SERVICIO DE TELEFONÍA MÓVIL

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1 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES SERVICIO DE TELEFONÍA MÓVIL BASES ADMINISTRATIVAS ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº MTC/10 PRIMERA CONVOCATORIA NOVIEMBRE ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº MTC/10 PRIMERA CONVOCATORIA

2 SERVICIO DE TELEFONIA MOVIL Cuando en las presentes Bases se mencione la palabra Ley, se entenderá que se está haciendo referencia al Texto Único Ordenado la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Ley Nº 26850, aprobado mediante Decreto Supremo Nº PCM, correspondiendo la alusión al Reglamento, al Reglamento de dicha norma, aprobado mediante Decreto Supremo Nº PCM. CAPÍTULO I ASPECTOS GENERALES 1. ENTIDAD CONVOCANTE Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), con domicilio legal en Jirón Zorritos Nº 1203, Distrito de Cercado de Lima. RUC Nº Horario de atención al público: De lunes a viernes, de 08:45 a 16: OBJETO DEL PROCESO Seleccionar a una o más empresas para contratar el servicio de Planes o Bolsas de llamadas a celulares, que será utilizada mensualmente, según la demanda de los usuarios, hasta consumir la totalidad de minutos del contrato en el período de un año para el requerimiento de minutos con destino a la red de Telefonía Móvil Local, el cual se encuentra definido en las Especificaciones Técnicas contenidas en el Anexo Nº 01 de las presentes Bases. 3. VALOR REFERENCIAL De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33º de la Ley, el artículo 34º y la Cuarta Disposición Final del Reglamento, el valor referencial del presente proceso de selección es de S/. 200, (Doscientos Mil Trescientos y 08/100 Nuevos Soles), suma estimada con precios correspondientes al mes de junio de La suma antes indicada incluye todos los impuestos vigentes, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y cualquier otro concepto que pudiera incidir en el costo del servicio a contratar. Para cada uno de los Ítems convocados, el valor referencia es el siguiente: ÍTEM DESCRIPCION VALOR REFERENCIAL S/. 1 A líneas Movistar 122, A líneas Nextel 12, A líneas Claro 66, Los valores máximos y mínimos que los postores pueden ofertar son los siguientes: - 2 -

3 Item Detalle Valor Ref. Valor Máximo En letras A líneas Movistar A líneas Nextel A líneas Claro 122, , , , , , Ciento Treinta y Cuatro Mil Cuatrocientos Sesenta y Cuatro y 08/100 Nuevos Soles Trece Mil Doscientos Sesenta y Seis y 00/100 Nuevos Soles Setenta y Dos Mil Seiscientos y 00/100 Nuevos Soles VALOR MÍNIMO 85, , , En letras Ochenta y Cinco Mil Quinientos Sesenta y Ocho y 06/100 Nuevos Soles Ocho Mil Cuatrocientos Cuarenta y Dos y 00/100 Nuevos Soles Cuarenta y Seis Mil Doscientos y 00/100 Nuevos Soles 4. FUENTE DE FINANCIAMIENTO Recursos Directamente Recaudados y Recursos Ordinarios. 5. SISTEMA Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN El presente proceso de selección se rige por el sistema de contratación a suma alzada. La modalidad de ejecución contractual es con financiamiento de la Entidad que contrata. 6. PLAZO DE EJECUCIÓN El servicio tendrá una duración de doce (12) meses a partir del día siguiente del inicio del servicio del contrato derivado del presente proceso. 7. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE SELECCIÓN Que se haya registrado como participante. No estar incluido en el Registro de Proveedores Inhabilitados para Contratar con el Estado. No estar comprendido en ninguno de los impedimentos señalados en el artículo 9º de la Ley. La participación de postores en consorcio se regirá de acuerdo a lo establecido en el artículo 37º de la Ley, el artículo 74 de su Reglamento, así como por las disposiciones que sobre dicho aspecto haya emitido el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE)

4 CAPÍTULO II BASE LEGAL El presente proceso de selección se rige por la siguiente normativa: Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Sector Transportes y Comunicaciones. Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Ley 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Decreto Supremo N PCM, Texto Único Ordenado Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y modificatorias. Decreto Supremo N PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y modificatorias. Ley Nº 27143, Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional Ley Nº 27633, Ley que modifica la Ley Nº Ley Nº 28242, Ley Complementaria a la Ley Nº Decreto de Urgencia Nº , Modifica la Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional. Decreto Supremo Nº PCM, Establecen disposiciones para la aplicación del Decreto de Urgencia Nº , sobre calificación técnica y económica obtenida por postores de bienes y servicios elaborados dentro del territorio nacional. Resolución de la Contraloría Nº CG Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Público. Resolución de la Contraloría Nº GC Pacto de Integridad Resolución N CONSUCODE/PRE, Aprueba Directiva N CONSUCODE/PRE, Procedimiento para la remisión de los actuados de las observaciones a las Bases formuladas por los adquirientes que no hayan sido acogidas por los comités especiales. Resolución N CONSUCODE/PRE, Aprueba Directiva N CONSUCODE/PRE, que establece disposiciones complementarias para la participación de postores en consorcio en las contrataciones y adquisiciones del Estado. Resolución Secretarial N MTC/04, que designa a los Miembros del Comité Especial encargado de conducir el presente proceso de selección

