EL ESTATUTO BÁSICO B DEL EMPLEADO PÚBLICO P DESARROLLO:
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- Milagros Alicia Tebar Zúñiga
- hace 6 años
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1 Jornada de Acción n Sindical y Negociación n Colectiva Escuela Julián Besteiro Madrid, 12 de Abril de 2007 EL ESTATUTO BÁSICO B DEL EMPLEADO PÚBLICO P Y SU DESARROLLO: Resultados necesarios del Dialogo Social
2 Algunas cuestiones previas sobre el Estatuto Básico del Empleado Público Habría muchas mas preguntas, pero estas son para abrir boca A A quien afecta? Cómo se desarrolla la Ley? Qué significa la figura del empleado público? p Qué normativa se aplicará en los Ayuntamientos? Es posible mejorar lo que figura en la Ley?
3 LAS GRANDES LINEAS DEL ESTATUTO BASICO UNIFICACIÓN DE TEXTOS LEGALES MODERNIZACION DEL MARCO NORMATIVO ADAPTACIÓN AL ESTADO AUTONOMICO AVANCES SUSTANCIALES EN NEGOCIACION COLECTIVA CREACION DEL CONCEPTO DE EMPLEADO PUBLICO APUESTA DECIDIDA POR LA ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
4 Antecedentes normativos sobre los empleados públicos en España 1828 CE 1978 Ley 53/1984 de Incompatibilidades Ley 9/1987 de Representación
5 El diario oficial del Estatuto EXPERTOS FEMP MAP COSITAL G. POLITICOS APROBACION DEFINITIVA CONGRESO DE LOS DIPUTADOS 29- MARZO
6 La negociación sindical del Estatuto 3 MESES DE NEGOCIACIÓN SINDICAL UGT, CCOO Y CSIF ACUERDAN CON EL MAP EL TEXTO DE ANTEPROYECTO
7 El Congreso aprueba La Ley del Estatuto Básico del Empleado Público Casi 200 enmiendas incorporadas en el Congreso Mejoras importantes al Estatuto en el Senado Un Estatuto de todos
8 Objeto y ámbito de aplicación en las Administraciones Públicas
9 Una nueva estructuración del empleo público Clases de Empleados Grupos Profesionales TARJETA / ABONO Titulados de Grado AI A2 Técnicos superiores B DIRECTIVOS Bachiller y ESO CI C2
10 El modelo de planificación del empleo público Un instrumento clave: la O. P. E. Condiciones mínimas y máximas de Planificación: - Reserva mínima 5% Discapacitados - Reserva a Movilidad - Plazos máximos de Convocatoria Sistematización de Información sobre el Empleo Público: - Promover Registros de Personal - Promover Sistemas Informáticos Integrados
11 Derechos básicos del Estatuto del Empleado Público Derechos individuales. Derecho a la carrera profesional y la promoción interna. La Evaluación del desempeño. Derechos retributivos. Derecho a la negociación colectiva y representación. Derecho a la jornada de trabajo, permisos y vacaciones.
12 El desarrollo normativo del Estatuto Básico del Empleado Público ORGANOS CONSTITUCIONALES ADMON. JUSTICIA SANIDAD EDUCACION... AMINISTRACION LOCAL
13 El desarrollo del Estatuto Básico a través de la negociación colectiva Creación n de una MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN N DE AA.PP., para fijar condiciones de trabajo comunes a todos (art. 36) Obligación n de crear MESAS GENERALES COMÚNES en cada una de las AA.PP (art. 36) Evitar en Mesas de negociación n de funcionarios la IRRADIACIÓN hacia mesas sectoriales a los sindicatos que no sean más m representativos (art. 33) Se regulan las REGLAS DE FUNCIONAMIENTO de las Mesas de Negociación n (válida constitución, n, nº n máximo miembros )) (art. 35) MATERIAS de negociación n sustancialmente ampliadas incluyendo entre otras (art. 37): - Los criterios que fijen la evaluación n del desempeño, - El acceso, la carrera y la provisión, - Los planes de empleo, - La provisión n social complementaria, etc.
