Organizaciones Civiles acreditadas por el MI- NISTERIO DE SALUD. Que mediante Disposición Subsecretarial N 104 de fecha 24 de noviembre de 2015, se han aprobado los nuevos Estándares Nacionales y Contenidos Transversales, para la Acreditación de Residencias del Equipo de Salud, y los formularios nacionales para la evaluación de residencias del equipo de salud (Instrumento Nacional de Residencias del Equipo de Salud, Encuesta de Residentes y Guía para los Evaluadores), a los efectos de que los mismos definan los criterios mínimos para el funcionamiento de formación de residencias, refrendados por la COMISIÓN TÉCNICA IN- TERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD. Que la especialidad médica Oftalmología está incluida en el listado de especialidades reconocidas por el MINISTERIO DE SALUD (RM. 1814/2015). Que mediante Disposición N 36 de fecha 5 de noviembre de 2010 de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN la entidad Sociedad Argentina de Oftalmología ha sido incorporada al Registro de Entidades Evaluadoras. Que la propuesta pedagógica presentada por la Residencia se expresa en un programa de formación que se encuadra en lo prescripto en la Resolución Ministerial N 1342 de fecha 10 de Octubre de Que la entidad Sociedad Argentina de Oftalmología ha realizado la evaluación de la residencia de Oftalmología de la institución Policlínica Bancaria (O.S.B.A.) (C.A.B.A.), utilizando el Instrumento Nacional de Evaluación y ha informado que la Residencia está en condiciones de ser acreditada por un período de TRES años y ha formulado recomendaciones para su mejora. Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL elaboró un Informe Técnico de acuerdo a la documentación remitida por la Entidad Evaluadora, a los Estándares Nacionales de Acreditación y a las encuestas realizadas a los residentes, expidiéndose en igual sentido y proponiendo asignar la categoría B. Que el MINISTERIO DE SALUD a los efectos de orientar el proceso de mejora de la calidad de la formación de esta residencia ha elaborado las recomendaciones pertinentes. Que la COMISIÓN ASESORA DE EVALUACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ha supervisado el procedimiento realizado. Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios para la acreditación de la residencia de Oftalmología de la institución Policlínica Bancaria (O.S.B.A.) (C.A.B.A.). ARTÍCULO 2 La Residencia Médica de Medicina Interna de la institución Centro de Educación Médica e Investigación Clínica (CEMIC) (CABA) deberá: a) Ajustar el nombre de la residencia a la denominación aprobada por Resolución N 1814/2015 para la especialidad. b) Incluir todos los contenidos transversales en el Programa de formación. c) Garantizar el cumplimiento del descanso postguardia y que las guardias se distribuyan de forma uniforme en todos los años de formación. d) Atender a las situaciones de cansancio manifestadas por los residentes tomando las medidas necesarias. ARTÍCULO 3 La Residencia Médica de Medicina Interna de la institución Centro de Educación Médica e Investigación Clínica (CEMIC) (CABA), deberá anualmente informar a la DIREC- CIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL el listado correspondiente a los residentes activos y de los egresados durante el período correspondiente a la vigencia de la Acreditación. ARTÍCULO 4 La nueva acreditación deberá gestionarse ante este Ministerio 6 meses antes de su vencimiento conforme lo establece la Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de 2006 y en esta, se tendrá en cuenta el grado de cumplimiento de las recomendaciones establecidas en el ARTÍCULO 2 para mantener o superar la categoría. ARTÍCULO 5 Regístrese, comuníquese, publíquese y notifíquese al interesado, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS y a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. Prof. Dra. KUMIKO EIGUCHI, Subsecretaria, Políticas, Regulación y Fiscalización, Ministerio de Salud de la Nación. e. 18/03/2016 N 14935/16 v. 18/03/2016 #F F# Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de LA SUBSECRETARIA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN ARTÍCULO 1 Acredítase la Residencia médica de Oftalmología de la institución Policlínica Bancaria (O.S.B.A.) (C.A.B.A.), en la especialidad Oftalmología en la Categoría B por un período de TRES años a partir de la fecha de publicación de la presente, de acuerdo con los informes emitidos por la Entidad Evaluadora Sociedad Argentina de Oftalmología y la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL y en concordancia con los Estándares Nacionales para la Acreditación de las Residencias del Equipo de Salud. ARTÍCULO 2 La Residencia Médica de Oftalmología de la institución Policlínica Bancaria (O.S.B.A.) (C.A.B.A.) deberá: a) Adecuar la formulación del programa a la Resolución Ministerial N 1342/2007. b) Completar en el Programa los contenidos considerados transversales a la formación de distintas especialidades. c) Asegurar que en la práctica de los residentes se incluyan todos los procedimientos claves para su formación que se incorporan en el programa. d) Equilibrar la cantidad de guardias entre los distintos niveles de formación. e) Ampliar la participación del personal de planta en la actividad docente.

42 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº ARTÍCULO 3 La Residencia Médica de Oftalmología de la institución Policlínica Bancaria (O.S.B.A.) (C.A.B.A.), deberá anualmente informar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL el listado correspondiente a los residentes activos y de los egresados durante el período correspondiente a la vigencia de la Acreditación. ARTÍCULO 4 La nueva acreditación deberá gestionarse ante este Ministerio 6 meses antes de su vencimiento conforme lo establece la Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de 2006 y en esta, se tendrá en cuenta el grado de cumplimiento de las recomendaciones establecidas en el ARTÍCULO 2 para mantener o superar la categoría. ARTÍCULO 5 Regístrese, comuníquese, publíquese y notifíquese al interesado, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS y a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. Prof. Dra. KUMIKO EIGUCHI, Subsecretaria Políticas, Regulación y Fiscalización, Ministerio de Salud de la Nación. #I I# MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN Disposición 8/2016 Bs. As., 11/03/2016 e. 18/03/2016 N 14936/16 v. 18/03/2016 #F F# VISTO el Expediente N del registro del MINISTERIO DE SALUD y las Resoluciones de este Ministerio N 450 de fecha 7 de abril de 2006; N 1922 de fecha 6 de diciembre de 2006; N 1342 de fecha 10 de octubre de 2007; N 1074 de fecha 30 de julio de 2015; N 1814 de fecha 9 de octubre de 2015 y las Disposiciones de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN N 4 de fecha 19 de marzo de 2009 y N 104 de fecha 24 de noviembre de 2015 y; Que a través de la Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de 2006 se crea el SISTE- MA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecen los criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros. Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD COFESA como rector de la política a seguir en la formación del recurso humano en salud, es presidido por la SUBSECRE- TARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL como coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA, integrada por representantes jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDI- TACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por entidades representativas del sector, conforme lo establecido por Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de Que a la vez dicho sistema prevé un Registro Único de Entidades Evaluadoras, conformado por Sociedades Científicas, Universidades y otras Organizaciones Civiles acreditadas por el MI- NISTERIO DE SALUD. Que por Resolución Ministerial N 1074 de fecha 30 de julio de 2015 se han aprobado los Marcos de Referencia de las Especialidades Médicas Neonatología, Cirugía General, Clínica Médica, Terapia Intensiva de adultos y Terapia Intensiva infantil. Y que los mismos fueron incorporados como estándar de evaluación de las residencias que se acrediten en el marco del SISTEMA NA- CIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD. Que mediante Disposición Subsecretarial N 104 de fecha 24 de noviembre de 2015, se han aprobado los nuevos Estándares Nacionales y Contenidos Transversales, para la Acreditación de Residencias del Equipo de Salud, y los formularios nacionales para la evaluación de residencias del equipo de salud (Instrumento Nacional de Residencias del Equipo de Salud, Encuesta de Residentes y Guía para los Evaluadores), a los efectos de que definan los criterios mínimos para el funcionamiento de formación de residencias, y que los mismos han sido refrendados por la COMI- SIÓN TÉCNICA INTERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD. Qué la especialidad médica Clínica Médica está incluida en el listado de especialidades reconocidas por el MINISTERIO DE SALUD (RM. 1814/2015). Que mediante Disposición N 4 de fecha 19 de marzo de 2009 de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN la entidad Sociedad de Medicina Interna de Buenos Aires ha sido incorporada al Registro de Entidades Evaluadoras. Que la propuesta pedagógica presentada por la Residencia se expresa en un programa de formación que se encuadra en lo prescripto en la Resolución Ministerial N 1342 de fecha 10 de Octubre de Que la entidad Sociedad de Medicina Interna de Buenos Aires ha realizado la evaluación de la residencia de CLINICA MEDICA del HOSPITAL AERONÁUTICO CORDOBA (provincia de Córdoba), utilizando el Instrumento Nacional de Evaluación y ha informado que la Residencia está en condiciones de ser acreditada por un período de TRES (3) años y ha formulado recomendaciones para su mejora. Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL elaboró un Informe Técnico de acuerdo a la documentación remitida por la Entidad Evaluadora, a los Estándares Nacionales de Acreditación, al Marco de Referencia de la Especialidad y a las encuestas realizadas a los residentes, expidiéndose en igual sentido y proponiendo asignar la categoría B. Que el MINISTERIO DE SALUD a los efectos de orientar el proceso de mejora de la calidad de la formación de esta residencia ha elaborado las recomendaciones pertinentes. Que la COMISIÓN ASESORA DE EVALUACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ha supervisado el procedimiento realizado. Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios para la acreditación de la residencia de CLINICA MEDICA del HOSPITAL AERONÁUTICO CORDOBA (provincia de Córdoba). Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de LA SUBSECRETARIA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN ARTÍCULO 1 Acredítase la Residencia médica de CLINICA MEDICA del HOSPITAL AERO- NÁUTICO CORDOBA (provincia de Córdoba), en la Categoría B por un periodo de TRES (3) años a partir de la fecha de publicación de la presente, de acuerdo con los informes emitidos por la Entidad Evaluadora Sociedad de Medicina Interna de Buenos Aires y la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL y en concordancia con los Estándares Nacionales para la Acreditación de las Residencias del Equipo de Salud. ARTÍCULO 2 La Residencia Médica de CLINICA MEDICA del HOSPITAL AERONÁUTICO CORDOBA (provincia de Córdoba) deberá: a) Ajustar el programa de las rotaciones al Marco de referencia de la Especialidad. b) Sistematizar la frecuencia de las evaluaciones por parte de los responsables de especialidades y evaluar las rotaciones en forma personalizada. c) Implementar el descanso post guardia. d) Distribuir uniformemente las guardias de acuerdo al Marco de Referencia de la especialidad. e) Facilitar la participación en Congresos de la Especialidad. f) Mejorar las condiciones de infraestructura y equipamiento de los lugares asignados a los residentes. g) Implementar un registro de procedimientos de los residentes. h) Garantizar la supervisión de todos los residentes por especialistas. i) Ajustar la carga horaria de los residentes a los Estándares. ARTÍCULO 3 La Residencia Médica de CLINICA MEDICA del HOSPITAL AERONÁUTICO CORDOBA (provincia de Córdoba), deberá anualmente informar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL el listado correspondiente a los residentes activos y de los egresados durante el período correspondiente a la vigencia de la Acreditación. ARTÍCULO 4 La nueva acreditación deberá gestionarse ante este Ministerio 6 meses antes de su vencimiento conforme lo establece la Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de 2006 y en esta, se tendrá en cuenta el grado de cumplimiento de las recomendaciones establecidas en el ARTÍCULO 2 para mantener o superar la categoría. ARTÍCULO 5 Regístrese, comuníquese, publíquese y notifíquese al interesado, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS y a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. Prof. Dra. KUMIKO EIGUCHI, Subsecretaria, Políticas, Regulación y Fiscalización, Ministerio de Salud de la Nación. #I I# MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN Disposición 9/2016 Bs. As., 11/03/2016 e. 18/03/2016 N 14938/16 v. 18/03/2016 #F F# VISTO el Expediente N del registro del MINISTERIO DE SALUD y las Resoluciones de este Ministerio N 450 de fecha 7 de abril de 2006; N 1922 de fecha 6 de diciembre de 2006; N 1342 de fecha 10 de octubre de 2007; N 1074 de fecha 30 de julio de 2015; N 1814 de fecha 9 de octubre de 2015 y las Disposiciones de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULA- CIÓN Y FISCALIZACIÓN N 15 de fecha 19 de marzo de 2009 y N 104 de fecha 24 de noviembre de 2015 y; Que a través de la Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de 2006 se crea el SISTE- MA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecen los criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros. Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD - COFESA - como rector de la política a seguir en la formación del recurso humano en salud, es presidido por la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL como coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA, integrada por representantes jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por entidades representativas del sector, conforme lo establecido por Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de Que a la vez dicho sistema prevé un Registro Único de Entidades Evaluadoras, conformado por Sociedades Científicas, Universidades y otras Organizaciones Civiles acreditadas por el MI- NISTERIO DE SALUD. Que por Resolución Ministerial N 1074 de fecha 30 de julio de 2015 se han aprobado los Marcos de Referencia de las Especialidades Médicas Neonatología, Cirugía General, Clínica Médica, Terapia Intensiva de adultos y Terapia Intensiva infantil. Y que los mismos fueron incorporados como estándar de evaluación de las residencias que se acrediten en el marco del SISTEMA NA- CIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD. Que mediante Disposición Subsecretarial N 104 de fecha 24 de noviembre de 2015, se han aprobado los nuevos Estándares Nacionales y Contenidos Transversales, para la Acreditación de Residencias del Equipo de Salud, y los formularios nacionales para la evaluación de residencias del equipo de salud (Instrumento Nacional de Residencias del Equipo de Salud, Encuesta de Residentes y Guía para los Evaluadores), a los efectos de que definan los criterios mínimos para el funcionamiento de formación de residencias, y que los mismos han sido refrendados por la COMI-