5 CAPÍTULO III CONVOCATORIA, REGISTRO DE PARTICIPANTES, CONSULTAS Y OBSERVACIONES E INTEGRACION DE LAS BASES, PRÓRROGAS Y POSTERGACIONES 1. CONVOCATORIA La convocatoria se realizará en una misma fecha, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (SEACE). 2. REGISTRO DE PARTICIPANTES Todo proveedor que desee intervenir como postor en el presente proceso de selección deberá registrarse ante el MTC, pagando el siguiente derecho: Derecho de Participación Forma de Pago Lugar de Venta Horario de Atención S/ (Diez y 00/100 Nuevos Soles) Al contado y/o en efectivo. Jr. Zorritos Nº 1203 Cercado de Lima, Dirección de Tesorería-Caja (Primer Piso) De 08:45 a 15:45 Horas (Horario de corrido). La Tesorería del MTC no realiza venta de Bases Administrativas el último día hábil de cada mes. Para registrarse, la persona natural o jurídica que solicite participar en un proceso de selección y solicite ser notificado electrónicamente, deberá consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, para que las notificaciones, conforme a lo previsto en el Reglamento, deban realizarse. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que uno de sus integrantes se haya registrado. 3. CALENDARIO DEL PROCESO El calendario del presente proceso de selección es el siguiente: Convocatoria 22 de noviembre de 2007 Registro de Participantes Del 23 de noviembre al 07 de diciembre de 2007 Presentación de Consultas y Del 23 al 27 de noviembre de 2007 Observaciones a las Bases Absolución de Consultas y Observaciones 30 de noviembre de 2007 Integración de Bases 05 de diciembre de 2007 Presentación de Propuestas y Apertura de Sobres Otorgamiento de la Buena Pro 11 de diciembre de 2007 a las 11:00 a.m. 13 de diciembre de 2007 a las 10:00 a.m. 4. FORMULACIÓN Y ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES Las consultas a las Bases serán presentadas conjuntamente con la presentación de observaciones, por escrito dirigido al Comité Especial, según el formato contenido en el Anexo Nº 08, en sobre cerrado, con el rótulo que se detalla a continuación, en Jirón - 5 -

6 Zorritos Nº 1203, Cercado de Lima, en el horario de 08:45 a 12:45 y de 14:00 a 16:00, en las fechas indicadas en el calendario del proceso de selección. Ministerio de Transportes y Comunicaciones Ref. Adjudicación Directa Pública Nº MTC/10 Atte. Presidente del Comité Especial Dirección: Jirón Zorritos Nº Cercado de Lima Oficina de Trámite Documentario (Primer Piso) Ciudad: Lima 1 A través de las consultas, los participantes podrán solicitar la aclaración de cualquiera de los extremos de las Bases o plantear solicitudes respecto de ella. De otro lado, las observaciones que se formulen deberán versar sobre el incumplimiento de las condiciones mínimas a que se refiere el artículo 25º de la Ley, de cualquier disposición en materia de adquisiciones y contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. El Comité Especial publicará a través del SEACE la absolución de las consultas y observaciones, mediante un pliego absolutorio, debidamente fundamentado, el cual deberá notificar a través del SEACE, en la Sede de la Entidad y a los correos electrónicos de los participantes, de ser el caso, en un plazo máximo de tres (03) días. Tratándose de las observaciones, el Comité Especial deberá absolverlas de manera fundamentada y sustentada, sea que las acoja, las acoja parcialmente o no las acoja, mediante un pliego absolutorio que deberá contener la identificación de cada observante y la respuesta del Comité Especial para cada observación presentada. 5. ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES ANTE EL CONSUCODE Los observantes tienen la opción de solicitar que las Bases y los actuados del proceso sean elevados al CONSUCODE dentro de los tres (03) días siguientes al vencimiento del término para absolverlas. Dicha opción no sólo se originará cuando las observaciones formuladas no sean acogidas por el Comité Especial, sino, además, cuando el mismo observante considere que el acogimiento declarado por el Comité Especial continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 25º de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. Igualmente, cualquier otro participante que se hubiere registrado como tal con anterioridad a la etapa de formulación de observaciones, tendrá la opción de solicitar la elevación de las Bases al CONSUCODE cuando habiendo sido acogidas las observaciones formuladas por los observantes, considere que la decisión adoptada por el Comité Especial es contraria a lo dispuesto por el artículo 25º de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. En concordancia con lo indicado en los párrafos precedentes, el Comité Especial deberá incluir en el pliego de absolución de observaciones, el requerimiento de pago de la tasa por concepto de remisión de actuados al CONSUCODE. En el plazo máximo de diez (10) días, el CONSUCODE resolverá las observaciones y, de ser el caso, se pronunciará de oficio sobre cualquier aspecto de las Bases que contravenga la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado. Asimismo, en dicho plazo, requerirá las acreditaciones que resulten pertinentes, a través de un - 6 -

