III.4.4 Producción y gestión de flujos de residuos específicos. Aceites usados. Recogida. Instalaciones de tratamiento MEDIO AMBIENTE EN ESPAÑA.

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1 MEDIO AMBIENTE EN ESPAÑA. 7 se regula la gestión de los aceites industriales usados (BOE: n o 3 de de 3 de junio). El citado Real Decreto establece que, a partir de 6, serán los fabricantes de aceites industriales junto a otros agentes económicos, los que financien la gestión de los mismos a través de sistemas integrados de gestión (SIG) de aceites usados. Dichos SIG son autorizados y controlados por las Comunidades Autónomas. LUGAR ACTUACIÓN Viviendas unifamiliares en la Comarca de Pamplona (Navarra) Viviendas unifamiliares en El Viso del Alcor (Sevilla) Viviendas unifamiliares en Arzúa (A Coruña) TOTAL ACTUACIONES COMPOSTAJE 8.9 III.4.4 Producción y gestión de flujos de residuos específicos Aceites usados La gestión de los aceites usados estuvo regulada por la Orden Ministerial de 8 de febrero de 989 (BOE n o 57 de 8/3/89), como transposición de la Directiva 75/439/CEE del Consejo, de 6 de junio, modificada por la 87//CEE, de de diciembre de 996, relativa a la gestión de aceites usados. Dicha Orden fue derogada tras la entrada en vigor del Real Decreto 679/6, de de junio, por el que Recogida. Instalaciones de tratamiento En el anexo de esta Memoria figuran los cuadro que resumen la evolución de la gestión en el periodo -6 y los datos de aceite usado del año 6 que integran el aceite objeto de subvención en el citado periodo y el no subvencionado, este ultimo de carácter estimativo. Anualmente se generan unas. t de aceite usado. En el año 989 se recogieron unas 38. t, y a lo largo de estos años la cantidad recogida de aceite usado se ha ido incrementando de forma gradual, habiéndose llegado a recoger en el año 6 unas.95 t. Existen plantas de regeneración en Andalucía, Cataluña, Galicia, Madrid, Murcia y País Vasco. La valorización del aceite usado en la producción de energía eléctrica se realiza en plantas en las que el aceite usado es sometido previamente a tratamiento mediante craking para la obtención de aceite similar al fuel. Ello tiene lugar en plantas distribuidas en Andalucía, Murcia y Galicia, de acuerdo con la información suministrada por las CCAA. Respecto al reciclado distinto de la regeneración, son solo dos empresas las que hacían esta actividad en España, una partir de las parafinas contenidas en los aceites usados, fabricando productos asfálticos en la Comunidad de la Región de Murcia, actividad que cesó en los años 3/4 y otra en la Comunidad de Madrid en la fabricación de áridos ligeros. Por último, la valorización energética como fuente de calor para su aprovechamiento en ladrilleras, cementeras, cerámicas, etc. es una actividad que se viene realizando en casi todas las Comunidades Autónomas a excepción de Cataluña en la que conforme a su normativa el aceite usado, declarado su recogida como servicio público, tiene como destino la regeneración. 97

2 ESTADO Y EVOLUCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Vehículos fuera de uso El Real Decreto 383/, de de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil publicado en el BOE de 3 de enero de 3, que transpone a la Directiva /53/CE, relativa a los vehículos al final de su vida útil, constituye la herramienta fundamental en la gestión de los vehículos ya que fija las exigencias y requisitos técnicos y ambientales del ciclo de vida de los mismos para lograr la mejor gestión de sus residuos cuando lleguen al final de su vida útil, y sean entregados para su destrucción. Asimismo este Real Decreto 383/ establece los requisitos técnicos que deben reunir las instalaciones de recepción de vehículos y de tratamiento de los mismos, y de las operaciones de descontaminación que han de llevarse a cabo en ellos. Según la información recibida de las Comunidades Autónomas y del sector, con fecha 3 de diciembre de 7 la red de Centros Autorizados de Tratamiento CATs de todo el territorio español se componía de 958 instalaciones, incluyendo 865 centros autorizados y 93 en tramitación para ser autorizados por las comunidades autónomas en las que están ubicados. La siguiente tabla presenta la distribución de estos centros por comunidades autónomas. Además, muestra la capacidad total de tratamiento de cada una de ellos y la información relativa a los vehículos dados de baja en la DGT y los certificados de destrucción recibidos en los órganos ambientales de las comunidades autónomas en los años 5 y 6. CCAA Autorizados En tramite Capacidad Total de tratamiento Certificados recibidos en 5 Bajas DGT 5 Certificados recibidos en 6 Bajas DGT 6 Andalucía Aragón Asturias I. Baleares I.Canarias Cantabria Castilla y León Castilla La Mancha Cataluña Extremadura Galicia Madrid Murcia Navarra País Vasco La Rioja Valencia Ceuta Melilla SUMA TOTAL Fuente: CC.AA S.D t 5.5 S.D A continuación se muestra la tabla en la que se recogen los vehículos valorizados procedentes del mercado nacional e importados entre los años y 6. Procedencia Total vehículos nacionales valorizados (unidades) Importados (unidades) Total (unidades) Fuente: FER Finalmente se reproduce un esquema global del proceso con los porcentajes de recuperación y reciclado de los diferentes materiales incluidos en los vehículos. Tras la fragmentación, los metales con impurezas son enviados a las plantas de medios densos donde se extraen los metales no férricos. Del resto, se recuperan algunos inertes que serán utilizados como áridos 98