43 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº #I I# SIÓN TÉCNICA INTERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD. MINISTERIO DE TRANSPORTE Qué la especialidad médica CIRUGÍA GENERAL está incluida en el listado de especialidades reconocidas por el MINISTERIO DE SALUD (RM. 1814/2015). SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR Disposición 135/2016 Que mediante Disposición N 15 de fecha 19 de marzo de 2009 de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN la entidad Asociación Argentina de Cirugía ha sido incorporada al Registro de Entidades Evaluadoras. Que la propuesta pedagógica presentada por la Residencia se expresa en un programa de formación que se encuadra en lo prescripto en la Resolución Ministerial N 1342 de fecha 10 de Octubre de Que la entidad Asociación Argentina de Cirugía ha realizado la evaluación de la residencia de CIRUGÍA GENERAL del HOSPITAL DE AUTOGESTION DESCENTRALIZADA SAN BERNARDO (provincia de Salta), utilizando el Instrumento Nacional de Evaluación y ha informado que la Residencia está en condiciones de ser acreditada por un período de TRES (3) años y ha formulado recomendaciones para su mejora. Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL elaboró un Informe Técnico de acuerdo a la documentación remitida por la Entidad Evaluadora, a los Estándares Nacionales de Acreditación, al Marco de Referencia de la Especialidad y a las encuestas realizadas a los residentes, expidiéndose en igual sentido y proponiendo asignar la categoría B. Que el MINISTERIO DE SALUD a los efectos de orientar el proceso de mejora de la calidad de la formación de esta residencia ha elaborado las recomendaciones pertinentes. Que la COMISIÓN ASESORA DE EVALUACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ha supervisado el procedimiento realizado. Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios para la acreditación de la residencia de CIRUGÍA GENERAL del HOSPITAL DE AUTOGESTION DESCENTRALIZADA SAN BERNARDO (provincia de Salta). Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de LA SUBSECRETARIA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN ARTÍCULO 1 Acredítase la Residencia médica de CIRUGÍA GENERAL del HOSPITAL DE AUTOGESTION DESCENTRALIZADA SAN BERNARDO (provincia de Salta), en la Categoría B por un período de TRES (3) años a partir de la fecha de publicación de la presente, de acuerdo con los informes emitidos por la Entidad Evaluadora Asociación Argentina de Cirugía y la DIRECCIÓN NA- CIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL y en concordancia con los Estándares Nacionales para la Acreditación de las Residencias del Equipo de Salud. ARTICULO 2 La Residencia Médica de CIRUGÍA GENERAL del HOSPITAL DE AUTOGES- TION DESCENTRALIZADA SAN BERNARDO (provincia de Salta) deberá: a) Adecuar al programa a los Estándares Nacionales de Acreditación y al Marco de referencia de la especialidad. Se sugiere emplear la guía para la formulación de programas de residencias del Ministerio de Salud de la Nación. b) Incluir todos los Contenidos Transversales en el Programa de Formación y asegurar su desarrollo formativo. c) Formalizar en el programa escrito y sistematizar la realización de la evaluación de los residentes, incluyendo instrumentos basados en competencias y ámbitos de desempeño con evaluaciones periódicas y evaluaciones post-rotaciones, estableciendo su metodología, frecuencia, propósito y registro; y definir el rol de los profesionales especialistas del servicio en estas evaluaciones. d) Facilitar una distribución equitativa de la carga horaria y de tareas durante los cuatro años de la residencia. e) Organizar la realización de guardias acorde a los estándares nacionales y asegurar el descanso pos guardia. f) Implementar las acciones necesarias para supervisar las situaciones de cansancio manifestadas por los residentes. g) Asegurar el aprendizaje y la práctica en cirugía pediátrica y en patología de cabeza y cuello, mediante organización de rotaciones externas o internas sistematizadas para todos los residentes, así como la práctica de métodos ecográficos y endoscópicos acorde a lo definido en el Marco de referencia de la especialidad. ARTICULO 3 La Residencia Médica de CIRUGÍA GENERAL del HOSPITAL DE AUTOGES- TION DESCENTRALIZADA SAN BERNARDO (provincia de Salta), deberá anualmente informar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL el listado correspondiente a los residentes activos y de los egresados durante el período correspondiente a la vigencia de la Acreditación. ARTICULO 4 La nueva acreditación deberá gestionarse ante este Ministerio 6 meses antes de su vencimiento conforme lo establece la Resolución Ministerial N 450 de fecha 7 de abril de 2006 y en esta, se tendrá en cuenta el grado de cumplimiento de las recomendaciones establecidas en el ARTÍCULO 2 para mantener o superar la categoría. ARTICULO 5 Regístrese, comuníquese, publíquese y notifíquese al interesado, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS y a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. Prof. Dra. KUMIKO EIGUCHI, Subsecretaria, Políticas Regulación y Fiscalización, Ministerio de Salud de la Nación. e. 18/03/2016 N 14941/16 v. 18/03/2016 #F F# Bs. As., 19/02/2016 VISTO la Decisión Administrativa N 477 del 16 de septiembre de 1998, modificada por su similar N 1 del 12 de enero de EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR ARTÍCULO 1 Dase por otorgado a partir del 1 de enero de 2016 y hasta el 31 de marzo de 2016, el suplemento establecido en el artículo 3, inciso c) de la Decisión Administrativa N 477/98, correspondiente a ésta Subsecretaría, a las personas que se citan en el Anexo I a la presente, asignándoseles la cantidad de Unidades Retributivas mensuales que allí se detallan. ARTÍCULO 2 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ing. ANTONIO DAVID CORTES, Subsecretario de Transporte Automotor, Secretaría de Gestión de Transporte, Ministerio de Transporte. ANEXO I APELLIDO Y NOMBRES DOCUMENTO UNIDADES TIPO NUMERO RETRIBUTIVAS ADUCCI, Claudia Mónica DNI ANGUEIRA, María del Carmen DNI BASARAB, Mónica DNI CINARELLI, Mario Osvaldo DNI DORIGO, Magdalena DNI FERNANDEZ, Adriana Susana DNI FIGUEROA M., Ramón Victor DNI GIROUSSENS, Claudia Marcela DNI GONNET, Karina DNI MONTELEONE, María Rosa DNI NAIF, Graciela DNI PEREYRA, Alejandra Mónica DNI VENDITELLI, Rafaela Lilian DNI VILLALBA, Marta Beatriz DNI #I I# MINISTERIO DE TRANSPORTE SECRETARÍA DE GESTIÓN DEL TRANSPORTE SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES Disposición 33/2016 Bs. As., 14/03/2016 e. 18/03/2016 N 15126/16 v. 18/03/2016 #F F# VISTO el Expediente N S02: /2016, del Registro del MINISTERIO DE TRANSPORTE, el Decreto de fecha 31 de marzo de 1909, las leyes N y N , el Decreto N 769 de fecha 19 de abril de 1993, la Disposición DNVN N 162 de fecha de fecha 15 de diciembre de 2008, la Disposición SSPyVN N 35 de fecha 15 de abril de 2011 y el Decreto N 8 de fecha 4 de enero de 2016, y Que el incremento del transporte fluvial de cargas ha generado la necesidad de utilización de espacios físicos ubicados en las vías fluviales donde se realizan actividades conexas a la navegación, especialmente el amarre de barcazas y remolcadores. Que dicho proceso ha derivado en un incremento exponencial de tales emplazamientos que genera la necesidad de su regulación a los efectos de garantizar condiciones de seguridad a los usuarios, sin producir afectación al medio acuático. Que toda ocupación indebida de los bienes públicos destinados a la navegación, facilita el desarrollo de actividades cuasi portuarias en condiciones de inseguridad, afectando al medio acuático y a los usuarios de las vías navegables, razón por lo que corresponde instrumentar cursos de acción tendientes a lograr una efectiva organización e interacción técnico - administrativa, en todo aquello que pueda afectar a las vías navegables y a sus usuarios. Que la Ley de Navegación N establece, en lo pertinente, que las aguas navegables de la Nación que sirvan al tráfico y tránsito interjurisdiccional por agua, los puertos y cualesquiera otras obras públicas construidas o consagradas a esa finalidad, son bienes públicos destinados a la navegación y sujetos a la jurisdicción nacional. Que, por medio de Disposición N 162 de la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGA- BLES de fecha 15 de diciembre de 2008 se establecieron los requisitos que deben cumplimentarse en las solicitudes de declaratoria de espejos de agua así como la habilitación de las obras de amarre existentes o proyectadas. Que, por medio de Disposición N 35 de la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVE- GABLES de fecha 15 de abril de 2011, se pretendió otorgarle encuadre jurídico a la actividad de los amarraderos fluviales por medio de la instauración de pautas básicas que han resultado insuficientes para limitar la proliferación indiscriminada de este tipo de emplazamientos y brindar la seguridad pretendida.

