Auxiliares de enfermería

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1 Auxiliares de enfermería Nivel 3 3 YA! Ahora el nivel 3 de cualificación depende de ti. Presionemos al Ministerio de Sanidad para forzar el envío de esta cualificación al Consejo General de Formación Profesional. federación de sanidad y sectores sociosanitarios

2 Técnico Superior en Cuidados Auxiliares de Enfermería Los pasos que hay que dar a lo claro 1. Instituto Nacional de Cualificaciones. INCUAL Comisiones Obreras presentó un documento sobre la situación del Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería (TCAE), demandando el nivel 3. La propuesta fue recogida en todos sus términos por el INCUAL, proponiendo, finalmente el nivel 3 en la cualificación. Conseguido? NO. El Ministerio de Sanidad lleva bloqueando más de un año el envío de esta cualificación al Consejo General de Formación Profesional. Por eso, CCOO va a plantear un calendario de acciones para conseguir el objetivo: Nivel 3 YA! 2. Consejo General de Formación Profesional. CGFP Transcurrido más de un año desde que el INCUAL reconoce el nivel 3 para estos profesionales sanitarios, la irresponsabilidad del Ministerio de Educación y el boicot del Ministerio de Sanidad, han frenado la aprobación de esta cualificación. Comisiones Obreras, miembro de este Consejo, demandará al Ministerio de Educación el envío de la cualificación para su aprobación. A su vez, propondrá la revisión de los estudios de Formación Profesional. Esto supondrá el cambio del título actual por el de Técnico Superior en Cuidados Auxiliares de Enfermería, que se integrará en los estudios de Formación Profesional de Grado Superior. Para esto el Ministerio de Educación deberá redactar el desarrollo curricular de la nueva titulación, teniendo en cuenta la cualificación aprobada y el informe del CGFP. 3. Sistema Nacional de Salud (SNS) CCOO exigimos en el Foro Marco para el Diálogo Social en el que están presentes, entre otros, el Ministerio de Sanidad, el Ministerio de Educación, representantes de las consejerías de sanidad autonómicas, etc., el reconocimiento del nivel 3 para las Auxiliares de Enfermería y la adaptación del modelo de clasificación profesional para el reconocimiento profesional de la nueva titulación de Técnico Superior de Cuidados Auxiliares de Enfermería. CC.OO., integrante del Foro Marco para el Diálogo Social del Sistema Nacional de Salud, del Consejo General de Formación Profesional y del Instituto Nacional de Cualificaciones, va a poner todo su empeño en el objetivo planteado: el reconocimiento de las actuales funciones y la adecuación de los niveles formativos de Formación Profesional, que determinarán la nueva titulación Técnico Superior en Cuidados Auxiliares de Enfermería y sus repercusiones laborales. Ahora hay que desbloquear la situación llenando de firmas el Ministerio. Nivel 3 ya!!

3 1. La necesidad de la Cualificación Profesional Desde CC.OO. llevamos años defendiendo la formación profesional y entendemos que el reconocimiento de la cualificación en el ámbito laboral es fundamental para mejorar las condiciones de vida y trabajo. Nuestro país arrastraba un gran déficit en cuanto a la relación entre la formación profesional y la evolución de las actividades profesionales. Por su parte, la Unión Europea ha venido reclamando en distintas cumbres (Lisboa, Barcelona, Copenahague, Maastricht) a los Estados miembros la adaptación de sus sistemas formativos para hacerlos más accesibles, con el fin de facilitar la adaptacióny mejora de la cualificación a lo largo de la vida laboral. La formación profesional en nuestro país se ha venido configurando en tres grandes ofertas: la formación reglada (Ministerio de Educación) y la formación ocupacional y continua (Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales) dirigida a trabajadores ocupados y desempleados. Estas distintas vías no tienen un reconocimiento mutuo. La formación continua (la que se imparte a los trabajadores ocupados) no cuenta con ninguna acreditación formal. La formación ocupacional (impartida a los desempleados) conlleva los certificados de profesionalidad expedidos por el Ministerio de Trabajo, que no reconoce el Ministerio de Educación. Esta situación, más la necesidad de ajustar la formación a las necesidades del sistema productivo, llevó a la promulgación de la Ley de Cualificaciones y de la Formación Profesional y al establecimiento del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional. 2. Algunas notas sobre el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional La Ley Orgánica 5/2002, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional (BOE 20/06/02) establece el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional (SNCFP), y lo define en su artículo 2 como: LO 5/2002.artículo. 2: A efectos de esta Ley se entiende por Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional el conjunto de instrumentos y acciones necesarios para promover y desarrollar la integración de las ofertas de la formación profesional, a través del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, así como la evaluación y acreditación de las correspondientes competencias profesionales, de forma que se favorezca el desarrollo profesional y social de las personas y se cubran las necesidades del sistema productivo. Este Sistema debe permitir, además de la acreditación de la formación continua, el reconocimiento de la experiencia laboral, a través de un certificado que respalde su nivel de competencia. En las profesiones reguladas (como es el caso de las profesiones sanitarias), se exige el título correspondiente, por lo que la certificación no es suficiente para el ejercicio profesional. Quién regula y coordina el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional? Corresponde al Estado la regulación y la coordinación, sin perjuicio de las competencias de las Comunidades Autónomas y de la participación de los agentes sociales.