3 MEDIO AMBIENTE EN ESPAÑA. 7 Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos Desarrollo del Real Decreto 8/5 El Real Decreto 8/5, de 5 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos, publicado en el BOE de 6 de febrero y que transpone las Directivas /95/ CE y /96/CE, constituye la herramienta fundamental de gestión de este tipo de residuos, ya que establece requisitos técnicos y ambientales de los aparatos eléctricos y electrónicos, tanto en el momento de su fabricación como en su proceso de valorización, al final de su vida útil. Sin embargo, la aplicación de este Real Decreto es muy compleja pues establece regulaciones sobre un sector que fabrica y comercializa una amplia variedad de tipos de aparatos que funcionan con electricidad o están sometidos a campos magnéticos. Al mismo tiempo, el hecho de que la mayor parte de los productos puestos en el mercado no se fabriquen en España, sino que sean importados de terceros países o adquiridos en países comunitarios, añade dificultades al proceso de identificación de los responsables del producto y, por tanto, de hacerse cargo del residuo, cuando se produzca. Por ello, el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, ha consultado el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, las Comunidades Autónomas y los agentes económicos, y ha elaborado una Guía de aplicación en la que se analiza el Real Decreto y se presenta la interpretación que hace el Ministerio de los preceptos recogidos en él desde el punto de vista técnico. Con ello, se pretende contribuir a la unificación de criterios de aplicación. Está previsto que esta Guía se coloque en la página Web del Ministerio. Producción y gestión de RAEEs De acuerdo con los datos aportados por el Registro Nacional de Productores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, durante el año 7 se han fabricado toneladas de aparatos, de las que el 8% corresponde a aparatos de uso doméstico que se han puesto en el mercado, el 8% a aparatos de uso profesional y el % restante se han destinado a la exportación. Este dato supone un aumento del 54,7% de aparatos puestos en el mercado con respecto al año 6. Este hecho puede deberse no tanto a un aumento de ventas sino al incremento del número de productores que se registraron durante el año 7, que han pasado de 96 a 3 de Diciembre de 6, a 69, un año más tarde. Se estima que, aunque los productores inscritos en el Registro no superan el % de los que existen en España, los aparatos puestos por éstos en el mercado suponen del orden del 8% del mercado nacional. La siguiente tabla recoge la comparación entre los datos del 7 y los de 6 99

4 ESTADO Y EVOLUCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE CATEGORÍA EXPORTADOS (kg) USO HOGAR NO EXPORTADOS (kg) USO PROFESIONAL GRANDES ELECTRODOMÉSTICOS PEQUEÑOS ELECTRODOMÉSTICOS EQUIPOS DE INFORMÁTICA Y TELECOMUNICACIONES APARATOS ELECTRÓNICOS DE CONSUMO APARATOS DE ALUMBRADO HERRAMIENTAS ELÉCTRICAS O ELECTRÓNICAS JUGUETES Y EQUIPOS DEPORTIVOS APARATOS MÉDICOS INSTRUMENTOS DE VIGILANCIA O CONTROL MÁQUINAS EXPENDEDORAS TOTAL Como se ve, la cantidad de aparatos, procedentes de hogares, registrados en 7 supera en un 55 % los de año anterior. Los que tienen como destinatario el usuario profesional, han crecido en un 6 %. Según estas cifras, en 7, se pusieron en el mercado español 7,59 kg por habitante y año de aparatos eléctricos y electrónicos, con destino a hogares, y 3,85 kg, para profesionales. Durante este mismo año, se ha incrementado la recogida de residuos como consecuencia de las autorizaciones concedidas por más comunidades autónomas a los sistemas integrados de gestión para desarrollar su actividad, y por una mayor eficacia de éstos tras un año de funcionamiento. Se espera que, durante el año 8, los sistemas integrados de gestión estén autorizados en todas las comunidades autónomas. Asimismo, durante el año 7 se han firmado los primeros convenios marco de colaboración entre comunidades autónomas y sistemas de gestión en el que se fijan las condiciones de funcionamiento de los agentes económicos en cada uno de los territorios autonómicos. Todas las entidades locales que lo deseen tienen la posibilidad de adherirse al Convenio firmado por su comunidad autónoma. Con relación a los objetivos de gestión definidos por el Real Decreto, la cantidad total de residuos procedentes de los hogares recogidos por el conjunto de los sistemas integrados durante el año 7 fue de 69.7 toneladas. Esta cantidad supone un ratio de recogida en 7, para una población de 45, millones de habitantes (INE), de 5,95 kg por habitante y año frente a los 3,77 kg por habitante y año del 6. Con este resultado se supera ampliamente el objetivo de recogida marcado por la Comisión Europea de 4 kg por habitante y año. En el cuadro siguiente se recogen los datos de recogida clasificados por categorías, así como el porcentaje de valorización de cada categoría frente al objetivo marcado por el Real Decreto 8/5. A falta de recabar toda la información auditada procedente de los agentes económicos, se observa que se han cumplido todos los objetivos de valorización marcados por la citada normativa a excepción de la categoría 6, herramientas eléctricas, y 9, instrumentos de vigilancia y control, ambas de escasa relevancia. RAEEs USO DOMÉSTICO GESTIONADO EN 7 (t) CATEGORÍA. Grandes electrodomésticos. Pequeños electrodomésticos 3. Equipos de Informática y Telecomun. 4. Aparatos electrónicos de consumo 5. Aparatos de alumbrado 6. Herramientas eléctricas y electrónicas 7. Juguetes o equipos deportivos TONELA- DAS % VALORIZA- CIÓN OBJETIVO R.D , 8.5 7, , , , , , 7 8. Aparatos médicos 5 88, - 9. Instrumentos de vigilancia y control. Máquinas expendedoras TOTAL , Los aparatos gestionados suponen el 33,8 % respecto de los aparatos puestos en el mercado. La tendencia estimada para 8 es la de incrementar esta cantidad pues los sistemas de gestión deben recoger todos los aparatos que les sea posible en todas las comunidades autónomas, independientemente del objetivo de los 4 kg. Por otro lado, además de alcanzar estas cifras de recogida, ésta debe desarrollarse de manera más equilibrada, ya que en los