44 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Que, en función de lo expuesto, se hace necesario proceder a la adecuación de determinadas disposiciones vigentes en la materia para lo cual resulta conveniente disponer la derogación de la mentada disposición y establecer una regulación más exhaustiva sobre la materia cuyo alcance se extienda a todas aquellas instalaciones destinadas al amarre de barcazas y/o artefactos navales, fijar parámetros técnicos tendientes a determinar con precisión los requisitos a los que deberán adecuarse todas las solicitudes de declaratoria de obra que comprendan la ocupación de fondeaderos o espejos de agua que tramitan por ante la DIRECCION NACIONAL DE VÍAS NAVEGABLES de esta Subsecretaría, y aprobar el procedimiento aplicable a los efectos del otorgamiento de los permisos de uso, todo ello a los fines de optimizar y profundizar el ejercicio del poder de policía sobre estos emplazamientos. Que, asimismo, debido al creciente tránsito de buques y/o artefactos navales, resulta necesario instrumentar, en la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE FLUVIAL Y MA- RÍTIMO de esta Subsecretaría, un sistema de indicadores tendiente a la recopilación de datos estadísticos que en forma objetiva y en tiempo real brinden información fehaciente sobre la dimensión del crecimiento del transporte fluvial, con la finalidad de elaborar políticas públicas eficaces y adecuadas al notorio crecimiento que experimenta el sector. Que, en consonancia con ello, corresponde disponer la creación de un registro de amarraderos fluviales en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PUERTOS de esta Subsecretaría en el que deberán inscribirse todos los permisos de uso de los espacios físicos reservados para el atraque de una o más embarcaciones y/o artefactos navales, incluyendo las obras civiles necesarias para el desarrollo de la actividad. Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 22, inciso j) de la Ley N , corresponde a la AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL coordinar la acción de los distintos organismos de supervisión y control del ESTADO NACIONAL, que actúan dentro del ámbito y el quehacer portuario, con el fin de evitar la superposición de funciones, y facilitar el funcionamiento eficiente de ese ámbito y de los servicios que en él se prestan; todo ello, sin perjuicio de las leyes y reglamentos vigentes en la materia. Que, en virtud del Artículo 22 del Decreto N 769 de fecha 19 de abril de 1993, la SUBSE- CRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES dependiente de la SECRETARIA DE GESTIÓN DEL TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE es la Autoridad de Aplicación de la Ley N de Actividades Portuarias revistiendo el carácter de AUTORIDAD PORTUARIA NACIO- NAL. Que, en virtud de lo que prevé el Decreto del 31 de marzo de 1909, la DIRECCIÓN NACIONAL DE VÍAS NAVEGABLES dependiente de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES es el organismo competente para declarar que la ejecución de una obra en la ribera de los ríos, no afecta el comercio, la navegación y/o el régimen hidráulico del lugar. Que, sin perjuicio de ello, resulta conveniente instrumentar un procedimiento que contemple la participación institucional de la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE FLUVIAL Y MARÍTI- MO de ésta Subsecretaría por su directa vinculación con la materia, al cabo del cual, en tanto y en cuanto se consideren debidamente cumplimentados los recaudos técnicos establecidos en el presente acto, corresponderá el otorgamiento de la habilitación de los amarraderos por medio de permiso de uso expedido por esta autoridad y su posterior inscripción en el REGISTRO DE AMA- RRADEROS FLUVIALES que funcionará en la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PUERTOS de esta Subsecretaría. Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención de su competencia, en razón del Artículo 9 del Decreto N 8 de fecha 4 de enero de Que el suscripto está facultado para el dictado de la presente medida de acuerdo a los previsto en el Artículo 22 del Decreto N 769 de fecha 19 de abril de 1993, el Decreto N 8 del 4 de enero de 2016 y el Decreto N 145 de fecha 12 de enero de 2016 en función de lo establecido por el Decreto N 369 de fecha 17 de febrero de EL SUBSECRETARIO DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES ARTÍCULO 1 Deróguese la Disposición N 35 de la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES de fecha 15 de abril de ARTÍCULO 2 Apruébanse las PAUTAS Y PROCEDIMIENTOS DE HABILITACIÓN DE AMA- RRADEROS FLUVIALES que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente disposición. ARTÍCULO 3 Los permisionarios de amarraderos deberán efectuar, durante todo el plazo de vigencia del permiso de uso, una Declaración Jurada trimestral ante la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE FLUVIAL Y MARÍTIMO con los datos e indicadores descriptos en el FORMU- LARIO DE DATOS ESTADÍSTICOS que como Anexo II forma parte integrante de la presente disposición. ARTÍCULO 4 El incumplimiento de la obligación establecida en el Artículo 3 podrá dar lugar a la declaración de caducidad del permiso de uso en los términos del artículo 21 de la Ley N por parte de la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES, previo informe de la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE FLUVIAL Y MARÍTIMO, la cual deberá recopilar y procesar los datos a los efectos de controlar el cumplimiento de los plazos de presentación que se fijan en el último día hábil de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre respectivamente. ARTÍCULO 5 Instrúyese a la DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE FLUVIAL Y MARÍ- TIMO de esta Subsecretaría la instrumentación y aplicación de un procedimiento que posibilite la ejecución eficaz de los dispuesto en los artículos 3 y 4 de la presente disposición. ARTÍCULO 6 Crease el REGISTRO DE AMARRADEROS FLUVIALES en la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PUERTOS, en el que deberán inscribirse todos los permisos de uso de los espacios físicos reservados para el atraque de una o más embarcaciones y/o artefactos navales, incluyendo las obras civiles necesarias para el desarrollo de la actividad. ARTÍCULO 7 El presente acto entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. ARTÍCULO 8 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. JORGE GERARDO METZ, Subsecretario de Puertos y Vías Navegables. ANEXO I PAUTAS Y PROCEDIMIENTOS DE HABILITACIÓN DE AMARRADEROS FLUVIALES Artículo 1.- Denomínase amarradero fluvial al espacio físico más el conjunto de obras civiles, dispositivos y equipos destinados al amarre - atraque de buques y/o artefactos navales en condiciones de seguridad para la espera o detención de los mismos. Artículo 2.- Considerase ocupación indebida en los términos de la Ley de Navegación N toda actividad de amarre - atraque en fondeaderos o espejos de agua, que no reúna las condiciones fijadas en la Disposición N 162 de la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES de fecha 15 de diciembre de 2008 y los requisitos técnicos establecidos en la presente disposición, con excepción de aquellos casos en que su utilización hubiere sido autorizada por la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA por razones de necesidad y urgencia debidamente acreditadas. Artículo 3.- Queda prohibida la operatoria de carga o descarga, logística o reparaciones, tránsito de pasajeros, y/o cualquier otra actividad diferente del amarre-atraque de artefactos navales o buques en los emplazamientos descriptos en el Artículo 1, con excepción de las que pueda autorizar la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA basada en cuestiones de necesidad y urgencia debidamente acreditadas. Artículo 4.- Todo permisionario habilitado para operar un amarradero estará obligado a informar cualquier acaecimiento ocurrido en su espejo de agua o en sus obras a la DIRECCIÓN NACIO- NAL DE VÍAS NAVEGABLES dentro de las 72 horas hábiles del momento del hecho. Artículo 5.- Los operadores actuales de amarraderos deberán presentarse ante la DIREC- CIÓN NACIONAL DE VÍAS NAVEGABLES, dentro de los NOVENTA (90) días hábiles administrativos contados desde la fecha de publicación del presente acto, a efectos de adecuarse a los términos y condiciones del mismo, sin que ello modifique el plazo de vigencia de la habilitación con la que cuenten y bajo apercibimiento de revocación de la misma. Artículo 6.- Los espacios físicos habilitados estarán sujetos durante todo el plazo de vigencia del permiso de uso a la inspección, fiscalización y control de la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES. Artículo 7.- Sin perjuicio de la potestad genérica de revocación de los permisos de uso en sede administrativa por razones de oportunidad, mérito o conveniencia en los términos del artículo 18 de la Ley N con fundamento en que el derecho en cuestión se otorga expresa y válidamente a título precario, todo incumplimiento de los requisitos establecidos en la Disposición N 162 de la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES de fecha 15 de diciembre de 2008 y de los recaudos técnicos y formales establecidos por la presente disposición, como así también cualquier modo de obstrucción, por parte del permisionario, de las inspecciones de relevamiento y control, dará lugar a la caducidad del permiso de uso en los términos del artículo 21 de la Ley N Artículo 8.- Serán requisitos de admisibilidad formal del pedido de habilitación los siguientes: (i) la presentación, ante la DIRECCIÓN NACIONAL DE VÍAS NAVEGABLES de la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES, de la documentación requerida por la Disposición SSPyVN N 162 de fecha 15 de diciembre de 2008; (ii) el pago de los aranceles fijados en los Decretos N 1233 de fecha 28 de octubre de 1999 y/o N 20 de fecha 13 de enero de 2005, respectivamente; y (iii) una relación sucinta en virtud de la cual, se acredite en forma preliminar que el emprendimiento en la ribera de los ríos, no tiene entidad suficiente para afectar el comercio, la navegación y/o el régimen hidráulico del lugar. Artículo 9.- Una vez verificados los requisitos de admisibilidad establecidos en el Artículos 8, la DIRECCIÓN NACIONAL DE VÍAS NAVEGABLES evaluará el interés público comprometido por la presentación y, en caso de corresponder, emitirá la declaratoria de que la ejecución de la obra en la ribera del río no ostenta entidad suficiente como para afectar el comercio, la navegación y/o el régimen hidráulico del lugar. Artículo 10.- Al cabo del dictado de la declaratoria y aprobación de obras por parte de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VÍAS NAVEGABLES, el interesado deberá presentarse ante la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE FLUVIAL Y MARÍTIMO a efectos de: (i) acreditar encontrarse certificado conforme el Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias (Código PBIP), integrado al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, SOLAS/74 Ley N adoptado por la Organización Marítima Internacional (OMI); (ii) acreditar cumplimiento de las condiciones establecidas por la PREFEC- TURA NAVAL ARGENTINA en su carácter de Policía de Seguridad de la Navegación; (iii) presentar una póliza de seguro de Responsabilidad Civil y Contaminación por derrames o vertimientos, emitida por una compañía aseguradora argentina autorizada por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, la que quedará sujeta a la aprobación de la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES; (iv) demostrar la disposición de personal propio suficiente para realizar las tareas de amarre en razón de una persona por cada 15 buques y/o artefactos navales amarrados o en operación. El personal deberá contar con la registración, capacitación y los seguros obligatorios conforme la legislación vigente; y (v) disponer, al menos, de un remolcador en custodia permanente con su correspondiente dotación y certificados, de al menos 1000 hp de potencia a partir de veinticinco (25) barcazas en operación, circunstancia que deberá acreditarse por medio de la presentación del correspondiente certificado de matrícula del buque o contrato de charteo, según corresponda. La potencia podrá ser menor en aquellos supuestos en que, a criterio de la Autoridad Marítima, el número de barcazas resulte inferior a veinticinco (25) de acuerdo al porte de las mismas. Todos los amarraderos que se encuentren ubicados frente a la Vía Navegable Troncal, deberán contar con un remolcador de al menos 1000 hp de potencia para sus operaciones. Artículo 11.- Cumplimentados que fueran los requisitos previstos en el artículo anterior, la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE FLUVIAL Y MARÍTIMO emitirá un CERTIFICADO DE NO OBJECIÓN TÉCNICA y elevará a la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGA- BLES el proyecto de disposición por el que ésta autoridad otorgará el PERMISO DE USO del amarradero. Artículo 12.- En caso de considerarse necesario y conveniente, y solo en los supuestos en que medie acreditación del cumplimiento de los requisitos formales y materiales enunciados precedentemente, se emitirá el acto administrativo por el cual la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES otorga PERMISO DE USO del amarradero, debiéndose inscribir el mismo en el REGISTRO DE AMARRADEROS FLUVIALES de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PUERTOS y pudiendo ser revocado en sede administrativa por razones de oportunidad, mérito o conveniencia en los términos del artículo 18 de la Ley N con fundamento en que el derecho ha sido otorgado expresa y válidamente a título precario.