4 El Consejo General de Formación Profesional (CGFP) es el órgano: 1º.- Consultivo y de participación institucional de las Administraciones públicas y los agentes sociales. 2º.- De asesoramiento al Gobierno en materia de formación profesional. Qué es el Instituto Nacional de las Cualificaciones? LO 5/2002. artículo. 5: El Instituto Nacional de las Cualificaciones Profesionales (INCUAL), creado por el RD 375/1999, de 5 de marzo es el órgano técnico de apoyo al Consejo General de la Formación Profesional, responsable de definir, elaborar y mantener actualizado el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y el correspondiente Catálogo Modular de Formación Profesional. Qué es el Catálogo Nacional de las Cualificaciones? Es el instrumento del SNCFP que ordena las cualificaciones profesionales, susceptibles de reconocimiento y acreditación, identificadas en el sistema productivo en función de las competencias apropiadas para el ejercicio profesional.( ) incluye el contenido de la formación profesional asociada a cada cualificación, de acuerdo con una estructura de módulos formativos articulados en un catálogo modular de formación profesional. (R.D. 1128/03 que regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones) Las cualificaciones profesionales que integran el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (CNCP) se ordenan por niveles de cualificación (5 niveles) y por familias profesionales (26 familias entre las que se incluye la familia profesional de Sanidad). Qué se entiende por cualificación profesional? El conjunto de competencias profesionales relativas al empleo que pueden ser adquiridas mediante formación modular u otros tipos de formación y a través de la experiencia laboral. Qué se entiende por competencia profesional? El conjunto de conocimientos y capacidades que permiten el ejercicio de la actividad profesional conforme a las exigencias de la producción y el empleo. Qué carácter tienen los títulos de Formación Profesional y los Certificados de profesionalidad? Los títulos de formación profesional y los certificados de profesionalidad tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. Son expedidos por las Administraciones competentes y tendrán los efectos con arreglo a la normativa de la Unión Europea relativa al sistema general de reconocimiento de la formación profesional. Dichos títulos y certificados acreditan las correspondientes cualificaciones profesionales a quienes los hayan obtenido. En su caso, surten los correspondientes efectos académicos según la legislación aplicable. La evaluación y la acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, tendrá como referente el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y cuando no completen las recogidas en algún título de formación profesional o certificado de profesionalidad, se otorgará una acreditación parcial acumulable con la finalidad, en su caso, de completar la formación conducente a la obtención del correspondiente título o certificado. Cómo se fijarán las equivalencias? El Gobierno, previa consulta al Consejo General de la Formación Profesional, fijará las equivalencias, convalidaciones, correspondencias, y sus efectos de ellas, entre los títulos de formación profesional y los certificados de profesionalidad establecidos y los que se creen. Cómo se elaboran las cualificaciones a incluir en el Catálogo Nacional? Para identificar y actualizar las necesidades de cualificación, el INCUAL trabaja con grupos de expertos propuestos por las Administraciones, los sectores productivos (Empresa pública y privada) y las organizaciones sindicales y empresariales. Una vez elaborada una cualificación, el INCUAL la presenta a información al Consejo General de Formación Profesional y posteriormente el Gobierno la publica. De acuerdo a la Ley 5/02, las cualificaciones y la formación asociada son referencia normativa para la adaptación de los títulos de Ministerio de Educación y los Certificados de Profesionalidad del Ministerio de Trabajo.

5 3. El proceso de discusión de la Cualificación Profesional de Auxiliar de Enfermería En enero de 2005 el INCUAL presenta la cualificación de Auxiliar de Enfermería, a la que CC.OO. respondió con un pormenorizado estudio sobre este perfil, lo que permitió que el INCUAL recogiera funciones que actualmente vienen desempeñando las Auxiliares de Enfermería, asignando a esta cualificación un nivel 3. Primer objetivo conseguido. En el real decreto que regula el Catálogo de Cualificaciones el nivel 3 se define así: Nivel 3: Competencia en un conjunto de actividades profesionales que requieren el dominio de diversas técnicas y puede ser ejecutado de forma autónoma, comporta responsabilidad de coordinación y supervisión de trabajo técnico y especializado. Exige la comprensión de los fundamentos técnicos y científicos de las actividades y la evaluación de los factores del proceso y de sus repercusiones económicas. Este nivel se corresponde con la titulación de técnico superior. El nivel 3 de cualificación no significa la modificación automática del grado medio actual de la Formación Profesional para el título de Técnico Superior en Cuidados Auxiliares de Enfermería, pero, si se confirma el nivel 3 en el Consejo General de Formación Profesional, significará que debe adecuarse la Formación Profesional al Grado Superior. Más de un año después de revisada la cualificación de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería, el INCUAL no la ha presentado al CGFP porque el Ministerio de Sanidad no emite su informe. Como hemos dicho, las profesiones sanitarias son reguladas por el Ministerio de Sanidad (que es a su vez el mayor empleador de esta categoría profesional), por lo que su informe es obligado para que posteriormente el Ministerio de Educación pueda adaptar la formación profesional al contenido de la cualificación propuesta por el INCUAL. Es necesario por tanto que el Ministerio de Sanidad desbloquee el informe al CGFP. 4. Después de la Cualificación Una vez se publique la cualificación en el BOE, no se modifican automáticamente los estudios de Técnico en Cuidados de Enfermería, pero el Ministerio de Educación deberá adaptar la formación a lo establecido en el Catálogo, momento en el que CC.OO. propondrá, a través del CGFP, que se establezca el título de formación profesional de Técnico Superior en Cuidados Auxiliares de Enfermería. La reclasificación El siguiente paso es la negociación en el Foro Marco para el Diálogo Social de la repercusión de la nueva titulación en la clasificación profesional y sus derivaciones retributivas. Y en la Sanidad Privada? En los sectores privados dependerá de la negociación colectiva en cada ámbito. Por ello, Comisiones Obreras propicia y negocia convenios marcos estatales que aseguren la consideración, entre otras cuestiones, del lugar que corresponde a los Técnicos Superiores en Cuidados Auxiliares de Enfermería a todos los efectos.