14 El desarrollo del Estatuto Básico a través de la negociación colectiva EFICACIA DIRECTA DE PACTOS Y ACUERDOS (art. 38) Obligada RENEGOCIACIÓN en caso de falta de ratificación n de un Acuerdo o negativa a incorporarlo en el Proyecto de Ley correspondiente (art. 38) Se garantiza el CUMPLIMIENTO DE PACTOS Y ACUERDOS salvo por causas excepcionales de interés s público p o catástrofe nacional, en cuyo caso de debe informar a las OO.SS. (art. 38) ULTRACTIVIDAD de Pactos y Acuerdos, una vez concluida su duración n evitando vacíos (art. 38) Incremento en un 20% de la ESCALA con nº n de representantes de las Juntas de Personal, que implicará un incremento del crédito horario. Supone equipararlo a la escala prevista en el Estatuto de los Trabajadores (art. 39)
15 El desarrollo del Estatuto Básico a través de la negociación colectiva Configuración n de mecanismos de SOLUCIÓN N EXTRAJUDICIAL DE CONFLICTOS (Mediación n y Arbitraje) (art. 45) Se otorga legitimidad a las OO.SS. para recurrir resoluciones de los Órganos de Selección n (art. 37) Las MATERIAS ORGANIZATIVAS de la Admón. cuando incidan en las condiciones de trabajo deberán n ser negociadas (ahora sólo se prevé la mera consulta) (art. 37) Se reconoce legitimidad negocial a las asociaciones de Municipios y Entidades de ámbito supramunicipal (art. 34)
16 El marco competencial sobre empleados públicos MATERIAS SUSCEPTIBLES DE DESARROLLO: PERSONAL DIRECTIVO CARRERA PROFESIONAL PROMOCION INTERNA EVALUACION DEL DESEMPEÑO RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS JORNADA, PERMISOS Y VACACIONES PLANES DE RECURSOS HUMANOS ESTRUCTURA DE PUESTOS DE TRABAJO POSIBILIDAD EXTINGUIR GRUPO E CONCRECION DE LAS FORMAS DE MOVILIDAD AMPLIAR SITUACIONES ADMINISTRATIVAS TIPIFICACION FALTAS GRAVES Y LEVES
17 El marco de cooperación interadministrativa Los principios de COOPERACIÓN N Y COLABORACIÓN entre las AA.PP.: un elemento esencial para garantizar la coherencia y comunicación n del sistema de empleo público p en su conjunto. Se suprime CONSEJO SUPERIOR DE LA FUNCIÓN N PÚBLICA P y, se apuesta por nuevos Órganos más m s operativos y efectivos: CONFERENCIA SECTORIAL. COMISIÓN N DE COORDINACIÓN. N. La no inclusión n del Observatorio de Empleo Público: P No impide su constitución n al margen del Estatuto, conforme a la Declaración n para el Diálogo Social. Se ha avanzado al incluir entre las funciones de la de la Comisión n de Coordinación. n.
18 La descentralización del empleo público: ORGANIZACIÓN N BUROCRÁTICA TRADICIONAL: ejercicio de potestades en aplicación de Leyes y Reglamentos. MULTIPLICACION DE FORMAS DE GESTION: cada nivel territorial de gobierno se dedica a la prestación de servicios directos a la ciudadanía. ADMINISTRACIÓN N DEL ESTADO: La de menor número de empleados y en transformación. ADMINISTRACIONES AUTONÓMICAS MICAS: La mitad de los empleados públicos y con mayores competencias. ENTIDADES LOCALES: Atomizadas y con crecientes servicios.
19 La precariedad del empleo: Sector privado vs. Sector público ESPAÑA - COMUNIDAD DE MADRID COMUNIDAD DE MADRID
20 El reto de la consolidación del empleo público en la Administración del Estado Declaración n para el Dialogo Social Un compromiso sobre estabilidad en el conjunto del empleo público, p estableciendo los procesos necesarios para alcanzar el objetivo máximo m de temporalidad Objetivo A. G. E > 8% Ley de Presupuestos Generales del Estado 2007 Consolidación n potestativa extensible a todas las Administraciones Art > > interinos o temporales anteriores a 1 de enero de 2005
21 El reto de la consolidación del empleo público en la Comunidad de Madrid Acuerdo por el empleo y el crecimiento económico Comunidad de Madrid UGT - CCOO Un compromiso para reducir el porcentaje de temporales al servicio de la Administración n de la Comunidad de Madrid a través s de un proceso de consolidación n del empleo Interinos antigüedad > a 2 años: + 21% de la plantilla Acuerdo Sectorial / Convenio Colectivo sobre Consolidación de Funcionarios y Laborales El 18 de diciembre del 2006 se ratificaron en Comisión n Paritaria las Bases Generales de Consolidación n en la Comunidad de Madrid Oposición 55% Concurso 45%
22 La consolidación del empleo público en el ESTATUTO BASICO Disposición n Transitoria 3ª 3 (antes 4ª) 4 Consolidación n potestativa de puestos o plazas equivalente al art. 22 de Ley General de Presupuestos CONDICIONES Dotación presupuestaria. Desempeño interino o temporal Antes de 1 de enero de 2005 PRINCIPIOS Igualdad. Mérito (valorable la experiencia). Capacidad (pruebas relacionadas con el desempeño) Publicidad.