45 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº ANEXO II EL DIRECTOR DE POLICIA DE SEGURIDAD DE LA NAVEGACION ARTÍCULO 1 Apruébanse las medidas relativas a la verificación de la masa bruta de los contenedores llenos, que corren como Agregado N 1 a la presente Disposición. ARTÍCULO 2 La presente Disposición entrará en vigor TREINTA (30) días corridos desde la fecha de la publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina. ARTÍCULO 3 Efectúense las comunicaciones correspondientes a la Dirección de Operaciones para conocimiento por parte de las Dependencias Jurisdiccionales; comuníquese a los Departamentos pertinentes de esta Dirección, procédase a la publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, Sitio Oficial en INTERNET e INTRANET y en el Boletín Informativo para la Marina Mercante. Posteriormente, archívese en el Organismo propiciante como antecedente. MARIO ENRIQUE EICHHORN, Prefecto Mayor, Jefe Departamento Reglamentación de la Navegación. MARTÍN PABLO RUIZ, Prefecto General, Director de Policía de Seguridad de la Navegación. NOTA: Esta Disposición se publica sin Agregado N 1. La documentación no publicada puede ser consultada en la Pág. Web: e. 18/03/2016 N 14937/16 v. 18/03/2016 #F F# #I I# PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN Resolución 4/2016 Bs. As., 11/03/2016 VISTO lo dispuesto por el artículo 15 la Reglamentación del Capítulo IV de la Ley N , aprobada por Decreto N 1116/00 y las Resoluciones de esta PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN Nros. 40 del 18 de abril de 2001, 73 del 16 de mayo de 2007 y 66 del 12 de noviembre de 2010, y #I I# PREFECTURA NAVAL ARGENTINA AUTORIDAD MARÍTIMA DIRECCIÓN DE POLICÍA DE SEGURIDAD DE LA NAVEGACIÓN Disposición 1/2016 Bs. As., 08/03/2016 e. 18/03/2016 N 15402/16 v. 18/03/2016 #F F# VISTO lo informado por el Departamento Reglamentación de la Navegación por Expediente CUDAP N S02: /2015, y Que mediante Ordenanza N 5/02 (DPSN - Tomo 1) MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA EL TRANSPORTE DE CARGA, la Prefectura implantó las disposiciones de la regla VI/2 del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (SOLAS) estableciendo la obligatoriedad de proporcionar información sobre la carga al capitán, por parte del expedidor; Que mediante Resolución MSC.380(94) de la Organización Marítima Internacional se adoptaron enmiendas a la regla VI/2 del Convenio SOLAS que entrarán en vigor el 1 de julio de 2016 por la cuales se obliga al expedidor a verificar la masa bruta de los contenedores; Que las citadas enmiendas tienen por objeto asegurar que los cálculos de estabilidad y resistencia estructural del buque a bordo se basen en condiciones reales de carga; Que el Convenio SOLAS y su Protocolo 1988 fueron ratificados por la República Argentina por las Leyes N y , respectivamente; Que corresponde a la Prefectura Naval Argentina, en su calidad de Policía de seguridad de la navegación y de la vida humana y bienes en el mar, ser órgano de aplicación en el orden técnico de los convenios internacionales sobre la materia, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5, inciso a) apartado 3 de la ley N ; Que la Prefectura, en su carácter de Autoridad Marítima, se halla facultada para dictar el correspondiente acto administrativo a fin de implantar la citada enmienda al Convenio SOLAS, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5, inciso a), apartado 2 de la ley N ; Que si bien existen normas nacionales que prescriben el control del peso de los contenedores, dichas normas no se vinculan con el cumplimiento del Convenio SOLAS sino con el control de las obligaciones fiscales, Que hasta tanto se enmiende la Ordenanza N 5/02 y se obtenga suficiente experiencia en el cumplimiento de la normativa internacional, resulta oportuno la adopción de medidas que permitan la necesaria preparación del sector marítimo para una adecuada implantación de la normativa, Que ha tomado debida intervención la División Legal y Técnica de esta Dirección; Que el artículo 1 de la Resolución PTN N 40/01, con las modificaciones introducidas por sus similares Nros. 73/07 y 66/10, determinó que, con relación a los juicios de relevante significación económica en los que el monto de la demanda supere la suma de PESOS VEINTE MILLONES ($ ) y en los demás juicios que posean relevancia institucional, el Procurador del Tesoro de la Nación deberá evaluar la conveniencia de asumir el patrocinio o la representación del Estado Nacional. Que, asimismo, en su artículo 5, también modificado por las antedichas resoluciones, se estableció que en los juicios cuyo monto se encuentre comprendido entre las sumas de PESOS CINCO MILLONES ($ ) y PESOS VEINTE MILLONES ($ ), se impartirán instrucciones a los servicios jurídicos correspondientes. Que, en virtud del tiempo transcurrido desde la última modificación realizada a la citada resolución, razones de oportunidad aconsejan introducir las modificaciones necesarias a la norma de modo tal que la intervención de esta PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN se limite a los procesos de mayor significación económica o relevancia institucional, sin perjuicio de aquellos en los que el Poder Ejecutivo Nacional así lo decrete. Que, de esta manera, resultará posible asignar eficientemente los recursos disponibles para la concreción eficaz de los objetivos legalmente impuestos a este organismo, en aras a la satisfacción del interés público. Que, en consecuencia, resulta conveniente introducir modificaciones al texto de la Resolución PTN N 40/01. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades previstas en los artículos 15 y 16 de la Reglamentación del Capítulo IV de la Ley N , de los Juicios contra el ESTADO NACIO- NAL, aprobada mediante Decreto N 1116/2000. EL PROCURADOR DEL TESORO DE LA NACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1 Sustitúyese el Artículo 1 de la Resolución N 40 de fecha 18 de abril de 2001 de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO 1.- En los juicios de relevante significación económica en los que el monto de la demanda supere la suma de PESOS TREINTA MILLONES ($ ) y en los demás juicios que posean relevancia institucional, el Procurador del Tesoro de la Nación evaluará la conveniencia de asumir el patrocinio o la representación del Estado Nacional, comunicando su decisión al servicio jurídico del organismo competente. ARTÍCULO 2 Sustitúyese el Artículo 5 de la Resolución N 40 de fecha 18 de abril de 2001 de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente forma: ARTÍCULO 5.- En aquellos juicios de relevante significación económica, cuyo monto se encuentre comprendido entre las sumas de PESOS DIEZ MILLONES ($ ) y PESOS TREIN- TA MILLONES ($ ), la Dirección Nacional de Auditoría remitirá la comunicación correspondiente al artículo 8 de la Ley N a la Dirección Nacional de Asuntos Judiciales, para que confeccione el proyecto de instrucción que, una vez suscripto por el Procurador del Tesoro de la Nación, girará al servicio jurídico que deba intervenir. ARTÍCULO 3 Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. CARLOS F. BALBÍN, Procurador del Tesoro de la Nación. e. 18/03/2016 N 15479/16 v. 18/03/2016 #F F#