5 MEDIO AMBIENTE EN ESPAÑA. 7 datos reseñados en la tabla anterior tiene una incidencia muy acusada la categoría, grandes electrodomésticos, que representa el 88 %, cuando los aparatos puestos en el mercado en esta categoría son el 69 %. Por ello, hay que incrementar la gestión de los aparatos de las demás categorías, sin disminuir la de ésta, de forma que el porcentaje relativo de aparatos gestionados en cada una de ellas, esté próximo al de vendidos. Pilas y acumuladores usados. Desarrollo normativo Durante el año 7 el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino ha abordado la fase final del proceso de transposición de la Directiva 6/66/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de septiembre de 6, relativa a las pilas y acumuladores y a los residuos de pilas y acumuladores por la que se deroga la Directiva 9/57/CEE, mediante la elaboración del texto del proyecto de Real Decreto sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos. Este proyecto quedó pendiente de su aprobación por el Consejo de Ministros a finales de 7. Dicho texto ha sido objeto de un amplio debate en el que han participado todos los Ministerios afectados, las Comunidades Autónomas y los distintos sectores implicados a través de sus respectivas asociaciones empresariales, asimismo el texto del proyecto fue sometido al Consejo Asesor de Medio Ambiente y al procedimiento de información pública en materia de normas y reglamentaciones técnicas y a través de la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. Finalmente fue aprobado por el Consejo de Ministros, publicándose en el BOE como Real Decreto 6/8, de de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos. El Real Decreto se aplica tanto a las pilas y acumuladores portátiles, es decir, las de consumo doméstico más frecuente, como a las industriales y de automoción, y tiene por objeto: prevenir la generación de residuos de pilas y acumuladores, prohibiendo la puesta en el mercado de las que contengan ciertas cantidades de mercurio o de cadmio. facilitar su recogida selectiva y evitar la eliminación de las pilas y acumuladores usados en el flujo de residuos urbanos no seleccionados. Los productores (incluyendo los importadores) estarán obligados a hacerse cargo de la recogida y gestión de la misma cantidad y tipo de pilas y acumuladores usados que hayan puesto en el mercado, cubriendo todos los costes de gestión, incluyendo campañas de información públicas. Para hacer efectiva esta obligación, se podrá seguir alguna de las siguientes opciones: contribuir económicamente a los Sistemas Públicos de Gestión, establecer su propio Sistema de Gestión Individual, participar en un Sistema Integrado de Gestión, o establecer un Sistema de Depósito, Devolución y Retorno de las pilas, acumuladores y baterías usadas que haya puesto en el mercado. El Real Decreto contempla los distintos procedimientos de recogida selectiva de este tipo de residuos, con redes de puntos de recogida situados en espacios urbanos, establecimientos comerciales y puntos limpios, obligando a los productores y distribuidores a aceptar la devolución de estos residuos sin coste alguno para el usuario final. Y establece los siguientes índices mínimos de recogida de residuos de pilas y acumuladores portátiles: el 5% a partir del 3 de diciembre de. el 45% a partir del 3 de diciembre de 5. También establece objetivos mínimos de recogida para los residuos de pilas y acumuladores de automoción y de industriales que contengan cadmio. El Real Decreto obliga también a someter a tratamiento y reciclaje a todos los residuos de pilas y acumuladores que se recojan a partir del 3 de diciembre de 8, utilizando las mejores técnicas disponibles a partir del 6 de septiembre de 9. Y establece su entrada en vigor el 6 de septiembre de 8. Mercado de pilas y acumuladores portátiles y gestión de sus residuos En el año 7, el mercado de pilas y acumuladores portátiles en España alcanzó la cifra de 45 millones de unidades aproximadamente, cuyo peso total se estima en.5 toneladas, repartidas entre pilas estándar, pilas botón, acumuladores de teléfonos móviles y otros acumuladores recargables. Aunque hasta ahora, no ha existido un instrumento legislativo regulador para la gestión y recogida de pilas y acumuladores usados, que haya establecido índices específicos de recogida, el Programa Nacional de pilas y baterías usadas estableció determinados objetivos de recogida y actuaciones para la consecución de los mismo, que han servido para impulsar un mínimo ritmo de recogida y gestión de este tipo de residuos. De los datos aportados en los últimos años por las distintas Comunidades Autónomas, se ha podido estimar que la recogida de residuos de pilas y acumuladores portátiles correspondiente al año 7 en España ha alcanzado aproximadamente las.4 toneladas, lo que supone el 9% en peso de la cantidad total de pilas y acumuladores portátiles puestas en el mercado ese mismo año. Conclusiones y líneas de actuación. De acuerdo con las cantidades puestas en el mercado de pilas y acumuladores portátiles, el índice de recogida de este tipo de residuos en el año 7 no ha alcanzado los objetivos previstos en el Programa Nacional de pilas y baterías usadas, sin embargo se encuentra más cerca de los límites establecidos por la Directiva 6/66/CE y el Real Decreto 6/8. Con la aplicación del nuevo Real Decreto a partir del 6 de septiembre de 8 y la creación de los sistemas de gestión regulados en el mismo, así como la aplicación de los procedimientos de recogida y gestión también establecidos en el Real Decreto, se espera alcanzar sin dificultad los índices de recogida establecidos en la Directiva y Real Decreto en las fechas previstas en los mismos.