23 Novedades más significativas sobre el acceso al empleo público TRIBUNALES Técnicos. Paridad de género. g PRUEBAS DE SELECCIÓN: Cursos / Prácticas/ Psicotécnicos/ cnicos/ Entrevistas/ Reconocimientos médicos: m pruebas de aptitud Contratación INTERINOS: ( 6 meses en un año) a Ejecución n de programas y acumulación n de tareas COBERTURA DE PLAZAS convocadas si hay renuncias. PERSONAL DIRECTIVO: Régimen a desarrollar por las CC.AA. Si es laboral tendrá contrato de alta dirección
24 Hacia una nueva condición de empleado público EQUILIBRIO MERITO-CAPACIDAD / DERECHOS-RESPONSABILIDAD RESPONSABILIDAD CÓDIGO DE CONDUCTA ( Valores culturales Principios éticos Régimen disciplinario ): Dedicación al servicio público. Objetividad. Integridad. Neutralidad. Imparcialidad. Responsabilidad. Profesionalidad. Transparencia. Ejemplaridad. Austeridad. Accesibilidad. Eficacia. Honradez. Promoción del entorno cultural y medioambiental. Respeto a la igualdad entre hombres y mujeres.
25 Derechos individuales del empleado público INAMOVILIDAD en la condición n de funcionario de carrera. Desempeño o efectivo de funciones de su CONDICIÓN N PROFESIONAL. Progresión CARRERA PROFESIONAL y PROMOCIÓN N INTERNA según n principios constitucionales de igualdad, mérito m y capacidad. SISTEMAS OBJETIVOS Y TRANSPARENTES DE EVALUACIÓN RETRIBUCIONES e INDEMNIZACIONES POR SERVICIO. Participar en la CONSECUCIÓN N DE LOS OBJETIVOS y a ser informado por sus superiores de las tareas a desarrollar. A A la DEFENSA JURÍDICA y protección n de la Administración n Pública. P
26 Derechos individuales del empleado público FORMACIÓN N CONTINUA (preferentemente en horario laboral). RESPETO de intimidad, orientación n sexual, propia imagen y dignidad en el trabajo, especialmente frente al acoso sexual y laboral. NO DISCRIMINACIÓN por cualquier circunstancia personal / social. Medidas para la CONCILIACIÓN personal, familiar y laboral. LIBERTAD DE EXPRESIÓN dentro del ordenamiento jurídico. Protección n eficaz para la SEGURIDAD Y SALUD en el trabajo. VACACIONES, DESCANSOS, PERMISOS Y LICENCIAS. JUBILACIÓN PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL. LIBRE ASOCIACIÓN N PROFESIONAL.
27 Derechos colectivos del empleado público A la LIBERTAD SINDICAL. A la NEGOCIACIÓN N COLECTIVA. Participar en determinación n de CONDICIONES DE TRABAJO. El ejercicio de la HUELGA (garantía a de servicios esenciales). Al planteamiento de CONFLICTOS COLECTIVOS de trabajo. Al de REUNIÓN.
28 La carrera profesional del empleado público A1 A2 B C2 C1
29 La promoción interna del empleado público Titulados AI A2 Técnico B Bachiller y ESO CI C2
30 Carrera Horizontal y Vertical Nivel 26 Nivel 28 Jefe Técnico
31 Promoción Interna Horizontal y Vertical Disp. Adicional 7ª (sin titulación) B A2 A1 A1 Disp. Transitoria 2ª (laborales a funcionarios)
32 El desempeño del empleado público
33 La consecución de objetivos y resultados en la Administración Pública La dirección n por objetivos y el control de los resultados de la gestión NO ES UNA OPCIÓN N NUEVA sino ya derivada de: El art. 103 de la Constitución n de El art. 69 de la Ley General Presupuestaria. EL NUEVO E.B.E.P. concibe a la Administración como: << Exposición de motivos >> Organización n destinada a satisfacer el INTERÉS S GENERAL. Con PODER ESPECÍFICO, Legitimada por LA EFICACIA Y LA CALIDAD, En un contexto de EFICIENCIA, Sometida a la LEY.
34 El desempeño del empleado público RPT TODOS LOS EMPLEADOS PÚBLICOSP contribuyen con su desempeño o en los servicios públicos p al logro de RESULTADOS VPT Objetividad Transparencia SISTEMA DE EVALUACIÓN RECOMPENSAS EQUITATIVAS: Imparcialidad No discriminación La escala de valores del empleado públicop blico. La contribución n general y específica a los resultados.
35 Retribuciones del empleado público Remuneración n de Antigüedad de los funcionarios interinos El Estado y las CC.AA fijarán n la estructura de retribuciones complementarias. Reconocimientos de 2 Pagas Extraordinarias completas. Garantía a de derechos retributivos (Disp.. Transitoria 1ª) 1
36 Bienestar social del empleado público Art. 67 y Disposición Adicional 6ª: Cobertura de contingencias de JUBILACIÓN. Incentivos a la JUBILACIÓN ANTICIPADA. Art. 49: Mejoras de PERMISOS Y LICENCIAS (conciliación): o Adopción internacional: dos meses (retribuciones básicas) o Paternidad: 15 días de permiso retribuido. Justificación parcial o total del tiempo a victimas de la VIOLENCIA DE GÉNERO. Disposición Adicional 8ª: Plan igualdad a desarrollar en negociación
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