46 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº #I I# MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA Resolución 19/2016 Bs. As., 14/03/2016 VISTO el Expediente N S01: /2004 del Registro del ex MINISTERIO DE PLANIFICA- CIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y Que por Resolución N de fecha 6 de diciembre de 2004 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se autorizó el ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de la Empresa ENERGÍA PROVINCIAL - SOCIEDAD DEL ESTADO (E.P.S.E.), como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM), por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA QUEBRADA DE ULLUM de CUARENTA Y CINCO MEGAVATIOS (45 MW). Que el Artículo 2 de la referida resolución condicionaba la vigencia de la autorización otorgada a la celebración del Contrato de Concesión con el ESTADO NACIONAL en el marco del Artículo 14 de la Ley N , y su modificatoria, dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) meses contados a partir de la fecha de esa resolución. Que con posterioridad se han dispuesto sucesivas prórrogas a la autorización otorgada para actuar como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM), la última de ellas concedida por medio de la Resolución N 706 de fecha 30 de junio de 2014 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS. Que aún no se han perfeccionado los procedimientos previos a la suscripción del Contrato de Concesión previsto en la Ley N y sus modificaciones. Que en orden a la simplificación de los trámites administrativos que conllevan estas prórrogas, teniendo en cuenta que estas decisiones pueden guiarse por criterios de oportunidad, mérito y conveniencia, se considera adecuado extender la prórroga hasta el 31 de diciembre de Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROSPECTIVA de la ex SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDE- RAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención que le compete. Que por el Artículo 11 de la Resolución N 6 de fecha 25 de enero de 2016 del MINIS- TERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, delegó en la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA, las facultades asignadas a la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICA- CIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS según los Artículos 35, 36 y 37 de la Ley N Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención que le compete. Que las atribuciones para el dictado del presente acto surgen del Artículo 37 de la Ley N y de los Artículos 35, 36 y 85 de la Ley N EL SECRETARIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA RESUELVE: ARTÍCULO 1 Autorízase la postergación de la fecha límite definida en el Artículo 1 de la Resolución N 706 de fecha 30 de junio de 2014 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, quedando la Empresa ENERGÍA PROVINCIAL - SOCIEDAD DEL ESTADO (E.P.S.E.) habilitada para actuar con carácter provisorio como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA QUEBRADA DE ULLUM hasta el 31 de diciembre de ARTÍCULO 2 Notifíquese a la Empresa ENERGÍA PROVINCIAL - SOCIEDAD DEL ESTADO (E.P.S.E.), a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIE- DAD ANÓNIMA (CAMMESA), al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA y a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE CUYO SOCIEDAD ANÓNIMA (DISTROCUYO S.A.). ARTÍCULO 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ing. ALEJANDRO SRUOGA, Secretario de Energía Eléctrica. #I I# MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA Resolución 98/2016 Bs. As., 15/03/2016 e. 18/03/2016 N 15148/16 v. 18/03/2016 #F F# VISTO el Expediente N S05: /2014 del Registro del entonces MINISTERIO DE AGRI- CULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Ley N , las Resoluciones Nros del 28 de diciembre de 1993 del ex-servicio NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, 150 del 6 de febrero de 2002, 540 del 11 de agosto de 2010, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y Que la Ley N declara de interés nacional el Control y la Erradicación de la Brucelosis en las Especies Bovina, Ovina, Suina, Caprina y otras especies en el Territorio Nacional. Que la Resolución N del 28 de diciembre de 1993 del ex-servicio NACIONAL DE SA- NIDAD ANIMAL establece normas a las cuales deben ajustarse las firmas elaboradoras, fraccionadoras, expendedoras, exportadoras y/o importadoras de productos destinados al diagnóstico y prevención de la Brucelosis animal. Que la Resolución N 150 del 6 de febrero de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, reestablece el Plan Nacional de Control y Erradicación de la Brucelosis Bovina. Que resulta necesario perfeccionar los sistemas de prevención, control y erradicación de las enfermedades animales. Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, no encontrando reparos de orden legal que formular. Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 8, incisos e) y f) del Decreto N del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N 825 del 10 de junio de EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA RESUELVE: ARTÍCULO 1 Comercialización de antígenos/kits para diagnóstico de Brucelosis. Los laboratorios elaboradores y/o importadores y/o sus distribuidores autorizados por el SERVICIO NA- CIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), solo pueden efectuar ventas de antígenos/kits para diagnóstico de Brucelosis a los laboratorios inscriptos en la Red Nacional de Laboratorios del SENASA, que se encuentren debidamente habilitados para el rubro diagnóstico de Brucelosis. ARTÍCULO 2 Registro de compras y ventas de antígenos/kits. Inciso a) Los laboratorios elaboradores y/o importadores de antígenos/kits para diagnóstico de Brucelosis y/o sus distribuidores autorizados, deben llevar un archivo que contenga los remitos y facturas de compra y/o venta, según corresponda, de los antígenos/kits diagnósticos de Brucelosis adquiridos. Inciso b) Los laboratorios de la Red Nacional de Laboratorios del SENASA inscriptos para efectuar las pruebas de diagnóstico de Brucelosis, deben llevar un archivo que contenga los remitos y facturas de compra de los antígenos/kits diagnósticos de Brucelosis adquiridos, registrando los datos de series, vencimientos y números de estampillas. Inciso c) Esta documentación debe ser conservada por un plazo mínimo de DOS (2) años después de realizada cada operación. ARTÍCULO 3 Registro de utilización de antígenos/kits. Los laboratorios de la Red Nacional de Laboratorios del SENASA inscriptos para realizar el diagnóstico de Brucelosis, deben llevar el registro de la totalidad de las pruebas diagnósticas de Brucelosis que efectúen, incluyendo sus repeticiones, registrando los datos de series, vencimientos y números de estampillas de los antígenos/kits utilizados, de tal forma que exista correspondencia entre la cantidad de dosis de antígeno/kits utilizadas y las adquiridas. ARTÍCULO 4 Nómina de altas, bajas y suspensiones de la Red Nacional de Laboratorios. La Dirección General de Laboratorios y Control Técnico de este Servicio Nacional informará a través de su página web, la nómina de altas, bajas y suspensiones de laboratorios inscriptos en la Red Nacional de Laboratorios del SENASA, con la identificación de sus Directores Técnicos. ARTÍCULO 5 Prohibiciones. Se prohíbe: Inciso a) La venta de antígenos/kits para diagnóstico de Brucelosis a cualquier persona física o jurídica no inscripta en la Red Nacional de Laboratorios del SENASA y debidamente habilitada para el rubro diagnóstico de Brucelosis. Inciso b) A los laboratorios inscriptos en la Red Nacional de Laboratorios del SENASA debidamente habilitados para el rubro diagnóstico de Brucelosis, la venta a terceras personas físicas y/o jurídicas de antígenos/kits para diagnóstico de Brucelosis, adquiridos a laboratorios elaboradores y/o importadores y/o a sus distribuidores autorizados. ARTÍCULO 6 Situaciones especiales. Cualquier persona física o jurídica no inscripta en la Red Nacional de Laboratorios del SENASA que requiera la utilización de los antígenos/kits para diagnóstico de Brucelosis, con fines de docencia y/o investigación, debe realizar la solicitud de utilización en forma expresa ante la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico de este Organismo para su evaluación y autorización. ARTÍCULO 7 Etiquetas de los antígenos/kits. En los impresos conjunto de rótulos, prospectos y/o envase secundario que acompañan a la comercialización del producto de los antígenos/kits para diagnóstico de Brucelosis, debe constar la leyenda Sólo autorizada su venta a Laboratorios inscriptos a la Red Nacional del SENASA. ARTÍCULO 8 Adecuación de las etiquetas. Plazo. Se otorga a los laboratorios elaboradores y/o importadores de antígenos/kits para diagnóstico de Brucelosis, un plazo de CIENTO OCHEN- TA (180) días corridos, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, para la presentación del modelo de etiquetas adecuadas a la presente norma, para su evaluación y oportuna aprobación por parte de la Dirección de Productos Veterinarios y Alimentos para Animales dependiente de la Dirección Nacional de Agroquímicos, Productos Veterinarios y Alimentos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGRO-ALIMENTARIA. ARTÍCULO 9 Denuncia de stock de etiquetas. Una vez aprobada la etiqueta definitiva por la Dirección de Productos Veterinarios y Alimentos para Animales, las firmas registradas deben, dentro de un plazo máximo de SESENTA (60) días corridos, declarar el stock de etiquetas remanentes, las cuales podrán ser utilizadas dentro del plazo que en cada caso la citada Dirección determine. ARTÍCULO 10. Fiscalización. El SENASA, a través de la Dirección General de Laboratoríos y Control Técnico, coordinará, fiscalizará y auditará anualmente o según los plazos que esta establezca, la ejecución de las acciones sanitarias previstas en la presente resolución.

47 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº ARTÍCULO 11.- Infracciones. Los infractores a la presente resolución son pasibles de las sanciones que pudieran corresponder de conformidad con lo establecido en el Decreto N del 19 de diciembre de ARTÍCULO 12. Incorporación. Se debe incorporar la presente al Libro Tercero, Parte Tercera, Título II, Capítulo II, Sección Primera, Subsección I, Apartado V del Índice Temático del Digesto Normativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, aprobado por la Resolución N 401 del 14 de junio de 2010 y su complementaria N 738 del 12 de octubre de 2011, ambas del citado Servicio Nacional. ARTÍCULO 13. Vigencia. La presente resolución entra en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial. ARTÍCULO 14. Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Méd. Vet. JORGE DILLON, Presidente, Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria. e. 18/03/2016 N 15315/16 v. 18/03/2016 #F F# #I I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO Resolución 63/2016 Bs. As., 14/03/2016 VISTO el Expediente N /09 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes N , N , N , los Decretos N 833 de fecha 25 de agosto de 1997, N de fecha 5 de noviembre de 2009, la Resolución de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (A.N.S.E.S.) N 28 de fecha 18 de febrero de 2016, y Que el artículo 32, apartado 1 de la Ley N establece que el incumplimiento por parte de los empleadores autoasegurados, de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) y de compañías de seguros de retiro de las obligaciones a su cargo, será sancionado con una multa de 20 a AMPOs, (Aporte Medio Previsional Obligatorio), si no resultare un delito más severamente penado. Que el artículo 3 del Decreto N 833 de fecha 25 de agosto de 1997, reemplazó al AMPO considerando como unidad de referencia al Módulo Previsional (MOPRE). Que el artículo 13 del Capítulo II Disposiciones Complementarias de la Ley N estableció la sustitución de todas las referencias concernientes al Módulo Previsional (MOPRE) existentes en las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, por una determinada proporción del haber mínimo garantizado, según el caso que se trate. Que asimismo, el citado artículo 13 estableció que la reglamentación dispondrá la autoridad de aplicación responsable para determinar la equivalencia entre el valor del MOPRE y el del haber mínimo garantizado a la fecha de vigencia de la citada ley. Que el artículo 15 del Decreto N de fecha 05 de noviembre de 2009 previó que, a los efectos del artículo 32 de la Ley N y sus modificatorias, la equivalencia del valor MOPRE será de un TREINTA Y TRES POR CIENTO (33 %) del monto del haber mínimo garantizado, conforme lo previsto en el artículo 13 de la Ley N Que, asimismo, el Decreto N 1.694/09 determinó que la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) será la encargada de publicar el importe actualizado que surja de aplicar la equivalencia prevista en el artículo 15 del referido decreto, en cada oportunidad en que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (A.N.S.E.S.) proceda a actualizar el monto del haber mínimo garantizado, de conformidad con lo que prevé en el artículo 8 de la Ley N Que el artículo 5 de la Resolución de la A.N.S.E.S. N 28 de fecha 18 de febrero de 2016 actualizó el valor del haber mínimo garantizado vigente a partir del mes de marzo de 2016, fijándolo en la suma de PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO, CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($ ). Que corresponde que la S.R.T. publique el importe actualizado que surge de aplicar la equivalencia prevista en el primer párrafo del artículo 15 del Decreto N 1.694/09, respecto de la Resolución A.N.S.E.S. N 28/16. Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos ha tomado la intervención que le corresponde. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 36, apartado 1, incisos b), c) y e) de la Ley N y el artículo 15 del Decreto N 1.694/09. EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO RESUELVE: ARTÍCULO 1 Establécese en PESOS UN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 46/100 ($ 1.636,46) el importe que surge de aplicar la equivalencia contenida en el primer párrafo del artículo 15 del Decreto N de fecha 05 de noviembre de 2009, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (A.N.S.E.S.) N 28 de fecha 18 de febrero de ARTÍCULO 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Cdor. GUSTAVO D. MORÓN, Superintendente de Riesgos del Trabajo. e. 18/03/2016 N 15266/16 v. 18/03/2016 #F F#

