Prof. Charles Zeno Santiago
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- Eugenio Poblete Muñoz
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1 Prof. Charles Zeno Santiago
2 Introducción Propósitos del curso: 1) Expondrán unas ideas y conceptos generales sobre el discrimen en el empleo en P.R. 2) Se destaca que los derechos fundamentales y estatutarios en el derecho puertorriqueño buscan establecer un balance en la composición laboral en el empleo público o privado. 3) En el curso se analizarán también las causas del prejuicio y el discrimen en empleo. 4) Examinaremos la eficacia de las leyes y políticas administrativas y públicas establecida por el Estado y las entidades competentes
3 II. Definición de términos 1) Discrimen -Seleccionar, excluir, dar trato de inferioridad a una persona o colectividad por motivos raciales, religiosos, políticos y otros. Ignacio Rivera García, Diccionario de términos jurídicos, Tercera Edición Revisada, Lexis-Nexis of Puerto Rico, 2000.
4 II. Definición de términos -Distinción o trato dispar que un patrono da a un (a) empleado (a) o grupos de empleados (as) en materias que afectan la condición de su empleo, debido a su edad, nacionalidad, raza, religión, estado civil, sexo, afiliación política o sindical, orientación y preferencial sexual o cualquier otro motivo que no esté relacionado con su trabajo. C. Zeno y Bermudez, Tratado de Derecho del Trabajo, Tomo II, Cap. 1, pág. 1 (2014)
5 II. Definición de términos 2) Discriminación positiva (Acción Afirmativa) -La protección de carácter extraordinario que se ofrece a un grupo históricamente discriminado por motivos de su raza, religión, estado civil, sexo, afiliación política o sindical, orientación y preferencial sexual o cualquier otro motivo que no esté relacionado con su trabajo. C. Zeno y Bermudez, Tratado de Derecho del Trabajo, Tomo II, Cap. 1, pág. 1 y 2 (2014)
6 II. Definición de términos -Trato preferencial a personas que pertenecen a un grupo que ha sufrido pasada discriminación. C. Zeno y Bermudez, Tratado de Derecho del Trabajo, Tomo II, Cap. 1, pág. 1 y 2 (2014)
7 II. Definición de términos 3) Diversidad - Variedad, diferencia. Gran variedad de cosas distintas. La Real Academia de la Lengua - Personas con diferencias individuales. El entorno laboral se afecta por la diversidad que opera en la sociedad de los empleados y la composición laboral debe ser igual que la población en general. Ray Kasin Rivera, Diversidad Laboral Moderna, KRN Consulting, 2010
8 III. Fundamentos Legales A) Principio de la Igualdad y no discriminación normas fundamentales 1) Arts. 7, 23, 24 y 25 Declaración Universal de Derechos Humanos, Sesión plenaria de de la Asamblea general de las Naciones Unidas, 10 de diciembre de 1948
9 III. Fundamentos Legales 2) Art. II, Sección 1, Constitución de P.R. (1952) La dignidad del ser humano es inviolable. Todos los hombres son iguales ante la Ley. No podrá establecerse discrimen alguno por motivo de raza, color, sexo, nacimiento, origen o condición social, ni ideas políticas o religiosas.
10 III. Fundamentos Legales 3) Art. XIV, Sección 1 Constitución de los E.U. dispone:.. Ningún estado aprobará o hará cumplir ley que restrinja los privilegios o inmunidades de los ciudadanos de los Estados Unidos; ni ningún estado privará a persona alguna de su vida, de su libertad o de su propiedad, sin el debido procedimiento de ley, ni negará a nadie, dentro de su jurisdicción, la igual protección de las leyes.
11 III. Fundamentos Legales B)Principio de la Igualdad y no discriminación normas especiales 1)Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964, Pub. Law ; 78 Stat prohíbe el discrimen por razón de raza, color, origen nacional, sexo y religión. 2) Ley 100 de 30 de junio de 1959, 29 L.P.R.A. Sec. 146 et seq. prohíbe el discrimen por razón de raza, color, origen nacional, sexo, religión, origen social, condición social, afiliación política, y orientación sexual o identidad de género.