7 pronunciamiento que se publicará en el SEACE. De no emitir Pronunciamiento dentro del plazo establecido, el CONSUCODE devolverá el importe de la tasa al observante manteniendo la obligación de emitir el respectivo pronunciamiento. Una vez publicado el Pronunciamiento del CONSUCODE deberá ser implementado estrictamente por el Comité Especial, aun cuando ello implique que dicho órgano acuerde, bajo responsabilidad, la suspensión temporal del proceso y/o la prórroga de las etapas del mismo, en atención a la complejidad de las correcciones, adecuaciones o acreditaciones que sea necesario realizar. El Comité Especial no puede continuar con la tramitación del proceso de selección si no ha cumplido con implementar adecuadamente lo dispuesto en el Pronunciamiento del CONSUCODE, bajo sanción de nulidad y sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar. Contra el pronunciamiento del CONSUCODE, no cabe la interposición de recurso alguno y constituye precedente administrativo. 6. INTEGRACIÓN DE BASES Una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones, o si las mismas no se han presentado, las Bases quedarán integradas como reglas definitivas y no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular o de la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según sea el caso. En los casos en que no se hubiere elevado al CONSUCODE el expediente respectivo, corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases conforme a lo dispuesto en los pliegos de absolución de consultas y de absolución de observaciones; de lo contrario, el proceso de selección resultará inválido. El Comité Especial no puede continuar con la tramitación del proceso de selección si no ha cumplido con publicar las Bases integradas a través del SEACE, bajo sanción de nulidad y sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar. Las Bases Integradas se publicaran en el SEACE al día (03) siguiente de la fecha señalada para la absolución de las consultas y observaciones. En igual plazo, el Comité Especial remitirá copia de las Bases Integradas al Órgano de Control Institucional de la Entidad. Una vez integradas las Bases, el Comité Especial es el único autorizado para interpretarlas durante el ejercicio de sus funciones y sólo para los efectos de su aplicación. 7. PRÓRROGAS Y POSTERGACIONES El Comité Especial podrá prorrogar las etapas del proceso de selección, siempre y cuando, medien causas justificadas. En este caso, la prórroga o postergación de las etapas del proceso de selección deberán registrarse en el SEACE, modificando el cronograma original. El Comité Especial comunicará dicha decisión a los participantes o postores, según sea el caso, en la propia Entidad o al correo electrónico que hayan consignado al registrarse como participantes

8 CAPÍTULO IV CONDICIONES DE CARÁCTER TÉCNICO ECONÓMICO 1. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Todos los documentos que contengan información esencial de las propuestas en un proceso de selección se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. 2. DE LAS PROPUESTAS Las propuestas se presentarán en original y en dos (02) copias numeradas, visadas en todas las páginas que contengan información del postor o su representante legal autorizado, en dos (02) sobres, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica, debidamente cerrados e identificados con su respectivo membrete, de acuerdo con el siguiente detalle: MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES ATTE. PRESIDENTE DEL COMITÉ ESPECIAL SOBRE Nº 01: PROPUESTA TÉCNICA ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº MTC/10 PRIMERA CONVOCATORIA SERVICIO DE TELEFONIA MOVIL NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: RUC: MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES ATTE. PRESIDENTE DEL COMITÉ ESPECIAL SOBRE Nº 02: PROPUESTA ECONÓMICA ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº MTC/10 PRIMERA CONVOCATORIA SERVICIO DE TELEFONIA MOVIL NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: RUC: El postor será responsable por la exactitud y veracidad de los documentos que presenta. El Comité Especial se reserva el derecho de realizar la verificación de lo mencionado en las propuestas presentadas, comunicando al CONSUCODE los hechos que pudieran dar lugar a la aplicación de sanciones. Cuando las propuestas se presenten en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno. Cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin

9 Las propuestas económicas deberán incluir todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del bien, servicio u obra a adquirir o contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados hasta con dos decimales. Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio. 3. CONTENIDO DE LOS SOBRES SOBRE Nº 01: PROPUESTA TÉCNICA (01 ORIGINAL Y 02 COPIAS) La propuesta técnica deberá estar debidamente foliada e incluirá los documentos que se detallan a continuación: 1.1 Índice de la propuesta, indicando en forma clara y precisa el número de página en donde se ubica cada documento. La omisión del índice no descalifica la propuesta (opcional). 1.2 Carta de presentación del postor, según modelo del Anexo Nº 02. Cuando se trate de Consorcios, el presente documento será presentado por cada uno de los miembros del Consorcio (obligatorio). 1.3 Declaración Jurada de conformidad con el artículo 76º del Reglamento, según modelo del Anexo Nº 03. Cuando se trate de Consorcios, el presente documento será presentado por cada uno de los miembros del Consorcio (obligatorio). 1.4 Pacto de Integridad, según el formato contenido en el Anexo Nº 04. Cuando se trate de Consorcios, el presente documento será presentado por cada uno de los miembros del Consorcio (obligatorio). 1.5 Declaración Jurada de Micro o Pequeña Empresa, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, aprobada mediante Ley Nº 28015, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº TR, según formato contenido en el Anexo Nº 05 de las Bases (opcional). 1.6 Promesa de Consorcio, en el caso que corresponda, se indicará el nombre de su apoderado común, además se precisará el nombre o razón social de las empresas consorciadas, nombre del representante legal, documentos de identidad o RUC, domicilio legal de cada una de las consorciadas, según formato contenido en el Anexo Nº 06, de conformidad con lo establecido en el artículo 37º de la Ley y en la Directiva Nº /CONSUCODE/PRE, referida a disposiciones complementarias para la participación de postores en Consorcio en las contrataciones y adquisiciones del Estado (opcional). 1.7 Declaración Jurada del postor de cumplimiento de los Términos de Referencia, según el formato contenido en Anexo Nº 07. Cuando se trate de Consorcios, cada uno de los consorciados deberá presentar la Declaración Jurada (obligatorio). 1.8 Copia simple de la Constancia de Inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores. En caso de Consorcios, cada una de las empresas consorciadas deberá cumplir con adjuntar el presente documento (obligatorio). 1.9 Declaraciones juradas de Prestación de servicios en el territorio nacional para la obtención del 20% adicional sobre el puntaje total (Anexo 09) Demás documentos que sirvan para acreditar lo ofrecido en la propuesta técnica del postor