48 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº #I I# BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA AVISOS OFICIALES Anteriores #I I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS EDICTO BOLETIN OFICIAL La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez (10) días a parientes del agente fallecido Miguel Angel COLOMBO (DNI. N ), alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 18 del Convenio Colectivo de Trabajo Laudo N 15/91 (T.O. Resolución S.T. N 925/10), para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en la Sección Jubilaciones, Hipólito Yrigoyen N 370, 5 Piso, Oficina N 5648, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo se cita a quienes se consideren con derecho a la percepción de los haberes pendientes de cobro por parte del agente fallecido a presentarse en la División Gestión Financiera, Hipólito Yrigoyen 370, 4 Piso Oficina N 4266 F, munidos de la documentación respaldatoria que acredite su vínculo familiar con el agente fallecido y en caso de corresponder la declaratoria de herederos. Fecha: 08/03/2016 Lic. CECILIA GRACIELA SILVESTRO, Jefe (Int.) Sección Jubilaciones, División Beneficios. NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres (3) días hábiles consecutivos. e. 16/03/2016 N 13661/16 v. 18/03/2016 #F F# EDICTO El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios a los señores LUIS ROMEO MARCHESANO (DNI N ) y ALEJANDRO DANIEL DE FRANCESCO (DNI N ) para que comparezcan en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6, Oficina 8601, Capital Federal, a estar a derecho en el Sumario N 5180, Expediente N 8.064/07, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8 de la Ley del Régimen Penal Cambiario N (t.o. por Decreto N 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. FEDERICO G. SOSA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. #I I# BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EDICTO e. 17/03/2016 N 14504/16 v. 23/03/2016 #F F# El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza a la firma Acerolit S.A. (C.U.I.T. N ) y la señora Ana Sumskis (C.I. N ) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparezca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario N 4883, Expediente N /08, caratulado ACEROLIT S.A. Y OTRO, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N , bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. FEDERICO G. SOSA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. e. 17/03/2016 N 14506/16 v. 23/03/2016 #F F# #I I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS EDICTO BOLETIN OFICIAL La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez (10) días a parientes del agente fallecido Néstor Gustavo SALVAI (DNI. N ), alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 18 del Convenio Colectivo de Trabajo Laudo N 15/91 (T.O. Resolución S.T. N 925/10), para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en la Sección Jubilaciones, Hipólito Yrigoyen N 370, 5 Piso, Oficina N 5648, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo se cita a quienes se consideren con derecho a la percepción de los haberes pendientes de cobro por parte del agente fallecido a presentarse en la División Gestión Financiera, Hipólito Yrigoyen 370, 4 Piso Oficina N 4266 F, munidos de la documentación respaldatoria que acredite su vínculo familiar con el agente fallecido y en caso de corresponder la declaratoria de herederos. Fecha: 08/03/2016 Lic. CECILIA GRACIELA SILVESTRO, Jefe (Int.) Sección Jubilaciones, División Beneficios. NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres (3) días hábiles consecutivos. #I I# BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EDICTO e. 16/03/2016 N 13665/16 v. 18/03/2016 #F F# El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza al señor INGVAR REBINDER LINDS- TRÖM (Pasaporte N ), CHRISTIAN HILSTAD (D.N.I. N ), MARIA FERNANDA BURITICA (D.N.I. N ) y GABRIEL ÁNGEL SPERATTI (D.N.I. N ) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparezca en la GERENCIA DE ASUNTOS CON- TENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario N 5511, Expediente N /09, caratulado NOKIA ARGENTINA S.A. Y OTROS, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N , bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. SILVINA A. OJEDA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. #I I# BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EDICTO e. 17/03/2016 N 14502/16 v. 23/03/2016 #F F# El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza al señor JUAN CARLOS SAL- CEDO RODRIGUEZ (D.N.I. N ) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparezca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario N 6412, Expediente N /13, caratulado SALCEDO RODRIGUEZ JUAN CARLOS, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N , bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. FEDERICO G. SOSA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. e. 17/03/2016 N 14503/16 v. 23/03/2016 #F F# #I I# BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EDICTO El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza a la firma Montevia Trading S.R.L. (C.U.I.T. N ) y al señor Herald Thone (D.N.I. N ) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparezca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTEN- CIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario N 5523, Expediente N /10, caratulado MONTEVIA TRADING S.R.L. Y OTRO, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N , bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. FEDERICO G. SOSA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. #I I# BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EDICTO e. 17/03/2016 N 14507/16 v. 23/03/2016 #F F# El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza al señor OSCAR FRANCISCO CASTRO (D.N.I. N ) y a la señora Silvia Andrea Olmedo (D.N.I. N ) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparezca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario N 4733, Expediente N /06, caratulado OSCAR FRANCISCO CASTRO Y OTRO, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N , bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. LIDIA S. MEN- DEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. FEDERICO G. SOSA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. #I I# BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EDICTO e. 17/03/2016 N 14509/16 v. 23/03/2016 #F F# El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza a la señora Veronica Rey (D.N.I. N ) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparezca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario N 4953, Expediente N /07, caratulado PARODI APICULTURA S.R.L. Y OTRO, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N , bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. SILVINA A. OJEDA, Analista Sr., Gerencia Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. e. 17/03/2016 N 14510/16 v. 23/03/2016 #F F# #I I# MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES El Departamento de Infracciones y Ejecuciones Fiscales de la Dirección General Técnica Jurídica de la Dirección Nacional de Migraciones, sito en Avda. Antártida Argentina 1355, Edificio 1, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica a la sumariada Yuhui ZHANG, DNI: , la Apertura de Sumario, dispuesta en el Expediente CUDAP:EXPDNM-S02: /2014, que dice: Buenos Aires, 29 de agosto de VISTO el Acta Circunstanciada de Inspección Mi-

49 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº gratoria obrante a fs. 3/4, de fecha 22/04/2014 en el cual el funcionario interviniente constató que la siguiente persona extranjera: Xiaohui ZHANG, de nacionalidad china, se encontraba trabajando y/o alojado prima facie en violación a las disposiciones del art. 55 y siguientes de la Ley , INSTRUYASE SUMARIO DE FALTAS, a Yuhui ZHANG, DNI , con domicilio en Saavedra N 537, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad a lo previsto por el art. 15 inc. a) del Título II del Anexo II del Reglamento de Migraciones aprobado por Decreto N 616/2010. Notifíquese en los términos del art. 16 del Título II del Anexo II del Reglamento de Migraciones, haciéndose saber que en el plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos podrá presentar su descargo y ofrecer las pruebas que estime corresponder. -Fdo. Dr. Darío Santiago Fernández A/C del Dpto. de Infracciones y Ejecuciones Fiscales - Dirección Nacional de Migraciones-; Buenos Aires, 10 de febrero de Atento el estado de las presentes actuaciones, notifíquese a la sumariada Yuhui ZHANG, DNI , la Apertura de Sumario, dispuesta a fojas 18, mediante la publicación de edictos por tres días en el Boletín Oficial - Fdo. Dr. Darío Santiago Fernández A/C del Dpto. de Infracciones y Ejecuciones Fiscales - Dirección Nacional de Migraciones-. HORACIO J. GARCIA, Director Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda. e. 16/03/2016 N 14237/16 v. 18/03/2016 #F F# #I I# MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES El Departamento de Infracciones y Ejecuciones Fiscales de la Dirección General Técnica Jurídica de la Dirección Nacional de Migraciones, sito en Avda. Antártida Argentina 1355, Edificio 1, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica al sumariado Guotong ZHANG, con DNI , la Disposición N 772/2014, dispuesta en el Expediente CUDAP EXPDNM-S02: /2011, que en su parte pertinente dice: Buenos Aires, 01 de abril de EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES ARTICULO 1.- SANCIÓNASE a Guotong ZHANG, DNI , con domicilio en Paraguay N 3960, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con DOS (2) multas de PESOS CIENTO OCHENTA MIL ($ ), cada una, haciendo un total de PESOS TRESCIENTOS SESENTA MIL ($ ), INTIMÁNDOLO a abonarla dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos siguientes a la notificación de la presente. ARTICULO 2.- HÁGASE saber al sumariado que podrá interponer recurso de reconsideración en el plazo de DIEZ (10) días hábiles (artículo 75 de la Ley N ), recurso de alzada en el plazo de QUINCE (15) días hábiles (conforme artículo 83 de las Ley N y artículos 94 y 98 de la Reglamentación de Procedimientos Administrativos) o iniciar recurso Judicial en el plazo de TREINTA (30) días hábiles (artículos 79 y 84 de la Ley N ). ARTICULO 3.- PASE al Departamento de Infracciones y Ejecuciones Fiscales de la DIRECCION DE ASUNTOS JUDICIALES dependiente de la DIRECCION GENERAL TECNICA JURIDICA de esta Dirección Nacional para su notificación al sumariado y eventual juicio por cobro, en caso de no cumplirse con la intimación efectuada en el artículo 1 de la presente. ARTICULO 4.- REGÍSTRESE, comuníquese y archívese. SUBDIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES DR. GUILLERMO MA- ZARS- MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE- DISPOSICION DNM N 522/2012; Buenos Aires, 11 de enero de Atento el estado de las presentes actuaciones, notifíquese al sumariado Guotong ZHANG, DNI N , la Disposición N 772/2014, dispuesta a fojas 35/38 mediante la publicación de edictos por tres días en el Boletín Oficial. Fdo. Dr. Darío Santiago Fernández A/C del Dpto. de Infracciones y Ejecuciones Fiscales - Dirección Nacional de Migraciones. HORACIO J. GARCIA, Director Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda. e. 17/03/2016 N 14620/16 v. 21/03/2016 #F F# #I I# ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD Resolución 30/2016 ACTA N 1407 Expediente ENRE N /2015 Bs. As., 09/03/2016 El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Convocar a Audiencia Pública, la que tendrá por objeto analizar el pedido de Acceso a la capacidad existente y el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la Ampliación de la Capacidad de Transporte, solicitado por el Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas de la Provincia de FORMOSA, consistente en la incorporación de UN (1) segundo transformador trifásico 500/132 kv 300 MVA, y obras asociadas en los niveles de 500 kv y 132 kv, en la ET Gran FORMOSA ubicada en la provincia homónima. 2.- Disponer que la Audiencia Pública se celebrará el día 21 de abril de 2016, a las 11 horas, en José María Uriburu 802, Piso 3, Subsecretaría de Desarrollo Económico, sita en la Ciudad de FORMOSA, Provincia de FORMOSA, y cuyo procedimiento se regirá por el Reglamento de Audiencias Públicas del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (Resolución ENRE Nº 30/2000). 3.- Designar Instructores al Ingeniero Aldo Furnari (afurnari@enre.gov.ar / ) y al Ingeniero Diego Cubero (dcubero@enre.gov.ar / ). 4.- Publicar la convocatoria por DOS (2) días en: a) El Boletín Oficial; b) En por lo menos DOS (2) diarios de circulación nacional, c) En UN (1) diario de los de mayor circulación en la Provincia de FORMOSA, y d) En la página Web del ENRE. En la publicación se hará constar que la audiencia tiene por objeto resolver acerca del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la Ampliación de la Capacidad de Transporte, solicitado por el Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas de la Provincia de FORMOSA, consistente en la incorporación de UN (1) segundo transformador trifásico 500/132 kv 300 MVA, y obras asociadas en los niveles de 500 kv y 132 kv en la ET Gran FORMOSA ; el procedimiento se regirá por el Reglamento de Audiencias Públicas del ENRE (Resolución ENRE Nº 30/2004); que podrá tomarse vista de las actuaciones y obtenerse copias de las mismas en las dependencias del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avenida Madero N 1020 piso 9 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES de 9:00 a 17:00 horas, donde se encuentra el Expediente en original y en la Avenida Napoleón Uriburu 57 Este, Ente Regulador de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de FORMOSA (EROSP), donde se encuentra una copia de dichas actuaciones y donde estará habilitado un registro para la inscripción de los participantes; que hasta CUARENTA Y OCHO (48) horas antes de la realización de la Audiencia Pública podrán presentarse al Instructor designado, por escrito, quienes deseen ser parte en la Audiencia, haciendo saber sus pretensiones y pruebas; que dichas presentaciones deberán reflejar el contenido de la exposición a realizar, pudiendo agregar toda la documentación y/o propuestas relacionadas con el tema a tratar; que pueden participar oralmente en la audiencia quienes sean interesados y que el ENTE NACIONAL REGU- LADOR DE LA ELECTRICIDAD resolverá después de considerar las presentaciones efectuadas. 5.- De producirse inscripciones en la ciudad de FORMOSA, las mismas deberán ser remitidas vía fax al ó correo electrónico a los Instructores designados en el Artículo 2 de la presente Resolución, CUARENTA Y OCHO (48) horas antes de la iniciación de la Audiencia Pública. 6.- Notifíquese al EROSP, a la Empresa de Transporte de Energía Eléctrica de Alta Tensión Sociedad Anónima (TRANSENER S.A.), a LINSA, al Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas de la Provincia de FORMOSA, a las Asociaciones de Defensa del Consumidor registradas y a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA). 7- Invítase a las autoridades de la Ciudad de FORMOSA. Firmado: Juan Garade - Vocal Primero - Ricardo Sericano - Vocal Segundo - Carlos Manuel Bastos - Vocal Tercero - Marta Roscardi - Vicepresidente - Ricardo Martínez Leone - Presidente. Dra. MA. GRACIELA ANDINA SILVA DE ALFANO, Secretaria del Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad. e. 17/03/2016 N 15679/16 v. 18/03/2016 #F F# #I I# MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL EDICTO El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano N 1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica que en mérito a lo establecido por las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir Sumario a las entidades que a continuación se detallan: COOPERATIVA DEL PERSONAL GASTRONOMICO LTDA. PROVISION DE SERVICIOS PUBLICOS, CONSUMO Y CREDITO, MAT , INDEPENDENCIA COOPERATIVA DE VIVIENDA, PROVISION DE SERVICIOS PUBLICOS, CONSUMO Y CREDITO LTDA., MAT , COOPERATIVA DE CONSUMO, VIVIENDA, SERVICIOS PUBLICOS Y TURISMO MANOS UNIDOS DE RESISTENCIA LTDA., MURESCOOP LTDA., MAT Todas ellas con domicilio dentro de la República Argentina Asimismo, el Directorio de esta Organismo ha ordenado, respecto a las nombradas, la instrucción de actuaciones sumariales por las causales que se imputan en los respectivos expedientes y resoluciones que se indican en paréntesis. Dichos sumarios tramitarán por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución N 3.369/09, y Resol. N 403/2013, por hallarse suspendidas la autorización para funcionar, en tanto que se encuentran comprendidas en las circunstancias prescripta en los artículos 1 y/o 2 de la Resolución N 3.369/09. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas ut supra ha sido designada la suscripta como nueva instructora sumariante y en tal carácter se le acuerda a las entidades el plazo de DIEZ (10) días, más los que le correspondan por derecho en razón de la distancia, para presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intenten valerse (Art. 1 inc. F ap 1 y 2 de la Ley N ). Admitiéndose sólo la presentación de prueba documental. Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazo procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme con lo establecido en los arts. 19 a 22 del Decreto N 1759/72 Reglamentario de la Ley N (T.O. 1991). Vencido el término se emitirá disposición sumarial dando por concluido el Sumario, evaluando en su caso el descargo y prueba aportada y aconsejando la medida a adoptar. El presente deberá publicarse de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 42 del Dec. Regl (T.O. 1991). Dra. BLANCA SUSANA REVOREDO, Instructora Sumariante, I.N.A.E.S. e. 17/03/2016 N 14640/16 v. 21/03/2016 #F F# #I I# MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL EDICTO El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano N 1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica que en mérito a lo establecido por las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir Sumario a las entidades que a continuación se detallan: COOPERATIVA DE TRABAJO INDUSTRIAL FUTURO LTDA. MAT , COOPERATIVA DE TRABAJO UNION Y ESPERANZA LTDA., MAT , COOPERATIVA DE TRABAJO LAS MISIONE- RITAS LTDA., MAT , COOPERATIVA DE TRABAJO DE ELABORADORES DE TE Y AFINES EL PROGRESO LTDA., MAT , COOPERATIVA DE PROVISION AUTOMOTRIZ LTDA., MAT , COOPERATIVA DE CONSUMO CAPIOVI LTDA., MAT , COOPERATIVA DE COMERCIALIZA- CION DE ARTESANIAS DE LEANDRO N. ALEM LTDA. (COALEM LTDA.), COOPERATIVA DE TRABA- JO AGRO-INDUSTRIAL PUERTO PIRAY LTDA., COOPERATIVA SAN ANDRES DE TRABAJO LTDA., MAT , COOPERATIVA DE TRABAJO ZENTRO LTDA., MAT , COOPERATIVA DE TRA- BAJO SAN CAYETANO LTDA., MAT , COOPERATIVA DE TRABAJO DE LOS CORREDORES Y SUB-AGENTES DE QUINIELAS, LOTERIAS, Y AFINES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES LTDA., COOPERATIVA DE TRABAJO SANTA ANA LTDA., MAT , COOPERATIVA DE SERVICIOS PU- BLICOS NUEVA DELICIA LTDA., MAT , COOPERATIVA DE TRABAJO GRUPO FERIAE LTDA., MAT , COOPERATIVA DE PLANTADORES DE YERBA DULCE DE COLONIA ALBERDI LTDA., MAT , COOPERATIVA DE TRABAJO Y CONSUMO, DE REMISES, MINIBUSES Y OTROS SER- VICIOS DE TRANSPORTE PUBLICOS LITORAL LTDA., MAT , COOPERATIVA ACUICOLA EL PACU LTDA., MAT Todas ellas con domicilio dentro de la República Argentina. Asimismo, el Directorio de esta Organismo ha ordenado, respecto a las nombradas, la instrucción de actuaciones sumariales por las causales que se imputan en los respectivos expedientes y resoluciones que se indican en paréntesis. Dichos sumarios tramitarán por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución N 3.369/09, y Resol. N 403/2013, por hallarse suspendidas la autorización para funcionar, en tanto que se encuentran comprendidas en las circunstancias prescripta en los artículos 1 y/o 2 de la Resolución N 3.369/09. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas ut supra ha sido designada la suscripta como nueva instructora sumariante y en tal carácter se le acuerda a las entidades el plazo de DIEZ (10) días, más los que le correspondan por derecho en razón de la distancia, para presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intenten valerse (Art. 1 inc. F ap. 1 y 2 de la Ley N ). Admitiéndose sólo la presentación de prueba documental. Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazo procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme con lo establecido en los arts. 19 a 22 del Decreto N 1759/72 Reglamentario de la Ley N (T.O. 1991). Vencido el término se emitirá disposición sumarial dando por concluido el Sumario, evaluando en su caso el descargo y prueba aportada y aconsejando la medida a adoptar. El presente deberá publicarse de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 42 del Dec. Regl (T.O. 1991). Dra. BLANCA SUSANA REVOREDO, Instructora Sumariante, I.N.A.E.S. #I I# MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL EDICTO e. 17/03/2016 N 14641/16 v. 21/03/2016 #F F# EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con sede en Av. Belgrano N 1656/58 de la Ciudad de Buenos Aires, HACE SABER a la COOPERATIVA DE VIVIENDA,