6 ESTADO Y EVOLUCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Neumáticos fuera de uso Los Sistemas Integrados de Gestión de neumáticos fuera de uso, SIGNUS Ecovalor y Tratamiento de Neumáticos Usados (TNU), han continuado realizando las actividades de gestión, a tenor de lo establecido en el Real Decreto 69/5, de 3 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso (BOE del 3 de enero de 6) que regula tales actividades. Los neumáticos recogidos en los puntos de generación fundamentalmente en los talleres de recambio de neumáticos se han destinado a la reutilización, al reciclado y a la valorización energética. La trituración, el granulado y la fabricación de polvo de caucho destinados a las dos últimas actividades citadas, se ha realizado en las quince plantas de trituración cuya distribución geográfica ha sido la siguiente: CCAA Andalucía Castilla-La Mancha Castilla-León Cataluña Murcia País Vasco Principado de Asturias Valencia TOTAL N o PLANTAS La valorización energética de los neumáticos se lleva a cabo mediante su utilización como combustible en cementeras cuya situación geográfica se indica a continuación: CCAA Andalucía Baleares Castilla La Mancha Melilla Murcia País Vasco Valencia TOTAL N o PLANTAS 4 Un aspecto que merece ser destacado del Real Decreto antes citado es la disposición adoptada para el fomento de la utilización en la contratación pública de los materiales procedentes del reciclado y, en particular, de las mezclas bituminosas para pavimentos de carreteras fabricadas con polvo de caucho obtenido mediante ese reciclado, siempre que cumplan las especificaciones técnicas requeridas. Para facilitar la utilización de estas mezclas se ha publicado conjuntamente con el Ministerio de Fomento y el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX) el Manual de empleo de caucho de NFU en mezclas bituminosas. PCB, PCT y aparatos que los contengan PCB/PCT y aparatos que los contengan, así como del Real Decreto 378/999 por el que se establecen medidas para la eliminación y gestión de los PCB, PCT y aparatos que los contengan y del Real Decreto 8/6 que modifica al anterior. Para ello, y de acuerdo con el Plan Nacional y con los mencionados Reales Decretos, el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino ha confeccionado y actualizado el Inventario Nacional de PCB correspondiente a 3 de diciembre de 6, como integración de los inventarios autonómicos de PCB recibidos durante el año 7 y elaborados por las autoridades competentes de las distintas Comunidades Autónomas a partir de los datos suministrados por los poseedores de PCB en sus declaraciones correspondientes al año 6. El Inventario Nacional actualizado comprende a todos los aparatos declarados por sus poseedores a las distintas Comunidades Autónomas, incluyendo tanto a los poseídos por ellos el 3 de diciembre de 6, con concentración de PCB igual o superior a 5 ppm, como a los eliminados o descontaminados desde la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 378/999. Casi la totalidad en peso del conjunto de aparatos inventariados corresponde a aparatos con volumen de PCB superior a 5 dm 3, especialmente transformadores eléctricos y condensadores; mientras que la cantidad en peso de otros aparatos con volumen de PCB igual o inferior a 5 dm 3,, como inductores, arrancadores, otros condensadores, etc., suponen solamente un porcentaje muy pequeño del inventario. A su vez, el inventario actual desglosa al conjunto en los siguientes grupos: Aparatos fabricados con fluidos de PCB: son los que contienen PCB debido a que han sido fabricados equipándolos desde su origen con dieléctricos o fluidos constituidos por PCB. Aparatos contaminados por PCB: son los que, habiéndose fabricado con fluidos o aceites que no son de PCB, durante su vida en servicio han llegado a contaminarse por diversas causas con PCB en concentración igual o superior a 5 ppm. La identificación de estos aparatos se ha realizado mediante análisis químicos de comprobación, realizados en dieléctricos, aceites y otros fluidos de los aparatos. Aparatos presumiblemente contaminados por PCB: son los sospechosos de haberse contaminado con PCB en su fabricación, utilización o mantenimiento (por haberse podido contaminar en fábrica durante el primer proceso de llenado o durante su servicio en operaciones de desencubados, rellenos de fluido, reparaciones, tratamientos de filtrado, etc.). De acuerdo con los mencionados Reales Decretos, estos aparatos han de considerarse como aparatos que contienen PCB mientras que no se demuestre lo contrario mediante los correspondientes análisis químicos. Aparatos eliminados o descontaminados por debajo de 5 ppm: son los aparatos descontaminados o eliminados totalmente por el poseedor desde el (fecha de entrada en vigor del Real Decreto 378/999) hasta el Situación actual Durante el año 7 se ha realizado el seguimiento de la aplicación del Plan Nacional de Descontaminación y Eliminación de Balance del Inventario Nacional de PCB El Inventario Nacional de PCB, ha arrojado el siguiente resultado:

7 MEDIO AMBIENTE EN ESPAÑA. 7 Cantidades en peso (sólido más líquido) de aparatos con PCB inventariados existentes el 3 de diciembre de 6 GRUPO DE APARATO Aparatos fabricados con fluido de PCB Aparatos contaminados por PCB Aparatos presumiblemente contaminados por PCB TOTAL de aparatos inventariados poseídos CANTIDAD EN TONELADAS El inventario además de contener a los aparatos poseídos existentes, incluye también a los aparatos eliminados/descontaminados desde el hasta el 3--6, cuya cantidad total en peso ha sido de toneladas. En resumen, el balance total del inventario a 3 de diciembre de 6 es el siguiente: APARATOS CON PCB Aparatos inventariados poseídos el 3--6 Aparatos eliminados desde el TOTAL de aparatos contabilizados a 3--6 Conclusiones y líneas de actuación. CANTIDAD EN TONELADAS Hay que tener en cuenta que lo inventariado hasta el 3--6 corresponde al conjunto de aparatos con PCB declarados por sus poseedores a las Comunidades Autónomas donde se encuentran ubicados, pero se estima que todavía existen poseedores de PCB y aparatos que los contienen, presumiblemente consumidores de energía eléctrica pertenecientes a pequeños o medianos sectores, que, por desconocimiento u otras causas, no han realizado su declaración de posesión de aparatos con PCB. Por este motivo, la cantidad real de aparatos con PCB existentes en España en esa fecha posiblemente sea superior a las 7.36 toneladas inventariadas. Se espera que en los próximos años sigan aflorando nuevos aparatos que contengan o puedan contener PCB, lo que podría producir un sensible incremento en el total de aparatos contabilizados en