10 SOBRE Nº 02: PROPUESTA ECONÓMICA (01 ORIGINAL Y 02 COPIAS) La propuesta económica deberá estar debidamente foliada e incluirá los documentos que se detallan a continuación: I. Monto ofertado, de acuerdo al modelo del Anexo Nº 10, indicando el precio en Nuevos Soles. Deberá incluir todos los costos directos e indirectos, personal, materiales, desgastes de equipos, tributos vigentes o los que los sustituyan, seguros, transportes, inspecciones, utilidades y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo del servicio a contratar. NOTA: De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Nº 27738, que modifica el artículo 33º de la Ley, las propuestas económicas no deben exceder en más del diez por ciento (10%) el valor referencial, o ser inferiores al setenta por ciento (70%) del valor referencial; caso contrario, éstas serán devueltas por el Comité Especial, teniéndolas por no presentadas. 4. PRECIO El precio será expresado en Nuevos Soles, bajo el Sistema a suma alzada, y deberá incluir todos los costos directos e indirectos, personal, materiales, desgastes de equipos, tributos vigentes o los que los sustituyan, seguros, transportes, inspecciones, utilidades y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo del servicio materia del presente proceso, conforme el formato del Anexo Nº 10 de las Bases. 5. PLAZO DE VALIDEZ DE LA OFERTA La propuesta en su aspecto técnico y económico, tendrá vigencia durante el proceso de selección y hasta la suscripción del contrato, en caso el postor resulte favorecido con el otorgamiento de la Buena Pro. 6. DE LAS GARANTÍAS Los únicos medios de garantía que debe presentar el contratista son la carta fianza o la póliza de caución, las mismas que deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, siempre y cuando hayan sido emitidas por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros. 7. DE LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO Como requisito indispensable para suscribir el contrato, el postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por cien (10%) del monto del contrato y, tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista, en el caso de bienes y servicios, o hasta el consentimiento de la liquidación final, en el caso de ejecución y consultoría de obras. Alternativamente, en caso de suministro periódico de bienes o de prestación de servicios de ejecución periódica, distintos de los de consultoría de obras, las micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por cien (10%) del monto del contrato conforme a lo establecido en la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, y su Reglamento. Las entidades están obligadas a aceptar las garantías que se hubieren emitido conforme a lo dispuesto en los párrafos precedentes, bajo responsabilidad. 8. DE LA GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE LA PROPUESTA

11 Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del diez por cien (10%) de éste en los procesos de selección para la contratación de servicios, o en más del veinte por ciento (20%) de aquél en el proceso de selección para la adquisición o suministro de bienes, junto a la garantía de fiel cumplimiento y con idéntico objeto y vigencia, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por cien (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. 9. DE LA EJECUCIÓN DE GARANTÍAS Las garantías sólo se ejecutarán en los siguientes casos: 1) Cuando el contratista no la hubiere renovado antes de la fecha de su vencimiento. Contra esta ejecución, el contratista no tiene derecho a interponer reclamo alguno. Una vez culminado el contrato, y siempre que no existan deudas a cargo del contratista, el monto ejecutado le será devuelto a éste sin dar lugar al pago de intereses. Tratándose de las garantías por adelantos, no corresponde devolución alguna por entenderse amortizado el adelanto otorgado. 2) La garantía de fiel cumplimiento y la garantía adicional por el monto diferencial de propuesta se ejecutarán, en su totalidad, sólo cuando la resolución por la cual la Entidad resuelve el contrato por causa imputable al contratista, haya quedado consentida o cuando por laudo arbitral consentido y ejecutoriado se declare procedente la decisión de resolver el contrato. El monto de las garantías corresponderá íntegramente a la Entidad, independientemente de la cuantificación del daño efectivamente irrogado. 3) Igualmente, la garantía de fiel cumplimiento y, de ser necesario, la garantía por el monto diferencial de propuesta se ejecutarán cuando transcurridos tres (3) días de haber sido requerido por la Entidad, el contratista no hubiera cumplido con pagar el saldo a su cargo establecido en el acta de conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista, en el caso de bienes y servicios, o en la liquidación final del contrato debidamente consentida o ejecutoriada, en el caso de ejecución de obras. Esta ejecución será solicitada por un monto equivalente al citado saldo a cargo del contratista. 10. FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO El pago será mensual y en Nuevos Soles, previa conformidad de la prestación del servicio por parte de la Oficina de Tecnología de Información. Dicha área deberá otorgar la conformidad en un plazo que no excederá de diez (10) días de ser los servicios recibidos, a fin de permitir que el pago se realice dentro de los diez (10) días siguientes. La Oficina de Tecnología de Información podrá indicar que los servicios prestados no se encuentran de acuerdo a lo establecido en el Contrato, en el plazo antes referido. Para proceder al pago mensual, el contratista deberá cumplir con adjuntar la siguiente documentación: Factura por el servicio prestado Conformidad de servicios remitida por la Oficina de Tecnología de Información