6 Diversas dudas que se deben aclarar sobre esta cuestión Qué significa haber asignado un nivel 3 a la cualificación de Auxiliar de Enfermería? Significa, fundamentalmente, que se han recogido las funciones que se están desarrollando actualmente en el ámbito laboral, funciones que no se encuentran en el perfil del actual currículum de la Formación Profesional. Decimos esto para prevenir cualquier sentimiento de miedo a desplazamientos o percepción de agravio comparativo que suelen provocar los movimientos de reclasificación. Si conseguimos el grado superior de Formación Profesional, Todas los Auxiliares de Enfermería serán Técnicos Superiores? Nos encontraremos con distintas situaciones: Quienes cursen los estudios de auxiliares de enfermería tras la reforma, saldrán de los Centros de Formación Profesional con el título de Técnico Superior en Cuidados Auxiliar de Enfermería. Las actuales Auxiliares de Enfermería tendrán que pasar un proceso de homologación que les habilite como Técnicos Superiores, y habrá que negociar cómo se produce el paso. Cuando esto suceda, pasarán las auxiliares de enfermería al grupo C de clasificación? Para conseguirlo será preciso establecer otro proceso de negociación, ahora con las administraciones sanitarias para conseguir el reconocimiento del nuevo grado formativo del colectivo de auxiliares de enfermería y las consecuencias laborales y retributivas que este reconocimiento debe tener. Afecta todo ese proceso a las Auxiliares de Enfermería que trabajan en el sector privado? En el plano formativo el proceso es igual, con independencia de que se trabaje en el sector privado o público. En cuanto a las repercusiones laborales y retributivas, una vez conseguido el nuevo nivel formativo, será en el espacio de la negociación colectiva donde habrá que conseguir que esa nueva formación tenga reflejo en las condiciones de trabajo y el salario del personal Auxiliar de Enfermería que trabaja en los sectores privados. Reconocimiento de otras formaciones y experiencia laboral La cualificación de Auxiliar de enfermería es una profesión regulada, es decir, para poder ejercer hay que tener el título de formación profesional correspondiente. Aquellas personas que tengan formación o experiencia laboral relacionada con esta cualificación y cuenten con una acreditación del Sistema Nacional de Cualificaciones, podrán acceder al título superior de Formación Profesional a través de las pruebas que se convoquen en su momento. Pero antes hay que conseguir el reconocimiento del NIVEL 3

7 federación de sanidad y sectores sociosanitarios Telf: Fax: festatal@sanidad.ccoo.es COMUNIDAD AUTÓNOMA TELÉFONO CORREO ELECTRÓNICO Andalucía fsandalucia@sanidad.ccoo.es Aragón fsaragon@sanidad.ccoo.es Asturias fsasturias@sanidad.ccoo.es Canarias fscanarias@sanidad.ccoo.es Cantabria sgral.fs.cn@cantabria.ccoo.es Castilla La Mancha fscmancha@sanidad.ccoo.es Castilla y León frscyleon@sanidad.ccoo.es Ceuta fsceuta@sanidad.ccoo.es Catalunya fsanitat1@conc.es Euskadi sanidadbiz@euskadi.ccoo.es Extremadura fsextremadura@sanidad.ccoo.es Galicia sanidade.sn@galicia.ccoo.es Rioja fsrioja@sanidad.ccoo.es Les Illes sanitat@ccoo.illes.balears.net Madrid fsmadrid@sanidad.ccoo.es Melilla melillafs@sanidad.ccoo.es Murcia fsmurcia@sanidad.ccoo.es Navarra fsnavarra@sanidad.ccoo.es País Valencià sanitat@pv.ccoo.es Tu Tus CONFIANZA Nuestra FUERZA DERECHOS

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