los siguientes inventarios de PCB. En cuanto a la cantidad de aparatos con PCB eliminados/descontaminados en España, la cifra de toneladas representa el 78% de la cantidad mínima acumulada (6.64 toneladas) prevista por el Plan Nacional de descontaminación y eliminación de PCB como cifra de eliminación/descontaminación a alcanzar a finales del año 6. En consecuencia, el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino seguirá incidiendo en la aplicación de las medidas encaminadas a: conseguir que la información, sobre la existencia y el peligro de los PCB, llegue a todos los sectores y ámbitos que puedan poseer aparatos con PCB; con el fin de propiciar durante los próximos años el afloramiento de aparatos de difícil detección que contengan o puedan contener PCB. impulsar el cumplimiento de los mencionados Reales Decretos, hasta conseguir un mayor índice de eliminación y descontaminación, manteniendo un continuo contacto con los distintos sectores identificados como potenciales poseedores de PCB y aparatos que los contienen. realizar el seguimiento para comprobar que los poseedores de estos aparatos están cumpliendo con los calendarios de cuotas de eliminación y de analítica que establece el Real Decreto 8/6, de 4 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 378/999. Envases de fitosanitarios Gestión de Residuos de Envases de Productos Fitosanitarios (6). De acuerdo con la información proporcionada por el Sistema Integrado de Gestión SIGFITO, responsable de la gestión de los productos fitosanitarios, en su Informe Anual del año 6 se indican las cantidades recogidas por materiales y los tratamientos y el destino de los mismos. Envases puestos en el mercado (T) RE recogidos (T) RE reutilización (T) RE Reciclado (T) RE V.Energética (T) RE Depósito de Seguridad (T) Plástico Papel/Cartón Metal Otros Total Como conclusión cabría señalar que de la totalidad de envases de productos fitosanitarios puestos en el mercado en el 6, se han recogido el 33%, se ha reciclado el %, se ha valorizado el 7 % y se ha depositado en vertedero de seguridad el 3%. Residuos de plásticos de uso agrario En 6 se ha procedido a evaluar la producción y la gestión de los residuos de plásticos de uso agrario en España. En la actualidad existen, con diferentes niveles de precisión, normas y/o planes autonómicos que contemplan, en mayor o menor medida, dichos residuos. Dentro de este epígrafe se incluyen los residuos de plásticos producidos en el ejercicio de la actividad agrícola y/o ganadera, incluida la acuicultura, exceptuados los residuos de envases, incluidos bajo el código 4 (residuos de plásticos excepto embalajes) de la lista europea de residuos (LER). En cuanto a los materiales plásticos de síntesis, el término plásticos que se utilizan en agricultura y ganadería engloba una diversidad de materiales polímeros base y formulaciones (ver cuadros del anexo de esta Memoria). 3

8 ESTADO Y EVOLUCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Generación Anualmente se usan en agricultura unas t. Se estima que se convierten en residuos cada año unas 75.4 t, de las cuales se reciclan 5. t. España consume el 8% del total consumido en la UE. Según ANAIP y CICLOAGRO/CICLOPLAST, una cantidad significativa de plástico en este sector se emplea en filmes de PEBD, para cultivos en forma de acolchado, túneles e invernadero, así como en tubos y accesorios. El resto de materiales (PEAD, PP y PVC) se consumen para tubos, rafias, canalones, invernaderos, silos y otras aplicaciones. Asimismo se contabilizan pequeñas cantidades de etilen/vinil/acetato y poliésteres insaturados, englobados en el epígrafe Otros materiales. La distribución estimada del consumo de materiales plásticos en el sector de la agricultura esta representada en un gráfico del anexo de esta Memoria. Son los cultivos en invernadero los que requieren mayor cantidad de plástico por unidad de superficie de cultivo protegido. La mayor superficie estimada de cultivo protegido bajo plástico corresponde a la producción bajo acolchado. Los principales productos potencialmente reciclables para cada material son los siguientes: Filmes y tubos de PEBD, tubos de PEAD, tubos y canalones de PVC. La calidad de los plásticos destinados al reciclaje (su reciclabilidad ) está condicionada por la presencia de tierras, degradación, mezclas, etc. El filme utilizado en acolchado tiene una importante limitación, debido a la presencia de tierra, que puede alcanzar niveles de hasta el 7% del residuo bruto, y la degradación por la continuada exposición solar, mientras que el de los túneles e invernaderos es reciclable en más de un 8%. Infraestructuras disponibles en España para la gestión En los últimos tiempos parece producirse una diversificación en cuanto al origen de los plásticos que se reciclan en plantas que, en principio, se construyeron para la gestión de los residuos de plásticos, tanto de carácter público como privado, sobre todo en Andalucía. La mayoría de las restantes CCAA carecen de infraestructuras específicas para el tratamiento de estos residuos; sólo Murcia y Extremadura disponen de este tipo de plantas. En otros casos, como en Cataluña, Galicia, el País Vasco o la Comunidad Valenciana, el reciclaje de una parte de estos plásticos se viene realizando en instalaciones de reciclaje de residuos de plásticos procedentes de otros usos. En el anexo de esta Memoria figura un cuadro en donde se indican las instalaciones de reciclaje existentes. Se considera que las infraestructuras existentes en la actualidad para el reciclaje de plásticos empleados en cultivos protegidos son suficientes. Sin embargo, podría necesitarse una capacidad adicional de reciclaje para los otros plásticos (tuberías, rafias, otros). La prevención y los polímeros biodegradables El término polímero biodegradable es polisémico, y por el momento no hay una definición única de aplicación a los usos en agricultura y ganadería. En materiales expuestos al aire libre, como los filmes para solarización del suelo, cultivo bajo túnel, cubrimiento de ensilajes, etc., el término biodegradación se refiere a fragmentación, pérdida de propiedades mecánicas o modificaciones químicas debidas a la acción de los microorganismos, y por otra parte diferentes modos de degradación, abióticos (por agentes como el oxígeno, el agua o la luz solar) o bióticos (por microorganismos) pueden combinarse sinérgicamente y degradar la estructura macromolecular, conduciendo a diferentes grados de descomposición del material. El efecto de la acción combinada de agentes y/o factores medioambientales, incluidos los microorganismos, ofrece interesantes posibilidades prácticas. El uso de polímeros foto y