12 CAPÍTULO V ACTO PÚBLICO DE RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS 1. PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y APERTURA DEL SOBRE Nº 1 DE LA PROPUESTA TÉCNICA Sede y participantes del acto de recepción. En la fecha y hora señalada en el Calendario del Proceso, el acto de recepción de propuestas será público y se llevará a cabo en la Sala de Reuniones de la Sede Central del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Piso: 1, sito en Jr. Zorritos Nº 1203, en el Cercado de Lima, en presencia del Comité Especial y de un Notario Público, quien certificará la información y/o documentación contenida en los sobres y dará fe del acto. Orden de entrega de las propuestas. Se dará inicio al acto público de recepción de propuesta llamando a los participantes en el orden en el que aparecen registrados para que entreguen los sobres conteniendo las propuestas técnicas y económicas, en dos sobres cerrados y lacrados cada uno de ellos. Acreditación de postores. El postor acreditará por escrito a su Representante Legal, quien deberá identificarse con su Documento Nacional de Identidad. En caso el Representante Legal del postor no pudiera intervenir directamente en el acto público del proceso de selección convocado, podrá delegar su representación a un tercero, mediante carta poder simple de acreditación. En ambos casos el postor deberá acreditar la adquisición de las Bases con la presentación del comprobante de pago respectivo. Forma de presentación de las propuestas. Se presentarán en dos (02) sobres separados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica, Cuando las propuestas se presenten en hojas simples, éstas se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, llevando el sello y firma del postor, debiendo estar foliadas correlativamente empezando con el número uno (01). La última hoja será firmada por el postor y su representante legal o mandatario designado para tal efecto. Cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y firma del postor o su representante legal, o el mandatario designado para dicho efecto. Ausencia de algún postor. Si al momento de ser llamado el postor, éste no se encontrara presente, se le tendrá por desistido de participar en el proceso de selección convocado. Si algún postor es omitido podrá acreditarse con la presentación del comprobante de pago por el derecho de inscripción. Los integrantes de un Consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un Consorcio. Apertura de sobres de las propuestas técnicas. Después de recibidos los sobres por el Comité Especial, éste procederá a abrir el sobre que contiene la propuesta técnica de cada postor y, en primer lugar, comprobará que los documentos presentados por cada uno de los postores acrediten el cumplimiento de los requisitos técnicos mínimos indicados en los Términos de Referencia contenidos en el Anexo Nº 01 de las presentes Bases. En caso contrario, el Comité Especial devolverá los documentos al postor, salvo que éste último exprese su disconformidad, en cuyo caso se dejará constancia de tal circunstancia en el Acta respectiva, y el Notario Público autenticará una copia de la propuesta técnica del postor, la cual mantendrá en su poder

13 hasta que el postor formule su apelación o deje consentir la devolución. En caso se formulara la apelación, se estará a lo que resuelva finalmente el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Defectos subsanables y no subsanables. Si existieran defectos de forma tales como omisiones o errores subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, el Comité Especial otorgará un plazo máximo de dos (02) días, desde el día siguiente de la notificación, para que el postor los subsane, en cuyo caso la propuesta continuará vigente para todo efecto, a condición de la efectiva enmienda del defecto encontrado dentro del plazo previsto, salvo que el defecto pueda corregirse en el mismo acto. Cierre de sobres para su posterior evaluación. Luego de haberse efectuado la apertura de los sobres de las propuestas técnicas, la evaluación y calificación se realizará en fecha posterior y en privado, para tal efecto, el Notario Público procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas, dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, los miembros del Comité Especial y los postores que así lo deseen, hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas, por lo que en ese momento se dará por terminado dicho acto público. Levantamiento del Acta. Se levantará un Acta, la cual será suscrita por el Notario Público, por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. 2. PROCEDIMIENTO PARA LA APERTURA DEL SOBRE Nº 2 DE LA PROPUESTA ECONÓMICA Sede, lugar y fecha del Acto Público El acto público se llevará a cabo en la Sala de Reuniones de la Sede Central del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Piso: 1, sito en Jr. Zorritos Nº 1203, en el Cercado de Lima. El día y hora señalada en el Cronograma se iniciará el acto público y se darán a conocer los resultados obtenidos en la evaluación de las propuestas técnicas. Comunicación de los resultados de la evaluación técnica. En el acto público de apertura del sobre económico, el Comité Especial comunicará el puntaje obtenido en las propuestas técnicas. Igualmente, en dicho acto se informará sobre aquellas propuestas que han sido eliminadas por no alcanzar el puntaje mínimo requerido, devolviéndose a los postores descalificados los Sobres Nº 02 sin abrir. Apertura de sobres con las Propuestas Económicas (Sobre Nº 02). El Comité Especial verificará la inviolabilidad de cada propuesta, luego se abrirán los sobres públicamente y se leerá su contenido, aplicándose el procedimiento para las propuestas técnicas, salvo en lo referente a las omisiones o errores en los que no cabe subsanación alguna de la propuesta económica, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 125º del Reglamento. Consideraciones a tener en cuenta para la evaluación de las propuestas económicas. Las propuestas económicas serán evaluadas en la fecha prevista en el cronograma del proceso de selección, de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. Aquellas propuestas económicas que excedan en más del diez (10%) por ciento y

14 las que fueren inferiores al setenta (70%) por ciento del valor referencial serán devueltas por el Comité Especial, teniéndolas por no presentadas. Otorgamiento de la Buena Pro y comunicación de los resultados. El Presidente del Comité Especial anunciará la propuesta ganadora, indicando el orden en que han quedado calificados los postores, según el orden alcanzado en el Cuadro Comparativo, en el que se consignará el orden de prelación y el puntaje técnico, económico y total obtenido por cada uno de los postores. Consideraciones a tener en cuenta en caso de empate En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando estrictamente el siguiente orden: 1) A favor del postor que haya obtenido el mejor puntaje técnico, tratándose de servicios; o, 3) A prorrata entre los postores ganadores, de acuerdo con el monto de sus propuestas, siempre que el objeto de la contratación sea divisible y aquellos manifiesten su voluntad de cumplir la parte correspondiente del contrato; o 4) A través de sorteo en el mismo acto. Levantamiento del Acta. Del acto de apertura de las propuestas de adjudicación se levantará un acta que será suscrita por todos los miembros del Comité Especial, por los postores que deseen hacerlo y el Notario Público que dará fe del acto. Copias del Acta a los postores. Todo postor que se encuentre presente en el acto recibirá por escrito, copia del Acta de Otorgamiento de la Buena Pro. Publicación en el SEACE. El otorgamiento de la Buena Pro se publicará en el SEACE