50 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº CREDITO Y CONSUMO GENESIS LTDA., Matr. N , con domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que en el Expte. N 1660/13 ha recaído la Resolución Inaes N 4926/13 mediante la que se ordena la instrucción de sumario a su respecto, habiendo sido designada la suscripta, instructora sumariante. En tal carácter se acuerda a la nombrada el plazo de DIEZ (10) DIAS, a fin de que presente su descargo y ofrezca la prueba de que intente valerse (Art. 1 inc. f ap. 1 y 2 de la Ley (T.O. 1991) bajo apercibimiento de tenerla por no presentada y de seguir las actuaciones sin su intervención o la de su apoderado. Intímase, asimismo para que dentro de igual plazo proceda a denunciar, ante este organismo, el domicilio de su sede social bajo apercibimiento de Ley. Dra. ELENA DOMÍNGUEZ, Instructora Sumariante, I.N.A.E.S. e. 17/03/2016 N 14642/16 v. 21/03/2016 #F F# #I I# MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL EDICTO El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano N 1656, Capital Federal, notifica que se ha ordenado instruir sumario a las entidades que a continuación se detallan COARG. COOPERATIVA AGRICOLA AVICOLA TAMBERA Y GANA- DERA DE TIERRA DEL FUEGO LIMITADA (Mat. 8258). Asimismo, el Directorio de este Organismo ha ordenado, respecto a las nombradas, la instrucción de actuaciones sumariales por las causales que se imputan en los respectivos expedientes. Dichos sumarios tramitarán por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución N 3369/09 y Resol. N 403/2013; por hallarse suspendidas la autorización para funcionar, en tanto que se encuentran comprendidas en las circunstancias prescriptas en los artículos 1 y/o 2 de la Resolución N 3369/09. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas ut supra ha sido designado el suscripto como Instructor Sumariante. De acuerdo a las normas en vigor, se fija un plazo de DIEZ (10) días, para que presenten los descargos y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho (art 1 inc. f) de la Ley N ), que comenzará a regir desde el último día de publicación. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberá constituir domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el trámite sin intervención suya, de sus apoderados o de su representante legal (Arts. 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario N 1759/72 (T.O. 1991). Vencido el término se emitirá disposición sumarial dando por concluido el Sumario, evaluando en su caso el descargo y prueba aportada y aconsejando la medida a adoptar. El presente deberá publicarse de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 42 del Dec. Regl (T.O. 1991). Dr. DANIEL BARROS, Instructor Sumariante, I.N.A.E.S. CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO e. 17/03/2016 N 14645/16 v. 21/03/2016 #F F# #I I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO Disposición 21/2016 Bs. As., 12/02/2016 VISTO el Expediente N /15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N (t.o. 2004), la Ley N (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N 405 del 5 de agosto de 2015, las Disposiciones de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N 94 del 15 de abril de 2015 y N 97 del 8 de mayo de 2015, y Que a fojas 126/128 del Expediente N /15 obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPAR- CIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA), por la parte sindical, y BINBAIRES SOCIEDAD ANÓNIMA, MAGIC STAR SOCIEDAD ANÓNIMA - CASINO BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA - UTE, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa homologado por la Disposición D.N.R.T. N 405/15 y registrado bajo el N 1462/15 E, conforme surge de fojas 152/155 y 158, respectivamente. Que, cabe destacar que las Disposiciones de la D.N.RR.T. N 94/15 y N 97/15 conservan su eficacia y demás efectos en aquello que no resulte modificado por el presente acto. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 162/168, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa N 917 del 28 de diciembre de EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO ARTÍCULO 1 Déjase sin efecto el importe del promedio de las remuneraciones con vigencia desde el 1 de agosto de 2015 fijado por el artículo 1 de la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N 94 del 15 de abril de 2015, y el tope indemnizatorio resultante, correspondiente al Acuerdo N 240/15, suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA), por la parte sindical, y MAGIC STAR SOCIEDAD ANÓNIMA - CASINO BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA - UTE, por la parte empleadora. ARTÍCULO 2 Déjase sin efecto el importe del promedio de las remuneraciones con vigencia desde el 1 de agosto de 2015 fijado por el artículo 2 de la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N 94 del 15 de abril de 2015, y el tope indemnizatorio resultante, correspondiente al Acuerdo N 241/15, suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA), por la parte sindical, y MAGIC STAR SOCIEDAD ANÓNIMA - CASINO BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA - UTE, por la parte empleadora. ARTÍCULO 3 Déjase sin efecto el importe del promedio de las remuneraciones con vigencia desde el 1 de agosto de 2015 fijado por la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N 97 del 8 de mayo de 2015, y el tope indemnizatorio resultante, correspondiente al Acuerdo N 1893/14, suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA), por la parte sindical, y BINBAIRES SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora. ARTÍCULO 4 Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa homologado por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N 405 del 5 de agosto de 2015 y registrado bajo el N 1462/15 E, suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA), por la parte sindical, y BINBAIRES SOCIEDAD ANÓNIMA, MAGIC STAR SOCIEDAD ANÓNIMA - CASINO BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA - UTE, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTÍCULO 5 Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación tome conocimiento de la presente medida en relación con los promedios de remuneraciones fijados por las Disposiciones de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N 94 del 15 de abril de 2015 y N 97 del 8 de mayo de 2015 y de los respectivos topes indemnizatorios, correspondientes a los acuerdos registrados bajo los N 240/15, N 241/15 y N 1893/14, y registre el importe del promedio de las remuneraciones fijado por este acto y el tope indemnizatorio resultante. ARTÍCULO 6 Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTÍCULO 7 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, M.T.E.yS.S. ANEXO Expediente N /15 Que el referido Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N 1462/15 E renueva a los Convenios Colectivos de Trabajo de Empresa N 1067/09 E y N 1084/10 E. Que mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N 94 del 15 de abril de 2015 se fijaron los promedios de las remuneraciones de los cuales surgen los topes indemnizatorios con vigencia desde el 1 de agosto de 2015 para las Sedes de Olavarría y de Ezeiza, correspondientes a los Acuerdos N 240/15 y N 241/15, celebrados en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N 1084/10 E. Que asimismo, mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N 97 del 8 de mayo de 2015 se fijó el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio con vigencia desde el 1 de agosto de 2015, correspondiente al Acuerdo N 1893/14, celebrado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N 1067/09 E. Que atento a que las partes en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N 1462/15 E han establecido los nuevos valores de las escalas salariales vigentes al mes de agosto 2015, deviene necesario actualizar los montos de los promedios de las remuneraciones anteriormente fijados y de los respectivos topes indemnizatorios resultantes, por los nuevos importes que se detallan en el ANEXO de la presente.