biodegradables puede tener también interés, si se logra superar las dificultades en cuanto a adecuación de sus propiedades mecánicas, viabilidad económica, control de la degradación mediante la modificación del polímero, procesabilidad y otros. El diseño de estos materiales para nuevos usos en agricultura precisa incrementar los programas de I+D+i para la formulación de materiales compuestos, combinación de partículas biodegradables y polímeros sintéticos asequibles, polímeros naturales como la celulosa regenerada, almidón y proteínas, SEVA (mezcla de almidón, copolímero de etileno y alcohol vinílico), modificación química o biológica de la cadena polimérica principal de polímeros sintéticos mediante la introducción de grupos hidrolizables u oxidables, como acetato de celulosa, ésteres de lignocelulosa, poli (beta-hidroxialcanoatos) PHAs, o nuevas estructuras hidrolizables (poliésteres, polianhídridos, policarbonatos, otros). En tal sentido, los polímeros biodegradables más empleados a fecha actual son las mezclas con los derivados de fuentes naturales, almidón y celulosa, fundamentalmente. Adicionalmente a lo anterior, la prevención de residuos plásticos implica la búsqueda e I+D+i sobre los plásticos de uso agrario y otros materiales de mayor duración, dirigidos a prolongar la vida del producto. Algunas CCAA están estudiando la aplicación práctica, en sus condiciones de cultivo particulares, de diversos polímeros biodegradables, incluida su degradabilidad e interés agronómico y ambiental. Residuos de industrias extractivas. Tras haber sido aprobada y publicada en el año anterior la Directiva 6//CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la gestión de los residuos de las industrias extractivas y por la que se modifica la Directiva 4/35/CE, en este año han continuado las actividades del Comité creado de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Directiva 75/44/CEE para implementar aquella y realizar la adaptación de sus anexos al progreso científico y técnico. Gestión de lodos producidos en las estaciones depuradoras de aguas residuales (EDAR) urbanas Los lodos de EDAR se forman en los procesos de depuración de las aguas residuales urbanas. En los lodos se concentran la materia orgánica, los nutrientes y contaminantes que se encon- 4

9 MEDIO AMBIENTE EN ESPAÑA. 7 traban en el agua previamente. Su composición depende por un lado del agua residual que llega a la depuradora y por otro lado de los tratamientos de depuración aplicados al agua y a los lodos. Puesto que son residuos, su gestión entra dentro del ámbito legislativo de los mismos, con la particularidad de que las aplicaciones agrícolas, de aquellos lodos tratados cuyos niveles en metales pesados no sobrepasan los límites establecidos, están reguladas por el RD 3/99 por el que se regula la utilización de los lodos de depuración en el sector agrario y que incorpora la Directiva 86/78 relativa a la protección del medio ambiente y, en particular de los suelos, en la utilización de los lodos de depuradora en agricultura. La Orden 6 de octubre de 993, sobre las aplicaciones agrícolas, establece por otro lado, el procedimiento por el cual las depuradoras deben informar sobre las aplicaciones agrícolas al órgano competente de la Comunidad autónoma. Las CCAA informan asimismo al Registro Nacional de Lodos, órgano creado por el RD 3/99, que recopila dicha información y elabora los correspondientes informes de cumplimiento de la Directiva 86/78. Los datos facilitados por el Registro Nacional de Lodos para el año 6 sobre cantidades lodos producidos y de lodos aplicados a los suelos agrícolas en t de materia seca, se indican a continuación por CCAA. COMUNIDAD AUTÓNOMA ANDALUCÍA ARAGÓN ASTURIAS BALEARES CANARIAS CANTABRIA CASTILLA LA MANCHA CASTILLA Y LEÓN CATALUÑA CEUTA - MELILLA EXTREMADURA GALICIA LA RIOJA MADRID MURCIA NAVARRA PAÍS VASCO VALENCIA TOTALES LD PRODUCIDOS (t m.s.) LD UTILIZADOS EN SUELOS AGRÍ- COLAS (t m.s.) La tabla siguiente muestra la evolución global en el periodo 4 a 6 de los lodos producidos y de los utilizados en agricultura: LODOS DE EDAR Producidos Utilizados en agricultura Materia seca (toneladas/año) Información sobre residuos peligrosos Introducción Los residuos peligrosos son aquellos que por su contenido, forma de presentación u otras características puedan considerarse como tales según los criterios establecidos en la legislación. Pueden presentarse en prácticamente casi todos los sectores de la actividad industrial y de servicios. También aparecen en el ámbito domestico y municipal, aunque en estos últimos su importancia cuantitativa es escasa. Marco Legal Durante el año 7 no se han producido modificaciones en la legislación relativa a los residuos peligrosos. Mecanismos de Control de Residuos Peligrosos La normativa de residuos peligrosos, establece mecanismos para el control de la gestión, producción y traslado de estos residuos, uno de estos mecanismos lo constituye los documentos que obligatoriamente tienen que presentar los productores y gestores a los órganos medioambientales competentes de las Comunidades Autónomas, y en su caso a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, cuando se trasladan residuos peligrosos del lugar de producción al lugar donde se gestionan. Estos documentos son: Notificaciones previas de traslado de residuos peligrosos El Real Decreto 833/88, establece dentro de las obligaciones de los productores de residuos peligrosos la de informar con al menos diez días de antelación de los traslados de residuos tanto si se producen dentro de la misma Comunidad Autónoma, como si se realizan entre dos o más Comunidades Autónomas. En el primer caso el productor informa únicamente del traslado a la Comunidad Autónoma donde tiene lugar el traslado, en el segundo caso informa a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, quien a su vez lo notifica a las Comunidades afectadas por el traslado. Documentos de Control y seguimiento de residuos peligrosos Estos documentos permiten el seguimiento de los residuos durante su traslado, y son el instrumento legal por el que los órganos medioambientales competentes verifican que el residuo ha llegado a su destino, que se gestiona adecuadamente, y además permiten identificar al poseedor del residuo durante todo el proceso. Los documentos de control y seguimiento constan de varios ejemplares que acompañan al residuo durante su traslado del centro productor al centro gestor. El productor presenta uno de los ejemplares en la Comunidad Autónoma de origen, el gestor presenta otro ejemplar en la Comu- 5