15 CAPÍTULO VI OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO La evaluación y calificación de las propuestas técnicas presentadas por los postores se realizará en la fecha establecida en el Cronograma del proceso de selección. Método de Evaluación y Calificación de Propuestas. La evaluación de las propuestas es integral, realizándose en dos (2) etapas. La primera es la evaluación técnica, cuya finalidad es calificar la calidad de la propuesta, y la segunda es la evaluación económica, cuyo objeto es calificar el monto de la propuesta. Las propuestas técnicas y económicas se evalúan asignándoles puntajes de acuerdo a los factores y criterios de evaluación y calificación que establezcan las presentes Bases. El procedimiento general de evaluación será el siguiente: 1. En la evaluación técnica, a efecto de la admisión de las propuestas, el Comité Especial verificará que las ofertas cumplan con los requerimientos técnicos mínimos establecidos en los Términos de Referencia contenidos en los Anexos Nº 01 de las presentes Bases. Sólo una vez admitidas las propuestas, el Comité Especial aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor. Para acceder a la evaluación económica es requisito indispensable obtener como mínimo ochenta (80) puntos en la evaluación de la propuesta técnica. Aquellas propuestas técnicas que no alcancen dicho puntaje serán descalificadas en esta etapa. 2. La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula: Pi = Om x PMPE/Oi Donde: i Pi Oi Om PMPE = Propuesta = Puntaje de la propuesta económica i = Propuesta Económica i = Propuesta Económica de monto o precio más bajo = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica Evaluación y Calificación de Propuestas. La evaluación de propuestas se sujetará a las siguientes reglas: 1. En la evaluación técnica, el Comité Especial evaluará y calificará cada propuesta de acuerdo con lo establecido en las presente Bases y conforme a una escala que sumará cien (100) puntos. Para acceder a la evaluación económica es requisito indispensable obtener como mínimo ochenta (80) puntos en la evaluación de la propuesta técnica. 2. En la evaluación económica, el puntaje de la propuesta económica se calculará asignando el puntaje máximo de cien (100) puntos a la propuesta económica de menor monto. Al

16 resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, de acuerdo a lo establecido en el artículo 69º del Reglamento. 3. Una vez efectuada la evaluación técnica y económica de las propuestas se determinará el puntaje total de las mismas. Tanto la evaluación técnica como la económica se califican sobre cien (100) puntos. La propuesta evaluada como la mejor será la que obtenga el mayor puntaje total. El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula. PTPi = c1pti + c2pei Donde: PTPi = Puntaje Total del postor i PTi = Puntaje por Evaluación Técnica del postor i PEi = Puntaje por Evaluación Económica del postor i c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica a. La suma de ambos coeficientes deberá ser igual a la unidad (1.00) b. Las ponderaciones serán de siete (0.7) para la evaluación técnica y de tres décimas (0.3) para la evaluación económica. CAPÍTULO VII SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Interposición de Recurso de Apelación Las discrepancias de los postores relacionados con los actos administrativos producidos durante el proceso de selección, solamente podrán dar lugar a la interposición de recurso de apelación ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, conforme lo establece las modificaciones efectuadas a la Ley y el Reglamento, mediante la Ley y el Decreto Supremo EF, respectivamente

17 CAPÍTULO VIII FACTORES DE EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA EVALUACION TECNICA HASTA 100 PUNTOS Factores técnicos de evaluación Se evaluará sólo las propuestas técnicas que cumplan con las especificaciones técnicas mínimas. Especificaciones técnicas mínimas: Cumple Se acepta No cumple Se desestima FACTORES Y CRITERIOS DE EVALUACION FACTOR REFERIDO AL POSTOR : EXPERIENCIA DEL POSTOR Más del 300% hasta el 500% del Valor Referencial puntos Más del 200% hasta el 300% del Valor Referencial puntos Del 100% al 200% del Valor Referencial puntos PUNTAJE TOTAL 30 PUNTOS Se evaluará la experiencia del postor en la especialidad de servicios similares, acreditada con copia simple de los comprobantes de pago cancelados o, en su defecto, con copia del contrato y su respectiva conformidad de culminación de la prestación del servicio con un máximo de diez (10) servicios, por un periodo no mayor a tres (3) años a la fecha de la presentación de propuestas. FACTORES REFERIDOS AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA: COBERTURA A NIVEL NACIONAL 24 departamentos y dentro de un rango de provincias, además de una cobertura de más de 250 localidades de provincias..40 puntos 40 PUNTOS 24 departamentos y dentro de un rango de provincias, cobertura de 230 a 250 localidades de provincias.. 35 puntos 24 departamentos y dentro de un rango de provincias, cobertura de menos de 230 localidades de provincias puntos Se evaluará la Declaración Jurada que presente el Postor, indicando la cobertura que ofrece a Nivel Nacional PLAZO DE ENTREGA DEL SERVICIO OPERATIVO 3 días calendario puntos 4 días calendario.. 15 puntos 5 días calendario.. 12 puntos 18 PUNTOS Se evaluará la Declaración Jurada que presente el Postor, indicando el plazo de entrega de los equipos operativos, contado a partir del día siguiente de la suscripción del contrato. MEJORAS Asignación de 3% adicionales de minutos a la bolsa solicitada puntos Garantizar comunicación preferencial en caso de desastres...04 puntos Asignación de 03 líneas con red privada ilimitada...04 puntos 12 PUNTOS Se evaluará la Declaración Jurada que presente el Postor, indicando la o las mejoras de la propuesta, las mismas que no deberán representar costo para el MTC, sin condiciones previas para su otorgamiento. El MTC hará efectivo este adicional dentro del plazo de vigencia del contrato