12 III. Fundamentos Legales C) Entidades competencia política laboral igualdad y diversidad empleo 1) Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo, (29 CFR Chapter XIV) (EEOC) 2) Unidad Antidiscrimen del Departamento del Trabajo de Puerto Rico
13 IV. Existe en el S. XXI la diversidad en el empleo en P.R.? A) Estudios reflejan clara violación a los derechos civiles a todos los niveles en P.R. 1) Dra. Marya Muñoz Vázquez y Dra. Idsa E. Alegría Ortega, Discrimen por raza en los Sistemas de Seguridad y Justicia en P.R., Comisión de derechos Civiles de P.R. (1999) A) Policía -Prácticas de racionalización y perfiles sospechosos del crimen en P.R. perseguir exageradamente a personas que viven en residenciales.
14 IV. Existe en el S. XXI la diversidad en el empleo en P.R.? - Privilegios en asignar tareas a policías. - Discrimen en altos niveles de la jerarquía de la policía. - Uso de epítetos y expresiones despectivas a los dominicanos y negros. - Sobre representación población negra y de escasos recursos en los penales del país.
15 IV Existe en el S. XXI la diversidad B) Judicatura - Sub representación de jueces de escaso recursos económicos o jueces negros, especialmente en la Sala Superior. - Jueces no perciben problema de discrimen en P.R. - Estereotipos raciales en el empleo en P.R.? - Chistes en el tribunal fuera de las salas del tribunal.
16 IV. Existe en el S. XXI la diversidad en el empleo en P.R.? 2) Informe del Comité del Gobernador, CDC, 1959 encontró el discrimen racial existía en P.R. Encontró discrimen en hoteles, fabricas y escuelas privadas. 3) Cámara de representantes de P.R. (1964), encontró racismo en los bancos en P.R. 4) Picó, Rivera, Parilla, Ramos y Zenón (1981), encontró racismo en: escuelas privadas, una infrarrepresentación de personas negras.
17 IV. Existe en el S. XXI la diversidad en el empleo en P.R.? 5) Miranda, Wilfredo (1994) Racismo y Educación en P.R., Río Piedras. Encontró racismo en los textos escolares donde se relega a los negros a puestos inferiores, personalidad hostil, y se niega a reconocer la aportación del negro a cultura o educación puertorriqueña.
18 IV. Existe en el S. XXI la diversidad en el empleo en P.R.? 6) Apatía del Estado para legislar o tomar acciones afirmativas a favor de la diversidad en P.R. 7) Entre el 1959 y 1972 nada se legisló. 8) En el 1975 se creó la Unidad Antidiscrimen. 9) No se ha creado una ley especial para prohibir el hostigamiento racial.
19 IV. Existe en el S. XXI la diversidad en el empleo en P.R.? 10) En el 2006 se engavetó un proyecto que crearía el Procurador de Derechos Civiles por el representante Hon. Luis Raúl Torres. 11) Depto. del Trabajo no ha sido agresivo en la implementación de la política pública en contra del discrimen.
20 IV. Existe en el S. XXI la diversidad en el empleo en P.R.? Art. 3 (a) de la Ley núm. 100 establece: - La obligación de todo patrono y organización obrera de llevar y conservar records si se han cometido prácticas discriminatorias de empleo. - Rendirán informes de dichos records al Depto. del Trabajo. - Establecer reglamentación a estos efectos. - Delito menos grave castigado con multa de cinco ($5,000) mil dólares o cárcel no mayor de 90 días.
21 IV. Existe en el S. XXI la diversidad en el empleo en P.R.? 12-Aumento en la litigación de casos en los tribunales. 13-En el Tribunal Federal la gran mayoría de los casos de discrimen se resuelven sin llegar a juicio por moción de sentencia sumaria. 14- Los jurados en el Tribunal Federal son mayoritariamente educados y de clase media o alta.
22 V. Conclusiones 1) Plan Educativo Nacional de orientación y educación en las escuelas públicas, privadas y las universidades sobre la no discriminación en nuestra sociedad. 2) Creación de un Procurador de Derechos Civiles - Ni la Unidad Antidiscrimen del Dpto. del Trabajo ni la Comisión de Derechos Civiles tienen facultad para presentar casos de discrimen a favor de trabajadores por discrimen en el empleo.
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