10 ESTADO Y EVOLUCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE nidad Autónoma de destino cuando recibe el residuo, y una copia de ambos ejemplares es enviada por las Comunidades Autónomas de origen y de destino a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. Declaraciones anuales de productores y Memorias anuales de gestores Ambos documentos constituyen la información anual de los residuos peligrosos que se han producido y gestionado en España en el año al que se refieren. En el anexo de esta Memoria figura un cuadro que muestra las declaraciones y memorias correspondientes a 7, presentadas hasta Abril de 8. Gestión de Residuos Peligrosos La legislación establece que las actividades de gestión de los residuos peligrosos estarán sometidas a autorización administrativa expedida por el órgano ambiental competente de la Comunidad Autónoma. Por tanto los gestores de las actividades de recogida, transporte, almacenamiento, tratamiento intermedio, valorización y eliminación de residuos deben estar autorizados. Los gestores de valorización y eliminación de residuos peligrosos, realizan su actividad en instalaciones autorizadas para tal fin, el número de instalaciones de gestión de residuos peligrosos con capacidad superior a t/día que disponen de autorización ambiental integrada por Comunidades Autónomas se refleja en el cuadro siguiente COMUNIDADES AUTÓNOMAS ANDALUCÍA CANTABRIA CASTILLA -MANCHA CASTILLA.-LEÓN CATALUÑA C. VALENCIANA MADRID PAÍS VASCO TOTAL INSTALACIONES DE VALORIZACIÓN Y ELI- MINACIÓN EXCLUIDOS VERTEDEROS DE RP CON CAPACIDAD SUPERIOR A t/día (CON AUTORIZACIÓN AMBIENTAL INTEGRADA Instalaciones de Incineración de Residuos Peligrosos En el anexo de esta Memoria figura un cuadro con el número de instalaciones en las que se incineran residuos peligrosos por Comunidades Autónomas. En la primera columna figura las incineradoras de RP con o sin recuperación de energía y en la segunda columna las instalaciones industriales en las que la actividad principal no es la incineración de residuos como es el caso de cementeras, centrales térmicas, hornos de cal e instalaciones similares en las que se utilizan los residuos peligrosos como combustible Traslados de residuos Traslados Transfronterizos de Residuos A continuación se resumen los datos de los traslados de residuos en los que España se ha visto afectada durante el año 5. Conviene señalar que la tramitación de los traslados de residuos entre España y terceros países no miembros de la UE (importaciones y exportaciones), así como el tránsito de cualquier traslado de residuos a través del territorio nacional, es competencia del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino a través de la Subdirección General de Prevención de Residuos. Sin embargo, la tramitación de los traslados entre España y otros Estados miembros de la UE compete a la Comunidad Autónoma de origen o destino de dichos traslados. En los cuadros que se incluyen a continuación, donde se cuantifican los traslados, los términos importación y exportación debe entenderse que incluyen todos los residuos recibidos o enviados, respectivamente, con destino u origen en España, con independencia de que el país de origen o destino sea de la UE o terceros países. Expedientes de traslados transfronterizos de residuos tramitados en el año 5 por la Subdirección General de Prevención de Residuos: Importaciones Exportaciones Tránsito TOTAL Importaciones 6 expedientes 3 expedientes 39 expedientes 58 expedientes Durante el año 5 se importaron o recibieron 97. toneladas de residuos, procedentes de la UE y terceros países. El siguiente cuadro recoge la distribución por Comunidades Autónomas, correspondiendo la mayor cantidad a Cataluña, con el 44 % de las importaciones, y a continuación Andalucía con el 3 %. 6

11 MEDIO AMBIENTE EN ESPAÑA. 7 Importaciones de residuos por CC.AA. Año 5 Comunidad Autónoma de destino ANDALUCÍA ARAGÓN CASTILLA LA MANCHA CASTILLA Y LEÓN CATALUÑA GALICIA MURCIA NAVARRA PAÍS VASCO VALENCIANA TOTAL IMPORTADO Distribución % Valorización Cantidad (t) Operaciones de tratamiento Eliminación Cantidad (t) Total importado (t) % Los residuos importados o recibidos destinados a operaciones de eliminación ascendieron a 9.3 toneladas, de los que: El 7 % fueron destinados a la operación D5 (vertidos en lugares especialmente diseñados). El % a la operación D9 (tratamiento físico-químico). El % por ciento restante fueron destinados a distintas operaciones de combinación o mezcla (D3), almacenamiento previo a cualquiera otra operación de eliminación (D5), así como incineración en tierra (D). Exportaciones Durante el año 5 se exportaron o enviaron toneladas de residuos, destinados tanto a la UE como a terceros países. El siguiente cuadro recoge, por Comunidades Autónomas, el reparto entre las operaciones de valorización y de eliminación a las que se destinaron las exportaciones y el tonelaje. Exportaciones de residuos por CC.AA. Año 5 Comunidad Autónoma de origen ANDALUCÍA ARAGÓN ASTURIAS CASTILLA LA MANCHA CASTILLA Y LEÓN CATALUÑA LA RIOJA MADRID MURCIA NAVARRA PAÍS VASCO VALENCIANA TOTAL EXPORTADO Distribución % Valorización Cantidad (t) Operaciones de tratamiento Eliminación Cantidad (t) Total exportado (t) % toneladas se destinaron a la valorización, que corresponden a la recuperación de metales y disolventes. 9.6 toneladas se destinaron a la eliminación, de las que.7 t correspondieron a PCBs, tal como muestra el cuadro Evolución de las Exportaciones de Residuos durante los últimos años, del anexo de esta Memoria. También en el anexo de esta Memoria se recogen los cuadros con la evolución de las importaciones y exportaciones de residuo en los últimos años, distinguiendo las destinadas a operaciones de valorización y las destinadas a operaciones de eliminación. Traslados nacionales de residuos Entre CCAA. Notificaciones previas de traslado de residuos peligrosos (art. 4 c) RD 833/988. El Artículo 4.c. del Real Decreto 833/988, modificado por el RD 95/997 (BOE no 6 de 5 de julio), ambos vigentes de acuerdo con lo dispuesto en la Ley /998 de de abril de Residuos, establece dentro de las obligaciones de los productores de 7