51 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Expediente N /15 Buenos Aires, 16 de febrero de 2016 De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N 21/16 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 29/16 T. Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F F# Expediente N /15 Buenos Aires, 16 de febrero de 2016 De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N 20/16 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 30/16 T. Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F F# #I I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO Disposición 20/2016 Bs. As., 12/02/2016 VISTO el Expediente N /15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N (t.o. 2004), la Ley N (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N 1955 del 16 de noviembre de 2015, y Que a fojas 3 del Expediente N /15 obra la escala salarial pactada entre el SINDICA- TO ÚNICO DE LA PUBLICIDAD, por la parte sindical, y la CÁMARA DE EMPRESAS DE INVESTIGA- CIÓN SOCIAL Y DE MERCADO, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N 107/90, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N 1955 del 16 de noviembre de 2015 y registrado bajo el N 1659/15, conforme surge de fojas 43/45 y 48, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 56/59, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa N 917 del 28 de diciembre de EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO ARTÍCULO 1 Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N 1955 del 16 de noviembre de 2015 y registrado bajo el N 1659/15, suscripto entre el SINDICATO ÚNICO DE LA PUBLICIDAD, por la parte sindical, y la CÁMARA DE EMPRESAS DE INVESTIGACIÓN SOCIAL Y DE MERCADO, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTÍCULO 2 Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTÍCULO 3 Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTÍCULO 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, M.T.E.yS.S. #I I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO Disposición 25/2016 Bs. As., 12/02/2016 VISTO el Expediente N /15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N (t.o. 2004), la Ley N (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N 1515 del 1 de octubre de 2015, y Que a fojas 2 del Expediente N /15 agregado a fojas 8 al Expediente N /15 obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CE- MENTERIOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE ENTIDADES DE SERVICIOS FÚNEBRES Y AFINES, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N 534/08, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N 1515/15 y registrado bajo el N 1264/15, conforme surge de fojas 20/22 y 25, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 31/34, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa N 917 del 28 de diciembre de EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO ARTÍCULO 1 Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N 1515 del 1 de octubre de 2015 y registrado bajo el N 1264/15 suscripto entre el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE ENTIDADES DE SERVICIOS FÚNEBRES Y AFINES, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTÍCULO 2 Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTÍCULO 3 Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTÍCULO 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, M.T.E.yS.S. ANEXO Expediente N /15 ANEXO Expediente N /15

52 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Expediente N /15 Buenos Aires, 16 de febrero de 2016 De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N 25/16 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 31/16 T. Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F F# Expediente N /15 Buenos Aires, 16 de febrero de 2016 De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N 15/16 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 32/16 T. Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F F# #I I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO Disposición 15/2016 Bs. As., 12/02/2016 VISTO el Expediente N /15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N (t.o. 2004), la Ley N (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N 2006 del 19 de noviembre de 2015, y Que a fojas 6 del Expediente N /15 obra la escala salarial pactada entre el SINDICA- TO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTI- NA, por la parte sindical y la empresa HONDA MOTOR DE ARGENTINA SOCIDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N 1179/11 E, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N 2006/15 y registrado bajo el N 1694/15, conforme surge de fojas 118/120 y 122, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 128/131, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa N 917 del 28 de diciembre de EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO ARTÍCULO 1 Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N 2006 del 19 de noviembre de 2015 y registrado bajo el N 1694/15 suscripto entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa HONDA MOTOR DE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTÍCULO 2 Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTÍCULO 3 Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTÍCULO 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, M.T.E.yS.S. ANEXO Expediente N /15 #I I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO Disposición 16/2016 Bs. As., 12/02/2016 VISTO el Expediente N /15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N (t.o. 2004), la Ley N (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N 1958 del 16 de noviembre de 2015, y Que a fojas 6 del Expediente N /15, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte empleadora, y la empresa CAR ONE SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N 1180/11 E, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N 1958/15 y registrado bajo el N 1664/15, conforme surge de fojas 52/54 y 57, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 63/65, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa N 917 del 28 de diciembre de EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO ARTÍCULO 1 Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N 1958 del 16 de noviembre de 2015, y registrado bajo el N 1664/15 suscripto entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa CAR ONE SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTÍCULO 2 Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTÍCULO 3 Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTÍCULO 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, M.T.E.yS.S. ANEXO Expediente N /15

53 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Expediente N /15 Buenos Aires, 16 de febrero de 2016 De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N 16/16 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 33/16 T. Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F F# Expediente N /14 Buenos Aires, 16 de febrero de 2016 De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N 28/16 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 35/16 T. Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F F# #I I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO Disposición 28/2016 Bs. As., 12/02/2016 VISTO el Expediente N /14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N (t.o. 2004), la Ley N (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N 641 del 20 de octubre de 2015, y Que a fojas 55 del Expediente N /14 obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACIÓN PERSONAL TÉCNICO AERONÁUTICO, por la parte sindical y la empresa HELI- CÓPTEROS MARINOS SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N 1221/11 E, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 2 de la Disposición D.N.R.T. N 641/15 y registrado bajo el N 1452/15, conforme surge de fojas 76/78 y 81, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 87/91, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa N 917 del 28 de diciembre de EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO ARTÍCULO 1 Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por artículo 2 de la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N 641 del 20 de octubre de 2015 y registrado bajo el N 1452/15, suscripto entre la ASOCIACIÓN PERSONAL TÉCNICO AERONÁU- TICO, por la parte sindical y la empresa HELICÓPTEROS MARINOS SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTÍCULO 2 Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTÍCULO 3 Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTÍCULO 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, M.T.E.yS.S. ANEXO Expediente N /14 #I I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO Disposición 36/2016 Bs. As., 12/02/2016 VISTO el Expediente N /15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N (t.o. 2004), la Ley N (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N 2107 del 25 de noviembre de 2015, y Que a fojas 10 del Expediente N /15, obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa ACERBRAG SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N 275/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N 2107/15 y registrado bajo el N 1799/15, conforme surge de fojas 40/42 y 44, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 50/53 obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa N 917 del 28 de diciembre de EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO ARTÍCULO 1 Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N 2107 del 25 de noviembre de 2015, y registrado bajo el N 1799/15 suscripto entre la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa ACERBRAG SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTÍCULO 2 Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTÍCULO 3 Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTÍCULO 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, M.T.E.yS.S. ANEXO Expediente N /15

54 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Expediente N /15 Buenos Aires, 16 de febrero de 2016 De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N 36/16 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 37/16 T. Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F F# #I I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO Disposición 34/2016 Bs. As., 12/02/2016 VISTO el Expediente N /15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N (t.o. 2004), la Ley N (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N 647 del 26 de octubre de 2015, y Que a fojas 16/17 del Expediente N /15, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA), por la parte sindical y la empresa HÍPICA BUE- NOS AIRES, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N 1335/13 E, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N 647 del 26 de octubre de 2015 y registrado bajo el N 1532/15, conforme surge de fojas 41/43 y 46, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 52/55, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa N 917 del 28 de diciembre de EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO ARTÍCULO 1 Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N 647 del 26 de octubre de 2015, y registrado bajo el N 1532/15 suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRE- TENIMIENTO, ESPARCIMIENTO Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por la parte sindical y la empresa HÍPICA BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTÍCULO 2 Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTÍCULO 3 Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTÍCULO 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, M.T.E.yS.S. ANEXO Expediente N /15 Expediente N /15 Buenos Aires, 16 de febrero de 2016 De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N 34/16 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 39/16 T. Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F F# #I I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO Disposición 26/2016 Bs. As., 12/02/2016 VISTO el Expediente N /13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N (t.o. 2004), la Ley N (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N 2004 del 19 de noviembre de 2015, y Que a fojas 2 del Expediente N /13, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES por la parte sindical, y la empresa NELTEC SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N 1402/14 E, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N 2004/15 y registrado bajo el N 1696/15, conforme surge de fojas 50/52 y 54, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 62/64, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que sin perjuicio del promedio de remuneraciones que se fija por el presente acto, resulta oportuno dejar aclarado que mediante las Resoluciones de la SECRETARÍA DE TRABAJO N 2124/14, N 473/15 y N 1942/15 se fijó el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, con vigencias a partir del 1 de abril de 2014, del 1 de octubre de 2014 y a partir del 1 de abril de 2015, respectivamente. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa N 917 del 28 de diciembre de EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO ARTÍCULO 1 Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N 2004 del 19 de noviembre de 2015 y registrado bajo el N 1696/15, suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES por la parte sindical, y la empresa NELTEC SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTÍCULO 2 Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTÍCULO 3 Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTÍCULO 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, M.T.E.yS.S. ANEXO Expediente N /13

55 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Expediente N /13 ANEXO I Buenos Aires, 16 de febrero de 2016 Expediente N /15/15 De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N 26/16 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 40/16 T. Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F F# #I I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO Disposición 33/2016 Bs. As., 12/02/2016 VISTO el Expediente N /15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N (t.o. 2004), la Ley N (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N 2007 del 19 de noviembre de 2015, y Que a fojas 2 del Expediente N /15 obran los nuevos valores del punto pactados entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LA IMPRENTA, DIARIOS Y AFINES, por la parte sindical y la ASOCIACIÓN DE DIARIOS DEL INTERIOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N 275/96, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N (t.o. 2004). Que los nuevos valores precitados forman parte del acuerdo homologado por el artículo 1 de la Resolución S.T. N 2007/15 y registrado bajo el N 1684/15, conforme surge de fojas 70/73 y 75, respectivamente. Que a fojas 2 del Expediente N /15 agregado como fojas 8 al Expediente N /15 obran los nuevos valores del punto pactados entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LA IMPRENTA, DIARIOS Y AFINES, por la parte sindical y la ASOCIA- CIÓN DE DIARIOS ENTRERRIANOS, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N 275/96, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N (t.o. 2004). Que los nuevos valores precitados forman parte del acuerdo homologado por el artículo 2 de la Resolución S.T. N 2007/15 y registrado bajo el N 1685/15, conforme surge de fojas 70/73 y 75, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 82/92, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa N 917 del 28 de diciembre de ANEXO II Expediente N /15 Expediente N /15 EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO ARTÍCULO 1 Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 1 de la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N 2007 del 19 de noviembre de 2015 y registrado bajo el N 1684/15 suscripto entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LA IMPRENTA, DIARIOS Y AFINES, por la parte sindical y la ASOCIACIÓN DE DIARIOS DEL INTERIOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente. Buenos Aires, 16 de febrero de 2016 De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N 33/16 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 38/16 T. Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F F# ARTÍCULO 2 Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 2 de la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N 2007 del 19 de noviembre de 2015 y registrado bajo el N 1685/15 suscripto entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LA IMPRENTA, DIARIOS Y AFINES, por la parte sindical y la ASOCIACIÓN DE DIARIOS ENTRERRIANOS, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO II, forma parte integrante de la presente. ARTÍCULO 3 Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante. ARTÍCULO 4 Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTÍCULO 5 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. DIEGO PODASCHEVSKY a/c Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, M.T.E.yS.S.

56 Viernes 18 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº CORREO ARGENTINO CENTRAL B FRANQUEO A PAGAR Cuenta N F1 Impreso por Talleres Gráficos Valdez SA y Graficase SRL

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