18 PUNTAJE TOTAL 100 PUNTOS CAPÍTULO IX EVALUACIÓN ECONÓMICA DE PROPUESTAS De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 2) del artículo 66º del Reglamento, el único factor de evaluación de la propuesta económica será el monto total de la oferta. No cabe subsanación alguna por omisiones o errores en la propuesta económica, de conformidad con lo establecido en el artículo 125º del Reglamento. La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula: Pi = Om x PMPE/Oi Donde: i Pi Oi Om PMPE = Propuesta = Puntaje de la propuesta económica i = Propuesta Económica i = Propuesta Económica de monto o precio más bajo = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica Determinación de la oferta con el mejor costo total. El puntaje para determinar la oferta con el mejor costo total será el promedio ponderado de las evaluaciones técnicas y económicas. Las ponderaciones serán de siete (0.7) para la evaluación técnica y de tres décimas (0.3) para la evaluación económica. Así tenemos que para el postor i: PCTi = 0.7 x Pti x Pei Donde: PCTi = Puntaje de Costo Total del postor i Pti = Puntaje por Evaluación Técnica del postor i Pei = Puntaje pro Evaluación Económica del postor i De acuerdo con lo dispuesto mediante Ley Nº 27633, que modifica la Ley Nº 27143, Ley de Promoción Temporal de Desarrollo Productivo, la bonificación adicional del veinte (20%) por ciento se aplicará siempre y cuando los postores beneficiados hayan presentado la Declaración Jurada correspondiente. Dicha Declaración Jurada se encuentra comprendida en el Anexo Nº 09, por tanto, para que el postor se haga acreedor a la citada bonificación deberá cumplir con declararlo expresamente en dicho anexo. Acceso al Expediente de Contratación El Comité Especial está en la obligación de permitir el acceso de los participantes o postores al expediente de contratación, previa solicitud. En el caso que se haya producido la presentación de propuestas, el acceso a éstas sólo se dará una vez que se hayan comunicado los resultados de la evaluación y calificación respectivas. Otorgamiento de la Buena Pro

19 El otorgamiento de la Buena Pro se hará mediante acto público en la fecha señalada en el cronograma del proceso. Todas las impugnaciones que recaigan sobre el acto de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se regulan por lo dispuesto en los artículos 54º y siguientes de la Ley y su Reglamento. Consentimiento de la Buena Pro Cuando se hayan presentado dos o más propuestas, el consentimiento de la buena pro se producirá a los ocho (08) días hábiles desde su notificación en el SEACE, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En caso de haberse presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se producirá el mismo día de su notificación. Dentro del día siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la buena pro, éste deberá ser publicado en el SEACE. Una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro, el Comité Especial remitirá el expediente de contratación a la Oficina General de Administración, la que asumirá competencia desde ese momento para ejecutar los actos destinados a la formalización del contrato

20 CAPÍTULO X SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Obligación de Contratar. Una vez que la buena pro ha quedado consentida o administrativamente firme, tanto la Entidad como el o los postores ganadores, están obligados a suscribir el o los contratos respectivos. El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el contratista, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal. La Entidad no puede negarse a suscribir el contrato, salvo por razones de recorte presupuestal correspondiente al objeto materia del proceso de selección debidamente acreditadas. La negativa a hacerlo basada en otros motivos, genera responsabilidad funcional en su Titular o máxima autoridad administrativa, así como en el responsable de Administración o de Logística o el que haga sus veces. En caso que el o los postores ganadores de la buena pro se nieguen a suscribir el contrato, serán pasibles de sanción, salvo imposibilidad física o jurídica sobrevenida al otorgamiento de la buena pro que no le es atribuible, declarada por el Tribunal. Contenido del Contrato El contrato está conformado por el documento que lo contiene, las Bases integradas y la oferta ganadora, así como los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes y que hayan sido expresamente señalados en el contrato. El contrato es obligatorio para las partes y se regula por lo dispuesto en el Título V del Reglamento. En todo caso, son de aplicación supletoria las normas del Código Civil. Sujetos de la relación contractual Son sujetos de la relación contractual la Entidad y el contratista. En aquellos casos en los que se haya distribuido o prorrateado la buena pro entre dos o más postores se formalizará un contrato con cada postor. Requisitos para suscribir el contrato Para suscribir el contrato, el postor ganador de la buena pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: 1. Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado, salvo en los contratos derivados de procesos de menor cuantía, en los que la Entidad deberá efectuar la verificación correspondiente ante el Registro Nacional de Proveedores; 2. Garantías, salvo casos de excepción; 3. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso, y, 4. Todos aquellos documentos que se solicitan en los Términos de Referencia de las Bases del proceso. Estos requisitos no serán exigibles cuando el contratista sea otra Entidad, cualquiera sea el proceso de selección, con excepción de las empresas del Estado que deberán cumplirlos. Luego de la suscripción y, en el mismo acto, la Entidad entregará un ejemplar del contrato al contratista.constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado

21 Plazo y procedimiento para suscribir el contrato Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la buena pro, los plazos y el procedimiento para suscribir el contrato son los siguientes: 1. Dentro de los dos (02) días hábiles siguientes al consentimiento de la buena pro, la Entidad deberá citar al postor ganador, otorgándole un plazo mínimo de cinco (05) días y máximo de diez (10) días hábiles dentro del cual deberá presentarse a suscribir el contrato con toda la documentación requerida; 2. Cuando el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, perderá automáticamente la buena pro, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable. En tal caso, la Entidad llamará al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, procediéndose conforme al plazo dispuesto en el inciso precedente. Si este postor no suscribe el contrato, la Entidad declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable; 3. Cuando la Entidad no cumpla con citar al ganador de la buena pro o suscribir el contrato dentro del plazo establecido, el postor podrá requerirla para su suscripción, dándole un plazo no mayor de diez (10) días hábiles. En estos casos, la Entidad deberá reconocer a favor del postor una cantidad equivalente al uno por mil (1%) del monto total de su propuesta económica por cada día de atraso, computado desde el requerimiento y hasta la fecha efectiva de suscripción del contrato, con un tope máximo de diez (10) días hábiles; y, 4. Vencido el plazo sin que la Entidad haya suscrito el contrato, el postor podrá solicitar se deje sin efecto el otorgamiento de la buena pro. En tal caso, la Entidad deberá reconocerle una indemnización por el único concepto de lucro cesante, cuyo monto deberá ser sustentado por el postor y no podrá ser mayor al 10% del monto adjudicado; sin perjuicio de la responsabilidad que le pudiera corresponder al Titular o máxima autoridad administrativa de la Entidad o al funcionario competente para la suscripción del contrato. De surgir alguna controversia, ésta será resuelta por el Tribunal. Perfeccionamiento del contrato El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. Vigencia del contrato El contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Nulidad del contrato. Son causales de nulidad del contrato las previstas por el artículo 9 de la Ley, así como cuando, una vez efectuada la fiscalización posterior, se determine la trasgresión del principio de presunción de veracidad. La Entidad declarará la nulidad de oficio; para lo cual se cursará Carta Notarial al contratista adjuntando copia fedateada del documento que declara la nulidad del contrato; dentro de los quince (15) días hábiles siguientes el contratista que no esté de acuerdo con esta decisión, podrá someter la controversia a conciliación y/o arbitraje

22 TERMINOS DE REFERENCIA ANEXO Nº 01 ITEM 1: ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE TELEFONÍA CELULAR CON DESTINO A LA RED MOVISTAR El servicio a contratar deberá cumplir con las siguientes especificaciones técnicas: 1. Se contratará Planes o Bolsas de minutos de llamadas a celulares, que será utilizada mensualmente, según la demanda de los usuarios, hasta consumir la totalidad de minutos del contrato en el periodo de un año para el requerimiento mínimo de 319,008 minutos (26,584 minutos mensuales) con destino a la red de Movistar (incluyendo ex - Bellsouth), distribuidas en 16 líneas. 2. La facturación será en segundos efectivos de conversación. 3. Las líneas deberán ser de tecnología GSM. 4. Posibilidad de comunicación desde las líneas celulares con todos los operadores de servicios móviles. 5. Posibilidad de comunicación desde las líneas celulares con los teléfonos fijos locales de todos los operadores de telefonía fija. 6. Posibilidad de comunicación desde las líneas celulares con los teléfonos móviles de cualquier destino nacional. 7. Posibilidad de restricción de llamadas locales y larga distancia a solicitud de MTC. 8. El sistema contratado, deberá permitir una ampliación del crédito a las tarifas consideradas en la propuesta. 9. Deberá contemplarse un servicio de atención al cliente las 24 horas del día, los 365 días del año, a fin de realizar consultas técnicas, saldos y límites de consumo y otras consultas en general. 10. Deberá contar con servicios de soporte técnico preferentemente las 24 horas del día, a fin de reportar problemas con las líneas y/o de conectividad a la red celular. 11. El proveedor permitirá en cualquier momento la variación inmediata de los servicios adicionales para las líneas de este servicio. 12. En caso de presentarse la necesidad y bajo solicitud del MTC, se procederá al cambio de números, o restricción de llamadas salientes, o restricciones para larga distancia nacional y/o internacional sin costo adicional, o al incremento de líneas a asignar a la bolsa contratada. 13. Respuesta de solicitudes de información técnica o administrativa máximo en 4 horas. 14. Respuesta de atención de solicitudes de servicios adicionales o bolsa de minutos máximo en 4 horas. 15. La no atención de solicitudes dentro de los plazos señalados será reportado a la Oficina General de Administración del MTC para su penalización correspondiente. 16. Se pondrá a disposición del administrador del servicio del MTC, el reporte detallado del consumo de las líneas mediante acceso a web. 17. El proveedor entregará mensualmente al MTC, el detalle de las llamadas en medio magnético. 18. Reposición sin costo para los Simcard o Chips (Dispositivo procesador y contenedor de memoria programado por el operador de Telefonía Móvil) que presenten fallas de origen. 19. El MTC asumirá el pago de la totalidad de minutos de su bolsa en el periodo de un año, aun cuando no consuma la totalidad de los minutos contratados. DURACION DEL SERVICIO: DOCE (12) MESES FORMA DE PAGO : MENSUAL AL CONTADO, EN UN PLAZO MAXIMO DE 20 DIAS DE RECIBIDO EL COMPROBANTE DE PAGO

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