12 ESTADO Y EVOLUCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE residuos peligrosos informar al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino de los traslados de los residuos ( días antes de hacer los traslados), cuando estos tiene lugar entre las CCAA. Este control dentro del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino constituye una de las competencias de la Dirección general de Calidad y Evaluación Ambiental, en concreto los preavisos de traslados de residuos peligrosos entre las CCAA., requiriendo dicho procedimiento un seguimiento riguroso en la verificación de los datos que se tramitan, es decir, datos del productor de origen, del gestor de destino, del transporte, así como de los residuos, la fecha y las CCAA afectadas por los traslados. Recibidas las notificaciones en el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino se da traslado a las CCAA afectadas, es decir, a la de origen, las de tránsito y a la de destino. Tiene ello como finalidad el que las CCAA tengan conocimiento previo de los movimientos y se dé traslado a la Dirección General de Protección Civil, que en contacto con los servicios de bomberos elaboran planes de actuación ante posibles casos de emergencia (accidentes, derrames, vertidos incontrolados, etc.). El número de notificaciones tramitadas durante el año 7 se estima en 94.. Un hecho que evidencia este incremento viene provocado por el aumento en el flujo de residuos entre CCAA en los últimos años, lo que puede tener varias interpretaciones como que sean consecuencia de unos años de crecimiento económico, pero primordialmente por una mayor concienciación de las industrias hacia el medio ambiente, y por un mayor control por parte de las administraciones en la vigilancia del cumplimiento de la normativa. Por otro lado, una mayor disponibilidad y diversificación de centros de tratamiento tanto de eliminación como de valorización a nivel nacional contribuye a incrementar los destinos de los residuos en su movilidad, que es también dependiente de las condiciones de mercado. Otro aspecto ligado a la movilidad viene determinado por la naturaleza de determinados residuos como son los aceites usados cuya gestión por etapas da lugar a movimientos de recogida, transporte y almacenamiento desde los talleres, engrases, etc., hacia los centros de transferencia como paso intermedio para su destino final, regeneración y principalmente valorización energética en centros autorizados. Otro tipo de residuos, derivados de la entrada en vigor de la Ley de envases y residuos de envases, lo constituyen los envases procedentes de las industrias y que tiene como destino los centros autorizados para su reciclaje. La existencia de instalaciones en País Vasco, Castilla La Mancha y Cataluña para este tipo de residuos constituye un exponente a considerar en el flujo de estos residuos. Los residuos procedentes de servicios médicos o veterinarios o de investigación asociada, constituyen otro tipo de residuos peligrosos contemplados en el grupo 8 de la lista europea de residuos (ORDEN MAM/34/ BOE N o 43 de 9 de febrero). De un lado una mayor atención de los hospitales, sanatorios, centros asistenciales, etc., en dar un tratamiento adecuado a este tipo de residuos como son: los restos de medicamentos, los residuos de carácter infeccioso o los derivados de tratamiento de cáncer y de otro lado, la disponibilidad de instalaciones de tratamiento muy localizadas, da lugar a la existencia de flujos de este tipo de residuos. Descontando las instalaciones de eliminación (incineración en Cantabria y Asturias), la gestión de los residuos biosanitarios tiene como destino instalaciones existentes en Cataluña, Madrid, I. Canarias, Castilla y León, Extremadura, Murcia y Andalucía desde aquellas CCAA que carecen de instalaciones para este tipo de residuos. Para la gestión de los residuos citotóxicos, derivados del tratamiento de cáncer cuya gestión en gran parte tiene como destino su destrucción (incineración), hay que recurrir a la gestión exterior, fuera de España al no disponer de instalaciones de eliminación. Otro tipo de residuos que contribuye a un incremento en el flujo de residuos son los PCB s y PCT s (policlorobifenilos y policloroterfenilos) contenido en transformadores, condensadores, etc. y que aún se verá incrementado hasta el año fecha tope para la eliminación y descontaminación de aparatos que contengan PCB s y PCT s conforme a lo dispuesto en la Resolución de 9 de abril de (BOE n o 93 de 8 de abril), por el que se aprueba el Plan Nacional de Descontaminación y Eliminación de PCB s y PCT s. Sólo hay tres instalaciones en España, una en Asturias, en Murcia y en Andalucía que realizan la descontaminación de carcasas cuyo destino es la fundición pero el piraleno o aceite extraído previamente así como el derivado de la descontaminación debe ser gestionado exteriormente al no existir en España instalaciones de eliminación, principalmente a Francia, Holanda, Reino Unido, Alemania, etc. Otra justificación para el incremento son los residuos derivados de la gestión de vehículos al final de su vida útil RD 383/, de de diciembre (BOE. n o 3 de 3 de enero), así como los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos regulados por el RD 8/5, de 5 de febrero y la gestión de los mismos. Otro factor en los traslados de residuos son los flujos de residuos procedentes de la importación. En este contexto son residuos para su valorización (recuperación), principalmente de zinc, aluminio y de plomo al ser España deficitaria en la producción de estos metales y que se corresponden a instalaciones de segunda fusión, repartidas principalmente en País Vasco, Castilla y León, Madrid, Cataluña y Murcia. La previsión en la evolución de estos flujos muestra un horizonte de crecimiento escalonado como consecuencia además de los factores citados, por la puesta en práctica de las nuevas normativas. Subvenciones al Transporte de Residuos a la Península Generados en las Islas Baleares y Canarias, en Ceuta y Melilla. Si bien la Ley /998, de de abril, de residuos se inspira en el principio de quien contamina paga, para la consecución de los objetivos de reducción, reutilización, reciclado y valorización, así como para promover las tecnologías menos contaminantes en la eliminación de residuos, prevé dicha Ley al mismo tiempo que las Administraciones publicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, puedan establecer instrumentos de carácter económico y medidas de incentivación. La citada Ley, en su disposición adicional tercera, establece que todos los planes nacionales de residuos incluyan medidas para financiar el transporte marítimo a la península, o entre islas, de los residuos generados en las Islas Baleares y Canarias, así como los demás costes derivados de la existencia de territorios extrapeninsulares o disgregados que impidan o hagan excesivamente costosa la valorización de los residuos en dichos territorios por razones territoriales, de economía de escala o de gestión ambientalmente correcta de los residuos. En base a lo anterior una vez hecha publica la Orden con las bases reguladoras (Orden MAM/9//5, de 7 de junio BOE. n o 6 de 9 de julio), se publicó la convocatoria para la concesión 8

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